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“LIBROS BLANCOS” - Secretaría de la Contraloría Generalfpchiapas.gob.mx/docs/06_libro_blanco.pdf · El curso para la integración de ... autorización formal de los Libros Blancos

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Secretaría de la Función Pública

Oficina del Secretario Coordinación de Verificación de la Supervisión

Externa de la Obra Pública Estatal “Libro Blanco”

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Curso para la integración de

“LIBROS BLANCOS”

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INTRODUCCIÓN

La rendición de cuentas en forma clara y oportuna, que demuestre el uso eficaz y transparente de los recursos públicos en favor de la ciudadanía Chiapaneca, ha sido una de las principales preocupaciones del Gobierno del C. Lic. Juan Sabines Guerrero.

Para responder a este compromiso, la Secretaria de la Función Pública del Estado ha elaborado el presente curso “Libros Blancos”, que tiene como finalidad orientar a los Órganos de Control Interno de la Secretaría de la Función Pública, Dependencias Ejecutoras y Municipios en su integración.

El presente curso constituye un instrumento que describe la forma en que debe integrarse la evidencia de los tramites y operaciones realizadas y, tiene como objetivo dejar constancia documental del desarrollo del proyecto desde la planeación, programación, presupuestación, ejercicio, seguimiento y control; presentando con su integración mayor claridad, objetividad y transparencia en la aplicación de los recursos públicos.

Para tal efecto hemos considerado conveniente que la integración de los Libros Blancos, describa en cada caso, su conceptualización, desarrollo, logros y beneficios, con datos debidamente soportados con la evidencia documental que se haya generado con motivo de la aprobación, ejecución y conclusión de los recursos públicos.

El propósito de los Libros Blancos permitirá que cada una de los Órganos de Control Interno de la Secretaría de la Función Pública, asignados a las Dependencias Centralizadas, Organismos Descentralizados y Municipios constaten, por sí mismos, el cabal cumplimiento de la aplicación de los recursos que tuvieron bajo su responsabilidad.

La estructura de integración de Libros Blancos que adopte cada Dependencia Ejecutora, Órganos Desconcentrados y Municipios deberá ser comunicada a la Secretaría de la Función Púbica del Estado, permitiendo la supervisión en la integración correcta de los mismos.

Los Libros Blancos se integrarán en forma impresa, en disco compacto o en cualquier otro medio magnético, el cual deberá permitir que los documentos sean plenamente identificables, insustituibles, inviolables y validados por el responsable de su elaboración o expedición, debiendo quedar sustentados mediante el acopio.

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Las Dependencias Ejecutoras y Municipios enviarán el Libro Blanco, para el Visto Bueno de la Secretaría de la Función Pública, respecto de la forma en que deben integrarse, por lo que una vez validado, quedará bajo la responsabilidad de los titulares de las unidades administrativas responsables del gasto, la custodia y resguardo de la documentación original comprobatoria y los informes relativos a las actividades realizadas.

La custodia y resguardo de la documentación original comprobatoria y justificativa del ingreso y del gasto público, se deberá ajustar a las disposiciones relativas a la guarda, custodia y plazo de conservación del archivo contable gubernamental, vigente a la fecha, así como lo que prevea la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y su Reglamento.

El curso para la integración de Libros Blancos estará dirigido en principio a los funcionarios públicos adscritos a las Delegaciones de la Secretaria de la Función Pública y, a los Órganos de Control Interno de las Dependencias y Organismos Descentralizados de la Administración Pública Estatal y Municipal, así como a los funcionarios que manejen recursos públicos adscritos a las Dependencias ejecutoras. Teniendo el propósito principal de capacitar a los funcionarios públicos, en la integración ordenada y estructurada de un solo documento, que conforme la evidencia de los trámites y operaciones que se realizaron con motivo de la autorización y aplicación de los recursos, promoviendo así la oportuna rendición de cuentas y la transparencia de la información.

Así mismo otorgar a los Órganos de Control Interno una herramienta que facilite la autorización formal de los Libros Blancos y su revisión y se promueva la implementación de este formato en la entrega y cierre de las Dependencias y Organismos de la presente Administración Pública Estatal.

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CONTENIDO DEL CURSO

A) LIBRO BLANCO:

I.- CONCEPTOS BÁSICOS.

1.- Cualidades………..…………………………………………………………………… 7

2.- Trabajo en equipo.………….………………………………………………………… 8

II.- ANTECEDENTES DE LA RENDICIÓN DE CUENTAS

3.- Nivel Mundial…….……………………………………………………………………. 9

4.- Nivel Nacional………...……………………………………………………………….. 9

III.- DEFINICIONES.

5.- Rendición de cuentas……………..………………………………………………….. 11

6.- Porque la rendición de cuentas………….……..……………………………………. 11

7.- Libro-Blanco…….………………………….………………………………………….. 13

8.- Definición de Libro Blanco……………………..…………………………………….. 13

9.- Definición de conceptos……………………………………………………………… 13

10.- Planeación Federal..………………………………………………………………… 14

11.- Planeación Estatal…………………………..………………………………………. 14

12.- Ley Orgánica Federal……………………………………………………………….. 14

13.- Ley Orgánica Estatal………………………………………………………………… 15

14.- Plan de Desarrollo Chiapas Solidario 2007-2012………………………………... 15

IV.- ASPECTOS NORMATIVOS.

15.- Aspectos jurídicos de los libros blancos..…………………………………………. 16

V.- CONTENIDO LIBRO BLANCO.

16.- Básico – General………………………………………………..…………………… 17

17.- Alcance……..………………………………………………………………………… 17

18.- Documento………..………………………………………………………………….. 17

19.- Atomización documental……….……….…………………………………………... 17

20.- Concentración documental……….…….…………………………………………... 18

21.- Archivo – Expediente – Libro blanco..…………………………………………….. 18

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VI.- METODOLOGÍA LIBRO BLANCO.

22.- Planeación…..……………………………….……………………………………….. 18

23.- Ejecución…………………………………….……………………………………….. 18

24.- Índice preliminar……………………………………………………………………… 18

25.- Revisión, análisis y depuración documental……………...………………………. 19

26.- Características de los documentos probatorios……………..…………………… 19

27.- Integración del índice del libro blanco definitivo……………………..…………… 19

28.- Integración documental……………………………………………………………... 20

29.- Resumen ejecutivo…………………………………………………………………... 20

30.- Resultados y beneficios…………………………………………………………….. 20

31.- Lógica de un libro blanco…………………………………………………………… 20

32.- Cadena de valor de un libro blanco……………………………………………….. 20

33.- Riesgo………………………………………………………………………………… 21

34.- Contenido definitivo de libro blanco………………………………………………. 21

VII.- ESTRATEGIAS.

35.- Proceso básico…..…...……………………………………………………………... 23

36.- Proceso detallado…………………..……………………………………………….. 23

37.- Tiempos de elaboración………………………...………...………………………… 24

38.- Guía metodológica para la elaboración de Libro Blanco………………………... 24

VIII.- BENEFICIOS.

39.- Beneficios del libro blanco………………………………………………..………… 26

B) EJEMPLOS DE INTEGRACION DE LIBROS BLANCOS.

1.- Integración del Libro Blanco de una Obra Pública……………...……………………. 28

2.- Integración del Libro Blanco conforme a las Reglas de Operación del FONDEN (R.O.F.) del 2009 y 2010…………………………………...………………………….

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3.- Integración del Libro Blanco del parque Bicentenario Tapachula, Chiapas conforme a las Reglas de Operación del Fideicomiso de Estrategias Financieras Multisectoriales (FIDEFIM)…………………………………………….....

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C) MARCO LEGAL “LIBROS BLANCOS”.

Desarrollo del Marco Legal del Libra Blanco…………………..…………………....... 38

D) LINEAMIENTOS PARA LA ELABORACIÓN E INTEGRACIÓN

. DE“LIBROS BLANCOS”……………………………...............................

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1.- Instrucciones para el llenado y envío del ormato para la integración

de la relación inicial de Libros Blancos de la Administración Pública Federal

y/o Estatal………………………………………………………………………………..

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2.- Formato para el llenado para l a integración de la relación inicial de Libros

Blancos…………………………………………………..………………………………

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E) BIBLIOGRAFÍA……………………………………………………………………….. 48

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A)

CURSO DE INTEGRACIÓN “LIBROS BLANCOS”

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I.- CONCEPTOS BÁSICOS.

En los Libros Blancos se describirán y se presentarán de manera cronológica las acciones conceptuales, legales, presupuestarias, administrativas, operativas y de seguimiento que se hayan realizado, así como los resultados obtenidos por el programa y/o proyecto seleccionado.

Cuando las Dependencias o Entidades de la Administración Pública Estatal, consideren necesario resaltar las acciones de algún programa y/o proyecto de Gobierno, se procederá a la elaboración de un Libro Blanco al respecto, conforme a los lineamientos que emita la Secretaría de la Función Pública. (Se deberá realizar para esta Administración un ACUERDO para la Rendición de Cuentas de la Administración Pública Estatal 2006-2012).

Se elaborará un Libro Blanco cuando a juicio del titular de la Dependencia o Entidad

se considere necesario dejar constancia documental del desarrollo de programas y/o proyectos de Gobierno, así como de otros asuntos que estime relevantes. (Se deberán

crear para esta Administración los LINEAMIENTOS para la formulación del informe de rendición de cuentas de la Administración Pública Estatal 2006-2012).

1.- CUALIDADES DE TODO SERVIDOR PÚBLICO.

Para que un servidor público tenga éxito, sea confiable y cumpla con las metas fijadas en un proyecto y acción, debe de contar con ciertas cualidades. A C T I T U D:

Tendencia del comportamiento que un individuo tiene con respecto a hechos, personas, situaciones o instituciones.

Pre-disposición o tendencia mental y/o física, con cierto nivel de estabilidad, para comportarse de determinada manera, es el comportamiento o conducta social.

APTITUD:

Potencialidad del individuo para aprender.

Condición o características que le permiten adquirir, mediante un entrenamiento

específico, conocimiento y habilidad.

Es la suma de facultades físicas y mentales que se traducen en iniciativa,

laboriosidad y eficiencia, para desempeñar una actividad determinada.

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LEALTAD:

Es el cumplimiento de aquello que existe en las Leyes de la fidelidad y el honor.

Un hombre de bien debe ser leal a otras personas, organizaciones (como la

empresa en la que trabaja) y a su nación.

DISCRESIÓN:

Sensatez para formar juicio y tacto para hablar u obrar.

Don de expresarse con agudeza, ingenio y oportunidad.

Reserva, prudencia, circunspección.

2.- TRABAJO EN EQUIPO. El trabajo en equipo, consiste en realizar una tarea específica, por medio de un grupo de personas, que conforman, a su vez, un grupo de trabajo. Es primordial en el trabajo en equipo, la unión y empatía entre los integrantes, ya que en más de una oportunidad, será necesario comprender a otro integrante y, asimismo, apoyar las distintas ideas que vayan naciendo con el desarrollo de la tarea en cuestión. De igual manera, el trabajo en equipo, estará conformado, por personas con conocimientos específicos en diversas materias, que se entrelazan para la consecución del objetivo o meta a alcanzar. EFECTIVIDAD: Se observa cuando se logran los objetivos organizacionales con el

menor esfuerzo y en el tiempo preciso.

EFICACIA: Es el grado de cumplimiento de los objetivos predeterminados.

EFICIENCA: Racional aprovechamiento de los medios y recursos con que se cuenta para alcanzar un objetivo preestablecido.

EQUIPO: Conjunto reducido y fijo de personal altamente organizado, con funciones determinadas y con una tarea clara y bien definida.

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II.- ANTECEDENTES.

3.- ANTECEDENTES A NIVEL MUNDIAL: Suecia en el año 1800 el congreso de OMBUDSMAN implemento la rendición de

cuentas, teniendo como resultados una Relatoría de logros obtenidos.

El Gobierno de Francia en 1890 presento su rendición cuentas, logrando

exitosamente resultados de su gestión.

En E.U.A. en 1950 la GENERAL ACCOUNTING OFICCE (GAO) tuvo éxito en los resultados de la Evaluación de Programas.

4.- ANTECEDENTES EN MÉXICO: A partir de 1936 es una Obligación del Gobierno el rendir cuentas a la sociedad,

entregando la Cuenta Pública a la Cámara de Diputados, documentos numéricos y cualitativos (descripción), para su evaluación y aprobación.

El origen de los Libros Blancos surge de la Entrega-recepción de la Administración Pública Federal del sexenio de 1988 -1994 y de 1994-2000, entregando estos documentos a través de actas.

A partir del 2000 se integro un Libro Blanco o Memoria Documental, teniendo como resultado una acción de gobierno con la documentación más relevante generada por un programa, proyecto de Inversión o acción, relatando los resultados alcanzados con documentos cualitativos y cuantitativos.

Con fecha 10 de Octubre de 2005, la Secretaría de la Función Pública Federal expide los “Lineamientos para la formulación del Informe de Rendición de cuentas de la Administración Pública Federal 2000-2006”, teniendo como resultado la documentación relevante generada en el periodo, relatando los resultados alcanzados con documentos cualitativos y cuantitativos.

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El 11 de Diciembre de 2008 la Secretaría de la Función Pública, expide en el Diario Oficial el Decreto “Programa Nacional de Rendición de Cuentas, Transparencia y Combate a la Corrupción 2008-2012”, el cual contiene objetivos, estrategias, líneas de acción y metas específicas, con el propósito de contribuir a la consolidación de la gobernabilidad democrática a través de la aplicación estricta de la Ley y de la plena vigencia de los principios de rendición de cuentas, integridad y transparencia. Que el programa señalado en el considerando que antecede, tiene como propósitos consolidar la política de Estado en materia de rendición de cuentas, información, transparencia combate a la corrupción, fortalecer los mecanismos de control, fiscalización y sanción; institucionalizar mecanismos de atención, vinculación, participación ciudadana en la rendición de cuentas y el combate a la corrupción, contribuir al desarrollo de una cultura con apego a la legalidad y a la ética pública. “Objetivos y Estrategias del Programa” I.- Consolidar una política de Estado en materia de información, transparencia y rendición de cuentas. II.- Fortalecer la fiscalización de los recursos públicos y mejorar el control interno de la Administración Pública Federal para que contribuya a la efectividad y el desempeño de las instituciones. III.- Contribuir al desarrollo de una cultura de apego a la legalidad, de ética y responsabilidad pública. IV.- Institucionalizar mecanismos de vinculación y participación ciudadana en el combate a la corrupción y la mejora de la transparencia y de la legalidad. V.- Establecer mecanismos de coordinación de acciones para el combate a la corrupción en la Administración Pública Federal. VI.- Combatir la corrupción en instituciones del gobierno federal que participan en la prevención, investigación y persecución de los delitos, así como en la ejecución de sanciones penales.

Con fecha 10 de Octubre de 2011, la Secretaría de la Función Pública Federal expide en el Diario Oficial de la Federación los “Lineamientos para la elaboración e integración de Libros Blancos y Memorias de Documentales”, que tendrá como finalidad dejar constancia de acciones y resultados obtenidos de programas, proyectos o asuntos relevantes y transcendentes de la Administración Pública Federal 2007-2012, a través de los denominados Libros Blancos y Memorias.

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III.- DEFINICIONES. 5.- ¿QUE ES LA RENDICIÓN DE CUENTAS? La rendición de cuentas actualmente es un término utilizado, por toda la ciudadanía o el "Pueblo"; ya que al parecer desde la primer Acta Constitutiva de 1917, los ciudadanos mexicanos tienen derecho, de pedir cuentas a sus gobernantes representativos, en todas la jerarquías existentes, para esto como ciudadanos tenemos que estar enterados e informados sobre cómo se puede llevar a cabo este derecho que por Ley tenemos desde hace mucho tiempo. Por lo que es una obligación de todo Gobierno rendir cuentas claras, precisas y ordenadas de su gestión en un período determinado a través de la realización de Acciones, Cumplimiento de metas y Resultados alcanzados. Los Gobiernos Federal, Estatal y Municipal tienen mecanismos institucionales de seguimiento y control que garantizan la supervisión de la ejecución de cada compromiso, desde su inicio hasta su terminación, informando a la sociedad de los resultados alcanzados. En consecuencia, la “Rendición de Cuentas” se ha convertido en término de uso cotidiano y obligado del vocabulario de políticos, servidores públicos, periodistas, académicos y sociedad en general. Por lo que la Rendición de cuentas proviene de una traducción inexacta del término anglosajón accountability, que en su acepción original significa “ser sujeto a la obligación de reportar, explicar o justificar algo; ser responsable ante alguien de algo”. Debido a que en la lengua española se carece de un término específico que exprese con nitidez la acepción anglosajona del mismo, se ha optado por usar el término como tal, “Rendición de Cuentas”. 6.- ¿POR QUE LA RENDICIÓN DE CUENTAS? Porque es una obligación constitucional, ya que por medio de esta, el Gobierno da a conocer a la sociedad sus acciones y acepta consecuentemente la responsabilidad de las mismas, se verifica la transparencia y abre la información al escrutinio público para que aquellos interesados puedan revisarla, analizarla y, en su caso, utilizarla como mecanismo para sancionar. Un Gobierno democrático debe rendir cuentas para reportar o explicar sus acciones y debe transparentarse para mostrar su funcionamiento y someterse a la evaluación de los ciudadanos, teniendo como fin una sociedad más informada y más democrática.

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La Rendición de Cuentas como se muestra en el esquema siguiente, implica por un lado la responsabilidad u obligación del Estado de Informar de su actuación a los ciudadanos en sus tres ámbitos de acción: el Legislativo, el Ejecutivo y el Judicial; y por otro, la aplicación de sanciones por el incumplimiento de la misma. Asimismo, la información pública deberá contener la justificación y respaldo correspondiente de sus contenidos. Cabe señalar que la Rendición de Cuentas se da en dos niveles o vertientes en cuanto a destino y objeto de la información rendida. En el siguiente cuadro, se muestra que en la primera vertiente de orden interno se reporta la información para el seguimiento, el control y la evaluación de la gestión. Y en la segunda de orden externo, se pública información sobre el manejo de los recursos, el cumplimiento de compromisos y la atención de peticiones ciudadanas.

“DESTINO Y OBJETO DE LA RENDICIÓN DE CUENTAS”

DESTINO OBJETO

SEGUIMIENTO DE ACCIONES

CONTROL DE ACCIONES Y RECURSOS

EVALUACIÓN DE RESULTADOS

MANEJO Y DESTINO DE RECURSOS

CUMPLIMIEN TO DE COMPROMISOS

ATENCIÓN CIUDADANA

RENDICIÓN

DE

CUENTAS

INTERNO

EXTERNO

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7.- LIBRO – BLANCO. ¿Qué es un libro? Proviene del latín Liber, Libri, que significa un conjunto de hojas de

papel, impresas que se cosen y encuadernan, formando un volumen. Es un medio por

el cual el hombre transmite sus sentimientos, opiniones y conocimientos.

¿Por qué es blanco? Es un color que resulta de la combinación de todos los colores

del espectro solar. El blanco da idea de pulcritud y transparencia.

8.- DEFINICIÓN DE LIBRO BLANCO.

El Libro Blanco se puede definir de la siguiente manera: Es un documento que memoriza, sistematiza e integra documentalmente las acciones

de un programa, proyecto o acción de Gobierno a favor de la actividad de una gestión

interna, como medio para informar a la sociedad como ella espera, demanda y

merece, consolidando la comunicación entre gobernantes y gobernados.

Es una concentración documental de las acciones y hechos más importantes, que

sustentan, en forma cronológica, las acciones realizadas en un programa o proyecto

de Gobierno desde la planeación, implantación, ejecución, conclusión y resultados

ejecutados por una Institución.

9.- CONCEPTOS: Integrar en un solo documento los elementos suficientes que permitan concentrar, documentar, informar, sustentar y transparentar las acciones realizadas durante el desarrollo de un programa, proyecto o acción, evaluando el cumplimiento normativo y las metas establecidas, constituyéndose en un elemento de rendición de cuentas, transparencia y buen gobierno.

Concentrar: Reunir en un centro lo que está separado; juntar en un solo lugar el todo

de sus partes.

Documentar: Probar o justificar a través de documentos la verdad de un acto, un

hecho o una acción.

Informar: Acción y efecto de informar, del latín informare que significa dar noticia de

algo.

Sustentar: Es aquello que sirve para apoyar con seguridad y firmeza una idea,

opinión, promesa o hecho.

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10.- PLANEACIÓN FEDERAL. El objetivo del Libro Blanco radica en sustentar y transparentar las acciones realizadas en un programa o proyecto durante su ejecución, éstas mismas deben estar sustentadas en los objetivos de la Planeación nacional, la cual se hace referencia en el siguiente artículo: Artículo 3.- “La Planeación nacional es la ordenación racional y sistemática de acciones que,

en base al ejercicio de las atribuciones del Ejecutivo Federal en materia de regulación y

promoción de la actividad económica, social, política, cultural, de protección al ambiente y

aprovechamiento racional de los recursos naturales, tiene como propósito la transformación

de la realidad del país. Mediante la planeación, se fijan objetivos, metas, estrategias y

prioridades; se asignan recursos, responsabilidades y tiempos de ejecución, se coordinan

acciones y se evalúan resultados”.

11.- PLANEACIÓN ESTATAL: La Planeación se instrumentará a través de planes y programas, mismos que señalarán las prioridades a atender, los objetivos y metas a alcanzar y las estrategias a seguir; así como los recursos, responsabilidades, tiempos de ejecución y evaluación de resultados. Así mismo en el Artículo 9 de la Planeación estatal, “se determina al conjunto ordenado,

lógico y racional de acciones destinadas a formular, ejecutar, controlar y evaluar los planes y

programas que de ella se deriven, optimizando el uso de los recursos y con ello mejorar la

calidad de vida de la población”.

12.- LEY ORGÁNICA FEDERAL: Artículo 37. Corresponde a la Secretaría de la Función Pública, formular y conducir la política general de la Administración Pública Federal para establecer acciones que propicien la transparencia en la gestión pública, la rendición de cuentas y el acceso por parte de los particulares a la información que aquella genere, y Organizar y coordinar el sistema de control y evaluación gubernamental; inspeccionar el ejercicio del gasto público y su congruencia con los presupuestos de egresos; coordinar, conjuntamente con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la evaluación que permita conocer los resultados de la aplicación de los recursos públicos federales, así como concertar con las dependencias y entidades de la administración pública federal y validar los indicadores de gestión, en los términos de las disposiciones aplicables.

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13.- LEY ORGANICA DEL ESTADO DE CHIAPAS. Artículo 30.- Al titular de la Secretaría de la Función Pública, le corresponde: Organizar y coordinar el sistema de control y evaluación gubernamental; inspeccionar el ejercicio del gasto público estatal y su congruencia con los presupuestos de egresos; coordinar, conjuntamente con la Secretaría de Hacienda, la evaluación que permita conocer los resultados de la aplicación de los recursos públicos, concertar con las dependencias y entidades de la Administración Pública Estatal y validar los indicadores de gestión, en los términos de las disposiciones aplicables, coordinar el desarrollo administrativo, tecnología de información, sistemas, comunicaciones y capacitación de los servidores públicos, y validar técnica, jurídica y administrativamente los dictámenes de las estructuras orgánicas y de plazas de la Administración Pública Estatal.

14.-PLAN DE DESARROLLO CHIAPAS SOLIDARIO 2007-2012.

Para el Gobierno del Estado, la Función Pública es la disposición Jurídico-Administrativa que define y articula, en una relación dinámica, la organización y funcionamiento eficiente de las instituciones de la administración pública estatal que, por mandato de ley, tienen las tareas de servir y cumplir solidaria y eficazmente con los fines de bienestar que la población demanda, en un clima de unidad social y corresponsabilidad con sus autoridades, constituidas en un gobierno transparente, honesto y responsable. Para cumplir con esta responsabilidad, el nuevo Gobierno propone la ejecución de políticas públicas, en las cuales se define el compromiso con la sociedad para los próximos seis años. La transparencia y rendición de cuentas significa promover una Función Pública honesta y responsable, lo cual hará necesario llevar a cabo programas de difusión, promoción y divulgación de la cultura de la transparencia que vincule a la sociedad con el gobierno, con lo que además se propiciará una mayor participación ciudadana en el combate a la corrupción.

TRANSPARENCIA Y RENDICIÓN DE CUENTAS: En el proceso de planeación del desarrollo del estado en su aspiración de consolidar un Gobierno de unidad y promotor de la democracia participativa sensible a impulsar el derecho a la información pública, para consolidarse como un derecho social que vincule en una nueva y renovada relación al Gobierno con la ciudadanía, se tendrán que ir desterrando algunas experiencias que problematizan y desvían el escenario de la implementación de las políticas públicas en materia de transparencia y rendición de cuentas.

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PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN EL COMBATE A LA CORRUPCIÓN.

La participación ciudadana es un imperativo insoslayable en cada tarea de gobierno y ésta se magnifica cuando la población es responsable de intervenir en la planeación de su propio bienestar. La comunidad, para asegurar su participación organizada, requiere hacer a un lado aquellas prácticas de corrupción que lesionan el sano desarrollo de la gestión pública; por ello es básico que todo compromiso gubernamental se enfoque a atacar algunos de los siguientes aspectos:

Escasa participación y corresponsabilidad ciudadana en las acciones sociales para el combate a la corrupción que instituye la Administración Pública Centralizada y Paraestatal. Insuficientes programas que promuevan el combate a la corrupción.

La visión del servicio público no contempla una perspectiva holística que incorpore cabalmente los valores éticos. Rezago y vacíos en el marco jurídico para la determinación de sanciones y responsabilidades para los servidores públicos.

IV.- ASPECTOS NORMATIVOS.

15.- ASPECTOS JURÍDICOS DE LOS LIBROS BLANCOS: Referente a este punto en el ámbito Estatal, aun no se cuenta con un Marco Jurídico

y Normativo, ya que la regulación legal existente se basa únicamente en la integración en las Reglas de Operación del FONDEN (R.O.F.) de carácter Federal.

En el mismo sentido la Secretaría de la Función Pública, publico en el Diario Oficial los Lineamientos para la elaboración e integración de Libros Blancos y de Memorias Documentales.

La secretaría de la Función Pública expide Lineamientos para la formulación del informe de rendición de cuentas de la Administración Pública Federal 2000-2006, así como para la elaboración e integración de “Libros Blancos”.

La Secretaría de Controlaría y Desarrollo Administrativo (SECODAM) en 1994-2000

emitió los “Lineamientos Generales para la Integración de los Libros Blancos de los Programas de Gobierno” que son Enunciativos más no Limitativos.

Para la integración del Libro blanco se debe contar con sentido común, experiencia y razonamiento para comprender, analizar y validar las acciones realizadas.

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V.- CONTENIDO LIBRO BLANCO. 16.- CONTENIDO DE UN LIBRO BLANCO BÁSICO – GENERAL. El contenido de un Libro Blanco básico – general, se integrara desde los antecedentes, las acciones realizadas y los resultados obtenidos, estableciendo perspectivas en las cuales los documentos probatorios de cualquier acción y/o proyecto deberán ser secuenciales, claros, legibles y oficiales. 17.- ALCANCE DEL LIBRO BLANCO: El alcance del Libro Blanco se presenta desde los Programas, Proyectos o Acciones (Prioritarios y Estratégicos), o Programas Sectoriales o Institucionales presentando las Acciones, Presupuestos, Impactos (Sociales, Políticos, Económicos y Culturales), documentos y, teniendo como resultado la Planeación, Organización, Ejecución, Control y Verificación en la congruencia de datos y cifras. 18.- DOCUMENTOS. Para la Búsqueda de todos los principales documentos oficiales del programa, proyecto o acción desde su planeación, pasando por la ejecución y terminando con el control y la evaluación, estos deberán estar sustentados y se presentaran con las siguientes características: Copias legibles de documentos probatorios.

Oficiales.

Probatorios de una acción.

Fechas y Firmas.

Conforme a las normas y políticas de Gobierno.

Por tema, proceso o acción.

Teniendo como resultado un (Libro Blanco o Memoria documental). 19.- SELECCIÓN (ATOMIZACIÓN) DOCUMENTAL. La Atomización Documental se presenta desde la Planeación, Evaluación, Control y Ejecución, que tiene como fin la extracción de la información más relevante de la acción y/o proyecto para integrar el Libro Blanco en forma clara, objetiva y transparente.

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20.- CONCENTRACIÓN DOCUMENTAL. Precede desde la Planeación, Evaluación, Control y Ejecución de acciones y/o proyectos, recabando toda la información cualitativa y cuantitativa para un Libro Blanco. 21.- ARCHIVO – EXPEDIENTE – LIBRO BLANCO. La concentración documental se basa en archivos con información diversa legalmente soportados desde la Planeación, Presupuesto, Obra Pública, Adquisiciones, Contabilidad, Control y Evaluación, por lo que da como resultado un expediente, información sustantiva y relevante del Libro Blanco.

VI.- METODOLOGÍA LIBRO BLANCO.

22.- PLANEACIÓN. Una Planeación exitosa en la Integración y ejecución del Libro Blanco, inicia en el proceso de investigación detallada, mediante la siguiente secuencia:

Tipo de Programa, Duración y/o Vigencia, Objetivo, Marco Normativo Aplicable, Problemática Relevante, Eventos Relevantes, Áreas Involucradas, Ubicación Geográfica, Características Relevantes, Inversión y/o Presupuesto, Tipo de Contratación y Resultados. 23.- EJECUCIÓN. El objetivo de esta etapa es allegarse de la documentación básica que permita realizar un análisis completo de las activida des realizadas durante el desarrollo del programa, proyecto o acción a documentarse. En el proceso de integración contemplara la Elaboración del Índice de Contenido Preliminar, Localización, Recopilación de Documentos, Seguimiento y Control Documental, Revisión, Análisis, Depuración Documental, teniendo como resultado el Índice del Contenido Preliminar Definitivo y, la integración documental de la Elaboración del resumen ejecutivo y sus resultados y beneficios obtenidos.

24.- ÍNDICE PRELIMINAR.

El índice preliminar de una obra pública deberá ser integrado completo para el análisis de las acciones realizadas por lo que se consideraran los siguientes aspectos:

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Información básica: Nombre de programa; Proyecto o Acción, Vigencia del proyecto,

Objetivo del Libro Blanco, Nombre del representante, Vinculación con el PND;

Programa Sectorial e Institucional.

Información cronológica: Resumen ejecutivo.

Planeación: Planeación (Estudios de Factibilidad, Medio Ambiente, Proyectos,

Ingenierías, Planos, Licencias, Permisos, Liquidaciones, etc.), Autorizaciones (De

Proyecto de Inversión y Multianualidades).

Contratación: Contratos, Garantías y Programas de Obra.

Ejecución: Anticipos, Pagos (Estimaciones), Ajustes de costos, Convenios o

Reprogramaciones, Avances físico – financiero.

Conclusión: Entrega y recepción de obra.

Control: Informes de auditorías y solvatación de observaciones.

Resultados y Beneficios.

25.- REVISIÓN, ANÁLISIS Y DEPURACIÓN DOCUMENTAL. Es un proceso que permite evaluar la congruencia en las cifras, fechas y datos referentes, en este mismo sentido se podrá constatar la referencia documental como sustento de la acción y verificar la cronología o secuencia de las actividades desarrolladas durante la planeación, ejecución y conclusión del proyecto de Inversión o programa, corroborando el cumplimiento de la normatividad aplicable a cada acción. 26.- CARACTERÍSTICAS DE LOS DOCUMENTOS PROBATORIOS. Los documentos probatorios deben de ser legibles, probatorios, oficiales, secuenciales y normativos para evitar apreciaciones incorrectas, cifras inexactas y claridad a un proceso, tener un soporte básico de proyecto o acción, procedencia de una autoridad legítima, cronológica y normas aplicables a un proyecto de inversión, programa o acción. 27.- INTEGRACIÓN DEL ÍNDICE DEL LIBRO BLANCO. La integración del Libro Blanco se puede establecer de la siguiente manera:

Procesos

Documentos s

Análisis Reconformación del índice definitivo

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28.- INTEGRACIÓN DOCUMENTAL. La integración documental debe ser secuencial, cronológica según su proceso, verificable, legible, clara y objetiva para su análisis y validación, teniendo como resultado las acciones y/o proyecto realizados para el informe final. 29.- RESUMEN EJECUTIVO. Es una descripción, clara y detallada de todo lo documentado en el Libro Blanco, es la narración precisa de cada una de las acciones y/o programas desarrollados circunscritos a las etapas del programa documentado, denotando los aspectos más importantes ejecutados durante la planeación, ejecución y conclusión de un proyecto o programa. Un buen Resumen Ejecutivo claro, preciso y amplio, permitirá al lector del Libro Blanco, no revisar los aspectos documentales. 30.- RESULTADOS Y BENEFICIOS.

En la integración o descripción cualitativa y cuantitativa del Libro Blanco, se obtendrán resultados y beneficios, tanto en el ámbito Social, Económico, Político y cultural, teniendo una sociedad más informada y democrática.

31.- LÓGICA DE UN LIBRO BLANCO.

El Libro Blanco se puede entender mediante una lógica secuencial, la cual identifica el programa o proyecto, se busca el documento soporte, se diseña y modifica el contenido, se identifica y consulta la problemática del proyecto o programa, se integra y verifica al 100 % la documentación soporte, se concluye y satisface el Libro Blanco.

32.- CADENA DE VALOR LIBRO BLANCO.

La integración del Libro Blanco no depende de un área, sino de todas aquellas que fungen como responsables en la aplicación de recursos públicos en la acción y/o proyecto, presentando una cadena, desde la planeación, búsqueda, análisis, integración y presentación.

Planeación - Responsable

Búsqueda - Áreas

Análisis - Responsable Áreas

Integración - Responsable

Presentación - Directiva

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33.- RIESGO.

En la integración del Libro Blanco se pueden presentar obstáculos o algunos riesgos que retrasarían su integración, por lo que se consideran algunas opciones de riesgo:

Demasiada comunicación puede generar confusión.

Comunicación de rutina no le da valor agregado al Libro Blanco.

Demasiada información documental, no atomizada.

Información no legible y clara.

De igual manera se encuentra la fortaleza para ser más optimistas y objetivos en su integración: Una buena comunicación permite el envío de documentación útil para el Libro Blanco.

Una buena revisión previa de la documentación enviada al responsable de integración

promueve seguridad.

34.- CONTENIDO DEFINITIVO DEL LIBRO BLANCO. El contenido definitivo del Libro Blanco deberá ser integrado de la siguiente manera: I.- Presentación:

1. Fundamento Legal del Libro Blanco 2. Nombre del Programa 3. Período de Vigencia 4. Vinculación con Plan Estatal, Sectorial o Institucional 5. Nombre y Firma del Titular de la Dependencia, Entidad o Área, Fecha de

terminación del Libro Blanco. II.- Objetivo del Libro Blanco. III.- Antecedentes. IV.- Síntesis ejecutiva. V.- Acciones realizadas.

1. Autorización Presupuestal: 1.1. Propuesta de creación y puesta en marcha del programa. 1.2. Publicación en el Diario Oficial de la Federación (en su caso). 1.3. Acuerdo de la Comisión Intersecretarial Gasto Financiamiento en que se aprueba. 1.4. El proyecto y el apoyo presupuestal.

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1.5. Autorización presupuestal de la SHCP o del área financiera.

2. Radicación de Recursos: 2.1 Oficios de afectación presupuestal. 2.2 Cuentas por liquidar certificadas. 2.3 Comunicación de radicación de Recursos. 2.4 Pólizas- cheque y contra-recibos firmados. 2.5 Cartas de disposición de fondos bancarios.

3. Aplicación de Recursos: 3.1 Programa de trabajo. 3.2 Calendario de ejecución del presupuesto autorizado y programa de distribución del gasto. 3.3 Solicitudes de autorización ante la coordinadora del sector o la SHyCP para llevar a cabo diversos comités. 3.4 Carta de disposición de fondos bancarios que certifiquen que los recursos se radicaron a la Dependencia y Entidad..

4. Proceso de Licitación o Adjudicación: 4.1 Convocatorias. 4.2 Bases. 4.3 Visitas al sitio. 4.4 Juntas de aclaraciones. 4.5 Apertura de ofertas técnicas y económicas. 4.6 Evaluación de ofertas técnicas (cuadros comparativos). 4.7 Dictámenes de ofertas técnicas. 4.8 Evaluación de ofertas económicas. 4. 9 Dictámenes de ofertas económicas. 4.10 Actas de fallo. 4.11 Propuesta ganadora.

5. Inconformidades (en su caso): 5.1 Inconformidad. 5.2 Pronunciamiento (OIC-SFP).

6. Contratación: 6.1 Contrato, anexos. 6.2 Garantías. 6.3 Programa de ejecución.

7. Pagos: 7.1 Matriz de estimaciones. 7.2 Facturas. 7.3 Pagos (Conciliación con área financiera).

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8. Entrega – Recepción.

9. Control (auditoría): 9.1 Informe de auditorías (OIC, SFP, ASF). 9.2 Solvatación de observaciones.

VI.- Resultados Y Beneficios. VII.- Visto Bueno por OIC (Órgano Interno de Control).

VII.- ESTRATEGÍAS.

35.- PROCESO BÁSICO. La Secretaría de la Función Pública determina las políticas y fija fechas para la integración del Libro Blanco, así mismo las Instituciones o Entidades que integran los Libros Blancos fijaran el contenido de acuerdo al proyecto o programas; se nombra un Coordinador de Libros Blancos y responsable que reciba la documentación en base al contenido específico, enviando la documentación probatoria de las áreas involucradas. 36.- PROCESO DETALLADO. La Secretaría de la Función Pública fija fechas y determina políticas y lineamientos para la elaboración de Libros Blancos y, dentro de la Institución o Entidad se nombra por cada libro un responsable para integrarlo, en el cual en base a los análisis preliminares de documentos elabora el índice del contenido, el titular del área autoriza el índice del contenido preliminar, se envía al responsable del Libro Blanco que recibe de las áreas la documentación probatoria, la analiza y la entrega, posteriormente el titular del área modifica y autoriza el Libro Blanco integrado, enviándolo a la Secretaría de la Función Pública para su validación y visto bueno. Una vez autorizado, se remite al responsable de la integración para su foliado y escaneado, archivándose en un área reservada, presentándole a la Secretaria de la Función Pública el disco compacto debidamente validado.

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8% 5%

45%

30%

12%

Tiempos en la Integración del Libro Blanco:

1.- Planeación

2.- Presentación

3.- Análisis

4.- Búsqueda

5.- Intregación

37.- TIEMPOS DE ELABORACIÓN. Para determinar los tiempos de elaboración en la integración del Libro Blanco se consideran los siguientes porcentajes:

38.- GUÍA METODOLÓGICA PARA LA ELABORACIÓN DEL LIBRO BLANCO.

Con el objeto de facilitar la integración y presentación del Libro Blanco, se presentan a continuación 3 fases y actividades básicas que se deben cubrir para la elaboración y entrega de esta memoria documental:

FASE 1.- Requerimientos:

Es la etapa en que se definen los insumos que se requerirán para la redacción e integración documental del Libro blanco, componiéndose de los siguientes apartados:

1.1.- Expediente del asunto: Deberá contener todos los documentos del origen y

desarrollo del asunto, programa, proyecto, etc. Como: programa, presupuesto,

calendarios, informes, reportes, contratos, convenios, autorizaciones, oficios, etc.

1.2.- Normatividad: Deberá ser aquella normatividad aplicable directamente al asunto,

tanto para la elaboración del Libro Blanco como del asunto en particular, considerando

además en el orden jerárquico y el articulado específico.

FASE 2.- Elaboración:

Esta fase consiste en todas aquellas actividades que se deben realizar para elaborar materialmente el Libro Blanco, desde el acopio de la información hasta la digitalización del respaldo documental, para lo cual se seguirán los siguientes pasos:

2.1.- Búsqueda y acopio de la información: Esta actividad consiste en buscar y acopiar

toda la documentación que se encuentra relacionada directamente con el asunto.

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2.2.- Análisis y selección de documentos: Consiste en realizar un análisis de la

importancia legal y administrativa de cada documento comprobatorio del asunto, los que

simultáneamente se deberán ordenar de manera cronológica para facilitar la redacción e

integración del Libro Blanco.

2.3.- Redacción del Libro: Con base en la evidencia documental que se seleccionó, se

deberá redactar cada uno de los apartados del Guión establecido por los Lineamientos

Oficiales. Es importante señalar que como el Libro Blanco es una reseña cronológica, el

apartado Síntesis ejecutiva del programa, proyecto o asunto del Guión de los

Lineamientos se respalde con los documentos de cada incidencia descrita en la reseña,

independientemente de los Anexos documentales que se incorporen en dado caso como

Apéndice.

2.4.- Digitalización de documentos: Paralelamente a la redacción del Libro Blanco se

podrá ir realizando la digitalización de la documentación seleccionada (originales), cuyas

imágenes que se integrarán al archivo o carpeta electrónica final del Libro Blanco.

FASE 3.- Entrega:

Esta es la culminación del trabajo de integración y presentación del Libro Blanco, en el que se deberá antes de pasarlo a firma y publicación, revisar que su contenido y forma se haya apegado a los Lineamientos establecidos.

3.1.- Entrega previa para revisión y ajustes: En este caso se sugiere que el Órgano

Interno de Control realice una revisión del Libro Blanco, para constar su elaboración

conforme a los Lineamientos establecidos, así como sugerir si es necesario los ajustes

correspondientes.

3.2.- Entrega final para firma y distribución: Una vez validado el Libro Blanco por el

Órgano Interno de Control, lo revisará y firmará el Titular de la Dependencia o Entidad

que corresponda y se procederá a su distribución de acuerdo con lo establecido en el

Artículo Octavo de los Lineamientos.

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ESQUEMA CONCEPTUAL

VIII.- BENEFICIOS.

39.- BENEFICIOS DEL LIBRO BLANCO.

Dentro los beneficios del Libro Blanco se pueden considerar los siguientes:

Verificación: Permite cumplir con transparencia y claridad, observando la

normatividad que le es aplicable a un Libro Blanco.

Información: Integrar solo información relevante de un proyecto, programa o acción.

Rendición de cuentas: Cumplir con la obligación de reunir cuentas a la sociedad

sobre la utilización de los recursos públicos y los beneficios de un proyecto, programa

o acción y dar fortaleza al proceso de transparencia y buen Gobierno.

Tranquilidad: Propiciar en los servidores públicos tranquilidad de que sus actos se

fundamentaron en Aspectos legales, de gestión y de orden presupuestal.

LIBRO

BLANCO

REQUERIMIENTOS

ELABORACIÓN

ENTREGA

EXPEDIENTE DEL

ASUNTO

NORMATIVIDAD

DE ELABORACIÓN

DEL ASUNTO

BUSQUEDA Y ACOPIO DE LA INFORMACIÓN

ANÁLISIS Y SELECCIÓN DE DOCUMENTOS

REDACCIÓN DEL LIBRO

DIGITALIZACIÓN DE DOCUMENTOS

PREVIA PARA REVISIÓN Y AJUSTES

FINAL PARA FIRMA Y DISTRIBUCIÓN

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B) EJEMPLOS DE

INTEGRACIÓN DE LIBROS BLANCOS

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1.- INTEGRACIÓN DE UN LIBRO BLANCO DE UNA OBRA PÚBLICA.

Como ejemplo a seguir para la integración de un Libro Blanco de Obra Pública, se hace referencia a la obra “Modernización y reconstrucción de la Refinería Francisco I. Madero” en Ciudad. Madero, Tamaulipas, para su proyecto de inversión y tener como evidencia documental los trámites y acciones realizados se puntualizó el siguiente orden:

1.-Presentación: 1.1 Nombre del programa. 1.2 Periodo de vigencia. 1.3 Fundamento legal de la elaboración. 1.4 Vinculación con el Plan Nacional de Desarrollo. 1.5 Responsables del proyecto.

2.- Objetivo: 2.1 Del Libro Blanco. 2.1 Del Proyecto. 3.- Antecedentes: 3.1 Del proyecto. 3.1.1 Plan Nacional de Desarrollo. 3.1.2 Plan Específico en que se encuentra el proyecto. 3.1.2 Plan de negocios del proyecto.

4.- Síntesis Ejecutiva del Proyecto:

4.1 Síntesis ejecutiva. 4.2 Motivación de las principales decisiones tomadas. 4.3 Eventos de mayor relevancia dentro del proyecto. 4.4 Riesgos de mayor relevancia dentro del proyecto. 4.5 Síntesis cronológica del proyecto.

5.- Acciones realizadas en el periodo, resultados y beneficios:

5.1 Actividades preparatorias del proyecto. 5.1.1 Estudios de factibilidad técnica y económica 5.1.2 Solicitudes y autorizaciones. 5.1.2.1 De la entidad. 5.1.2.2 De Petróleos Mexicanos. 5.1.2.3 De la Secretaria de Energía. 5.1.2.4 De la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

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5.1.3 Ingenierías básicas. 5.1.3.1 Proceso licitatorio, 5.1.3.2 Adjudicación. 5.1.3.3 Contratación. 5.1.3.4 Garantías. 5.1.3.5 Ejecución. 5.1.3.6 Entrega. 5.1.4 Adquisición de Tecnología. 5.1.4.1 Proceso licitatorio. 5.1.4.2 Adjudicación. 5.1.4.3 Contratación. 5.1.4.4 Garantías. 5.1.4.5 Ejecución. 5.1.4.6 Entrega. 5.1.4.7 Finiquito. 5.1.5 Obra Pública. 5.1.5.1 Proceso Licitatorio. 5.1.5.2 Adjudicación. 5.1.5.3 Contratación. 5.1.5.4 Garantías. 5.1.6 Contratos adyacentes. 5.1.6.1 Proceso Licitatorio. 5.1.6.2 Adjudicación.

5.1.6.3 Contratación. 5.1.6.4 Garantías. 5.2 Ejecución del Proyecto/Contrato/Convenio. 5.2.1 Programa a desarrollar y red de actividades. 5.2.2 Informes periódicos al consejo de administración. 5.2.3 Informes a la dirección general. Bitácoras. 5.2.4 Documentos de entrega de módulos o fases concluidas. 5.3 Administración, supervisión y control. 5.3.1 Auditor Técnico. 5.3.1.1 Licitación y contratación. 5.3.1.2 Entrega de informes y reportes. 5.3.1.3 Seguimiento. 5.3.2 Consultor en administración de proyectos. 5.3.2.1 Licitación y contratación. 5.3.2.2 Entrega de informes y reportes. 5.3.2.3 Seguimiento. 5.3.3 Perito. 5.3.3.1 Licitación y contratación. 5.3.3.2 Entrega de informes y reportes.

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5.3.3.3 Seguimiento. 5.3.4 Sistema integral de administración de proyectos. 5.3.5 Comité consultivo. 5.3.5.1 Juntas y acuerdos. 5.3.5.2 Seguimientos de acuerdos. 5.3.6 Observaciones de los órganos fiscalizadores externos. 5.3.6.1 Observaciones. 5.3.6.2 Seguimiento. 5.3.7 Proyectos relacionados interdependientes. 5.3.8 Problemática. 5.5.1 Apreciación global. 5.5.2 Por caso. 5.4 Esquema jurídico y desarrollo. 5.4.1 Contratos bases. 5.4.2 Contratos alternos. 5.4.3 Seguridad del proyecto. 5.4.4 Permisos. Convenios de la terminación del proyecto. 5.4.5 Litigios (demandas y reconvenciones). 5.5. Esquema financiero y desarrollo del mismo. 5.5.1 Estructura financiera del proyecto. 5.5.2 Fuentes de financiamiento del proyecto. 5.5.3. Participación de la entidad en el mecanismo de disposición de recursos por parte de la contratista. 5.5.4 Entrega de la obra satisfacción, dando inicio a los pagos por parte de la entidad. 5.5.5 Análisis financiero de los flujos una vez entregada la obra. 6.-Resultados y beneficios. 6.1 Cumplimiento de objetos en materia de producción a la fecha de emisión del Libro Blanco. 6.2 Cumplimiento de objetos en materia financiera y presupuestal a la fecha de emisión del libro blanco.

6.2.1 Durante el desarrollo del proyecto. 6.2.2 Una vez concluido y entregado el proyecto.

6.3 Observaciones y su seguimiento por parte del Órgano de Control Interno. 6.4 Informe final del servidor público responsable de la ejecución del proyecto.

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2.- INTEGRACIÓN DEL LIBRO BLANCO CONFORME A LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL FONDEN (R.O.F.) DEL 2009 Y DEL 2010.

Los Libros Blancos a que hacen referencia los Lineamientos de Operación, se integraran en forma impresa, en disco compacto o en cualquier otro medio magnético, el cual deberá permitir que los documentos sean plenamente identificables, insustituibles, inviolables y validados por el responsable de su elaboración o expedición, debiendo quedar sustentados mediante el acopio, en lo procedente de la documentación.

Así mismo se presenta la comparativa de las R.O.F. en la integración de Libros Blancos del 27 de Mayo de 2009 y del 3 de Diciembre de 2010, que a continuación se muestra:

I.- Síntesis Ejecutiva del Proceso:

3 DE DICIEMBRE DE 2010 CON LINEAMIENTOS PUBLICADOS EN EL DIARIO

OFICIAL EL 31DE ENERO DE 2011

27 de Mayo de 2009

a) Breve descripción cronológica de los principales trámites y operaciones efectuados por las instancias participantes que motivaron la transparencia de los recursos.

b) Resultados obtenidos por el programa o proyecto;

c) Monto de los recursos autorizados y ejercidos;

d) Número de beneficiarios apoyados;

e) Fechas de:

1. Solicitud de la Declaratoria de Desastre Natural y su publicación en el Diario; 2. Entrega de los resultados del comité de evaluación de daños; 3. Emisión del acuerdo del Comité, e 4. Inicio y conclusión de las obras y acciones.

f) Nombre de las Dependencias o entidades Ejecutoras;

g) Conclusiones de las Dependencias o entidades Ejecutoras, y

h) Propuesta de mejoramiento y, en su caso, las adecuaciones autorizadas al Programa

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II.- Autorización de Recursos:

a) Copia del Convenio celebrado entre el

Gobierno Federal y la Entidad

Federativa, así como copia del anexo

que corresponda, a que hace

referencia el artículo 22 de las Reglas;

b) Solicitud de recursos con cargo al

FONDEN por parte de la Dependencia

o Entidad y, en su caso, por el Titular

del Poder Ejecutivo de la Entidad

Federativa;

c) Documentos de la Autorización de los

recursos con cargo al FONDEN;

d) Oficio de afectación de la

transparencia de recursos por parte de

la Secretaría, tratándose de recursos

100% federales provenientes del

Ramo 23 “Previsiones Salariales y

Económicas” del Presupuesto de

Egresos de la Federación o el

documento equivalente del Fiduciario

del Fideicomiso FONDEN, donde se

da a conocer la disposición de los

recursos;

e) Radicación de recursos a favor de la

Dependencia o Entidad Ejecutora, y

f) Relación de las cuentas por liquidar

certificadas tratándose de recursos del

programa FONDEN.

a) Solicitud de recursos con cargo al

FONDEN por parte de la Dependencia

o Entidad y, en su caso, por el Titular

del Poder Ejecutivo de la Entidad

Federativa;

b) Documentos de la autorización de los

recursos con cargo al FONDEN;

c) Oficio de afectación presupuestaria de

la transferencia de recursos por parte

de la Secretaría, tratándose de

recursos cien por ciento federales

provenientes del Ramo 23 “Previsiones

Salariales y Económicas” del

Presupuesto de Egresos de la

Federación, o el documento

equivalente del Fiduciario, donde se da

a conocer la disposición de los

recursos;

d) Radicación de recursos a favor de la

Dependencia o Entidad ejecutora y de

los Fideicomisos FONDEN Estatales, y

e) Relación de las cuentas por liquidar

certificadas tratándose de recursos del

Programa FONDEN.

3 DE DICIEMBRE DE 2010 CON LINEAMIENTOS PUBLICADOS EN EL DIARIO

OFICIAL EL 31DE ENERO DE 2011

27 de Mayo de 2009

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33

III.- Entrega - -recepción y Aplicación de Recursos:

39

a) Relación de pagos realizados por el

Fiduciario, por cuenta y orden de las

Dependencias o Entidades ejecutoras,

tratándose de recursos del Fideicomiso

FONDEN; así como la relación de

pólizas cheques firmadas, en caso de

recursos del programa FONDEN;

b) Cuadro-resumen del total de los

fondos entregados y recibidos, y

c) Relación de la documentación soporte

de la aplicación de los recursos por

parte de la Dependencia o Entidad

ejecutora (contratos, fianzas, facturas y

demás documentación soporte de los

pagos efectuados por la restitución de

los daños).

a) Calendario de aportaciones y de

ejecución del presupuesto autorizado,

que especifique las unidades

responsables de su ejercicio;

b) Relación de las cartas de disposición

de fondos bancarios, que certifiquen

que los recursos se ubicaron en la

plaza de la Entidad Federativa;

c) Relación de pagos realizados por el

Fiduciario, por cuenta y orden de las

Dependencias o Entidades ejecutoras,

tratándose de recursos del Fideicomiso

FONDEN o de los Fideicomisos

FONDEN Estatales, así como la

relación de pólizas cheques firmadas,

en caso de recursos del Programa

FONDEN;

d) Cuadro-resumen del total de fondos

entregados y recibidos, y

e) Relación de la documentación soporte

de la aplicación de los recursos por

parte de la Dependencia o Entidad

ejecutora (contratos, fianzas, facturas y

demás documentación soporte de los

pagos efectuados por la restitución de

los daños).

3 DE DICIEMBRE DE 2010 CON LINEAMIENTOS PUBLICADOS EN EL DIARIO

OFICIAL EL 31DE ENERO DE 2011

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IV.- Informes y Dictámenes:

40

a) Informe final de la Dependencia o

Entidad ejecutora, que incluya los

informes presupuestarios, contables y

de resultados de la aplicación de los

recursos, debidamente firmados por

los responsables facultados;

b) Acuerdos y resoluciones de los

Comités Técnicos de los Fideicomisos

FONDEN, en caso de que se haya

modificado el programa en el cual la

SEGOB dictaminó la solicitud de

recursos;

c) Acuerdos y resoluciones, en su caso,

de quienes fungieron como

responsables de la administración y

aplicación de los recursos;

d) Precisar el cumplimiento de los

objetivos y metas del programa o

proyecto, los resultados obtenidos y

los beneficios alcanzados por la

población a través de ellos, e

e) Informes y seguimiento de las

intervenciones de control y auditorías

practicadas y la atención de

observaciones determinadas por el

órgano interno de control de la

dependencia o entidad ejecutora de

que se trate.

a) Informe final de la Dependencia o

Entidad ejecutora, que incluya los

informes presupuestarios, contables y

de resultados de la aplicación de los

recursos, debidamente firmados por

los responsables facultados;

b) Acuerdos y resoluciones de los

comités técnicos de los Fideicomisos

FONDEN Estatales, en el caso de que

se haya modificado el programa en el

cual la SEGOB dictaminó la solicitud

de recursos;

c) Acuerdos y resoluciones, en su caso,

de quienes fungieron como

responsables de la administración y

aplicación de los recursos;

d) Precisar el cumplimiento de los

objetivos y metas del programa o

proyecto, los resultados obtenidos y

los beneficios alcanzados por la

población a través de ellos, e

e) Informes y seguimiento de las

intervenciones de control y auditorías

practicadas y la atención de

observaciones determinadas por el

órgano interno de control de la

dependencia o entidad ejecutora de

que se trate y, en su caso, del órgano

estatal de control que corresponda.

3 DE DICIEMBRE DE 2010 CON LINEAMIENTOS PUBLICADOS EN EL DIARIO

OFICIAL EL 31DE ENERO DE 2011

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3.- INTEGRACIÓN DEL LIBRO BLANCO DEL PARQUE BICENTENARIO TAPACHULA, CHIAPAS CONFORME A LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL FIDEICOMISO DE ESTRATEGIAS FINANCIERAS MULTISECTORIALES (FIDEFIM). Con el propósito de conformar la evidencia documental de los trámites y operaciones que se realicen con motivo de la autorización, transferencia y aplicación de los recursos del Fideicomiso. Una vez cumplido con los objetivos del proyecto de que se trate y agotados los recursos asignados o bien, agotados los recursos transferidos, la dependencia o entidad ejecutora, entregara al Secretario Técnico y al Representante de la Función Pública Federal un Libro Blanco que contendrá lo siguiente: 1. –Presentación.

2. –Fundamento Legal para la formulación del Libro Blanco.

3. –Objetivo Del Libro Blanco.

4. –Antecedentes.

4.1 .-Matriz de Estrategias.

4.2 .-Descripción del Proyecto.

4.2.1 .-Zona de jardines temáticos (vegetación nativa y exótica).

4.2.2 .-Zona cultural (café y música).

4.2.3 .-Zona calle peatonal (trayecto peatonal continuo).

4.2.4 .-Zona de exposiciones (gastronomía típica y exposiciones

artísticas).

4.2.5 .-Zona religiosa.

5. –Marco Jurídico.

6. -Vinculación con Planes y Programas.

6.1 .-Vinculación con el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012

6.2 .-Vinculación con el Plan de Desarrollo Chiapas Solidario 2007-2012

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36

7. -Síntesis Ejecutiva de la Obra.

7.1.-Introducción

7.2.-Criterios de Diseño

7.3.-Modelo Arquitectónico

7.4.-Ejecución de la Obra

7.4.1.-Álbum fotográfico

8. -Acciones Realizadas.

8.1 .-Antecedentes del Ejercicio del Recurso Asignado.

8.2 .-Marco Normativo.

8.3 .-Programa de Trabajo.

8.4 .-Presupuesto y Calendario de Gasto Autorizado.

8.5 .-Expedientes Unitarios de Obra.

8.6 .-Documentación que Soporta la Aplicación de los Recursos.

8.7 .-Trámites, Registros Contables y Presupuestales.

9. -Seguimiento, Control y Auditorias.

10. -Resultados y Beneficios Alcanzados.

11. -Informe Final del Servidor Público de la Dependencia Ejecutora de la Obra.

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C) MARCO LEGAL

DE LA INTEGRACIÓN DE “LIBROS BLANCOS”

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1.- DESARROLLO DEL MARCO LEGAL DEL LIBRO BLANCO.

De acuerdo a la integración del Libro Blanco se describe el Marco Legal más apegado:

La Secretaría de la Función Pública Federal expide en el Diario Oficial de la Federación el 10 de Octubre de 2011, “Lineamientos para la elaboración e integración de Libros Blancos y Memorias Documentales.

Considerando que el Plan Nacional de Desarrollo 2007 -2012 destaca como uno de los objetivos de la estrategia relativa a elevar la eficacia y eficiencia gubernamental, la obligación de Gobierno de rendir cuentas para reportar o explicar sus acciones y transparéntese para mostrar su funcionamiento a la sociedad.

En el mismo sentido La Secretaría de la Función Pública Federal publico en el Diario Oficial el 11 de Diciembre de 2008, el “Decreto por el que se aprueba el Programa Nacional de Rendición de Cuentas, Transparencia y Combate a la Corrupción 2008-2012”. Que en este contexto, la Secretaría de la Función Pública ha integrado el programa especial denominado “Programa Nacional de Rendición de Cuentas, Transparencia y Combate a la Corrupción 2008-2012”, el cual contiene objetivos, estrategias, líneas de acción y metas específicas, con el propósito de contribuir a la consolidación de la gobernabilidad democrática a través de la aplicación estricta de la ley y de la plena vigencia de los principios de rendición de cuentas, integridad y transparencia.

Que el programa señalado en el considerando que antecede, tiene como propósitos consolidar la política de Estado en materia de rendición de cuentas, información, transparencia y combate a la corrupción, y fortalecer los mecanismos de control, fiscalización y sanción; institucionalizar mecanismos de atención, vinculación y participación ciudadana en la rendición de cuentas y el combate a la corrupción contribuir al desarrollo de una cultura con apego a la legalidad y a la ética pública.

Artículo Segundo.- El “Programa Nacional de Rendición de Cuentas, Transparencia y Combate a la Corrupción 2008-2012” es de observancia obligatoria para las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, la Procuraduría General de la República y las unidades de la Presidencia de la República.

Artículo Tercero.- Las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, la Procuraduría General de la República y las unidades de la Presidencia de la República, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables, elaborarán sus respectivos programas anuales, mismos que servirán de base para la integración de sus anteproyectos de presupuesto, a efecto de que se prevean los recursos presupuestarios necesarios para el eficaz cumplimiento de los objetivos y metas del programa, en concordancia con las prioridades del Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012.

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Que en términos del artículo 37 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal corresponde a la Secretaría de la Función Pública, formular y conducir la política general de la Administración Pública Federal para establecer acciones que propicien la transparencia en la gestión pública, la rendición de cuentas y el acceso por parte de los particulares a la información que aquella genere, y dejar constancia de las acciones y resultados obtenidos de programas, proyectos o asuntos relevantes y trascendentes de la Administración Pública Federal, a través de los denominados Libros Blancos.

La presente Ley de Planeación Federal tiene como objeto establecer las normas y bases que contribuyan para alcanzar las acciones y programas.

Para los efectos de esta Ley el Artículo 3, hace mención que la planeación nacional de desarrollo, ordenación racional y sistemática de acciones que, en base al ejercicio de las atribuciones del Ejecutivo Federal en materia de regulación y promoción de la actividad económica, social, política, cultural, de protección al ambiente y aprovechamiento racional de los recursos naturales, tiene como propósito la transformación de la realidad del país, de conformidad con las normas, principios y objetivos que la propia Constitución y la Ley establecen. Mediante la planeación se fijarán objetivos, metas, estrategias y prioridades; se asignarán recursos, responsabilidades y tiempos de ejecución, se coordinarán acciones y se evaluarán resultados.

Así mismo la Ley de Planeación Estatal en el Artículo 9, establece que es un conjunto ordenado, lógico y racional de acciones destinadas a formular, ejecutar, controlar y evaluar los planes y programas que de ella se deriven, optimizando el uso de los recursos y con ello mejorar la calidad de vida de la población.

La Planeación se instrumentará a través de planes y programas, mismos que señalarán las prioridades a atender, los objetivos y metas a alcanzar y las estrategias a seguir; así como los recursos, responsabilidades, tiempos de ejecución y evaluación de resultados.

REGLAS DE OPERACIÓN DEL FONDEN (R.O.F.) DEL 3 DE DICIEMBRE DE 2010.

Con el propósito de conformar la evidencia documental de los trámites y operaciones que se realizan con motivo de la autorización, transferencia y aplicación de recursos federales del FONDEN, las Dependencias y Entidades Ejecutoras que sean responsables del ejercicio directo de estos recursos, integrarán un Libro Blanco para cada uno de los programas de obras y acciones, así mismo para su integración se deberá considerar los lineamientos de operación publicados en el Diario Oficial el 31 de Enero de 2011, en su Capítulo IX Del Control y verificación del ejercicio del gasto, Sección II, Anexo XIX, donde se hace mención para su integración los siguientes apartados:

I.- Síntesis ejecutiva del proceso. II.- Autorización de los Recursos. III.- Entrega – recepción y aplicación de recursos. IV.- Informes y dictámenes.

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D) LINEAMIENTOS PARA LA

ELABORACIÓN E INTEGRACIÓN DE

“LIBROS BLANCOS”

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LINEAMIENTOS PARA LA ELABORACIÓN E INTEGRACIÓN DE LIBROS BLANCOS Y DE MEMORIAS DOCUMENTALES. La Secretaria de la Función Pública expidió el 10 de Octubre de 2011 en el Diario Oficial de la Federación los presentes Lineamientos tienen por objeto establecer las bases que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como la Procuraduría General de la República deberán observar para la elaboración e integración de Libros Blancos y de Memorias Documentales. Las dependencias y entidades elaborarán un Libro Blanco, cuando consideren necesario dejar constancia documental del desarrollo de programas o proyectos de gobierno, así como de otros asuntos que se estimen relevantes y lo autorice su titular, previa opinión de la Secretaría.

Los Libros Blancos se elaborarán e integrarán conforme a los apartados siguientes:

1.- Presentación. En este apartado se describirá el nombre y objetivo del programa, proyecto o asunto de que se trate; periodo de vigencia que se documenta; ubicación geográfica; principales características técnicas; unidades administrativas participantes, así como nombre y firma del titular de la dependencia o entidad. 2.- Fundamento legal y objetivo del Libro Blanco. 3.- Antecedentes. En este apartado se deberán señalar las causas o problemática general que motivó la conceptualización y ejecución del programa, proyecto o asunto de que se trate. 4.- Marco normativo aplicable a las acciones realizadas durante la ejecución del programa, proyecto o asunto. 5.- Vinculación del programa, proyecto o asunto con el Plan Nacional de Desarrollo y programas sectoriales, institucionales, regionales y/o especiales. Se señalará la vinculación existente entre el programa, proyecto o asunto de que se trate con el Plan Nacional de Desarrollo que corresponda y el o los programas sectoriales, institucionales, regionales o especiales.

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6.- Síntesis ejecutiva del programa, proyecto o asunto

Este apartado incluirá una breve descripción cronológica de las principales acciones realizadas desde la planeación, ejecución, seguimiento y puesta en operación, hasta el informe final del responsable de su realización.

7.- Acciones realizadas.

El objetivo de este apartado es integrar la documentación suficiente que permita la evaluación de las principales acciones realizadas durante la ejecución y puesta en operación del programa, proyecto o asunto, como mínimo se deberá incluir la documentación relativa a lo siguientes:

a) Programa de Trabajo.

b) Presupuesto y calendario de gasto autorizado.

c) Integración de expedientes y/o de proyectos ejecutivos.

d) Documentación soporte de la aplicación de los recursos, entre ésta, la

correspondiente a los trámites y registros contables y presupuestarios realizados,

incluyendo un cuadro resumen del total del presupuesto autorizado y ejercido y, en su

caso, el soporte documental de los recursos enterados a la Tesorería del Estado; a los

procesos de adjudicación de bienes y/o servicios; a los convenios y/o contratos

celebrados, entre otros.

8.- Seguimiento y control.

En este apartado se integrarán los informes periódicos sobre los avances y situación del programa, proyecto o asunto de que se trate, así como en su caso, las acciones realizadas para corregir o mejorar su ejecución; las auditorías practicadas y la atención a las observaciones determinadas.

9.- Resultados y beneficios alcanzados.

En este apartado se precisará el cumplimiento de los objetivos y metas del programa, proyecto o asunto, los resultados obtenidos y los beneficios alcanzados. 10.- Informe final del servidor público de la dependencia o entidad, responsable de la ejecución del programa, proyecto o asunto. La documentación soporte a que se refiere este Lineamiento se integrará en razón de las particularidades de cada programa, proyecto o asunto, y de conformidad con la normatividad aplicable. (Primera Sección, Diario Oficial Lunes 10 de octubre de 2011).

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Séptimo.- En el Libro Blanco se describirán y se presentarán de manera cronológica las acciones conceptuales, legales, presupuestarias, administrativas, operativas y de seguimiento que se hayan realizado, así como los resultados obtenidos por el programa, proyecto o asunto de que se trate, soportando todo lo anterior con copias fotostáticas de los documentos originales respectivos. Octavo.- Un ejemplar impreso de cada Libro Blanco se resguardará por la unidad responsable de su elaboración y validación, y una copia en medio digital o electrónico será entregada:

a) Al titular de la dependencia o entidad correspondiente. b) A la coordinadora sectorial, en su caso.

Adicionalmente, la dependencia o entidad remitirá a la Unidad, la relación de los Libros Blancos elaborados. El medio que se utilice para el resguardo de la copia del Libro Blanco deberá permitir que los documentos sean plenamente identificables, insustituibles, inviolables y que cuenten con la validación del responsable de su elaboración o expedición. Noveno.- En el año de cierre de la administración gubernamental, los Libros Blancos se deberán concluir a más tardar el último día hábil de octubre de ese año, para incorporarse oportunamente al acta de entrega recepción del titular de la dependencia o entidad. Decimo.- Cuando se concluya algún proceso de desincorporación de entidades paraestatales, en sus diferentes modalidades, el Libro Blanco de Desincorporación respectivo se deberá elaborar con sujeción al marco jurídico que resulte acorde con la naturaleza y particularidades de la entidad paraestatal de que se trate y, en lo que no contravenga la normativa aplicable, conforme al índice establecido en el apartado de integración de Libros Blancos contenido en el Manual de Procesos de Desincorporación, disponible en la página electrónica http://www.normateca.gob.mx/libros_blancos.php. Decimo Primero.- En aquellos programas, proyectos o acciones de gobierno, en los que se tenga interés en dejar constancia de las acciones y resultados obtenidos, las dependencias y entidades tendrán la opción de formular Memorias Documentales, las cuales se podrán estructurar de manera similar a un Libro Blanco. Decimo Segundo.- la secretaría, por sí o a través de los órganos internos de control de las dependencias y entidades, así como de la procuraduría general de la república, en el ámbito de sus respectivas competencias, vigilarán y darán seguimiento al cumplimiento de lo establecido en estos lineamientos.

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Decimo Tercero.- la interpretación, para efectos administrativos, de los presentes lineamientos, así como la resolución de los casos no previstos en los mismos, corresponderá a la unidad. Decimo Cuarto.- la información contenida en los libros blancos y en las memorias documentales, será de carácter público. la información documental soporte deberá integrarse en anexos, y estará sujeta a la clasificación que, en su caso, se hubiere realizado conforme a lo establecido en la ley federal de transparencia y acceso a la información pública gubernamental. 1.- INSTRUCCIONES PARA EL LLENADO Y ENVÍO DEL FORMATO PARA LA INTEGRACIÓN DE LA RELACIÓN INICIAL DE LIBROS BLANCOS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL Y/O ESTATAL. Una vez integrado conforme a los lineamientos para la elaboración e integración de Libros Blancos expedidos por la Secretaría de la Función Pública el 10 de Octubre de 2011, se llenara un formato con datos relevantes de acuerdo a su estructura, por lo que este mismo será enviado a la Secretaría de la Función Pública Federal para su análisis y conformación del índice. Llenado del Formato: Para el llenado del formato no deberá alterarse en su estructura, forma, o conceptos.

El formato será llenado con la Fuente Arial Tamaño 11.

Para el envío del Formato: El formato se enviará a la Secretaría de la Función Pública Únicamente vía electrónica atendiendo lo siguiente:

a) La cuenta del correo es: [email protected]

b) Especifica el asunto del correo: el Sector y nombre de la Institución.

c) Este formato deberá enviarse en el formato de Excel y en versión en formato PDF que

contenga solo la firma autógrafa del responsable de su llenado y envío.

d) El nombre del archivo estará compuesto así: Siglas del Sector – Siglas de la

institución, por ejemplo: STS-DIF-LB.

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INSTRUCTIVO DEL FORMATO:

INSTRUCITVO PARA EL LLENADO DEL FORMATO

1.- Sector

Seleccionar el Sector al que pertenece la institución de los siguientes: a) Desarrollo económico (DEC). b) Desarrollo Social y Recursos Renovables (DSR) c) Educativo y Cultura (ECU) d) Energía (ENE) e) Hacienda (HDA) f) Salud, Trabajo y Seguridad Social (STS) g) Seguridad Nacional (SNA)

2.- Fecha Fecha de envío del formato a la Secretaría.

3.- Dependencia o Entidad Nombre completo de la Institución.

4.- Clave presupuestal Indicar el número asignado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

5.- Numero Este dato se compondrá por la siglas de la Institución y el número consecutivo, separado por un guion. Por ejemplo: SFP-01

6.- Nombre Nombre del programa, proyecto o asunto queda origen el Libro Blanco

7.- Objetivo Señalar la finalidad del programa, proyecto o asunto de que se trate (Máximo 500 caracteres).

8.- Monto de inversión Monto total de la inversión realizada en el programa, proyecto o asunto de que se trate.

9.- Síntesis ejecutiva Breve descripción cronológica de las acciones y resultados del programa, proyecto o asunto.

10.- Argumento sobre la pertinencia

Expresar los argumentos que justifican la elaboración del Libro Blanco.

11.- Recursos Humanos internos

Marcar con “X” en caso de que se elaboren con recursos humanos internos y no implique la contratación de un consultor externo.

12.- consultor externo Marcar con “X” en caso de que se considere necesario la contratación de un consultor externo.

13.- Unidad Administrativa Nombre de la Unidad responsable del llenado y envío del formato.

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2.- FORMATO PARA EL LLENADO EN LA INTEGRACIÓN DE LA RELACION INICIAL DE LIBROS BLANCOS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL Y/O ESTATAL.- Sector (1): ______________________________________ Fecha (2):_________________

Dependencia y/o Entidad (3):__________________________________________________

Clave Presupuestal (4):_______________________________________________________

Unidad Administrativa que elaboró (13):_________________________________________

______________________________________________ Nombre y firma del responsable de llenado del formato

DATOS DEL LIBRO BLANCO

Número (5)

Nombre (6)

Objetivo (7)

Monto de Inversión,

Programa o Asunto

(8)

Síntesis ejecutiva

(9)

Argumento sobre su

pertinencia (10)

Internos (11)

Consultor externo

(12)

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E) BIBLIOGRAFÍA

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BIBLIOGRAFÍA. 1.- Lineamientos para la elaboración e integración de Libros Blancos y de Memorias Documentales, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 10 de Octubre de 2011. 2.- Ley Orgánica del Estado de Chiapas publicado en el Diario Oficial el 11 de Mayo de 2011. 3.- Reglas de Operación del Fondo de Desastres Naturales, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 3 de Diciembre de 2010 y, con Lineamientos publicados en el Diario Oficial de la Federación el 31 de Enero de 2011. 4.- Ley de Planeación Estatal publicado en el Periódico Oficial el 05 de Noviembre de 2010. 5.- Reglas de Operación del Fondo de Desastres Naturales, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 27 de Mayo de 2009. 6.- Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 17 de Junio de 2009. 7.- Decreto “Programa Nacional de Rendición de Cuentas, Transparencia y Combate a la Corrupción 2008 – 2012”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día jueves 11 de Diciembre de 2008. 8.- Informe de Rendición de Cuentas de las Administración 2000-2006, FOVI Libro Blanco, (Noviembre 2006). 9.- Acuerdo para la Rendición de Cuentas de la Administración Pública Federal en el sexenio de C. Vicente Fox Quezada 2000-2006, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 14 de Septiembre de 2005. 10.- Lineamientos para la formulación del Informe de Rendición de Cuentas de la Administración Pública Federal 2000-2006, así como la elaboración e integración de libros blancos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 13 de Octubre de 2005 11.- Guía para la Integración de los Libros Blancos de las Reglas de Operación del FONDEN, Contraloría General de Veracruz 1999, (20 de Septiembre de 2000) 12.- Ley de Planeación Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de Enero de 1983.

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DIRECTORIO

Lic. Juan José Sabines Guerrero

Gobernador Constitucional del

Estado de Chiapas

Lic. Tómas Sánchez Sánchez

Secretario de la Función Pública

Arq. Luis Wistano Paredes Guzmán

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