LYN_U2_A4_

Embed Size (px)

Citation preview

  • 8/12/2019 LYN_U2_A4_

    1/5

    Ingeniera en Tecnologa Ambiental

    Legislacin y Normatividad

    2014

    Actividad 4, Unidad 2.

  • 8/12/2019 LYN_U2_A4_

    2/5

    Facultad de Ciencias de la Salud, Biolgicas y Ambientales

    Asignatura: Legislacin y Normatividad

    UnADM Pgina 2 de 5

    Actividad 4. Normativas locales y estatales

    INTRODUCCIN

    Este basurero ubicado entre Temixco y Cuernavaca funcion por muchos aos sin la

    mnima medida ambiental y recibi los desechos slidos de los municipios de Cuernavaca,

    Jiutepec, Zacatepec, Temixco y Xochitepec, dejando aproximadamente en el lugar cerca de 90 mil

    toneladas.

    Se entiende por residuo cualquier producto en estado slido, lquido o gaseoso procedente

    de un proceso de extraccin, transformacin o utilizacin, que cuando carece de valor para su

    propietario carente de valor ste decide abandonarlo.

    La basura en Mxico se encuentra divida en tres tipos de residuos. De acuerdo con la ley

    ambiental, un residuo es el material o producto de desecho que puede estar en estado slido,

    semislido, lquido o gaseoso (Ley General para la Prevencin y Gestin Integral de los

    Residuos).

    Los residuos en Mxico pueden ser de tres tipos:

    Residuos Slidos Urbanos: provienen de la eliminacin de los materiales que se

    utilizan en casa y de cualquier otra actividad que se desarrolle dentro de

    establecimientos y en las calles, con caractersticas domiciliarias.

    Residuos de Manejo Especial Residuos Peligrosos (SEMARNAT. Informe de la situacin del medio ambiente en

    Mxico. 2008).

  • 8/12/2019 LYN_U2_A4_

    3/5

    Facultad de Ciencias de la Salud, Biolgicas y Ambientales

    Asignatura: Legislacin y Normatividad

    UnADM Pgina 3 de 5

    En la presente actividad nos enfocaremos en los residuos urbanos.

    PROBLEMTICA PLANTEADA.Este tiradero a cielo abierto donde depositaron basura

    de todo tipo durante dcadas trajo consigo consecuencias

    muy graves para los habitantes de esta poblacin.

    Hoy existe una lista de 34 nios con alto porcentaje de

    plomo en la sangre, por lo que tienen muchas posibilidades

    de formar parte de las estadsticas de casos de cncer que

    prevalecen en el poblado, as como un sinfn de padecimientos como malformaciones y trastornos

    mentales. Los pobladores obtuvieron un estudio realizado por toxiclogos y epidemilogos de laUniversidad Autnoma de la Ciudad de Mxico (UACM). Algunas de las causas de mortalidad

    reflejadas en Alpuyeca son cncer de labio y faringe, tumores de comportamiento incierto,

    tumores de rganos genitourinarios, trastornos mentales, enfermedades del sistema circulatorio,

    envenenamiento por exposicin a sustancias nocivas, trastornos mentales y del comportamiento,

    entre otros. Cabe sealar que todos tienen como causa probable las condiciones ambientales. (El

    regional, Tetlama los rescoldos del tiradero polmico. Mircoles, 20 de enero del 2010.)

    Aunque tardamente los habitantes de esta comunidad Alpuyeca decidieron tomar cartas

    en el asunto y denunciaron el caso a las autoridades correspondientes. Logrando un acuerdo en el

    2006 con las autoridades estatales y el CEAMA (comisin estatal de agua y medio ambiente) para

    el cierre definitivo del basurero accin que las autoridades no cumplieron.Situacin que obliga a

    los habitantes de Alpuyeca a realizar otras acciones.

    El 14 de marzo de 2006 solicita al gobierno un encuentro con comuneros para exponer los

    motivos para cerrar el basurero. Logrando el 16 de junio un acuerdo para la clausura del basurero.

    20 de octubre del 2006: La comunidad levanta una denuncia de hechos en la PGR contra la

    Comisin Estatal de Agua y Medio Ambiente (CEAMA) y de los municipios de Xochitepec,

    Temixco, Zacatepec, Cuernavaca, Jiutepec, de Morelos y contra quien resulte responsable por los

    hechos: disposicin de basura en contra de la normatividad y durante 30 aos en Tetlama con

    base en el artculo 8 de la Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos, articulo 416 del

    Cdigo de Procedimientos Penales, articulo 182 de la LGEEPA, artculos 1, 2, 3,68,97, 99, 100,

    103, 106, 107, 108, 109, 110, 111, 112, 113, 114 y 115 de la Ley General para la Prevencin y

    Gestin Integral de los Residuos.

    Solicitan en dicha denuncia a la SEMARNAT y la PROFEPA la elaboracin de los estudios,

    dictmenes y peritajes necesarios para integrar la averiguacin previa y la reparacin de daos

  • 8/12/2019 LYN_U2_A4_

    4/5

    Facultad de Ciencias de la Salud, Biolgicas y Ambientales

    Asignatura: Legislacin y Normatividad

    UnADM Pgina 4 de 5

    con base en los artculo 182 de la ley General del Equilibrio Ecolgico y la Proteccin al

    Ambiente, el 4210 del Cdigo Federal de Procedimientos Penales y 1310 fraccin X y 132

    fracciones X, XI y XII, XIV Y XIX del Reglamento Interior de la Secretaria de Medio Ambiente y

    Recursos Naturales.

    ANLISIS

    Las leyes en materia ambiental plasmadas en la LGEEPA estn bien planteadas ya que de

    inicio se fundamentan en los derechos constitucionales de las personas. La ignorancia por parte

    de las personas acerca de las leyes y reglamentos en materia de desperdicios slidos y el medio

    ambiente, fue un factor trascendental que no les permiti tomar una decisin acertada en tiempo

    para poder evitar de esta forma las tragedias hoy documentadas y las que continan vigentes

    debido a su naturaleza de las enfermedades presuntamente ocasionadas como el cncer y las

    malformaciones en las personas.

    Sin embargo existe un problema muy parecido a un vaco legal en lo que se refiere a quien

    en la prctica aplica y hace valer dichas leyes y reglamentos. En el documento dispuesto para la

    actividad mencionan uno de los pasos donde presentan una denuncia ante la PGR organismo que

    hoy da parece no estar preparado para dar solucin a problemas de tipo ambiental convirtindose

    en un obstculo burocrtico para la solucin del problema de los habitantes de Alpuyeca.

    Una situacin similar sucede cuando los habitantes denuncian el problema ante el gobierno

    del estado y estos funcionarios primero firman un acuerdo que meses despus no cumplen

    generando con este hecho desconfianza y demostrando su ineptitud para tratar y resolver

    problemticas ambientales reflejando nuevamente su ignorancia e incapacidad para ofrecer

    bienestar a su comunidad. Este organismo solo se limito a pasarlo al congreso del estado para

    su anlisis. Mientras tanto los habitantes padecen las consecuencias del problema que nadie

    quiere o tal vez no sepa como resolver. Finalmente acaba haciendo otro socavn a 500 metros del

    original para seguir depositando la basura ignorando TODAS las normas ambientales que existen

    al respecto en nuestro pas.

    Desafortunadamente lo que padecen los habitantes de Alpuyeca es una pequea muestra

    de la forma en que se aplican las leyes en materia ambiental en nuestro pas, en donde quienes

    detentan el poder, la influencia, los recursos econmicos, materiales, tecnolgicos para resolver

    los problemas ambientales al parecer cierran los ojos para no ver y no hacerse responsables de

    los problemas que finalmente un da nos afectaran a todos los ciudadanos.

    CONCLUSIONES

  • 8/12/2019 LYN_U2_A4_

    5/5

    Facultad de Ciencias de la Salud, Biolgicas y Ambientales

    Asignatura: Legislacin y Normatividad

    UnADM Pgina 5 de 5

    Elmarco jurdico que se ha construido en Mxico en materia ambiental, se muestra nulo en

    el problema del basurero de Tetlama, sin embargo los problemas de contaminacin son

    responsabilidad de todos y cada uno de nosotros por lo que todos debemos contribuir para

    mejorar y preservar el medio ambiente en el que hoy vivimos, llevando a cabo ciertas acciones

    como: manejar adecuadamente los residuos, aplicar el marco legal en materia de proteccin al

    medio ambiente. Existen dependencias, las leyes, las normas necesarias para aplicar el marco

    legal que corresponde, una de las muchas cosas que faltan en el pas es hacer real el derecho a

    la informacin. Si la poblacin de Tetlama hubiera tenido acceso al marco legal existente en

    nuestro pas en materia ambiental hubieran tomado mejores y prontas decisiones para enfrentar el

    problema que tanto dao les ha causado.

    El estado de derecho en nuestro pas est muy lejos de alcanzarse plenamente la mayora

    de la poblacin no tiene acceso a la informacin acerca de sus derechos bsicos como o es el

    vivir en un ambiente limpio y seguro. Nuestra constitucin contiene este tipo de derechos. Por

    ejemplo: el prrafo adicionado al artculo cuarto, mediante decreto en el Diario Oficial de la

    Federacin el 28 de junio de 1999, que a la letra dice: Toda persona tiene derecho a un medio

    ambiente adecuado para su desarrollo y bienestar.

    Extracto, Articulo 4 Constitucin poltica de los estados unidos Mexicanos.

    As mismo la constitucin otorga a todo mexicano el derecho a la informacin, este derecho

    pone en igualdad de condiciones a las personas ya que los coloca en un mismo plano sin importar

    condicin econmica, ocupacin o genero ya que todos tienen o pueden acezar a la misma

    informacin en el momento que lo requieran para poder tomar las mejores decisiones en el

    momento adecuado por ejemplo para proteger su salud e integridad fsica y el medio ambiente en

    el caso del basurero de Tetlama.

    Bibliografa.

    Basurero de tetlama, disponible en:

    http://www.letraslibres.com/revista/convivio/lamento-por-morelos

    Normas y leyes, disponibles en: www.semarnat.gob.mx/

    http://www.elecologista.com.mx