LEY Nº 27926 .piter

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  • 8/15/2019 LEY Nº 27926 .piter

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    LEY Nº 27926

    LEY QUE ESTABLECE QUE LASMUNICIPALIDADES CUENTEN CON

    OPINIÓN FAVORABLE DEL CUERPO GENERALDE BOMBEROS VOLUNTARIOS DEL PERÚ,

    PARA OTORGAR LICENCIA MUNICIPALArt!"#$ %&'O()*t$ +* # L*-La presente Ley tiene por objeto establecer que las Municipalidades deban contar con la opinión delCuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú, en materia de su competencia, como requisitopara otorgar Licencia Municipal.

    Art!"L$ 2&' O./0/10 3$r(#* +*# CGBVPLas Municipalidades deberán exigir a los peticionarios la opinión favorable del CuerpoGeneral de Bomberos Voluntarios del Perú, en materia de seguridad contra incendios,como reuisito previo para la presentación de la solicitud de !utori"ación de#uncionamiento de todo tipo de establecimientos, asi como para la ampliación omodi$ca%ción de la misma, ba&o responsabilidad del funcionario municipal competente'

    (l Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú, deberá emitir la opinión dentro de

    los )* d+as útiles'(n los lugares donde no exista representante del Cuerpo General de BomberosVoluntarios del Perú,asume la competencia al respectivo Comit de -etensa Civil'

    Art!"#$ 4&' A+*!"!/10 # 0$r5Las edi$caciones ue en la actualidad cuenten con alguna de las licencias establecidasen el articulo.,deben adecuarse a lo dispuesto, por la presente Le/ o contar con un Plande Contingencia según corresponda, conforme lo determine el Cuerpo General deBomberos Voluntarlos del Perú' (l pla"o de adecuación se establecerá en el 0nforme 1cnico del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú el mismo ue no excederáde doce 2).3 meses'

    Art!"L$ &' M$+//!!/10 # L*- Nº 2767Modif+case el articulo )* de la Le/ 45 .6786, Le/ del Cuerpo General de BomberosVoluntarios del Perú, el mismo ue uedará redactado de la siguiente manera9

    8Art!"#$ %&' D* #$: r*!"r:$: *!$015/!$:8:on recursos del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú los siguientes9

    a3 Los montos asignados por el 1esoro Público'b3 Los ingresos propios generados por consultorias, inspecciones, informes tcnicos,certi$caciones' capacitación,asistencia tcnica en materia de su competencia / laprestación de servicios en espectáculos públicos reali"ados con $nalidad lucrativa'c3 Las donaciones nacionales e internacionales'd3 La demás establecidas por Le/'

    (l valor de los ceri$cados a ue se re$ere el inciso b3, constará en el 1exto ;nico deProcedimientos !dministrativos 21