Upload
dodang
View
221
Download
0
Embed Size (px)
Citation preview
1
2018
MANUAL DE CONVIVENCIA Y REGLAMENTO ESCOLAR
2
REÍNDICE
IDENTIFICACIÓN ...................................................................................................................... 4
FUNDAMENTOS: ...................................................................................................................... 5
CAPITULO I DEL FUNCIONAMIENTO DEL ESTABLECIMIENTO ............................................ 6
CAPITULO II CONVIVENCIA ESCOLAR ................................................................................... 6
CAPITULO III DERECHOS Y DEBERES DE LOS ALUMNOS.........…………………………….. 7
COMPORTAMIENTO Y NORMAS DE CONVIVENCIA ........................................................... 10
CAPITULO IV DEBERES DE LOS PADRES Y APODERADOS. ............................................. 11
CAPITULO V DEBERES Y DERECHOS DE LOS PROFESORES. ......................................... 14
CAPITULO VI DEBERES Y DERECHOS DE LOS ASISTENTES DE LA EDUCACION……...15
CAPITULO VII PROCEDIMIENTOS QUE SE APLICARÁN AL ALUMNO AL NO DAR
CUMPLIMIENTO A LAS NORMAS DE CONVIVENCIA DEL PRESENTE REGLAMENTO..... 17
CAPITULO VIII DEL DEBIDO PROCESO ............................................................................... 21
CAPITULO IX RESOLUCIÓN ALTERNATIVA DE CONFLICTOS. .......................................... 23
CAPITULO X CONSEJO ESCOLAR ....................................................................................... 24
CAPITULO XI PERFILES DE LOS MIEMBROS DEL COLEGIO. ............................................ 25
CAPITULO XII DE LA PARTICIPACION…………………………………………………………….30
CAPITULO XIII DE ESCUELA PROMOTORA DE LA SALUD…………………………………..31
CONCLUSION………………………………………………………………………………………….32
PROTOCOLO BULLYING ....................................................................................................... 33
PROTOCOLO ABUSO SEXUAL.............................................................................................. 37
PROTOCOLO DROGAS ......................................................................................................... 41
PROTOCOLO CONDICIÓN DE EMBARAZO Y MATERNIDAD .............................................. 44
PROTOCOLO ACCIDENTE ESCOLAR ................................................................................... 48
3
PROTOCOLO VIOLENCIA ESCOLAR ASIMETRICA (ESTUDIANTE – MIEMBRO DE LA
COMUNIDAD EDUCATIVA.………………………………………………………………………….50
PROTOCOLO DE INASISTENCIA............................................................................................53
PROTOCOLO DE ATRASOS....................................................................................................55
PROTOCOLO RETIRO DEL ESTABLECIMIENTO Y/O ACTIVIDAD EXTRAESCOLAR
PROGRAMADA..........................................................................................................................57
PROTOCOLO SALIDAS PEDAGOGICAS Y GIRAS DE ESTUDIO...........................................59
PROTOCOLO CUIDADO DE LA NATURALEZA, MOBILIARIO, INFRAESTRUCTURA Y
EQUIPOS TECNOLÓGICOS………………………………………………………………………….61
PROTOCOLO SOBRE OCURRENCIA DE DELITOS................................................................64
PROTOCOLO DE SISMO..........................................................................................................68
PROTOCOLO ANTE INASISTENCIA REUNION APODERADOS........................................... 69
PROTOCOLO ACCION FRENTE AUTOLESION ALUMNOS.................................................. 70
PROTOCOLO ATENCION FUERA DEL AULA ALUMNO CON NEE....................................... 71
PROTOCOLO DE DESREGULACION EMOCIONAL……………………………………………..72
4
IDENTIFICACIÓN
NOMBRE INSTITUCIÓN: Colegio ―República del Perú‖ D – 474
DIRECCION: Hungría Nº 2970 Población ―Arturo Prat‖, Hualpén, Prov. Concepción, Región del
Biobío.
TELEFONOS: 2178534 (Dirección), 2178533 (Secretaría), 2178535 (U.T.P)
EMAIL: [email protected],[email protected]
DEPENDENCIA: Municipal Mixta (Ilustre Municipalidad de Hualpén)
ROL BASE DATOS: 4719 – 8
FECHA DE TRASPASO: 01 Diciembre 1981
Nº DECRETO DE LA FUNCION DOCENTE: 8234 – 81
MODALIDAD DE ENSEÑANZA: Pre básica y Básica completa
5
REGLAMENTO DE CONVIVENCIA
COLEGIO REPÚBLICA DEL PERÚ - HUALPEN.
FUNDAMENTOS:
El Reglamento de Convivencia Escolar del Colegio República del Perú constituye un
componente del reglamento interno, el cual todo establecimiento educacional debe tener, los
establecimientos educacionales están legalmente obligados a contar con un reglamento
interno que contenga el de convivencia, cuyo objetivo es otorgar un marco regulatorio a los
problemas de convivencia en la comunidad educativa, sirve para orientar a los diversos
actores que conforman la comunidad, a través de normas y acuerdos que definen los
comportamientos aceptados, esperados o prohibidos, estableciendo criterios y
procedimientos formativos, para abordar los conflictos y situaciones de violencia, para esto,
define sanciones y medidas reparatorias, proporcionales y ajustadas a derecho susceptibles
a aplicar
El presente Reglamento de Convivencia recoge las orientaciones entregadas por
el Ministerio de Educación, que tiene como marco legal la Constitución Política del Estado,
la Declaración Universal de los DD.HH., la Convención sobre los Derechos del Niño, y el
artículo 41, de la Ley 19.070, l /90, publicada en el Diario Oficial, del 01 de julio de 1991,la
Ley N°20370 General de Educación, la Ley N°20536 Violencia Escolar, la Ley N°20609
Establece medidas contra la discriminación, la Ley N° 20845 De inclusión escolar que regula
la admisión de los y las estudiantes, elimina el financiamiento compartido y prohíbe el lucro
en establecimientos que reciben aportes del estado, la Ley N° 20084 Establece un sistema
de responsabilidad de los adolescentes por infracciones a la ley penal.
Las normas de convivencia impartidas en el establecimiento son absolutamente compatibles
con la dignidad y derechos que el alumno(a) posee.
6
CAPITULO I
DEL FUNCIONAMIENTO DEL ESTABLECIMIENTO
Art.1.El funcionamiento del Colegio se establece en una jornada de trabajo, de lunes a viernes,
en modalidad JEC, desde pre kínder hasta Octavo año básico, entre las 07:30 AM y 17,00 hrs.
Las clases se inician a las 8.00 y finalizan a las 16:15, habiendo distintos horarios de término
de clases, para los cursos de la educación Pre - básica y básica. Los horarios de clases y
recreos se entregan, por diversos canales, al conocimiento de los apoderados, al inicio de cada
período lectivo.
Art.2.En la jornada escolar, se establecen recreos de 15 minutos, cada uno, para permitir la
recreación de los alumnos al término de los bloques de trabajo escolar.
Art.3.Todo alumno o alumna que ingrese por 1ª vez al establecimiento o que venga
trasladado de otro colegio firmará carta de compromiso, a fin de cautelar el conocimiento y
cumplimiento respecto a conductas relacionadas a la convivencia escolar. Se evaluará su
desempeño después de un mes de permanencia en el establecimiento.
CAPITULO II
CONVIVENCIA ESCOLAR
La Ley N°20536, sobre Violencia Escolar entiende la buena convivencia escolar como “la
coexistencia pacífica de los miembros de la comunidad educativa, que supone una
interrelación positiva entre ellos y permite el adecuado cumplimiento de los objetivos
educativos en un clima que propicia el desarrollo integral de los estudiantes”1
Al interior del Establecimiento escolar la Dirección ha establecido que la encargada de la
Convivencia Escolar2 es la docente Gloria Arellano Chamorro, Número de contacto 41
2178533
FUNCIONES DEL CARGO
1. Promover la participación de los diferentes estamentos de la comunidad educativa en el
Consejo Escolar.
2. Promover el trabajo colaborativo en torno a la Convivencia Escolar en el Consejo
Escolar o el Comité para la Buena Convivencia.
1 LEY 20.536 Sobre Violencia Escolar, que modifica la Ley 20.370, General de Educación. Art. 16.A.
2 La ley 20.536 Sobre Violencia Escolar, que modifica la Ley General de Educación , agrega un inciso al Art. 15,
donde se hace obligatorio para todos los establecimientos del país, contar con un/a Encargado/a de Convivencia
Escolar.
7
3. Disponer la implementación de las medidas sobre convivencia escolar que
disponga el Consejo Escolar o el Comité para la Buena Convivencia.
4. Elaborar el Plan Acción sobre convivencia escolar, en función de las indicaciones
del Consejo Escolar o el Comité para la Buena Convivencia.
5. Coordinar iniciativas de capacitación sobre promoción de la buena convivencia y
manejo de situaciones de conflicto, entre los diversos estamentos de la comunidad
educativa.
6. Promover el trabajo colaborativo entre los actores de la comunidad educativa en la
elaboración, implementación y difusión de políticas de prevención, medidas
pedagógicas y disciplinas que fomenten la buena convivencia escolar.
CAPITULO III
DERECHOS Y RESPONSABILIDADES DE LOS ALUMNOS
"Un niño acepta lo que se le propone, pero lo acepta por voluntad propia, en eso
consiste el deber”
Los alumnos del Colegio ―República del Perú‖, D-474 tienen derechos, como todos los
niños chilenos, a recibir una educación que favorezca su desarrollo armonioso e integral y
les permita convertirse en útiles a sí mismos y a la sociedad.
Junto a estos derechos tienen también deberes que cumplir, los cuales permitirán una
relación armónica entre Profesores, Alumnos y el resto del personal del establecimiento,
que en definitiva irán en beneficio de ellos mismos, ya que de este modo se fomenta una
sana convivencia entre todos los actores del proceso educativo al interior de la escuela.
Derechos de los alumnos(a) s:
Art.4.El Colegio procurará ofrecer a los alumnos el máximo de instancias educativas que
le permitan ejercer todo el derecho como personas, siendo considerados en las
siguientes instancias:
1. Ser tratados como personas, respetando sus diferencias individuales.
2. Ser informados oportunamente de los cambios y medidas que el Colegio adopte y
que los afecten directa o indirectamente.
3. Ser escuchados y atendidos por sus profesores, cuando corresponda.
4. Recibir una atención de urgencia, en caso de accidente o enfermedad, dando aviso
de inmediato a su familia.
5. Ser informado del Reglamento Interno de Evaluación que el Colegio utiliza.
6. Ser considerados como sujetos de derechos con plena participación, según el nuevo
enfoque de los DD. del Niño.
7. Recibir orientación e información respecto a las observaciones que se le registren en
el libro de clases, a lo menos una vez a la semana.
8. Permanecer todo el período de clases en su sala. Sólo podrá ser retirado en caso de
grave comportamiento y ante situación extrema.
9. Conocer puntualmente sus calificaciones.
10. Participar responsable y libremente en las actividades de su curso, en la elección de
las directivas de su curso y del Centro de Alumnos, cuando corresponda.
8
11. Recibir todos los beneficios que el Colegio proporcione para el desarrollo de los
alumnos.
12. Participar activamente de un ambiente creativo que favorezca el desarrollo de su
libertad personal.
13. Ser educados integralmente como personas, respetando sus diferencias individuales
y de acuerdo a los valores del Proyecto Educativo.
14. Obtener asesorías que le permitan diagnosticar intereses, detectar aspectos
vocacionales y otros aspectos relativos a su desarrollo personal.
15. Obtener información para enfrentar procesos de admisión a la educación media, en
cualquiera de sus modalidades.
16. Postular a las becas que otorgue el sistema educacional, bajo la orientación y guía
de Trabajadora Social del establecimiento.
17. Ser evaluado en conformidad al reglamento de evaluación vigente, con las
adaptaciones que haya efectuado el Colegio y que se hayan informado
oportunamente.
18. Todo alumno tendrá derecho a expresar libre y respetuosamente su opinión, dentro
de un marco socializador.
19. En caso de que el niño sea separado de sus padres, atentando estos a su integridad
física y emocional, el establecimiento tomará todas las medidas legales necesarias
para apoyar y proteger al alumno.
20. Si el alumno no cuenta con un núcleo familiar que asegure el cumplimiento pleno de
sus derechos, se harán las gestiones necesarias para coordinar la protección del
Estado.
21. El establecimiento velará por el cuidado y las condiciones necesarias para que los
alumnos con Necesidades Educativas Especiales (NEE) se desarrollen en igualdad
de condiciones.
22. Los alumnos tendrán derecho a ser estimulados plenamente en su desarrollo físico,
espiritual, social y moral.
23. Los alumnos, durante los recreos, tendrán derecho al descanso, al esparcimiento, al
juego y a las actividades recreativas propias de su edad.
24. Los alumnos tendrán el pleno derecho de expresar su religión (formación valórica),
su Cultura y su etnia en un ambiente de tolerancia y respeto.
25. En caso de embarazo, las alumnas podrán continuar sus estudios en el
establecimiento teniendo las facilidades que la situación amerite (ver protocolo
Embarazo y maternidad anexo IV). (Ley Nº 19.688 del 5 de agosto del 2000,
Ministerio de Educación).
26. Utilizar el beneficio del Seguro Escolar en caso de accidente (dentro del
establecimiento y durante el trayecto hacia y desde la escuela). (Ver protocolo de
Accidente escolar anexo V).
27. Representar dignamente a la institución en actividades deportivas, culturales,
académicas, culturales con previa autorización del colegio, padres y apoderados.
28. Usar todas las dependencias del Establecimiento, adecuadas para su trabajo diario,
(aulas, salas de clases, biblioteca, laboratorio, sala de computación, comedor, etc.).
29. Conocer el protocolo de acción frente a situaciones de emergencia, lugar de
evacuación y zona de seguridad y demás Protocolos que están incorporados en el
presente reglamento.
9
30. Recibir una formación integral que lo incentive a la aceptación de la diversidad y
reconocimiento de cada persona como ser único, con derecho a ser respetado y
valorado como tal.
Art.5. Derecho a ser reconocido en sus conductas positivas con los siguientes estímulos:
Cartas de reconocimiento; Diplomas de honor; mención en actos de apertura; fotografía
en lugar destacado, etc. y en el caso de los grupos de alumnos que mejor reflejen estas
conductas, ofrecer como estímulos; fotografía del colectivo en lugar destacado; visitas
educativas o salidas recreativas a algún lugar de interés para ellos.
5.1) FELICITACIONES: El Profesor Jefe, semestralmente registrará el concepto
―Felicitaciones‖ en la hoja de vida del alumno que haya demostrado un cambio
positivo académico y/o personal.
5.2) Semestralmente, se destacará en las redes sociales del colegio, a un alumno
integral por curso, recibiendo reconocimiento a través de un Diploma y ubicando su
fotografía en el Diario Mural en el cuadro de honor del colegio.
5.3) Mensualmente se destacará a un alumno por curso por las cualidades positivas
que haya demostrado, se le entregará un Diploma y se le ubicará su fotografía en un
lugar destacado en su sala de clases, en el Diario Mural del Colegio y en las redes
sociales del este.
5.4) Al término de cada semestre se entregará una Carta de Reconocimiento a tres
estudiantes por curso, en reconocimiento de su espíritu de superación.
5.5) Reconocer a estudiantes que demuestren una destacada Convivencia Escolar
al término del año escolar un estudiante por nivel: desde Pre básica hasta Tercer
año y desde Cuarto a Séptimo año.
5.6) En Licenciatura de Octavos años, el establecimiento premiará por: Mejor
Compañero(a) entregado por Centro de Alumnos; Mejor Rendimiento, entregado por
Consejo de Profesores; Superación y esfuerzo, entregado por Centro General de
Padres y Apoderados; Colegio Artístico República del Perú, entregado por Dirección
y Unidad Técnico Pedagógica; Convivencia Escolar, entregado por Departamento de
Convivencia Escolar.
10
RESPONSABILIDADES DE LOS ALUMNOS
Art .6. Son responsabilidades de los Alumnos/as:
PRESENTACIÓN PERSONAL
1. Presentarse aseado y con su uniforme completo, ordenado y limpio, sin accesorios
(aretes colgantes, de colores llamativos, piercings, anillos, etc.), las damas con su
pelo tomado (cara despejada) y los varones pelo corte tradicional.
2. Los alumnos podrán asistir sin su uniforme sólo en actividades establecidas por el
colegio.
3. Las niñas deberán asistir sin maquillaje y/o tintura de pelo.
4. Los alumnos deberán presentarse con un corte de pelo más arriba del cuello de la
polera.
5. Las uñas deben ser cortas y limpias, no deben estar pintadas.
6. El calzado debe estar lustrado.
ASISTENCIA
1. Asistir a clases todos los días, cumpliendo con un mínimo de 85% de asistencia.
Situación que será monitoreada por Inspectoría General y Trabajadora Social.
2. En caso de no asistir al establecimiento por enfermedad las inasistencias deben
ser justificadas por el apoderado y acompañadas por certificado médico.
3. Llegar puntualmente al establecimiento antes del inicio de las clases: 8:00 en la
mañana, evitando los atrasos.
4. La inasistencia debe ser justificada por el apoderado, de manera escrita o verbal
en el momento en que el alumno se integre a clases.
5. Los alumnos que no realicen Educación Física, deberán justificarse a través de su
apoderado de manera escrita o bien presentar un certificado médico.
COMPORTAMIENTO Y NORMAS DE CONVIVENCIA
1. Mantener siempre una actitud respetuosa. Ser cortés y tener buenos modales.
2. Usar un lenguaje correcto con todos los miembros de la comunidad educativa.
3. Cuidar y conservar el mobiliario escolar y dependencias del establecimiento,
principalmente salas de clases y baños. Cualquier deterioro deberá ser reparado,
según corresponda, por él o su apoderado.
4. Abandonar la sala de clases durante los recreos.
5. Ingresar a la sala de clases con el profesor(a) o con un pase o autorización de
inspectoría, por atraso u otro motivo.
6. Formarse al toque del timbre, después de cada recreo y mantener silencio en
actos de apertura los días lunes u otros actos conmemorativos.
7. Fomentar y practicar el respeto con sus pares, docentes y demás personal del
establecimiento.
8. Informar a Inspectoría, profesor jefe, Dirección o a cualquier adulto miembro de la
comunidad educativa del Establecimiento, cualquier hecho que le parezca extraño
o grave, dentro del Colegio.
9. Informar en forma inmediata cualquier situación de Bullying o acoso, a la persona
adulta más próxima a la situación, considerando el procedimiento establecido (ver
11
protocolo Bullying).
10. No llevar al Colegio objetos de valor o dinero, pues su hurto o pérdida será de su
exclusiva responsabilidad.
11. No ingresar al establecimiento: cigarrillos, alcohol, drogas, armas, juguetes bélicos,
objetos corto-punzantes (cortaplumas, cartoneros, tijeras con punta, etc.) o
elementos tóxicos.
12. No se permitirá uso de celulares u otros dispositivos como Ipod, Mp4, Tablet, si el
profesor no lo autoriza a fin de no interrumpir el normal desarrollo de las
actividades escolares. Si el estudiante, en horario de clases, lo usa sin la
autorización del profesor de asignatura el establecimiento podrá retener el celular,
citar al apoderado y entregárselo a este, estableciendo un compromiso con el
estudiante de no repetir dichas situaciones
13. Conocer el Reglamento Interno de Convivencia.
14. Los alumnos deberán respetar el toque de timbre, para concurrir a la formación,
horario de almuerzo y horario de salida del colegio.
Art. 7. Uniforme del colegio.
7.1) Uniforme de las niñas:
Delantal blanco (con nombre marcado).
Falda escocesa plisada gris, con franjas azules, 10 cm sobre la rodilla.
Polera institucional gris con cuello azul, manga larga de pique, con la insignia del
colegio.
Sweater institucional
Casaca institucional opcional.
Pelo tomado.
Buzo institucional y zapatillas para la clase de Educación Física.
Polera institucional.
7.2) Uniforme de los varones:
Delantal blanco.
Pantalón gris.
Polera institucional gris con cuello azul, manga larga de pique, con la insignia del
colegio.
Sweater institucional
Calcetines grises.
Zapatos negros.
Casaca institucional.
Buzo institucional, polera manga corta zapatillas para la clase de Educación
Física.
Polera institucional.
12
7.3) Uniforme Educación Parvularia
_ Buzo institucional
_ Delantal institucional
_ Zapatillas deportivas
7.3) Se permitirá el uso del buzo institucional para la clase de Educación Física,
solo para el día que corresponda (incluyendo talleres deportivos) con ropa
interior de recambio y útiles de aseo personal. En caso de no poseer el buzo
institucional deberá presentarse con su uniforme completo y la implementación
necesaria para la clase de Educación Física. El buzo también podrá ser utilizado en
representación del establecimiento, en eventos o actividades extraescolares.
7.4) En correspondencia con los sellos de nuestro colegio los alumnos propenderán
a practicar hábitos de vida saludable (colaciones escolares, rutinas de sueño,
actividad física, celebraciones internas de curso y otras)
CAPITULO IV
DEBERES Y DERECHOS DE LOS PADRES Y APODERADOS.
Art.8. Son deberes de los Padres y Apoderados-as:
1. Conocer el Reglamento Interno del establecimiento.
2. Enviar a sus hijos(as) al colegio a la hora, evitando atrasos.
3. Apoyar la labor educacional del establecimiento, en los aspectos académicos y
disciplinarios, en coherencia con la política institucional del colegio.
4. Mantener una buena comunicación con el Colegio.
5. Evitar las inasistencias de sus pupilos a clases, por situaciones
injustificadas.
6. Justificar personalmente las inasistencias y/o retiros del alumno en horas
de clases.
7. Asistir puntualmente a las reuniones de apoderados o cada vez que su
presencia sea requerida por el Colegio.
8. Justificar personalmente o por escrito su inasistencia a reuniones de
apoderados; de repetirse más de una vez, deberá justificar directamente en la
Dirección.
9. Mantener una actitud de respeto y deferencia hacia los Docentes, Directivos,
Alumnos y Asistentes de la Educación del establecimiento.
10. Responder por los daños ocasionados por su pupilo al establecimiento: (vidrios,
mobiliario, etc.)
11. Informarse, por escrito, del comportamiento y rendimiento escolar de su pupilo en
forma permanente.
12. Estimular el buen uso del tiempo libre del alumno, a objeto de mejorar su
aprendizaje, favoreciendo el estudio en el hogar, motivando el interés por
aprender, supervisando el cumplimiento de tareas y deberes.
13. Mandar a su pupilo con su uniforme, limpio y bien presentado, de acuerdo a las
13
exigencias del colegio, si por razones de fuerza mayor no pudiera cumplir con lo
solicitado, deberá informar al colegio a través de su profesor(a) jefe, para acordar
en conjunto las medidas para apoyar al estudiante.
14. Apoyar y reforzar las medidas disciplinarias que el Profesor Jefe o el
establecimiento apliquen a su pupilo cuando sea necesario.
15. Retirar personalmente a su pupilo durante el horario de clases, por razones
especiales, debiendo firmar libro de registro respectivo.
16. Cumplir con el Perfil de Apoderado estipulado en el Reglamento Interno,
especialmente cuando desee postular a un cargo representativo en su curso o al
CGP del colegio. Colaborar en el mantenimiento de una sana convivencia al
interior del Colegio, fomentando que sus hijos acaten las normas del
establecimiento.
17. Reforzar en la vida familiar los valores entregados por el Colegio, con especial
énfasis en la honradez, la generosidad, la tolerancia, la responsabilidad, la
satisfacción por el logro personal y un vocabulario y actitudes respetuosas
18. Entregar informes diagnósticos y certificados de tratamiento de especialistas que
les sean solicitados dentro de los plazos establecidos
19. Controlar que su pupilo (a) no traigan dinero, ni objetos de valor, como joyas,
celulares y otros dispositivos.
20. Revisar permanentemente las calificaciones escolares, teniendo presente que
estas son el resultado personal de las aptitudes de sus hijos, el ambiente y apoyo
familiar que les brindan.
21. Es deber del apoderado plantear sus necesidades personales, consultas,
sugerencias, dudas, experiencias, diferencias o reclamos, etc., en privado y
respetando el conducto regular. (1°Profesor de asignatura, Profesor jefe, 2º
Inspectoría General, 3º Encargada de Convivencia/Director), con el debido
respeto, propiciando siempre un clima de sana convivencia y buscando el
entendimiento y mejora de la situación presentada.
22. Fomentar en su pupilo hábitos de vida saludable (colaciones escolares, rutinas
de sueño, actividad física, en celebraciones internas de curso y otras).
23. Planificar y ejecutar actividades de convivencias, que sean desarrolladas al
interior o exterior del establecimiento, que respete la línea saludable de acuerdo
al sello del colegio.
Art. 9. Derechos de los apoderados.
1. Ser informado del Reglamento de Convivencia Interna del establecimiento.
2. Ser atendido en forma correcta y oportuna por el personal Docente Directivo,
Docentes y Asistentes de la Educación Colegio, cuando sea citado o cuando el
caso lo requiera.
3. Ser informado por escrito oportunamente de cualquier medida o cambio que
afecte a su pupilo.
4. Ser informado del proceso financiero del Colegio y del Centro General de Padres
y Apoderados.
5. Conocer las medidas disciplinarias que afecten a su hijo-a o pupilo-a.
6. Conocer, a través de un Informe escrito, el rendimiento escolar de su hijo.
7. Que el establecimiento atienda a su hijo, en forma oportuna, en caso de:
accidente, emergencia, enfermedad o agresión de otros alumnos.
14
8. Conocer el protocolo de acción frente a situaciones de emergencia, lugar de
evacuación y zona de seguridad.
CAPITULO V
DEBERES Y DERECHOS DE LOS PROFESORES.
Art. 10. Deberes de los profesores.
1. Conocer y aplicar el Reglamento Interna de Convivencia del Establecimiento.
2. Generar un clima propicio para el aprendizaje.
3. Realizar las horas de clases que le corresponda de acuerdo al Plan de Estudio y al
horario establecido al inicio del año escolar, según lo estipulado en su contrato de
trabajo.
4. Pasar la lista de asistencia del curso al término del primer bloque de clases
(09:30hrs) y luego al inicio de cada hora de clases.
5. Exigir en la primera hora, la justificación o pase a los alumnos ausentes del día
anterior.
6. Exigir una Agenda o cuaderno de comunicaciones para enviar, mensajes o
citaciones a los padres o apoderados.
7. Reforzar valores y enseñar los contenidos de su especialidad con rigor, a los
alumnos.
8. Planificar, desarrollar y evaluar sistemáticamente las actividades docentes de su
asignatura o especialidad.
9. Llegar puntualmente a la escuela de acuerdo al horario establecido por la
Dirección.
10. Cumplir con las normas técnicas pedagógicas que la escuela exige.
11. Estar actualizado en materias técnico pedagógicas de su área.
12. Atender a tiempo y con prontitud el curso o clase según horario asignado.
13. Evitar el uso de celulares en horario de clases, excepto en caso de una
emergencia.
14. Tratar cordialmente, con respeto y vocabulario adecuado a los apoderados,
alumnos y funcionarios del establecimiento.
15. Exigir el uso correcto del uniforme al interior de la sala de clases.
16. Fomentar en los alumnos hábitos de vida saludable (colaciones escolares,
rutinas de sueño, actividad física, en celebraciones internas de curso y otras)
17. En el caso de Profesores Jefes, realizar una entrevista semestral con cada
apoderado de su jefatura, para ello dispondrá de un horario establecido de
atención.
18. Profesor Jefe, deberá atender los primeros 15 minutos al inicio de la jornada,
desde martes a viernes, en donde trabajará temas valóricos, situaciones internas
de curso y seguimiento del proceso educativo de su jefatura.
19. Profesor Jefe realizará una reunión mensual con los apoderados de su jefatura.
20. Fomentar y promover la solidaridad y preocupación de los estudiantes por sus
pares cuando lo amerite.
21. Promover acciones preventivas de acoso escolar o bullying con los estudiantes,
que fomenten el respeto a la diversidad, fortaleciendo la responsabilidad con sus
pares.
15
22. Fomentar entre los estudiantes, instancias sistemáticas que promuevan la
expresión y debate de ideas como estrategias de aprendizaje de los estudiantes.
23. Fomentar y promover acciones preventivas que aborden el respeto de equidad
de género.
Art. 11. Derechos de los profesores.
1. Ser respetado en su integridad personal y profesional por toda la Comunidad
escolar.
2. Ser tratado con dignidad y cordialidad en su quehacer profesional.
3. Ser aceptado con sus valores y características personales en su desempeño
profesional.
4. No ser amenazado o agredido de hecho o de palabra por alumnos, padres o
apoderados o cualquier miembro de la comunidad educativa.
5. No ser interrumpido en su labor docente en el aula, a menos que la situación lo
amerite.
6. Ser consultado o informado, oportunamente de cualquier cambio que afecte a su
función docente.
7. Usar elementos audiovisuales como evidencia para fines pedagógicos y ante
situaciones emergentes.
8. Conocer el protocolo de acción frente a situaciones de emergencia, lugar de
evacuación y zona de seguridad y demás protocolos que estén contemplados en
el presente reglamento.
9. Participar en la entrevista de apoderado(a) con Director, Inspectoría General,
Jefe de UTP y/o Encargada de Convivencia en situaciones de inquietudes y/o
quejas de un apoderado hacia su gestión como docente.
CAPITULO VI
DEBERES Y DERECHOS DE LOS ASISTENTES DE LA EDUCACION.
Art. 10. Deberes de los asistentes de la educación.
1. Llegar puntualmente a la escuela de acuerdo al horario establecido por la
Dirección.
2. Tratar cordialmente, con respeto y vocabulario adecuado a los apoderados,
alumnos y funcionarios del establecimiento.
3. Fomentar en los alumnos hábitos de vida saludable.
4. Fomentar y promover la solidaridad y preocupación de los estudiantes y demás
funcionarios del establecimiento cuando lo amerite.
5. Fomentar acciones preventivas de acoso escolar o bullying con los estudiantes,
que valoren el respeto a la diversidad, fortaleciendo la responsabilidad con sus
pares.
6. Fomentar acciones preventivas que aborden el respeto de equidad de género.
7. Cumplir con la asignación de tareas dadas por Dirección e Inspectoría General
de acuerdo a su rol dentro del establecimiento.
16
Art. 11. Derechos de los asistentes de la educación.
8. Ser respetado en su integridad personal y profesional por toda la Comunidad
escolar.
9. Ser tratado con dignidad y cordialidad en su quehacer profesional.
10. Ser aceptado con sus valores y características personales en su desempeño
profesional.
11. No ser amenazado o agredido de hecho o de palabra por alumnos, padres o
apoderados o cualquier miembro de la comunidad educativa.
12. Ser consultado o informado, oportunamente de cualquier cambio que afecte a su
función.
13. Conocer el protocolo de acción frente a situaciones de emergencia, lugar de
evacuación y zona de seguridad y demás protocolos que estén contemplados en
el presente reglamento.
14. Recibir la información de las diferentes actividades que se desarrollan en el
establecimiento en momento oportuno, en reunión semanal con Inspectoría
General.
15. Participar en entrevista con Director, Inspectoría General, Jefe de UTP y/o
Encargada de Convivencia en situaciones de inquietudes y/o quejas de un
apoderado hacia su gestión como asistente de la educación.
Art. 12. Procedimiento ante agresión verbal o física a un docente o funcionario.
(Ver protocolo de Violencia escolar asimétrica anexo VI).
En el caso particular de agresión verbal o física, que pueda sufrir un Docente o
funcionario del establecimiento, el procedimiento será: llamar de inmediato a
Carabineros, Seguridad Ciudadana, denunciando el hecho, siempre que éste sea
constitutivo de delito, e informar, además, por teléfono y/o por escrito al Departamento de
Educación y Administración Municipal D.A.E.M
17
CAPITULO VI
PROCEDIMIENTOS QUE SE APLICARÁN AL ALUMNO(A) AL NO DAR
CUMPLIMIENTO A LAS NORMAS DE CONVIVENCIA DEL PRESENTE REGLAMENTO
MEDIDAS FORMATIVAS DISCIPLINARIAS: Las medidas deben permitir que las y los
estudiantes tomen conciencia de las consecuencias de sus actos, aprendan a
responsabilizarse de ellos y desarrollen compromisos genuinos de reparar el daño. Para
ser formativa, reparadora y eficientes deben ser coherentes con la falta y acordes al nivel
educativo.
Para ello se considerarán las siguientes medidas:
a) Acciones para reparar el daño causado: El acto de restitución y/o reparación
debe estar relacionado y ser proporcional al daño causado. Por ejemplo, restituir y/o
reparar un bien o pedir disculpas públicas y/ o privadas, u otras acciones.
b) Servicios en beneficio de la comunidad: Prestación de un servicio en favor de la
comunidad que ha sido dañada, e igualmente debe estar relacionado con el daño
causado. Por ejemplo hermosear o arreglar dependencias del establecimiento. Trabajar el
Diario Mural del curso con temática relacionada a la falta cometida. Así mismo es
importante hacer reflexionar al alumno(a) y que reconozca su error, ya que tiene un valor
sustantivo en su crecimiento personal.
c) Preparar material valórico que tenga relación con la falta cometida, que presente
a un grupo curso (disertación), ya sea su curso u /otro. Se podrá solicitar el apoyo y
presencia de su apoderado en el cumplimiento de ésta medida.
d) El profesor realiza un diálogo pedagógico o correctivo con el estudiante que
comete falta. Le hacer ver el error que está cometiendo y las consecuencias que puede
tener para su proceso de aprendizaje. Además de referirle que su falta vulnera el derecho
de todos a educarse en un clima propicio para el aprendizaje.
e) Se sugiere que el profesor determine alguna tarea adicional o medida pedagógica
para el alumno(a) que no prestó atención en la clase o evadió sus responsabilidades,
como investigar algún concepto o temática relacionada a la clase, que realice un aporte al
Diario Mural del curso, explicar al curso la Noticia del Día, explicar un ejercicio al curso,
tratando siempre de potenciar las habilidades del alumno(a).
f) Si el profesor al momento de monitorear el trabajo del estudiante observa que éste
no lo terminó o no trabajó en clases, podrá optar por llevar al estudiante a concluir su
trabajo en la hora de recreo. Si ésta situación es reiterada citar al apoderado para
establecer un compromiso de cambio y acuerdos futuros, como utilizar el recreo para que
el estudiante realice lo no trabajado en clases. También se podrá solicitar que el
apoderado acompañe a clases al estudiante si la situación lo amerita.
g) Sí el estudiante comete faltas graves o gravísimas estará imposibilitado de
participar representando al colegio en actividades externas ya sea de tipo deportiva,
artística u/otra índole, en principio por un mes, sí se repitiera la misma falta grave u/otra,
la medida se tomará por el semestre y sí la situación se reitera por tercera vez se
ampliará la medida por lo que resta del año escolar.
h) También se podrá tomar como medida formativa el hacer un acompañamiento
pedagógico a un compañero(a) de cursos inferiores, en horario de taller JEC.
i) Si la situación lo amerita y el estudiante muestra arrepentimiento de la falta
cometida, tendrá la posibilidad de pedir disculpas en forma privada o pública dependiendo
del hecho.
18
j) De común acuerdo con el apoderado, realizar un monitoreo semanal, quincenal o
de acuerdo a necesidad, con la Encargada de Convivencia y Apoderado(a) del trabajo
escolar y conductual del estudiante que lo necesite.
El presente Reglamento de convivencia contempla 3 tipos de faltas:
a) leves
b) graves
c) gravísimas
Art.13.
Son faltas leves: Actitudes y comportamientos que alteran la convivencia, pero que no
involucran daño físico o psicológico a otros miembros de la comunidad entre los cuales se
encuentra:
- El incumplimiento de tareas y/o falta de materiales solicitados.
- El no uso del uniforme escolar oficial del Colegio.
- Llegar atrasado a la sala de clases.
- Pararse y/o cambiarse de puesto sin autorización del profesor.
- No escribir las materias o contenidos tratados en clases.
Art. 14.
Sanciones y/o medidas por faltas leves: estas se tomarán considerando las circunstancias
agravantes y atenuantes del hecho.
1. Amonestar verbalmente al alumno afectado.
2. Anotar, por el profesor testigo; en su hoja de vida cuando estas faltas se repitan dos
Veces.
3. Citar por escrito al apoderado de parte del profesor de asignatura y/o profesor jefe,
para informar situación, cuando se han presentado 3 faltas leves, solicitar un
compromiso de parte del alumno, el que quedará registrado en su hoja, junto a la firma
del apoderado y alumno.
4. Si las faltas leves son reiteradas y se ha cumplido con los puntos anteriores, el alumno
será derivado a Inspectoría General, por parte del profesor Jefe.
5.- Cumplir con alguna de las medidas formativas y/o reparatorias descritas
anteriormente, considerando las circunstancias agravantes y atenuantes descritas en el
Capítulo VII del Debido Proceso
Art. 15.
Son faltas graves: Actitudes y comportamientos que atenten contra la integridad
psicológica de otro miembro de la comunidad educativa y del bien común, así como
acciones deshonestas que alteren la convivencia tales como:
1. Causar destrozos intencionales a la infraestructura del establecimiento.
2. Faltar a la verdad: al falsificar firmas; presentar como propios trabajos de otros
compañeros; copiar pruebas y exámenes; adulterar justificativos o calificaciones en el
libro de clases; señalar falsas lesiones verbales o físicas de adultos o compañeros.
3. Poner en riesgo su integridad física y la de los demás.
4. Abandonar o salir de la sala de clase y del Colegio, sin autorización, durante la jornada
19
escolar normal.
5. Faltar a clases sin conocimiento de los padres o apoderados (cimarra)
6. Portar cigarrillos o alcohol al interior del establecimiento educacional.
7. Fumar, beber alcohol o realizar manifestaciones amorosas de tipo sexual (pololeos), al
interior del establecimiento.
8. Insultar con garabatos a sus pares y referirse con actitudes de falta de respeto a los
docentes y personal asistente.
9. Usar celular u otro tipo de elementos que interrumpan las clases y no estén
autorizados por el profesor, en acciones tales como escuchar música, enviar mensajes,
filmar y fotografiar en clases.
10. Ser cómplice de una falta grave cometida por un compañero o compañera.
11. Conductas disruptivas permanentes: gritar en clase, hacer bromas, silbar o lanzar
papeles, etc.
12. Todas las manifestaciones de violencia por razones de género, que incluye comentario
descalificatorios, humillaciones, trato degradante.
13. Amenazar, atacar, injuriar o desprestigiar a un alumno (a) o a cualquier otro integrante
de la Comunidad Educativa verbalmente o a través de chats, blogs, Facebook,
mensajes de texto, correos electrónicos, foros, whatsapp, servidores que almacenan
videos o Fotografías, sitios webs, teléfonos o cualquier otro medio de divulgación
virtual.
Art. 16.
Sanciones y/o medidas por faltas graves: estas se tomarán considerando las
circunstancias agravantes y atenuantes del hecho
1. Anotar, por el profesor testigo; en su hoja de vida.
2. Citar por escrito al apoderado de parte del profesor de asignatura y/o profesor jefe,
para informar situación y solicitar un compromiso de parte del alumno, el que
quedará registrado en su hoja, junto a la firma del apoderado y alumno.
3. Una vez cumplido los puntos anteriores, el alumno será derivado a Inspectoría
General, por parte del profesor Jefe o asignatura.
4. Cumplir con alguna de las medidas formativas y/o reparatorias descritas
anteriormente, considerando las circunstancias agravantes y atenuantes descritas
en el Capítulo VII del Debido Proceso
Cuando la falta grave exceda los procedimientos y las situaciones comunes y éste atente
con la seguridad del alumno u otros miembros de la comunidad educativa, se evaluará la
suspensión del alumno del establecimiento de 1 a 5 días.
Art. 17.
Son faltas gravísimas: Son aquellas actitudes y comportamientos que atenten contra la
integridad física y psicológica de un(a) integrante de la comunidad educativa (entre pares
y entre estudiante y adulto), de manera sostenida en el tiempo. Así también, conductas
tipificadas como delito y comportamientos que infrinjan principios fundamentales tales
como:
a) Cualquier forma de acoso escolar o Bullying que se dé entre pares.
20
b) Agredir sexualmente a otros integrantes de la comunidad educativa.
c) Consumir drogas o estupefacientes al interior del establecimiento.
d) Portar, o vender drogas y estupefacientes de cualquier tipo dentro del
establecimiento.
e) Insultar con garabatos a un docente, apoderado u otros funcionarios del
establecimiento.
f) Agredir físicamente de cualquier forma a docentes, apoderados, personal
administrativo o asistente de la educación y alumnos (as).
g) Ingresar al establecimiento armas de fuego o elementos contundentes o
corto punzantes: cortaplumas, garrotes, linchacos, etc.
h) Participar en hurtos o robos de especies en el local escolar.
i) Cualquier forma de discriminación a cualquier integrante de la comunidad
educativa, ya sea por su condición social, situación económica, religión,
pensamiento político o filosófico, ascendencia étnica, nombre,
nacionalidad, orientación sexual, discapacidad, aspecto físico o cualquier
otra circunstancia.
Art. 18.
Procedimiento ante faltas gravísimas:
En relación a la falta gravísima considerar protocolo de Bullying (Anexo I pág. 24).
En relación a la falta gravísima considerar protocolo de Agresión sexual (Anexo II pág.28).
En relación a la falta gravísima considerar protocolo de Abuso de drogas (Anexo III pág
34).
*En caso de que el adolescente desde 14 a 17 años incurra en una falta o delito que
corresponda ser sancionada bajo la ley de responsabilidad penal adolescente (ley 20084),
se pondrá inmediatamente a disposición de la justicia (se llamará a Carabineros).
Sanciones y/o medidas por faltas gravísimas que no son constitutivas de delito: estas se
tomarán considerando las circunstancias agravantes y atenuantes del hecho. Si la
situación lo amerita se evaluará la aplicación de las siguientes medidas:
La suspensión del alumno de 1 a 5 días del establecimiento.
Reducción de jornada escolar
Condicionalidad de matricula
Expulsión y/o cancelación de matrícula.
Suspensión de participación de la ceremonia de graduación en el caso de
estudiantes de Octavo año básico.
Cumplir con alguna de las medidas formativas y/o reparatorias descritas
anteriormente, considerando las circunstancias agravantes y atenuantes descritas
en el Capítulo VII del Debido Proceso.
21
APLICACIÓN DE MEDIDAS DISCIPLINARIAS EXCEPCIONALES, DE ACUERDO A LEY DE INCLUSION
Medidas disciplinarias que sólo pueden ser aplicadas excepcionalmente cuando se presenta una situación que afecta gravemente la convivencia escolar y pone en riesgo la integridad física y/o psicológica de los miembros de la comunidad educativa.
Medidas excepcionales: Suspensión de clases y de graduación. Reducción de jornada. Condicionalidad de matrícula. Expulsión y/o cancelación de matrícula.
FUENTE: Superintendencia de Educación → Resguardo de Derechos→ Medidas
disciplinarias→ Disciplina Formativa: Una oportunidad para el aprendizaje→ Medidas
disciplinarias excepcionales →Actualizado Abril 2017 https://www.supereduc.cl/
Cabe destacar que si alguna de las situaciones descritas como falta gravísima, implican
un riesgo real y actual para algún miembro de la comunidad educativa, las sanciones se
evaluarán en una sesión del Consejo General de Profesores y reunión extraordinaria del
Consejo Escolar, decisión que se aplicará conforme a un justo proceso que se
describe a continuación:
CAPITULO VII
DEL DEBIDO PROCESO
Es necesario conocer la versión de todos los involucrados previo a aplicar una medida o
sanción, considerando el contexto y las circunstancias relacionadas con la falta, con el fin
de no actuar con rigidez ni arbitrariedad.
El debido proceso:
• Que sean escuchado
• Que sus argumentos sean escuchados
• Que se presuma inocencia
• Que se reconozca el derecho de apelación.
DE LAS CIRCUNTANCIAS ATENUANTES
Se consideran como circunstancias atenuantes las siguientes:
- Tomar en consideración la edad, las circunstancias personales, familiares y
condiciones personales del alumno
- Reconocer por parte del alumno la falta antes de la formulación de la medida
- Corregir el daño o compensar el perjuicio causado voluntariamente, antes de que
se haya determinado la medida formativa
- Haber presentado un buen comportamiento anterior a la falta.
- Haber sido inducido a cometer la falta por otra persona.
22
DE LAS CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES
Se consideran circunstancias agravantes las siguientes:
- No reconocer la falta ni mostrar arrepentimiento de su actuación
- Reiteración de una conducta negativa en particular.
- Mal comportamiento anterior, aun cuando no esté referido a la reiteración
de una Conducta negativa en particular.
- Presentar un comportamiento negativo, teniendo un cargo de
representatividad de la Comunidad educativa.
- Haber actuado con premeditación.
DEL DERECHO A APELACIÓN
Todo alumno (a) que haya sido sancionado por alguna medida, que no la
considere justa, tiene derecho a presentar reclamo por escrito a la Dirección del
Establecimiento, la autoridad debe pronunciarse de la apelación del alumno.
Para ejercer el derecho de apelación el alumno (a) o su apoderado, deberá
presentar sus peticiones en un plazo no mayor de dos días, del momento de haber sido
notificado por la Dirección sobre las causales de la sanción, y el Director en un plazo no
superior a tres días para su pronunciamiento.
23
CAPITULO VIII
RESOLUCIÓN ALTERNATIVA DE CONFLICTOS.
INDIVIDUALES O COLECTIVOS: NEGOCIACIÓN, MEDIACIÓN.
El conflicto forma parte de la vida diaria. Incluso es una instancia crucial del
crecimiento personal. Una convivencia respetuosa de los derechos de las personas,
implica aprender a desarrollar relaciones humanas cálidas y sustentadoras de autoestima,
así como manejar los conflictos de la vida cotidiana en forma pacífica y constructiva.
Los conflictos que se presenten en el establecimiento serán analizados siguiendo
el siguiente procedimiento, de esta forma se logrará verificar en qué momento se presentó
el problema, que determinó transformándose en un conflicto y teniendo en cuenta que el
conflicto es un desencuentro entre dos posiciones.
Ante situaciones de conflictos entre pares, Inspectoría general y/o Orientación, seguirán el
siguiente procedimiento:
a) Tomar distancia, objetivando la situación.
b) Analizar la situación conflictiva, lo que supone pensar en el contexto y en las variables
que han intervenido.
c) Promover la reflexión en el/la alumno/a y/o grupo: Detallar la situación; Dar un espacio
de participación; Preguntar; Escuchar. Asegurar que la situación sea explicada por
escrito, formulando los descargos correspondientes.
d) Discernir, si corresponde o no una sanción:
Discernir qué clase de falta es.
Contextualizar la falta en función de agravantes y atenuantes: antecedentes del
año, asumir responsabilidad, etc.
e) Explicar la decisión y su fundamento.
Es imprescindible comunicar a las partes involucradas la decisión y sus razones,
para marcar la trasgresión a la norma y reflexionar sobre el límite que ella implica.
f) Garantizar el derecho de defensa de los estudiantes.
Para garantizar el derecho de apelación la alumna o alumno deberá presentar sus
peticiones en un plazo no mayor a dos días, a partir del momento de haber sido
sancionado.
24
CAPITULO IX
CONSEJO ESCOLAR
Art. 19.
Existirá un Consejo escolar, que estará integrado al menos por un representante de cada
uno de los siguientes estamentos:
a) Un representante del sostenedor
b) Dirección;
c) Profesores;
d) Alumnos;
e) Apoderados;
f) Asistentes de la educación.
g) Encargada de Convivencia
El Consejo Escolar tiene una responsabilidad especial por su carácter representativo. Por
esto, tiene que encargarse de generar en la escuela espacios de formación, participación,
y propiciar el fortalecimiento del encuentro interestamental y las confianzas institucionales,
vale decir, validar el trabajo en equipo, valorar la opinión de otros/as y consensuar y
construir acuerdos, además de proponer acciones y programas conducentes al
mantenimiento de un clima de buena convivencia y prevención de la violencia escolar en
el colegio.
El consejo escolar específicamente, deber ser informado y consultado sobre las
siguientes materias:
Informado sobre: Consultado sobre:
Los logros de aprendizaje de los/as
estudiantes, a lo menos semestralmente,
(resultados de rendimiento escolar y/o
mediciones de la calidad de la educación,
obtenidos por el establecimiento)
Los informes de las visitas de fiscalización
del Ministerio de Educación.
En los establecimientos municipales, de los
resultados de los concursos para docentes,
profesionales de apoyo, administrativos y
directivos.
En los establecimientos municipales, del
presupuesto anual de todos los ingresos y
todos los gastos del establecimiento,
pudiendo el Consejo hacer observaciones y
pedir las aclaraciones que estime
necesarias.
Proyecto Educativo Institucional
Programación anual y actividades
extracurriculares.
Las metas del establecimiento y los
proyectos de mejoramiento propuestos;
El informe escrito de la gestión educativa
del establecimiento que realiza el Director/a
anualmente, antes de ser presentado a la
comunidad educativa.
La elaboración y las modificaciones al
reglamento interno del establecimiento.
Situaciones de convivencia escolar que
sean complejas de manejar.
25
CAPITULO X
PERFILES DE LOS MIEMBROS DEL COLEGIO
Art.20. El perfil general de los alumnos deberá reflejar las siguientes acciones y actitudes:
El Colegio ―República del Perú‖ ―D‖- 474 de la comuna de Hualpén, teniendo presente la
importancia de la formación integral de nuestros alumnos y alumnas, en concordancia con
el Proyecto Educativo del Establecimiento, ha determinado priorizar las siguientes
conductas que serán evaluadas en todas las instancias educativas por los docentes.
1.- Cuidar el aseo y presentación personal.
2.- Respetar y acatar las normas de convivencia del Colegio.
3.- Cumplir responsablemente con deberes escolares.
4.- Mostrar actitudes de respeto con todas las personas.
5.- Cuidar y respetar el medio ambiente.
6.- Aceptar las críticas y reconocer sus errores.
7.- Utilizar el diálogo como forma de resolver los conflictos.
8.- Cuidar y mantener los bienes materiales del Colegio.
9.- Mantener y desarrollar conductas de vida saludable
10.-Tener disposición a desarrollar habilidades artísticas
y/o deportivas.
Art. 21. Perfil del alumno(a) egresado(a) de Octavo año Básico:
Al término de la EGB. Nuestro Colegio aspirará que los alumnos(as) reúnan las siguientes
características:
1. Características educativas:
Ser responsable de su aprendizaje.
Comunicarse en forma oral y escrita.
Usar la tecnología como herramienta efectiva de aprendizaje.
Conocer y comprender la historia de Chile y la historia universal, valorando el
conocimiento e identidad cultural propia.
Conocer y comprender el quehacer científico y la complejidad del problema
medioambiental.
Resolver situaciones que impliquen razonamiento matemático.
2. Características sociales:
Respetar normas y autoridades existentes.
Respetar a todas las personas en su entorno directo.
Conocer deberes cívicos y responsabilidades democráticas como un futuro
ciudadano.
Tener espíritu crítico y de superación, orientando su opción de vida, según su
realidad.
3. Características valóricas:
Respetar el derecho a la vida.
Practicar la solidaridad en acciones concretas.
Conocer y respetar los derechos humanos fundamentales.
Propender al desarrollo de la conciencia social y moral.
26
Valorar y proteger el medio ambiente, integrando la convivencia humana en el
ecosistema.
Respetar la identidad cultural, valorando la diversidad.
Mantener y desarrollar conductas de vida saludable
Tener disposición a desarrollar habilidades artísticas y/o deportivas.
Mostrar valores tales como el ser reflexivo, el respeto, la tolerancia, ser asertivo,
ser justo, ser resiliente.
Art. 22.1. Perfil del alumno(a) egresado de Octavo año Básico con NEEP:
1.-Características Sociales:
Que respete normas y autoridades existentes, a nivel escolar, comunal y nacional.
Que logre resolver situaciones cotidianas a través del diálogo, respetando normas
de convivencia, demostrando una conducta autónoma y con participación
democrática cuando corresponda.
2.- Características Afectivas:
Que sea una persona responsable, respetuosa, tolerante y solidaria.
Que pueda tomar decisiones en función de poder elegir lo más conveniente para
su propio cuidado
3.- Características Valóricas:
Que tenga respeto por sus valores patrios y tradiciones históricas.
Que conozca sus limitaciones, potencialidades, derechos y deberes.
Que valore y proteja el medio ambiente.
Que respete la identidad cultural, valorando la diversidad.
Art. 22. Perfil del Apoderado del Colegio “República del Perú”.
El Colegio ―República del Perú‖ teniendo en cuenta la diversidad y la condición
socio-cultural, desea contar con un Apoderado que reúna las características que a
continuación se detallan:
1. Características Sociales:
- Ser responsable en su rol de apoderado.
- Ser activo colaborador de la labor educativa del Colegio.
- Ser puntual en las actividades que le corresponden a su rol.
- Ser un sujeto informado y comunicativo.
- Ser ejemplo de conducta para sus pupilos y pares.
2. Características valóricas:
Respetar el derecho a la vida.
Practicar la solidaridad en acciones concretas.
Conocer y respetar los derechos humanos fundamentales.
Propender al desarrollo de la conciencia social y moral.
Valorar y proteger el medio ambiente, integrando la convivencia humana en el
ecosistema.
Respetar la identidad cultural, valorando la diversidad.
Con criterio flexible.
Capaz de relacionarse con otras personas.
27
Capaz de controlar las propias emociones.
Capacidad de resolución de conflictos a través de los canales formales de
comunicación.
Art. 23.Perfil del profesor
El docente del Colegio República del Perú, deberá reunir las siguientes características
para desempeñar el cargo:
1. Competencias profesionales:
Manejo y dominio de su especialidad.
Manejo y uso adecuado de la lengua materna.
Dominio a nivel de usuario en informática.
2. Características psicológicas:
Capacidad para manejar grupos humanos.
Capacidad creativa y emprendedora.
Ser flexible y tolerante.
Buen comunicador social.
Ser capaz de controlar sus emociones.
Capacidad de liderazgo.
Ser proactivo.
Ser receptivo a la innovación.
Usar la empatía.
Tolerancia a la frustración.
Capacidad de trabajar colaborativamente.
3. Características valóricas:
Que sea asertivo
Responsable
Honesto.
Justo.
Que sea cordial en el trato con los alumnos y los diferentes estamentos del colegio
Comprometido con la Misión y Objetivos Institucionales.
Contraindicaciones para el cargo:
Las que determine la autoridad competente para optar o postular a un cargo público
(DAEM o Corporación Municipal) y las contempladas en el Estatuto Docente.
Art. 24. Perfil del asistente técnico
El asistente de aula para apoyo del docente del Colegio República del Perú deberá reunir
las siguientes características para desempeñar el cargo:
1. Competencias profesionales:
Título de técnico en educación parvularia o de asistente técnico en educación
diferencial.
Manejo y dominio de su especialidad.
Manejo y uso adecuado de la lengua materna.
Dominio a nivel de usuario en informática.
28
2. Características psicológicas:
Capacidad para manejar grupos humanos.
Capacidad creativa y emprendedora.
Ser flexible y tolerante acuerdo a las características y necesidades personales del
alumnos
Buen comunicador social.
Ser capaz de controlar sus emociones.
Capacidad de liderazgo.
Ser proactivo.
Ser receptivo a la innovación.
Usar la empatía.
Tolerancia a la frustración.
Capacidad de trabajar colaborativamente.
3. Características valóricas:
Que sea asertivo
Responsable.
Honesto.
Justo.
Que sea cordial en el trato con los alumnos y los diferentes estamentos del colegio.
Comprometido con la Misión y Objetivos Institucionales.
Contraindicaciones para el cargo:
Las que determine la autoridad competente para optar o postular a un cargo público
(DAEM o Corporación Municipal) y las contempladas en el Estatuto Administrativo.
Art. 25. Relación entre estamentos:
1. Relación Profesor-alumno:
Estimular siempre un trato respetuoso y cordial.
Fomentar el diálogo como una forma eficaz de resolver los conflictos
interpersonales.
Estimular y reforzar constantemente las actitudes y conductas positivas de los
alumnos.
Considerar las diferencias individuales y los ritmos de aprendizaje en el aula.
Motivar y fomentar en los alumnos la buena convivencia entre ellos(as) y la
comunidad escolar.
Valorar y reconocer el esfuerzo y compromiso de los alumnos por su trabajo
escolar.
Reconocer y valorar los logros individuales por pequeños que sean; dar refuerzo
positivo cuando corresponda (Cartas de reconocimiento. Notas de felicitaciones a
los padres, Cuadro de Honor con alumnos destacados, etc.).
2. En la relación alumno-profesor:
Estimular siempre un trato respetuoso y cordial.
Valorar y practicar el diálogo como una forma pacífica de resolver los problemas
en la relación interpersonal.
Reconocer los propios errores y faltas, proponiendo soluciones prácticas ante los
mismos.
29
Reconocer el desempeño profesional de un docente, cuando la situación lo
amerite.
3. En la relación profesor – padres y apoderados:
El profesor deberá:
Mantener permanentemente informados a los padres y apoderados a fin de
vincularlos y hacerlos participar activamente del proceso educativo de sus hijos.
Programar entrevistas individuales con los padres y apoderados, a lo menos una
vez por semestre, de acuerdo a los planes de Mejoramiento Interno de la SEP
(Área de Convivencia).
Practicar el diálogo como una forma de resolver los conflictos y fomentar un clima
de buena convivencia entre ellos.
El apoderado deberá:
Informarse permanentemente sobre el rendimiento y comportamiento escolar de
su pupilo.
Practicar el diálogo como una forma de resolver los conflictos y fomentar un clima
de buena convivencia entre ellos.
Colaborar con el proceso educativo, reforzando en el hogar lo entregado por el
Colegio.
Apoyar la acción educativa del profesor y/o establecimiento, con respeto y
deferencia, teniendo conciencia de la importancia del Rol profesional del docente.
Cumplir con el Perfil mínimo del apoderado, establecido en el Reglamento Interno.
Garantizar la adecuada difusión del Reglamento de Convivencia Escolar Interna
hacia todos los integrantes de la comunidad educativa.
Respetar el lineamiento técnico pedagógico del colegio
4. En la relación del Colegio con instituciones de la comunidad:
Con el objeto de mantener relaciones con la comunidad y recoger las inquietudes de
esta, y a su vez recibir la cooperación de la misma, participará activamente a través
de:
Centro General de Padres y Apoderados.
Talleres de Capacitación en temas específicos.
4ª Comisaría de Carabineros de Hualpén (Plan cuadrante, Seguridad ciudadana,
etc.)
Departamento de Educación Municipal de la comuna.
Dirección de Desarrollo Comunitario de la comuna.
10ª Compañía del Cuerpo de Bomberos.
Junta de Vecinos del sector; 43-A Villa El Triángulo, Nueva El Triángulo, 43-B
Esfuerzo Unido, etc.
Comisión Tripartita (Dirigentes Vecinales, Colegio, Autoridades).
Iglesias Católicas y Evangélicas del sector.
CESFAM de Salud de Hualpén y sus redes de apoyo (COMSE y otros).
Industrias Aledañas al Establecimiento: FOSTER WHEELER, REFINERIA ENAP
Bio – Bio, PETROQUIM.
Otras Redes Sociales: Pro- Niño, PIB Tupahue, Servicio País Educación, SENDA,
Universidades de Concepción, UCSC, USS, etc.
JUNAEB, Habilidades para la Vida (HPV).
30
5. Será preocupación permanente del establecimiento compartir con estas
organizaciones comunitarias en actos y celebraciones nacionales, comunales y locales
como: Aniversario del Colegio, Mes de la Patria, Aniversario de la Comuna de Hualpén y
otras actividades sociales, artísticas, deportivas y culturales, con especial participación
de nuestros alumnos y alumnas.
6. En la relación de los diferentes estamentos con el uso de las redes sociales:
Como política institucional se establece la prohibición de que los adultos que se
desempeñen en el establecimiento (profesores, directivos, asistentes de la educación,
etc.) incluyan a los estudiantes como contacto en sus redes sociales personales. Este
tipo de contacto debe estar regulado a través de las diferentes cuentas institucionales.
CAPITULO XI
DE LA PARTICIPACION
Art.26. De los Padres y Apoderados:
1. De acuerdo a normativa interna, cada 2 años se realizará elección de Directiva del
Centro General de Padres y Apoderados de manera democrática y participativa
del establecimiento.
Será requisito para postular al cargo de dirigente del Centro General de Padres:
• Ser apoderado del Colegio, al menos durante un año.
• Cumplir con el perfil de apoderado que el Colegio requiere.
• Certificado de Antecedentes ―sin observaciones‖.
• Fotocopia de Cédula de Identidad.
• No ser parte de la directiva del sub centro de un curso.
Los dirigentes y apoderados no deberán mostrar las siguientes
conductas:
• Actitud violenta en las relaciones interpersonales.
• No faltar a la verdad y honradez en sus acciones cotidianas.
2. Se realizarán reuniones mensuales, planificadas por semestre, con los diferentes
sub centros de Padres y Apoderados y sus respectivos Profesores Jefes, en
donde se les informará del proceso educativo de los estudiantes y temas internos.
3. Se realizarán reuniones, por lo menos 4 veces al año, entre la Directiva del Centro
General de Padres y Apoderados y el equipo directivo y/o de gestión.
4. A través del Consejo Escolar y reuniones de apoderados del Centro General de
padres y apoderados
Se les informará de:
Los logros de aprendizaje de los/as estudiantes, a lo menos semestralmente,
(resultados de rendimiento escolar y/o mediciones de la calidad de la educación,
obtenidos por el establecimiento)
Los informes de las visitas de fiscalización del Ministerio de Educación.
De los resultados de los concursos para docentes, profesionales de apoyo,
administrativos y directivos.
Del presupuesto anual de todos los ingresos y todos los gastos del
establecimiento, pudiendo el Consejo hacer observaciones y pedir las aclaraciones
31
que estime necesarias.
Se les consultará e informará de:
Proyecto Educativo Institucional
Programación anual y actividades extracurriculares.
Las metas del establecimiento y los proyectos de mejoramiento propuestos;
El informe escrito de la gestión educativa del establecimiento que realiza el
Director/a anualmente, antes de ser presentado a la comunidad educativa.
La elaboración y las modificaciones al reglamento interno del establecimiento.
Situaciones de convivencia escolar que sean complejas de manejar.
Art. 27. De los Estudiantes:
1. De acuerdo a reglamento interno de CCAA, se realizarán elecciones de Directiva
de Centro de Alumnos cada 2 años. Facilitando el establecimiento todas aquellas
medidas para que ésta se lleve a cabo con éxito.
2. El centro de alumnos contará con un profesor asesor, quien facilitará y asesorará
en los requerimientos que el cargo amerite.
3. En forma interna, cada curso tendrá su Consejo de Curso, con directiva elegida
democráticamente, siendo el profesor asesor su Profesor Jefe.
4. Representante del Centro de Alumnos participará en el Consejo Escolar.
5. Se realizarán reuniones, por lo menos 4 veces al año, entre la Directiva del Centro
de Alumnos y el equipo directivo y/o de gestión.
6. El Centro de Alumnos deberá tener un delegado en actividades externas cuando
sean convocados a participar, ya sea por distintas instituciones, tales como
Consejo consultivo de la infancia adolescencia de OPD, entre otras.
CAPITULO XII
DE ESCUELA PROMOTORA DE LA SALUD
Art. 28. De las Convivencias Internas de curso y otras en que se represente al
establecimiento educacional.
1. Cada curso deberá planificar sus convivencias, de las diferentes celebraciones
que se realicen en el transcurso del año escolar, considerando las
recomendaciones dadas, respetando el lineamiento de escuela promotora de la
salud.
2. No se permitirá la venta de productos que no sean saludables, de acuerdo a
normativa legal vigente. Esta restricción es válida para el Kiosco, el cual deberá
solo debe ofrecer productos saludables y sin sellos.
3. Que está prohibido vender al interior del establecimiento educacional cualquier
producto que tenga en su etiquetado sellos y que no esté en la línea de lo
saludable a toda comunidad educativa en general (estudiantes, apoderados,
docentes y asistentes de la educación).
4. Al recibir donativos de instituciones externes al establecimiento, que contemplen
alimentación cautelar que éstos sean saludables.
32
CONCLUSION
Considerando a todos los miembros de la comunidad escolar como sujetos
iguales en derecho y participación ciudadana, cada uno de ellos en su rol o función
que le corresponda, debe favorecer siempre el diálogo, como la forma más efectiva
de resolver los conflictos que se puedan producir en la interacción cotidiana.
REVISIONES DEL PRESENTE REGLAMENTO:
- AÑO 2005: por Sra. Liliana Rubilar, supervisora de DEPROE, según pauta
del MINEDUC.
- AÑO 2009: Consejo de Profesores del Colegio.
- AÑO 2010: (10.Septiembre) Consejo de Profesores del Colegio.
- AÑO 2011: (18 Abril) Consejo de profesores del Colegio.
- AÑO 2011: (29 Diciembre) Consejo de profesores del Colegio.
- AÑO 2012: (03 de Enero) Consejo de profesores del Colegio.
- AÑO 2013: (12 de Abril) Consejo de profesores del Colegio.
- AÑO 2014: (03 de Marzo) Consejo de profesores del Colegio
- AÑO 2015 : (10 de Abril) Consejo de profesores y Consejo Escolar
- AÑO 2016: (16 y 23 de Marzo) Consejo de Profesores
- AÑO 2016: (21 de Diciembre) Consejo de Profesores
- AÑO 2017: (20 de Diciembre) Consejo de Profesores
33
ANEXO I
PROTOCOLO BULLYING
BULLYING O ACOSO ESCOLAR
I. DEFINICIÓN
Es una manifestación de violencia, considerada falta gravísima, en la que un
estudiante es agredido y se convierten en víctima al ser expuesto, de forma repetida y
durante un tiempo, a acciones negativas por parte de uno o más compañeros. Se
puede manifestar como maltrato psicológico, verbal o físico, que puede ser presencial,
es decir directo; o no presencial, es decir indirecto, mediante el uso de medios
tecnológicos como celulares y/o redes sociales, entre otros. El Bullying posee tres
características, que lo diferencian de otras expresiones de violencia: se produce entre
pares, existe asimetría de poder entre los involucrados existiendo abuso de poder e
imposición de criterios de los demás; además se produce de manera sostenida en el
tiempo, es decir se repite durante un periodo indefinido. (MINEDUC, 2011, Prevención
del Bullying en la comunidad educativa)
Entre otras, son faltas en éste ámbito:
1) Proferir insultos o garabatos, hacer gestos groseros o amenazantes u ofender
un estudiante a otro, en forma reiterativa.
2) Agredir físicamente, golpear o ejercer violencia en contra de un estudiante de
forma reiterativa.
3) Agredir verbal o psicológicamente a un estudiante, en forma reiterativa.
4) Amedrentar, amenazar, chantajear, intimidar, hostigar, acosar o burlarse de un
estudiante, en forma reiterativa (por ejemplo: utilizar sobrenombres hirientes,
mofarse de características físicas, etc.);
5) Discriminar a un estudiante, ya sea por su condición social, situación
económica, religión, pensamiento político o filosófico, ascendencia étnica,
nombre, nacionalidad, orientación sexual, discapacidad, defectos físicos o
cualquier otra circunstancia, de forma reiterativa.
6) Amenazar, atacar, injuriar o desprestigiar a un estudiante, en forma reiterativa
a través de chats, blogs, fotologs, mensajes de texto, correos electrónicos,
foros, servidores que almacenan videos o fotografías, sitios webs, teléfonos o
cualquier otro medio tecnológico, electrónico o de divulgación virtual.
7) Exhibir, transmitir o difundir por medios cibernéticos cualquier conducta de
Bullying.
8) Realizar acosos o ataques de connotación sexual, aun cuando no sean
constitutivos de delito.
34
II. PROCEDIMIENTOS
Fase 1. Detección de la falta
1. El miembro de la unidad educativa que observe el hecho, o el mismo afectado, comunica
oralmente a Inspector, Profesora Jefe, Encargada de Convivencia.
2. Inspectoría General y/o Encargada de Convivencia, acogen a estudiante afectado lo
trasladan a oficina, donde pueda estar tranquilo(a) o le prestan la ayuda médica
necesaria según corresponda.
3. Inspectoría General y/o Encargada de Convivencia comunica situación al Director.
Fase 2. Evaluación preliminar
1. Aplicación de la pauta de indicadores de urgencia, por parte de Encargada de
Convivencia, Inspectoría General y/o Profesora Jefe.
2. Encargada de Convivencia, Profesor/a Jefe, Inspectoría General conversan con los
estudiantes involucrados, por separado e indagan sobre las causas y reiteración del
hecho considerado falta muy grave.
3. Encargada de Convivencia, Profesora Jefe o Inspectoría General registra el hecho en el
libro de clases y en hoja de observaciones del estudiante.
4. Director informa a DAEM y realiza la denuncia (siempre y cuando constituya delito) a
institución correspondiente.
Fase 3: Comunicación y entrevistas con apoderados
1. Profesora Jefe, cita a apoderados de los estudiantes involucrados, por separado, a través
de comunicación escrita.
2. Si apoderado no asiste a la entrevista, Inspectoría General citará vía telefónica.
3. Encargada de Convivencia y dupla Psicosocial y Profesora Jefe, se entrevistan con
apoderados, de los estudiantes causantes del daño y al estudiante dañado, por
separado informando sobre el hecho ocurrido, el carácter grave de su reiteración, el
procedimiento a seguir y consecuencias, solicitando su apoyo en las medidas que se
implementarán. Deberá sugerir el inicio de tratamiento con especialista, según sea el
caso.
4. Encargada de Convivencia registra puntos tratados de manera objetiva en hoja de
observaciones de estudiante.
5. Encargada de Convivencia comunica a Director.
6. Director comunica al Consejo de Profesores y Comité de Convivencia Escolar, la situación
ocurrida.
Fase 4. Determinación de las medidas formativas
1. Dirección y Comité de Convivencia Escolar analizan la información recogida y valoran la
situación, teniendo en cuenta su carácter reiterativo. Para ello, se deberá tener en cuenta
las circunstancias del momento de los hechos, la edad y las características personales,
familiares o sociales de los estudiantes involucrados.
2. Determinación, por parte de Comité de Convivencia Escolar, Profesor Jefe, Inspectoría
General, medidas formativas de apoyo al estudiante causante; medidas de apoyo,
seguridad y recuperación al estudiante dañado; medidas preventivas e informativas para
la comunidad educativa.
35
3. Comunicación de las medidas formativas y de apoyo para los estudiantes involucrados, al
Consejo de Profesores y a los respectivos apoderados por parte de Encargada de
Convivencia, Profesor jefe y/o Inspectoría General.
Fase 5. Trabajo de apoyo al estudiante
1. Elaboración de un plan de acción común de apoyo a los estudiantes con medidas
formativas por parte de Encargada de Convivencia, Profesor jefe y dupla Psicosocial.
2. Las medidas formativas deben orientarse a ayudar al estudiante causante del daño
reconocer la falta y sus razones, haciendo hincapié en su carácter reiterativo a través de
diversas técnicas basadas en un diálogo constructivo, resolución pacífica de conflictos. Si
fuese pertinente, orientarlo a que voluntariamente decida disculparse. Así también, derivar
a los especialistas que corresponda y otorgar las facilidades para coordinar sus labores
académicas con las responsabilidades legales que deba asumir.
3. Las medidas de seguridad y de apoyo al estudiante afectado deben estar orientadas a
protegerlo y darle seguridad, algunas medidas pueden ser el incremento de las medidas
de vigilancia: vigilancia específica del estudiante agresor, colaboración de compañeros,
previamente formados para acompañar a la víctima, sobre todo en momentos de mayor
riesgo (entradas, salidas, recreos) solicitud colaboración familiar. Así también, aplicación
de estrategias específicas de desarrollo emocional, habilidades sociales y ayuda personal
por parte de dupla Psicosocial. Asimismo derivar a los especialistas que corresponda si es
necesario.
4. Elaboración de un registro de los procedimientos y evolución del caso por parte de
Encargada de Convivencia.
5. Monitoreo del proceso por parte de Encargada de Convivencia, Inspectoría General,
Profesor Jefe y/o dupla Psicosocial.
Fase 6. Informe Final y cierre de protocolo
1. Elaboración de un informe final con los resultados del procedimiento de aplicación de las
medidas formativas de apoyo a los estudiante por parte de Encargada de Convivencia.
2. Entrega de informe final a la Dirección, al Consejo de Profesores, al Profesor Jefe y a las
autoridades que puedan solicitarlo (Carabineros, PDI, MINEDUC, SENAME) por parte de
Orientadora.
3. La Dirección, Inspectoría General y Profesora Jefe resuelven la situación final de
estudiante afectado y de estudiante causante, si el hecho lo ameritase, se establecerán
compromisos personales, firmando documento elaborado para dicho efecto.
4. Encargada de Convivencia comunica el resultado final del procedimiento formativo al
Consejo de Profesores y Comité de convivencia escolar.
5. Profesora Jefe y Encargada de Convivencia comunican el resultado final del
procedimiento formativo a los apoderados y estudiantes involucrados.
6. Encargada de Convivencia archiva informe y resolución final, si existiese, en carpeta de
antecedentes del estudiante.
36
III. FUNCIONES DE LOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA
37
ANEXO II
PROTOCOLO ABUSO SEXUAL
I. MARCO LEGAL
El abuso sexual está tipificado como delito en el Código Penal chileno, por vulnerar
los bienes jurídicos de la ―indemnidad sexual‖ para las personas menores de 14 años y
―libertad sexual‖ para las personas mayores de esa edad. Esta dimensión está contemplada
en la ley 19.927 del Código Penal.
II. DEFINICIÓN
El maltrato infantil —físico, psicológico o abuso sexual— es toda acción u omisión
que produzca o pueda producir un daño que amenace o altere el desarrollo normal de niños,
niñas o de adolescentes y es considerado una grave vulneración de sus derechos.
El abuso sexual puede ocurrir con o sin contacto físico, mediante conductas que van desde
provocaciones verbales hasta violencia con penetración anal, vaginal o bucal.
Específicamente, como lo plantea el Código Penal en sus artículos 361-367, 397, 450 las
actividades sexuales involucradas en el abuso sexual pueden consistir en:
1. Contacto físico sexual en forma de penetración vaginal, oral o anal, utilizando para ello
cualquier parte del cuerpo del abusador, algún objeto o animal.
2. El tocamiento intencionado de los genitales o partes íntimas, incluyendo los pechos,
área genital, parte interna de los mismos o nalgas, o las ropas que cubren estas partes,
por parte del perpetrador hacia el niño, niño o adolescente.
3. Alentar, forzar o permitir al niño, niña o adolescente que toque de manera inapropiada
las mismas partes del perpetrador.
4. Exponer los órganos sexuales a un niño, niña o adolescente con el propósito de obtener
excitación/gratificación sexual, agresión, degradación o propósitos similares.
5. Realizar el acto sexual intencionadamente en la presencia de un(a) menor de edad con
el objeto de buscar la excitación o la gratificación sexual, agresión, degradación u otros
propósitos semejantes.
6. Auto-masturbación en la presencia de un niño, niña o adolescente.
7. Forzar a la pornografía.
De igual forma, se incluyen los diversos tipos de explotación sexual comercial infantil,
entendida esta como ―… todo tipo de actividad en que una persona usa el cuerpo de un
niño(a) o adolescente para sacar ventaja o provecho de carácter sexual y/o económico
basándose en una relación de poder, considerándose explotador, tanto aquel que intermedia
u ofrece la posibilidad de la relación a un tercero, como al que mantiene la misma con el
niño, niña o adolescente, no importando si la relación es frecuente, ocasional o permanente‖
(Marco para la acción contra la explotación sexual comercial de niños, niñas y adolescentes.
Ministerio de Justicia, Chile, 2000). En este tipo de abuso se distinguen la utilización de
niños, niñas y adolescentes en pornografía infantil, el tráfico sexual infantil y el turismo
sexual infantil.
El abuso sexual infantil ocurre como parte de un proceso en el que una persona, al menos 3
años mayor, ejerce poder sobre un niño o niña menor de 14 años, de manera asimétrica,
mediante manipulación psicológica, chantaje, engaño, fuerza o basándose en un vínculo de
dependencia.
38
PREVIO A LA APLICACIÓN DE ESTE PROTOCOLO, SE DEBERÁ TENER LA
CERTEZA QUE EL HECHO DENUNCIADO CONFIGURA UN DELITO
Según lo establece el Código Procesal Penal en su artículo 175, el Director de la
Unidad Educativa, Inspector General y Profesores tienen la obligatoriedad de denunciar
cualquier acción u omisión que revista de carácter de delito y que afecte a un miembro de
la comunidad educativa o que hubieren tenido lugar en el establecimiento.
Frente a una situación de ocurrencia del delito, el Director se debe preocupar,
además de informar a la comunidad educativa, de aplicar los procedimientos de las medidas
reparatorias y de contención a quienes esté afectando el hecho, resguardando la identidad y
privacidad de las personas afectadas.
Al momento de presentarse este tipo de situación el Establecimiento debe considerar lo
siguiente:
Debe dar credibilidad cuando el niño(a) relata que es víctima de una situación de
abuso.
Debe acoger y escuchar al niño, haciéndole sentir seguro y protegido.
Debe resguardar la intimidad e identidad del niño en todo momento, sin exponer su
experiencia frente al resto de la comunidad educativa.
Debe aclarar al niño que no es culpable o responsable de la situación que le afecta.
No actuar como colegio en forma precipitada.
No debe interrogar ni indagar de manera inoportuna al niño
No debe minimizar ni ignorar las situaciones de maltrato o abuso.
No debe investigar los hechos, NO es función de la escuela, sino de los organismos
policiales y judiciales. Recopilar antecedentes generales no es lo mismo que
investigar un delito, por ejemplo: cómo se enteraron del hecho; si han observado
variaciones en el comportamiento del niño; cómo es la comunicación con la familia. Si
el hecho se dio al interior del colegio debe establecerse cómo se dieron los hechos;
en qué lugar; en qué momento; a cargo de quién debería haber estado el niño en ese
momento.
IV. PROCEDIMIENTOS
Fase 1. Detección de la falta y citación al apoderado(a)
1. El miembro de la unidad educativa que tome conocimiento del hecho comunica a
Encargada de Convivencia, dupla Psicosocial y Dirección.
2. Encargada de Convivencia cita, por separado, al apoderado(a) de estudiante dañado(a) y
si lo hubiese al del causante del acto delictivo, a través de llamado telefónico, y en última
instancia por escrito y registra la citación en la hoja de observaciones respectivas.
3. Si no hay respuesta de parte del apoderado(a) se debe designar una dupla de
profesionales, para realizar visita domiciliaria.
Fase 2. Conversación con apoderado(a)
1. Encargada de Convivencia y/o dupla Psicosocial conversan con el apoderado del
estudiante causante del delito.
2. Encargada de Convivencia y/o dupla Psicosocial. conversan con el apoderado del
estudiante afectado.
39
3. El apoderado(a) de cada uno de los estudiantes involucrados firma el registro de la
reunión con el compromiso de apoyar las medidas formativas que se decidan aplicar.
Fase 3. Determinación de las medidas formativas y de contención (según corresponda)
1. La Encargada de Convivencia, Profesor(a) Jefe y/o Inspectoría General analizan la
información recogida. Para ello, se deberá tener en cuenta las circunstancias del
momento de los hechos, la edad y las características personales, familiares o sociales
de los estudiantes involucrados.
2. y/o Dirección, realiza denuncia respectiva (Fiscalía, Carabineros de Chile y Policía de
Investigaciones), en un plazo de 24 horas.
3. Comunicación con centros especializados (Sename, Centros de Salud).
4. Determinación de medidas: formativas y de apoyo al estudiante causante, de apoyo y
seguridad al estudiante dañado, medidas de contención y prevención a la comunidad
educativa, por parte de Encargada de Convivencia, profesor jefe y / o Inspectoría
General.
5. Comunicación de las medidas formativas a las autoridades directivas técnicas, al
Consejo de Profesores y a los respectivos apoderados de los estudiantes involucrados
(afectado y causante del daño, si lo hubiese) por parte de Encargada de Convivencia,
Profesor(a) Jefe y / o Inspectoría General. El apoderado(a) de cada uno de los
estudiantes debe firmar su toma de conocimiento.
Fase 4. Trabajo de apoyo a estudiante y comunidad (según corresponda)
1. Elaboración de un plan de acción común de apoyo al estudiante con medidas formativas
por parte del Encargada de Convivencia(a), Profesor(a) Jefe y Consejo de Profesores.
2. Las medidas de seguridad y de apoyo al estudiante afectado, si lo hubiese, deben estar
orientadas a protegerlo y darle seguridad.
3. Elaboración de registro de los procedimientos y evolución del caso por parte de
Encargada de Convivencia(a).
4. Monitoreo del proceso por parte de Encargada de Convivencia, Inspectoría General,
Profesor(a) Jefe y dupla psicosocial.
Fase 5. Informe Final y cierre de protocolo
1. Determinación, por parte de la Dirección y Consejo de Profesores, frente a la situación
final del estudiante causante si se comprobara su culpabilidad en el proceso judicial
realizado.
2. Elaboración de un informe final con los resultados del procedimiento de la aplicación de
medidas formativas de apoyo tanto al estudiante causante como al estudiante
afectado, así también las de apoyo a la comunidad por parte de Encargada de
Convivencia.
3. Entrega de informe final a la Dirección, al Consejo de Profesores, al Profesor(a) Jefe y a
los apoderados de los estudiantes involucrados por parte de Encargada de Convivencia,
resguardando siempre la identidad de las personas afectadas.
4. Orientadora archiva informe final y resolución final, si existiese, en Carpeta de
Antecedentes del estudiante causante y del afectado.
40
OBSERVACION: Si la persona causante del año fuera una persona externa al colegio o
un adulto del colegio, el protocolo a seguir será hacer la denuncia inmediata a
Carabineros de Chile, Policía de Investigaciones o Fiscalía Local y Director informará al
DAEM. Además el colegio, de acuerdo a las determinaciones administrativas que tome
el empleador, dará los resguardos de seguridad de protección a la persona afectada.
V. FUNCIONES DE LOS MIEMBROS COMUNIDAD EDUCATIVA
PROHIBICIONES DENTRO DEL COLEGIO: MEDIDAS PREVENTIVAS:
1. Los lugares de atención de menores en lo posible, deberán ser abiertos y/o
transparentes: los funcionarios del colegio en lo posible atender a menores en salas
cerradas sin visibilidad de terceros, es por ello que se recomienda oficinas con vidrios,
acceso a baños abiertos y visibles, salas de clases con vidrios, etc.
2. El uso de baños y camarines de los alumnos está prohibido para personas externas y
adultos, durante la jornada escolar, con excepción de personal autorizado por Dirección.
3. No realizar el aseo de los baños mientras estén siendo usados por los estudiantes.
41
ANEXO III
PROTOCOLO DROGAS:
PORTE, CONSUMO Y/O ASISTENCIA BAJO LA INFLUENCIA DE DROGAS DENTRO
DEL ESTABLECIMIENTO Y/O EN ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES
PROGRAMADAS.
I. DEFINICIÓN
Microtráfico: El micro tráfico es un delito, que puede darse en los establecimientos
educacionales. Se configura por el acto de poseer (que es tener en calidad de dueño);
portar (llevar drogas consigo independiente de quién sea el dueño); transportar
(entendido como el traslado en algún medio de transporte) o guardar pequeñas
cantidades de drogas, a menos que justifique que están destinadas a la atención de
tratamiento médico o a su uso o consumo personal y exclusivo y próximo en el tiempo.5
Las penas en este caso van de 541 días a 5 años. La misma pena sufrirá el que suministre
o facilite a cualquier título (done, ceda, permute, etc.) o el que adquiera pequeñas
cantidades de estas sustancias con el objetivo que otro las consuma.
Son faltas gravísimas:
1. Portar drogas, en cualquiera de sus estados o tipos durante la asistencia al
establecimiento y/o a alguna actividad extraescolar programada.
2. Consumir drogas, en cualquiera de sus estados o tipos, dentro del establecimiento
escolar o afuera del establecimiento vistiendo el uniforme escolar.
3. Asistir al establecimiento y/o a alguna actividad extraescolar programada, bajo la
influencia de algún tipo de droga.
4. Participar de algún acto de microtráfico dentro del establecimiento.
III. PROCEDIMIENTOS
Fase 1. Detección de la falta y conversación con estudiante
1. El miembro de la unidad educativa que observe el hecho, comunica oralmente al
Profesor(a) Jefe, Encargada de Convivencia o a Inspectoría General.
2. Profesor(a) Jefe, Encargada de Convivencia o Inspectoría General registra el hecho en
el libro de clases y en hoja de observaciones del o la Estudiante.
3. Profesor(a) Jefe, Encargada de Convivencia o Inspectoría General cita al Apoderado(a)
del (la) Estudiante(s) involucrado(s), a través de una telefónica y/o comunicación escrita,
se registra en la hoja de observaciones respectivas.
4. Realizar denuncia a Carabineros de Chile, Policía de Investigaciones y/o Fiscalía
5. Director informa al DAEM.
Fase 2. Conversación con apoderado(a) y estudiante
1. El Profesor(a) Jefe, Encargada de Convivencia y/o Inspectoría General conversan con
Apoderado(a) y Estudiante para conocer las causas de su comportamiento.
2. Registran de manera objetiva los aspectos centrales de la conversación.
3. Si no hay respuesta de parte del apoderado(a) se debe designar una dupla de
42
profesionales, para realizar visita domiciliaria.
4. El (la) apoderado(a) de cada uno de él(los) estudiante(s) involucrados firma registro de
la reunión con el compromiso de apoyar las medidas formativas que se decidan aplicar.
Fase 3. Determinación de las medidas formativas
1. Encargada de Convivencia, Prof. Jefe y/o Inspectoría General analizan la información
recogida y valoran la situación. Para ello, se deberá tener en cuenta las circunstancias
del momento de los hechos, la edad y las características personales, familiares o
sociales de estudiante(s) involucrado.
2. Determinación de:
a) medidas formativas de apoyo al estudiante(s) involucrado(s).
b) medidas de contención y prevención a la comunidad educativa, por parte de,
Profesor(a), Encargada de Convivencia Jefe y / o Inspectoría General.
3. Derivación a CESFAM y/o SENDA.
4. Comunicación de las medidas formativas y de apoyo para él (los) estudiante(s)
involucrados, a Director e Inspector General, al Consejo de Profesores y al(los)
respectivos apoderado(os) por parte de Encargada de Convivencia, Profesor(a) Jefe.
Fase 4. Trabajo de apoyo al estudiante
1. Elaboración de un plan de acción común de apoyo al estudiante con medidas formativas
por parte de Encargada de Convivencia, Profesor(a) Jefe y Psicóloga.
2. Las medidas formativas deben orientarse a ayudar al (la) estudiante a reconocer la falta
y sus razones a través de diversas técnicas basadas en un diálogo constructivo.
3. Elaboración de registro de los procedimientos y evolución del caso por parte de
Encargada de Convivencia.
4. Monitoreo del proceso por parte de Encargada de Convivencia, Inspectoría General,
Profesor(a) Jefe y Psicóloga.
Fase 5. Informe Final y cierre de protocolo
1. Determinación, por parte de la Dirección, de la situación final de estudiante.
2. Elaboración de un informe final con los resultados del procedimiento de la aplicación de
medidas formativas.
3. El Profesor(a) Jefe, Encargada de Convivencia Inspectoría y Dirección comunican a los
apoderados y estudiantes involucrados el resultado final del procedimiento formativo.
4. Entrega de informe final a la Dirección, al Consejo de Profesores y al Profesor(a) Jefe de
los estudiantes involucrados por parte de Encargada de Convivencia.
5. Encargada de Convivencia archiva informe y resolución final, si existiese, en Carpeta de
Antecedentes del estudiante causante y del afectado si lo hubiese.
43
IV. FUNCIONES DE LOS MIEMBROS COMUNIDAD EDUCATIVA
44
ANEXO IV
PROTOCOLO CONDICIÓN DE EMBARAZO Y MATERNIDAD
I. MARCO LEGAL
El embarazo y la maternidad no pueden constituir impedimento para ingresar y
permanecer en los establecimientos educacionales los que deberán otorgar facilidades
para cada caso. (Ley Nº 18.962 LOCE, art.2º inciso tercero y final). Dichas facilidades, así
como el derecho a ingresar y a permanecer en la educación básica y media, están
reglamentadas en el Decreto Nº 79 de marzo del 2004 que regula el estatuto de las
alumnas en situación de embarazo y maternidad. (El colegio puede ser sancionado vía
proceso LOCE hasta con una multa de 50 UTM si infringe la normativa anterior).
II. DEBERES DE LA ESTUDIANTE EN CONDICIÓN DE EMBARAZO O MATERNIDAD:
1.- Debe informar su condición a su Profesor(a) Jefe, Encargada de Convivencia
Inspectoría General o Dirección, presentando un certificado médico que acredite su
condición.
2.- Debe comprometerse a cumplir con sus deberes escolares.
3. Presentar los certificados médicos de controles mensuales de su embarazo o de los
controles médicos del bebé.
4. Justificar las inasistencias por problemas de salud, tanto del bebé como de la madre,
con los respectivos certificados médicos.
5. Informar la fecha del parto para programar las actividades académicas.
Nota: El estudiante que será padre o lo es deberá informar al colegio para tener las
facilidades de permisos para asistir a los controles médicos de la futura madre o del
bebé.
III. DEBERES DEL COLEGIO CON LAS ESTUDIANTES EN CONDICIONES DE
MATERNIDAD O EMBARAZADAS:
1. En el caso de existir embarazo adolescente se procederá según la normativa vigente y
siempre en consulta con los padres o tutores y en común acuerdo se buscarán las
garantías de salud, cuidado y continuidad de estudios, otorgando todas las facilidades
para el caso.
2. Dar todas las facilidades académicas para ingresar y permanecer en el colegio.
3. No discriminar a estas estudiantes, mediante cambio de establecimiento o expulsión,
cancelación de matrícula, negación de matrícula, suspensión u otro similar.
4. Mantener a la estudiante a en la misma jornada y curso, salvo que ella exprese lo
contrario, lo que debe ser avalado por un profesional competente.
5. Respetar su condición por parte de las autoridades y personal del colegio.
6. Respetar el derecho a asistir a clases durante todo el embarazo y a retomar sus
estudios después del parto. La decisión de dejar de asistir los últimos meses del
embarazo o postergar la vuelta clases después del parto depende exclusivamente de las
indicaciones médicas orientadas a velar por la salud de la joven y el bebé.
7. Otorgarles las facilidades necesarias para que asistan a sus controles médicos
prenatales y post natales, así como a los que requiera su hijo/a.
45
8. Permitirles adecuar el uniforme a sus condiciones de embarazo o lactancia.
9. Permitirles hacer uso del seguro escolar.
10. Facilitar su participación en las organizaciones estudiantiles, actividades extra
programáticas realizadas al interior o exterior del colegio así como en las ceremonias
donde participen sus compañeros de colegio. Excepto si hay contraindicaciones
específicas del médico.
11. Permitirles asistir a la clase de Educación Física en forma regular, pudiendo ser
evaluadas de forma diferencial o ser eximidas en los casos que por razones de salud así
proceda.
12. Respetar la eximición de las estudiantes que hayan sido madres de las clases de
Educación Física hasta el término del puerperio. Asimismo, en casos calificados podrán
ser eximidas por recomendación de su médico tratante.
13. Evaluarlas según los procedimientos de evaluación establecidos por el colegio, sin
perjuicio que los docentes directivos les otorguen facilidades académicas y un calendario
flexible que resguarde su derecho a la educación. Podrán brindarles apoyo pedagógico
especial mediante un sistema de tutorías realizadas por los docentes y en los que podrán
cooperar sus compañeros de clases.
14. Otorgarles todas las facilidades para compatibilizar su condición de estudiantes y de
madres durante el período de lactancia.
15. Si el papá del bebé es estudiante del establecimiento escolar, también a él se le dará
las facilidades necesarias para cumplir con su rol paterno.
IV. PROCEDIMIENTOS
Fase 1: Comunicación al colegio
1. La estudiante comunica su condición de maternidad o de embarazo a su
Profesora(a) Jefe, Encargada de Convivencia.
2. El Profesor(a) Jefe comunica esta situación a las autoridades directivas técnicas y
Encargada de Convivencia
Fase 2: Citación al apoderado y conversación
1. El Profesor(a) Jefe y/o Encargada de Convivencia cita por escrito al apoderado de
la estudiante en condición de maternidad o embarazada quedando registrada
dicha citación en la hoja de observaciones de la estudiante.
2. El Profesor (a) Jefe registra aspectos importantes de la situación de la estudiante
embarazada tales como estado de salud, meses de embarazo, fecha posible del
parto y solicita certificado médico. De la misma manera para la estudiante en
condiciones de maternidad: edad y estado de salud del bebé, controles médicos,
etc.
3. El apoderado(a) firma los compromisos para que la estudiante continúe asistiendo
al colegio, excepto tenga imitaciones que deben ser certificadas por el especialista
pertinente.
4. Los acuerdos y compromisos se archivan en la Carpeta de Antecedentes de la
estudiante por parte del Profesor(a) Jefe y/o Encargada de Convivencia
46
Fase 3: Determinación de un plan académico para la estudiante
1. Encargada de Convivencia, Profesor(a) Jefe y/o Inspectoría General analizan la
información recogida y valoran la situación.
2. Elaboración de una programación del trabajo escolar así como de los procesos
evaluativos para la alumna embarazada que le permita asistir de manera normal al
colegio y cumplir, hasta que el médico tratante determine, con las actividades:
clases de las distintas asignaturas, participación de las actividades extra-
programáticas y /o Centro de Alumnos, por parte de Encargada de Convivencia
Profesor(a) Jefe y/o Inspectoría General.
3. Elaboración y entrega de una programación de trabajo escolar así como de los
procesos evaluativos para la estudiante en condición de maternidad a las
autoridades directivas técnicas, Consejo de Profesores y Consejo Escolar por
parte de Encargada de Convivencia Profesor(a) Jefe y/o Inspectoría General.
Fase 4. Monitoreo
1. Elaboración de registro del proceso de las alumnas en esta situación de embarazo
y maternidad.
2. Monitoreo del proceso por parte de Encargada de Convivencia, Inspectoría
General, Profesor(a) Jefe y Psicóloga.
Fase 5. Informe Final y Cierre de Protocolo
1. Elaboración de un informe final cuando se haya cumplido el periodo establecido y
ajustado a la norma para apoyar a las alumnas en maternidad y embarazadas por
parte de Encargada de Convivencia
2. Entrega del Informe Final a las autoridades directivas técnicas, al Profesor Jefe, al
Consejo de Profesores y al apoderado(a) por parte de Encargada de
Convivencia.
3. Profesor Jefe archiva informe final en Carpeta de Antecedentes dela estudiante.
47
V. FUNCIONES DE LOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA
48
ANEXO V
PROTOCOLO ACCIDENTE ESCOLAR
I. DEFINICION Y TIPOS DE ACCIDENTES
ACCIDENTE MENOR: Se entenderá por accidente menor, aquel que provoque daño
físico leve, es decir que no implique fractura ni pérdida de conciencia. ACCIDENTE
MAYOR: Se entenderá por accidente mayor, aquel que provoque daño físico moderado o
grave, incluyendo fracturas, pérdidas de conciencia y sangrado explosivo.
II. PROCEDIMIENTOS
Fase 1: detección del accidente
1. Persona que haya sido testigo del accidente deberá prestar ayuda e informar a
Inspectoría General y Prof. Jefe sobre lo ocurrido.
Fase 2: apoyo al estudiante accidentado
1. Si el accidente es menor, se brindará atención de primeros auxilios al estudiante.
2. Si el accidente es de mayor gravedad, se solicitará ambulancia al servicio de
urgencias.
3. Si el accidente corresponde a un golpe en la cabeza deberá ser informado
inmediatamente y ser derivado a un Centro de Salud correspondiente.
Fase 3: comunicación al apoderado
1. Inspectoría General y/o secretaría comunicará vía telefónica al apoderado sobre
el accidente, y si la situación lo amerita (accidente de mayor gravedad), se
solicitará su presencia en el Establecimiento.
Fase 4: registro en la hoja de observaciones
1. Inspectoría General y/o Profesor Jefe registrará el accidente en la hoja de
Desarrollo Personal del alumno, indicando las características del accidente y
lesiones.
Fase 5: documento de accidente escolar
1. Inspectoría General y /o secretaría completará el documento sobre Accidentes
Escolares, especificando las características del accidente y las circunstancias en
que ocurrió y lesiones.
Fase 6: retiro de alumno
1. Una vez que el apoderado se hace presente, retira al niño(a), para ser llevado a
un Centro Asistencial con el documento de Accidente Escolar.
2. Secretaria registra la hora de salida del alumno en el cuaderno de retiro.
Fase 7: monitoreo de resultado de atención e salud y registro en hoja de vida del
alumno
1. Inspectoría general solicita certificado de atención médica y reporte de la
situación.
49
III. FUNCIONES DE LOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA
50
ANEXO VI
PROTOCOLO VIOLENCIA ESCOLAR ASIMÉTRICA
(EJERCIDA POR UN ESTUDIANTE O UN MIEMBRO DE LA COMUNIDAD
EDUCATIVA)
I. DEFINICIÓN VIOLENCIA ESCOLAR
Es todo acto de agresión u hostigamiento que se produce entre un estudiante y un
miembro de la comunidad educativa, valiéndose de una situación de superioridad o de
indefensión de la víctima, que le provoque maltrato, humillación o temor fundado de verse
expuesta a un mal de carácter grave. Este acto agresivo puede ser cometido en forma
individual o grupal, y puede ser tanto dentro como fuera del establecimiento educacional.
Entre otras, son faltas en éste ámbito:
1) Proferir insultos o garabatos, hacer gestos groseros o amenazantes u ofender
a cualquier miembro de la comunidad educativa.
2) Agredir físicamente, golpear o ejercer violencia en contra de un alumno o de
cualquier otro miembro de la comunidad educativa.
3) Agredir verbal o psicológicamente a cualquier miembro de la comunidad
educativa;
4) Amedrentar, amenazar, chantajear, intimidar, hostigar, acosar o burlarse de
un alumno u otro miembro de la comunidad educativa (por ejemplo: utilizar
sobrenombres hirientes, mofarse de características físicas, etc.).
5) Discriminar a un integrante de la comunidad educativa, ya sea por su
condición social, situación económica, religión, pensamiento político o
filosófico, ascendencia étnica, nombre, nacionalidad, orientación sexual,
discapacidad, defectos físicos o cualquier otra circunstancia.
6) Amenazar, atacar, injuriar o desprestigiar a un alumno o a cualquier otro
integrante de la comunidad educativa a través de chats, blogs, fotologs,
mensajes de texto, correos electrónicos, foros, servidores que almacenan
videos o fotografías, sitios webs, teléfonos o cualquier otro medio tecnológico,
virtual o electrónico.
7) Exhibir, transmitir o difundir por medios cibernéticos cualquier conducta de
maltrato escolar.
8) Realizar acosos o ataques de connotación sexual, aun cuando no sean
constitutivos de delito.
II. PROCEDIMIENTOS
Fase 1: Detección de la falta
1. El miembro de la comunidad educativa que detecte la falta, deberá informar de
manera inmediata en forma oral a Inspectoría General, Profesor(a) jefe y
Encargada de Convivencia
Fase 2: Entrevista con involucrados
1. Inspectoría General, Encargada de Convivencia, Profesor(a) Jefe deberá
entrevistar por separado a los involucrados y a las personas que hubieren
observado los hechos.
2. Se dejará constancia escrita de la reunión, mediante el acta correspondiente,
incluyendo los asistentes, los hechos tratados y los acuerdos tomados para iniciar
51
las medidas formadoras, redentoras y preventivas.
Fase 3: Evaluación de los hechos
1. Las autoridades técnicas valorarán, el grado responsabilidad de los implicados en
el mismo. En el supuesto de lesiones, se actuará según el protocolo establecido
por la unidad educativa para su atención. Si se recibe asistencia sanitaria, se
podrá solicitar el correspondiente parte facultativo.
2. Si la situación persiste o sobrepasa los recursos y competencias del centro
educativo, se tomarán medidas con carácter de urgencia y se solicitará, en su
caso, ayuda externa a otras entidades y servicios (Servicios de salud,
Carabineros, PDI). Asimismo, si los hechos o conductas pudieran ser constitutivos
de delito o falta, se procede según protocolo establecido por la unidad educativa.
Fase 4: Registro, comunicación y entrevista a apoderado
1. Inspectoría General, deberá registrar la falta en hoja de observaciones de
estudiante o estudiantes involucrado(s) y hoja de vida del trabajador(a) las
versiones del hecho relatadas.
2. Profesor(a) Jefe deberá informar al Apoderado(a) vía libreta de comunicaciones
sobre el hecho acontecido y citar para entrevista.
3. Profesor(a) Jefe, Encargada de Convivencia se entrevistarán con apoderado(a),
para informar sobre la situación y el procedimiento a seguir.
Fase 5: Comunicación de medidas
1. Encargada de Convivencia, Profesor(a) Jefe comunican al(los) estudiante(s)
involucrado(s) y apoderado(os) la decisión tomada.
2. En caso de un funcionario del establecimiento involucrado en tal situación,
Director Inspectoría General le informará de las medidas administrativas.
Fase 6: Informe final y cierre de protocolo
1. Elaboración de un informe final por parte de Encargada de Convivencia si fuera un
alumno(a) involucrado o Inspectoría se fuese un funcionario del establecimiento,
cuando se haya cumplido los procedimientos correspondientes.
2. Entrega del Informe Final a la Dirección, al Profesor Jefe, al Consejo de
Profesores y al apoderado(a) por parte de Encargada de Convivencia.
52
III. FUNCIONES DE LOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA
53
ANEXO VII
PROTOCOLO DE INASISTENCIA
I. FALTAS AL DEBER RELACIONADO CON INASISTENCIA
SON FALTAS:
No presentar al profesor(a) el pase por inasistencia.
1. No presentar licencia o certificado médico dentro de las 24 horas siguientes a la
atención del facultativo, en caso de inasistencia a evaluaciones.
2. Que el apoderado(a) no justifique personalmente, ni presente la licencia o
certificado médico por la inasistencia de más de 3 días debido a enfermedad, en un
máximo de 48 horas después de emitido.
3. Que el apoderado(a) o algún familiar no justifique la inasistencia en caso de
situación de fuerza mayor.
4. Que él o la estudiante no se presenta con su apoderado(a) en Inspectoría General
cuando es citado.
II. PROCEDIMIENTOS
Fase 1: Detección de la inasistencia a clases
1. Prof. jefe o de asignatura constata inasistencia del alumno.
Fase 2: Justificación de inasistencias a clases
1. El apoderado presenta el certificado médico a inspectoría general, quien avisa al
profesor jefe, sobre la causal de inasistencia del alumno.
2. En caso de no existir certificado médico, el apoderado estará obligado a justificar
la inasistencia del alumno al día siguiente.
3. El docente solicita pase correspondiente.
Fase 3: Inasistencia reiterada
1. Por inasistencia injustificada mayor a 3 días, se derivará a Trabajador social para
que realice visita domiciliaria correspondiente.
Fase 4: Monitoreo y seguimiento
1. Prof. Jefe, inspectoría general y orientación constatan si el alumno vuelve y
mantiene asistencia regular a clases.
OBSERVACIÓN: En caso de ausentarse a una prueba, se seguirá el procedimiento del
reglamento de evaluación del colegio.
54
III. FUNCIONES MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA
55
ANEXO VIII
PROTOCOLO DE ATRASOS
I. FALTAS AL DEBER RELACIONADO CON PUNTUALIDAD AL INGRESO DE
CLASES
SON FALTAS:
1.-No presentar al profesor(a) el pase por atraso
1. Que el apoderado(a) o algún familiar no justifique el atraso en caso de situación de
fuerza mayor.
2. Que él o la estudiante no se presenta con su apoderado(a) en Inspectoría General
cuando es citado.
II. PROCEDIMIENTOS
Fase 1: Detección del atraso
1. Prof. jefe o de asignatura constata atraso del alumno.
Fase 2: Justificación de atraso
1. El apoderado justifica el atraso del alumno en inspectoría general.
2. Profesor solicita pase respectivo para ingresar a clases.
Fase 3: Determinación de medidas formativas
1. Inspectoría general determinará medidas respecto de situación particular y
evaluará la derivación a Encargada de Convivencia y dupla psicosocial en caso de
reiteración.
Fase 4: Monitoreo y seguimiento
1. Prof. Jefe, inspectoría general constatan si el alumno cumple con llegada oportuna
a clases.
56
III. FUNCIONES MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA
57
ANEXO IX
PROTOCOLO ANTE RETIRO DEL ESTABLECIMIENTO Y/O ACTIVIDAD
EXTRAESCOLAR PROGRAMADA SIN AUTORIZACION
I. DESCRIPCIÓN DE FALTAS
Intentar retirarse del establecimiento sin haber cumplido con el procedimiento
administrativo estipulado.
1. Que apoderado(a) no justifique debidamente causal del retiro del Establecimiento.
2. Que apoderado(a) no estipule con quien o de qué forma se retire el (la) estudiante
del Establecimiento.
Es una Falta Grave:
3. Retirarse del establecimiento sin autorización de Inspectoría General.
II. PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVO
RETIRO DEL ESTABLECIMIENTO PREVIO A LA JORNADA DE TÉRMINO Y DE
ACTIVIDADES EXTRAESCOLAR PROGRAMADAS.
1. El Apoderado(a) deberá justificar personalmente el retiro del alumno en horas de
clases.
2. Inspectoría autoriza el retiro con la firma del apoderado.
3. El asistente de la educación deberá entregar pase de retiro al profesor a cargo
del alumno.
4. El Profesor(a) a cargo, deberá registrar la hora de retiro del alumno en el libro
clases.
5. Secretaria registra la hora de retiro del alumno en el cuaderno correspondiente.
III. PROCEDIMIENTOS
1. INTENCIÓN FORMATIVA
El comportamiento de los y las estudiantes debe estar regido por el respeto hacia las
autoridades, hacia sí mismos y frente a las normativas dispuestas; privilegiando
comportamientos de autocuidado evitando poner en riesgo su integridad física.
IV. TIPO DE FALTA: GRAVE
Concepto de Falta Grave:―…son aquellas actitudes y comportamientos que atenten
contra la integridad física y psicológica de un(a) integrante de la comunidad educativa
(entre pares, y entre estudiantes y adultos), los bienes muebles e inmuebles de la
institución, así como acciones deshonestas que atenten contra los valores.
58
V. PROCEDIMIENTO
Fase 1: Detección de la falta
1. Prof. jefe o miembro de unidad constata falta.
Fase 2: informar apoderado
1. El apoderado se informa de situación en inspectoría general.
Fase 3: Determinación de medidas formativas
1. Inspectoría general determinará medidas respecto de situación particular y evaluará la
derivación a Orientación y dupla psicosocial en caso de reiteración.
Fase 4: Monitoreo y seguimiento
1. Prof. Jefe, inspectoría general constatan si el alumno cumple con sanción determinada.
VI. FUNCIONES DE LOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA
59
ANEXO X
PROTOCOLO DE FALTAS EN SALIDAS PEDAGOCICAS Y GIRAS DE ESTUDIO
I. DESCRIPCIÓN DE LAS FALTAS
SON FALTAS:
Leves:
1. No cumplir con la presentación personal según lo solicitado.
2. No respetar los horarios establecidos para estas actividades.
3. No cumplir con los plazos de entrega de la autorización firmada por el
apoderado(a).
Graves
1. No regresar al colegio con todo el grupo sin la autorización correspondiente.
2. No respetar las normas de convivencia del colegio: trato gentil, tolerante y cortés,
buen uso del lenguaje, entre otras.
Gravísimas:
1. Portar elementos tales como objetos cortos punzantes o peligrosos, alcohol,
drogas, alucinógenos, etc. que pongan el peligro al grupo de estudiantes que
realiza la visita programada. Así como, fumar y/o consumir bebidas alcohólicas,
drogas y/o psicofármacos.
II. PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS
El Profesor(a) Jefe o los docentes organizadores deberán:
1. Comunicar esta actividad al apoderado (a) y solicitar su autorización a través de una
comunicación, especificando lugar que se visitará, fecha, horario, propósito y normas a
cumplir por su pupilo(a).
2. Entregar en los plazos exigidos a Inspectoría General la solicitud respectiva, con la
nómina de estudiantes y las autorizaciones firmadas de los apoderados(as), hoja de ruta,
guías de trabajo, datos de la empresa que los transportará, acompañantes y algún otro
requisito que se haga exigible según las nuevas disposiciones que podrían surgir.
3. Comunicar y comprometer a los estudiantes con las normas y deberes a cumplir en las
salidas pedagógicas.
III. PROCEDIMIENTOS FORMATIVOS PARA LAS FALTAS
1. INTENCIÓN FORMATIVA
El comportamiento de los alumnos/as debe estar regido por el respeto. El trato cortés no
puede estar limitado a la relación profesor(a)- estudiante que se produce en el momento
de la clase; debe ser una práctica permanente expresada en todo momento y lugar, hacia
todo tipo de personas, dentro y fuera de la institución.
60
IV. PROCEDIMIENTOS
Fase 1: Detección de la falta
1. Prof. jefe o miembro de unidad constata falta.
Fase 2: informar apoderado
1. El apoderado se informa de situación en inspectoría general.
Fase 3: Determinación de medidas formativas
1. Inspectoría general determinará medidas respecto de situación particular y evaluará la
derivación a Encargada de Convivencia y dupla psicosocial en caso de reiteración.
Fase 4: Monitoreo y seguimiento
1. Prof. Jefe, inspectoría general constatan si el alumno cumple con sanción determinada.
V. FUNCIONES DE LOS MIEMBROS UNIDAD EDUCATIVA
ANEXO XIII
PROTOCOLO CUIDADO DE LA NATURALEZA, MOBILIARIO,
INFRAESTRUCTURA Y EQUIPOS TECNOLÓGICOS
I. DESCRIPCIÓN DE LAS FALTAS AL CUIDADO DE LA NATURALEZA Y BIENES DEL
COLEGIO
Son faltas graves:
Demostrar una actitud poco respetuosa hacia la naturaleza, dañando plantas, árboles u
otras especies.
1. Manifestar conducta despreocupada hacia la mantención de la limpieza de los
espacios del colegio, salas, patios, baños, dejando basura donde no
corresponde.
2. Rayar paredes, baños, bancos, rejas, vidrios no cooperando en la mantención
de la limpieza y la hermosura de los espacios.
3. Dañar objetos del colegio ya sea interruptor, chapas, ampolletas, manillas,
entre otros.
4. No cumplir, cuando es testigo, con comunicar hechos que deterioran lo
existente en el colegio.
5. Utilizarlos equipos disponibles para propósitos no educativos sin la
autorización del profesor respectivo.
6. Hacer uso de los equipos en los horarios no establecidos, no cumpliendo con
las disposiciones y recomendaciones indicadas para su buen uso por parte de
las personas encargadas.
7. Hacer uso de libros de texto y material didáctico sin cuidarlos, escribiéndolos o
rayándolos innecesariamente.
8. No cumplir con la responsabilidad de llevar los textos, materiales didácticos a
su lugar de origen.
9. No cumplir con reparar o reponer material de un compañero(a) cuando haya
reconocido que lo ha dañado intencionadamente.
10. Insistir en traer a la escuela materiales no solicitados.
II. PROCEDIMIENTOS
1. INTENCIÓN FORMATIVA
El mantener un espacio grato y limpio del espacio es un esfuerzo compartido de la
comunidad educativa, por ello es importante promover el desarrollo en los y las
estudiantes actitudes y habilidades de cuidado y respeto por la naturaleza, los equipos y
materiales para la enseñanza aprendizaje así como los bienes muebles e inmuebles.
III. TIPO DE FALTA: GRAVE
Concepto de Falta Grave: Son aquellas actitudes y comportamientos que atenten
contrala integridad física y psicológica de un(a) integrante de la comunidad educativa
(entre pares, y entre estudiante y adultos), los bienes muebles e inmuebles de la
institución,
62
IV. PROCEDIMIENTOS
Fase 1. Detección de la falta y citación al apoderado(a)
1. El miembro de la unidad educativa que observe el hecho, o el mismo afectado,
comunica a Profesor(a) Jefe, Encargada de Convivencia y/o a Inspectoría del hecho.
2. El Profesor(a) Jefe, Encargada de Convivencia o Inspectoría General registra el hecho
en el libro de clases y en hoja de observaciones del estudiante causante del daño.
3. El Profesor(a) Jefe, Encargada de Convivencia o Inspectoría General cita al
apoderado del estudiante causante del daño, a través de una comunicación por
escrito y registra la citación en la hoja de observaciones respectivas.
4. Si apoderado(a) no justifica la inasistencia a la reunión citada, Inspectoría general
citará vía telefónica.
5. Si no hay respuesta de parte del apoderado(a) se debe designar una dupla de
profesionales, para realizar visita domiciliaria.
Fase 2. Conversación con apoderado(a) y estudiante
1. El Profesor(a) Jefe, Encargada de Convivencia y/o Inspectoría General conversan con
el apoderado(a) y estudiante causante del daño para conocer las causas y
circunstancias del hecho considerado como falta grave.
2. Registran de manera objetiva los aspectos centrales de cada una de las reuniones.
3. El apoderado(a)de cada uno de los estudiantes involucrados firma registro de la
reunión con el compromiso de apoyar las medidas formativas y redentoras que se
decidan aplicar.
Fase 3. Determinación de las medidas formativas
1. La orientadora, Prof. Jefe y/o inspectoría general analizan la información recogida y
valoran la situación.
2. Determinación de medidas formativas, de reparación y/o reposición del objeto dañado.
Fase 4. Monitoreo de cumplimiento de las medidas
1. Inspectoría general y Prof. jefe deben velar por el cumplimiento de las medidas
reparatorias por parte del alumno.
Fase 5. Registro y cierre del protocolo
1. Inspectoría general y/o Prof. Jefe registran en la hoja de vida del alumno, el
cumplimiento de las medidas acordadas y se informa a los estamentos
correspondientes.
63
V. FUNCIONES DE LOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA
64
1) ANEXO XIV
PROTOCOLO SOBRE OCURRENCIA DE DELITOS
I. DESCRIPCIÓN DE LOS DELITOS
Definición de Delito: En términos generales son actos que lesionan algún bien jurídico
determinado, existiendo una sanción a imponer a quién los efectúa. Por ejemplo, en los
delitos de carácter sexual los bienes jurídicos lesionados son la Libertad sexual y la
Identidad Sexual.
SON DELITOS:7
- Provocar lesiones y/o amenazas a algún miembro de la unidad educativa
- Robar o hurtar especies del establecimiento y/o de algún miembro de la
comunidad educativa.
- Portar armas.
- Tenencia ilegal de armas.
- Otros constitutivos de delito.
PREVIO A LA APLICACIÓN DE ESTE PROTOCOLO, SE DEBERÁ TENER LA
CERTEZA QUE EL HECHO CONSTATADO CONFIGURA UN DELITO.
II. PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS
Según lo establece el Código Procesal Penal en su artículo 175, el Director de la
Unidad Educativa, Inspector General y Profesores tienen la obligatoriedad de denunciar
cualquier acción u omisión que revista de carácter de delito y que afecte a un miembro de
la comunidad educativa o que hubieren tenido lugar en el establecimiento.
Para cumplir con lo anterior se deben realizar los siguientes procedimientos:
1. Cuando las autoridades del establecimiento educacional tomen conocimiento de este
tipo de hecho, que tiene el carácter de delito, es necesario que cuenten con la mayor
cantidad de antecedentes que permitan fundamentar la denuncia.
7Según Código Penal, artículos 361 – 367, 397, 450
65
2. Realizar la denuncia a Carabineros de Chile, Policía , dentro del plazo de 24 horas
desde que se tome conocimiento del hecho, según el artículo 176 del Código Procesal
Penal, por parte del Director o Inspector General o profesor(a).
3. Se comunica el hecho al apoderado (a) del o la estudiante involucrado(a) en el acto
delictivo por parte del Director del Establecimiento Educacional.
4. Se comunica el hecho al DAEM.
5. Se deberá siempre resguardar la identidad del reclamante y no se podrá imponer una
sanción disciplinaria en su contra basada únicamente en el mérito de su reclamo.
6. Mientras se estén llevando a cabo las indagaciones aclaratorias y el discernimiento de
las medidas correspondientes, se asegurará a todas las partes la mayor confidencialidad,
privacidad y respeto por su dignidad y honra.
7. Portería no debe permitir el ingreso, ni entregar información a medios de comunicación
ni a personas ajenas a la Unidad Educativa sin la autorización expresa de la Dirección.
IV. PROCEDIMIENTO
Fase 1. Detección de la falta y citación al apoderado(a)
1. El miembro de la unidad educativa que observe el hecho o el mismo afectado
comunica oralmente al Profesor(a) Jefe, Encargada de Convivencia o a Inspectoría
General.
2. Quien reciba la denuncia debe informar inmediatamente al Director(a) del colegio y
éste comunicar de manera inmediata a las autoridades superiores (DAEM)
3. El Profesor(a) Jefe, Encargada de Convivencia o Inspectoría General registra el
hecho en la hoja de observaciones del o la estudiante causante del hecho y con el
estudiante dañado, si lo hubiese.
4. Inspectoría y Dirección cita al apoderado del o los estudiantes involucrado(s) a través
de llamado telefónico. Si no hay respuesta de parte del apoderado(a), se debe
designar una dupla de profesionales, para realizar visita domiciliaria.
Fase 2. Conversación con apoderado(a) y estudiante
1. El Profesor(a) Jefe, Encargada de Convivencia y/o Inspectoría General conversan por
separado, con el apoderado(a) y estudiante causante del delito y afectado si lo
hubiera, para conocer las causas y circunstancias de su conducta delictual, hecho
considerado como falta gravísima
2. Dirección, inspectoría general y/o orientación realizan la denuncia correspondiente de
acuerdo al delito, en Carabineros de Chile y/o Policía de investigaciones, entre otras.
3. Apoderado firma registro de toma de conocimiento de la situación que afecta a su
pupilo.
Fase 3. Determinación de las medidas formativas y de contención (según
corresponda)
1. Encargada de Convivencia, Profesor Jefe y/o Inspectoría General analizan la
información recogida y valoran la situación. Para ello, se deberá tener en cuenta las
circunstancias del momento de los hechos, la edad y las características personales,
familiares o sociales de los estudiantes involucrados.
2. Determinación de:
a) Medidas formativas y reparadoras al estudiante causante
b) Medidas de apoyo y seguridad al estudiante afectado,
66
3. Comunicación de las medidas formativas al Director, Consejo de Profesores y a los
respectivos apoderados de los estudiantes involucrados (causante del daño y
afectado, si lo hubiese) por parte de Orientadora, Profesor(a) Jefe y / o Inspectoría
General. El apoderado(a) de cada uno de los estudiantes debe firmar su compromiso.
Fase 4. Trabajo de apoyo a estudiante y comunidad (según corresponda)
1. Elaboración de un plan de acción común de apoyo al estudiante con medidas
formativas por parte de Encargada de Convivencia, Profesor(a) Jefe y Psicóloga.
2. Las medidas formativas deben orientarse a ayudar al estudiante causante a
reconocer la falta y sus razones a través de diversas técnicas basadas en un diálogo
constructivo y resolución pacífica de conflictos. Si fuese pertinente orientarlo a
que voluntariamente decida disculparse y/o compensar con una acción concreta a la
persona dañada o al objeto dañado. Así también, derivar a los especialistas que
corresponda.
3. Las medidas de seguridad y de apoyo al estudiante afectado, si lo hubiese, deben
estar orientadas a protegerlo y darle seguridad, sobre todo en momentos de mayor
riesgo (entradas, salidas, recreos). Así también, aplicación de estrategias específicas
de desarrollo emocional, habilidades sociales y ayuda personal.
4. Las medidas de apoyo a la comunidad deben estar orientadas a mejorar la
convivencia escolar con acciones inmediatas de contención y reparación.
5. Registro de los procedimientos y evolución del caso por parte de Encargada de
Convivencia
6. Monitoreo del proceso por parte de Encargada de Convivencia Inspectoría General,
Profesor(a) Jefe y Psicóloga.
Fase 5. Informe Final y cierre de protocolo
1. Elaboración de un informe final con los resultados del procedimiento de la aplicación
de medidas formativas de apoyo tanto al estudiante causante como al estudiante
afectado, así también las de apoyo a la comunidad por parte de Encargada de
Convivencia
2. Entrega de informe final a las autoridades directivas técnicas, al Consejo de
Profesores y al Profesor Jefe de los estudiantes involucrados por parte de Encargada
de Convivencia.
67
V. FUNCIONES DE LOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA
68
ANEXO XV
PROTOCOLO DE SISMO
FUNCIONES DE LOS MIEMBROS Y ALUMNOS DE LA UNIDAD EDUCATIVA
1. INFORMACIÓN
Mantener diario mural
con información del Plan
de Emergencia.
*Conocer a los
zapadores
2. VÍAS DE EVACUACIÓN
* Conocer e identificar
la señal ética
*Conocer la p
1. ALARMA
*Señal auditiva
(campana o pito)
* Instrucciones del
profeso
DURANTE
2. MANTENER LA CALMA
* No salir de la sala
*Ubicarse bajo las
mesas, alejados de
ventanas
1) Información
Mantener diario
mural con información
del Plan deEmergencia
*Conocer a los zapadores
2) Vías de evacuación
Conocer e
identificar la
señalética
*Conocer la puerta por
donde le corresponde
salir
3) Simulacros
Realización
constante de
simulacros (salas, patio
cubierto, comedores, recreos)
4) ALARMA
Señal
auditiva
(campana o pito)
Instruccione
s del profesor.
5) Mantener la calma
No salir de la sala.
Ubicarse bajo las
mesas, alejados de
ventanas y de objetos
que puedan caer.
6) Instrucciones
Zapador 1 abre la
puerta
Salir en forma
ordenada dirigidos por el
zapador 2
7) Zona de seguridad
Zapador 2 dirige a
sus compañeros a la
zona de seguridad,
manteniendo la fila.
ANEXO XVI
PROTOCOLO DE ACCIÓN FRENTE A INASISTENCIA A LAS REUNIONES DE
APODERADOS
Profesor Jefe deberá solicitar la firma de los apoderados, en cada reunión, en el
libro de clases.
Profesor Jefe deberá dar la oportunidad de entrevista al apoderado, en un plazo de
una semana, para justificar su inasistencia e informarse de la situación actual de
su pupilo en cuanto a rendimiento y conducta, como también de situaciones
generales importantes del curso. Dicha entrevista, deberá quedar registrada en las
fichas de atención de apoderados (carpetas entregadas por departamento de
orientación).
Si al plazo de una semana, el apoderado no se acerca a entrevista con el Profesor
Jefe y previa citación de éste, la situación deberá quedar registrada en la hoja de
vida del alumno de la siguiente forma: ―Apoderado no asiste ni justifica inasistencia
a la reunión de apoderados‖.
Profesor Jefe deberá registrar como ausente a la reunión de apoderados a
aquellos que no cumplan con la justificación y entrevista antes descrita.
Igualmente el Profesor Jefe deberá entregar un informe escrito con el nombre del
alumno y apoderado ausente a Inspectoría General (de acuerdo a formato
entregado), quien gestionará la forma de comunicarse con el apoderado(a) para
resolver dicha situación.
El presente Protocolo deberá activarse cada vez que se presenten apoderados
ausentes a la reunión mensual.
70
ANEXO XVII
PROTOCOLO DE ACCIÓN FRENTE A AUTOLESIÓN DE ALUMNOS
Quien identifique el hecho, deberá avisar inmediatamente a Inspectora general,
Orientadora o profesor/a jefe del alumno/a afectado/a.
Si la situación es grave, quien tome conocimiento (Inspectora general, Encargada
de Convivencia o profesor/a jefe), delegar a secretaria que llame a servicios de
urgencia correspondiente y al apoderado/a del alumno/a.
Una vez en el lugar de los hechos (Inspectora genera, Encargada de Convivencia
lo profesor/a jefe), cautelar que no presencien la situación más personas que
ellos/as, excepto que éstos soliciten ayuda, procurando que no sean más de tres
personas en el lugar.
Independiente del momento en que ocurra la situación, (hora de clase, recreo,
almuerzo) Inspectora general, Encargada de Convivencia o profesor/a jefe,
delegará a una persona para que avise que se pone en práctica el protocolo de
autolesión, lo que significa que profesores y asistentes deberán cautelar que el
resto de los alumnos no evidencien la situación.
Ningún miembro de la unidad educativa deberá abandonar sus funciones durante
esta situación, a menos que se le pida expresamente que esté en el lugar de los
hechos.
Una vez que llegue el apoderado o servicio de urgencia y el alumno/a se retire del
establecimiento, se dará aviso de levantamiento de protocolo de acción.
Antes durante y después de terminado el protocolo de acción, guardar la mayor
discreción, frente al hecho, evitando cometarios de cualquier tipo hacia: alumnos,
apoderados, o miembros de la comunidad.
71
ANEXO XVIII
PROTOCOLO PARA LA ATENCIÓN FUERA DEL AULA DE ALUMNOS CON NEE,
RELACIONADAS CON ADAPTACIÓN ESCOLAR
EN RECREOS Y HORARIO ALMUERZO ALUMNOS:
Los estudiantes que presenten hipersensibilidad sensorial a los ruidos y/o tengan
dificultades con la interacción grupal entre pares , podrán permanecer en otros
espacios físicos del establecimiento, tales como:
Sala PIE 1 (máximo 5 alumnos, a cargo de Prof. Ed. Diferencial, Verónica Flores)
Mesa habilitada para 1 alumno, en el pasillo frente a Encargada de Convivencia y
sala de profesores.
Sector oficinas: Dirección, Secretaría e Inspectoría, máximo 1 alumno.
EN ACTOS INSTITUCIONALES:
Los estudiantes que presenten incomodidad por el ambiente que se genera en los
actos institucionales, cómo música fuerte, cercanía a gran grupo de personas, etc.
podrán permanecer en otros espacios físicos del establecimiento cómo:
Sala PIE 1, máximo 5 alumnos, a cargo de Prof. Ed. Diferencial, Verónica Flores.
NOTA: En estos espacios los alumnos realizarán actividades recreativas, tales cómo: leer
u hojear libros de libre elección, construcciones con lego, uso de juegos en computador,
uso de juguetes diversos, entre otras.
72
ANEXO XIX
PROTOCOLO DESREGULACIÓN EMOCIONAL
DESREGULACIÓN EMOCIONAL
I. DEFINICIÓN
Se define la regulación emocional como la capacidad para modificar el propio
estado emocional para promover comportamientos adaptados al contexto y a los objetivos
de la persona. La desregulación emocional, por el contrario, se define como la
incapacidad del niño sobre la propia expresión afectiva en las distintas situaciones
sociales debido a una escasa flexibilidad y espontaneidad, lo que se refleja en falta de
control y conductas disruptivas.
La desregulación emocional puede deberse a la falta de conocimiento de reglas
sociales o una dificultad en la modulación de la respuesta emocional frente a las
demandas del contexto.
II. PROCEDIMIENTO
Fase 1. Detección de la situación
1. El adulto que esté a cargo (profesor/a, asistente, etc), o aquella persona que detecte la
situación, deberá acercarse al niño/a para calmarlo/a y tranquilizarlo/a.
2. Solicitar apoyo a Encargada de Convivencia, Psicóloga, Inspectoría General y/o
Coordinadora PIE, en ése orden de prioridad, si es que es imposible contener al niño/a.
3. Una vez calmado/a, se traslada al alumno/a al Departamento de Convivencia Escolar.
4. En caso de agresiones, hay que resguardar que el resto de los alumnos/as estén
seguros y en caso de ser necesario, desalojarlos del lugar.
5. Informar a apoderado de la situación vía telefónica para que esté atento en el caso de
requerir de que el alumno(a) sea retirado del establecimiento si no se logra calmar o
tranquilizar.
*En caso de que el alumno ya esté siendo contenido por una persona, NO
INTERVENIR NI INVOLUCRARSE respetando el trabajo realizado y evitar hacer
comentarios del episodio o estudiante FRENTE A ESTE.
73
Fase 2. Conversación con estudiante
1. Encargada de Convivencia, Psicóloga, Inspectoría General y/o con Coordinadora PIE,
en ése orden de prioridad, se conversará con el niño con el fin de poder tranquilizarlo y
calmarlo.
2. Se dará aviso al profesor jefe del niño, para que esté informado de la situación.
Fase 3. Reincorporación
1. Si el alumno logra regularse y tranquilizarse, será reincorporado a su sala de clases. De
lo contrario, deberá quedarse en la oficina.
2. Si el niño no logra regularse ni tranquilizarse luego de transcurrida 1 hora reloj, se
llamará por teléfono al apoderado para que retire a estudiante del colegio. Si no se logra
contacto, trabajador(a) social realizará visita domiciliaria.
3. Dar aviso a ambulancia y carabineros en caso de que el alumno está muy
descontrolado y en antecedentes de violencia grave y comunicar a apoderado
inmediatamente de la situación.
4. Dejar registrado en el libro de clases la situación.
Fase 4. Cierre del protocolo
1. Se deberá informar a apoderado sobre el episodio vivenciado por el alumno, firmando
en el libro de clases.
2. Encargada de Convivencia, dupla psicosocial, junto a profesor jefe y deberán evaluar
gravedad de la situación para realizar derivación correspondiente si el/la estudiante no ha
sido previamente derivado(a) a un especialista.
74
III. FUNCIONES DE LOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA
1) Detección de la situación:
Contención en el lugar.
Solicitar ayuda en caso
necesario.
Trasladar a Dpto de
Orientación.
Desalojar a otros niños en
caso de ser necesario.
Informar a apoderado vía
telefónica.
2) Conversación con el estudiante:
Entrevista con el alumno
en Dpto de Orientación.
Informar a profesor jefe.
3) Reincorporación:
Trasladarlo a sala de
clases si es que logra
tranquilizarse.
Retiro del alumno del
colegio en caso de no
cumplir el punto anterior.
Aviso a ambulancia y/o
carabineros.
Registro en libro de
clases.
4) Cierre del protocolo:
Informar al apoderado,
firmando el libro de
clases.
Reunión entre Dpto de
Orientación y profesor/a
jefe.
Derivación (en caso
necesario)
75
Firman en conformidad con este reglamento:
CESAR MATAMALA QUIERO MARIELA CONTRERAS RIQUELME
DIRECTOR INSPECTORA GENERAL
GLORIA ARELLANO CHAMORRO YIRA VALERIA SALDÍAS
ENCARGADA DE CONVIVENCIA JEFA UTP
ESCOLAR
76