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7/23/2019 Ley de Turismo en El Salvador
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Ley de Turismo en el Salvador
Ministerio de Turismo
Surge por Decreto Ejecutivo el 1 de junio de 2004. Una de sus principales metas es la creacin de un
adecuado marco institucional para la actividad turstica y por ello ha creado la !a !ey de "urismo# y
los planes 2014 y 2020$ entre otros instrumentos.
!a creacin de esta entidad no estuvo e%enta de crticas. Seg&n la 'undacin Salvadore(a para el
Desarrollo Econmico y Social )'US*DES+$ e%iste duplicidad e inde,nicin de atri-uciones entre
/S*"U y "U y por este motivo$ la institucin se(ala 3ue hay un gasto innecesario para el
Estado. )'US*DES$ 200+ El "U es el ente rector de la actividad turstica y$ por lo tanto$ se
encarga de la 5ormulacin de las polticas$ planes$ proyectos y otros 3ue contri-uyan a dinami6ar al
sector. "iene a su cargo la aplicacin de la !ey de "urismo$ cuyo o-jetivo es 5omentar$ promover y
regular la industria y los servicios tursticos del pas$ prestados por personas naturales o jurdicasnacionales o e%tranjeras. )S7$ 200+
!a !ey de "urismo 5ue apro-ada en el a(o 200 y en 2008 en el marco del cam-io de 9o-ierno y de la
,nali6acin del decreto transitorio de los incentivos de ley se inici la revisin de esta legislacin. !as
re5ormas de !ey se est:n consultando con el Ejecutivo y con el sector privado. Entre los puntos clave a
modi,car destacan los artculos de los incentivos ,scales y el tema del transporte turstico.
Un aspecto sensi-le de la !ey es el tema de los incentivos por3ue para tener acceso a estos la
inversin de-e ser cali,cada como ;royecto de nter
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. @ue es de inter
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El 9o-ierno de la ep&-lica de El Salvador esta-leci en 2004 el inisterio de "urismo con el o-jetivo
de 5omentar y ordenar el desarrollo de la actividad turstica. !a !ey de "urismo en su artculo 1$ dice?
!a presente !ey tiene por o-jeto 5omentar$ promover y regular la industria y los servicios tursticos del
pas$ prestados por personas naturales o jurdicas nacionales o e%tranjeras. !os aspectos m:s
relevantes 3ue dicha ley contempla y 3ue se convierten en 5actores clave para el desarrollo turstico
del pas$ son los siguientes?
C reacin de un egistro =acional de "urismo$ el cual es administrado y controlado por la orporacin
Salvadore(a de "urismo )/S*"U+.
C 9eneracin de un 5ondo e%traordinario para la promocin del turismo$ el cual se origina en el caso
del alojamiento$ mediante el pago por parte del usuario del so-re la tari5a diaria del servicio$ y en
el caso de la salida del pas va a por salida y persona.
%om'etencia en materia de turismos
%ono+ca en la materia de turismo:!a Secretara de Estado 3ue de acuerdo al eglamento nterno
del Brgano Ejecutivo$ la Secretara de Estado$ es el organismo rector en materia tursticaF le
corresponde determinar y velar por el cumplimiento de la ;oltica y del ;lan =acional de "urismo$ as
como del cumplimiento de los o-jetivos de la presente !ey y sus eglamentos.
!as autoridades gu-ernamentales 3ue tengan atri-uidas 5acultades para la conservacin del
patrimonio natural$ cultural e histrico del pas velar:n por el aprovechamiento integral$ preservacin
y restauracin de dichos recursos tursticos nacionales$ en estrecha cola-oracin con la Secretara de
Estado. *rt. 4
!a Secretara de Estado ela-orar: y ejecutar: estudios y proyectos$ a ,n de permitir la identi,cacin
de :reas territoriales para desarrollo tursticoF vigilar: el estricto cumplimiento de las o-ligaciones
3ue esta-lece la presente !ey y su eglamento por parte de las empresas tursticas$ especialmente de
a3u
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d+ En cual3uier otro caso 3ue tenga por o-jeto el cumplimiento de esta ley o de convenios
internacionales.
,&L R&-ISTRO N%IONL
Ia-r: un egistro =acional de "urismo$ el cual tendr: jurisdiccin nacional y depender: de
/S*"U$ 3uien ejercer: su administracin y control$ en el 3ue podr:n inscri-irse las empresas
tursticas 3ue operen en el pas$ las cuales go6ar:n de los -ene,cios y de los incentivos 3ue con,ere
la presente !ey cuando as lo soliciten y cumplan los re3uisitos legales.
1. orporacin Salvadore(a de "urismo )/S*"U+
!a orporacin Salvadore(a de "urismo$ creada en 188H$ es la institucin gestora del desarrollo
turstico del pas y se encuentra adscrita al inisterio de "urismo. Sus acciones est:n orientadas
hacia la coordinacin de es5uer6os intersectoriales 3ue -uscan contri-uir a 3ue la actividad
turstica se convierta en una de las principales 5uentes generadoras de empleo e ingresos 3ue
condu6can al mejoramiento de las condiciones de vida de la po-lacin de 5orma sosteni-le. Siendo
/S*"U el organismo encargado de ejecutar las directrices emitidas por el inisterio de
"urismo$ resulta de m:%imo inter
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n5raestructura para 0 restaurantes. ejoramiento del malecn y desarrollo de pla6as multiusos. Edi,caciones para la instalacin de o,cinas$ locales de artesanas y otros servicios al
turista. ejoramiento de :reas recreativas y servicios varios
LS O.LI-%ION&S ,& LS P&RSONSINS%RITS &N &L R&-/STRO
!os titulares y sus Empresas "ursticas inscritas en el egistro$ est
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"oda in5raestructura y actividad turstica se programar: de 5orma 3ue se proteja el patrimonio natural
3ue constituyen los ecosistemas y la diversidad -iolgica$ y 3ue sean preservadas las especies en
peligro$ la 5auna y la Mora silvestre.
!as empresas 3ue desarrollen actividades tursticas estar:n sometidas a las limitaciones impuestas
por las autoridades$ cuando a3u
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-ene,cios generales 3ue a continuacin se se(alan?
a)nclusin en el cat:logo de la o5erta turstica de El Salvador 3ue al e5ecto prepare /S*"U.
b)n5ormacin y respaldo de la Secretara de Estado ante las diversas o,cinas gu-ernamentales$
cuando el inter
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la in5ormacin 3ue les sea re3uerida por autoridad competente.
c)'alsi,car la inscripcin en el egistro.
d)o-rar impuestos$ derechos u otros tri-utos en ocasin de la prestacin de servicios 3ue no sean
los esta-lecidos en las !eyes.
e)=o in5ormar a la autoridad respectiva acerca de la venta o traspaso de activos o acciones re5eridas
en el literal c+ del *rt. 11.
3)=egar u o-staculi6ar la 5uncin supervisora de las autoridades competentes.
!)=o comparecer sin causa justi,cada a las citaciones 3ue en legal 5orma les hicieren las
instituciones mencionadas en la presente$ seg&n sus respectivas competencias legales.
h+ eali6ar$ en ocasin de la prestacin de sus servicios$ actos discriminatorios por ra6ones de g