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Circulares --2004
108
Dependencia: Tribunal Superior de Justicia
Depto: C
omité de C
ompilación, Sistem
atización yPublicación de C
riterios Aislados y
Criterios Jurisprudenciales Locales.
Asunto 20/2003 bis.
CIR
CU
LAR
No. 106
Villahermosa, Tab., a 21 de junio de 2004.
CC
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Para resolver sobre la contradicción de criterios
emitidos por la C
uarta Sala P
enal, respecto a la procedenciade la adm
isión de la prueba pericial ginecológica a unam
enor ofendida del delito de Violación, el Pleno, finalm
ente enla sesión ordinaria de fecha cuatro de m
ayo del año actual, porm
ayoría de dieciocho votos a favor y el voto particular de laM
agistrada Leda Ferrer Ruiz, concluyó en lo conducente:
“...En tratándose de una prueba pericial ginecológica
ofrecida por el inculpado o su defensor, en un proceso instauradocon m
otivo de un delito de índole sexual, siendo el pasivo un menor
de edad, es correcto que el Juez de primer grado la adm
ita si sedenota que tal prueba es conducente al esclarecim
iento de loshechos...”.