6

Click here to load reader

Legislacion de Las Radios Libres,

Embed Size (px)

Citation preview

Page 1: Legislacion de Las Radios Libres,

• "PROPUESTA PARA UNA RADIO LIBRE"

Esta radio nace para ser un espacio de trabajo alternativo de difusión desde el cual se le de voz a los que

saben que su voz, sus convicciones, ideales y compromisos no comparten la razón que guía a los demás

medios, es decir, el dinero. Construimos un órgano difusor anticapitalista, antiautoritario, libertario,

anarquista para aportar a que las ideas maduren y avancen a una sociedad donde la información y las

frecuencias no puedan ser un medio de dominación de las personas.

• "QUE SON LAS RADIOS LIBRES"

Clasicamente utilizan la banda de la Frecuencia Modulada y suelen tener una cobertura local en el municipio

desde el cual transmiten, aunque el avance en nuevas tecnologías ha permitido que puedan emitir a través de

Internet, Pueden usar indistintamente una frecuencia radial pirata, ocupada, comprada, legalizada o caso

contrario sólo emitir digitalmente vía streaming o podcast..

En España, las radios libres y comunitarias surgieron entre finales de los 70 y principios de los 80

aprovechando un vacío legal y, salvo excepciones como Ràdio Klara (Valencia), ninguna tiene licencia de

emisión. El dial es finito, y si una radio emite en una frecuencia, provoca interferencias con las adyacentes, por

lo que conocidos periodistas como Javier González Ferrari o Luis del Olmo han pedido el cierre de todas las

radios sin licencia (si bien es cierto es que cadenas comerciales como Onda Cero, Punto Radio, es Radio, la

SER o la COPE también tienen emisoras en situación irregular ). Además, diversos medios comunitarios ya se

han presentado a concursos de licencias en numerosas ocasiones sin éxito.

Page 2: Legislacion de Las Radios Libres,

• LEGISLACION DE LAS RADIOS LIBRES"

En 2009, la Unión de Radios Libres y Comunitarias de Madrid ganó un recurso en el Tribunal Supremo contra

la adjudicación de licencias de radio por la Comunidad de Madrid en 2003.

• Anteproyecto de Ley General de la Comunicación

Audiovisual de 7 de enero de 2010

primero en reconocer al llamado Tercer Sector de la Comunicación, Los puntos que favorecen a las radios

comunitarias son los siguientes:

• Artículo 4: Todas las personas tienen el derecho a que la comunicación audiovisual

se preste a través de una pluralidad de medios tanto públicos, comerciales como

comunitarios, a la existencia de una diversidad de fuentes y de contenidos y la

existencia de diferentes ámbitos de cobertura. Esta prestación plural debe asegurar

una comunicación audiovisual cuya programación incluya distintos géneros y atienda

a los diversos intereses de la sociedad, especialmente cuando se realice a través de

prestadores de titularidad pública y de servicios de comunicación sin ánimo de

lucro.

• Artículo 32.2: La Administración General del Estado debe garantizar en todo caso la

disponibilidad del dominio público radioeléctrico necesario para la prestación de

estos servicios (Servicios de comunicación audiovisual comunitarios sin ánimo de

lucro).

• Artículo 32.3: La prestación de este tipo de servicios requiere licencia previa. En dicho

título se establecerán las condiciones que aseguren su naturaleza sin finalidad

comercial, pudiendo establecerse el uso compartido de un mismo canal así como las

condiciones de dicho uso. La adjudicación de la licencia lleva aparejada la concesión

de uso privativo del dominio público radioeléctrico disponible para la prestación del

servicio.

- Sin embargo, también hay algunos puntos que perjudican a este tipo de medios:

• Artículo 32.1: (...) En todo caso, dichos contenidos se emitirán en abierto y sin

ningún tipo de comunicación audiovisual comercial.

• Artículo 32.4: Las entidades prestadoras de estos servicios deberán justificar la

procedencia de sus fondos, así como el desglose de gastos e ingresos, si los hubiere.

La autoridad audiovisual establecerá un sistema de evaluación de gestión financiera

y un registro específico para el depósito de su memoria económica. Sus gastos de

explotación anuales no podrán ser superiores a 100.000 euros en el caso de la

televisión, y de 50.000 euros en el caso de la radio. En palabras de Miriam Meda,

coordinadora General de la ReMC, no tiene sentido que se limite el presupuesto a

una actividad privada, máxime cuando la Ley Orgánica del Derecho de Asociación,

por la que se rige hasta ahora el sector, no incluye tal límite.

• Artículo 32.5: Las entidades titulares de los servicios de comunicación audiovisual sin

ánimo de lucro deberán acreditar el pago de cuantos derechos, cánones o tasas se

deriven de su actividad.

Page 3: Legislacion de Las Radios Libres,

- No se ha consultado a los medios comunitarios en la redacción de este Anteproyecto de Ley, ni

siquiera en las cuestiones que les afectan más directamente.

- No se tuvieron en cuenta las resoluciones, dictámenes e informes de instituciones como:

� el Parlamento Europeo,22

23

� el Consejo de Europa,24

� los relatores de la libertad de expresión de la ONU25

26

� y otros organismos, Maputo28

o AMARC,29

o la opinión de

profesores universitarios como Manuel Chaparro Escudero,30

o el Catedrático Ramón Zallo.31

32

- Por todo ello, la Red de Medios Comunitarios ha puesto en marcha una campaña por la defensa del

Derecho a comunicar:

� Este derecho está reconocido en el artículo 19 de la Declaración Universal de los

Derechos Humanos,

� en el artículo 20 de la Constitución Española, en la sección primera del capítulo

segundo (De los derechos fundamentales y de las libertades públicas).

• Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de la

Comunicación Audiovisual

Características legales de las emisiones del tercer sector en España

• Tanto la LGCA como el proyecto de reglamento de servicios de comunicación audiovisual comunitarios

sin ánimo de lucro, establecen una normativa de mínimos que deben respetar las emisoras del tercer

sector que pretendan acceder a las licencias.

• En primer lugar se aborda quien puede gestionar el servicio. Esto es, entidades privadas declaradas

sin ánimo de lucro. Con esto se excluye a los organismos públicos como las universidades. Y las

características que deben de reunir son las siguientes:

I.- El objeto de la actividad satisfaga una finalidad de (i) atención a los distintos grupos sociales

cubriendo sus necesidades sociales, culturales y comunicativas; o bien (ii) de fomento de la

participación ciudadana y organización del tejido asociativo.

II.- Los contenidos deben emitirse en abierto y sin ningún tipo de comunicación comercial

III.- La entidad nunca debe dejar de tener la consideración legal de entidad sin ánimo de lucro.

IV.- La explotación del servicio ha de hacerse directamente y está prohibida la transmisión y

alquiler de la licencia.

V.- Las entidades prestadoras deberán justificar la procedencia de sus fondos, así como el

desglose de gastos e ingresos, si los hubiere.

VI.- Se debe superar un sistema de evaluación de la gestión financiera por la entidad y su

memoria económica debe depositarse en un registro específico.

VII.- Los gastos de explotación anuales no podrán ser superiores a 100.000 euros para las

televisiones comunitarias, y de 50.000 euros para las emisoras de radio sin ánimo de lucro.

Page 4: Legislacion de Las Radios Libres,

• En segundo lugar se detalla cómo se accede a las licencias y sus peculiaridades. Queda claro que tan

sólo la superación de un concurso público permite adquirir la licencia a las emisoras del tercer sector.

Con respecto al otorgamiento de las licencias:

I.- Las CCAA mediante concurso público deberán adjudicar las licencias, ofertando todas las

frecuencias disponibles en la misma convocatoria.

II.- Si el Estado no ha reservado las oportunas frecuencias para la comunicación sin ánimo de

lucro, no se puede convocar concurso público.

III.- En la convocatoria se especificarán las condiciones de la prestación del servicio

IV.- Cabe la posibilidad de uso compartido del canal de televisión o radiofónico

• En relación a la participación en el concurso, se debe de cumplir con los siguientes parámetros.

I.- Ser entidad sin ánimo de lucro.

II.- No hallarse incurso en ninguna de las prohibiciones para contratar previstas en la legislación

de contratos del sector público

III.- Plasmar el nombre por el que se va a dar a conocer a la audiencia

IV.- Proponer: (i) las características esenciales de la programación; (ii) el proyecto técnico de las

instalaciones; y (iii) el plan de financiación del servicio

V.- Emitir la programación de acuerdo con las condiciones de accesibilidad para personas con

discapacidad establecidas en la legislación audiovisual general y en la normativa sobre igualdad

de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad.

• Por último y en tercer lugar, se referencia las vicisitudes de las licencias sobre todo en cuanto a la

resolución del concurso y la duración de las licencias. En este sentido, la dinámica se asemeja al

régimen de las licencias de radio y televisión comercial:

I.- Las CCAA adjudicarán las licencias convocadas a las ofertas más ventajosas de acuerdo con

los principios de publicidad, igualdad, concurrencia y transparencia.

II.- Una vez adjudicada la licencia, el Ministerio de Industria otorgará la concesión de uso

privativo del dominio público radioeléctrico, conforme a las características técnicas establecidas

en la previa reserva de frecuencias.

III.- Las licencias para la prestación de servicios de comunicación audiovisual comunitaria sin

ánimo de lucro se otorgarán por un plazo de 15 años. Serán renovables automáticamente por

períodos iguales.

Decreto completo: http://www.boe.es/boe/dias/2010/04/01/pdfs/BOE-A-2010-5292.pdf

ORGANIZACIONES DE RADIOS COMUNITARIAS .

• Red de Medios Comunitarios

La Red de Medios Comunitarios (ReMC) es una organización que integra a medios comunitarios (sin ánimo de

lucro y dedicados a dar un servicio a su comunidad) de toda España.

la ReMC ha participado y analizado muchos de acontecimientos y dinámicas que han tenido lugar tanto en

medios comunitarios locales de diversa procedencia como en redes autonómicas, así como actuaciones

Page 5: Legislacion de Las Radios Libres,

directas que se han llevado a cabo con motivo de procesos legales audiovisuales (reparto de licencias en la

Comunidad de Madrid, aprobación de un nuevo Decreto de Radiodifusión en FM de Canarias o el Informe de

Anteproyecto de Ley General del Audiovisual

Según los Estatutos9 de la ReMC, los medios de comunicación comunitarios son aquellos que cumplen las

siguientes características:

• El medio es propiedad de una asociación sin ánimo de lucro.

• Su gestión y funcionamiento lo lleva a cabo un colectivo ciudadano.

• No existe reparto de beneficios de ningún tipo, y la financiación se destina íntegramente al proyecto.

• La gestión de estos medios de comunicación se realiza de forma participativa y horizontal, sin estructuras

jerárquicas en la toma de decisiones.

• Tienen como objetivos profundizar en la democracia, transformar los procesos sociales y hablar de lo que otros

medios no hablan.

• Estos medios no realizan proselitismo religioso ni partidista.

Entidades asociadas Tipo Frecuencia

Aire Comunicación Educomunicación ---------

Aitiden RTV Radio y TV Internet

Artegalia Radio y TV Internet

La Tele (Assemblea

per la Comunicaciò

Social)

TV 52 UHF

AVM Radio Radio Internet

Cuac FM Radio 103.4 FM

ECO Leganés Radio Internet

Komunikatuz Educomunicación ---------

Jaleo Radioacción

Colectiva

Radio Internet

La Cultural FM Radio 93.4 FM

Ola!19 (Aculra-Sike) Radio 91.8 FM

Onda Color Radio 107.3 FM

Onda Merlín

Comunitaria

Radio 107.3 FM

Onda Polígono Radio 107.3 FM

Onda Toledo Radio Internet

Pluralia TV TV Internet

Radiópolis Radio 98.5 FM

Radio Almenara Radio 106.7 FM

Radio Cortijo Radio Internet

Radio Enlace Radio 107.5 FM

Radio Filispim Radio 93.9 FM

Radio Geneto Radio 107.5 FM

Ràdio Hispanidad Radio 87.5 FM

Radio Iris 7 Radio 100.0 FM

Ràdio Klara Radio 104.4 FM

Radio Kras Radio 105.0 FM

Radio Oasis Radio 106.4 FM

Radio Pikaza Radio 89.6 FM

Radio Pimienta Radio 100.3 FM

Page 6: Legislacion de Las Radios Libres,

Radio Popular

Canaria

Radio 100.5 FM

Radio Ritmo Radio 99.9 FM

Radio San

Borondón

Radio Cadena de emisoras

Radio Vallekas Radio 107.5 FM

Tas-Tas Irrati Librea Radio 97.0 FM

Tele Cardedeu TV Internet

Tele K TV Canal 30 TDT

Unión de Radios

Libres y

Comunitarias de

Madrid

Radio Federación

Entidades

colaboradoras Tipo Frecuencia

Radio Roncudo Radio 106.1 FM

• Asociación Mundial de Radios Comunitarias

La Asociación Mundial de Radios Comunitarias (AMARC) es el referente organizacional, político y

comunicacional de un movimiento internacional constituido en torno a las radios comunitarias, ciudadanas y

populares en todo el mundo. AMARC está reconocida como organismo no gubernamental internacional

(ONGI), de carácter laico y sin fines de lucro.

La misión de AMARC es promover la democratización de las comunicaciones, especialmente de la radio, para

favorecer la libertad de expresión y contribuir al desarrollo equitativo y sostenible de nuestros pueblos:

democratizar la palabra para democratizar la sociedad.

Los y las periodistas, comunicadores/as, radios comunitarias y centros de formación y producción asociadas a

AMARC contribuyen a la libre expresión de los distintos movimientos sociales, políticos y culturales, así como

a la promoción de toda iniciativa que busque la paz, la amistad entre los pueblos, la democracia y el

desarrollo. Son organizaciones y personas que trabajan por la democratización de la comunicación, la

sociedad y la cultura. Reflejan y ayudan a construir las identidades, hablan las lenguas locales y producen

nuevas agendas públicas para el debate de la ciudadanía. Esta construcción de ciudadanía se fundamenta en

la capacidad de las mujeres y de los hombres, adultos, jóvenes, niños y niñas de establecer relaciones

humanas basadas en la equidad y la igualdad.

Los y las asociados y asociados a AMARC reconocen además el papel fundamental y específico de las mujeres

para establecer nuevas prácticas de comunicación, siendo esencial su participación en las estructuras de

decisión y en la programación de las radios comunitarias.

AMARC es miembro de la Intercambio Internacional por la Libertad de Expresión (IFEX), una red mundial que

agrupa a las asociaciones más importantes en defensa de la libertad de expresión.

En América Latina y el Caribe, la asociación fue fundada en 1990. Hoy, AMARC ALC cuenta 400 emisoras y

centros de producción asociados en todos los países de la región. Además, 18 Representaciones Nacionales

impulsan las actividades de la Asociación en sus respectivos países.