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Lineamiento para el Seguimiento al Ejercicio del Recurso Autonomía de Gestión Escolar. CICLO ESCOLAR 2017-2018 "Este programa es público ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa". Quien haga uso indebido de los recursos del PETC deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente.

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Lineamiento para el Seguimiento al Ejercicio del Recurso

Autonomía de Gestión Escolar. CICLO ESCOLAR 2017-2018

"Este programa es público ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa". Quien haga uso indebido de los recursos del PETC deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente.

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Escuelas de Tiempo Completo Ciclo Escolar 2017-2018

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I GLOSARIO

Para efectos del presente manual, se entenderá por:

AEL.- Autoridad Educativa Local; se hace referencia al Titular de las Secretarías de Educación u Homólogos de cada uno de los Estados de la Federación, que establezcan el ejercicio de la función social educativa. Para efectos de las presentes Reglas de Operación, quedará incluida la Administración Federal de Servicios Educativos en el Distrito Federal.

Alumna/o.- Es el niño, niña o adolescente en edad de cursar los servicios educativos del tipo básico matriculado/a en cualquier grado de sus diversos niveles y servicios educativos que se brinda como parte del Sistema Educativo Nacional.

ASF.- Auditoría Superior de la Federación.

Asistencia Técnica del Programa.- Conjunto de apoyos, asesoría y acompañamiento que se ofrece a la AEL para el desarrollo del Programa Escuelas de Tiempo Completo. Asimismo la AEL será la responsable de brindar asistencia técnica al personal docente, directivo y de supervisión escolar para mejorar la práctica profesional y la eficacia de las escuelas públicas participantes.

Autonomía de Gestión Escolar.- La capacidad de la escuela pública de educación básica para tomar decisiones orientadas a mejorar la calidad del servicio educativo que ofrece, centrando su actividad en el logro de aprendizajes del alumnado que atiende, genera las condiciones que den lugar a que todas/os y cada una/o de sus alumnas/os haga efectivo el derecho a la educación, garantizado por el artículo 3o. Constitucional y la Ley General de Educación, de forma tal que todas las personas alcancen los beneficios educativos que les permitan incorporarse a la sociedad como ciudadanas/os plenas/os.

Carta Compromiso de la Escuela.- Documento mediante el cual la escuela pública de educación básica expresa a la AEL la voluntad de participar en el Programa Escuelas de Tiempo Completo para el ejercicio fiscal 2017, a cargo de la Secretaría de Educación Pública del Gobierno Federal, así como el compromiso para realizar las acciones correspondientes sujetándose a los términos y condiciones establecidos en las presentes Reglas de Operación.

CEPSE: Los Consejos Escolares de Participación Social en la Educación (CEPSE) son órganos de consulta, colaboración, apoyo, gestoría e información que impulsan la colaboración de las comunidades en las tareas educativas con la corresponsabilidad de las madres, padres de familia y sus asociaciones, maestros y representantes de su organización sindical, directivos de la escuela, exalumnos y miembros de la comunidad interesados en el desarrollo de las escuelas.

Comunidad Escolar.- Conjunto de actores involucrados en la escuela pública de educación básica: madres y padres de familia, tutoras/es, alumnado, personal docente y personal con funciones de dirección, de supervisión y de asesoría técnico pedagógica y técnico docente.

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Coordinadora/or Escolar del Servicio de Alimentación.- Es la persona responsable de organizar el Servicio de Alimentación en la escuela pública de educación básica participante en el Programa, en acuerdo con la/el directora/or del plantel y la participación de madres y padres de familia y/o quien ejerza la tutoría de las/os alumnas/os.

Coordinadora/or Local del Servicio de Alimentación en Escuelas de Tiempo Completo.- Es la persona designada formalmente y/o ratificada por la/el Titular de la AEL, para planear, desarrollar, dar seguimiento y garantizar, a nivel local, que el servicio alimentario se brinde en apego a las disposiciones jurídicas aplicables.

Coordinadora/or Local del Programa Escuelas de Tiempo Completo.- Es la persona designada formalmente y/o ratificada por la/el Titular de la AEL, para planear, desarrollar, dar seguimiento, evaluar y garantizar, a nivel local, que la operación del Programa Escuelas de Tiempo Completo para el ejercicio fiscal correspondiente se lleve a cabo en apego a las presentes Reglas de Operación.

Cruzada Contra el Hambre (CCH).- Estrategia de inclusión y bienestar social, que tiene entre sus objetivos, cero hambre a partir de una alimentación y nutrición adecuada de las personas en pobreza multidimensional extrema y carencia de acceso a la alimentación, y se implementa a partir de un proceso participativo de amplio alcance, cuyo propósito es conjuntar esfuerzos y recursos de la Federación, las Entidades Federativas y los municipios, así como de los sectores público, social y privado y de organismos e instituciones internacionales.

DGCRF.- Dirección General de Contabilidad y Recursos Financieros.

DGDGE.- Dirección General de Desarrollo de la Gestión Educativa, unidad administrativa adscrita a la Subsecretaría de Educación Básica de la Secretaría de Educación Pública del Gobierno Federal.

DOF.- Diario Oficial de la Federación.

Educación Básica.- Tipo educativo que comprende los niveles de preescolar, el de primaria y el de secundaria, conforme a lo establecido en el artículo 37 de la Ley General de Educación.

Equidad Educativa.- Distribución igualitaria y justa del servicio educativo que satisfaga las necesidades educativas de quienes lo reciben, para así contribuir a superar las diferencias existentes, bajo el principio de "que sea para todos, según sus capacidades". Lograr que las condiciones personales, sociales, culturales, lingüísticas, económicas, de discapacidad y/o de aptitudes sobresalientes de las/os alumnas/os, o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas, así como que las características diferenciadas entre las escuelas, no sean impedimento para que las/os niñas/os tengan una educación que les provea de mejores oportunidades de vida.

Escuela Pública de Educación Básica.- Institución educativa de sostenimiento público del Sistema Educativo Nacional que cuenta con la Clave de Centro de Trabajo. Considera escuelas que prestan el servicio regular así como los servicios de educación comunitaria.

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Para el caso del Programa Escuelas de Tiempo Completo se consideran participantes las escuelas de preescolar, primaria y secundaria, así como servicios de educación indígena, especial, multigrada, migrante y telesecundaria.

Escuelas de Tiempo Completo (ETC).- Es la escuela pública de educación básica que participa en el Programa Escuelas de Tiempo Completo, ampliando su jornada entre seis y ocho horas diarias para aprovechar mejor el tiempo disponible para el desarrollo académico, deportivo y cultural de sus alumnas/os.

Inclusión Educativa.- Proceso que se basa en el principio que asume a la diversidad como característica inherente a los grupos sociales, misma que debe aprovecharse en beneficio de cada integrante de la comunidad escolar, por lo que el sistema y los programas educativos deben diseñarse e implementarse en apego a esta diversidad, con el fin de identificar y responder a las necesidades y capacidades de todas/os las/os alumnas/os.

Normalidad Mínima de Operación Escolar.- Consiste en asegurar que las escuelas de educación básica cuenten con los siguientes rasgos básicos:

a) Todas las escuelas deben brindar el servicio educativo todos los días establecidos en el calendario escolar, para ello las AEL y autoridades educativas municipales deberán asegurar que las escuelas cuenten con el personal completo de la estructura ocupacional correspondiente, desde el inicio hasta la conclusión del ciclo escolar y evitar que se tenga personal por arriba de la estructura autorizada;

b) Todos los grupos deben disponer de maestras/os la totalidad de los días del ciclo escolar, por lo que las AEL y autoridades educativas municipales deberán garantizar que la sustitución de personal que se requiera en la escuela, dentro del ciclo escolar, se realice en tiempo y forma;

c) Todas/os las/os maestras/os deben iniciar puntualmente sus actividades;

d) Todas/os las/os alumnas/os deben asistir puntualmente a todas las clases;

e) Todos los materiales para el estudio deben estar a disposición de cada uno de las/os alumnas/os y se usarán sistemáticamente;

f) Todo el tiempo escolar debe ocuparse fundamentalmente en actividades de aprendizaje;

g) Las actividades que propone la/el docente deben lograr que todas/os las/os alumnas/os estén involucrados en el trabajo de clase;

h) Todas/os las/os alumnas/os deben consolidar, conforme a su ritmo de aprendizaje, su dominio de la lectura, la escritura y las matemáticas, de acuerdo con su grado educativo, y

Así como, las demás que defina la AEL en función de la mejora de la calidad y equidad educativa.

PETC.- Programa Escuelas de Tiempo Completo para el ejercicio fiscal 2017.

Personal Educativo.- Actores educativos que pueden recibir asistencia técnica, para una mejor operación y desarrollo del PETC; entre ellos están el personal con funciones de dirección, personal con funciones de supervisión, el personal docente, personal con

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funciones de asesoría técnica pedagógica y el personal técnico docente conforme lo previsto en la Ley General del Servicio Profesional Docente.

RO.- Reglas de Operación.

Ruta de Mejora.- Es un sistema de gestión que permite a las escuelas públicas de educación básica ordenar y normalizar sus decisiones respecto del mejoramiento del servicio educativo y focalizar los esfuerzos de la AEL. Implica los procesos de planeación, implementación, seguimiento, evaluación y rendición de cuentas.

SEB.- Subsecretaría de Educación Básica de la Secretaría de Educación Pública del Gobierno Federal.

SEN.- Sistema Educativo Nacional.

SEP.- Secretaría de Educación Pública del Gobierno Federal.

SEPAF.- Secretaría de Planeación Administración y Finanzas.

Servicio de Alimentación.- Elemento adicional que se brinda en las ETC, para fortalecer la salud alimentaria del alumnado que se encuentra especialmente en comunidades con alto índice de pobreza y marginación, esto con la finalidad de que obtengan mejores aprendizajes y lograr su permanencia en el SEN.

Servicios Educativos.- Son las variantes de atención educativa (educación indígena, educación especial, educación migrante y telesecundaria).

SEJ.- Secretaría de Educación Jalisco.

SFP.- Secretaría de la Función Pública del Gobierno Federal.

SHCP.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público del Gobierno Federal.

SIIF.- Sistema Integrado de Información Financiera

Sistema Integral de Información de Padrones de Programas Gubernamentales (SIIPP-G).- Herramienta de información y análisis de cobertura nacional, que integra de forma estructurada y sistematizada toda la información inherente a los Programas Gubernamentales a cargo de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y en su caso, la información sobre los programas de Entidades Federativas y municipios.

Situación de Vulnerabilidad.- Aquellos sectores o grupos de población que por condiciones de edad, sexo, estado civil, origen étnico, lengua, discapacidad, aptitudes sobresalientes y/o condición migratoria se encuentran en condición de riesgo de exclusión, lo que les impide incorporarse al desarrollo y acceder a mejores condiciones de bienestar.

Supervisión Escolar.- Instancia que a nivel zona, sector o región escolar es la autoridad que, "en el ámbito de las escuelas bajo su responsabilidad, vigila el cumplimiento de las disposiciones normativas y técnicas aplicables; apoya y asesora a las escuelas para facilitar y promover la calidad de la educación; favorece la comunicación entre escuelas, padres de familia y comunidades, y realiza las demás funciones que sean necesarias para la debida operación de las escuelas, el buen desempeño y el cumplimiento de los fines de la

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educación" en términos de lo dispuesto en el artículo 4, fracción XXIV de la Ley General del Servicio Profesional Docente.

Vulnerabilidad.- Condición que presenta dificultades para acceder, permanecer y concluir la educación básica debido a factores socio-culturales (género, lengua, edad), estructurales (situación socioeconómica, dispersión geográfica, migración) y coyunturales (enfermedad), así como a sus derivaciones (extra edad) o a la combinación de ellos (migración-enfermedad, migración-situación de calle, situación de calle-enfermedad, migración-lengua-género).

II PRESENTACIÓN El PETC es una iniciativa de la SEP que se orienta al fortalecimiento de la educación básica y encamina sus esfuerzos para dar cumplimiento a lo dispuesto en el párrafo tercero del artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el cual establece que el Estado garantizará la calidad en la educación obligatoria de manera que los materiales y métodos educativos, la organización escolar, la infraestructura educativa y la idoneidad de los docentes y directivos garanticen el máximo logro de aprendizaje de los educandos. El Gobierno de la República tiene la obligación de mejorar sustantivamente los procesos y resultados educativos. Es menester que la educación que el Estado proporcione esté a la altura de los actuales requerimientos y que la justicia social demanda: una educación inclusiva, que respete y valore la diversidad sustentada en relaciones interculturales, que conjugue satisfactoriamente la equidad con la calidad, en la búsqueda de una mayor igualdad de oportunidades para toda la población mexicana.

III OBJETIVOS General Establecer en forma paulatina conforme a la suficiencia presupuestal, ETC con jornadas de entre 6 y 8 horas diarias, para aprovechar mejor el tiempo disponible para el desarrollo académico, deportivo y cultural de las/os alumnas/os. En aquellas escuelas donde más se necesite, conforme a los índices de pobreza y marginación se impulsarán esquemas eficientes para el suministro de alimentos nutritivos al alumnado. Con lo cual se coadyuva a mejorar la calidad de los aprendizajes en educación básica. Específicos

Fortalecer el uso eficaz de la jornada escolar y la implementación de Líneas de Trabajo Educativas de apoyo al aprendizaje de las/os alumnas/os.

Brindar, de acuerdo a la suficiencia presupuestal, Servicio de Alimentación en beneficio de alumnas/os de comunidades con alto índice de pobreza y marginación fomentando su permanencia en el SEN.

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IV ASESORES REGIONALES

La Coordinación del Programa Escuelas de Tiempo Completo en el Estado de Jalisco tiene

como meta el beneficiar las comunidades escolares de Educación Básica en el Estado.

Para fines de capacitación, acompañamiento, transparencia y rendición de cuentas, el

estado de Jalisco se divide en 12 regiones, en la Coordinación Estatal del PETC, atendiendo

a esta regionalización y buscando ofrecer un servicio más ágil y exacto, la región Centro, se

subdivide en 3, resultando 14 regiones de atención.

Una vez validada la base de datos de las escuelas a beneficiar, se identifican por región para

hacer la asignación de los asesores regionales.

Cada una de estas regiones, atendida por un asesor regional, perteneciente a la

Coordinación Estatal, quien fungirá en todo momento como el enlace entre el programa y

la escuela.

Para el ciclo escolar 2017-2018 los asesores regionales atenderán a las escuelas

beneficiadas según la siguiente distribución:

REGIÓN ASESOR POR REGIÓN

ALTOS NORTE LICDA. MARISOL IBARRA FRAUSTO

SURESTE

ALTOS SUR LICDA. YOLANDA REYES BARBA

LAGUNAS

CENTRO 1 LICDA. ESMERALDA SALCEDO MAGAÑA

COSTA - SIERRA OCCIDENTAL

CENTRO 2 (ZAPOPAN) LICDA. DALIA RIVERA SILVA

CIENEGA

CENTRO 3 (ZAPOTLANEJO) LICDA. SANDRA BAÑUELOS JUAREZ

VALLES

NORTE LIC. MIGUEL ANGEL DIAZ GARCÍA

COSTA SUR

SIERRA DE AMULA

LIC. DIEGO RAMIREZ JIMENEZ CENTRO 3 (EL SALTO, IXTLAHUACAN DE LOS MEMBRILLOS, JUANACATLAN, SAN PEDRO TLAQUEPAQUE, TONALA)

CENTRO 2 (CUQUIO, IXTLAHUACAN DEL RIO, SAN CRISTOBAL DE LA BARRANCA, TLAJOMULCO DE ZUÑIGA) LIC. ISRAEL RAMIREZ GUTIERREZ

SUR

La oficina de la Coordinación Estatal del Programa se encuentra ubicada en:

Pról. Alcalde 1351, Edificio C, Col. Miraflores, C.P. 44270 Guadalajara Jalisco Teléfono: (01 33) 3819 2727.

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V FORTALECIMIENTO DE LA AUTONOMÍA DE GESTIÓN DE LAS ESCUELAS La Autonomía de Gestión Escolar debe entenderse como la capacidad de la escuela de educación básica para tomar decisiones orientadas a mejorar la calidad del servicio educativo que ofrece. Esto es, que la escuela centra su actividad en el logro de los aprendizajes de todos y cada uno de los estudiantes que atiende, mejorando la calidad y equidad de la enseñanza a través de un mayor compromiso de los profesores y de la comunidad educativa. La Coordinación Estatal de PETC ejecutará las acciones pertinentes que tiendan a fortalecer la autonomía de gestión de las escuelas. La Coordinación del PETC podrá destinar hasta $90,000.00 (Noventa mil pesos, 00/100 m.n.) para cada ETC, con la finalidad de que atiendan las acciones establecidas en su ruta de mejora en apoyo al sistema básico de mejora educativa, el cual se distribuirá de acuerdo a la suficiencia presupuestal. Las escuelas reincorporadas para el ciclo escolar 2017-2018, que no hayan comprobado los recursos otorgados en alguna de las etapas anteriores, se revisara específicamente en que estatus administrativo y legal se encuentra el Plantel y su Director para determinar si podrán recibir recursos del PETC. Igualmente, las escuelas que no proporcionen la información que permita el monitoreo y seguimiento de las acciones del PETC a través de los canales que se determinen por la Coordinación Nacional del Programa Escuelas de Tiempo Completo y la Coordinación Estatal del PETC, no podrán recibir recursos del mismo hasta en tanto no proporcionen dicha información. El propósito de este apoyo económico es generar condiciones para que las escuelas puedan cumplir sus fines educativos en el contexto de su entorno, fortaleciendo el logro de los aprendizajes y una educación integral. Las escuelas podrán destinar el recurso para:

a) Desarrollo de estrategias pedagógicas y el fortalecimiento de las líneas de trabajo educativas. Asimismo, para el pago de asesorías y acompañamiento especializado dirigido al personal con funciones de dirección y el personal docente, para la mejora de la práctica profesional.

b) Compra de libros y material escolar, por ejemplo: hojas, cartulina, acuarelas, plastilina, listones, etcétera; compra de material didáctico, por ejemplo: pelotas, conos, juegos de mesa, cuerdas para brincar, etcétera; compra de material relacionado con la promoción de la seguridad escolar: asimismo, mobiliario para ludotecas, bibliotecas, etcétera.

c) Asesorías o talleres para el desarrollo de habilidades digitales de la comunidad escolar en el uso y aprovechamiento de las tecnologías de la información y comunicación (TIC) en la educación.

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d) Acondicionamiento de espacios educativos.

Nota: Para las Escuelas que brindan el servicio de alimentación, será necesario que destinen parte del recurso a un servicio de fumigación de los espacios de almacenaje, preparación y consumo de los alimentos.

VI LINEAMIENTOS PARA EL EJERCICIO DEL RECURSO

Para dar cumplimiento al ejercicio de los recursos asignados por la Federación a la Secretaría de Educación Jalisco, en el Programa Escuelas de Tiempo Completo en el rubro Fortalecimiento de la Autonomía de Gestión de las Escuelas la Coordinación del PETC, teniendo como propósito el crear un esquema de administración y control que brinde herramientas para eliminar cargas administrativas, operar y distribuir los recursos de una forma segura y ágil se llevará a cabo el siguiente procedimiento: 1.- Transferencia del Recurso de Secretaria de Planeación Administración y Finanzas (SEPAF) a los planteles beneficiados por el Programa Escuelas de Tiempo Completo. La SEJ solicitará la apertura de las tarjetas de débito desde la cuenta bancaria a la que se depositó el recurso Federal del rubro Fortalecimiento a la Calidad Educativa, de las cuales se generarán las dispersiones a la persona que fue asignada por el CEPSE, como responsable de uso y manejo del recurso, donde las comunidades escolares son beneficiados por montos que varían entre los $90,000.00, $70,000.00 y $60,000.00 pesos, dependiendo de la estimación que se le determinó al plantel, que suman el total del recurso asignado. La SEJ entregará las tarjetas de débito a la persona asignada por el CEPSE, y a su vez recolectará los pagarés firmados y recibos del recurso, con sus respectivas cartas compromiso por los montos asignados, donde los Directores confirman que se hacen responsables del ejercicio del recurso conforme a las reglas de operación del Programa Escuelas de Tiempo Completo y a la normatividad aplicable y a su vez aprueban que en caso de no comprobar o reintegrar satisfactoriamente en tiempo y forma el recurso, se proceda a aplicar los procedimientos de la Ley para los Servidores Públicos del Estado de Jalisco y sus municipios, específicamente lo dispuesto en el artículo 49, fracción I. 2.- Entrega de tarjetas de débito. La Coordinación Estatal del PETC a través de los asesores regionales, previo aviso, calendarización y anuencia de la Coordinación de Educación Básica y su estructura, se reunirán con las personas asignadas por el CEPSE de las Comunidades Escolares a beneficiar para llevar a cabo el registro de beneficiados, la recolección de la documentación requerida y entrega de tarjetas bancarias de débito, receptoras del recurso destinado a las CE para el Fortalecimiento de la Autonomía de Gestión de las Escuelas.

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Documentación necesaria para la entrega de tarjetas de débito son:

a) Copia del Acta de Constitución del CEPSE del plantel, vigente. b) Acta de la sesión del CEPSE mediante la cual se asigna la persona que recibirá el

recurso. c) Identificación oficial con fotografía de la persona asignada por el CEPSE para recibir

el recurso. d) Comprobante de domicilio de la persona asignada por el CEPSE para recibir el

recurso, donde llegará la correspondencia bancaria (estados de cuenta) etc. e) Pagaré debidamente llenado, por la persona asignada por el CEPSE para recibir el

recurso. f) Recibo de pago llenado y firmado por la persona asignada por el CEPSE, para recibir

el recurso. g) Carta compromiso de la correcta aplicación y comprobación del recurso.

Es importante aclarar que las tarjetas de débito escolares estarán exentas de comisiones bancarias por concepto de:

a) comisión por manejo de cuenta b) comisión por anualidad

Las comisiones que sí se cobrarán y serán responsabilidad del titular de la cuenta son:

a) comisión por retirar en cajeros de otras instituciones bancarias. b) comisión por algún servicio adicional solicitado como puede ser copias extras de

estados de cuenta, etc. Nota: Las comisiones antes descritas no podrán cubrirse con recursos del programa, por lo que en caso de existir tendrán que ser pagadas con recursos propios de los titulares de la tarjeta bancaria. 3.- Dispersión del Recurso de la SEJ a Las Comunidades Escolares Beneficiadas por el Programa: Una vez que se cumplieron los requisitos antes mencionados se entregan las tarjetas de débito de cada CE, la Coordinación del PETC habiendo revisado la base de escuelas a beneficiar, dejando sin posibilidad de recurso a aquellas Escuelas o Directores que dependiendo de su estatus administrativo y Legal se consideren deudores, que por falta de comprobaciones de ciclos anteriores no puedan ser beneficiados. Cada persona asignada por el CEPSE para recibir el recurso antes mencionado de las CE beneficiadas, recibirá una notificación por la Coordinación del PETC en tiempo y forma del depósito realizado.

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4.- Ejercicio de los recursos de Fortalecimiento de la Autonomía de Gestión de las Escuelas. Una vez notificado y realizado el depósito, los encargados dispondrán de 30 días naturales para agotar los recursos (ejercer y comprobar), al transcurrir los días mencionados, la tarjeta de débito será bloqueada y no podrá pagarse ningún recurso posterior a esta fecha, por lo que se reitera el no tener recursos pendientes de pago después de estos 30 días naturales, de lo contrario estos recursos antes descritos no podrán cubrirse con recursos del programa, por lo que en caso de existir tendrán que ser pagadas con recursos propios de la Comunidad Escolar. 5.- En caso de que el recurso no sea comprobado o reintegrado en tiempo y forma. En caso de que la persona asignada por el CEPSE de las Comunidades Escolares beneficiada no ejerza el recurso conforme a las reglas de operación del Programa Escuelas de Tiempo Completo y a la normatividad aplicable al 31 de Diciembre del 2017, inmediatamente se le iniciará proceso de recuperación del recurso para liquidar el monto no comprobado o reintegrado.

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IX COMPROBACIÓN DE RECURSOS DE FORTALECIMIENTO DE LA AUTONOMÍA DE GESTIÓN DE LAS ESCUELAS

La Coordinación estatal del PETC a través de los asesores regionales previo aviso y

calendarización, se desplazará a cada una de las regiones foráneas para realizar la revisión

de la documentación comprobatoria de cada escuela beneficiada por el PETC, emitiendo las

observaciones necesarias para aquellos casos que las requieran así como recibiendo en

forma digital los expedientes que se encuentren correctos.

Dicho lo anterior y a diferencia de ejercicios anteriores: 1.- No debe entregar expedientes de comprobación a la DRSE 2.- Todas las adquisiciones de activos fijos tienen que inventariarse conforme a la normatividad aplicable (Darlos de alta como activos fijos de la SE con sus respectivos PESA. ¿Qué presentar en la comprobación de recursos de Fortalecimiento de la Autonomía de Gestión de las Escuelas?

a) Informe Financiero. Elaborado como se explica en el presente lineamiento.

b) Factura comprobatoria del gasto efectuado: con datos fiscales de la Secretaria

de Planeación, Administración y Finanzas.

c) Póliza de Egreso. Pegar la factura, sellar y firmar por el director y el

representante de participación social y justificar.

d) Validación del SAT: Donde constate que la factura es vigente.

e) Cotizaciones. En caso de que el monto exceda los $12,500.00 pesos es necesario que la escuela cuente con un Comité de Adquisiciones Escolar presentar 3 cotizaciones y cuadro comparativo anexo en este manual. Conformación de un Comité de Adquisiciones Escolar Para los casos en que las necesidades del centro de trabajo requiera efectuar un gasto superior a los $12,500.00 (Doce mil quinientos pesos 00/100 m.n.) se deberá conformar un Comité de Adquisiciones Escolar, este deberá integrarse por: 1. La Directora (or) del centro escolar 2. Representante del Consejo Escolar de Participación Social. 3. Representante del Comité de Contraloría Social.

Dicho comité se conformará bajo el acta correspondiente (formato incluido) y estas figuras serán las encargadas de vigilar que la adquisición en cuestión, sea la mejor opción, tanto monetaria como de calidad de los artículos y/o bienes a adquirir.

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Para ello, el Comité de Adquisiciones Escolar, buscará al menos entre 3 proveedores distintos la mejor oferta, en conjunto tomaran la decisión del proveedor a seleccionar y redactaran el acta de acuerdo de la adquisición. (Formato incluido).

f) Formato de inventario de material didáctico y bibliográfico y de bienes

muebles. Debidamente elaborados y sellados de recibido e iniciado el trámite

de resguardo por la DRSE. (material didáctico con un costo mayor de $350.00 iva

incluido.)

g) Evidencias de la aplicación del recurso: Fotografías de los artículos y/o bienes

adquiridos.

h) Todos aquellos documentos que le sean indispensables para respaldar la

comprobación del recurso asignado.

Para llevar a cabo las reuniones de comprobación de recursos será necesario que lleve la documentación en dos tantos originales.

X GASTOS NO PERMITIDOS Con el propósito de garantizar una administración transparente, un uso eficiente de los recursos y lo que es primordial incentivar la participación comprometida de los padres de familia y demás integrantes de la comunidad escolar en la tarea educativa, cuidando en todo momento la no duplicación de esfuerzos con otros programas o apoyos, se señalan los rubros en los cuales no está permitido ejercer recursos del Programa Escuelas de Tiempo Completo:

Servicios profesionales de instructores de ninguna disciplina para alumnos.

Convivíos, festivales y eventos sociales.

Viajes recreativos, de placer o de premiación.

Tarjetas y recargas de celular.

Regalos y donativos de ningún tipo.

Compra de terrenos.

Construcción de casa habitación a docentes, veladores y Directivos.

Arrendamiento de terrenos, salones y centro recreativos.

Pago de todo tipo de alimentos y bebidas.

Uso del recurso del programa para préstamos o financiamiento de cualquier índole.

Estímulos monetarios a alumnos, docentes, directivos o padres de familia.

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Uniformes y calzado de ningún tipo.

Relojes checadores y de control de acceso para personal y alumnos.

Interphone, alarmas, timbre para puerta: y

Ningún tipo de software.

Capacitaciones

Todo aquello que por su naturaleza no tenga intención pedagógica.

XI RESGUARDO DE LA DOCUMENTACIÓN COMPROBATORIA El resguardo de la documentación comprobatoria original y su respaldo digital relacionada con la ejecución de los recursos será responsabilidad del plantel beneficiado al cual pertenece el Consejo Escolares de Participación Social en la Educación, estas figuras deberán resguardarla al menos durante 5 años e informar los resultados a la Comunidad escolar.

La Coordinación del PETC, realizará visitas aleatorias a las comunidades escolares para dar seguimiento de las acciones reportadas, de acuerdo a la muestra aprobada en el Comité del PETC.

XII EN CASO DE ROBO En caso de robo del mobiliario, equipo o material diverso, adquirido con recursos del Programa, se procederá a hacer lo siguiente: 1. Levantar el reporte por teléfono a las autoridades locales 2. Tome fotografías de la escena del robo. 3. El Director o encargado de dirección levantará una denuncia ante la Agencia del Ministerio Público que le corresponda. 4. Enviar fotocopia de esta Acta a la Contraloría Interna y a la Dirección Jurídica de la Secretaria de Educación del Estado de Jalisco. 5. Enviar fotocopia de esta acta a la Coordinación Estatal del Programa, donde conste la recepción por parte de las instancias señaladas en el punto N°4. 6. Presentar oficio a la D.R.S.E. informando el hecho delictivo y solicitando la baja del inventario de los bienes sustraídos (debiendo acompañar sus inventarios debidamente sellados donde se demuestre que dicho bien se encontraba inventariado). 7. Para solicitar la reposición de los bienes sustraídos a través de la póliza de seguro general de la Secretaría de Educación contactar al departamento de Activos Fijos ubicado en Av. Fidel Velázquez 226, Col. Independencia, en Guadalajara, Jalisco, Tel. (01 33) 3609-8640 y 3637-9653 Ext. 53206, 53207 y 53208.

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Nota: Los bienes que lamentablemente sean sustraídos no podrán ser adquiridos nuevamente con recursos del PETC, deberá consultar y tramitar ante el departamento de activos fijos la reposición de los mismos.

En caso de robo o extravió de la tarjeta de débito, se procederá a hacer lo siguiente: 1. Levantar una denuncia por parte del responsable asignado por el CEPSE, ante la Agencia del Ministerio Público que le corresponda. 2. Informar a la Coordinación Estatal del Programa, mediante oficio lo sucedido anexando una copia de la denuncia levantada.

En caso de robo o pérdida de la documentación comprobatoria del recurso otorgado por el Programa además de realizar el procedimiento especificado para el robo de tarjetas de débito, deberá realizar las gestiones necesarias para recuperar los documentos o copias certificadas con validez de los mismos, puesto que el robo o extravío no lo exime de la responsabilidad de comprobar.

XIII CONTRALORÍA SOCIAL.

El PETC promoverá la participación de la población beneficiaria del Programa a través de la integración y operación de contralorías sociales, para el seguimiento, supervisión y vigilancia del cumplimiento de las metas y acciones comprometidas en el Programa, así como de la correcta aplicación de los recursos públicos asignados al mismo.

Para lograr lo anterior el Programa se sujetará al Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos para la Promoción y Operación de la Contraloría Social en los Programas Federales de Desarrollo Social, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de octubre de 2016, para que se promuevan y realicen las acciones necesarias para la integración y operación de la Contraloría Social, bajo el esquema validado por la SFP o instancia correspondiente que para tal efecto se determine.

Para la integración de los Comités de Contraloría Social se promoverá la participación paritaria de hombres y mujeres.

El asesor regional será el encargado de enviar los formatos necesarios para la conformación del comité, las actas de seguimiento, las minutas para las sesiones de seguimiento y el informe final, así como indicar las fechas para que sean entregadas. Transparencia y rendición de cuentas. La Coordinación Estatal del Programa Escuelas de Tiempo Completo, en colaboración con la Coordinación de Delegaciones Regionales, así como la Dirección General de la Contraloría, vigilarán el correcto ejercicio de los recursos asignados a cada plantel

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educativo, derivando a la autoridad competente las irregularidades observadas, a partir de las visitas de seguimiento y revisión en cada escuela de acuerdo al expediente de gasto presentado. Sanciones. La persona asignada por el CEPSE responsable del manejo del recurso estará sujeto a las sanciones previstas en la Ley para los Servidores Públicos del Estado de Jalisco y sus municipios y demás legislación vigente aplicable.

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XI ANEXOS

Anexo (1) Informe Financiero

El informe financiero es el documento en donde se concentrará toda la información generada a través del movimiento de los recursos, se registrará el depósito recibido y los gastos efectuados.

Para elaborar el informe financiero deberá anotar tal como lo señala la imagen en cada

número lo siguiente:

1. Los datos generales de la escuela que son: Nombre de la escuela, C.C.T., Zona, Sector,

Domicilio, Localidad y Municipio, Número de teléfono, Banco donde tiene tarjeta de débito,

número de cuenta bancaria y Correo electrónico donde pueda recibir información del PETC.

2. La fecha del gasto (es la fecha en que transfiere o retira fondos de la tarjeta de débito).

3. Anotar el número de tarjeta de débito en orden numérico consecutivo ascendente que

está haciendo la compra.

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4. Concepto del movimiento ejemplo: compra de equipo de cómputo, depósito, etc., (usted

encontrará la primera casilla con el concepto de “depósito inicial” para que no olvide

anotarlo).

5. Escribir el número de la factura.

6. En estos campos escribirá la cantidad con número del recurso utilizado, correspondiendo

al rubro del mismo.

7. En la columna de depósitos especificará la aportación recibida por parte del programa.

8. Deberá anotar la cantidad total que gastó con esa tarjeta de débito.

9. Anotar el saldo que va resultando después de registrar cada gasto, así como los depósitos

adicionales. (El Formato en Excel que proporciona la Coordinación, tiene fórmulas que van

realizando las operaciones).

10. Al final de cada columna, se debe registrar la suma total del gasto por rubro, (El Formato

en Excel que proporciona la Coordinación, tiene fórmulas que van realizando las

operaciones).

11. Este documento deberá presentarse con las firmas del director, así como la del

representante del consejo escolar y sello del plantel.

Las facturas y documentos comprobatorios deberán ser expedidos a nombre de:

Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas R.F.C.: SPC130227L99

Domicilio: Pedro Moreno No. 281, Col. Centro. C.P. 44100. Guadalajara, Jalisco.

El proveedor al recibir el pago, tendrá que entregarle factura… Características de las facturas Revisar que las facturas electrónicas (CFDI) contengan de manera clara y desglosada los siguientes requisitos:

Clave del Registro Federal de Contribuyentes de quien los expida.

Régimen Fiscal en que tributen conforme a la Ley del ISR

Sí se tiene más de un local o establecimiento, se deberá señalar el domicilio del local o establecimiento en el que se expidan las Facturas Electrónicas.

Contener el número de folio asignado por el SAT y el sello digital del SAT.

Sello digital del contribuyente que lo expide.

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Lugar y fecha de expedición.

Clave del Registro Federal de Contribuyentes de la persona a favor de quien se expida.

Cantidad, unidad de medida y clase de los bienes, mercancías o descripción del servicio o del uso o goce que amparen.

Valor unitario consignado en número.

Importe total señalado en número o en letra.

Señalamiento expreso cuando la prestación se pague en una sola exhibición o en parcialidades.

Cuando proceda, se indicará el monto de los impuestos trasladados, desglosados por tasa de impuesto y, en su caso, el monto de los impuestos retenidos.

Forma en que se realizó el pago (efectivo, transferencia electrónica de fondos, y tarjeta de débito en terminal punto de venta, de crédito, de servicio o el denominado monedero electrónico que autorice el Servicio de Administración Tributaria).

Será necesario acompañar a la factura con la impresión del archivo XML, mismo que el proveedor tiene la obligación de enviar a su correo electrónico.

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Anexo (2) Validación de facturas. Para la validación de una factura se deberá que ingresar a la página de internet https://verificacfdi.facturaelectronica.sat.gob.mx e ingresar los datos solicitados:

Para ser considerada como válida, toda factura deberá ser leída como “VIGENTE”, además de una rigurosa coincidencia con los datos fiscales de la factura correspondiente. En caso de que alguna de las facturas presente una leyenda en Estado CFDI como cancelada o con la siguiente leyenda:

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Significa que su factura no cuenta con la validez fiscal requerida para la comprobación del gasto, lo que será necesario acudir con su proveedor para que le proporcione la validación vigente necesaria para este proceso. Anexo (3) Cotizaciones y cuadros comparativos Los recursos otorgados a las escuelas beneficiadas están regulados por la legislación estatal vigente por lo que en adquisiciones mayores a $12,500.01 (Doce mil quinientos pesos 01/100 m.n.) incluyendo el I.V.A., deberá cotizar el mismo bien y/o servicio con idénticas características y cantidades, por lo menos a tres proveedores diferentes. Para determinar al proveedor ganador se deberán analizar las cotizaciones, mismas que deberán estar plasmadas en el cuadro comparativo establecido para este (efecto formato CC-1, anexo 5), el cual deberá estar firmado por la directora (or) y la (el) Representante del Consejo Escolar de Participación Social. Las adquisiciones de bienes y servicios no deberán fraccionarse para simular los topes anteriormente señalados, por lo que si se realizan compras a un mismo proveedor que sumen un total de $12,500.01 pesos en adelante; será indispensable presentar las cotizaciones de 3 proveedores diferentes. Las cotizaciones deben contener como mínima información:

Datos generales del proveedor,

Descripción de los artículos, con importe unitario; y

Precio total de la adquisición.

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En el formato de Cuadro comparativo de cotizaciones, deberá transcribir la información de cada una de las tres cotizaciones, donde quedara plasmado de una forma más ágil y visual el comparativo de sus tres opciones de compra y porque eligió la de menor costo.

Anexo (4) Como elaborar una póliza de egresos Cada factura o nota de venta se deberá pegar en una póliza de egresos. Utilizar hoja por factura. 1.-Número consecutivo de las pólizas. 2.- Anotar el número de la factura presentada a comprobar. 3.- Área para pegar la factura original. 4.- Sello de la escuela en la factura, cuidando que el sello no cubra cantidades o datos de la factura y firma del director o encargado. 5.- Escribir brevemente la justificación del gasto. 6.- Nombre y firma del director y del representante del consejo escolar, así como el sello de la escuela.

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Anexo (5) Inventarios El PETC utiliza dos formatos: el primero para bienes muebles, como equipo de cómputo y mobiliario, y el segundo, exclusivo para material didáctico y bibliográfico que se haya adquirido, debiendo registrar cada producto en forma individual, éstos se elaborarán para su entrega junto con el informe financiero, sin perjuicio de los que deban elaborar por causas extraordinarias o de actualización, como lo son en ocasión de entrega recepción por cambio de director o encargado de la escuela, recepción de nuevas adquisiciones, etc.:

a) De bienes muebles b) De material didáctico y bibliográfico.

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Anexo (6) Reintegro de Recursos En el lamentable caso de haber incurrido en un gasto no permitido, se tendrá que reintegrar el recurso a la cuenta concentradora, se hará el depósito en efectivo y la ficha de depósito, se adjuntará a este documento, mismo que será anexado al expediente de comprobación del recurso de cada escuela.

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Anexo (7) ACTA DE FALLO DE ADJUDICACIÓN DEL CONCURSO POR INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES

PERSONAS PARA LA ADQUISICIÓN DE ___________________________

En la Ciudad de ___________ del Municipio de _______________ del Estado de Jalisco, siendo las _______

horas, del día ________ de __________ del dos mil __________, y estando constituidos en

_______________________________________ _____________________________, ante la presencia de

_______________________________

_____________________________________________________________________________, para tratar lo

relativo a la Invitación a cuando menos tres proveedores para participar en la adquisición de

_______________________________, de acuerdo a los siguientes:

ANTECEDENTES:

1.- El día ________ de __________ del dos mil __________, se constituyó el Comité de adquisiciones.

2.- El día ________ de __________ del dos mil __________, fue entregada la invitación a los proveedores para

participar en la adquisición de ___________________________.

3.- Mediante la invitación se establecieron las siguientes especificaciones:

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4.- El día ________ de __________ del dos mil __________, los proveedores presentaron sus cotizaciones

para su análisis, de las cuales se desprende lo siguiente:

PROVEEDORES COTIZACIÓN OBSERVACIONES

CONSIDERANDOS:

Que el Comité de adquisiciones es el encargado de vigilar que el ejercicio del recurso otorgado por el

Programa Escuelas de Tiempo Completo se ejerza bajo los principios de eficiencia, eficacia, transparencia y

honradez, para satisfacer los objetivos del Programa.

Que después del análisis y evaluación de las cotizaciones proporcionadas por los proveedores, se

acurda emitir el siguiente:

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FALLO:

ÚNICO.- Que la presente invitación a cuando menos tres proveedores para participar en la adquisición de

________________________ para la escuela __________________________ con CCT ________________, se

le adjudica a ___________________________________ conforme a -

_______________________________________________________________________________

_____________________________________________________________________________.

No habiendo más que aportar en el presente, se da por terminada a las _______ horas del día ________ de

__________ del dos mil __________, firmando los comparecientes.

_________________________________________

NOMBRE

DIRECTOR ESCUELA _________________

CCT __________________

NOMBRE

PRESIDENTE CONSEJO ESCOLAR DE

PARTICIPACIÓN SOCIAL

NOMBRE

REPRESENTANTE DE CONTRALORÍA SOCIAL

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Anexo (8) ACTA DE CONFORMACIÓN DE COMITÉ DE COMPRAS EN LOS PLANTELES

______________ SESIÓN ______________ DEL CONSEJO ESCOLAR DE PARTICIPACIÓN SOCIAL

DATOS DEL CENTRO ESCOLAR

Nombre

Clave de Centro de Trabajo (CCT)

Zona Escolar

Sector Escolar

Domicilio

Teléfono

Correo electrónico de la escuela

Nombre del director(a) o quien ejerce la función directiva

En la Ciudad de ___________ del Municipio de ______________ del Estado de Jalisco, siendo las _______

horas, del día ________ de __________ del dos mil __________, a convocatoria del C. Presidente del Consejo

de Escolar de Participación Social, publicada en ____________________ con fecha

_______________________________________, se reunieron en las instalaciones de este centro escolar los

integrantes del Consejo Escolar de Participación Social descritos en la lista de asistencia que se anexa como

parte integral de esta acta, con la que se acredita la presencia de___ integrantes de este Consejo Escolar.

A continuación, el C. Presidente del Consejo Escolar de Participación Social o, en su caso, el Secretario Técnico

del mismo, dio a conocer a los presentes el orden del día establecido en la convocatoria, conforme al cual se

desarrollará la sesión: -------------------------------------------------------------

1. Lista de asistencia y declaración de quórum legal para sesionar. -----------------------------------------------

2. Aprobación del orden del día. ----------------------------------------------------------------------------------------------

3. Conformación del Comité de Adquisiciones. ---------------------------------------------------------------------------

1. Lista de asistencia y declaración de quórum legal para sesionar.

El C. Presidente del Consejo Escolar de Participación Social, pasa lista de asistencia y declara el quórum,

cumpliendo con la mayoría de los consejeros requeridos para sesionar válidamente según lo establecido en

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los “Lineamientos para la Constitución, Organización y Funcionamiento de los Consejos de Participación Social

en la Educación”. ------------------

2. Aprobación del orden del día.

En votación económica se preguntó a los presentes si aprobaban el orden del día y por mayoría de votos de

los asistentes, fue aprobado. --------------------------------------------------------------------------------------

3. Conformación del Comité de Adquisiciones.

El C. Presidente del Consejo Escolar de Participación Social, continuó con su exposición indicando que para

poder ejercer en cantidades superiores a los $12,500.00 (Doce mil quinientos pesos 00/100 moneda nacional)

el recurso otorgado por el Programa Escuelas de Tiempo Completo es necesario contar con un órgano que

garantice su cabal cumplimiento, por lo que se sometió a consenso de los presentes la instauración formal del

Comité de Adquisiciones de la escuela ______________________

_____________________________________, dando como resultado un Comité integrado por:

DIRECTOR ESCUELA

PRESIDENTE CONSEJO ESCOLAR DE PARTICIPACIÓN SOCIAL

REPRESENTANTE DE CONTRALORÍA SOCIAL

No habiendo más que aportar en el presente, se da por terminada a las _______ horas del día ________ de

__________ del dos mil __________, previa elaboración y lectura en voz alta de la redacción final del acta

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respectiva, la firmaron de conformidad al margen y al calce los que en ella intervinieron, para su debida

constancia y efecto que conforme a derecho proceda. --------------------------

_________________________________________

NOMBRE

DIRECTOR ESCUELA _________________

CCT __________________

NOMBRE

PRESIDENTE CONSEJO ESCOLAR DE

PARTICIPACIÓN SOCIAL

NOMBRE

REPRESENTANTE DE CONTRALORÍA SOCIAL

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Anexo (9) Ejemplo carta compromiso y recibo de pago para el ejercicio de los recursos

COORDINACIÓN DE EDUCACIÓN BÁSICA

DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS ESTRATÉGICOS

DIRECCIÓN DE PROGRAMAS COMPENSATORIOS Y DE APOYO

COORDINACIÓN ESTATAL DEL PROGRAMA ESCUELAS DE TIEMPO COMPLETO

CARTA COMPROMISO PARA LA CORRECTA APLICACIÓN Y COMPROBACIÓN DEL GASTO

A _______ de __________________ del año 2017.

A quien corresponda:

El(la) suscrito(a) ____________________________________________________________ _______________________ quien me identifico con Credencial para votar con folio número ____________________ expedida por el _______________________________________________, manifiesto que es mi voluntad recibir la cantidad de $____,000.00 (__________________________ ____________00/100 Moneda Nacional) en representación de la Escuela _____________________ ______________________________ con CCT _____________, carácter que acredito con la copia simple del Acta de la sesión extraordinaria del Consejo Escolar de Participación Social en la Educación con fecha _____________ de _____________ del año 2017, dicho recurso es otorgado por el Programa Escuelas de Tiempo Completo por concepto del apoyo denominado "Fortalecimiento a la Autonomía de Gestión Escolar” Ciclo escolar 2017-2018, en consecuencia de lo anterior me comprometo a efectuar la correcta aplicación y comprobación del recurso otorgado en apego a el ACUERDO número 16/12/16 por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Escuelas de Tiempo Completo para el ejercicio fiscal 2017, así como a los Lineamientos para el Seguimiento al Ejercicio del Recurso de Autonomía de Gestión Escolar, tomando en consideración que en caso existir omisiones o incumplimiento por mi parte, se me podrá requerir por el pago correspondiente, así como instaurarse en mi contra el procedimiento que legalmente corresponda.

ATENTAMENTE

_______________________________

______________________________________________________

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RECIBO DE PAGO

ZAPOPAN, 29 AGOSTO 2017

RECIBÍ de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas por conducto de la

Dirección General de Contabilidad y Recursos Financieros de la Secretaría de Educación

Jalisco, Tarjeta de Débito Empresarial con número del Banco

**************** por la cantidad de $90,000.00 (Noventa Mil Pesos 00/100 M.N.)

Por concepto de: Dispersión de fondos para el Programa Escuelas de Tiempo Completo

2017-2018.

Protesto hacer uso responsable, transparente y eficiente del recurso otorgado mediante

dicha tarjeta, por lo que en caso de incumplir con dichos principios y realizar un mal uso de

los recursos públicos otorgados a la comunidad escolar del plantel que represento, se

deberá de reintegrar el monto que resulte del uso indebido a más tardar el día 28 de

diciembre de 2017, así como el recurso no ejercido si fuese el caso, ya que en caso contrario

se aplicacrá lo dispuesto en la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del

Estado de Jalisco y sus Municipios, específicamente lo dispuesto en el artículo 49, fracción

I, citado en el siguiente párrafo, hasta cubrir el recurso no devuelto y/o comprobado.

Artículo 49. Sólo podrán hacerse retenciones, descuentos o deducciones al sueldo, cuando se

trate:

I. De deudas contraídas con la Entidad Pública por concepto de anticipos, de pagos hechos en

exceso, errores o pérdidas debidamente comprobadas.

ATENTAMENTE

JUAN PÉREZ LÓPEZ

NOMBRE Y FIRMA