20
ANÁLISIS LEY GENERAL DE EDUCACIÓN 28044 1. En el concepto que nos ha dado a conocer la Ley Ne 28044 se debe tomar en cuenta que también la educación es un derecho sociocultural donde la persona interactúa con un medio social y la realidad que lo rodea. 2. Es un proceso de formación integral y permanente del individuo. 3. Aparentemente es impresionante pero en el fondo no se cumple en lo que especifica en cuanto a las contribuciones al desarrollo de nuestra sociedad peruana porque la ley aludida está formulada de acuerdo a los intereses de grupos de poder y asesorados por personas ajenas a nuestra realidad nacional (países capitalistas, Banco Mundial, BID y el Fondo Monetario Internacional). 4. Es un proceso de aprendizaje y enseñanza que se desarrolla a lo largo de toda la vida y que contribuye a la formación integral de las personas, al pleno desarrollo de sus potencialidades, a la creación de cultura, al desarrollo de la familia y la comunidad nacional. 5. Proceso de enseñanza aprendizaje porque el profesor no debe pasar al segundo plano. No es posible un aprendizaje sin enseñanza. No hay educación integral porque se han quitado horas pedagógicas como en los cursos de Historia del Perú, Historia Universal, Geografía, etc. mutilando el derecho a crecer intelectualmente. Hoy en día la educación es elitista. Solo ellos pueden desarrollar sus potencialidades más no la clase del proletariado. Cómo puede haber desarrollo familiar y de la

Ley 28044

Embed Size (px)

DESCRIPTION

LEY 28044

Citation preview

ANLISIS LEY GENERAL DE EDUCACIN 28044

1. En el concepto que nos ha dado a conocer la Ley Ne 28044 se debe tomar en cuenta que tambin la educacin es un derecho sociocultural donde la persona interacta con un medio social y la realidad que lo rodea.2. Es un proceso de formacin integral y permanente del individuo.3. Aparentemente es impresionante pero en el fondo no se cumple en lo que especifica en cuanto a las contribuciones al desarrollo de nuestra sociedad peruana porque la ley aludida est formulada de acuerdo a los intereses de grupos de poder y asesorados por personas ajenas a nuestra realidad nacional (pases capitalistas, Banco Mundial, BID y el Fondo Monetario Internacional).4. Es un proceso de aprendizaje y enseanza que se desarrolla a lo largo de toda la vida y que contribuye a la formacin integral de las personas, al pleno desarrollo de sus potencialidades, a la creacin de cultura, al desarrollo de la familia y la comunidad nacional.5. Proceso de enseanza aprendizaje porque el profesor no debe pasar al segundo plano. No es posible un aprendizaje sin enseanza. No hay educacin integral porque se han quitado horas pedaggicas como en los cursos de Historia del Per, Historia Universal, Geografa, etc. mutilando el derecho a crecer intelectualmente. Hoy en da la educacin es elitista. Solo ellos pueden desarrollar sus potencialidades ms no la clase del proletariado. Cmo puede haber desarrollo familiar y de la comunidad nacional si cada vez nos acortan el presupuesto destinado a educacin, por ende, la familia tiene que afrontar los gastos.Nos da habla de que el derecho a la educacin es un derecho fundamental de la persona y la sociedad en general, a la cual el estado tendr que garantizar el ejercicio de dicho derecho, ya que ello le permitir el desarrollo de sus potencialidades, su formacin integral y la creacin de su cultura. As mismo, la gratuidad de la educacin es un servicio pblico, cuando lo provee el estado en todos sus niveles y modalidades, determinando a su vez la libertad de enseanza, a su vez, los padres de familia o los que hagan sus veces tiene el deber de educar a sus hijos y el derecho a participar en el proceso educativo y a elegir la institucin en que estos quieren que se les eduquen dicho derecho es amparado por la constitucin poltica del Per en sus artculos 13, 14, 15, 16, 17, 18 y artculos concordantes, como los artculos 235, 287 y 316 inc.1 del c.c, art. 37 inc.17 del c.p.cnst, arts, 14 al 22 del c.n.a.

PRINCIPIOS DE LA EDUCACIONLos principios de la educacin estn planteados adecuadamente pero son los mismos padres de la Patria y dems funcionarios que quebrantan, puesto que la concepcin impera en todos sus estamentos salvo raras excepciones. ETICA1. Se pide valores pero demuestran lo contrario nuestros gobernantes.2. Para promover los valores y formar a las personas para que logren su realizacin tica, intelectual, solidaria, etc. se tiene que partir de una autoestima, su integracin, etc. Se debe compartir con los dems pero en la realidad no podemos realizarnos por culpa de ciertos elementos como el Director, Especialistas, etc.3. Para que se cumpla este principio lo primero que se debe hacer es fortalecer la autoestima de la sociedad.4. Que todos los valores mencionados en dicho artculo solo algunos son cumplidos dentro de una sociedad.5. Es formar hombres con conciencia social de clase.EQUIDAD1. No existe oportunidad para todos.2. El Estado no garantiza la educacin para todos en igualdad porque las personas de bajas economas estudian en escuelas pblicas ms la clase alta (en escuelas privadas).3. Atenta contra la estabilidad laboral.4. No garantiza la educacin a todos por igual porque algunos carecen de economa.5. En nuestra sociedad donde existe diferencias de clases no se da una educacin de calidad y/o igualdad.INCLUSION1. Los Centros Educativos deben poseer ambientes adecuados para las personas con discapacidad.2. La educacin peruana no es igualitaria para todos los nios peruanos ya que existe diferencias en el mbito educacional.3. Con la incorporacin de las personas marginadas no se eliminara la pobreza mientras existe la diferencia de clases sociales.4. La inclusin, el cual no se cumple, porque ahora hay mucha marginacin, distincin, provocando muchos fracasos en cuanto a su vida laboral e intelectual.CALIDAD 1. Se quiere calidad pero cada vez existe ms limitaciones.2. En un plantel donde existen alumnos con desnutricin, donde existe la extrema pobreza y otras dolencias, las condiciones no pueden ser adecuadas y no podra ser la educacin integral ni pertinente.3. Si no hay un buen presupuesto para el sector Educacin no se puede exigir una buena calidad educativa.4. No existe condiciones laborales que no favorece el desarrollo integral del educando en cuanto a materiales.5. La calidad no se da por la extrema pobreza.DEMOCRACIA1. No hay respeto a los derechos humanos.2. Nuestros derechos casi siempre son atropellados. Solo existe en teora, nada en la prctica. Y no se respeta, sobre todo.3. No hay democracia, no hay libertad de expresin. Lo podemos palpar al leer la Nueva Ley de Educacin N 28044, pues no nos consultaron para participar en la elaboracin de ella.4. La libertad de opinin es limitada.5. La democracia debe darse en la libertad de pensamiento. CONCIENCIA AMBIENTAL 1. Lejos de cautelar nuestros recursos y su conservacin nuestros gobernantes los venden sin hacer caso los reclamos populares.2. En realidad no se practica el cuidado y conservacin del medio ambiente; por el contrario se observa y propicia muchas actividades que perjudican nuestro medio natural como sucede, por ejemplo, con la quema de deshechos y otros residuos en las mltiples fiestas y celebraciones de la regin.3. No asimilan sobre la conciencia ambiental.INTERCULTURALIDAD1. Debemos cultivar nuestra cultura.2. Es un hecho utpico ya que la alienacin del peruano lleva a la denigracin de las culturas autctonas del pas (lengua, costumbres, tradiciones). FINES DE LA EDUCACION1. Observamos que no se cumple porque cada vez ms crece las limitaciones bajo una currcula que difiere de las necesidades reduciendo competencias y capacidades generalizadas como si fuese una masa homognea; por tanto, no est acorde a la realidad de cada regin.2. En una sociedad como la nuestra nunca se podr formar personas capaces con todas las caractersticas que persigue los fines porque los medios de comunicacin que utiliza la clase dominante son alienantes, donde existe la corrupcin galopante, discriminacin tnica, donde los valores estn pintados; no se podr formar una sociedad democrtica ,slida, justa, prspera, tolerante.3. La poltica peruana no le permite lograr sus fines porque no est acorde a la realidad.4. Debe ser formar personas con capacidad de pensamiento, crtica, analtica, para el cambio de una nueva sociedad.La ley en anlisis garantiza plenamente la gratuidad y calidad educativa publica con equidad en los 14 grados articulados que conforman la inicial, primaria y secundaria, definidos en su conjunto como educacin bsica. Esta nueva norma crea un sistema de evaluacin, acreditacin y certificacin de la calidad educativa. El objetivo dentro de la presente ley es evaluar los aprendizajes y acreditar la calidad de las instituciones educativas. Esto va de la mano con los programas permanentes de capacitacin y evaluacin del profesorado con la participacin del gremio magisterio, padres de familia y la comunidad educativaLa presente ley en anlisis, ofrece una mayor autonoma que tendr el centro educativo para seleccionar y designar a su personal docente y administrativo, recibir directamente asignaciones presupuestales, diversificar su programa curricular y decidir sobre los textos y materiales educativos de acuerdo con su realidad. As esta gestin ser participativa, flexible y sobre todo, descentralizada, que se iniciara en la escuela, que a la ves coordinara con la unidad de gestin educativa local, la cual se reportara ante la direccin regional de educacin de su jurisdiccin y esta al ministerio de educacin.

Esta ley tambin nos habla de que los gobiernos locales apoyaran a la educacin en infraestructura, equipamiento elaborado de programas educativos distritales, provinciales e institucionales y aportando elementos para la diversificacin curricular. Esto sin asumir funciones de direccin, monitoreo y de evaluacin de la gestin administrativa y pedaggicas de las instituciones educativas, por no estar calificados para ello. Los concejos regionales y locales tampoco opinaran sobre el nombramiento de los directores locales y regionales, porque estos perderan autonomaLa ley nos da alcances de los principios de la educacin dentro de los cuales tenemos la:La tica, la cual inspira una educacin promotora de los valores.La igualdad, garantiza a todos igualdad de oportunidad.La inclusin, la cual incorpora a las personas con discapacidad fsica al sistema educativo.La calidad, la cual promueve condiciones adecuadas para una educacin integral pertinente, siendo de nivel ptimo el que se debe alcanzar, para asi, las personas poder enfrentar los retos del desarrollo humano.La democracia, que promueve el derecho irrestricto a los derechos humanos, la libertad de conciencia, pensamiento y opinin.La creatividad, que promueva a sus ves la produccin de nuevos conocimientos en todos los conceptos del saberEl sistema educativo en su estructura, que presenta esta ley, es integrador y flexible, por que abarca y articula todos sus elementos y permite a los usuarios organizar su trayectoria educativa donde se adecue a las necesidades y exigencias de la diversidad del pas. As mismo, la alfabetizacin se desarrollara de acuerdo al requerimiento de cada lugar en todas las lenguas originarias del lugar, dentro del territorio patrio.La ley presente nos da los fines de la educacin peruana, como:Formar personas capaces de lograr su realizacin y su integracin adecuada a la sociedad, para el ejercicio de su ciudadana, en armona con su entorno, y poder con el tiempo afrontar los cambios incesantes de la sociedad del conocimiento.Contribuir a formar una sociedad democrtica, justa, prospera, tolerante y forjadora de paz, supere la pobreza e impulse el desarrollo sostenible del pas.

La gestin educativa, en base a la presente ley, es descentralizada, simplificada, participativa y flexible, se ejerce dentro del margen de respeto a la autonoma pedaggica y de gestin que favorece la accin educativa.Dice la ley, que las instituciones educativas son la primera y principal instancia de gestin del sistema educativo, su mbito comprende los centros de educacin bsica. Cuya funcin es elaborar, ejecutar y evaluar el proyecto educativo institucional, as como su plan anual y su reglamento interno, en concordancia con su lnea axiolgica y los lineamientos de poltica educativa.La unidad de gestin local es una instancia de ejecucin descentralizada del gobierno regional con autonoma en el mbito de su competencia, su jurisdiccin territorial es la provincia, pero puede ser modificado bajo criterios de dinmica social. Dentro de sus finalidades tenemos la de fortalecer las capacidades de gestin pedaggica y administrativa, contribuir a generar un mbito favorable, canalizar el aporte de los gobiernos municipales.La direccin regional de educacin segn los artculos 76,77 y 78 de la presente ley, donde determinan su finalidad, la direccin regional de educacin es un rgano especializado del gobierno regional responsable del servicio educativo, teniendo como funcin dentro del mbito educacional:Autorizar en coordinacin con las unidades de gestin educativas locales, el funcionamiento de las instituciones educativas pblicas y privadasFormular y ejecutar y a su vez tambin evaluar el presupuesto educativo de la regin en coordinacin con las unidades de gestin educativaIncentivar la creacin de centros de recursos educativos y tecnolgicos que contribuyen a mejorar el aprendizaje en los centros y programas educativos.As tambin se podr establecer el financiamiento de la educacin pblica, donde tendr que ver los recursos financieros destinados a obtener y contar con los recursos humanos, materiales, tecnolgicos y servicios necesarios para satisfacer las necesidades educativas, donde esta ley establece no menos del 6 % del producto bruto interno, de forma anual, exclusivo para la educacin estatal.

Esta ley tambin nos menciona y da a conocer las fuentes de financiamiento para el sistema educacional, como son el tesoro pblico, por sus recursos directamente recaudados, las donaciones, as tambin, los excedentes por actividades productivas desarrolladas por actividades de las mismas instituciones educativas, tambin la regulacin tributaria limitada por la ley, para el sentido de que las instituciones educativas gozan de inafeccion de todo impuesto, tambin se harn proyectos de inversin e innovacin y desarrollo educativo que propongan y ejecuten las instituciones educativas.Esta ley materia de estudio es aplicable en todo el mbito territorial peruano y para todas las personas, nacionales o extranjeras residentes en el territorio del Per. No existiendo excepciones establecidas en la presente ley.Esta ley, es decir, la ley 28044 ley general de educacin, fue promulgada el 28 de julio del 2003, la cual, derogo a su predecesora la ley 23384 denominada tambin ley general de educacin.A su vez, esta nueva ley, la 280044, ha sido sujeta de modificaciones en su: Articulo 15, modificado por la primera disposicin complementaria, transitoria y final de la ley 28740, publicado el 23 de junio del 2006. Artculo 38 inciso a, modificado por el artculo nico de la ley 28123, publicado el 16 de diciembre del 2003. Articulo 73, modificado por el artculo nico de la ley 28302, publicado el 27 de agosto del 2003. Articulo undcima de las disposiciones complementarias y transitorias, modificado por el artculo 1 de la ley 28239, publicado el 14 de agosto del 2004.

La presente ley nos da habla de que el derecho a la educacin es un derecho fundamental de la persona y la sociedad en general, a la cual el estado tendr que garantizar el ejercicio de dicho derecho, ya que ello le permitir el desarrollo de sus potencialidades, su formacin integral y la creacin de su cultura. As mismo, la gratuidad de la educacin es un servicio pblico, cuando lo provee el estado en todos sus niveles y modalidades, determinando a su vez la libertad de enseanza, a su vez, los padres de familia o los que hagan sus veces tiene el deber de educar a sus hijos y el derecho a participar en el proceso educativo y a elegir la institucin.La ley en anlisis garantiza plenamente la gratuidad y calidad educativa publica con equidad en los 14 grados articulados que conforman la inicial, primaria y secundaria, definidos en su conjunto como educacin bsica. Esta nueva norma crea un sistema de evaluacin, acreditacin y certificacin de la calidad educativa. El objetivo dentro de la presente ley es evaluar los aprendizajes y acreditar la calidad de las instituciones educativas. Esto va de la mano con los programas permanentes de capacitacin y evaluacin del profesorado con la participacin del gremio magisterio, padres de familia y la comunidad educativaLa presente ley en anlisis, ofrece una mayor autonoma que tendr el centro educativo para seleccionar y designar a su personal docente y administrativo, recibir directamente asignaciones presupuestales, diversificar su programa curricular y decidir sobre los textos y materiales educativos de acuerdo con su realidad. As esta gestin ser participativa, flexible y sobre todo, descentralizada, que se iniciara en la escuela, que a la ves coordinara con la unidad de gestin educativa local, la cual se reportara ante la direccin regional de educacin de su jurisdiccin y esta al ministerio de educacin.Esta ley tambin nos habla de que los gobiernos locales apoyaran a la educacin en infraestructura, equipamiento elaborado de programas educativos distritales, provinciales e institucionales y aportando elementos para la diversificacin curricular. Esto sin asumir funciones de direccin, monitoreo y de evaluacin de la gestin administrativa y pedaggicas de las instituciones educativas, por no estar calificados para ello. Los concejos regionales y locales tampoco opinaran sobre el nombramiento de los directores locales y regionales, porque estos perderan autonoma

La ley nos da alcances de los principios de la educacin dentro de los cuales tenemos la:La tica, la cual inspira una educacin promotora de los valores.La Igualdad, garantiza a todos igualdad de oportunidad.La Inclusin, la cual incorpora a las personas con discapacidad fsica al sistema educativo.La Calidad, la cual promueve condiciones adecuadas para una educacin integral pertinente, siendo de nivel ptimo el que se debe alcanzar, las personas poder enfrentar los retos del desarrollo humano.La Democracia, que promueve el derecho irrestricto a los derechos humanos, la libertad de conciencia, pensamiento y opinin.La Creatividad, que promueva a sus ves la produccin de nuevos conocimientos en todos los conceptos del saberEl sistema educativo en su estructura, que presenta esta ley, es integrador y flexible, por que abarca y articula todos sus elementos y permite a los usuarios organizar su trayectoria educativa donde se adecue a las necesidades y exigencias de la diversidad del pas. As mismo, la alfabetizacin se desarrollara de acuerdo al requerimiento de cada lugar en todas las lenguas originarias del lugar, dentro del territorio patrio.La ley presente nos da los fines de la educacin peruana, como:Formar personas capaces de lograr su realizacin y su integracin adecuada a la sociedad, para el ejercicio de su ciudadana, en armona con su entorno, y poder con el tiempo afrontar los cambios incesantes de la sociedad del conocimiento.Contribuir a formar una sociedad democrtica, justa, prospera, tolerante y forjadora de paz, supere la pobreza e impulse el desarrollo sostenible del pas.La gestin educativa, en base a la presente ley, es descentralizada, simplificada, participativa y flexible, se ejerce dentro del margen de respeto a la autonoma pedaggica y de gestin que favorece la accin educativa.Dice la ley, que las instituciones educativas son la primera y principal instancia de gestin del sistema educativo, su mbito comprende los centros de educacin bsica. Cuya funcin es elaborar, ejecutar y evaluar el proyecto educativo institucional, as como su plan anual y su reglamento interno, en concordancia con su lnea axiolgica y los lineamientos de poltica educativa.La unidad de gestin local es una instancia de ejecucin descentralizada del gobierno regional con autonoma en el mbito de su competencia, su jurisdiccin territorial es la provincia, pero puede ser modificado bajo criterios de dinmica social. Dentro de sus finalidades tenemos la de fortalecer las capacidades de gestin pedaggica y administrativa, contribuir a generar un mbito favorable, canalizar el aporte de los gobiernos municipales.Esta ley materia de estudio es aplicable en todo el mbito territorial peruano y para todas las personas, nacionales o extranjeras residentes en el territorio del Per. No existiendo excepciones establecidas en la presente ley.ANLISIS DEL SINEACE EN RELACIN A LA CALIDAD EDUCATIVAElSistema Nacional de Evaluacin, Acreditacin y Certificacin de la Calidad Educativa SINEACE: Es el conjunto de organismos y procedimientos que buscan definir y establecer los estndares para acreditar instituciones y certificar a las personas, a fin de asegurar la calidad que deben brindar las instituciones educativas y promover el desarrollo de las personas.Con este propsito, el sistema est conformado por rganos operadores que garantizan la independencia, imparcialidad de los procesos de evaluacin, acreditacin y certificacin. Son: Consejo de Evaluacin, Acreditacin y Certificacin de la Calidad de la Educacin Superior UniversitariaCONEAU, Consejo de Evaluacin, Acreditacin y Certificacin de la Calidad de la Educacin Superior No UniversitariaCONEACESeInstituto Peruano de Evaluacin, Acreditacin y Certificacin de la Calidad de la Educacin BsicaIPEBA.La evaluacin est a cargo de las entidades especializadas nacionales o internacionales, reconocidas y registradas para realizar las evaluaciones con fines de acreditacin y por instituciones pblicas cuando corresponda.REFLEXIONES SOBRE EL SISTEMA NACIONAL DE EVALUACION ACREDITACIN Y CERTIFICACIN DE LA CALIDAD EDUCATIVA Y LOS RETOS QUE DEBE ASUMIREl Sistema Nacional de Evaluacin, Acreditacin y Certificacin de la Calidad Educativa es el conjunto de organismos, normas y procedimientos estructurados e integrados funcionalmente, destinados a definir y establecer los criterios, estndares y procesos de evaluacin, acreditacin y certificacin a fin de asegurar los niveles bsicos de calidad que deben brindar las instituciones a las que se refiere la Ley General de Educacin N 28044, y promover su desarrollo cualitativo. Se debe establecer que el proceso de acreditacin es para el caso de la Instituciones Educativas VOLUNTARIO y permitir demostrar pblicamente que han consolidado sus capacidades de lograr y mantener los estndares propuestos. As como consolidar una relacin de CONFIANZA entre las escuelas y la sociedad, en la que la escuela asume su compromiso de mejorar permanentemente. Adems para la certificacin profesional en los casos de educacin, salud y derecho es OBLIGATORIA y permite el reconocimiento formal y oficial de las personas que han demostrado que saben hacer bien su trabajo u ocupacin

Segn la Ley General de Educacin establece que El Estado garantiza el funcionamiento de un Sistema Nacional de Evaluacin, Acreditacin y Certificacin de la Calidad Educativa, y responde con flexibilidad a las caractersticas y especificidades de cada regin del pas lo cual me parece acertado que dicha evaluacin se haga teniendo en cuenta las diferentes necesidades y realidades del pas; porque no hay que perder de vista la situacin de cientos de instituciones y miles de docentes laboran en situaciones desfavorables, ya sea por la distancia y el fcil acceso a las comunidades que impiden por ejemplo contar con un local adecuado; no poden acceder los docentes a una capacitacin continua o por falta de servicios bsicos como agua potable; desage; luz, telfono, e internet, impidiendo en los primeros tener una vida digna y en los ltimos comunicacin con el resto del pas y el mundo, quedando rezagados y muchas veces en el olvido. En estos casos el Estado debe garantizar una evaluacin justa para lo cual deber establecer otros criterios e indicadores y no estandarizar con el resto del pas.La misma ley define a la calidad educativa como el nivel ptimo de formacin que deben alcanzar las personas para enfrentar los retos del desarrollo humano, ejercer su ciudadana y continuar aprendiendo durante toda la vida. Aqu la pregunta sera el nivel ptimo de formacin del profesor; del alumno o ambos?. Porque si se pretende certificar el nivel ptimo del profesor a travs del alumno entonces generara grandes controversias y se podra entrar al mismo circulo vicioso de siempre de que el alumno no responde a las expectativas porque vive mal alimentado, proviene de familias disfuncionales, no tiene acceso a la informacin, y servicios bsicos, el padre de familia no participa del proceso pedaggico el Estado no interviene en su desarrollo, etc. es decir muchas justificaciones que la hacen que la labor educativa de desarrolle de manera ptima. Por eso el SINEACE debe establecer de manera clara y precisa los procedimientos a seguir para la evaluacin las instituciones y no se convierta en una espada de Damocles que sirva para cerrar aquellas escuelas que no cumplen con los estndares requeridos o cortar cabezas de docentes que supuestamente no cumplan con los perfiles de certificacin.

CONCLUSIONES1. La acreditacin para el caso de las Instituciones Educativas es de manera voluntaria y sirve para demostrar pblicamente que se han consolidado sus capacidades de lograr y mantener los estndares propuestos

2. La acreditacin y certificacin de la calidad educativa responde con flexibilidad a las caractersticas y especificidades propias de cada regin del pas

3. Se debe establecer de manera clara y precisa los procedimientos a seguir para la acreditacin de las instituciones y la certificacin de los profesionales para evitar que el sistema se convierta en una herramienta de cierre de escuelas o despidos