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LEY ORGANICA 13/1991, DE 20 DE DICIEMBRE, DEL SERVICIO MILI- TAR («BOE>> num . 305, de 21 de diciembre de 1991) . Proyecto de Ley adoptado en el Consejo de Ministros de 19-VII-1991 y pre- sentado en el Congreso de los Diputados el 5-Vl11-1991 . CONGRESO DE LOS DIPUTADOS Remitido a la Comisi6n de Defensa por acuerdo de la Mesa de 10-IX-1991 . Tramitaci6n por el procedimiento ordinario . Proyecto de Ley : BOCG Congreso de los Diputados, Serie A, num . 60-1, de 16-IX-1991 . Prbrroga plazo de enmiendas : 24-IX-1991 . Enmiendas publicadas el 17-X-1991 . Debate de las enmiendas de totalidad : 10-X-1991 . <<Diario de Sesiones>> (Ple- no), n6m . 137 . Informe de la Ponencia : 16-X-1991 . Cariicter organico de la iniciativa segun acuerdo de Mesa de 22-X-1991 . Dictamen de la Comisi6n : 22/23-X-1991 . <<Diario de Sesiones» (Comisiones), n6ms . 329 y 330 . Aprobaci6n por el Pleno : 31-X-1991 . <<Diario de Sesiones>> (Pleno), n6m . 142 . SENADO Remitido a la Comisi6n de Defensa con fecha 5-XI-1991 . Tramitaci6n por el procedimiento ordinario . Texto remitido por el Congreso de los Diputados : BOCG Senado, Serie 11, num. 57 (a), de 5-XI-1991 . Enmiendas y propuestas de veto publicadas el 21-XI-1991 . Informe de la Ponencia : 20-XI-1991 . Dictamen de la Comisi6n y votos particulares : 25-XI-1991 . <<Diario de Sesio- nes» (Comisiones), n6m . 116 . Correcci6n de errores : 2-XII-1991 . Aprobaci6n por el Pleno : 3/4-XII-1991 . <<Diario de Sesiones>>, Pleno), nuns . 89 y 90 . CONGRESO DE LOS DIPUTADOS Enmiendas aprobadas por el Senado publicadas el 11-XII-1991 . Aprobacibn definitiva por el Congreso : 12-XII-1991 . <<Diario de Sesiones>> (Pleno), n6m . 154 . 65

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LEY ORGANICA 13/1991, DE 20 DE DICIEMBRE, DEL SERVICIO MILI-TAR («BOE>> num . 305, de 21 de diciembre de 1991) .

Proyecto de Ley adoptado en el Consejo de Ministros de 19-VII-1991 y pre-sentado en el Congreso de los Diputados el 5-Vl11-1991 .

CONGRESO DE LOS DIPUTADOSRemitido a la Comisi6n de Defensa por acuerdo de la Mesa de 10-IX-1991 .Tramitaci6n por el procedimiento ordinario .Proyecto de Ley: BOCG Congreso de los Diputados, Serie A, num . 60-1,

de 16-IX-1991 .Prbrroga plazo de enmiendas : 24-IX-1991 .Enmiendas publicadas el 17-X-1991 .Debate de las enmiendas de totalidad : 10-X-1991 . <<Diario de Sesiones>> (Ple-

no), n6m . 137 .Informe de la Ponencia : 16-X-1991 .Cariicter organico de la iniciativa segun acuerdo de Mesa de 22-X-1991 .Dictamen de la Comisi6n : 22/23-X-1991 . <<Diario de Sesiones» (Comisiones),

n6ms . 329 y 330 .Aprobaci6n por el Pleno : 31-X-1991 . <<Diario de Sesiones>> (Pleno),

n6m . 142 .

SENADO

Remitido a la Comisi6n de Defensa con fecha 5-XI-1991 .Tramitaci6n por el procedimiento ordinario .Texto remitido por el Congreso de los Diputados: BOCG Senado, Serie 11,

num. 57 (a), de 5-XI-1991.Enmiendas y propuestas de veto publicadas el 21-XI-1991 .Informe de la Ponencia : 20-XI-1991 .Dictamen de la Comisi6n y votos particulares : 25-XI-1991 . <<Diario de Sesio-

nes» (Comisiones), n6m . 116 . Correcci6n de errores : 2-XII-1991 .Aprobaci6n por el Pleno : 3/4-XII-1991 . <<Diario de Sesiones>>, Pleno),

nuns . 89 y 90 .

CONGRESO DE LOS DIPUTADOSEnmiendas aprobadas por el Senado publicadas el 11-XII-1991 . Aprobacibn

definitiva por el Congreso : 12-XII-1991 . <<Diario de Sesiones>> (Pleno),n6m . 154 .

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LEYES ORGANICAS

JUAN CARLOS 1,REY DE ESPANA

A todos los que la presente vieren y entendieren,Sabed: Que [as Cortes Generales ban aprobado

y Yo vengo en sancionar la siguiente Ley OrgAnica :

PREAMBULO

La Constituci6n espanola, que iguala a todos losciudadanos ante la Ley y vela por la no discrimina-ci6n, establece comp derecho y deber la defensa deEspana, dando asi continuidad a un anhelo hist6ri-co de incorporar a todos a la comun defensa yseguridad.

La Ley Organica 6/1980, de 1 de julio, por la cluese regulan los criterion basicos de la defensa nacio-nal y la organizaci6n militar, recoge el carficter obli-gatorio del servicio militar, en linea con to clue hasido la tradici6n espanola y en sintonia, tambien,con to clue es comun en la mayoria de [as nacionesdel mundo.

El modelo de recluta universal desarrollado enesta Ley, cuyo fin ultimo es dotar a las Fuerzas Ar-madas de los necesarios efectivos de reemplazo, esun sistema clue abre vias eficaces para clue los ciu-dadanos se corresponsabilicen con la defensa nacio-nal. Su diseno, por tanto, debe estar en intima co-nexi6n con el modelo de Fuerzas Armadas clue Es-pana necesita, to clue se logra mediante un modelomixto en el clue los efectivos de reemplazo se com-plementen con un volumen creciente de soldadosprofesionales, hasta alcanzar una tasa de profesio-nalizaci6n en torno al cincuenta por ciento de losefectivos totales .En consecuencia, la Ley preve clue los militares

de reemplazo desarrollaran preferentemente sun ac-tividades en aquellas unidades cuyo nivel operati-vo, capacidad de reacci6n o ambito de actuaci6n seajusten a la formaci6n clue se adquiere durante elservicio militar . Las tareas caracterizadas por sumayor complejidad, responsabilidad o experienciascran desarrolladas por militares profesionales .

Se concilian asi en esta Ley elementos tradicio-nales de nuestro ordenamiento juridico con una re-novada perspectiva actual al incorporar los criteriondel texto aprobado por el Congreso de los Diputa-dos, en su Sesi6n Plenaria celebrada el 27 de juniode 1991, sobre el modelo de Fuerzas Armadas y ser-vicio militar .

El servicio militar regulado en esta Ley facilita elplaneamiento de la defensa, permite calcular de for-ma rigurosa los efectivos, asegura la disponibilidady Neil movilizaci6n de reservistas con suficiente gra-do de instrucci6n, teniendo en cuenta las necesida-des actuales de los ejercitos y sun futuras demandas .

La mujer queda excluida de la obligatoriedad delservicio militar porque [as necesidades de la defen-sa militar quedan cubiertas con el concurso de losvarones y por considcrar clue esta decisi6n no vul-nera el mandato de no discriminaci6n establecidoen el articulo 14 de la Constituci6n, de acuerdo conla doctrina del Tribunal Supremo, del TribunalConstitucional y del Tribunal Europeo de Derechos

Humanos. No obstante, las mujeres podran incor-porarse a las tareas de la defensa nacional con arre-glo a las normas sobre movilizaci6n nacional .

La duraci6n del servicio militar se establece ennueve meses, tiempo minimo necesario para obte-ner el grado de instrucci6n conveniente y de estaforma asegurar la operatividad de los ejercitos conel menor coste personal para los esparioles que sonIlamados a prestar un servicio de solidaridad al con-junto de la sociedad .

El nuevo escenario estrategico, la propia evolu-ci6n que ha experimentado la sociedad espariola yel proceso de modernizaci6n de las Fuerzas Arma-das han permitido introducir nuevos criterion de ra-cionalidad y flexibilidad que, sumados al caracteruniversal clue se reitera, permiten desarrollar unservicio militar para todos los espanoles, con meca-nismos suficientes para hacer compatible, cuando[as necesidades to permitan, el cumplimiento de laobligaci6n exigida por la Ley con [as preferenciasde los j6venes respecto de la edad de incorpora-ci6n, el Ejercito y el 5rea de actividad clue mejorse ajuste a la formaci6n y aptitudes personales .

Las modernas tecnicas y sistemas pedag6gicos, elnivel de cultura general clue tienen los j6venes al in-corporarse a filas y el menor tiempo del servicio mi-litar aconsejan la revisi6n de los planes de instruc-ci6n y adiestramiento, tares para cuya realizaci6nse prev6n mccanismos eficaces en la propia Ley.Tambicn, y consecuencia del empeno de alcan-

zar la mAxima eficacia con el menor coste, se esta-blecen criterion para la revisi6n y modernizaci6n delas pautas y normas de vida en acuartelamientos,buques y bases y, en especial, cuanto se refiere alregimen de actividad y descanso del personal dereemplazo, permisos, vestuario y equipo, alimenta-ci6n y alojamiento, gastos personales y prevenci6ny protecci6n de la salud.

Para asegurar el ejercicio de los derechos clue laConstituci6n y las Leyes garantizan y del mismomodo reforzar el cardcter de los deberes previstosen las Reales Ordenanzas, se dedica a esta materiaun Capitulo en cuyo articulado se hace matizada re-Iaci6n sumaria de los derechos constitucionales yconsuetudinarios de la vida militar de aplicaci6n alpersonal de reemplazo y referencia precisa a las li-mitaciones legales para su ejercicio .

La aplicaci6n de esta Ley, por cuanto tiene de in-novador respecto a la situaci6n anterior, requiere,asimismo, la revisi6n y reforma del C6digo Penal yde las Leyes penales, procesales y disciplinarian mi-litares para dar una nueva regulaci6n en ellas a de-terminados tipos y figuras clue afectan al personalclue cumple el servicio militar, to clue unido a los ar-ticulos clue se refieren a los derechos fundamenta-les del militar de reemplazo hacen necesario clue lapresente Ley, de conformidad con la Constituci6n,tenga el rango de Organica .

CAPITULO PRIMERODisposiciones generales

Articulo 1 .-Obligaciones milirares1. Los espanoles, de acuerdo con la Constitu-

ci6n, tienen el derecho y el deber de defender aEspana .

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LEY ORGANICA 13/1991, DE 20 DE DICIEMBRE

2. Las obligaciones militares de los espanoles,a las que se refiere el articulo 30 .2 de la Constitu-ci6n, consisten en la prestaci6n del servicio military en el cumplimiento de servicios en [as Fuerzas Ar-madas de conformidad con la legislaci6n regulado-ra de la movilizaci6n nacional .

Articulo 2.-Servicio militar

1 . El servicio militar en las Fuerzas Armadasconstituye una prestaci6n personal fundamental delos espanoles a la defensa nacional .

2. Su cumplimiento se ajustara a to establecidoen la presente Ley, en [as disposiciones que se dic-ten en su desarrollo y en las Reales Ordenanzaspara las Fuerzas Armadas.

Articulo 3.-Militares de reemplazo.

Los espanoles que se incorporan a las FuerzasArmadas para cumplir el servicio militar adquierendurante su prestaci6n la condici6n militar y recibenla denominaci6n de militares de reemplazo.

Articulo 4.-Respeto a la persona

La dignidad y los derechos inviolables de la per-sona son valores que todo militar de reemplazo tic-ne obligaci6n de respetar y derecho a exigir . En nin-g6n caso estara sometido, ni sometera a otros, a me-didas que supongan menoscabo de la dignidadpersonal .

Articuto S.-Capacidad de obrar

Las personas comprendidas en el ambito de apli-caci6n de esta Ley tendran plena capacidad deobrar para el ejercicio y defensa de los derechos re-conocidos en la misma.

CAPITULO II

Reclutamiento para el servicio militar

Artieulo 6.-Reclutamiento

I . El reclutamiento consiste en el conjunto deoperaciones que tienen pot objeto determiner quic-nes, cu6ndo y d6nde se deben incorporar a prestarel servicio militar .2. El reclutamiento comprende las siguientes

fries:

a) Aislamiento.b) Manifestaci6n de las preferencias de los in-

teresados.c) Determinaci6n de aptitud psicofisica.d) Clasificaci6n de los alistados .e) Determinaci6n del reemplazo anual .f) Distribuci6n de efectivos y asignaci6n de

destinos .

Articulo 7.-Organos de reclutamiento

Son 6rganos de reclutamiento los Ayuntamien-tos, las Oficinas Consulares de Carrera, Ias Seccio-nes Consulates de las Embajadas y la Direcci6n Ge-neral del Servicio Militar y sus Centros de recluta-

miento . Tambicn colaborarAn en las operaciones dereclutamiento, de la forma que reglamentariamen-ta se determine, los 6rganos de los Ejercitos encar-gados de la gesti6n de personal .

Articulo 8.-Previsi6n de efectivos

El Ministro de Defensa determinara peri6dica-mente, dentro de ]as necesidades del planeamientode la defensa militar, la previsi6n de efectivos quese deban cubrir por militares de reemplazo. Estaprevision constituira el clemento de referencia ini-cial para las operaciones de reclutamiento de cadsano.

Articulo 9.-Alistamiento

1 . El alistamiento es el conjunto de operacio-nes realizadas anualmente por los 6rganos de reclu-tamiento, consistence en establecer ]as listas de losespanoles varones que cumplan en el ano corres-pondiente dieciocho de edad .2. A to largo del ano en que cumplen los die-

cisiete de edad, de la forma que reglamentariamen-te se determine, todos los espanoles varones, por sio por delegaci6n, se inscribirin a efectos de alista-miento para el servicio militar en el Ayuntamiento,Oficina Consular o Secci6n Consular de la Emba-jada correspondiente a su lugar de residencia .3. Las listas confeccionadas por los Ayunta-

mientos ser5n remitidas al Centro de reclutamientocorrespondiente acompanadas de las fichas de ins-cripci6n que hubieran recibido e incluira como alis-tados de oficio a los nacidos y a los residences ensu municipio que no se hayan inscrito . Los intere-sados permaneceran alistados para el servicio mili-tar hasta el momento de su incorporaci6n al mismoo de su declaraci6n como exentos .4. Las Oficinas Consulares de Carrera y las Sec-

ciones Consulates de [as Embajadas tramitaran ladocumentaci6n relativa a las operaciones de reclu-tamiento de los espanoles residentes en su zona deresponsabilidad y la remitiran al Centro de recluta-miento para residentes en el extranjero .

5. El Ministerio de Defensa, a travels de la Di-recci6n General del Servicio militar, queda faculta-do para recabar directamente de cualquier 6rganode las Administraciones P6blicas cuantos datos e in-formes considere necesarios en relaci6n con el Ser-vicio Militar . El 6rgano requerido queda obligadoa proporcionar la informaci6n solicitada, en los pla-zos previstos con car5cter general en la legislaci6nvigente sobre procedimientos administrativos .

Articulo 10.-Determinaci6n de aptitud

l. Durance el proceso de reclutamiento, y apartir de los datos suministrados pot los propios in-teresados y pot los reconocimientos medicos y me-dios de prueba que reglamentariamente se establez-can, se determinara la aptitud psicofisica de cadsuno de los alistados pare todos o determinados ser-vicios, unidades o cometidos.

2. Se presumiran aptos, salvo prueba en contra-rio, todos los alistados que, citados reglamentaria-mente, no compareciesen al reconocimiento medi-co sin cause justificada .

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LEYES ORGANICAS

3. Los datos obtenidos a craves de estas prue-bas y del reconocimiento tendran garantizada suconfidencialidad y no seran causa de discrimina-ci6n .

Articulo 11.-Causas de exenci6n del servicio militar

1 . Son causas de exenci6n del servicio militarlas siguientes :

a) Mantener obligaciones familiares de caracterexcepcional. En esta Ley se determinan [as condi-ciones para ser declarado exento por esta causa.

b) Padecer alguna enfermedad o limitaci6n fi-sica o psiquica que impida la prestaci6n del serviciomilitar . Reglamentariamente se determinara el cua-dro medico de exenciones del servicio militar .

c) Las derivadas de convenios internacionales .d) Tener cumplidos treinta a6os de edad .e) Ser declarado objetor de conciencia de

acuerdo con la Ley.

2. Las mujeres estan exentas del servicio mili-tar. Podran ser Ilamadas a cumplir determinadosservicios en [as Fuerzas Armadas, de conformidadcon la legislaci6n reguladora de la movilizaci6nnacional .3. Reglamentariamente se determinar5 la for-

ma de solicitar la exenci6n del servicio militar poralguna de ]as causal de las letras a), b), c) y d) delapartado 1 de este articulo y el momento en que talexenci6n se hara efectiva .

Articulo 12.-Edad de incorporacOn

1 . El afio de referencia para el cumplimientodel servicio militar es aquel en el que se cumplendiecinueve anos de edad .2. Los espanoles podran adelantar el cumpli-

miento del servicio militar e incorporarse a las Fuer-zas Armadas a partir del momento en que cumplanla mayoria de edad . Reglamentariamente se deter-minara la forma de solicitarlo .3. Los alistados que deseen retrasar el momen-

to de su incorporaci6n al servicio militar deberAnsolicitor y obtener las pr6rrogas de incorporaci6ndefinidas en el articulo 14 de csta Ley, se retinenlas condiciones para ello .4. Con independencia de to previsto en el apar-

tado anterior, los alistados*podrAn manifestar suspreferencias para cumplir el servicio militar entrelos diecinueve y los veintid6s anos de edad, ambosincluidos. Dichas preferencias se atendernn en lamedida en que to permitan [as necesidades del re-clutamiento mediante procedimientos que asegurenla igualdad de oportunidades.

5 . La Direcci6n General del Servicio Militar, acraves de sus Centros de reclutamiento, informaracon la debida anticipaci6n, a los que hayan obteni-do pr6rroga de incorporaci6n al servicio militar, dela fecha de posible solicitud de nueva pr6rroga .

Articulo 13.-Aplazamiento de la incorporaci6n alservicio militar

1 . Son causal de aplazamiento de la incorpora-ci6n al servicio militar, en [as condiciones y con los

limites que reglamentariamente se determinen, lassiguientes :

a) Obtener alguna de las pr6rrogas de incorpo-raci6n militar definidas en el articulo 14 de estaLey .

b) Obtener, de acuerdo con las preferenciasmanifestadas por el interesado, la incorporaci6n aedad distinta a la de referencia para la prestaci6ndel servicio militar, sin perjuicio de que, conformea to dispuesto en la letra c) del articulo 19 de estaLey, deba incorporarse para completar los efecti-vos del reemplazo correspondiente .

c) Estar previamente encuadrado en las Fuer-zas Armadas, en la Guardia Civil, en el Cuerpo Na-cional de Policia o en [as Policias Auton6micas, otener adquirido compromiso para hacerlo.

d) Padecer alguna enfermedad o limitaci6n fi-sica o psiquica que, sin Ilegar a ser causa de exen-ci6n del servicio militar, impida temporalmente suprestaci6n . Reglamentariamente se determinara elcuadro mddico de causal de aplazamiento del ser-vicio militar .

c) Estar cumpliendo condena de privaci6n de li-bertad o sujeto a medidas legales que resulten in-compatibles con la prestaci6n del servicio militar .

2. Quienes deban incorporarse a prestar el ser-vicio militar y tengan otro hermano cumpliendo esteo la prestaci6n social sustitutoria, tendrdn derechoa aplazar su incorporaci6n, previa solicitud, y efec-tuarla con el reemplazo siguiente .

Articulo 14.-Pr6rrogas de incorporaci6n al serviciomilitar

1 . Las pr6rrogas de incorporaci6n al serviciomilitar y las causal de su concesi6n, en las condi-ciones y con los limites que reglamentariamente sedeterminen, son las siguientes :

De primera clase.-Por ser necesaria la con-currencia del interesado al sostenimiento de lafamilia .De segunda clase.-Por razones de estudios o

por ser el interesado deportista de alto nivel .De tercera close .-Por razones de tipo laboral

para consolidar un puesto de trabajo .De cuarta close.-Por ser residente en el ex-

tranjero .De quinta close.-Por desemperiar cargo ptiblico

de elecci6n popular .De sexta close.-Por decisi6n del Gobierno . fun-

dada en razones excepcionales o de interes na-cional .

2 . Las pr6rrogas y sus ampliaciones, excepto [asde la primera y quinta closes, tendran una duraci6nde uno o dos anos, atendiendo a to solicitado porlos interesados, y surtirAn efecto para retrasar la in-corporaci6n hasta e1 afio en que se cumplan losveintitres anos de edad . Reglamentariamente se de-terminar5n las circunstancias en que se podrAn con-ceder ampliaciones de pr6rroga que surtan efectospara retrasar la incorporaci6n hasta los veintisietea6os de edad .La pr6rroga de primera close y sus ampliaciones

tendran una duraci6n de tres atios.

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LEY ORGANICA 13/1991, DE 20 DE DICIEMBRE

La duraci6n de la pr6rroga de quinta clase seraigual a la del mandato para el que los interesadoshayan sido elegidos, en tanto mantengan el cargode elecci6n popular. La elecci6n comp miembrosde los Parlamentarios de las Comunidades Aut6no-mas, asi como de las Corporaciones Locales, deter-minara la concesi6n do una unica pr6rroga .

3 . No se podran disfrutar simultanea ni sucesi-vamente pr6rrogas de diferentes closes, excepto lasde quinta y sexta closes a las que se podrd optar aun-que se haya solicitado o disfrutado otra pr6rroga deprimera, segunda, tercera o cuarta closes .

4 . La concesi6n de la segunda ampliaci6n de lapr6rroga de primera close y la concesi6n por leisanos de ]as ampliaciones de pr6rroga de sexta closeserSn causa de exenci6n del servicio militar .

Articulo 15.-Lugar de la prestaci6n y cometidos

1 . Durante el proceso de reclutamiento, de laforma y en los plazos que reglamentariamente sedeterminen, se podra solicitor la prestaci6n del ser-vicio militar en una determinada localizaci6n geo-gr5fica o unidad, asi como la asignaci6n a determi-nadas Areas de cometidos. A estos efcctos, anual-mente se hara una oferta de plazas para la presta-ci6n del servicio militar .

2. Ademas de la posibilidad de acceder a laoferta de plazas del apartado anterior, los alistadospodran manifestar sun preferencias sobre la locali-zaci6n geografica . Ejercito y areas de cometidos enlos que descan prestar el servicio militar . Dichasprefcrencias se atendcran en la medida en que topermitan las necesidades del reclutamiento median-te procedimientos quc aseguren la igualdad deoportunidades .

3. Reglamcntariamente se determinara quienespor raz6n de su profesi6n o aptitudes prestaran elservicio militar en el Ejercito de Tierra, en la Ar-mada, en el Ejdrcito del Aire o en determinadosdestinos de los propios Ej6rcitos y las condicionesen las que les sera aplicable to previsto en los donapartados antcriores .

Articulo 16.-Servicio para la formaci6n de cuadrosde mando

1 . Dentro del servicio militar existirfi la moda-lidad de servicio para la formaci6n de cuadros demando para la reserva del servicio militar . A estamodalidad podrdn optar aquellos que tengan la pre-paraci6n adecuada acreditada con los titulos que re-glamentariamente se determinen .2 . Anualmente se publican; una oferta de pla-

zas para cumplir el servicio militar en esta mo-dalidad .

Articulo 17.-Clasificaci6n de los alistados

1 . La clasificaci6n de los alistados para el ser-vicio militar es la operaci6n anual consistente en in-cluirlos en alguno de los grupos siguientes :

a) Aptos para el servicio militar en alguno delos siguientes subgrupos:

1 ." Destinables a detcrminadas unidades o co-metidos en funci6n de su aptitud psicofisica, segun

el recurso de los reconocimientos y pruebas previs-tas en c1 articulo 10 de esta Ley .2.° Destinables a cualquier unidad .

b) Con aplazamiento de la incorporaci6n al ser-vicio militar por alguna de [as causas establecidasen el articulo 13 de la presentc Ley.

c) Exentos del servicio militar por alguna de lascausal del apartado 1 del articulo 11 de esta Ley.

2. Los que por causa que les fuera imputableno puedan scr incluidos en a1gunos do los grupos ci-tados en el apartado anterior, quedar6n pendientesde clasificaci6n para el ario siguiente.

Articulo 18.-Determinaci6n del reemplazo anual

1 . El reemplazo anual comprende los efectivosque coda ono deben incorporarse a las Fuerzas Ar-madas para prestar el servicio militar . El Consejode Ministros, a propuesta del Ministro de Defensa,detcrminara su cuantia teniendo en cuenta las ne-cesidades del planeamiento de la defensa militar, laprevisi6n de efectivos a la que se hace referencia enel articulo 8 de esta Ley, el personal disponible paraincorporarse al servicio militar y las preferenciasmanifcstadas por los interesados sobre la edad deincorporaci6n.

2 . Corresponds al Ministro de Defensa deter-minar los criterion de distribuci6n de los efectivosdel reemplazo anual entre el Ejercito de Tierra, laArmada y el Ejercito del Aire y para la asignaci6ndo los destinos de Los militares de reemplazo a lasdiferentes unidades, asi como establecer el calenda-rio anual de incorporaci6n .

Articulo 19.-Formaci6n del reemplazo anual

El reemplazo anual se constituira, de la formaque reglamentariamente se determine, con los cla-sificados aptos para el servicio militar de los siguien-tes grupos :

a) Los que Sean admitidos en el servicio para laformaci6n de cuadros de mando.

b) Los del alistamiento correspondiente al onode referencia que hayan manifestado preferenciapor cumplir el servicio militar con dicho reemplazoy aquellos que finalicen su aplazamiento para la in-corporaci6n al servicio militar .

c) Los del alistamiento correspondiente al onode referencia quc hayan manifestado su preferen-cia por una edad distinta para su incorporaci6n has-ta completar la cuantia del reemplazo fijada por elConsejo de Ministros. Su asignaci6n se hara me-diante procedimientos que aseguren la igualdad deoportunidades .

Articulo 20.-Distribuci6n de efectivos y asignaci6nde destinos

1 . La distribuci6n de efectivos y la asignaci6nde destinos se haran, de la forma que reglamenta-riamente se determine, por el siguiente orden :

a) Cobertura de las plazas del servicio para laformaci6n de cuadros de mando .

b) Cobertura de los destinos a las unidades ex-trapeninsulares y a aquellas otras que determine el

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LEYES ORGANICAS

Ministerio de Defensa por medio de la oferta anualde plazas y el sistema de preferencias . Las demasplazas de las citadas unidades se cubriran con el per-sonal restante del reemplazo anual mediante proce-dimiento que aseguren la igualdad de oportuni-dades.

c) Asignaci6n de Ins destinos de la oferta anualde plazas .

d) Cobertura de los demas destinos segtin laspreferencias manifestadas por los alistados en cuan-to a localizaci6n geografica . Ejdrcito y Area de co-metidos a desemperiar durante la prestaci6n . Dichacobertura se efectuar5 mediante procedimientosque aseguren la igualdad de oportunidades.

2. Para la asignaci6n de destinos concretos setendrAn en cuenta los siguientes factores :

a) Profesi6n o aptitudes, segtin to establecidoen el articulo 15 .3 de esta Ley.

b) Grado de apt itud psicofisica, segun los resul-tados de los reconocimientos y pruebas previstas enel articulo 10 de esta Ley.

c) Perfiles de aptitud de los alistados y so aco-modaci6n a las areas de cometidos.

3 . Tambien formaran parte del reemplazoanual los clue eventualmente, una vez cubiertas lasnecesidades derivadas del planeamiento de la de-fensa militar, sean asignados para prestar servicioen organizaciones de interes general, conforme a toprevisto en la disposici6n final segunda de esta Ley .

Articulo 21 .-Obligaciones en relaci6n con el re-clutamiento.

l . Todos los cspanoles citados para asistir a losactos relacionados con el reclutamiento del serviciomilitar estAn obligados a acudir a los mismos, sien-do, en todo caso, voluntaria su participaci6n en en-trevistas personales . Efectuaran los viajes de ida yregreso por cuenta del Estado, con derecho a las in-demnizaciones clue reglamentariamente se deter-minen.2. A quienes, sin cause justificada, incumplie-

ren las obligaciones a clue se refiere esta Ley rela-cionadas con el reclutamiento, se les iniciara un ex-pediente por los Centros de reclutamiento con el finde comprobar las causal del incumplimiento . Sitranscurrido un ano desde la iniciaci6n del expe-diente elinteresado continuase en paradero desco-nocido se proceder5 a citarle, por medios de publi-cidad suficientes, para su incorporaci6n a [as Fuer-zas Armadas, y si no realizare esta incorporaci6nen el plazo senalado en la citaci6n se trasladaran lasactuaciones a la Direcci6n General del Servicio Mi-litar para su remisi6n, si procediera, al 6rgano ju-dicial competence a los efectos previstos en el C6-digo Penal.

3 . Si el interesado manifestara en el expedientesu negative a cumplir sus obligaciones en relaci6ncon el servicio militar o el instructor concluyere estaactitud de sus actuaciones, se darn cuenta de ello alexpresado 6rgano judicial a los mismos efectos.

4 . A quienes se hallen en paradero desconoci-do o habiendo sido citados reglamentariamente nohaya constancia fehaciente de la citaci6n se les ci-

tars a travels de su publicaci6n en el «Boletin Ofi-cial del Estado». Esta citaci6n se considerara feha-ciente y bastante para la responsabilidad penal deIns citados que no efect6en su incorporaci6n a filas .5. Cuando la Direcci6n General del Servicio

Militar o sus centros de reclutamiento observen in-cumplimiento de esta Ley por parte de Organismosde la Administraci6n Publica, to pondran en cono-cimiento de los 6rganos superiores del Departamen-to para su traslado al Ministerio Fiscal a los efectosoportunos.

Articulo 22.-Sanciones

1 . Las personas que infrinjan obligaciones de-rivadas del reclutamiento, clue no scan constitutivasdel delito de acuerdo con to clue sobre la materiadispongan las Leyes Penales, ser5n sancionadas por[as causas y con las multas clue a continuaci6n seespecifican :

a) No comparecer sin causa justificada a reque-rimiento del Centro de reclutamiento, tres uni-dades .

b) No notificar los cambios de residencia o do-micilio durante el alistamiento o en la reserva delservicio militar, dos unidades,

c) Incumplir las obligaciones en la situaci6n dereserva del servicio militar determinadas en el apar-tado 3 del articulo 57 de esta Ley, dos unidadcs .

2. A los efectos de determiner e1 importe de lasmultas fijadas en el apartado anterior, se entiendepor unidad el salario minimo interprofesional dia-rio vigente en cl momento de cometer la infracci6n .

3. Los Centros de reclutamiento son competen-tes pare imponer [as sanciones establecidas en estearticulo . Reglamentariamente se determinara elprocedimiento para la imposici6n de las sancionescon las debidas garantias pare los interesados.

Articulo 23.-Recursos durance el reclutamientoContra las resoluciones administrativas de los

Centros de reclutamiento, se podr5 interponer re-curso de alzada ante el Director General del Servi-cio Militar, clue pondr5 fin a la via administrativa .Contra la resoluci6n del mismo podra interponerserecurso contencioso-administrativo .

CAPITULO III

Prestaci6n del servicio militar

Articulo 24.-Prestaci6n del servicio mili(ar1 . El servicio militar comienza en la fecha de in-

corporaci6n al destino asignado en [as Fuerzas Ar-madas y finaliza transcurridos los nueve meses deduraci6n del mismo, sin perjuicio de to dispuestoen el articulo 47 de la Ley OrgAnica 12/1985, de 27de noviembre, de Rdgimen Disciplinario de lasFuerzas Armadas.

El tiempo transcurrido en situaci6n de baja comoconsecuencia de accidents, enfermedad, limitaci6nfisica o psiquica contraidos durance el periodo deprestaci6n del servicio militar, sera computadocomo tiempo de cumplimiento .

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2. Los espafiolcs que deban incorporarse paraprestar el servicio militar efectuaran los viajes deida y regreso por cuenta del Estado, con derecho alas indemnizaciones que reglamentariamente se de-terminen .

3. Los militares de reemplazo qucdaran encua-drados en cl Ejdrcito de Tierra, en la Armada o enel Ej6rcito del Aire para integrarse en las especia-lidades que determine c1 Ministro de Defensa, apropuesta de los Jefes de los Estados Mayores delEjcrcito de Tierra, de la Armada y del Ejercito delAire .4. Quienes presten el servicio militar en la mo-

dalidad de servicio para la formaci6n de cuadros demando quedarAn adscritos a alguna de las Escalasde los Cucrpos Especificos de los Ejercitos o de losCuerpos Comunes de las Fuerzas Armadas.

5. Quienes cumplen el servicio militar estAnvinculados a las Fuerzas Armadas por una relaci6nde servicios de caracter no profesional.

6. En las diferentes unidades se crear5 un scr-vicio de apoyo y acogida al militar de reemplazo.

Articulo 25.-Disponibilidad para el servicio1 . Los militares de reemplazo estaran en dispo-

nibilidad permanente para el servicio . El horariohabitual de sus actividades estar5 basado en una dis-tribuci6n rational de los tiempos de trabajo y des-canso y adaptado a las necesidades del servicio enlas Fuerzas Armadas.2. El Ministro de Defensa determinar5 los cri-

terios generales a los que deben ajustarse el regi-men general de horarios y de guardian y servicios,[as normas de permanencia en las unidades y la re-gulaci6n de permisos de carActer ordinario y ex-traordinario .

3. Sin perjuicio de su permanence disponibili-dad, los militares de reemplazo que no esten obli-gados a permanecer y pernoctar en los acuartela-mientos, buques y bases para realizar guardias, ser-vicios, prActicas de instrucci6n o adiestramiento opor estar sujetos a medidas disciplinarian, podranser autorizados a ausentarse de ellos desde la fina-lizaci6n del horario de actividad hasta la hora de co-mienzo de las actividades del dia siguiente .

4. Los soldados y marineros, cuando no estende servicio, no estaran obligados a vestir de unifor-me fuera de los acuartclamientos, buques y basesni al entrar o al salir de los mismos .

Articulo 26.-Empleos militares1 . Los militares de reemplazo, encuadrados ini-

cialmente como soldados o marineros, podran as-cender al empleo de cabo con arreglo a las normalque determine el Ministro de Defensa .

2. Los que prcsten cl servicio militar en la mo-dalidad de servicio para la formaci6n de cuadros demando realizaran su periodo de formacibn comosoldados o marineros y el de practical con el em-pleo de alferez o alferez de fragata, que les ser5 con-cedido con caracter eventual .

Articulo 27.-Actividades en el servicio militarl . Los militares de reemplazo desarrollardn ac-

tividades tactical . T6cnicas y logistical, ant como ad-

ministrativas y aquellas otras necesarias para elmantenimiento y funcionamiento cotidiano de lasunidades, para to que recibiran la instrucci6n y for-macicin adecuadas con arreglo a to que se estableceen esta Ley. No se les podrAn encomendar tareasajenas al servicio .

Las actividades de los militares de reemplazo sedesarrollaran preferentemente en aquellas unidadescuyo nivel operativo, capacidad de reacci6n o am-bito de actuacibn se ajusten a la formaci6n que seadquiere durance el servicio militar . Cuando excep-cionalmente unidades en [as que est¬n destinadosscan asignadas a misiones con utilizaci6n exteriorde la Fuerza, el Gobierno informara al Congresode los Diputados.2. A puo Ib z que acrediten la posesi6n de titu-

Ios o especialidades de aplicaci6n en los Ejercitospodran ser destinados a puestos en los que realicencometidos relacionados con los mismos .3. Las tareas de protecci6n y seguridad, de pro-

tecci6n civil y del medio ambiente y de ayuda hu-manitaria que puedan encomendarse a las FuerzasArmadas tendran consideraci6n de actividades decaracter militar .4. La prestaci6n del servicio militar y las acti-

vidades reguladas en los apartados anteriores se ha-ran de cal forma que se adecuen a [as condicionespersonales de los militares de reemplazo .

Articulo 28.-Planes de instrucci6n

1 . Los planes de instrucci6n tienen por objetopreparar al militar de reemplazo para el desempe-no de los cometidos previstos en el articulo ante-rior y para facilitarle la integraci6n en su unidad .2. Los planes de instrucci6n tendran como com-

ponentes esenciales la formaci6n general militar, lainstrucci6n tactica, tecnica y de tiro y la formaci6nfisico-deport iva .

Articulo 29.-Formaci6n general militar

Mediante los programas de formaci6n generalmilitar, los soldados y marineros deberan conocerla organizaci6n basica y los objetivos de la defensanational y la funci6n que corresponde a las FuerzasArmadas en el ordenamiento constitutional, [as ca-racteristicas de los Ejercitos, el regimen general desun derechos y obligaciones, ]as normal de compor-tamiento y de r6gimen interior, el historial de suunidad y cuanto pueda afectarles en el cumplimien-to del servicio militar .

Articulo 30.-/nstrucci6n t6ctica, tecnica y de tiro

La instrucci6n tactica tiene por objeto prepararal militar de reemplazo para desempenar los come-tidos que le corresponden en el piano individual yen el conjunto de su unidad . Sera complementadacon la instrucci6n especifica de adaptaci6n al me-dio . Con las instrucci6n tecnica y de tiro se le faci-litara el conocimiento y empleo del armamento yde los medios que tenga que manejar.

Articulo 3/.-Formaci6n fisico-deportiva

La formaci6n fisica tendr5 por objeto capacitoral militar de reemplazo para el desempeno de ]as

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LEYES ORGANICAS

funciones que le son propias. Los programas de for-maci6n fisica tendran en cuenta las condiciones in-dividuales y las aptitudes naturales del militar dereemplazo y seran complementados con actividadesdeportivas para crear habitos de esta naturaleza .

Articulo 32.-Planes de adiestramiento

Los planes de adiestramiento, complementariosde la instrucci6n individual, tienen por objeto con-seguir una formaci6n colectiva e integrada de unconjunto do hombres, equipos y sistemas, para al-canzar la maxima operatividad y nivel de eficaciade Ias unidades .

Articulo 33.-Formaci6n y pr6cticas

1 . En los casos que exista correspondencia en-tre la formaci6n tdcnica necesaria para el desempe-rio de determinadas actividades militares y la quese requiere para otras similares de caracter civil, losprogramas de instrucci6n se ajustaran, en to posi-ble, a los correspondientes del sistema educativogeneral.2. Siempre quc las necesidades del servicio to

permitan se facilitara a los militares de reemplazola inclusi6n en programas de formaci6n ocupacio-nal para su posterior inserci6n en el ambito laboral.3. Los militares de reemplazo recibiran certifi-

caci6n de los servicios prestados, de las practicasrealizadas y de [as cualificaciones profesionales y es-pecialidades adquiridas, asi como, en su caso, lacorrespondencia con la formaci6n equivalente delsistema educativo general, de acuerdo con el siste-ma de homologaci6n o convalidaci6n establecidopor el Ministerio de Educaci6n y Ciencia .

Articulo 34.-Actividades complementarias

A los militares de reemplazo se les facilitar5 larealizaci6n, durante el tiempo libre, de actividadescomplementarias de tipo cultural, social, deportivoy recreativo . A estos efectos se estableceran acuer-dos o convenios con organismos e institucionesciviles .

Articulo 35.-Uniformidad, manutenci6n y aloja-miento

1 . A los militares de reemplazo se les suminis-trarA cl vestuario y equipo necesarios y se les pro-porcionara una manutenci6n adecuada, de acuerdocon las condiciones climatol6gicas y demas circuns-tancias en que desarrollen sun actividades .2. El alojamiento, el mobiliario y los enseres de

use de los militares de reemplazo deberan reunir lasadecuadas condiciones de habitabilidad, salubridady seguridad, de acuerdo con la tipificaci6n de in-fraestructura c instalaciones determinada por el Mi-nisterio de Defensa.

Articulo 36.-Prevenci6n de la drogadicci6n y delalcoholismo

En los tcrminos previstos en la Ley de RdgimenDisciplinario de [as Fuerzas Armadas los militaresde reemplazo no podran embriagarse ni consumir

drogas t6xicas, estupefacientes o sustancias psico-tr6picas . En todo caso, se estableceran medidaspreventivas de la drogadicci6n y del alcoholismo .

Articulo 37.-Gastos personales e indemnizaciones

1 . Los militares de reemplazo percibirAn unacantidad mensual para atender sus gastos persona-les durante el servicio militar . Sera fijada anualmen-te en la Ley de Presupuestos Generales del Estado .

2. Reglamentariamente se establecer6n las in-demnizaciones por raz6n del servicio, asi comoaquellas gratificaciones que puedan percibir los mi-litares de reemplazo, que tendran en cuenta las con-diciones de prestaci6n del servicio militar .

Articulo 38.-Suspensi6n de la prestaci6n del servi-cio militar

La prestaci6n del servicio militar podr5 suspen-derse, en las condiciones que reglamentariamentese determine, por motivos excepcionales y a peti-ci6n del interesado, quien completara el tiempo deprestaci6n a partir del momento de su reincorpora-ci6n . Su concesi6n es competencia del Ministro deDefensa .

CAPITULO 1V

Derechos y deberes de los militares de reemplazo

Articulo 39.-Derechos

Los militares de reemplazo son titulares de Insderechos y libertades establecidos en la Constitu-ci6n, sin otros limites en su ejercicio que los deter-minados en la propia Constituci6n, en las disposi-ciones de desarrollo de la misma, en las Reales Or-denanzas, en las [eyes penales y disciplinarias mili-tares y en esta Ley.

Articulo 40.-Deberes

1 . Los militares de reemplazo est5n obligadospor los deberes establecidos en la Constituci6n, enlas Reales Ordenanzas y en el resto del ordenamien-to juridico y sujetos al r6gimen general de las Fuer-zas Armadas y a las [eyes penales y disciplinarianmilitares .2. Durante el cumplimiento del servicio militar

los soldados y marineros prestaran juramentoopro-mesa, ante la Bandera, de defender a Espana conla lealtad al Rey y fidelidad a la Constituci6n . Laf6rmula se determina por Ley.

Articulo 41.-Obligaciones

El militar de reemplazo debera conocer y cum-plir exactamente las obligaciones contenidas en lasReales Ordenanzas, canto las de caracter generalmilitar como las especificas de su Ejercito y las pro-pias de su condici6n .

Articulo 42.-Caracteristicas del servicio en las Fuer-zas Armadas

1 . Los militares de reemplazo observaran las re-glas de disciplina y de respeto al orden jerarquico,

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caracteristicas indispensables para conseguir lamaxima eficacia de las Fuerzas Armadas.

2. De acuerdo con to previsto y con Ias limita-ciones establecidas en las Reales Ordenanzas, losmilitares de reemplazo deberan respetar a sus jefesy obedecerles en todo to que mandaren concernien-te al servicio .

3. El militar de reemplazo actuary con lealtady companerismo como expresi6n de su voluntad deasumir solidariamente las exigencies de la defensade Espafia y del mantenimiento de la paz y seguri-dad internacionales.

Articulo 43.-Neutralidad politica

El militar de reemplazo debera respetar el prin-cipio de neutralidad politica de las Fuerzas Arma-das y se abstendra de realizar actividades politicaso sindicales .

Articulo 44.-No discriminaci6n

1 . Los mititarcs de reemplazo no seran objetode discriminaci6n por raz6n de nacimiento, raza, re-ligi6n, opini6n ocualquier otra condici6n o circuns-tancia personal o social .2. En la documentaci6n de los militares de

reemplazo no pods figurar ning6n dato relativo alcredo religioso ni a opiniones politicas, sindicales oque puedan ser ocasi6n de discriminaci6n de losmismos .

Articulo 45.-Libertad ideol6gica, religiosa y deculto

1 . El ejercicio por el militar de reemplazo delos derechos dimanantes de la libertad ideol6gica,religiosa y de culto no tends otros limites, en susmanifestaciones, que los derivados de la salvaguar-dia de la discipline y la seguridad national .

2. Las manifestaciones a que se hate referenciaen el apartado anterior, cuando vayan a tener ca-racter pdblico y colectivo en acuartelamientos, bu-ques y bases, se atendran a [as normas de regimeninterior de los mismos, que estarAn en concordan-cia con to establecido en la presente Ley.

3. A los militares de reemplazo se les facititarael cumplimiento de los deberes religiosos, propor-cionandoles dentro del regimen interior de losacuartelamientos, buques y bases el tiempo necesa-rio pare la asistencia a los actos de culto. La asis-tencia a actos de caracter religioso sera voluntaria .

4. El militar do reemplazo tiene derecho a nodeclarar sobre su ideologia, religi6n o creencias .

Articulo 46.-Intimidad personal y secreto de lascomunicaciones

l . El militar de reemplazo tiene derecho a la in-timidad personal . Cuando existan indicios de la co-misi6n de un hecho delictivo, de una falta discipli-naria militar o to exija la protecci6n de la salud pu-blica o de la seguridad national, el jefe de la uni-dad autorizarA expresamente el registro correspon-dicnte, que se realizara ante testigos que refrendenel resultado y, si ello fuese posible, en presencia delinteresado .

2. Las revistas e inspecciones, salvo to previstoen el apartado anterior, deberAn respetar la intimi-dad de [as pertenencias del afectado y del mobilia-rio asignado para use personal .3 . El militar de reemplazo tends derecho al se-

creto de sus comunicaciones.

Articulo 47.-Libertad de circulaci6n

Los militares de reemplazo pueden circular libre-mente por el territorio nacional sin mas limitacio-nes que las derivadas de las exigencies del servicio .Para salir al extranjero se requerir5 la autorizaci6nprevia y expresa del jefe de la unidad en la que pres-te el servicio .

Articulo 48.-Libertad de expresi6n

El militar de reemplazo, en el marco de to dis-puesto en el articulo 39 de esta Ley, tiene derechoa la libertad de expresi6n. En su ejercicio no podsdifundir informaci6n legalmente clasificada relativaa la seguridad national y a la defense national o alos medios tecnicos o sistemas empleados por lasFucrzas Armadas ni la que, sin estar clasificada, co-nozca por raz6n de su destino.

Articulo 49.-Derecho de reuni6n

1 . El militar de reemplazo, en el ejercicio delderecho de reuni6n, no pods asistir de uniforme amanifestaciones publicas, ni a reuniones ptiblicasque no tuvieren caracter familiar, social o cultural .2. Las reuniones en acuartelamientos, buques,

bases y establecimientos militares deberan estarprevia y expresamente autorizadas por su jefe, quetendra en cuenta los limites impuestos por la salva-guarda de la discipline .

Artfculo 50.-Derecho de asociaci6nEl ejercicio del derecho de asociaci6n por el mi-

litar de reemplazo tiene sus limites cn la salvaguar-da de la discipline y en el principio de neutralidadpolitica en [as Fuerzas Armadas. En ningiin caso sepods ejercer el derecho de sindicaci6n dentro delos Ej6rcitos . Tampoco podrAn ejercitar el derechode huelga ni acciones colectivas de carActer rei-vindicativo.

Articulo 51.-Derecho de sufragio

1 . Los militares de reemplazo ejercerAn libre-mente el derecho de sufragio activo pare to que re-cibir5n las facilidades correspondientes .2. Para el ejercicio del derecho de sufragio pa-

sivo, a los militares de reemplazo se les suspendersla prestaci6n del servicio militar a partir del mo-mento de su inclusi6n en una candidature, con arre-glo a to establecido en la legislaci6n reguladora delRegimen Electoral.

Articulo 52.-Asistencia sanitaria

1 . Los militares de reemplazo tienen derecho aasistencia sanitaria y a la cobertura de la seguridadsocial de [as Fuerzas Armadas, de acuerdo con elregimen establecido por la Ley .

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LEYES ORGANICAS

2. Los militares de reemplazo serAn sometidosa reconocimientos que permitan conocer su estadopsicofisico y su adecuaci6n a los ejercicios y activi-dades que deban realizar .

Articulo 53.-/nformaci6n en caso de enfermedad oaccidence

1 . En caso de enfermedad, los militares dereemplazo, o sus familiares, tendr6n derecho a co-nocer el diagn6stico si to hubiera y el tratamientoa que son sometidos, a la confidencialidad de codala informaci6n relacionada con su proceso y, en ge-neral, a los derechos reconocidos en los apartados1 a 6, 8, 9 y 11 del articulo 10 de la Ley 14/1986,de 25 de abril, General de Sanidad.2. En caso de accidente producido durance la

prestaci6n del servicio militar, los militares dereemplazo y sus familiares tienen derecho a recibirla informaci6n no sometida a secreto judicial . An-tes de la conclusi6n del expediente que se instruyase dar3 audiencia de su contenido a los interesados .

Articulo 54.-Pensiones e indemnizaciones

Quienes cumpliendo el servicio militar fallezcan,se inutilicen, padezcan lesiones o sean dados pot de-saparecidos, siempre quc sea en acto de servicio ocomo consecuencia del mismo, causaran derecho apensi6n o indemnizaci6n de acuerdo con el regimenestablecido pot la Ley. Tendrdn consideraci6n deaccidentes en acto de servicio los que se produzcanal it o al volver del lugar del servicio .

Articulo 55.-Derechos de car6cter laboral y escolar

1 . Durante el servicio militar se tendr5 derechoa la reserva del puesto de trabajo que se desempe-naba antes de la incorporaci6n de acuerdo con toprevisto en la legislaci6n laboral.2. La suspensi6n del contrato de trabajo pot

servicio militar sera considerada, a efectos de la ac-ci6n protectors derivada de la seguridad social,como situaci6n asimilada a la de alta, con el alcan-ce y condiciones establecidas en la legislaci6n de laSeguridad Social .3. Los centros de ensenanza estaran obligados

a reservar las plazas a los estudiantes que fueran Ila-mados a cumplir el servicio militar .4. Los funcionarios p6blicos permanecerAn en

la situaci6n administrativa de servicios especialesdurance la prestaci6n del servicio militar .

Articulo 56.-Peticiones y recursos

1 . El militar de reemplazo podra ejercer indivi-dualmente el derecho de petici6n en los casos y conlas formalidades que senala su Ley reguladora e in-terponer recursos con arreglo a las leyes.2. El militar de reemplazo podrd dirigirse indi-

vidual y directamente al Defensor del Pueblo cuan-do considere que se ha producido una infracci6n desus derechos durance el servicio militar .

CAPITULO V

Reserva del servicio militar

Articulo 57.-Reserva del servicio militar

1 . Al finalizar el cumplimiento del servicio mi-litar los espanoles pasaran a la reserva con objetode constituir los efectivos que puedan reincorporar-se a prestar servicio en las Fuerzas Armadas con-forme a la legislaci6n reguladora de la movilizaci6nnacional . En esta situaci6n permanecerfin hasty el31 de diciembre del tercer ano posterior a la finali-zaci6n del servicio militar .2. A la reserva del servicio militar se pasara con

el empleo militar que se hubiera alcanzado deacuerdo con el articulo 26 de esta Ley y en el casodel servicio para la formaci6n de cuadros de man-do se consolidara el de alferez o alfdrez de fragataobtenido con caracter eventual .

3. Los espanoles que se encuentran en la reser-va del servicio militar no estaran sujetos al regimengeneral de derechos y obligaciones del personal de[as Fuerzas Armadas ni a las leyes penales y disci-plinarias militates . Comunicaran al Centro de re-clutamiento correspondiente sus cambios de resi-dencia o domicilio y se relacionaran con 6l paracualquier otra cuesti6n referente a su situaci6n enrelaci6n con el cumplimiento de sus obligacionesmilitares .

Articulo 58.-Reincorporaci6n a las Fuerzas Ar-madas

1 . El Gobierno podra ordenar la reincorpora-ci6n a [as Fucrzas Armadas de todo o parte del per-sonal que se encuentre en la reserva del servicio mi-litar, pot reemplazos completos o selectivamente,de acuerdo con la legislaci6n reguladora de la mo-vilizaci6n nacional .

2. La reincorporaci6n a las Fuerzas Armadasdel personal perteneciente a reemplazos no com-prendidos en la reserva del servicio militar requeri-r5 una norma con rango de Ley.

3. Los espanoles que Sean movilizados se rein-corporarfin con los empleos militares que hubicranalcanzado durante el servicio militar y tendrdn elmismo regimen que en el momento de la reincor-poraci6n corresponds a dichos empleos.

DISPOSICIONES ADICIONALES

Primers.-Alumnos de los centros docentes milita-res y militares de empleo

1. El tiempo permanecido como alumno de loscentros docentes militares de formaci6n y como mi-litar de empleo, asi como el de formaci6n y practi-cas para el acceso a la Guardia Civil, sera compu-table para la prestaci6n del servicio militar en la for-ma que reglamentariamente se determine.2. En el caso de tener cumplido el servicio mi-

litar, los militates de empleo pasaran a la reservadel mismo a la finalizaci6n o resoluci6n de su com-promiso y a los alumnos de los centros docentes mi-litares de formaci6n, que no se reintegren a su Es-

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Gala de origen, al causar baja en los mismos . Per-maneceran en ella hasta el 31 de diciembre del ter-cer ano posterior a su pase a la misma.

Segunda.-Cumplimiento del servicio militar en elextranjero

Se dara por cumplido el servicio militar a los es-panoles que, habiendo permanecido en el extranje-ro, se acojan a la validez mutua del servicio militarreconocida en convenio internacional o por haber-lo prestado en otro pais por imperativo inexcusablede su legislaci6n .

Tercera.-Servicio militar de clerigos y religiosos

El servicio militar de clerigos, religiosos y minis-tros confesionales en general se regira por to dis-puesto en esta Ley y en los Acuerdos o Conveniosde cooperaci6n con las Iglesias, Confesiones y Co-munidades Religiosas si los hubiere.

Cuarta .-Servicio militar de los deportistas de altonivel

El servicio militar de los deportistas de alto nivelse ajustara, ademas de a to establecido en la pre-sente Ley, a la Ley 10/1990, de 15 de octubre, delDeporte .

Quinta .-Modificaciones de la Ley 17/1989, de 19 dejulio, reguladora del Regimen del Personal MilitarProfesional

1 . El apartado 4 del articulo 47 de laLey 17/1989, de 19 de julio, reguladora del Regi-men del Personal Militar Profesional, queda redac-tado de la siguiente forma :

Los militates de empleo de la categoric de tro-pa y marineria profesionales que Ileven al menos unano de servicios efectivos en el empleo de Cabo Pri-mero podrAn acceder pot promoci6n interna a la en-senanza militar de grado basico reservandose paraellos al menos un sesenta pot ciento de las plazasconvocadas .»

2. El apartado 1 del articulo 105 de laLey 17/1989, de 19 de julio, reguladora del RBgi-men del Personal Militar Profesional, queda redac-tado de la siguiente forma:

«1 . La relaci6n de servicios de los militates deempleo se establecera mediante compromisos potperiodos limitados de tiempo . Dichos compromisospodran set prorrogados previa superaci6n de los re-quisitos y en las condiciones que reglamentariamen-te se establezcan . El tiempo cotizado como militarde empleo serfi objeto de c6mputo reciproco entrelos distintos regimenes de la Seguridad Social .))

3. El articulo 106 de la Ley 17/1989, de 19 dejulio, reguladora del Regimen del Personal MilitarProfesional, queda redactado de la siguiente forma:

<,Las plazas existentes para el acceso a militar deempleo de la categoric de oficial se anunciaran me-diante convocatoria publica y scrAn, cubiertas, potlos procedimientos de selecci6n que reglamentaria-

mente se determinen, de acucrdo con el articulo 44de esta Ley .,>4. El articulo 107 de la Ley 17/1989, de 19 de

julio, reguladora del REgimen del Personal MilitarProfesional, queda redactado de la siguiente forma :

,,Las plazas existentes para el acceso a militar deempleo de la categoria de tropa y marineria profe-sionales se anunciaran mediante convocatoria pu-blica y seran cubiertas por los procedimientos de se-Iccci6n que reglamentariamente se determinen, deacuerdo con el articulo 44 de esta Ley.»

Sexta.-Adaptaci6n de voluntarios especiales

Quienes a la entrada en vigor de esta Ley tenganla condici6n de voluntarios especiales quedaran in-tcgrados en esa fecha como militares de empleo dela categoric de tropa y marineria profesionales man-teniendo sus compromisos y los derechos que tuvie-ran adquiridos, asi comp su regimen retributivo entanto no se determine reglamentariamente el queles corresponda.

Septima.-Modifieaci6n del C6digo Penal

Se ariade una Secci6n Tercera al Capitulo Segun-do bis del Titulo Primero del Libro Segundo del C6-digo Penal, cuyo contenido queda redactado comosigue:

«SHCCION TERCERA

De los delitos contra el deber de prestaci6ndel servicio militar

Art . 135 bis. h) El que citado reglamentaria-mente para e1 cumplimiento del servicio militar uotras obligaciones militates no efectuare sin causalegal su incorporaci6n a las Fuerzas Armadas en elplazo fijado para ello, sera castigado con la pena dearresto mayor en su grado maximo a prisi6n menoren su grado minimo . En tiempo de guerra se im-pondra la pena de prisi6n menor, en sus grados me-dio o m6ximo, o la de prisi6n mayor en su gradominimo .

Art . 135 bis. i) El que citado reglamentaria-mente para el cumplimiento del servicio militar uotras obligaciones militates y sin haberse incorpo-rado a las Fuerzas Armadas rehusare sin causa le-gal este cumplimiento sera castigado con la pena deprisi6n menor en su grado medio o maximo y la in-habilitaci6n absoluta durante el tiempo de la con-dena . En tiempo de guerra se impondra la pena deprisi6n mayor o la de reclusi6n menor en su gradominimo . Una vez cumplida la condena impuesta elpenado quedar5 exento del cumplimiento del servi-cio militar, excepto en caso de movilizaci6n pot cau-sa de guerra .,,

Octava.-Modificaciones del C6digo Penal Militar

1 . Se introduce un pSrrafo tercero en el articu-lo 102 del C6digo Penal Militar, con la siguienteredacci6n :

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LEYES ORGANICAS

«Si la desobediencia consistiera en rehusar per-manentemente el cumplimiento de las obligacionesmilitares, se impondra la pena de dos anos y cuatromeses a seis anos de prisi6n y la de perdida deempleo .»2. El articulo 119 del C6digo Penal Militar que-

da redactado como sigue :

-El militar profesional que injustificadamente seausentare de su unidad, destino o lugar de residen-cia por mfis de tres dias o no se presentare, pudien-do hacerlo, transcurrido dicho plazo desde el mo-mento en que debi6 efectuar su incorporaci6n serAcastigado con la pena de tres meses y un dia a tresanos de prisi6n. En tiempo de guerra, la ausenciapor mas de veinticuatro horas ser5 castigada con lapena de prisi6n de tres a diez anos .»3. Se anade un articulo 119 bis al C6digo Penal

Militar, cuyo contenido queda redactado comasigue :

-El militar de reemplazo que injustificadamentese ausentare de su unidad, destino o lugar de resi-dencia pot mas de quince dias o no se presentare,pudiendo hacerlo, transcurrido dicho plazo desde elmomento en que debi6 efectuar su incorporacion,sera castigado con la pena de tres meses y un dia atres anos de prisi6n. En tiempo de guerra, la au-sencia pot mAs de veinticuatro horas sera castigadacon la pena de prisi6n de tres a diez anos .»4. El articulo 120 del C6digo Penal Militar que-

da redactado como sigue:

«Comete deserci6n el militar que con animo desustraerse permanentemente al cumplimiento desus obligaciones militares se ausentare de su uni-dad, destino o lugar de residencia . Sera castigadocon la pena de dos anos y cuatro meses a seis anosde prisi6n . En tiempo de guerra sera castigado conla pena de prisi6n de seis a quince anos .»

5 . Ouedan sin contenido los articulos 105, 124,127 y 128 del C6digo Penal Militar .

Novena .-Modificaciones de la Ley Procesal Militar

Las infracciones 1." y 2 .' del articulo 384 de laLey Organica 2/1989, de 13 de abril, Procesal Mili-tar quedaran redactadas como sigue:

«1 .° Delitos de abandono de destino o residen-cia tipificados en Ins articulos 119 y 119 bis del C6-digo Penal Militar .

2 .' Delitos de deserci6n tipificados en el articu-lo 120 del C6digo Penal Militar, y de quebranta-mientos especiales del deber de presencia tipifica-dos en el articulo 123 del C6digo Penal Militar .»

D9cima.-Modifcaciones eel Regimen Disciplinariode las Fuerzas Armadas

1 . El articulo 3 .° de la Ley Organica 12/1985,de 27 de noviembre, de Regimen Disciplinario delas Fuerzas Armadas queda redactado como sigue :

vEstan sujetos a to dispuesto en la presente Leylos militates de camera y Ins militates de empleoque mantienen una relaci6n de servicios profesio-

nales, salvo que, segun to previsto en laLey 17/1989, de 19 de julio, reguladora del Regi-men del Personal Militar Profesional, pasen a situa-ciones administrativas en [as que dejen de estar su-jetos al regimen general de derechos y obligacionesdel personal de las Fuerzas Armadas y a las leyespenales y disciplinarias militares .A los militares de reemplazo les sera de aplica-

ci6n durante la prestaci6n del servicio militar . Tam-bien les ser5 de aplicaci6n e los espanoles que se in-corporen a prestar servicio en [as Fuerzas Armadas,por aplicaci6n de la legislaci6n reguladora de la mo-vilizaci6n nacional .»

2 . El apartado 9 del articulo 8.° de la Ley Or-ganica 12/1985, de 27 de noviembre, de RegimenDisciplinario de las Fuerzas Armadas queda redac-tado como sigue:

«9 . La ausencia del destino sin autorizaci6n porun plazo inferior a veinticuatro horas de los milita-res profesionales y e siete dias de los militates dereemplazo.»

3. El apartado 15 del articulo 8." de la Ley Or-ganica 12/1985, de 27 de noviembre, de RegimenDisciplinario de [as Fuerzas Armadas queda redac-tado como sigue:

«15. Ofender a su subordinado o companerocon acciones o palabras indecorosas o indignas .»

4. El apartado 18 del articulo 9.° de la Ley Or-g5nica 12/1985, de 27 de noviembre, de RegimenDisciplinario de las Fuerzas Armadas queda redac-tado como sigue:

18 . Realizar ecciones que supongan vejaci6n omenosprecio a subordinedos o companeros, dejarde auxiliar al companero en peligro o Ilevar a caboacciones u omisiones contrarias a la dignidad mili-tar susceptibles de producir descredito o menospre-cio de [as Fuerzas Armadas .»

5. El apartado 23 del articulo 9." de la Ley Or-g5nica 12/1985, de 27 de noviembre, de RegimenDisciplinario de las Fuerzas Armadas queda redac-tado como sigue :

23 . En tiempo de paz, la auscncia del destinosin autorizaci6n en el plazo de veinticuatro horas atres dias de los militates profesionales y de siete aquince digs de los militates de reemplazo.»

6. Se anade un segundo parrafo al articulo 64de la Ley Organica 12/1985, de 27 de noviembre,de Regimen Disciplinario de las Fuerzas Armadascon la siguiente redacci6n:

«Para los militates de empleo la separaci6n delservicio supondra la resoluci6n del compromiso quetuvieran contraido.»

7. La Disposici6n adicional tercera de la LeyOrganica 12/1985, de 27 de noviembre, queda re-dactada como sigue:

«1 . Los alumnos de los centros docentes milita-res de formaci6n estaran sujetos a to previsto enesta Ley, teniendo en cuenta que las sanciones potinfracciones disciplinarian militates se cumpliran enel propio centro y sin perjuicio de la participaci6n

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LEY ORGANICA 13/1991, DE 20 DE DICIEMBRE

del alumno en las actividades academicas y que elexpediente disciplinario que se incoe por falta gra-ve podra tener como resultado la baja del alumnoen el centro docente militar . La potestad para im-poner dicha sanci6n correspondera al Secretario deEstado de Administraci6n Militar. Contra dichasanci6n se podra interponer recurso ante el Minis-tro de Defensa .2. Las infracciones de carActer academico no

estan incluidas en el regimen disciplinario militar .Dichas infracciones y las correspond ientes sancio-nes, que no podrfin suponer para el alumno restric-cion o privaci6n de libertad, se determinaran en lasnormas de r6gimen interior de los centros docentesmilitares que apruebe el Ministro de Defensa.»

Undecima.-Merito de servicios prestados

El tiempo de servicio en las Fuerzas Armadascomo militar de reemplazo o militar de empleo, seconsiderarA como merito para el ingreso en la Ad-ministraci6n militar, en la Guardia Civil, en elCuerpo Nacional de Policia o en )as Policias Auto-n6micas de las respectivas Comunidades Aut6no-mas y para el acceso a puestos de trabajo del Mi-nisterio de Defensa y sus Organismos Autonomos,de la forma que reglamentariamente se determine.

Duodecima.-Titulo competencial

El articulo 55 .3 y la Disposici6n adicional undd-cima de esta Ley se dictan al amparo de to previstoen cl articulo 149.1 .1, 18 y 30 de la Constituci6n .

Decimotercera.-Modificaciones de la Ley 48/1984,de 26 de diciembre, reguladora de la objeci6n deconciencia y de la prestaci6n social sustitutoria

1 . Se da nueva redacci6n al articulo 3.°, apar-tado 1, de la Ley 48/1984, de 26 de dicicmbre:

«1 . En el escrito de solicitud se harfin constar,ademAs de los datos personales y de la situaci6n mi-litar del interesado, los motivos de conciencia quese oponen al cumplimiento del servicio militar, asicomo ]as aptitudes y las preferencias para realizarla prestaci6n social sustitutoria . Asimismo, el inte-resado podra adoptar cuantos documentos y testi-monies estime pertinente a fin de acreditar las ma-nifestaciones alegadas .»

2. Se da nueva redacci6n al articulo 8.", apar-tado 1, de la Ley 48/1984, de 26 de diciembre:

«1 . El regimen de la prestaci6n social sustituto-ria comprendera las situaciones de disponibilidad,actividad y reserva .»

3 . Se da nueva redacci6n al articulo 8 .", apar-tado 3, de la Ley 48/1984, de 26 de diciembre :

3 . En la situaci6n de actividad, el objetor rea-lizara ]as actividades propias de la prestaci6n socialsustitutoria en un regimen analogo al establecidopara el servicio militar . La duraci6n de la situaci6nde actividad sera fijada per el Gobierno medianteReal Decreto. En todo case, comprender5 un pe-riodo de tiempo que no ser5 inferior a trece mesesni superior a dieciocho.»

4 . Se da nueva redacci6n al articulo 8.°, apar-tado 4, de la Ley 48/1984, de 26 de diciembre:

4. La situaci6n de reserva empezarA el dia si-guiente del termino de la situaci6n de actividad yse extenders hasta el treinta y uno de diciembre deltcrcer ano posterior a la finalizaci6n de la presta-ci6n social sustitutoria del servicio militar . En estasituaci6n, el Gobierno podra acordar la reincorpo-raci6n de los objetores en los supuestos previstosen la normativa sobre servicio militar y moviliza-cion nacional, a fin de realizar las tareas previstasen el articulo 6.4 de la presente Ley.»

5. Se da nueva redacci6n al articulo 9." de laLey 48/1984, de 26 de diciembre:

(<Los aplazamientos y exenciones de la prestaci6nsocial sustitutoria del servicio militar serfin regula-dos en el Reglamento que desarrolle esta Ley deforma que dicha prestaci6n quede equiparada en es-tas material con el servicio militar.»

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Primers.-Duraci6n del servicio militar

l . La duraci6n de nueve meses del servicio mi-litar sera de aplicaci6n a partir del reemplazo quese incorpore a las Fuerzas Armadas en el ano 1992 .El Ministro de Defensa establecera la reducci6n deltiempo del servicio militar del ultimo Ilamamientoincorporado en el ano 1991 .2. A los que a la entrada en vigor de la presen-

te Ley se encontrasen prestando el Servicio Militaracogidos a la reducci6n del servieio en filas por te-ner veintiocho o mss anos do edad, se les manten-dra la duraci6n de leis meses.

Segunda.-Permanencia en reserva del servicio mi-liiar

El pale a la reserva del servicio militar, con arre-glo a to previsto en esta Ley, sera de aplicaci6n apartir del reemplazo correspondiente al ano 1991 .El personal que hubiera prestado el servicio militaren reemplazos anteriores permanecera en reservahasta el treinta y uno de diciembre del ano en quese indica en el siguiente calendario :

- Los nacidos en los anos 1968 y anteriores :1991 .- Los nacidos en el ano 1969 : 1992 .- Los nacidos en el ano 1970 : 1993 .- Los nacidos en los anos 1971 y posteriores :

1994 .

Tercera.-Voluntarios normales y Cruz Roja

1. Los voluntaries normales que a la entrada envigor de esta Ley se encuentren prestando el servi-cio militar podran rcducir su compromise a docemeses, conservando todos los demas derechos yobligaciones .

2 . Ouienes a la entrada en vigor de esta Ley hu-biesen sido admitidos para prestar el servicio mili-tar come voluntarios normales podrAn incorporarseen condiciones de tales para prestar un servicio de

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LEYES ORGANICAS

doce meses y con los derechos reconocidos en laconvocatoria .3. Los que se incorporen a prestar el servicio

voluntario en la Cruz Roja durance el ano 1992 seajustar5n a to previsto en sus respectivas convoca-torias, con una duraci6n del servicio de doce meses.

Cuarta.-Voluntariado especial en la Guardia Civil

Hasta que se determine reglamentariamente elregimen de los militares de empleo en la GuardiaCivil y por un periodo mAximo de dos anos a partirde la entrada en vigor de la presente Ley, se man-tendra el voluntariado especial en la Guardia Civil.

Quinta.-Alumnos de los /nstitutos Politt'cnicos delEj9rcito de Tierra

Quienes a la entrada en vigor de esta Ley se en-cuentren cursando estudios como alumnos de losInstitutos Politecnicos del Ejdrcito de Tierra, po-dr6n incorporarse a las Fuerzas Armadas como mi-litares de empleo en las condiciones vigentes en elmomento de su ingreso en los citados Institutos .

Sexta.-Normal reglamentarias

Hasta la entrada en vigor de [as normal regla-mentarias que desarrollen la presente Ley, sera deaplicaci6n el Reglamento do la Ley del Servicio Mi-litar qprobado por Real Decreto 611/1986, de 21 dematzo, en cuanto no se oponga a to dispuesto en lapresente Ley .

Septima.-Aplicaci6n de preceptos penales y dis-ciplinario

1 . Los preceptor penales y disciplinarios de lapresente Ley se aplicardn a las infracciones que secometan a partir de su entrada en vigor. Igualmen-te se aplicaran a [as infracciones cometidas con an-terioridad cuando las disposiciones de esta Ley Seanmss favorables, previa audiencia de los infractores,de modo que los hechos punibles incluidos en la an-terior redacci6n del articulo 120 del C6digo PenalMilitar cometidos hasta la entrada en vigor de estaLey, scan sancionados conforme a to dispuesto enel articulo 119 bis del C6digo Penal Militar o en losarticulos 8.9 y 9.23 de la Ley Organica de RegimenDisciplinario de las Fuerzas Armadas. Se revisarande officio o a instancia de parte las sentencias firmesno ejecutadas .2. Los Tribunales Militares y los Jueces Toga-

dos Militates remitiran a los 6rganos judiciales dela Jurisdicci6n Ordinaria los procedimientos que si-gan pot delitos de no incorporaci6n a filas o pot ne-gativa a la prestaci6n del servicio militar, cualquie-ra que sea su estado procesal incluso si estuviere se-nalada vista. Los recursos de casaci6n interpuestoscontra sentencias que hayan enjuiciado estos deli-tos continuaran la tramitaci6n hasta su fallo.

Los Jueces y Tribunales de la Jurisdicci6n Ordi-naria competentes para el enjuiciamiento de los de-litos objeto de comprobaci6n y esclarecimiento enestos procedimientos aplicaran los articulos 124 y127 del C6digo Penal Militar que se derogan .

3. Quienes a la entrada en vigor de esta Ley ypor aplicaci6n de los articulos 124 y 127 del C6digoPenal Militar derogados hayan sido objeto de con-dena, cumplirAn las penal de privaci6n de libertaden establecimientos penitenciarios comunes.

Octavo.-Regimen transitorio de la prestaci6n socialsustitutoria

l . La duraci6n de la situaci6n de actividad enel r6gimen de la prestaci6n social sustitutoria delservicio militar que file el Gobierno, de acuerdo conto previsto en esta Ley, sera de aplicaci6n a quie-nes se incorporen a la prestacidn social sustitutoriaa partir de 1992 . El Ministro de Justicia establecerael calendario de reducci6n del tiempo de prestaci6nde quienes se hayan incorporado con anterioridad,que conservaran, en cuanto to tuvieran con arregloa la normativa anterior, el derecho a que se les re-duzca a la mitad los dieciocho meses que inicial-mente debian prestar.2. El pase a la situaci6n de reserva de la pres-

taci6n social sustitutoria del servicio militar, conarreglo a to previsto en la presente Ley, sera de apli-caci6n a los incorporados a partir del segundo se-mestre de 1990 . Los objetores que hubieren pres-tado el servicio militar o realizado la prestaci6n so-cial sustitutoria con anterioridad al 30 de junio de1990 permanecer5n en reserva hasta el 31 de di-ciembre del ono que se indica a continuaci6n :

- Los nacidos en los anos 1968 y anteriores :1991 .- Los nacidos en el ono 1969 : 1992 .- Los nacidos en el ono 1970 : 1993 .- Los nacidos en los anos 1971 y posteriores:

1994 .

DISPOSICION DEROGATORIA

Quedan derogadas las siguientes disposiciones :La Ley 19/1984, de 8 de junio, del Servicio Militar;el Decreto-ley 22/1963, de 21 do noviembre, sobreServicio Militar de Mineros: la Ley 151/1963, de 2de diciembre, sobre el haber a percibir (en mano),pot la Tropa, y cuantas otras disposiciones de igualo inferior rango se opongan a to establecido en lapresence Ley.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.-Formaci6n de los militates de carrera

Todos los asuntos relacionados con el servicio mi-litar estardn incluidos en los planes de estudios delos centros docentes militares de formaci6n y en loscursor de perfeccionamiento de caracter general delos militates de carrera .

Segunda.-Servicio en organizaciones con fines deinteres general

1 . El Gobierno, teniendo en cuenta las necesi-dades del planeamiento de la defensa militar, po-

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LEY ORGANICA 13/1991, DE 20 DE DICIEMBRE

dra asignar efectivos al servicio en la Cruz Roja uotras organizaciones con fines de intenes general .Dicho servicio se ajustara a las normas reglamen-tarias vigentes y a las que dicte el Gobierno, tenien-do en cuenta que el encuadramiento de este perso-nal y la direction del servicio que realicen sera efec-tuada por [as organizaciones a [as que vayan desti-nados con independencia de la Administraci6n Mi-litar .

2. La prestacidn de este servicio tendra los mis-mos efectos que los del servicio militar . Su dura-cion ser5 de once meses si se realiza con caracter vo-luntario y la misma que el servicio militar obligato-rio en caso contrario.

nisterio de Defensa para que pueda cstablecer Con-venios de colaboracidn con el Ministerio de Sani-dad y Consumo y con el resto de las Administra-ciones Publicas para la realizacibn de las pruebasde aptitud psicofisica para cl cumplimiento del ser-vicio militar .

Quinta.-Car6cter de Ley ordinaria

Tienen el caracter de Ley ordinaria los siguien-tes preceptor de esta Ley: 1 a 38, 40 .2, 41, 52 a 55,56 .2 a 58 . Disposiciones adicionales primera a sex-ta y unddcima a decimotercera ; transitorias prime-ra a sexta y octava, derogatoria y finales primera acuarta .

Tercera.-Cuerpo National de Policia y PoliciasAutonomicas

La permanencia en el Cuerpo National de Poli-cia o cn las Policias Autonbmicas de las respectivasComunidades Autdnomas durante un periodo mi-nimo de cinco anos tendra los mismos efectos quela prestacidn del servicio militar .

Cuarta.-Reconocimientos medicos

A los efectos de dar cumplimiento a to estable-cio en el articulo 10 de esta Ley, se habilita al Mi-

Sexta.-Entrada en vigor

La presente Ley Organica entrara en vigor el 31de diciembre de 1991 .

Portanto,Mando a todos los espanoles, particulares y au-

toridades, que guarden hagan guardar esta Ley.Madrid, 20 de diciembre de 1991 .

JUAN CARLOS R.El Presidentc del Gobierno,

FELIPE GONZALEZ MARQUEZ

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