LIQUIDACION DE CONTRATO DE OBRA

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LIQUIDACION DE CONTRATO DE OBRA

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  • LIQUIDACION DE CONTRATOS DE OBRAS

    NORMAS QUE REGULAN LOS CONTRATOS DE OBRAS PUBLICAS DESDE EL AO 1980 A LA FECHA

    Decreto Supremo N 034-80-VC del 21.Oct.1980. Reglamento nico de Licitaciones y Contratos de Obras Pblicas (RULyCOP).Ley 26850 Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N 039-98-PCM, vigentes desde el 29.Set.1998.Decreto Supremo N 012-2001-PCM y Decreto Supremo N 013-2001-PCM, se aprob el Texto nico Ordenado de la Ley 26850 Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, respectivamente, vigentes desde el 15.Mar.2001.

  • LIQUIDACION DE CONTRATOS DE OBRAS

    NORMAS QUE REGULAN LOS CONTRATOS DE OBRAS PUBLICAS DESDE EL AO 1980 A LA FECHA

    Decreto Supremo N 083-2004-PCM, aprueba el Texto nico Ordenado de la Ley 26850 Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado el Decreto Supremo N 084-2004-PCM, aprueba su Reglamento, vigentes desde el 30.Nov.2004.

    Ley de Contrataciones del estado Decreto Legislativo N 1017 (04.06.08), y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N 184-2008, aprueba el Reglamento de la Ley N 1017 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. El Decreto Supremo N 184-2008, su vigencia es a partir del 01.Feb.2009.

  • LIQUIDACION DEL CONTRATO DE OBRADocumentos necesarios para elaborar la liquidacin del contrato de obra a suma alzada:Contrato de obra.Hoja del presupuesto del Contrato.Frmulas Polinmicas del expediente tcnico.Control valorable (record de pago de valorizaciones y adelantos) Resoluciones de Adicionales y Deductivos.Resoluciones de Ampliaciones de plazo.Calendario de avance de obra presentado por el Contratista a la firma del contrato.Calendario de avance de obra adecuado a la fecha del inicio oficial de la obra.Calendario de avance de obra vigente, incluyndose las ampliaciones obra aprobadas.Solicitud del Contratista del Adelanto Directo, documento de trmite del Adelanto y Comprobante de pago. Solicitud del Contratista del Adelanto de Materiales, incluyendo el detalle de los montos, documento de trmite del Adelanto otorgados por materiales y frmulas polinmicas correspondiente y Comprobante de pago.

  • LIQUIDACION DEL CONTRATO DE OBRADocumentos necesarios para elaborar la liquidacin del contrato de obra a suma alzada:

    Valorizaciones tramitadas (mensuales de obra, adicionales, mayores gastos generales, intereses, etc.) y los comprobantes de pago correspondientes.Acta de entrega de terreno.Copia de las anotaciones del cuaderno de obra donde se verifica: el inicio real de la obra, inicio oficial de la obra, solicitud de recepcin del Residente al haberse concluida la obra, conformidad del Supervisor del trmino de obra y la anotacin del Residente donde indica haber culminado el levantamiento de observaciones correspondiente.Resolucin de nombramiento del Comit de Recepcin de la Obra.Documento de la Entidad, mediante el cual comunica al Comit de Recepcin la fecha de recepcin de la Obra.Acta de Observaciones.Informe de levantamiento de observaciones.Acta de recepcin.

  • LIQUIDACION DEL CONTRATO DE OBRAMonto contractual autorizado

    Se obtiene como resultado de considerar los siguientes rubros:

    Monto del contrato.Adicional aprobados (si hay varios se detallan uno por uno).Deductivos aprobado (si hay varios se detallan uno por uno).Reajuste autorizado del Contrato principal.Reajuste autorizado del Adicional (si hay varios se detallan uno por uno).Mayores Gastos Generales (Si hay varios se detallan uno por uno).Intereses por demora en pago de valorizaciones.Resarcimiento de daos y perjuicios (por demora de la Entidad en el plazo establecido en el Artculo 184 del Reglamento Actual y el 240 del Reglamento Anterior.

    Para adicionales tener presente la Resolucin de Contralora General de la Repblica N 090-96-CG del 28.May.1996.

  • LIQUIDACION DEL CONTRATO DE OBRAReajuste del contrato principal

    En el Actual Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado Base legal para el clculo de los reajustes: el Artculo 198 , YA NO SE HACE REFERENCIA al Decreto Supremo N 011-79-VC, publicado el 03.Mar.1979 y sus modificatorias, ampliatorias y complementarias. En el anterior Reglamento se hacia referencia de su vigencia y se menciona en dicho Reglamento en el Artculo 256 del anterior.

    Determinacin del inicio de la obra: Se tiene que tomar en cuenta lo estipulado en el Artculo 184 del Reglamento Actual y, el Artculo 240 del Reglamento anterior, en el cual se establece 5 condiciones:

  • LIQUIDACION DEL CONTRATO DE OBRAReajuste del contrato principal

    Que se designe al Inspector o Supervisor;Que la Entidad haya hecho entrega del expediente tcnico de obra completo;Que la Entidad haya hecho la entrega del terreno o lugar donde se ejecutar la obra;Que la Entidad Provea el Calendario de entrega de los materiales e insumos que , de acuerdo con las Bases, hubiera asumido como obligacin. Que la Entregue el Calendario de Entrega de Materiales e Insumos necesarios, cuando en las Bases se hubieran establecido tal responsabilidad por parte de la Entidad; y,

    Que se haya entregado el adelanto directo al Contratista, en la oportunidad establecida en el Artculo 187 ( Hecho que deber cumplirse por la Entidad dentro del plazo de 7 das de haber recibido la garanta correspondiente).

    Que se haya entregado el adelanto directo al Contratista, de haber sido solicitado por ste, hecho que deber cumplirse por la Entidad dentro del plazo de 7 das de haber recibido la garanta correspondiente.

    Estas condiciones se debern cumplirse dentro de los 15 das contados a partir del da siguiente de la suscripcin del contrato.

  • LIQUIDACION DEL CONTRATO DE OBRAReajuste del contrato principal

    Con la determinacin del inicio de la obra y teniendo en cuenta el calendario de avance de obra presentado por el Contratista a la firma del Contrato, se debe elaborar el calendario de avance de obras fechado al inicio oficial de la obra. Generalmente existe en el legajo de la obra el calendario de avance de obra fechado, firmado por el Residente y el Supervisor, sin embargo el liquidador debe verificar su correcta elaboracin. De haberse otorgado ampliaciones de plazos, stos deben estar incluidos en el calendario de avance de obra fechado. Clculo los coeficientes de reajuste K, utilizando los Indices Unificados de Precios que corresponden. En caso de obtenerse coeficientes menores a uno, se considerarn reajustes negativos.

  • LIQUIDACION DEL CONTRATO DE OBRAReajuste del contrato principal

    Clculo de la deduccin del reajuste que no corresponde por adelantos otorgados:Correspondiente al adelanto directo: En concordancia con la Resolucin N 595-86-VC-1400 del 31.Dic.1986.D = V*A / C (K/Ka 1)

    D= Deduccin de reintegro que no corresponde por Adelanto Directo.V= Valorizacin del mes.A= Monto del Adelanto.C= Monto del Contrato.K= Reajuste del mes de la Valorizacin.Ka= Reajuste de la Entrega del Adelanto.

  • LIQUIDACION DEL CONTRATO DE OBRAReajuste del contrato principal

    Correspondiente al adelanto para materiales: En concordancia con el Decreto Supremo N 011-79-VC publicado el 03.Mar.1979.

    D = U (Imr Ima) Imo

    U = V x Coef incidencia x %

    D = Deduccin de reintegro que no corresponde por adelanto de materiales.Imr = ndice Unificado a la fecha de reajuste.Ima = ndice Unificado a la fecha del adelanto.Imo = ndice Unificado a la fecha Base.

  • LIQUIDACION DEL CONTRATO DE OBRAReajuste del contrato principal

    Anlisis comparativo entre el reajuste programado y el reajuste real: Para determinar el reajuste autorizado, se debe realizar un anlisis comparativo entre el reajuste acumulado programado y el reajuste acumulado real. En concordancia con el Decreto Supremo N 011-79-VC, en ningn caso se pagarn reajustes mayores a los programados. Luego de determinado el reajuste autorizado, se resta las deducciones por los adelantos otorgados, obtenindose de esta manera el reajuste del contrato principal.

  • LIQUIDACION DEL CONTRATO DE OBRAMayores gastos generales

    La normativa vigente establece la manera de calcular los gastos generales, generados por ampliaciones de plazo otorgados al Contratista. El Artculo 203 del Vigente y el 261 del Reglamento anterior, indica para los contratos de obra a suma alzada, el gasto general diario se calcula dividiendo los gastos generales directamente relacionados con el tiempo de ejecucin de obra del presupuesto referencial multiplicado por el factor de relacin entre el nmero de das del plazo contractual afectado por el coeficiente de reajuste Ip/Io, donde Ip es el Indice General de Precios al Consumidor (Cdigo 39) aprobado por el Instituto Nacional de Estadstica e Informtica INEI correspondiente al mes calendario en que ocurre la causal de ampliacin del plazo contractual, e Io es el mismo ndice de precios correspondiente al mes del valor referencial.

  • LIQUIDACION DEL CONTRATO DE OBRAIntereses por demora en el pago de valorizaciones

    El Artculo 197 del Reglamento actual y el 255 del anterior, establece que si vencidos el plazo para el pago de valorizaciones, por razones imputables a la Entidad, el Contratista tendr derecho a al reconocimiento de los intereses pactados en el contrato y, en su defecto, al inters legal, de conformidad con los Artculos 1244, 1245 y 1246 del Cdigo Civil. En el Diario El Peruano publica diariamente la Tasa de Inters Legal Efectiva (TILE).

  • LIQUIDACION DEL CONTRATO DE OBRAResarcimiento de daos y perjuicios

    El artculo 184 del Reglamento actual y el 240 del anterior establece que si la Entidad no cumple con lo dispuesto en los incisos precedentes por causas imputables a sta, en los 15 das siguientes al vencimiento del plazo previsto anteriormente, el Contratista tendr derecho al resarcimiento de daos y perjuicios por un monto equivalente al cinco por mil (5/1000) del monto del contrato por da y hasta por un tope de setenta y cinco por mil (75/1000) de dicho monto contractual.

  • LIQUIDACION DEL CONTRATO DE OBRA

    Finalmente se determina el monto del I.G.V., es decir el 19% de la sumatoria de los montos determinados: Monto del contrato, Adicionales, Deductivos, Reajuste autorizado del Contrato principal, Reajuste autorizado del Adicional, Mayores Gastos Generales, Intereses por demora en pago de valorizaciones y Resarcimiento de daos y perjuicios.Dentro de la relacin de documentos necesarios para elaborar la liquidacin se encuentra el control valorable, documento en el cual se detallan los pagos realizados al Contratista, con la misma estructura de los rubros autorizados (Valorizaciones del contrato principal, reajustes del contrato principal, adicionales, reajustes del adicional, mayores gastos generales, resarcimiento de daos y perjuicios y el I.G.V.). Comparando lo autorizado con lo pagado, determinaremos los saldos a favor o a cargo del Contratista.

  • LIQUIDACION DEL CONTRATO DE OBRASin embargo an quedan rubros por analizar y que pueden variar los saldos del Contratista tales como:

    Amortizaciones de los adelantos otorgados.Penalidad por demora en la entrega de la obra.Costo de elaboracin de la liquidacin (En el caso que el Contratista no haya presentado la liquidacin, de acuerdo al Artculo 211 del Reglamento Actual y el Artculo 269 del anterior).

  • LIQUIDACION DEL CONTRATO DE OBRAAmortizaciones de los adelantos otorgados

    En el control valorable se consigna el pago del adelanto directo y las amortizaciones correspondientes. Si no es cero significa que hay un saldo que debe considerarse en el cuadro de la liquidacin del contrato.En el control valorable se consigna el pago del adelanto para materiales y las amortizaciones correspondientes. Si no es cero significa que hay un saldo que debe considerarse en el cuadro de la liquidacin del contrato.

  • LIQUIDACION DEL CONTRATO DE OBRAPenalidad por demora en la entrega de la obra

    Por retraso injustificado en la ejecucin de la obra, en concordancia con el Artculo 165 del Reglamento Actual y el Artculo 222 del anterior, la Entidad aplicar al Contratista una penalidad por cada da de atraso, hasta por un monto mximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto contractual. Esta penalidad ser deducida de los pagos a cuenta , del pago final o en la liquidacin final; o si fuese necesario de se cobrar del monto resultante de la ejecucin de las garantas de fiel cumplimiento o adicional por el monto diferencial de la propuesta.Penalidad diaria = 0.10 x Monto F x Plazo en dasDonde F tendr los siguientes valores:Para plazos menores o iguales a sesenta (60) das, para bienes, servicios y ejecucin de obras F=0.40.Para plazos mayores a sesenta (60) das:- Para bienes y serviciosF = 0.25- Para obrasF = 0.15

  • LIQUIDACION DEL CONTRATO DE OBRAPenalidad por demora en la entrega de la obra

    Asimismo de acuerdo al numeral 4 del Artculo 210 del Reglamento Actual y Artculo 268 del anterior, establece que todo retraso en la subsanacin de las observaciones que exceda el plazo otorgado, se considerar como demora para efecto de las penalidades que correspondan y podr dar lugar a que la Entidad resuelva el contrato por incumplimiento. Las penalidades a que se refiere el presente Artculo podrn ser aplicados hasta el tope sealado en la Ley, el Reglamento o el contrato, segn corresponda.

  • LIQUIDACION DEL CONTRATO DE OBRACosto de la elaboracin de la liquidacin

    El segundo prrafo del Artculo 211 del Reglamento Actual y Artculo 269 del Reglamento anterior, establece que si el Contratista no presenta la liquidacin en el plazo previsto, su elaboracin ser responsabilidad exclusiva de la Entidad en idntico plazo siendo los gastos a cargo del Contratista. Las Entidades establecern la forma de determinar el costo de la elaboracin de la liquidacin no presentada por el Contratista, para ser considerada en la liquidacin final del contrato.

    - Finalmente podemos establecer el balance de la liquidacin final del contrato de la obra, definiendo el saldo a favor o a cargo del Contratista.