Ley Servicio Electrico Marco Legal

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  • 7/24/2019 Ley Servicio Electrico Marco Legal

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    ndice

    Introduccin

    Ley Orgnica del Servicio Elctrico (LOSE).

    Antecedente inmediato de la Ley Orgnica del Servicio Elctrico.

    Cambios en los obetivos y !lanteamientos de la LOSE.

    "odi#icaciones !lanteadas a la LOSE.

    El $ecreto %& '..

    $escri!cin del Sector Elctrico *ene+olano.

    Em!resas ,ue con#orman el Sistema Elctrico %acional.

    Conclusin

    -ibliogra#ia

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    Introduccin

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    Ley Orgnica del Servicio Elctrico (LOSE).

    La LOSE res!ondi a dos eigencias/ en !rimer lugar0 la necesidad de ada!tar

    el $ecreto con rango y #uer+a de Ley del Servicio Elctrico (dictado bao la

    Constitucin de '12')0 al marco constitucional contenido en el teto a!robado en

    el a3o '.111 y0 en segundo trmino0 la revisin de los !la+os establecidos !ara la

    creacin de la C%EE0 el C%4SE y !ara ,ue las em!resas ,ue reali+aran de

    manera integrada algunas de las actividades de generacin0 transmisin y

    distribucin de energ5a elctrica0 !rocedieran a e#ectuar la se!aracin ur5dica de

    actividades0 es decir0 tuvieran el carcter de em!resas inde!endientes entre s5.

    Situacin del Sistema Elctrico *ene+olano al a!licarse la im!lementacin de la

    Ley Orgnica del Servicio Elctrico (LOSE). Al !rinci!io de la im!lementacin de

    la Ley Orgnica del Servicio Elctrico lo ,ue se buscaba era la se!aracin de las

    actividades de generacin0 transmisin0 distribucin y comerciali+acin de las

    em!resas elctricas del !a5s0 en vista de im!lantar un sistema de "ercado

    "ayorista de Electricidad0 el cual #uncionar5a como una bolsa de energ5a0 en la

    cual se reali+ar5an transacciones diarias !or montos de blo,ues de !otencia y

    energ5a determinada en la cual se seleccionar5an a,uellos ,ue re!resentar5an un

    costo menor0 tomando en cuenta la seguridad del Sistema Elctrico %acional. En

    la LOSE se establecen las normas bao las cuales se regirn las relaciones entre

    las em!resas ,ue !restan el servicio y los usuarios0 con#orme a los !rinci!ios de

    e,uilibrio econmico0 e,uidad0 calidad y e#iciencia. Las regulaciones en los

    sectores elctricos de muc6os !a5ses0 tanto en Euro!a como en Latinoamrica0

    se 6an orientado a alcan+ar una mayor e#iciencia mediante la se!aracin de

    actividades0 introduccin de la com!etencia0 libre acceso a las redes0 asegurar la

    calidad del servicio al menor costo !osible0 atraer un #luo regular de inversiones

    !or ser un sector de ca!ital intensivo y0 desde el !unto de vista regulatorio0

    establecer reglas claras y estables unto a la creacin de un regulador con la

    mayor inde!endencia !osible. En *ene+uela0 tradicionalmente la regulacin 6a

    estado centrada en la #iacin de las tari#as del servicio elctrico !or !arte del

    Eecutivo %acional0 sin mayor desarrollo de otros as!ectos de 5ndole

    administrativo o tcnico.

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    Antecedente inmediato de la Ley Orgnica del Servicio Elctrico.

    La LOSE encuentra su antecedente inmediato en el $ecreto con rango y #uer+a

    de Ley del servicio Elctrico0 dictado el 7' de Se!tiembre de '.111 !or el

    8residente de la 9e!:blica actuando de con#ormidad con la Ley Orgnica ,ue

    autori+a al 8residente de la 9e!:blica !ara $ictar "edidas Econmicas y

    ;inancieras 9e,ueridas !or el Inters 8:blico0 !ublicada en la 4aceta O#icial de

    la 9e!:blica de *ene+uela %&

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    Cambio en lo ob!etivo y "lanteamiento de la LOSE.

    Los cambios en los obetivos iniciales de la LOSE se 6an !roducido !or una

    !arte0 a ,ue no se 6a logrado un consenso entre de las em!resas elctricas !ara

    reali+ar los austes necesarios en sus estructuras organi+ativas0 y as5 de esta

    manera llevar a cabo las modi#icaciones re,ueridas en la Ley. 8or otra !arte las

    !ol5ticas econmicas seguidas !or el Estado tambin 6an ugado un !a!el

    im!ortante en la no consecucin de los !ro!sitos iniciales de la Ley. Entre los

    cambios reali+ados a la visin inicial de la Ley se !ueden citar los siguientes/ la

    eliminacin del conce!to de maneo del Sistema Elctrico *ene+olano como una

    bolsa de energ5a0 mediante la a!licacin del "ercado "ayorista de Electricidad y

    la no se!aracin de actividades de las em!resas elctricas como unidades de

    negocio inde!endientes. Con el #in de !oner en !rctica las dis!osiciones de la

    Ley ,ue rigen las actividades del servicio elctrico en todo el territorio nacional0

    #ue !ublicado en 4aceta O#icial el 9eglamento 4eneral de la Ley del Servicio

    Elctrico0 bao el n:mero .'@ Etraordinario de #ec6a ' de diciembre de 7@@@.

    A,u5 se !uede !reguntar Bu im!licaciones tiene el contenido de esta

    reglamentacin !ara reguladores0 em!resas elctricas y usuarios del servicioD El

    9eglamento !untuali+a los eslabones 6acia la !lani#icacin del servicio elctrico

    y su nuevo rgimen econmico0 as5 como las actividades de generacin0

    transmisin0 distribucin y comerciali+acin. Asimismo0 orienta el desem!e3o de

    los dos organismos #ormales ,ue regularn al sector/ El Centro %acional de

    4estin del Sistema Elctrico y la Comisin %acional de Energ5a Elctrica.

    Adems de#ine y desarrolla los derec6os de las em!resas elctricas y de los

    clientes del servicio.

    #odi$icacione "lanteada a la LOSE.

    La !romulgacin de esta Ley Orgnica res!onde a dos necesidades

    #undamentales/ en !rimer lugar0 se ada!ta al nuevo marco contenido en la

    Constitucin de la 9e!:blica -olivariana de *ene+uela y0 en segundo trmino0 se

    etienden los !la+os establecidos !ara la creacin de la Comisin %acional de

    Energ5a Elctrica0 el Centro %acional de 4estin y !ara ,ue las em!resas

    elctricas realicen de manera integrada algunas de las actividades de

    generacin0 transmisin y distribucin de energ5a elctrica. En lo ,ue res!ecta al

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    C%40 la Ley establece ,ue la gestin del SE% deber reali+arse de manera

    centrali+ada0 a #in de garanti+ar la !tima utili+acin de los recursos de

    !roduccin y trans!orte de energ5a elctrica0 as5 como tambin0 un suministro de

    electricidad con#iable0 econmico0 seguro y de la meor calidad !osible.

    El %ecreto &' .*.

    asta '.1120 en *ene+uela no eist5a un instrumento normativo ,ue regulara el

    sector elctrico de manera uni#orme. El rgimen del sector elctrico se

    caracteri+aba !or la dis!ersin de sus normas0 su #alta de adecuacin a las

    eigencias del servicio y su insu#iciencia !ara res!onder a los constantes

    cambios en la materia. Los :nicos antecedentes se encontraban en la Ley de

    Servidumbres de Conductores Elctricos de '.17 0 el $ecreto %&

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    Octubre de '.112 #ue !resentado al entonces Congreso de la 9e!:blica0 el

    8royecto de Ley Orgnica ,ue 9egula las Actividades del Sector Elctrico

    %acional. A los e#ectos de eercer la actividad regulatoria0 se dis!uso la creacin

    de una Comisin %acional de Energ5a Elctrica0 como mima autoridad y ente

    regulador nacional en la materia. $ic6a Comisin #ue de#inida como un ente

    autnomo0 adscrito al "inisterio de Energ5a y "inas y se le otorgaron

    com!etencias de su!ervisin y vigilancia0 de desarrollo y #ormacin de los

    as!ectos tcnicos del sector elctrico0 de control y sancin de las actividades de

    la industria elctrica y de intervencin en la !ol5tica estatal sobre el sector

    elctrico. Gno de los as!ectos ms resaltantes de este 8royecto #ue la !ro!uesta

    de crear la Cor!oracin Elctrica %acional0 a los #ines de agru!ar y coordinar las

    actividades de !lani#icacin0 construccin0 normali+acin e inversin0 as5 como la

    administracin0 o!eracin0 transmisin0 trans#ormacin y des!ac6o de la

    generacin del sector elctrico estatal. En ese sentido0 se dis!on5a ,ue la

    re#erida Cor!oracin Elctrica %acional tendr5a el carcter de casa matri+0

    adscrita a la 8residencia de la 9e!:blica0 y ,ue agru!ar5a una em!resa de

    generacin0 una de construccin0 una de transmisin y trans#ormacin0 una de

    distribucin y un $es!ac6o %acional de Carga. $ic6as em!resas0 de acuerdocon el 8royecto0 ser5an constituidas con los activos de todas las em!resas del

    sector elctrico estatal.

    %ecri"cin del Sector Elctrico +ene,olano.

    $urante muc6o tiem!o0 re!resentantes del sector elctrico y de otras reas de

    desarrollo econmico del !a5s0 !ro!iciaron la !romulgacin de un instrumento

    legal con el obetivo de regular un sector de vital im!ortancia !ara el desarrollo

    econmico y social0 como es el sector elctrico. Con la entrada en vigencia de la

    Ley Orgnica del Servicio Elctrico (LOSE) en diciembre de 7.@@'0 se sientan las

    bases !ara una re#orma estructural de todo el Sector Elctrico *ene+olano. En la

    LOSE se establecen las dis!osiciones ,ue regirn el servicio elctrico en el

    Herritorio %acional0 constituido !or las actividades de generacin0 transmisin0

    gestin del Sistema Elctrico %acional0 distribucin y comerciali+acin de

    !otencia y energ5a elctrica0 as5 como la actuacin de los agentes ,ue

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    intervienen en el servicio elctrico0 en concordancia con la !ol5tica energtica

    dictada !or el Eecutivo %acional y con el desarrollo econmico y social de la

    %acin0 bao el tratamiento de !rinci!ios constitucionales contenidos en los

    art5culos ''7 ' y ''< 7 del Heto.

    Em"rea -ue con$orman el Sitema Elctrico &acional.

    El Sistema Elctrico %acional (SE%) lo con#orman ' em!resas elctricas

    !:blicas y !rivadas. Las em!resas !:blicas son CA$A;E (Com!a35a de

    Abastecimiento y ;omento Elctrico) con cinco em!resas #iliales (El de oriente

    Electricidad de Oriente>0 Elecentro>Electricidad del Centro>0 El de occidente

    Electricidad de Occidente>0 CA$ELA>Com!a35a Anmina de Electricidad de Los

    Andes> y SE"$A>Sistema Elctrico de "onagas y $elta Amacuro>)0 E$ELCA

    (Electri#icacin del Caron5 C.A)0 E%EL*E% (Energ5a Elctrica de *ene+uela)0

    E%ELCO (Energ5a Elctrica !ara la Costa Oriental) y E%EL-A9 (Energ5a

    Elctrica de -ar,uisimeto). Las em!resas !rivadas son la E$C (Electricidad de

    Caracas) con sus em!resas #iliales (CALE*>Com!a35a Anmina Lu+ Elctrica de

    *ene+uela>0 ELE44GA>Electricidad de 4uarenas y 4uatire> y CALE>Com!a35a

    Anmina de Electricidad de aracuy>)0 adems de ELE-OL (Electricidad de

    -ol5var)0 CALI;E (Com!a35a Anmina Lu+ y ;uer+a Elctrica de 8uerto

    Cabello) 0 ELE*AL (Electricidad de *alencia) y SE%ECA (Sistema Elctrico de

    %ueva Es!arta Com!a35a Anmina). Las em!resas CA$A;E0 E$ELCA y la

    E$C0 signatarias del Contrato de Interconein en el a3o '.1 con el cual se

    constituy la O#icina de O!eracin de Sistemas Interconectados (O8SIS)0 ente

    res!onsable de coordinar y su!ervisar la o!eracin del Sistema Interconectado

    %acional (SI%)0 a las cuales se le agreg E%EL*E% en el a3o '.10 su!len el

    1=02 < J de la energ5a elctrica ,ue se consume en el !a5s y stas a su ve+

    re!resentan en O8SIS el valor total de las em!resas elctricas antes citadas. El

    !orcentae restante (70 J) con el cual se abastece elctricamente el !a5s

    !roviene del Sector Autoabastecido (8etrleos de *ene+uela S.A0 !roductores

    inde!endientes e industrias con generacin !ro!ia).

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    Concluin

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