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Laura Salinas Beristain Alicia Elena Pérez Duarte Jorge Martínez Stack

Laura Salinas Beristain Alicia Elena Pérez Duarte Jorge ... · A participar en la toma de decisiones Civiles y familiares A disfrutar de una vida libre de violencia. LOS DERECHOS

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Laura Salinas BeristainAlicia Elena Pérez Duarte

Jorge Martínez Stack

ESTUDIO COMPARATIVODe:

Las constituciones Las leyes de educación, salud, electorales, de asistencia social Los códigos civiles, familiares y penales, tanto sustantivos como de procedimientosCon: La Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDM) La Convención sobre los Derechos del Niño (CDN)

Para proponer reformas legislativas tendientes a:

Tutelar la plena igualdad jurídica de varones y mujeres Proteger a los niños y las niñas del abuso y del descuido

EN LA CEDM MÉXICO SE COMPROMETIÓ A :Consagrar en su legislación el principio de

igualdad del hombre y de la mujer para asegurar el pleno desarrollo y el adelanto de ésta

EN LA CDN MÉXICO SE COMPROMETIÓ A:

Garantizar que los niños reciban la protección especial que requieren para

crecer y desarrollarse plenamente

Ello implica modificar las normas que:

Toleran o protegen el abuso de poder

No tutelan el ejercicio igualitario de los derechos humanos

NUESTRA CONSTITUCIÓN:

Hace al varón y a la mujer iguales ante la ley

Establece el deber de los padres de satisfacer las necesidades y preservar la salud física y mental de sus hijos

Prohibe que las personas se hagan justicia por si mismas y ejerzan violencia para reclamar su derecho

Ordena que las leyes secundarias:

Protejan la organización y desarrollo de la familia

Dispongan cómo deben las instituciones públicas a contribuir a la protección de sus derechos

Nuestras leyes secundarias violan:

El principio de igualdad de géneroEl principio del interés superior de la infanciaLos derechos de mujeres y niños

A la educación A la salud A participar en la toma de decisiones Civiles y familiares A disfrutar de una vida libre de violencia

LOS DERECHOS CIVILES Y FAMILIARES

EN LAS NORMAS INTERNACIONALES

La CEDM obliga a garantizar por igual a mujer y varón el ejercicio de:

Los derechos de tránsito y de elección de residencia Los derechos que derivan del matrimonio y de las relaciones familiares

Los derechos a elegir libremente profesión

La CDN se refiere al derecho a la identidad, conformando por los derechos a:

Adquirir nombre y apellidos desde el nacimiento. Conocer los propios orígenes

Y obliga a asegurar que:

Los niños lo ejerzan desde que nacenAmbos progenitores cumplan las obligaciones correlativas

LOS DERECHOS CIVILES Y FAMILIARES EN LAS NORMAS MEXICANAS

En los códigos civiles:

Sólo en siete Estados se dan a los cónyuges responsabilidades iguales Todavía en ocho Estados se exige el consentimiento del marido para que la mujer trabaje En siete estados se obliga a la mujer a vivir donde el marido decida En doce estados se deposita a la mujer y no al hombre, en caso de divorcio

En los Códigos Civiles:

Las normas sobre registro de hijos nacidos fuera de matrimonio: Obligan solamente a la madre a registrarlos Exigen pruebas difíciles de obtener a la madre o al hijoSon muy rígidos los procedimientos del orden civil conforme a los cuales se procesan muchos asuntos familiares

Propuestas: Derogar las normas que exigen el consentimiento del marido para que la mujer trabaje Disponer que las cargas de crianza de los hijos y de atención del hogar:a. Se distribuirán equitativamente entre los miembros de la familiab. Se considerarán como aportación al patrimonio familiar y conyugalEstablecer que marido y mujer decidirán de común acuerdo el lugar de residencia

Propuestas: Disponer que, cuando haya que separar a los cónyuges, la mujer y los hijos permanezcan en el domicilio conyugal, salvo que, a juicio del juez, amerite que se tomen otras medidas protectoras de los más vulnerables. Obligar por igual a padres y madres a registrar a los hijos. Dejar la carga de la prueba al presunto padre. Estudiar los pros y los contras de que exista una vía específica para las controversias del orden familiar, en donde el órgano jurisdiccional cuente con facultades amplísimas para actuar inclusive de oficio

EL DERECHO A DISFRUTAR DE UNA VIDA LIBRE DE

VIOLENCIA EN LAS NORMAS INTERNACIONALES

El Comité para la Eliminación de toda forma de discriminación contra la Mujer consideró que los Estados son responsables de la violencia de género:

Cuando sus agentes la cometen Cuando la produce un particular

La Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer:

Reconoce que la violencia de género viola derechos humanos Establece el derecho a una vida libre de violencia Define a la violencia contra la mujer como aquella que tiene origen en su condición de mujer

La CDN establece el derecho de los niños a ser protegidos contra:

Peligros físicos o mentales El descuido El abuso sexual La explotación El uso de drogas y enervantes El secuestro y la trata

En la Ley Federal del Trabajo:

Se exime a los talleres familiares de la aplicación de la ley, con excepción de las normas relativas a higiene y seguridad

Propuesta:

Estudiar el funcionamiento de esas empresas con el fin de aclarar cómo han de normarse

En las leyes de salud y asistencia social:

No existen disposiciones relativas a la violencia intrafamiliar

Propuestas:

Establecer programas federal y estatales de atención a la violencia intrafamiliar, coordinados por los programas de la mujer y destinados al estudio, a la atención y a la prevención del fenómeno Emitir en todas las entidades, leyes de asistencia en materia de violencia intrafamiliar

En los Códigos Civiles:En 30 entidades solamente se establecen, como causales de divorcio, la sevicia, las amenazas y las injurias graves, mientras que la violencia intrafamiliar abarca mayor número de modalidades

Propuesta:

Agregar una definición de este fenómeno que incluya todas sus

formas

En los Códigos Civiles:

En 30 Estados, la patria potestad solamente faculta para corregir o

castigar a los hijos.

Propuesta:Determinar que la patria potestad conlleva las obligaciones de poner el buen ejemplo y promover el intercambio afectivo

En los Códigos Civiles:En todo el país, el juicio de divorcio necesario exige que cada hecho en que se funde la acción correspondiente, debe ser plenamente probado para que el juzgador pueda disolver el vínculo

Propuesta:

Ha de legislarse para revertir el criterio interpretativo de esta disposición, a todas luces desprotector de quienes quieren escapar de una relación violenta.

En los Códigos de Procedimientos Civiles:

La rigidez de la vía civil en la que deben resolverse los conflictos de orden familia, impide que la administración de justicia dé la respuesta pronta y urgente que las personas necesitan

Propuesta:Establecer que las facultades concedidas al juez para las controversias del orden familiar, sean válidas en todos los procedimientos familiares, incluidos los que se tramitan en la vía ordinaria civil relativos a divorcio, adopción y pérdida de la patria potestad

En los Códigos Civiles Sustantivos y de Procedimientos:

No se da a los menores la oportunidad de ser escuchados por las autoridades judiciales cuando se ventilen ante ellas procedimientos que los puedan afectar

Incluir una prevención al respecto

Propuesta:

En los Códigos Penales:

En 30 entidades no se tiene definida la violencia intrafamiliar como una conducta penalmente sancionada

Propuestas:Definirla como tipo penalPrever las sanciones alternativas cuando las lesiones sean levísimas o leves, o cuando se trate de agresiones psicológicas que no hayan producido grave daño

En los Códigos Penales:En 21 Estados todavía algunos delitos sexuales son menos penados que el abigeato

En 30 Estados la corrupción de menores es menos sancionada que el abigeato

Propuestas:

Aumentar las penas Incluir los tipos idóneos en la Ley para la Delincuencia Organizada

En los Códigos Penales:En 25 entidades se exculpa el rapto, y en 21 el estupro si se da el matrimonio del delincuente con la ofendida

Propuesta:

Derogar el delito de rapto y la disposición exculpatoria del estupro, o cuando menos, las dos disposiciones exculpatorias

En los Códigos Penales:

En 24 entidades no se tipifica el hostigamiento sexual

Propuesta:

Tipificar el hostigamiento sexual

Estos son los puntos críticos en los cuales las mujeres y sus familias no están siendo protegidas, porque las leyes no están atendiendo a una realidad injusta en la que las mujeres viven con: Doble jornada Falta de reconocimiento y de posibilidades de tomar decisiones respecto de cuestiones que les atañen muy de cerca Violencia Imposibilidad de obtener empleos que les permitan ofrecer a sus hijos una vida digna