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1‐1‐2017
MUNICIPIODECELAYAGUANAJUATO
LINEAMIENTOSGENERALESENMATERIADERACIONALIDAD,AUSTERIDADYDISCIPLINAPRESUPUESTALPARAELEJERCICIOFISCAL2017DELAADMINISTRACIÓNPÚBLICAMUNICIPALDECELAYAGTO.
TesoreríaMunicipaldeCelayaGuanajuato
LineamientosGeneralesenMateriadeRacionalidad,AusteridadyDisciplinaPresupuestalparael
EjercicioFiscal2017delaAdministraciónPúblicaMunicipaldeCelayaGto.
Elaboración:enerodel2017‐Actualización:20deEnerodel2017 Código:LTM‐01‐01
VERSIÓN:(1)2017 Página2de43
Índicedecontenido.
CAPÍTULOIDISPOSICIONESGENERALES ............................................................................................. 4
CAPÍTULOIIPRESUPUESTO .................................................................................................................. 7
SECCIÓNIDELASREASIGNACIONESPRESUPUESTALES ......................................................................................... 7
SECCIÓNIIDELASMODIFICACIONESPRESUPUESTALES ......................................................................................... 8
SECCIÓNIIIDELOSCALENDARIOSDEGASTOYRECALENDARIZACIONES ................................................................. 8
CAPÍTULOIIIFONDOFIJOYGASTOSARESERVADECOMPROBAR.................................................... 9
SECCIÓNIDELOSGASTOSARESERVADECOMPROBAR ........................................................................................ 9
SECCIÓNIIDELFONDOFIJO ............................................................................................................................. 12
CAPÍTULOIVEJERCICIODELGASTODELPRESUPUESTOASIGNADO ............................................ 155
SECCIÓNIDELOSSERVICIOSPERSONALES ....................................................................................................... 155
SECCIÓNIIDELASADQUISICIONES,SUMINISTROSYSERVICIOS ............................................................................ 19
SECCIÓNIIIDELAPOLÍTICAINFORMÁTICA ........................................................................................................ 25
SECCIÓNIVDELOSVIÁTICOSYPASAJES ............................................................................................................ 28
SECCIÓNVDIFUSIÓNEINFORMACIÓN ............................................................................................................... 29
SECCIÓNVICOMPLEMENTARIOS ....................................................................................................................... 30
CAPÍTULOVPASIVOS ......................................................................................................................... 366
SECCIÓNÚNICADELOSREQUISITOSPARAELTRÁMITEYPAGODEPASIVOS............................................................ 366
TRANSITORIO ..................................................................................................................................... 377
ANEXOS ............................................................................................................................................... 388
TesoreríaMunicipaldeCelayaGuanajuato
LineamientosGeneralesenMateriadeRacionalidad,AusteridadyDisciplinaPresupuestalparael
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C.P.C.yM.F.Ma.LourdesHerreraRodríguez,TesoreraMunicipal,enejerciciode
las facultades que me confiere el artículo 130 fracciones IX Y XX de la Ley
OrgánicaMunicipalparaelEstadodeGuanajuato,enobservanciaalodispuesto
por losartículos10y55de laLeyparaelEjercicioyControlde losRecursos
PúblicosparaelEstadoylosMunicipiosdeGuanajuato,y;
CONSIDERANDO
QueelH.AyuntamientodeCelaya,Gto.,atravésdelaTesoreríaMunicipal,ha
instrumentado un programa de ahorro y optimización, a través del cual se
adoptaránmedidas de austeridad y racionalidad del presupuesto de egresos
2017,orientadasa fortalecerelahorroydisciplinadelgastopúblico,quenos
permitan hacer frente a los impactos presupuestales que se deriven del
incrementoenelpreciodeloshidrocarburos,porloqueserequierenormaren
otros rubros el ejercicio del gasto, conforme a los criterios de racionalidad,
austeridadydisciplinapresupuestal,ejesrectoresdelaadministraciónpública
local.
Porello,lospresenteslineamientostienenporobjeto:
GestiónPública:Promoverlaefectividad,eficienciaylaeconomíadelasoperacionesycalidadenlosservicios.
Lucha anticorrupción: Proteger y conservar los recursos contracualquierpérdida,dispendio,usoindebido,irregularidadoactoilegal.
CumplimientodelaLegalidad:Aplicarlasleyes,reglamentosynormasgubernamentalesvigentes.
Rendición de cuentas y acceso a la información pública: Elaborarinformaciónfinancieravalidayconfiable,presentadaconoportunidad.
Por las consideraciones vertidas y conformea lasdisposiciones señaladas, se
emitenlossiguientes:
“LINEAMIENTOSGENERALESENMATERIADERACIONALIDAD,AUSTERIDADYDISCIPLINAPRESUPUESTALPARAELEJERCICIOFISCAL2017DELAADMINISTRACIÓNPÚBLICAMUNICIPALDECELAYA,GTO”.
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CAPÍTULOIDISPOSICIONESGENERALES
Artículo 1.‐ Estos lineamientos son de observancia obligatoria para lasDependencias de la Administración Pública Centralizada del Municipio de
Celaya, Guanajuato, las cuales, sin perjuicio de lo establecido en losmismos,
podrán adicionalmente establecer otros al interior, con la finalidad de hacer
eficienteelejerciciodesupresupuesto.
Los Organismos Públicos Descentralizados del Municipio de Celaya en
coordinaciónconlaTesorería,emitiránsuspropioslineamientossinperjuicioa
loestablecidoenelpresentedocumento.
La Tesorería, efectuará las modificaciones correspondientes a los presentes
lineamientoscuandoresultenecesariorealizarlasy lasdaráaconocerpor los
medioscorrespondientesparasudebidaobservancia.
Artículo2.‐Elincumplimientodeestoslineamientosasícomolosemitidosporlos Organismos descentralizados, se sancionará en los términos de la Ley de
Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos del Estado de
Guanajuato.
Artículo3.‐Paraefectodelospresenteslineamientos,seentenderápor:
Lineamientos:LineamientosGeneralesenMateriadeRacionalidad,Austeridady Disciplina Presupuestal para el Ejercicio Fiscal 2017 de la Administración
PúblicaCentralizadadelMunicipiodeCelayaGto.
Tesorería:LaTesoreríaMunicipal.
Oficialía:LaOficialíaMayordelMunicipio.
EnlaceAdministrativo:LapersonaqueencadaDependenciaseleasignenlasfuncionesadministrativas.
DireccióndeSistemas:LaDireccióndeSistemasdependientede laTesoreríaMunicipal.
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Dirección de Compras: La Dirección de Compras dependiente de laTesoreríaMunicipal.
Dirección de Contabilidad: La Dirección de Contabilidad y PresupuestodependientedelaTesoreríaMunicipal.
Dirección Jurídica: La Dirección Jurídica dependiente de la Secretaria del H.Ayuntamiento.
ControlPatrimonial: La Dirección de Control Patrimonial dependiente de laTesoreríaMunicipal.
Dirección de Comunicación Social: El área de comunicación e imagen,dependientedelaSecretariaParticular.
Dependencias:TodaslasDependenciasqueintegranlaAdministraciónPúblicaCentralizada,deconformidadconlaLeyOrgánicaMunicipalparaelEstadode
Guanajuato.
Director General: Directores de primer nivel que tiene a su cargo unaDependenciadentrodelaAdministraciónPúblicaCentralizada.
DireccióndePersonal:DireccióndePersonal,dependientedelaOficialíaMayor.
Funcionario:PersonalquelaboraenlaAdministraciónMunicipalCentralizadayqueocupacargodeDirección.
Empleado:PersonalquelaboraenlaAdministraciónMunicipalCentralizadaquenoesfuncionario.
LeyparaelEjercicio:LeyparaelEjercicioyControldelosRecursosPúblicosparaelEstadoylosMunicipiosdeGuanajuato.
Modificaciones: Ajustes que se realizan durante el ejercicio fiscal a lasestructurasfuncional,programática,administrativayfinancieradelpresupuesto
deegresos.
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Comité de Adquisiciones: Comité de Adquisiciones, Arrendamientos yContratacióndeServiciosRelacionadosconBienesMuebleseInmueblesparael
MunicipiodeCelaya,Gto.
ReasignacionesPresupuestales:AjustesrealizadosalpresupuestodeegresosdelasDependencias,conelpropósitodeasignarrecursosdeunapartidaaotra
dentrodeunmismoprograma,odepartidasdeprogramaaprogramadentrode
lamismaDependencia,oincrementosydisminucionesentredependencias,con
su debida autorización y sin rebasar el presupuesto total autorizado para el
Municipio.
Fondo Fijo: Importe o monto que se destina a las Dependencias de laAdministraciónPúblicaMunicipalduranteelejerciciofiscal,orientadoacubrir
gastosmenoresourgentes,queporsunaturalezaresultaincosteablerealizarel
trámitedepagoelectrónicodecadaunodeellos.
Pasivos:EselegresodevengadodelasDependencias,debidamenteregistradoynopagadoal31dediciembredel2017.
Clasificadorporobjetodelgasto:documentoqueordenaeidentificaenformagenérica, homogénea y coherente los recursos humanos, materiales,
tecnológicosyfinancieros,asícomolosbienes,serviciosyobraspúblicasquelas
dependencias demandan para el desarrollo de sus actividades, para el
cumplimientodelosobjetivosymetasprogramadas.
Dispersión: Manera de realizar el pago electrónico a través de una tarjetabancaria.
Artículo4.‐Unade las funcionesde laTesorería, es vigilar que cada gastooerogación, se registre, compruebe, justifique y aplique en forma correcta,
atendiendoasu tipoycaracterística,por lo tanto, todogastoquerealicen las
Dependencias,deberáapegarseexpresamente,aloscapítulos,conceptosy
partidas del Clasificador por Objeto del Gasto vigente que establezca la
Tesorería.
Asímismoyenconcordanciaconloestablecidoenelartículo11fraccionesIIy
IVdelaLeydeResponsabilidadesAdministrativasdelosServidoresPúblicosdel
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Estado deGuanajuato y susMunicipios, quedabajo la responsabilidad de los
DirectoresGenerales,lavalidacióndelosgastosqueserealicenencadaunade
lasDependencias.
Artículo 5.‐ Las Dependencias no podrán contraer obligaciones quecomprometanrecursosdeejerciciosfiscalessubsecuentes,salvolasexcepciones
aprobadasporelH.Ayuntamiento.
Artículo6.‐ Dado que integra el respaldo de las operaciones económicas delmunicipio,todadocumentaciónquesepresenteparapagonodeberáexcederde
45díasnaturales transcurridosconrespectoasu fechadeexpediciónode la
prestacióndelservicio,ydeberáajustarseenloconducentealanormatividad
fiscal aplicable, excepto en aquellos casos en que por circunstancias
extraordinarias, ajenas a los ejecutores del gasto, no se pueda contar con la
documentacióncomprobatoria fiscalmente requisitada,eneste supuesto, será
responsabilidad exclusiva del Director General, el justificar y documentar
fehacientementeelgastorespectivoantelaTesorería,asímismoycuandoelcaso
lorequiera,laTesorería,podrásolicitaralasdependencias,loscomplementos
documentales de los gastos realizados, que sirvan de sustento, precisión o
justificacióndelosmismos.
CAPÍTULOIIPRESUPUESTO
SecciónIDelasReasignacionespresupuestales
Artículo 7.‐ Las reasignaciones presupuestales entre partidas para realizarampliacionesoreduccionesderecursossepodránaplicarentodosloscapítulos
delClasificadorporObjetodelGasto,atravésdelformatode“ReasignacióndeRecursos” (Anexo01), siempre y cuando dichosmovimientos no alteren demanera significativa en los objetivos y metas planteados en el Presupuesto
BasadoenResultados.
Porloanterior,todareasignaciónpresupuestal,quesepretendarealizar,deberá
contarconlavalidacióndelaTesoreríaylacorrespondienteautorizacióndelH.
Ayuntamiento.
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La Tesorería será la encargada de recibir los formatos de reasignación de
recursos de lasDependencias a realizar y enviarlos para su aprobación al H.
Ayuntamientodemaneraperiódica.
LaOficialía, con estricta observancia a las disposiciones normativas vigentes,
será la encargada de proponer las ampliaciones, reducciones o creación de
partidasdeconformidadconelclasificadorporobjetodelgasto,delosrecursos
presupuestales asignados al capítulo 1000 denominado servicios personales
someterlos para su aprobación del H. Ayuntamiento, requisitando estos
traspasosmedianteelformato“ReasignacióndeRecursos”(Anexo01)elcualdeberácontarconlavalidacióndelaTesoreríadeconformidadconloseñalado
enlaLeyparaelEjercicio.
SecciónIIDelasModificacionespresupuestales
Artículo 8.‐ La Tesorería recibirá de las Dependencias así como de losOrganismos Públicos Descentralizados, los movimientos presupuestales que
considerennecesariosparacumplirconsusobjetivosyquedebanserincluidos
dentrodeunaadecuaciónpresupuestal,paraefectodequeseananalizadosy
autorizadosporelH.Ayuntamiento.
Artículo9.‐ LaTesoreríaqueda facultadaparaquede sernecesarioyprevioanálisis,presenteanteelH.Ayuntamientoparasuaprobación,lostraspasosy/o
ajustes de partidas presupuestales, sin que dichos movimientos demeriten
sustancialmentelaoperatividaddelasmismas.
SecciónIIIDelosCalendariosdeGastoyRecalendarizaciones
Artículo 10.‐ Las dependencias, al modificar la calendarización del gasto,deberán tomar en cuenta el calendario de actividades que elaboraron en el
proceso de planeación – programación – presupuestación 2017, en base al
avancedecumplimientodemetasyobjetivos.
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Artículo 11.‐ En los casos justificados, queda a criterio de la Tesorería, laautorizacióndelarecalendarizacióndelgastoalasDependencias,aplicandoesta
entodosloscapítulosexceptoelcapítulo1000acargodelaOficialía.
Artículo 12.‐ Con el propósito de fortalecer la capacidad operativa yadministrativadelasDependencias,duranteelmesdediciembredelpresente
ejercicio y con la finalidad de evitar posibles observaciones por parte de los
órganosde control y vigilancia; queda facultada laTesoreríaparaqueprevio
análisis y de acuerdo a las necesidades que se presenten en el mes antes
mencionado, pueda realizar los ajustes necesarios al presupuesto de las
Dependencias(ampliación,reducciónocreacióndepartidas);enelentendido,
dequedichosajustes,serealizaránrespetandoeltechopresupuestalaprobado
dentrodelaúltimaadecuaciónalpresupuestoconquesecuenteaesafecha.
Artículo13.‐ Losmontos presupuestales no ejercidos al 31 de diciembre de2017,formaránpartedelahorropresupuestaldelejercicio(remanente),elcual
sedestinaráatendiendoalasdisposicionesnormativasvigentes.
CAPÍTULOIIIFONDOFIJOYGASTOSARESERVADECOMPROBAR
SecciónIDelosGastosaReservadeComprobar
Artículo14.‐Elgastoareservadecomprobar,eselrecursoobtenidodemaneraanticipadaparacubrirloscostosenqueincurriráelpersonaleneldesempeño
desusfuncionesoenelcumplimientodealgunacomisiónoevento,sujetoauna
comprobaciónposterior.
Artículo15.‐LasolicitudderecursosdeberáhacerseporescritoalaDirecciónde Contabilidad, a través del documento denominado “Solicitud de pago(Anexo 02)” con un mínimo de tres días hábiles (salvo casos o situacionesurgentes plenamente justificados) previos al gasto a realizar o al inicio de la
comisiónoevento,indicándoseelnombreynúmerodenóminadelapersonaa
quien se deberá realizar la dispersión, misma que será la responsable de la
comprobación y justificación. Esta solicitudde recursos deberá ser firmada y
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autorizadaporeltitulardelaDependenciasolicitanteopersonafacultadapara
talfin.
A la solicitud se anexará recibo original de dinero por la misma cantidad
solicitadacon la leyenda“Mecomprometoahacer lacomprobacióndegastos
dentro de los 10 días hábiles siguientes, de lo contrario autorizo me sea
descontado vía nomina el importe que quede pendiente de comprobar y/o
justificar”.
Artículo16.‐Enlasolicituddeberáestablecersedemaneraexpresaquesetratade una solicitud de “gastos a reserva de comprobar”, estableciéndose elmotivoyjustificacióndelgastoarealizar,eventoocomisión,señalandoensu
caso la duración del evento o comisión así como los nombres del personal
asignado.
Artículo17.‐Enlasolicitudderecursosdeberáincluirselapartidapresupuestalque deberá afectarse, considerando los conceptos específicos y los gastos
adicionalesprevistos.
Artículo18.‐LaDireccióndeContabilidaddispersaráa las tarjetasbancariascorrespondientesdemaneraoportunaaláreasolicitante,elimportesolicitado.
Artículo19.‐Losgastosdeberáncomprobarsedemaneraformalutilizandoeldocumento denominado “Hoja de comprobación de gastos (Anexo 03)”,presentándolosantelaTesorería,enunplazonomayora10(diez)díashábiles
posterioresaltérminodeleventoocomisión,enelcasodelosgastosrealizados
porunconceptodistintoaeventosocomisiones,seconsideraránlosdiez(10)
días hábiles a partir de la fecha de recepción del recurso, en ambos casos y
cuandoasíproceda,serealizaráelreintegrodeefectivonoerogadoenlascajas
deIngresosdelaTesorería.
Artículo20.‐Paralacomprobacióndelosrecursosotorgados,deberápresentarcopiadeladispersiónporesteconcepto,copiadelasolicituddepago,asícomo
ladocumentacióncomprobatoriaysujustificacióndeberátenerrelacióndirecta
conelgastopreviamenteautorizado,yenelcasodeleventoocomisióndeberá
encontrarsedentrode las fechasderealizacióndelmismo,de locontrario, se
deberárealizarelreintegrodelrecursoenlascajasdeingresosdelaTesorería.
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Artículo 21.‐ La inobservancia a lo indicado en el artículo 19, traerá comoconsecuencia,eldescuentodelacantidadcorrespondienteenel(los)pago(s)
inmediato (s) posterior (es), de la remuneraciónpor sueldosde la persona a
quienseleentregóelrecurso,asímismoquiennocompruebeentiempoyforma
losgastosareservadecomprobar, laTesoreríasereservaráelderechodeno
autorizarnuevamenteporesteconcepto,independientementedelaaplicación
delasanciónadministrativaqueprocedaensucaso.
Artículo22.‐Encasodenorealizarseeleventoocomisión,sedeberáefectuarelreintegrodelrecursoamástardardentrodelos3díashábilessiguientesala
cancelacióndelmismo.
Artículo23.‐Loscomprobantesdeberánreunirlosrequisitosestablecidosenlalegislación fiscal vigente, debiendo estar autorizados por el titular de la
Dependenciaqueejercióelrecursoodelapersonaautorizadaparaestefin.
Artículo 24.‐ No se aceptarán gastos por concepto de bebidas alcohólicas,cigarros,medicinas,revistasocualquierotraerogaciónquenoestérelacionada
coneleventoocomisión.
Artículo 25.‐ La comprobación por el suministro de combustible, deberácorresponderúnicamentealosvehículosoficialesyqueesténencomisiónfuera
delmunicipio,presentandosucomprobacióndeconformidadconloseñalado
enlalegislaciónfiscalvigente.
Artículo26.‐Losrecibosoficialesseránutilizadosúnicamenteparacomprobarlos gastos, siempre y cuando en el establecimiento y/o servicio no expidan
comprobantesquereúnan losrequisitos fiscalesestablecidosen la legislación
fiscalvigente.Enestoscasos,laTesoreríaevaluaráyensucasoautorizarálos
gastosqueconsidereexclusivamentenecesarios.
Artículo27.‐Nosedispersarárecursoporesteconcepto,anombredelpersonalquetengasaldopendientedecomprobaralafechadesolicituddelrecurso,salvo
quesetratedelmismoeventoocomisiónysólosehayaextendidoelperíodo.
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Artículo28.‐CualquiersituaciónnoprevistaenestasecciónseráresueltaporfacultaddelaTesoreraMunicipal,siendosuresolucióndefinitiva.
SecciónIIDelFondoFijo
Artículo29.‐ El importe del fondo fijo será determinadopor laTesorería enproporción al presupuesto autorizado, considerando que su finalidad es para
cubrir gastos menores y/o emergentes, y que por su naturaleza no puedan
tramitarseatravésdeláreadecompras.
Artículo 30.‐ El responsable del fondo será designado por el titular de laDependencia, el cual deberá concentrar en el formatode “fondo fijo (Anexo04)”emitidoporlaTesorería,losdocumentosdebidamenteautorizadosporeldirectordeárea,mismoquedeberáfirmarunpagaréporelimporteasignado.
Artículo31.‐ÚnicamenteserealizaráunreembolsoporDependencia, lacualserálaresponsablededesignarmontosespecíficosacadaunadelasáreasasu
cargo,considerandodeigualformaelpresupuestoasignadoacadaunadeellas,
siendoimportanteestablecerlosmecanismosdeseguridadycontrolinternodel
mismo.
Artículo32.‐Podráncubrirseúnicamenteaquellosgastosmenores,siemprequeelcomprobantedelgasto,reúnalosrequisitosfiscalesquemarcalalegislación
fiscalvigente,salvoquesetratedegastosqueporsunaturalezanopuedanser
recabados comprobantes con los requisitos fiscales vigentes, por ejemplo
estacionamiento; en este caso, deberá elaborarse un recibo oficial de la
Tesorería.
Artículo33.‐ Losmontosmáximosparagastosdeestefondofijoserán:
De$1,000.00a$3,000.00(comprobanteshastapor$400.00)
De$3,000.01a$10,000.00(comprobanteshastapor$500.00).
El monto máximo en los gastos por concepto de mantenimiento y
conservación de vehículos terrestres, será de $500.00 única y
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exclusivamenteparalasDependenciasde:PolicíaMunicipal,Transportey
Vialidad,ObrasPúblicasyServiciosMunicipales.
Artículo34.‐Noseaceptaráncomopartedelacomprobacióndelfondofijodecaja:
I. Comprobantesfiscalesqueesténalteradosoqueexcedande30díasala
fechadeexpedicióndelmismo.
II. Comprobantesfiscalesconsecutivosdeunmismoproveedor.
III. Comprobantes fiscales de tiendas departamentales sin el respaldo del
ticketdecompra.
IV. Comprobantes fiscales por suministro de combustible en unidades no
oficialesy/ocomprobantesfiscalesemitidosdentrodelaciudad,salvo
queestéplenamentejustificado.
V. Gastosendíasfestivosonolaborables,salvojustificación.
VI. Comprobantesfiscalesporconceptodebebidasalcohólicasycigarros.
EstosconceptossoloseránautorizadosporlaTesoreríaenaquelloscasosque
existaplenajustificacióndelgastooqueporsunaturalezaseannecesarios.
Artículo35.‐Enningúncasosepodráncubrirconestefondofijo,gastosporlaprestacióndeunservicioprofesionalindependiente.
Artículo 36.‐ En el caso de gastos relacionados con actividades culturales,deportivas y de ayudas extraordinarias, éstos los podrán efectuar
exclusivamente las áreas que cuenten con la partida para tal fin (4411).
Debiendoajustarsealostopesmencionadosenelartículo33,ademásdeberá
anexarlasiguientedocumentación:
Oficiodepetición.
Oficiodeagradecimiento.
Copiadecredencialdeelectordelsolicitante.
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VERSIÓN:(1)2017 Página14de43
Recibo Oficial de la Tesorería y/o comprobante fiscal que ampare la
cantidadrecibida,firmadaporelsolicitanteyautorizadaporeltitularde
laDependencia.
Conveniodeapoyo.
Copiadelcomprobantededomicilio.
CopiadelaCURP.
Toda aquella documentación que se considere pertinente para la
justificacióny/ocomprobacióndelgasto.
Artículo37.‐Elreembolsodelfondofijodeberárealizarseunavezalasemanay por un importe nomenorde $ 500.00 (Quinientos pesos 00/100m.n.) por
Dependencia, debiendo clasificar los documentos cronológicamente y por
partidapresupuestal.
Artículo 38.‐ La comprobación de gastos se realizará en la Dirección deContabilidadyPresupuestoadscritaa laTesoreríadeacuerdoalcalendarioy
horarioestablecidoporesta.
Artículo39.‐LaordendepagoseráunavezporsemanaaexcepcióndelmesdeDiciembre.
Artículo40.‐Lacancelacióndelfondofijoserealizaráenlossiguientescasos:
Enelmesdediciembredecadaejerciciofiscal.
CuandoexistacambiodetitulardelaDependencia.
Cuandoexistacambioderesponsableenelmanejodelfondofijo.
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CAPÍTULOIVEJERCICIODELGASTODELPRESUPUESTOASIGNADO
SecciónIDelosServiciosPersonales
Artículo41.‐Paraelpagoderemuneracionesporhorasextraordinarias,díasdedescansosemanalydescansosobligatoriosporley,seestaráalosiguiente:
I. Paraprocederalpagodelasretribucionesporactividadesextraordinarias
pormediodelapartida1331denominada:pagoderemuneracionespor
horasextraordinarias,esnecesarioqueobedezcanatrabajosespecíficos
de carácter transitorio o temporal plenamente justificados como una
cargaextraordinariaentareaspermanentesoparacubrirguardias.
II. Se debe entender por jornada de trabajo el tiempo durante el cual el
trabajadorestáadisposicióndelpatrónparaprestarsutrabajo.
III. Solamentepodráprolongarselajornadadetrabajoypagarsehorasextras
cuando existan circunstancias extraordinarias que así lo justifiquen y
esténdebidamenteautorizadas,debiendoserestasdecaráctertransitorio
otemporal,ysolamenteseconsideraránhorasextraslasprórrogasdela
jornadaordinaria,endíasordinariosdetrabajo.Noseconsideraránhoras
extras,lalaborprestadaporeltrabajadorendíasdedescansosemanalu
obligatorio.
IV. Lashorasde trabajoextraordinarias sepaganconuncientoporciento
másdelsalarioasignadoalashorasdejornadaordinaria.Enlosdíasde
descanso semanal y obligatorio, los trabajadores reciben el pago de su
salarioíntegro.Noexisteobligaciónporpartedelostrabajadoresde
laborar en su día de descanso semanal; sin embargo, cuando por
necesidadesdelservicioquesepresta,seanecesariolaborarendichodía,
los trabajadores tendrán derecho a recibir un pago doble
independientementedelsalarioquelecorrespondaporeldescanso.
V. Tampocoexisteobligacióndelostrabajadoresdelaborarenlosdíasde
descanso obligatorios previstos por las leyes de la materia y las
condicionesgeneralesdetrabajo;sinembargo,cuandopornecesidades
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delserviciosehagamenesterlaboraresosdías,lostrabajadorestendrán
laobligaciónde laborarlosyenesecasoelMunicipioestaráobligadoa
pagar esos días laborados con salario doble ordinario,
independientementedelsalarioquecorrespondaporeldescanso.
VI. EnelcasodequeenlaDependenciacorrespondientenosecuenteconel
presupuestonecesarioparapagardíasdedescansosemanaluobligatorio,
sepodrácanjear tiempopor tiempo,esdecirse lespodráotorgara los
trabajadores otro día de la semana diferente como días de descanso
semanaluobligatorio.
VII. Enelpagodelajornadaextraordinaria,cadaDependenciaprocurará
remitiralaDireccióndePersonal,elreportedehorasextrasdentrodelos
quincedíassiguientesaaquélenquenaciótalderecho,enelentendidode
que no deberá transcurrir más de un mes entre la fecha en que el
empleado cubra dicha jornada extraordinaria y la fecha en que la
DependenciaalaquepertenecereportealaDireccióndePersonalparael
pagocorrespondiente.Encasocontrariosesolicitarálaautorizacióndela
Oficialía.
VIII. Quedaprohibidoalostrabajadoreslaborarjornadasextraordinarias,sin
embargo cuando existan circunstancias que lo justifiquen, podrá
laborarse horas extras siempre y cuando exista aprobación plena por
parte del Director General de cadaDependencia para la realización de
la(s)actividad(es).Nosepagaráningúntiempoextrasinosedefinenel
númerodehorasqueselaboraron,losdíasenquefueylacausaomotivo
quejustifiquedichalabor(Anexo05).
IX. Noseráconsiderado trabajoextraordinario, las suplenciasquehagaun
trabajadorporvacaciones,incapacidad,permisoolicenciaenotropuesto
cuyaplazacorrespondaaotro trabajador,por lo tanto;enestecasono
procederá el pago doble sino que, será considerado como un turno
diferenteyeltrabajadorquelocubratendráderechoarecibirelsalario
demaneraordinaria.
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Artículo 42.‐ El pago de prima dominical considerada dentro de la partidapresupuestal 1541 denominada: Prestaciones establecidas por condiciones
generalesdetrabajo,secubriráalostrabajadoresqueprestensusserviciosel
díadomingoysecalcularásobreel sueldoosalariode losdíasordinariosde
trabajo.ParatalesefectosseestaráaloestablecidoenlasCondicionesGenerales
deTrabajovigentes,dichaprestación sedeberá solicitarmedianteel formato
“JustificantedeJornadaExtraordinaria(Anexo5)”.
Nosepagaráprimadominical,sinoestáplenamentejustificadoyavaladoporel
DirectorGeneraleltrabajodesarrollado.
Artículo43.‐ Quedan prohibidos los pagos con una retroactividadmayor atreintadías,enloscasosdealtas,actividadesextraordinariasycontratospor
tiempodeterminado.Suautorizaciónestarásujetaalanormatividadvigenteen
materialaboralydeseguridadehigiene,siendoresponsabilidaddelaOficialía,
tramitaren tiempoelpagodeestos servicios, así como los trámites de baja
correspondiente.
Artículo44.‐Paralacreacióndenuevasplazasorenovacióndecontratosbajoel régimen de honorarios asimilados (contratos por tiempo determinado), se
requerirácontarconunanálisisde laestructurade laDependencia,dondese
justifique la creación o la continuidad, así como contar con la suficiencia
presupuestalcorrespondiente.
Artículo 45.‐ Las contrataciones que se realice con cargo a la partidapresupuestal 1212 denominada: Honorarios Asimilados, será de carácter
temporal,contandoconlavaloraciónrealizadaporlaDireccióndeInnovación
GubernamentalacargodelaOficialíayenelobjetodeloscontratosseseñalará
elserviciootrabajoarealizarporlapersonacontratada.
Artículo46.‐ En el supuesto de que las altas y/o bajas se realicen en formaextemporánea, tanto en nómina como ante el Instituto Mexicano del Seguro
SocialporcausasajenasalaOficialía,estaDependenciaprocederáadeslindarla
responsabilidad a fin de realizar los reintegros a la Tesorería en la partida
“Descuentosporsancionesaempleados”.
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DelaCapacitación
Artículo47.‐LaOficialíaMayorserálaencargadadeimplementarunprogramade Capacitación para éste Municipio, procurando realizar convenios de
colaboracióncon lasdiferentes institucionespúblicasdeGobiernodelámbito
municipal, estatal y federal así como con aquellos organismos con fines no
lucrativosoinstitucionesprivadas.
Artículo48.‐Elejerciciodelgastodelapartida3341denominadaserviciosdecapacitacióny3331serviciosdeconsultoríaadministrativa,deberáserbajoun
programaquebusqueeldesarrollodecompetenciasrequeridasparaelpuesto
desempeñadoydeberásujetarsealosiguiente:
I. Cualquiercursodecapacitaciónyadiestramientoquesesoliciteala
Oficialía,tienequeestarrelacionadoconsufuncióncotidianadentrode
laAdministraciónPúblicaMunicipal, ello con la finalidadde garantizar
que el curso habrá de mejorar las competencias establecidas en la
descripciónyperfildelpuestodebidamentevalidado.
II. No se autorizarán cursos de capacitación, adiestramiento o de
actualización, si se refiere a alguna rama, disciplina o actividadqueno
tenga ningún impacto directo o indirecto con las competencias,
habilidadesoaptitudesquerequiereelpersonalparacubrirelperfildel
puestoqueocupa.
III. Para poder solicitar apoyo para asistir a un curso de capacitación, de
adiestramientoodeactualizaciónesmenesterquesepresentelasolicitud
a la Oficialía con anticipación, misma que debe de ir firmada por el
DirectorGeneraldelaDependenciaalaquepertenezca,asícomodelJefe
inmediatodeltrabajadorycumplirconlosrequisitosanteriores.
IV. A la solicitud se deberá acompañar el contenido de los programas que
habrándeagotarseentalcurso,asícomosucostonetoparaqueprevioa
suvaloraciónseaaprobadoporlaOficialía.
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V. Esimportante,queelasistentealcursodecapacitación,adiestramiento
oactualización,acreditelaasistenciaalmismo,mediantelapresentación
delaconstancia.
VI. CuandountrabajadordelMunicipioseinscribaenuncursode
capacitación,adiestramientooactualización,yabandoneesteonoasista
almismosinacreditarelnúmeromínimodeasistenciasrequeridaspara
aprobar el curso, ya no tendrá derecho a recibir apoyo por parte del
Municipio para tomar otros cursos posteriores e incluso se le podrá
solicitarelreintegrodeloyacubierto.
VII. El Director General a través de sus enlaces administrativos, será el
responsabledevigilareimpulsaralpersonalasucargoparaqueasistaa
loscursosqueleseanprogramados.
SecciónIIDelasAdquisiciones,SuministrosyServicios
Generalidades
Artículo 49.‐ En las adquisiciones de bienes y/o servicios, deberá tenersepresente,elcriteriodeeficiencia,eficacia,economía,transparenciayhonradez,
buscando adquirir bienes y/o servicios, en calidad y cantidad apropiada, al
menor costo posible, por lo que toda adquisición que pretendan realizar las
dependencias,deberáapegarsealcatálogodebienesyserviciosautorizadopor
la TesoreríaMunicipal, al programa anual de adquisiciones para el ejercicio
2017yalReglamentodeAdquisiciones.
LaDireccióndeComprasrecibirálosrequerimientosdebienesy/oserviciosde
acuerdo al calendario y formatos que se establezcan para tal fin, debiendo
contenerlasiguienteinformación:
ElCentroGestor
Partida
Fondo
Programa
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MetaPBR
Encasocontrarionoserecibiráeltrámite,fijandocomotiempoderespuestalos
siguientes 7 días hábiles, una vez recibido y validado el requerimiento de
compra.
Deberántramitarunarequisiciónporpartidapresupuestal,noseaceptaránlos
requerimientosquecontenganmásdedospartidas.
Elrequerimientoconfundamentoenelartículo4deestoslineamientos,deberá
entregarsealaDireccióndeComprasconlossiguientesrequisitos:
Losfoliosdeberánserconsecutivosdecadaáreasinduplicarlos,
Confechareciente(nopasarde5díashábiles)
Ladescripcióndeberáserclara(colores,medidasexactas,tamaños,tallas,
etc.),y/opresentarmuestrafísica.
Deberáespecificarseparaquesevaautilizarelbieny/oservicioyenqué
lugar(dirección)sevaacolocar,instalar,etc.,
VistoBuenodelÁreasolicitante(enlaceadministrativo)yVistoBuenodel
DirectorGeneraly/oDirectordeÁrea.
VistoBuenodelaDireccióndeSistemasencasodeserequipodecómputo.
VistoBuenodelCoordinadordeControlVehicularencasodesermaterial
paravehículos.
VistoBuenodelDirectordeComunicaciónencasodellevarlaimagende
laAdministración.
VistoBuenodelaTesoreríaMunicipalencasodeserbienesmuebles.
DenoestarcorrectamenteelaboradoelRequerimientodecompracomo
se indica, sedevolveráal solicitantey/oDirecciónGeneralparaque se
realicelasadecuacionescorrespondientes.
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Larequisicióndecompradeberácontarcon la suficienciapresupuestal
correspondiente.
En caso de que sea afectada las cuentas 4000, debe llevar Convenio y
revisar que toda la información se encuentre en orden y completa de
acuerdoalasReglasdeOperacióndelProgramaqueseafecte.Encasode
losProgramasSocialesademásdeesto,deberáincluirelVistoBuenodela
DireccióndeContabilidad.
En las adquisiciones de bienes y/o servicios, realizadas a través de la
Dirección de Compras y cuyo monto de operación sea superior a
$100,000.00, se deberá elaborar un contrato, así como en el caso de
montosmenoresaeseimporteperoqueconllevealotorgamientodeun
anticiporespaldadoporlagarantíacorrespondiente.
Pararealizaruntrámiteporsolicituddepago,eláreasolicitantedeberá
previamente dar aviso a la Dirección de compras mediante un correo
electrónicoollamadatelefónicadandolajustificaciónparalarealización
deltrámiteyasuvezéstaleproporcionaráunfoliodeautorización.
Encasodenollevaracaboelprocesoanterior,laDireccióndeCompras
nopodrádarelvistobuenocorrespondientehastaqueseenvíeunoficio
dandolajustificaciónparasuvalidaciónrespectiva.
En caso de que el bien y/o materiales no se entregue en el Almacén
Municipal,sedeberárequisitarmedianteunrecibo.“Recibodematerialen el área” (Anexo 06); Además el enlace administrativo tendrá laobligación y responsabilidad de recabar las firmas de recepción y
autorizaciónensucaso,delasórdenesdecomprayfacturas,contandocon
unplazode5díashábilesparaentregarestadocumentaciónalalmacén
delaDireccióndeControlPatrimonial.
Enelcasoenqueelenlaceadministrativonoentreguedichadocumentaciónen
tiempo y forma, la Tesorería no reconocerá el adeudo al proveedor y como
consecuencialaDireccióndeContabilidadnorecibiráeltrámiteparapago.
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Artículo50.‐Sóloseautorizaránlascomprasdeuniformesparaeldesempeñode las funciones de seguridad pública, tránsito, protección civil, servicios
públicosmunicipales;asícomoaquellosqueporlanaturalezadelaoperación,
requieran equipos y prendas de protección para seguridad laboral o de
identificación, siempre y cuando cuenten con la partida y suficiencia
presupuestalparaestefin.
Artículo 51.‐ La Dirección de Control Patrimonial es la responsable de larecepcióndelosbienesydeotorgarlavalidacióndelosmismosdeconformidad
con las especificaciones solicitadas y/o la muestra que dió origen al
requerimiento, encasode rechazopornocumplir con lasespecificaciones, la
responsabilidadderecibirelbienseráfacultaddelfuncionarioqueautoricela
recepción.
Artículo52.‐LaDireccióndeCompraspresentaráal comitédeadquisicionesanualmente,informedeahorroslogradosenlosprocesosdesahogadosatravésdelComitédeAdquisiciones.DelServiciodeTelefoníaTradicionalArtículo53.‐ LaOficialía, será la encargadade realizar la contrataciónde losservicios,paralocualseestaráalosiguiente:I. Para la contratacióndeeste servicio se requerirádel vistobuenode la
Dirección de Sistemas, así como de la autorización presupuestal de laTesorería.
II. Para tener acceso al sistema de telefonía tradicional la Dirección de
Sistemas asignará a cada usuario una clave personalizada la cual seráintransferibleyelreceptorsehaceresponsablesdelbuenusoyconsumodelamisma.
III. Se deberán realizar las llamadas estrictamente necesarias y se deberá
buscarqueseanlomásbreveposible.IV. LaOficialíaserálaencargadadeimplementarloscontrolesdevigilancia,
paraunusoadecuadodelserviciotelefónicotradicional.
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V. Se buscará utilizar el correo electrónico comomedio de comunicaciónparaoptimizaresteservicio.
VI. ElDirectorGeneralseráelresponsabledenotificarysolicitaraOficialía
con la suficiente anticipación la cancelación o cambio del servicio pordesocupacióndeinmueblesoespaciosdondesecuenteconesteservicioyyanoserequiera.
DelServiciodeRentadeFotocopiadoras
Artículo54.‐LaOficialía,serálaencargadadebrindaresteserviciomediantelacontrataciónexternaatravésdelcomitédeadquisicionesdeesteequipo,paralocualseestaráalosiguiente:I. Para la contratación del servicio de Fotocopiadoras, se ajustará a la
disponibilidadpresupuestal conque se cuenteen lapartidaautorizadaparatalfin.
II. ElDirectorGeneraly/odeárea,atravésdesusenlacesadministrativosseránlasresponsablesdevigilarelusoadecuadodelservicioevitandoeldañofísicoalosequipos,buscandooptimizaralmáximoelusodelpapelynúmerodeimpresiónocopias,buscandonopasarellímitecontratado.En el caso del uso del papel se deberá promover el reciclado y/oreutilizacióndelmismo.
DelServiciodeInternetArtículo55.‐LaOficialíaatravésdesuáreaadministrativa,serálaencargadaderealizarlacontratacióndeesteservicio,paralocualseestaráalosiguiente:I. ParacontratacióndelserviciodeInternet,serequerirádelavalidaciónde
la Dirección de Sistemas, quien señalará que tipo de servicio es eladecuado,medianteelanálisisdenecesidadesydistintasalternativasdesolución;asícomolaautorizaciónpresupuestaldelaTesorería.
II. La Dirección de Sistemas notificará a la Oficialía cuando sea necesario
hacermodificacionesocancelacióndelservicio.
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III. LaTesoreríaserálaresponsableporconductodelaDireccióndeSistemasdedefinir los límitesyalcancesde losaccesosal internetporparte losusuarios.
DelServiciodeEnergíaEléctricayAgua
Artículo56.‐LaOficialíaatravésdesuáreaadministrativaydemantenimientodeedificios;seránlosencargadosdelacontratacióndeestosservicios.Paraelbuenusodelosserviciosserealizaráalosiguiente:I. El Director General de la Dependencia a través de sus enlaces
administrativos, serán los responsables de vigilar el uso adecuado deestosservicios,buscandooptimizarelrecursoalmáximo,desconectandolosaparatosquenoseesténutilizando;asímismoapagandolaslucesqueno son necesarias; promoviendo el uso de lámparas ahorradoras deenergía.
II. ElDirectorGeneraldecadaDependenciaseráelresponsabledejustificar
los aumentos que se llegarán a presentar en los consumos de estosserviciosdeunperíodoaotro.
III. ElDirectorGeneraldelaDependenciaseráelresponsabledenotificary
solicitaralaOficialíaMayorconlasuficienteanticipaciónlacancelaciónde estos servicios por desocupaciónde inmuebles o espacios donde secuenteconestosserviciosyyanoserequieran.
DelsuministrodeCombustibleymantenimientovehicularArtículo57.‐LasDependenciasenelejerciciode lapartidadeCombustibles,lubricantesyaditivosparavehículosterrestresasignadosaservidorespúblicosdeberáobservarlosiguiente:I. Ladotacióndecombustibledeberáusarseexclusivamenteenelvehículo
paraelcualestadesignadayparacumplirfuncionesoficiales.II. Las solicitudes de dotaciones extras de combustible para vehículos
oficialesúnicamenteseautorizaráen loscasosen losqueseencuentrejustificadoydeacuerdoconlanaturalezadelasfuncionesparalasquesedesigneelvehículo.
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III. Laasignacióndecombustibleavehículosparticulares,deberásujetarsea
la validación que realice la Tesorería y la formalización medianteconvenio.
Porloqueserefierealmantenimientoyconservacióndevehículosterrestres,laTesorería emitirá los controles, así como el procedimiento al que deberánsujetarselasDependenciasqueintegranlaAdministraciónPúblicaCentralizada.LaTesoreríaatravésdelacoordinacióndecontrolvehicularelaborarádictamenconsurespectivosoportecomprobatoriodelasreparacionesdelasunidadesencasodenegligenciaporelusuarioysolicitaráalaDireccióncorrespondientelaelaboraciónygestióndelconvenioparaeldescuentovíanómina.
SecciónIIIDelaPolíticaInformáticaArtículo58.‐Accesoainternet:Losenlacesadministrativossolicitaránatravésdesucorreoinstitucionaldirigidoasistemas@celaya.gob.mxindicandonombreycargode la (s)persona(s)quevana teneracceso.LaDireccióndeSistemascrearáperfilesdeusuariodeaccesoainternetdependiendolasnecesidadesdelos usuarios. Todos los perfiles tendrán bloqueadas páginas de las siguientescategorías: Contenido sexual, Descargas de Software Gratuito, TransferenciasP2P (ares, emule, etc.), Radio y TV por Internet, Spyware (Espia), Malware(malicioso) y redes sociales. Tendrán permitidas páginas de las siguientescategorías: Instituciones gubernamentales, Bancarias y Empresarial. LaDireccióndeSistemasevalúalasolicitudydecidesiseledaaccesoconrespuestavía correo. En caso de ser aceptada se le asigna un perfil con privilegios denavegaciónyseleinformaalusuarioenquéconsistesuperfil.Encasodeserdenegadaseleinformaalusuarioelmotivodelanegativa.Artículo59.‐AccesoaServidores: Los enlaces administrativos solicitarán atravésdesucorreoinstitucionaldirigidoasistemas@celaya.gob.mxindicandonombreycargodelaspersonasquevanateneracceso.Sedebeseñalarlacarpetaalacualtendráacceso,siseconoceelservidorsedebemencionar,lasactividadesque realizará dentro de la carpeta y los permisos que debe tener (lectura yescritura o solo lectura). El almacenaje de información solo deberá serdocumentosdetrabajo.Lasesiónestásujetaamonitoreoparaelbuenusodelosservicios.Elaccesoseencuentra limitadoen lashorasqueseanconvenientes
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para el buen funcionamiento de procesos internos. En caso de encontrararchivosdetipomp3,wma,mp4,jmpeg,avi,jpg,gif,png,bmp,exe,etc.,quenosejustifiquen,seráneliminadosparalaconservacióndeespacioenservidores.Artículo60.‐CorreoInstitucional:LosenlacesadministrativossolicitaránalaDireccióndesistemaslacreacióndeunacuentadecorreoinstitucionalatravés
delsistemadereportes“soporte.presidencia”.LaDireccióndeSistemascreará
lascuentasqueseannecesariasparaeldesempeñodefunciones.Seleasignará
una cuenta de correo electrónico institucional al usuario bajo el dominio
“celaya.gob.mx”,elcualseformarádelasiguientemanera:Seutilizaráelnombre
delusuario,seguidoporunpunto“.”,yelapellidopaterno.Encasodetenerdos
omásnombres,setomaráelprimerodeellos.Sihayalgúnusuarioexistentecon
lacuentaaasignarsegúnlospasosanteriores,setomaránotrosdatoscomoel
segundonombredelusuario, la inicial del apellidomaterno, etc.No sepodrá
modificarlacuentadecorreoelectrónico.LaDireccióndeSistemasleindicaráal
usuario el medio para revisar su correo electrónico (Thunderbird). Se
recomiendaalusuariocambiarsucontraseñaperiodicamente, laDirecciónde
Sistemaslebrindaráelapoyonecesarioparaestecambio.Lacuentadecorreo
electrónicoinstitucional,asícomolacontraseña,espersonaleintransferible.El
usuario es el único responsable de su cuenta de correo institucional y de los
correosenviadosdesdelamisma.
Artículo 61.‐ Mantenimiento Preventivo de Equipo de Computo: LaDirección de Sistemas realizará un plan de mantenimiento preventivo
programando las Dependencias, cuando el equipo es reparado, pondrá una
etiquetaalequipoparaevitarqueseanabiertosporlosusuariosnoautorizados
porlaDireccióndeSistemas,deexistiralgunafallaenelequipodecómputo,el
usuario deberá levantar un reporte “soporte.presidencia”. El personal de la
direcciónde sistemaseselúnicoconautorizaciónparadestaparequiposy/o
violarlaetiquetadeservicio.Silaetiquetaesvioladaporelusuario,elusuario
esresponsableporlafalladelequipoyselenotificaráalDirectorGeneralalque
pertenece,considerandoellevantamientodeunacta.
Artículo62.‐Software:Cadaequipodeberátenerelsoftwarenecesarioconsulicenciamiento,enlamedidadeloposibleserealizaráelcambioybúsqueda
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deversioneslibresdelicenciaparaevitarsanciones,seinstalaráelsoftware
que tendrán todos los equipos. Se asignará un usuario por equipo, Office
(OpenOffice),lectordePDF,Descompresor,Imageninstitucional,Inhabilitación
de puertos USB y unidades de CD/DVD. El acceso a internet se dará bajo
autorizacióndelDirectorGeneral y/oDirectordeÁreaopuesto similar. Si el
usuario solicita más software deberá presentar una solicitud por medio del
sistemadereportesincluyendounajustificacióndelusodelsoftwaredeseado
aprobadaporsuDirectorGeneralybajopartidapresupuestal.Ningúnusuario
tienepermisoparadescargaroinstalarcualquiertipodesoftwareadicionaly/o
ajeno a los autorizados. El usuario deberá levantar un reporte
“soporte.presidencia”.LaDirecciónSistemasanalizarálasolicitudydeliberará
el usodel software.De ser aceptado, sistemas informaal usuario y realiza la
instalación del software. En caso de ser negado, sistemas informa al usuario
explicándoleelmotivodelanegativa.
Artículo63.‐AdquisicióndeBienesInformáticos,SoftwareyDesarrollodeSistemas: Para la adquisición de equipo de cómputo, sólo se autorizaránaquellassolicitudesquepresentenunajustificaciónalaDireccióndeSistemas,
lacualefectuarálavalidacióntécnicacorrespondiente.
Únicamenteseautorizarálaadquisicióndeequipodecómputoporsustitución
deequipoobsoleto,pordañosoenloscasosenlosqueserefieraparaproyectos
previamentepresupuestadosyconlaautorizacióndelaTesorería,asícomola
respectivavalidacióntécnicadelaDireccióndeSistemas.
La adquisición de bienes informáticos, software y desarrollo de sistemas,
deberántenerlavalidacióntécnicadelaDireccióndeSistemas,siendodeigual
forma la responsable de verificar físicamente la adquisición de equipos de
cómputo así como de la asignación de los mismos para el resguardo
correspondiente
La Dirección de Sistemas será la responsable del seguimiento, validación y
justificacióntécnicaeneldesarrollodesistemasqueseejecutenportercerosen
lasdiferentesdependenciasqueintegranlaadministraciónpúblicacentralizada,
asícomodelvistobuenoparalaliberacióndelpagocorrespondiente.
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Lacompradeaccesoriosrelacionadosconesteconcepto,seráresponsabilidad
decadaunadelasáreasylaadquisiciónseefectuarámediantetrámiteatravés
delaDireccióndeCompras.
La Tesorería por conducto de la Dirección de Sistemas realizará las acciones
pertinentesparalaasignaciónyreasignacióndeequipodecómputo,asícomola
optimizacióndelasimpresoras.
Artículo64.‐SustitucióndeEquipodeCómputo:LaDireccióndeSistemasdictaminarálasustitucióndeequipo,sielequipoestádañadoonoescosteable
la reparación del equipo de cómputo, emitirá el visto bueno para realizar el
trámitecorrespondienteparalabajadelequipoyreutilizarápiezasqueesténen
buenestadopararepararotrosequipos,estaaccióndeberácoordinarseconla
DireccióndeControlPatrimonial.
SecciónIVDelosViáticosyPasajes
Artículo 65. Los gastos por concepto de viáticos deberán sujetarse a loestablecidoenelpresentedocumento.
Artículo 66. Los viáticos deberán comprobarse con los documentoscorrespondientesycumpliendoconlosrequisitosestablecidosenlalegislación
fiscalvigente.
Artículo67.Las Dependencias podrán implementar las acciones que tengancomo objetivo realizar una salida por día para la entrega y recepción de
documentaciónfueradeestemunicipio.
Artículo68.LosgastosporhospedajeseránautorizadosaloscolaboradoresdecadaáreaporeltitulardelaDependenciadeacuerdoallugardondeserealicela
comisióno evento, debiendo siempreobservar losprincipiosde austeridady
racionalidaden laaplicacióndeestosgastos;y losgastosdehospedajede los
Directores deberán contar previamente con la validación de la Secretaría
Particularmedianteeloficiodecomisiónrespectivo.
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Artículo69. Solo seautorizaráel consumodealimentosdentroy fuerade laciudad,en loscasosestrictamente indispensables,debiendosiempreobservar
los principios de austeridad y racionalidad en la aplicación de estos gastos,
justificandoelmotivoyrelacionandoalaspersonasqueparticipan,asímismo
cuandoestosexcedanlacantidadde$1,000.00,estosdeberáncontarconelvisto
buenodelaSecretaríaParticulardelC.PresidenteMunicipal.
Articulo70.Elpagodepropinasporconsumosdentrodelterritorionacionalyenelextranjero,seráporcuentadequién(es)realiceelconsumo.
Artículo71.‐Todasalidanacionalcuyoimportedegastosdeviajeseasuperioralos$10,000.00deberáservalidadaporelC.PresidenteMunicipal,enelcaso
desalidasalextranjero,deberánservalidadasporelC.PresidenteMunicipal.
SecciónVDifusióneInformación
Artículo 72.‐ La Dirección de Comunicación Social será la encargada decontrolarycoordinarlosgastosporconceptodedifusióneinformación,asícomo
depublicacionesenmediosimpresos(periódicos,revistas,gacetillas,volantes,
trípticos, etc.), medios audiovisuales (televisión, internet, etc.) y medios
alternativos(perifoneo,espectaculares,móviles,pendones,etc.);selimitarána
la difusión de actividades propias del gobierno y administración municipal
actual,conelfindeinformarycomunicaralaopiniónpúblicalasacciones,planes
yproyectosquecumplanobjetivosymetasinstitucionales.
Artículo 73.‐ La Dirección de Comunicación Social conjuntamente con laDireccióndeCompras,seránlosencargadosderealizarlasnegociacionesconlos
diferentesmediosdeinformaciónydifusión,buscandoracionalizarestosgastos,
disponiendo de la partida presupuestal 3611, estableciendo un vínculo de
rectoría, para la difusión e información de mensajes y actividades
gubernamentalesydelasDependenciasquecuentenconlamisma.Porloquees
importante que las Dependencias que integran la Administración Municipal
Centralizada acaten las disposiciones rectoras que al respecto se emitan por
partedelaDireccióndeComunicaciónSocial.
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Artículo74.‐LasDependencias,deberánabstenersedeerogarrecursosde laadministraciónmunicipal,enbeneficiodecandidato(s)opartido(s)político(s).
Artículo 75.‐ Las Dependencias, deberán abstenerse de emitir publicidadalguna, a nombre de alguna de las entidades que formen parte de la
AdministraciónPúblicaDescentralizada.
Articulo76.‐Enlapublicacióndeesquelasyfelicitaciones,sebuscaráquehayaunasolapublicación institucionalemitidapor laDireccióndeComunicacióna
nombre del gobierno municipal y solo en casos excepcionales la Tesorería
autorizarápublicacionesalasDireccionesGenerales.
Artículo77.‐ Se debe evitar en lamedida de lo posible, las publicaciones deconvocatoriasdeunasolalicitación,programandoconvocatoriasmúltiples,así
como programar adecuadamente los eventos de las licitaciones a efecto de
reducirlapublicacióndemodificacionesalasconvocatorias.
LacoordinacióndeloseventosinstitucionalesestaráacargodelaDirecciónde
comunicación e imagen, la contratación de los servicios relacionados a estos
eventosdeberánrealizarseatravésdelaDireccióndecompras.
LaTesorería,enaquelloscasosqueconsidereexcepcionalesenlaoperatividad
delaDireccióndecomunicacióneimagen,daráelvistobuenoparasugestióny
pago.
Artículo78.‐ Los egresosque afecten lapartida3821denominada gastosdeordensocialdeberánsolicitarseatravésderequisicionesdecompraoencaso
de no tener proveedor que surta los productos o servicios, tramitarán por
solicitud de pago en la Dirección de Contabilidad previa autorización de la
Dirección de Compra. En ambos casos deberán cumplir con los entregables
conformealserviciooproductosolicitado.
SecciónVIComplementarios
Deloscontratos
Artículo79.‐Los contratos por adquisición de bienes y/o servicios quecelebrenlasDependenciasdeberáncontenerentreotrosaspectos:
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Elobjeto.
Justificación.
Montodelcontrato.
Partidaysuficienciapresupuestal.
Plazosdeentregaoejecución.
Vigencia(vigenciadentrodelejerciciopresupuestalactual).
Fechadepago(considerando los tiemposdegestiónde laDirecciónde
Contabilidad).
Indicarquelaformadepagoseráportrasferenciaelectrónica,porloque
deberándeanotarelnúmerodeclaveinterbancaria(18dígitos)yanexar
copiadelestadodecuentadondeseincluyeestenúmero.
En su caso,mencionar que la Dirección solicitante tenga a su cargo la
emisión de un dictamen dando el cumplimiento al servicio o producto
contratado, firmando éste como autorización de pago. Y en los pagos
parcialesentregarreportedeactividadesdelosavancesdeloestipulado
enelcontrato.
Enlosconveniosdeapoyoenespecierelativosaprogramassocialesconrecurso
municipalsedeberádetallarenelcuerpodelconvenio:
QuelagestiónserealizaráatravésdelaDireccióndeCompras.
Quedademanifiestoquesedaporbienrecibidoelobjetodelconvenio
siempreycuandosecumplanconlasespecificacionestécnicas.
Artículo 80.‐ Por seguridad jurídica del Municipio, en la celebración decontratosporlaadquisicióndebienesy/oservicios,serequerirágarantizarel
cumplimientodelmismomedianteunagarantíadel40%(cuarentaporciento)
delmontototalpactadomedianteunapólizadefianza,depósitoengarantíao
chequecruzadoafavordelMunicipiodeCelaya,Gto.
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Asimismo,entodosaquelloscontratosqueseestipuleelotorgarunanticipopor
parte del Municipio, éstos deberán ser garantizados por un importe igual al
otorgadoendichoanticipo,medianteunapólizadefianza,depósitoengarantía
y/ochequecruzadoafavordelMunicipiodeCelaya,Gto.
Artículo 81.‐ En los contratos y/o convenios que se celebren a nombre delMunicipio de Celaya, deberán de contener como mínimo las firmas de los
funcionariosbajoelsiguienteesquema:
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CONCEPTO PRESIDENTE
MUNICIPALSECRETARIODELAYUNTAMIENTO
TESOREROMUNICIPAL
OFICIALMAYOR
DIRECTORDEDEPENDENCIA
ARRENDAMIENTOS X X X X X
HONORARIOSPROFESIONALES X X
CONTRATOSPORTIEMPODETERMINADO
X X
SERVICIOSGENERALES X X X X
SUBSIDIOSYAYUDAS(OFICILIA)
X
Artículo82.‐Conelpropósitodedarcumplimientoalacuerdonormativoparadeterminacióndelosmomentoscontablesdelosegresos,seráresponsabilidad
de las Dependencias, informar oportunamente a la Tesorería, sobre la
formalización de actos administrativos u otro instrumento jurídico, que
formalice una relación contractual con terceros por la adquisición de bienes,
serviciosoejecucióndeobras.
Artículo83.‐SeimpulsarádentrodelasDependenciasyEntidadesunapolíticagradual de reducción papel, lo que implica una sustitución progresiva de los
flujosdocumentalesimpresosporsoportesymedioselectrónicos,sustentados
enlautilizacióndeplataformasdedigitalizacióndedocumentos,observandoen
todo caso las previsiones de la Ley de Archivos Generales del Estado y los
MunicipiosdeGuanajuatoydemásdisposicionesaplicables.
Delosapoyos
Articulo 84.‐ Los apoyos con cargo a la partida presupuestal 4411 “Gastosrelacionadosconactividadesculturales,deportivasydeayudaextraordinaria”
podránserotorgadosúnicamenteporlasáreasyDependenciasquecuentencon
lapartidaysuficienciacorrespondienteypresentandolossiguientesrequisitos:
CartadeSolicitud.
CartadeAgradecimiento.
CopiaIdentificaciónOficial.
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CopiaCURP.
Comprobantededomicilio.
Convenio(Completamentefirmado).
Dictamen(Ensucaso)
Recibooriginaly/ofacturaqueampareelgasto.
AcuerdodelH. Ayuntamientocuandoelapoyosea superior a los
$15,500.00
Cuando el apoyo sea superior a los $ 5,200.00, el convenio de apoyo,
deberácontenerlafirmadeltitulardeláreaodependenciaqueentregael
apoyo,TesoreroMunicipalyelbeneficiario.
Cuandoelapoyoseaigualomenoralos$5,200.00,elconveniodeapoyo,
deberácontenerlafirmadeltitulardeláreaodependenciaqueentregael
apoyoyelbeneficiario.
En los apoyos que mediante dictamen la Comisión de Hacienda,
Patrimonio y Cuenta Pública y aprobado por el H. Ayuntamiento, se
instruyademaneraexpresaseanelaboradospor laOficialía, éstos solo
seránfirmadosporelOficialMayoryelbeneficiario.
Lodispuestoenesteartículo,noseráaplicablealosapoyosquesederivende
programasfederales,estatalesymunicipales,quecuentenconreglasespecíficas
yqueporlascaracterísticasdelosapoyos,sedebanderegistrarenlapartida
4411.
Encasodelosapoyosenespecie, lospagosseharánanombredelproveedor,
debiendoestarautorizados,segúnlosimportes,porlosDirectoresy/oComisión
deHacienda.
Generales
Artículo85.‐Encumplimientoaloestablecidoenelartículo67delaLeyGeneraldeContabilidadGubernamental, semantiene elesquemadepagosde forma
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electrónica,sinembargocuandolascaracterísticasdelaoperaciónlorequieran,
seconsideralaopcióndepagopormediodecheque.
Enesesentido,sedeterminaelplazode3mesesparaqueseancobrados,todos
aquellos pagos emitidos por cheque. De lo contrario se procederá a la
cancelacióndelosmismos.
Artículo 86: Los ingresos en efectivo y/o especie que se generen de losconvenios de reciprocidad que se tienen celebrados o que se celebren con
proveedores de bienes y/o servicios, en favor de los empleadosmunicipales,
invariablemente deberán de contabilizarse en las cuentas de ingresos del
municipio.
PorloqueseráresponsabilidaddelaOficialía,informaralaTesoreríacuandose
recibaneste tipodeapoyos,paraefectodeconsiderarloenelpresupuestode
egresoscorrespondienteparasuposterioraplicación.
Así mismo, la Oficialía deberá orientar estos beneficios al mayor número de
DependenciasqueintegranlaAdministraciónMunicipalCentralizada,debiendo
contarconinformesoreportesdelorigenylaaplicaciónderecursos.
Artículo87.Cuandoseadquieranobsequiosparaserrifadosyentregadosalostrabajadores, se anexará la lista que contenga los nombres, teléfonos de
contactosyfirmasreportedefotográficodelaspersonasquefueronpremiadas.
Artículo 88. En los casos de reparaciones de bienes muebles derivadas denegligenciaomalusoporpartedelusuario,elcostodelasmismascorrerápor
cuentadeesteúltimo,por loque losenlacesadministrativos informaránasu
superiorparadeterminarelmecanismodepagoodescuentovíanómina.
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CAPÍTULOVPASIVOS
SecciónÚnicaDelosRequisitosparaeltrámiteypagodepasivos
Artículo 89. Los documentos que amparen el pasivo, deberán indicar comofechamáximael31deDiciembredel2017.
Artículo90.LasDependenciasremitiránalaTesoreríaelmontoyconceptodesusPasivos2017amástardarel10deenerodelejercicio2018oeldíasiguiente
hábilaefectosdequelaDireccióndeContabilidadpuedarecibiryregistrarlos
pasivoscorrespondientesydeigualmaneralaOficialíapuedahacerloscálculos
fiscales correspondientes a la declaraciónde impuestos retenidosdelmesde
diciembredel2017.
Artículo91.‐LaTesoreríaconbaseenlosconceptosdepasivosentregadosporlas Dependencias y que cumplan con lo señalado en los artículos anteriores
procederáasuprogramacióndepagoenelejercicio2018.
Artículo92.‐Lavigenciaparaelpagodelospasivos2017concluiráelúltimodíahábildelmesdejuniodel2018,transcurridodichoperíodoseráncancelados.
Tratándose de recursos federales o de programas cuya normatividad de
operación demande un plazomayor, este será autorizado por la Tesorería a
solicitudexpresadelaDependenciaresponsablededichosprogramas.
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TRANSITORIO
Único.‐Lospresenteslineamientosentraránenvigorapartirdel31deenerodel2017,salvodisposicióncontrariaemitidaporelH.Ayuntamiento.
DadoenelPalacioMunicipalalos20díasdelmesdeenerodel2017.
C.P.C.yM.F.MA.LOURDESHERRERARODRÍGUEZ
TesoreraMunicipal
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ANEXOS
Anexo01 NombredelFormato:ReasignacióndeRecursosPresupuestales.Área:TesoreríaMunicipal/Contabilidad.
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Anexo02 NombredelFormato:SolicituddePago.Área:TesoreríaMunicipal/Contabilidad.
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Anexo03 NombredelFormato:HojadeComprobacióndeGastos.Área:TesoreríaMunicipal/Contabilidad.
COMPROBACION
DE
GASTOS
CODIGO PROGRAMATICO:
Nombre:“Hojadecomprobacióndegastos”
DEPARTAMENTO:
AUTORIZADO POR:
JUSTIFICACION:
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Anexo04 NombredelFormato:FondoFijoparaGastosMenores.Área:TesoreríaMunicipal/Contabilidad.
CODIGO PROGRAMATICO: CONCEPTO:
Nombre:“FondoFijoparaGastosMenores”
DEPARTAMENTO:
AUTORIZADO POR:
JUSTIFICACION:
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Anexo05 NombredelFormato:“Justificantedejornadaextraordinaria”.Área:OficialíaMayor.
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Anexo06 NombredelFormato:“RecibodeMaterialenelárea”Área:TesoreríaMunicipal/ControlPatrimonial.