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7/22/2019 Lineamientos tcnicos IPS
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MINISTERIO DE LA PROTECCIN SOCIAL
VICEMINISTERIO DE SALUDVICEMINISTERIO TECNICO
DIRECCION GENERAL DE PLANEACIN Y ANALISIS DE POLITICA
Grupo de Sistemas de Informacin
LINEAMIENTOS TCNICOS PARA EL REGISTRO DE LOS DATOS DEL REGISTROINDIVIDUAL DE LA PRESTACIN DE SERVICIOS DE SALUD RIPS
Bogot. D.C. Octubre de 2009
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INTRODUCCION
En el ao 2000 se expidi la norma que estableci el Sistema de Informacin de las Prestaciones de Salud, cuya base es el registro individual
(RIPS), con el propsito de facilitar la relacin entre prestadores y pagadores en materia de informacin y de soportes de los servicios
efectivamente prestados a la poblacin protegida en cualesquiera de los regmenes definidos por la Ley 100 o en transicin a stos.
La informacin de los registros individuales de prestacin de servicios de salud, (RIPS), con todas sus estructuras se constituye en un
subsistema de informacin prioritario para la evaluacin y monitoreo del funcionamiento del Sistema General de Seguridad Social en Salud en
cada uno de sus planes, programas y estrategias, frente a las metas fijadas a corto y mediano plazo, y de las acciones clnicas de los
prestadores.
Sin embargo, y pese a que los distintos generadores y usuarios de los datos y la informacin reconocen su valor e importancia, en la
actualidad se han identificado grandes falencias tanto en la calidad del registro primario como en la utilizacin para la gestin de IPS y EAPB,
as como para la formulacin de la poltica sobre la salud pblica y el aseguramiento. Esta situacin muestra la necesidad de mejorar la
calidad, oportunidad y confiabilidad de los datos que se reportan para que contribuyan a la toma de decisiones en condiciones de mayor
certidumbre.
Tambin se requiere que el anlisis de la informacin que se realice hoy supere la visin de la agregacin estadstica de eventos y atenciones
por edad y sexo y la ordenacin de los diagnsticos ms frecuentes encontrados en la atencin hospitalaria, ambulatoria o de urgencias de las
instituciones prestadoras y orientarse a la construccin de visiones mas integrales y completas sobre la dinmica general y especfica de la
demanda de la poblacin y la respuesta del Sistema, la caracterizacin de la demanda en el entendido que est determinada por las
condiciones de vida y las oportunidades que el propio Sistema le ofrezca. Para ello se requiere del desarrollo de referentes conceptuales de
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los escenarios posibles de explicacin del funcionamiento del Sistema de Salud y Seguridad Social, en sus componentes de demanda de la
poblacin, respuesta institucional, comportamiento de las patologas y su respuesta al manejo que hacen los servicios de salud, cambios en el
perfil de salud, entre otros, as como del procesamiento multidimensional de los datos en anlisis prospectivos y estratgicos.
Aceptar el RIPS como nico soporte de la factura (segn lo establecido en la norma que regula el Sistema de Informacin de Prestaciones de
Salud, Resolucin N 3374 del ao 2000) depende del grado de conocimiento y comprensin de los anlisis que el pagador puede hacer sobre
los datos y sus relaciones, y la aceptacin de que estos le permiten de manera automtica y total, la revisin minuciosa de la prestacin del
servicio y la confirmacin de la certeza de la informacin.
A su vez el prestador entender la ventaja de soportar sus facturas slo con el registro en medio magntico, cuando aprenda a: registrar
correctamente la atencin, a ingresar correctamente los datos en el sistema automatizado, a garantizar que todas las atenciones prestadas y
registradas en la historia clnica hayan sido cargadas al sistema; a facturar las atenciones y los servicios segn los precios (tarifas) que hayan
sido convenidos y a generar la facturacin en forma eficiente y consistente.
As mismo el esfuerzo de prestadores y pagadores por garantizar el registro y la calidad de los datos debe verse compensado con el uso que
el Ministerio de la Proteccin Social haga de los mismos y la difusin de los resultados, con las restricciones de confiabilidad que dicha calidad
genere.
Por las razones expuestas se requiere llevar a cabo un proyecto dirigido a superar los problemas surgidos en los procesos de generacin de
los datos, su transferencia con calidad y oportunidad, el reconocimiento por parte de las EAPB de su capacidad como soporte de las
atenciones efectivamente prestadas y la riqueza de informacin que es posible obtener, si su procesamiento es adecuado y avanzado.
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EL REGISTRO DE LOS DATOS
Este proceso es el ms importante del Sistema de Informacin de las Prestaciones de Salud. De su calidad, oportunidad y completituddepende la confiabilidad que se produzca y disponga para soportar las decisiones del Ministerio como ente regulador, y las de las EPS para su
gestin del riesgo y las de IPS para su gestin y sostenibilidad.
El RIPS provee los datos mnimos y bsicos que se requieren para hacer seguimiento al Sistema de Prestaciones de Salud en el SGSSS, en
relacin con el paquete obligatorio de servicios (POS y POSS). Igualmente el objetivo del Registro es facilitar las relaciones comerciales entre
las entidades administradoras (pagadores) y las instituciones y profesionales independientes (prestadores) mediante la presentacin del
detalle de la factura de venta de servicios en medio magntico, con una estructura, que al ser estndar, facilita la comunicacin y los procesos
de transferencia de datos y revisin de cuentas, independientemente de las soluciones informticas que cada prestador utilice.
Lo anterior quiere decir que estos datos bsicos, son bsicos y mnimos para los procesos de control del Ministerio como ente regulador del
Sistema, y para que los pagadores puedan tener los elementos de juicio necesarios, pero el prestador generar todos los que sus
requerimientos propios le exijan.
Por lo anterior el Plan de Accin formulado para el mejoramiento de la calidad, oportunidad y control de cobertura de los datos, centrar gran
parte del esfuerzo de la primera fase en la gestin de DATOS, y en la segunda fase el fortalecimiento ser a nivel de la retroalimentacin con
informacin especfica y de buena calidad.
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COMO REGISTRAR LOS DATOS CON CALIDAD
Si los registras con cuidado y siguiendo estas reglas
. Muy buenos te quedarn
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1. ESTRUCTURA DE LOS DATOS Y VALIDACIONES
La estructura vigente de datos del RIPS es la establecida en el Anexo tcnico de la Resolucin N 3374 del 2000, excepto para los ajustesintroducidos en la tabla de valores de Tipo de usuario para dar cabida a la identificacin de poblacin en condicin de desplazamiento, la
longitud del campo cdigo de la IPS a 12 caracteres para permitir el reporte de datos por sucursal.
El Decreto 4747 de 2007 ratifica la obligatoriedad del envo de los datos RIPS y recalca la funcin del Ministerio en cuanto a la revisin, ajustey actualizacin del anexo tcnico, as:Decreto 4747 de 2007: Artculo 20. Registro Individual de Prestaciones de Salud - RIPS. El Ministerio de la Proteccin Social revisar y ajustarel formato, codificaciones, procedimientos y malla de validacin de obligatoria adopcin por todas las entidades del Sistema General deSeguridad Social en Salud, para el reporte del Registro Individual de Prestaciones de Salud - RIPS.
Contenido de los archivos planos:
Los RIPS se presentan en 9 archivos que tienen estructuras y datos especficos (aunque algunos de estos se repiten en varias estructuras porconstituirse en las llaves que permiten las relaciones entre estos).
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ARCHIVO DE TRANSACCIONES
El archivo de transacciones equivale al encabezado de una factura de compra/venta de servicios ms el valor total con sus descuentos y
comisiones, bonificaciones u otras pactadas entre proveedor y pagador.Los datos de ste archivo y la especificacin de la forma correcta en que deben quedar registrados se muestra a continuacin:
DATO VALORES PERMITIDOS COMO REGISTRAR VALIDACIONESCdigo delprestador deservicios de salud
Un nico valor Nmero completo del cdigo asignado en el proceso dehabilitacin por el ente territorial (SDS), de doce dgitos.
Que se encuentre en la BD de habilitacin.
Debe ser igual en todos los registros del AF
Razn social oapellidos ynombre delprestador
Un nico valor Nombre completo del profesional independiente onombre o razn social de la IPS, como aparece en elregistro de habilitacin.
Razn social o apellidos y nombre delprestador que coincidan con los de la BD deprestadores.
Tipo deidentificacin delprestador
Un nico valor Elegir una opcin de los valores permitidos en estavariable.
Validaciones de estructura.
Nmero deidentificacin delprestador
Un nico valor Escribir todos los nmeros del identificador numrico(documento de identificacin)
Validaciones de estructura.
Nmero de lafactura
Un nico valor Escribir el nmero de la factura segn las reglasestablecidas:
Contrato por capitacin: todas las atencionesprestadas en el perodo, a los usuarios incluidosen el contrato, deben tener el mismo nmero defactura.
Contrato por paquete, tales como: actividad final,atencin integral por diagnstico, paquete deevento como el parto. Para este tipo deatenciones se puede registrar as:
- Cada atencin puede llevar un nmero defactura,
- Las atenciones que estn incluidas en elpaquete pueden llevar el mismo nmero defactura (esta es la situacin correcta)
Si la contratacin es por capitacin debeaparecer un solo registro con un niconmero de factura y las atenciones solodeben aparecer con ste nmero.
Si la contratacin es por evento o paquete,todos los nmeros de factura que estn en elarchivo de transacciones deben aparecer en
las atenciones. En ste caso, tambin unnmero de factura puede identificar variasatenciones.
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DATO VALORES PERMITIDOS COMO REGISTRAR VALIDACIONES- Cuando el paquete incluya atenciones
ambulatorias y hospitalizacin, las atencionesambulatorias pueden llevar nmero distintos defactura y todas las atenciones dentro de lahospitalizacin un solo nmero de factura queidentifica la hospitalizacin.
Fecha deexpedicin de lafactura
Un nico valor Escribir la fecha en que se expide la factura. Validaciones de estructura: formato de fecha
Fecha de inicio Un nico valor Se registra la fecha del primer da del perodo que estreportando.
Validaciones de estructura.
Fecha final Un nico valor Se registra la fecha del ltimo da del mes, del perodoque est reportando.
Validaciones de estructura.
Cdigo entidadadministradora
Un nico valor Escribir el cdigo de la entidad administradora a quien laIPS cobrar esos servicios, es decir, el cdigo delpagador.La Superintendencia Nacional de Salud no ha efectuadoningn ajuste a la codificacin de las EPS del RgimenContributivo y Subsidiado, por tanto los cdigos siguenvigentes..
Verifica que el cdigo se encuentre en latabla de Entidades Administradoras.
Nombre entidadadministradora
Escribir el nombre de la Entidad Administradora. No se valida
Nmero delcontrato
Un nico valor El nmero de contrato se registra:
- Cuando la IPS tiene varios contratos con elpagador, para la poblacin de un mismo rgimen(subsidiado, contributivo o vinculados).
- Cuando la IPS tiene varios contratos con elpagador, para poblaciones distintas. Ej: contributivay prepagada.
Lo valida cada EPS
Plan de beneficios - - Cuando la IPS tiene varios contratos con elpagador
- Cuando se requiere identificar poblacionesespeciales (desplazados, inimputables), cuando noexista un contrato diferente al general.
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DATO VALORES PERMITIDOS COMO REGISTRAR VALIDACIONES- En la poblacin subsidiada para identificar
subsidios totales de parciales.
Nmero de la
pliza
Un nico valor Solo aplica cuando de trata de atenciones por accidente
de trnsito o por atencin como particular por una plizade salud, de alguna aseguradora distinta a las EPS.
No se valida
Valor total delpago compartido(copago)
Un nico valor Se registra el valor real cancelado por el usuario, segnla normatividad que les aplique*.
Que no haya valores negativos
Valor de lacomisin
Un nico valor Se registra solo si aplica
Valor total dedescuentos
Un nico valor Se registra solo si aplica
Valor neto a pagarpor la entidadcontratante
Un nico valor Se registra el valor a cobrar al pagador en la siguienteforma:
Cuando es capitacin: en ste campo se coloca el valor
convenido para la cpita mensual, sin que correspondaa la sumatoria de los valores de las atencionesprestadas.
Cuando es por paquete, pago global, DRG, atencinintegral u otra similar, se registra el valorcorrespondiente a la sumatoria de las atencionesnucleares, finales o que identifican al paquete, ms lasde evento que se incluyan en este mismo archivo.
En el caso de las atenciones por paquete, a lasactividades intermedias se les colocar valor cero .
Cuando los registros corresponden acontratacin por capitacin, se valida que elnmero de la factura sea el mismo de todaslas atenciones.
*
Decreto 4747/2007:Art culo 26:Responsabilidad del recaudo de los copagos y cuotas moderadoras es de las entidades responsables delpago de servicios de salud. En el caso en que se pacte en los acuerdos de voluntades el recaudo de los mismos por parte de los prestadoresde servicios de salud, solamente podrn considerarse como parte del pago a los prestadores de servicios de salud cuando exista un recaudoefectivo de su valor.Para la contratacin por capitacin, el Decreto 4747 de 2007 establece:
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Art cu lo 7: Condiciones mnimas que se deben incluir en los acuerdos de voluntades para la prestacin de servicios mediante elmecanismo de pago por capitacin. Los acuerdos de voluntades para la prestacin de servicios que celebren las entidades responsables delpago de servicios de salud con prestado res de servicios de salud establecidos en su red para la atencin de la poblacin a su cargo, medianteel mecanismo de pago por capitacin, debern contemplar, adems de las condiciones mnimas establecidas en el artculo 6 del presentedecreto, las siguientes:
1. Base de datos con la identificacin de los usuarios cubiertos con el acuerdo de voluntades.
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ARCHIVO DE USUARIOS
En este archivo van los datos de los usuarios atendidos en el perodo, correspondientes a su identificacin, caractersticas bsicas, lugar deresidencia y pertenencia al Sistema de Seguridad Social.
Artculo 11. Verificacin de derechos de los usuarios . La verificacin de derechos de los usuarios es el procedimiento por medio del cual seidentifica la entidad responsable del pago de los servicios de salud que demanda el usuario y el derecho del mismo a ser cubierto por dichaentidad.
Para el efecto, el prestador de servicios de salud deber verificar la identificacin del usuario en la base de datos provista por los responsablesdel pago, la cual deber cumplir con lo previsto en el Pargrafo 1 del Artculo 44 de la Ley 1122 de 2007, a ms tardar el primer da hbil delmes de marzo de 2008. Dicha verificacin, podr hacerse a travs del documento de identidad o cualquier otro mecanismo tecnolgico quepermita demostrarla y slo podr exigirse adicionalmente el carn que demuestre la afiliacin cuando la entidad responsable del pago est
obligada a entregarlo y el usuario lo porte.
No podrn exigirse al usuario copias, fotocopias o autenticaciones de ningn documento.En el caso de afiliados al rgimen contributivo a los que se les haya realizado el descuento de la cotizacin, y el empleador no haya efectuadoel pago a la entidad promotora de salud del rgimen contributivo, el afiliado acreditar su derecho mediante la presentacin del comprobantedel descuento por parte del empleador, as como la fotocopia de ser necesaria.
Pargrafo 2. El Ministerio de la Proteccin Social establecer el procedimiento y formato para que los prestadores de servicios de saludinformen las posibles inconsistencias que detecten en las bases de datos, al momento de verificar los derechos de los usuarios que demandansus servicios, sin que su diligenciamiento y trmite afecte la prestacin y el pago de los servicios.
DATO VALORES PERMITIDOS COMO REGISTRAR VALIDACIONES
Tipo deidentificacin delusuario.Corresponde aldocumento de laRegistraduraNal con el cual
ValoresCC = Cdula ciudadanaCE = Cdula de extranjeraPA = PasaporteRC = Registro civilTI = Tarjeta de identidadAS = Adulto sin identificacin
Para los adultos, mayores de 18 aos de nacionalidadcolombiana, el documento con el cual se deben identificar eslacdula de ciudadana.Para los extranjeros que se encuentran de paso en el pas seidentifican con el pasaporte, y para los residentes o conpermiso de permanencia, es decir, no turisrtas, se debenidentificar conla cdula de extranjera.
Se valida estructura Se valida que el valor seleccionado est en
los valores permitidos: CC, CE, PA, RC, TI,AS, MS
Se valida que el tipo de documentocorresponda a la edad:- Si valor de la edad es 3: el tipo de
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DATO VALORES PERMITIDOS COMO REGISTRAR VALIDACIONESse identifican laspersonas ante elSistema, conexcepcin de laspersonas que nose hanregistrado.
MS = Menor sin identificacinLos nios entre 7 y 17 aos, deben identificarse con la tarjetade identidad.
Para nios menores de 7 aos, el tipo documento ser elregistro civil.
MS: Solo se debe utilizar para el Recin Nacido vivo sinidentificar (hasta los 30 das de nacido), y se registra:
Nmero de documento de la madre si existe o el nmero dedocumento del cabeza de familia y un consecutivo iniciandoen uno (1).
Si ya est registrado el documento ser el RC:
Segn el anexo tcnico de la Resolucin N 890 de 2007, seentiende como recin nacido SIN IDENTIFICAR al menornacido vivo con una edad menor o igual a treinta (30) das.
Segn el mismo anexo, el tipo de documento MS lo puedeutilizar el Rgimen Contributivo, el Rgimen Subsidiado, elRgimen de Excepcin, Medicina Pre pagada, Seguros deSalud y Planes Complementarios de Salud, para el afiliadomenor de edad recin nacido vivo SIN IDENTIFICAR con edadmenor o igual a 30 das, mientras se registra ante laRegistradura Nacional del Estado Civil.Si no tiene el documento (despus de haber verificado que enrealidad no ha sido registrado) el tipo ser: MS
El personal de la IPS debe insistir en la exigencia del registrocivil a todos los nios.
documento debe ser: RC o MS.- Si Edad > 17 aos, no puede ser RC, TI,
MS,- Si la unidad de medida de la edad es 2 o
3 el tipo de documento no puede serCC, TI, AS
- Si la unidad medida de la Edad es 3 eltipo de documento tiene que ser RC
- Si tipo documento es MS la edad debeestar entre 1 a 30 d as.
- Si tipo documento es AS la edad debeser mayor a 17 aos.
MS y AS en poblaciones especiales, el registro se debe ceiral lo contenido en el siguiente cuadro del anexo tcnico de laResolucin 890/2007: *
-
Nmero deidentificacin Un nico valor
El personal de admisin de pacientes de la IPS debe tener encuenta la siguiente tabla de longitudes mximas segn el tipode documento:
CC = 10
Se valida:
Que el tipo de documento corresponda a laedad.
Que la longitud sea menor o igual a lamxima permitida para cada tipo de
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DATO VALORES PERMITIDOS COMO REGISTRAR VALIDACIONESCE = 6PA = 16RC = 11TI = 11AS = 10MS = 12
documento.
Si es menor de 30 das y el tipo dedocumento es MS, se valida que la longituddel nmero sea de mximo 11 caracteresque debe corresponder a la cdula de lamam o el cabeza de familia mas el dgito deorden.
Si el tipo de documento es MS o AS, y elnio es mayor de 30 das, se valida que elcdigo tenga la estructura de: cdigodepartamento, cdigo municipio yconsecutivo.
Cdigo entidad Cdigo alfanumrico. Se debe registrar el cdigo de la Entidad administradora (opagadora de esa atencin), segn la tabla respectiva.
Obligatoria para los registros de poblacin delrgimen contributivo y subsidiado.
Se valida que la codificacin corresponda a laexpedida por la Superintendencia Nacionalde Salud.
Tipo de usuario Los valores de este dato quedanas:1: Contributivo2: Subsidiado3: Vinculado4: Particular5: Otro7: Desplazado con afiliacin al
Rgimen Contributivo8: Desplazado con afiliacin al
rgimen subsidiado9: Desplazado no asegurado(vinculado)
Otro: corresponde a usuarios delos Regmenes Especiales
(Fuerzas Armadas, Magisterio,ECOPETROL, Congreso de laRepblica) o a EntidadesObligadas a Compensar (EOC).
Esta tabla de valores ha sido ajustada para poder identificar lapoblacin desplazada, con y sin subsidios, y poder tenercontrol sobre la obligatoriedad de atenderlos prioritariamentepor el ente que corresponda (SLS con cargo a recursos deoferta y las ARS con cargo a la UPC del subsidio, o conrecursos de destinacin especfica que se entrega a loshospitales mediante convenio con el Ministerio).
La condicin de desplazado se acredita, inicialmente, con lacarta que expide Accin Social a la persona y su inclusin enel comprobador de derechos que expide mensualmente laSDS Direccin de Aseguramiento, con base en lainformacin entregada por la Red de Solidaridad.
Se valida que el valor seleccionado est dentrodel rango de la tabla: de 1 a 9
Primer apellidodel usuario
Dato de registro obligatorio. Debe registrarse el primer apellido del usuario cuando stetiene dos apellidos; o el nico que tenga; el apellido de solteraen las mujeres.
Se verifica que diga HIJO DE, cuando es menorde 30 das y el tipo de documento es MS.
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DATO VALORES PERMITIDOS COMO REGISTRAR VALIDACIONESCuando el registro corresponde a un nio menor de 30 dasque se identifica con el documento de la mam, en estecampo debe anotar: HIJO, O HIJA de .
Segundoapellido delusuario
Debe registrarse el segundo apellido cuando el usuario lotiene.En este campo NO DEBEincluirse las palabras HIJO DE
Se verifica que no lleve: HIJO DE
Primer nombredel usuario
Debe registrarse el primer nombre del usuario.
Segundo nombredel usuario
Debe registrarse el segundo nombre si lo tiene, con el DE,DEL, DE LAS, DE LOS, u otro (por ejemplo DE JESUS, DELCARMEN, DE LAS MERCEDES, etc)
Edad Un nico valor. Este dato se refiere a la edad del usuario en valores enteros,en el momento de la atencin
Se valida que est dentro de los siguientesrangos:Si la unidad de medida de la edad es 1:El rango va de 1 a 120Si Unidad medida de la Edad es 2, el rango va de1 a 11Si Unidad medida de la Edad es 3,el rango vade 1 a 29
Unidad demedida de laedad
1 = Aos2 = Meses3 = Das
Se registra marcando la opcin que corresponda a: aos,meses o das.
Se valida que el valor seleccionado en e l campoanterior est dentro de los valores permitidos.
Sexo M = MasculinoF = Femenino
Se registra marcando la opcin que corresponda Se valida que est dentro del rango de valorespermitidos.
Cdigo deldepartamento deresidenciahabitual
Un nico valor Se entiende por residencia habitual, el lugar donde la personalleva 6 mas meses viviendo de manera permanente.Se registra el cdigo correspondiente al departamento en latabla DIVIPOLA.
Se valida que est dentro del rango de valorespermitido (tabla de referencia DIVIPOLA).
Cdigo delmunicipio deresidenciahabitual
Un nico valor Igual consideracin que para el departamento. Se valida que est dentro del rango de valorespermitido (tabla de referencia DIVIPOLA)..
Zona deresidenciahabitual
U = UrbanaR = Rural
Debe registrarse si la persona reside en zona rural o urbana. Se valida que est dentro del rango de valorespermitidos.
Tabla para la identificacin de po blacin especial sin documento de identidad de la Registradura General de la Nacin, segn el Anexo Tcnico dela Resolucin N 812 de 2007
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CONDICINTIPO
DOCUMENTO
LongitudMxima del
datoCOMPOSICIN DEL NMERO DE IDENTIFICACIN
Personas de la tercera edad en proteccin de
ancianatos. AS 10
Cdigo departamento+ cdigo municipio + S+ consecutivo por afiliado
(Alfanumrico). Ej: 08001S8125
Comunidad Indgena que no este identificadapor la Registradura Nacional del Estado Civil
AS10 Cdigo departamento+ cdigo municipio + I+ consecutivo por afiliado
(Alfanumrico de 4). Ej: 76001I8125
Poblacin indigente adulta que no esteidentificada por la Registradura Nacional delEstado Civil.
AS 10Departamento + municipio +D+ consecutivo por afiliado (Alfanumrico de 4).Ej: 05001D0008
Poblacin infantil a cargo del ICBF. MS10 Departamento + municipio +A+ consecutivo por afiliado (Alfanumrico de 4).
Ej: 25001A0009
Comunidad indgena menor de edad noidentificada por la RNEC.
MS 10
Cdigo departamento+ cdigo municipio + I+ consecutivo por afiliado(Alfanumrico de 4). Ej: 080014I8125.NO APLICA PARA MENORES SIN IDENTIFICAR ENTRE CERO (0) YTREINTA (30) DAS DE NACIDOS.SOLO APLICA PARA REGIMEN SUBSIDIADO.
Poblacin indigente menor de edad que no estidentificada por la Registradura Nacional delEstado Civil
MS 10Departamento + municipio +D+ consecutivo por afiliado (4 dgitos). Ej:05001D0008
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DATOS DE LAS ATENCIONES
1. CONSULTA
DATO VALORES PERMITIDOS COMO REGISTRAR VALIDACIONESNmero de lafactura Unico valor: nmero de la factura.
Se registra el nmero de la factura segn las reglas establecidaspara el archivo de transaccin.
Se valida que el nmero de factura estcontenida en el archivo de transacciones.
Que cumpla las reglas de registro de lafactura: un solo nmero para contratos decapitacin.
Cdigo delprestador
Unico valor: cdigo del prestador. Igual regla de registro que en archivo de transaccin Igual validacin que en el archivo detransaccin.
Tipo deidentificacin
Igual regla que en registro de usuarios Igual validacin que en el archivo deusuarios.
Nmero de
identificacin
Igual regla que en registro de usuarios Igual validacin que en el archivo deusuarios.
Fecha de laconsulta
Se registra la fecha en que fue realizada la consulta.
Esto implica que el Hospital registre diariamente en el Sistema lasconsultas realizadas, pues si el software coloca como fecha derealizacin la del da en que se ingresa el dato, no permite registroscon fecha anterior o posterior.
Se valida que se use el formato estndarde fecha.
Nmero deautorizacin
Solo se registra si el hospital ha requerido autorizacin para realizardeterminadas atenciones y el pagador le ha asignado un nmero deautorizacin. Revisar Decreto 4747
No es un dato obligatorio. No se valida
Cdigo de laconsulta Un nico valor posible de esa
variable: el cdigo
Este dato corresponde al cdigo de la consulta, segn disciplina(medicina, odontologa, enfermera, nutricin, sicologa, optometra,etc).
Especifica si es de primera vez, o de control y si es general oespecializada, cuando aplica.
Los cdigos que deben usarse son los siguientes:
Consulta mdica electiva:
Cuando la consulta es solicitada por un usuario que acude almdico porque se siente enfermo, presenta alguna sintomatologa o
Que exista en la tabla de procedimientosen salud: CUPS
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DATO VALORES PERMITIDOS COMO REGISTRAR VALIDACIONESdisfuncionalidad, pero no la percibe como riesgo de agravamiento omuerte se considera que es una consulta electiva, de tipo resolutivo(quiere decir para resolver un problema de salud, un cuadromrbido o una patologa o sndrome).
Cuando al usuario se le hace una consulta para valoracin ydeteccin temprana de alteraciones o enfermedades delcrecimiento y desarrollo, del embarazo, de patologas como el VIH,ya sea por demanda espontnea (cuando dice que solicita que lehagan un chequeo general, o de su cavidad bucal) o dentro de unaactividad de tamizaje a usuarios con perfil de riesgo, o cuando sehace una actividad de promocin de la salud mediante educacin,por demanda del usuario o dentro de un programa del cual esreferido, se considera una Consulta de P y P, de tipo electivo, esdecir, programable.
Los cdigos de las consultas no permiten la diferenciacin entreresolutivo y P y P, por lo cual debe complementarse con la variablede finalidad.
Los cdigos de consulta electiva de primera vez son lossiguientes:
- Consulta de Medicina General electiva: 89.02.01- Consulta de Medicina Especializada electiva: 89.02.02
Cuando el paciente es atendido para hacer un control desu estado de salud, despus de haber seguido untratamiento, o para confirmar o descartar el diagnsticocon los resultados de ayudas diagnsticas realizadas, seconsidera una consulta de control, y se usan los siguientescdigos:
- Consulta de Medicina General de control: 89.03.01- Consulta de Medicina Especializada de control: 89.03.02
Consulta Mdica de urgencias:
La que se presta en los servicios de urgencias:
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DATO VALORES PERMITIDOS COMO REGISTRAR VALIDACIONES- Consulta de urgencia por medicina general:
89.07.01- Consulta de urgencia por medicina especializada
89.07.02
Consulta Mdica domiciliaria o al sitio de trabajoEs la consulta que se realiza en el domicilio del usuario, como partede programas de cuidado domiciliario, o en el sitio de trabajo comoparte de las acciones de prevencin de riesgos ocupacionales, o detamizaje por parte de la EPS.
- Consulta por medicina general: 89.01.01- Consulta por medicina especializada: 89.01.02
Consulta odontolgica electiva:
Cuando la consulta es solicitada por un usuario que acude alodontlogo porque presenta alguna sintomatologa de salud oral,incluyendo el dolor y la disfuncionalidad (por ejemplo, se muerde la
lengua), pero el dolor no es tan grave como para una consulta deurgencias, se considera que es una consulta electiva:
- Consulta odontolgica general de primera vez: 89.02.03- Consulta odontolgica especializada de primera vez:
89.02.04
Las consultas de control en odontologa se realizan cuando untratamiento ha sido terminado, para evaluar la funcionalidad y larespuesta del tratamiento a la problemtica general. Se codificanas:
- Consulta odontolgica especializada de control: 89.03.04- Consulta odontolgica general de control: 89.03.03
Consulta odontolgica de urgencias:
El usuario solicita atencin en un servicio de urgencias, o en laconsulta ambulatoria que destina franjas horarias o profesionales aeste tipo de atencin. El motivo mas frecuente es el dolor, perotambin puede ser por accidentes y traumas que requieran unaatencin inmediata. Para estos casos los cdigos a utilizarse son:
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DATO VALORES PERMITIDOS COMO REGISTRAR VALIDACIONES
- 89.07.03: Consulta de odontologa general:- 89.07.04: Consulta de odontologa especializada:
Consulta de enfermera: de P y P
Las consultas que realizan los profesionales de Enfermera son deP y P, y los cdigos que deben utilizarse son:
- Consulta de primera vez por enfermera: 890205- Consulta de control o seguimiento por enfermera: 890305- Atencin (visita) domiciliaria por enfermera: 890105
Consultas por otros profesionales:
Las consultas por otros profesionales se realizan cuando serequiere una valoracin general del usuario desde el punto de vistade la disciplina y su rol en el equipo de salud, para iniciar un
tratamiento. Estas consultas se consideran de primera vez.
De primera vez:
- Trabajo Social: 890209- Foniatra y fonoaudiologa: 890210- Fisioterapia: 890211- Terapia respiratoria : 890212- Terapia ocupacional: 89.02.13- Sicologa: 890208- Optometra: 890207- Nutricin y diettica: 890206
Si el profesional realiza intervenciones propias de su disciplina y
despus de stas debe valorar el avance o la evolucin, seconsidera una consulta de control.
Consulta de control:
- 890309: Trabajo Social:- 890310: Foniatra y fonoaudiologa- 890311: Fisioterapia:- 890312: Terapia respiratoria :
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DATO VALORES PERMITIDOS COMO REGISTRAR VALIDACIONES- 890313: Terapia ocupacional:- 890308: Sicologa:- 890307: Optometra:- 890306: Nutricin y diettica:
Interconsultas
Las interconsultas son consultas mediante las cuales un mdicogeneral o especialista u otro profesional de salud, a solicitud delmdico tratante (general o especialista), emite opinin diagnstica oteraputica, sin asumir la responsabilidad directa en el manejo delusuario, tanto en el mbito ambulatorio como intrahospitalario.
Los cdigos correspondientes a las interconsultas son:
Del 89.04.02 al 89.04.13
Junta mdica
La junta mdica es una consulta que se realiza a un usuario porvarios mdicos generales o especialistassimultneamente, con elfin de decidir una conducta de manejo y tratamiento.
Independientemente de cuantos profesionales participen y de laforma como se pague por cada profesional, se registra una solaconsulta.
Los cdigos para la Junta Mdica son:
89.05.01: Participacin en Junta mdica, por medicina general,cuando la Junta Mdica sea de mdicos generales:
89.05.02: Participacin en Junta mdica por medicinaespecializada, cuando la Junta Mdica sea de mdicosespecialistas
89.05.03: Participacin en Junta mdica por otro profesional desalud, cuando en la Junta Mdica participen distintosprofesionales.
Consulta de Medicina alternativa
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DATO VALORES PERMITIDOS COMO REGISTRAR VALIDACIONES
890214: De primera vez:890314: De control:
Salud mental:
La primera consulta de valoracin, diagnstico y definicin del plande tratamiento, se codifica como una consulta global o de primeravez, y los cdigos son:
89.02.02: Consulta de primera vez por medicina especializada89.02.08: Consulta de primera vez por sicologa
Las consultas de control o seguimiento a la evolucin ycumplimiento de tratamiento, se codifican con:
89.03.02: Consulta de control o seguimiento por medicinaespecializada:
89.03.08: Consulta de control o seguimiento por sicologa:
Las dems atenciones en salud mental se registran comoprocedimientos, con los cdigos:
Del 94.01.00 al 94.14.00 con finalidad diagnstica,De la 94.26.00 a la 94.49.15 con finalidad teraputica.
Nota: Odontologa: cuando el odontlogo realiza una consulta confines de deteccin temprana de patologa oral, sta se considera deP y P, pero no se puede diferenciar a posteriori porque no existeuna finalidad referida a sta.
Finalidad de laconsulta
01 = Atencin del parto(puerperio)
02 = Atencin del recin nacido03 = Atencin en planificacinfamiliar
04 = Deteccin de alteracionesDe crecimiento y desarrolloDel menor de diez aos
05 = Deteccin de alteracin deldesarrollo joven
06 = Deteccin de alteraciones del
La consulta puede ser realizada al usuario con fines de resolucinde problemas de salud (diagnstico y teraputico) o de Promocin
de la salud y Prevencin de la enfermedad (de deteccin tempranao proteccin especfica).
Los valores del 01 al 09 corresponden a una finalidad dePROMOCIN Y PREVENCIN.
La finalidad 10corresponde a una finalidad RESOLUTIVA, es decircuando el paciente acude al mdico porque se siente enfermo,presenta alguna sintomatologa o ha sido vctima de un evento de
1. Que la finalidad exista en la tabla definalidad.
2. Referencia cruzada: si la finalidad esten el rango de 1 a 9, el diagnsticoprincipal debe ser un cdigo Z y el primerdiagnstico relacionado puede ser uncdigo correspondiente a una patologa oun signo o sntoma.3. Si la finalidad es 10 el diagnstico nopuede tener con cdigo Z .
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DATO VALORES PERMITIDOS COMO REGISTRAR VALIDACIONESembarazo
07 = Deteccin de alteraciones deladulto
08 = Deteccin de alteraciones deagudeza visual
09 = Deteccin de enfermedadprofesional
10 = No aplica
causa externa, tales como accidentes, maltrato, agresin, violencia.
Nmero deautorizacin
Un nico valor de la variable: unnmero
Este dato solo se registra si el prestador ha convenido con laentidad administradora (pagadora) la prestacin de ciertasatenciones previa autorizacin y en ste caso la entidadadministradora debe asignar un nmero a la autorizacin.
Solo tiene utilidad frente al reconocimientodel pago.No se valida.
Cdigo deldiagnsticoprincipal
Un nico valor del diagnstico: elcdigo de cuatro dgitos.
La afeccin principal se define como la afeccin diagnosticada alfinal del proceso de atencin de la salud o de la consulta, como lacausante primaria de la solicitud de atencin del paciente.
Si no se hace ningn diagnstico, se selecciona el sntoma
principal, hallazgo anormal o problema ms importante, comoafeccin principal (CIE 10 Vol 2)* Consultar reglas de codificacin dispuestas en los distintos medios
Si la consulta es de P y P (finalidad 1 al 9)lleva un cdigo Z , si es resolutiva(finalidad 10) no puede llevar un cdigoZ .
Cdigo deldiagnsticorelacionadoNo. 1
Un nico valor del diagnstico: elcdigo de cuatro dgitos.
Otras afecciones o problemas relacionados con la afeccinprincipal, es decir, coexistieron durante el manejo de la afeccinprincipal, y/o que fueron atendidos durante el episodio de atencinde la salud.
Se verifica que exista en la tabla de CIE 10
Cdigo deldiagnsticorelacionadoNo. 2
Un nico valor del diagnstico: elcdigo de cuatro dgitos.
Igual especificacin que en el anterior, cuando se requiera. Valida que la relacin con el diagnsticoprincipal y el primer relacionado sea lgica.
Cdigo del
diagnsticorelacionadoNo. 3
Un nico valor del diagnstico: el
cdigo de cuatro dgitos.
Igual especificacin que en el anterior, cuando se requiera. Valida que la relacin con el diagnstico
principal, el primer relacionado y elsegundo relacionado sea lgica.
Tipo dediagnsticoprincipal
Un nico valor del diagnstico: elcdigo de cuatro dgitos.
Si el diagnstico corresponde a cdigos que empiezan por: A, B, C,D, E, F, G, H, I, J, K, L, M, N, O, P, Q, S y T, el tipo de diagnsticodebe ser:
CONFIRMADO, ya sea nuevo o repetido
Se valida que el tipo de diagnsticocorresponda a los valores permitidos en latabla de Tipo de Diagnstico.
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DATO VALORES PERMITIDOS COMO REGISTRAR VALIDACIONESNuevo (valor 2 ) si es la primera vez que se hace el DX a esepaciente, no solo por el mdico que lo atiende en esa consulta sinopor otros mdicos en otro momento e IPS.Repetido (valor 3), cuando el paciente ya est siendo tratado porese diagnstico.
Si el diagnstico corresponde al cdigo R el tipo debe ser: 1, esdecir IMPRESIN DIAGNSTICA.
Valor de laconsulta
Un nico valor del dato: un nmerode mximo 15 caracteres.
Este dato corresponde al valor que el prestador cobrar al pagadorpor esa consulta, cuando sta se paga por evento.
Si las consultas se realizan como parte de un paquete de servicios,cualquiera sea ste (capitacin, pago fijo por actividad final, DRG,atencin integral por patologa o condicin del paciente), sta notiene valor unitario, por cuanto el valor corresponde al paquete.
Se debe registrar en este campo 0 (cero).
No se valida
Valor de la cuotamoderadora
Un nico valor del dato: un nmerode mximo 15 caracteres.
Corresponde al pago que debe hacer el usuario del servicio, comocuota de recuperacin, cuota moderadora o copago. En los dosltimos casos el prestador acta como recaudador de ingresos aterceros, pues estos dineros corresponden al pagador.Se debe registrar el valor pagado por el usuario.
No se valida
Valor neto apagar
Un nico valor del dato: un nmerode mximo 15 caracteres.
Este dato corresponde al valor neto que el prestador cobrar alpagador, de acuerdo con los precios pactados. Se registra slocuando el pago se hace por evento; Si las consultas se realizancomo parte de un paquete de servicios, cualquiera sea ste(capitacin, pago fijo por actividad final, DRG, atencin integral porpatologa o condicin del paciente), la consulta no tiene valorunitario, por cuanto el valor corresponde al paquete.Se debe registrar en este campo 0 (cero).
No se valida
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2. PROCEDIMIENTOS
Decreto 4747 de 2007: Artculo 19. Clasificacin nica de Procedimientos en Salud - CUPS. Para la codificacin de procedimientos se utilizar
la Clasificacin nica de Procedimientos en Salud - CUPS, la cual ser de obligatoria aplicacin en todo el territorio nacional en todos losprocesos del sector que impliquen identificacin y denominacin de los procedimientos en salud.
DATO VALORES PERMITIDOS COMO REGISTRAR VALIDACIONESNmero de la factura Un valor nico Igual regla que para consulta Igual validacin que para la consulta.Cdigo del prestador deservicios de salud
Un valor nico Igual regla que para consulta Igual validacin que para la consulta.
Tipo de identificacin delusuario
Un valor nico Igual regla que para consulta Igual validacin que para la consulta.
Nmero de identificacindel usuario en el Sistema
Un valor nico Igual regla que para consulta Igual validacin que para la consulta.
Fecha del procedimiento Un valor nico Igual regla que para consulta Igual validacin que para la consulta.
Nmero de autorizacin Un valor nico Igual regla que para consulta Igual validacin que para la consulta.Cdigo del procedimiento Un valor nico En este campo se registra el cdigo del procedimiento,segn corresponda en la Clasificacin Unica deProcedimientos en Salud (CUPS).El prestador debe codificar primariamente con CUPS, ycuando requiera facturar los eventos a tarifas SOAT harla conversin a este codificador.
Verifica que exista en la tabla deprocedimientos: CUPS
mbito de realizacin delprocedimiento
1 = ambulatorio2 = hospitalario3 = En urgencias
En este campo se registra en qu mbito se realiza elprocedimiento, es decir, en qu tipo de servicio estsiendo atendido el usuario. Si su atencin es de consultaexterna los procedimientos que se le realicen durantesta atencin sern: mbito 1: AMBULATORIO.
Y si el paciente se encuentra hospitalizado, losprocedimientos que se hagan en ste perodo sern dembito: 2: HOSPITALARIO
Si el paciente est siendo atendido en el servicio deurgencias, ya sea en consulta o en observacin, elmbito del procedimiento que le realicen durante staatencin es: 3: URGENCIAS.
Verifica que el valor seleccionado estdentro del rango de valores de esavariable.
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Finalidad delprocedimiento
1 = Diagnstico2 = Teraputico3 = Proteccin especfica4 = Deteccin temprana de
Enfermedad general5 = Deteccin temprana de
Enfermedad profesional
Los procedimientos tienen la finalidad diagnsticacuando se realizan para establecer (confirmar odescartar) un diagnstico presuntivo; o an si no existiereun diagnstico presuntivo, se realizan para establecer lascondiciones del paciente en relacin con lasintomatologa, la causa o motivo de la solicitud de
atencin y la anamnesis.
Los procedimientos tienen la finalidad teraputica,cuando se realizan para tratar el problema de salud porel cual consult el paciente, tanto en la consulta externacomo en la urgencia o la hospitalizacin.
Los procedimientos tienen una finalidad de proteccinespecfica cuando se realizan para evitar una condicinde salud especfica (embarazo) o una enfermedad(inmunoprevenible) mediante la aplicacin de undispositivo o una vacuna.
Los procedimientos se realizan con una finalidad de
deteccin temprana, cuando se busca identificar valoresde los indicadores vitales que indiquen un riesgo dedesarrollar una enfermedad.
Verifica que el valor seleccionado estdentro del rango de valores de esavariable.
Personal que atiende 1 = Mdico (a) especialista2 = Mdico (a) general3 = Enfermera (o)4 = Auxil iar de enfermera5 = Otro
Solo debe registrarse para el procedimiento: Atencindel parto .
Verifica que el valor seleccionado estdentro del rango de valores de esavariable, cuando el procedimiento es:atencin del parto.
Diagnstico principal Un nico valor Solo se diligencia cuando se trata de procedimientosquirrgicos.Se codifica segn Reglas de Codificacin de la CIE 10
Verifica que el campo est lleno cuando elprocedimiento se encuentre en la tabla de
Diagnstico relacionado Un nico valor Se diligencia cuando se trata de procedimientosquirrgicos, y solo cuando en la ciruga se encuentra una
condicin adicional a la inicialmente identificada, segnReglas de Codificacin.
Que el diagnstico est en la tabla dereferencia de los diagnsticos y que pase
la validacin de pertinencia para edad ysexo.
Complicacin Un nico valor Se registra segn reglas de codificacin con CIE 10,cuando surja una complicacin directamente relacionadacon el procedimiento (el acto quirrgico, la administracinde la anestesia, la aplicacin de sangre, lquidos, prtesisu otros).
Que el diagnstico est en la tabla dereferencia de los diagnsticos y que pasela validacin de pertinencia para edad ysexo.
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Forma de realizacin delacto quirrgico
La IPS lo registra cuando las atenciones son contratadaspor evento y se convienen las reglas de liquidacinsegn el nmero de procedimientos quirrgicosrealizados en una misma intervencin.
No se valida
Valor del procedimiento Este dato corresponde al valor que el prestador cobraral pagador por ese procedimiento, cuando ste se paga
por evento.Si las consultas se realizan como parte de un paquete deservicios, cualquiera sea ste (capitacin, pago fijo poractividad final, DRG, atencin integral por patologa ocondicin del paciente), sta no tiene valor unitario, porcuanto el valor corresponde al paquete.Se debe registrar en este campo 0 (cero).
No se valida
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3. URGENCIA CON OBSERVACIN
DATO VALORES PERMITIDOS COMO REGISTRAR VALIDACIONES
N de la factura Un valor nico Igual regla que para consulta Igual validacin que para la consulta.Cdigo del prestador Un valor nico Igual regla que para consulta Igual validacin que para la consulta.Tipo de identificacin delusuario
Un valor nico Igual regla que para consulta Igual validacin que para la consulta.
Nmero de identificacin Un valor nico Igual regla que para consulta Igual validacin que para la consulta.Fecha de ingreso Un valor nico Debe registrarse la fecha en que el usuario
pasa a la unidad de observacin, con elformato estndar de fecha.Formato = dd/mm/aaaa
Debe ser anterior o igual que la fecha desalida o egreso de urgencias
Hora de ingreso Un valor nico Debe registrarse la hora en que el usuariopasa a la unidad de observacin, con elformato estndar de hora militar.Formato = hh:mm (hora militar)
Si Fecha Ingreso = Fecha Salida => Horade Ingreso debe ser anterior a Hora deSalida
Nmero de autorizacin Un valor nico Solo deben registrar este dato si lo necesitanpara soportar el pago de la atencin.
No se valida
Causa externa 01 = Accidente de trabajo02 = Accidente de trnsito03 = Accidente rbico04 = Accidente ofdico05 = Otro tipo de accidente06 = Evento catastrfico07 = Lesin por agresin08 = Lesin auto infligida09 = Sospecha de maltrato fsico10 = Sospecha de abuso sexual
11 = Sospecha de violencia sexual12 = Sospecha de maltrato emocional13 = Enfermedad general14 = Enfermedad profesional15 = Otra
Del 1 al 12 son las causas externas que masinteresan para la vigilancia de la salud pblica.Si hubieren otras causas externas nocontempladas en estas 12, deben seleccionarel valor: 15 otra; y si se requiere una mayorprecisin en la causa que origin la atencinpueden hacerlo en el campo de diagnsticorelacionado, con los diagnsticos de loscaptulo XX, letras V a la Y.
Si algn diagnstico empieza con S, T =>no se acepta Causa Externa = 13 15
Diagnstico a la salida Un valor nico: cdigo alfanumrico Debe registrarse el diagnstico que justific laestada en observacin, sea ste undiagnstico de una patologa o unosintomtico. En ste campo no debe ir un Dx
Se valida que el cdigo est en la tablaCIE 10
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de causa externa.
Diagnstico relacionado 1a la salida
Un valor nico: cdigo alfanumrico Debe registrarse el diagnstico relacionado (silo hay) ms prximo al principal, o la causaexterna si existe.
Ej: Dx de salida: fractura de los huesos de lanarz.Dx relacionado 1: Luxacin del maxilarDx relacionado 2: V23 Motociclista lesionadopor colisin con vehculo de transportepesado o autobs.
Iguales validaciones que para Dx a lasalida.
Diagnstico relacionado 2a la salida
Un valor nico: cdigo alfanumrico Puede corresponder a: 1) un segundodiagnstico relacionado con el principal o desalida, o 2) a la causa externa como semuestra en el anterior ejemplo.
Iguales validaciones que para Dx a lasalida
Diagnstico relacionado 3a la salida
Un valor nico: cdigo alfanumrico Puede corresponder a: 1) un tercerdiagnstico relacionado con el principal o de
salida, o 2) a la causa externa
Iguales validaciones que para Dx a lasalida.
Destino del usuario a lasalida 1 = Alta de urgencias
2 = Remisin a otro nivel de complejidad3 = Hospitalizacin
Debe seleccionarse uno de los posiblesvalores de sta variable.
Si el destino es hospitalizacin, deberaparecer un registro de hospitalizacin enla misma fecha o del da siguiente.Si Estado = 2 => el usuario no debeaparecer en AC de urgencias con fechaposterior Si Estado = 2 => el usuario nodebe aparecer en AP con fecha posterior ala fecha de salida.
Estado a la salida 1 = Vivo (a)2 = Muerto (a)
Sealar si el paciente sale vivo de laobservacin, o muerto. Si su condicin a lasalida es sta ltima, el siguiente campo no
puede ir en blanco.
Que el valor est en el rango permitido
Causa bsica de muerte Un valor nico: cdigo alfanumrico La causa bsica de muerte, segn laClasificacin Internacional, es la causaprimaria que origina la secuencia de hechosque terminaron en la muerte, ya sea unacausa externa o una enfermedad.
Obligatorio si el estado a la salida es =2
Fecha de la salida Un valor nico: formato fecha: dd/mm/aaaa Es la fecha en que el paciente termina suestancia en observacin, sin importar el
Debe estar incluida dentro del perodo delarchivo AF
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nmero de horas o das que permanezca eneste servicio y su destino inmediato. Si elpaciente permanece ms de 6 horas enurgencias y la EPS exige al hospital lahospitalizacin pero no hay camasdisponibles, no se puede reportar como
hospitalizacin.
Hora de la salida Un valor nico: formato fecha: dd/mm/aaaa Es la hora en que el paciente dejaefectivamente el servicio de urgencias.
Se valida que la fecha no sea inferior a lafecha de ingreso.
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4. HOSPITALIZACIN
DATOS VALORES PERMITIDOS C MO REGISTRAR VALIDACIONESN de la factura Nmero de la factura Se registra el nmero de la factura segn las
reglas establecidas para el archivo detransaccin.
Cdigo del prestador Cdigo del prestador de servicios de salud. Igual regla de registro que en archivo detransaccin
Tipo de documento deidentificacin
Tipo de identificacin Igual regla que en registro de usuarios
Nmero de identificacin Nmero de identificacin del usuario en elSistema
Igual regla que en registro de usuarios
Va de ingreso a lainstitucin
1 = Urgencias2 = Consulta externa programada3 = Remitido4 = Nacido en la institucin
Las opciones 1,2 y 4 se refieren a la mismainstitucin, es decir, si fue atendido enurgencias o consulta programada o si naci enese hospital.
Remitido se refiere a que el paciente provienede otro servicio en otra institucin que nopuede ofrecerle los servicios que su condicinrequiere, y por tanto se remite. Esta remisinest determinada por las condicionesconvenidas con el pagador, por lo generalrequiere autorizacin previa.
Si Va = 1 => El usuario debe aparecer enAUSi Va = 1 y no aparece en AU => Elusuario debe aparecer en AC con consultade urgencias
Si Va = 2 => El usuario debe aparecer enACSi Va = 4 => debe aparecer lahospitalizacin y el procedimiento parto, dela mam.
Fecha de ingreso a lainstitucin
Un valor nico: formato fecha: dd/mm/aaaa Se registra la fecha (da, mes y ao) en que elpaciente ha sido ingresado al servicio dehospitalizacin.
Si el paciente se encuentra en urgencias ylleva 6 horas o ms pero el hospital no cuentacon camas disponibles para su hospitalizacin,se debe seguir registrando como atencin deurgencias y no como hospitalizacin.
Se valida estructura
Nmero de autorizacin Un valor nico Solo se registra si se ha solicitado y la EPS haautorizado mediante la asignacin de unnmero de autorizacin. Es importante paraefectos de la auditoria y el pago.
No se valida
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Causa externa 01 = Accidente de trabajo02 = Accidente de trnsito03 = Accidente rbico04 = Accidente ofdico05 = Otro tipo de accidente06 = Evento catastrfico
07 = Lesin por agresin08 = Lesin auto infligida09 = Sospecha de maltrato fsico10 = Sospecha de abuso sexual11 = Sospecha de violencia sexual12 = Sospecha de maltrato emocional13 = Enfermedad general14 = Enfermedad profesional15 = Otra
Del 1 al 12 son las causas externas que msinteresan para la vigilancia de la salud pblica.
Si hubieren otras causas externas nocontempladas en estas 12, deben seleccionarel valor: 15 otra; y si se requiere una mayor
precisin en la causa que origin la atencinpueden hacerlo en el campo de diagnsticorelacionado, con los diagnsticos de loscaptulo XX, letras V a la Y.
Los valores 13 y 14 corresponden a lascausas de demanda de enfermedad general oprofesional.
Si algn diagnstico empieza con S, T =>no se acepta Causa Externa = 13 15
Diagnstico principal deingreso
Un valor nico: cdigo alfanumrico Puede ser un diagnstico presuntivo.No puede ser un cdigo Z
Diagnstico principal deegreso
Un valor nico: cdigo alfanumrico El diagnstico principal de egreso debe ser undiagnstico confirmado en la mayora de los
casos. Solo habr algunos casos en que no sepudo confirmar.Diagnstico relacionado 1de egreso
Un valor nico: cdigo alfanumrico Los diagnsticos relacionados son todosaquellos que hacen parte del estado de saludque justific la estada en el hospital.
Diagnstico relacionado 2de egreso
Un valor nico: cdigo alfanumrico Los diagnsticos relacionados son todosaquellos que hacen parte del estado de saludque justific la estada en el hospital.
Diagnstico relacionado 3de egreso.
Un valor nico: cdigo alfanumrico Los diagnsticos relacionados son todosaquellos que hacen parte del estado de saludque justific la estada en el hospital.
Diagnstico decomplicacin
Un valor nico: cdigo alfanumrico Se diligencia si hubo una complicacin.
Estado a la salida 1 = Vivo (a)
2 = Muerto (a)
Sealar si el paciente sale vivo de la
hospitalizacin o muerto. Si su condicin a lasalida es sta ltima, el siguiente campo nopuede ir en blanco.
Diagnstico de la causabsica de muerte
Un valor nico: cdigo alfanumrico Registrar la causa bsica de muerte segn lasreglas de la CIE 10.
Fecha de egreso Un valor nico: formato fecha: dd/mm/aaaa Es la fecha en que el paciente deja el serviciode urgencias.
Hora de egreso Un valor nico: formato fecha: dd/mm/aaaa Es la hora en que el paciente dejaefectivamente el servicio de hospitalizacin.
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5. DATOS DEL RECIEN NACIDO
DATO VALORES PERMITIDOS COMO REGISTRAR VALIDACIONES
Cdigo de la entidadadministradora del plan debeneficios
Un valor nico: cdigo alfanumrico Que el cdigo se encuentre en la tabla decdigos de las administradoras de serviciosde salud
Cdigo del prestador deservicios de salud
Un valor nico: cdigo numrico
Nmero de la factura Un valor nico: cdigo alfanumricoTipo de identificacin de lamadre
CC = Cdula ciudadanaCE = Cdula de extranjeraPA = PasaporteRC = Registro civilTI = Tarjeta de identidadAS = Adulto sin identificacinMS = Menor sin identificacin
La madre ha sido registrada con un documentode identificacin al ingreso a la atencin departo y a la hospitalizacin. Ese mismo tipo dedocumento se debe colocar en este campopara poder hacer trazabilidad cuando serequiera.
Se valida estructuraSe valida que el valor seleccionado est enlos valores permitidos: CC, CE, PA, RC, TI,
AS, MS- Se valida que el tipo de documento
corresponda a la edad
Nmero de identificacin dela madre en el Sistema
Un valor nico Corresponde al nmero del documento deidentificacin del usuario o el que le asigne laentidad administradora del plan de beneficios
Se valida igual que en usuarios
Fecha de nacimiento Un valor nico Fecha de nacimiento del recin nacido Se valida que cumpla con la estructuraestndar: dd/mm/aaaa
Hora de nacimiento Un valor nico Es la hora del alumbramiento. Se valida que cumpla con la estructuraestndar: hh : mm, de hora militar.
Edad gestacional Un valor nico Nmero de semanas de gestacin de la madreal momento del parto
No se valida
Control prenatal 1 = Si2 = No
Identificador para determinar si la madre tuvocontrol prenatal
Que el valor seleccionado est dentro delrango permitido.
Sexo Identificador del sexo del recin nacido 1 = Masculino
2 = FemeninoPeso Un valor nico Peso en gramos del recin nacido No se validaDiagnstico del recinnacido
Un valor nico Si el nio presenta alguna patologa, se debecolocar un Cdigo del diagnstico, segn laClasificacin Internacional de Enfermedadesvigente. Puede ser un Dx presuntivo
Causa bsica de muerte Si el RN fallece antes de las 24 horas denacido, y sin que se hubiera hospitalizado por
Debe ser igual a la registrada en el registrode defuncin.
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DATO VALORES PERMITIDOS COMO REGISTRAR VALIDACIONESalguna patologa, se debe colocar el Cdigo dela causa bsica de muerte, segn la CIE 10
Fecha de muerte Un valor nico Fecha de muerte del recin nacido Se valida que cumpla con la estructuraestndar: dd/mm/aaaa
Hora de muerte del recinnacido
Un valor nico Hora de muerte del recin nacido Se valida que cumpla con la estructuraestndar: hh : mm, de hora militar.