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[1] Ilustre Municipalidad de Rengo DAEM Colegio La Paz MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR Ser, Hacer y Saber; Juntos construyendo tu futuro

MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR · Responsables de sus trabajos y actos 5.- Críticos 6.- Reflexivos referente a su quehacer y actuar 7.- Optimistas 8.- Participativos ... Cumplir con

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Ilustre Municipalidad de Rengo DAEM

Colegio La Paz

MANUAL DE

CONVIVENCIA

ESCOLAR

Ser, Hacer y Saber; Juntos construyendo tu futuro

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HIMNO COLEGIO LA PAZ

Letra: Luisa Valdivieso

Música: Fernando Valdés

Bendición, al templo de mi escuela,

do se pule mi alma en el deber

Donde aprendo algo nuevo cada día

Y comulgo la hostia del saber

Llegando a la puerta de mi escuela

Yo recuerdo, mi madre me habla así:

En tus libros modela tu alma buena

Y no pierdas la fe que he puesto en ti

Desde entonces mis libros son amigos

Mis maestros los guías del saber

Nos enseñan que el mundo siempre lucha

Y el que lucha sabrá siempre vencer.

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CONTENIDOS

INTRODUCCIÓN i.- Visión ii.- Misión iii.- Objetivos Institucionales iv.- Perfiles, deberes y derechos de alumnos v.- Perfiles, deberes y derechos de apoderados vi.- Docentes y Asistentes de la Educación vii.- Política Comunal de Convivencia Escolar I.- FALTAS Y SANCIONES 1.- Gradación de las faltas 2.- Gradación de las sanciones 3.- Procedimientos para la aplicación de sanciones II.- ESTÍMULOS POSITIVOS 1.- Actitudes positivas a considerar 2.- Procedimientos para la aplicación de estímulos positivos III.- CUADRO DE TRANSGRESIÓN DE NORMAS A) Alumnos

- Normas, faltas, categoría de la sanción - Procedimientos ante las faltas

B) Apoderados - Normas, faltas y Procedimiento

IV.- DISPOSICIONES GENERALES V.- PROTOCOLOS DE ACTUACIÓN VI.- ANEXO: GLOSARIO

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INTRODUCCIÓN

La relación interpersonal admite la idea de convivencia. Ésta, no es posible si no bajo el prisma de

los valores universales que, sin duda, orientan, en lo deseable, hacia un “Buen Vivir”, más que un

“Con Vivir”.

El ser humano, gracias a su característica gregaria, insoslayablemente, debe dar cuenta de los

valores aprehendidos, permanentemente, través de su conducta; la que debe confrontar con la de

otros. En este marco de acción, son las normas, las reglas, los límites quienes determinan si la

convivencia es positiva o no lo es.

La convivencia, también, es un evento que se aprende a cada instante y en todos los espacios en

que se comparte la vida con otros.

El Colegio, así, se transforma, luego del seno familiar, en un espacio de aprendizaje de convivencia

gracias al ejercicio permanente de los valores fundamentales que rigen la vida; a saber, entre otros:

responsabilidad, respeto, solidaridad, amor, tolerancia.

El presente Manual, es un instrumento que define las normas de la comunidad, especialmente de

los alumnos con relación al resto de la comunidad escolar

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i.- VISIÓN DEL COLEGIO LA PAZ: “El Colegio La Paz privilegiará la excelencia académica, formando así los cimientos que le permitan a los estudiantes continuar incrementando sus potencialidades y optando a nuevas instancias de aprendizaje, así como también al desarrollo de habilidades y competencias cognitivas, sociales, emocionales y valóricas, respetando la diversidad y la sana convivencia para formar personas íntegras con valores sólidos y que puedan desenvolverse con éxito en la sociedad” ii.- MISIÓN DEL COLEGIO LA PAZ: “Entregar una educación de excelencia para el presente y futuro de todos nuestros estudiantes, basados en un modelo educativo integral, siendo reconocidos como el mejor colegio a nivel comunal" iii.- OBJETIVOS INSTITUCIONALES AFINES A CONVIVENCIA ESCOLAR:

1.- Propiciar un ambiente escolar positivo que contribuya al PEA. 2.- Mejorar redes de apoyo interna que permita una sana convivencia y facilitar el desarrollo progresivo de los educandos. 3.- Incorporar progresivamente a los padres y apoderados en el PEA de sus hijos.

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iv.- PERFIL, DERECHOS Y DEBERES DE ALUMNOS A) PERFIL (los alumnos del Colegio La Paz, son)

1.- Respetuosos de sus padres, profesores, entorno social, natural y cultural. 2.- Proactivos 3.- Solidarios 4.- Responsables de sus trabajos y actos 5.- Críticos 6.- Reflexivos referente a su quehacer y actuar 7.- Optimistas 8.- Participativos 9.- Comprometidos 10.- Ecológicos 11.- Disciplinados 12.- Tolerantes 13.- Forjadores de altas expectativas

B) DERECHOS(los alumnos del Colegio La Paz podrán: ) 1.- Desarrollarse íntegramente de acuerdo a los postulados y objetivos de la Educación Chilena. 2.- Aspirar a una realización personal de acuerdo a sus aptitudes y capacidades 3.- Ser escuchados en sus inquietudes. 4.- Recibir una educación liberada de todo prejuicio y sectarismo. 5.- Recibir atención especial y evaluación diferenciada si presentasen alguna dificultad de aprendizaje debidamente diagnosticada. 6.- Recibir atención, protección y apoyo cuando lo requieran. 7.- Recibir sus clases conforme lo señale la programación del Colegio, el Calendario Escolar, las Normas de Evaluación y el presente Manual de Convivencia. 8.- Hacer uso de las instalaciones del Colegio conforme a las normas establecidas de orden y seguridad. 9.- Participar y representar al Colegio en cualquier evento que los proyecten positivamente. 10.- Acceder a los medios que disponga el Colegio para su desarrollo físico, mental, espiritual y social en forma saludable y equitativa, conforme a las normas establecidas de orden y seguridad. 11.- Acceder a beneficios de atención alimenticia, médica o dental de a cuerdo a las disposiciones de los organismos oficiales que los coordinan y otros que se ofrezcan. 12.- Disponer del Seguro de Accidentes Escolares, de ida y regreso de las actividades escolares y/o durante ellas, de acuerdo a la normativa vigente. 13.- Disponer de información oportuna, adecuada y pertinente a sus necesidades de prosecución de estudios.

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C) DEBERES (los alumnos del Colegio La Paz deberán: ) 1.- Cumplir con las disposiciones del presente Manual de Convivencia Escolar y sus modificaciones posteriores, debidamente informadas. 2.- Asistir regular y puntualmente a clases, actos y ceremonias programadas por el Establecimiento. 3.- Ceñirse en todo momento, a las normas de respeto y sana convivencia con sus pares y demás integrantes de la Unidad Educativa. 4.- Cumplir con las tareas y/o deberes que los distintos profesores les encomienden como parte del programa de estudio que estén desarrollando, con puntualidad y eficiencia. 5.- Proteger y cuidar el medio ambiente y el entorno natural del Establecimiento. 6.- Cuidar los textos, material de apoyo y todos los implementos proporcionados por el Colegio y el MINEDUC, así como también toda la infraestructura. 7.- Cultivar y demostrar el desarrollo de los valores que esta Comunidad Educativa considera fundamentales para el desarrollo del alumno y alumna.

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v.- PERFIL, DERECHOS Y DEBERES DE LOS APODERADOS A) PERFIL LOS APODERADOS DEL COLEGIO LA PAZ, SON: Responsables - Comprometidos - Cooperadores - Respetuosos - Preactivos - Solidarios

- Leales - Prudentes - Optimistas Comprensivos - Orientadores - Participativos - Tolerantes.

Respetan conductos regulares; a saber: a.- Para aspectos internos del curso (pedagógica, administrativa y/o de interrelación) --- Recurrir a: Profesor Jefe, Profesor de Subsector (viceversa) b.- Para aspectos relacionados con rendimiento de los alumnos y alumnas --- Recurrir a: Profesor Jefe, Docente a cargo de la UTP c.- Para aspectos de convivencia escolar --- Recurrir a: Profesor Jefe, Orientador d.- Para aspectos administrativos del colegio --- Recurrir a: Subdirector, Director (ambas vía Secretaría)

e.- Para aspectos diversos (uniformes, atrasos, asuntos triviales ocurridos en patios u otras dependencias exceptuando salas, salones y oficinas, justificaciones) que afecten a los alumnos (as) y/o apoderados --- Recurrir a Inspectoría B) DERECHOS (los apoderados del Colegio La Paz podrán: ) 1.- Ser personas mayores de 18 años, que asuman un rol responsable frente a cualquier requerimiento del Colegio para, por y con su pupilo. 2.- Ser informados de los avances y/o retrocesos que experimente su pupilo en términos de aprendizajes y/o desarrollo personal. 3.- Formar parte del Registro Oficial de Padres y Apoderados. 4.- Integrar el Centro General de Padres y Apoderados (previamente elegido por sus pares en un proceso eleccionario correctamente realizado) 5.- Involucrarse en actividades extraprogramáticas organizadas por el Establecimiento, Centro Gral. de Padres y Apoderados y/o Subcentro de Padres y Apoderados. 6.- Participar en las reuniones programadas por cada Sub Centro de Padres y Centro General de Padres y Apoderados. Citados, convocados o informados oportunamente 7.- Ser escuchados e interpretados en sus inquietudes siguiendo el conducto regular y respetando las normas establecida en el presente Manual de Convivencia Escolar. 8.- Ser informados del contenido del presente MCE mediante un ejemplar actualizado

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C) DEBERES (los apoderados del Colegio La Paz deberán: ) 1.- Conocer, aceptar, comprometerse e identificarse con lo establecido en el presente Manual de Convivencia Escolar. 2.- Cautelar la asistencia diaria de sus pupilos (as) al Colegio. 3.- Cautelar la actuación responsable de sus pupilos ante todos sus deberes escolares 4.- Mantener una actitud de respeto hacia todo el personal que conforma la Comunidad Educativa. 5.- Apoyar la gestión pedagógica protagonizada por los profesionales de la educación 6.- Participar de las actividades planificadas por los subcentros, Centro Gral. de Padres y Apoderados y/o del Equipo de Profesionales del Establecimiento. 7.- Asistir a todas las reuniones, entrevistas, talleres, plenarias u otras eventualidades a las que sean citados; previamente. 8.- Cumplir con los compromisos asumidos en reuniones, entrevistas, talleres, plenarias u otras eventualidades y llevar a efecto las sugerencias recibidas por los profesionales de la educación del colegio indistintamente de la situación que procedan. 9.- Abstenerse del consumo (ley 19.419/95 y 20.227/97), porte o transacción de cigarrillos, alucinógenos y/o bebidas alcohólicas, al interior del Colegio. 10.- Cautela el cumplimiento de organización familiar referida a: horas de sueño, horas de estudio personal, trabajo escolar, esparcimiento y deberes familiares de su pupilo. 11.- Mantener diálogo sistemático con su hijo (a) en cuanto a su desempeño y obligaciones escolares y relación interpersonal con sus pares y adultos en general.

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vi.- DOCENTE y ASISTENTES DE LA EDUCACIÓN: La Política Normativa (falta, sanciones, estímulos y otros) que afectan a los Profesionales de la Educación del Colegio La Paz, como asimismo a los Asistentes de la Educación del mismo, está regulada por la Ley Nº 19.070 de Estatuto Docente y su respectivo Reglamento y Código del Trabajo; respectivamente. Razón, por la cual, amerita la ausencia de sus especificaciones en el presente documento.

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viii.- POLÍTICA COMUNAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR 1) Cautelar que todos y cada uno de los padres y apoderados del Establecimiento Educacional, conozcan el Manual de Convivencia Escolar (MCE) a través de la información escrita, al momento de la matrícula, y decodificada a partir de la primera reunión de subcentro: Tener presente - Los padres y apoderados deberán firmar, en el Libro de Clases, la Toma de Conocimiento del MCE. - El MCE debe estar permanentemente retroalimentándose en las reuniones de subcentro. - Los apoderados que se incorporaran al Establecimiento durante el año escolar, deberán ser informados, al momento de la matrícula, del MCE y firmar, en el Libro de clases del curso al que ingresare el alumno, la toma de conocimiento y recepción del mismo. - Cada Establecimiento deberá mantener un Mural Informativo referido al Manual de Convivencia Escolar en permanente reactualización. 2) Cautelar la coherencia y correspondencia entre la (s) falta (s) cometida (s), debidamente calificada (s), y la (s) sanción (s) respectiva (s). Tener presente: - Se entenderá por Falta LEVE a aquellas actitudes y/o comportamientos que alteran el normal desarrollo del proceso de enseñanza-aprendizaje, que no constituyan daños físicos o psíquicos a otros miembros de la comunidad educativa (Ej. Atrasos, no presentarse con uniforme correcto, no portar libreta de comunicaciones, uso de celulares en el aula u otro afín, etc.) - Por falta GRAVE a aquellas actitudes y/o comportamientos que atenten contra la integridad física y/o psíquica de terceros, que constituyan hechos de deshonestidad, que constituyan daño a la propiedad privada de sus iguales y/o del Establecimiento (Ej. Agresiones verbales y/o físicas, copiar en exámenes, dañar el bien común, engañar a sus iguales y/o adultos, etc.) - En cuanto a las faltas de tipo GRAVÍSIMA o MUY GRAVE, se entenderá como aquella que involucren comportamientos o actitudes que afecten gravemente la integridad física y/o psíquica de otros, que constituyan lesiones a la moral y a las buenas costumbres (Ej. Hurto, discriminación, robo, tráfico, abusos deshonestos, etc.).

- En caso de ocurrir alguna falta que no esté contemplada en el MCE, será el Director (a) quien, dada su facultad de máxima autoridad del establecimiento educativo y en pleno uso de su autonomía, decidirá respecto de la situación vía oficio interno.

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3) Sólo se acepta la exclusión de un alumno (a) del Establecimiento Educacional, cuando los procedimientos estipulados en el MCE se hayan realizado paulatina y secuencialmente incluyendo las etapas exigibles de: diálogo, apelación y reparación (Cfr. Texto “Metodología de trabajo para el mejoramiento de la calidad de la convivencia escolar”, pág. 199, edición 2005).

4) Todos los alumn@s que alcancen la instancia de Consejo de Profesores u otra similar en que se define su situación final, antes de esto, deberán ser remitidos al Equipo Profesional del DAEM que se encuentra conformado por Psicóloga, Asistentes Sociales y Orientador como un mecanismo para reestablecer conductas adecuadas, en un plazo de un (1) trimestre a partir de la fecha de derivación, previo análisis del caso por parte del Equipo. En caso contrario, se continuará con lo establecido en el MCE. - NOTA: Art. 4 modificado por el Art. 11 de esta Política. 5) En la instancia de encontrarse un alumn@ de educación básica excluid@ de una Institución Escolar, con posterioridad a la atención especializad del equipo interdisciplinario, deberá ser derivado a la Jefatura del DAEM con el objeto que, desde allí, sea incorporado en otro establecimiento educacional de acuerdo a los siguientes parámetros: - Que el colegio receptor del alumn@ tenga acogida y que posea características de familia-escuela. - Que el colegio receptor del alumn@ posea cobertura de matrícula (vacantes) - Que sea derivado por simple decisión del DAEM En cualquiera de los tres casos, el (la) alumno (a), que se incorpora, iniciará allí, un nuevo proceso como alumn@ nuev@ y de fojas cero respecto del MCE cautelando la no vulneración de sus derechos, privacidad y confidencialidad del caso, de parte del equipo directivo y docente. 6) El Director (a) receptor de alumnos excluidos, dispondrá de 3 meses de observación acompañado por el Equipo multidisciplinario del DAEM. Luego de este tiempo, se definirá la permanencia o devolución de los alumn@s previo análisis del Equipo Disciplinario 7) Todo procedimiento realizado en cuanto al MCE, en el Colegio de origen, deberá estar respaldado bajo registro y firma de quien (es) corresponda, es decir: Director (a), Profesor jefe, Apoderado y alumno (a). 8) La única instancia de apelación externa en la comuna es el DAEM; quién, luego del análisis respectivo, resolverá o derivará la situación a los niveles que corresponda. 9) La acción de suministrar medicamentos a los niñ@s, que estén bajo tratamiento de médico calificado, será de exclusiva responsabilidad de los padres y/o apoderado.

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10) Todo alumn@ que provenga de Colegios Particulares o Particulares Subvencionados, y que tenga interés en incorporarse a una escuela o liceo municipal, su Apoderado deberá, en primer término, solicitar una entrevista de Padres y apoderados al Equipo DAEM, quién analizará el caso y derivará a la escuela que considere adecuado. En este caso, la Dirección del Establecimiento, procederán a poner en práctica lo especificado, en esta Política Comunal de Convivencia Escolar. Junto con esto, procederá a poner en práctica lo especificado en el punto uno (1) del mismo. 11) Por mandato del Ord. Nº 666 del 18/08/09 (Ant. Ord. 206 del 11/08/09 – Colegio La Paz) del DAEM de Rengo: “No está configurado el Equipo Multidisciplinario que alude la Política Comunal de C.E.”. Aplíquese las etapas del MCE y sancionar según este instrumento”.

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I.- FALTAS Y SANCIONES 1.- GRADACIÓN DE LAS FALTAS (*) a) Se entiende por FALTAS LEVES a las actitudes y comportamientos que alteran el normal desarrollo del proceso enseñanza-aprendizaje que no constituyan daño físico ni psíquico a otros miembros de la comunidad educativa. Ejemplos: atrasos, uso incorrecto del uniforme, uso de celular, no porte de libreta de comunicaciones, sin materiales, etc. b) Se entiende por FALTAS GRAVES a las actitudes y comportamientos que: - atenten contra la integridad psíquica de terceros (sobrenombres, burlas, amenazas, u otros) - lesionen el valor de la honestidad (falsificar, mentir, engañar, copiar, adulterar) - dañen la propiedad privada de sus iguales, del Establecimiento (espacios recreativos, de servicio, otros) y/o del Estado (mobiliario, textos, equipos computacionales, otros) - falta de respeto a Emblemas Patrios y/o Institucionales c) Se entiende por FALTAS GRAVÍSIMAS a las actitudes y comportamientos que: - afecten la integridad física y psíquica de terceros - impliquen riesgos físicos personales y/o institucionales - lesionen la moral y las buenas costumbres tales como: discriminación, abusos sexuales en sus diversas acepciones, hurtos, robos, tráfico de drogas (cualquiera que sea), porte de armas corto-punzantes y/o de fuego, otros. (*) cfr. Ejemplos de las faltas y procedimientos en las pág. 16 al 26; inclusive. IMPORTANTE: Toda falta conlleva una sanción. El Modelo de proceso es el siguiente:

- Falta: trasgresión de una norma

- Investigación (saber qué pasó y por qué; escuchar las partes, conocer contexto y motivaciones, definir responsabilidades)

- Evaluación gravedad de la falta (aplicación de criterios de gradación según su perfil, consideración de atenuantes y/o agravantes)

- Aplicación de sanción (proporcionada a la falta, de carácter formativo) Los Principios que se resguardan son:

- El debido proceso (presunción de inocencia, instancias de apelación)

- Privilegio del diálogo entre las partes

- Utilización de técnicas de resolución de conflictos: negociación, mediación, conciliación o arbitraje.

- Búsqueda de reparación y el aprendizaje (reparación de los daños personales y/o materiales, restauración de las relaciones interpersonales)

El Colegio La Paz utiliza, para este efecto, la siguiente modalidad de sanciones formativas que se aplica en consenso con el infractor.

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2.- GRADACIÓN DE LAS SANCIONES a) OPERATIVAS: registro en hoja de vida, citación a entrevistas, condicionalidad, derivaciones internas y/o externas, privación de actividades, suspensiones de clases, cancelación de matrícula. b) FORMATIVAS (consensuadas con quienes infringen las normas): b.1.- DE SERVICIO COMUNITARIO (S.C.): acciones que beneficien a su comunidad escolar: a) aseo sala b) arreglo de jardines c) ayudantía en servicios menores, otros b.2.- DE SERVICIO PEDAGÓGICO (S.P.): acciones que beneficien a su comunidad escolar:

a) elaboración de diario mural de aula, b) ayudantía en cursos PREBÁSICA y NB1 (recolección y/o elaboración de material,

ordenamiento de útiles escolares, marcar cuadernos, otros), c) ayudantía en biblioteca y/o lectura individual. b.3.-DE AUTOAPRENDIZAJE FORMATIVO (A.F.): acciones que permitan al alumno (a) comprender el impacto de sus acciones en su comunidad escolar más inmediata: a) desarrollo de trabajos de investigación (pro Biblioteca) b) exposición temática en su curso c) desarrollo de guías de autoaprendizaje y/o de ejercitación. b.4.- DE REPARACIÓN (R): consistente en reponer y/o reparar daños a terceros y/o de Infraestructura.

NOTA: Las sanciones formativas, tendrán la siguiente duración:

SANCIONES FORMATIVAS

a b c

b.1.- (Servicio Comunitario)

3 días hábiles 3 días hábiles 3 días hábiles

b.2.- (Servicio Pedagógico)

2 semanas (1 DM cada semana)

3 días hábiles 3 días hábiles

b.3.- (Autoaprendizaje

Formativo)

2 trabajos (1 cada semana) de subsector y tema a

consensuar con el alumno (a)

2 exposiciones (1 c/ semana).

Tema a consensuar con docente ad.hoc.

3 guías emitidas por UTP. A realizar una cada día en

biblioteca.

b.4.- (Reparación)

La reparación y/o reposición del daño se hará efectiva hasta en un máximo de 10 días hábiles. Reparación: Disculpas privadas o públicas, reposición de insumos o materiales, de infraestructura o de sus pares.

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3.- PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN DE SANCIONES NOTA: Las advertencias, recomendaciones, sugerencias, llamadas de atención verbales emitidas por los docentes, inspectores, orientador, personal directivo u otra persona de la comunidad educativa, no poseen el carácter de sanción, sino que constituyen acciones preventivo-formativas que se deben realizar diariamente según el caso lo requiera. A) Ante las Faltas Leves, se procede de la siguiente manera:

NIVEL Nº LEVES

SANCIÓN RESPONSABLE

1

1 - 5 RHV, ENTREV. PJ / ALM P.J.

6 RHV, ENTREV. INSP. / ALM. INSP.

7 RHV, ENTREV. PJ / ALM./ APOD. P.J.

2

8 RHV, SANC. S.C. “a” P. J. (Jefe aseo)

9 RHV, SANC. S.C. “b” P. J. (Inspec.)

10 RHV, SANC. S.C. “c”, DERIV. ORIENT. P. J. (Inspec.)

3

11 - 13 RHV, ENTREV. ORIENT. ORIENT.

14 RHV, ENTREV. ORIENT. / ALM. / APOD. ORIENT.

15 RHV, SANC. S.P. “a” ORIENT. / P.J.

16 RHV, SANC. S.P. “b” ORIENT. / P.J.

17 RHV, SANC. S.P. “c” , DERIVAC. ESPEC. ORIENT. / P.J.

4

18 RHV, ENTREV. ORIENT. / ALM. / APOD. ORIENT.

19 RHV, SANC. A.F. “a” ORIENT. / P.J.

20 RHV, SANC. A.F. “b” ORIENT. / P.J.

21 RHV, SANC. A.F. “c” ORIENT. / P.J./UTP.

5 22 + RHV, PERMANENCIA PROLONGADA (hasta las 17:30)

ORIENT./ INSP.

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B) Ante las Faltas Graves, se procede de la siguiente manera:

NIVEL Nº GRAVES

SANCIÓN RESPONSABLE

1 1-2 RHV., ENTREV. P.J. c/ APOD. Y ALM. P.J

3 RHV., SUSP. 1 DÍA / COMUN. APOD. Y ENTREV. APOD. c/ PROF. JEFE.

P.J

4 RHV. SUSP. 2 DÍAS / COMUN. APOD. Y ENTREV. APOD. c/ INSPEC.

P.J. / INSPECTOR

5 RHV., SUSP. 3 DÍAS /COMUNIC. APOD. Y ENTREV. APOD. Y ALUMNO c/ INSPEC.

INSPECTOR

2 6 RHV/ COMUNIC. APOD. Y ENTREV. APOD C/INSPEC. Y ORIENTADOR. QUEDA EN

CONDICIONALIDAD (*)

INSPEC. / ORIENTADOR

7 RHV., COMUNIC. APOD. Y ENTREV. APOD. Y ALUMNO c/ ORIENTADOR Y SUB

DIRECCIÓN Y DERIVACION A CONSEJO DE DISCIPLINA

ORIENTADOR / SUB DIRECCIÓN.

8 RHV., COMUNIC. APOD. Y ENTREV. APOD. Y ALUMNO c/ORIENTADOR. SESIONA

CONS. DE DISC. (**)

ORIENTADOR/CONSEJO DE DISCIPLINA

3 9 y más RHV., COMUNIC. APOD Y ENTREV. APOD. Y ALUMNO c/DIRECTOR Y ORIENTADOR.

SUSPENSIÓN INDEFINIDA (***)

DIRECTOR / ORIENTADOR

(*) Los Alumnos condicionados, estarán impedidos de: representar al Colegio en desfiles o delegaciones especiales, ocupar cargos directivos o representatividad institucional a nivel curso, nivel o colegio. La condicionalidad se levanta en virtud de nuevos antecedentes positivos analizados al término de cada semestre en Consejo de Disciplina. (**) Analizado el caso (lectura de informe pormenorizado preparado por el Prof. Jefe), se procede a definir: Por ejemplo: Derivación a Especialista (Orientador, Asistente Social, Psicólogo (a), Psicopedagogo, Neurólogo, Psiquiatra, Terapeuta familiar u otro), aplicación de sanción que el Consejo estime apropiada aplicar (que esté inserta en el MCE), Derivación al DAEM. El Consejo de disciplina será integrado por: Un Directivo, Profesor Jefe, Orientador, un profesor de subsector, Inspector. (***) Sanción apelable (escrita) por parte del apoderado a la Dirección. Se responde dentro de 3 días hábiles.

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C) Ante las Faltas Gravísimas, se procede de la siguiente manera:

NIVEL Nº GRAVÍSIMAS

SANCIÓN RESPONSABLE

1 1 RHV., COMUNIC. APOD. Y ENTREV. APOD. Y ALUMNO c/ PROF. JEFE

P.J.

2 RHV/SUSP. 1 DÍA/COMUNIC. Y ENTREV. APOD. c/INSPECTOR

INSPECTOR

3 RHV/ SUSP. DE 2 DÍAS / COMUNIC. APOD. Y ENTREVISTA APOD. c/ INSPECTOR Y ORIENTADOR

INSPECTOR

2 4 RHV., COMUNIC. APOD. Y ENTREV. APOD. Y ALUMNO c/SUBDIRECTOR Y ORIENTADOR.

DERIVAC. A CONSEJO DE DISCIPLINA DE PROF. DEL NIVEL (*) Y/O DERIVACIÓN DE DOCUM. AL DAEM

(sólo para toma de conocimiento). QUEDA EN CONDICIONALIDAD (**)

ORIENTADOR / SUB DIRECCION

3 5 y más RHV, COMUNIC APOD Y ENTREV APOD Y ALUMNO c/DIRECTOR Y ORIENTADOR Y CANCELACIÓN DE MATRÍCULA (informada por escrito al apoderado hacia

fines de octubre) c/ INFORME AL DAEM (***)

DIRECTOR / ORIENTADOR /

CONSEJO DE PROFESORES

(*) Analizado el caso (lectura de informe pormenorizado preparado por el P.J.) se procede a definir, por ejemplo: Derivación a especialista (neurólogo, Asistente Social, Psicólogo (a), Psicopedagoga, Neurólogo, Psiquiatra, Terapeuta familiar u otro), aplicación de sanción que el Consejo estime apropiado aplicar (que esté inserto en el MCE), derivación al DAEM. El Consejo de profesores del nivel lo integrarán, además por: un directivo, orientador e inspector. (**)Los alumnos que cursen 8º año básico, serán analizados de acuerdo a la siguiente pauta de sanciones supervisada por Orientador, Profesores Jefes e Inspector (a), según sea la gravedad de sus faltas:

- Entrevista de apoderado con Director, Orientador, Profesora Jefe, e/o Inspector, dejando siempre constancia en H.V.

- Análisis del caso en Consejo de Disciplina con actividades de Servicio Pedagógico y/o de Autoaprendizaje Formativo.

- Citación de padres para firmar condicionalidad de matrícula (sólo en caso de repetir de curso) que podría consistir en: cambio de curso, cambio de apoderado o pérdida de matrícula prioritaria (instancia apelable por el apoderado).

- Asistencia sólo al 1º período de clases o suspensión indefinida pudiendo acceder a rendición de pruebas en horarios alternos.

- Privación de la participación en actividades de fin de año. (licenciaturas, paseos, fiestas etc.)

- Privación de participación en Actos públicos internos o externos al Colegio. (***) Sanción apelable por el apoderado, de manera escrita, a la Dirección

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II.- ESTÍMULOS POSITIVOS Las buenas conductas, actitudes positivas y ejemplarizadoras de los alumnos merecen ser destacadas y estimuladas, con el propósito que sean imitadas por el resto de la comunidad Educativa. 1.- ACTITUDES POSITIVAS A CONSIDERAR 1.1.- Actúa responsablemente en todas las actividades en que se compromete. 1.2.- Se destaca por su alto rendimiento académico de subsector y / o general 1.3- Se destaca por su capacidad para enfrentar y resolver sus problemas. 1.4.- Manifiesta un alto espíritu de superación y esfuerzo 1.5.- Cumple con las normas establecidas por el colegio. 1.6.- Se destaca por su participación en actos cívicos internos y/o de la comunidad externa. 1.7.- Se destaca por su participación en ACLE. 1.8.- Manifiesta actitudes de respeto con todos y cada uno de los integrantes de la comunidad Educativa. 1.9.- Promueve y practica valores para una sana convivencia. 1.10.- Se destaca por cuidar, ornamentar y mantener en óptimas condiciones su sala y el entorno en general. 1.11.- Posee Hoja de Vida sin Observaciones Negativas 1.12.- Otras que el profesor o personal autorizado estime conveniente destacar 2.- PROCEDIMIENTOS PARA APLICACIÓN DE ESTIMULOS NOTA: El otorgamiento de los estímulos de los niveles 3, 4 y 5 dependerá del análisis de confrontación entre las observaciones positivas y negativas obtenidas por el (la) alumno (a) que sea afecto.

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NIVEL

Nº OBSERV.

POSITIVAS

ESTÍMULO

RESPONSABLE

1 1 - 3 - Registro en Hoja de Vida Profesional autorizado

2 4 – 6 - Cuadro de Honor del Curso Profesor Jefe

3 7 – 10 - Cuadro de Honor del Colegio Profesor Jefe Comisión

Convivencia

4 11 - Diploma de Reconocimiento en Acto Cívico - Reconocimientos en Actos: Día del alumno, semana del niño, día de la juventud, etc.

Comisión Convivencia

Dirección

5 12 + - Representa al Colegio en Actos Cívicos externos, eventos, espectáculos, etc. - Integra Grupo de Excelencia del Colegio (Separadora de Escuadras, Responsabilidad Estudiantil, Monitor académico, etc.)

Dirección

III.- CUADRO REFERENCIAL DE TRANSGRESIÓN A LAS NORMAS ESTABLECIDAS EN EL PRESENTE M.C.E.

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A) ALUMNOS

NORMAS Los alumnos del Colegio La Paz:

FALTAS (*) con procedimiento

CATEGORÍA DE LA

SANCIÓN

(1) Asumen sus deberes escolares, traen materiales y útiles necesarios.

- Se presenta sin materiales de trabajo.

LEVE

(2) Asisten a pruebas o a otras instancias de evaluación programadas con anticipación.

-(*) Inasistencia a pruebas programadas

LEVE

(3) Asiste todos los días a clases -(*) Se presenta sin justificativo en caso de inasistencia

LEVE

(4) Deberán llegar puntualmente al inicio de las jornadas de clases, luego de un recreo o actividad académica programada en la que haya participado.

-(*) Se presenta atrasado (a) a clases.

LEVE

(5) Los alumnos no deberán permanecer en las salas de clases, ni pasillos del 2º piso durante los recreos.

-(*) Permanece en la sala o en pasillo de 2º piso durante el recreo

LEVE

(6) Todos los alumnos deberán portar la libreta de comunicaciones del colegio.

- No porta su libreta de comunicaciones

LEVE

(7) Respetarán sectorización de servicios higiénicos, lugares autorizados y deslindes del establecimiento durante su permanencia en éste.

-Es sorprendido (a) en servicios higiénicos no correspondiente a su género y nivel o en recintos colindantes al Establecimiento o en lugares no autorizados del mismo.

LEVE

(8) Podrán ingresar al Colegio con bicicleta y estacionarla en los lugares habilitados para este fin.

-(*) Dejar la bicicleta en un lugar no habilitado. - Transitar a bordo de bicicleta dentro del recinto.

LEVE

[22]

(9) Deberán usar el uniforme oficial (completo) y de manera correcta cada vez que vienen al colegio.

-(*) No usar el uniforme correctamente o incompleto

LEVE

(10) En los meses de Octubre a Marzo (inclusive), se permite el uso de Uniforme de verano.

-(*) Usar uniforme de verano incorrectamente (colores o prendas no autorizadas) o fuera de plazos establecidos

LEVE

(11) Para Educación física, deberán usar vestimenta correspondiente al subsector.

-(*) No usar el uniforme como está estipulado.

LEVE

(12) Se permite uso de uniforme alternativo en período otoño-invierno

-(*) No usar el uniforme como está estipulado.

LEVE

(13) Asisten a clases con impecable presentación personal.

-(*) No posee presentación personal adecuada

LEVE

(14) Portan mochila o bolso sobrio. Sin escrituras (slogan) o adminículos adheridos

-Porte de mochilas o bolsos “adornados a la moda” con slogan u objetos adheridos.

LEVE

(15) En actos oficiales y/o desfiles la presentación personal y uso de uniforme será de acuerdo a lo dispuesto por la Dirección del colegio.

-No posee presentación personal adecuada

LEVE

(16) No se presentan al Colegio con objetos de valor: tecnológicos y/o audiovisual (celulares, MP3, MP4, cámaras fotográficas, notebook o afines), u otros que no correspondan al uniforme escolar (cadenas, aros, pulseras, reloj de alto costo, planchadora de pelo, etc).

-(*) Uso de celular u objeto tecnológica audio-visión durante el proceso lectivo (formativo y/o de instrucción) (*) sin autorización del docente que se encuentre en el aula (tipo de usos sancionables: grabación, filmación, mensajería, fotografiar, escuchar música, otros fines). -Uso de accesorios de alto valor y/o extravagantes sin autorización del docente que se encuentre en el aula.

GRAVE

LEVE

[23]

(19) No venden productos al interior del colegio en beneficio de su curso

-(*) Vender productos sin autorización

LEVE

(20) No portan las llaves de las salas de clases.

-(*) Portar las llaves de las salas de clases.

CONSTANCIA

(21) No portan Libros de Clases -(*) Portar Libro de Clases

CONSTANCIA

(22) Recibirán alimentación según lo establecido por la JUNAEB.

-(*) Rechazar y/o botar alimentos, jugar con los alimentos o ensuciar el comedor. - No cumplir con horarios establecidos,

GRAVE

(23) Harán turnos para limpieza de mesas del comedor a las 13.30 hrs.

-(*) No cumple con su turno LEVE

(24) Muestran responsabilidad y/o compromiso tanto al interior como fuera de la sala de clases

- Es reincidente en la falta de responsabilidad y/o compromiso en sus labores de estudiante

LEVE

(25) Mantienen actitud de respeto y buen comportamiento en actos cívicos y frente a los emblemas patrios y de la Institución y en instancias de aprendizaje y/o pedagógicas (aula, salón, CRA, comedor, multimedios, Enlace, otros)

- (*) No respeta los símbolos patrios y/o institucionales ni muestra buen comportamiento en actos cívicos o en actividades de aprendizaje y/o pedagógicas (charlas, eventos, reuniones, sala de clases, otras).

GRAVE

(26) Respetan el conducto regular cada vez que se encuentren frente a situaciones de apremio.

-(*) No respeta conducto regular

CONSTANCIA

(27) No consumen alimentos, mastican chicles, maravilla u otro afín en horarios de clases.

-(*) Come o mastica sustancias en clases

LEVE

(17) No portan grandes cantidades de dinero.

-(*) Porte y/o uso de dinero en forma sobredimensionada

LEVE

(18) No venden productos al interior de la sala y/o colegio con fines de lucro personal

-(*) Vender productos por lucro personal

LEVE

[24]

(28) No pololean, no se toman de las manos, no se besan, no se abrazan, no hacen tocaciones corporales a terceros, en las salas, patios y colegio en general.

-(*) Realizar manifestaciones afectuosas propias de un pololeo

GRAVE

(29) No salen de la sala en horas de clases. Excepto ante una situación de emergencia evaluada por el profesor (a).

-(*) Sale de la clase sin autorización del profesor (a)

GRAVE

(30) No se ausentan de clases, estando en dependencias del colegio.

-(*) No ingresa a clases (cimarra interna)

GRAVE

(31) No abandonan el colegio sin autorización.

-(*) Abandona el colegio sin autorización correspondiente (fuga o salida con engaño)

GRAVÍSIMA

(32) No se retiran del Establecimiento antes del término de la jornada de clases.

-(*) Se retira del establecimiento sin autorización

GRAVÍSIMA

(33) No realiza acciones reñidas con la moral, con la sociedad, con los bienes ajenos, con las buenas costumbres, con los valores dentro y fuera del colegio.

-(*) Realiza acciones inadecuadas dentro y fuera del colegio usando uniforme institucional o su alternativo.

GRAVÍSIMA

(34) Usa vocabulario correcto, sin groserías, dentro y fuera del establecimiento.

-(*) Utiliza vocabulario soez.

GRAVE

(35) Cuida el mobiliario, infraestructura, insumos y medio ambiente general del colegio.

-(*) No cuida infraestructura, insumos y medio ambiente del colegio

GRAVE

(36) No engaña, de hecho o de palabra, a ningún integrante del Establecimiento.

-Engaña o miente a cualquier miembro de la Unidad Educativa.

GRAVE

(37) No porta armas de ningún tipo, alucinógenos, bebidas alcohólicas o cigarrillos.

-(*) Porta armas, alcohol, alucinógenos y/o cigarrillos.

GRAVÍSIMA

(38) No consumen alucinógenos, cigarrillos ni bebidas alcohólicas dentro del Establecimiento.

-(*) Se droga, fuma, bebe.

GRAVÍSIMA

[25]

(39) No agreden física, verbal o sexualmente a ningún integrante de la unidad educativa.

- (*) Agrede física, verbal o sexualmente (manoseo, bajar pantalón o faldas, mostrar genitales) a integrante (s) de la Unidad Educativa.

GRAVÍSIMA

(40) No discriminan a ningún integrante del Establecimiento por ninguna razón; sino las aceptan tal cual son.

-(*) Discrimina a sus compañeros o a otro integrante de la comunidad educativa.

GRAVÍSIMA

(41) Mantiene actitudes honestas frente a pruebas, controles, trabajos, documentos oficiales (libros de clases, certificados, comunicaciones, pruebas, informes). No copia, no falsifica, no adultera.

- Copia en pruebas, falsifica, presenta trabajos ajenos como propios o destruye documentos oficiales

GRAVE

(42) No se apropia de bienes ajenos.

- Hurta o roba bienes ajenos

GRAVÍSIMA

(43) No portan, intercambian, venden ni promueven fotos, páginas u otros elementos de carácter pornográfico y/o eróticos que denigren la moral propia ni la de otras personas.

-(*) Porta, intercambia, vende exhibe o promueve fotos, videos o páginas de corte erótico y/o pornográficos.

GRAVÍSIMA

(44) No usa el beneficio de Internet Escolar para incursionar en páginas de carácter pornográfico y/o reñidas con la moral y buenas costumbres

- Ingresa a páginas web de carácter pornográfico - Ejerce grooming desde laboratorio computacional del colegio

GRAVÍSIMA

(45) No ejerce persecución, amenaza, chantaje, matonaje, acoso ni burlas a sus compañeros de colegio de forma verbal, escrita ni gestual.

- Ejerce bullying sobre compañeros

GRAVÍSIMA

(46) No hace uso de blogs, fotologs, Chat, Facebook, mensajes de texto u otro medio tecnológico ofendiendo a sus compañeros y/o personal del Establecimiento

-Ejerce Cyberbullying sobre compañeros y/o personal del Establecimiento desde laboratorio computacional del colegio

GRAVÍSIMA

(47) Evitan prácticas violentas y/o de menoscabo con o en contra de sus iguales

Ejercen juegos bruscos que atenten contra su integridad física, violentos o de menoscabo con o en contra de sí mismo o de terceros.

GRAVE

[26]

(48) Evitan realizar acciones de carácter vulgar

Ejercen acciones tales como: mostrar y/o tocar partes del cuerpo en detrimento de la propia moralidad y/o la de terceros.

GRAVE

(49) Mantienen actitud de respeto consigo mismo, sus pares y docentes durante actividades académicas y/o formativas

Interrumpen actividades académicas con falta de respeto (lenguaje soez, amenazas, actitud desafiante a la autoridad, acciones violentas, etc.) en contra de docentes, adultos en general y/o pares): clases, patios; por ejemplo.

GRAVE

[27]

PROCEDIMIENTOS ANTE TRANSGRESIÓN DE NORMAS

NORMA PROCEDIMIENTO RESPONSABLES

A.2 En caso de inasistencia a una evaluación programada, el apoderado deberá justificar en forma personal (o por escrito, adjuntando Certificado Médico u otro, si lo hubiere) en inspectoría, el día en que el alumno (a) se reintegre a clases. La evaluación deberá realizarla en la 1ª clase del subsector afectado o correspondiente, luego de su reintegro. En caso de reincidencia (inasistencia a evaluación), el apoderado deberá justificar personalmente ante el docente correspondiente en su horario de entrevistas. De persistir la práctica, el profesor derivará el caso a UTP. Es resolución del docente registrar falta leve por la ausencia a pruebas; no obstante la justificación del apoderado. La ausencia justificación oportuna del apoderado, implica una observación de demérito en su Hoja de Desempeño.

APODERADO INSPECTORIA PROF. SUBSECT. U.T.P.

A.3 El alumno deberá presentar un justificativo escrito de su apoderado por la inasistencia a clases; será solicitado por el primer profesor (a) del día en que se reintegre. La no presentación del justificativo, implica observación leve en la H. de V. del alumno. Las inasistencias superiores a tres días consecutivos, implican la presentación de un Certificado médico o la justificación personal del apoderado en Inspectoría. Inspectoría informa de esta justificación al primer docente de la jornada del día en que el alumno se reincorpore a clases.

APODERADO INSPECTORIA PROF. SUBSECT.

A.4 Las Jornadas poseen el siguiente horario de inicio: 08.00 hrs. (1º a 8º básicos) y 14.00 hrs. (3º a 8º básicos) 08:00 a 12.25 hrs. (Pk am) - 08:30 a 12:30 hrs. (K. am) 13:15 a 17.40 hrs. (Pk pm) – 13:30 a 17:30 hrs. (K. pm). Todo alumno (a) que asista a clases atrasado (a) con más de 5 minutos, al inicio de la (s) jornada (s), deberá solicitar “Pase” de Inspectoría; sólo así podrá ingresar al aula. Todo atraso implica una falta. No obstante, a partir del 5º atraso se consignará una observación leve en la H. V. del alumno; previo informe de Inspectoría. Los atrasos al inicio de una Jornada, serán justificados por el alumno o apoderado en Inspectoría. Se consigna el atraso por efectos de control. Será Inspectoría quien cita al apoderado cuando los atrasos sean recurrentes (7). Informarán que cumpliendo 10 atrasos se aplicará suspensión de 1 día de clases. Luego de esta sanción, se inicia un nuevo proceso desde cero.

APODERADO ALUMNO (A) INSPECTORIA PROF. SUBSECT.

[28]

Los alumnos que luego de un recreo lleguen atrasados a clases, podrán ingresar sin “Pase” de Inspectoría; no obstante el docente del aula correspondiente deberá consignarles Obs. Leve por la falta.

A.5 Los inspectores y brigada de seguridad son los encargados de cautelar que ningún alumno permanezca en el segundo piso, de ambos pabellones, en horarios de recreos y horario de colación (almuerzo)

INSPECTORES

A.8 Quienes usen la bicicleta como medio de transporte, cautelarán estacionarla en los lugares habilitados con cadena y candado. El alumno es responsable del cumplimiento de esta exigencia. Su pérdida o deterioro, no es responsabilidad del colegio.

ALUMNO (A)

A.9 El uniforme oficial es el siguiente: Damas: _jumper azul marino, (largo 5 cm. Sobre la rodilla) blusa blanca, chaleco del colegio, parka azul marino, zapatos negros, calceta azul, insignia, corbata, delantal cuadrillé azul (pre básica: rosado) accesorios para el pelo azul o blanco. El delantal será de uso obligado y exclusivo al interior del colegio. Varones: Chaqueta azul marino, pantalón plomo, camisa blanca, chaleco o parka azul marino, calceta gris, insignia, corbata, cinturón gris o negro. (En pre básica: se usará cotona beige). No se considerará mal uso del uniforme de los varones y/o damas que lleven sus mangas de camisa o blusa dobladas hacia arriba en tiempos de calor. Prohibido el uso de uniforme combinado (chaqueta buzo, pantalón de tela; por ejemplo)

PROFESORES INSPECTORÍA

A.10 El uniforme de verano es el que sigue: Bermuda azul, polera del colegio o polera blanca sin diseño, jockey azul o blanco fuera de la sala de clases. Las niñas no usarán el delantal mientras usen el uniforme de verano. Al curso que le corresponda rendir honores a la bandera el día lunes, deberá presentarse con su uniforme formal; posteriormente, podrán usar el uniforme de verano. Se prolongará este plazo (abril) toda vez que el clima lo permita y sólo autorizado por Inspectoría.

PROFESORES INSPECTORÍA

A.11 El uniforme para educación física es el siguiente: Buzo del colegio con zapatillas blancas, azules o gris sin diseños. Los alumnos están autorizados para usar buzo institucional sólo los días que corresponda Educación Física y ACLE. Sin embargo, deberán portar polera de repuesto. Se exceptúan de esta norma, los cursos que tienen Educación Física los días lunes. En este caso, la norma es: los alumnos de 1º ciclo podrán venir con buzo

PROFESORES INSPECTORÍA

[29]

desde su casa. 2º ciclo puede llegar con él si la clase es en el primer período, luego se cambiarán uniforme. Si la clase es en el último período de la jornada de la mañana podrán retirarse con buzo.

A.12 En los meses de otoño- invierno, las damas podrán usar pantalón de tela azul marino, otros accesorios de temporada de color azul MARINO o blanco(parkas, bufandas, cuellos, guantes, gorros, etc) Los días de ACLE los alumnos podrán usar el buzo institucional.

PROFESORES INSPECTORÍA

A.13 Se entiende por impecable presentación personal lo que sigue: Damas: Uso de pelo tomado, no teñido a la moda. En cuanto a los aros serán de uso exclusivo para las niñas, de un tamaño moderado, no coloridos y sólo en las orejas. No se permitirá el uso de otros adornos: extensiones, piercing, tatuajes, joyas, etc.) Varones: Uso de pelo corto. Éste, no debe tocar el cuello de la camisa. No se permite cortes a la moda (emo, pokemon, visual, etc). No está permitido el uso de piercing, tatuajes ni adornos ajenos al uniforme.

PROFESORES INSPECTORÍA

A.16 En caso contrario, serán requisados por el profesor (a), inspector (a), directivo y entregados a subdirección. Sólo será devuelto al apoderado en días y horarios fijados por el subdirector. La reincidencia implica retención por 30 días del objeto y su devolución al apoderado será bajo compromiso escrito de “No reincidencia”. En su defecto, la devolución del implemento será al final del año académico. La responsabilidad, ante la pérdida de alguno de estos objetos, recae única y exclusivamente sobre quien lo portaba. No obstante, se permitirá su uso durante el proceso lectivo dentro del establecimiento, cuando el (la) profesor (a) lo solicite con fines pedagógicos para un subsector determinado. En este último caso, el docente en referencia, dejará constancia en el Libro de Clases (sector registro Plan de Estudio) e informará, anticipadamente, a Inspectoría.

PROFESORES INSPECTORÍA SUBDIRECCIÓN

A.17 El solo porte de grandes sumas de dinero, será motivo para proceder a informar al apoderado de manera inmediata. El dinero no será requisado a menos que el apoderado lo solicite.

INSPECTORÍA

A.18 Todo (a) alumno (a) que sea sorprendido (a) vendiendo productos de cualquier índole al interior del colegio, deberá presentarse en Inspectoría. Se informará al apoderado y se conminará a que desista de esta acción pues no es rol, función ni labor del alumnado. El motivo de su estadía en el Colegio obedece irrestrictamente a lo educativo-formativo.

INSPECTORÍA

[30]

A.19 Todo (a) alumno (a) que sea sorprendido (a) vendiendo productos de cualquier índole al interior del colegio para beneficio de su curso, deberá enviarse a Inspectoría para registro. Luego, se informará a la Dirección quien citará al correspondiente Profesor Jefe para dar explicaciones de lo sucedido. La Directiva del curso que lo desee presentará en la Dirección, a lo menos con 2 semanas de anticipación, el Proyecto de Curso que involucre ventas de entradas y/o productos. El Proyecto deberá contener: Identificación del curso, Título, Objetivos, actividades, cronograma, responsables, firmas de Profesor Jefe y Presidente de curso. En caso de cursos pequeños, será su Profesor (a) Jefe (a) quien realice este procedimiento.

INSPECTORIA PROFESOR JEFE DIRECCION

A. 20 y 21

Que un alumno (a) porte llaves de aula y/o libro de clases no será sancionado por falta, debido a que es un Docente el responsable de estos elementos. Las razones del caso, serán dadas ante Subdirección.

INSPECTORÍA SUBDIRECCIÓN

A.22 El registro de las observaciones por faltas a estas normas, deberán ser registradas por los profesionales que laboran en el sector de comedores. Los beneficiarios de JUNAEB, deberán ceñirse y respetar los horarios: Desayuno: 9.30 hrs. (cierre de puerta a las 9.40 hrs.) Almuerzo: 1º a 4º desde las 13:00 a las 13:20 hrs. 5º a 8º desde las 13:20 a las 13:40 hrs.

ENCARGADA JUNAEB

A.23 Lo docente a cargo de salón JUNAEB, implementará un sistema de turnos para mantener limpio el salón. No obstante, cada alumno cautelará mantener la limpieza e higiene del lugar.

ENCARGADA JUNAEB

A. 25 Ante las interrupciones de clases, actividades lectivas, curriculares o de carácter formativo de manera sistemática por parte de determinados alumnos, el docente podrá suspenderlo por espacio de 5 minutos fuera del recinto para estabilizarlo y luego hacerlo ingresar. Esta será una Oportunidad para transversalizar el ejercicio del valor del respeto, la tolerancia, la solidaridad, la responsabilidad, etc. Con todos los alumnos.

PROFESOR AULA

A.26 En la sala: Profesor correspondiente. En el patio: Prof. de turno, Inspector, Profesor jefe. El registro de la observación LEVE o CONSTANCIA lo determinará el profesor correspondiente. Dependerá de las

ALUMNO (A) PROFESOR AULA

[31]

afecciones de la falta al conducto regular.

A.28 Los alumnos que incurran en esta falta, serán enviados al Orientador quien procederá, según sea el caso, a lo siguiente: Entrevista con alumnos involucrados, Comunicación y/o citación a apoderados, Registro de acuerdos y/o compromisos.

PROFESOR AULA INSPECTORÍA ORIENTADOR

A.31 Todo alumno (a) que se retire del Establecimiento, sin autorización, deberá dar explicaciones en Inspectoría en donde se registrará el suceso para luego transferirlo al Libro de Clases. Además, el apoderado será citado por el profesor (a) Jefe (a) para informar del hecho.

INSPECTORÍA PROFESOR (A) JEFE

A.32 Podrá autorizarse la salida de alumnos en los siguientes casos : a) Petición personal del apoderado quien firmará en cuaderno de salidas. b) En caso de enfermedad o accidente, previo aviso telefónico al apoderado. c) Otros casos, serán resueltos por Inspectoría. Ningún alumno (a) será retirado por otra persona que no sea el apoderado o a quien habilite (con aviso a Inspectoría). El apoderado del (la) alumno (a) que fuere sorprendido ante esta falta, será citado a la brevedad posible a Inspectoría para definir el curso de las acciones correspondientes.

INSPECTORÍA

A.33 Sólo será sancionado el alumno (a) que incurra en estos hechos siempre y cuando esté usando el uniforme institucional o su alternativo. El o la Profesor (a) Jefe citará al apoderado para informar de los sucesos y de las sanciones respectivas.

PROFESOR (A) JEFE

A.34 Registro en Hoja de Vida y calificado como GRAVE por quien corresponda indistintamente de la acción pedagógica que se realice. Se entiende como “fuera del Establecimiento” a: en actividad escolar externa e inmediatamente fuera del recinto Colegio.

DIRECTIVOS, DOCENTES, MONITORES, AA.EE.

A.35 Se entenderá por “no cuidado” a: romper, rayar, perforar, quemar, quebrar, ensuciar, sustraer información, etc.; según sea el caso.

PROF AULA INSPECTORÍA

A.37 y 38

En caso de sorprender a alumnos portando armas (corto punzantes y/o de fuego), alucinógenos, bebidas alcohólicas y/o cigarrillos (o consumiendo estos últimos) éstos serán requisados por Inspectoría. Citará a los alumnos a entrevista para verificar el hecho, registrará en Hoja de Vida lo sucedido, informará a Orientación. Ésta, citará a los apoderados inmediatamente para toma de conocimientos del procedimiento a seguir según el presente Manual de Convivencia Escolar.

INSPECTORÍA ORIENTACIÓN

[32]

A.39 Si estos hechos ocurrieren al interior del Establecimiento y dentro del horario lectivo, los alumnos involucrados deberán ser derivados (o dirigidos) a Inspectoría. Allí, será uno de los Inspectores quienes procederán a llevar a efecto el Protocolo de Actuación tipificado en la Pág. 39 del presente MCE

INSPECTORÍA ORIENTACIÓN

A.40 No se discrimina por sexo, edad, característica física y/o psicológica, por religión, idioma, etnia, nacionalidad u otro. En caso de hacerlo, el alumno (a) incurre en falta gravísima debiendo asumir sus sanciones respectivas.

PROF. AULA INSPECTORÍA

A.43 Toda información, escrita o a través de medio audiovisual, será requisado por Inspectoría; luego informa a Orientación. Éste, somete a procedimiento la situación a través de entrevistas, registros y toma de decisiones con alumno (a) y apoderado.

PROF. AULA INSPECTORÍA ORIENTACIÓN

[33]

B) APODERADOS

NORMAS LOS APODERADOS DEL COLEGIO LA

PAZ:

FALTAS

PROCEDIMIENTOS

1- Asisten en forma obligatoria a las citaciones escritas (reuniones, entrevistas, talleres, etc.). No obstante, el apoderado está habilitado para solicitar entrevista al Profesor Jefe o de Subsector de manera personal o escrita.

1.1. - Inasiste a la citación

1.1.1- En caso de no poder concurrir a reunión de apoderados, DEBERÁ justificar, personalmente, en Inspectoría y registrar en Libro ad-hoc dicha falta.

1.1.2- Luego, solicitará una entrevista personal con el profesor (a) jefe para justificar la inasistencia y para informarse de dicha reunión.

1.1.3- Una 2º inasistencia (consecutiva o no), implicará citación por parte del profesor (a) jefe. Justificará en Inspectoría y con Profesor Jefe con quien consensuará acuerdos para resolver dicha situación.

1.1.4- Una 3º inasistencia, implicará citación a Orientación quien informará la aplicación el artículo 6° de las Disposiciones Generales.

1.1.5- En el caso de una 2º inasistencia a citación de entrevista, se suspenderá al alumno (a) hasta que el apoderado se presente a dicha citación.

Inspectoría estará a cargo del registro de justificaciones personales de las inasistencias a reuniones y Orientación del registro de inasistencias a las mismas. La asistencia a reuniones, entrevistas, talleres,

etc. es de carácter obligatoria.

2.- Respeta a todo el personal del Colegio

2.1.-Falta el respeto de manera: verbal, escrita, gestual y/o física a cualquier persona que labore en el colegio

2.1.1.- Citación a la Dirección del Establecimiento. Es el Director quien determine la estrategia para enfrentar dicha entrevista, con el fin de establecer compromisos y/o acción a seguir. Registrará el Demérito correspondiente. 2.1.2.- En caso que se repita la conducta, deberá abandonar la responsabilidad del cargo cediéndola a otra persona (cónyuge, familiar comprobado, u otra persona de confianza). 2.1.3.- El apoderado que agreda físicamente a

[34]

un docente, luego de informado el caso a Dirección y procedido a la denuncia respectiva en la justicia ordinaria, será automáticamente expulsado como tal, debiéndose reemplazar por otra persona (idem 2.1.2)

3.- Colabora en el quehacer educativo y no interviene en la labor pedagógica del profesor.

3.1.-Interviene en la labor pedagógica

3.1.1.- Citación con el profesor jefe y/o subsector 3.1.2.-En caso de reincidencia, citación a la Inspectoría General.

4.- Testimonia lealtad y apoyo a su profesor jefe, profesor de subsector, Dirección del Colegio y al Centro General de Padres y Apoderados.

4.1.-Demuestra deslealtad y/o falta de apoyo con docentes, apoderados pares y/o Dirección del Colegio.

4.1.1.- Citación al apoderado con profesor jefe y/o Dirección; según la situación dada.

5.- Cautela y da cumplimiento a todas las disposiciones internas del Colegio con relación a su persona y a su pupilo.

5.1.-No da cumplimiento a las normas correspondientes

5.1.1.- Entrevista con el profesor jefe, convocada por escrito. 5.1.2.- En caso de reincidencia, será citado ante la Inspectoría General o Sub Dirección del Establecimiento; previo informe derivado del profesor jefe.

6.- Promueve los valores esenciales para una sana convivencia.

6.1.- Distorsiona con ejemplo y/o palabras los valores institucionales (Cfr. Perfiles pág. 3/6)

6.1.1.- Entrevista con el Profesor Jefe, convocada por escrito. 6.1.2.- En caso de reincidencia, será citado ante la Sub Dirección del Colegio, previo Informe del profesor Jefe.

7.- Vela porque el niño asista periódicamente al colegio.

7.1.- No justifica inasistencia de su pupilo.

7.1.1.-Informar al profesor (a) por escrito, o personalmente, en libreta de comunicaciones, la situación. Esta justificación será solicitada en la primera hora de clases al día después de la inasistencia. 7.1.2.- En caso de inasistencia prolongada, debe justificar al menos por escrito los tres primeros días y en caso de inasistencia mayor de 3 días, el alumno (a) presentará certificado médico. De no haber certificado, el caso será derivado a la Asistente Social vía UTP (Ficha de Derivación) para su seguimiento.

[35]

8.- Procura que su pupilo, luego de inasistencia a clases, se presente con sus tareas y materiales solicitados.

8.1.- No se preocupa de las necesidades del niño-a

8.1.1.- La inasistencia a clases no exime al alumno de sus responsabilidades. Por lo tanto, deberá presentarse, a la clase siguiente, con los materiales requeridos en su ausencia. De no hacerlo, se adjudica una observación negativa leve.

9.- Se preocupa de la presentación e higiene personal de su pupilo (a)

9.1.- No se preocupa de la presentación e higiene personal de su pupilo (a)

9.1.1.- El Profesor y/o Inspector informará, por escrito, verbal o telefónicamente la falta en que incurre el alumno (a) con el propósito de mejorar la presentación personal descrita en los deberes del alumno. 9.1.2.- En caso de recurrencia, la falta será registrada en la hoja de vida del alumno (a). 9.1.3.- De persistir, entonces, el apoderado será citado por el profesor (a) jefe para ser entrevistado por el Orientador.

10.-Informa de manera oportuna, al Profesor Jefe, en caso que su pupilo sea portador de: Pediculosis, Sarna, Virus, Impétigos, pestes, etc.) y toma las medidas de sanidad indicadas por el profesional ad hoc .

10.1.- No da aviso en forma inmediata de la situación al Profesor Jefe.

10.1.1.- Apoderado informa por escrito en la Libreta de Comunicaciones de la situación al Profesor Jefe. 10.1.2.- Si el alumno no se presenta a clases por este motivo, debe justificar con Certificado Médico. 10.1.3.- Profesor Jefe cita al apoderado a entrevista.

11.- Sólo asiste a reuniones de apoderados cuando se realizan dentro del Colegio.

11.1.- Realizar reuniones fuera del Colegio sin conocimiento del profesor

11.1.1.- Citación a la Directiva del Curso a la Dirección del Establecimiento junto a los responsables de dicha acción cuando no sea la Directiva la que esté involucrada.

12.- Respeta todos los acuerdos tomados dentro del Sub Centro y Centro General de Padres y Apoderados.

12.1.-No respeta acuerdos consensuados en dichas instancias

12.1.- Será citado (a) a entrevista con el Profesor Jefe en el caso de Sub Centro. 12.2.- Será citación a la Dirección del Establecimiento en el caso de Centro General de Apoderados.

[36]

13.- Destinan, prioritariamente, los recursos económicos generados en los subcentros a, materiales educativos de los alumnos, aseo, limpieza y mantención del aula.

13.1.-Emplean dineros contrariando la norma

13.1.1.- Será citada la Directiva, junto a su profesor (a) jefe a Dirección. 13.1.2.- En caso de mantener esta falta, entonces el curso deberá aportar material didáctico al colegio proporcional al gasto incurrido.

14.- Respetan el conducto regular establecido y descrito en la pág. 6 del presente manual de Convivencia

14.1.- No respeta el conducto regular del Establecimiento

14.1.1.- Todo reclamo que no se canalice vía conducto regular, ver Perfil Apoderados N° 3, queda inmediatamente anulado. 14.1.2.- Todo reclamo, debe consignarse por escrito cuando llegue a la instancia de Subdirección o Dirección. 14.1.3.- La Dirección responderá, de la misma forma, en un plazo mínimo de 3 días y hasta 10 día hábiles como plazo máximo. 14.1.3.- En el caso de reincidencia de la falta, se consignará en el Libro de Deméritos correspondiente.

15.- No ingresan a las aulas ni lugares de desempeño escolar de sus hijos.

15.1.- Ingresan a las aulas sin autorización otorgada por Inspectoría.

15.1.- Será amonestado por Inspector (a) dejando constancia en el Libro de Registro correspondiente (Deméritos).

16.- Dejan a sus hijos en la puerta del Colegio y luego se retiran. No permanecen en el colegio luego de haber escuchado la campana de inicio de clases. Los apoderados que esperan a sus hijos deben hacerlo en el recinto habilitado para ello. Los niños de pre básica serán recibidos y despachados por la Srta. Educadora o la Srta. Asistente de la

16.1.- Entrar al colegio con sus hijos sin autorización, permanecen dentro del colegio una vez escuchada la campana.

16.1.1.- Una vez escuchada la campana de inicio de clases, el apoderado debe abandonar el Establecimiento. 16.1.2.- Sólo ingresa al colegio cuando es citado por algún profesional del Establecimiento o cuando debe informar situaciones específicas a uno de ellos. 16.1.3.- Los apoderados que esperan a sus hijos deben hacerlo en el recinto habilitado para ello. 16.1.4.- Los niños de prebásica, serán recibidos y despachados por la Srta. Educadora o, en su defecto, por la Srta. Asistente en ambas puertas habilitadas para este fin (Solís y Guangualí)

[37]

Educación en ambas puertas habilitadas para este fin (Guangualí y Solís).

17.- No trae materiales, colación ni vestuario una vez iniciada la jornada de trabajo.

17.1.- Trae materiales, colaciones, vestuario en horario de clases.

17.1.1.- No se recepcionará ningún tipo de material de trabajo, colaciones y/o vestuario en ninguna dependencia del Establecimiento. Se exime de este procedimiento, solo en casos justificados, las colaciones. 17.1.2.- Se exceptúan al anterior procedimiento aquellas situaciones de emergencias; pero autorizadas por inspectoría. Se deja constancia por escrito de lo sucedido en cuaderno ad-hoc. Las pertenencias sólo serán entregadas a sus destinatarios en horarios de recreo.

18.- Retiran a sus hijos antes del término de clases, previa autorización de Inspectoría.

18.1.- Retira a su hijo (a) antes del término de clases sin autorización

18.1.1.- El apoderado que fuere sorprendido realizando esta falta (o ante hechos consumados), será citado a Dirección (inmediatamente o por escrito ; según sea el caso) 18.1.2.- Se permite el retiro anticipado de alumnos sólo con autorización de inspectoría vía documento que lo avale ante el profesor de aula.

19.- Informa al colegio quién es la (s) persona (s) que retirará a su hijo (a) al término de clases (o antes del término de éstas).

19.1.- Retiro del alumno por parte de una persona ajena a la informada por el apoderado.

19.1.1.- El apoderado es el responsable de informar a Inspectoría o Subdirección, el retiro de su hijo (a) al término de clases por otra persona que no sea el Chofer del furgón escolar o el mismo apoderado. 19.1.2.- Los casos derivados a la justicia deben ser informados por el apoderado a la Dirección del Establecimiento adjuntando el documento que lo avala.

20.- Respeta el horario establecido por el profesor jefe para proceder a entrevistas.

20.1.- Aborda al profesorado en horarios de clases u otros que no son los definidos para entrevistas oficiales.

20.1.1.- Todo apoderado que desee entrevistarse con algún profesor, debe hacerlo en los horarios establecidos para este fin (informado en la primera reunión de apoderados). Le está prohibido atrasarlo en la toma de curso, interrumpir horas de clases, u ocuparle tiempos de exclusividad del docente. En caso de requerir entrevista urgente, debe hacerlo por escrito y sujeto a la disponibilidad horaria del docente en referencia o aplicando consenso en la fecha y horario de la misma.

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21.- Desempeña roles dirigenciales o responsabilidades emergentes, elegida democráticamente, con absoluta honradez y transparencia ante sus pares y autoridades del Colegio

21.1.- Desempeño con deshonradez o falta de transparencia.

21.1.1.- Profesor Jefe toma conocimiento de dicha situación y cita de manera inmediata al apoderado que incurre en la falta. Asumida la falta, citará a la Directiva en pleno para informar y tomar decisiones al respecto. 21.1.2.- Se informa a la plenaria del subcentro 21.1.3.- Se procede al cambio del apoderado cuestionado por otro apoderado elegido de manera democrática. 21.1.4.- Se informa por escrito a la Dirección del Colegio. Firman Directiva y Profesor Jefe. 21.1.5.- Cuando el apoderado infractor pertenece al Directorio del Centro Gral. de Padres, será citado por el Director quien resolverá dicha situación con el resto del Directorio y el Representante de los Docentes en términos coloquiales y/o judiciales. Luego, el Director informará al Consejo de Profesores y Plenaria de Pdtes. y delegados.

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IV.- DIPOSICIONES GENERALES: 1.- El colegio la paz, consciente de que los conflictos son parte inherente de la convivencia entre las personas debido a que somos diferentes, pensamos en forma diferente y tenemos intereses, actitudes y preferencias distintas los unos (as) de los otros (as), a partir del 2º semestre de 2007, incorpora a su Manual de Convivencia Escolar y al quehacer diario, la Mediación Escolar como una técnica, no adversarial, para la resolución de conflictos escolares. Este abordaje lo realizan escolares, desde 3º a 8º básico, debidamente capacitados para este fin. Se estima ir capacitando a más estudiantes en la medida que vayan egresando los alumnos de 8º básico, año tras año. 2.- Todos los alumnos del Colegio La Paz, dispondrán de 2 apoderados. Uno Titular y el otro Suplente. En el momento de la matrícula, el apoderado Titular, consignará la identificación del apoderado Suplente; quien se regirá según lo estipulado en el artículo 3 de este capítulo. 3.- Todo alumno nuevo, junto a sus apoderados (titular y suplente) ingresarán al colegio en calidad de condicionados de rendimiento, conducta y práctica de valores; respectivamente. Siendo sometidos, ambos, al análisis semestral, por el Consejo de Disciplina del nivel, liderados por el Orientador. 4.- El apoderado “Suplente”, sólo desempeña su rol (ante cualquier instancia que lo amerite), previo aviso del apoderado “Titular” a la jefatura del curso respectivo, de manera personal y/o por escrito 5.- El Colegio La Paz, se hará cargo de los alumnos repitientes en cualquiera de sus niveles; a excepción de aquellos alumnos que, por razones estrictas de cupos del curso respectivo, no pudieran hacerlo. De esta manera, el apoderado del alumno que repite, deberá buscar matrícula en otro Establecimiento o, en su defecto, concurrir al DAEM para dar cuenta de la situación; siendo ellos, quienes reubicarán al alumno en otro Establecimiento Educacional según su base de datos. 6.- El Consejo de Disciplina para apoderados sesionará a solicitud de la Dirección del Colegio, previa información de Inspectoría y Orientación, quién pondrá en ejercicio del cambio de apoderado por el sistema de Registro de observaciones que por diversas razones incurran en, a lo menos 3 actos de vulneración sistemática de las normas establecidas en el presente MCE. El Consejo en referencia, calificará estos sucesos como “Deméritos Recurrentes”. De esta forma, oficiará a la Dirección el cambio de apoderado quien finalmente informará al apoderado de dicha determinación. Los sucesos calificables para este efecto, son: evidente abandono de deberes, comportamiento y/o forma de trato del apoderado titular o suplente en ejercicio, que altere la necesaria tranquilidad mental de los docentes, niños y/o la convivencia armónica de la comunidad escolar. La Dirección del establecimiento, escuchado al Consejo de Disciplina, determinará el abandono como tal cediendo la responsabilidad de apoderado, oficialmente, al apoderado suplente. Tal decisión debe será respaldada con documentos que den cuenta de la conducta del apoderado. Sólo será una tercera persona, mayor de 18 años, (de absoluta confianza del apoderado titular) el apoderado oficial; previo Visto Bueno (V°B°) del Director del Establecimiento.

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El Consejo estará compuesto por: Presidente del Centro Gral. de Padres y Apoderados o un miembro del Directorio nominado, Subdirector del Establecimiento, Profesor delegado, 2 presidentes de subcentros delegados por el Directorio. 7.- Por el contrario, todos los apoderados que se desempeñen de manera sobresaliente dentro del curso o a nivel Establecimiento, se registrará como “Méritos” por efectos de reconocimientos ulteriores. 8.- Los Deméritos y Méritos, serán registrados por Profesores Jefes, de Subsector, Asistentes de la Educación Inspectivos y/o Directivos en el Libro correspondiente que se dispone en Inspectoría. 9.- El apoderado y su pupilo se comprometen y aceptan, por el sólo hecho de optar por la Institución Escolar La Paz, a respetar y cumplir las disposiciones del presente MCE desde el momento en que se efectúa la matrícula anual. No se exceptúan casos referidos a tiempos, distancias, medios de transporte, etc. que impliquen dar ventajas respecto del apoderado y alumno que cumple satisfactoriamente su rol. 10.- Los alumnos que aspiren a ocupar cargos en la Directiva Gral. de alumnos del Colegio La Paz y/o responsabilidades institucionales (separadora de escuadrón, portaestandartes, etc.) deberán cumplir, al menos, los siguientes requisitos: estar cursando 7º u 8º básico, poseer un promedio 6,0 de notas o más, presentación personal intachables, conducta disciplinaria incuestionable (contra informe emitido por el o la Profesor/a Jefe). 11.- Será el (la) Presidente (a) del Gobierno estudiantil quien represente al alumnado en el Consejo Escolar de la Institución. En caso que no existiera tal estamento, de manera alternada asistirán los Presidentes de los cursos 8º años a las sesiones convocadas por el Presidente del Consejo Escolar. 12.- Los alumnos de 4º y 8º años básicos, tendrán una preparación adicional pedagógica por efectos de rendición del Sistema de Medición de la Calidad de la Educación (SIMCE) cuya responsabilidad recae en sus profesores jefes y unidad técnico pedagógica. 13.- No está permitida la interrupción de clases por otros alumnos bajo pretextos insustentables. Sólo se permite la interrupción por parte de personal del Colegio y/o de Organismos Superiores (Directivo, administrativo, técnico o inspectivo). Sólo se permite la interrupción de apoderados en casos cuidadosamente estudiados por Inspectoría. Ellos, otorgarán un “pase” provisorio para este efecto. 14.- Se derivará a la Asistente Social institucional, vía conducto regular, todo caso de inasistencia de alumnos cuya prolongación sea mayor a 3 días sin justificación alguna (escrita, telefónica y/o personal). 15.- Es un deber del alumno portar libreta de comunicaciones; pues es el único documento permitido de comunicación efectiva entre el colegio y el apoderado y viceversa.

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16.- Los alumnos desde 3º a 8º básico, bajo cualquier sistema de selección consensuado en el curso, harán aseo de su sala entre las 15:30 y 16:00 hrs. con la finalidad de fomentar hábitos de limpieza, responsabilidad y cuidado del medio ambiente que le rodea. 17.- Todos los cursos serán despachados a sus hogares en la puerta del Establecimiento, en correcta formación, por el docente que le corresponda clases en la última hora de la Jornada. 18.- Las salas de clases permanecerán cerradas en horario de almuerzo durante época estival. 19.- Los Actos Cívicos, en días de frío intenso o lluvia, se realizarán con los alumnos dentro de sus salas y se limitarán sólo a interpretación de himnos (Nacional e Institucional), instrucciones breves y oración. 20.- Todas las actividades que se programen al interior de los cursos (en conjunto con el o la profesor/a del subsector respectivo) y que impliquen ocupar dependencias, recursos tecnológicos, tiempos extraordinarios, etc. deben ser informados y/o solicitados a : Sub dirección, Dirección del colegio o CRA, según corresponda, vía documento escrito. 21.- Todos los cursos o grupos de alumnos que en su programación esté la salida a terreno (viajes, exploración, investigación, estudio, etc.), deben regirse por las instrucciones Provinciales respectivas (autorizaciones, fotocopias, firmas, plazos, etc.) 22.- Todo docente que, por efectos curriculares, deba salir con sus alumnos a terreno, debe: informar a Inspectoría de esta acción y luego registrar la salida propia y la de sus alumnos, en cuaderno ad-hoc en Secretaría, indicando: lugar de destino, hora de salida, hora de regreso y número de alumnos a su cargo. Se tendrá a la vista la autorización de salida del apoderado por efecto de supervisión. 23.- No está permitido que los subcentros de padres deriven dineros acopiados para compra de juguetes, joyas u otro afín. Se exceptúa de esta disposición a los 8º años básicos. 24.- Los apoderados podrán ejercer su derecho a optar por las clases de Religión en el momento de la matrícula anual de su pupilo según lo estipula el Decreto Supremo Nº 924/83 de Educación. Como así mismo, el apoderado solicitará en UTP la aplicación de evaluación diferenciada o Eximición de las clases de Educación Física previa entrega de Certificados Médico al inicio del año escolar o durante su desarrollo. 25.- El presidente y delegado de cada sub centro representa a todos los apoderados de su curso y por lo tanto, tienen la obligación de asistir a las reuniones del centro general. La inasistencia debe comunicarse con anterioridad al profesor jefe, para buscar un reemplazante dentro del grupo de apoderados. 26.- Los alumnos en calidad de “Eximidos de Religión”, concurrirán al CRA para desarrollar un programa de Lectura Comprensiva; en su defecto, lo harán en la misma sala con textos entregados por la Encargada del CRA.

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27.- De acuerdo a la nueva ley de responsabilidad penal adolescente que rige desde junio de 2007 (y que vuelve imputables a los menores de entre 14 y 18 años), los Directores de los Establecimientos tienen la obligación de dar cuenta de todos los acontecimientos que revistan carácter de delito y/o que afecten física y/o psicológicamente a sus alumnos aún cuando estos hechos se produzcan alrededor del colegio y estén, los alumnos, haciendo uso del Uniforme Institucional. Será el Ministerio Público el que determina, usando el criterio, si el caso sigue el camino judicial o se circunscribe a las Normativas de la Institución Escolar. 28.- La Dirección del Establecimiento emitirá Informes de alumnos y/o apoderados a las instancias judiciales (Tribunal de la Familia, Fiscalía, OPD, u otro afín) solicitados vía conducto regular y con la debida antelación. 29.- El Colegio La Paz, cautela el cumplimiento de: - Ley Nº 19.688 y sus modificaciones referido a alumnas en situación de embarazo y maternidad. Otorgando, con esto, las facilidades académicas del caso y evitando, así, discriminaciones o actos arbitrarios en contra de ellas. - Ley Nº 16.744 y el D.S. Nº 313 que dicen relación con la protección del alumnado en caso de accidentes sufridos con ocasión de sus estudios o en la realización de su práctica escolar. - Ley Nº 20.191 que dice relación con la Responsabilidad Penal Juvenil y su rebaja de responsabilidad penal de 16 a 14 años. - Ley Nº 19.979 que norma los Consejos Escolares; funcionamiento, integrantes, características. - Resolución Exenta N° 51 del Ministerio de Educación referido al Plan Integral de Seguridad Escolar - Ley consumo de drogas Nº 20.000 - Ley violencia escolar Nº 20536/11 - Política Comunal de Convivencia escolar 30.- Ante situaciones de agresiones (físicas y/o psicológicas), circunscritas al bullying, no obstante aplicarse las sanciones que define el MCE al interior de la institución escolar, es el apoderado, del alumno-víctima, quien decide derivar el caso a la justicia ordinaria vía conductos regulares estipulados en la nueva ley de responsabilidad penal juvenil. 31.- El Colegio se responsabiliza de sus alumnos desde 5 minutos antes del inicio de su respectiva jornada de clases (momento en que se abren las puertas del mismo). No se dispone de personal que resguarde la seguridad de los niños y niñas que, por decisión de sus apoderados, llegan al Establecimiento con demasiada antelación al inicio de las respectivas clases. Este articulado, no obstante, no se contrapone al punto IV. B.12 del presente MCE. 32.- A las reuniones de apoderados (talleres, plenarios, u otros afines), sólo asisten los convocados; en caso que se hagan acompañar por niños, se deja constancia que, ante cualquier accidente o situación irregular en que se vean, éstos, afectados, son sus apoderados quienes deberán responsabilizarse íntegramente de lo sucedido.

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33.- El Colegio, a través de sus profesionales, podrá realizar acciones formativas toda vez que sorprenda a alumnos y/o alumnas vistiendo el uniforme institucional, realizando actos reñidos con normativas sociales y/o escolares en el entorno del recinto escolar; de la misma manera, actuará cuando sean los apoderados quienes incurran en acciones irregulares siempre y cuando estos ocurran en el entorno cercano al Establecimiento. 34.- El presente MCE se aplicará desde el inicio del año escolar 2009 de manera íntegra. Será sometido, sin embargo, a modificaciones anualmente recogiendo las impresiones de toda la comunidad educativa (Docentes, apoderados, asistentes de la educación y alumnos). 35.- El Director, o en su defecto quién designe, consensuará con el Apoderado bajo la técnica Toma Anticipada de Decisiones (TAD), estrategias que no estén especificadas en el presente MCE, respecto de estímulos y sanciones para los alumnos que lo requieran. 36.- Los alumnos que pertenecen a un ACLE determinada, y que por razones disciplinarias se haga insostenible su permanencia, se le informará al apoderado de dicha situación para consensuar estrategias de resolución. En caso contrario, se cambiará de ACLE vía UTP 37.- Todo alumno (a), debe ser informado (a), por quién corresponda y de manera oportuna, de las observaciones positivas y/o negativas que se le registrarán. 38.- Los alumnos que deban cumplir con suspensiones de clases, lo hará en días en que no haya evaluaciones fijadas de ningún tipo. 39.- Los alumnos antiguos (con más de 1 año), y que por razones disciplinarias deben ser “Condicionados”, sólo podrán ser calificados como tales cuando su Hoja de Vida registre desde 6 observaciones graves y/o 4 observaciones gravísimas. De esta categoría, serán informados por su Profesor Jefe, Inspector u Orientador. En el caso de alumnos dados de “alta” de esta categorización y que por razones específicas obtienen 2 observaciones graves y/o gravísimas reingresan a la modalidad de condicionado. 40.- Por expresa instrucción del Departamento Provincial de Educación, a través del Ord. 00930 del 04/09/09, las instituciones escolares emitirán Informes de Desarrollo Personal como único documento oficial, consecuente con las observaciones de progresión educativa y conductual de los y las estudiantes. Por lo tanto, no está permitido emitir Fotocopias de las Hojas de Vida de los alumnos ni Certificados distintos del mencionado. 41.- La Dirección del Colegio y su Equipo asesor, al inicio de cada año escolar, se reunirán con cada curso (en paralelos) con el fin de informar y dialogar respecto de: Proyecto Educativo, sus objetivos, convivencia escolar, rendimiento y temas afines del quehacer académico. De la misma manera y con el mismo objetivo, se reunirá con todos los alumnos y apoderados nuevos de manera separada.

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42.- Serán los Apoderados quienes deben cautelar el cumplimiento del contrato de furgones escolares en función de los horarios del Establecimiento indistintamente los cursos de los niños. Entre otras situaciones, cautelar: horario de retiro y llegada de sus hijos de y a sus hogares, lugar de llegada (paradero Guangualí o Frontis del Colegio por Solís previamente habilitados), trato de los choferes y asistentes hacia sus hijos. Los señores choferes de furgones no están autorizados para retirar a alumnos desde las salas de clases. 43.- La Dirección del Colegio, junto a sus profesionales, implementarán una Alianza Estratégica con Instituciones y Organismos externos (SENAME, SERNAM, OPD, PDI, CARABINEROS DE CHILE, FISCALÍA, TRIBUNAL DE LA FAMILIA y otros) con el fin de promover, a través de diversas modalidades, la prevención de: violencia escolar (maltrato escolar por bullying, ciberbullying, grooming con afección psicológica, física, estereotipada), abuso sexual, consumo de drogas y afines. 44.- La Dirección del Establecimiento, no obstante el artículo anterior, ante la ocurrencia de un delito flagrante (lesiones, robos, hurtos, amenazas, porte o tenencia ilegal de armas, tráfico de drogas, abuso sexual u otros - explotación sexual, laboral) que afecten a los y las estudiantes dentro o fuera del colegio, denunciará la situación ante los organismos competentes dentro de del plazo de 24 hrs. desde que se tome conocimiento del hecho. 45.- La Dirección del Establecimiento y su Equipo de Profesionales, se reservan el derecho de destacar y/o estimular a los (las) alumnos (alumnas) ante situaciones no contempladas en este MCE. Por otro lado, se reserva el derecho de aplicar procedimientos de sanciones a alumnos, previo consenso con Orientación e Inspectoría, que no estén adscritos en el presente documento y cautelando la no vulneración de los derechos que les asisten. 46.- No obstante la aplicación de sanciones ante faltas leves, graves o gravísimas (Pg. 12, 13 y 14), se aplicarán Medidas Disciplinarias de Excepción (MDE) a los alumnos y/o alumnas, indistintamente del curso en que se encuentren los involucrados, ante la ocurrencia de agresiones físicas calificadas por el Servicio de Salud Pública como leves, graves o de diagnóstico reservado y que no se circunscriben en la figura de un Accidente Escolar. Será el Consejo de Disciplina compuesto por 3 docentes del nivel, un Inspector, un Encargado de Convivencia y un Directivo el responsable de esta acción. Las Medidas a considerar, luego del análisis pormenorizado de los hechos, son: Condicionalidad de matrícula, Cambio al curso paralelo, Suspensión de clases (desde 3 días a indefinido), Privación de participación en actos públicos (internos o externos) en representación del Colegio, asistencia a clases sólo en el primer período y/o rendición de evaluaciones en horarios alternos. Los apoderados deberán estar informados oportunamente de los procedimientos por parte de su profesor jefe. 47.- El Director del Establecimiento, oído el Consejo de Profesores o al Estamento que determine, adoptará las medidas o acciones que correspondan ante situaciones no contempladas en el presente Manual de Convivencia Escolar.

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V.- PROTOCOLOS DE ACTUACIÓN A) VIOLENCIA ESCOLAR

(Maltrato a través del bullying - ciberbullying - grooming)

A.1.- Prevención - Difusión del MCE y Protocolos de Actuación a través de los Consejos de Cursos y Orientación, Reuniones de Subcentros, murales institucionales y de aula, de manera sistemática durante el año escolar con énfasis en los meses de marzo y abril. - Entrega de ejemplar sucinto del MCE y anexos a cada apoderado del Colegio en el momento de la matrícula. - Promover y hacer referencia de manera sistemática e intencionadamente al Decálogo de la Convivencia Escolar Institucional instalado en cada aula. - Promover, capacitar y desarrollar las estrategias de Resolución de Conflictos a través de los alumnos Mediadores Escolares Certificados. - Realización de Talleres Preventivos según edad de los niños y sus apoderados liderado por el Equipo de Convivencia Escolar y/o Encargado de Convivencia Escolar en coordinador con el Dpto. de Orientación durante el año escolar. - Desarrollar las estrategias del Programa “La magia de los buenos tratos” en cursos del primer ciclo; periódicamente - Difundir, periódicamente, clips de Prevención al Maltrato en Murales Institucionales. - Crear Alianzas Estratégicas con organismos e instituciones externas afines al tema durante el 1º semestre del año. - Estimular las acciones de Buen Trato a cursos y alumnos en Actos Cívicos, sistemáticamente - Creación de un Plan Anual de Gestión de la Convivencia por parte del Equipo de Convivencia y monitoreo de su desarrollo por parte del Encargado de Convivencia.

El foco de este Procedimiento es la agresión (emergente o circunscrita a bullying) producida dentro del Establecimiento y en horario lectivo. Es un deber, en nuestro Establecimiento escolar, que cualquier integrante de la comunidad educativa que detecte o sea testigo presencial de un hecho de esta naturaleza informar de inmediato a Inspectoría quien procederá de la siguiente manera:

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A.2.- Procedimiento - Entrevista privada con los involucrados en la agresión acompañado por un adulto (inspector, profesor Jefe, Profesor de aula u otro). - Atención simultánea con primeros auxilios si el caso lo ameritare. - Derivación al Encargado de Convivencia para proseguir el caso o, en su defecto, será Inspectoría quien lleve a cabo todo el procedimiento. - Entrevista a testigos presenciales, si hubiera y fuera necesario. - Entrevista con apoderado y alumno (a) involucrados de manera separada. - Entrevista con los apoderados en conjunto - Mediación entre las partes con la intención de consensuar ideas pro advenimiento de buena convivencia. - Derivación a especialistas afines, si fuera necesario. - En el caso que no haya advenimiento, será el Encargado de Convivencia y/o el Director quien, con los antecedentes registrados, denuncie el maltrato a los organismos judiciales correspondientes. - No obstante estas acciones, se procede a la aplicación del MCE Cap. III, Art. 39.

IMPORTANTE: Todas las entrevistas realizadas, deberán ser registradas y archivadas como medio de verificación. B.1.- Prevención

- Difusión del MCE y Protocolos de Actuación a través de los Consejos de Cursos y Orientación, Reuniones de Subcentros, murales institucionales y de aula, de manera sistemática durante el año escolar con énfasis en los meses de marzo y abril. - Entrega de ejemplar sucinto del MCE y anexos a cada apoderado del Colegio en el momento de la matrícula. - Promover y hacer referencia de manera sistemática e intencionadamente al Decálogo de la Convivencia Escolar Institucional instalado en cada aula. - Promover, capacitar y desarrollar las estrategias de Resolución de Conflictos a través de los alumnos Mediadores Escolares Certificados. - Realización de Talleres Preventivos según edad de los niños y sus apoderados liderado por el Equipo de Convivencia Escolar y/o Encargado de Convivencia Escolar en coordinador con el Dpto. de Orientación durante el año escolar. - Desarrollar las estrategias del Programa “La magia de los buenos tratos” en cursos del primer ciclo; periódicamente - Difundir, periódicamente, clips de Prevención al Maltrato en Murales Institucionales. - Crear Alianzas Estratégicas con organismos e instituciones externas afines al tema durante el 1º semestre del año. - Estimular las acciones de Buen Trato a cursos y alumnos en Actos Cívicos, sistemáticamente - Creación de un Plan Anual de Gestión de la Convivencia por parte del Equipo de Convivencia y monitoreo de su desarrollo por parte del Encargado de Convivencia.

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El foco de este Procedimiento es la agresión (emergente o circunscrita a bullying) producida fuera del horario lectivo y en los alrededores del Establecimiento. Ante esta situación, se procederá de la siguiente manera: B.2.- Procedimiento

- Formalización por escrito (*) de denuncia de maltrato (**) provocada por terceros. - La denuncia la ejercerá el afectado o su apoderado (titular o suplente) y dejará registro de ella en el documento denominado “Oficio de Denuncia Tipo” (Solicitarlo en Dpto. de Orientación) - Derivación escrita a Encargado de Convivencia y/u Orientador. - Realización de entrevistas de rigor con involucrados en la denuncia y/o testigos. - Aplicación del MCE (cfr. Cuadro de Sanciones) según tipificación del maltrato. - Formalización de consensos con involucrados. - Entrevistas con apoderados de alumnos involucrados para toma de conocimiento. - Derivación a especialistas afines. - Denuncia a organismos judiciales del Encargado de Convivencia, cuando corresponda

(*) Receptores de denuncias: Profesor (a), Orientador, Encargado de Convivencia, Inspector o integrante del equipo Directivo (**) Signos objetivos que se asocian a una manifestación concreta del maltrato infantil. IMPORTANTE: Los casos de agresiones físicas (**) provocadas por adultos en contra de los niños (as) y detectados e informados verbalmente o de manera escrita por algún miembro de la comunidad educativa a la autoridad institucional, serán denunciados por ésta a la brevedad posible, previa verificación de los hechos, a la justicia respectiva vía oficio, según lo señala el artículo 175 del Código penal.

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B) ABUSO SEXUAL B.1.- Prevención

- Realización de Charlas preventivas pertinentes a docentes, asistentes de la educación y apoderados por organismos competentes que forman parte de la red de Alianza Estratégica del Colegio. - Difusión y análisis de los Protocolos en las diversas reuniones de Profesores, Subcentros, Plenarias de Presidentes y Delegados y Consejos de Cursos. - Cautelar el cumplimiento de la normativa descrita en el MCE referida a cuidados de los niños, espacios de esparcimientos, espacios cerrados (servicios higiénicos, aulas, salones, comedores, oficinas) y procedimientos respectivos, por parte de los adultos de la comunidad escolar. - El apoderado deberá respetar al Art. 32 de las Disposiciones Generales del presente MCE. - Cautelar, en Secretaría, la identificación de toda persona ajena a la Institución que ingresa al Establecimiento y los motivos que sustentan su visita. - Acompañar a personas ajenas a la Institución que realizan trabajos específicos de cualquier índole y en la que haya presencia de niños, principalmente. - Reforzar, en los cursos de pre básico y primer ciclo básico, la autoestima (autocuidado, valoración de su cuerpo, aceptación y comunicación) de los estudiantes a través de juegos, dibujos, videos, títeres u otras estrategias. - Sólo el apoderado está autorizado para cambiar de ropa a su pupilo cuando éste sufra algún percance (no controle esfínteres, caídas al agua o barro, sangramiento, etc.) previa citación telefónica por personal del colegio. - Monitorear el ingreso y salida de alumnos en los horarios correspondientes. - Denunciar la presencia de personas extrañas y en actitud sospechosa que se encuentran en el entorno del Colegio al Plan Cuadrante respectivo por parte de Directivos del Colegio. - Monitorear la estadía de alumnos fuera de horarios lectivos (comisión de aseo de sala, grupos de trabajo, etc.) - Desarrollar Programa de Educación Sexual y Orientaciones para la prevención (“Mi Sol”, por ejemplo) visados por el MINEDUC en todos los niveles de enseñanza.

B.2.- Procedimiento

- El primer nivel de denuncia (La denuncia la puede hacer cualquier integrante de la comunidad educativa. Se registrará en OFICIO DE DENUNCIA tipo), la hará un (a) alumno (a) o apoderado a cualquier profesional del Establecimiento (Directivo, Encargado de Convivencia, Orientador, docente o Inspector) de manera verbal y escrita (formato libre). - El segundo nivel de denuncia, la efectuará el profesional que recibió la 1º denuncia a través de un documento escrito (Oficio de Denuncia) a la máxima autoridad del Colegio.

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- Será el Director, con los medios de verificación escritos, previa entrevista de rigor al segundo denunciante, quien efectuará la tercera y definitiva denuncia vía oficio a los organismos judiciales correspondientes. - Se informará oportuna y pormenorizadamente al apoderado de la situación denunciada. - Se aplicarán los procedimientos pertinentes consignados en el MCE si el caso correspondiere. - Derivación a especialistas afines.

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C) DENUNCIAS EXTERNAS (*) C.1.- Prevención

- Difusión del PEI y sus respectivos anexos en las reuniones de subcentros - Entrega de un sucinto del MCE al apoderado cuando concurre a matricular. - Realización de Talleres de análisis del MCE específicamente los temas: perfil del apoderado, roles que le asisten, derechos y conducto regular. - Cautelar una comunicación fluida entre docentes y apoderados a través de las reuniones, entrevistas y desarrollo de trabajos comunitarios (eventos especiales). - Cautelar una comunicación fluida y atenta desde personal del colegio (directivos, docentes, asistentes de la educación) hacia los apoderados.

C.2.- Procedimiento

- Recepción de la denuncia en Dirección - Director informa de la denuncia al Equipo Directivo (se deja constancia escrita de ello) y se procede al análisis del documento en función de los hechos descritos para luego definir acciones resolutivas.

2.1.- Denuncia en contra de Personal del Colegio (Directivo, Docente, Asist. Educación)

- Entrevista (s) del Director con la (s) persona (s) denunciada (s): docente, asistente de la educación u otro. - Director solicita descargos por escrito y medios de verificación del denunciado en un plazo no superior a 48 hrs. - Nombramiento de un Mediador (integrante del Equipo Directivo) - Realización de Mediación entre las partes involucradas, previa citación por escrito a los afectados. - En el acto de mediación participan: denunciado (a), denunciante, mediador y un secretario (a) nombrado por el Director quien hará levantamiento de un Acta. Éste (a) no tiene derecho a opinión ni voto. - Finalizada la acción mediadora, secretario (a) da lectura al Acta y se firma en conformidad - Acta, consensos (resolución del conflicto) y medios de verificación (si hubiere) son enviados al organismo de origen vía Oficio conductor. - En el caso que la denuncia se perfile como un delito, será el Director quien haga la denuncia, con medios de verificación, a los organismos judiciales correspondientes.

2.2.- Denuncia en contra de alumno/s (a/s) del Colegio

- Derivación, vía “Formato de Derivaciones al Equipo Multidisciplinario” de la denuncia y el caso denunciado a Orientación o Encargado de Convivencia. Se deja constancia escrita de esta acción. - Entrevistas de rigor a las personas involucradas de manera individual, previa citación por escrito. - Solicitud de medios de verificación, si hubiere (escritos, fotografías, grabaciones, otros) - Entrevistas a los apoderados con o sin alumnos (según el proceso de la situación).

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- Derivación a especialistas externos (psicólogo/a, neurólogo/a, psiquiatra, terapeuta familiar) - Aplicación de técnicas de mediación entre las partes involucradas. Se levanta acta que contenga: identificación de los conflictuados, el motivo del conflicto y resolución (consensos) - Monitorear la evolución de los consensos en función del enriquecimiento de las relaciones, solidificación del vínculo y restablecimiento de las confianzas. - Derivación de Acta, consensos (resolución del conflicto) y medios de verificación (si hubiere) a la Dirección del establecimiento - En el caso que la denuncia se perfile como un delito, será el Director quien haga la denuncia, con medios de verificación, a los organismos judiciales correspondientes (Cfr. Disp. Grals. Nº 44)

(*) Derivadas de SEREMI, Depto. Provincial de Educación, Superintendencia de Educación, DAEM

D) DENUNCIAS INTERNAS (*) D.1.- Prevención

- Difusión del PEI y sus respectivos anexos en las reuniones de subcentros - Entrega de un sucinto del MCE al apoderado cuando concurre a matricular. - Realización de Talleres de análisis del MCE específicamente los temas: perfil del apoderado, roles que le asisten, derechos y conducto regular. - Cautelar una comunicación fluida entre docentes y apoderados a través de las reuniones, entrevistas y desarrollo de trabajos comunitarios (eventos especiales). - Cautelar una comunicación fluida y atenta desde personal del colegio (directivos, docentes, asistentes de la educación) hacia los apoderados.

D.2.- Procedimiento

- Apoderado remite denuncia a través del Formulario Único de Reclamos a la Dirección del Establecimiento. - Acogida la denuncia, el Director analiza los antecedentes entregados. - El Director se entrevista (dejando constancia escrita) con la (s) persona (s) aludida para informar y posteriormente analizar la denuncia. - El (la) denunciado (a) elaborará un Informe escrito de descargos en función de la denuncia que remitirá a la Dirección del Establecimiento en un plazo no superior a 3 días hábiles. - Director responde por escrito al apoderado argumentando los descargos en un plazo no superior a 3 días hábiles desde la recepción de los descargos del o la denunciado (a). - Sólo el Director determinará otras acciones afines que conlleven al esclarecimiento de los hechos (mediación, entrevistas individuales a terceros, etc.).

[52]

D) SOLICITUD DE INFORMES (**)

Procedimiento o Recepción en Dirección, a través de correo electrónico u oficio conductor (únicos

medios válidos), de la solicitud. o Derivación de la solicitud a Orientación. o Orientador citará al apoderado del (la) alumno (a) en referencia para informar de

dicho requerimiento. o Orientador confeccionará el Informe previa reunión de antecedentes objetivos y

validantes. o Director visa el Informe y deriva por correo electrónico y/u Oficio Conductor al

organismo de origen. o Se levantan actas de todas las instancias y archivan en Orientación.

(*) La que realiza un apoderado, en representación de su pupilo o de manera particular en contra de un Profesional de Establecimiento en Dirección. (**) Desde el Tribunal de la Familia, OPD, PDI, Fiscalía, DAEM, etc. de alumnos del Colegio La Paz. F) ASUNCIÓN FUNCION

Procedimiento o El Director, junto a su Equipo Directivo, analizan currículos de profesionales que se

ajustan, a juzgar por los antecedentes, a los requerimientos de la Institución. o El Director realiza entrevistas a los interesados y decide por el profesional que reúna

los requisitos establecidos en función del PEI. o Propone al profesional al DAEM para que se vise la contratación. o El Director cita al profesional elegido y proceden a la contratación respectiva, previo

análisis del PEI en lo referido a perfil, roles y derechos del profesional que se contrata y solicita documentos que avalan al Profesional.

o Se procede a la Asunción Funciones y remite al DAEM dicho documento. o El profesional elegido se entrevista con la encargada de la UTP para especificar roles,

funciones específicas y temas afines. o El Subdirector archiva Título protocolizado, Certificado de Antecedentes y otros

documentos relevantes, si fuera necesario.

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G) ACCIDENTES ESCOLARES G.1.- Prevención

- Difusión en Actos Cívicos, en Consejos de Cursos y con Afiches en murales del Establecimiento, de la importancia del autocuidado y el cuidado hacia terceros. - Promover diariamente, en clases, actos cívicos, reuniones de apoderados la evitación de acciones osadas o temerarias, juegos bruscos en función del autocuidado. - Difundir el Plan de Seguridad Integral del Establecimiento

G.2.- Procedimiento

- Ante la eventualidad de un accidente escolar, un Inspector concurrirá al lugar del suceso para auxiliar al accidentado y trasladarlo, en camilla médica, a la oficina de Inspectoría. - El Inspector solicitará datos (nombre, dirección, curso, descripción del hecho, entre otros), para confeccionar el Formulario de Accidentes Escolares - Paralelamente, otro Inspector se comunicará, vía telefónica, con el apoderado con el fin de informar lo sucedido y solicitarle concurra al Colegio o, en su defecto, concurra al Servicio de Urgencia del Hospital de Rengo, según se haya procedido con el accidentado. - Se solicitará asistencia de S A M U para la atención primaria y traslado del accidentado al Servicio de Urgencia; en el caso que no fuera posible, trasladará en vehículo particular (siempre que sea factible el traslado en otro medio).

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VI.- ANEXO: GLOSARIO

Convivencia Escolar: Coexistencia pacífica de los miembros de la comunidad educativa, que supone una interrelación positiva entre ellos y permite el adecuado cumplimiento de los objetivos educativos en un clima que propicia el desarrollo integral de los estudiantes sustentados en el respeto mutuo y en la solidaridad recíproca, expresada en la interrelación armoniosa y sin violencia entre los diferentes actores y estamentos del Establecimiento escolar. Perfil: Corresponde a una característica o rasgos de las personas; asociado a su personalidad. No obstante, en el contexto del presente MCE, se entiende como el Deber Ser del apoderado y/o alumno que el Establecimiento requiere para su comunidad escolar. Derecho:Conjunto de normas que regulan la convivencia social y permiten resolver los conflictos interpersonales. Son exigibles por las personas según el contexto en que se desenvuelvan. Deber: Son actividades, hechos o circunstancias que implican una determinada obligación social, moral o ética relacionada con la propia conciencia o las responsabilidades que le asisten. Faltar a un deber implica sanción. Protocolo de Actuación: Estrategias definidas y consensuadas susceptibles de aplicar ante situaciones específicas. Evitando, de esta manera, las arbitrariedades, improvisaciones y acciones irracionales con la intención de resolverlas. Violencia Escolar: La violencia escolar no está definida a partir de sus conceptos (“violencia” – “escolar”), sino a partir de los daños objetivos que ésta provoca. Sin embargo, se puede señalar que la violencia escolar es una realidad con múltiples manifestaciones: puede ser una agresión directa y/o indirecta, física y/o verbal, hostigamiento y/o matonaje. Se produce en ello una relación de subordinamiento de tipo físico, psicológico, status. Puede causar daños objetivos a nivel físico, psicológico, familiar y/o social. Finalmente, este problema se entiende como una relación entre múltiples actores (entre pares, pares y adultos, entre adultos; todos de la comunidad educativa e incluso personas externas con o sin vínculos en el Establecimiento). Abuso Sexual: Es la imposición a un niño o niña, basada en una relación de poder, de una actividad sexualizada en que el ofensor obtiene una gratificación. Ésta imposición se puede ejercer por medio de la fuerza física, el chantaje, la amenaza, la intimidación, el engaño, la utilización de la confianza o el afecto o cualquier otra forma de presión Bullying: El acoso escolar (también conocido como hostigamiento escolar, matonaje escolar, matoneo escolar o por su término inglés bullying) es cualquier forma de maltrato psicológico, verbal o físico producido entre escolares de forma reiterada a lo largo de un tiempo determinado. El agresor sume a la víctima, a menudo con el silencio, la indiferencia o la complicidad de otros compañeros.

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Ciberbullying:Este tipo de acoso (cibernético) incluye todas aquellas conductas de burla, difamación, agresión, amedrentamiento e intimidación en contra de un individuo o grupo a través Internet o teléfonos móviles. Este tipo de abuso tiene incalculables consecuencias psicológicas en los afectados que ven totalmente vulnerada su identidad en su entorno social Grooming: Básicamente, se trata de la extorsión “en línea” que realiza un adulto a un niño/a para que, bajo amenazas o engaños, acceda a sus peticiones de connotación sexual frente a una webcam (cámara de video para el computador), en un chat o Messenger, llegando incluso a concertar encuentros para materializar el abuso. Hostigamiento:Agrupa aquellas conductas de acoso escolar que consisten en acciones de hostigamiento y acoso psicológico que manifiestan desprecio, falta de respeto y desconsideración por la dignidad del niño. El desprecio, el odio, la ridiculización, la burla, el menosprecio, los motes, la crueldad, la manifestación gestual del desprecio, la imitación burlesca son los indicadores de esta escala. Delito: Es una acción típica, antijurídica, imputable, culpable, sometida a una sanción penal y a veces a condiciones objetivas de punibilidad. Supone una conducta infraccional de la ley.

Acoso Escolar: Es toda acción u omisión constitutiva de agresión u hostigamiento reiterado (o Bullying), realizada fuera o dentro del establecimiento educacional por estudiantes que, en forma individual o colectiva, atenten en contra de otro estudiantes, valiéndose para ellos de una situación de superioridad o de indefensión del estudiante afectado, que provoque en este último, maltrato, humillación o fundado temor de verse expuesto a un mal de carácter grave, ya sea por medios tecnológicos o cualquier otro medio, tomando en cuenta su edad y condición

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I M P O R T A N T E:

Las Normas descritas en el MCE del Colegio La Paz respetan la legalidad vigente (PEI Institucional aprobado por el Departamento Provincial de Educación), son conocidas y reconocidas por toda la comunidad escolar (alumnos, apoderados, asistentes de la educación, profesores y directivos) pues han sido gestores de su elaboración (años 2004 – 2005), de su permanente revisión a partir del año 2006 a la fecha. Estos ajustes obedecen a los cambios biopsicosociales de los mismos usuarios y de las normas y leyes derivadas del poder legislativo afines a la Convivencia en los Establecimientos Educacionales.; son pertinentes a los Objetivos, Misión y Visión Institucional; consideran a los educandos como sujetos en desarrollo (las sanciones son consecuentes a la etapa biopsicosocial del estudiante) y aplica sanciones, adecuadas a la gravedad de la falta y sobre la base de los criterios impulsados por el MINEDUC (diálogo, apelación y reparación). De acuerdo a la Ley sobre violencia escolar y en función del mejoramiento y fortalecimiento de la Convivencia Escolar, se implementará, cada año, un Plan de Gestión (Plan de Acción) que involucre estrategias pertinentes para, por y con los alumnos (as), apoderados y profesionales del establecimiento.