Ley Del Procedimiento Administratico General

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LEY DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATICO GENERAL (LEY 27444)Finalidad: La presente ley tiene como finalidad establecer un rgimen jurdico aplicable, garantizando los deberes y derechos de los administrados Esta ley es aplicable para todas las entidades de la adm. Publica. Regula las actuaciones de la funcin administrativa del estadoPRINCIPIOS DEL PROCEDIMIENTO AD. GENERAL1. P. de legalidad: las autoridades adm. Deben actuar de acuerdo a la constitucin,a la ley y al derecho y bajo las facultades que le fueron conferidas.2. P. del debido procedimiento: los administrados gazan de todos los derechos dentro del proc. Adm. Tales como, derecho a exponer sus argumentos.3. p. de impulso de oficio: las autoridades deben dirigir, impulsar el procedimiento adm. Y ordenar la ejecucin de los actos que resulten.4. p. de imparcialidad: se debe medir con la misma bara a todos(no tener ciertas influencias o padrinos dentro de la entidad )5. p. de verasidad: todas los documentos o declaraciones hechas por parte de los administrados deben ser verdaderos.6. p. de simplicidad: los tramites establecidos debe ser sencillos, debiendo eliminarse toda complejidad innecesaria. 7. p. de razonabilidad: la duda favorece al reo, actuar con juicio ante lso problemas que pueden presentarse.8. p. de participacin: las autoridades deben brindar toda la informacin que administran, mediante cualquier tipo de difucion.DECRETO LEGISLATIVO QUE NORMA EL ARBITRAJE el presente decreto se aplica a los rbitros dentro del territorio peruano, sea el arbitraje de carcter nacional o internacional se tendr un arbitraje internacional cuando: las partes tienen domicilios fuera del pasel combenio arbitral es un acuerdo de ambas partes cuando deciden someter a arbitraje todas las controversias que tengas , que surjan o que estn surjiendo entre las partes. Se encuentran impedidos para ser rbitros:FISCALES, ALCALDES , PRESIDENTES, MINISTROS etc. El arbitraje ser resuelto por UNICO o por un TRIBUNAL ARBITRAL (3) Los rbitros deben ser y permanecer durante el desarrollo del arbitraje independientes e imparciales(sin relacin personal familiar etc.)REGLAMENTO DE LA LEY DE CONCILIACION Es un mecanismo alternativo de solucin de conflictos, los acuerdos tomados obedeces nica y exclusivamente a la voluntad de las partes . La conciliacin no constituye un acto juridiccionalSON MATERIA DE CONCILIACIN En materia de familia: pension de alimentos, rgimen de visitas, tenecia etc. Materia laboral: estas sern atendidas por centros de conciliacin gratuitos como:(min. De justicio y min, de trabajo)LA CONCILIACION NO PROCEDE EN LSO SIGUIENTES CASOS Cuando se desconoce el domicilio de una de las partes o cuando domicilia en el extranjero La violencia familiar Declaracin judicial de heredero y en los procesos cautelaresDEL CONCILIADOR es la persona capacitada acreditada y autorizada por el min. de justiciaFUCNIONES DELC ONCILIADOR promover la comunicaion, facilitar el dialogo entre las partes permitiendo que se escuchen con respeto informar a las partes sobre las venjas, caract. Del proceso de conciliacinOBLIGACIONES DEL CONCILIADOR llevar el proceso de conciliacin cumpliendo los principios. Aistir a la audiencia de conciliacin para la cual fue consignado Realizar las conciliaciones en lugares autorizados por el min. De justicia Mantener vigente el registro de conciliador Redactar el acta de conciliacin No aceptar o solicitar donativos o pagos para favoreces a una de las partesPRINCIPIOS DE CONCILIACIONP. de equidad: el conciliador esta obligado a generar condiciones de igualdad.P. de legalidad: la actividad de conciliacin debe regirse dentro del reglamentoP. de veracidad: el conciliador no debe alterar el significado o sentido de los hechosP. de imparcialidad: medir con la misma vara a ambos, sin diferenciasP. de buena fe: proceder ambas partes con honestidad y lealtadP. de celeridad: debe darse una solucin pronta y rapidaP. de economa: esta orientado a que ambas partes ahorren tiempo y dineroNORMAS QUE REGULAN LA EJECUCIN DE LAS OBRAS PUBLICAS POR ADMINISTRACIN DIRECTA Objetivo: esta norma debe garantizar la utilizacin eficiente y transparente de los recursos pblicos , mediante la aplicacin de criterios tcnicos de control. Algunas de las normas que regulan la ejecucin de obras publicas por adm. Directa1) Se debe contar con un E.T.2) La entidad debe demostrar que el costo total de la obra debe ser menor o igual al presupuesto base3) La entidad debe disponer de un Cuaderno de Obra (anotndose fechas de inicio y final de la obra)4) la entidad designara al ing. residente responsable de la obra5) el ing. Residente y/o supervisor deben entregar informes cada mes sobre el avance de la obra6) se realizaran ensayos y pruebas de control de calidad de materiales.7) Concluida la obra la entidad debe designar una comisin para liquidar la obra.8) Posterior a la liquidacin se procede a entregar la obra.LEY DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO (LEY 29060) Estn sujetos a silencio + cuando se trate de : solicitudes cuya estimacin habilite el desarrollo de actividades econominas que requieran autorizacin del estadoAPROBACION AUTOMATICA: los procedimientos adm. estn sujetos a un silencio adm. +se consideran aprobados automticamente cuando no emiten un pronunciamiento dentro del plazo max. Los adminsitrados que agan uso indebido de la declaracin jurada declarando datos falsos sern denunciados penalmente A los administrados se le exijiran el cumplimiento de los requisitos minimos establecidos en el TUPA SILENCIO ADM - :se aplicara en aquellos casos en lso que afecte el inters publico, recursos naturales, medio ambiente , seguridad ciudadana, etc.DECRETO LEGISLATIVO QUE APRUEVA LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADOEsta ley y el reglamento son aplicables a la contratacin de bienes , servicios y obrasPRINCIPIOS QUE RIGEN LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO:P. de imparcialidad: a todos por igual no deben tener padrinos dentro de la entidadP. de economa: no disminuir la calidad de la obra para obtener mas dinero(ganancias)P. de equidad: se debe dar la mano al contratista pero no tantoP. de solicitud ambiental: resguardar el medio ambiente(no impactos ambientales)P. de transparencia: toda contratacin se debe realizar sobra la base de criterios y calificaciones objetivasP. de eficiencia: las contrataciones que realicen las entiodades debern efectuarse bajo las mejores condiciones de calidad, presios y plazos de ejecucion y entrega.P. de moralidad: todos los actos deben estar sujetos a las reglas de honrades , veracidad, justicia etc.FUNCIONES DEL ORGANISMO SUPERVISOR DE CONTRATACIONES (OSCE) Velar y promover el cumplimiento de esta ley Supervisar y fiscalizar lso procesos de contratacin que realicen las entidades. Administrar y operar el reglamento nacional de proveedores (RNP) Desarrollar ad. Y operar el SEACE Imponer sanciones a los probehedores Suspender los procesos de contratacin por motivos de tarnsgresion.SISTEMA ELECTRONICO DE CONTRATACIONES DEL ESTADO (SEACE) Permite el intercambio de informacin y difucion sobra las contrataciones del estadoOBLIGATORIEDAD En los procesos de menor cuantia , las contrataciones se realizan obligatoriamente atravez del SEACE Las entidades estn obligadas a registrar mensualmente sus contrataciones por montos de 1-3 UITs en el SEACETIPOS DE PROSESOS DE SELECCIN Licitacin publica: se convoca para la contratacin de bienes y obras Concurso publico: se convoca para la contratacin de servicios. Adjudicacin directa: se convoca para la contratacin de bienes servicios y ejecucin de obras Adjudicacin directa de menor cuantia:a) se convoca para la contratacin de bienes servicios y obras cuyos montos sean iguales a (1/10) del limite min.b) La contratacin de expertos independientes para que integren los comits especialesETAPAS DE PROSESO DE SELECCIN1) Convocatoria2) Registro de participantes3) Formulacin y absolucin de consultas y observaciones4) Integracin de las bases5) Presentacin de propuestas6) Calificacin y evaluacin de propuestas7) Otorgamiento de la buena PROMODALIDADES DE EJECUCION CONTRACTUAL1) Llave en mano: si el postor debe ofertar en conjunto la construccin equipamiento y montaje hasta la puesta en servicio de la obra2) Concurso oferta: si el postor debe ofertar la elaboracin del E.T ejecucin de obra