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~PODmR y DOMINAOIÓN 4il

§ ,16. Poder significa la ¡pr0B~bDliaaae1ein~p0ñeF' ¡lahpi:qpi:i'v:q}t1n~~c1e1'1üto([e~1!1na'rélaci6ns0cia~~ at:1:n!contra teCla r~siiteñ~fitijY'ieó"al!fl¡j¡iera'1q~:e...

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"1' CONCEPTOS SOOIOLÓOIOOS Jl'UNDAMItN'l'ALR8

la 'pretensión al monopolio legitimo de la coacción física para el manteni.miento del'orden vigente. Dícesede una Ilcciónque está poltticamente oríen-tacla cuando y en la medida en que tiende a influir en la dirección de unaasociación política; en especial a la apropiación o expropiación, a la nuevadistribución o atribución de los poderes gubernamentales.

Por asociaciónhierocráticqdebe entenderse una asociaciónde dominación,cuando y en la medida en que aplica para la garantía de su orden la coacciónpsíquica, concediendo y rehusando bienes de salvación (coacción hierocrá-tica). Debe entenderse por iglesia un instituto hierocrático de actividadcontinuada, cuando y en la medida en que su cuadro administrativo mantienela' pretensión al monopolio legítimo de la coacción hierocrática.

, l. Es de suyo evidente que en las asociacionespolíticas no es la coacción físicael único medio administrativo, ni tampoco el normal. Sus dirigentes utilizan todoslos medios posibles para la realización de sus fines. Pero su amenaza y eventualempleo es ciertamente su medio específico y, entodas partes, la ultima ratio cuandolos demás medios fracasan. No s610han sido las asociaciones políticas las que hanempleado como medio legítimo la coacción física, sino, asimismo, el clan, la casa,la hermandad y, en la Edad Media, en ciertas circunstancias, todos los autoriza-dos a llevar armas. Allddo de la circunstancia de que la coacción física se aplique(por lo menos como ultima ratio) para el mantenimiento y garantía de sus "orde-naciones", caracteriza también a la asociación política el hecho de que la domina-ción de su cuadro administrativo y de sus ordenamientos mantengan su pretensiónde validez para un territorio determinado, y que esta pretensión esté garantizadapor la fuerza. Siempre que esta característica se reconozca en cualquier clase deasociación y que hagan uso de la fuerza -comunidades de aldea, comunidadesdomésticas o asociaciones gremiales u obreras ("consejos")-, deben ser conside-r~das como asociaciones políticas. .

2. No es posible definir una asociación politica -incluso el "estado"- seña-lando los fines de la "acción de la asociáción". Desde el cuidado de los abasteci-mientos hasta la prot~ón del arte, no ha existido ningún fin que ocasionalmenteno haya sido perseguido por las asociaciones políticas; y no ha habido ningunocomprendido entre la protección de la seguridad personal y la declaración judicialdel derecho que todas esas asociaciones hayan perseguido. ~ólo se puede. definir,por eso, el carácter politico de una asociación por el medio -e~evado en determi-nadas circunstancias al fin en sí- que sin serIe exclusivoes ciertamente específicoy para su esencia indispensable: la coacción física. Esto no corresponde por com-pleto al uso corriente del lenguaje; por eso no puede ser utilizado sin una mayorprecisión. Se habla de la "política de divisas" de un banco nacipnal, de la "políticafinanciera" de la gerencia de un grupo de empresas, de la "política escolar" de unayuntamiento y se alude siempre con ello a la conducci6n y tratamiento pl!!neadodel asunto en cuestión. En forma más característica se separan el aspecto polí-.tiC9 de un asunto o los,'funcionarios "políticos", los' diarios "políticos", la revolu-ción "política", la unión "política", el partido "pplítico", las consecuencias "poli-.ticas", de los otros aspectos y características -económicos, culturales, religiosos-de las personas, cosas y procesosen cuestión, y se alude con ello a todo lo que tieneque ver con las relaciones de dominación dentro de la asociación política (delestado), y cuyo mantenimiento, desplazamiento o transformaCión pueden produ-cir. impedir o fomentar, oponiéndol0 a aquellas personas, cosas o procesos quenada tienen que ver en esto. En este uso corriente del lenguaje se busca, pues, 1o

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ASOCIACIÓN POLíTICA Y HIEROCRÁTICA 45

común cn el medio: la dominación; y especialmente la forma como ésta se ejercepor los poderes de gobierno, con exclusión de los fines a que la dominación sirve.Por lo cual puede afirmarse que la definición aquí aceptada tio es más que unaprecisión de lo contenido en el uso corriente del lenguaje, en cuanto que en ésteICIIcentóa enérgicamente lo que de hecho es específico: la coacción física (actualo Qvcl1tual). Cierto también que el lenguaje corriente llama "asociaciones políti-(,1AA"no sólo a aquellassoportede la coacciónconsideradacomo legítima, sinoInmbién, por ejemplo, a partidos y clubs, con pretensión de influir (sin violencia,lellón propias declaraciones) en la acción política de la asociación. Empero,elebe separarse esta clase de acción social como "políticamente orientada", de la11nMntica acci6n política de la asociación (en el sentido, esta última, del § 12 n9 3).

3. Es conveniente definir el concepto de estado en correspondencia con elmoderno tipo del mismo -ya que en su pleno desarrollo es enteramente moder-110""-,pero con abstracción de sus fines concretos y variables, tal como aquí yAhoralos vivimos. Caracteriza ¡hoy formalmente al estado el ser un orden jurídicoy ndministrativo --cuyos pr~,eptos pueden variarse- por el que se orienta lalIaUvidad-"acción de la asoéiación"- del cuadro administrativo (a su Vezregu-Indn por preceptos estatuidos) y el cual pretende validez no sólo frente a losIIIlmnbrosde la asociación--que pertenecen a ella esencialmente por nacimiento--,Ino también respecto de toda acción ejecutada en el territorio a que se extiende-lAdominación (o sea, en cuanto "instituto territorial"). Es, adeD,lás,caracterÍs-.lIeo: el que hoy sólo exista coacción "legítima" en tanto que el orden estatal la¡»ormitao prescriba (por ejemplo, este orden deja al padre "poder disciplinario";IIn resto de lo que fue en su tiempo potestad propia del señor de la casa, quedllponla de la vida de hijos y esclavos). Este carácter monopólico del poder esta-'nI t'll una característica tan esencial de la situaci6n actual como lo es su carácterdu Instituto racionaly de empresa.continuada.

,lo Para el concepto de asociación hierocrática no es característica decisiva la(!lnsede los bienes de salvación ofrecidos -de este mundo o del otro, externos() IlItcmos-, sino el hecho de que su administración pueda constituir el funda-monto de su dominación espiritual sobre un conjunto de hombres. Para el.con-capto de iglesia,por el contrario -y de acuerdo con el lenguaje corriente (adecuado(/11elite caso)-,es característico su carácter de instituto racional y de empresa(rollltivamente) continuada, como se exterioriza en sus ordenaciones, en su cuadroIIdmlnistrativo y en su pretendida dominación mcmopálica. A su tendencia nor-111111dc instituto eclesiástico corresponde su dominación territorial hierocrática y111Articulación territorial (parroquial); si bien, según el caso concreto, tiene quenontt'8tarse de modo diverso la cuestión de cuáles sean los medios que dan fuerza. tilASUpretensi6n. mon0p6lica. pero en realidad el monopolio de dóminación',rrltoría! no ha sido nunca tan esencial para la iglesia como para la asociación polí-licll, y hoy desde luego, en modo alguno. El carácter (fe instituto, especialmentela condición,de que se "nazca'" dentro de una iglesia, la separa de la "sechi", cuya('IINQwdsticaes ser unión, que sólo acoge personalmente a los religiosamente cali-tklldo8. (l.os detalles pertenecen a la sociología de la religión.)

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