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Flores Escobedo Alfredo 27/01/2014 Mabel García, Silvana EL DERECHO COMO CIENCIA El derecho se define como ciencia, porque constituye un conjunto de conocimientos ordenados, sistematizados, de carácter racional de los hechos fenómenos sociales que tienen implicancias jurídicas o de las operaciones generales por esos mismos hechos los cuales constituyen sus objetos o campos de estudio, además se rigen por principios. Entonces estamos en condiciones de afirmar, que el derecho es una ciencia de carácter factical, cultural, y constituye un conjunto de conocimientos ordenados y sistematizados. El concepto e contendió de la ¨Ciencia del Derecho¨ la definición del objeto de la ciencia resulta controvertida. Se han propuesto a lo largo de los siglos se han propuesto diferentes visiones acerca de la ciencia del derecho, su finalidad y contenido y todas ellas contribuyeron en su formación. La palabra *Derecho* tiene varios significados relacionados estrechamente entre sí. Derecho objetivo es decir como sistema o conjunto de normas. Derecho subjetivo, esto es, como facultad, atribución o permiso. La ciencia del derecho tiene que ver con normas, con un deber ser, pero n se ocupa de los contenidos, sino de la estructura lógica de las normas jurídicas, examina el sentido, la posibilidad y los límites de un enunciado jurídico en general y clase, modo de su realización. Como lo entiende Kelsen. Asi mismo, en nuestra ciencia, las respuestas a las preguntas no pueden inequívocamente calificarse de ¨Verdaderas¨ o ¨falsas¨ sino de ¨defendibles¨ y que la relatividad del saber jurídico (A. Ross) cobra vigencia en la conocida afirmación de ¨Los juristas no amamos nada tanto como poner en duda las opiniones ajenas¨. La ciencia se caracteriza por la búsqueda de la verdad pero también por la demostración del erro. El conocimiento científico,

Mabel García, Silvana Derecho como ciencia

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Flores Escobedo Alfredo

27/01/2014

Mabel García, Silvana

EL DERECHO COMO CIENCIA

El derecho se define como ciencia, porque constituye un conjunto de conocimientos ordenados, sistematizados, de carácter racional de los hechos fenómenos sociales que tienen implicancias jurídicas o de las operaciones generales por esos mismos hechos los cuales constituyen sus objetos o campos de estudio, además se rigen por principios. Entonces estamos en condiciones de afirmar, que el derecho es una ciencia de carácter factical, cultural, y constituye un conjunto de conocimientos ordenados y sistematizados.

El concepto e contendió de la ¨Ciencia del Derecho¨ la definición del objeto de la ciencia resulta controvertida. Se han propuesto a lo largo de los siglos se han propuesto diferentes visiones acerca de la ciencia del derecho, su finalidad y contenido y todas ellas contribuyeron en su formación.

La palabra *Derecho* tiene varios significados relacionados estrechamente entre sí. Derecho objetivo es decir como sistema o conjunto de normas. Derecho subjetivo, esto es, como facultad, atribución o permiso.

La ciencia del derecho tiene que ver con normas, con un deber ser, pero n se ocupa de los contenidos, sino de la estructura lógica de las normas jurídicas, examina el sentido, la posibilidad y los límites de un enunciado jurídico en general y clase, modo de su realización. Como lo entiende Kelsen.

Asi mismo, en nuestra ciencia, las respuestas a las preguntas no pueden inequívocamente calificarse de ¨Verdaderas¨ o ¨falsas¨ sino de ¨defendibles¨ y que la relatividad del saber jurídico (A. Ross) cobra vigencia en la conocida afirmación de ¨Los juristas no amamos nada tanto como poner en duda las opiniones ajenas¨.

La ciencia se caracteriza por la búsqueda de la verdad pero también por la demostración del erro. El conocimiento científico, debe ser pues, ¨ fálsable¨. Es la ciencia que se da toda explicación que hace que el hombre de ciencia no es la posesión de conocimiento en el sentido de verdades irrefutables, sino la búsqueda obstinada y audaz de la verdad. Aun lo provisto es válido, pues lo probable de hoy, puede ser lo cierto de mañana.

En general la función de docente y también la académica en general (Trasmite del contenido de la Ciencia del Derecho), genera nuevos conocimientos, formula hipótesis, conceptos, teorías, que permiten describir, explicar o comprender más profundamente los fenómenos jurídico.

EL entorno al carácter científico de la Ciencia del Derecho han llevado a algunos autores a preguntar si tiene sentido seguir discutiendo del status epistemológico de la jurisprudencia. Se

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afirma, no parece cumplir más que una función ideológica: la de descalificar o justificar según los casos, el saber jurídico tradicional, pero sin que nuestro conocimiento sobre el mismo se vea aumentado por ello.

La ciencia del Derecho es la disciplina científica que tiene por objeto el estudio, la interpretación, integración y sistematización de un ordenamiento jurídico para su justa aplicación.

https://sivea.uson.mx/docentes/tareas/El_Derecho_como_ciencia.pdf