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LIBRO PRIMERO; LIBRO PRIMERO; CAPITULO PRIMERO: CAPITULO PRIMERO: PRINCIPIOS FUNDAMENTALES EN EL PRINCIPIOS FUNDAMENTALES EN EL PROCESO CIVIL. PROCESO CIVIL. Destacan como innovaciones en este Destacan como innovaciones en este Nuevo Código: Nuevo Código: Articulo 1º. Articulo 1º. Que regula que la presente Que regula que la presente ley es de orden público y de observancia ley es de orden público y de observancia general; general; Que ninguna persona podrá hacerse justicia por si Que ninguna persona podrá hacerse justicia por si misma ni ejercer violencia para reclamar un derecho. misma ni ejercer violencia para reclamar un derecho. Que los particulares a fin de resolver sus Que los particulares a fin de resolver sus controversias pueden elegir los medios alternativos. controversias pueden elegir los medios alternativos.

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LIBRO PRIMERO;LIBRO PRIMERO;CAPITULO PRIMERO:CAPITULO PRIMERO:

PRINCIPIOS FUNDAMENTALES EN EL PRINCIPIOS FUNDAMENTALES EN EL PROCESO CIVIL.PROCESO CIVIL.

Destacan como innovaciones en este Nuevo Destacan como innovaciones en este Nuevo Código:Código:

Articulo 1º. Articulo 1º. Que regula que la presente ley es Que regula que la presente ley es de orden público y de observancia general;de orden público y de observancia general;

Que ninguna persona podrá hacerse justicia Que ninguna persona podrá hacerse justicia por si misma ni ejercer violencia para reclamar por si misma ni ejercer violencia para reclamar un derecho.un derecho.

Que los particulares a fin de resolver sus Que los particulares a fin de resolver sus controversias pueden elegir los medios controversias pueden elegir los medios alternativos.alternativos.

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Articulo 2º.Articulo 2º. Se reconoce el derecho de lo pueblos y Se reconoce el derecho de lo pueblos y comunidades indígenas para aplicar sus propios sistemas comunidades indígenas para aplicar sus propios sistemas normativos en la regulación y solución de sus conflictos normativos en la regulación y solución de sus conflictos internos conforme a las disposiciones contenidas en la internos conforme a las disposiciones contenidas en la ley.ley.

Que cuando intervengan indígenas en Que cuando intervengan indígenas en procedimientos ordinarios, el Estado en todo procedimientos ordinarios, el Estado en todo tiempo los proveerá de asesoría jurídica gratuita y tiempo los proveerá de asesoría jurídica gratuita y de interpretes que tengan conocimiento de su de interpretes que tengan conocimiento de su lengua, cultura y costumbres.lengua, cultura y costumbres.

Que para la cooperación procesal internacional se Que para la cooperación procesal internacional se aplicaran los tratados internacionales signados por aplicaran los tratados internacionales signados por los Estados Unidos Mexicanos las disposiciones los Estados Unidos Mexicanos las disposiciones contenidas en el Código, y únicamente en los casos contenidas en el Código, y únicamente en los casos de emisión expresa de la ley se atenderá de emisión expresa de la ley se atenderá disposiciones de origen extranjero.disposiciones de origen extranjero.

Articulo 4º.Articulo 4º. Las partes, sus representantes, abogados Las partes, sus representantes, abogados patronos, autorizados, asesores legales, y todos los patronos, autorizados, asesores legales, y todos los participantes en el proceso deben ajustar necesariamente participantes en el proceso deben ajustar necesariamente su conducta procesal a los principios de lealtad, su conducta procesal a los principios de lealtad, honestidad, respeto, verdad y buena fe.honestidad, respeto, verdad y buena fe.

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ARTICULO 5º.-ARTICULO 5º.- Se impone a la autoridad Se impone a la autoridad judicial el deber de vigilar que se observen y judicial el deber de vigilar que se observen y respeten los principios antes descritos, respeten los principios antes descritos, sancionando su inobservancia y evitar por todos sancionando su inobservancia y evitar por todos los medio el fraude legal, el procesal, la los medio el fraude legal, el procesal, la colusión, la malicia, la obstrucción y cualquier colusión, la malicia, la obstrucción y cualquier otra conducta que impida el desarrollo ágil o el otra conducta que impida el desarrollo ágil o el fin del proceso.fin del proceso.

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FRAUDE LEGAL,FRAUDE LEGAL, es la simulación de actos es la simulación de actos tendientes a eludir la observancia de la ley o el tendientes a eludir la observancia de la ley o el cumplimiento de una obligación, con la finalidad cumplimiento de una obligación, con la finalidad de perjudicar interese ajenos en el beneficio de perjudicar interese ajenos en el beneficio propio o de terceros.propio o de terceros.

FRAUDE PROCESALFRAUDE PROCESAL, se tipifica cuando de , se tipifica cuando de mala fe las partes, abogados patronos, mala fe las partes, abogados patronos, procuradores o terceros realizan actos u procuradores o terceros realizan actos u omisiones que induzcan al error judicial y tienda omisiones que induzcan al error judicial y tienda a obtener una resolución con fines ilícitos.a obtener una resolución con fines ilícitos.

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LA COLUSIÓNLA COLUSIÓN, se produce cuando se actúa , se produce cuando se actúa mediante acuerdo fraudulento y secreto de dos o mediante acuerdo fraudulento y secreto de dos o más personas tendiente a perjudicar los más personas tendiente a perjudicar los derechos de un tercero.derechos de un tercero.

LA MALICIALA MALICIA, es la intención manifiesta de dañar , es la intención manifiesta de dañar perjudicar, formulando imputaciones de mala fe perjudicar, formulando imputaciones de mala fe o dando informaciones falsas que induzcan al o dando informaciones falsas que induzcan al error.error.

Existe Existe OBSTRUCCIÓNOBSTRUCCIÓN, cuando la articulación , cuando la articulación de actos inútiles o ajenos al litigio se retarde o de actos inútiles o ajenos al litigio se retarde o entorpezca el tramite procesal.entorpezca el tramite procesal.

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CAPITULO SEGUNDOCAPITULO SEGUNDOPARTES EN LOS PROCEDIMIENTOS PARTES EN LOS PROCEDIMIENTOS

JUDICIALESJUDICIALESArticulo 11.Articulo 11. Las Instituciones y asociaciones que cuenten con Las Instituciones y asociaciones que cuenten con el permiso correspondiente a su denominación de la Secretaria el permiso correspondiente a su denominación de la Secretaria de Relaciones Exteriores para su constitución ya sea de interés de Relaciones Exteriores para su constitución ya sea de interés social, no políticas ni gremiales, el Ministerio Público y cualquier social, no políticas ni gremiales, el Ministerio Público y cualquier integrante de la comunidad, en los casos relativos a la defensa integrante de la comunidad, en los casos relativos a la defensa del medio ambiente, de valores culturales, históricos, artísticos, del medio ambiente, de valores culturales, históricos, artísticos, urbanísticos y otros análogos se encuentran legitimados para urbanísticos y otros análogos se encuentran legitimados para promover la acción correspondiente.promover la acción correspondiente.

Quienes promuevan serán responsables de los daños y Quienes promuevan serán responsables de los daños y perjuicios que se pudieren causar por el indebido ejercicio perjuicios que se pudieren causar por el indebido ejercicio del derecho.del derecho.

Cuando con estos procedimientos se tiende a suspender la Cuando con estos procedimientos se tiende a suspender la ejecución, construcción o continuación de una obra o ejecución, construcción o continuación de una obra o prestación de un servicio público, deberán otorgar previa prestación de un servicio público, deberán otorgar previa mente garantía suficiente a juicio del Juez que no deberá mente garantía suficiente a juicio del Juez que no deberá ser mayor al cincuenta por ciento del costo de la obra para ser mayor al cincuenta por ciento del costo de la obra para la suspensión en los casos que la ley lo permita.la suspensión en los casos que la ley lo permita.

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Articulo 12.Articulo 12. Cuando la afectaciones de Cuando la afectaciones de derechos individuales se produzca en derechos individuales se produzca en forma colectiva por un hecho común forma colectiva por un hecho común imputable a otra persona podrá intentarse imputable a otra persona podrá intentarse la acción por cualquier interesado, la acción por cualquier interesado, institución, agrupación o entidad que institución, agrupación o entidad que tenga por objeto su defensa y protección.tenga por objeto su defensa y protección.

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CAPITULO TERCEROCAPITULO TERCEROLITIGANTES, REPRESENTANTES Y LITIGANTES, REPRESENTANTES Y

PATRONOS.PATRONOS.Articulo 19.Articulo 19. Es presupuesto procesal, que todos los escritos Es presupuesto procesal, que todos los escritos y promociones que presenten las partes que estén y promociones que presenten las partes que estén autorizados por un abogado patrono, el que deberá contar autorizados por un abogado patrono, el que deberá contar necesariamente con título profesional legalmente expedido e necesariamente con título profesional legalmente expedido e inscrito ante las instancias correspondientes. inscrito ante las instancias correspondientes. Sin dicho Sin dicho requisito se desecharan de plano.requisito se desecharan de plano.

No será aplicable la anterior disposición cuando: No será aplicable la anterior disposición cuando: o En el procedimiento intervenga como parte en sentido En el procedimiento intervenga como parte en sentido

material un abogado que reúna los requisitos mencionados.material un abogado que reúna los requisitos mencionados.o Las partes no estén en posibilidad de hacerse patrocinar por Las partes no estén en posibilidad de hacerse patrocinar por

un abogado particular que reúna esos requisitos.un abogado particular que reúna esos requisitos.o Las partes manifiesten que no desean ser patrocinados por un Las partes manifiesten que no desean ser patrocinados por un

abogado particular.abogado particular.o En las dos últimas hipótesis el Estado proveerá de un En las dos últimas hipótesis el Estado proveerá de un

defensor Social para la defensa del interés del particular, sin defensor Social para la defensa del interés del particular, sin perjuicio de que puedan ser patrocinados en forma gratuita perjuicio de que puedan ser patrocinados en forma gratuita por los abogados de los Bufetes de instituciones Públicas o por los abogados de los Bufetes de instituciones Públicas o Privadas que presten servicio pero que deben cubrir los Privadas que presten servicio pero que deben cubrir los mismos requisitos .mismos requisitos .

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Articulo 20 .Articulo 20 . Solo las partes o sus abogados Solo las partes o sus abogados patronos podrán consultar sus expedientes y patronos podrán consultar sus expedientes y practicar las diligencias correspondientes. practicar las diligencias correspondientes. Excepcionalmente podrán hacerlo los alumnos Excepcionalmente podrán hacerlo los alumnos que estén realizando su servicio social o que estén realizando su servicio social o practica profesional y los pasantes, todos de la practica profesional y los pasantes, todos de la carrera de derecho y con autorización del carrera de derecho y con autorización del Tribunal Superior de Justicia que se expedirá Tribunal Superior de Justicia que se expedirá cuando se haya justificado ante él que sea cuando se haya justificado ante él que sea expedido por la universidad o escuela superior expedido por la universidad o escuela superior la constancia que acredite tal carácter, que se la constancia que acredite tal carácter, que se actúa bajo la tutela y responsiva de un abogado actúa bajo la tutela y responsiva de un abogado patrono y conforme al reglamento que emita el patrono y conforme al reglamento que emita el Pleno del Tribunal Superior, relativo a la Pleno del Tribunal Superior, relativo a la prestación del servicio social obligatorio y prestación del servicio social obligatorio y pasantía.pasantía.

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Articulo 21.Articulo 21. Se determina la Se determina la RESPONSABILIDAD SOLIDARIA DE LOS RESPONSABILIDAD SOLIDARIA DE LOS ABOGADOS PATRONOS ABOGADOS PATRONOS que intervengan en que intervengan en un procedimiento obrando de mala fe, quienes un procedimiento obrando de mala fe, quienes responderán de las multas que les sean responderán de las multas que les sean impuestas por la realización del fraude legal o impuestas por la realización del fraude legal o procesal, colusión, simulación y cualquier otra procesal, colusión, simulación y cualquier otra conducta ilícita tendiente a entorpecer el conducta ilícita tendiente a entorpecer el procedimiento.procedimiento.

También serán responsables por las faltas de También serán responsables por las faltas de los pasantes de derecho que actúan bajo su los pasantes de derecho que actúan bajo su tutela.tutela.

Las multas se cuantificaran en días de salario Las multas se cuantificaran en días de salario mínimo general para la zona económica.mínimo general para la zona económica.

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Articulo 22.-Articulo 22.- En la primera diligencia o escrito En la primera diligencia o escrito en que se intervenga se debe expresar el en que se intervenga se debe expresar el nombre y domicilio del abogado patrono, los nombre y domicilio del abogado patrono, los datos de registro de su titulo profesional, los que datos de registro de su titulo profesional, los que se confrontaran en el libro oficial respectivo.se confrontaran en el libro oficial respectivo.

El patrono debe estampar su firma autógrafa en El patrono debe estampar su firma autógrafa en señal de aceptación del cargo conferido y en la señal de aceptación del cargo conferido y en la primera diligencia en que comparezca primera diligencia en que comparezca protestara su leal desempeño.protestara su leal desempeño.

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Articulo 23.-Articulo 23.- Las partes pueden Las partes pueden revocar la designación del abogado revocar la designación del abogado patrono, quien a su vez puede patrono, quien a su vez puede renunciar al patrocinio, surtiendo renunciar al patrocinio, surtiendo efectos la sola manifestación en tal efectos la sola manifestación en tal sentido para que se tenga por sentido para que se tenga por revocado o renunciado su patrocinio.revocado o renunciado su patrocinio.

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Articulo 24. Obligaciones de los patronos:Articulo 24. Obligaciones de los patronos: Conducirse con honestidad para con sus Conducirse con honestidad para con sus

patrocinados, contra parte y tribunales.patrocinados, contra parte y tribunales. Poner al servicio de su cliente todos los Poner al servicio de su cliente todos los

conocimientos científicos y técnicos para su defensa.conocimientos científicos y técnicos para su defensa. Guardar el secreto Profesional.Guardar el secreto Profesional. No alegar hechos falsos, leyes inexistentes o No alegar hechos falsos, leyes inexistentes o

derogadas.derogadas. No actuar ni conducir a su representado en forma No actuar ni conducir a su representado en forma

maliciosa o inmoral sin apego a la verdad y a la ley.maliciosa o inmoral sin apego a la verdad y a la ley. Abstenerse de emplear expresiones indecorosas, Abstenerse de emplear expresiones indecorosas,

ofensivas o falta de respeto al tribunal, contraparte, ofensivas o falta de respeto al tribunal, contraparte, representante o todo aquel que intervenga en el representante o todo aquel que intervenga en el proceso.proceso.

Orientar a sus patrocinados sobre la conveniencia de Orientar a sus patrocinados sobre la conveniencia de la conciliación, evitando el procedimiento la conciliación, evitando el procedimiento contencioso.contencioso.

Las demás que fijen las leyes.Las demás que fijen las leyes.

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Articulo 25.-Articulo 25.- Los abogados patronos Los abogados patronos se considerarán procuradores se considerarán procuradores judiciales con amplias facultades para judiciales con amplias facultades para actuar en beneficio de sus actuar en beneficio de sus representados, pero no pueden representados, pero no pueden disponer del derecho del litigio, así disponer del derecho del litigio, así como la de substitución, delegación o como la de substitución, delegación o ampliación de la designación hecha a ampliación de la designación hecha a su favor. su favor.

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CAPITULO CUARTOCAPITULO CUARTOFORMALIDADES JUDICIALES.FORMALIDADES JUDICIALES.

Articulo 30.Articulo 30. El Tribunal Superior de El Tribunal Superior de Justicia esta facultado para firmar Justicia esta facultado para firmar convenios con dependencias publicas convenios con dependencias publicas para el efecto de traducir cualquier escrito para el efecto de traducir cualquier escrito documento o promoción que sea documento o promoción que sea necesario para la continuación del necesario para la continuación del procedimiento.procedimiento.

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Articulo 32.Articulo 32. Determina la utilización Determina la utilización de de medios electrónicos medios electrónicos para los para los escritos y la utilización de la firma escritos y la utilización de la firma electrónica, siempre y cuando así se electrónica, siempre y cuando así se manifieste ante el Tribunal y se manifieste ante el Tribunal y se cumpla con los requisitos de cumpla con los requisitos de encriptación que establezcan las encriptación que establezcan las leyes y los reglamentos que para tal leyes y los reglamentos que para tal fin emita el Pleno del Tribunal fin emita el Pleno del Tribunal Superior de Justicia.Superior de Justicia.

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Articulo 37.Articulo 37. Señala que las copias Señala que las copias simples de los documentos que se simples de los documentos que se presenten confrontadas y presenten confrontadas y autorizadas por el secretario autorizadas por el secretario correrán en los autos quedando los correrán en los autos quedando los originales en la Secretaria del originales en la Secretaria del Juzgado donde podrá verlos la Juzgado donde podrá verlos la contraria. contraria.

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Articulo 39.Articulo 39. Los documentos fundatorios se Los documentos fundatorios se devolverán a quienes lo presento una vez devolverán a quienes lo presento una vez concluido el juicio.concluido el juicio.

Articulo 40.Articulo 40. Que por ningún motivo se Que por ningún motivo se entregaran los autos a las partes ni al Ministerio entregaran los autos a las partes ni al Ministerio PúblicoPúblico

Que el contenido de los expedientes pertenece Que el contenido de los expedientes pertenece a los derechos de personalidad de las partes, a los derechos de personalidad de las partes, por tanto no podrán ser utilizados por terceros y por tanto no podrán ser utilizados por terceros y solo se podrá dar información respecto de ellos solo se podrá dar información respecto de ellos a los interesados.a los interesados.

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Articulo 41.Articulo 41. Los documentos que se devuelvan o Los documentos que se devuelvan o copias que se expidan se entregaran directamente copias que se expidan se entregaran directamente al interesado o su abogado patrono.al interesado o su abogado patrono.

Articulo 42.Articulo 42. Las partes en cualquier etapa del Las partes en cualquier etapa del procedimiento pueden solicitar expedición de procedimiento pueden solicitar expedición de copias simples sin sujeción a formalidad alguna, sin copias simples sin sujeción a formalidad alguna, sin mayor tramite que dejar razón en autos.mayor tramite que dejar razón en autos.

• Lo mismo se observara cuando se soliciten copias Lo mismo se observara cuando se soliciten copias certificadas, asentándose razón por el secretario en certificadas, asentándose razón por el secretario en el expediente y en la copia misma de sí es total o el expediente y en la copia misma de sí es total o parcial y en este último caso anotara el estado que parcial y en este último caso anotara el estado que guarda el procedimiento.guarda el procedimiento.

• Quien obtenga copia certificada parcial de Quien obtenga copia certificada parcial de actuaciones y la emplee de forma indebida una vez actuaciones y la emplee de forma indebida una vez que la autoridad tenga conocimiento lo sancionara que la autoridad tenga conocimiento lo sancionara con una multa de cien a mil días de salario mínimo con una multa de cien a mil días de salario mínimo vigentevigente

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Articulo 46.Articulo 46. Cuando el Tribunal ordene remitir Cuando el Tribunal ordene remitir un expediente al archivo como negocio un expediente al archivo como negocio concluido lo hará saber a los interesados concluido lo hará saber a los interesados quienes en un termino de sesenta días naturales quienes en un termino de sesenta días naturales podrá solicitar la devolución de sus documentos podrá solicitar la devolución de sus documentos o las constancias certificadas que estime o las constancias certificadas que estime necesarias; en caso de no hacerlo y si el asunto necesarias; en caso de no hacerlo y si el asunto por su naturaleza no reviste interés histórico o por su naturaleza no reviste interés histórico o jurídico ordenara su destrucción.jurídico ordenara su destrucción.

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CAPITULO QUINTOCAPITULO QUINTORESOLUCIONES JUDICIALESRESOLUCIONES JUDICIALES

Articulo 50.Articulo 50. Determina que las sentencias Determina que las sentencias definitivas deberán dictarse dentro de los quince definitivas deberán dictarse dentro de los quince días siguientes al turno del expediente, salvo el días siguientes al turno del expediente, salvo el caso de que el volumen excesivo de caso de que el volumen excesivo de actuaciones consecuente lectura y estudio no lo actuaciones consecuente lectura y estudio no lo permitan, en cuyo caso se deberá ampliar el permitan, en cuyo caso se deberá ampliar el término hasta por un periodo igual.término hasta por un periodo igual.

o Las sentencias interlocutorias se dictaran dentro Las sentencias interlocutorias se dictaran dentro de ocho días.de ocho días.

o Los autos dentro del tercer día.Los autos dentro del tercer día.

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CAPITULO SEXTO CAPITULO SEXTO MEDIOS DE COMUNICACIÓN MEDIOS DE COMUNICACIÓN

PROCESAL.PROCESAL. NOTIFICACIONES.-NOTIFICACIONES.- Es el acto procesal Es el acto procesal

mediante el cual el Tribunal da a conocer a las mediante el cual el Tribunal da a conocer a las partes el contenido de un resolución judicial.partes el contenido de un resolución judicial.

CITACIÓN.-CITACIÓN.- Es un llamamiento hecho al Es un llamamiento hecho al destinatario para que comparezca o acuda a la destinatario para que comparezca o acuda a la practica de alguna diligencia.practica de alguna diligencia.

REQUERIMIENTO.-REQUERIMIENTO.- Es el medio por el que el Es el medio por el que el Tribunal conmina a las partes o terceros para que Tribunal conmina a las partes o terceros para que cumplan con un mandato judicial.cumplan con un mandato judicial.

Las notificaciones surten efectos el día en que Las notificaciones surten efectos el día en que se practican salvo disposición en contrario.se practican salvo disposición en contrario.

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Articulo 52.Articulo 52. Por su forma las Por su forma las notificaciones son:notificaciones son:

Por lista;Por lista;

Domiciliarias;Domiciliarias;

Personales; Personales;

Por edictos y;Por edictos y;

Por oficio.Por oficio.

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Articulo 55.Articulo 55. Es carga procesal de los interesados Es carga procesal de los interesados concurrir al Tribunal para ser notificados e imponerse concurrir al Tribunal para ser notificados e imponerse de los autos.de los autos.

* Todas las resoluciones que se dicten serán * Todas las resoluciones que se dicten serán notificadas por lista, salvo disposición o mandamiento notificadas por lista, salvo disposición o mandamiento en contrario.en contrario.* A más tardar a las nueve horas del día siguiente en * A más tardar a las nueve horas del día siguiente en que se pronuncie la resolución se fijará la lista por el que se pronuncie la resolución se fijará la lista por el Ciudadano Diligenciario.Ciudadano Diligenciario.* La lista permanecerá por un término de tres días, * La lista permanecerá por un término de tres días, para imponerse del contenido de la resolución y para imponerse del contenido de la resolución y solicitar copia de las mismas asentándose en autos solicitar copia de las mismas asentándose en autos razón.razón.* También serán por lista las notificaciones * También serán por lista las notificaciones domiciliarias si los interesados omiten señalar en su domiciliarias si los interesados omiten señalar en su primer escrito o actuación lugar para ese efecto.primer escrito o actuación lugar para ese efecto.* Quienes concurran a las audiencias se tendrán por * Quienes concurran a las audiencias se tendrán por enterados de las resoluciones que en ellas se emitan.enterados de las resoluciones que en ellas se emitan.

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Articulo 56.Articulo 56. La lista de notificaciones La lista de notificaciones contendrá:contendrá:

Numero de expediente;Numero de expediente; Nombre de las partes;Nombre de las partes; Persona a la que se notifica;Persona a la que se notifica; La naturaleza del Juicio; La naturaleza del Juicio; Extracto de la notificación que se Extracto de la notificación que se

notifique;notifique; La fecha en que se dicto;La fecha en que se dicto; La fecha en que se fija y retira la lista y;La fecha en que se fija y retira la lista y; El sello, nombre y firma del diligenciario. El sello, nombre y firma del diligenciario.

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Articulo 59.Articulo 59. Se aplican a la audiencia de conciliación y Se aplican a la audiencia de conciliación y al emplazamiento las siguientes disposiciones:al emplazamiento las siguientes disposiciones:

* Admitida la demanda, el Tribunal mandara a citar al * Admitida la demanda, el Tribunal mandara a citar al demandado para que acuda en día y hora establecido, demandado para que acuda en día y hora establecido, con la prevención que de no hacerlo se considerara un con la prevención que de no hacerlo se considerara un desacato y se le impondrá una multa hasta de cien días desacato y se le impondrá una multa hasta de cien días de salario mínimo general vigente.de salario mínimo general vigente.* Cuando el demandado acuda por sí o a través de su * Cuando el demandado acuda por sí o a través de su representante a la audiencia de conciliación y no representante a la audiencia de conciliación y no hubiera acuerdo se practicara el emplazamiento en el hubiera acuerdo se practicara el emplazamiento en el mismo recinto por el Secretario de Acuerdos.mismo recinto por el Secretario de Acuerdos.* Cuando el demandado no acuda a la citación para la * Cuando el demandado no acuda a la citación para la audiencia de conciliación se tendrá por fracasada y se audiencia de conciliación se tendrá por fracasada y se ordenara el llamamiento a juicio a través de un ordenara el llamamiento a juicio a través de un emplazamiento fuera del recinto judicial.emplazamiento fuera del recinto judicial.* Cuando se justifique que la parte actora de mala fe * Cuando se justifique que la parte actora de mala fe proporciono un domicilio falso de su contraparte con el proporciono un domicilio falso de su contraparte con el fin de impedir su emplazamiento se procederá fin de impedir su emplazamiento se procederá penalmente en su contra.penalmente en su contra.

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Articulo 60.Articulo 60. Emplazamiento en el recinto Emplazamiento en el recinto judicial:judicial:

En la audiencia de conciliación el secretario En la audiencia de conciliación el secretario hará constar la comparecencia del demandado, hará constar la comparecencia del demandado, que se acreditara mediante identificación oficial.que se acreditara mediante identificación oficial.

Se le entregara copia de la demanda de sus Se le entregara copia de la demanda de sus anexos y del auto admisorio de la misma.anexos y del auto admisorio de la misma.

Se le requerirá para que dentro del termino y Se le requerirá para que dentro del termino y condiciones produzca su contestación.condiciones produzca su contestación.

Se le formularan las prevenciones de ley.Se le formularan las prevenciones de ley. Se levantara acta que firmara el emplazado en Se levantara acta que firmara el emplazado en

unión del Secretario y si no quisiere o no supiere unión del Secretario y si no quisiere o no supiere firmar se hará constar esta circunstancia, firmar se hará constar esta circunstancia, agregando copia de la identificación respectivaagregando copia de la identificación respectiva..

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Articulo 61. Articulo 61. Emplazamiento fuera del recinto Emplazamiento fuera del recinto judicial:judicial:

1)1) Se hará personalmente en la residencia Se hará personalmente en la residencia señalada, entregándose copia simple con sello señalada, entregándose copia simple con sello del juzgado de la resolución que se notifica de del juzgado de la resolución que se notifica de la demanda y sus anexos.la demanda y sus anexos.

2)2) Quien lo practique debe cerciorarse de que la Quien lo practique debe cerciorarse de que la persona tiene su domicilio en dicha casa y se persona tiene su domicilio en dicha casa y se asentará razón en autos.asentará razón en autos.

3)3) Si no se encuentra el interesado en la primera Si no se encuentra el interesado en la primera diligencia después de haberse cerciorado de diligencia después de haberse cerciorado de que ese es su domicilio se dejara citatorio para que ese es su domicilio se dejara citatorio para el día siguiente.el día siguiente.

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4) 4) Si se encuentra cerrado el domicilio, se niegan Si se encuentra cerrado el domicilio, se niegan abrir o no se encuentra presente persona capaz, abrir o no se encuentra presente persona capaz, después de cerciorarse plenamente de que en ese después de cerciorarse plenamente de que en ese lugar tiene su domicilio el demandado, se fijara lugar tiene su domicilio el demandado, se fijara citatorio en la puerta de acceso.citatorio en la puerta de acceso.5)5) Si la persona emplazada no atiende el citatorio, el Si la persona emplazada no atiende el citatorio, el emplazamiento se entenderá con cualquier persona emplazamiento se entenderá con cualquier persona capaz que se encuentre en la casa.capaz que se encuentre en la casa.6)6) Si en la casa designada no se encuentra persona Si en la casa designada no se encuentra persona capaz alguna para el emplazamiento se fijara en la capaz alguna para el emplazamiento se fijara en la puerta de acceso de la casa los documentos que puerta de acceso de la casa los documentos que integran el traslado y además se emplazara por integran el traslado y además se emplazara por edictos.edictos.7)7) En autos se asentara razón de haberse cumplido En autos se asentara razón de haberse cumplido con lo anterior.con lo anterior.

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Articulo 62. Emplazamiento por Edictos:Articulo 62. Emplazamiento por Edictos:

Procede cuando se ignora el Procede cuando se ignora el domicilio del demandado, debe domicilio del demandado, debe manifestarse bajo protesta de decir manifestarse bajo protesta de decir verdad y además que se hicieron las verdad y además que se hicieron las gestiones necesarias para su gestiones necesarias para su localización, bastado para ello:localización, bastado para ello:

La exhibición de constancia indistinta del registro La exhibición de constancia indistinta del registro federal de electores, cámaras de comercio o federal de electores, cámaras de comercio o industriales, registro de catastro o dependencias industriales, registro de catastro o dependencias públicas.públicas.

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ARTICULO 65.-ARTICULO 65.- Notificaciones Notificaciones domiciliarias:domiciliarias:

La primera notificación.La primera notificación. La notificación de las sentencias definitivas.La notificación de las sentencias definitivas. La notificación de la primera resolución que se La notificación de la primera resolución que se

dicte cuando haya habido suspensión o dicte cuando haya habido suspensión o interrupción del procedimiento y;interrupción del procedimiento y;

Las demás que disponga la ley o el tribunal.Las demás que disponga la ley o el tribunal.

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ARTICULO 66.- ARTICULO 66.- Las Las Notificaciones Notificaciones Domiciliarias Domiciliarias se practicarán en el lugar se practicarán en el lugar señalado entregando copia de la resolución, y señalado entregando copia de la resolución, y se entenderán legalmente practicadas cuando se entenderán legalmente practicadas cuando se entreguen indistintamente:se entreguen indistintamente:

Al interesadoAl interesado A su representante, mandatario, abogado A su representante, mandatario, abogado

patrono o persona autorizada y;patrono o persona autorizada y; Cualquier persona capaz que se encuentre Cualquier persona capaz que se encuentre

presentepresente

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ARTICULO 68.-ARTICULO 68.- Tratándose de diligencias Tratándose de diligencias relativas a inscripción y cancelación de relativas a inscripción y cancelación de embargos, descuentos de salarios por embargos, descuentos de salarios por pensiones alimenticias, solicitud de informes a pensiones alimenticias, solicitud de informes a particulares o autoridades y otras análogas, particulares o autoridades y otras análogas, podrán practicarse en forma directa por medio podrán practicarse en forma directa por medio de oficio o comunicación escrita por el tribunal de oficio o comunicación escrita por el tribunal que las decrete aún cuando estén fuera de la que las decrete aún cuando estén fuera de la jurisdicción territorial, pero siempre que se jurisdicción territorial, pero siempre que se encuentren dentro del Estadoencuentren dentro del Estado

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ARTICULO 71.-ARTICULO 71.- Las citaciones Las citaciones se formularán se formularán mediante oficio que contenga los siguientes mediante oficio que contenga los siguientes requisitos:requisitos:

La autoridad judicial que la formulaLa autoridad judicial que la formula La persona que es llamada a comparecerLa persona que es llamada a comparecer El número de expediente, naturaleza del juicio y El número de expediente, naturaleza del juicio y

diligencia a practicardiligencia a practicar El nombre del promoventeEl nombre del promovente El día y hora en que deberá comparecerEl día y hora en que deberá comparecer Los apercibimientos de ley y:Los apercibimientos de ley y: Sello y firma de la autoridad.Sello y firma de la autoridad.

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ARTICULO 72.-ARTICULO 72.- En la citación debe observarse: En la citación debe observarse:

a) Que se entregue en le lugar designado para a) Que se entregue en le lugar designado para tal fin, o en su defecto en le lugar donde se tal fin, o en su defecto en le lugar donde se localice al citado.localice al citado.

b) Cerciorarse previamente de que en ese b) Cerciorarse previamente de que en ese domicilio o lugar habita o se halla domicilio o lugar habita o se halla temporalmente la persona citada, indicando el temporalmente la persona citada, indicando el medio fidedigno de que se valió para ello.medio fidedigno de que se valió para ello.

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c) Se entregará el citatorio al interesado y en caso de c) Se entregará el citatorio al interesado y en caso de que este no se encuentre presente se entregara a que este no se encuentre presente se entregara a cualquier persona que ahí se halle.cualquier persona que ahí se halle.d) De encontrase cerrado el domicilio se dejará el poder d) De encontrase cerrado el domicilio se dejará el poder en el domicilio del vecino más próximo, fijándose copia en el domicilio del vecino más próximo, fijándose copia del citatorio en puerta de acceso.del citatorio en puerta de acceso.e) Si el citado designo previamente al citatorio, domicilio e) Si el citado designo previamente al citatorio, domicilio para recibir notificaciones, bastara que se entregue en el para recibir notificaciones, bastara que se entregue en el mismo, a persona capaz que ahí se encuentre.mismo, a persona capaz que ahí se encuentre.

ARTICULO 73.-ARTICULO 73.- Cuando el objeto del citatorio sea que el Cuando el objeto del citatorio sea que el demandado concilie y en su caso ser emplazado además demandado concilie y en su caso ser emplazado además se remitirá copia del mismo, mediante correo certificado se remitirá copia del mismo, mediante correo certificado con acuse de recibo del servicio postal, que queda con acuse de recibo del servicio postal, que queda agregado en autos.agregado en autos.

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CAPITULO SEPTIMO CAPITULO SEPTIMO TERMINOS JUDICIALESTERMINOS JUDICIALES

Destacan los siguientes dispositivos:Destacan los siguientes dispositivos:Articulo 81.-Articulo 81.- en los asuntos familiares no opera la caducidad en los asuntos familiares no opera la caducidad de la instancia y su procedimiento es oficioso.de la instancia y su procedimiento es oficioso.

Articulo 82.-Articulo 82.- La caducidad de la instancia tiene lugar, cuando La caducidad de la instancia tiene lugar, cuando no existe impulso procesal de las partes en un lapso de no existe impulso procesal de las partes en un lapso de noventa días contados a partir del día siguiente de la noventa días contados a partir del día siguiente de la notificación de la última resolución que se pronuncie.notificación de la última resolución que se pronuncie.* No procede la caducidad cuando el trámite dependa de una * No procede la caducidad cuando el trámite dependa de una resolución o actuación judicial pendiente o una vez citada las resolución o actuación judicial pendiente o una vez citada las partes para sentencia de primera instancia.partes para sentencia de primera instancia.* La caducidad puede ser oficiosa o a petición de parte y su * La caducidad puede ser oficiosa o a petición de parte y su efecto es de extinguir la instancia.efecto es de extinguir la instancia.* Las actuaciones de procedimiento caduco podrán ser * Las actuaciones de procedimiento caduco podrán ser invocadas y aportadas en cualquier otro.invocadas y aportadas en cualquier otro.

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CAPITULO OCTAVOCAPITULO OCTAVODESPACHO DE LOS NEGOCIOSDESPACHO DE LOS NEGOCIOS

Sobresalen como reformas las contenidas en los:Sobresalen como reformas las contenidas en los:

Articulo 84.-Articulo 84.- en las diligencias que se en las diligencias que se desahoguen fuera de los tribunales el funcionario desahoguen fuera de los tribunales el funcionario o empleado que las practique deberá o empleado que las practique deberá plenamente identificarse.plenamente identificarse.

Articulo 86.-Articulo 86.- El Juzgador presidirá las El Juzgador presidirá las audiencias, pero puede encomendarlas al audiencias, pero puede encomendarlas al secretario cuando la ley ,lo disponga o a juicio de secretario cuando la ley ,lo disponga o a juicio de aquel.aquel.

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Articulo 87.-Articulo 87.- Las diligencias que importen Las diligencias que importen ejecución material podrán ser realizadas por el ejecución material podrán ser realizadas por el personal judicial que designe el Tribunal.personal judicial que designe el Tribunal.

Articulo 89.-Articulo 89.- Se entiende por notoriamente Se entiende por notoriamente improcedente todo escrito que sin necesidad de improcedente todo escrito que sin necesidad de demostración es contrario a la letra de la ley, al demostración es contrario a la letra de la ley, al estado o naturaleza del procedimiento o a las estado o naturaleza del procedimiento o a las facultades del Tribunal.facultades del Tribunal.

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Articulo 90.-Articulo 90.- Según las circunstancias de cada Según las circunstancias de cada caso en concreto y de advertirse que se obro de caso en concreto y de advertirse que se obro de mala fe faltando a los principios fundamentales mala fe faltando a los principios fundamentales del proceso, relativos a la lealtad, honestidad, del proceso, relativos a la lealtad, honestidad, respeto o verdad, o con el fin de entorpecer el respeto o verdad, o con el fin de entorpecer el procedimiento se puede imponer al peticionario procedimiento se puede imponer al peticionario algunas de las correcciones disciplinarias que algunas de las correcciones disciplinarias que pueden ser multa, y su pago será solidariamente pueden ser multa, y su pago será solidariamente responsable el patrono del promovente.responsable el patrono del promovente.

Articulo 91.-Articulo 91.- Para ser cumplir las Para ser cumplir las determinaciones se pueden emplear conjunta o determinaciones se pueden emplear conjunta o indistintamente los siguientes medios de indistintamente los siguientes medios de apremio:apremio: Multa hasta por el importe de mil días de salarioMulta hasta por el importe de mil días de salario

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Articulo 94.-Articulo 94.- Son correcciones disciplinarias los Son correcciones disciplinarias los medios a través de los cuales la autoridad medios a través de los cuales la autoridad jurisdiccional mantiene el orden, disciplina, y jurisdiccional mantiene el orden, disciplina, y respeto dentro de su Tribunal o en le desahogo respeto dentro de su Tribunal o en le desahogo de cualquier diligencia que se practique fuera de de cualquier diligencia que se practique fuera de este.este.

Articulo 95.-Articulo 95.- Como correcciones disciplinarias Como correcciones disciplinarias tenemos:tenemos: El extrañamiento El extrañamiento La multa hasta por el importe de quinientos días que La multa hasta por el importe de quinientos días que

podrá duplicarse en caso de reincidencia.podrá duplicarse en caso de reincidencia. La expulsión del recinto judicial inclusive con el La expulsión del recinto judicial inclusive con el

auxilio de la fuerza públicaauxilio de la fuerza pública

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CAPITULO NOVENOCAPITULO NOVENOPRESUPUESTOS PROCESALESPRESUPUESTOS PROCESALES

Como innovaciones tenemos:Como innovaciones tenemos:

Articulo 98.-Articulo 98.- Son presupuestos procesales los requisitos Son presupuestos procesales los requisitos que permite la constitución y desarrollo del juicio, sin los que permite la constitución y desarrollo del juicio, sin los que no puede iniciarse ni tramitarse con eficacia jurídica que no puede iniciarse ni tramitarse con eficacia jurídica el procedimiento, por lo que deben existir desde que este el procedimiento, por lo que deben existir desde que este se inicia y subsistir durante él, estando facultada la se inicia y subsistir durante él, estando facultada la autoridad para estudiarlo de oficio.autoridad para estudiarlo de oficio.

Articulo 99.-Articulo 99.- Como presupuestos procesales tenemos: Como presupuestos procesales tenemos: La competenciaLa competencia El interés JurídicoEl interés Jurídico La capacidadLa capacidad La personalidadLa personalidad La legitimaciónLa legitimación La presentación de una demanda formal y La presentación de una demanda formal y

sustancialmente validasustancialmente valida Cualquier otro que sea necesario para la existencia de la Cualquier otro que sea necesario para la existencia de la

relación jurídica entre las partes establecido por la leyrelación jurídica entre las partes establecido por la ley

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Articulo 100.-Articulo 100.- La COMPETENCIA es el límite La COMPETENCIA es el límite de la jurisdicción, en razón de la materia, del de la jurisdicción, en razón de la materia, del territorio, de la cuantía y del grado, según lo territorio, de la cuantía y del grado, según lo establece la ley Orgánica del Poder del Estado.establece la ley Orgánica del Poder del Estado.

Articulo 101.-Articulo 101.- El INTERÉS JURÍDCO es la El INTERÉS JURÍDCO es la necesidad en la que se encuentra el actor de necesidad en la que se encuentra el actor de obtener de la autoridad judicial la declaración o obtener de la autoridad judicial la declaración o constitución de un derecho o la imposición de constitución de un derecho o la imposición de una condena, ante la violación o una condena, ante la violación o desconocimiento de ese derecho.desconocimiento de ese derecho.

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El INTERÉS JURÍDICO DEL DEMANDADO El INTERÉS JURÍDICO DEL DEMANDADO es es la facultad que tiene para oponerse, allanarse o la facultad que tiene para oponerse, allanarse o transigir cuando la ley lo permite sobre las transigir cuando la ley lo permite sobre las pretensiones del actor.pretensiones del actor.

Articulo 102.-Articulo 102.- La CAPACIDAD es la actitud La CAPACIDAD es la actitud jurídica en la que se encuentra una persona jurídica en la que se encuentra una persona para acudir a juicio.para acudir a juicio.

Articulo 103.-Articulo 103.- La PERSONALIDAD es la La PERSONALIDAD es la facultad para intervenir el los procedimientos facultad para intervenir el los procedimientos judiciales, por derecho propio o como judiciales, por derecho propio o como representante de otro.representante de otro.

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Articulo 104.-Articulo 104.- LA LEGITIMACION ACTIVA se LA LEGITIMACION ACTIVA se produce cuando es ejercitada por aquel que produce cuando es ejercitada por aquel que tiene aptitud para hacer valer el derecho que se tiene aptitud para hacer valer el derecho que se cuestionará, bien por que se ostente como titular cuestionará, bien por que se ostente como titular o por que cuente con la representación de dicho o por que cuente con la representación de dicho titular.titular.

La LEGITIMACION PASIVA se produce cuando La LEGITIMACION PASIVA se produce cuando la acción vincula identificando como un solo la acción vincula identificando como un solo sujeto al demandado, con la persona que habrá sujeto al demandado, con la persona que habrá de actuar la voluntad concreta de la ley.de actuar la voluntad concreta de la ley.

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SECCION PRIMERA: COMPETENCIASECCION PRIMERA: COMPETENCIA

Sobresalen las siguientes disposiciones:Sobresalen las siguientes disposiciones:

Articulo 108.- Es Tribunal competente: Articulo 108.- Es Tribunal competente:

I. Tratándose de divorcio voluntario o necesario el I. Tratándose de divorcio voluntario o necesario el del domicilio familiar y a falta de este el del del domicilio familiar y a falta de este el del demandado.demandado.

II. En los negocios sobre nulidad de matrimonio y de II. En los negocios sobre nulidad de matrimonio y de rectificación o modificación de actas del estado Civil, rectificación o modificación de actas del estado Civil, el del domicilio del actor; Si aquellos se hubiesen el del domicilio del actor; Si aquellos se hubiesen celebrado fuera del Estado de Puebla, el Juez que celebrado fuera del Estado de Puebla, el Juez que conozca del asunto deberá analizar el acto conforme conozca del asunto deberá analizar el acto conforme a la ley del lugar en que se celebro.a la ley del lugar en que se celebro.

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III. En las acciones derivadas de actos III. En las acciones derivadas de actos celebrados por medios electrónicos el del celebrados por medios electrónicos el del domicilio del actor.domicilio del actor.

IV. En los actos de jurisdicción voluntaria el que IV. En los actos de jurisdicción voluntaria el que elija el que promueve.elija el que promueve.

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Articulo 110.-Articulo 110.- Es Tribunal competente para Es Tribunal competente para conocer de los juicios hereditarios haya o no conocer de los juicios hereditarios haya o no haya testamento:haya testamento: El del lugar del último domicilio del autor de la El del lugar del último domicilio del autor de la

herencia.herencia. A falta de domicilio fijo donde estén situados los A falta de domicilio fijo donde estén situados los

bienes raíces.bienes raíces. Si hubiere varios bienes raíces en diversos lugares, Si hubiere varios bienes raíces en diversos lugares,

donde se halle la mayoría y ;donde se halle la mayoría y ; A falta de domicilio y de bienes raíces donde hubiese A falta de domicilio y de bienes raíces donde hubiese

fallecido el autor de la herencia.fallecido el autor de la herencia.

Articulo 111.-Articulo 111.- La Falta de competencia solo La Falta de competencia solo puede hacerse valer como excepción al puede hacerse valer como excepción al contestar la demandacontestar la demanda

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SECCION SEGUNDA: IMPEDIMENTOS, SECCION SEGUNDA: IMPEDIMENTOS, RECUSACIONES Y EXCUSASRECUSACIONES Y EXCUSAS

Articulo 123.-Articulo 123.- Cuando los servidores judiciales Cuando los servidores judiciales y los auxiliares a que se refiere esta sección no y los auxiliares a que se refiere esta sección no se excusaren a pesar de existir uno de los se excusaren a pesar de existir uno de los impedimentos establecidos por la ley, procede la impedimentos establecidos por la ley, procede la recusación que se fundara en causa legal.recusación que se fundara en causa legal.

Articulo 124.-Articulo 124.- De las recusaciones conocerán: De las recusaciones conocerán: El superior del tribunal recusado cuando se trate El superior del tribunal recusado cuando se trate

de juicio de primera instanciade juicio de primera instancia La sal a la que pertenezca el magistrado La sal a la que pertenezca el magistrado

recusado sin la concurrencia de éste.recusado sin la concurrencia de éste. La sala colegiada en turno tratándose de La sala colegiada en turno tratándose de

magistrados unitarios, y;magistrados unitarios, y; Las recusaciones de secretario, peritos y Las recusaciones de secretario, peritos y

diligenciarios se sustanciaran ante los jueces o diligenciarios se sustanciaran ante los jueces o salas con quienes actúen.salas con quienes actúen.

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Articulo 125.-Articulo 125.- Una vez interpuesta la Una vez interpuesta la reacusación no podrá alzarse en ningún tiempo.reacusación no podrá alzarse en ningún tiempo.

Articulo 127.-Articulo 127.- En las recusaciones se admiten En las recusaciones se admiten los medios de prueba establecidos en la ley y los medios de prueba establecidos en la ley y además el informe del recusado que deberá además el informe del recusado que deberá contener las respuestas a las preguntas que contener las respuestas a las preguntas que puedan formular las partes.puedan formular las partes.

Articulo 129Articulo 129.- No se dará curso a ninguna .- No se dará curso a ninguna recusación si al momento de interponerla no se recusación si al momento de interponerla no se exhibe el certificado de deposito judicial por el exhibe el certificado de deposito judicial por el importe de doscientos días de salario mínimo, importe de doscientos días de salario mínimo, salvo en el caso de que el recusante este salvo en el caso de que el recusante este impedido de hacer el deposito y lo justifique impedido de hacer el deposito y lo justifique debidamente. debidamente.

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Articulo 133.-Articulo 133.- El Tribunal que conozca de la El Tribunal que conozca de la recusación declarara si esta es legal o no; y en recusación declarara si esta es legal o no; y en su caso admitirá y mandara a desahogar las su caso admitirá y mandara a desahogar las pruebas en una sola audiencia, concluida la pruebas en una sola audiencia, concluida la misma ordenara se turnen los autos para dictar misma ordenara se turnen los autos para dictar la resolución correspondiente.la resolución correspondiente.

Articulo 136.-Articulo 136.- Tratándose de recusación en Tratándose de recusación en contra de un secretario o diligenciario, el juez o contra de un secretario o diligenciario, el juez o la Sala a que pertenezcan, proveerá de la Sala a que pertenezcan, proveerá de inmediato a quien deba sustituirlos en tanto se inmediato a quien deba sustituirlos en tanto se decide la recusación para no entorpecer el decide la recusación para no entorpecer el procedimiento.procedimiento.

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Articulo 142.-Articulo 142.- Si se declaran inadmisibles o no Si se declaran inadmisibles o no probadas en un negocio dos recusaciones no se probadas en un negocio dos recusaciones no se admitirá ya otra, aunque el recusante alegue que admitirá ya otra, aunque el recusante alegue que es por causa superveniente o que no tuvo es por causa superveniente o que no tuvo conocimiento de ella.conocimiento de ella.

Articulo 144.-Articulo 144.- Solo pueden recusar: Solo pueden recusar: Las parte o sus representantes.Las parte o sus representantes. En caso de litis-consorcio, el representante común En caso de litis-consorcio, el representante común

designado en los términos de esta ley y ;designado en los términos de esta ley y ; En los procedimientos universales, el En los procedimientos universales, el

representante legitimo de los acreedores o el representante legitimo de los acreedores o el albacea definitivo.albacea definitivo.