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1‐1‐2017 MUNICIPIO DE CELAYA GUANAJUATO LINEAMIENTOS GENERALES EN MATERIA DE RACIONALIDAD, AUSTERIDAD Y DISCIPLINA PRESUPUESTAL PARA EL EJERCICIO FISCAL 2017 DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL DE CELAYA GTO.

LINEAMIENTOS GENERALES 2017. V.Final (1)...Lineamientos Generales en Materia de Racionalidad, Austeridad y Disciplina Presupuestal para el Ejercicio Fiscal 2017 de la Administración

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1‐1‐2017

   

MUNICIPIODECELAYAGUANAJUATO

 

LINEAMIENTOSGENERALESENMATERIADERACIONALIDAD,AUSTERIDADYDISCIPLINAPRESUPUESTALPARAELEJERCICIOFISCAL2017DELAADMINISTRACIÓNPÚBLICAMUNICIPALDECELAYAGTO. 

 

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TesoreríaMunicipaldeCelayaGuanajuato

 

LineamientosGeneralesenMateriadeRacionalidad,AusteridadyDisciplinaPresupuestalparael

EjercicioFiscal2017delaAdministraciónPúblicaMunicipaldeCelayaGto.

Elaboración:enerodel2017‐Actualización:20deEnerodel2017 Código:LTM‐01‐01

VERSIÓN:(1)2017 Página2de43

 

 

Índicedecontenido.

CAPÍTULOIDISPOSICIONESGENERALES ............................................................................................. 4 

CAPÍTULOIIPRESUPUESTO .................................................................................................................. 7 

SECCIÓNIDELASREASIGNACIONESPRESUPUESTALES ......................................................................................... 7 

SECCIÓNIIDELASMODIFICACIONESPRESUPUESTALES ......................................................................................... 8 

SECCIÓNIIIDELOSCALENDARIOSDEGASTOYRECALENDARIZACIONES ................................................................. 8 

CAPÍTULOIIIFONDOFIJOYGASTOSARESERVADECOMPROBAR.................................................... 9 

SECCIÓNIDELOSGASTOSARESERVADECOMPROBAR ........................................................................................ 9 

SECCIÓNIIDELFONDOFIJO ............................................................................................................................. 12 

CAPÍTULOIVEJERCICIODELGASTODELPRESUPUESTOASIGNADO ............................................ 155 

SECCIÓNIDELOSSERVICIOSPERSONALES ....................................................................................................... 155 

SECCIÓNIIDELASADQUISICIONES,SUMINISTROSYSERVICIOS ............................................................................ 19 

SECCIÓNIIIDELAPOLÍTICAINFORMÁTICA ........................................................................................................ 25 

SECCIÓNIVDELOSVIÁTICOSYPASAJES ............................................................................................................ 28 

SECCIÓNVDIFUSIÓNEINFORMACIÓN ............................................................................................................... 29 

SECCIÓNVICOMPLEMENTARIOS ....................................................................................................................... 30 

CAPÍTULOVPASIVOS ......................................................................................................................... 366 

SECCIÓNÚNICADELOSREQUISITOSPARAELTRÁMITEYPAGODEPASIVOS............................................................ 366 

TRANSITORIO ..................................................................................................................................... 377 

ANEXOS ............................................................................................................................................... 388 

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TesoreríaMunicipaldeCelayaGuanajuato

 

LineamientosGeneralesenMateriadeRacionalidad,AusteridadyDisciplinaPresupuestalparael

EjercicioFiscal2017delaAdministraciónPúblicaMunicipaldeCelayaGto.

Elaboración:enerodel2017‐Actualización:20deEnerodel2017 Código:LTM‐01‐01

VERSIÓN:(1)2017 Página3de43

 

C.P.C.yM.F.Ma.LourdesHerreraRodríguez,TesoreraMunicipal,enejerciciode

las facultades que me confiere el artículo 130 fracciones IX Y XX de la Ley

OrgánicaMunicipalparaelEstadodeGuanajuato,enobservanciaalodispuesto

por losartículos10y55de laLeyparaelEjercicioyControlde losRecursos

PúblicosparaelEstadoylosMunicipiosdeGuanajuato,y;

CONSIDERANDO

QueelH.AyuntamientodeCelaya,Gto.,atravésdelaTesoreríaMunicipal,ha

instrumentado un programa de ahorro y optimización, a través del cual se

adoptaránmedidas de austeridad y racionalidad del presupuesto de egresos

2017,orientadasa fortalecerelahorroydisciplinadelgastopúblico,quenos

permitan hacer frente a los impactos presupuestales que se deriven del

incrementoenelpreciodeloshidrocarburos,porloqueserequierenormaren

otros rubros el ejercicio del gasto, conforme a los criterios de racionalidad,

austeridadydisciplinapresupuestal,ejesrectoresdelaadministraciónpública

local.

Porello,lospresenteslineamientostienenporobjeto:

GestiónPública:Promoverlaefectividad,eficienciaylaeconomíadelasoperacionesycalidadenlosservicios.

Lucha anticorrupción: Proteger y conservar los recursos contracualquierpérdida,dispendio,usoindebido,irregularidadoactoilegal.

CumplimientodelaLegalidad:Aplicarlasleyes,reglamentosynormasgubernamentalesvigentes.

Rendición de cuentas y acceso a la información pública: Elaborarinformaciónfinancieravalidayconfiable,presentadaconoportunidad.

Por las consideraciones vertidas y conformea lasdisposiciones señaladas, se

emitenlossiguientes:

“LINEAMIENTOSGENERALESENMATERIADERACIONALIDAD,AUSTERIDADYDISCIPLINAPRESUPUESTALPARAELEJERCICIOFISCAL2017DELAADMINISTRACIÓNPÚBLICAMUNICIPALDECELAYA,GTO”.

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TesoreríaMunicipaldeCelayaGuanajuato

 

LineamientosGeneralesenMateriadeRacionalidad,AusteridadyDisciplinaPresupuestalparael

EjercicioFiscal2017delaAdministraciónPúblicaMunicipaldeCelayaGto.

Elaboración:enerodel2017‐Actualización:20deEnerodel2017 Código:LTM‐01‐01

VERSIÓN:(1)2017 Página4de43

 

CAPÍTULOIDISPOSICIONESGENERALES

Artículo 1.‐ Estos lineamientos son de observancia obligatoria para lasDependencias de la Administración Pública Centralizada del Municipio de

Celaya, Guanajuato, las cuales, sin perjuicio de lo establecido en losmismos,

podrán adicionalmente establecer otros al interior, con la finalidad de hacer

eficienteelejerciciodesupresupuesto.

Los Organismos Públicos Descentralizados del Municipio de Celaya en

coordinaciónconlaTesorería,emitiránsuspropioslineamientossinperjuicioa

loestablecidoenelpresentedocumento.

La Tesorería, efectuará las modificaciones correspondientes a los presentes

lineamientoscuandoresultenecesariorealizarlasy lasdaráaconocerpor los

medioscorrespondientesparasudebidaobservancia.

Artículo2.‐Elincumplimientodeestoslineamientosasícomolosemitidosporlos Organismos descentralizados, se sancionará en los términos de la Ley de

Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos del Estado de

Guanajuato.

Artículo3.‐Paraefectodelospresenteslineamientos,seentenderápor:

Lineamientos:LineamientosGeneralesenMateriadeRacionalidad,Austeridady Disciplina Presupuestal para el Ejercicio Fiscal 2017 de la Administración

PúblicaCentralizadadelMunicipiodeCelayaGto.

Tesorería:LaTesoreríaMunicipal.

Oficialía:LaOficialíaMayordelMunicipio.

EnlaceAdministrativo:LapersonaqueencadaDependenciaseleasignenlasfuncionesadministrativas.

DireccióndeSistemas:LaDireccióndeSistemasdependientede laTesoreríaMunicipal.

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TesoreríaMunicipaldeCelayaGuanajuato

 

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EjercicioFiscal2017delaAdministraciónPúblicaMunicipaldeCelayaGto.

Elaboración:enerodel2017‐Actualización:20deEnerodel2017 Código:LTM‐01‐01

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Dirección de Compras: La Dirección de Compras dependiente de laTesoreríaMunicipal.

Dirección de Contabilidad: La Dirección de Contabilidad y PresupuestodependientedelaTesoreríaMunicipal.

Dirección Jurídica: La Dirección Jurídica dependiente de la Secretaria del H.Ayuntamiento.

ControlPatrimonial: La Dirección de Control Patrimonial dependiente de laTesoreríaMunicipal.

Dirección de Comunicación Social: El área de comunicación e imagen,dependientedelaSecretariaParticular.

Dependencias:TodaslasDependenciasqueintegranlaAdministraciónPúblicaCentralizada,deconformidadconlaLeyOrgánicaMunicipalparaelEstadode

Guanajuato.

Director General: Directores de primer nivel que tiene a su cargo unaDependenciadentrodelaAdministraciónPúblicaCentralizada.

DireccióndePersonal:DireccióndePersonal,dependientedelaOficialíaMayor.

Funcionario:PersonalquelaboraenlaAdministraciónMunicipalCentralizadayqueocupacargodeDirección.

Empleado:PersonalquelaboraenlaAdministraciónMunicipalCentralizadaquenoesfuncionario.

LeyparaelEjercicio:LeyparaelEjercicioyControldelosRecursosPúblicosparaelEstadoylosMunicipiosdeGuanajuato.

Modificaciones: Ajustes que se realizan durante el ejercicio fiscal a lasestructurasfuncional,programática,administrativayfinancieradelpresupuesto

deegresos.

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Comité de Adquisiciones: Comité de Adquisiciones, Arrendamientos yContratacióndeServiciosRelacionadosconBienesMuebleseInmueblesparael

MunicipiodeCelaya,Gto.

ReasignacionesPresupuestales:AjustesrealizadosalpresupuestodeegresosdelasDependencias,conelpropósitodeasignarrecursosdeunapartidaaotra

dentrodeunmismoprograma,odepartidasdeprogramaaprogramadentrode

lamismaDependencia,oincrementosydisminucionesentredependencias,con

su debida autorización y sin rebasar el presupuesto total autorizado para el

Municipio.

Fondo Fijo: Importe o monto que se destina a las Dependencias de laAdministraciónPúblicaMunicipalduranteelejerciciofiscal,orientadoacubrir

gastosmenoresourgentes,queporsunaturalezaresultaincosteablerealizarel

trámitedepagoelectrónicodecadaunodeellos.

Pasivos:EselegresodevengadodelasDependencias,debidamenteregistradoynopagadoal31dediciembredel2017.

Clasificadorporobjetodelgasto:documentoqueordenaeidentificaenformagenérica, homogénea y coherente los recursos humanos, materiales,

tecnológicosyfinancieros,asícomolosbienes,serviciosyobraspúblicasquelas

dependencias demandan para el desarrollo de sus actividades, para el

cumplimientodelosobjetivosymetasprogramadas.

Dispersión: Manera de realizar el pago electrónico a través de una tarjetabancaria.

Artículo4.‐Unade las funcionesde laTesorería, es vigilar que cada gastooerogación, se registre, compruebe, justifique y aplique en forma correcta,

atendiendoasu tipoycaracterística,por lo tanto, todogastoquerealicen las

Dependencias,deberáapegarseexpresamente,aloscapítulos,conceptosy

partidas del Clasificador por Objeto del Gasto vigente que establezca la

Tesorería.

Asímismoyenconcordanciaconloestablecidoenelartículo11fraccionesIIy

IVdelaLeydeResponsabilidadesAdministrativasdelosServidoresPúblicosdel

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Estado deGuanajuato y susMunicipios, quedabajo la responsabilidad de los

DirectoresGenerales,lavalidacióndelosgastosqueserealicenencadaunade

lasDependencias.

Artículo 5.‐ Las Dependencias no podrán contraer obligaciones quecomprometanrecursosdeejerciciosfiscalessubsecuentes,salvolasexcepciones

aprobadasporelH.Ayuntamiento.

Artículo6.‐ Dado que integra el respaldo de las operaciones económicas delmunicipio,todadocumentaciónquesepresenteparapagonodeberáexcederde

45díasnaturales transcurridosconrespectoasu fechadeexpediciónode la

prestacióndelservicio,ydeberáajustarseenloconducentealanormatividad

fiscal aplicable, excepto en aquellos casos en que por circunstancias

extraordinarias, ajenas a los ejecutores del gasto, no se pueda contar con la

documentacióncomprobatoria fiscalmente requisitada,eneste supuesto, será

responsabilidad exclusiva del Director General, el justificar y documentar

fehacientementeelgastorespectivoantelaTesorería,asímismoycuandoelcaso

lorequiera,laTesorería,podrásolicitaralasdependencias,loscomplementos

documentales de los gastos realizados, que sirvan de sustento, precisión o

justificacióndelosmismos.

CAPÍTULOIIPRESUPUESTO

SecciónIDelasReasignacionespresupuestales 

Artículo 7.‐ Las reasignaciones presupuestales entre partidas para realizarampliacionesoreduccionesderecursossepodránaplicarentodosloscapítulos

delClasificadorporObjetodelGasto,atravésdelformatode“ReasignacióndeRecursos” (Anexo01), siempre y cuando dichosmovimientos no alteren demanera significativa en los objetivos y metas planteados en el Presupuesto

BasadoenResultados.

Porloanterior,todareasignaciónpresupuestal,quesepretendarealizar,deberá

contarconlavalidacióndelaTesoreríaylacorrespondienteautorizacióndelH.

Ayuntamiento.

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La Tesorería será la encargada de recibir los formatos de reasignación de

recursos de lasDependencias a realizar y enviarlos para su aprobación al H.

Ayuntamientodemaneraperiódica.

LaOficialía, con estricta observancia a las disposiciones normativas vigentes,

será la encargada de proponer las ampliaciones, reducciones o creación de

partidasdeconformidadconelclasificadorporobjetodelgasto,delosrecursos

presupuestales asignados al capítulo 1000 denominado servicios personales

someterlos para su aprobación del H. Ayuntamiento, requisitando estos

traspasosmedianteelformato“ReasignacióndeRecursos”(Anexo01)elcualdeberácontarconlavalidacióndelaTesoreríadeconformidadconloseñalado

enlaLeyparaelEjercicio.

SecciónIIDelasModificacionespresupuestales

Artículo 8.‐ La Tesorería recibirá de las Dependencias así como de losOrganismos Públicos Descentralizados, los movimientos presupuestales que

considerennecesariosparacumplirconsusobjetivosyquedebanserincluidos

dentrodeunaadecuaciónpresupuestal,paraefectodequeseananalizadosy

autorizadosporelH.Ayuntamiento.

Artículo9.‐ LaTesoreríaqueda facultadaparaquede sernecesarioyprevioanálisis,presenteanteelH.Ayuntamientoparasuaprobación,lostraspasosy/o

ajustes de partidas presupuestales, sin que dichos movimientos demeriten

sustancialmentelaoperatividaddelasmismas.

SecciónIIIDelosCalendariosdeGastoyRecalendarizaciones

Artículo 10.‐ Las dependencias, al modificar la calendarización del gasto,deberán tomar en cuenta el calendario de actividades que elaboraron en el

proceso de planeación – programación – presupuestación 2017, en base al

avancedecumplimientodemetasyobjetivos.

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Artículo 11.‐ En los casos justificados, queda a criterio de la Tesorería, laautorizacióndelarecalendarizacióndelgastoalasDependencias,aplicandoesta

entodosloscapítulosexceptoelcapítulo1000acargodelaOficialía.

Artículo 12.‐ Con el propósito de fortalecer la capacidad operativa yadministrativadelasDependencias,duranteelmesdediciembredelpresente

ejercicio y con la finalidad de evitar posibles observaciones por parte de los

órganosde control y vigilancia; queda facultada laTesoreríaparaqueprevio

análisis y de acuerdo a las necesidades que se presenten en el mes antes

mencionado, pueda realizar los ajustes necesarios al presupuesto de las

Dependencias(ampliación,reducciónocreacióndepartidas);enelentendido,

dequedichosajustes,serealizaránrespetandoeltechopresupuestalaprobado

dentrodelaúltimaadecuaciónalpresupuestoconquesecuenteaesafecha.

Artículo13.‐ Losmontos presupuestales no ejercidos al 31 de diciembre de2017,formaránpartedelahorropresupuestaldelejercicio(remanente),elcual

sedestinaráatendiendoalasdisposicionesnormativasvigentes.

CAPÍTULOIIIFONDOFIJOYGASTOSARESERVADECOMPROBAR

SecciónIDelosGastosaReservadeComprobar 

Artículo14.‐Elgastoareservadecomprobar,eselrecursoobtenidodemaneraanticipadaparacubrirloscostosenqueincurriráelpersonaleneldesempeño

desusfuncionesoenelcumplimientodealgunacomisiónoevento,sujetoauna

comprobaciónposterior.

Artículo15.‐LasolicitudderecursosdeberáhacerseporescritoalaDirecciónde Contabilidad, a través del documento denominado “Solicitud de pago(Anexo 02)” con un mínimo de tres días hábiles (salvo casos o situacionesurgentes plenamente justificados) previos al gasto a realizar o al inicio de la

comisiónoevento,indicándoseelnombreynúmerodenóminadelapersonaa

quien se deberá realizar la dispersión, misma que será la responsable de la

comprobación y justificación. Esta solicitudde recursos deberá ser firmada y

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autorizadaporeltitulardelaDependenciasolicitanteopersonafacultadapara

talfin.

A la solicitud se anexará recibo original de dinero por la misma cantidad

solicitadacon la leyenda“Mecomprometoahacer lacomprobacióndegastos

dentro de los 10 días hábiles siguientes, de lo contrario autorizo me sea

descontado vía nomina el importe que quede pendiente de comprobar y/o

justificar”.

Artículo16.‐Enlasolicituddeberáestablecersedemaneraexpresaquesetratade una solicitud de “gastos a reserva de comprobar”, estableciéndose elmotivoyjustificacióndelgastoarealizar,eventoocomisión,señalandoensu

caso la duración del evento o comisión así como los nombres del personal

asignado.

Artículo17.‐Enlasolicitudderecursosdeberáincluirselapartidapresupuestalque deberá afectarse, considerando los conceptos específicos y los gastos

adicionalesprevistos.

Artículo18.‐LaDireccióndeContabilidaddispersaráa las tarjetasbancariascorrespondientesdemaneraoportunaaláreasolicitante,elimportesolicitado.

Artículo19.‐Losgastosdeberáncomprobarsedemaneraformalutilizandoeldocumento denominado “Hoja de comprobación de gastos (Anexo 03)”,presentándolosantelaTesorería,enunplazonomayora10(diez)díashábiles

posterioresaltérminodeleventoocomisión,enelcasodelosgastosrealizados

porunconceptodistintoaeventosocomisiones,seconsideraránlosdiez(10)

días hábiles a partir de la fecha de recepción del recurso, en ambos casos y

cuandoasíproceda,serealizaráelreintegrodeefectivonoerogadoenlascajas

deIngresosdelaTesorería.

Artículo20.‐Paralacomprobacióndelosrecursosotorgados,deberápresentarcopiadeladispersiónporesteconcepto,copiadelasolicituddepago,asícomo

ladocumentacióncomprobatoriaysujustificacióndeberátenerrelacióndirecta

conelgastopreviamenteautorizado,yenelcasodeleventoocomisióndeberá

encontrarsedentrode las fechasderealizacióndelmismo,de locontrario, se

deberárealizarelreintegrodelrecursoenlascajasdeingresosdelaTesorería.

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Artículo 21.‐ La inobservancia a lo indicado en el artículo 19, traerá comoconsecuencia,eldescuentodelacantidadcorrespondienteenel(los)pago(s)

inmediato (s) posterior (es), de la remuneraciónpor sueldosde la persona a

quienseleentregóelrecurso,asímismoquiennocompruebeentiempoyforma

losgastosareservadecomprobar, laTesoreríasereservaráelderechodeno

autorizarnuevamenteporesteconcepto,independientementedelaaplicación

delasanciónadministrativaqueprocedaensucaso.

Artículo22.‐Encasodenorealizarseeleventoocomisión,sedeberáefectuarelreintegrodelrecursoamástardardentrodelos3díashábilessiguientesala

cancelacióndelmismo.

Artículo23.‐Loscomprobantesdeberánreunirlosrequisitosestablecidosenlalegislación fiscal vigente, debiendo estar autorizados por el titular de la

Dependenciaqueejercióelrecursoodelapersonaautorizadaparaestefin.

Artículo 24.‐ No se aceptarán gastos por concepto de bebidas alcohólicas,cigarros,medicinas,revistasocualquierotraerogaciónquenoestérelacionada

coneleventoocomisión.

Artículo 25.‐ La comprobación por el suministro de combustible, deberácorresponderúnicamentealosvehículosoficialesyqueesténencomisiónfuera

delmunicipio,presentandosucomprobacióndeconformidadconloseñalado

enlalegislaciónfiscalvigente.

Artículo26.‐Losrecibosoficialesseránutilizadosúnicamenteparacomprobarlos gastos, siempre y cuando en el establecimiento y/o servicio no expidan

comprobantesquereúnan losrequisitos fiscalesestablecidosen la legislación

fiscalvigente.Enestoscasos,laTesoreríaevaluaráyensucasoautorizarálos

gastosqueconsidereexclusivamentenecesarios.

Artículo27.‐Nosedispersarárecursoporesteconcepto,anombredelpersonalquetengasaldopendientedecomprobaralafechadesolicituddelrecurso,salvo

quesetratedelmismoeventoocomisiónysólosehayaextendidoelperíodo.

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Artículo28.‐CualquiersituaciónnoprevistaenestasecciónseráresueltaporfacultaddelaTesoreraMunicipal,siendosuresolucióndefinitiva.

SecciónIIDelFondoFijo 

Artículo29.‐ El importe del fondo fijo será determinadopor laTesorería enproporción al presupuesto autorizado, considerando que su finalidad es para

cubrir gastos menores y/o emergentes, y que por su naturaleza no puedan

tramitarseatravésdeláreadecompras.

Artículo 30.‐ El responsable del fondo será designado por el titular de laDependencia, el cual deberá concentrar en el formatode “fondo fijo (Anexo04)”emitidoporlaTesorería,losdocumentosdebidamenteautorizadosporeldirectordeárea,mismoquedeberáfirmarunpagaréporelimporteasignado.

Artículo31.‐ÚnicamenteserealizaráunreembolsoporDependencia, lacualserálaresponsablededesignarmontosespecíficosacadaunadelasáreasasu

cargo,considerandodeigualformaelpresupuestoasignadoacadaunadeellas,

siendoimportanteestablecerlosmecanismosdeseguridadycontrolinternodel

mismo.

Artículo32.‐Podráncubrirseúnicamenteaquellosgastosmenores,siemprequeelcomprobantedelgasto,reúnalosrequisitosfiscalesquemarcalalegislación

fiscalvigente,salvoquesetratedegastosqueporsunaturalezanopuedanser

recabados comprobantes con los requisitos fiscales vigentes, por ejemplo

estacionamiento; en este caso, deberá elaborarse un recibo oficial de la

Tesorería.

Artículo33.‐ Losmontosmáximosparagastosdeestefondofijoserán:

De$1,000.00a$3,000.00(comprobanteshastapor$400.00)

De$3,000.01a$10,000.00(comprobanteshastapor$500.00).

El monto máximo en los gastos por concepto de mantenimiento y

conservación de vehículos terrestres, será de $500.00 única y

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exclusivamenteparalasDependenciasde:PolicíaMunicipal,Transportey

Vialidad,ObrasPúblicasyServiciosMunicipales.

Artículo34.‐Noseaceptaráncomopartedelacomprobacióndelfondofijodecaja:

I. Comprobantesfiscalesqueesténalteradosoqueexcedande30díasala

fechadeexpedicióndelmismo.

II. Comprobantesfiscalesconsecutivosdeunmismoproveedor.

III. Comprobantes fiscales de tiendas departamentales sin el respaldo del

ticketdecompra.

IV. Comprobantes fiscales por suministro de combustible en unidades no

oficialesy/ocomprobantesfiscalesemitidosdentrodelaciudad,salvo

queestéplenamentejustificado.

V. Gastosendíasfestivosonolaborables,salvojustificación.

VI. Comprobantesfiscalesporconceptodebebidasalcohólicasycigarros.

EstosconceptossoloseránautorizadosporlaTesoreríaenaquelloscasosque

existaplenajustificacióndelgastooqueporsunaturalezaseannecesarios.

Artículo35.‐Enningúncasosepodráncubrirconestefondofijo,gastosporlaprestacióndeunservicioprofesionalindependiente.

Artículo 36.‐ En el caso de gastos relacionados con actividades culturales,deportivas y de ayudas extraordinarias, éstos los podrán efectuar

exclusivamente las áreas que cuenten con la partida para tal fin (4411).

Debiendoajustarsealostopesmencionadosenelartículo33,ademásdeberá

anexarlasiguientedocumentación:

Oficiodepetición.

Oficiodeagradecimiento.

Copiadecredencialdeelectordelsolicitante.

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Recibo Oficial de la Tesorería y/o comprobante fiscal que ampare la

cantidadrecibida,firmadaporelsolicitanteyautorizadaporeltitularde

laDependencia.

Conveniodeapoyo.

Copiadelcomprobantededomicilio.

CopiadelaCURP.

Toda aquella documentación que se considere pertinente para la

justificacióny/ocomprobacióndelgasto.

Artículo37.‐Elreembolsodelfondofijodeberárealizarseunavezalasemanay por un importe nomenorde $ 500.00 (Quinientos pesos 00/100m.n.) por

Dependencia, debiendo clasificar los documentos cronológicamente y por

partidapresupuestal.

Artículo 38.‐ La comprobación de gastos se realizará en la Dirección deContabilidadyPresupuestoadscritaa laTesoreríadeacuerdoalcalendarioy

horarioestablecidoporesta.

Artículo39.‐LaordendepagoseráunavezporsemanaaexcepcióndelmesdeDiciembre.

Artículo40.‐Lacancelacióndelfondofijoserealizaráenlossiguientescasos:

Enelmesdediciembredecadaejerciciofiscal.

CuandoexistacambiodetitulardelaDependencia.

Cuandoexistacambioderesponsableenelmanejodelfondofijo.

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CAPÍTULOIVEJERCICIODELGASTODELPRESUPUESTOASIGNADO

SecciónIDelosServiciosPersonales

Artículo41.‐Paraelpagoderemuneracionesporhorasextraordinarias,díasdedescansosemanalydescansosobligatoriosporley,seestaráalosiguiente:

I. Paraprocederalpagodelasretribucionesporactividadesextraordinarias

pormediodelapartida1331denominada:pagoderemuneracionespor

horasextraordinarias,esnecesarioqueobedezcanatrabajosespecíficos

de carácter transitorio o temporal plenamente justificados como una

cargaextraordinariaentareaspermanentesoparacubrirguardias.

II. Se debe entender por jornada de trabajo el tiempo durante el cual el

trabajadorestáadisposicióndelpatrónparaprestarsutrabajo.

III. Solamentepodráprolongarselajornadadetrabajoypagarsehorasextras

cuando existan circunstancias extraordinarias que así lo justifiquen y

esténdebidamenteautorizadas,debiendoserestasdecaráctertransitorio

otemporal,ysolamenteseconsideraránhorasextraslasprórrogasdela

jornadaordinaria,endíasordinariosdetrabajo.Noseconsideraránhoras

extras,lalaborprestadaporeltrabajadorendíasdedescansosemanalu

obligatorio.

IV. Lashorasde trabajoextraordinarias sepaganconuncientoporciento

másdelsalarioasignadoalashorasdejornadaordinaria.Enlosdíasde

descanso semanal y obligatorio, los trabajadores reciben el pago de su

salarioíntegro.Noexisteobligaciónporpartedelostrabajadoresde

laborar en su día de descanso semanal; sin embargo, cuando por

necesidadesdelservicioquesepresta,seanecesariolaborarendichodía,

los trabajadores tendrán derecho a recibir un pago doble

independientementedelsalarioquelecorrespondaporeldescanso.

V. Tampocoexisteobligacióndelostrabajadoresdelaborarenlosdíasde

descanso obligatorios previstos por las leyes de la materia y las

condicionesgeneralesdetrabajo;sinembargo,cuandopornecesidades

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delserviciosehagamenesterlaboraresosdías,lostrabajadorestendrán

laobligaciónde laborarlosyenesecasoelMunicipioestaráobligadoa

pagar esos días laborados con salario doble ordinario,

independientementedelsalarioquecorrespondaporeldescanso.

VI. EnelcasodequeenlaDependenciacorrespondientenosecuenteconel

presupuestonecesarioparapagardíasdedescansosemanaluobligatorio,

sepodrácanjear tiempopor tiempo,esdecirse lespodráotorgara los

trabajadores otro día de la semana diferente como días de descanso

semanaluobligatorio.

VII. Enelpagodelajornadaextraordinaria,cadaDependenciaprocurará

remitiralaDireccióndePersonal,elreportedehorasextrasdentrodelos

quincedíassiguientesaaquélenquenaciótalderecho,enelentendidode

que no deberá transcurrir más de un mes entre la fecha en que el

empleado cubra dicha jornada extraordinaria y la fecha en que la

DependenciaalaquepertenecereportealaDireccióndePersonalparael

pagocorrespondiente.Encasocontrariosesolicitarálaautorizacióndela

Oficialía.

VIII. Quedaprohibidoalostrabajadoreslaborarjornadasextraordinarias,sin

embargo cuando existan circunstancias que lo justifiquen, podrá

laborarse horas extras siempre y cuando exista aprobación plena por

parte del Director General de cadaDependencia para la realización de

la(s)actividad(es).Nosepagaráningúntiempoextrasinosedefinenel

númerodehorasqueselaboraron,losdíasenquefueylacausaomotivo

quejustifiquedichalabor(Anexo05).

IX. Noseráconsiderado trabajoextraordinario, las suplenciasquehagaun

trabajadorporvacaciones,incapacidad,permisoolicenciaenotropuesto

cuyaplazacorrespondaaotro trabajador,por lo tanto;enestecasono

procederá el pago doble sino que, será considerado como un turno

diferenteyeltrabajadorquelocubratendráderechoarecibirelsalario

demaneraordinaria.

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Artículo 42.‐ El pago de prima dominical considerada dentro de la partidapresupuestal 1541 denominada: Prestaciones establecidas por condiciones

generalesdetrabajo,secubriráalostrabajadoresqueprestensusserviciosel

díadomingoysecalcularásobreel sueldoosalariode losdíasordinariosde

trabajo.ParatalesefectosseestaráaloestablecidoenlasCondicionesGenerales

deTrabajovigentes,dichaprestación sedeberá solicitarmedianteel formato

“JustificantedeJornadaExtraordinaria(Anexo5)”.

Nosepagaráprimadominical,sinoestáplenamentejustificadoyavaladoporel

DirectorGeneraleltrabajodesarrollado.

Artículo43.‐ Quedan prohibidos los pagos con una retroactividadmayor atreintadías,enloscasosdealtas,actividadesextraordinariasycontratospor

tiempodeterminado.Suautorizaciónestarásujetaalanormatividadvigenteen

materialaboralydeseguridadehigiene,siendoresponsabilidaddelaOficialía,

tramitaren tiempoelpagodeestos servicios, así como los trámites de baja

correspondiente.

Artículo44.‐Paralacreacióndenuevasplazasorenovacióndecontratosbajoel régimen de honorarios asimilados (contratos por tiempo determinado), se

requerirácontarconunanálisisde laestructurade laDependencia,dondese

justifique la creación o la continuidad, así como contar con la suficiencia

presupuestalcorrespondiente.

Artículo 45.‐ Las contrataciones que se realice con cargo a la partidapresupuestal 1212 denominada: Honorarios Asimilados, será de carácter

temporal,contandoconlavaloraciónrealizadaporlaDireccióndeInnovación

GubernamentalacargodelaOficialíayenelobjetodeloscontratosseseñalará

elserviciootrabajoarealizarporlapersonacontratada.

Artículo46.‐ En el supuesto de que las altas y/o bajas se realicen en formaextemporánea, tanto en nómina como ante el Instituto Mexicano del Seguro

SocialporcausasajenasalaOficialía,estaDependenciaprocederáadeslindarla

responsabilidad a fin de realizar los reintegros a la Tesorería en la partida

“Descuentosporsancionesaempleados”.

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DelaCapacitación

Artículo47.‐LaOficialíaMayorserálaencargadadeimplementarunprogramade Capacitación para éste Municipio, procurando realizar convenios de

colaboracióncon lasdiferentes institucionespúblicasdeGobiernodelámbito

municipal, estatal y federal así como con aquellos organismos con fines no

lucrativosoinstitucionesprivadas.

Artículo48.‐Elejerciciodelgastodelapartida3341denominadaserviciosdecapacitacióny3331serviciosdeconsultoríaadministrativa,deberáserbajoun

programaquebusqueeldesarrollodecompetenciasrequeridasparaelpuesto

desempeñadoydeberásujetarsealosiguiente:

I. Cualquiercursodecapacitaciónyadiestramientoquesesoliciteala

Oficialía,tienequeestarrelacionadoconsufuncióncotidianadentrode

laAdministraciónPúblicaMunicipal, ello con la finalidadde garantizar

que el curso habrá de mejorar las competencias establecidas en la

descripciónyperfildelpuestodebidamentevalidado.

II. No se autorizarán cursos de capacitación, adiestramiento o de

actualización, si se refiere a alguna rama, disciplina o actividadqueno

tenga ningún impacto directo o indirecto con las competencias,

habilidadesoaptitudesquerequiereelpersonalparacubrirelperfildel

puestoqueocupa.

III. Para poder solicitar apoyo para asistir a un curso de capacitación, de

adiestramientoodeactualizaciónesmenesterquesepresentelasolicitud

a la Oficialía con anticipación, misma que debe de ir firmada por el

DirectorGeneraldelaDependenciaalaquepertenezca,asícomodelJefe

inmediatodeltrabajadorycumplirconlosrequisitosanteriores.

IV. A la solicitud se deberá acompañar el contenido de los programas que

habrándeagotarseentalcurso,asícomosucostonetoparaqueprevioa

suvaloraciónseaaprobadoporlaOficialía.

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V. Esimportante,queelasistentealcursodecapacitación,adiestramiento

oactualización,acreditelaasistenciaalmismo,mediantelapresentación

delaconstancia.

VI. CuandountrabajadordelMunicipioseinscribaenuncursode

capacitación,adiestramientooactualización,yabandoneesteonoasista

almismosinacreditarelnúmeromínimodeasistenciasrequeridaspara

aprobar el curso, ya no tendrá derecho a recibir apoyo por parte del

Municipio para tomar otros cursos posteriores e incluso se le podrá

solicitarelreintegrodeloyacubierto.

VII. El Director General a través de sus enlaces administrativos, será el

responsabledevigilareimpulsaralpersonalasucargoparaqueasistaa

loscursosqueleseanprogramados.

SecciónIIDelasAdquisiciones,SuministrosyServicios 

Generalidades

Artículo 49.‐ En las adquisiciones de bienes y/o servicios, deberá tenersepresente,elcriteriodeeficiencia,eficacia,economía,transparenciayhonradez,

buscando adquirir bienes y/o servicios, en calidad y cantidad apropiada, al

menor costo posible, por lo que toda adquisición que pretendan realizar las

dependencias,deberáapegarsealcatálogodebienesyserviciosautorizadopor

la TesoreríaMunicipal, al programa anual de adquisiciones para el ejercicio

2017yalReglamentodeAdquisiciones.

LaDireccióndeComprasrecibirálosrequerimientosdebienesy/oserviciosde

acuerdo al calendario y formatos que se establezcan para tal fin, debiendo

contenerlasiguienteinformación:

ElCentroGestor

Partida

Fondo

Programa

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MetaPBR

Encasocontrarionoserecibiráeltrámite,fijandocomotiempoderespuestalos

siguientes 7 días hábiles, una vez recibido y validado el requerimiento de

compra.

Deberántramitarunarequisiciónporpartidapresupuestal,noseaceptaránlos

requerimientosquecontenganmásdedospartidas.

Elrequerimientoconfundamentoenelartículo4deestoslineamientos,deberá

entregarsealaDireccióndeComprasconlossiguientesrequisitos:

Losfoliosdeberánserconsecutivosdecadaáreasinduplicarlos,

Confechareciente(nopasarde5díashábiles)

Ladescripcióndeberáserclara(colores,medidasexactas,tamaños,tallas,

etc.),y/opresentarmuestrafísica.

Deberáespecificarseparaquesevaautilizarelbieny/oservicioyenqué

lugar(dirección)sevaacolocar,instalar,etc.,

VistoBuenodelÁreasolicitante(enlaceadministrativo)yVistoBuenodel

DirectorGeneraly/oDirectordeÁrea.

VistoBuenodelaDireccióndeSistemasencasodeserequipodecómputo.

VistoBuenodelCoordinadordeControlVehicularencasodesermaterial

paravehículos.

VistoBuenodelDirectordeComunicaciónencasodellevarlaimagende

laAdministración.

VistoBuenodelaTesoreríaMunicipalencasodeserbienesmuebles.

DenoestarcorrectamenteelaboradoelRequerimientodecompracomo

se indica, sedevolveráal solicitantey/oDirecciónGeneralparaque se

realicelasadecuacionescorrespondientes.

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Larequisicióndecompradeberácontarcon la suficienciapresupuestal

correspondiente.

En caso de que sea afectada las cuentas 4000, debe llevar Convenio y

revisar que toda la información se encuentre en orden y completa de

acuerdoalasReglasdeOperacióndelProgramaqueseafecte.Encasode

losProgramasSocialesademásdeesto,deberáincluirelVistoBuenodela

DireccióndeContabilidad.

En las adquisiciones de bienes y/o servicios, realizadas a través de la

Dirección de Compras y cuyo monto de operación sea superior a

$100,000.00, se deberá elaborar un contrato, así como en el caso de

montosmenoresaeseimporteperoqueconllevealotorgamientodeun

anticiporespaldadoporlagarantíacorrespondiente.

Pararealizaruntrámiteporsolicituddepago,eláreasolicitantedeberá

previamente dar aviso a la Dirección de compras mediante un correo

electrónicoollamadatelefónicadandolajustificaciónparalarealización

deltrámiteyasuvezéstaleproporcionaráunfoliodeautorización.

Encasodenollevaracaboelprocesoanterior,laDireccióndeCompras

nopodrádarelvistobuenocorrespondientehastaqueseenvíeunoficio

dandolajustificaciónparasuvalidaciónrespectiva.

En caso de que el bien y/o materiales no se entregue en el Almacén

Municipal,sedeberárequisitarmedianteunrecibo.“Recibodematerialen el área” (Anexo 06); Además el enlace administrativo tendrá laobligación y responsabilidad de recabar las firmas de recepción y

autorizaciónensucaso,delasórdenesdecomprayfacturas,contandocon

unplazode5díashábilesparaentregarestadocumentaciónalalmacén

delaDireccióndeControlPatrimonial.

Enelcasoenqueelenlaceadministrativonoentreguedichadocumentaciónen

tiempo y forma, la Tesorería no reconocerá el adeudo al proveedor y como

consecuencialaDireccióndeContabilidadnorecibiráeltrámiteparapago.

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Artículo50.‐Sóloseautorizaránlascomprasdeuniformesparaeldesempeñode las funciones de seguridad pública, tránsito, protección civil, servicios

públicosmunicipales;asícomoaquellosqueporlanaturalezadelaoperación,

requieran equipos y prendas de protección para seguridad laboral o de

identificación, siempre y cuando cuenten con la partida y suficiencia

presupuestalparaestefin.

Artículo 51.‐ La Dirección de Control Patrimonial es la responsable de larecepcióndelosbienesydeotorgarlavalidacióndelosmismosdeconformidad

con las especificaciones solicitadas y/o la muestra que dió origen al

requerimiento, encasode rechazopornocumplir con lasespecificaciones, la

responsabilidadderecibirelbienseráfacultaddelfuncionarioqueautoricela

recepción.

Artículo52.‐LaDireccióndeCompraspresentaráal comitédeadquisicionesanualmente,informedeahorroslogradosenlosprocesosdesahogadosatravésdelComitédeAdquisiciones.DelServiciodeTelefoníaTradicionalArtículo53.‐ LaOficialía, será la encargadade realizar la contrataciónde losservicios,paralocualseestaráalosiguiente:I. Para la contratacióndeeste servicio se requerirádel vistobuenode la

Dirección de Sistemas, así como de la autorización presupuestal de laTesorería.

II. Para tener acceso al sistema de telefonía tradicional la Dirección de

Sistemas asignará a cada usuario una clave personalizada la cual seráintransferibleyelreceptorsehaceresponsablesdelbuenusoyconsumodelamisma.

III. Se deberán realizar las llamadas estrictamente necesarias y se deberá

buscarqueseanlomásbreveposible.IV. LaOficialíaserálaencargadadeimplementarloscontrolesdevigilancia,

paraunusoadecuadodelserviciotelefónicotradicional.

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V. Se buscará utilizar el correo electrónico comomedio de comunicaciónparaoptimizaresteservicio.

VI. ElDirectorGeneralseráelresponsabledenotificarysolicitaraOficialía

con la suficiente anticipación la cancelación o cambio del servicio pordesocupacióndeinmueblesoespaciosdondesecuenteconesteservicioyyanoserequiera.

DelServiciodeRentadeFotocopiadoras

Artículo54.‐LaOficialía,serálaencargadadebrindaresteserviciomediantelacontrataciónexternaatravésdelcomitédeadquisicionesdeesteequipo,paralocualseestaráalosiguiente:I. Para la contratación del servicio de Fotocopiadoras, se ajustará a la

disponibilidadpresupuestal conque se cuenteen lapartidaautorizadaparatalfin.

II. ElDirectorGeneraly/odeárea,atravésdesusenlacesadministrativosseránlasresponsablesdevigilarelusoadecuadodelservicioevitandoeldañofísicoalosequipos,buscandooptimizaralmáximoelusodelpapelynúmerodeimpresiónocopias,buscandonopasarellímitecontratado.En el caso del uso del papel se deberá promover el reciclado y/oreutilizacióndelmismo.

DelServiciodeInternetArtículo55.‐LaOficialíaatravésdesuáreaadministrativa,serálaencargadaderealizarlacontratacióndeesteservicio,paralocualseestaráalosiguiente:I. ParacontratacióndelserviciodeInternet,serequerirádelavalidaciónde

la Dirección de Sistemas, quien señalará que tipo de servicio es eladecuado,medianteelanálisisdenecesidadesydistintasalternativasdesolución;asícomolaautorizaciónpresupuestaldelaTesorería.

II. La Dirección de Sistemas notificará a la Oficialía cuando sea necesario

hacermodificacionesocancelacióndelservicio.

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III. LaTesoreríaserálaresponsableporconductodelaDireccióndeSistemasdedefinir los límitesyalcancesde losaccesosal internetporparte losusuarios.

DelServiciodeEnergíaEléctricayAgua

Artículo56.‐LaOficialíaatravésdesuáreaadministrativaydemantenimientodeedificios;seránlosencargadosdelacontratacióndeestosservicios.Paraelbuenusodelosserviciosserealizaráalosiguiente:I. El Director General de la Dependencia a través de sus enlaces

administrativos, serán los responsables de vigilar el uso adecuado deestosservicios,buscandooptimizarelrecursoalmáximo,desconectandolosaparatosquenoseesténutilizando;asímismoapagandolaslucesqueno son necesarias; promoviendo el uso de lámparas ahorradoras deenergía.

II. ElDirectorGeneraldecadaDependenciaseráelresponsabledejustificar

los aumentos que se llegarán a presentar en los consumos de estosserviciosdeunperíodoaotro.

III. ElDirectorGeneraldelaDependenciaseráelresponsabledenotificary

solicitaralaOficialíaMayorconlasuficienteanticipaciónlacancelaciónde estos servicios por desocupaciónde inmuebles o espacios donde secuenteconestosserviciosyyanoserequieran.

DelsuministrodeCombustibleymantenimientovehicularArtículo57.‐LasDependenciasenelejerciciode lapartidadeCombustibles,lubricantesyaditivosparavehículosterrestresasignadosaservidorespúblicosdeberáobservarlosiguiente:I. Ladotacióndecombustibledeberáusarseexclusivamenteenelvehículo

paraelcualestadesignadayparacumplirfuncionesoficiales.II. Las solicitudes de dotaciones extras de combustible para vehículos

oficialesúnicamenteseautorizaráen loscasosen losqueseencuentrejustificadoydeacuerdoconlanaturalezadelasfuncionesparalasquesedesigneelvehículo.

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III. Laasignacióndecombustibleavehículosparticulares,deberásujetarsea

la validación que realice la Tesorería y la formalización medianteconvenio.

Porloqueserefierealmantenimientoyconservacióndevehículosterrestres,laTesorería emitirá los controles, así como el procedimiento al que deberánsujetarselasDependenciasqueintegranlaAdministraciónPúblicaCentralizada.LaTesoreríaatravésdelacoordinacióndecontrolvehicularelaborarádictamenconsurespectivosoportecomprobatoriodelasreparacionesdelasunidadesencasodenegligenciaporelusuarioysolicitaráalaDireccióncorrespondientelaelaboraciónygestióndelconvenioparaeldescuentovíanómina.

SecciónIIIDelaPolíticaInformáticaArtículo58.‐Accesoainternet:Losenlacesadministrativossolicitaránatravésdesucorreoinstitucionaldirigidoasistemas@celaya.gob.mxindicandonombreycargode la (s)persona(s)quevana teneracceso.LaDireccióndeSistemascrearáperfilesdeusuariodeaccesoainternetdependiendolasnecesidadesdelos usuarios. Todos los perfiles tendrán bloqueadas páginas de las siguientescategorías: Contenido sexual, Descargas de Software Gratuito, TransferenciasP2P (ares, emule, etc.), Radio y TV por Internet, Spyware (Espia), Malware(malicioso) y redes sociales. Tendrán permitidas páginas de las siguientescategorías: Instituciones gubernamentales, Bancarias y Empresarial. LaDireccióndeSistemasevalúalasolicitudydecidesiseledaaccesoconrespuestavía correo. En caso de ser aceptada se le asigna un perfil con privilegios denavegaciónyseleinformaalusuarioenquéconsistesuperfil.Encasodeserdenegadaseleinformaalusuarioelmotivodelanegativa.Artículo59.‐AccesoaServidores: Los enlaces administrativos solicitarán atravésdesucorreoinstitucionaldirigidoasistemas@celaya.gob.mxindicandonombreycargodelaspersonasquevanateneracceso.Sedebeseñalarlacarpetaalacualtendráacceso,siseconoceelservidorsedebemencionar,lasactividadesque realizará dentro de la carpeta y los permisos que debe tener (lectura yescritura o solo lectura). El almacenaje de información solo deberá serdocumentosdetrabajo.Lasesiónestásujetaamonitoreoparaelbuenusodelosservicios.Elaccesoseencuentra limitadoen lashorasqueseanconvenientes

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para el buen funcionamiento de procesos internos. En caso de encontrararchivosdetipomp3,wma,mp4,jmpeg,avi,jpg,gif,png,bmp,exe,etc.,quenosejustifiquen,seráneliminadosparalaconservacióndeespacioenservidores.Artículo60.‐CorreoInstitucional:LosenlacesadministrativossolicitaránalaDireccióndesistemaslacreacióndeunacuentadecorreoinstitucionalatravés

delsistemadereportes“soporte.presidencia”.LaDireccióndeSistemascreará

lascuentasqueseannecesariasparaeldesempeñodefunciones.Seleasignará

una cuenta de correo electrónico institucional al usuario bajo el dominio

“celaya.gob.mx”,elcualseformarádelasiguientemanera:Seutilizaráelnombre

delusuario,seguidoporunpunto“.”,yelapellidopaterno.Encasodetenerdos

omásnombres,setomaráelprimerodeellos.Sihayalgúnusuarioexistentecon

lacuentaaasignarsegúnlospasosanteriores,setomaránotrosdatoscomoel

segundonombredelusuario, la inicial del apellidomaterno, etc.No sepodrá

modificarlacuentadecorreoelectrónico.LaDireccióndeSistemasleindicaráal

usuario el medio para revisar su correo electrónico (Thunderbird). Se

recomiendaalusuariocambiarsucontraseñaperiodicamente, laDirecciónde

Sistemaslebrindaráelapoyonecesarioparaestecambio.Lacuentadecorreo

electrónicoinstitucional,asícomolacontraseña,espersonaleintransferible.El

usuario es el único responsable de su cuenta de correo institucional y de los

correosenviadosdesdelamisma.

Artículo 61.‐ Mantenimiento Preventivo de Equipo de Computo: LaDirección de Sistemas realizará un plan de mantenimiento preventivo

programando las Dependencias, cuando el equipo es reparado, pondrá una

etiquetaalequipoparaevitarqueseanabiertosporlosusuariosnoautorizados

porlaDireccióndeSistemas,deexistiralgunafallaenelequipodecómputo,el

usuario deberá levantar un reporte “soporte.presidencia”. El personal de la

direcciónde sistemaseselúnicoconautorizaciónparadestaparequiposy/o

violarlaetiquetadeservicio.Silaetiquetaesvioladaporelusuario,elusuario

esresponsableporlafalladelequipoyselenotificaráalDirectorGeneralalque

pertenece,considerandoellevantamientodeunacta.

Artículo62.‐Software:Cadaequipodeberátenerelsoftwarenecesarioconsulicenciamiento,enlamedidadeloposibleserealizaráelcambioybúsqueda

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deversioneslibresdelicenciaparaevitarsanciones,seinstalaráelsoftware

que tendrán todos los equipos. Se asignará un usuario por equipo, Office

(OpenOffice),lectordePDF,Descompresor,Imageninstitucional,Inhabilitación

de puertos USB y unidades de CD/DVD. El acceso a internet se dará bajo

autorizacióndelDirectorGeneral y/oDirectordeÁreaopuesto similar. Si el

usuario solicita más software deberá presentar una solicitud por medio del

sistemadereportesincluyendounajustificacióndelusodelsoftwaredeseado

aprobadaporsuDirectorGeneralybajopartidapresupuestal.Ningúnusuario

tienepermisoparadescargaroinstalarcualquiertipodesoftwareadicionaly/o

ajeno a los autorizados. El usuario deberá levantar un reporte

“soporte.presidencia”.LaDirecciónSistemasanalizarálasolicitudydeliberará

el usodel software.De ser aceptado, sistemas informaal usuario y realiza la

instalación del software. En caso de ser negado, sistemas informa al usuario

explicándoleelmotivodelanegativa.

Artículo63.‐AdquisicióndeBienesInformáticos,SoftwareyDesarrollodeSistemas: Para la adquisición de equipo de cómputo, sólo se autorizaránaquellassolicitudesquepresentenunajustificaciónalaDireccióndeSistemas,

lacualefectuarálavalidacióntécnicacorrespondiente.

Únicamenteseautorizarálaadquisicióndeequipodecómputoporsustitución

deequipoobsoleto,pordañosoenloscasosenlosqueserefieraparaproyectos

previamentepresupuestadosyconlaautorizacióndelaTesorería,asícomola

respectivavalidacióntécnicadelaDireccióndeSistemas.

La adquisición de bienes informáticos, software y desarrollo de sistemas,

deberántenerlavalidacióntécnicadelaDireccióndeSistemas,siendodeigual

forma la responsable de verificar físicamente la adquisición de equipos de

cómputo así como de la asignación de los mismos para el resguardo

correspondiente

La Dirección de Sistemas será la responsable del seguimiento, validación y

justificacióntécnicaeneldesarrollodesistemasqueseejecutenportercerosen

lasdiferentesdependenciasqueintegranlaadministraciónpúblicacentralizada,

asícomodelvistobuenoparalaliberacióndelpagocorrespondiente.

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Lacompradeaccesoriosrelacionadosconesteconcepto,seráresponsabilidad

decadaunadelasáreasylaadquisiciónseefectuarámediantetrámiteatravés

delaDireccióndeCompras.

La Tesorería por conducto de la Dirección de Sistemas realizará las acciones

pertinentesparalaasignaciónyreasignacióndeequipodecómputo,asícomola

optimizacióndelasimpresoras.

Artículo64.‐SustitucióndeEquipodeCómputo:LaDireccióndeSistemasdictaminarálasustitucióndeequipo,sielequipoestádañadoonoescosteable

la reparación del equipo de cómputo, emitirá el visto bueno para realizar el

trámitecorrespondienteparalabajadelequipoyreutilizarápiezasqueesténen

buenestadopararepararotrosequipos,estaaccióndeberácoordinarseconla

DireccióndeControlPatrimonial.

SecciónIVDelosViáticosyPasajes

Artículo 65. Los gastos por concepto de viáticos deberán sujetarse a loestablecidoenelpresentedocumento.

Artículo 66. Los viáticos deberán comprobarse con los documentoscorrespondientesycumpliendoconlosrequisitosestablecidosenlalegislación

fiscalvigente.

Artículo67.Las Dependencias podrán implementar las acciones que tengancomo objetivo realizar una salida por día para la entrega y recepción de

documentaciónfueradeestemunicipio.

Artículo68.LosgastosporhospedajeseránautorizadosaloscolaboradoresdecadaáreaporeltitulardelaDependenciadeacuerdoallugardondeserealicela

comisióno evento, debiendo siempreobservar losprincipiosde austeridady

racionalidaden laaplicacióndeestosgastos;y losgastosdehospedajede los

Directores deberán contar previamente con la validación de la Secretaría

Particularmedianteeloficiodecomisiónrespectivo.

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Artículo69. Solo seautorizaráel consumodealimentosdentroy fuerade laciudad,en loscasosestrictamente indispensables,debiendosiempreobservar

los principios de austeridad y racionalidad en la aplicación de estos gastos,

justificandoelmotivoyrelacionandoalaspersonasqueparticipan,asímismo

cuandoestosexcedanlacantidadde$1,000.00,estosdeberáncontarconelvisto

buenodelaSecretaríaParticulardelC.PresidenteMunicipal.

Articulo70.Elpagodepropinasporconsumosdentrodelterritorionacionalyenelextranjero,seráporcuentadequién(es)realiceelconsumo.

Artículo71.‐Todasalidanacionalcuyoimportedegastosdeviajeseasuperioralos$10,000.00deberáservalidadaporelC.PresidenteMunicipal,enelcaso

desalidasalextranjero,deberánservalidadasporelC.PresidenteMunicipal.

SecciónVDifusióneInformación 

Artículo 72.‐ La Dirección de Comunicación Social será la encargada decontrolarycoordinarlosgastosporconceptodedifusióneinformación,asícomo

depublicacionesenmediosimpresos(periódicos,revistas,gacetillas,volantes,

trípticos, etc.), medios audiovisuales (televisión, internet, etc.) y medios

alternativos(perifoneo,espectaculares,móviles,pendones,etc.);selimitarána

la difusión de actividades propias del gobierno y administración municipal

actual,conelfindeinformarycomunicaralaopiniónpúblicalasacciones,planes

yproyectosquecumplanobjetivosymetasinstitucionales.

Artículo 73.‐ La Dirección de Comunicación Social conjuntamente con laDireccióndeCompras,seránlosencargadosderealizarlasnegociacionesconlos

diferentesmediosdeinformaciónydifusión,buscandoracionalizarestosgastos,

disponiendo de la partida presupuestal 3611, estableciendo un vínculo de

rectoría, para la difusión e información de mensajes y actividades

gubernamentalesydelasDependenciasquecuentenconlamisma.Porloquees

importante que las Dependencias que integran la Administración Municipal

Centralizada acaten las disposiciones rectoras que al respecto se emitan por

partedelaDireccióndeComunicaciónSocial.

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Artículo74.‐LasDependencias,deberánabstenersedeerogarrecursosde laadministraciónmunicipal,enbeneficiodecandidato(s)opartido(s)político(s).

Artículo 75.‐ Las Dependencias, deberán abstenerse de emitir publicidadalguna, a nombre de alguna de las entidades que formen parte de la

AdministraciónPúblicaDescentralizada.

Articulo76.‐Enlapublicacióndeesquelasyfelicitaciones,sebuscaráquehayaunasolapublicación institucionalemitidapor laDireccióndeComunicacióna

nombre del gobierno municipal y solo en casos excepcionales la Tesorería

autorizarápublicacionesalasDireccionesGenerales.

Artículo77.‐ Se debe evitar en lamedida de lo posible, las publicaciones deconvocatoriasdeunasolalicitación,programandoconvocatoriasmúltiples,así

como programar adecuadamente los eventos de las licitaciones a efecto de

reducirlapublicacióndemodificacionesalasconvocatorias.

LacoordinacióndeloseventosinstitucionalesestaráacargodelaDirecciónde

comunicación e imagen, la contratación de los servicios relacionados a estos

eventosdeberánrealizarseatravésdelaDireccióndecompras.

LaTesorería,enaquelloscasosqueconsidereexcepcionalesenlaoperatividad

delaDireccióndecomunicacióneimagen,daráelvistobuenoparasugestióny

pago.

Artículo78.‐ Los egresosque afecten lapartida3821denominada gastosdeordensocialdeberánsolicitarseatravésderequisicionesdecompraoencaso

de no tener proveedor que surta los productos o servicios, tramitarán por

solicitud de pago en la Dirección de Contabilidad previa autorización de la

Dirección de Compra. En ambos casos deberán cumplir con los entregables

conformealserviciooproductosolicitado.

SecciónVIComplementarios

Deloscontratos

Artículo79.‐Los contratos por adquisición de bienes y/o servicios quecelebrenlasDependenciasdeberáncontenerentreotrosaspectos:

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Elobjeto.

Justificación.

Montodelcontrato.

Partidaysuficienciapresupuestal.

Plazosdeentregaoejecución.

Vigencia(vigenciadentrodelejerciciopresupuestalactual).

Fechadepago(considerando los tiemposdegestiónde laDirecciónde

Contabilidad).

Indicarquelaformadepagoseráportrasferenciaelectrónica,porloque

deberándeanotarelnúmerodeclaveinterbancaria(18dígitos)yanexar

copiadelestadodecuentadondeseincluyeestenúmero.

En su caso,mencionar que la Dirección solicitante tenga a su cargo la

emisión de un dictamen dando el cumplimiento al servicio o producto

contratado, firmando éste como autorización de pago. Y en los pagos

parcialesentregarreportedeactividadesdelosavancesdeloestipulado

enelcontrato.

Enlosconveniosdeapoyoenespecierelativosaprogramassocialesconrecurso

municipalsedeberádetallarenelcuerpodelconvenio:

QuelagestiónserealizaráatravésdelaDireccióndeCompras.

Quedademanifiestoquesedaporbienrecibidoelobjetodelconvenio

siempreycuandosecumplanconlasespecificacionestécnicas.

Artículo 80.‐ Por seguridad jurídica del Municipio, en la celebración decontratosporlaadquisicióndebienesy/oservicios,serequerirágarantizarel

cumplimientodelmismomedianteunagarantíadel40%(cuarentaporciento)

delmontototalpactadomedianteunapólizadefianza,depósitoengarantíao

chequecruzadoafavordelMunicipiodeCelaya,Gto.

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Asimismo,entodosaquelloscontratosqueseestipuleelotorgarunanticipopor

parte del Municipio, éstos deberán ser garantizados por un importe igual al

otorgadoendichoanticipo,medianteunapólizadefianza,depósitoengarantía

y/ochequecruzadoafavordelMunicipiodeCelaya,Gto.

Artículo 81.‐ En los contratos y/o convenios que se celebren a nombre delMunicipio de Celaya, deberán de contener como mínimo las firmas de los

funcionariosbajoelsiguienteesquema:

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 CONCEPTO PRESIDENTE

MUNICIPALSECRETARIODELAYUNTAMIENTO

TESOREROMUNICIPAL

OFICIALMAYOR

DIRECTORDEDEPENDENCIA

ARRENDAMIENTOS X X X X X

HONORARIOSPROFESIONALES X X

CONTRATOSPORTIEMPODETERMINADO

X X

SERVICIOSGENERALES X X X X

SUBSIDIOSYAYUDAS(OFICILIA)

X

Artículo82.‐Conelpropósitodedarcumplimientoalacuerdonormativoparadeterminacióndelosmomentoscontablesdelosegresos,seráresponsabilidad

de las Dependencias, informar oportunamente a la Tesorería, sobre la

formalización de actos administrativos u otro instrumento jurídico, que

formalice una relación contractual con terceros por la adquisición de bienes,

serviciosoejecucióndeobras.

Artículo83.‐SeimpulsarádentrodelasDependenciasyEntidadesunapolíticagradual de reducción papel, lo que implica una sustitución progresiva de los

flujosdocumentalesimpresosporsoportesymedioselectrónicos,sustentados

enlautilizacióndeplataformasdedigitalizacióndedocumentos,observandoen

todo caso las previsiones de la Ley de Archivos Generales del Estado y los

MunicipiosdeGuanajuatoydemásdisposicionesaplicables.

Delosapoyos

Articulo 84.‐ Los apoyos con cargo a la partida presupuestal 4411 “Gastosrelacionadosconactividadesculturales,deportivasydeayudaextraordinaria”

podránserotorgadosúnicamenteporlasáreasyDependenciasquecuentencon

lapartidaysuficienciacorrespondienteypresentandolossiguientesrequisitos:

CartadeSolicitud.

CartadeAgradecimiento.

CopiaIdentificaciónOficial.

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CopiaCURP.

Comprobantededomicilio.

Convenio(Completamentefirmado).

Dictamen(Ensucaso)

Recibooriginaly/ofacturaqueampareelgasto.

AcuerdodelH. Ayuntamientocuandoelapoyosea superior a los

$15,500.00

Cuando el apoyo sea superior a los $ 5,200.00, el convenio de apoyo,

deberácontenerlafirmadeltitulardeláreaodependenciaqueentregael

apoyo,TesoreroMunicipalyelbeneficiario.

Cuandoelapoyoseaigualomenoralos$5,200.00,elconveniodeapoyo,

deberácontenerlafirmadeltitulardeláreaodependenciaqueentregael

apoyoyelbeneficiario.

En los apoyos que mediante dictamen la Comisión de Hacienda,

Patrimonio y Cuenta Pública y aprobado por el H. Ayuntamiento, se

instruyademaneraexpresaseanelaboradospor laOficialía, éstos solo

seránfirmadosporelOficialMayoryelbeneficiario.

Lodispuestoenesteartículo,noseráaplicablealosapoyosquesederivende

programasfederales,estatalesymunicipales,quecuentenconreglasespecíficas

yqueporlascaracterísticasdelosapoyos,sedebanderegistrarenlapartida

4411.

Encasodelosapoyosenespecie, lospagosseharánanombredelproveedor,

debiendoestarautorizados,segúnlosimportes,porlosDirectoresy/oComisión

deHacienda.

Generales

Artículo85.‐Encumplimientoaloestablecidoenelartículo67delaLeyGeneraldeContabilidadGubernamental, semantiene elesquemadepagosde forma

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electrónica,sinembargocuandolascaracterísticasdelaoperaciónlorequieran,

seconsideralaopcióndepagopormediodecheque.

Enesesentido,sedeterminaelplazode3mesesparaqueseancobrados,todos

aquellos pagos emitidos por cheque. De lo contrario se procederá a la

cancelacióndelosmismos.

Artículo 86: Los ingresos en efectivo y/o especie que se generen de losconvenios de reciprocidad que se tienen celebrados o que se celebren con

proveedores de bienes y/o servicios, en favor de los empleadosmunicipales,

invariablemente deberán de contabilizarse en las cuentas de ingresos del

municipio.

PorloqueseráresponsabilidaddelaOficialía,informaralaTesoreríacuandose

recibaneste tipodeapoyos,paraefectodeconsiderarloenelpresupuestode

egresoscorrespondienteparasuposterioraplicación.

Así mismo, la Oficialía deberá orientar estos beneficios al mayor número de

DependenciasqueintegranlaAdministraciónMunicipalCentralizada,debiendo

contarconinformesoreportesdelorigenylaaplicaciónderecursos.

Artículo87.Cuandoseadquieranobsequiosparaserrifadosyentregadosalostrabajadores, se anexará la lista que contenga los nombres, teléfonos de

contactosyfirmasreportedefotográficodelaspersonasquefueronpremiadas.

Artículo 88. En los casos de reparaciones de bienes muebles derivadas denegligenciaomalusoporpartedelusuario,elcostodelasmismascorrerápor

cuentadeesteúltimo,por loque losenlacesadministrativos informaránasu

superiorparadeterminarelmecanismodepagoodescuentovíanómina.

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CAPÍTULOVPASIVOS

SecciónÚnicaDelosRequisitosparaeltrámiteypagodepasivos 

Artículo 89. Los documentos que amparen el pasivo, deberán indicar comofechamáximael31deDiciembredel2017.

Artículo90.LasDependenciasremitiránalaTesoreríaelmontoyconceptodesusPasivos2017amástardarel10deenerodelejercicio2018oeldíasiguiente

hábilaefectosdequelaDireccióndeContabilidadpuedarecibiryregistrarlos

pasivoscorrespondientesydeigualmaneralaOficialíapuedahacerloscálculos

fiscales correspondientes a la declaraciónde impuestos retenidosdelmesde

diciembredel2017.

Artículo91.‐LaTesoreríaconbaseenlosconceptosdepasivosentregadosporlas Dependencias y que cumplan con lo señalado en los artículos anteriores

procederáasuprogramacióndepagoenelejercicio2018.

Artículo92.‐Lavigenciaparaelpagodelospasivos2017concluiráelúltimodíahábildelmesdejuniodel2018,transcurridodichoperíodoseráncancelados.

Tratándose de recursos federales o de programas cuya normatividad de

operación demande un plazomayor, este será autorizado por la Tesorería a

solicitudexpresadelaDependenciaresponsablededichosprogramas.

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TRANSITORIO

Único.‐Lospresenteslineamientosentraránenvigorapartirdel31deenerodel2017,salvodisposicióncontrariaemitidaporelH.Ayuntamiento.

DadoenelPalacioMunicipalalos20díasdelmesdeenerodel2017.

C.P.C.yM.F.MA.LOURDESHERRERARODRÍGUEZ

TesoreraMunicipal

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ANEXOS

Anexo01 NombredelFormato:ReasignacióndeRecursosPresupuestales.Área:TesoreríaMunicipal/Contabilidad.

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Anexo02 NombredelFormato:SolicituddePago.Área:TesoreríaMunicipal/Contabilidad.

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Anexo03 NombredelFormato:HojadeComprobacióndeGastos.Área:TesoreríaMunicipal/Contabilidad.

COMPROBACION

DE

GASTOS

CODIGO PROGRAMATICO:

Nombre:“Hojadecomprobacióndegastos”

DEPARTAMENTO: 

AUTORIZADO POR: 

JUSTIFICACION:

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Anexo04 NombredelFormato:FondoFijoparaGastosMenores.Área:TesoreríaMunicipal/Contabilidad.

CODIGO PROGRAMATICO: CONCEPTO:

Nombre:“FondoFijoparaGastosMenores”

DEPARTAMENTO: 

AUTORIZADO POR: 

JUSTIFICACION:

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Anexo05 NombredelFormato:“Justificantedejornadaextraordinaria”.Área:OficialíaMayor.

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Anexo06 NombredelFormato:“RecibodeMaterialenelárea”Área:TesoreríaMunicipal/ControlPatrimonial.