Upload
cgadget
View
54
Download
0
Embed Size (px)
DESCRIPTION
Ley por la cual se crea la provincia de Contumazá en el departamento de Cajamarca
Citation preview
L. 20 de Agosto de 1872.
Creando la provincia de Contumazá en el departamento
de Cajamarca.
J·osE SllVIEON TEJEDA, P lt E S ID Ji1 N TE D ]~ L CO N G U JTI S O •
Por cuanto el Uongre1-1o ha dado la ley siguiente: EL CONGRESO D:g LAREl.,UBLICA l.,ERUA..N.A.
Considerando: (~ne las necesidades de los pueblos si
tuados sobre ht eordiller::-v occidental de Cajan1arca, no pheden éer bjen atendidas y satisfecllas, sino constituyendo aquellas en una prov1neht especial.
I-Ia dado la ley siguiente: Art. 1'-! Créase en el Departamento de
Cajamarea, una nuevtk provincia compuesta de los distritos de Contumazá, Caracas, 'frinidad y G·uzrnango, que se separan de la del Cercado.
Art. 2~> Esta ·provincia se denominará de Contumaz{t y tendrá por capital la ciudad del 1uisn1o uon1 hre.
Comuníquese al Poder Ejecutivo para que dispongrt lo necesario á su cumpliJnieúto.
Dado en la sala, de sesiones del Congreso en Lilna á 29 de Enero . de 1871:.José .R1-~jino Ech'enique, Presidente del Scnado-IrJleutet,io Maceilo, zo, ·Vice Presidente de la Oú1nara de 1Jiputados.-Francisco Qj~ávez., Senador Secretario-Pedro Berrnc¿.les, Dip\1ta<lo Secretario. Al Excmo. seíior Presidente. de la Repú
blica.
Por tanto: y no habiendo sido promülgada oportunarnente por'el Poder Ejecutivo, en o bservaueüt¡ de lo. dispuesto en el artículo 71 de 1a Constitucion, nu1,ndo se hnprinut, publique y cir-0ule, y se comunique nl :fiiinisterio de G·obierno para que disponga lo ,necesario á su cumoli~ miento.
Casa del Congreso en J..Jilna, á 20 de Agosto de 1872.-· J. Sinwon· Teyeda, .Presidente-Berrnarrdino Oalonge, Secretariod.el Congreso--José Ma,rüt Qonzales, Secre tar:io deí Congreso.