6
RESUMEN SINTESIS DE LA LEY GENERAL DE SOCIEDADES De acuerdo a nuestra actual Ley General de Sociedades (Ley N° 26887, la cual entró en vigencia el 01 de enero de 1998) podemos definir a la Sociedad como el acuerdo de voluntades de un grupo de personas que se encuentran vinculadas por un interés común para realizar determinadas actividades económicas. 1. ELEMENTOS DE LA SOCIEDAD CAPACIDAD CONSENTIMIENTO AFFECTIO SOCIETATIS O ANIMUS CONTRAHENDE SOCIETATIS PLURALIDAD DE PERSONAS ORGANIZACIÓN EJERCICIO EN COMÚN DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS PARTICIPACIÓN EN LOS BENEFICIOS Y EN LAS PÉRDIDAS 2. OBJETO SOCIAL El objeto de la sociedad se encuentra constituido por aquellos negocios u operaciones lícitas que en virtud del pacto social de constitución podrá realizar la sociedad para lograr el fin común al que aspiran los socios. 3. FORMAS O TIPOS SOCIETARIOS De acuerdo al artículo 2º de la Ley General de Sociedades, toda sociedad debe adoptar alguna de las formas previstas. Las siete formas societarias a la que hacemos alusión líneas arriba son: A. LA SOCIEDAD ANÓNIMA

Las Sociedades

Embed Size (px)

DESCRIPTION

h

Citation preview

SOCIEDAD DESDE EL PUNTO DE VISTA JURIDICO

SOCIEDAD DESDE EL PUNTO DE VISTA JURIDICO

RESUMEN

SINTESIS DE LA LEY GENERAL DE SOCIEDADESDe acuerdo a nuestra actual Ley General de Sociedades (Ley N 26887, la cual entr en vigencia el 01 de enero de 1998) podemos definir a la Sociedad como el acuerdo de voluntades de un grupo de personas que se encuentran vinculadas por un inters comn para realizar determinadas actividades econmicas.1. ELEMENTOS DE LA SOCIEDAD

CAPACIDAD CONSENTIMIENTO AFFECTIO SOCIETATIS O ANIMUS CONTRAHENDE SOCIETATIS PLURALIDAD DE PERSONAS ORGANIZACIN EJERCICIO EN COMN DE ACTIVIDADES ECONMICAS PARTICIPACIN EN LOS BENEFICIOS Y EN LAS PRDIDAS

2. OBJETO SOCIALEl objeto de la sociedad se encuentra constituido por aquellos negocios u operaciones lcitas que en virtud del pacto social de constitucin podr realizar la sociedad para lograr el fin comn al que aspiran los socios. 3. FORMAS O TIPOS SOCIETARIOSDe acuerdo al artculo 2 de la Ley General de Sociedades, toda sociedad debe adoptar alguna de las formas previstas. Las siete formas societarias a la que hacemos alusin lneas arriba son:A. LA SOCIEDAD ANNIMAConocida tambin como sociedad por acciones, es una persona jurdica formada por un capital social. No se admite el aporte de servicios. Puede ser:

SOCIEDAD ANNIMA CERRADASe trata de un tipo de sociedad que preliminarmente surge como reemplazo de la sociedad comercial de responsabilidad limitada y que no puede estar constituida por ms de veinte socios con responsabilidad de los socios es limitada.

SOCIEDAD ANNIMA ABIERTAEs la forma societaria que necesita de capital de muchos. Para considerarse sociedad annima abierta se requiere de cumplir al menos con la siguiente condicin:TENER MS DE 750 ACCIONISTAS.B. SOCIEDAD COLECTIVAEs una sociedad personalista que realiza actividades mercantiles y cuyos socios responden solidaria e ilimitadamente por las deudas sociales ante terceros. No tiene un nmero mximo de socios

C. SOCIEDAD EN COMANDITAEn esta sociedad coexisten socios colectivos y socios comanditarios. Los primeros desempean la gestin social y responden de manera ilimitada y solidaria por las deudas sociales mientras que los segundos solamente aportan capital, responden por lo aportado y no participan en la gestin.D. SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADASegn FERRERO es un tipo de sociedad con un capital que se divide en iguales participaciones ya sean divisibles o acumulables que no pueden llamarse acciones ni se podrn incorporar en ttulos valores.E. SOCIEDADES CIVILESTipo de sociedad diseado para que se ejerciten actividades personales de manera colectiva con una finalidad econmica.Se constituye para un fin comn de carcter econmico que se realiza mediante el ejercicio personal de una profesin, oficio, pericia, prctica u otro tipo de actividades personales por alguno, varios o todos los socios.

F. SOCIEDADES IRREGULARESEs irregular la sociedad que no se ha constituido e inscrito conforme a ley. Se trata de una situacin de hecho que resulta en que dos o ms personas actan de manera manifiesta en sociedad sin haberla constituido e inscrito.2. ASPECTOS ESENCIALES DE LAS SOCIEDADES

1. LOS APORTESLos aportes son un requisito esencial en nuestra legislacin, de tal forma que no hay sociedad sin aportes de bienes, de derechos o de servicios. El aporte es lo que el socio se ha comprometido a entregar o a hacer para formar el capital social y que debe ser susceptible de valoracin econmica.

2. CONSTITUCIN DE LA SOCIEDADSe constituye la sociedad en el acto de creacin de la misma y se puede diferenciar dos etapas o fases de constitucin, adems que se puede realizar a travs de diversas modalidades. FASES DE LA CONSTITUCIN

Acto jurdico de fundacin La sociedad surge con el pacto social.

Acto de la inscripcin Se inscribe a la sociedad en el Registro de Personas jurdicas, acto que dota de personalidad jurdica a la sociedad nacida del pacto social. EL ACTO CONSTITUTIVO

El inicio del negocio societario es un acto solemne que debe constar por escritura pblica tal cual tambin suceder, por extensin, con las modificaciones que se produzcan del pacto social o del estatuto.

El pacto social: es la decisin de los fundadores para formar la sociedad e incluye los aportes y el nombramiento de los primeros administradores.

La escritura pblica: es la forma solemne del pacto social que da origen a la sociedad. La escritura pblica a travs de la cual se constituye la sociedad debe contener los siguientes elementos:

3. DENOMINACIN O RAZN SOCIALLa denominacin o razn social es el medio a travs del cual una sociedad se identifica, bsicamente por ser titular de derechos y obligacionesLa denominacin social es un concepto de las sociedades de responsabilidad limitada, en las cuales los socios responden hasta por el total de sus aportes. En cambio, la razn social se usa para sociedades de responsabilidad ilimitada y es obligatorio que aparezcan el o los nombres de los socios que asumen la responsabilidad ilimitada. Si una persona cualquiera, no siendo socio, aceptara la figuracin de su nombre tambin asume la misma responsabilidad ilimitada.4. ADMINISTRACIN Y REPRESENTACIN DE LA SOCIEDADEs necesario distinguir entre la administracin y la representacin de la sociedad. La administracin hace referencia a la esfera interna de la sociedad y a las relaciones de los socios entre s. En cambio, la representacin se refiere a la actuacin externa de la sociedad en sus relaciones con los terceros.5. LIQUIDACIN Y EXTINCIN DE LA SOCIEDAD

DISOLUCINEs una situacin en la que una sociedad pierde su capacidad legal para cumplir el fin al que se le haba destinado y slo subsiste para concluir sus vnculos vigentes con sus socios, terceros y consigo misma.Ejemplo de causal de disolucin:Son los previstos en el artculo 407 de la Ley General de Sociedades como el vencimiento de plazo de duracin de la sociedad. LIQUIDACINEs la situacin que corre desde la disolucin hasta la extincin. Se liquida el activo de la sociedad para pagar a los acreedores y realizar el reparto entre los socios.

EXTINCINSe produce cuando se ha cumplido con distribuir el haber social y se inscribe en registros donde se detalla a la persona y domicilio de quien guarda los libros y documentos de la sociedad.

DERECHO MERCANTIL IIPgina 3