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REPÚBLICA DEL ECUADOR ASAMBLEA NACIONAL PROYECTO DE LEY SOLIDARIA Y DE CORRESPONSABILIDAD CIUDADANA POR LAS AFECTACIONES DEL TERREMOTO EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El día 16 de abril de 2016 en el Ecuador se suscitó un terremoto de 7.8 grados sobre la escala de Richter que afectó principalmente a las proincias de Esmeraldas ! "anabí# siendo este uno de los m$s fuertes de la historia del Ecuador# luego del terremoto de %mbato del & de agosto de 1'('. )eg*n el +nforme de )ituación ,o. 61 elaborado por la )ecretaría de -estión de Riesgos# se reporta que hasta las 16h00 del 07 de ma!o de 2016# la cifra de personas fallecidas asciende a 660# eisten 1& personas desaparecidas# //7&7 personas albergadas# 1.12& edificaciones daadas ! &60 escuelas afectadas de las cuales 166 tienen una afectación entre media ! grae. a comunidad nacional e internacional se ha hecho presente en estos duros momentos para el Ecu ado r# bri nda do su apo !o t cnic o ! a!uda eco nómica . El tot al de personas nac ionales ! etran3eras colaborando en las tareas de b*squeda# rescate# atención ! limpie4a de escombros asciende a /2.000.  Entre los principales impactos a la economía del país con motio del terremoto se contabili4a la no eportación de (.000.000 5) diarios desde la proincia de "anabí ! 100.000 5) diarios desde Esmeraldas. es de que ocurrió el ter remoto# los ec uat orianos ! ecuato ria nas han dad o una mue stra de sol ida rid ad con sus he rma nos ma na bit as ! esmeralde os afectados# en iando ali men tos no  perecibles# its de limpie4a# agua# ituallas ! donan do dinero en efec tio. )in embargo# el dao causado es profundo se estima que la reconstrucción de los bienes e infraestructura requerir$ entre 2 ! / aos ! representar$ aproimadamente entre 2 ! / puntos del 9+: del Ecuador# es decir dos mil o tres mil millones de dólares; por ello es necesario la toma de fuertes dec isiones pol íticas so bre la obtención de rec urs os econó mic os pa ra sol e nta r las necesidades de los compatriotas que habitan en las 4onas afectadas. Este pro!ecto# en definitia# pretende incluir mecanismos de financiamiento de las labores de atención# a!uda ! reconstrucción de las proincias afectadas por el terremoto del 16 de abril del 2016. 1

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ASAMBLEA NACIONAL

PROYECTO DE LEY SOLIDARIA Y DE CORRESPONSABILIDAD CIUDADANA

POR LAS AFECTACIONES DEL TERREMOTO

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El día 16 de abril de 2016 en el Ecuador se suscitó un terremoto de 7.8 grados sobre la escala deRichter que afectó principalmente a las proincias de Esmeraldas ! "anabí# siendo este uno de losm$s fuertes de la historia del Ecuador# luego del terremoto de %mbato del & de agosto de 1'('.

)eg*n el +nforme de )ituación ,o. 61 elaborado por la )ecretaría de -estión de Riesgos# se reportaque hasta las 16h00 del 07 de ma!o de 2016# la cifra de personas fallecidas asciende a 660# eisten1& personas desaparecidas# //7&7 personas albergadas# 1.12& edificaciones daadas ! &60 escuelasafectadas de las cuales 166 tienen una afectación entre media ! grae.

a comunidad nacional e internacional se ha hecho presente en estos duros momentos para elEcuador# brindado su apo!o tcnico ! a!uda económica. El total de personas nacionales !etran3eras colaborando en las tareas de b*squeda# rescate# atención ! limpie4a de escombros

asciende a /2.000. Entre los principales impactos a la economía del país con motio del terremoto se contabili4a la noeportación de (.000.000 5) diarios desde la proincia de "anabí ! 100.000 5) diarios desdeEsmeraldas.

esde que ocurrió el terremoto# los ecuatorianos ! ecuatorianas han dado una muestra desolidaridad con sus hermanos manabitas ! esmeraldeos afectados# eniando alimentos no

 perecibles# its de limpie4a# agua# ituallas ! donando dinero en efectio.

)in embargo# el dao causado es profundo se estima que la reconstrucción de los bienes einfraestructura requerir$ entre 2 ! / aos ! representar$ aproimadamente entre 2 ! / puntos del9+: del Ecuador# es decir dos mil o tres mil millones de dólares; por ello es necesario la toma defuertes decisiones políticas sobre la obtención de recursos económicos para solentar lasnecesidades de los compatriotas que habitan en las 4onas afectadas.

Este pro!ecto# en definitia# pretende incluir mecanismos de financiamiento de las labores deatención# a!uda ! reconstrucción de las proincias afectadas por el terremoto del 16 de abril del2016.

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CONSIDERANDO

<ue# el artículo 16( de la =onstitución de la Rep*blica del Ecuador dispone que la 9residenta o9residente de la Rep*blica podr$ decretar el estado de ecepción en todo el territorio nacional o en

 parte de l en caso de agresión# conflicto armado internacional o interno# grae conmoción interna#calamidad p*blica o desastre natural;

<ue# de conformidad con la sealada disposición normatia# el estado de ecepción obserar$ los principios de necesidad# proporcionalidad# legalidad# temporalidad# territorialidad ! ra4onabilidad;

<ue# el artículo /00 de la e! >undamental seala que el rgimen tributario se regir$ por los principios de generalidad# progresiidad# eficiencia# simplicidad administratia# irretroactiidad#equidad# transparencia ! suficiencia recaudatoria;

<ue# el artículo /8' ibídem establece que es obligación del Estado proteger a las personas# lascolectiidades ! la naturale4a frente a los efectos negatios de los desastres de origen natural oantrópico mediante la preención ante el riesgo# la mitigación de desastres# la recuperación !me3oramiento de las condiciones sociales# económicas ! ambientales# con el ob3etio de minimi4ar 

la condición de ulnerabilidad;

<ue# en el mes de abril de 2016# se han producido desastres naturales que han afectado graementearias 3urisdicciones de las proincias de "anabí# Esmeraldas ! otras 3urisdicciones del país;

<ue# el 9residente de la Rep*blica epidió el ecreto E3ecutio ,o. 1001# de 17 de abril de 2016#declarando el estado de ecepción en las proincias de Esmeraldas# "anabí# )anta Elena# )antoomingo de los ?s$chilas# os Ríos ! -ua!as# por los efectos adersos del desastre natural;

<ue# el 9residente de la Rep*blica a tras del artículo / del referido ecreto E3ecutio ,o. 1001

ordena al "inisterio de >inan4as que sit*e los fondos p*blicos necesarios para atender la situaciónde ecepción# pudiendo utili4ar todas las asignaciones presupuestarias disponibles# salo lasdestinadas a salud ! educación;

<ue# es necesario recaudar de forma inmediata nueos recursos económicos que permitan afrontar los desastres naturales acaecidos en el mes de abril de 2016 en arias 3urisdicciones de las

 proincias de "anabí# Esmeraldas ! otras 3urisdicciones del país.;

En e3ercicio de las facultades que le confieren los artículos 120 ! 1(0 de la =onstitución de la

Rep*blica del Ecuador# epide la siguiente

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LEY ORGÁNICA DE SOLIDARIDAD Y DE CORRESPONSABILIDAD CIUDADANAPARA LA RECONSTRUCCIÓN Y REACTIVACIÓN DE LAS ZONAS AFECTADAS POR 

EL TERREMOTO DE 16 DE ABRIL DE 2016

Art!"#$ 1%& a presente le! tiene por ob3eto la recaudación de contribuciones solidarias con el propósito de permitir la planificación# construcción ! reconstrucción de la infraestructura p*blica ! priada# así como la reactiación productia que comprender$# entre otros ob3etios# laimplementación de planes# programas# acciones# incentios ! políticas p*blicas para enfrentar las

consecuencias del terremoto ocurrido el 16 de abril de 2016# en todas las 4onas graementeafectadas.

Art!"#$ 2%& 9ara cumplir el ob3eto de esta le!# se crean por una sola e4 las siguientescontribuciones solidarias

1. )obre las remuneraciones;2. )obre el patrimonio;/. )obre las utilidades; !#(. )obre bienes inmuebles ! derechos representatios de capital eistentes en el

Ecuador de propiedad de sociedades residentes en paraísos fiscales u otras 3urisdicciones del eterior.

CAP'TULO ICONTRIBUCIONES SOLIDARIAS

Art!"#$ (%& CONTRIBUCIÓN SOLIDARIA SOBRE LA REMUNERACIÓN%& as personasnaturales ba3o relación de dependencia que durante los ocho meses siguientes a la igencia de estale! perciban una remuneración mensual igual o ma!or a mil @1.000 5)A dólares pagar$n una

contribución igual a un día de remuneración# conforme a la siguiente tabla

REMUNERACIÓNUSD TARIFA

MENSUAL

E)UIVALENTEEN D'AS DE

REMUNERACIÓNMENSUAL

NÚMERO DEMESES DE

CONTRIBUCIÓN"a!or oigual a

"enor a

1.000 2.000 /#//B 1 12.000 /.000 /#//B 1 2/.000 (.000 /#//B 1 /

(.000 &.000 /#//B 1 (

/

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&000 7&00 /#//B 1 &7&00 12000 /#//B 1 612000 20000 /#//B 1 7

20000en

adelante/#//B 1 8

Esta contribución deber$ ser pagada tambin por los administradores ! representantes legales de las personas 3urídicas seg*n la tabla anterior# sobre los alores aportados al +E)). e eistir un cambioen la modalidad contractual con el mismo empleador# por la cual se de3e de aportar al +E))# la base

imponible para el c$lculo ser$ el alor aportado en el mes de abril de 2016 por el n*mero de mesesque correspondan.

eber$n pagar esta contribución# en las mismas condiciones sealadas en este artículo# todas las personas naturales# nacionales o etran3eras# que completaren una permanencia de m$s de 180 díascalendario# en el Ecuador# consecutios o no# en los *ltimos doce meses o durante el presentee3ercicio fiscal# que presten ba3o cualquier modalidad contractual# sus sericios lícitos ! personales#aunque el pago de los mismos se realice fuera del país# siempre ! cuando estos ingresos no sean

 parte de la base imponible de c$lculo establecida en el segundo inciso del artículo 6. 

 ,o son ob3eto de esta contribución los beneficios sociales establecidos en el =ódigo de ?raba3o# e!Crg$nica del )ericio 9*blico ! las le!es de )eguridad )ocial.

Est$n comprendidos en esta contribución los seridores p*blicos a los que se refiere el artículo 22'de la =onstitución de la Rep*blica del Ecuador.

)i durante el período de igencia de esta contribución eiste una reducción de la remuneración por  parte del mismo empleador# la base imponible para el c$lculo ser$ la remuneración pagada en elmes de abril de 2016 ! la diferencia ser$ asumida por el empleador. )e ecept*an los casos de

reducción de remuneración preistos en la e! Crg$nica para la 9romoción del ?raba3o Duenil#Regulación Ecepcional de la Dornada de ?raba3o# =esantía ! )eguro de esempleo.

)e encuentran eonerados del pago de esta contribución las personas naturales que presten sussericios o tengan su domicilio en la proincia de "anabí# el cantón "uisne ! otrascircunscripciones afectadas de la proincia de Esmeraldas que se definan mediante ecreto# asícomo los ciudadanos de otras circunscripciones que hubiesen sido afectados económicamenteconforme a las condiciones que se definan mediante la resolución del )ericio de Rentas +nternas.

os empleadores# representantes ! pagadores de las entidades# organismos ! empresas# tanto del

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sector p*blico como priado# actuar$n como agentes de retención de esta contribución ! pagar$n deforma mensual en el mes inmediato siguiente al que corresponda la remuneración# de conformidadcon el noeno dígito del R5= o cdula de ciudadanía del agente de retención.

9or su naturale4a etraordinaria ! emergente# esta contribución no ser$ ob3eto de facilidades de pago.

as donaciones en dinero que hubieren reali4ado las personas naturales en relación de dependenciahacia las cuentas oficiales del Estado creadas para atender la emergencia nacional# desde el 17 de

abril de 2016# ser$n consideradas como crdito tributario para la presente contribución# conforme alas condiciones ! requisitos establecidos mediante resolución por el )ericio de Rentas +nternas.

Art!"#$ *%& CONTRIBUCIÓN SOLIDARIA SOBRE EL PATRIMONIO%&  as personasnaturales que al 1 de enero de 2016 posean un patrimonio indiidual igual o ma!or a un millón @1000.000A de dólares de los Estados 5nidos de ,orteamrica# pagar$n la contribución del 0.'0B# deacuerdo a las siguientes reglas

aA En el caso de residentes en el Ecuador# la contribución se calcular$ sobre el patrimonio

ubicado dentro ! fuera del país.

 bA En el caso de no residentes en el Ecuador# la contribución se calcular$ sobre el patrimonioubicado en el país.

% efectos de esta contribución el patrimonio estar$ constituido por los actios menos los pasiosque sean directa o indirectamente de propiedad del su3eto pasio a tras de cualquier acto# contratoo figura 3urídica empleada incluidos los derechos en sociedades ! en instituciones priadas sin finesde lucro# constitución de derechos reales de usufructo# de uso o habitación sobre bienes inmuebles#! derechos en fideicomisos ! similares.

 ,o se considerar$n los actios o el alor de las acciones atribuibles a los mismos# que luego deldesastre natural no quedaron en condiciones de habitación o usufructo.

 ,o se considerar$ como pasios a aquellas cuentas por pagar o prstamos que hubieren sidootorgados por las partes relacionadas del contribu!ente# salo prueba en contrario que demuestre laautenticidad de la esencia económica de la obligación. 9ara el establecimiento del patrimonio de noresidentes no se considerar$n los pasios que no tengan relación directa con la adquisición delactio en el Ecuador.

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)e encuentran eonerados del pago los contribu!entes que ha!an sufrido una afectación directa ensus actios o actiidad económica como consecuencia del desastre natural en las condiciones que sedefinan en el reglamento ! cu!o domicilio se encuentre en la proincia de "anabí# el cantón"uisne ! otras circunscripciones de la proincia de Esmeraldas# así como de otras 4onas afectadasque se definan mediante ecreto.

Esta contribución se pagar$ en tres cuotas mensuales# a partir de su publicación en el RegistroCficial# conforme al noeno dígito del R5= o cdula. os etran3eros sin cdula ni R5= deber$n

 pagar la presente contribución hasta el día 28 del mes correspondiente.

a contribución preista en este artículo podr$ estar su3eta a facilidades de pago por un pla4o dehasta seis meses contados a partir del primer mes de su obligación de pago# sin que se ei3a el pagode la cuota establecida en el artículo 1&2 del =ódigo ?ributario.

)i el contribu!ente no hubiere presentado la declaración patrimonial correspondiente# el )ericio deRentas +nternas estar$ facultado para emitir la respectia liquidación con base en las declaraciones

 preias# información que conste en catastros p*blicos o en las bases de datos de la propiaadministración tributaria.

as sociedades residentes en el Ecuador cu!os titulares de derechos representatios de capital sean personas no residentes# ser$n sustitutos del contribu!ente para el pago de la contribución solidariasobre el patrimonio de las personas naturales# de conformidad con el =ódigo ?ributario.

Art!"#$ +%& CONTRIBUCIÓN SOLIDARIA SOBRE BIENES INMUEBLES Y DEREC,OSREPRESENTATIVOS DE CAPITAL EXISTENTES EN EL ECUADOR DE PROPIEDADDE SOCIEDADES RESIDENTES EN PARA'SOS FISCALES U OTRAS-URISDICCIONES DEL EXTERIOR%& )e establecer$ por una sola e4 la contribución solidariadel 1#8B del aal*o catastral del ao 2016# sobre todos los bienes inmuebles eistentes en el

Ecuador; !# sobre el alor patrimonial proporcional de los derechos representatios de capital desociedades residentes en el Ecuador# en la parte que# a la fecha de entrada en igencia de la presentee!# pertene4ca de manera directa a una sociedad residente en un paraíso fiscal o 3urisdicción demenor imposición o no se cono4ca su residencia.

a contribución ser$ del 0.'0B del aal*o catastral del ao 2016# sobre la totalidad de bienesinmuebles eistentes en el Ecuador; !# sobre el alor patrimonial proporcional de los derechosrepresentatios de capital de sociedades residentes en el Ecuador en la parte que# a la fecha deentrada en igencia de la presente e!# pertene4ca de manera directa a una sociedad no residente en

el Ecuador no contemplada en el inciso anterior.

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Esta contribución se pagar$ en tres cuotas mensuales# a partir de su publicación en el RegistroCficial# conforme al noeno dígito del R5=. as sociedades etran3eras sin R5= deber$n pagar la

 presente contribución hasta el día 28 del mes correspondiente.

a contribución preista en este artículo podr$ estar su3eta a facilidades de pago por un pla4o dehasta seis meses contados a partir del primer mes de su obligación de pago# sin que se ei3a el pagode la cuota establecida en el artículo 1&2 del =ódigo ?ributario.

Estar$n eonerados del pago las sociedades domiciliadas en el eterior cu!o *ltimo niel de propiedad corresponda a una persona natural que lo tenga incluido en su base imponible para ladeclaración de la contribución solidaria sobre el patrimonio# establecido en la presente le!.

as sociedades residentes en el Ecuador cu!os titulares de derechos representatios de capital seansociedades no residentes su3etos a esta contribución# ser$n sustitutos del contribu!ente deconformidad con el =ódigo ?ributario.

Art!"#$ 6%& CONTRIBUCIÓN SOLIDARIA SOBRE LAS UTILIDADES%& as sociedades que

realicen actiidades económicas# ! que fueren su3etos pasios de impuesto a la renta# pagar$n unacontribución del /B a sus utilidades que se calcular$ teniendo como referencia la utilidad graabledel e3ercicio fiscal 201&.

as personas naturales pagar$n esta contribución teniendo como referencia la base imponible dele3ercicio fiscal 201&# siempre ! cuando sta supere los doce mil dólares de los Estados 5nidos de

 ,orteamrica @5) F12.000A# eclu!endo las rentas por relación de dependencia ! la participaciónde los traba3adores en las utilidades de las empresas.

?ambin pagar$n esta contribución los fideicomisos mercantiles que generaron utilidades en el

e3ercicio fiscal 201&# independientemente que estn o no obligados al pago del +mpuesto a la Renta.

)e eoneran del pago los contribu!entes que ha!an sufrido una afectación directa en sus actios oactiidad económica como consecuencia del desastre natural en las condiciones que se definan en elreglamento ! cu!o domicilio se encuentre en la proincia de "anabí# el cantón "uisne ! otrascircunscripciones afectadas de la proincia de Esmeraldas# así como los contribu!entes de otrascircunscripciones que hubiesen sido afectados económicamente conforme a las condiciones que sedefinan mediante la resolución del )ericio de Rentas +nternas.

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El pago se reali4ar$ en tres cuotas mensuales# a partir de su promulgación en el Registro Cficial# deconformidad con el noeno dígito del R5= de la persona natural o sociedad. Esta contribución

 podr$ estar su3eta a facilidades de pago por un pla4o m$imo de hasta tres meses# sin que se ei3a el pago de la cuota establecida en el artículo 1&2 del =ódigo ?ributario.

=uando las micro ! pequeas empresas su3etas al pago de esta contribución que ha!an canceladocomo concepto de anticipo de impuesto a la renta del ao 201& un alor ma!or que el impuestocausado# podr$n utili4ar como crdito tributario para el pago de esta contribución# dicho eceso. Enning*n caso este crdito tributario podr$ ser ma!or a la contribución establecida en este artículo.

Art!"#$ .%& El su3eto pasio o agente de retención que dentro de los pla4os establecidos no pagaretotal o parcialmente cualquiera de las contribuciones preistas en esta le!# ser$ sancionado con unamulta del /B de los alores no pagados# por cada mes de retraso.

os intereses se calcular$n de conformidad con lo establecido en el =ódigo ?ributario.

Art!"#$ /%& as contribuciones establecidas en esta e! no cumplen con el propósito de obtener#mantener o me3orar los ingresos de los contribu!entes ! en consecuencia no podr$n ser deducibles

del impuesto a la renta de las personas naturales ! sociedades. En los casos en los cuales el alor dedichas contribuciones eceda el alor de la utilidad graable del ao 2016# la diferencia ser$deducible para los siguientes e3ercicios fiscales# conforme a los límites ! condiciones establecidasen el Reglamento.

CAP'TULO IIINCENTIVOS PARA LAS ZONAS AFECTADAS

Art!"#$ %& as nueas inersiones productias que se e3ecuten en los siguientes tres aos contadosa partir de la igencia de la presente le!# en la proincia de "anabí# el cantón "uisne ! otras

circunscripciones afectadas de la proincia de Esmeraldas que se definan mediante ecreto# estar$neoneradas del pago del +mpuesto a la Renta durante cinco aos# contados desde el primer ao en elque se generen ingresos atribuibles *nicamente a la nuea inersión.

9ara el caso del sector turístico# el =omit de 9olítica ?ributaria podr$ etender este incentio hasta por el doble del tiempo determinado en el inciso anterior.

El =omit de 9olítica ?ributaria determinar$ los sectores económicos# límites ! condiciones para laaplicación de este beneficio.

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Art!"#$ 10%& as entidades del sistema financiero nacional tendr$n una reba3a en el alor delanticipo del +mpuesto a la Renta del ao 2016# en proporción al monto de los crditos otorgados a

 partir del 16 de abril del 2016 ! hasta el /1 de diciembre del mismo ao# siempre que su destino seala proincia de "anabí# el cantón "uisne ! otras circunscripciones afectadas que se definanmediante ecreto E3ecutio.

% efectos de la aplicación de lo dispuesto en el inciso anterior la Dunta de 9olítica ! Regulación"onetaria ! >inanciera regular$ las condiciones# límites# segmentos# pla4os# en base a lo cual el=omit de 9olítica ?ributaria fi3ar$ los montos ! la forma de c$lculo de la reba3a.

as entidades del sistema financiero nacional para la determinación del anticipo del +mpuesto a laRenta del ao 2017# no considerar$n en la base de c$lculo del mismo los ingresos obtenidos por loscrditos otorgados detallados en los incisos anteriores.

Art!"#$ 11%& os ingresos obtenidos por las entidades del sistema financiero nacional en los aos2017 ! 2018# por los crditos otorgados a partir del 16 de abril del 2016 ! hasta el /1 de diciembrede 2017# se encuentran eentos del +mpuesto a la Renta# siempre que su destino sea la proincia de"anabí# el cantón "uisne ! otras circunscripciones de la proincia de Esmeraldas afectadas que se

definan por ecreto# conforme a las condiciones# segmentos# pla4os ! requisitos que determine laDunta de 9olítica ! Regulación "onetaria ! >inanciera.

Art!"#$ 12%& Gasta por un ao posterior a la publicación de la presente le!# se encuentraneonerados del +mpuesto a la )alida de iisas ! %ranceles %duaneros# las importacionesefectuadas a faor de contribu!entes que ha!an sufrido una afectación económica directa en susactios productios como consecuencia del desastre natural ! que tengan su domicilio en la

 proincia de "anabí# del cantón "uisne ! otras circunscripciones de la proincia de Esmeraldasafectadas que se definan mediante ecreto# de bienes de capital no producidos en Ecuador que seandestinados a procesos productios o a la prestación de sericios ubicados en las 4onas afectadas

antes descritas# ! que consten en los listados que para el efecto emita el =omit de 9olítica?ributaria ! dentro del cupo establecido por el =omit de =omercio Eterior.

ichos bienes deber$n permanecer en posesión del comprador final durante el pla4o de & aos# casocontrario se reali4ar$ la reliquidación de la totalidad de los tributos eonerados m$s los intereses#multas ! recargos correspondientes.

El =omit de 9olítica ?ributaria establecer$ las normas# condiciones ! límites para la aplicación deeste beneficio.

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Art!"#$ 1(%& )e fomentar$ la concesión de crdito en la proincia de "anabí# el cantón "uisne !otras circunscripciones de la proincia de Esmeraldas afectadas que se definan mediante ecreto#destinando recursos de manera especial a inersiones productias# construcción# iienda#microcrdito# o educación. 9ara ello# las entidades financieras p*blicas# en función de suscompetencias# otorgar$n crditos a

aA Entidades del )istema >inanciero ,acional; ! bA 9ersonas naturales ! 3urídicas de dichas 4onas.

9ara que las entidades p*blicas financieras ! no financieras dispongan de financiamiento paraotorgar dichos crditos o reali4ar inersiones# respectiamente# el "inisterio de >inan4as# con losrecursos obtenidos por la aplicación de la presente le! podr$ preHcancelar inersiones# inertir otransferir dichos recursos# mediante los mecanismos preistos en la normatia igente en dichasentidades o en sus recursos administrados# eceptu$ndose a la )eguridad )ocial ! su respectiaentidad financiera.

as entidades p*blicas no financieras# inertir$n dichos recursos a una tasa de inters no ma!or alrendimiento de las inersiones de las Reseras +nternacionales# hasta con dos aos de gracia ! hasta

treinta aos pla4o# en entidades financieras p*blicas de segundo piso.

)i las entidades financieras de segundo piso colocan stos recursos en entidades del sistemafinanciero popular ! solidario# stas recibir$n dichos recursos en las mismas condiciones financierasdel inciso anterior.

)e establecer$n políticas p*blicas destinadas a incentiar el crdito para iienda ! para lareactiación de pequeos productores de las 4onas urbanas ! rurales# pescadores artesanales !comerciantes# para todas las 4onas que ha!an sido afectados por el terremoto.

a Dunta de 9olítica ! Regulación "onetaria ! >inanciera establecer$ las normas# condiciones !límites para la aplicación de este mandato.

Art!"#$ 1*%& 9ara la reconstrucción de la infraestructura afectada por el terremoto ocurrido el 16 deabril de 2016# se priori4ar$ la contratación de empresas# profesionales# bienes ! sericios de origenlocal# de acuerdo a las regulaciones que emitan las autoridades competentes.

CAP'TULO III 

DE LOS REG'MENES LABORAL Y DE SERVICIO PÚBLICO EXCEPCIONALES

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Art!"#$ 1+%& 9ara la obtención de los beneficios e incentios sealados en la presente le!# lasempresas cu!o domicilio tributario principal se encuentre en la proincia de "anabí u otrascircunscripciones afectadas por el terremoto ocurrido el 16 de abril de 2016 definidas en elcorrespondiente ecreto E3ecutio# o cu!a actiidad económica se desarrolle dentro de las referidas

 3urisdicciones# una e4 que estn en condiciones de reiniciar sus actiidades económicas !atendiendo a su progresia recuperación# tendr$n la obligación de efectuar un llamado a susetraba3adores que terminaron su relación laboral a consecuencia del desastre natural.

El llamado a los etraba3adores al que se refiere el inciso anterior# se efectuar$ dentro del pla4o detreinta días contados a partir de la reiniciación de sus actiidades# con la finalidad de que sereintegren a sus anteriores puestos de traba3o# ba3o las regulaciones que para el efecto estable4ca el"inisterio del ?raba3o.

El tiempo que tome el reintegro al que se refiere esta disposición deber$ ser contabili4ado a efectosde no afectar la antigIedad ni el c$lculo de indemni4aciones o bonificaciones de le!# en eentos dedesinculación laboral acontecida con posterioridad al reintegro# ni 3ubilación patronal.

En los casos en que el etraba3ador no acuda al llamado efectuado por el empleador# cesar$ laobligación de reintegro a su puesto de traba3o.

a obligación preista en esta disposición la tendr$ el nueo empleador en casos de enta# cesión oena3enación de la empresa o negocio.

Art!"#$ 16%& )i se tratase de nueas inersiones# ser$ condición para acogerse a los incentiossealados en esta e! que los nueos empleadores contraten de manera prioritaria a personal de las4onas afectadas# en por lo menos el 7&B de mano de obra no calificada ! siguiendo las regulaciones! determinaciones establecidas por el ente rector de las relaciones laborales.

Art!"#$ 1.%& "ientras dure el proceso de reconstrucción ! reactiación económica por el terremotoocurrido el 16 de abril de 2016# se suspende la aplicación del límite preisto en el inciso final delartículo &8 de la e! Crg$nica de )ericio 9*blico# para los contratos de sericios ocasionales delas ! los seridores p*blicos que# en ra4ón de sus funciones o por el desastre natural# presten sussericios en la proincia de "anabí# el cantón "uisne ! otras circunscripciones de la proincia deEsmeraldas que se definan mediante ecreto.

Art!"#$ 1/%& os empleadores ecuatorianos o etran3eros# los afiliados al +nstituto Ecuatoriano de

)eguridad )ocial# en calidad de afiliados oluntarios# afiliados independientes o afiliados ba3o

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cualquier rgimen especial# ! las personas que mantengan operaciones igentes de crdito con el:anco del +nstituto Ecuatoriano de )eguridad )ocial# ! que se encuentren domiciliados o mantenganactiidades económicas en la proincia de "anabí# en el cantón "uisne ! en las otrascircunscripciones de la proincia de Esmeraldas que se definan mediante ecreto# se acoger$ndurante el pla4o de 60 días contados a partir del 16 de abril de 2016# a los siguientes beneficios

%&  )e postergan las fechas de pago de las obligaciones generadas con el +nstitutoEcuatoriano de )eguridad )ocial ! con el :anco del +nstituto Ecuatoriano de )eguridad)ocial# para lo cual las entidades de control emitir$n las regulaciones respectias.

%H )e suspenden las acciones de cobro ! todos los pla4os ! trminos de aquellos procesos administratios de coactia que se efect*en por obligaciones pendientes con el+E)) ! el :+E))# de conformidad a las regulaciones que para el efecto emita el =onse3oirectio del +E)) ! el irectorio del :+E)).!%H urante el pla4o establecido no se generar$n intereses# multas# responsabilidades

 patronales# ni recargos# por la no cancelación de las obligaciones con el +E)) ! el :+E))# enlas fechas contempladas en la e! de )eguridad )ocial ! m$s normatia conea#respectiamente.3%&  El +E)) otorgar$ las prestaciones contempladas en la e! de )eguridad )ocial#

siempre ! cuando hasta antes del 16 de mar4o de 2016 se hubieran encontrado al día en elcumplimiento de sus obligaciones.4%&  5na e4 concluido el pla4o de suspensión de las acciones de cobro ! de postergaciónde las fechas de pagos de las obligaciones generadas con el +E)) ! :+E))# los su3etos que seaco3an a estos beneficios# podr$n suscribir conenios administratios u otros instrumentos aun pla4o de 12 meses así como a tras de los mecanismos que defina el =onse3o irectiodel +E)) ! irectorio del :+E))# conducentes a la reestructuración de las obligacionesgeneradas con el +E)) ! :+E))# para lo cual ante la solicitud reali4ada# se anali4ar$n suscondiciones particulares para su otorgamiento.

)in per3uicio de lo epuesto# las personas que tengan obligaciones con el +E)) ! con el:+E)) podr$n reali4ar abonos o pagos parciales durante el pla4o de 60 días contados a partir del 16 de abril de 2016.

9ara la aplicación de lo determinado en este artículo el =onse3o irectio del +E)) ! el irectoriodel :+E))# en el $mbito de sus competencias# emitir$n la respectia reglamentación.

Art!"#$ 1%& En el caso de personas que mantengan igentes prstamos quirografarios# una e4concluido el pla4o establecido en el artículo precedente ! en el eento de que no cancelen los

respectios diidendos de sus obligaciones# al tercer día contado a partir de la fecha de encimiento

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del diidendo u obligación# el saldo de capital se cancelar$ con el monto que se encuentren engarantía.

El :anco del +nstituto Ecuatoriano de )eguridad )ocial podr$ establecer la creación de nueos productos financieros# así como la reestructuración de las operaciones crediticias igentes# con tasas! condiciones preferenciales a fin de dinami4ar la economía de las personas afiliadas# 3ubiladas !

 beneficiarias de montepío que se encuentren domiciliados o mantengan actiidades económicas enla proincia de "anabí# en el cantón "uisne ! en las otras circunscripciones de la proincia deEsmeraldas que se definan mediante ecreto# las mismas que ser$n reguladas por la Dunta 9olítica

de Regulación "onetaria ! >inanciera ! reglamentadas por el irectorio del :+E)). En el caso dereestructuración de operaciones crediticias igentes# se anali4ar$ las condiciones particulares de lossu3etos obligados# para lo cual las partes suscribir$n las nueas condiciones de stas# sin que paraestos eentos de ecepción se requieran la formali4ación de nueos instrumentos# bastando para elefecto la aceptación de los su3etos obligados# a tras de los mecanismos que# el irectorio del:+E))# establecer$ para su e3ecución.

DISPOSICIONES REFORMATORIAS

PRIMERA%& Reforma al =ódigo ?ributario.H % continuación del artículo 86 del =ódigo ?ributario#agrguese el siguiente artículo innumerado

%rt. @...A.H os pla4os ! trminos de todos los procesos administratios tributarios# así como los pla4os de prescripción de la acción de cobro# que se encuentren decurriendo al momento de producirse un hecho de fuer4a ma!or o caso fortuito# que impida su despacho# se suspender$n hastaque se superen las causas que lo proocaron# momento desde el cual se continuar$ su cómputo. 9arael efecto# la autoridad tributaria publicar$ los pla4os de suspensión a tras de los medios preistosen este =ódigo.

SEGUNDA%& Reforma a la e! Crg$nica de Rgimen ?ributario +nterno.H )ustit*!ase el setoinciso del artículo 101 por el siguiente

as declaraciones e informaciones de los contribu!entes# responsables o terceros# relacionadas conlas obligaciones tributarias# así como los planes ! programas de control que efect*e la%dministración ?ributaria son de car$cter reserado ! ser$n utili4adas para los fines propios de laadministración tributaria. a información que contribu!a a identificar la propiedad ! las

operaciones de los residentes en el Ecuador con terceros ubicados en paraísos fiscales# así como las

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 pr$cticas de planificación fiscal agresia# no estar$n su3etas a la resera establecida en este artículo.?ampoco tendr$ el car$cter de reserado la información relacionada con los asesores# promotores#diseadores ! consultores de estas pr$cticas.

TERCERA%& Reforma a la e! Crg$nica de Rgimen ?ributario +nterno.H )ustit*!ase el artículo102 por el siguiente

%rt. 102.H R45$758#833 34 #$5 "38t$r45 49t4r7$5: r$;$t$r45: 545$r45: !$75"#t$r45 <45t"38$5 ="r38!$5.H os auditores eternos est$n obligados# ba3o 3uramento# a incluir en los

dict$menes que emitan sobre los estados financieros de las sociedades que auditan# una opiniónrespecto del cumplimiento por stas de sus obligaciones como su3etos pasios de obligacionestributarias. a opinión ineacta o infundada que un auditor eterno emita en relación con loestablecido en este artículo# lo har$ responsable ! dar$ ocasión a que el irector -eneral del)ericio de Rentas +nternas solicite a los organismos de control# seg*n corresponda# la aplicación dela respectia sanción por falta de idoneidad en sus funciones# sin per3uicio de las otras sancionesque procedan seg*n lo establecido en el =ódigo Crg$nico +ntegral 9enal.

os promotores# asesores# consultores ! estudios 3urídicos# est$n obligados a informar ba3o

 3uramento a la %dministración ?ributaria de conformidad con las formas ! pla4os que medianteresolución de car$cter general se emita para el efecto# un reporte sobre la creación# uso ! propiedadde sociedades ubicadas en paraísos fiscales o 3urisdicciones de menor imposición de beneficiariosefectios ecuatorianos. =ada incumplimiento de esta norma ser$ sancionado con una multa de hasta10 fracciones b$sicas desgraadas de impuesto a la renta# sin per3uicio de las responsabilidades

 penales a que hubiera lugar.

CUARTA%& Reforma a la e! del Registro Jnico de =ontribu!entes.H )ustit*!ase a continuacióndel segundo inciso del artículo / por los siguientes

e igual forma# est$n obligadas a inscribirse en el Registro Jnico de =ontribu!entes# las sociedadesetran3eras domiciliadas en paraísos fiscales o cualquier otra 3urisdicción# que sean propietarias de

 bienes inmuebles en el Ecuador# aunque los mismos no generen u obtengan rentas su3etas atributación en el Ecuador. os notarios ! registradores de la propiedad# no podr$n celebrar escrituras

 p*blicas o reali4ar inscripciones# sin el cumplimiento preio de este requisito. El )ericio de Rentas+nternas mediante resolución fi3ar$ las condiciones# obligaciones formales ! ecepciones para laaplicación de este inciso.

os organismos internacionales con oficinas en el Ecuador; las emba3adas# consulados ! oficinas

comerciales de los países con los cuales el Ecuador mantiene relaciones diplom$ticas# consulares o

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comerciales# no est$n obligados a inscribirse en el Registro Jnico de =ontribu!entes# pero podr$nhacerlo si lo consideran coneniente.

)i un obligado a inscribirse# no lo hiciere# en el pla4o que se seala en el artículo siguiente# elirector -eneral del )ericio de Rentas +nternas asignar$ de oficio el correspondiente n*mero deinscripción; sin per3uicio a las sanciones a que se hiciere acreedor por tal omisión.

DISPOSICIONES GENERALES

PRIMERA%& 9or el ob3eto específico de esta le!# los recursos que se recauden no se considerar$n para la distribución de ingresos no permanentes a los gobiernos autónomos descentrali4ados.

SEGUNDA%&El estado ecuatoriano ser$ el su3eto actio de todos estos tributos que ser$nadministrados por el )ericio de Rentas +nternas.

9ara el cobro de las diferencias a faor del fisco detectadas por las contribuciones establecidas enesta le!# la %dministración ?ributaria estar$ facultada para emitir# una e4 encida la fecha deeigibilidad# la correspondiente liquidación de pago de dichas diferencias# la cual llear$ implícita

la orden de cobro.

TERCERA%& El =omit para la Reconstrucción ! Reactiación 9roductia# integrado por lasautoridades determinadas en el artículo 2 del ecreto 100( emitido el 26 de abril de 2016# o elórgano que haga sus eces# informar$ a la %samblea ,acional en forma detallada ! trimestral lasacciones reali4adas en faor de los afectados por el terremoto ocurrido el 16 de abril de 2016.

os recursos netos obtenidos de las contribuciones creadas en esta le!# se registrar$n en la cuentaespecífica del 9resupuesto -eneral del Estado para la construcción# reconstrucción ! reactiación

 productia de las 4onas afectadas por el terremoto del 16 de abril de 2016. a información del

mane3o de estos recursos estar$ disponible al p*blico# en la p$gina Keb del "inisterio de >inan4as.

a =ontraloría -eneral del Estado deber$ informar anualmente a la %samblea ,acional del Ecuador sobre los actos de control preio continuo ! posterior e3ecutados sobre el mane3o de los recursos

 proenientes de esta le!.

CUARTA%& )e dispone la remisión del 100B de intereses# multas ! recargos deriados de todaobligación tributaria ! fiscal encida a la fecha de igencia de esta le!# para los su3etos pasios queha!an sufrido una afectación económica directa en sus actios como consecuencia del desastre

natural ! que en un pla4o de hasta dos aos ha!an pagado la totalidad del capital# de acuerdo a lo

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 preisto en el reglamento o resolución del )ericio de Rentas +nternas; ! cu!o domicilio tributario principal se encuentre en la proincia de "anabí ! otras circunscripciones afectadas que se definanmediante ecreto# ba3o las condiciones que se estable4can en el mismo.

os contribu!entes que no tengan su domicilio tributario en la proincia de "anabí ! otrascircunscripciones afectadas que se definan mediante ecreto# pero cu!a actiidad económica

 principal se desarrolle dentro de estas 3urisdicciones territoriales# podr$n acceder a este beneficio#cumpliendo los requisitos ! condiciones establecidos mediante resolución emitida por el )ericio deRentas +nternas.

)UINTA%& 9ara el caso de obligaciones tributarias administradas por los -obiernos %utónomosescentrali4ados en la proincia de "anabí# el cantón "uisne de la proincia de Esmeraldas ! otrascircunscripciones que ha!an resultado afectadas por el terremoto# stos dictar$n las ordenan4as que

 permitan la remisión de intereses multas ! recargos# dentro de un pla4o de tres meses contados a partir de la promulgación de la presente le!. =uando el ob3eto imponible sobre el cual se graa elimpuesto# ha!a sufrido una afectación total o parcial# quedar$n eentos del pago de dicho impuesto#conforme a los porcenta3es ! condiciones que se estable4ca en la respectia ordenan4a.

os gobiernos autónomos descentrali4ados municipales iniciar$n de manera inmediata los procedimientos correspondientes para la regulari4ación de asentamientos humanos de inters socialen suelo urbano ! de epansión en las circunscripciones afectadas por el terremoto de acuerdo a loestablecido por el =ódigo Crg$nico de Crgani4ación ?erritorial %utonomía ! escentrali4ación. SEXTA%& )e establece la remisión de las cuotas del R+)E cu!o encimiento corresponda a losmeses de abril ! ma!o de 2016# de los contribu!entes cu!o domicilio tributario principal seencuentre en la proincia de "anabí# el cantón "uisne ! en las otras circunscripciones de la

 proincia de Esmeraldas que se definan mediante ecreto# ba3o las condiciones que se estable4canen el mismo. a remisión se etender$ a los su3etos pasios que ha!an sufrido una afectación

directa en sus actios o actiidad económica en otras circunscripciones geogr$ficas comoconsecuencia del desastre natural de acuerdo a las condiciones ! requisitos dispuestos en resolucióndel )ericio de Rentas +nternas.

S>PTIMA%& )e eonera el pago del saldo del impuesto a la renta correspondiente al e3ercicio fiscal201& a los su3etos pasios que ha!an sufrido una afectación directa en sus actios o actiidadeconómica como consecuencia del desastre natural de acuerdo a lo dispuesto en el reglamento oresolución del )ericio de Rentas +nternas# cu!o domicilio se encuentre en la proincia de "anabí#el cantón "uisne ! otras circunscripciones de la proincia de Esmeraldas afectadas que se definan

mediante ecreto.

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os su3etos pasios que !a hubieren cancelado dicho saldo tendr$n derecho a la deolución delmismo# sin intereses# conforme a lo sealado mediante resolución del )ericio de Rentas +nternas.

as sociedades que no tengan su domicilio tributario en la proincia de "anabí# el cantón "uisne !en las otras circunscripciones de la proincia de Esmeraldas que se definan mediante ecreto# perocu!a actiidad económica principal se desarrolle dentro de estas 3urisdicciones territoriales# podr$nacceder a la presente eoneración# cumpliendo los requisitos ! condiciones establecidos medianteresolución emitida por el )ericio de Rentas +nternas.

OCTAVA%& 9ara todos los casos en donde se seale el domicilio de las sociedades ! personasnaturales se considerar$ el registrado al 16 de abril de 2016.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

PRIMERA%& )e incrementa la tarifa del +L% al 1(B durante el período de hasta un ao contado a partir del primer día del mes siguiente a la publicación de la presente le!. El 9residente de la

Rep*blica# mediante ecreto E3ecutio# podr$ disponer que la igencia de este incremento conclu!aantes de cumplido el ao.

as personas naturales que sean consumidores finales ! realicen sus adquisiciones de bienes osericios# en la proincia de "anabí# el cantón "uisne ! en las otras circunscripciones de la

 proincia de Esmeraldas que se definan mediante ecreto# recibir$n del Estado un descuentoequialente al incremento de dos puntos porcentuales del +L% pagado en sus consumos. 9ara la aplicación del descuento dispuesto en el inciso anterior# el )ericio de Rentas +nternas#establecer$ el procedimiento para que los endedores de bienes o prestadores de sericios# lo

realicen directamente# teniendo derecho a compensarlo como crdito tributario. En caso de que estecrdito tributario no pueda ser compensado se aplicar$ lo dispuesto en el artículo 6' de la e! deRgimen ?ributario +nterno.

Esta compensación estar$ igente durante el tiempo de aplicación de la tarifa del +L% del 1(B.

Este beneficio no eclu!e la deolución del +L% por uso de medios electrónicos.

SEGUNDA%& 9or el pla4o m$imo doce meses# contados a partir del siguiente mes de la

 publicación de la presente le!# se dispone la deolución o compensación de 2 puntos porcentuales

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adicionales del +L% pagado por las transacciones reali4adas con dinero electrónico preistas en elliteral aA del artículo innumerado agregado a continuación del artículo 72 de la e! Crg$nica deRgimen ?ributario +nterno.

a Dunta de 9olítica ! Regulación "onetaria ! >inanciera# mediante norma de car$cter general#sobre la base del informe de impacto fiscal establecido por el ente rector de las finan4as p*blicas#

 podr$ disponer que la igencia de esta deolución o compensación adicional conclu!a antes decumplido el pla4o de doce meses.

TERCERA%&  9or el pla4o m$imo de doce meses# contados a partir del siguiente mes de la publicación de la presente le! el :anco =entral del Ecuador podr$ proeer a título gratuito osubsidiar a las entidades del sistema financiero nacional la implementación de sistemas de bancamóil ía 5)) @)ericio )uplementario de atos no EstructuradosA o cualquier otro mecanismode interconeión con la plataforma de dinero electrónico del :anco =entral del Ecuador# conformelos límites ! condiciones que se estable4can mediante regulación de la Dunta de 9olítica !Regulación "onetaria ! >inanciera.

9ara este fin# durante el pla4o determinado en esta transitoria# el :anco =entral del Ecuador no

estar$ su3eto a los límites ! restricciones establecidos en el =ódigo Crg$nico "onetario !>inanciero.

CUARTA%& )e eonera del pago de las cuotas del R+)E generadas hasta el /1 de diciembre de2016# a los contribu!entes cu!o domicilio tributario principal se encuentre en la proincia de"anabí# el cantón "uisne ! otras circunscripciones de la proincia de Esmeraldas afectadas que sedefinan mediante ecreto ! ba3o las condiciones que se estable4can en el mismo.

as cuotas que ha!an sido pagadas por este concepto desde abril hasta diciembre del 2016 ser$ndeueltas conforme a lo establecido a tras de resolución del )ericio de Rentas +nternas.

)e reduce en el &0B las cuotas del R+)E# durante el ao 2017# a los contribu!entes cu!o domiciliotributario principal se encuentre en la proincia de "anabí# el cantón "uisne ! otrascircunscripciones de la proincia de Esmeraldas afectadas que se definan mediante ecreto ! quereestable4can su actiidad económica.

)UINTA%& ,o se encuentran su3etos al pago del impuesto a las donaciones de bienes aquellas quese realicen a faor de personas naturales domiciliadas en la proincia de "anabí# el cantón "uisne! en las otras circunscripciones de la proincia de Esmeraldas que se definan mediante ecreto# que

hubieren recibido donaciones como consecuencia del terremoto ocurrido el 16 de abril de 2016#

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conforme lo que disponga el reglamento.

SEXTA%& En la proincia de "anabí el cantón "uisne ! en las otras circunscripciones de la proincia de Esmeraldas que se definan mediante ecreto# se suspenden los pla4os ! trminos detodos los procesos administratios ! tributarios# que se ha!an encontrado decurriendo al momentode producirse el terremoto.

S>PTIMA%& )e diferir$n al final del período originalmente pactado los pagos ! cuotas de capital eintereses que correspondan a los meses de abril# ma!o ! 3unio del 2016 por concepto de

obligaciones financieras que ha!an sido contraídas en el sistema financiero nacional por personasnaturales o 3urídicas# registradas en la respectia entidad financiera en la proincia de "anabí# elcantón "uisne ! otras circunscripciones de la proincia de Esmeraldas afectadas por el terremotoque se definan mediante ecreto. as entidades del sistema financiero nacional no reportar$n en elregistro de datos crediticios# las operaciones de crdito igentes registradas en la respectia entidadfinanciera en la proincia de "anabí# el cantón "uisne ! otras circunscripciones de la proincia deEsmeraldas afectadas por el terremoto que se definan mediante ecreto en todos los segmentosdurante el periodo establecido en el presente artículo.

as entidades del sistema financiero nacional podr$n establecer diferimientos por periodossuperiores.

Esta norma aplicar$ para todos los segmentos de crdito ! tambin aplicar$ para los deudores de la:anca =errada de la e! para el =ierre de la =risis :ancaria de 1'''.

)i alg*n deudor no desea que se aplique el presente diferimiento deber$ solicitarlo por escrito a laentidad financiera.

El diferimiento de los pagos ! cuotas de capital e intereses por concepto de obligaciones financieras

no ser$ su3eto de intereses moratorios ni multas ! se entender$ autom$ticamente ampliado el pla4ode la operación de crdito por el del periodo diferido sin necesidad de perfeccionamiento dedocumento alguno.

as entidades del sistema financiero nacional# posterior al periodo de diferimiento# podr$nmantener# refinanciar# reestructurar o condonar intereses !Mo capital de las operaciones citadas#anali4ando cada caso de forma particular. OCTAVA%& ,o se computar$n ni reportar$n los cheques protestados girados por las personas

naturales o 3urídicas registradas en la respectia entidad financiera en la proincia de "anabí# el

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cantón "uisne ! otras circunscripciones de la proincia de Esmeraldas afectadas por el terremotoque se definan mediante ecreto# a partir de la fecha de ocurrido tal eento hasta el ( de ma!o de2016. Estos protestos no generar$n durante este periodo las multas ni sanciones respectias

 producto del protesto. En caso de haberse generado dichas multas o sanciones deben eliminarse o deser el caso deolerse a los giradores de los cheques.

NOVENA%& En irtud de los seeros daos estructurales sufridos a niel institucional ocasionados por el terremoto suscitado el día 16 de abril del 2016# se prorroga de manera ecepcional la entradaen igencia de la isposición >inal )egunda del =ódigo Crg$nico -eneral de 9rocesos en la

 proincia de "anabí. El =onse3o de la Dudicatura# dentro de 6 meses# deber$ habilitar los sericios 3udiciales para la igencia del =ódigo Crg$nico -eneral de 9rocesos en la proincia de "anabí.

D>CIMA.H as liquidaciones de la entidades financieras que iniciaron a partir de la publicación del=ódigo Crg$nico "onetario >inanciero que tengan operaciones de crdito de personas naturales o

 3urídicas registradas en la respectia entidad financiera en la proincia de "anabí# el cantón "uisne! otras circunscripciones de la proincia de Esmeraldas afectadas por el terremoto que se definanmediante ecreto no se su3etar$n a los pla4os establecidos en dicho cuerpo legal ! tendr$n dos aosm$s a partir de la publicación de esta le! para el cumplimiento de tal propósito. %dem$s los

liquidadores# de estas entidades financieras# podr$n reestructurar ! refinanciar los prstamosencidos ! por encer para o cual podr$n incorporar periodos de gracia.

UND>CIMA%& 9ara eitar el incremento del precio de enta al p*blico de todos los combustibles !el -as icuado de 9etróleo -9 por el incremento temporal de 2 puntos del +L%# los entes rectoresde Gidrocarburos ! >inan4as 9*blicas deber$n reali4ar los a3ustes temporales que sean necesariosen cumplimiento a lo dispuesto en la e! de Gidrocarburos# con el propósito de epedir lanormatia correspondiente que garantice el cumplimiento de esta disposición.

DUOD>CIMA%& )e dispone la remisión del 100B de intereses# multas ! cualquier otro tipo de

recargos generados por el retraso en los pagos debido a una deficiencia temporal de ca3a fiscal delas transferencias reali4adas para cubrir las obligaciones correspondientes a faor de las entidadesdel sector p*blico# hasta la fecha de igencia de esta e!# ! que hasta el mes de diciembre del 2017ha!an pagado la totalidad del capital; para lo cual el ente rector de las finan4as p*blicas# reali4ar$las operaciones pertinentes.

%simismo se eonera del pago de intereses# multas ! cualquier otro tipo de recargos que se produ4can por el retraso de pagos de las transferencias reali4adas para cubrir las obligacionescorrespondientes a faor de las entidades del sector p*blico que se generen desde la fecha de

igencia de esta e! hasta el /1 de diciembre de 2017.

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:a3o ninguna circunstancia se podr$n suspender las prestaciones de sericios.

D>CIMA TERCERA%& as sociedades etran3eras domiciliadas en paraísos fiscales o cualquier otra 3urisdicción# que posean bienes inmuebles en el Ecuador# con anterioridad a la igencia de la

 presente e!# deber$n cumplir con la obligación de inscribirse en el Registro Jnico de=ontribu!entes en un pla4o m$imo de noenta días contados a partir de la publicación de la

 presente le!.

 )u incumplimiento causar$ una multa de hasta una fracción b$sica graada con tarifa 0B del+mpuesto a la Renta.

D>CIMA CUARTA%& urante el tiempo de igencia de la isposición ?ransitoria 9rimera# en lasle!es# reglamentos ! resoluciones generales en donde diga o se haga referencia a la tarifa 12B del+mpuesto al Lalor %gregado# se deber$ leer o entender que la tarifa del +L% es del 1(B.

DISPOSICIÓN FINAL%& a presente le! entrar$ en igencia a partir de su publicación en elRegistro Cficial.

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