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L. 10 de Enero de 1861. Disponiendo que la Ciudad de Chota, sea la Capital de la Provincia del mismo nombre. ItAl\10N CAS'J.1IJ.JLA. l>RESIDENTE DE LA HEPunf.JICA, 1>0)' cuanto el Congreso hct dado la leyaig1¿ientc: l!iL CONOUESO DE LA REPUBLIOA COJlf:;idcrandu: 1.0 Que al designar la capital de una provincia, so deben consultar la posicion topográfica y clenws condiciones ele buena admillistraeion. 2,0 Que entre todos los pueblos de la provincia lle Chota, la eiu(lnd do esto nombre ocupa el punto eéll trico mas aproximado: 3.° Que la Ciudad de IIualgayoe, udCInú'S de cs- tal' situada C11 un extrOlllO de In, Provincia, presenta incollvcnicn tes, por razon de su clima y falta de ha- cómodas para la residencia de las autori- dades provincialesj Da la ley 8'lflu,iente: Art. único. La Ciudad de Chota será Capital de la provincia de su 1101nbre. COllluníqucse al Poder Ejecutivo para que dis· ponga lo necesario eL su cUlllplimiento. Dada en Limi1 Ú, nuevo de de lllÍl ochocientos sesenta y ullo.-l\'ll!/ltel del (]arpio, l)residellte del Sonado. -.Antonio .Arenas, Presidento de la Cámara de Di- putados.-José IL Cornejo, Senador Secretario.- l\!a.ll11cl Antonio ZáJ'ate, Diputado Secretario . .ld Prcsidcn to de In Ropublica. Por tanto, lllanuo se iluprimtt, publique y circule, y se le el debido cunlplim.iento. · Dado on la Casa del Gobierno en Lima, á 10 do Bnero do 18Gl.-llam.on -Manuel Mo- I'ales.

Ley del 10-01-1861 estableciendo la nueva capital de Chota

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Ley por la cual se establece que Hualgayoc deja de ser la capital de la provincia de Chota y pasa a serlo el distrito de Chota.

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Page 1: Ley del 10-01-1861 estableciendo la nueva capital de Chota

L. 10 de Enero de 1861.

Disponiendo que la Ciudad de Chota,

sea la Capital de la Provincia del mismo nombre.

ItAl\10N CAS'J.1IJ.JLA. l>RESIDENTE DE LA HEPunf.JICA,

1>0)' cuanto el Congreso hct dado la leyaig1¿ientc: l!iL CONOUESO DE LA REPUBLIOA P~ltUANAj

COJlf:;idcrandu:

1.0 Que al designar la capital de una provincia, so deben consultar la posicion topográfica y clenws condiciones ele buena admillistraeion.

2,0 Que entre todos los pueblos de la provincia lle Chota, la eiu(lnd do esto nombre ocupa el punto eéll trico mas aproximado:

3.° Que la Ciudad de IIualgayoe, udCInú'S de cs­tal' situada C11 un extrOlllO de In, Provincia, presenta incollvcnicn tes, por razon de su clima y falta de ha­bitaciollC~ cómodas para la residencia de las autori­dades provincialesj

Da la ley 8'lflu,iente: Art. único. La Ciudad de Chota será Capital de

la provincia de su 1101nbre. COllluníqucse al Poder Ejecutivo para que dis·

ponga lo necesario eL su cUlllplimiento. Dada en Limi1 Ú, nuevo de ]~nero de lllÍl ochocientos sesenta y ullo.-l\'ll!/ltel del (]arpio, l)residellte del Sonado. -.Antonio .Arenas, Presidento de la Cámara de Di-putados.-José IL Cornejo, Senador Secretario.­l\!a.ll11cl Antonio ZáJ'ate, Diputado Secretario .

.ld Prcsidcn to de In Ropublica. Por tanto, lllanuo se iluprimtt, publique y circule,

y se le dé el debido cunlplim.iento. · Dado on la Casa del Gobierno en Lima, á 10 do Bnero do 18Gl.-llam.on Ca~tala -Manuel Mo­I'ales.