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Los Planes Forestales para la jubilación / pág. 1 LOS PLANES FORESTALES PARA LA JUBILACIÓN: MODIFICACIÓN DE LAS ACTUACIONES PÚBLICAS Asensi Descalç i Tormo Concha Salvador Cifre Departamento de Economía Aplicada. Universidad de Valencia ÍNDICE 1. INTRODUCCIÓN. CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DE LA INVERSIÓN 2. BENEFICIO PRIVADO 2.1 Para el ahorrador – inversor 2.1.1 Flexibilidad de las aportaciones 2.1.2 Liquidez 2.1.3 Rentabilidad 2.1.4 Cobertura de la seguridad económica 2.2 Para el consumidor 3. BENEFICIO MEDIOAMBIENTAL 4. LA FISCALIDAD DE LOS PLANES FORESTALES 4.1 LA fiscalidad actual 4.1.1 Impuesto sobre el Patrimonio 4.1.2 Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas 4.1.3 Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones 4.2 Diferencias fundamentales en relación a otros productos 4.2.1 Participaciones en Instituciones de Inversión Colectiva 4.2.2 Los seguros de vida (supervivencia y fallecimiento) 4.2.3 Los Planes de Pensiones 4.2.4 Los sistemas alternativos a Planes de Pensiones 5. PROPUESTAS DE REFORMA DE LAS ACTUACIONES PÚBLICAS BIBLIOGRAFÍA

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LOS PLANES FORESTALES PARA LA JUBILACIÓN:MODIFICACIÓN DE LAS ACTUACIONES PÚBLICAS

Asensi Descalç i TormoConcha Salvador Cifre

Departamento de Economía Aplicada.Universidad de Valencia

ÍNDICE

1. INTRODUCCIÓN. CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DE LA INVERSIÓN

2. BENEFICIO PRIVADO

2.1 Para el ahorrador – inversor

2.1.1 Flexibilidad de las aportaciones

2.1.2 Liquidez

2.1.3 Rentabilidad

2.1.4 Cobertura de la seguridad económica

2.2 Para el consumidor

3. BENEFICIO MEDIOAMBIENTAL

4. LA FISCALIDAD DE LOS PLANES FORESTALES

4.1 LA fiscalidad actual

4.1.1 Impuesto sobre el Patrimonio

4.1.2 Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

4.1.3 Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

4.2 Diferencias fundamentales en relación a otros productos

4.2.1 Participaciones en Instituciones de Inversión Colectiva

4.2.2 Los seguros de vida (supervivencia y fallecimiento)

4.2.3 Los Planes de Pensiones

4.2.4 Los sistemas alternativos a Planes de Pensiones

5. PROPUESTAS DE REFORMA DE LAS ACTUACIONES PÚBLICAS

BIBLIOGRAFÍA

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RESUMEN

El trabajo pretende analizar las peculiaridades de una forma de inversión a muylargo plazo novedosa en nuestro país y también en otros países de Europa: La inversiónen árboles de maderas nobles a través de empresas que pretenden captar un gran númerode pequeños ahorradores para canalizar esos fondos hacia una inversión muy concreta,la producción de maderas nobles generando al mismo tiempo áreas forestalessostenibles.

Se analizan las ventajas comparativas de este sistema de inversión colectivarespecto a otros más convencionales y, en particular, el hecho de que en este caso seproduzca una canalización del ahorro dirigido a una actividad con fuertes efectosexternos positivos como son las actividades de forestación.

Se estudia la viabilidad financiera y el atractivo para el pequeño ahorradoratendiendo a factores como la evolución pasada y prevista del precio de estas materiasprimas (maderas nobles) o la liquidez de la inversión que, a su vez, viene ligada a laexistencia de un mercado secundario para este tipo de activos.

La condiciones de inversión a largo plazo (unos 25 años) nos llevan a defenderla idoneidad de plantear esta inversión como un plan de jubilación con el tratamientofiscal correspondiente. Se estudia también la superioridad de este tipo de incentivofiscal en la consecución del objetivo declarado en la Unión Europea de aumentar lasáreas forestales, respecto a otras fórmulas de subvenciones directas a las empresasforestales.

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1. INTRODUCCIÓN. CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DE LAINVERSIÓN

Con Planes de inversión forestal para la jubilación nos referimos a un productoexistente ya en España aunque no se comercialice con este nombre, con unascaracterísticas determinadas que conviene precisar antes que nada.

Se trata de una inversión dirigida hacia el pequeño ahorrador que con esteproducto puede asegurar que su ahorro se dirige hacia la inversión forestal y que, hastaahora, no ha podido hacer. En concreto, según la información que tenemos de empresasespañolas1, se puede invertir desde un mínimo de 10 plantones lo cual representa unainversión de unas 280.000 pesetas.

El inversor, en concreto, adquiere en propiedad plantones o árboles de algunospocos años de vida consolidada, pero no la propiedad de la tierra o extensión forestaldonde se asientan estos árboles.

Los árboles, en las empresas que vienen actuando en España, corresponden a lasvariedades conocidas como maderas nobles - nogales, cerezos y robles -, muy cotizadasen los mercados de materias primas internacionales y con una evolución al alza en susprecios muy clara. Se trata de maderas que cuentan con una demanda creciente en lospaíses con un nivel adquisitivo medio-alto. Como, además, la oferta de estas maderastradicionalmente ha procedido de países donde la madera se ha producido enexplotaciones que no son autosostenibles, el precio de las mismas ha ido encareciendoel producto a un ritmo superior al de otras materias primas.

Junto al incremento previsto en los precios de estas maderas, se encuentra elhecho del crecimiento natural y asistido con modernas técnicas agroforestales delvolumen de madera que genera el árbol. De manera que el crecimiento espectacular dela rentabilidad de la inversión procede de las dos vías: Por una parte, el incremento en elprecio en términos reales, ya comentado, y, por otra, la mayor eficiencia en el procesoproductivo. Si bien el ciclo natural de estos árboles puede llegar a los 50 años, estasempresas lo reducen con las mencionadas técnicas a 25 con un mayor y más regularvolumen de madera por árbol.

La inversión es, pues, a largo plazo y desde este punto de vista hay quecontemplarla, de ahí el nombre que hemos dado a esta inversión. Sin embargo, tambiénincorpora liquidez, de manera que es posible dejar la inversión antes de que se cierre elciclo de maduración y se produzca la tala de los árboles y la venta de su madera. Lasposibilidades de esto último dependen, en última instancia, del desarrollo de un mercadosecundario donde resulte fácil vender los árboles a algún inversor que quiera entrar enun momento distinto al inicio del ciclo o en el que no sea posible hacerlo con plantonesnuevos. De todos modos, alguna de las empresas consultadas aporta la posibilidad degarantizar, por un precio ligeramente mayor por árbol, la compra de los árboles si se

1 Entre ellas: Bosques Naturales, S.A. y Ecco Wood, S.A., que desarrollan actividades forestales en

Cáceres y Gerona, respectivamente.

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deja la inversión en los años 3º, 5º y 10º de la vida del árbol, con una rentabilidadgarantizada2.

El inversor no debe efectuar desembolso adicional al precio de los plantones. Losservicios agroforestales que se realizarán sobre los árboles durante su vida no sonresarcidos a la empresa forestal, hasta el momento de la tala del árbol, momento en quela empresa cobra un 10% sobre el valor de la madera vendida.

Al tratarse de una inversión de este tipo, la cobertura de riesgos es importante. Lasempresas consultadas tienen concertados seguros de cobertura de riesgos especializadosen maderas en crecimiento. En caso de muerte del árbol la empresa garantiza la entregade otro de la misma edad con lo que se garantiza la continuidad de la inversión. Si seprodujese una muerte masiva de los árboles de la explotación, después del cuarto añosde vida de los mismos, se indemniza al inversor con el valor de reposición de losmismos (NOTA: Hay un riesgo no cubierto ante la eventualidad de una muerte masivaen los primeros años de la inversión).

Finalmente, hay que señalar el carácter de bien raíz, inmueble, y por tantoheredable, que tiene esta inversión, por lo que en caso de fallecimiento del inversorantes de que se complete el ciclo de 25 años, la propiedad pasaría al familiar designadopor testamento o que por ley correspondiera.

2 La empresa Bosques Naturales, S.A. denomina a esta modalidad inversora contrato Agroforestal

Financiero.

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2. BENEFICIO PRIVADO

2.1 PARA EL AHORRADOR – INVERSOR

La inversión en Planes Forestales es un buen instrumento para el ahorrojubilación, puesto que ofrece ventajas comparables a las de los productostradicionalmente utilizados para tal cometido (cuadro nº 1).

2.1.1 Flexibilidad de las aportacionesLos Planes Forestales están diseñados para captar a todo tipo de ahorradores ya que

posibilitan la realización de inversiones flexibles en lo que respecta a las aportaciones.A diferencia del modelo forestal más extendido, la inversión en Planes Forestales sediseña de modo que no exige realizar grandes aportaciones3: no es necesario que elahorrador adquiera grandes extensiones de terreno para que la inversión resulte rentable,ni siquiera hace falta que adquiera la propiedad del suelo. Las empresas forestalesofrecen el producto a cambio de una aportación mínima, que puede situarse alrededor de300.000 pesetas por cada intervención.

2.1.2 Liquidez

La liquidez es posible en cualquier momento del ciclo vital del árbol, a través de laventa de los títulos de propiedad. La empresa forestal facilita la operación y puede estarsujeta al pacto de recompra del árbol, a partir de los cuatro años de vida del mismo, siasí se establece en el contrato. Esta posibilidad puede motivar a quienes tienen pocacapacidad de ahorro y desean, en principio, mantenerlo hasta la jubilación pero sinarriesgarse a no poderlo recuperar hasta que finaliza el contrato.

El tema de la liquidez puede ser visto como un elemento en contra de la fiscalidadfavorable, si se considera que una de las razones fundamentales en defensa de lasventajas fiscales es la no disposición de las cantidades aportadas hasta la jubilación. Sinembargo, el mantenimiento real del ahorro hasta dicho momento ya no está garantizadoni siquiera por los Planes de Pensiones; aunque ésta fue un exigencia clave de lanormativa que los regula, en la actualidad se ha ido suavizando, de modo que, hoy esposible solicitar préstamos avalados por los derechos consolidados a los Fondos dePensiones (hasta el 80% de los mismos), en caso de disminución de ingresos, o a lasentidades financieras que ofrecen liquidez inmediata4. Las propuestas de modificaciónde los Planes de Pensiones van en la línea de permitir la recuperación parcial de lasaportaciones una vez haya transcurrido determinado plazo.

3 Este innovador sistema de inversión en el cultivo de bosques productores de maderas nobles tienen

su origen en Holanda, donde se han invertido más de 50.000 millones de pesetas en los últimos 5 años.Allí se exige a los inversores que dispongan de un terreno propio, un fuerte desembolso económico. Es unnegocio individual para personas con un nivel adquisitivo alto. Del mismo modo, en los países nórdicoshan sido iniciativas dirigidas a captar grandes fortunas o inversiones institucionales, en raras ocasiones sehan dirigido a un público medio (ver El País Negocios, 2 de marzo de 1996, pág. 21).

4 Véase El País Negocios, 19 de noviembre de 1995, pág. 18

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Consideramos que la colocación del ahorro en productos sin liquidez juega encontra de quienes tienen poca capacidad de ahorro. Para los ciudadanos con recursoslimitados los sistemas poco flexibles son inseguros, puesto que no ofrecen cobertura alas múltiples situaciones de necesidad que pueden surgir antes de la jubilación.

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CUADRO Nº 1RENTABILIDAD PRIVADA: RESUMEN COMPARATIVO EN RELACIÓN A OTROS PRODUCTOS

INSTITUCIONES DE

INVERSIÓN COLECTIVA

PLANES FORESTALES PARA

LA JUBILACIÓN

PLANES DE JUBILACIÓN PLANES DE PENSIONES

Límite aportaciones Sin límite Se establece un mínimo poraportación en torno a las300.000 ptas.

Sin límite Aportación máxima1.000.000 ptas. anuales

Disponibilidad Liquidez inmediata sinlimitaciones

Liquidez asegurada bajociertas condiciones

Posibilidad de rescateparcial a partir del 3er. Año.Rescate total desde elprimer día

Sin liquidez hasta lajubilación, fallecimiento oinvalidez

RentabilidadFinanciera

En función delrendimiento de la cartera

En función del incrementodel precio de la madera.

En función del rendimientode la cartera

En función del rendimientode la cartera

Riesgos cubiertos Riesgo financiero noasegurado

Riego financiero:Rentabilidad mínimagarantizada (6% a partir del4º año, creciente después)

Riesgo de catástrofe:asegurado

Riesgo financiero: Interésmínimo asegurado (4%)

Riesgo actuarial: Opciónpor la cobertura del riesgode invalidez, fallecimiento osupervivencia

Riesgo financiero noasegurado

Riesgo actuarial: Opciónpor la cobertura del riesgode invalidez, fallecimiento ojubilación

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2.1.3 Rentabilidad de la inversión

La inversión en Planes Forestales constituye una inversión que se materializa en lacompra de árboles, es una inversión directa en activos físicos, en bienes inmuebles. Surentabilidad real es función directa de la cantidad de producto final obtenido (metroscúbicos de madera) y del precio de mercado de la madera.

Los expertos en silvicultura afirman que se trata de una inversión muy rentable alargo plazo. Es difícil estimar la rentabilidad anual porque los árboles no crecenuniformemente, pero las técnicas agronómicas y de agroforestación empleadasaumentan la regularidad del crecimiento del árbol y reducen a la mitad el períodoóptimo de tala, de modo que pueda garantizarse el máximo valor del árbol entre los 20 y25 años del árbol (se consigue el 225% de la madera que se conseguiría sin cuidados).

Teniendo en cuenta que la cantidad de madera que puede obtenerse en 25 años conestas técnicas es de 1,75 m3 y tomando como referencia el precio actual del m3 de lamadera noble (148.333 ptas.), el plantón que se compró por 30.300 pesetas seconvertiría en 259.583 ptas., lo que supone, deduciendo el 10% de comisión para laempresa forestal, una rentabilidad anual en términos reales del 8,88% (cuadro nº 2)5.

CUADRO Nº 2RENTABILIDAD FINANCIERA DE LOS PLANES FORESTALES6

REVALORIZACIÓN ESTIMADA

DEL PRECIO DE LA MADERA

(en términos reales)

0% 3% 5%

Precio de compra del árbol 30.300 30.300 30.300

Precio m3 148.333 301.530 478.389

Madera por árbol (m3) a los 25 años 1,75 1,75 1,75

Precio de venta del árbol 259.583 527.678 837.180

GASTOS DE GESTIÓNCOMERCIAL

10% 10% 10%

Importe a cobrar 233.624 474.910 753.462

Rentabilidad anual (25 años) 8,88% 12,50% 14,77%

Es un buen negocio y sin riesgo, aseguran sus promotores. El precio de la maderaobtenida de los llamados árboles nobles se ha revalorizado en los últimos treinta añosuna media del 11,5% si se calcula en pesetas y del 8% si se hace en dólares, según datosdel CBOT (Bolsa de Valores de Materias Primas de Chicago)7. Se espera que en el

5 Para este cálculo hemos elegido la modalidad de contrato Agroforestal Financiero, modalidad que

incorpora un pacto de recompra del árbol al precio mínimo pactado en el contrato. 6 Estimada a partir de los datos facilitados por la empresa Bosques Naturales, S.A. para el contrato

denominado Agroforestal Financiero.7 Según datos facilitados por El País Negocios, 8 de junio de 1997, pág. 26.

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futuro este negocio sea superior por el aumento de la demanda, que es paralelo a lapresión demográfica y al retroceso de las zonas boscosas tropicales; cada día hay menosbosques y la demanda de madera sigue creciendo. Los expertos consideran que, en elplazo de 25 años, la demanda de madera se triplicará, y puede ser que entonces suprecio ascienda a cotas ahora impensables. Si esta tendencia creciente del precio de lamadera se consolida, la rentabilidad de los Planes Forestales puede ser muy superior a laindicada anteriormente: Siendo prudentes, estimamos que puede situarse en el 12,50%anual si el incremento del precio de la madera es del 3% y del 14,77% si el precio subeun 5% de media anual.

Además, la rentabilidad en Planes Forestales está garantizada en dos sentidos: porun lado, el producto está asegurado contra riesgo de catástrofes y, por otro, puedeasegurarse, si se desea, un precio mínimo de venta durante el período de crecimiento delárbol.

CUADRO Nº 3RENTABILIDAD FINANCIERA ANUAL DE LOS PLANES FORESTALES8

REVALORIZACIÓN ESTIMADA

DEL PRECIO DE LA MADERA

(en términos reales)

Edad delárbol

0% 3% 5%

REVALORIZACIÓN

GARANTIZADA

(en términosmonetarios)

12 -20,90 -18,53 -16,953 -6,55 -3,56 -1,654 -1,21 2,02 4,06 6,005 1,58 4,93 7,036 3,28 6,71 8,86 6,507 4,44 7,92 10,098 5,27 8,79 10,989 5,90 9,45 11,65

10 6,39 9,96 12,1811 6,79 10,38 12,60 7,5012 7,11 10,72 12,9513 7,38 11,00 13,2414 7,61 11,24 13,4815 7,81 11,45 13,6916 7,98 11,63 13,8817 8,13 11,78 14,0418 8,26 11,92 14,1819 8,38 12,04 14,3120 8,49 12,16 14,4221 8,58 12,25 14,5222 8,67 12,35 14,6123 8,75 12,43 14,7024 8,82 12,50 14,7725 8,88 12,57 14,85

8 Estimada a partir de los datos facilitados por la empresa Bosques Naturales, S.A. para el contrato

denominado Agroforestal Financiero.

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Los títulos pueden enajenarse en cualquier momento y, en tal caso, la rentabilidadcabe estimarla en función del crecimiento del árbol. Si suponemos que su crecimiento esconstante a lo largo de su vida (25 años), la evolución de la rentabilidad neta(descontados los gastos que hay que satisfacer a la empresa forestal en el momento de laventa) es la que aparece en el cuadro anterior (cuadro nº 3).

La inversión comienza a ser rentable, bajo el supuesto más pesimista, al tercer añode haber efectuado la inversión (cuarto año de vida del árbol) y la rentabilidad escreciente a partir de entonces.

En términos comparativos, puede afirmarse que, hasta el momento, la inversión enmaderas nobles es mucho más rentable que la adquisición de otras materias primas,cuya revalorización media se sitúa en torno al 4,75% anual es estos treinta años.

Además, la rentabilidad prevista para los Planes Forestales también es superior ala que se vaticina para el conjunto de activos financieros: algunos analistas estiman sutasa de rentabilidad a largo plazo entre el 3% y el 5%, coincidente con la rentabilidadmedia del conjunto del capital instalado en el sistema económico.

Otro tanto ocurre con la rentabilidad estimada para los Planes de Pensiones, sidejamos al margen la que puede derivarse de la fiscalidad favorable. Con frecuenciaoímos hablar de la alta rentabilidad real del modelo chileno: 12,7% de media durante elperíodo 1981-1995, pero no se explica que corresponde a un período de espectacularcrecimiento económico, que no es previsible que se mantenga a lo largo del período deacumulación, y que la rentabilidad en los últimos años ha sido negativa9. Otro tanto haocurrido en Méjico y Perú.

En los países de mayor nivel de renta, la rentabilidad de los Planes de Pensionesse mantiene dentro de la correspondiente a las tasas de crecimiento (cuadro nº 4).

CUADRO Nº 4TASAS DE RENTABILIDAD REAL ESTIMADAS PARA UNA

CARTERA SEMEJANTE A LA DE LOS PLANES DE PENSIONES

PERÍODO

CONSIDERADOPAÍS

RENTABILIDAD REAL DE

LA CARTERA

1926-1987 EE.UU. 4,48 %

1973-1987 Japón 4,07 %

1919-1988 Reino Unido 3,56 %

1926-1987 Suiza 3,39 %

Promedio simple 3,87 %

Fuente: R. Bustos Castillo (1993, pág. 490)

9 Véase el trabajo de C. Ochando Claramunt (1997).

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2.1.4 Cobertura de la seguridad económica

Los Planes Forestales, en la medida en que captan el ahorro a largo plazo y locolocan en inversiones rentables, pueden ser utilizados como instrumentos paragarantizar la seguridad económica de los ciudadanos en la jubilación. Sin embargo, losPlanes Forestales, al igual que cualquier producto financiero y a diferencia de losseguros de vida, no contemplan la cobertura del riesgo actuarial, es decir, lo que en laterminología del seguro se define formalmente como la cobertura explícita decontingencias relacionadas con la vida humana y, por tanto, con el riesgo de invalidezo la probabilidad de supervivencia (o fallecimiento).

El seguro parece ser un producto más adecuado para cubrir riesgos en los quejuega un papel importante el componente actuarial. Por ejemplo, el riesgo de invalidez oel de fallecimiento, ya que las cantidades a percibir si se produce el hecho causante sonmuy elevadas en relación al precio del seguro10, o un seguro de renta vitalicia, en el quese garantiza la percepción de una renta durante toda la vida del asegurado; sonproductos cuyo valor final depende, en gran medida, de la probabilidad desupervivencia o fallecimiento del sujeto que lo contrata y que se perciben únicamentecuando se produce la contingencia cubierta.

Puede afirmarse, en este contexto, que los Planes Forestales y los productosfinancieros son figuras adecuadas para constituir un fondo de ahorro pero no para lacobertura de los riesgos mencionados; el producto más eficaz es, sin duda, el seguro.Sin embargo, ésta es parte de la verdad pero no toda la verdad. El seguro es una figuraque posibilita la cobertura del riesgo actuarial, pero ello no significa que todos losseguros incorporen riesgo actuarial en grado significativo.

Podemos diseñar un contrato de seguro (o un Plan de Pensiones) que procureresultados similares a los previstos para una cuenta de ahorro. Esto ocurre, en lapráctica, en los seguros mixtos, es decir, en aquellos seguros de vida que cubren lasupervivencia y el fallecimiento al mismo tiempo, en la medida en que garantizan, encualquier caso, la devolución de las cantidades aportadas más la rentabilidad derivadadel rendimiento de la cartera.

Los Planes Forestales pueden considerarse productos cuya eficacia para lacobertura de la seguridad económica es comparable a los seguros (o Planes dePensiones) en los que es fundamental el componente de ahorro frente al riesgo actuarial.Veamos algunos casos concretos:

· En caso de fallecimiento, los seguros mixtos se limitan a devolver lascantidades depositadas una vez han transcurrido los primeros años del contrato.El valor de la inversión en planes forestales también puede recuperarse por losherederos de los títulos representativos de la inversión.

· Un seguro puro de supervivencia haría posible que los individuos quesobreviven percibiesen mayores cantidades que las aportadas, a costa dequienes han fallecido. La figura del seguro, en este caso, hace posible queaumente la seguridad económica y la calidad de vida de quienes superan la

10 Quedan al margen los seguros de fallecimiento de vida entera, es decir, aquellos que cubren dicha

contingencia en cualquier momento posterior a la firma del contrato; se cobrarán de cualquier modo y,por tanto, exigen que el asegurado vaya constituyendo un capital con sus aportaciones. Es un seguro deahorro, en el que el componente actuarial puede decirse que está en un segundo plano.

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esperanza media de vida; en otros términos, es un producto que ofrece mayorseguridad económica para la vejez que un producto financiero. Ahora bien,¿cuál es el peso real de la contratación de seguros puros de supervivencia?Según la información facilitada por las aseguradoras, escaso. Los seguros desupervivencia que más se contratan son mixtos, es decir, los que incorporan almismo tiempo la cobertura de la contingencia de fallecimiento y, por tanto, losque permiten que de cualquier modo se recupere las cantidades acumuladas,por el tomador del seguro, en caso de supervivencia, o por quienes él designacomo beneficiarios, si se produce el fallecimiento. De este modo, se desvirtúala nota diferencial del seguro a favor de aquellos aspectos que lo asemejan a losactivos financieros.

· Los seguros (y los Planes de Pensiones) pueden contratarse para que den lugara prestaciones que se cobrarán en forma de renta, ya que puede resultarinteresante para el beneficiario de un seguro percibir el fondo acumulado enforma de cantidades periódicas que complementen sus ingresos habituales. Estaes una cuestión de diseño del plan de ahorro que puede solucionarseigualmente a través de un Plan Forestal. ¿Cómo? Se nos ocurren losmecanismos siguientes:

a) Diseñar un plan de inversiones de aportaciones anuales, de modo que cadaaportación constituya ciclo completo, que dará lugar a vencimientosanuales sucesivos.

b) Combinar el Plan Forestal con un seguro de rentas que se contratará cuandollegue el momento de su vencimiento. Los Planes forestales puedenasimilarse a los seguros o Planes de Pensiones percibidos en forma decapital. Si se desea pueden, igualmente, convertirse en un seguro de rentatemporal o vitalicia después de haberlos cobrado.

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2.2 PARA EL CONSUMIDOR

Dentro de la rentabilidad privada, hay que tener en cuenta los beneficios que sederivarían para el consumidor de maderas nobles, de incentivar la canalización delahorro privado hacia la inversión en bosques de maderas nobles.

Hay que tener en cuenta que este tipo de explotaciones forestales, aplicantécnicas que son fruto de un programa de desarrollo e investigación en técnicas agro-forestales, tendentes a: Garantizar la sostenibilidad de los bosques en cuestión, amejorar la calidad y regularidad de la madera que producen los árboles, así como aacortar el ciclo de producción y aumentar la cantidad de madera por árbol.

Todo ello revertirá positivamente en el consumidor de estos productos de variasmaneras. En primer lugar, es de esperar que la calidad de la madera mejore respecto a laque ha venido utilizándose, producida con técnicas más precarias, al margen de losaspectos medioambientales.

En segundo lugar, la producción de estas maderas en explotaciones másracionales y autosostenibles, garantiza una mayor estabilidad en la oferta de esta materiaprima, lo que, a la larga moderará el crecimiento de los precios de este producto y, a suvez, permitirá hacer accesible estas maderas a consumidores de un más amplio abanicode niveles de renta.

Cabe pensar que, a medio y largo plazo, el posible efecto estabilizador en losprecios que pudiera tener un aumento en la producción de estas maderas en países queahora son consumidores netos, se vería compensado con un incremento en la demandapor el acceso de nuevos consumidores que ahora quedan fuera de ese mercado. Lo cualqueda reforzado porque la alta elasticidad-renta de este producto, junto con lasexpectativas de crecimiento sostenido de la renta por habitante, generará un crecimientoestable de este producto.

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3. BENEFICIO MEDIOAMBIENTAL

En la valoración del beneficio medioambiental deberíamos distinguir dos niveles:los efectos directos sobre la zona y efectos medioambientales más generales.

Por una parte, se producen efectos directos sobre las zonas colindantes a laexplotaciones forestal. Hay que recordar que no se trata de hacer meras plantaciones deárboles sino crear zonas boscosas sostenibles con los efectos externos positivosconocidos.

La forestación puede desplazar actividades agrícolas pero, en muchos casos, setrata de actividades no rentables o consideradas excedentarias por la UE (de hecho yahemos visto como institución subvenciona la forestación y el abandono de ciertasactividades agrícolas). También impedirá el avance de la desertización, especialmenteen países como el nuestro.

Pero además, en otro nivel hay que tener en cuenta que estos bosque aumentan laoferta disponible de maderas nobles, disminuyendo la necesidad de conseguirlas debosques o selvas vírgenes donde se produce una tala indiscriminada y no autosostenible,con lo que tenemos, indirectamente, otro efecto positivo sobre el medio ambiente. Setrata de empezar a convertir en productores a los países típicamente consumidores deestas maderas, asegurando además que su cultivo se haga de una manera más racional yrespetuosa con el medio ambiente.

En este sentido, nos remitimos al Informe de la Conferencia de Naciones Unidassobre Medio ambiente y desarrollo (Declaración de Principios). En su principio 8 (b)recomienda que se realicen esfuerzos para mantener e incrementar las áreas forestales ysu productividad mediante medios ecológicos y económico-sociales, a través de lareforestación de tierras improductivas y degradadas así como mediante la gestión de losrecursos forestales ya existentes. Además, el principio 13 (e) dice que se debenincentivar las políticas adecuadas dirigidas a la gestión, conservación y desarrollosostenible de los bosques, implementando incentivos.

Como hemos visto, la inclusión de incentivos fiscales dirigidos a las empresasforestales (con independencia de la forma jurídica que adopten) no es nada nuevo, y lapropia Comunidad Europea tiene un amplio plan en este sentido.

En la actualidad, la política fiscal de incentivo a la forestación se concreta,exclusivamente, en la concesión de subvenciones públicas a las explotaciones. Lacomentada rentabilidad social, justifica la actual política fiscal de incentivo a laforestación que en el caso español y, en general europeo, se centra en las subvencionespúblicas concedidas a las explotaciones forestales. Por ello creemos necesario hacer unasinopsis de la situación de estas subvenciones en la Comunidad Europea, fuenteprincipal de las mismas, junto con unas consideraciones relativas a su consideraciónfiscal.

Actualmente existen 4 tipos de ayuda a la forestación en la agricultura queprovienen de las Comunidades Europeas y a las que pueden acceder las sociedades delas que nos ocupamos en este artículo. A parte de otras ayudas menores, éstasconstituyen el monto principal de las subvenciones públicas a las que pueden accederlos empresarios agrícolas que quieran reforestar sus tierras.

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Las ayudas para la forestación se dividen en 4 tipos:

1) Ayudas destinadas a cubrir los gastos de forestación, por tanto subvencionesde capital.

2) Primas anuales por hectárea forestada destinadas a cubrir durante los 5primeros años los gastos de mantenimiento de las superficies forestadas, enconsecuencia subvenciones que cabe calificar de subvenciones corrientes.

3) Primas anuales destinadas a compensar las pérdidas de ingresos derivadas dela forestación de superficies agrarias, en su caso, durante 20 años, que cabe considerarcomo subvenciones corrientes. Éste es el período mínimo por el que la sociedad secompromete a no llevar a cabo actividad agraria alguna y, se supone, a mantenercorrectamente la inversión forestal inicial.

4) Ayudas a las inversiones para la mejora de las superficies forestadas. Tambiénse trata, como en el primer caso, de subvenciones de capital.

Desde un punto de vista estrictamente fiscal es interesante hacer un comentariosobre la imputación temporal para la sociedad de las subvenciones por forestación, esdecir, las subvenciones 1 y 4 anteriores, puesto que su consideración contable va a tenerconsecuencias muy significativas en la determinación de la renta de la explotación.

Como ya hemos dicho se trata de subvenciones de capital, tanto en el caso denuevas forestaciones (1) como en los de mejora de las realizadas (4). La Ley delImpuesto de Sociedades (Ley 43/1995) se remite con carácter general a las reglas delPlan General de Contabilidad, salvo que contradigan las suyas propias. En este sentidonos encontramos con la Norma de Valoración 20 de este Plan. Conforme a esta norma,en el caso de que los bienes objeto de la subvención no sean amortizables, el ingreso(subvención) no se considerará hasta que se enajenen los bienes o se den de baja en elinventario. Pues bien, creemos que el caso de las subvenciones por forestación o paramejorar las superficies forestadas se debe ubicar en este supuesto y, por lo tanto, esperfectamente defendible la consideración de la subvención como ingreso en elmomento de la enajenación de los árboles o, en su caso, amortización de los bienesfinanciados con cargo a la subvención. Es de destacar que el Reglamento de la antiguaLey del Impuesto de sociedades (art. 87) establecía un límite máximo de 10 años, queya no se aplica. Ahora bien, el principio de correlación de ingresos y gastos, exigiríaimputar los gastos producidos por la forestación o mejora de las superficies forestadas almismo ritmo y en la misma proporción que los ingresos.

Respecto a los demás ingresos, subvenciones por gastos de mantenimiento de lassuperficies forestadas y las destinadas a completar la falta de ingresos por abandono dela actividad agraria, se trata de subvenciones corrientes cuya imputación temporal ha dehacerse en el ejercicio en que se devenguen, y lo mismo respecto al gasto que ocasioneel mantenimiento de las superficies forestadas.

La siguiente cuestión a plantearnos en cuanto a la fiscalidad para la Sociedadesque nos ocupan, sería el tratamiento de los ingresos que reciben de la entrada depequeños ahorradores mediante la compra de árboles o plantones. Es decir, si se lespuede tratar como ingresos de capital con un tratamiento similar al explicado más arribao no. En realidad, lo que hay es una venta por la sociedad de árboles como bienesinmuebles, comprometiéndose la Sociedad a prestar unos servicios fitosanitarios etc.

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(gastos de mantenimiento), por los que no se cobra hasta la tala y comercialización delárbol (comisión del 10% sobre precio de venta en el caso de Bosque Naturales.

Volviendo a las subvenciones y desde la perspectiva del objetivo que se persiguecon ellas, hay algo que decir. Si lo que se pretende es incentivar la inversión paraaumentar las superficie forestada, quizá la constitución de sociedades que capten a ungran número de pequeños ahorradores a través de estos planes de inversión forestal parala jubilación, sea un medio más eficaz. Para lo anterior nos basamos en lo siguiente:Existe un gran desconocimiento entre el pequeño ahorrador respecto a este tipo deinversión y, al mismo tiempo, la creencia de que la inversión forestal exige grandessumas de capital. La sociedad es cada vez más receptiva a este tipo de inversiónecológica que, además, se hace compatible con una buena rentabilidad privada comoluego desarrollamos. Se trata de movilizar la demanda de esta inversión colocando elincentivo fiscal, precisamente sobre ella. Es previsible que la oferta siga a la demanda.Es decir, que las empresas que oferten este producto surjan más fácilmente siguiendo alprevisible crecimiento de la demanda. La opinión de las propias empresas que ofrecenestos servicios avala también nuestra opinión.

En este sentido, las ayudas públicas deberían adoptar otra forma para ser másefectivas en su cometido, desviando el punto de destino desde la propia sociedad dondese materializa la inversión hasta el propio ahorrador. En concreto la ayuda públicapodría tomar la forma de gastos fiscales concedidos a través de un concreto tratamientode esta inversión en la imposición personal sobre la renta.

La rentabilidad privada y la alta rentabilidad social de este tipo de inversionespuede justificar un tratamiento fiscal tendente a posponer el gravamen del ahorromaterializado en estas sociedades o planes de inversión forestal para la jubilación, alfuturo, cuando se realicen los acrecentamientos patrimoniales correspondientes.

Las diferencias existentes con otros productos que ya cuentan con esta exencióndel ahorro presente - como los planes de pensiones - , quedan compensadas con larentabilidad social asegurada de esta inversión perfectamente determinada en unosactivos concretos: Las áreas forestales sostenibles. Las discrepancias y semejanzas deestos productos alternativos de inversión se estudian con detalle más adelante.

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4. LA FISCALIDAD DE LOS PLANES FORESTALES.

4.1 FISCALIDAD ACTUAL

Los Planes Forestales no tienen la consideración de Plan de Pensiones, por tanto,no pueden acogerse al régimen fiscal favorable que disfrutan quienes participan en unPlan de Pensiones y quienes gestionan los fondos creados. En definitiva, la fiscalidad dequienes invierten el Planes Forestales es la que señalan con carácter general los distintosimpuestos que afectan a las operaciones realizadas. Veamos las más significativasaplicables a partir del 1-1-1997.

CUADRO Nº 5FISCALIDAD DE LOS PLANES FORESTALES

HECHO CONSECUENCIA FIGURA IMPOSITIVA

REALIZACIÓN DE

APORTACIONES

Constitución de unPatrimonio

Impuesto sobre el Patrimonio

TRANSMISIÓN DEL ELEMENTO

PATRIMONIAL

Onerosa Realización de la renta(vendedor)

Impuesto sobre la Renta delas Personas Físicas

(Incremento Patrimonial)

Lucrativa por causa demuerte

Realización de la renta(fallecido)

-----

Lucrativa por donación Realización de la renta(donante)

Impuesto sobre la Renta delas Personas Físicas

(Incremento Patrimonial)

ADQUISICIÓN LUCRATIVA DEL

ELEMENTO PATRIMONIAL

Lucrativa por causa demuerte

Adquisición de renta(heredero)

Impuesto sobre Sucesiones yDonaciones

Lucrativa por donación Adquisición de renta(donatario)

Impuesto sobre Sucesiones yDonaciones

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Los Planes Forestales para la jubilación / pág. 18

4.1.1 IMPUESTO SOBRE EL PATRIMONIO

- Los propietarios de títulos representativos de la participación en los PlanesForestales, obligados a declarar por el Impuesto sobre el Patrimonio debenincorporar el valor de mercado de sus títulos de propiedad en las declaracionesanuales (LIP 24)11.

- Hay que tener en cuenta que la obligación de declarar no surge, con caráctergeneral, si el patrimonio neto del sujeto pasivo no supera los 17 millones depesetas (LIP 37).

- Suponiendo que el sujeto está obligado a declarar, la Base Imponible será el valorde todo el patrimonio neto del sujeto y se reduce por aplicación del mínimo exentoprevisto por la Comunidad Autónoma en la que resida el sujeto pasivo para calcularla Base Liquidable. Si la Comunidad Autónoma no hubiese regulado el mínimoexento o no hubiese asumido las competencias en esta materia el mínimo exentoserá de 17 millones de pesetas (LIP 9y 28)12.

- La Cuota Íntegra se estima a partir de la Base Liquidable, aplicando la tarifaprogresiva prevista por cada Comunidad Autónoma o, en su defecto, por LIP 30.

4.1.2 IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS

- La renta generada por los Planes Forestales tributa, en el momento en el que setransmiten los títulos de propiedad, en concepto de Incremento Patrimonial. Lasnormas generales previstas para el cálculo de los incrementos patrimoniales y suaplicación concreta a las operaciones de venta de participaciones o títulos, exigetener en cuenta las reglas esquematizadas en el cuadro nº 6:

11 LIP: Ley 19/1991, de 6 de junio, del Impuesto sobre el Patrimonio (BOE de 7 de junio)12 Este importe es el que establece la LIP con carácter residual, resultado de aplicación cuando la

Comunidad Autónoma correspondiente no haya regulado el mínimo exento o no tenga competencia parahacerlo.

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CUADRO Nº 6RÉGIMEN DE TRIBUTACIÓN DE LOS INCREMENTOS PATRIMONIALES DERIVADOS DE LA VENTA DE PLANES FORESTALES

(a partir de 1-1-1997)

1) No sujeción de los ∆∆P si el importe global anual de las transmisiones onerosas no supera las 500.000 pesetas.

2) Cálculo del Incremento Patrimonial

El importe del incremento o disminución patrimonial será la diferencia entre los valores de transmisión (VE) y adquisición del elementopatrimonial. El valor de adquisición se actualizará (VAA) aplicando el coeficiente según del año en el que se realizó la inversión.

∆P = VE - (VA x Coeficiente de actualización) = VE –VAA

Si se trata de elementos adquiridos antes del 9-6-1996, el valor resultante de la operación anterior se reducirá aplicando el porcentaje de reducción (r)que proceda según el tipo de bien transmitido y el período de permanencia desde la adquisición hasta el 31-12-1996(Pp)

∆P = [VE - VAA] x [1 - (r x (Pp-2) ) ]

3) Cálculo del Tipo impositivo según el período de permanencia desde la adquisición hasta la transmisión (t)

3a) t ≤≤ 1 año ⇒ ∆P integra la Base Liquidable Regular (BLR)⇒ El tipo impositivo se determina en función de la escala progresiva de gravamen

3b) 1 año < t ≤≤ 2 años⇒ ∆P integra la Base Liquidable Irregular (BLI) constituida por incrementos generados durante ese plazo.⇒ El tipo impositivo, el mayor de: Tipo medio (BLR) o Tipo medio (50% BLI)

3c) t > 2 años⇒ ∆P integra la Base Liquidable Irregular constituida por incrementos generados durante ese plazo.⇒ El tipo impositivo: 20% 13

⇒ Se aplica una exención de 200.000 ptas. la renta no procede de la transmisión de participaciones en IIC o Activos financieros.

13 Suponiendo que el tramo autonómico no ha sido modificado por la Comunidad Autónoma.

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4.1.3 IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES

- El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones grava la adquisición lucrativas debienes y derechos, estableciendo regímenes de tributación diferenciados según laadquisición se haya efectuado por herencia o donación.

- El régimen de tributación en las sucesiones puede resumirse en los puntossiguientes:

1º La Base Imponible se calcula en régimen de acumulación, es decir, el valor realde todos los bienes y derechos minorado por todas las cargas y las deudas (LISD9)14.

2º Para calcular la Base Liquidable se efectúan los descuentos que procedan enfunción del grado de parentesco (LISD 20).

3º La Cuota Íntegra es el resultado de aplicar una tarifa progresiva de gravamensobre la Base Liquidable (LISD 21).

4º La Cuota tributaria se obtiene aplicando a la Cuota Íntegra el coeficientemultiplicador que proceda según el grado de parentesco y el patrimoniopreexistente del heredero (LISD 22)15.

- El régimen de tributación en las donaciones se diferencia del anterior en losiguiente:

1º La adquisición tributa como hecho imponible singular.

2º La Base Liquidable coincide con la Base Imponible, es decir, no se practicaninguna reducción.

14 LISD: Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (BOE de

19 de diciembre)15 LISD 20,21 y 22 han sido redactados por la Ley 14/1996, de 30 de diciembre, art. 29. En estos

artículos se relacionan las reducciones, la tarifa y los coeficientes multiplicadores, respectivamente, quehay que aplicar en aquellos casos en los que la Comunidad Autónoma que proceda no haya aprobadonormativa al respecto.

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4.2 DIFERENCIAS FISCALES EN RELACIÓN A OTROS PRODUCTOS

4.2.1 LA PARTICIPACIÓN EN INSTITUCIONES DE INVERSIÓN COLECTIVA

- El tratamiento fiscal del patrimonio constituido y de las rentas generadas a partir departicipaciones en Instituciones de Inversión Colectiva es, esencialmente, elrégimen previsto con carácter general por las distintas figuras impositivas.

- En el IRPF se producen las particularidades siguientes: la no aplicación de laexención para transmisiones de valor inferior a 500.000 ptas. y la exención delimporte de Incremento patrimonial hasta 200.000 ptas.

No es una Institución de Inversión Colectiva. Estas entidades actúan comointermediarios financieros, realizando la administración de carteras constituidasmediante las aportaciones de una multiplicidad de ahorradores, que se invierten encualesquiera otros títulos (Deuda Pública, deuda privada o activos físicos (caso deinstituciones de carácter no financiero: Fondos de Inversión Inmobiliaria, porejemplo). Las aportaciones se captan a través de la emisión de activos financierossecundarios, es decir, acciones o participaciones que permiten desempeñar unalabor mediadora.

No es un activo financiero. Es un activo físico creado a través de las unidades degasto (empresas forestales), que da lugar a que se efectúen adquisiciones reales oampliar la tenencia de las mismas.

4.2.2 LOS SEGUROS DE VIDA (SUPERVIVENCIA Y FALLECIMIENTO)- El régimen fiscal del seguro de vida es básicamente el régimen que se aplica con

carácter general a otros elementos patrimoniales y, en consecuencia, el que afecta alos Planes Forestales. Ahora bien, los seguros disfrutan de algunas ventajas quecabe comentar:

- En el IRPF, el seguro de vida se beneficia del régimen de deducciones en la cuotaprevisto para los contratos de seguro a largo plazo16. Concretamente, a partir del 1-1-1997 (LIR 78.4 a):

· Puede deducirse el 10% de las primas de seguros de vida que tengan unaduración superior o igual a 10 años.

· El importe anual de las primas satisfechas junto con otras inversiones que danderecho a deducción en la cuota (viviendas, bienes de interés cultural ydonaciones) no pueden superar globalmente el 30% de la Base Liquidable).

· El importe de la deducción por seguros no puede exceder de 50.000 ptas.anuales.

- En el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, las cantidades percibidas por elbeneficiario de un contrato de seguro de fallecimiento, cuando el fallecido sea sucónyuge, algún ascendiente o descendiente, dan derecho a practicar una reducciónsobre la Base Imponible del 100% de la cantidad percibida, con un límite de

16 Esta deducción no se aplica desde 1991 y ha sido implantada en la Ley 14/1996, de 30 de

diciembre, de cesión de Tributos del Estado a las Comunidades Autónomas y de medidas fiscalescomplementarias, art. 27.3. Para más información ver C. Salvador (1997).

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1.500.000 pesetas. Esta reducción es compatible con las que se practican por gradode parentesco.

4.2.3 LOS PLANES DE PENSIONES

- El producto denominado Plan de Pensiones disfruta de un régimen fiscaldiferenciado en relación a los productos indicados anteriormente.

- En relación al IRPF

1. Régimen fiscal de las aportaciones

§ Diferimiento del impuesto en relación con las aportaciones a los Planes dePensiones (ver cuadro nº 7)

2. Régimen fiscal de las prestaciones

§ Las prestaciones recibidas por los beneficiarios de un Plan de Pensiones y delos sistemas alternativos tributan como rendimientos del trabajo personal (LIR25.k), con independencia de quien sea el beneficiario y, por tanto, si laprestación es de supervivencia o fallecimiento.

§ Cuando se perciben en forma de capital tienen la consideración de rendimientoirregular

⇒ El cociente resultante de dividir el capital percibido por el número de añosen que se ha generado forma parte de la Base Liquidable Regular,gravándose al tipo medio correspondiente.

⇒ La cantidad restante pasa a formar parte de la Base Liquidable Irregular,gravándose al tipo del 20% después de aplicar la reducción de 200.000ptas. (régimen aplicable a partir del 1-1-1997)

- En relación al Impuesto sobre el Patrimonio, están exentos los derechosconsolidados de los participes en Planes de Pensiones

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Los Planes Forestales para la jubilación / pág. 23

CUADRO Nº 7DIFERIMIENTO DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA POR APORTACIONES A LOS PLANES DE PENSIONES Y SISTEMAS ALTERNATIVOS

BASE IMPONIBLEEn vigordesde

LIR 71.1redacción según

Reducciones Límites

Deducciones de laCuota

10-6-1987 Ley 8/1987, de 8 de junio,de Regulación de losPlanes y Fondos dePensiones, art. 27 y D.A.2

§ Cantidades abonadas con carácter obligatorio a MontepíosLaborales y Mutualidades1, detracciones por derechospasivos y cotizaciones de los Colegios de Huérfanos eInstituciones similares

§ Aportaciones realizadas a los Planes de Pensiones

15% de losrendimientos netos deltrabajo o deactividades, obtenidosdurante el ejercicio

500.000 ptas.por unidadfamiliar

15% del exceso de aportaciónal PP, con el límite de 750.000ptas. de aportación máxima y ellímite conjunto del 30% queactúa sobre las deducciones porinversiones

1-1-1992Ley 18/1991, de 6 dejunio, del IRPF

§ Cantidades abonadas con carácter obligatorio a MontepíosLaborales y Mutualidades1

§ Aportaciones realizadas a los Planes de Pensiones10-11-1995 Ley 30/1995, de 8 de

noviembre, de Ordenacióny Supervisión de losSeguros Privados

750.000 ptas.anuales

1-1-1996 Ley 43/1995, de 27 dediciembre, del IS, DA 14ª

§ Cantidades abonadas2 a Mutualidades de previsión socialpor profesionales no integrados en la Seguridad Social

§ Cantidades abonadas2 a Mutualidades de previsión socialpor profesionales o empresarios integrados en la SeguridadSocial

§ Cantidades abonadas3 a Mutualidades de previsión socialpor trabajadores o socios trabajadores

§ Aportaciones realizadas a los Planes de Pensiones

15% de los rendimien-tos netos del trabajo ode actividades,percibidosindividualmente

1.000.000 ptas.anuales

Notas:1. Cuando amparen, entre otros, el riesgo de muerte.2. En la parte que tenga por objeto la cobertura de las contingencias de muerte, viudedad, orfandad, jubilación, accidente, enfermedad, invalidez para el trabajo o que otorguenprestaciones por razón de matrimonio, maternidad, hijo o defunción.3. En la parte que tenga por objeto la cobertura de las contingencias de la nota anterior o el desempleo.

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Los Planes Forestales para la jubilación / pág. 24

CUADRO Nº 8DIFERENCIAS FISCALES ENTRE DISTINTOS PRODUCTOS

INSTITUCIONES DE INVERSIÓN

COLECTIVA

PLANES FORESTALES PARA LA

JUBILACIÓN

PLANES DE JUBILACIÓN PLANES DE PENSIONES

Fiscalidadaportaciones

Sin ningún tipo de deducción Sin ningún tipo de deducción Deducción en la Cuota del10% de las primas (aportaciónmáxima sujeta a un límiteconjunto del 30% sobre BaseLiquidable y 50.000 ptas. dededucción)

Reducción en la Base delIRPF (máximo 1.000.000ptas. o 15% Rendimiento Netodel Trabajo o Actividades

Fiscalidadprestaciones

Incremento patrimonialregular o irregular.

Incremento patrimonialregular o irregular. A partirdel 2º año exención de200.000 ptas.

Prestación en forma de rentaque tributa como rendimientodel capital; en forma decapital tributa comoincremento patrimonialregular o irregular. A partirdel 2º año exención de200.000 ptas.

Prestación en forma de capitaltributa como rendimiento deltrabajo irregular, en forma derenta tributa comorendimiento del trabajoregular

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Los Planes Forestales para la jubilación / pág. 25

5. PROPUESTAS DE REFORMA DE LAS ACTUACIONES PÚBLICAS

Las actuales consideraciones fiscales de este producto nos parecen insuficientes.Consideramos que no se trata de ventajas apropiadas para conseguir estimular suproducción. Recordemos brevemente cuáles son los principales argumentos para ladefensa de una mayor actuación pública:

1º Los Planes Forestales garantizan la colocación del ahorro a largo plazo ya quela rentabilidad es creciente con el paso del tiempo. La máxima rentabilidad seobtiene a los 25 años, tiempo que puede hacerse coincidir con la duración deun plan de jubilación.

2º Es un producto adecuado para el pequeño ahorrador, ya que no exige grandesdesembolsos. Además, aun siendo apropiado para colocar el ahorro a largoplazo, los títulos pueden hacerse líquidos con relativa facilidad. De este modo,se trata de un producto que estimula al ahorrador a mantener sus propiedadeshasta que finaliza el contrato pero, al mismo tiempo, le garantiza su conversiónen liquidez si el ahorrador lo considera necesario. Esta doble dimensión haceposible que resulte un producto atractivo para quienes tienen recursos limitadosy sólo pueden contratar aquellos productos que les garantizan liquidez.

3º Ofrece mayores expectativas de obtención de beneficio privado que las otrasalternativas de inversión a largo plazo. Además, posibilita la diversificación dela colocación del ahorro individual.

4º Genera beneficio medioambiental.

5º Diversifica la colocación del ahorro agregado, impidiendo que todos los fondospara la jubilación se concentren en manos de las gestoras de los Planes dePensiones y demás instituciones financieras.

6º Principio de neutralidad fiscal en relación al ahorro finalista (el ahorro para lajubilación). La no neutralidad perjudica a quienes tienen una capacidad aahorro limitada y no pueden contratar Planes de Pensiones porque necesitanliquidez.

En base a todo lo expuesto, nuestras propuestas las clasificamos en dos bloques17:

1º Actuar en el campo de la Regulación Pública para asegurar la gestión eficientede las empresas forestales, a través de la aplicación de las técnicas agroforestalesadecuadas, etc., de modo que se garantice la rentabilidad privada y medioambiental.

2º Financiación pública para estimular determinados comportamientos.Concretamente, optamos por la concesión de ventajas fiscales para el ahorrador frente ala concesión de subvenciones a las empresas productoras.

Podría diseñarse una fiscalidad similar a la de los Planes de Pensiones, es decir,trasladar la gravamen del ahorro a largo plazo hasta la vejez, estableciendo límites sobreel fondo creado.

17 Hemos seguido la clasificación elaborada por M. Olmeda (1990, págs. 27-30)

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Nuestra propuesta de gasto fiscal va acompañada de ciertas sugerencias en torno asu financiación: la reducción de subvenciones directas a las empresas forestales, eltrasvase de ahorro de los Planes de Pensiones a los Planes Forestales y la limitación delas aportaciones deducibles en los Planes de Pensiones.

BIBLIOGRAFÍA

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OLMEDA DÍAZ, M. (1990): Sector público y presupuesto del Estado: la diferenciaciónentre actuaciones públicas, Palau 14. Revista valenciana de Hacienda Pública, nº12, págs. 17-41

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UNITED NATIONS (1992): Report Of The United Nations Conference OnEnvironment And Development, Anexo 3, Rio de Janeiro, 3-14 de junio

SALVADOR, C. (1997): La tributación del seguro de vida en el IRPF: Ejercicios1996 y 1997, Impuestos, nº 12, págs. 103-120.