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LIBERTADES DE LIBERTADES DE INTEGRACIÓN SOCIAL INTEGRACIÓN SOCIAL PROFESOR PROFESOR JULIO M. MUÑOZ VILLA JULIO M. MUÑOZ VILLA DERECHO CONSTITUCIONAL DERECHO CONSTITUCIONAL

Libertades de integración social

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Page 1: Libertades de integración social

LIBERTADES DE LIBERTADES DE INTEGRACIÓN SOCIALINTEGRACIÓN SOCIAL

PROFESORPROFESORJULIO M. MUÑOZ VILLAJULIO M. MUÑOZ VILLA

DERECHO CONSTITUCIONALDERECHO CONSTITUCIONAL

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GENERALIDADESGENERALIDADES

Estos derechos fundamentales son Estos derechos fundamentales son esenciales para la consolidación esenciales para la consolidación democrática de una sociedad.democrática de una sociedad.

Protegen las diferentes fases del Protegen las diferentes fases del proceso, a través, del cual los individuos proceso, a través, del cual los individuos de una masa atomizada se integran en la de una masa atomizada se integran en la sociedad. sociedad.

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ART.19 Nº 12 C.P.E. 1980ART.19 Nº 12 C.P.E. 1980LIBERTAD DE OPINIÓN Y DE LIBERTAD DE OPINIÓN Y DE INFORMACIÓN INFORMACIÓN

1° La libertad de opinión implica el derecho de 1° La libertad de opinión implica el derecho de expresar libremente y sin autorización previa, expresar libremente y sin autorización previa, opiniones políticas, filosóficas, científicas o opiniones políticas, filosóficas, científicas o religiosas, sea por palabra, sea por escritura. religiosas, sea por palabra, sea por escritura.

2° Antecedentes.2° Antecedentes. Art. 23 Reglamento Constitucional de 1812 Art. 23 Reglamento Constitucional de 1812 “La “La

imprenta gozará de una libertad legal; y para que imprenta gozará de una libertad legal; y para que esta no degenere en licencia nociva a la religión, esta no degenere en licencia nociva a la religión, costumbres y honor de los ciudadanos y del país, costumbres y honor de los ciudadanos y del país, se prescribirán reglas por el Gobierno y el Senado”.se prescribirán reglas por el Gobierno y el Senado”.

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Esta norma no es más que una manifestación Esta norma no es más que una manifestación de la vinculación de la libertad de opinión con de la vinculación de la libertad de opinión con la difusión de ideas por medio de la imprenta. la difusión de ideas por medio de la imprenta. Muy propio de los primeros tiempos de Muy propio de los primeros tiempos de desarrollo de esta libertad.desarrollo de esta libertad.

3° Tres aspectos comprende esta 3° Tres aspectos comprende esta garantía:garantía: El derecho a emitir opinión.El derecho a emitir opinión. La libertad de información.La libertad de información. El derecho a recibir información.El derecho a recibir información.

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4° El derecho a emitir opinión.4° El derecho a emitir opinión. - Es la facultad de toda persona para - Es la facultad de toda persona para

exteriorizar por cualquier medio, sin exteriorizar por cualquier medio, sin coacción, lo que piensa o cree.coacción, lo que piensa o cree.

- Se garantiza este derecho en cualquier - Se garantiza este derecho en cualquier forma y por cualquier medio. En esta forma y por cualquier medio. En esta fórmula amplia se quiere comprender todo fórmula amplia se quiere comprender todo medio técnico susceptible de trasmitir el medio técnico susceptible de trasmitir el pensamiento, ya sea de palabra, por pensamiento, ya sea de palabra, por escrito, mediante imágenes o cualquier escrito, mediante imágenes o cualquier otra modalidad.otra modalidad.

Se garantiza también que esta libertad de Se garantiza también que esta libertad de emitir opiniones es sin censura previa. No emitir opiniones es sin censura previa. No hay un control preventivo de esta libertad. hay un control preventivo de esta libertad.

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- El sistema consagrado es represivo. Se - El sistema consagrado es represivo. Se ejerce plenamente la libertad de opinar en ejerce plenamente la libertad de opinar en cualquier forma y por cualquier medio, cualquier forma y por cualquier medio, pero una vez ejercida, si se cometieron pero una vez ejercida, si se cometieron delitos o abusos, se sancionarán en delitos o abusos, se sancionarán en conformidad a la ley. Por ejemplo, conformidad a la ley. Por ejemplo, cometer los delitos de calumnia o de cometer los delitos de calumnia o de injuria.injuria.

- La Ley de Reforma constitucional N° - La Ley de Reforma constitucional N° 19.742 de 25 de agosto de 2001, 19.742 de 25 de agosto de 2001, reemplazó el párrafo o inc. final del N° 12 reemplazó el párrafo o inc. final del N° 12 Art. 19 por el siguiente: Art. 19 por el siguiente: “La ley regulará un “La ley regulará un sistema de calificación para la exhibición sistema de calificación para la exhibición de la producción cinematográfica”.de la producción cinematográfica”.

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- De este modo se eliminó el sistema de - De este modo se eliminó el sistema de censura para la exhibición y publicidad de censura para la exhibición y publicidad de la producción cinematográfica. Es la ley Nla producción cinematográfica. Es la ley N° 19.846 sobre calificación de la ° 19.846 sobre calificación de la producción cinematográfica que fue producción cinematográfica que fue publicada en el D.O. el 04 de enero de publicada en el D.O. el 04 de enero de 2003. 2003.

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5° La libertad de Información.5° La libertad de Información. - Es un complemento de la libertad de - Es un complemento de la libertad de

opinión. Permite hacer partícipes a los opinión. Permite hacer partícipes a los demás de las diversas opiniones emitidas.demás de las diversas opiniones emitidas.

- En definitiva esta libertad se refiere a la - En definitiva esta libertad se refiere a la comunicación que realizan de las noticias comunicación que realizan de las noticias los medios informativos y que inciden en los medios informativos y que inciden en la formación de la opinión pública. la formación de la opinión pública.

- La regulación, garantías y limitaciones - La regulación, garantías y limitaciones son las mismas que en la libertad de son las mismas que en la libertad de opinión.opinión.

- En esta libertad queda igualmente - En esta libertad queda igualmente comprendida el derecho a recibir comprendida el derecho a recibir información. información.

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6° Derecho de Respuesta. Art. 19 N° 12 6° Derecho de Respuesta. Art. 19 N° 12 C.P.E. 1980.C.P.E. 1980. - Para que se origine este derecho a - Para que se origine este derecho a

respuesta o rectificación, debe haberse respuesta o rectificación, debe haberse ofendido o aludido injustamente a la persona. ofendido o aludido injustamente a la persona. No cualquier alusión a la persona da derecho No cualquier alusión a la persona da derecho a réplica.a réplica.

7° En cuanto a la titularidad de los medios 7° En cuanto a la titularidad de los medios de comunicación social.de comunicación social. - Se refiere a la facultad para establecer, - Se refiere a la facultad para establecer,

mantener y explotar los medios de mantener y explotar los medios de comunicación social, poseer la propiedad de comunicación social, poseer la propiedad de las instalaciones y equipos inherentes a los las instalaciones y equipos inherentes a los mismos que permitan su adecuado mismos que permitan su adecuado funcionamiento.funcionamiento.

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- Aquí el constituyente distingue según el - Aquí el constituyente distingue según el medio de comunicación de que se trate:medio de comunicación de que se trate: * Medios escritos. Art. 19 N° 12 inc. 4°* Medios escritos. Art. 19 N° 12 inc. 4° *Medios televisivos. Art. 19 N° 12 inc. 5°*Medios televisivos. Art. 19 N° 12 inc. 5°

- Art. 19 N° 12 inc. 6°- Art. 19 N° 12 inc. 6° La Constitución no se refiere a los titulares de La Constitución no se refiere a los titulares de

estaciones de radiodifusión. estaciones de radiodifusión.

- Art. 19 N° 12 inc. 2°- Art. 19 N° 12 inc. 2° La constitución establece una limitación al La constitución establece una limitación al

legislador respecto al Estado y los medios de legislador respecto al Estado y los medios de comunicación. comunicación. “La ley en ningún caso podrá “La ley en ningún caso podrá establecer monopolio estatal sobre los establecer monopolio estatal sobre los medios de comunicación social”medios de comunicación social”

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ART. 19 N° 13 C.P.E. 1980ART. 19 N° 13 C.P.E. 1980LIBERTAD DE REUNIÓNLIBERTAD DE REUNIÓN

1° Reunión es el agrupamiento 1° Reunión es el agrupamiento momentáneo de personas para exponer momentáneo de personas para exponer opiniones, defender intereses, o por opiniones, defender intereses, o por simple esparcimiento.simple esparcimiento.

2° Características2° Características Momentánea: Es puramente transitoria. Momentánea: Es puramente transitoria.

Terminada la reunión, no subsiste ningún Terminada la reunión, no subsiste ningún lazo jurídico entre quienes participan en ella.lazo jurídico entre quienes participan en ella.

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- Organizada: Es una agrupación - Organizada: Es una agrupación intencionalmente dispuesta. Hay intencionalmente dispuesta. Hay organizadores de la reunión, que quedan organizadores de la reunión, que quedan obligados a mantenerla dentro de las normas obligados a mantenerla dentro de las normas legales. Puede haber agrupamiento sin legales. Puede haber agrupamiento sin organización, por ejemplo, conversar en un organización, por ejemplo, conversar en un café, esto no es una reunión.café, esto no es una reunión.

- Tiene un fin: Puede ser de distintas - Tiene un fin: Puede ser de distintas naturalezas. Exponer ideas, defender naturalezas. Exponer ideas, defender intereses o de simple esparcimiento. intereses o de simple esparcimiento. Perseguir propósitos sociales, económicos o Perseguir propósitos sociales, económicos o políticos. políticos.

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3° Distinción:3° Distinción: - Reuniones en recintos privados.- Reuniones en recintos privados. - Reuniones en plazas, calles y demás - Reuniones en plazas, calles y demás

lugares de uso público.lugares de uso público.

4° Reuniones en recintos privados.4° Reuniones en recintos privados. - Se realizan en locales cerrados, que no - Se realizan en locales cerrados, que no

están abiertos al público. Se trata por ende de están abiertos al público. Se trata por ende de reuniones privadas, aquellas donde es reuniones privadas, aquellas donde es posible un control sobre la identidad de las posible un control sobre la identidad de las personas.personas.

- Estas reuniones, siendo pacíficas y sin - Estas reuniones, siendo pacíficas y sin armas, no requieren permiso previo. armas, no requieren permiso previo.

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5° Reuniones en plazas, calles y demás 5° Reuniones en plazas, calles y demás lugares de uso público.lugares de uso público. - Estas reuniones que se realizan en estos - Estas reuniones que se realizan en estos

lugares abiertos al público, son reuniones lugares abiertos al público, son reuniones públicas, y se regirán por las disposiciones públicas, y se regirán por las disposiciones generales de policía.generales de policía.

- Refiriéndose a esto, en la subcomisión de - Refiriéndose a esto, en la subcomisión de reforma de 1925 Arturo Alessandri decía: reforma de 1925 Arturo Alessandri decía: “Hay una razón fundamental para que sea “Hay una razón fundamental para que sea así: las calles y plazas son bienes nacionales así: las calles y plazas son bienes nacionales de uso público; y si los ciudadanos tienen de uso público; y si los ciudadanos tienen derecho a reunirse donde se les antoje, como derecho a reunirse donde se les antoje, como los congregados serán sólo una parte de la los congregados serán sólo una parte de la colectividad, éstos lesionan el derecho de los colectividad, éstos lesionan el derecho de los demás para transitar por esos lugares”.demás para transitar por esos lugares”.

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- El 16 de septiembre de 1983 se dictó el D.S. - El 16 de septiembre de 1983 se dictó el D.S. que reglamenta las reuniones en plazas, que reglamenta las reuniones en plazas, calles y otros lugares de uso público.calles y otros lugares de uso público.

El art. 2° letra f) señala que se considera El art. 2° letra f) señala que se considera “que “que las reuniones se verifican con armas, cuando las reuniones se verifican con armas, cuando los concurrentes llevan palos, bastones, los concurrentes llevan palos, bastones, fierros, herramientas, barras metálicas, fierros, herramientas, barras metálicas, cadenas y, en general, cualquier elemento de cadenas y, en general, cualquier elemento de naturaleza semejante”.naturaleza semejante”.

Dispone, además, que los organizadores Dispone, además, que los organizadores deben dar aviso a lo menos con 2 días deben dar aviso a lo menos con 2 días hábiles de anticipación al Intendente o hábiles de anticipación al Intendente o Gobernador respectivo y, señalar el objeto de Gobernador respectivo y, señalar el objeto de la reunión, quienes serán sus oradores, etc.la reunión, quienes serán sus oradores, etc.

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ART. 19 Nº 15 C.P.E. 1980ART. 19 Nº 15 C.P.E. 1980EL DERECHO DE ASOCIACIÓNEL DERECHO DE ASOCIACIÓN

1° Antecedentes.1° Antecedentes. - Lo contempla la Constitución de 1833 - Lo contempla la Constitución de 1833

luego de la reforma de 1874.luego de la reforma de 1874. - La Constitución de 1925 hacía una - La Constitución de 1925 hacía una

referencia muy breve a este derecho sólo referencia muy breve a este derecho sólo aseguraba a todos los habitantes de la aseguraba a todos los habitantes de la República el derecho de asociarse sin República el derecho de asociarse sin permiso previo y en conformidad a la ley.permiso previo y en conformidad a la ley.

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2° Las asociaciones son agrupaciones, 2° Las asociaciones son agrupaciones, más o menos permanentes, de personas más o menos permanentes, de personas que persiguen fines comunes: religiosos, que persiguen fines comunes: religiosos, políticos, laborales, profesionales, políticos, laborales, profesionales, culturales, etc. vínculo del que surgen culturales, etc. vínculo del que surgen derechos y deberes para los integrantes derechos y deberes para los integrantes de la entidad y que están previstos en el de la entidad y que están previstos en el Pacto Social o el Estatuto que los rige. Pacto Social o el Estatuto que los rige.

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3° La Constitución de 1980 reconoce el 3° La Constitución de 1980 reconoce el derecho de asociación sin permiso previo, derecho de asociación sin permiso previo, pero para actuar como entes jurídicos, - pero para actuar como entes jurídicos, - capaces de ejercer derechos y contraer capaces de ejercer derechos y contraer obligaciones y ser representadas judicial y obligaciones y ser representadas judicial y extrajudicialmente- las asociaciones extrajudicialmente- las asociaciones deberán constituirse de conformidad a la deberán constituirse de conformidad a la ley.ley. - La persona jurídica se obtiene previo - La persona jurídica se obtiene previo

cumplimiento de los requisitos que establezca cumplimiento de los requisitos que establezca la ley. Sin embargo, la propia constitución la ley. Sin embargo, la propia constitución otorga personalidad jurídica de derecho otorga personalidad jurídica de derecho público al fisco, expresión patrimonial del público al fisco, expresión patrimonial del Estado; al Gobierno Regional (Art. 111 inc. Estado; al Gobierno Regional (Art. 111 inc. 3°), y a las Municipalidades (Art. 118 inc. 4°)3°), y a las Municipalidades (Art. 118 inc. 4°)

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- La restantes asociaciones obtienen - La restantes asociaciones obtienen personalidad jurídica de derecho privado personalidad jurídica de derecho privado y, alguna de ellas requieren de decreto del y, alguna de ellas requieren de decreto del Presidente de la República: Presidente de la República: Corporaciones y Fundaciones.Corporaciones y Fundaciones.

- Se proscriben las asociaciones - Se proscriben las asociaciones contrarias a la moral, al orden público y a contrarias a la moral, al orden público y a la seguridad del Estado.la seguridad del Estado.

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SOBRE LOS PARTIDOS SOBRE LOS PARTIDOS POLÍTICOSPOLÍTICOS

Para Cumplido y NogueiraPara Cumplido y Nogueira partido político es una partido político es una asociación permanente y voluntaria de ciudadanos asociación permanente y voluntaria de ciudadanos que sustentan unos mismos principios o ideología que sustentan unos mismos principios o ideología sobre el quehacer social, cuya finalidad es participar en sobre el quehacer social, cuya finalidad es participar en la formación de la voluntad política del Estado y la formación de la voluntad política del Estado y realizar una acción política coherente con sus realizar una acción política coherente con sus principios o ideología implícita o explícita de acuerdo principios o ideología implícita o explícita de acuerdo al apoyo popular obtenido a través de la presentación al apoyo popular obtenido a través de la presentación de candidatos para ocupar los cargos de gobierno del de candidatos para ocupar los cargos de gobierno del Estado en los distintos niveles o en los plebiscitos o Estado en los distintos niveles o en los plebiscitos o referéndum. referéndum.

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La Constitución de 1980 establece La Constitución de 1980 establece expresamente ciertas bases a las que expresamente ciertas bases a las que deben ajustarse los partidos políticos.deben ajustarse los partidos políticos.En el Art. 19 Nº 15 inc. 5° se señalan:En el Art. 19 Nº 15 inc. 5° se señalan: Los partidos políticos no podrán intervenir en Los partidos políticos no podrán intervenir en

actividades ajenas a las que son propias ni actividades ajenas a las que son propias ni tener privilegio alguno o monopolio de la tener privilegio alguno o monopolio de la participación ciudadana.participación ciudadana.

La nómina de sus militantes se registrará en el La nómina de sus militantes se registrará en el Servicio Electoral del Estado, el que guardará Servicio Electoral del Estado, el que guardará reserva de la misma, la cual será accesible a reserva de la misma, la cual será accesible a los militantes del respectivo partido.los militantes del respectivo partido.

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Su contabilidad deberá ser pública, las fuentes Su contabilidad deberá ser pública, las fuentes de su financiamiento no podrán provenir de de su financiamiento no podrán provenir de dineros, bienes, donaciones, aportes ni créditos dineros, bienes, donaciones, aportes ni créditos de origen extranjero.de origen extranjero.

Sus estatutos deberán contemplar las normas Sus estatutos deberán contemplar las normas que aseguren una efectiva democracia interna. que aseguren una efectiva democracia interna.

Page 23: Libertades de integración social

PARTIDOS POLÍTICOS SEGÚN L.O.C. Nº PARTIDOS POLÍTICOS SEGÚN L.O.C. Nº 18.603, DE 23 DE MAYO DE 1987.18.603, DE 23 DE MAYO DE 1987.

Art. 1°Art. 1°

““Los partidos políticos son asociaciones voluntarias, Los partidos políticos son asociaciones voluntarias, dotadas de personalidad jurídica, formadas por dotadas de personalidad jurídica, formadas por ciudadanos que comparten una misma doctrina ciudadanos que comparten una misma doctrina política de gobierno, cuya finalidad es contribuir al política de gobierno, cuya finalidad es contribuir al funcionamiento del régimen democrático funcionamiento del régimen democrático constitucional y ejercer una legítima influencia en constitucional y ejercer una legítima influencia en la conducción del Estado, para alcanzar el bien la conducción del Estado, para alcanzar el bien común y servir al interés nacional”. común y servir al interés nacional”.

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ACTIVIDADES DE LOS PARTIDOS ACTIVIDADES DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS SEGÚN LA L.O.C.POLÍTICOS SEGÚN LA L.O.C.

1. Realizar actividades conducentes a obtener 1. Realizar actividades conducentes a obtener para sus candidatos el acceso constitucional a para sus candidatos el acceso constitucional a los cargos públicos de elección popular.los cargos públicos de elección popular.

2. Presentar sus declaraciones de principios, 2. Presentar sus declaraciones de principios, políticas y programas ante los habitantes del políticas y programas ante los habitantes del país; y ante aquéllos y las autoridades, sus país; y ante aquéllos y las autoridades, sus iniciativas y criterios de acción frente a asuntos iniciativas y criterios de acción frente a asuntos de interés público. de interés público.

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3. Cooperar a requerimiento de los 3. Cooperar a requerimiento de los senadores y diputados, en las labores que senadores y diputados, en las labores que éstos desarrollen.éstos desarrollen.

4. Contribuir a la formación de 4. Contribuir a la formación de ciudadanos capacitados para asumir ciudadanos capacitados para asumir responsabilidades públicas.responsabilidades públicas.

5. Efectuar las demás actividades que sean 5. Efectuar las demás actividades que sean complementarias a las anteriores y que no complementarias a las anteriores y que no estén expresamente prohibidas por la estén expresamente prohibidas por la Constitución o las leyes.Constitución o las leyes.

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PROHIBICIONES DE LA L.O.C. A LOS PROHIBICIONES DE LA L.O.C. A LOS PARTIDOS POLÍTICOSPARTIDOS POLÍTICOS

1. No podrán subordinar su acción a 1. No podrán subordinar su acción a organizaciones políticas foráneas o organizaciones políticas foráneas o internacionales, ni a gobiernos o intereses internacionales, ni a gobiernos o intereses extranjeros.extranjeros.

2. Los partidos no podrán intervenir en el 2. Los partidos no podrán intervenir en el ejercicio de las atribuciones exclusivas de las ejercicio de las atribuciones exclusivas de las autoridades que la Constitución y las leyes autoridades que la Constitución y las leyes establecen, en el funcionamiento de las establecen, en el funcionamiento de las organizaciones gremiales u otros grupos organizaciones gremiales u otros grupos intermedios ni en la generación de sus intermedios ni en la generación de sus dirigentesdirigentes

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3. En ningún caso podrán los partidos 3. En ningún caso podrán los partidos políticos dar órdenes de votación a sus políticos dar órdenes de votación a sus senadores y diputados ni realizar senadores y diputados ni realizar recomendaciones en los casos en que el recomendaciones en los casos en que el Senado esté llamado a obrar como jurado.Senado esté llamado a obrar como jurado.

4. Los partidos políticos no podrán dar 4. Los partidos políticos no podrán dar órdenes ni exigir el cumplimiento de los órdenes ni exigir el cumplimiento de los deberes que como afiliados corresponden, deberes que como afiliados corresponden, entre otros, al Presidente de la República, entre otros, al Presidente de la República, Ministros de Estado, Subsecretarios, Ministros de Estado, Subsecretarios, Embajadores, Intendentes, Gobernadores o Embajadores, Intendentes, Gobernadores o Alcaldes.Alcaldes.

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CONSTITUCIÓN DE LOS PARTIDOS CONSTITUCIÓN DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS EN CHILEPOLÍTICOS EN CHILE

Para constituir un partido político, sus Para constituir un partido político, sus organizadores, que deberán ser a lo organizadores, que deberán ser a lo menos 100 ciudadanos inscritos en los menos 100 ciudadanos inscritos en los registros electorales, procederán a registros electorales, procederán a extender una escritura pública, que extender una escritura pública, que contendrá, entre otros puntos, el nombre contendrá, entre otros puntos, el nombre del partido, la declaración de principios, del partido, la declaración de principios, el estatuto. el estatuto.

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Copia autorizada se entrega al Director del Copia autorizada se entrega al Director del Servicio Electoral, quien ordena publicar un Servicio Electoral, quien ordena publicar un extracto en el Diario Oficial. Desde la fecha de la extracto en el Diario Oficial. Desde la fecha de la publicación se entenderá que el partido se publicación se entenderá que el partido se encuentra en formación.encuentra en formación.

El partido político en formación dispondrá de un El partido político en formación dispondrá de un plazo de 210 días para afiliar al partido un plazo de 210 días para afiliar al partido un número de ciudadanos inscritos en los Registros número de ciudadanos inscritos en los Registros Electorales equivalente, a lo menos, al 0,5 % del Electorales equivalente, a lo menos, al 0,5 % del electorado que hubiere sufragado en la última electorado que hubiere sufragado en la última elección de Diputados en cada una de las elección de Diputados en cada una de las Regiones donde esté constituyéndose. Regiones donde esté constituyéndose.

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Los partidos políticos deben reunir el número de Los partidos políticos deben reunir el número de afiliados en a lo menos 8 de las regiones en que se afiliados en a lo menos 8 de las regiones en que se divide políticamente el país o en un mínimo de 3 divide políticamente el país o en un mínimo de 3 de ellas, siempre que éstas últimas fueren de ellas, siempre que éstas últimas fueren geográficamente contiguas. El ámbito de acción geográficamente contiguas. El ámbito de acción queda circunscrito a ellas.queda circunscrito a ellas.

Cumplidos estos requisitos, se solicita al Director Cumplidos estos requisitos, se solicita al Director del Servicio Electoral que proceda a inscribirlo en del Servicio Electoral que proceda a inscribirlo en el Registro de Partidos Políticos, con indicación el Registro de Partidos Políticos, con indicación de las regiones donde se constituya. Desde la de las regiones donde se constituya. Desde la fecha de esa inscripción, los partidos políticos fecha de esa inscripción, los partidos políticos quedan legalmente constituidos y gozan de quedan legalmente constituidos y gozan de personalidad jurídica. personalidad jurídica.

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De la resolución que acoja o rechace una De la resolución que acoja o rechace una solicitud o una oposición si se hubiere solicitud o una oposición si se hubiere presentado por otro partido inscrito o en presentado por otro partido inscrito o en formación, pronunciada por el Director del formación, pronunciada por el Director del Servicio Electoral, se podrá apelar ante el Servicio Electoral, se podrá apelar ante el Tribunal Calificador de Elecciones. Tribunal Calificador de Elecciones.

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QUIÉNES PUEDEN AFILIARSE A UN QUIÉNES PUEDEN AFILIARSE A UN PARTIDO?PARTIDO?

Se requiere ser ciudadano inscrito en los Se requiere ser ciudadano inscrito en los registros electorales.registros electorales.

No podrán inscribirse:No podrán inscribirse: Personal de las FF.AA., de Orden y Seguridad Personal de las FF.AA., de Orden y Seguridad

Pública.Pública. Funcionarios del Poder Judicial.Funcionarios del Poder Judicial. Funcionarios del Ministerio Público.Funcionarios del Ministerio Público. Funcionarios del Tribunal Calificador de Elecciones.Funcionarios del Tribunal Calificador de Elecciones. Funcionarios del Servicio Electoral.Funcionarios del Servicio Electoral.

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Las personas que, estando afiliadas a un Las personas que, estando afiliadas a un partido político, ingresaran a alguna de las partido político, ingresaran a alguna de las instituciones señaladas, cesarán de pleno instituciones señaladas, cesarán de pleno derecho en su carácter de afiliadas a aquél.derecho en su carácter de afiliadas a aquél.

Antes de asumir estas personas deben Antes de asumir estas personas deben declarar bajo juramento dicha situación.declarar bajo juramento dicha situación.

Tampoco pueden afiliarse los ciudadanos Tampoco pueden afiliarse los ciudadanos que cumplan el Servicio Militar que cumplan el Servicio Militar Obligatorio.Obligatorio.

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PLURALISMO POLÍTICOPLURALISMO POLÍTICO

Art. 19 N° 15 inc. 6° Art. 19 N° 15 inc. 6° “La constitución “La constitución garantiza el pluralismo político”.garantiza el pluralismo político”.

Se reconoce por tanto la libertad de Se reconoce por tanto la libertad de emitir opiniones diversas, sustentar emitir opiniones diversas, sustentar distintas ideologías políticas, formar distintas ideologías políticas, formar distintos partidos políticos, movimientos distintos partidos políticos, movimientos u otras formas de organización política.u otras formas de organización política.

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Límites al pluralismo políticoLímites al pluralismo político Son inconstitucionales los partidos, Son inconstitucionales los partidos,

movimientos u otras formas de movimientos u otras formas de organización cuyos objetivos, actos o organización cuyos objetivos, actos o conductas:conductas: A) No respeten los principios básicos del A) No respeten los principios básicos del

régimen democrático y constitucional.régimen democrático y constitucional. B) Procuren el establecimiento de un sistema B) Procuren el establecimiento de un sistema

totalitario.totalitario. C) Hagan uso de la violencia, la propugnen o C) Hagan uso de la violencia, la propugnen o

inciten a ella como método de acción política.inciten a ella como método de acción política.

Esta inconstitucionalidad es declarada por Esta inconstitucionalidad es declarada por el Tribunal Constitucional.el Tribunal Constitucional.

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El Art. 19 Nº 15 inc. 7° sanciona a las El Art. 19 Nº 15 inc. 7° sanciona a las personas que hubieren tenido personas que hubieren tenido participación en los hechos que motiven la participación en los hechos que motiven la declaración de inconstitucionalidad de los declaración de inconstitucionalidad de los partidos, movimientos u otras formas de partidos, movimientos u otras formas de organización contempladas en el inc. 6°.organización contempladas en el inc. 6°.

Sanciones por 5 años y 10 por reincidir:Sanciones por 5 años y 10 por reincidir: - No podrán participar en la formación de - No podrán participar en la formación de

otros partidos políticos, movimientos u otras otros partidos políticos, movimientos u otras formas de organización política.formas de organización política.

- No podrán optar a cargos públicos de - No podrán optar a cargos públicos de elección popular.elección popular.

- No podrán desempeñar cargos del art. 54 Nº - No podrán desempeñar cargos del art. 54 Nº 1 a 6. 1 a 6.

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ART. 19 Nº 14 C.P.E. 1980ART. 19 Nº 14 C.P.E. 1980EL DERECHO DE PETICIÓNEL DERECHO DE PETICIÓN

1° Este derecho puede referirse a cualquier 1° Este derecho puede referirse a cualquier materia, sea de interés particular del materia, sea de interés particular del peticionario; o sobre los intereses públicos, en peticionario; o sobre los intereses públicos, en cuyo caso es una variante de la libertad de cuyo caso es una variante de la libertad de opinión.opinión.

2° Cómo se formula2° Cómo se formula - Verbalmente o por escrito.- Verbalmente o por escrito. - Salvo, que la ley exija el cumplimiento de - Salvo, que la ley exija el cumplimiento de

formalidades especiales. formalidades especiales.

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3° Quiénes lo pueden ejercer3° Quiénes lo pueden ejercer - Cualquier persona, ya sea en forma - Cualquier persona, ya sea en forma

individual o colectiva.individual o colectiva.

4° Límite4° Límite - Proceder en términos respetuosos y - Proceder en términos respetuosos y

convenientes.convenientes. - Es decir, dar el tratamiento propio a la - Es decir, dar el tratamiento propio a la

autoridad frente a la cual se ejerce el derecho autoridad frente a la cual se ejerce el derecho de petición y la petición debe hacerse a la de petición y la petición debe hacerse a la autoridad respecto de materias de su autoridad respecto de materias de su conocimiento.conocimiento.

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5° En cuanto al deber de la autoridad5° En cuanto al deber de la autoridad - No lo dice, pero este derecho obliga a la - No lo dice, pero este derecho obliga a la

autoridad a contestar con oportunidad al autoridad a contestar con oportunidad al peticionario, sea que se acoja o rechace lo peticionario, sea que se acoja o rechace lo solicitado.solicitado.

- Esto es así, pues ¿de qué otra forma podría - Esto es así, pues ¿de qué otra forma podría dar entero cumplimiento a este derecho?dar entero cumplimiento a este derecho?

6° No está protegido por el Recurso de 6° No está protegido por el Recurso de Protección.Protección.