Ley de Contrataciones Publicas

  • Upload
    andrea

  • View
    23

  • Download
    0

Embed Size (px)

DESCRIPTION

Ley de Contrataciones Publicas

Citation preview

Presentacin de PowerPoint

Instituto Universitario Politcnico Santiago MarioAutores: Andrea RuzAlfredo LpezMateria: Electiva IVEscuela: 41

LEY DE CONTRATACIONES PUBLICASIntroduccin Laleyde Contrataciones Pblicasestablece la reestructuracinde los esquemas de las contrataciones pblicas, los procedimientos deseleccin de contratistas y proveedores del Estado.Para la seleccin de contratistas, la nueva ley establece las modalidadesde concurso abierto, cerrados y de consulta de precios, as como la contratacindirecta; Tambin reduce los lapsos para la preparacin de ofertase incluye los consejos comunales a los procesos de adjudicacinde la empresa y la contralora social.

Que es un contrato? Laleyde Contrataciones Pblicasestablece la reestructuracinde los esquemas de las contrataciones pblicas, los procedimientos deseleccin de contratistas y proveedores del Estado.Para la seleccin de contratistas, la nueva ley establece las modalidadesde concurso abierto, cerrados y de consulta de precios, as como la contratacindirecta; Tambin reduce los lapsos para la preparacin de ofertase incluye los consejos comunales a los procesos de adjudicacinde la empresa y la contralora social.Cmo se clasifican los contratos? Unilaterales y bilateralesOnerosos y gratuitosConmutativos y aleatoriosPrincipales y accesoriosInstantneos y de tracto sucesivoConsensuales y formales o solemnesPblicos y privadosNominados o tpicos e innominados o atpicosTipos de ContratoContratos Indefinidos: Es aquel que se conciertasin establecer lmites de tiempoen la prestacin de los servicios, en cuanto a la duracin del contrato. El contrato de trabajo indefinido podr ser verbal o escrito.Contrato Temporal: El contrato temporal, es aquel que tiene por objeto el establecimiento de una relacin laboral entre empresario y trabajador por un tiempo determinado. El contrato de trabajo temporal podr celebrarse a jornada completa o parcial.Contrato Formativo: El objetivo de estos contratos es ofrecer una formacin terica y prctica durante la cual los jvenes aprenden el desempeo un oficio o puesto de trabajo. Las empresas pueden contratar con esta modalidad a los jvenes que no hayan terminado sus estudios o que carezcan de los ttulos pertinentes.Contrato en Prcticas: El contrato de trabajo en prcticas tiene por objeto la obtencin por el trabajador de la prctica profesional adecuada al nivel de estudios cursados. No se trata nicamente de adquirir experiencia en un trabajo determinado, sino tambin de que esa experiencia acte sobre los estudios cursados.

Partes de un ContratoLa libertad formal suele caracterizar casi todos los tipos de contratos aunque la mayora siguen modelos bastante parecidos con las siguientes partes:Titulo: Indica el tipo de contratoCuerpo Sustantivo: Que identifica el las partes. Estas pueden ser, segn el tipo de contrato, tanto personas fsicas como jurdicas. Exposicin: Relacionan los hechos y antecedentes que pueden ser relevantes pero que carecen de valor normativo.Tambin pueden incluir clusulas que establezcan el significado de determinados conceptos para el contrato en cuestin.Cuerpo Normativo: Pactos o acuerdos objeto del contrato. Son las clusulas normativas.Cierre: Frmula de cierre donde se indica la forma de realizar el acuerdo.Anexo: Desarrollan algunos aspectos complejos del contrato para simplificar su lectura.Tipos de FianzaLicitacin: Garantiza que el contratista a quien se le adjudique el contrato, lo firmar y mantendr los trminos y condiciones de la oferta.Fiel Cumplimiento: Garantiza el fiel, cabal y oportuno cumplimiento por parte del afianzado de todas y cada una de las obligaciones que resulten a su cargo y a favor del acreedor, segn el contrato entre ellos suscrito.Anticipo: Garantiza el reintegro del dinero que el acreedor otorga al afianzado a fin de que ste disponga del capital para comenzar la ejecucin de la obra.Laboral: Garantiza el pago (toda obligacin pagadera en dinero) de los empleados o subcontratados del afianzado en virtud de la solidaridad establecida por la Ley Orgnica del Trabajo entre contratista y contratantes.Daos a terceros: Garantiza el resarcimiento de los posibles daos y perjuicios que pudieran ocasionarse a terceros o a bienes y propiedades de la Repblica y de particulares, durante la ejecucin de los trabajadores.Tipos de FianzaBuena Calidad: Garantiza que durante el perodo existente entre la recepcin provisional de la obra y la recepcin definitiva, los materiales utilizados fueron de calidad y condiciones ofrecidas por el contratista.Buena Ejecucin: Cubre un lapso de garanta para comprobar si la obra no presenta desperfectos en sus instalaciones y los equipos y servicios funcionan correctamente.Judicial: Garantiza los resultados de un proceso judicial.Aduanal: Garantiza al fisco nacional por rgano de las distintas aduanas del pas, el pago de los impuestos de importacin, tasas, servicios y penas pecuniarias que causen las importaciones que lleguen a Venezuela de acuerdo con la Ley de Aduanas y su reglamento.

Que es la Ley de Contrataciones Pblicas?Es el instrumento que establece las normas aplicables a los procedimientos de contratacin pblica y a algunos aspectos de su ejecucin. Esta norma deroga as a la Ley de Licitaciones de 2001 y regula diversas situaciones que, para los contratos de obra, haban sido tratados por las Condiciones Generales de Contratacin.

Objetivos de la Ley de Contrataciones Pblicas?Preservar el Patrimonio Pblico .Fortalecer la Soberana .Desarrollar la capacidad productiva .Asegurar la transparencia de las actuaciones de los rganos y entes sujetos a la Presente Ley. Coadyuvar al crecimiento sostenido y diversificado de la economa.mbito de aplicacinLos rganos y entes del Poder Pblico Nacional, Estadal, Municipal, Central y Descentralizado. Las Universidades Pblicas. El Banco Central de Venezuela. Las asociaciones civiles y sociedades mercantiles en las cuales la Repblica y las personas jurdicas a que se contraen los numerales anteriores tengan participacin, igual o mayor al cincuenta por ciento (50%) del patrimonio o capital social respectivo. Las asociaciones civiles y sociedades mercantiles en cuyo patrimonio o capital social, tengan participacin igual o mayor al cincuenta por ciento (50%).Las fundaciones constituidas por cualquiera de las personas a que se refieren los numerales anteriores o aquellas en cuya administracin stas tengan participacin mayoritaria.Los Consejos Comunales o cualquier otra organizacin comunitaria de base que maneje fondos pblicos.Modalidades de SeleccinSon procedimientos administrativos compuestos de varias de Seleccin de Seleccin fases o etapas, perfectamente diferenciadas entre s, pero debidamente concatenadas y distribuidas en el tiempo para producir un efecto jurdico , un resultado concreto, el cual no es otro que la voluntad contractual del Ente u rgano, quien en el ejercicio de la funcin administrativa invita a las personas naturales o jurdicas, quienes sujetndose a las condiciones previamente establecidas, presentan sus ofertas, a los fines del que el Ente u rgano luego de la evaluacin legal, financiera y tcnica, adjudique la contratacin a la oferta mas conveniente a sus intereses. Pliego de condicionesEl llamado a participarEl acto de las ofertas pblicasEl anlisisLa adjudicacin

Exclusin de las Modalidades de SeleccinQuedan excluidos, solo de la aplicacin de las modalidades de seleccin de contratistas indicadas en la presente ley, los contratos que tengan por objeto:Servicios profesionales y laborales. Servicios financieros. La adquisicin y arrendamiento de bienes inmuebles, inclusive el financiero.La adquisicin de obras artsticas, literarias o cientficas. Las alianzas comerciales y estratgicas para la adquisicin de bienes y prestacin de servicios. Los servicios bsicos. La adquisicin de bienes, la prestacin de servicios y la ejecucin de obras, encomendadas a los rganos o entes de la Administracin Pblica.Principios RectoresPlanificacin: Garantizar el cumplimiento de las Ley de Ley de contrataciones necesarias para el cumplimiento de los objetivos de la Institucin. Transparencia: Conocimiento de la intencin y objeto de los Actos. Economa: Ejecucin de procedimientos sin demoras y sin molestias. Honestidad: Actuaciones de los Funcionarios sin pretender beneficios propios. Eficiencia: Ejecucin de Procedimientos de manera expedita y econmica. Igualdad: No discriminar. No otorgar ventajas. Competencia: Garantizar la mayor participacin posible.Publicidad: Conocimiento y control de los actos por parte de los interesados.Prrrogas, Suspensiones y Paralizaciones de la Ejecucin de Contratos En este sentido, en cuanto a la prrroga de los contratos, se estableci que deber ser solicitada por el contratista, y el contratante podr acordar prrrogas del plazo de la ejecucin del contrato por razones plenamente justificadas en los siguientes supuestos (Art. 135):Cuando se hayan determinado diferencias entre lo establecido en el contrato y la ejecucin del mismo, siempre que estas diferencias supongan variacin significativa de su alcance.En caso de fuerza mayor o situaciones imprevistas debidamente comprobadas.En cualquier otra situacin que el contratante considere.Por otro lado, se determin que de haberse ordenado la suspensin temporal de la ejecucin por causas no imputables al contratista o por modificacin de sta, se acordar la prrroga de forma automtica debiendo dejar constancia en el expediente de la contratacin (Art. 135).Finalmente se estableci que si la paralizacin en la ejecucin del contrato es por causas injustificadas imputables a los contratistas, se aplicarn las sanciones previstas en el contrato o en la LCP (Art. 135).

Supervisin de las ContratacionesLa Ley estableci expresamente las atribuciones de los responsables de la supervisin en contrataciones de bienes y servicios (Art. 137), en los siguientes trminos:Verificar el inicio de la ejecucin del contrato y suscribir los documentos necesarios.Verificar el cumplimiento de las especificaciones tcnicas y condiciones de la contratacin de los bienes adquiridos y de los servicios contratados.Informar por escrito el avance de la ejecucin del contrato.Proponer los correctivos necesarios para subsanar las desviaciones en la ejecucin del contrato.Elaborar y firmar los documentos de conformidad de la ejecucin del contrato.Cualquiera otra que sea atribuida por la mxima autoridad del contratante.Terminacin de la ContratacinSe establecieron expresamente las causales de terminacin de los contratos (Art. 145):Cumplimiento del objeto del contrato.Rescisin unilateral por causa no imputable al contratista (el contratante podr rescindir en cualquier momento la contratacin mediante acto motivado. Art. 152).Resolucin por mutuo acuerdo.Rescisin por causa imputable al contratista.En cuanto a la terminacin de los contratos de bienes y servicios por cumplimiento del objeto del contrato, se estableci que una vez ejecutados a satisfaccin del contratante, ste deber certificar el cumplimiento de todas las obligaciones contradas, realizar el finiquito y liberar las garantas que correspondan (Art. 146)..Infracciones y Sanciones La LCP modific los supuestos de responsabilidad administrativa por parte de los funcionarios pblicos, en consecuencia quedaron establecidos los siguientes supuestos (Art. 166):Omitir las actividades previas al proceso de seleccin de contratistas.Dejar de aplicar la modalidad de seleccin de contratista correspondiente conforme a la Ley.Inobservar o contravenir los principios establecidos en el presente Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley.Omitir la elaboracin del presupuesto base para la aplicacin de las modalidades de seleccin de contratistas.Omitir la solicitud o recibo del Compromiso de Responsabilidad Social o destinario en trminos distintos a lo establecido en el presente Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley.Incumplir los lapsos establecidos en este Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley para el desarrollo de los procesos sin levantar los actos motivados que justifiquen tal incumplimiento.Incumplir con las actividades relacionadas con el control del contrato.Dejar de realizar el cierre administrativo de los contratos.

Disposiciones TransitoriasPrimera: El Servicio Nacional de Contrataciones dispondr de un perodo de seis meses para la adecuacin de su sistema automatizado a partir de la publicacin de la LCP, lapso que podr prorrogarse por iguales perodos mediante acto dictado por el Servicio Nacional de Contrataciones.Segunda: Las Comisiones de Contrataciones se conformarn y regularn conforme a la LCP y su Reglamento, hasta tanto el Servicio Nacional de Contrataciones establezca todo lo concerniente a la certificacin de sus miembros. Para dicha regulacin dispondr de un lapso de seis meses, que podr prorrogarse por iguales perodos, mediante acto dictado por el Servicio Nacional de Contrataciones.Tercera:Hasta tanto no se emita el Decreto que regule el funcionamiento del manejo del Fondo de Responsabilidad Social, se mantendrn las disposiciones que regulan el manejo del Compromiso de Responsabilidad Social sealados en el reglamento de la Ley de Contrataciones Pblicas, publicada en la Gaceta Oficial N 39.181 del 9 de mayo de 2009.

Conclusin Es muy importante quese promueva la transparencia en los procedimientos de contratacin de obras no slo para investigar y sancionar eventuales hechos de corrupcinsino tambin, y fundamentalmente, para prevenir que esos hechos sucedan.Con la finalidad deoptimizar el gasto y de utilizar ms eficientemente los recursos de los ciudadanos. Seflexibilizanlasmodalidadesyprocedimientosdecontratacin,altomarseencuentalasrealidadesqueconfrontanalgunasAdministracionesPblicasal contratar.

Referencias Bibliogrficas y Electrnicas Ley de Contrataciones Pblicas.Ley de Licitaciones.http://www.estarseguros.com/estarseguros/productos/estar-afianzado/tipo-fianzahttp://www.venelogia.com/archivos/10332/http://www.abint.com.ve/web/?p=413http://derecho.laguia2000.com/derecho-laboral/caracteristicas-del-contrato-de-trabajo