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Febrero 2009 El Lavado de Dinero y la Financiación al Terrorismo MAXIMIZA TU DINERO

Lavado de Dinero y Financiamiento Al Terrorismo

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Page 1: Lavado de Dinero y Financiamiento Al Terrorismo

Febrero 2009

El Lavado de Dinero y la Financiación al Terrorismo

MAXIMIZA TU DINERO

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AgendaMarco Legal en Nicaragua

El delito y la sanción del Lavado de Dinero

Normas y Estándares Internacionales de Prevención

Concepto de Lavado de Dinero

Etapas del Lavado de Dinero

Perfil del Lavador de Dinero

Métodos del Lavado de Dinero

Efectos Negativos del Lavado de Dinero

Programa de Prevención en las Instituciones Financieras: SIPAR LD/FT

Principio Fundamental : Identificar y Conocer al Cliente Medidas contra el Terrorismo

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Normativa Legal en Nicaragua

Ley No.285:Ley de Estupefacientes, Sicotrópicos y Otras Sustancias Controladas; Lavado de Dinero y Activos Provenientes de Actividades Ilícitas (Gaceta 15 de Abril de 1999, Capitulo V del Arto.30 al 37).

Norma para la Gestión de Prevención de los Riesgos de Lavado de Dinero , Bienes o Activos; y del Financiamiento al Terrorismo (a través de la Resolución: CD-SIBOIF-612-3-ENE27-2010 de fecha 27 de enero del año 2010 y estas reformas fueron publicadas en el Diario Oficial La Gaceta, edición número 73 correspondiente al día 21 de abril del 2010 ).

Código Penal de la República de Nicaragua (Ley No. 641) aprobado por la Asamblea Nacional el 13 de noviembre del 2007 y publicado en La Gaceta, Diario Oficial, en sus ediciones números: 83, 84, 85, 86 y 87 correspondientes a los días 5, 6, 7, 8 y 9 de Mayo del 2008

MARCO LEGAL

Ley No. 587 : Ley de Mercado de Capitales , Art. 212 ; Prevención de LD

Norma General Sobre Imposición de Multas. Resolución No. CD-SIBOIF-410-1-MAR14-2006. RESOLUCIÓN No. CD-SIBOIF-410-1. MAR14-2006 De fecha 14 de marzo de 2006 De fecha 14 de marzo de 2006 específicamente el Art, 10.

Ley General de Bancos, Instituciones Financieras no bancarias y Grupos Financieros. Ley 561, Publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 232 del 30 de noviembre de 2005. Específicamente los artículos 4 numeral 6, literales “c” y “g” y numeral 7 literal “a”, Art. 43 Segundo párrafo,113 (inciso 1) y 164 parte segunda.

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Leyes contra el Lavado de Dinero en Nicaragua

Código Penal de la República de Nicaragua (Ley No. 641) :

Para la SIBOIF y el Sistema Financiero son de especial atención, entre otros, los siguientes artículos: Artículo 280:............................Delitos Contra el Sistema Bancario y Financiero. Artículos 282 y 283:.................Lavado de Dinero, Bienes o Activos. Artículo 393:............................Crimen Organizado. Artículo 395:............................Financiamiento al Terrorismo.

MARCO LEGAL

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La Ley No.285: Ley de Estupefacientes, Sicotrópicos y Otras Sustancias Controladas; Lavado de Dinero y Activos Provenientes de Actividades Ilícitas (Gaceta 15 de Abril de 1999, Capitulo V del Arto.30 al 37)

“Contemplaba el delito de Lavado de Dinero y Activos como un delito relacionado a todas las actividades ilícitas tipificadas en nuestra legislación , y no únicamente al narcotráfico “,Utiliza una concepción amplia del LD y Activos al relacionarlo con todas las actividades ilícitas tipificadas en el código penal y leyes especiales”

“ Ninguna persona podrá ser condenada por una acción u omisión que no esté prevista como delito o falta por ley penal anterior a su realización”

El Código Penal ( Ley 641 ) establece :

“ El delito de lavado de dinero , bienes o activos , es autónomo respecto de su delito precedente y será prevenido , investigado , enjuiciado, fallado o sentenciado por las autoridades competentes , como tal , con relación a las actividades ilícitas que pudiera provenir, para lo cual no se requiere que se sustancie un proceso penal previo en relación a la actividad ilícita precedente. Para su juzgamiento bastará demostrar el vinculo con aquella de la que proviene”

EL DELITO Y LA SANCION DEL LAVADO DE DINERO EN NICARAGUA

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SANCIONES

El delito de lavado de dinero, bienes y activos simple, tiene una pena de 5 a 7 años de prisión, con el agravante de que si el delito es cometido por un directivo, socio, representante o empleado de entidad jurídica o funcionario, autoridad o empleado público la sanción podría llegar a 10 años ; mas una multa de uno a tres veces el valor del dinero, bienes o activos de que se trate.

Para el delito de “lavado de dinero, bienes y activos provenientes del narcotráfico, terrorismo o crimen organizado”, la sanción oscila entre 15 y 20 años de presidio, más una multa de tres a seis veces el valor del dinero, bienes o activos lavados.

EL DELITO Y LA SANCION DEL LAVADO DE DINERO EN NICARAGUA

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40 recomendaciones del GAFI , Grupo de Acción Financiera InternacionalOrganismo intergubernamental integrado por 34 países cuyo propósito es elaborar y promover medidas para combatir el blanqueo de capitales (fijar los estándares internacionales antilavado de dinero)

Ley Patriótica de Estados Unidos – The USA Patriot Act 2001

Debida Diligencia con la clientela de los Bancos , Comité de Basilea

Organización formada en 1975, por los presidentes de los Bancos Centrales del Grupo de los Diez (Países), integrada por autoridades en Supervisión Bancaria de los siguientes países: Bélgica, Canadá, Francia, Alemania, Italia, Japón, Luxemburgo, Holanda, Suecia, Suiza, Reino Unido y los Estados Unidos. Su objetivo es ayudar a los países a fortalecer sus procedimientos de supervisión en conexión con su trabajo, teniendo por objetivo promover la estabilidad financiera y macroeconómica en una forma global.

NORMAS Y ESTANDARES INTERNACIONALES

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Qué es Lavado de Dinero???

Qué es Lavado de Dinero???

Mecanismo a través del cual se oculta el verdadero origen de dineros provenientes de actividades ilegales, tanto en moneda nacional o extranjera y los subsiguientes actos de simulación respecto de su origen, para hacerlos aparecer como legítimos. El Lavado de Dinero, es entonces una conducta que no se agota en un solo acto, sino que requiere de etapas dirigidas hacia un mismo propósito: Dar apariencia de legalidad a bienes que originalmente provienen de actividades ilícitas.

CONCEPTO

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ColocaciónColocación EstratificaciónEstratificación Integración

Se incorpora el dinero proveniente de la actividad delictiva al sector financiero o no financiero, mediante la realización de actividades activas y pasivas.La colocación en el sistema económico, y en especial en el financiero, suele ser el paso más difícil del proceso.

Consiste en la conversión y/o movimiento de los fondos en la economía legal, que serán movilizados múltiples veces, a través de una gran cantidad de operaciones para ocultar, invertir, transformar, asegurar o dar en custodia bienes provenientes del delito o para mezclarlos con dinero de origen legal, con el fin de disimular su origen.

Se fusionan los activos de procedencia legal con los de origen ilicito, mediante la inversión o adquisición de bienes muebles e inmuebles.Es la finalización del proceso. El dinero lavado entra a la economía o al sistema financiero disfrazado ahora como "dinero legítimo",

Obtención Obtención

A consecuencia de una actividad delictiva se adquiere determinada cantidad de dinero, sea en efectivo , títulos valores o en medios de pago.

ETAPAS DEL LAVADO DE DINERO

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Obtención y Colocación

ETAPAS DEL LAVADO DE DINERO

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Estratificación

ETAPAS DEL LAVADO DE DINERO

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Integración

ETAPAS DEL LAVADO DE DINERO

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Asume un Perfil de cliente normal Es profesional para diseñar la estrategia para lavar dinero Acostumbrado a vivir bajo grandes presiones EDUCADOS , INTELIGENTES , SOCIABLES Sabe internacionalizar las actividades de lavado de dinero Aprovecha sectores, instituciones, actividades, productos,

servicios y/o operaciones vulnerables Prefiere utilizar terceros para la realización de las operaciones Busca personas y/o empresas con problemas financieros Recluta colaboradores y/o coacciona a personas Busca países de la “lista negra” o paraísos fiscales

PERFIL DEL LAVADOR DE DINERO

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• Pitufeo :El nombre de "estructuración" o "pitufeo", se debe a que son uno o varios individuos ("pitufos") los que se encargan de hacer múltiples transacciones que aisladamente no representan cuantías considerables pero que en conjunto constituyen una suma importante. Para tal fin establecen numerosas cuentas en una o en varias entidades financieras.

• Corrupción :Complicidad de un empleado en la entidad financiera u organización . Funcionarios que omiten o violan procedimientos ( por ejemplo : El llenado del perfil del cliente ) para beneficiar a los lavadores. Ceguera Intencional o Voluntaria.

• Mezclar :La mezcla consiste en unir y revolver los productos ilícitos con los fondos legítimos de una empresa, y al final se presenta como la renta total del negocio, lo cual hace complicado sospechar. La mezcla proporciona la ventaja de dar una explicación pronta para el manejo de un volumen alto de efectivo, que se presenta como producto del negocio legítimo.

• Compañías de Fachada :Una compañía de fachada es aquella empresa que está legítimamente establecida u organizada y que realiza una actividad comercial. No obstante, la compañía es utilizada para mostrar su actividad comercial como fachada para el lavado de fondos, producto de actividades ilícitas. En este método es común los llamados TESTAFERROS.

ALGUNOS DE LOS METODOS USADOS PARA LAVAR DINERO

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• Compañías de Papel :La compañía de papel no realiza realmente actividades mercantiles. La compañía de papel se utiliza para disfrazar el movimiento de recursos ilícitos aprovechando la cobertura confidencial o disfrazando a sus verdaderos dueños por medio de una representación nominal.

• Venta de Valores o Títulos a través de falsos intermediarios :Amparado por este método el lavador se vende valores a sí mismo o a empresas a él vinculadas, por medio de un falso intermediario, que generalmente es una de sus empresas de papel. El intermediario hace que los valores de propiedad del lavador obtengan un mayor precio, con el fin de canalizarlos hacia el mercado de capitales, en donde son colocados logrando una ganancia aparentemente legal.

• Compra de bienes o instrumentos monetarios :En este método, el lavador de activos adquiere bienes tangibles (tales como automóviles, aviones, artículos de lujo, etc.) o instrumentos monetarios (tales como, cheques bancarios, giros postales etc.), con el dinero adquirido en sus actividades ilícitas. En el caso de la compra de instrumentos monetarios el lavador los utiliza para ingresar sus dineros ilícitos en el sector financiero. De esta forma, existe o se busca una transformación de un bien de origen ilegal en otros con apariencia de legalidad.

•Facturas de importación y exportación ficticias :El lavador de activos puede movilizar recursos de un país a otro, acudiendo a la subfacturación o sobrefacturación de mercancías ficticias.

ALGUNOS DE LOS METODOS USADOS PARA LAVAR DINERO

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Genera efectos inflacionarios a) Gente con mucho dinero encarecen los bienes y serviciosb) Afectaciones adversas a la moneda por reinversión de fondos en tasas de interés poco

llamativas Empañan negativamente la imagen de un país y de cualquier institución involucrada

ADEMAS..........

EFECTOS NEGATIVOS DEL LAVADO DE DINERO

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ORIGEN DE LOS FONDOS:ORIGEN DE LOS FONDOS:EVASIÓN IMPOSITIVA ( Impuestos )EVASIÓN IMPOSITIVA ( Impuestos )DROGASDROGASSECUESTROSSECUESTROSROBOSROBOSARMASARMAS CORRUPCION CORRUPCION EXTORSION EXTORSION SOBORNOSOBORNOTRAFICO DE PERSONASTRAFICO DE PERSONAS ENTRE OTROS………ENTRE OTROS………

APLICACIÓN DE LOS FONDOS:APLICACIÓN DE LOS FONDOS:INVERSIONES INMOBILIARIAS DE INVERSIONES INMOBILIARIAS DE IMPORTANCIAIMPORTANCIACONSULTORÍACONSULTORÍAINVERSIONES EN BOLSAINVERSIONES EN BOLSAJUEGOJUEGO

ACTIVIDADES ILICITAS RELACIONADAS AL LAVADO DE DINERO

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Caso de Lavado de Dinero Publicado Recientemente

Publicado en un periódico guatemalteco

En Guatemala se reveló la existencia de una megaestructura internacional de crimen organizado, que hasta ahora ha lavado unos 37.5 millones de dólares.

La red está formada por más de 300 personas que además de Guatemala, han realizado operaciones en China, Colombia, Ecuador, Panamá y algunas naciones del Caribe y África.

El superintendente de Bancos de Guatemala, afirmó que han usado los sistemas financiero y comercial de al menos cuatro países, para el blanqueo de fondos. El dinero que lava esa red es resultado de actividades de narcotráfico y del crimen organizado, como trasiego de armas y trata de personas.

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MODO DE OPERAR  

El grupo delictivo diversificó sus acciones y usa al menos tres medios para el blanqueo. Uno de ellos es la compra de ganado, bienes inmuebles, joyas, vehículos o la apertura de establecimientos en el país, como hoteles o restaurantes de lujo.

 Otro eje es Panamá, donde se puede comprar papelería de empresas de cartón, por US$500, US$1 mil o US$5 mil, de acuerdo con la complejidad de éstas y el uso que se les va a dar, aseveró. A través de esas compañías compran productos —principalmente línea blanca— para exportarlos a Colombia. Los fondos para esa operación provienen de Guatemala y son trasladados a Panamá por personas contratadas para transportar el efectivo, mejor conocidas como mulas.

 También se adquieren tarjetas de crédito prepago, a las que se les deposita el dinero por gastar. Éstas son llevadas a Panamá, donde se retira el efectivo de cajeros automáticos.

 Aseguró que existen otros medios más sofisticados para lavar dinero, como operaciones bursátiles, en las cuales se transfieren fondos desde Guatemala a China; de allí se traslada a países como Ecuador y Colombia, y en algunos casos se envía a islas del Caribe o África.

Este tipo de fenómenos son la representación más clara de la complejidad y nivel de tecnificación con la que opera el crimen organizado.

Caso de Lavado de Dinero Publicado Recientemente

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“Tres van a Juicio por lavado de Dinero”

El juez Quinto Distrito Penal de Audiencia, envió ayer a juicio a tres supuestos narcos, acusados por la Fiscalía de lavado de dinero y crimen organizado. Los procesados, José Dolores Talavera

Siles, el canadiense Valdemiro Pacheco y Orlando Benito Reyes.

Por el caso también están acusados Bismarck Antonio Lira Jirón y Brenda Palacios Jirón, quienes todavía no han sido detenidos por la Policía.

La Fiscalía refiere en la acusación que desde el 2005 la Policía investigó al acusado Bismarck Lira, por actos ilícitos relacionados a la narcoactividad, y que en el 2007 estructuró una supuesta banda para legitimar capital que provenía de actuaciones ilegales. Indica el documento que Lira fue detenido el 22 de junio de 2007, en las inmediaciones de la gasolinera Salvadorita, Managua, cuando realizaba una transacción de droga y fue condenado a 13 años de prisión, pero mediante modificación de pena y extinción de la misma salió en libertad el 25 de diciembre de 2009

Según la Fiscalía, para transparentar el dinero proveniente de las actividades ilícitas, los acusados Lira, Talavera y Palacios compraron una finca en el municipio de Muy Muy, Matagalpa.

Palacios realizó un depósito de más de 400 mil dólares en el Banpro de Estelí, adelanto de la compra de la finca, pero como no pudo justificar la procedencia del dinero, el depósito fue rechazado

El 8 de enero de 2010 el acusado José Talavera abrió una cuenta en dólares en un banco de Managua, y del 11 al 19 de ese mismo mes depositó 1 millón 34,580 dólares. El 25 de enero emitió cuatro cheques por la cantidad de 318 mil dólares, como adelanto de la compra de la finca, detalla la acusación.

Reyes, según la Fiscalía, aprovechando que es abogado y notario público, se encargaba de los trámites legales 07 de septiembre de 2010

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EL TRANSPORTE FÍSICO DE DINERO

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EL SIPAR LD/FT EN LAS INSTITUCIONES FINANCIERAS

Sistema Integral de Prevención y Administración de los

Riesgos de Lavado de Dinero y Financiamiento al Terrorismo

POLITICAS

PROCEDIMIENTOS

CONTROLES

ESTRUCTURA DE CONTROL E IMPLEMENTACIÓN

CÓDIGO DE CONDUCTA

PROGRAMA DE CAPACITACIÓN PERMANENTE

AUDITORIA INDEPENDIENTE

RECURSOS FINANCIEROS, HUMANOS Y

TECNOLÓGICOS

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Definición : Propósito : Evitar o reducir al mínimo la posibilidad de que los productos y servicios ofrecidos en la empresa , sean utilizados deliberadamente o por omisión, en la legalización o encubrimiento de fondos procedentes de actividades ilícitas (LAVADO DE DINERO Y FINANCIAMIENTO AL TERRORISMO )

Un efectivo SIPAR LD/FT, debe cumplir con cuatro tareas básicas

EL SIPAR LD/FT EN LAS INSTITUCIONES FINANCIERAS

Prevención

Detección

Reportar

Retener

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El Papel de las Instituciones Financieras

Cuando una institución financiera tiene indicios que uno de sus clientes está introduciendo a sus cuentas dinero producto del narcotráfico, venta de drogas, prostitución o cualquier otra actividad que implique la legitimación de capitales, debe emitir una alerta roja y hacer un reporte a las autoridades.

En el caso que la entidad financiera no emita el reporte por no haber detectado el ilícito, esta tiene que probar que el delincuente fue más inteligente que los funcionarios y que no se trató de una ‘ceguera intencional’ por parte de la entidad financiera.

Las sanciones para los bancos varían según el país, pero la más grave que puede recibir es la ‘sanción moral’, pues con esta pierde la confianza de sus clientes.

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ConceptoEs la política de identificar, verificar y conocer a sus clientes y la prohibición de prestar servicios a personas no identificadas. La política de Conozca a su Cliente no es una decisión facultativa, es una obligación legal.

Consiste en determinar el tipo de actividad que una persona normalmente mantendrá luego de analizar y verificar su capacidad financiera y la fuente de sus recursos.

EnfoquePara los efectos de la prevención y control de lavado de dinero, el conocimiento del cliente es un esfuerzo organizado para recolectar información relevante que nos permite detectar y analizar operaciones normales, inusuales o sospechosas.

Propósito Servir de medida disuasiva para alejar a los lavadores de dinero Permitir la detección de operaciones inusuales y la

determinación de operaciones sospechosas

EL PRINCIPIO FUNDAMENTAL : IDENTIFICAR Y CONOCER AL CLIENTE

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El Financiamiento al Terrorismo

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Medidas contra el Terrorismo

Algunas acciones contra el Terrorismo

Política Conozcamos a nuestros clientes Reporte de transacciones en efectivo e inusuales Comparación con la Lista OFAC , publicada y modificada por el Dpto. del Tesoro USA.

Medidas necesarias en la lucha contra el financiamiento al Terrorismo:

No hay una definición universal aceptada de Terrorismo Internacional, una definición usada ampliamente se define como violencia motivada políticamente.

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Ratificación de los instrumentos ONUDeclarar como delito el financiamiento del Terrorismo y el Lavado de Dinero asociado.Congelación y confiscación de BienesInformación sobre transacciones sospechosasCooperación Internacional referente al tema legalRegular las empresas de remisión de dineroTransferencias InternacionalesRevisión a las ONGS

Las Recomendaciones del GAFI contra el Terrorismo

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FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMORecaudación o posesión de bienes, teniendo la certeza que estos serán utilizados en una actividad terrorista o para financiar las actividades de un grupo terrorista.

Con frecuencia se describe como “lavado de dinero en sentido inverso”, es decir, utilizando fondos legales para apoyar actividades ilegales. (Terrorismo)

Los terroristas necesitan el sistema financiero para financiar la compra de sus armas y realizar sus actividades delictivas

Las leyes que antes estaban dirigidas únicamente contra el lavado de dinero, ahora sirven un doble propósito.

Los terroristas incluyen pero no están limitados a:

Grupos del Medio Oriente

ETA de España

FARC de Colombia

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FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMOLa metodología que aplican los terroristas para generar fondos puede ser tanto legal como ilegal.

Los terroristas tienen que lavar fondos, ya sea de fuentes legales o ilegales, para ocultar los lazos que existan con grupos (o células) terroristas, la fuente de recursos y sus usos.

Los terroristas y las organizaciones de apoyo, utilizan típicamente los mismos métodos que utilizan los criminales para lavar fondos. Particularmente, los terroristas tienden a preferir:

Contrabando de efectivo, tanto por valija como por transporte de efectivo por volumen (grandes cantidades)

Depósitos o retiros estructurados

Compra de instrumentos monetarios

Usos de tarjetas de crédito y/o débito

Usos de sistema financieros informales o alternativos

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Al igual que con el lavado de dinero, existen tres etapas en la financiación del terrorismo:

FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO

Recaudación de Fondos

Técnica como utilizar una causa benéfica para disimular el uso final del dinero

Transmisión/Disimulación

El uso de giros o transmisión de fondos mediante sistemas de remesas formal e informal, así como el transporte físico de activos vía rutas de contrabando.

Uso

El uso final de los fondos (ej. financiar el alojamiento de un terrorista o la compra de materiales para crear armamentos de destrucción masiva o para conducir un acto de terrorismo

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Febrero 2009

El Lavado de Dinero y la Financiación al Terrorismo

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