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8/19/2019 Ley 7.2015, De 24 de Marzo, De Modificación de La Ley 4.1996, De 14 de Junio, Del Estatuto de Consumidores y …
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Ley 7/2015, de 24 de marzo, de modificación de la Ley 4/1996, de 14 de junio, del
Estatuto de onsumidores y !suarios de la "e#ión de $urcia%
El Presidente de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
Sea notorio a todos los ciudadanos de la Región de Murcia, que la Asamblea Regional ha aprobado
la Ley de modificación de la ley !"##$, de " de %unio, del Estatuto de Consumidores y &suariosde la Región de Murcia'
Por consiguiente, al amparo del art(culo )*'+os, del Estatuto de Autonom(a, en nombre del Rey,
promulgo y ordeno la publicación de la siguiente Ley
&re'm(ulo
Estamos asistiendo a un amplio debate sobre las llamadas gasolineras desatendidas, es decir, sin
traba%adores'
La proliferación de este tipo de gasolineras a lo largo del -ltimo a.o preocupa tanto a propietarios
de estaciones de ser/icio tradicionales como a los sindicatos y organi0aciones de consumidores yusuarios'
1anto por la p2rdida de puestos de traba%o, como por el peligro potencial para los usuarios en caso
de derrame de combustible, as( como por la imposibilidad de reclamar ante alg-n responsable si se
produce un error tanto a la hora de repostar como en el cobro, no siendo tampoco posible la emisión
de facturas'
A estos problemas hay que a.adir los que pueden afectar a las personas con alg-n tipo de
discapacidad f(sica o de mo/ilidad, a las que una estación de ser/icio sin personal agra/a los
problemas de accesibilidad que ya padecen'
Comunidades Autónomas como Andaluc(a, Aragón, 3a/arra, Cantabria o Castilla4La Mancha han
aprobado normas al respecto que garanti0an, al menos, la presencia de un traba%ador en este tipo de
gasolineras para atender a clientes o a cualquier incidencia que pudiera producirse'
Por lo anteriormente e5puesto, y en aras de garanti0ar la defensa y protección de los consumidores
y usuarios en la Región de Murcia, as( como contribuir al mantenimiento de los puestos de traba%o,
la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia estima oportuno adaptar su normati/a regional a
tra/2s de la modificación de la Ley !"##$, de " de %unio, del Estatuto de Consumidores y
&suarios de la Región de Murcia, a fin de garanti0ar que las instalaciones de /enta al p-blico de
gasolinas y gasóleos de automoción dispongan, al menos, de una persona que atienda a los usuarios
mientras permane0can abiertas'
Artículo único Se crea una disposición adicional -nica, del siguiente tenor literal
6Al efecto, entre otros, de lo pre/isto en el art(culo de la presente ley, todas las instalaciones de
/enta al p-blico de gasolinas y gasóleo de automoción deber7n disponer en la propia instalación,
mientras permane0can abiertas y en ser/icio, al menos de una persona responsable de los ser/icios
que en ellas se prestan, al ob%eto de garanti0ar el e%ercicio de los derechos reconocidos en esta ley'
Las personas con alguna discapacidad que les impida el suministro de combustible en r2gimen de
autoser/icio ser7n atendidas por una persona responsable de las instalaciones' 1odo ello sin
per%uicio de lo establecido para las instalaciones que disfrutan de un r2gimen especial de
distribución y, en particular, las cooperati/as que no presten ser/icios a terceros'8
Véase la Res. de 2 de junio de 2015, de la Secretaría General de Coordinación Autonómica
!ocal, "or la #ue se "u$lica el Acuerdo de la Comisión %ilateral de Coo"eración Administración
General del &stado'Comunidad Autónoma de la Re(ión de )urcia en relación con la !e *+2015,
http://noticias.juridicas.com/base_datos/CCAA/mu-l4-1996.htmlhttp://noticias.juridicas.com/base_datos/CCAA/mu-l4-1996.htmlhttp://noticias.juridicas.com/base_datos/CCAA/mu-l4-1996.html#I643http://noticias.juridicas.com/base_datos/CCAA/mu-l4-1996.htmlhttp://noticias.juridicas.com/base_datos/CCAA/mu-l4-1996.html
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de 2 de mar-o, de modiicación de la !e +1//, de 1 de junio, del &statuto de Consumidores
suarios de la Re(ión de )urcia 3%.4.&. 1/ junio+3%.4.R.). 1/ junio6.
7is"osición inal
La presente ley entrar7 en /igor a los seis meses de su publicación en el 9olet(n :ficial
de la Región de Murcia'
Por tanto, ordeno a todos los ciudadanos a los que sea de aplicación esta Ley, que la cumplan y a los1ribunales y Autoridades que corresponda que la hagan cumplir'
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Privado/555099-r-coordinacion-autonomica-y-local-2-jun-2015-acuerdo-de-la-comision-bilateral.html