LECCIÓN 6 INTRODUCCIÓN AL DERECHO.docx

Embed Size (px)

Citation preview

  • 7/26/2019 LECCIN 6 INTRODUCCIN AL DERECHO.docx

    1/7

    INTRODUCCIN AL DERECHO I

    LECCIN 6

    LOS DOS ASPECTOS DEL DERECHO, DERECHO OBJETIVO YDERECHO SUBJETIVO

    El concepto de derecho tiene dos significados diferentes que es menester precisar: el puntode vista objetivo y el punto de vista subjetivo.

    Si lo contemplamos como un ordenamiento social destinado a regular la conducta humana,advertimos de inmediato que el derecho est formado por un cmulo de normas, es decir,de reglas impuestas a la actividad de los hombres y a las cuales stos deben someterse. Si,por el contrario, lo contemplamos desde el fuero interno de cada uno, nos vemos enposicin de derechos que podemos hacer frente a los dems, o sea, que el hombre tienefacultades para obrar y conducirse en determinados sentidos dentro de una cierta esfera.

    En el primer caso, el derecho objetivo es ese conjunto de normas !leyes, decretos,resoluciones judiciales, ordenan"as, etc.#. En el segundo, el derecho subjetivo consiste enlas facultades que tienen las personas para actuar en la vida jur$dica.

    La igualdad obj!i"a

    En relacin a la igualdad objetiva del derecho, hay que tener en cuenta, que la normajur$dica resuelve todos los casos idnticos de la misma manera, y trata a todas las personaspor igual.

    Esto es as$ porque la norma formada por una hiptesis y una consecuencia previamentedeterminadas, no puede tener en cuenta todos los casos particulares que se presentan en lavida jur$dica, y se ve obligada, para ser absolutamente justa, a dar soluciones idnticas paratodos los casos que se encuadren en sus previsiones.

    %esde el punto de vista objetivo, prevalece siempre el principio de la igualdad. &a norma esidntica para todos. Es sta una de las garant$as fundamentales de la organi"acin jur$dica,e'presamente consagrada en la (onstitucin )acional al declarar que todos los habitantes*son iguales ante la ley+ !rt. - (.).#. /ero esta igualdad no es ni podr$a ser absoluta. &aley no puede ignorar las diferencias esenciales que derivan de las diversas condiciones de

    las personas y de las distintas circunstancias que se presentan en la realidad.&a igualdad as$ concebida no es solamente una imposicin del derecho positivo, es tambiny sobre todo un postulado del derecho natural, porque implica el reconocimiento de ladignidad de la persona humana como sujeto de derecho, idntica en todos los casos yconsubstancial con su e'istencia misma. /orque as$ como no hay personas sin derechos, as$tampoco debe haber normas que nieguen, limiten o restrinjan en ciertos casos el ejerciciode esa caracter$stica de la personalidad moral, que como sujeto de derecho debe serreconocida por igual en todos los casos y por todas las normas.

    En conclusin, el derecho objetivo reconoce a todos una igualdad de tratamiento enigualdad de circunstancias, mientras que el derecho subjetivo mantiene las desigualdadesque e'isten naturalmente entre los hombres. El primero contempla a stos como personasrevestidas de la dignidad que corresponde a su condicin de entes naturales y libres0 elsegundo enfoca al ser humano en su individualidad concreta, atribuyndole las

  • 7/26/2019 LECCIN 6 INTRODUCCIN AL DERECHO.docx

    2/7

    prerrogativas o las subordinaciones que en cada caso corresponden a su respectivajerarqu$a, es decir, al lugar que ocupa en la sociedad.

    La# $o%&a#' O%ig$, !i&olog(a ) u#o

    &a palabra norma, tiene su origen etimolgico del lat$n *norma+, y se refer$a a unaescuadra, esas reglas que usan los carpinteros para verificar que las pie"as de maderas estncuadradas, o sea, un ngulo recto, por lo que cuando las pie"as estn cuadradas, se dicenque estn normal.

    1na norma es una regla que debe ser respetada y que permite ajustar ciertas conductas oactividades. En el mbito del derecho, una norma es un precepto jur$dico.

    2oy d$a, nuestra convivencia social se sustenta en normas. &as relaciones que se establecenentre personas son reguladas por distintas normas. Ellas definen y determinan los derechosy deberes, y permiten al individuo saber cmo actuar correctamente.

    En nuestra vida cotidiana nos encontramos con diversas situaciones que nos contactan conel %erecho, simples acciones como subirse a un omnibus generan consecuencias jur$dicascomo la obligacin de pagar el pasaje y el derecho a que el omnibus haga su recorrido.

    El %erecho surge como una manifestacin de la necesidad de establecer normas que nospermitan convivir en forma organi"ada y pac$fica, evitando que las personas resuelvan losconflictos por sus propios medios. En ese sentido, el derecho, para cumplir su cometido, se

    manifiesta esencialmente en normas que regulan la actividad humana en relacin a sussemejantes.

    D*i$i+i$ d $o%&a

    &as normas, en sentido lato, son las reglas que deben seguir las personas para una mejorconvivencia, a las que se deben ajustar las conductas, tareas y actividades del ser humano.

    En sentido estricto, podr$amos definir el concepto de norma como: toda regla de carcterobligatorio que manda, permite o prohbe una determinada conducta o comportamiento alinterior del grupo social a la cual se pertenece.

    Cla#i*i+a+i$' No%&a# %ligio#a#, $o%&a# &o%al#, $o%&a# d !%a!o #o+ialo d +o#!u&b%

    &as normas provienen de entre otras cosas de tres formas que rigen la actividad humana. Enotros trminos, el derecho establece o absorbe simultneamente normas religiosas, normasmorales y normas sociales. )o abarca nunca la totalidad de esos tres sistemas, pero adoptao crea una parte de ellos y las convierte en normas jur$dicas. Estas ltimas tienen, por lotanto, el triple contenido que hemos se3alado. 4 considerada aisladamente, cada una de lasnormas jur$dicas traduce un criterio religioso, un concepto moral y una ley social ocostumbre.

    E'iste dentro de toda norma jur$dica un elemento moral, que fija las bases fundamentalesde la convivencia humana, distinguiendo lo bueno de lo malo, lo justo de lo injusto y es pors$ inmutable y universal.

  • 7/26/2019 LECCIN 6 INTRODUCCIN AL DERECHO.docx

    3/7

    5ambin dentro de toda norma jur$dica e'iste un elemento social, que se3alan loscaracteres secundarios del ordenamiento jur$dico determinando lo permitido, lo ordenado ylo prohibido, que es variable al infinito segn el tiempo y el lugar y que deriva tanto de lara"n como de la e'periencia. Este conjunto de normas sociales forma, por as$ decirlo, lareglamentacin prctica de los preceptos morales, que deben siempre prevalecer. /ero

    estos, a causa de su misma generalidad, son insuficientes para regular todos los casosposibles, la sociedad va creando nuevas normas que llegan ms hacia lo particular, y quevar$an segn las necesidades de cada poca y de cada pa$s.

    &a mayor$a de las normas jur$dicas son normas sociales, establecidas para regularadecuadamente los infinitos problemas que suscita la convivencia humana.

    4 por ltimo, el derecho o las normas jur$dicas se componen tambin de criteriosreligiosos, que se3alan los medios de que deben valerse los hombres para alcan"ar los finespermitidos por el derecho.

    (omo dijimos, entonces el derecho se compone de normas religiosas, morales y socialesque al ser sancionadas por la autoridad competente, se convierten en normas jur$dicas.6stas imponen deberes, se3alan prohibiciones, facultan para obrar en determinado sentido oestablecen castigos y sanciones0 pero siempre indican cmo deben orientarse la conducta decada individuo para que se cumplan los fines que el derecho persigue.

    %e este modo, las normas jur$dicas constituyen el principio arquitectnico del derecho, loque le da su forma y su sentido, el sistema mediante el cual se ordenan los actos humanos afin de que stos se ajusten a las e'igencias y necesidades de la comunidad. 4 como talesnormas no abarcan todo el campo de la tica ni todo el dominio del arte, no regulan laactividad humana en su totalidad, sino en todo aquello que es necesario reglamentar paraalcan"ar la justicia y el bien comn.

    La &o%al ) lo# +digo#

    4a hab$amos e'presado que la moral proviene de la ra"n y persigue el bien individualmediante la prctica de las virtudes. En ese sentido, el derecho deriva tanto de la ra"ncomo de la e'periencia y su finalidad consiste en alcan"ar el bien comn, o sea, el bienestarde la sociedad.

    %ebemos advertir que la moral no proviene de la conciencia individual de cada sujeto !encuyo caso habr$a tantas morales como individuos#, sino de la ra"n humana orientada a

    buscar los principios que deben guiar la conducta a fin de alcan"ar el ideal de perfeccin.

    Esa ra"n humana orientada a buscar el bien comn, se transforma en normas o leyesescritas que son traducidas en cdigos como ser !en nuestro caso# cdigos civiles, penales,laborales, etc., tendientes a regular la conducta humana y las relaciones jur$dicas entabladasentre las personas. %e ah$ surge la relacin que e'iste entre la moral y los cdigos.

    La# $o%&a# ju%(di+a#' Ca%a+!%(#!i+a#, Cla#i*i+a+i$

    %ice el reconocido jurista (arlos 7ouchet, que: las normas jurdicas son reglas opreceptos que se imponen a la conducta humana en sociedad, y cuya observancia puede

    ser coactivamente exigida en la mayor parte de los casos.

  • 7/26/2019 LECCIN 6 INTRODUCCIN AL DERECHO.docx

    4/7

    En tanto que el %r. &uis /. 8rescura y (and$a e'presa, que: La norma jurdica rige laconducta humana en sociedad, y su cumplimiento puede exigirse coactivamente o pedirque se aplique la sancin por los rganos del Estado, en caso de inobservancia

    La# +a%a+!%(#!i+a# d la# $o%&a# ju%(di+a# #o$'

    a- I&.%a!i"idad'la norma jur$dica es imperativa porque e'ige, impone el cumplimientode un mandato positivo o negativo a la conducta. Ej.: !odo contribuyente deber abonarel impuesto, "ueda prohibida la exportacin de metales preciosos, bajo cualquier#orma

    b- Au!a%/u(a'las normas jur$dicas son autrquicas porque se imponen sin consulta previaa los obligados por ellas y con independencia de su aceptacin o reconocimiento de partede los mismos. rt. 9 del (.(. La ignorancia de la ley no exime de su cumplimiento,salvo que la excepcin est$ prevista por la ley

    +- H!%o$o&(a'significa que las normas jur$dicas son creadas por otra persona distinta al

    destinatario de la norma, y, que sta, adems, es impuesta en contra de su voluntad.d- Bila!%alidad'consiste en que la norma jur$dica al mismo tiempo que impone deberes,tambin concede derechos a uno o varios sujetos. &o atributivo que establece derechos yobligaciones, por lo que esta caracter$stica se opone a la unilateralidad, consistente en quefrente al sujeto a quien obligan las normas, no e'iste otro autori"ado para e'igir sucumplimiento.

    - 0$%alidad'es general porque obliga a todos los destinatarios, an al mismo poder enque tuvo origen.

    *- E1!%ioi$!%io%idad'significa que la norma jur$dica aprecia esencialmente el aspecto

    e'terno de la conducta, y desde ste se eleva al elemento interno o ps$quico del acto, peronicamente en cuanto tiene trascendencia para la colectividad.

    g- Co%+ibilidad'significa sta la posibilidad de emplear la fuer"a o la coaccin e'teriorsocialmente organi"ada, para hacer efectivo el cumplimiento de la norma y lograr laimposicin de un deber jur$dico.

    Cla#i*i+a+i$ d la# $o%&a# ju%(di+a#'

    &as normas jur$dicas pueden ser clasificadas desde distintos puntos de vista segn loe'presado por el %r. &uis /. 8rescura y (and$a:

    a- Po% %*%$+ia a la# #a$+io$#'

    L)# .%*+!a#'son aquellas cuya violacin entra3a la nulidad absoluta e insanable delacto. Ej.: %El contrato colectivo de trabajo se redactar, bajo pena de nulidad, en tresejemplares%rt. ;9< del (.5.

    L)# .lu#+ua&.%*+!a#'son aquellas normas que imponen doble sancin al ser violadas.Ej.: Es nula la escritura que no se halle en la pgina del protocolo donde, seg&n el ordencronolgico, deba ser extendida, siendo responsable el Escribano de los da'os yperjuicios que ocasione esta nulidadrt. =;< del (.>.?.

    L)# &i$u#+ua&.%*+!a#' sancionan al autor de la violacin del precepto, pero sinsancionar de nulidad el acto. Ej.: (on nulas las escrituras que no tuviesen la designacin

    del tiempo y lugar en que #uesen hechas, el nombre de los otorgantes, las #irmas de laspartes, la #irma a ruego de ellas, cuando no sepan o puedan escribir, y la #irma delEscribano La inobservancia de las otras #ormalidades no anula las escrituras, pero losEscribanos pueden ser penados por sus omisiones de acuerdo con este )digo. (.>.?.

  • 7/26/2019 LECCIN 6 INTRODUCCIN AL DERECHO.docx

    5/7

    L)# i&.%*+!a#' son aquellas cuya transgresin no genera una sancin de ordenjur$dico. Ej.: Los ni'os y adolescentes respetarn, con#orme al grado de su desarrollo, lasleyes y el medio ambiente natural, as como las condiciones ecolgicas del entorno en queviven *dems tienen la obligacin de obedecer a su padre, madre, tutor o responsable, yde prestar la ayuda comunitaria en las condiciones establecidas en la leyrt. ; del (.).

    y .b- E$ %la+i$ a #u 2&bi!o #.a+ial, !&.o%al, &a!%ial ) .%#o$al d "alid3'

    No%&a# #.a+ial#' determinan el territorio dentro del cual rigen. Se subdividen ennacionales, locales e internacionales. Ej.: &as leyes rigen a nivel nacional, las ordenan"as anivel local, etc.

    No%&a# !&.o%al#' indican la duracin o tiempo dentro del cual sern aplicadas otendrn vigencia. /uede o no estar prevista y pueden ser de vigencia determinada eindeterminada. Ej.: &eyes transitorias, (digo (ivil, etc.

    No%&a# &a!%ial#'se refieren al contenido o $ndole de la actividad regulada. Ej.: (digodel 5rabajo, (digo /enal, etc.

    No%&a# .%#o$al#'indican los destinatarios o personas a quienes se dirigen. su ve" lasnormas personales se subdividen en: normas generales o abstractas y concretas oindividuali"adas: &as primeras abarcan un nmero indefinido de personas como porejemplo lo que dispone el art. =9@ de (.). que dicta: +el cumplimiento de la ley !odapersona est obligada al cumplimiento de la ley La crtica a las leyes es libre, pero no estpermitido predicar su desobediencia. &as segundas, son las que se refieren a uno o variossujetos individualmente determinados. /or ejemplo: una ley que concede una pensin adeterminada persona, una sentencia judicial, un contrato, etc.

    +- Sg4$ /u #u a.li+a+i$ #!5 o $o +o$di+io$ada a la "olu$!ad d lo# .a%!i+ula%#'

    No%&a# !a1a!i"a#' las denominadas ta'ativas deben cumplirse estrictamente por losdestinatarios, quienes no pueden derogarlas por una manifestacin de voluntad. Ej.: rt.=-del (.(. -o pueden contraer matrimonio entre s.a/ los ascendientes y descendientes en lnea recta0b/ los hermanos0c/ los parientes a#ines en lnea recta0d/ el adoptante y sus descendientes con el adoptado y sus descendientes0e/ el adoptado con el cnyuge del adoptante, ni $ste con el cnyuge de aqu$l#/ los hijos adoptivos del mismo adoptante entres s0 yg/ las personas del mismo sexo

    No%&a# di#.o#i!i"a# o #u.l!o%ia#'son las que pueden renunciarse por los particulares yslo entran en vigencia para suplir la voluntad no e'presada por los sujetos a quienes vandirigidas. &a norma legal puede ser suplida en ejercicio de la libertad contractual. Ej.: *A (ilas partes no han determinado el pla1o de la locacin, $sta se entender convenida. a/%0b%0 c/ si trata de casas que no est$n amuebladas, o de locales para el ejercicio de unapro#esin, de una industria o de un comercio, por la duracin de un a'o% rt.

  • 7/26/2019 LECCIN 6 INTRODUCCIN AL DERECHO.docx

    6/7

    No%&a# .%oibi!i"a#' son las que ordenan una omisin. Ej.: El trabajador no podrrenunciar a su salario y $ste se pagar directamente al mismo o a la persona que $lautorice por escrito. rt. 9;@ (.5.

    - Sg4$ #u i&.o%!a$+ia o j%a%/u(a

    No%&a# .%i&a%ia#' es la que tiene sentido pleno por s$ misma. Ej.: &a (onstitucin)acional. &a valide" de todas las normas que integran el ordenamiento jur$dico depende desu conformidad con la norma constitucional.

    No%&a# #+u$da%ia#'slo posee significacin o sentido relacionndola con otra normaque es su principal. Ej.: &as leyes derivadas de la (.)., los decretos reglamentarios del/oder Ejecutivo derivados de las leyes, etc.

    No%&a# d "ig$+ia'son las que indican la fecha inicial, duracin y dems modalidades aque est sujeta su valide". Ej.: e las disposiciones #inales y transitorias *rt 23 Esta

    )onstitucin entra en vigencia desde la #echa (u promulgacin se opera de pleno derechoa la hora veinticuatro de la misma. (onstitucin )acional Cigente !Cer fecha depromulgacin#.

    No%&a# d+la%a!i"a#'es la que interpreta o e'plica el sentido de otra o define los trminosusados en la misma. Ej.: (e llaman cosas en este )digo, los objetos corporalessusceptibles de tener un valor+ !rt. =.6: 23 El que incumpliera un deber legal alimentario y con ello produjera elempeoramiento de las condiciones bsicas de vida del titular, o lo hubiera producido de nohaber cumplido otro con dicha prestacin, ser castigado con pena privativa de libertad dehasta dos a'os o con multa

    *- D#d l .u$!o d "i#!a d #u *u$! o *o%&a d .%odu++i$

    Lgi#la!i"a#'son las leyes escritas dictadas por los diferentes organismos del Estado comoser: /oder &egislativo, Ejecutivo o ?udicial.

    Co$#u!udi$a%ia#'son las normas no escritas o costumbres, mantenidas de viva vo" en losusos y prcticas constantes del pueblo.

    Ju%i#.%ud$+ial#' son aquellas cuya fuente de produccin depende de la actividadjurisdiccional de los rganos del Estado para resolver los casos concretos que se vanpresentando como ser las Sentencias, utos Fnterlocutorios y providencias.

  • 7/26/2019 LECCIN 6 INTRODUCCIN AL DERECHO.docx

    7/7

    Volu$!a%ia#'son las normas cuya fuente de produccin reside en el acuerdo de las partes oen la manifestacin de voluntad de una sola persona. Ej.: &os contratos, testamentos ydonaciones que contemplan casos particulares y determinan las consecuencias jur$dicasderivadas de los mismos.