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VERSIÓN FINAL 21 DE MAYO DE 2009 MANUAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL AMBIENTAL 1 Introducción | REPUBLICA DE HONDURAS 2009 Manual de Evaluación y Control Ambiental SECRETARIA DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE Manual Técnico del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental

Manual de Evaluación y Control Ambiental

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VERSIÓN FINAL 21 DE MAYO DE 2009 MANUAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

1 Introducción | REPUBLICA DE HONDURAS

2009

Manual de Evaluación y Control Ambiental SECRETARIA DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE

Manual Técnico del

Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental

Page 2: Manual de Evaluación y Control Ambiental

VERSIÓN FINAL 21 DE MAYO DE 2009 MANUAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

2 Introducción | REPUBLICA DE HONDURAS

Créditos:

Autor y compilador responsable: Allan Astorga Gättgens

Con la colaboración técnica de: Bernardita Pascal Riera

Con la colaboración legal de: Mario Vallejo Larios

Contraparte técnica: Dirección de Evaluación y Control Ambiental,

Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente

Financiado por: Secretaria de la Presidencia de la República de Honduras

Page 3: Manual de Evaluación y Control Ambiental

VERSIÓN FINAL 21 DE MAYO DE 2009 MANUAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

3 Introducción | REPUBLICA DE HONDURAS

Contenido

1. Introducción.............................................................................................................. 6

1.1 MARCO CONCEPTUAL DE LA EIA (NOCIONES BÁSICAS)......................................................... 6

1.1.1 Concepto y Propósito..................................................................................................... 6

1.1.2 Fundamentos de la EIA ................................................................................................. 7

1.1.3 Pasos de la EIA .............................................................................................................. 8

1.2 ANTECEDENTES DEL SISTEMA DE EIA EN HONDURAS......................................................... 12

1.3 JUSTIFICACIÓN DEL MANUAL ................................................................................................. 13

1.4 METODOLOGÍA EMPLEADA..................................................................................................... 15

1.5 MECANISMO DE MEJORA CONTINÚA...................................................................................... 15

2. Objetivo del Manual de Evaluación y Control Ambiental..................................... 17

2.1 OBJETIVO GENERAL ............................................................................................................... 17

2.2 OBJETIVOS ESPECÍFICOS....................................................................................................... 18

2.3 ORGANIZACIÓN DEL MANUAL................................................................................................. 18

3. Definiciones Técnicas ............................................................................................ 20

3.1 PRESENTACIÓN ...................................................................................................................... 20

3.2 CONCEPTOS PRINCIPALES..................................................................................................... 20

4. Marco Legal e Institucional .................................................................................... 29

4.1 INTRODUCCIÓN....................................................................................................................... 29

4.2. LEGISLACIÓN ......................................................................................................................... 29

4.3. ORGANIZACIÓN PARA LA EIA ............................................................................................... 30

5. Proceso de Evaluación de Impacto Ambiental para Proyectos Nuevos Categorías 1, 2 y 3 ......................................................................................................... 32

5.1. INTRODUCCIÓN...................................................................................................................... 32

5.2. TABLA DE CATEGORIZACIÓN ............................................................................................... 34

5.3 FORMULARIOS AMBIENTALES............................................................................................... 37

5.3.1 Finalidad de los Formularios Ambientales................................................................ 37

5.3.2 Formulario SINEIA F-01 .............................................................................................. 37

5.3.3 Formulario SINEIA F-02 .............................................................................................. 39

5.4 CÓDIGO DE BUENAS PRÁCTICAS AMBIENTALES DE HONDURAS ........................................ 40

Page 4: Manual de Evaluación y Control Ambiental

VERSIÓN FINAL 21 DE MAYO DE 2009 MANUAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

4 Introducción | REPUBLICA DE HONDURAS

5.5 PLANES DE GESTIÓN AMBIENTAL ......................................................................................... 42

5.6 EMISIÓN DE LA LICENCIA AMBIENTAL ................................................................................... 47

6. Proceso de Evaluación de Impacto Ambiental para Proyectos Nuevos Categoría 4 ..... ................................................................................................................................ 48

6.1 ELABORACIÓN DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL ......................................................... 48

6.2 CONTENIDO DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL ............................................................. 50

6.3 RECEPCIÓN Y TRÁMITE DE LA REVISIÓN DEL ESIA ............................................................... 63

6.3.1 Ingreso del EsIA al SERNA para su revisión ........................................................... 63

6.3.2 Trámite de revisión del EsIA en la SERNA .............................................................. 64

6.4 CONSULTA PUBLICA................................................................................................................ 67

6.5 DICTAMEN TECNICO SOBRE ESTUDIOS DE IMPACTO AMBIENTAL ......................................... 70

6.6 CONSIDERACIONES DE FORMA PARA EL ESIA ...................................................................... 71

7. Control y Seguimiento Ambiental.......................................................................... 73

7.1 INICIO DE EJECUCIÓN DEL PROYECTO .................................................................................. 73

7.2 ACTUALIZACIONES DE LA EIA REALIZADA............................................................................ 73

7.3 AUTORREGULACIÓN AMBIENTAL DEL PROYECTO ................................................................ 74

7.4 INFORMES AMBIENTALES ....................................................................................................... 76

7.4.1 Marco técnico y legal de los Informes Ambientales de Cumplimiento ................. 76

7.4.2 Contenido Temático del Informe Ambiental de Cumplimiento .............................. 77

7.5 INSPECCIONES AMBIENTALES ............................................................................................... 79

7.6 AUDITORÍAS AMBIENTALES..................................................................................................... 79

7.6.1 Alcance de la Auditoría Ambiental ............................................................................. 79

7.6.2 Procedimiento e Instrumentos de Auditoría Ambiental .......................................... 83

7.7 CALIFICACIÓN AMBIENTAL E INCENTIVOS AMBIENTALES (GALARDÓN AMBIENTAL) ........... 84

7.7.1 Calificación Ambiental.................................................................................................. 84

7.7.2 Incentivos ambientales y Galardón Ambiental......................................................... 85

8. Gestión Ambiental de Actividades sin EIA y en Operación................................. 87

8.1 INTRODUCCIÓN....................................................................................................................... 87

8.2 LINEAMIENTOS REGLAMENTARIOS ........................................................................................ 88

8.2.1 Reglamento del SINEIA............................................................................................... 88

8.2.2 Reglamento especial de Auditorías Ambientales .................................................... 89

Page 5: Manual de Evaluación y Control Ambiental

VERSIÓN FINAL 21 DE MAYO DE 2009 MANUAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

5 Introducción | REPUBLICA DE HONDURAS

8.3 PROCEDIMIENTOS E INSTRUMENTOS TÉCNICOS .................................................................. 91

8.3.1 Categoría 1 .................................................................................................................... 91

8.3.2 Categorías 2 y 3............................................................................................................ 92

8.3.3 Categoría 4 .................................................................................................................... 94

8.4 RECONOCIMIENTO DE CERTIFICACIONES AMBIENTALES..................................................... 95

8.5 SISTEMA DE CONTROL Y SEGUIMIENTO AMBIENTAL ........................................................... 95

9. Otros Componentes de la Evaluación de Impacto Ambiental ............................. 96

9.1 INTRODUCCIÓN....................................................................................................................... 96

9.2 GUÍAS DE BUENAS PRÁCTICAS AMBIENTALES ..................................................................... 96

9.3 PRESTADORES DE SERVICIOS AMBIENTALES ...................................................................... 99

9.4 GOBIERNO DIGITAL Y EIA .................................................................................................... 101

10. Bibliografía............................................................................................................ 102

Anexo del Manual de Evaluación y Control Ambiental del SINEIA .......................... 103

Page 6: Manual de Evaluación y Control Ambiental

VERSIÓN FINAL 21 DE MAYO DE 2009 MANUAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

6 Introducción | REPUBLICA DE HONDURAS

1. Introducción

1.1 MARCO CONCEPTUAL DE LA EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL (NOCIONES

BÁSICAS)

1.1.1 Concepto y propósito

La Evaluación de Impacto Ambiental es un instrumento preventivo de la gestión

pública que surgió a finales de los años 60 del siglo XX como una necesidad de considerar el

tema ambiental en el desarrollo de los proyectos.

Uno de los conceptos originales y más difundidos sobre Evaluación de Impacto

Ambiental, señala que ésta consiste en “la identificación y valoración de los impactos

(efectos) potenciales de proyectos, planes, programas o acciones normativas relativas a los

componentes físico – químicos, bióticos, culturales y socioeconómicos del entorno.”

Desde el inicio de su aplicación se señaló que su propósito fundamental es el de

“animar a que se considere el medio ambiente en la planificación y en la toma de decisiones

para, en definitiva, acabar definiendo actuaciones que sean más compatibles con el medio

ambiente”

La principal utilidad práctica de la Evaluación de Impacto Ambiental que se ha

demostrado durante los últimos 40 años en todo el mundo, es que permite prevenir efectos

negativos en el ambiente durante el desarrollo de actuaciones humanas (proyectos, obras,

actividades y otras acciones), evitando así que se deban hacer grandes inversiones en el

desarrollo de acciones o medidas correctivas efectuadas con posterioridad. La experiencia

ha mostrado que el costo de las medidas correctivas es como promedio ocho veces el costo

de aplicación de medidas preventivas. En este elemento se sustenta el éxito de la

Evaluación de Impacto Ambiental bien aplicada.

La Evaluación de Impacto Ambiental no debe entenderse únicamente como un

trámite administrativo que se lleva a cabo ante una autoridad ambiental para obtener un

Page 7: Manual de Evaluación y Control Ambiental

VERSIÓN FINAL 21 DE MAYO DE 2009 MANUAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

7 Introducción | REPUBLICA DE HONDURAS

permiso o autorización ambiental. Su objetivo principal es que las consideraciones y medidas

ambientales sean incorporadas debidamente en el diseño y posterior operación del proyecto.

1.1.2 Fundamentos de la Evaluación de Impacto Ambiental

En la Tabla 1, se presentan los siete fundamentos de la Evaluación de Impacto

Ambiental. Como puede concluirse de la lectura de los mismos, la Evaluación de Impacto

Ambiental no es un instrumento de uso indiscriminado. Debe ser aplicado cuando se

considere necesario, para aquellas actuaciones humanas que, dadas sus características y

ubicación, vayan a producir impactos significativos en el ambiente.

Una vez que se ha decido que se debe realizar una Evaluación de Impacto

Ambiental, la misma debe cumplir una serie de requisitos, entre ellas que contemple la

comparación de alternativas de la actuación humana a desarrollar, incluyendo la posibilidad

de no ejecutarla. También, es importante que la Evaluación de Impacto Ambiental sea

escrita de forma que permita su lectura y comprensión por el promedio de la gente. Como

instrumento de decisión la Evaluación de Impacto Ambiental debe permitir la participación

pública y enriquecerse de este proceso. Además, para que sea realmente efectiva debe

aportar y mejorar el diseño, a fin de que las medidas ambientales sean parte intrínseca del

proyecto.

Finalmente, la Evaluación de Impacto Ambiental no termina con el otorgamiento de

una Licencia Ambiental. Por el contrario, la tarea principal apenas comienza. Se debe velar

porque las medidas establecidas en la Evaluación de Impacto Ambiental, se cumplan a

cabalidad durante la ejecución del proyecto.

Page 8: Manual de Evaluación y Control Ambiental

VERSIÓN FINAL 21 DE MAYO DE 2009 MANUAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

8 Introducción | REPUBLICA DE HONDURAS

Tabla 1. Fundamentos aplicación de la EIA

1 Aplicable a todos aquellas actuaciones que fuera previsible que tuvieran un impacto ambiental significativo.

2 Compararía alternativas de las actuaciones propuestas (incluyendo la posibilidad de no actuar)

3 Generaría un estudio en el que la importancia de los impactos probables y sus características específicas quedaran claras tanto a expertos como a legos en la materia.

4 Incluiría una amplia participación pública y procedimientos administrativos vinculados de revisión.

5 Programado de tal manera que proporcionara información para la toma de decisiones.

6 Con capacidad para ser obligatorio.

7 Incluiría procedimientos de seguimiento y control.

1.1.3 Pasos de la Evaluación de Impacto Ambiental

La EIA se divide en dos pasos principales, a saber:

1. EIA inicial (tamizado y selección)

2. Control y Seguimiento

El primer paso se realiza antes de que la actuación humana sea aprobada y obtenga

la autorización ambiental para ser ejecutada. El segundo, se realiza cuando dicha actuación

ya se encuentra en ejecución, sea construcción o bien operación.

Todas las actuaciones humanas (proyectos, obras o actividades) que realizan EIA

deben cumplir los dos pasos, existiendo algunas que dado su muy alto impacto ambiental

deben cumplir un paso adicional llamado Estudio de Impacto Ambiental (Figura 1).

La mayoría de los proyectos sólo realizan la EIA inicial (Categorías 1, 2 y 3), dada la

significancia de sus impactos y pasan al segundo paso de control y seguimiento. Otros

Page 9: Manual de Evaluación y Control Ambiental

VERSIÓN FINAL 21 DE MAYO DE 2009 MANUAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

9 Introducción | REPUBLICA DE HONDURAS

proyectos, obras o actividades (Categoría 4), pueden generar impactos significativos en el

ambiente, razón por la cual deben realizar un Estudio de Impacto Ambiental a fin de

analizarlos con más detalle.

Pasos de la EIA

2. EsIA y otros instrumentos de

Evaluación Ambiental

3. Control y Seguimiento

1. EIAInicial

Proyectos de Bajo,Moderado yAlto Impacto

Proyectos de Muy Alto Impacto

FormularioFormulario

Estudios de Impacto

Ambiental

Estudios de Impacto

Ambiental

Auditorías AmbientalesAuditorías

Ambientales

Fig. 1. Pasos o componentes de la EIA. Se indican además algunos de los instrumentos técnicos que se utilizan en la EIA.

La EIA inicial (tamizado y selección)

En esta fase se determina primeramente si una actividad humana debe o no realizar

el trámite de EIA, por lo general, por medio de una Tabla de Categorización Ambiental y en

segundo lugar, si la actividad humana generará o no impactos significativos.

En el caso de que la respuesta es sí, se establecerán los términos de referencia para

la realización de un análisis técnico más profundo o detallado, que se denomina Estudio de

Impacto Ambiental (EsIA).

En virtud de la naturaleza y condiciones en que se presenta esa actividad humana

(dimensiones y otros factores) y de la primera aproximación sobre los impactos ambientales

significativos que generaría, se establecen los temas a tratar en ese EsIA.

Page 10: Manual de Evaluación y Control Ambiental

VERSIÓN FINAL 21 DE MAYO DE 2009 MANUAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

10 Introducción | REPUBLICA DE HONDURAS

Estudio de Impacto Ambiental y el proceso de evaluación

Una vez que el Proponente o Desarrollador recibe los Términos de Referencia,

procede con la contratación del equipo consultor para que le prepare el respectivo Estudio de

Impacto Ambiental.

El equipo consultor debe ser un equipo multidisciplinario afín a la actividad de

desarrollo que es objeto del EsIA. Deberá cubrir el espectro temático ambiental básico, que

como núcleo fundamental deberá integrar como profesional responsable del diseño y

presentación de proyecto, un profesional en el campo del medio ambiente físico, otro

profesional en el campo del medio ambiente biótico y otro en el campo del medio ambiente

social. Uno de estos profesionales, o bien otro profesional adicional, deberá asumir la

coordinación del EsIA, no solo para la organización y ejecución de los trabajos, sino también

para la edición y preparación del documento a presentar ante la autoridad.

Cuando el estudio ha sido finalizado por el equipo consultor, el mismo es entregado a

la Autoridad Ambiental correspondiente, iniciándose así la segunda fase de este paso, que

consiste en la revisión o evaluación del EsIA.

Para efectuar la revisión o evaluación del EsIA, la Autoridad Ambiental debe

organizarse por medio de un equipo multidisciplinario que en la medida de lo posible, debe

ser una imagen especular del equipo consultor que elaboró el EsIA. Al igual que este caso, el

equipo debe disponer de un coordinador quien es el responsable de organizar la revisión y

quien, como mínimo debe cubrir la revisión integral del documento.

La revisión del EsIA debe estar ordenada según un procedimiento técnico

estandarizado, en el que se registren las actividades realizadas y los criterios de ponderación

con que se realiza la evaluación. La revisión del EsIA conlleva varias subfases como son: a)

lectura del documento de forma multidisciplinaria, b) visita de inspección al sitio, c)

elaboración del dictamen sobre el EsIA y, d) decisión sobre el EsIA.

Como parte del proceso de revisión del EsIA se lleva a cabo la consulta pública del

documento y del proyecto. Pueden darse varias modalidades de consulta, una de ellas, para

casos de proyectos de gran impacto y de interés por parte de la sociedad, puede implicar

una audiencia o foro público.

Page 11: Manual de Evaluación y Control Ambiental

VERSIÓN FINAL 21 DE MAYO DE 2009 MANUAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

11 Introducción | REPUBLICA DE HONDURAS

Como parte final del proceso de revisión del EsIA y de previo a la aprobación del

mismo, el equipo evaluador podrá avalar, corregir o completar el conjunto de indicadores

ambientales que serán utilizados como referencia para el plan de control y seguimiento. Esos

indicadores, una vez aprobado el EsIA servirán de base para establecer el programa de

control y seguimiento que ejecutará la Autoridad Ambiental a la actividad en cuestión.

La fase final del proceso de revisión del EsIA culmina en el momento en que se toma

la decisión y se realiza el trámite administrativo y legal correspondiente.

Control y seguimiento

Esta fase se inicia desde el momento en que se toma la decisión de aprobar la EIA o

el EsIA de la actividad humana sujeta a trámite de evaluación de impacto ambiental.

En el documento oficial en el que se aprueba la EIA o el EsIA se deben establecer las

condiciones ambientales bajo las cuales se otorga la Licencia Ambiental. En la mayoría de

los casos esas condiciones pueden incluir la totalidad o parte de los siguientes elementos:

a. Presentación de un documento formal de compromisos ambientales por parte del

Proponente en el que declara a fe de juramento que cumplirá con todas las

medidas ambientales establecidas en el EsIA y aquellas otras incorporadas o

mejoradas durante el proceso de revisión del instrumento.

b. Pago de una tasa por el serivio de licenciamiento ambiental a la Tesorería

General de la República, de conformidad con lo que establezca la Autoridad

Ambiental conforme al marco jurídico vigente.

c. Adquisición de un seguro ambiental, fianza o garantía, en caso de que así sea

dispuesto por la Autoridad Ambiental.

d. Compromiso de contar con un entidad responsable de la gestión ambiental de la

actividad humana, encargada de vigilar, registrar y reportar el cumplimiento de los

compromisos ambientales adquiridos así como el marco regulatorio vigente.

e. Compromiso de disponer de un registro de las acciones ambientales por medio

de un cuaderno oficial o Bitácora Ambiental.

Page 12: Manual de Evaluación y Control Ambiental

VERSIÓN FINAL 21 DE MAYO DE 2009 MANUAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

12 Introducción | REPUBLICA DE HONDURAS

f. Compromiso de entregar informes ambientales a la autoridad ambiental y otros

entes que esta le indique durante el período que así se establezca.

g. Compromiso de brindar todas las facilidades y apoyo a la Autoridad Ambiental

para que realice las inspecciones o auditorías ambientales de cumplimiento que

considere necesarias según el plan de control y seguimiento que se establezca.

h. Compromiso de apoyar una gestión social y ambiental, en el sentido de participar

por medio de su entidad ambiental responsable en una comisión social de

seguimiento y control ambiental de la actividad, siempre y cuando las

características, dimensiones y significancia ambiental y social de ésta así lo

ameriten.

El control y seguimiento contará como principales herramientas operativas las

auditorías ambientales de cumplimiento.

Para la ejecución de las auditorías, la Autoridad Ambiental puede recurrir a terceros

según un sistema de acreditación y certificación.

Como producto final del proceso de control y seguimiento, la Autoridad Ambiental

podrá establecer un sistema de calificación ambiental de las actividades sujetas al proceso.

1.2 ANTECEDENTES DEL SISTEMA DE EIA EN HONDURAS

El Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (SINEIA) en Honduras

nace bajo la creación de le Ley General del Ambiente y su Reglamento General, emitida en

junio de 1993 bajo el Decreto número 104-93. En el artículo 5.- de dicha Ley se establece

que:

“Los proyectos, instalaciones industriales o cualquier otra actividad pública o privada

susceptible de contaminar o degradar el ambiente, los recursos naturales o el

patrimonio histórico cultural de la nación, serán precedidos obligatoriamente de una

evaluación de impacto ambiental.

En tal virtud, las medidas de protección del ambiente o de los recursos naturales que

resulten de dichas evaluaciones serán de obligatorio cumplimiento para todas las

partes de la fase de ejecución y durante la vida útil de las obras e instalaciones. A tal

Page 13: Manual de Evaluación y Control Ambiental

VERSIÓN FINAL 21 DE MAYO DE 2009 MANUAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

13 Introducción | REPUBLICA DE HONDURAS

efecto, la Secretaría de Estado en el Despacho del Ambiente creará el sistema

nacional de evaluación del impacto ambiental.”

En el Reglamento General de la Ley del Ambiente Acuerdo Número 109-93, emitido

el año 1993, establece en el artículo 40.- inciso a) que una de las funciones de la Dirección

General de Evaluación de Impacto y Control Ambiental es la de diseñar, proponer y manejar

el sistema nacional de evaluación de impacto ambiental. Así mismo, según se establece en

el Reglamento de Competencias del Poder Ejecutivo (1997) la Dirección General de

Evaluación y Control Ambiental es “Responsable del Sistema Nacional de Evaluación de

Impacto Ambiental, así como de la expedición y control de licencias ambientales y de la

práctica de auditorías ambientales”.

De esta forma, desde el año 1993 a la fecha la Secretaría de Estado en los

Despachos de Recursos Naturales y Ambiente, a través de la Dirección General de

Evaluación y Control Ambiental, es la responsable de mantener el funcionamiento del

Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental, como una herramienta moderna, ágil

y efectiva.

El Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental está regido y ordenado por

el Reglamento del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental. Este Reglamento,

que en una primera versión fue creado y publicado en fecha 5 de Marzo de 1994, fue

actualizado y publicado en una nueva versión en el mes de _______ del año 2009.

La modernización y fortalecimiento del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto

Ambiental en Honduras tiene como base un extenso proceso de análisis y cumplimiento de

una serie de lineamientos establecidos en el Acuerdo de Ministros de Ambiente de Julio de

2002 y en el Plan de Acción Centroamericano propiciados en el ámbito de la Comisión

Centroamericana de Ambiente y Desarrollo (CCAD).

1.3 JUSTIFICACIÓN DEL MANUAL

El Manual de Evaluación y Control Ambiental del Sistema Nacional de Evaluación de

Impacto Ambiental tiene como justificación la necesidad que existe de explicar de una forma

más amplia los diferentes procedimientos e instrumentos que comprenden dicho Sistema en

Honduras. Esto por cuanto, tanto la Ley General del Medio Ambiente como el Reglamento

de Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (abreviado como el Reglamento

Page 14: Manual de Evaluación y Control Ambiental

VERSIÓN FINAL 21 DE MAYO DE 2009 MANUAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

14 Introducción | REPUBLICA DE HONDURAS

del SINEIA), definen los instrumentos y señalan los procedimientos generales del sistema,

pero a un nivel legal y general.

En este Manual se retoman esos mandatos legales establecidos en la Ley y su

Reglamento, y se explican de forma más llana y clara a fin de hacerlos más comprensibles

para todos los usuarios del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental del país.

Además de esa explicación, el presente Manual, presenta como documento

complementario el conjunto de instrumentos técnicos, que incluyen formularios, documentos

de referencia, esquemas de resoluciones, etc., que junto con los procedimientos que aquí se

explican conforman el Sistema de EIA (Figura 2).

El sentido fundamental del Manual es mostrar el conjunto de reglas que operan el

sistema de EIA. Explicadas de según la lógica del proceso y en el orden que lo desarrolla la

Ley General del Medio Ambiente.

Se pretende que el Manual sirva tanto a los funcionarios de la SERNA como a otras

entidades gubernamentales a explicar los diferentes pasos lógicos del sistema de EIA, al

igual que a los usuarios del mismo y del público en general.

Manual Técnico de EIA

Instrumentos

Procedimientos

REGLAS CLARAS

Fig. 2. El Manual Técnico complementa y detalla lo señalado por la Ley General del Medio Ambiente y su Reglamento con la finalidad de servir de documento orientador y educativo sobre la EIA en el país.

Page 15: Manual de Evaluación y Control Ambiental

VERSIÓN FINAL 21 DE MAYO DE 2009 MANUAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

15 Introducción | REPUBLICA DE HONDURAS

1.4 METODOLOGÍA EMPLEADA

Para la elaboración del presente Manual se han cumplido los siguientes pasos

metodológicos:

1. Revisión de la legislación vigente sobre el tema de Evaluación de Impacto

Ambiental.

2. Inventario y revisión del conjunto de instrumentos y procedimientos técnicos que

utiliza la Dirección de Evaluación y Control Ambiental de la SERNA, como

autoridad de evaluación ambiental del país.

3. Reuniones con el personal técnico de la SERNA.

4. Elaboración y discusión técnica con el personal de la DECA sobre la Tabla

Contenido del Manual de Evaluación y Control Ambiental del SINEIA.

5. Preparación del primer borrador de propuesta del Manual.

6. Revisión y discusión sobre el borrador de la propuesta del Manual Técnico.

7. Corrección final de la propuesta y edición del borrador final para aprobación y

posterior publucación del mismo por parte de la SERNA.

1.5 MECANISMO DE MEJORA CONTINUA

El Manual de Evaluación y Control Ambiental es un documento técnico de tipo

dinámico, es decir, que evoluciona y por tanto es objeto de un proceso de mejora continua.

Para ello, se cumplirá con los siguientes lineamientos:

1. El Manual de Evaluación y Control Ambiental del SINEIA será objeto de revisión y

actualización por parte de la SERNA cada dos años, a partir de la fecha de su

entrada en vigencia.

2. Como parte de la revisión y actualización, se podrán sustituir o mejorar

instrumentos y procedimientos técnicos, o en su defecto se eliminarán algunos

Page 16: Manual de Evaluación y Control Ambiental

VERSIÓN FINAL 21 DE MAYO DE 2009 MANUAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

16 Introducción | REPUBLICA DE HONDURAS

que puedan quedar obsoletos y/o se adicionarán nuevos, siempre dentro del

marco legal vigente que norma el proceso de EIA en el país.

3. Todos los ajustes o cambios que se hagan al Manual, serán debidamente

justificados y documentados a fin de que se sustente técnicamente la razón para

que se realicen.

4. Como parte de la revisión y actualización la SERNA podrá realizar talleres de

discusión y consulta sobre los cambios a ejecutar.

5. Cuando por una situación de fuerza mayor se requiere sustituir o adicionar un

instrumento o procedimiento de forma urgente, la Secretaría de Recursos

Naturales y Ambiente lo podrá hacer siempre que se mantenga en el marco de

los establecido en la Ley y su reglamento y que le de una profusa divulgación a

fin de no inducir al usuario a confusiones. Para este fin, el Manual que se

disponga en el portal digital de la SERNA deberá contener como complemento

una “ventana temporal” que señale cambios realizados bajo esta situación.

6. Los cambios o ajustes señalados en el punto anterior se incorporarán al Manual

de forma integral cuando se realice su revisión periódica según el punto 1.

Page 17: Manual de Evaluación y Control Ambiental

VERSIÓN FINAL 21 DE MAYO DE 2009 MANUAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

17 Objetivo del Manual de Evaluación y Control Ambiental | REPUBLICA DE HONDURAS

2. Objetivo del Manual de Evaluación y Control Ambiental

2.1 OBJETIVO GENERAL

El objetivo general del Manual de Evaluación y Control Ambiental, consiste en:

“Ser una herramienta de orden técnico que clarifica, especifica y describe el Sistema

Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental en su conjunto, dándole una mirada

práctica y de conjunto a dicho Sistema”.

En la Figura 3 se presenta un esquema básico sobre la filosofía del Manual de

Evaluación y Control Ambiental. El mismo tiene una doble función práctica. Por un lado servir

de instrumento a lo interno de SERNA referente a las reglas que operan para tramitar

instrumentos de EIA. Por otro lado, debe funcionar también a lo externo de la SERNA, es

decir, para todos los usuarios del sistema, explicando las reglas que operan para elaborar los

instrumentos de EIA. De esta manera el Manual funciona como un documento que sintetiza

las reglas claras del proceso de EIA válidas para todos los usuarios del sistema.

Filosofía del Manual de EIALineamientos de

operación a lo interno:

1. Instrumentos técnicos y procedimientos para revisar las EIA.

2. Pasos de revisión, plazos y procesos (jurídicos, técnicos y administrativos) de respuesta al usuario.

3. Comprensión de procedimientos de elaboración por parte de los usuarios.

Lineamientos de operación a lo

externo:1. Instrumentos técnicos

y procedimientos presentar EIA.

2. Pasos metodológicos (ruta) de elaboración de instrumentos.

3. Comprensión de procedimientos de revisión.

Fig. 3. Diagrama explicativo sobre la filosofía que tiene el uso del Manual de Evaluación y Control Ambiental.

Page 18: Manual de Evaluación y Control Ambiental

VERSIÓN FINAL 21 DE MAYO DE 2009 MANUAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

18 Objetivo del Manual de Evaluación y Control Ambiental | REPUBLICA DE HONDURAS

2.2 OBJETIVOS ESPECÍFICOS

Los objetivos específicos del presente Manual son los siguientes:

1. Constituir una herramienta técnica y práctica del Sistema Nacional de Evaluación

de Impacto Ambiental

2. Orientar en los procesos de licenciamiento y control ambiental, tanto a los

funcionarios de la SERNA, como a los Proponentes, Desarrolladores,

representantes o apoderados legales, Prestadores de Servicios Ambientales y

cualquier persona natural o jurídica involucrada en dichos procesos.

3. Especificar y describir los aspectos técnicos y de procedimiento de los procesos

de licenciamiento y control ambiental, detallando sus pasos y las herramientas

que para cada uno de ellos existe.

4. Establecer lineamientos comunes para todos los involucrados en los procesos de

licenciamiento y control ambiental, en relación a procesos, procedimientos,

herramientas y funcionamiento.

2.3 ORGANIZACIÓN DEL MANUAL

El presente Manual está organizado de acuerdo a los procesos de evaluación del

impacto ambiental de los proyectos, obras o actividades nuevas por categoría y del control y

seguimiento de las actividades u obras en operación.

Aparte de los capítulos introductorios del Manual, éste se ha organizado según el

orden lógico del proceso de EIA. A este respecto, se incluyen los siguientes capítulos:

- Definiciones Técnicas

- Marco legal e institucional.

- Proceso de Evaluación de Impacto Ambiental para Proyectos Nuevos

Categorías 1, 2 y 3

- Proceso de Evaluación de Impacto Ambiental para Proyectos Nuevos

Categoría 4

Page 19: Manual de Evaluación y Control Ambiental

VERSIÓN FINAL 21 DE MAYO DE 2009 MANUAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

19 Objetivo del Manual de Evaluación y Control Ambiental | REPUBLICA DE HONDURAS

- Control y Seguimiento Ambiental

- Gestión Ambiental de Actividades sin EIA y en operación

- Otros componentes de la Evaluación Ambiental de Honduras

Los instrumentos técnicos del proceso de EIA que acompañan al Manual se integran

y ordenan, según una secuencia lógica como se introducen en el Manual, dentro de un

Documento Anexo al Mismo.

Page 20: Manual de Evaluación y Control Ambiental

VERSIÓN FINAL 21 DE MAYO DE 2009 MANUAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

20 Definiciones Técnicas | REPUBLICA DE HONDURAS

3. Definiciones Técnicas

3.1 PRESENTACIÓN

Con el objeto de estandarizar en todo lo posible la serie de conceptos técnicos que

se utilizan en EIA, en el este capítulo se presentan las principales definiciones establecidas

por la Ley General del Ambiente y el Reglamento del SINEIA.

Se recomienda al usuario del presente Manual realizar una lectura de los conceptos

que a continuación se desarrollan. El conocimiento y entendimiento claro de esas

definiciones es muy importante para evitar confusiones o interpretaciones inadecuadas.

3.2 CONCEPTOS PRINCIPALES

1. Ambiente o Medio Ambiente: El sistema de elementos bióticos, abióticos,

socioeconómicos, culturales y estéticos que interactúan entre sí, en permanente

modificación por la acción humana o natural, y que afectan o influyen sobre las

condiciones de vida de los organismos, incluyendo al ser humano.

2. Área del Proyecto: Superficie de terreno afectada directamente por las obras o

actividades tales como el área de construcción, instalaciones, caminos, sitios de

almacenamiento, disposición de materiales y otros.

3. Área Ambientalmente Frágil: Espacio geográfico, que en función de sus condiciones de

geoaptitud, capacidad de uso del suelo o de ecosistemas que lo conforman, o bien de su

particularidad sociocultural, presenta una capacidad de carga limitada y, por tanto,

limitantes técnicas para su uso y para la realización de proyectos, obras, industrias o

cualquier otra actividad.

4. Área Protegida: Es aquella área, cualquiera fuere su categoría de manejo, definida como

tal por la Ley, para la conservación y protección de los recursos naturales y culturales,

Page 21: Manual de Evaluación y Control Ambiental

VERSIÓN FINAL 21 DE MAYO DE 2009 MANUAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

21 Definiciones Técnicas | REPUBLICA DE HONDURAS

tomando en cuenta parámetros geográficos, antropológicos, bióticos, sociales y

económicos de la misma, que justifiquen el interés general.

5. Auditoría Ambiental: Es la verificación en el sitio de una obra o actividad en operación,

por parte del SINEIA o de una entidad autorizada por éste, con el objetivo de verificar,

por medio de un procedimiento ordenado y estandarizado que dichas actividades

humanas no estén provocando daños ambientales irreversibles.

6. Bitácora Ambiental: Libro foliado, donde el Responsable Ambiental de la actividad u obra

registra el proceso de seguimiento del cumplimiento de compromisos ambientales

adquiridos, el cumplimiento de la legislación ambiental vigente, las guías de buenas

prácticas ambientales o el Código de Buenas Prácticas Ambientales.

7. Ciclo del Proyecto: Conjunto de fases o etapas que cubren el desarrollo de una actividad

humana. Siguiendo una secuencia lógica temporal, las principales fases son las

siguientes: concepción de la idea, prefactibilidad, factibilidad, diseño, construcción,

operación, así como las ampliaciones o modificaciones y, eventualmente, el cierre.

8. Código de Buenas Prácticas Ambientales de Honduras (CBPAH): Documento que

contiene el conjunto de prácticas ambientales, generales y específicas, que debe cumplir

todo Proponente, como complemento de las regulaciones ambientales vigentes en el

país y siempre que no se disponga de una guía de buenas prácticas ambientales

específica que cubra la actividad humana en cuestión. En el mismo se establecen

acciones de prevención, corrección, mitigación y compensación que deben ejecutarse a

fin de promover la protección y prevención de daños al ambiente. Este documento debe

ser tomado en consideración por los profesionales que intervienen en el proceso de

licenciamiento ambiental de los proyectos, obras o actividades de bajo impacto

ambiental, ya sea en revisiones, inspecciones, controles y seguimientos de los mismos.

Puede ser utilizado como instrumento de agilización y control ambiental de las acciones

humanas de bajo impacto/riesgo ambiental.

9. Compromisos Ambientales: conjunto de medidas ambientales que son necesarias de

aplicar para que un proyecto, obra o actividad pueda ejecutarse dentro de un marco de

equilibrio ambiental, de prevención y corrección de la contaminación. Estas medidas

adquieren un carácter obligatorio cuando se formaliza el proceso de Licencia Ambiental.

Page 22: Manual de Evaluación y Control Ambiental

VERSIÓN FINAL 21 DE MAYO DE 2009 MANUAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

22 Definiciones Técnicas | REPUBLICA DE HONDURAS

Su incumplimiento es objeto de sanción administrativa y penal, según sea el alcance de

sus efectos.

10. Daño Ambiental: Impacto ambiental negativo no previsto ni controlado, ni planificado en

un proceso de evaluación ambiental (evaluado ex-ante), producido directa o

indirectamente por un proyecto, obra, industria u otra actividad, sobre todos o cualquiera

de los componentes del ambiente que implican una alteración valorada como mínimo de

alta significancia de impacto ambiental.

11. Dictamen Técnico: Es el documento emitido por la Secretaría de Recursos Naturales y

Ambiente (SERNA) o cualquier otra entidad pública, privada, autónoma o semiautónoma,

que conforme a ley, fundamenta la aceptación o rechazo de una Licencia Ambiental

desde el punto de vista técnico tomando en consideración las normas técnicas y/o guías

de buenas prácticas ambientales. También es un dictámen técnico el emitido como parte

de un proceso de control y seguimiento.

12. Documento Final de Estudio de Impacto Ambiental: Es el documento preparado por un

Prestador de Servicios Ambientales, individual o empresa, que contiene toda la

información recopilada, analizada e interpretada para la elaboración del Estudio de

Impacto Ambiental y que se basa en los Términos de Referencia.

13. Equilibrio Ecológico: Es la relación de interdependencia entre los elementos que

conforman el ambiente que hace posible la existencia, transformación y desarrollo del ser

humano y demás seres vivos. El equilibrio ecológico entre las actividades del ser

humano y su entorno ambiental, se alcanza cuando la presión (efectos o impactos)

ejercida por el primero no supera la capacidad de carga del segundo, de forma tal que

esa acción humana logre insertarse de forma armónica con el ecosistema natural, sin

que la existencia del uno represente un peligro para la existencia del otro.

14. Estudio de Impacto Ambiental: instrumento técnico de la evaluación de impacto

ambiental, elaborado por un equipo multidisciplinario, que tiene como finalidad primordial

la realización de un análisis ambiental detallado y profundo de un proyecto, obra o

actividad de muy alto impacto o de un megaproyecto. Se incluye como parte del mismo:

la descripción del proyecto y sus alternativas valoradas, así como su marco legal, el

medio físico, biótico y social en que se pretende desarrollar, los procesos de participación

social, el diagnostico ambiental con la identificación de impactos, la valoración

Page 23: Manual de Evaluación y Control Ambiental

VERSIÓN FINAL 21 DE MAYO DE 2009 MANUAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

23 Definiciones Técnicas | REPUBLICA DE HONDURAS

estandarizada de estos, las medidas ambientales, el análisis de riesgo, el plan de

contingencia, el Plan de Gestión Ambiental para todas sus fases, su impacto económico,

cuando aplique y la síntesis de los compromisos ambientales.

15. Evaluación de Impacto Ambiental (EIA): Es el proceso de análisis que sirve para

identificar, predecir y describir los posibles impactos positivos y negativos de un proyecto

propuesto, así como proponer las medidas de mitigación para los impactos negativos y

un plan de control y seguimiento periódico.

16. Evaluación Ambiental Estratégica: proceso mediante el cual se introduce la dimensión

ambiental en la planificación estratégica y en la toma de decisiones estratégicas para el

desarrollo de una región o del país. Es un instrumento coadyuvante de la planificación

que facilita la toma de decisiones, dentro de un marco de transparencia, participación e

información.

17. Evaluación de Efectos Acumulativos: representa un análisis y evaluación sistemática de

los cambios ambientales combinados, originados por la suma de los efectos de las

acciones humanas, desarrolladas dentro de un área geográfica definida, particularmente

en una cuenca hidrográfica.

18. Formulario SINEIA F-01: Instrumento de evaluación ambiental que deben presentar, a

modo de declaración jurada, los Proponentes de los proyectos, obras o actividades

categorizados como de bajo impacto ambiental potencial. Se describe el proyecto, el

terreno en que se localizará, así como su entorno y se adquiere el compromiso de

cumplir, en todo lo que aplique, el Código de Buenas Prácticas Ambientales de

Honduras.

19. Formulario SINEIA F-02: Instrumento de evaluación ambiental que deben presentar, a

modo de declaración jurada, los Proponentes de los proyectos, obras o actividades

categorizados como de moderado y alto impacto ambiental potencial, junto con un

consultor ambiental responsable. Se describe el proyecto, el terreno en que se localizará,

así como su entorno, y se establece una evaluación de la significancia del impacto

ambiental, a partir de lo cual se establece el requerimiento o no de elaborar otro

instrumento más profundo de evaluación ambiental o la suscripción al cumplimiento de

una guía de buenas prácticas ambientales oficializada por la SERNA, según lo

establezca el procedimiento técnico del formulario.

Page 24: Manual de Evaluación y Control Ambiental

VERSIÓN FINAL 21 DE MAYO DE 2009 MANUAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

24 Definiciones Técnicas | REPUBLICA DE HONDURAS

20. Gestión Ambiental: Conjunto de operaciones técnicas y actividades gerenciales, que

tienen como objetivo asegurar que las actividades humanas operen dentro de las normas

legales y técnicas ambientales exigidas.

21. Guía Ambiental: Documento técnico que incluye un conjunto de medidas ambientales

que deben realizarse en un proyecto, obra o actividad como parte de su ciclo de

desarrollo, que se ordena según sectores, subsectores o actividades productivas. Se

divide en tres partes que pueden publicarse de forma integrada o separada, a saber: (a)

de Evaluación de Impacto Ambiental, (b) de Buenas Prácticas Ambientales y (c) para el

Control y Certificación Ambiental. Su elaboración, contenido temático, revisión,

oficialización y mejora es ordenada por la SERNA según un procedimiento técnico que

forma parte del Manual de Evaluación y Control del SINEIA.

22. Impacto Ambiental: Cualquier alteración significativa, positiva o negativa, de uno o más

de los componentes del ambiente, provocadas por acción de los seres humanos o

fenómenos naturales en un área de influencia definida.

23. Impacto Ambiental Potencial: Efecto positivo o negativo latente que podría ocasionar una

acción humana sobre el medio físico, biológico y social. Puede ser preestablecido, de

forma aproximativa, en virtud de la consideración de riesgo ambiental o bien de una

acción humana similar que ya está en operación.

24. Inicio de Ejecución en el Sitio: Comprende el momento a partir del cual una actividad

humana nueva, que ha cumplido con la obtención de una Licencia Ambiental, puede

iniciar formalmente su acción humana constructiva u operativa; y en caso de que se trate

de una actividad humana en operación pueda continuar con su accionar en el marco del

cumplimiento de compromisos ambientales para su sostenibilidad.

25. Licencia Ambiental: Es el permiso extendido por la SERNA o cualquier otra entidad

pública, privada, autónoma o semiautónoma, facultada por ley; por el cual se hace

constar que el Proponente ha cumplido en forma satisfactoria todos los pasos y

requisitos exigidos por la Ley para comenzar el desarrollo de un proyecto, obra o

actividad.

26. Manual de Evaluación y Control Ambiental: Documento técnico, emitido por la SERNA

como ente rector del SINEIA, que compila y completa el conjunto de guías metodológicas

del proceso de evaluación, control y seguimiento ambiental. Podrá ser publicado de

Page 25: Manual de Evaluación y Control Ambiental

VERSIÓN FINAL 21 DE MAYO DE 2009 MANUAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

25 Definiciones Técnicas | REPUBLICA DE HONDURAS

forma parcial, por tema o bien de forma integral incluyendo todas las fases o partes del

proceso de evolución, control y seguimiento ambiental.

27. Medidas de Prevención: son las acciones dirigidas a evitar que ocurra un impacto

ambiental negativo, identificado mediante un proceso de evaluación de impacto

ambiental. Por lo general, son medidas que implican ajustes al diseño del proyecto, de

forma tal que se incorporan como parte de la ejecución del mismo a fin de que se

mantenga dentro de un marco de equilibrio ambiental.

28. Medidas de Mitigación: Son aquellas estrategias, obras, acciones, que se realizan a fin

de atenuar el impacto negativo que tiene una actividad específica de una obra o

actividad. No neutralizan el impacto, sino que lo reducen, permitiendo que los efectos

estén dentro de las normas ambientales del país.

29. Medidas de Compensación: medidas ambientales que se aplican como una forma de

compensar un impacto ambiental negativo producido por la ejecución de un proyecto,

obra o actividad y que, por su naturaleza no era posible evitar. Estas medidas de

compensación pueden aplicarse en la misma área del proyecto o su área de influencia o

en otro lugar diferente, siempre que se justifique y se tenga el aval de la SERNA o

cualquier otra entidad pública, privada, autónoma o semiautónoma, facultada por ley

para ello. Puede ser orden biofísico o socioeconómico, o una combinación de ambas.

30. Megaproyecto: Se entiende como megaproyecto el conjunto de actividades que

impliquen el desarrollo de obras cuyos impactos directos, de índole ambiental,

económico, social y/o cultural sean de gran alcance, ya sea para la comunidad en que

se desarrolla como para el país. Una característica de los megaproyectos es que se

constituyen de componentes cuyas dimensiones son similares a las de acciones

humanas que el proceso de EIA tramita de forma individual, pero que dada su magnitud

y su correlación son un megaproyecto y no un conjunto de proyectos aislados. Se

incluyen como parte de esta categoría actividades tales como generación hidroeléctrica,

explotación minera metálica, explotación petrolera y grandes obras de infraestructura,

entre otras. Por su naturaleza los megaproyectos pueden ser separados por la SERNA

como de tipo estratégico (de implicancia a nivel nacional) o no (de implicancia a nivel

local o comunitario).

Page 26: Manual de Evaluación y Control Ambiental

VERSIÓN FINAL 21 DE MAYO DE 2009 MANUAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

26 Definiciones Técnicas | REPUBLICA DE HONDURAS

31. Monto Inversión: representa la cantidad total de inversión económica que debe realizarse

para ejecutar el proyecto, obra o actividad, incluyendo como parte del mismo el costo del

terreno. Se establecerá el monto en la moneda nacional de Honduras.

32. Normas Técnicas: Son los valores numéricos de un parámetro físico, químico o biológico,

el cual, sí se encuentra fuera de los límites establecidos, causará daños a la salud

humana, a los ecosistemas o al patrimonio histórico-cultural. Las normas serán

específicas dependiendo del uso que se le quiera dar al recurso.

33. Plan de Gestión, Manejo o Mejoramiento Ambiental: Conjunto de operaciones técnicas y

acciones propuestas, que tienen como objetivo asegurar la operación de una actividad

humana, dentro de las normas legales, técnicas y ambientales para prevenir, corregir o

mitigar los impactos o riesgos ambientales negativos y asegurar la mejora continua y la

compatibilidad con el ambiente. Será parte integral de los instrumentos de evaluación

ambiental, a fin de organizar las medidas ambientales y los compromisos que implican.

En determinados casos de la evaluación ambiental de proyectos, obras o actividades de

moderado impacto podrían ser solicitados como complemento de la evaluación

ambiental inicial.

34. Prestadores de Servicios Ambientales: Son los consultores individuales, empresas

consultoras y laboratorios de análisis debidamente acreditados y/o certificados, que

efectúan actividades o trabajos en el campo de la evaluación o control ambiental, que

deban ser presentados ante la SERNA.

35. Proponente: Es aquella persona natural o jurídica que desarrollará un proyecto, obra o

actividad y que solicita la Licencia Ambiental a la SERNA o cualquier otra entidad

pública, privada, autónoma o semiautónoma, facultada por ley para ello.

36. Resolución: Decisión que toma la SERNA o cualquier otra entidad pública, privada,

autónoma o semiautónoma, facultada por ley para ello, donde se da por concluido el

procedimiento donde al inicio una persona, natural o jurídica, solicita una Licencia

Ambiental. La SERNA o cualquier otra entidad pública, privada, autónoma o

semiautónoma, facultada por ley para ello; otorga o no la licencia de conformidad con la

Ley y se obliga al titular de la Licencia Ambiental, a cumplir con las medidas de

mitigación que allí se establecen.

Page 27: Manual de Evaluación y Control Ambiental

VERSIÓN FINAL 21 DE MAYO DE 2009 MANUAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

27 Definiciones Técnicas | REPUBLICA DE HONDURAS

37. Responsable Ambiental: Es la persona natural o jurídica, que se encuentra inscrito en el

Registro de Prestadores de Servicios Ambientales, contratado por el Proponente, con el

fin de velar por el cumplimiento de los compromisos ambientales adquiridos para la

actividad, obra o proyecto, el Código de Buenas Prácticas Ambientales de Honduras y/o

las Guías de Buenas Prácticas Ambientales Específicas, en aquellos aspectos que le

apliquen, y la legislación vigente. Tiene la obligación de informar oficialmente a la

Autoridad Ambiental los resultados del seguimiento y control conforme a lo establecido

en este reglamento. En los casos que durante el diseño del proyecto, obra o actividad se

haya trabajado con un consultor ambiental inscrito en el Registro de Prestadores de

Servicios Ambientales, se recomienda que sea él mismo el contratado como

Responsable Ambiental, en tanto velará por el cumplimiento de los compromisos

adquiridos por él y por el Proponente en la etapa de diseño y obtención de la Licencia

Ambiental.

38. Seguimiento y Control: Es el conjunto de acciones realizadas por la SERNA o cualquier

otra entidad pública, privada, autónoma o semiautónoma, facultada por ley para ello,

durante la ejecución y/o la operación de un proyecto para asegurar que los compromisos

ambientales establecidos en el proceso de obtención de la Licencia Ambiental se están

llevando a la práctica, verificando asimismo que no han aparecido nuevos impactos du-

rante el tiempo que el proyecto ha estado en operación.

39. Seguro Ambiental o Fondo de Garantía: monto mediante el cual el Proponente asegurará

las actividades de su obra o actividad ante cualquier eventualidad que pueda causar un

daño al ambiente.

40. Significancia del Impacto Ambiental: Consiste en la valoración cualitativa de un impacto

ambiental dado, en el contexto de un proceso de armonización de criterios, tales como el

marco regulatorio ambiental vigente, la finalidad de uso planeado para el área o factor

ambiental en consideración, su condición de fragilidad ambiental, el potencial grado de

controversia pública que pudiera darse y la relación de parámetros ambientales de la

acción humana causante del efecto ambiental.

41. Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (SINEIA): Conjunto armónico de

elementos institucionales, naturales o jurídicos, normas y regulaciones técnicas y legales

que determinen las relaciones entre cada uno de los componentes y aspectos necesarios

para realizar el proceso de Evaluación de Impacto Ambiental de Políticas económico-

Page 28: Manual de Evaluación y Control Ambiental

VERSIÓN FINAL 21 DE MAYO DE 2009 MANUAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

28 Definiciones Técnicas | REPUBLICA DE HONDURAS

sociales, iniciativas de inversión pública o privadas y de actividades económicas es-

tablecidas susceptibles de afectar el ambiente.

42. Tabla de Categorización Ambiental: Es la enumeración y clasificación ordenada de

proyectos, obras, industrias o cualquier otra actividad de acuerdo al impacto ambiental

potencial o bien riesgo ambiental y/o a la introducción de modificaciones nocivas o

notorias al paisaje y a los recursos culturales del patrimonio nacional. Para su

elaboración se toma como referencia, una estandarización basada en la Clasificación

Industrial Internacional Uniforme de Todas las Actividades Económicas (CIIU). Es, en

consideración de esta categorización y en cumplimiento del principio de proporcionalidad,

que se aplican los diferentes instrumentos de evaluación, control y seguimiento

ambiental.

43. Términos de Referencia: Es el documento elaborado por la DECA en el que se dan todas

las referencias y antecedentes pertinentes del proyecto categoría 4, determinándose en

forma clara y específica aquellas actividades que tendrán que ser realizadas por el

Proponente para elaborar a satisfacción el Estudio de Impatco Ambiental

44. Titular: Persona natural o jurídica a quien se le ha otorgado una Licencia Ambiental.

45. Unidad de Gestión Ambiental (UGA): órgano técnico que opera dentro de las Secretaría

y de otras instituciones del Poder Ejecutivo que cumple funciones de coadyuvancia

técnica con la SERNA en el marco del SINEIA, así otras funciones de gestión ambiental

a lo interno de su organización, incluyendo temas en el evaluación ambiental estratégica.

Page 29: Manual de Evaluación y Control Ambiental

VERSIÓN FINAL 21 DE MAYO DE 2009 MANUAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

29 Marco Legal e Institucional | REPUBLICA DE HONDURAS

4. Marco Legal e Institucional

4.1 INTRODUCCIÓN

El presente Manual se inserta dentro de un marco legal e institucional vigente, el cual

ordena, regula y delimita el campo de acciones posibles en los procesos de evaluación y

control del impacto ambiental de los proyectos y actividades que se llevan a cabo en territorio

hondureño.

En este marco legal e institucional la norma que da vida en términos generales al

Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental es la Ley General del Ambiente y en

ella se establece también la potestad de la Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente

para crear y mantener el funcionamiento de dicho Sistema. Consiguientemente, en el

Reglamento General de la Ley del Ambiente se establece que la Dirección General de

Evaluación y Control Ambiental es la encargada de diseñar, proponer y manejar dicho

Sistema, al igual que lo establece el Reglamento de Competencias del Poder Ejecutivo

(1997).

De esta forma, la SERNA, a través de la Dirección General de Evaluación y Control

Ambiental, crea el Reglamento del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental

con el fin de dar existencia legal, ordenar y mantener vigente el Sistema. En este contexto, el

presente Manual es una herramienta que permite dar una mirada más técnica y práctica

dicho Sistema

4.2. LEGISLACIÓN

Existe una gran variedad y cantidad de normas legales vigentes en Honduras que de

forma directa o indirecta inciden en los procesos de evaluación y control ambiental. Sin

embargo, la Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente realizó el año 2008 un primer

esfuerzo por compilar y ordenar la legislación ambiental y otras normas legales afines que se

Page 30: Manual de Evaluación y Control Ambiental

VERSIÓN FINAL 21 DE MAYO DE 2009 MANUAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

30 Marco Legal e Institucional | REPUBLICA DE HONDURAS

vinculan con los diferentes temas relacionados con el proceso de evaluación y control del

impacto ambiental.

Este trabajo fue llevado a cabo por el Dr. Mario Vallejo Larios con apoyo de la UICN y

USAID/MIRA y consta de dos instrumentos a) “Normas Legales que regulan aspectos

relacionados con Evaluación de Impactos Ambientales”. Este es una revisión de las leyes,

reglamentos –generales y especiales- normas técnicas y otros actos administrativos, los

cuales fueron divididos en temas específicos: Agua, Suelo, Energía Biotopos, Aire, Residuos

Líquidos, Residuos Sólidos, Residuos Peligrosos, Vialidad, Recursos Arqueológicos,

Aspectos Laborales, Manejo de Sustancias Peligrosas y Normas Legales Aplicables a todos

los sectores; b) Compendio Aplicado: Legislación con Enfoque Ambiente y Comercio, que

contiene los textos completos de las principales normas legales.

En el Documento 1 del Anexo al presente Manual se presenta un resumen del

instrumento “Normas Legales que regulan aspectos relacionados con Evaluación de

Impactos Ambientales”. Éste está ordenado por tema en una tabla donde se menciona la ley,

reglamento, norma técnica u otro acto administrativo al que se refiere con su nombre, tipo y

fecha de publicación en el Diario Oficial La Gaceta y en el portal electrónico de la SERNA

(www.serna.gob.hn) se puede encontrar el Compendio Aplicado completo.

4.3 ORGANIZACIÓN PARA LA EIA

En el Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental intervienen un conjunto

de entidades públicas y privadas, que en el marco de un esquema de máxima coordinación y

simplificación administrativa, trabajan de forma simultánea y recíproca dentro de una

estructura jerárquica cuya rectoría es ejercida por la Secretaría de Recursos Naturales y

Ambiente.

En este Sistema, y por tanto en los procesos de evaluación y control ambiental,

intervienen de forma directa las siguientes entidades:

a. La Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente, a través de la Dirección

General de Evaluación y Control Ambiental y otras direcciones e instancias con

responsabilidades ambientales.

Page 31: Manual de Evaluación y Control Ambiental

VERSIÓN FINAL 21 DE MAYO DE 2009 MANUAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

31 Marco Legal e Institucional | REPUBLICA DE HONDURAS

b. El Proponente y los proyectos, los cuales constituyen el punto de inicio de los

procesos de evaluación y control ambiental.

c. Prestadores de Servicios Ambientales inscritos en el Registro de Prestadores de

Servicios Ambientales que se encuentra en la Secretaría de Recursos Naturales

y Ambiente.

d. Las municipalidades en su jurisdicción, a través de su respectiva Unidad

Municipal Ambiental.

e. Las demás instituciones de la administración pública, central o descentralizadas,

a través de sus Unidades de Gestión Ambiental, o en caso de no tenerla, la

unidad afín al tema.

Adicionalmente son parte de este Sistema, como entidades de apoyo al mismo:

a. Las organizaciones no gubernamentales y el público en general, las cuales están

llamadas a apoyar desde la participación pública y ciudadana el desarrollo

sustentable de Honduras, siendo un apoyo en la evaluación y control del impacto

ambiental.

b. El Comité Técnico Asesor, el cual está definido como un Comité asesor y de

consulta para casos conflictivos que por su magnitud afecten el interés nacional.

c. Otras entidades especializadas según temática, tales como centros de educación

superior, laboratorios e instituciones de investigación y desarrollo de las ciencias

ambientales.

d. Cualquier otra entidad pública o privada relacionada a la temática según la Ley y

reglamentos.

El detalle de las atribuciones y responsabilidades de estos órganos del Sistema

Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental se encuentran establecidos en el Reglamento

del SINEIA, en el Capítulo III “Del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental”.

Page 32: Manual de Evaluación y Control Ambiental

VERSIÓN FINAL 21 DE MAYO DE 2009 MANUAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

32 Proceso de Evaluación de Impacto Ambiental para Proyectos Nuevos Categorías 1, 2 y 3

| REPUBLICA DE HONDURAS

5. Proceso de Evaluación de Impacto Ambiental para Proyectos Nuevos Categorías 1, 2 y 3

5.1. INTRODUCCIÓN

Según lo establecido en la Ley General del Ambiente todo proyecto, obra o actividad

susceptible de degradar o contaminar el ambiente debe obtener una Licencia Ambiental para

ser llevado a cabo. A este trámite o proceso por el cual se evalúa el alcance de los impactos

que en el ambiente tendrá un proyecto, obra o actividad se le denomina evaluación del

impacto ambiental de un proyecto.

En virtud del grado de impacto que el proyecto generará se divide a los proyectos en

categorías, las cuales están definidas en la Tabla de Categorización Ambiental (herramienta

que se encuentra explicada en la Sección 5.2 del presente Manual).

De este modo, los proyectos, obras o actividades que según la Tabla de

Categorización de Honduras están dentro de las categorías 1, 2 y 3 siguen un mismo

proceso de obtención de Licencia Ambiental, existiendo diferencias en relación a las

herramientas que se utilizan, pero siendo el mismo trámite o proceso de fondo. A

continuación se explicita dicho proceso de manera detallada.

En términos generales este proceso comprende los siguientes pasos:

a. La categorización del proyecto, obra o actividad por medio de la Tabla de

Categorización Ambiental. Esta categorización es llevada a cabo por el

Proponente o el Prestador de Servicios Ambientales del proyecto y con ello se

obtiene la categoría a la cual pertenece el proyecto y según esa clasificación se

utilizan los instrumentos de valoración del impacto ambiental inicial

correspondientes. En la etapa de revisión (punto f.) por parte de la autoridad

técnica, se corroborará que esta categorización sea la correcta.

Page 33: Manual de Evaluación y Control Ambiental

VERSIÓN FINAL 21 DE MAYO DE 2009 MANUAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

33 Proceso de Evaluación de Impacto Ambiental para Proyectos Nuevos Categorías 1, 2 y 3

| REPUBLICA DE HONDURAS

b. Evaluación Ambiental Inicial y valoración de la significancia del impacto ambiental

mediante los instrumentos que corresponden según la categoría del proyecto,

obra o actividad. Esta evaluación se lleva a cabo, para la Categoría 1 con el

Formulario SINEIA F-01; y para las categorías 2 y 3 con el Formulario SINEIA F-

02. Estos formularios deben ser entregados, junto con los demás requisitos, para

dar inicio a la tramitación de la Licencia Ambiental.

c. Pago de la Tarifa por Expedición de la Licencia Ambiental de acuerdo al monto

del proyecto, obra o actividad a realizar. Este pago se lleva a cabo en la

Tesorería General de la República y el comprobante del recibo oficial de pago

debe adjuntarse a los demás requisitos a la hora de iniciar el trámite de Licencia

Ambiental. El mondo a ser cancelado por este concepto se corresponde con la

Tabla de Tarifa de Expedición de la Licencia Ambiental que la SERNA publicará

de forma digital y en papel para este efecto.

d. Publicación en un diario de cobertura local y/o nacional de un aviso con la

intención de realizar el proyecto, su giro, la ubicación del mismo y la intención de

solicitar una Licencia Ambiental.

e. Presentación de una Solicitud de Licencia Ambiental a la Secretaría de Estado en

los Despachos de Recursos Naturales y Ambiente (SERNA) o cualquier otra

entidad pública, autónoma o semiautónoma, facultada por ley para ello,

acompañado de los instrumentos de evaluación del impacto ambiental inicial

definidos en el numeral b, la acreditación del pago por la evaluación de impacto

ambiental, la publicación establecida en el numeral d; además de los requisitos

legales y técnicos definidos para cada categoría de proyecto.

f. Revisión de los documentos e instrumentos de evaluación ambiental solicitados,

por parte de la autoridad ante la cual se ha presentado la solicitud. Esta revisión

tiene tiempos máximos establecidos en los artículos 32.- al 35.- del Reglamento

del SINEIA, según la categoría del proyecto, obra o actividad.

g. La autoridad que ha recibido la solicitud de licencia, luego de efectuar la revisión

de la misma decide si se otorga o no la Licencia Ambiental al proyecto, obra o

actividad y establece cuáles serán las condiciones de la misma (tales como

vigencia, medidas de mitigación o plan de gestión, etc..).

Page 34: Manual de Evaluación y Control Ambiental

VERSIÓN FINAL 21 DE MAYO DE 2009 MANUAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

34 Proceso de Evaluación de Impacto Ambiental para Proyectos Nuevos Categorías 1, 2 y 3

| REPUBLICA DE HONDURAS

El proceso de Evaluación de Impacto Ambiental para los proyectos de Categoría 4 se

explicita en la Sección 6 de este Manual.

5.2. TABLA DE CATEGORIZACIÓN AMBIENTAL

Una de las herramientas fundamentales del SINEIA es la Tabla de Categorización

Ambiental, la cual fue actualizada en el mes de marzo del año 2009, de forma tal de cumplir

de manera más completa con su objetivo fundamental: identificar las actividades, obras o

proyectos sujetos al proceso de evaluación de impacto ambiental, así como de categorizarlos

o clasificarlos según su impacto ambiental potencial. También cumple la función de servir de

base técnica para establecer la categoría de riesgo ambiental de las actividades, obras o

proyectos que se encuentran en operación, a fin de orientar tanto en el proceso de trámite de

una Licencia Ambiental como en el posterior control y seguimiento de las obras en actividad.

En el Documento 2 del Anexo del presente Manual se encuentra el Acuerdo

Ministerial que contiene dicha Tabla de Categorización, en donde se establecen los

fundamentos de la misma y se incluye la misma en su totalidad.

De acuerdo con el Reglamento del SINEIA, los proyectos, obras o actividades se

ordenan de forma taxativa en una Tabla de Categorización Ambiental que toma como

referencia el Estándar Internacional del Sistema CIIU, Código Internacional Industrial

Uniforme de todas las actividades productivas. Con ello, se mantiene un sistema

estandarizado que facilita la información a los usuarios del sistema, los orienta sobre los

procedimientos de evaluación ambiental a seguir, permite una mejor coordinación con otras

autoridades del Estado y hace posible un mejor y más efectivo control estadístico de los

procesos de gestión.

El Reglamentodel SINEIA señala que para el caso de los proyectos, obras o

actividades que no aparezcan en la Tabla de Categorización, la SERNA podrá decidir la

categoría a la cual debe pertenecer, previa consulta formal por parte del interesado. En este

caso se deberá presentar una solicitud por escrito a la SERNA, describiendo el proyecto,

obra o actividad que se pretende desarrollar.

La explicación sobre los tipos de categorías que se establecen en dicho Acuerdo de

la Tabla de Categorización se presenta en la Tabla No. 1.

Page 35: Manual de Evaluación y Control Ambiental

VERSIÓN FINAL 21 DE MAYO DE 2009 MANUAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

35 Proceso de Evaluación de Impacto Ambiental para Proyectos Nuevos Categorías 1, 2 y 3

| REPUBLICA DE HONDURAS

En el Reglamento del SINEIA se indica que todos aquellos proyectos, obras o

actividades que por su naturaleza, estén por debajo de los de categoría 1, se califican como

de muy bajo impacto ambiental o riesgo ambiental. Como tales, no estarán sujetos a cumplir

trámite de Licencia Ambiental, no obstante, estarán sometidos a cumplir la legislación

ambiental vigente y, además, en todo lo que aplique, el Código de Buenas Prácticas

Ambientales de Honduras (ver adelante).

Page 36: Manual de Evaluación y Control Ambiental

VERSIÓN FINAL 21 DE MAYO DE 2009 MANUAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

36 Proceso de Evaluación de Impacto Ambiental para Proyectos Nuevos Categorías 1, 2 y 3

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Tabla No 1 Resumen de las categorías de proyectos, obras o actividades según la Tabla de

Categorización

CATEGORÍA EXPLICACIÓN Categorización

ambiental Las actividades, obras o proyectos se ordenan en cuatro diferentes categorías (1, 2, 3, y 4) tomando en cuenta los factores o condiciones que resultan pertinentes en función de sus dimensiones, características conocidas de actividades en operación, naturaleza de las acciones que desarrolla, sus impactos ambientales potenciales o su riesgo ambiental.

Categoría 1 Las actividades, obras o proyectos de Categoría 1, corresponden con aquellas actividades humanas calificadas como de Bajo Impacto Ambiental Potencial o Bajo Riesgo Ambiental.

Categoría 2 Las actividades, obras o proyectos de Categoría 2 corresponden con aquellas actividades humanas calificadas como de Moderado – Bajo Impacto Ambiental Potencial o Riesgo Ambiental.

Categoría 3 Las actividades, obras o proyectos de Categoría 3 corresponden con aquellas actividades humanas calificadas como de Moderado – Alto Impacto Ambiental Potencial o Riesgo Ambiental.

Categoría 4 La Categoría 4, corresponde con aquellas actividades humanas calificadas como de Alto Impacto Ambiental Potencial o Alto Riesgo Ambiental.

Los megaproyectos, definidos como los proyectos de gran envergadura, y que tienen alcance nacional, incluyen como de esta categoría. La identificación de una actividad de Categoría 4 como un Megaproyecto se realiza en primera instancia a través de la Tabla de Categorización y su verificación es responsabilidad de la Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente por medio de la Dirección de Evaluación y Control Ambiental. Como parte de esta identificación se indicará si se trata de un Megaproyecto de carácter estratégico o no.

Fuente: Acuerdo de la Tabla de Categorización.

Tal y como señala el Reglamento del SINEIA, parte de la Tabla de Categorización

Ambiental incluye una Lista de Áreas Ambientalmente Frágiles, donde se establecen las

áreas del territorio nacional, que por su naturaleza o bien por su condición de administración

especial, se consideran como sensibles desde el punto de vista ambiental y por tanto, de

consideración especial, en el caso de que haya intenciones de desarrollar actividades, obras

o proyectos en las mismas.

Page 37: Manual de Evaluación y Control Ambiental

VERSIÓN FINAL 21 DE MAYO DE 2009 MANUAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

37 Proceso de Evaluación de Impacto Ambiental para Proyectos Nuevos Categorías 1, 2 y 3

| REPUBLICA DE HONDURAS

5.3 FORMULARIOS AMBIENTALES

5.3.1 Finalidad de los Formularios Ambientales

Tal y como se explicó en el Capítulo 1 de este Manual, una vez realizado el

proceso de tamizado (“screening”), es decir, de establecer si una determinada actividad,

obra o proyecto requiere de realizar el trámite de EIA, y en caso de que, según la Tabla

de Categorización, si requiera de hacerlo, se debe pasar a la siguiente fase de la

denominada evaluación ambiental inicial. Esta fase se denomina selección (“scoping”).

Como también se mencionó, el objetivo fundamental de esta fase es el determinar

si la actividad, obra o proyecto en cuestión va a generar impactos ambientales de tipo

significativo, es decir, impactos que por su dimensión y naturaleza requieren ser

revisados con más cuidado, ya que de no atenderse se pueden convertir en un daño al

ambiente.

Para realizar este proceso se hace necesario conocer la naturaleza de la actividad,

obra o proyecto que se propone ejecutar, así como las condiciones básicas del terreno

donde se va a localizar. La autoridad ambiental obtiene esta información por medio de un

Formulario Ambiental.

Como se mencionó previamente, en Honduras, en correspondencia con las

categorías ambientales definidas (ver Tabla No 1), se han definido dos formularios

ambientales, designados como Formulario SINEIA F-01 y Formulario SINEIA F-02. El

primero es para los proyectos de bajo impacto (Categoría 1) y el segundo para los

proyectos de moderado impacto (categorías 2 y 3).

Page 38: Manual de Evaluación y Control Ambiental

VERSIÓN FINAL 21 DE MAYO DE 2009 MANUAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

38 Proceso de Evaluación de Impacto Ambiental para Proyectos Nuevos Categorías 1, 2 y 3

| REPUBLICA DE HONDURAS

5.3.2 Formulario SINEIA F-01

Este formulario ambiental tiene como fin la realización de la evaluación de impacto

ambiental de las actividades, obras o proyectos de Categoría 1, es decir, de aquellos

definidos por la Tabla de Categorización como de bajo impacto ambiental potencial o de

riesgo ambiental.

El formulario que debe ser llenado por el titular o su representante legal, tiene

como fin presentar las características de la actividad, obra o proyecto que se desea

desarrollar, así como las condiciones ambientales básicas del sitio donde se situará.

Aparte de eso, al formulario se deben adjuntar los documentos técnicos y legales básicos

necesarios para completar la evaluación de impacto ambiental.

En el Documento 3 del Anexo al presente Manual se presenta el Formulario

SINEIA F-01 y su respectivo instructivo de llenado.

La finalidad primordial de este formulario es que el titular aporte, a fe de juramento,

la información básica a la autoridad de la SERNA o la autoridad habilitada por la ley para

ello, a fin de que se pueda realizar una evaluación ambiental y tomar una decisión

respecto a si se otorga o no la Licencia Ambiental correspondiente.

El formulario ambiental es también una declaración jurada del titular de la

actividad, obra o proyecto de cumplir con las condiciones y lineamientos que le apliquen,

según lo establecido en el Código de Buenas Prácticas Ambientales de Honduras (ver

adelante).

El procedimiento de revisión del Formulario SINEIA F-01 puede implicar, a juicio

de la autoridad encargada de su revisión, una inspección al sitio del proyecto, obra o

actividad.

En caso de requerirlo, el titular de un proyecto, obra o actividad puede contar el

apoyo de un Prestador de Servicios Ambientales para llenar el Formulario SINEIA F–01.

No obstante, en este caso, dicho Prestador de Servicios Ambientales no está obligado a

firmar dicho formulario.

El formulario puede ser llenado a mano, con máquina de escribir, o con el uso de

una computadora.

Page 39: Manual de Evaluación y Control Ambiental

VERSIÓN FINAL 21 DE MAYO DE 2009 MANUAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

39 Proceso de Evaluación de Impacto Ambiental para Proyectos Nuevos Categorías 1, 2 y 3

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5.3.3 Formulario SINEIA F-02

El Formulario SINEIA F–02 es un instrumento de evaluación ambiental que debe

ser presentado ante la SERNA por el representante legal de el o los titulares de los

proyectos, obras o actividades de moderado impacto ambiental potencial o riesgo

ambiental, es decir, las categorías 2 y 3 de la Tabla de Categorización.

Este formulario es un instrumento de autoevaluación ambiental por medio del cual,

el titular, con el apoyo de un Prestador de Servicios Ambientales, bajo fe de juramento y

en respeto de la Cláusula de Responsabilidad Ambiental, realizan una descripción del

proyecto, el área o terreno en donde se localizará y valoran la significancia de los

impactos ambientales que se van a producir.

El Formulario SINEIA F – 02, cuyo formato digital será suministrado por la SERNA,

se llena en una hoja electrónica con la ayuda de una computadora. De acuerdo a los

casos que se deben seleccionar en función de las características del proyecto, obra o

actividad a desarrollar, el Prestador de Servicios Ambientales responsable técnico de su

llenado, seleccionará el caso que más se apegue a la realidad del proyecto y con la ayuda

del formulario irá obteniendo una calificación de la significancia del impacto ambiental del

mismo.

El Formulario SINEIA F-02 y su respectivo instructivo de llenado se encuentran en

el Documento 4 del Anexo a este Manual. Tal y como explica en el instructivo de

llenado del formulario y formulario mismo, el caso que se debe seleccionar es para la

situación más crítica que pueda presentar el proyecto, ya sea en construcción o bien en

operación.

Por medio del llenado del formulario, el valor de la sumatoria de la significancia de

impacto ambiental se pasa por dos filtros que puedan hacer que ese número se

incremente, se reduzca o bien se mantenga igual.

En el primer filtro puede inducir a que el titular se suscriba al cumplimiento de una

guía de buenas prácticas ambientales, tanto para la construcción como para la operación

Page 40: Manual de Evaluación y Control Ambiental

VERSIÓN FINAL 21 DE MAYO DE 2009 MANUAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

40 Proceso de Evaluación de Impacto Ambiental para Proyectos Nuevos Categorías 1, 2 y 3

| REPUBLICA DE HONDURAS

(ver adelante). En el segundo filtro, la calificación depende de la condición ambiental del

terreno donde se pretende localizar el proyecto, obra o actividad.

Como producto final del llenado del formulario se obtiene un puntaje de

significancia de impacto ambiental. Dependiendo del valor y de si se cuenta con una Guía

de Buenas Prácticas Ambientales correspondiente al rubro del proyecto, deberá

presentarse un Plan de Gestión Ambiental (PGA) de conformidad con lo que se explica en

este Manual (ver adelante).

5.4 CÓDIGO DE BUENAS PRÁCTICAS AMBIENTALES DE HONDURAS

El Código de Buenas Prácticas Ambientales de Honduras, abreviado como

CBPAH, tiene como objetivo fundamental servir de guía y orientación respecto a políticas,

procedimientos y normas ambientales permitiendo planificar, diseñar, y desarrollar

proyectos, obras o actividades productivas de bajo o muy bajo impacto ambiental

(Categoría 1 o incluso de menor dimensión) con un enfoque de gestión ambiental

proactiva.

El CBPAH sintetiza las políticas ambientales que deben orientar el accionar

básico de cualquier proyecto, obra o actividad productiva de bajo impacto ambiental. Si

bien, en algunos casos, dichas actividades, obras o proyectos se desarrollan tomando en

cuenta guías técnicas basadas en aspectos ingenieriles, no obstante, muchas veces los

mismos no incluyen ni consideran la integración de la variable ambiental como parte de su

ejecución.

El Código de Buenas Prácticas Ambientales, en su versión para Honduras, ha

utilizado como base para su desarrollo el documento de nombre homónimo promovido por

la Comisión Centroamericana de Ambiente y Desarrollo (CCAD), dentro del marco de un

programa regional de modernización de los sistemas de gestión ambiental.

El Código en mención, y la serie de lineamientos ambientales que contiene,

promueve la integración de la variable ambiental como parte de la planificación y diseño

de los proyectos, obras y actividades. Es así un complemento de la legislación vigente

sobre la materia, ayudando a que los proyectos, obras o actividades se diseñen y operen

Page 41: Manual de Evaluación y Control Ambiental

VERSIÓN FINAL 21 DE MAYO DE 2009 MANUAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

41 Proceso de Evaluación de Impacto Ambiental para Proyectos Nuevos Categorías 1, 2 y 3

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de una forma armonizada y equilibrada con el medio ambiente, conforme a los principios

del desarrollo sostenible y el mandato constitucional de garantizar (para las actuales y

futuras generaciones) un ambiente sano y ecológicamente equilibrado.

El CBPA, contiene lineamientos en los siguientes temas:

- Política Ambiental General: Compromisos y Aplicaciones

- Política Ambiental para el Uso Racional de Recursos

- Política Ambiental sobre la Operación de la actividad, obra o proyecto

- Política Ambiental sobre la Protección del Patrimonio Cultural

(Arqueológico y otros componentes)

- Política Ambiental sobre la Gestión Social del Proyecto

- Política Ambiental sobre la Gestión del Paisaje

- Política Ambiental sobre la Afectación de los Ecosistemas y sus Tipos

(Biotopos)

- Política Ambiental para la Prevención de Daños por Procesos Erosivos,

Amenazas o Antropogénicas

- Política Ambiental sobre Emisiones y Efectos al Aire

- Política Ambiental sobre el Manejo de Desechos Sólidos

- Política Ambiental sobre el Manejo de Aguas Residuales

- Política Ambiental sobre el Uso de Productos Peligrosos

La aplicación de CBPAH se fundamenta en el desarrollo de acciones de

autorregulación y sobre la base de la aplicación del principio de responsabilidad ambiental

compartida, es decir, que considera que la responsabilidad del cuidado y protección del

ambiente es de todos y no solo de las autoridades. Así, el Proponente de un proyecto de

bajo impacto ambiental, en consideración de lo anterior, debe velar porque las medidas

ambientales que incluye el CBPAH y que apliquen para su actividad, obra o proyecto, se

cumplan y así prevenga la afectación del ambiente.

Las diversas autoridades gubernamentales, incluyendo las alcaldías, que tienen

relación con los permisos y autorizaciones, de las actividades, obras o proyectos de la

Page 42: Manual de Evaluación y Control Ambiental

VERSIÓN FINAL 21 DE MAYO DE 2009 MANUAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

42 Proceso de Evaluación de Impacto Ambiental para Proyectos Nuevos Categorías 1, 2 y 3

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Categoría 1, deben velar porque se cumplan los lineamientos del CBPAH como parte de

su gestión, y a fin de evitar eventuales daños al ambiente.

El CBPA corresponde con el Documento 5 del Anexo del presente Manual. Su

lectura, comprensión y manejo es importante para todos aquellos relacionados con el

tema de gestión ambiental, tanto a nivel de autoridades públicas como privadas.

El CBPAH, al igual que todo el Manual de Evaluación y Control Ambiental, está

sujeto a proceso de mejora continua.

5.5 PLANES DE GESTIÓN AMBIENTAL

El Plan de Gestión Ambiental (PGA), también llamado como Plan de Manejo o

Mejoramiento Ambiental se define como el “conjunto de operaciones técnicas y acciones

propuestas, que tienen como objetivo asegurar la operación de una actividad humana,

dentro de las normas legales, técnicas y ambientales para prevenir, corregir o mitigar los

impactos o riesgos ambientales negativos y asegurar la mejora continua y la

compatibilidad con el ambiente”.

El Plan de Gestión, Manejo o Mejoramiento Ambiental, es un instrumento que

sintetiza el proceso de evaluación ambiental realizado y en que se incluyen las medidas

ambientales o de mitigación y otras características vinculadas a la aplicación o desarrollo

del proyecto, obra o actividad.

En términos de evaluación de impacto ambiental el Plan de Gestión Ambiental es

un instrumento de la EIA que complementa y amplía la información presentada en el

Formulario SINEIA F-02. Estos Planes de Gestión serán de presentación obligatoria para

aquellos proyectos, obras o actividades que no cuenten con una Guía de Buenas

Prácticas Ambientales para su rubro.

Los temas a incluir en el Plan de Gestión Ambiental, son los siguientes:

a. Tema ambiental de referencia, conforme a los temas contenidos en la Tabla de

Temas incorporada al final del presente Anexo y que apliquen para el caso, por

ejemplo: aire, agua, suelo, etc.

Page 43: Manual de Evaluación y Control Ambiental

VERSIÓN FINAL 21 DE MAYO DE 2009 MANUAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

43 Proceso de Evaluación de Impacto Ambiental para Proyectos Nuevos Categorías 1, 2 y 3

| REPUBLICA DE HONDURAS

b. Aspecto ambiental vinculado; por ejemplo: emisiones, vertidos, consumo de agua,

uso del suelo, manejo de sustancias peligrosas, generación de residuos, cercanía

a poblaciones, etc.

c. Impacto Ambiental identificado, según el aspecto ambiental, por ejemplo:

contaminación del aire por emisiones de fuentes fijas, contaminación del agua

superficial o subterránea por hidrocarburos, etc.

d. Resultado de la valoración del impacto ambiental, por ejemplo: impacto muy alto,

alto, moderado, bajo o muy bajo.

e. Marco jurídico de referencia, sintetizando el marco jurídico principal que norma el

aspecto e impacto ambiental en cuestión, ya sea ley, reglamento o en su defecto

guía ambiental sectorial aplicable.

f. Estándar o lineamiento ambiental a cumplir según el marco jurídico vigente o en su

defecto, el parámetro de desempeño a cumplir en caso de ausencia de marco

jurídico y basado en lo indicado en el Paso 2.

g. Medidas ambientales a cumplir y que se anexan al Plan de Gestión Ambiental,

ordenados respecto al factor o tema ambiental de referencia.

h. Plazo para la implementación de las medidas ambientales.

i. Recursos humanos y financieros necesarios para la implementación de las

medidas ambientales; señalando el costo de la inversión que se debe realizar para

cumplir con las medidas ambientales.

j. Responsable de la aplicación, por parte de la organización, del correspondiente de

las medidas ambientales, y

k. Síntesis del compromiso ambiental a que se obligará el proyecto, obra o actividad,

el plazo y la forma en que los efectuará a fin de atender su situación ambiental y

mejorar su desempeño ambiental, para el correspondiente factor o tema ambiental

de referencia.

Se recomienda adjuntar al Plan de Gestión Ambiental una Tabla Resumen del

PGA, elaborada por el Prestador de Servicios Ambientales. Dicha Tabla Resumen es un

instrumento de síntesis que permite de manera rápida, gráfica y simple revisar la

Evaluación de Impacto Ambiental del proyecto, obra o actividad y las medidas de

Page 44: Manual de Evaluación y Control Ambiental

VERSIÓN FINAL 21 DE MAYO DE 2009 MANUAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

44 Proceso de Evaluación de Impacto Ambiental para Proyectos Nuevos Categorías 1, 2 y 3

| REPUBLICA DE HONDURAS

mitigación que se tomarán por cada uno de los aspectos evaluados. En la Figura 4 se

presenta una estructura general de dicha tabla con sus contenidos mínimos.

Adicionalmente en la Figura 5 se presenta un ejemplo real de una Tabla Resumen del

Plan de Gestión Ambiental para un proyecto, obra o actividad.

Page 45: Manual de Evaluación y Control Ambiental

VERSIÓN FINAL 21 DE MAYO DE 2009 MANUAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

45 Proceso de Evaluación de Impacto Ambiental para Proyectos Nuevos Categorías 1, 2 y 3

| REPUBLICA DE HONDURAS

Tema Aspecto

Ambiental

Impacto

Ambiental

Valor del

Impacto

Marco

jurídico

Lineamiento

o estándar

Medidas

ambientales

Objetivo y

metas

(plazo)

Recursos Responsable Compromiso

Aspecto

general a

evaluar

De que

forma se

estaría

afectando

al

ambiente

Impacto

ambiental

específico

que

produce

Graduación

del impacto

que se

produce

Leyes y

Reglamentos

que regulan u

ordenan el

aspecto

ambiental

Normas o

estándares

establecidos

para el

aspecto

ambiental

Acciones

conducentes a

mantener el

impacto

ambiental

dentro de las

normas o

estándares

establecidos

Resultados

esperados y

los tiempos

en los cuales

se lograrán

Inversión

específica

para el

cumplimie

nto de lo

establecido

en los

objetivos y

metas

Persona que

está a cargo

de que se

cumplan los

objetivos y

metas

establecidos

Acciones a

realizar para

mantener el

impacto

ambiental

dentro de las

normas y

estándares.

Tema Aspecto

Ambiental

Impacto

Ambiental

Valor del

Impacto

Marco

jurídico

Lineamiento

o estándar

Medidas

ambientales

Objetivo y

metas

(plazo)

Recursos Responsable Compromiso

Aspecto

general a

evaluar

De que

forma se

estaría

afectando

al

ambiente

Impacto

ambiental

específico

que

produce

Graduación

del impacto

que se

produce

Leyes y

Reglamentos

que regulan u

ordenan el

aspecto

ambiental

Normas o

estándares

establecidos

para el

aspecto

ambiental

Acciones

conducentes a

mantener el

impacto

ambiental

dentro de las

normas o

estándares

establecidos

Resultados

esperados y

los tiempos

en los cuales

se lograrán

Inversión

específica

para el

cumplimie

nto de lo

establecido

en los

objetivos y

metas

Persona que

está a cargo

de que se

cumplan los

objetivos y

metas

establecidos

Acciones a

realizar para

mantener el

impacto

ambiental

dentro de las

normas y

estándares.

Figura 4: Estructura General Tabla Resumen del Plan de Gestión Ambiental

Page 46: Manual de Evaluación y Control Ambiental

VERSIÓN FINAL 21 DE MAYO DE 2009 MANUAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

46 Proceso de Evaluación de Impacto Ambiental para Proyectos Nuevos Categorías 1, 2 y 3

| REPUBLICA DE HONDURAS

Tema Aspecto

Ambiental

Impacto

Ambiental

Valor Marco jurídico Lineamiento

o estándar

Medidas

ambientales

Objetivo

y metas

(plazo)

Recursos Responsable Compromiso

Aire Emisiones Contaminación

por emisiones

desde fuentes

fijas

Alta Ley General de

Salud

Ley General del

Ambiente

Reglamento de

emisiones por

fuentes fijas

Estándares

vigentes sobre

calidad del

aire por

emisiones fijas

Protocolo

ambiental

para

Emisiones

Cumplimie

nto del

100 % de

la norma

en un año.

Cumplimie

nto del 70

% en seis

meses.

Inversión

neta,

equivalent

e de un

millón de

Lempiras.

Responsable

Ambiental del

Proyecto.

En el plazo de un

año, se estará

cumpliendo el 100

% de lo establecido

en la norma a fin

de corregir y

prevenir los

impactos al aire por

la generación de

emisiones.

Aire Ruido Contaminación

del aire por el

ruido que se

produce al

interior de las

instalaciones.

Medio Ley General del

Ambiente

Ley General de

Salud

Estándares

vigentes sobre

generación de

ruido

Protocolo

ambiental

para el control

de ruido

Cumplimie

nto del

100 % de

la norma

en un

plazo

máximo de

3 meses

Inversión

neta de

medio

millón de

Lempiras.

Responsable

Ambiental del

Proyecto.

En el plazo máximo

de tres meses se

estará cumpliendo

el 100 % de la

norma sobre ruido

a fin de corregir y

prevenir la

contaminación del

aire.

Agua

/Suelo

Manejo de

sustancias

peligrosas

Impacto en el

suelo y el agua

por derrames

de

hidrocarburos

Alto Reglamento de

sustancias

químicas

peligrosas en

Honduras

Reglamento de

Descargas y

Reutilización de

Aguas Residuales

Ley General del

Ambiente

Ley General de

Salud

Lineamientos

técnicos para

la prevención

de la

contaminación

del suelo y del

agua por

hidrocarburos

Protocolo

ambiental

para el control

de derrames

de

hidrocarburos

Cumplimie

nto del

100 % de

la norma

en un

plazo

máximo de

6 meses

Inversión

neta de

cinco

millones

de

Lempiras.

Responsable

Ambiental del

Proyecto.

En el plazo máximo

de seis meses se

estará cumpliendo

el 100 % del

protocolo

ambiental. para el

control de

derrames de

hidrocarburos, a fin

de corregir y

prevenir la

contaminación del

suelo y del agua

por combustibles.

Suelo /

Agua /

Aire

Producción

de residuos

sólidos

Impacto

ambiental por

inadecuado

manejo de

residuos

sólidos

peligrosos.

Muy

Alto

Ley General de

Salud

Ley General del

Ambiente

Reglamento para

el Manejo

Integral de los

Residuos Sólidos

Lineamientos

técnicos sobre

el manejo de

residuos

sólidos

peligrosos

Protocolo

ambiental

para el control

y manejo de

los residuos

sólidos

peligrosos

Cumplimie

nto del

máximo

posible de

la

regulación

en 3 meses

plazo.

Inversión

neta de

tres

millones

de

Lempiras.

Responsable

Ambiental del

Proyecto.

En un plazo

máximo de 3 meses

se estará

cumpliendo el

máximo posible de

las regulación.

Tema Aspecto

Ambiental

Impacto

Ambiental

Valor Marco jurídico Lineamiento

o estándar

Medidas

ambientales

Objetivo

y metas

(plazo)

Recursos Responsable Compromiso

Aire Emisiones Contaminación

por emisiones

desde fuentes

fijas

Alta Ley General de

Salud

Ley General del

Ambiente

Reglamento de

emisiones por

fuentes fijas

Estándares

vigentes sobre

calidad del

aire por

emisiones fijas

Protocolo

ambiental

para

Emisiones

Cumplimie

nto del

100 % de

la norma

en un año.

Cumplimie

nto del 70

% en seis

meses.

Inversión

neta,

equivalent

e de un

millón de

Lempiras.

Responsable

Ambiental del

Proyecto.

En el plazo de un

año, se estará

cumpliendo el 100

% de lo establecido

en la norma a fin

de corregir y

prevenir los

impactos al aire por

la generación de

emisiones.

Aire Ruido Contaminación

del aire por el

ruido que se

produce al

interior de las

instalaciones.

Medio Ley General del

Ambiente

Ley General de

Salud

Estándares

vigentes sobre

generación de

ruido

Protocolo

ambiental

para el control

de ruido

Cumplimie

nto del

100 % de

la norma

en un

plazo

máximo de

3 meses

Inversión

neta de

medio

millón de

Lempiras.

Responsable

Ambiental del

Proyecto.

En el plazo máximo

de tres meses se

estará cumpliendo

el 100 % de la

norma sobre ruido

a fin de corregir y

prevenir la

contaminación del

aire.

Agua

/Suelo

Manejo de

sustancias

peligrosas

Impacto en el

suelo y el agua

por derrames

de

hidrocarburos

Alto Reglamento de

sustancias

químicas

peligrosas en

Honduras

Reglamento de

Descargas y

Reutilización de

Aguas Residuales

Ley General del

Ambiente

Ley General de

Salud

Lineamientos

técnicos para

la prevención

de la

contaminación

del suelo y del

agua por

hidrocarburos

Protocolo

ambiental

para el control

de derrames

de

hidrocarburos

Cumplimie

nto del

100 % de

la norma

en un

plazo

máximo de

6 meses

Inversión

neta de

cinco

millones

de

Lempiras.

Responsable

Ambiental del

Proyecto.

En el plazo máximo

de seis meses se

estará cumpliendo

el 100 % del

protocolo

ambiental. para el

control de

derrames de

hidrocarburos, a fin

de corregir y

prevenir la

contaminación del

suelo y del agua

por combustibles.

Suelo /

Agua /

Aire

Producción

de residuos

sólidos

Impacto

ambiental por

inadecuado

manejo de

residuos

sólidos

peligrosos.

Muy

Alto

Ley General de

Salud

Ley General del

Ambiente

Reglamento para

el Manejo

Integral de los

Residuos Sólidos

Lineamientos

técnicos sobre

el manejo de

residuos

sólidos

peligrosos

Protocolo

ambiental

para el control

y manejo de

los residuos

sólidos

peligrosos

Cumplimie

nto del

máximo

posible de

la

regulación

en 3 meses

plazo.

Inversión

neta de

tres

millones

de

Lempiras.

Responsable

Ambiental del

Proyecto.

En un plazo

máximo de 3 meses

se estará

cumpliendo el

máximo posible de

las regulación.

Figura 5: Ejemplo real de Tabla Resumen del Plan de Gestión Ambiental

Page 47: Manual de Evaluación y Control Ambiental

VERSIÓN FINAL 21 DE MAYO DE 2009 MANUAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

47 Proceso de Evaluación de Impacto Ambiental para Proyectos Nuevos Categorías 1, 2 y 3

| REPUBLICA DE HONDURAS

Los Planes de Gestión Ambiental son de utilidad práctica no solo para proyectos,

obras o actividades nuevas, sino también para las actividades y obras en operación que

deben establecer un plan para corregir y prevenir su contaminación ambiental.

5.6 EMISIÓN DE LA LICENCIA AMBIENTAL

Una vez que se finalice el proceso de revisión de la solicitud de Licencia Ambiental,

con todos sus requisitos, la SERNA o la autoridad competente procederán a emitir la

Licencia Ambiental para la actividad, obra o proyecto en cuestión, dentro del plazo que

establece el Reglamento del SINEIA, en su artículo 35.-.

Esta licencia se entrega mediante una resolución administrativa en la Secretaría

General de la SERNA o en la Unidad Ambiental de la autoridad competente.

En el caso de que los requisitos no se cumplieran a cabalidad, la SERNA o la

autoridad competente procederán a realizar una solicitud, completar o ampliar la

información faltante o bien dar las aclaraciones correspondientes, según un plazo que se

fije.

Una vez que la información adicional haya ingresado a la SERNA o la autoridad

competente se continuará con la revisión. Si esta es satisfactoria se procederá con el

otorgamiento de la Licencia Ambiental.

En caso de que la información todavía no sea satisfactoria, se procederá a archivar

el expediente.

Page 48: Manual de Evaluación y Control Ambiental

VERSIÓN FINAL 21 DE MAYO DE 2009 MANUAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

48 Proceso de Evaluación de Impacto Ambiental para Proyectos Nuevos Categoría 4 |

REPUBLICA DE HONDURAS

6. Proceso de Evaluación de Impacto Ambiental para Proyectos Nuevos Categoría 4

6.1 ELABORACIÓN DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

En este capítulo se presenta una explicación de los diferentes capítulos y temas

que deben incluirse en un Estudio de Impacto Ambiental. El documento se ha

elaborado tomando como base los requisitos que establece la SERNA para el sector

productivo que con más frecuencia presenta EsIA, como lo es el desarrollo urbano o de

construcciones.

Dichos requisitos originales de la SERNA se han completado a fin de que

convertir el presente capítulo en el denominado Orientador General para la elaboración

de un Estudio de Impacto Ambiental, el cual se encuentra en el Documento 6 del

Anexo del presente Manual.

La elaboración del EsIA por parte del equipo multidisciplinario no debe verse

como el cumplimiento de un mero trámite administrativo que debe realizarse ante la

Secretaría a fin de obtener la Licencia Ambiental para la actividad, obra o proyecto.

Tal y como se indicó en el Capítulo 1 del presente Manual de Evaluación y

Control Ambiental, la finalidad del estudio de impacto ambiental es incidir de forma

efectiva en el diseño propuesto para la actividad, obra o proyecto, de forma tal que se

logre obtener el mejor diseño ambiental posible.

Desde este punto de vista, el equipo consultor debe interactuar de forma

eficiente con el equipo de diseño del proyecto y otros consultores del mismo en el

campo jurídico y financiero, así como con el Proponente. Esto a fin de que los

resultados de los estudios ambientales se vayan integrando al diseño y al plan operativo

de ejecución de la actividad, obra o proyecto.

El equipo multidisciplinario debe contar con un coordinador técnico, quien será el

profesional a cargo de supervisar las acciones y tareas a cumplir en la elaboración del

Page 49: Manual de Evaluación y Control Ambiental

VERSIÓN FINAL 21 DE MAYO DE 2009 MANUAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

49 Proceso de Evaluación de Impacto Ambiental para Proyectos Nuevos Categoría 4 |

REPUBLICA DE HONDURAS

estudio, controlar los tiempos y además, editar la elaboración del documento del EsIA.

El coordinador técnico del EsIA, será el primer autor del mismo.

Este coordinador debe ser un profesional de amplia experiencia y conocimientos

y adicionalmente deberá tener la capacidad para dirigir a un grupo técnico

multidisciplinario.

El resto del equipo consultor debe ser seleccionado según las necesidades

temáticas que se requieran para cumplir con los requisitos necesarios del Estudio de

Impacto Ambiental. El coordinador técnico del EsIA, deberá decidir cuándo se hace

necesario el apoyo técnico más especializado y discutirlo con el Proponente.

Durante la elaboración del EsIA, el equipo multidisciplinario, deberá investigar y

obtener información técnica por diferentes vías disponibles. No obstante, la realización

de trabajo de campo en el sitio o área del proyecto y su área de influencia es de suma

importancia, a fin de contar con información de primera mano y actualizada sobre su

situación ambiental.

Además de eso, podrá recurrir al uso de mapas publicados, fotografías aéreas,

datos estadísticos, publicaciones y otros estudios técnicos realizados, siempre que los

mismos aporten información valiosa para el EsIA en elaboración.

El EsIA debe ser elaborado de forma tal que aporte información útil para la toma

de decisiones sobre la actividad, obra o proyecto. Se debe evitar la aportación de

información masiva y extensa, de poca utilidad práctica y que más bien recarga y hace

muy extenso el documento.

Tal y como se señaló en el Capítulo 1 del presente Manual de Evaluación y

Control Ambiental, el documento del EsIA debe ser escrito, en la medida de lo posible,

de una manera clara y comprensible para las personas, incluso que no sean técnicas.

Para ello, se debe tratar de no usar complejos términos técnicos, o en su defecto incluir

las explicaciones correspondientes a fin de que el documento pueda ser entendido por

diversos tipos de personas.

6.2 CONTENIDO BÁSICO DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

Page 50: Manual de Evaluación y Control Ambiental

VERSIÓN FINAL 21 DE MAYO DE 2009 MANUAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

50 Proceso de Evaluación de Impacto Ambiental para Proyectos Nuevos Categoría 4 |

REPUBLICA DE HONDURAS

a. Portada e Índice

Deberá contener nombre del proyecto, nombre, número de identidad y firma del

Proponente del proyecto; el nombre, firma y número de inscripción del Registro de

Prestadores de Servicios Ambientales de quienes realizaron el Estudio de Impacto

Ambiental, indicando el área en la que participaron.

El coordinador del equipo deberá ser el primer autor del Estudio de Impacto

Ambiental.

Las firmas de los profesionales deberán estar autenticadas por un abogado.

En el índice, indicar el orden de aparición de cada uno de los apartados del

Estudio de Impacto Ambiental. Deberá incluir hasta tres niveles jerárquicos,

correspondiendo el primero al título del capítulo.

En no más de 3 páginas, se deberá hacer un resumen del trabajo, sintetizando

las características y resultados más importantes tratados en el EsIA, como: descripción

del proyecto, impactos potenciales (negativos y positivos), medidas ambientales

propuestas (prevención, mitigación y compensación), con sus respectivos costos,

monitoreo y cronograma de ejecución.

b. Resumen ejecutivo del EsIA

Es un resumen técnico del Estudio de Impacto Ambiental. Tiene como objetivo

el facilitar a la persona que lo lea, obtener una idea básica sobre el proyecto que se

desea desarrollar, la situación ambiental donde se quiere localizar, los impactos

ambientales identificados y las medidas ambientales que se aplicarían como parte de la

ejecución del proyecto, obra o actividad. Como instrumento de divulgación requiere que

se cumplan ciertos requisitos básicos sobre su forma y contenido temático.

Su vocabulario debe ser de fácil entendimiento para el público en general.

Page 51: Manual de Evaluación y Control Ambiental

VERSIÓN FINAL 21 DE MAYO DE 2009 MANUAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

51 Proceso de Evaluación de Impacto Ambiental para Proyectos Nuevos Categoría 4 |

REPUBLICA DE HONDURAS

Deberá indicar en forma general: introducción (objetivos, localización, entidad

propietaria, justificación); descripción del proyecto, obra o actividad (fases, obras

complementarias, etc.); características ambientales del área de influencia (resumen del

diagnóstico ambiental); impactos del proyecto, obra o actividad, al ambiente; impactos

del ambiente al proyecto, obra actividad; acciones correctivas o de mitigación así como

Plan de Gestión Ambiental del mismo y resumen de compromisos ambientales.

c. Descripción del proyecto y sus alternativas

Localización del proyecto: Indicar la localización del proyecto que incluya: municipio y

departamento; incluir plano de localización del área del proyecto, referido desde la vía

pavimentada principal, más cercana y la ubicación georeferenciada del mismo

(coordenadas UTM u otro estándar de georeferenciación).

Área del Proyecto, área de construcción y área de Influencia: El área de

construcción corresponde al número de metros cuadrados de obras que se va a

desarrollar. En caso de tratarse de más de un nivel o piso, el número de metros

cuadrados se multiplicará por el número de pisos o niveles que tenga la obra.

El terreno en que se localizará el proyecto y cuyo plano queda sujeto al proceso

de evaluación de impacto ambiental se define como el área del proyecto total.

La parte del terreno en la que se desarrollarán obras corresponde con el área del

proyecto neta (ver Figura 5).

La diferencia entre el área de proyecto total y neta es importante de establece en

tanto base para cuantificar los impactos ambientales que se suscitarán como producto

de la ejecución de la actividad, obra o proyecto. Conforme el área del proyecto neta sea

similar al área del proyecto total implicará que los impactos ambientales negativos que

generaría el proyecto (por ejemplo: ruidos, emisiones, vibraciones, efectos visuales,

etc.) serán exportados hacia el área de influencia.

El área de influencia directa se define como el entorno del proyecto que se

localiza fuera del área del proyecto total y se extiende desde sus linderos hasta una

Page 52: Manual de Evaluación y Control Ambiental

VERSIÓN FINAL 21 DE MAYO DE 2009 MANUAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

52 Proceso de Evaluación de Impacto Ambiental para Proyectos Nuevos Categoría 4 |

REPUBLICA DE HONDURAS

distancia de 500 metros. En virtud de las características del proyecto y de la naturaleza

del terreno donde se localizará el equipo consultor establecerá la extensión del área de

influencia directa. Esta área debe ser incluida en los mapas y análisis ambientales que

se realicen para el Estudio de Impacto Ambiental, de allí que su definición es importante

de una forma previa la inicio de los trabajos ambientales.

Area de Influencia Directa (AID)

Area del Proyecto (neta) – APn -

Area del Proyecto (total) – APt -

Áreas de Influencia

Fig. 5. Esquema de las áreas de proyecto y de influencia directa.

El área de influencia indirecta corresponde al espacio geográfico externo al área

de influencia directa en donde todavía se detectan los efectos producidos por la

actividad, obra o proyecto.

Su extensión depende del efecto ambiental específico y éste a su vez del

aspecto ambiental que lo causa. Es definida por los diferentes prestadores de servicios

que elaboran el Estudio de Impacto Ambiental, en caso de que se considere necesario.

Page 53: Manual de Evaluación y Control Ambiental

VERSIÓN FINAL 21 DE MAYO DE 2009 MANUAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

53 Proceso de Evaluación de Impacto Ambiental para Proyectos Nuevos Categoría 4 |

REPUBLICA DE HONDURAS

d. Consideraciones Legales y normativa ambiental aplicable

A efecto de determinar la viabilidad legal del proyecto debe considerarse “toda”

disposición legal en el ámbito nacional, regional y/o local aplicable al proyecto;

incluyendo las regulaciones establecidas mediante ordenanzas, decretos, acuerdos

municipales y las normas de calidad ambiental vigentes; considerando además, las

disposiciones que las diferentes instituciones competentes en la ejecución de la

actividad, obra o proyecto establezcan en las factibilidades, autorizaciones y permisos

correspondientes, lo cual debe ser considerado en el análisis ambiental (anexar copias,

según corresponda).

e. Descripción del Medio Ambiental Físico

Descripción del relieve y la topografía del sitio en donde se ejecutará el proyecto,

del patrón natural del drenaje superficial, el tipo de suelos (andisoles, grumosoles, etc.)

y clase capacidad de uso de tierra (I, II, III, etc.).

Debe indicarse además, la situación geológica del terreno a desarrollar así como

la situación geomorfológica. Explicarse si bajo el área del terreno se presentan

acuíferos y si existe vulnerabilidad a amenazas y peligros naturales, como

deslizamientos, fallas geológicas, inundaciones, erupciones volcánicas, entre otras.

Apoyar la información que se aporta con mapas, perfiles y otras figuras.

f. Descripción del Medio Ambiental Biológico

Descripción de la cobertura vegetal existente que se encuentra dentro del área

del proyecto, determinando las especies y el número de árboles a conservar y de los

que resultarán afectados (en caso de que sea necesario) por la ejecución del proyecto

y así también describir la fauna existente.

Presentar tres (3) planos, uno base donde se incluya el inventario detallado de

las especies arbóreas cuyo Diámetro a la Altura del Pecho DAP, sea igual o mayor 20

cm (sin proyecto) y de los otros dos; uno con los árboles a talar y el otro con el plan de

arborización.

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VERSIÓN FINAL 21 DE MAYO DE 2009 MANUAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

54 Proceso de Evaluación de Impacto Ambiental para Proyectos Nuevos Categoría 4 |

REPUBLICA DE HONDURAS

Indicar si en el área con cobertura vegetal a impactar se presentan especies de

flora y fauna que puedan ser afectadas por el desarrollo del proyecto. Indicar cuáles

especies son y si alguna o algunas de ellas son especies que se encuentran en las

listas de especies en peligro de extinción.

g. Descripción del Medio Ambiental Socioeconómico

Las condiciones de salud pública del lugar, el manejo de los desechos sólidos en

la zona, de las excretas y del sistema de abastecimiento de agua para consumo

humano existente en el área; además, indicar el nombre de los colindantes y la

actividad que cada uno desarrolla, a efectos de determinar la interacción que tendrán

con el proyecto.

Describir, basado en los datos estadísticos disponibles, las caratcterísticas e

indicadores de población para el municipio en que se localiza el proyecto.

Describir los servicios públicos disponibles en el área de influencia del proyecto

(agua, caminos, electricidad, telefonía, educación, salud, emergencias).

Realizar un sondeo de opinión dentro del área de influencia a fin de que se

explique sobre el desarrollo del proyecto a la comunidad más cercana y se obtenga su

opinión sobre la actividad, obra o proyecto a desarrollar.

Resumir los datos arqueológicos existentes para el área del proyecto.

h. Identificación y priorización de impactos ambientales

Para la identificación de los impactos ambientales, se debe elaborar una matriz

de interacción entre “Acciones del Proyecto” y “Factores Ambientales”; establecidas las

interacciones.

Page 55: Manual de Evaluación y Control Ambiental

VERSIÓN FINAL 21 DE MAYO DE 2009 MANUAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

55 Proceso de Evaluación de Impacto Ambiental para Proyectos Nuevos Categoría 4 |

REPUBLICA DE HONDURAS

Las acciones del proyecto se deben separar entre aquellas de la fase

constructiva y la fase de funcionamiento. Se deben separar actividades según la

secuencia temporal en que se ejecutarán (ver el ejemplo en la Cuadro 1).

Por su parte los factores ambientales deben corresponder a todos los factores

del medio ambiente que podrían ser afectados por el desarrollo de la actividad en el

área del proyecto y el área de influencia (ver el ejemplo en el Cuadro 1).

En cada casilla de interacción debe establecer si la acción en cuestión va a

generar un impacto en el factor ambiental dado. En caso de que no se vaya a generar

impacto se colocará un círculo vacío o abierto. En caso de que si, se podrá colocar un

círculo relleno y se califica de forma cualitativa el impacto como: (A) Alto, (B) Moderado

y (C) Bajo. La letra correspondiente se pone al lado del círculo relleno, como se muestra

el ejemplo del Cuadro 1.

Una vez que se ha finalizado de llenar todas las casillas, se realiza un inventario

de los impactos ambientales identificados. Para ello se considerarán todos aquellos

impactos calificados como de tipo Moderado (B) y Alto (A).

Debido a que hay impactos que tienen similitudes, los mismos se pueden

resumir en uno solo, siempre que sea posible. El factor de integración que se usa en

este caso es que las actividades que generan el impacto, se dan contemporáneamente.

El producto final de esta fase de que se obtiene a modo de pronóstico una lista

de impactos ambientales significativos que se van a producir, tanto en la fase de

construcción, como en la fase de operación de la actividad, obra o proyecto.

Page 56: Manual de Evaluación y Control Ambiental

VERSIÓN FINAL 21 DE MAYO DE 2009 MANUAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

56 Proceso de Evaluación de Impacto Ambiental para Proyectos Nuevos Categoría 4 |

REPUBLICA DE HONDURAS

Cuadro 1 Ejemplo de una Matriz de Leopold (modificada) para la identificación de impactos de un proyecto

que implica construcción de obras

CONSTRUCCIÓN OPERACION

Acciones →

Factores

Movimiento de tierras

Servicios urbanísticos del Proyecto

Edificación de obras

Uso habitacional del

proyecto

Consumo de servicios

Generación de desechos

Mantenimiento de obras

civiles y áreas verdes

Aire (Calidad del Aire, Sistema

Sónico)

● A ● A ● A ● M ● B ● B ● M

Suelo (Uso)

● A ● M ● A ● M ● B ● B ● M

Aguas Superficiales (Drenaje pluvial.)

● A ● M ● A ● M ● A ● M ● M

Aguas Subterráneas (Acuíferos, Nivel

Freático)

● M ● A ● M ● B ● B ● B ● M

Flora / Fauna

(biotopos)

● A ● M ● B ● B ● B ● B ● A

Potenciación de Amenazas Naturales

● A ● M ● A ● M ● B ● B ● B

Condición Socioecon. –

Cultural (vecinos)

● A ● M ● A ● A ● M ● M ● M

Generación de Desechos Sólidos

● A ○ ● A ● A ● M ● M ● M

Generación de Desechos Líquidos

○ ● A ● A ● A ● M ● M ● M

Manejo de

sustancias

peligrosas

(combust. Etc.)

● A ● M ● A ● B ● B ● B ● M

Paisaje

● A ● M ● A ● A ● B ● B ● A

Clave: ● Impacto Significativo – requiere valoración y establecimiento de medidas

○: Impacto de Baja Significancia o Inexistente (Se califica como A = Alto, M = Moderado, B = Bajo)

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VERSIÓN FINAL 21 DE MAYO DE 2009 MANUAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

57 Proceso de Evaluación de Impacto Ambiental para Proyectos Nuevos Categoría 4 |

REPUBLICA DE HONDURAS

Una vez realizada la identificación de los impactos ambientales más

significativos y ordenados, temporalmente (fase constructiva y operativa) y según los

factores ambientales en que se van a dar, se procede a valorar los impactos según la

Metodología para Valoración de Impactos Ambientales, basada en la Matriz de

Importancia de Impacto Ambiental (MIIA) que se explica en el Documento 7 del Anexo

del presente Manual.

Esta metodología permite obtener un puntaje (de 1 hasta 100) para cada uno de

los impactos ambientales identificados, con lo que es posible, al final del proceso,

obtener un puntaje total de impacto ambiental que generará la actividad, obra o

proyecto.

Para la valoración del impacto las áreas de referencia a considerar serán

siempre el área de proyecto total y el área de proyecto neta.

i. Plan de Gestión Ambiental

Como síntesis del Estudio de Impacto Ambiental realizado adicionando las

medidas de mitigación correspondientes, se deberá elaborar el Plan de Gestión

Ambiental y la tabla resumen (ejemplo ver Figura 4).

El PGA debe utilizar como guía temática el conjunto de factores ambientales

analizados individualmente en el capítulo de evaluación de impactos: Medio Ambiente

Físico, Medio Ambiente Biológico y Medio Ambiente Socioeconómico.

Otra parte del PGA consiste en definir los objetivos y acciones específicas de

monitoreo sobre el avance del plan conforme se ejecutan las acciones del proyecto,

obra o actividad.

Deben definirse claramente cuáles son las variables ambientales o factores a los

que se les dará seguimiento (la frecuencia, los métodos, tipo de análisis, y la

localización de los sitios). Debe haber integración clara con lo propuesto en el punto

anterior.

Finalmente, se debe presentar, preferiblemente en un cuadro, los costos totales

de la implementación de las medidas ambientales propuestas, incluyendo ejecución,

responsables, y monitoreo.

Page 58: Manual de Evaluación y Control Ambiental

VERSIÓN FINAL 21 DE MAYO DE 2009 MANUAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

58 Proceso de Evaluación de Impacto Ambiental para Proyectos Nuevos Categoría 4 |

REPUBLICA DE HONDURAS

j. Análisis de Riesgo y Plan de Contingencia

Debe considerar las posibles situaciones de riesgo y contingencia externos

(causas naturales) e inherentes a las actividades desarrolladas por el proyecto,

identificando y determinando, las actividades que representan riesgos o amenazas para

la salud de la población y la estructura de los ecosistemas; los materiales o sustancias

peligrosas que se utilizarán durante las etapas de construcción, funcionamiento y cierre

de operaciones (cuando aplique); los riesgos al ambiente y a la población, por posibles

fallas durante las etapas de construcción, funcionamiento y cierre de operaciones; las

posibles causas por las que se pueden presentar las fallas y la determinación de la

probabilidad de ocurrencia de las fallas identificadas y sus consecuencias.

Análisis de Riesgo: Se procederá a evaluar las posibilidades de ocurrencia de

accidentes dentro de las actividades desarrolladas, tanto durante la construcción como

durante el funcionamiento del proyecto, y dado el caso, durante el cierre.

Deben considerarse los equipos y procesos del proyecto, que pueden generar

situaciones de emergencia que pongan en peligro la salud humana y el medio ambiente.

Esta evaluación sirve de base para la preparación del Plan de Contingencia.

El Estudio de Riesgo deberá incluir como mínimo, sin limitarse a ello, lo

siguiente:

1. Identificación y jerarquización de las actividades riesgosas que se

realizan dentro del área del proyecto.

2. Identificación y vulnerabilidad de zonas potencialmente afectables por

fugas, derrames o incendio.

3. Identificación de las áreas peligrosas, es decir, zonas en las cuales exista

mayor riesgo.

4. Descripción del equipo contra incendio y el equipo para el manejo de

derrames o fugas de combustibles u otras sustancias inflamables.

5. Descripción de las actividades a desarrollar y las posibles fallas.

Page 59: Manual de Evaluación y Control Ambiental

VERSIÓN FINAL 21 DE MAYO DE 2009 MANUAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

59 Proceso de Evaluación de Impacto Ambiental para Proyectos Nuevos Categoría 4 |

REPUBLICA DE HONDURAS

6. Evaluación del riesgo vinculado al desencadenamiento de fenómenos

naturales como por ejemplos terremotos, inundaciones, tormentas

eléctricas, tornados, deslizamientos y erupciones volcánicas.

7. Evaluación de las actividades y sus riesgos.

8. Equipo de protección personal.

Plan de Contingencia: Tiene como objetivo establecer claramente las líneas de

acción a seguir, la asignación de responsabilidades, funciones y el establecimiento de

una organización de respuesta para enfrentar las situaciones de emergencia. Se

preparará con la finalidad de evitar que en los momentos críticos de una emergencia

exista improvisación, al facilitar la rápida movilización del personal y equipos hacia el

sitio adecuado, de forma tal que la respuesta sea rápida y efectiva.

El Plan de Contingencia deberá incluir como mínimo, sin limitarse a ello, lo

siguiente:

1. Las acciones de prevención a ser tomadas para evitar, en lo posible, todos los

tipos de emergencia que puedan ocurrir durante la descarga, almacenamiento y

suministro de combustible.

2. Las acciones a ser tomadas cuando las emergencias se producen.

3. Las disposiciones para prevenir, en lo que sea posible, la pérdida de vidas y

daños al medio ambiente y a las personas.

4. Las medidas que es necesario adoptar para ejercer un control operacional

efectivo durante una emergencia.

5. La información y las disposiciones respecto a la provisión y uso de los equipos

que serán usados durante una emergencia.

Page 60: Manual de Evaluación y Control Ambiental

VERSIÓN FINAL 21 DE MAYO DE 2009 MANUAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

60 Proceso de Evaluación de Impacto Ambiental para Proyectos Nuevos Categoría 4 |

REPUBLICA DE HONDURAS

k. Análisis de Costo – Beneficio Ambiental

Facilita conocer parcialmente la conveniencia social de un proyecto, obra o

actividad. Debe presentarse por aquellos proyectos en los cuales el factor económico

sea determinante para decidir sobre la viabilidad ambiental del mismo.

Análisis financiero: Este estudio consiste en la determinación de los costos y

beneficios privados directos del Proyecto, obra o actividad, así como su capacidad de

financiamiento.

Para su realización deberán contemplarse los factores señalados en el Cuadro

1.

Cuadro 1. Factores a tomarse en cuenta en el análisis de costo / beneficio de una

actividad, obra o proyecto de alto impacto ambiental y social.

Factor Detalle

Flujo de caja Elaborar un flujo que contemple los gastos de inversión y los beneficios netos operacionales. Cálculo del VAN y la TIR

Establecer el aporte de riqueza del Proyecto, obra o actividad mediante el cálculo del Valor Actual Neto (VAN) y la rentabilidad del Proyecto mediante la Tasa Interna de Retorno (TIR).

Financiamiento Exponer el esquema de financiamiento al flujo de caja calculado, que incluya el financiamiento a la inversión y a los años de operación que así lo requieran.

Se debe construir un flujo en el que se le sume al flujo de caja, los ingresos de capital financiero y erogaciones por concepto de amortización e intereses.

Ajuste económico por concepto de transferencias

Incluir en el flujo de caja todos los montos por concepto de impuestos y subsidios.

Ajuste económico por concepto de precios sociales.

Se aplicarán los siguientes factores de ajuste: Factor de ajuste del precio social de la divisa (FATC), de la mano de obra no calificada (FAMO), y de la tasa de descuento (FATD). Estos datos deberán ser obtenidos de los órganos pertinentes del Poder Ejecutivo y su aplicación quedará a criterio del economista ambiental a cargo del proyecto, quién deberá indicar la metodología de cálculo empleada en cada caso específico.

o Ajuste por FATC El monto requerimiento en divisas en la etapa de inversión inicial se multiplica por (1-FATC) y el resultado se resta del flujo de caja financiero El monto aportado por divisas por ventas en el exterior de los productos del Proyecto se multiplica por el mismo factor para cada año y el resultado se suma al flujo de caja financiero El monto requerido en divisas en la etapa de operación se multiplica por el mismo factor para cada año y el resultado se resta al flujo de caja financiero

o Ajuste por FAMO A todos los montos obtenidos por concepto de salarios a la mano de obra no calificada se le multiplica el factor (1-FAMO) y el resultado se suma al flujo de caja financiero

o Ajuste por FATD Redefinir la tasa de descuento como el producto del FATD

Recálculo del VAN y la TIR

Redefinir el aporte de riqueza del Proyecto, obra o actividad mediante el cálculo del Valor Actual Neto (VAN) y la rentabilidad del Proyecto mediante la Tasa Interna de Retorno (TIR) ajustados con los factores anteriores, con lo cual se expresará preliminarmente el beneficio social del Proyecto.

Page 61: Manual de Evaluación y Control Ambiental

VERSIÓN FINAL 21 DE MAYO DE 2009 MANUAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

61 Proceso de Evaluación de Impacto Ambiental para Proyectos Nuevos Categoría 4 |

REPUBLICA DE HONDURAS

Ajuste Económico por Externalidades Sociales y Ambientales y Análisis Costo-Beneficio Final.

Este análisis permitirá conocer finalmente la conveniencia socioeconómica del Proyecto, obra o actividad, ya que al beneficio socioeconómico preliminar calculado, se le suman los costos y beneficios derivados de las Externalidades ambientales y sociales.

Valoración monetaria de las externalidades ambientales.

Para la valoración de externalidades ambientales positivas y negativas se aplicará la valoración contingente, como método directo de valoración, o métodos indirectos como enfoque de precios hedónicos, enfoque de costo de viaje y enfoque de gastos en prevención y mitigación o cualquier otra metodología validada en el medio de la economía ambiental o economía ecológica.

Valoración monetaria de las externalidades sociales.

Estimar los costos y beneficios para las comunidades (en algunos casos los impactos son de orden regional hasta nacional) que se vean afectadas o beneficiadas por el Proyecto, obra o actividad, en sus condiciones, tales como acceso a servicios de salud, educación, transporte, caminos de acceso, agua potable, servicios de seguridad y en su patrimonio histórico y arqueológico. Asimismo, se debe incorporar el valor del efecto sobre las actividades productivas en las zonas aledañas. Las técnicas para esta valoración son las mismas señaladas en el punto anterior.

Cálculo del VAN Social Al flujo de caja se le agregan las valoraciones de las externalidades sociales y ambientales. Con el uso de la tasa de interés social de descuento se calcula el VAN Social como indicador final de la conveniencia social del Proyecto. De igual manera se debe calcular la Tasa Interna de Retorno (TIR).

Calidad Ambiental del AP y el Área de Influencia Biofísica y Social (directa e indirecta)

Consiste en un análisis general de la situación ambiental del AP y el Área de Influencia como consecuencia del desarrollo del Proyecto.

l. Política Ambiental del Proyecto y su reglamento

Como síntesis de las medidas resumidas deberán plantear la Política Ambiental

que regirá al Proyecto durante toda su ejecución.

Esta política ambiental debe incluir su objetivo, sus alcances, el compromiso

con el mejoramiento continuo del control y seguimiento ambiental y de buena relación

con las comunidades vecinas.

Por su parte, el reglamento ambiental del proyecto comprende el conjunto de

compromisos ambientales que resumen el Plan de Gestión Ambiental y que a su vez

citan los diferentes protocolos de medidas ambientales a aplicar.

m. Plan de monitoreo ambiental a.

Debe ser aplicado durante las etapas de preparación del sitio, construcción,

funcionamiento y cierre (si procede) y tendrá como objetivo garantizar la eficiencia de

las medidas ambientales propuestas, permitiendo mediante la evaluación periódica, la

adopción de medidas correctivas a la implementación de las mismas.

Page 62: Manual de Evaluación y Control Ambiental

VERSIÓN FINAL 21 DE MAYO DE 2009 MANUAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

62 Proceso de Evaluación de Impacto Ambiental para Proyectos Nuevos Categoría 4 |

REPUBLICA DE HONDURAS

La frecuencia del monitoreo estará determinada por la naturaleza del proyecto.

El monitoreo propuesto deberá detallarse para cada una de las etapas, de acuerdo a la

información señalada en el Cuadro 2.

Cuadro 2. Organización del programa de monitoreo de aplicación de medidas del Plan de

Gestión Ambiental

Etapa Ejecución

Medida de Mitigación

Parámetros de control

Lugar o punto de Monitoreo

Frecuencia de la

Medición

Método a

utilizar

Responsable de la medición

Interpretación del resultado

Retroalimentación

Referencia en el texto de la descripción del impacto

Preparación del sitio

Prevención

Atenuación

Compensación

Construcción Prevención

Atenuación

Compensación

Funcionamiento Idem a las etapas anteriores

Cierre Idem a las etapas anteriores

Cronograma de ejecución de medidas: Corresponde con el ordenamiento en el tiempo de ejecución de las Medidas Ambientales de Prevención, Atenuación y Compensación propuestas, de acuerdo a la etapa de ejecución de la actividad, obra o proyecto.

Tiene como objetivo programar en el tiempo la ejecución de cada una de las

actividades del proyecto y de las medidas ambientales determinadas, de acuerdo a las

etapas a desarrollar, en los períodos de tiempo planificados según el estudio. Para este

fin se recomienda utilizar el orden establecido en el Cuadro 3.

Cuadro 3. Ejemplo de organización del Cronograma de aplicación de medidas

ambientales

Tiempo de Ejecución (meses, trimestres, semestres o años, según convenga)

Etapa de Ejecución Medida de Mitigación

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12

Monto Estimado de la Medida Ambiental

Preparación del sitio Prevención

Atenuación

Compensación

Construcción Prevención

Atenuación

Compensación

Funcionamiento Prevención

Atenuación

Compensación

Cierre Prevención

Atenuación

Compensación

Page 63: Manual de Evaluación y Control Ambiental

VERSIÓN FINAL 21 DE MAYO DE 2009 MANUAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

63 Proceso de Evaluación de Impacto Ambiental para Proyectos Nuevos Categoría 4 |

REPUBLICA DE HONDURAS

b. Bibliografía

El Estudio de Impacto Ambiental deberá incluir la bibliografía utilizada para su

elaboración.

c. Anexos

Incluir fotografías del sitio del proyecto, esquemas, mapas, gráficos,

factibilidades de servicio obtenidas o relativas a la ejecución del proyecto y cualquier

otra información que amplie o clarifique el contenido del Estudio de Impacto Ambiental;

además del plano de conjunto con su respectivo cuadro de distribución general de

áreas, a una escala que permita apreciar los accidentes topográficos del proyecto y un

plano con la vegetación existente y la propuesta de revegetación a realizar en las áreas

verdes en general.

6.3 RECEPCIÓN Y TRÁMITE DE REVISIÓN DEL ESIA

6.3.1 Ingreso del EsIA a la SERNA para su revisión

El Estudio de Impacto Ambiental una vez preparado por el equipo

multidisciplinario y aceptado por el Proponente y los demás requisitos para la solicitud

de Licencia Ambiental de proyectos categoría 4, deben ser presentados por el

representante legal del Proponente, en su original y respectivas copias, a la Secretaría

General de la SERNA.

Los requisitos a cumplir para la recepción del Estudio de Impacto Ambiental, son

los siguientes:

1. Debe entregarse un original y tres copias impresas del documento,

acompañado de una solicitud firmada por el Proponente o su representante

legal en el que se haga entrega del Estudio y se pida su revisión.

2. Se entregará también una copia digital del documento en formato encriptado

que permita su lectura digital, pero no su modificación. Como parte de este

Page 64: Manual de Evaluación y Control Ambiental

VERSIÓN FINAL 21 DE MAYO DE 2009 MANUAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

64 Proceso de Evaluación de Impacto Ambiental para Proyectos Nuevos Categoría 4 |

REPUBLICA DE HONDURAS

formato, se entregará también las figuras, mapas y otros datos que formen

parte del EsIA.

3. El documento deberá presentarse por completo en idioma ESPAÑOL. No se

aceptarán fichas técnicas u otros documentos en otros idiomas diferentes al

español.

Como parte del proceso de admisión del EsIA, la SERNA dispone de una lista de

chequeo básico y de cumplimiento de requisitos, la cual será llenada en el acto de

ingreso del documento. Una vez llenada dicha lista y verificada que cumple los

requerimientos básicos se procede con el ingreso del documento para revisión.

En el caso de que faltare alguno de los requisitos de la lista de chequeo básico,

se solicitará que se complete para que se ingrese.

6.3.2 Trámite de revisión del EsIA en la SERNA

Plazo para revisión del Estudio de Impacto Ambiental: De acuerdo con el artículo

35.- del Reglamento del SINEIA, una vez recibido el Estudio de Impacto Ambiental, la

SERNA dispondrá de los siguientes plazos para su revisión:

a. 60 días hábiles administrativos para la Categoría 4 que no son

megaproyectos

b. 80 días hábiles administrativos para la Categoría 4 que son megaproyectos.

De acuerdo al reglamento citado, esos plazos son contados a partir de la fecha

de recepción o ingreso, para emitir la resolución correspondiente.

En el caso de que durante el proceso de revisión del EsIA, se le requiere

información adicional a Proponente o a su Representante Legal, el plazo de revisión se

suspenderá durante el periodo de tiempo otorgado y se activará al momento de ingresar

la ampliación de la información del EsIA nuevamente a la SERNA.

Page 65: Manual de Evaluación y Control Ambiental

VERSIÓN FINAL 21 DE MAYO DE 2009 MANUAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

65 Proceso de Evaluación de Impacto Ambiental para Proyectos Nuevos Categoría 4 |

REPUBLICA DE HONDURAS

Procedimiento de revisión técnica del Estudio de Impacto Ambiental: La SERNA,

por medio de la Dirección de Evaluación y Control Ambiental (DECA) cumplirá con una

serie pasos metodológicos para la revisión de un Estudio de Impacto Ambiental. Estos

pasos son:

1. Asignación de un equipo multidisciplinario y como parte del mismo a un

coordinador responsable de preparar el Dictamen Técnico de Revisión del

EsIA. La preparación de dicho informe se realizará con la colaboración y

aportación de todos los integrantes del equipo, si bien el coordinador

responsable es que está a cargo de cumplir los tiempos y procedimientos

dentro del mismo.

2. Como base técnica de la revisión el equipo multidisciplinario aplicará un

Formato de Revisión del Estudio, cuyo contenido temático sigue el

contenido del Orientador General para elaboración de Estudios de Impacto

Ambiental. El Formato de revisión del Estudio se presente en el Documento

8 del Anexo del presente Manual.

3. Cada profesional podrá revisar la totalidad o partes temáticas del EsIA

asignado a revisión. El coordinador del equipo será el responsable de revisar

la totalidad del documento e integrar las observaciones del resto del equipo

en el Formato de Revisión y en el Informe y Dictamen Técnico Final.

4. Como parte de la revisión, el coordinador y parte o la totalidad del equipo

realizará una inspección de campo al sitio del proyecto denominada Comité

de Inspección de Campo (CIC).

5. Como parte de la revisión técnica y criterio del coordinador del equipo, se

podrá solicitar criterio técnico especializado a otras Direcciones de la SERNA

al igual que a unidades ambientales de otras autoridades del Estado que

tengan una relación con el tema del Estudio de Impacto Ambiental. La

solicitud de esas observaciones se hará por medio de una nota y la remisión

de una copia digital del EsIA. En la nota se indicará el plazo otorgado para la

entrega de observaciones. Dicho plazo deberá adscribirse dentro del plazo

total de que dispone la SERNA para la revisión del EsIA. Las observaciones

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VERSIÓN FINAL 21 DE MAYO DE 2009 MANUAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

66 Proceso de Evaluación de Impacto Ambiental para Proyectos Nuevos Categoría 4 |

REPUBLICA DE HONDURAS

que no ingresaran dentro del plazo otorgado no serán incorporadas al

Dictamen Técnico final.

6. Como parte de las observaciones el Coordinador y el equipo de revisión

integrarán las observaciones técnicamente sustentadas y aportadas por el

proceso de Consulta Pública.

7. Cuando el coordinador del equipo, en conjunto con el Director de la DECA, lo

consideren necesario, podrán programar una reunión con el equipo consultor

que elaboró el EsIA, a fin de resolver dudas y aclarar aspectos del EsIA. En

el caso de realizarse dichas reuniones se efectuarán en la sede de la

SERNA, y se levantará una minuta de las mismas con la firma de los

asistentes. La minuta correspondiente formará parte del expediente y se

adjuntará al Formato de Revisión del Estudio. En caso de decidir realizar la

reunión, se deberá informar al Proponente o a su representante legal con

una antelación mínima de una semana.

Ampliaciones al Estudio de Impacto Ambiental: Cuando como producto de la

revisión del Estudio de Impacto Ambiental se tengan observaciones vinculadas a la

necesidad de aclaraciones, ampliaciones o requerimiento de información adicional, de

forma tal que su contenido actual se considere como no satisfactorio respecto a

establecido en los Términos de Referencia, se debe proceder a solicitar una ampliación

de la información.

Dicha solicitud de Anexo se notificará al Proponente de la actividad, obra o

proyecto, con la lista de observaciones, y especificando los aspectos que ameriten

ampliarse y aclararse, a fin de que sean subsanados.

El procedimiento que se aplica es el siguiente:

1. El coordinador técnico del equipo de análisis del Estudio de Impacto

Ambiental prepara un Dictamen Técnico en el que enlista las observaciones

derivadas por el propio equipo, así como aquellas otras que pudiesen

provenir del proceso de consulta pública o bien del aporte de otras

autoridades gubernamentales consultadas por la SERNA.

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VERSIÓN FINAL 21 DE MAYO DE 2009 MANUAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

67 Proceso de Evaluación de Impacto Ambiental para Proyectos Nuevos Categoría 4 |

REPUBLICA DE HONDURAS

2. Como parte del dictamen técnico se incluirá la recomendación de que se

solicite una ampliación de la información del Estudio de Impacto Ambiental

indicando además el plazo requerido para que se prepare y presente la

respuesta correspondiente.

3. La Dirección General de Evaluación y Control Ambiental de la SERNA

preparará una nota al Proponente o Representante Legal de la actividad,

obra o proyecto en que se le solicita la la ampliación de la información del

Estudio de Impacto Ambiental. A dicha nota se le adjunta el Dictamen

Técnico.

4. La nota se notificará al Proponente o su Representante Legal

correspondiente por los medios acostumbrados y establecidos en la

legislación vigente.

5. El Proponente de la actividad, obra o proyecto, deberá junto con el equipo

consultor, preparar la información adicional que se le ha solicitado, la cual

deberá ser presentada a la SERNA dentro del plazo establecido en la

notificación. En este caso se respetarán los mismos términos establecidos

para la entrega de los EsIA.

6. Una vez ingresado el documento la ampliación de la información del EsIA el

equipo correspondiente reiniciará la revisión del documento, según el

procedimiento y plazos que para cada caso fije el coordinador del mismo, los

cuales se ajustarán al plazo que establece el Reglamento.

Si el Proponente no supera las observaciones, se le solicitará una segunda

ampliación de la información del Estudio de Impacto Ambiental, siendo la última

oportunidad para superarlas. El procedimiento para solicitar una segunda ampliación a

la información del EsIA será al mismo que el que se aplica para solicitar la primera

ampliación de la información y que se describió más anteriormente.

Sobre este tema, se debe tener en cuenta que la DECA podrá realizar

observaciones respecto de nuevos elementos o hechos que el Proponente le presente

en la primera solicitud de ampliación de la información del EsIA.

Si la segunda ampliación de la información del EsIA no supera las

observaciones, se emitirá la Resolución que corresponda, es decir, un rechazo del

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VERSIÓN FINAL 21 DE MAYO DE 2009 MANUAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

68 Proceso de Evaluación de Impacto Ambiental para Proyectos Nuevos Categoría 4 |

REPUBLICA DE HONDURAS

Estudio de Impacto Ambiental y su consecuente archivo. Esta acción se notificará al

Proponente o a su representante legal por medio de una Resolución debidamente

fundamentada.

6.4 CONSULTA PÚBLICA

En la Evaluación de Impacto Ambiental la consulta pública tiene como fin el que

se realice un proceso de divulgación y se abra el espacio de discusión y aportes por

parte de las personas interesadas, a fin de que la decisión final sobre la viabilidad

ambiental de una determinada actividad, obra o proyecto incorpore este importante

elemento social.

Por lo general, la consulta o participación pública en los Estudios de Impacto

Ambiental, se da según dos modalidades.

La primera de ellas corresponde con una divulgación de que el Estudio de

Impacto Ambiental está en revisión y se abre un espacio para que las personas

interesadas puedan tener acceso al mismo y puedan, dentro de un plazo previamente

establecido, presentar observaciones a consideración de la autoridad.

La segunda modalidad corresponde con la elaboración de un Foro, Audiencia o

Consulta Pública directa, en la que se convoca a las personas interesadas a una

actividad, que por lo general se realiza en las cercanías del sitio donde se localizaría la

actividad, obra o proyecto. En dicha actividad se da oportunidad al Proponente y su

equipo consultor a que presente el proyecto, así como aquellos sectores que lo apoya y

lo adversan. Esto a fin de que en el marco de un foro abierto se discutan los aspectos

positivos y negativos y se aporten insumos para tomar la decisión final.

De acuerdo con el Reglamento del SINEIA, en los casos de los proyectos, obras

o actividades de la Categoría 2, 3 y 4, el Proponente notificará la iniciación de la

Evaluación de Impacto Ambiental por una sola vez, en un octavo de página, a través de

un periódico de cobertura local (de existir) y otro de cobertura nacional. Además, en una

emisora de difusión a nivel nacional y una emisora de cobertura local en el lugar o

departamento en las horas de mayor audiencia por lo menos tres veces en el día,

durante un día, en espacios radiales de hasta un minuto y no menos de 15 segundos.

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VERSIÓN FINAL 21 DE MAYO DE 2009 MANUAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

69 Proceso de Evaluación de Impacto Ambiental para Proyectos Nuevos Categoría 4 |

REPUBLICA DE HONDURAS

Adicionalmente, se colocará un rótulo en el terreno donde se desarrollará el proyecto el

que indicará el nombre del proyecto, obra o actividad, su ubicación, el teléfono y la

dirección del Proponente, donde el público puede obtener más información.

En los casos de los proyectos, obras o actividades de la Categoría 4, el

Proponente publicará, adicionalmente, la finalización de los resultados del Estudio de

Impacto Ambiental por una sola vez, en un octavo de página, a través de un periódico

de cobertura local (de existir) y otro de cobertura nacional, una emisora de difusión a

nivel nacional y una emisora de cobertura local en el lugar o departamento en las horas

de mayor audiencia por lo menos tres veces en el día, en espacios radiales de hasta un

minuto y no menos de 15 segundos.

Se especificará en estos avisos, la forma cómo el público puede obtener los

resultados detallados del Estudio de Impacto Ambiental. Además, se deberá poner a

disposición del público una copia impresa del Estudio de Impacto Ambiental, durante un

período de treinta días hábiles, preferentemente en la Unidad Municipal Ambiental del

municipio donde se llevará a cabo el proyecto o en la biblioteca pública del municipio

donde se llevará a cabo el proyecto.

De conformidad con el artículo 52 del Reglamento del SINEIA, en los casos de

los EsIA de la Categoría 4, cuando esté especificado en los requisitos para la

elaboración del Estudio de Impacto Ambiental y/o a solicitud de la SERNA o cualquiera

de los miembros titulares o de apoyo del SINEIA, el Proponente deberá presentar los

resultados de EsIA en cabildos abiertos, foros públicos y de todos los medios que

permitan una discusión e intercambio de ideas.

El Proponente deberá depositar una copia del documento del EsIA en los

lugares establecidos en los requisitos o donde lo indique la DECA de manera oficial

para la consulta pública.

Cualquier persona, natural o jurídica, tendrá 30 días hábiles después de la

notificación de la finalización de la EsIA para dar a conocer sus consideraciones en

relación al documento de Estudio de Impacto Ambiental, ya sea que se considere que

no se hayan provisto impactos importantes, no se hayan propuesto las medidas de

mitigación adecuadas o tengan dudas, quejas u otras objeciones.

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VERSIÓN FINAL 21 DE MAYO DE 2009 MANUAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

70 Proceso de Evaluación de Impacto Ambiental para Proyectos Nuevos Categoría 4 |

REPUBLICA DE HONDURAS

Éstas deberán ser presentadas por escrito a la SERNA. De ser tomadas en

cuenta por la SERNA se incorporarán al dictamen técnico producto de la revisión del

EsIA. En todos los casos, en un plazo no mayor de 30 días hábiles, se le dará respuesta

a quien presentó la duda, queja u observación.

Además de lo anterior, el Reglamento del SINEIA señala que cualquier persona,

natural o jurídica, que considere que el documento de Estudio de Impacto Ambiental no

haya previsto impactos importantes y/o no haya propuesto las medidas de mitigación

adecuadas, podrá pedir a la SERNA que se hagan las enmiendas necesarias.

Será criterio de la SERNA la inclusión o no de las medidas que se propongan, de

acuerdo con el siguiente procedimiento:

1. El equipo técnico encargado de la revisión del EsIA, procederá a revisar las

observaciones presentadas y verificará si las mismas tienen fundamento

para ser incluidas como parte del dictamen técnico.

2. En el caso que las observaciones se consideren consistentes se incluirán

como parte del dictamen técnico del EsIA.

3. En el caso de que las observaciones no se consideren consistentes o bien,

que ya la misma ha sido integrada, por iniciativa del mismo equipo de

revisión, se clasificará como “observación no incluida”, debiendo señalarse la

razón de ello como parte de los anexos del dictamen técnico.

6.5 DICTAMEN TÉCNICO SOBRE ESTUDIOS DE IMPACTO AMBIENTAL

Cuando el Estudio de Impacto Ambiental, o en su defecto, las solicitudes de

información adicional al Estudio de Impacto Ambiental sean satisfactorias para el equipo

técnico de la SERNA responsable de la revisión, éste elabora el Dictámen Técnico

Favorable.

De acuerdo con el Reglamento del SINEIA, este Dictamen Técnico Favorable

deberá indicar si el EsIA es aceptado sin modificación o aceptado con modificaciones.

Page 71: Manual de Evaluación y Control Ambiental

VERSIÓN FINAL 21 DE MAYO DE 2009 MANUAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

71 Proceso de Evaluación de Impacto Ambiental para Proyectos Nuevos Categoría 4 |

REPUBLICA DE HONDURAS

En el caso de que el EsIA no sea aceptado, se emitirá un Dictámen Técnico No

Favorable o de rechazo.

El Dictamen Técnico tendrá la siguiente estructura temática mínima:

I. DATOS GENERALES

a. Nombre del proyecto

b. Nombre del Proponente

c. Nombre del representante legal

d. Ubicación del proyecto

e. Descripción del proyecto

f. Prestador (es) de servicio(s) responsable(s) de la formulación del Estudio de Impacto Ambiental

g. Consulta Pública

h. Costo de la medidas ambientales

i. Plazo de ejecución de las medidas ambientales

II. ANEXOS

1. Originales de las publicaciones realizadas en los periódicos correspondientes.

2. Nombre y firma del coordinador técnico responsable de la evaluación y de todos los profesionales que fueron parte de la misma.

3. Fecha de emisión del Dictamen Técnico.

En el Documento 9 del Anexo al Manual de Evaluación y Control Ambiental

se presenta el Formato básico del Dictamen Técnico.

6.6 CONSIDERACIONES DE FORMA PARA EL ESIA

Junto con el documento impreso del EsIA, se deberá aportar una copia de forma

digital, incluyendo, las figuras y mapas digitalizados y georeferenciados (en

coordenadas geográficas) cuando corresponda. La copia digital debe venir

debidamente identificada con el nombre del proyecto y del Proponente.

El EsIA debe ser presentado en un formato de papel de 28 cms x 21,8 cms, en

letra de 10 - 12 puntos, a espacio sencillo (doble espacio entre párrafos y títulos;

además con márgenes superior, inferior y derecho de 2,5 cms y, de 3,5 cm el

izquierdo).

Page 72: Manual de Evaluación y Control Ambiental

VERSIÓN FINAL 21 DE MAYO DE 2009 MANUAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

72 Proceso de Evaluación de Impacto Ambiental para Proyectos Nuevos Categoría 4 |

REPUBLICA DE HONDURAS

Su extensión, no debe exceder las 150 páginas. Salvo casos especiales

debidamente justificados por la magnitud del proyecto, obra o actividad, se podrá

permitir mayor cantidad de páginas, previa solicitud a la SERNA. La impresión, tanto

del original, como de las copias, debe darse por ambos lados de la hoja, de ser posible.

La información técnica detallada y muy específica puede ser presentada como

anexo al EsIA, siempre y cuando se haga debida referencia en el texto del documento.

Los mapas pueden ser desplegables, pero deben ser incluidos dentro del informe, y no

como pliegos separados. Las figuras, cuadros y mapas deben ser claros, con sus

respectivos títulos, escalas, leyendas y simbologías y deben ser digitalizados en un

programa de cómputo de fácil acceso y se recomienda que la información aportada se

disponga en “capas” homogéneas, representada por colores diferentes. Todas las

páginas deberán estar numeradas, así como los títulos y subtítulos del mismo.

Todos los mapas temáticos y fotografías incluidas en el documento, deben ser

presentados a color, tanto en el original como en las copias. En los mapas deben

señalar el área del proyecto y en las fotografías deben señalar y especificar

debidamente, lo que se quiere mostrar. El original del documento deberá estar

presentado con "empaste duro" y las copias en portafolio de anillos o con otro método

convencional de encuadernación que asegure su consistencia. El nombre del proyecto

debe estar impreso en el lomo y en la portada deben aparecer esos mismos datos, así

como el nombre del Proponente y el de la empresa consultora o Coordinador del EsIA.

Page 73: Manual de Evaluación y Control Ambiental

VERSIÓN FINAL 21 DE MAYO DE 2009 MANUAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

73 Control y Seguimiento Ambiental | REPUBLICA DE HONDURAS

7. Control y Seguimiento Ambiental

7.1 INICIO DE EJECUCIÓN DEL PROYECTO

El inicio de ejecución de la actividad, obra o proyecto representa el momento a

partir del cual comienzan las acciones de desarrollo en el sitio de ubicación. Es decir,

es cuando se inicia la construcción de las obras.

Este inicio de ejecución solo se puede dar hasta que el Proponente haya

obtenido todos los permisos correspondientes ante otras autoridades, incluyendo la

alcaldía correspondiente.

Antes del inicio de Ejecución del Proyecto, el Proponente o su Representante

Legal deberá informar a la SERNA o a la autoridad correspondiente, mediante una nota

la fecha en que se iniciará las acciones constructivas o de ejecución de la actividad,

obra o proyecto. Dicho aviso debe realizarse en el transcurso de un mes antes de la

fecha que se indique.

En el caso de que, por diversas razones el inicio de ejecución no se pueda dar

dentro del plazo de vigencia de la Licencia Ambiental, deberá cumplirse con la

actualización de la EIA realizada y ser objeto de una confirmación de la Licencia

Ambiental previamente otorgada.

7.2 ACTUALIZACIONES DE LA EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL REALIZADA

La actualización de la Evaluación de Impacto Ambiental deberá ser realizada por

un Prestador de Servicios Ambientales a solicitud del Proponente de la actividad, obra o

proyecto o su representante legal.

Como parte de la actualización se deberá explicar si la situación ambiental del

sitio del proyecto ha cambiado o bien, si hay algunos ajustes en el diseño originalmente

Page 74: Manual de Evaluación y Control Ambiental

VERSIÓN FINAL 21 DE MAYO DE 2009 MANUAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

74 Control y Seguimiento Ambiental | REPUBLICA DE HONDURAS

propuesto. Dichos ajustes no deben representar cambios mayores a un 10 % del diseño

original. Caso contrario se deberá proceder con realizar el trámite del Licencia

Ambiental nuevamente.

La actualización de la EIA debe ser presentada por el Proponente o el

Representante Legal de la actividad, obra o proyecto a la SERNA, acompañado de una

carta en la que explique la razón del retraso del inicio de ejecución del proyecto y el

nuevo plazo solicitado para ésta.

La SERNA procederá, por medio de la Dirección General de Evaluación y

Control Ambiental, a revisar la actualización de la EIA. Como parte de esa revisión se

puede realizar una inspección al sitio del proyecto a fin de verificar en el campo la

situación del mismo.

En el caso de que la SERNA tuviera observaciones a la actualización podría

solicitar una ampliación de la información por una única vez. En caso de no satisfacerse

los requerimientos el expediente será archivado.

Como producto final del proceso de revisión, cuyo plazo no excederá los 20 días

habiles administrativos, la SERNA emitirá una Resolución con la ampliación del plazo

de la Licencia Ambiental.

7.3 AUTORREGULACIÓN AMBIENTAL DEL PROYECTO

La autorregulación ambiental del proyecto, se refiere a las acciones y

operaciones que deben realizarse, de forma autónoma, y en cumplimiento del principio

de responsabilidad ambiental, para cumplir con las medidas y compromisos ambientales

adquiridos como parte de la evaluación ambiental.

De acuerdo con el Reglamento del SINEIA, como parte de las acciones de

autorregulación ambiental los proyectos, obras o actividades con Licencia Ambiental

podrán disponer de diferentes instrumentos y medios para su cumplimiento.

Parte de estas herramientas son:

a. contar con un Responsable Ambiental,

Page 75: Manual de Evaluación y Control Ambiental

VERSIÓN FINAL 21 DE MAYO DE 2009 MANUAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

75 Control y Seguimiento Ambiental | REPUBLICA DE HONDURAS

b. con un sistema de registro de cumplimiento de medidas ambientales y

c. dado el caso, con el desarrollo de informes ambientales periódicos que

se entregan a la SERNA o cualquier otra entidad pública, privada,

autónoma o semiautónoma, facultada por ley para ello.

Los instrumentos y medios de autorregulación ambiental tienen que ser

solicitados de forma expresa por la SERNA o la autoridad correspondiente, como parte

del proceso de otorgamiento y renovación de la Licencia Ambiental; así como los de

inspección y auditoría ambientales.

Tal y como establece el Reglamento, el Responsable Ambiental de la obra o

actividad con Licencia Ambiental tiene la responsabilidad de velar por cumplir con las

medidas ambientales establecidas como parte del proceso de evaluación y control

ambiental, y así evitar que sus diferentes acciones produzcan daños al ambiente. Este

Responsable Ambiental debe fungir como un supervisor o regente ambiental de la

actividad u obra en operación. Para ejercer este cargo, el Responsable Ambiental debe

ser un Prestador de Servicios Ambientales debidamente registrado en la SERNA.

Referente a las actividades de Categoría 4, las acciones de control y

seguimiento quedarán definidas en las medidas de mitigación establecidas en la

Licencia Ambiental respectiva. Estas actividades las podrá llevar a cabo directamente el

Proponente, una firma consultora contratada por el Proponente, el personal de la DECA

o de las Unidades Ambientales o una firma consultora contratada por la SERNA, para

tal efecto. La modalidad de estos requisitos son establecidos como parte de la

Resolución que otorga la Licencia Ambiental.

Tal y como se señala en el Reglamento, para supervisar y fiscalizar el

cumplimiento de las responsabilidades ambientales suscritas para los proyectos, obras

o actividades con Licencia Ambiental y en ejecución, se aplicarán instrumentos de

inspección y auditoría ambiental de cumplimiento, según los mecanismos establecidos

en el Reglamento de Auditorías Ambientales. Los procedimientos e instrumentos que

explican la operación de este sistema de fiscalización y control ambiental se explica

más adelante en este Manual.

Page 76: Manual de Evaluación y Control Ambiental

VERSIÓN FINAL 21 DE MAYO DE 2009 MANUAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

76 Control y Seguimiento Ambiental | REPUBLICA DE HONDURAS

7.4 INFORMES AMBIENTALES

7.4.1 Marco técnico y legal de los Informes Ambientales de Cumplimiento

Los Informes Ambientales de Cumplimiento de las medidas ambientales son un

instrumento técnico del proceso de control y seguimiento ambiental de las actividades,

obras o proyectos en ejecución y que disponen de Licencia Ambiental, para las cuales

se les haya establecido el requisito por parte de la SERNA o la autoridad

correspondiente.

Su razón de ser encuentra fundamento en lo señalado en el Capítulo 1 del

presente Manual, respecto al hecho de que la EIA no finaliza con el otorgamiento de la

autorización o la Licencia Ambiental, sino que continúa durante la ejecución

(construcción) y funcionamiento de la actividad, obra o proyecto, e incluso durante su

cierre técnico y en algunos casos, todavía tiempo después de éste.

La SERNA o la autoridad correspondiente, como parte de la Resolución en la

que otorga el Licencia Ambiental, incluyen las condiciones en que se efectuará el

control y seguimiento ambiental, y como parte del mismo incluye la presentación de

Informes Ambientales.

Dichos informes deberán ser entregados por el Proponente con la periodicidad

que la SERNA o la autoridad correspondiente establezca en su resolución. Podrán ser,

mensuales, bimensuales, trimestrales, semestrales o anuales.

Los Informes Ambientales de Cumplimiento deben ser elaborados por un

profesional inscrito en registro de Prestadores de Servicios Ambientales de la SERNA.

La relación entre el Proponente y dicho Prestador de Servicios Ambientales se regirá

por un contrato privado.

Con la entrega del primer informe, el Proponente entregará una carta a la

SERNA señalando quien es el Prestador de Servicios Ambientales que estará a cargo

de la elaboración de los informes ambientales.

Page 77: Manual de Evaluación y Control Ambiental

VERSIÓN FINAL 21 DE MAYO DE 2009 MANUAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

77 Control y Seguimiento Ambiental | REPUBLICA DE HONDURAS

Para la elaboración del informe, el profesional responsable de su elaboración y

designado aquí como el Responsable Ambiental de la actividad, obra o proyecto en

ejecución deberá cumplir las siguientes funciones:

a) Realizar inspecciones periódicas al sitio a fin de verificar de forma directa

el cumplimiento de la aplicación de las medidas ambientales.

b) Interactuar y comunicarse con los trabajadores a cargo de las diferentes

labores de la ejecución de proyecto a fin de explicarles las medidas

ambientales establecidas en el Plan de Manejo Ambiental a fin de

prevenir, disminuir o corregir impactos ambientales.

c) Levantar datos específicos sobre el manejo ambiental de la actividad.

d) Tomar un registro fotográfico de las principales acciones que se realizan.

En el Documento 10 del Anexo al presente Manual de Evaluación y Control

Ambiental se presenta el Formato de Autocontrol Ambiental por parte del Responsable

Ambiental de la actividad, obra o proyecto en ejecución. Dicho Formato no pretende ser

exhaustivo y cubrir todos los factores, por el contrario tiene como fin servir de guía

mínima para que el Responsable Ambiental lo adopte a la situación del proyecto objeto

de la inspección de auto-control ambiental.

Para cada inspección que se realiza deberá llenarse el Formulario, el cual

formará parte de los anexos del Informe Ambiental de Cumplimiento, siempre que esté

debidamente firmado.

7.4.2 Contenido Temático del Informe Ambiental de Cumplimiento

El Informe Ambiental de Cumplimiento es un documento que reporta el estado

ambiental de una actividad, obra o proyecto que se encuentra en ejecución o

funcionamiento y que explica la aplicación, durante un período de tiempo determinado,

de las medidas ambientales que fueron establecidas en la EIA realizada. También

reporta si ha sido necesario modificar o ajustar determinada medida ambiental ante

ciertas situaciones que se han dado.

Page 78: Manual de Evaluación y Control Ambiental

VERSIÓN FINAL 21 DE MAYO DE 2009 MANUAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

78 Control y Seguimiento Ambiental | REPUBLICA DE HONDURAS

El Informe Ambiental debe ser un documento más bien corto y conciso, en el que

la información que aporte sea clara y de fácil revisión por parte de la autoridad

ambiental responsable de su fiscalización o de cualquier otro interesado.

El contenido temático y el formato del Informe Ambiental de Cumplimiento, es el

siguiente:

1. Portada: debe indicar con claridad el nombre del proyecto, su número de

Licencia Ambiental, el nombre del Proponente, el período de tiempo que

cubre el informe, el nombre del profesional responsable del mismo y la fecha

de entrega del informe. Puede llevar una fotografía panorámica y reciente del

área del proyecto.

2. Hoja de declaración jurada y de responsabilidad ambiental, en la que el

Proponente y el Prestador de Servicios Ambientales que ejerce la regencia o

supervisión ambiental del proyecto, declaran que la información contenida en

el documento es cierta y actual. Dicho juramento se formalizará con la firma

de ambos.

3. Contenido temático del informe.

4. Introducción, en la que se explique el objetivo y alcance del informe (período

que cubre). También debe presentarse la ubicación del proyecto y un breve

resumen de la descripción del mismo y el estado de avance que tiene al

momento de presentar el informe.

5. Explicación sobre la situación ambiental del proyecto, en la que se indiquen

las principales actividades realizadas durante el período que cubre el informe

y así como las medidas ambientales aplicadas según el cronograma del Plan

de Gestión Ambiental. Como parte de este capítulo se debe presentar el

Formato de Autorregulación Ambiental en el que se hará visualizar la

calificación ambiental obtenida poniendo color (verde, amarillo o rojo) según

la casilla marcada en el mismo.

6. Registro fotográfico reciente. Deben presentarse fotos a color debidamente

explicadas en la que se muestre un panorama general de la situación del

área del proyecto.

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VERSIÓN FINAL 21 DE MAYO DE 2009 MANUAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

79 Control y Seguimiento Ambiental | REPUBLICA DE HONDURAS

7. Problemas registrados, balance general y tareas pendientes. Deben

explicarse si han surgido problemas en la aplicación de medidas ambientales

o bien accidentes y cómo se han atendido. También se debe calificar la

situación general del proyecto y las tareas pendientes de realizar.

8. Anexos: adjuntar los documentos que se consideren pertinentes y que

refuercen el proceso de autorregulación ambiental ejercido y el cumplimiento

de las medidas ambientales. Pueden incluirse copias de contratos para

atender temas ambientales, copias de análisis de laboratorio realizados o

bien pruebas de calidad efectuadas.

El informe debe presentarse en hojas tamaño carta, debidamente empastado. Su

extensión no debería exceder las 20 páginas.

7.5 INSPECCIONES AMBIENTALES

Las inspecciones ambientales son instrumentos de fiscalización o verificación

ambiental que se realizan en el sitio del proyecto, obra o actividad, en cualquier fase de

su desarrollo (incluso de previo a su inicio), con el fin de obtener información útil para el

proceso de evaluación ambiental o bien como parte del proceso de control y

seguimiento ambiental.

Las inspecciones ambientales pueden ser realizadas tanto por entes públicos

como privados, debidamente calificados.

En el caso de los entes públicos, puede corresponder, por ejemplo a la

inspección ambiental que realiza un funcionario o equipo de evaluadores ambientales

de la DECA o en general de la SERNA, durante el trámite de una evaluación de impacto

ambiental de un proyecto, obra o actividad.

En el caso de los entes privados, la tarea de monitoreo y de seguimiento

ambiental que realiza el Responsable Ambiental se define como una inspección

ambiental, en este caso dentro del contexto del proceso de autorregulación ambiental.

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VERSIÓN FINAL 21 DE MAYO DE 2009 MANUAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

80 Control y Seguimiento Ambiental | REPUBLICA DE HONDURAS

La inspección ambiental se diferencia de la auditoría ambiental en el hecho de

que la auditoría implica un procedimiento más detallado y un objetivo específico dentro

del proceso de evaluación y control ambiental. De forma práctica, una auditoría

ambiental está más estructurada y requiere para su realización de un periodo de tiempo

más extenso que una inspección ambiental.

Como parte de la inspección ambiental se puede llenar un formulario a modo de

registro de su realización. Como producto final, puede generarse un informe o reporte

de la inspección que se adjunta al expediente respectivo.

7.6 AUDITORIAS AMBIENTAL

7.6.1 Alcance de la Auditoría Ambiental

Como complemento a lo establecido en el Ley, el reglamento general y el

reglamento del SINEIA, la SERNA ha publicado un reglamento especial sobre

Auditorías Ambientales. En dicho reglamento, se explica con detalle el alcance que

tienen las auditorías ambientales como parte del proceso de control y seguimiento

ambiental. Aquí se presenta un pequeño resumen sobre el mismo.

De acuerdo con dicho reglamento la auditoría ambiental en su sentido más

amplio, es la verificación en el sitio de una obra o actividad en operación, por parte del

SINEIA o de una entidad autorizada por éste, con el objetivo de verificar, por medio de

un procedimiento ordenado y estandarizado, que dichas actividades humanas no estén

provocando daños ambientales irreversibles. Según dicha definición, las auditorías se

realizan previa comunicación y coordinación entre el ente auditor y el auditado.

De acuerdo al referido reglamento, se definen cuatro conceptos de aplicación de

las auditorías ambientales para Honduras, las cuales se resumen y explican en la Tabla

No. 3.

De conformidad con lo que establece el Reglamento de Auditorías Ambientales,

el presente Manual debe completar el mismo, explicando dos instrumentos básicos

vinculados al tema. Estos son:

Page 81: Manual de Evaluación y Control Ambiental

VERSIÓN FINAL 21 DE MAYO DE 2009 MANUAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

81 Control y Seguimiento Ambiental | REPUBLICA DE HONDURAS

a) Términos de Referencia pre-establecidos para la elaboración de los Estudios

de Auditoría Ambiental (EAA), lo cuales se explican en el Capítulo siguiente,

y

b) Los procedimientos técnicos de las auditorías ambientales, los cuales se

explican en la siguiente sección.

Tabla No. 3

Tipos de auditoría ambiental y ámbito de aplicación en Honduras NO. TIPO DE

AUDITORÍA AMBIENTAL

DEFINICIÓN ÁMBITO DE APLICACIÓN OBSERVACIONES

1. Auditoría Ambiental de Cumplimiento:

Se orienta a verificar la observancia de las medidas, a las cuales se obligó al representante legal de una empresa, ante la Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente (SERNA), sean éstas derivadas de un contrato de medidas de normalización y/o mitigación; así como, de una resolución administrativa. Este tipo de auditoría, puede ser realizada por la autoridad competente o por los Prestadores de Servicios Ambientales (PSA), registrados en la SERNA.

Las empresas con permiso o Licencia Ambiental obtenida antes de diciembre del 2006 deben realizar de inmediato una auditoría de cumplimiento ambiental y repetirla cada dos años.

Las que obtuvieron la Licencia Ambiental desde enero del 2007, deben hacerlo al año de entrada en vigencia del reglamento de auditorías ambientales.

Las empresas que reciben Licencia Ambiental o que están al día hasta el momento de publicación del reglamento deben presentar la Auditoría Ambiental de Cumplimiento en dos años y repetirla con esa periodicidad.

2. Auditoría Ambiental de Cierre de Construcción:

Se aplica a los proyectos que han finalizado su etapa de construcción y que por su naturaleza requieren de una verificación ambiental. Esta auditoría puede ser realizada por la autoridad competente o por los Prestadores de Servicios Ambientales (PSA) registrados en la SERNA.

Todas las empresas que hayan obtenido su Licencia Ambiental bajo la tabla de categorización emitida en el acuerdo 635- 2004 del 4 de noviembre del 2004, que se hayan clasificado como categoría 3 y que estén en proceso de construcción, deberán someterse a una auditoría ambiental de cierre por construcción de la obra, para verificar que hayan implementado las medidas exigidas por la autoridad

Debe cumplirse un procedimiento básico y estandarizado de auditoría ambiental de cumplimiento.

La auditoría ambiental de cumplimiento debe presentarse también como requisito para renovar el Permiso o Licencia Ambiental.

Page 82: Manual de Evaluación y Control Ambiental

VERSIÓN FINAL 21 DE MAYO DE 2009 MANUAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

82 Control y Seguimiento Ambiental | REPUBLICA DE HONDURAS

NO. TIPO DE AUDITORÍA AMBIENTAL

DEFINICIÓN ÁMBITO DE APLICACIÓN OBSERVACIONES

competente.

Todas las empresas que posterior a la entrada en vigencia de este Reglamento soliciten su Licencia Ambiental bajo el nuevo procedimiento del Reglamento del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental, y que se hayan clasificado como categoría 3 y 4, deberán someterse a una auditoría ambiental de cierre por construcción, previo al inicio de sus operaciones para verificar que hayan implementado las medidas exigidas por la Autoridad Competente.

3. Auditoría Ambiental de Cierre de Operación:

Se aplica a empresas próximas a cerrar operaciones y que por su naturaleza requieren de una verificación ambiental. Esta auditoría puede ser realizada por la autoridad competente o por los Prestadores de Servicios Ambientales (PSA) registrados en la SERNA.

Todas aquellas empresas con permiso ambiental y que por decisión propia u exigencia gubernamental, cierren sus operaciones, deberán someterse, un año antes de su clausura, a una auditoría ambiental de cierre por finalización de operaciones, para verificar que hayan implementado las medidas exigidas por la autoridad competente o para identificar posibles impactos ambientales que hayan surgido como consecuencia de sus operaciones.

Debe cumplirse un procedimiento básico y estandarizado de auditoría ambiental de cumplimiento.

4. Estudio de Auditoría Ambiental (EAA):

Es el documento, preparado por una empresa consultora o un equipo multidisciplinario, que contiene toda la información recopilada, analizada e interpretada en el proceso de elaboración de la auditoría ambiental y que se basa en Términos de Referencia aprobados por la SERNA.

Se aplica a las actividades u obras de la categoría 4 que no tienen Licencia Ambiental y que deben ajustarse al requerimiento de una Auditoría Ambiental (según establece la Ley) para ponerlas “al día” respecto a su condición ambiental.

Nota: las categorías 1 – 3 no deben realizar el EAA, sino que presentan los formularios ambientales y dado el caso preparan un Plan Mejoramiento Ambiental.

En términos generales corresponde con lo que algunos designan como la auditoría ambiental inicial o de diagnóstico, cuyo fin es establecer la situación ambiental de la actividad u obra y con ello desarrollar un Plan de Gestión, Manejo o Mejoramiento Ambiental.

Fuente: Reglamento de Auditorías Ambientales.

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VERSIÓN FINAL 21 DE MAYO DE 2009 MANUAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

83 Control y Seguimiento Ambiental | REPUBLICA DE HONDURAS

7.6.2 Procedimiento e instrumentos de Auditoría Ambiental

De conformidad con el marco jurídico analizado en la sección anterior, la

Auditoría Ambiental aplicada al proceso de EIA, es una herramienta de verificación de

cumplimiento de la aplicación de las medidas ambientales establecidas en el marco del

otorgamiento de la Licencia Ambiental.

Algunos elementos del procedimiento técnico a aplicar y los instrumentos de las

Auditorías Ambientales, son los siguientes:

1. En la emisión de la Licencia Ambiental para una determinada actividad, obra o

proyecto que haya realizado trámite de Evaluación de Impacto Ambiental, la

SERNA o la autoridad correspondiente, establecerá el requerimiento de realizar

auditorías ambientales durante la construcción y operación de la misma, según

lo establece el Reglamento de Auditorías Ambientales.

2. Como parte de dicho requerimiento, se establecerá también la periodicidad en

que se deberán realizar las Auditorías Ambientales según el reglamento

específico sobre el tema.

3. Se dejará claro que se ejecutará una Auditoría Ambiental al menos al final de la

fase de la construcción de la actividad, obra o proyecto, y previo al inicio del

funcionamiento y, dependiendo de la actividad, obra o proyecto, también para el

cierre de la misma.

4. Para la aplicación de la Auditoría Ambiental el ente responsable de realizarla

deberá aplicar como base para su diseño, la Metodología Estándar para

Auditoría Ambiental de Honduras, que la SERNA dispondrá para su uso y

conocimiento. Esta Metodología Estándar establece los pasos a seguir y la

temática básica a considerar y que el ente auditor debe ajustar a la situación de

la actividad, obra o proyecto. A su vez, a partir de dicha Metodología Estándar,

el ente auditor determinará la calificación ambiental de la actividad, obra o

proyecto objeto de la auditoría.

5. Una vez realizada la Auditoría Ambiental debe generarse un Informe de

Auditoría Ambiental, en el que se presentarán los principales resultados y la

calificación ambiental obtenida.

Page 84: Manual de Evaluación y Control Ambiental

VERSIÓN FINAL 21 DE MAYO DE 2009 MANUAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

84 Control y Seguimiento Ambiental | REPUBLICA DE HONDURAS

6. Los informes de auditoría ambiental serán remitidos a la SERNA o la autoridad

que corresponda, por el ente de auditoría, como máximo 15 días después de

finalizada la misma. De no cumplirse el plazo, la auditoría no se considerará

válida y se deberá repetir con otro ente auditor.

7. En el caso de los proyectos, obras o actividades de categoría 2 y 3 (no incluidos

en punto 4 de este procedimiento), la SERNA u otra autoridad correspondiente

indicará el procedimiento particular que se seguirá en la auditoría ambiental o en

su defecto la inspección ambiental, la cual quedará bajo su responsabilidad y

según sea el caso.

8. Para los proyectos de categoría 4 la Auditoría Ambiental deberá ser relizada por

un prestador de servivios ambientales debidamente registrado ante la SERNA.

9. Para la selección del ente de auditoría el Proponente de la actividad, obra o

proyecto deberá consultar el registro de Auditores Ambientales acreditados que

pondrá a disposición la SERNA.

En el Documento 11 del Anexo al presente Manual de Evaluación y Control

Ambiental se presenta la Metodología Estándar para Auditoría Ambiental, así como

otros instrumentos de apoyo para su realización y la calificación ambiental de las

actividades y obras sujetas al proceso de control y seguimiento ambiental.

7.7 CALIFICACIÓN AMBIENTAL E INCENTIVOS AMBIENTALES (GALARDÓN AMBIENTAL)

7.7.1 Calificación Ambiental

De acuerdo con el Reglamento del SINEIA, como resultado del proceso de control y

seguimiento ambiental a las obras o actividades en construcción u operación que realice

la SERNA o la autoridad correspondiente, por medio de inspecciones o auditorías

ambientales, se verificará la calidad ambiental de las mismas utilizando el procedimiento

diseñado explicado en la sección anterior.

Para verificar la calidad ambiental se tomará en cuenta la situación ambiental

general, el grado de cumplimiento de los compromisos ambientales y la situación del

control de los impactos ambientales negativos.

Page 85: Manual de Evaluación y Control Ambiental

VERSIÓN FINAL 21 DE MAYO DE 2009 MANUAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

85 Control y Seguimiento Ambiental | REPUBLICA DE HONDURAS

Esta calidad ambiental seguirá un estándar básico de calificación ambiental, de 3

niveles: verde, amarillo y rojo.

En la Figura 6 se ilustra el diagrama básico que muestra la lógica del proceso de

calificación ambiental de las actividades, obras o proyectos en construcción u operación

como producto del proceso de control y seguimiento ambiental realizado mediante las

auditorías ambientales de cumplimiento o bien por inspecciones ambientales.

El procedimiento básico parte de la idea de calificar, según el sistema estandarizado

y explicado en el Documento 11 del Anexo del Manual, para que como producto de

la auditoría ambiental se obtenga una calificación en tres niveles: verde, amarillo y rojo.

Las actividades con calificación en verde, son aquellas que presentan un efectivo

cumplimiento de sus medidas ambientales y por tanto son objeto de incentivos

ambientales, así como de galardones que la SERNA emitirá.

Las actividades con calificación en amarillo, representan aquellas que todavía deben

avanzar en el cumplimiento de las medidas para poder pasar a la condición verde.

Las actividades en rojo son aquellas que presentan una condición de incumplimiento

significativo de las medidas ambientales para las cuales o bien se establecen plazos

para su corrección o bien, según la condición de incumplimiento se proceda con

sanciones de conformidad que establece la legislación vigente.

Page 86: Manual de Evaluación y Control Ambiental

VERSIÓN FINAL 21 DE MAYO DE 2009 MANUAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

86 Control y Seguimiento Ambiental | REPUBLICA DE HONDURAS

Control ySeguimiento

Control y seguimiento

Inspecciones Ambientales

Auditorías Ambientales

CalificaciónAmbiental

Sistema de acreditación y certificación ambiental

Incentivos

Plazos

Advertencia de sanción

GalardónAmbiental

Fig. 6. Diagrama del sistema de calificación ambiental a partir de las inspecciones y auditorías ambientales, considerando los resultados de esa calificación.

7.7.2 Incentivos Ambientales y Galardón Ambiental

De acuerdo con lo señalado en el Reglamento del SINEIA, la SERNA o la autoridad

correspondiente, podrá otorgar todos y alguno de los siguientes incentivos ambientales,

para aquellos proyectos, obras o actividades en ejecución que presenten una condición

de equilibrio ambiental, de cumplimiento de los compromisos; es decir, que tenga una

calificación del nivel primero (verde):

a) reducción del monto de la fianza o garantía ambiental,

b) reducción de la periodicidad de la entrega de los informes de control y

seguimiento ambiental y

c) disminución de la cantidad de auditorías ambientales que se le habían ordenado

en la resolución administrativa correspondiente; y

d) la entrega de galardones ambientales que para tal efecto emitirá la Secretaría de

Estado en los Despachos de Recursos Naturales y Ambiente (SERNA)

anualmente.

Page 87: Manual de Evaluación y Control Ambiental

VERSIÓN FINAL 21 DE MAYO DE 2009 MANUAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

87 Control y Seguimiento Ambiental | REPUBLICA DE HONDURAS

La oficialización de los incentivos ambientales antes señalados se realizará por

medio de una Resolución debidamente fundada y toda vez que se sustente en el

resultado de un informe de auditoría de cumplimiento ambiental o dado el caso, de

inspección ambiental.

La Resolución correspondiente se emitirá como máximo un mes después de

haberse recibido o haberse emitido el informe de auditoría ambiental o de inspección

ambiental, según corresponda.

Además de la Resolución indicada, la SERNA publicará, por un medio de

divulgación público, con periodicidad de 6 meses, los resultados de las calificaciones

ambientales realizadas. En dicho listado se incluirá el total de las actividades, obras o

proyectos objetos de control y seguimiento ambiental y se señalará cuáles de éstos han

calificado en condición verde y por tanto, son objeto de incentivos ambientales,

incluyendo el Galardón Ambiental.

El galardón ambiental comprende una bandera verde, un sello ambiental y una

certificación oficial sobre la misma.

El formato del galardón ambiental, tanto en lo referente a la bandera verde, como el

sello ambiental y la certificación oficial, corresponden al producto de un concurso

organizado por la SERNA a nivel nacional. Una vez seleccionados, serán incluidos

como parte del Documento 12 del presente Manual.

La validez del galardón será de dos años y podrá ser renovada, siempre y cuando

medie un proceso de control y seguimiento (auditoría o inspección ambiental, cuando

aplique) que ratifique la condición de calificación verde que motivó el otorgamiento del

galardón. En el caso de que el proyecto no califique en condición verde, el uso del

galardón no podrá darse.

Page 88: Manual de Evaluación y Control Ambiental

VERSIÓN FINAL 21 DE MAYO DE 2009 MANUAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

88 Gestión ambiental de actividades sin EIA y en operación | REPUBLICA DE HONDURAS

8. Gestión ambiental de actividades sin EIA y en operación

8.1 INTRODUCCIÓN

Debido a que la Ley General del Ambiente fue promulgada en el año 1993, es

posible afirmar que el proceso de EIA se instaura de forma general e integral en

Honduras a partir de ese momento. En la práctica esto quiere decir que las actividades,

obras o proyectos NUEVOS (desarrollados después de 1993), con impactos

ambientales significativos, debían cumplir con el trámite de EIA y ejecutarse y funcionar

dentro del marco del Licencia Ambiental otorgado por la SERNA. El proceso de EIA

descrito en los siete capítulos precedentes resumen la serie de procedimientos e

instrumentos aplicables dentro de ese contexto.

Bajo lo arriba expuesto la pregunta lógica que se hace es: ¿y qué pasa con las

actividades y obras en operación al momento de la promulgación de la Ley General del

Ambiente?

Resulta claro que la Ley no puede puede aplicarse retroactivamente. Lo que si

se puede hacer es promover que para el cumplimiento de los términos de la Ley

General del Ambiente y otras leyes ambientales, dichas actividades y obras en

operación sigan funcionando bajo un marco de corrección y prevención de la

contaminación, lo cual se lleva a cabo a través de la creación y la aplicación del

Reglameno de Auditoriás Ambientales.

De esta forma se logra un equilibrio justo entre las actividades, obras y proyectos

nuevos que cumplen con la Evaluación de Impacto Ambiental y las actividades y obras

en operación que por su entrada en funcionamiento, no cumplieron con ella.

La legislación ambiental promulgada a partir de la Ley General del Ambiente,

incluyendo el reglamento general, el nuevo reglamento del SINEIA y el reglamento

especial de auditorías ambientales establecen con claridad el procedimiento de gestión

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VERSIÓN FINAL 21 DE MAYO DE 2009 MANUAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

89 Gestión ambiental de actividades sin EIA y en operación | REPUBLICA DE HONDURAS

ambiental que debe regir a esas actividades y obras anteriores a 1993, y también a

aquellas otras, surgidas después de ese año, y que todavía no disponen de Licencia

Ambiental.

Con el cumplimiento de este procedimiento de “puesta al día” de la situación

ambiental de las actividades y obras que no realizaron EIA y por tanto, no cuentan con

Licencia Ambiental, se logra obtener un equilibrio justo y apropiado con respecto a

aquellas actividades, obras y actividades que si tienen la respectiva Licencia Ambiental.

8.2 LINEAMIENTOS REGLAMENTARIOS

8.2.1 Reglamento del SINEIA

De acuerdo con el Reglamento del SINEIA, y en cumplimiento de lo establecido

en la Ley General del Ambiente y el Reglamento General de la misma, las actividades y

obras en operación que no dispongan de Licencia Ambiental y que hayan entrado en

operación con anterioridad al 29 de julio de 1993, deberán sujetarse a un proceso de

control ambiental basado en autorregulación y mejoramiento de su desempeño

ambiental.

Se indica además, que también deberán someterse a un control ambiental, que

verifique que están cumpliendo con la normativa ambiental vigente y no estén causando

daños al ambiente, aquellas actividades u obras que iniciaron su etapa de construcción

u operación sin contar con la respectiva Licencia Ambiental, con posterioridad al 30 de

julio de 1993.

El Reglamento del SINEIA, ordena que las actividades y obras en operación que

deberán sujetarse al proceso de control ambiental corresponden con las categorías 1, 2,

3 y 4 de la Tabla de Categorización Ambiental. Con este mandato, el mencionado

reglamento efectúa una equiparación y señala que la Tabla de Categorización

Ambiental es funcional, no solo para actividades, obras y proyectos nuevos, sino

también para las que ya se encuentran operando.

Page 90: Manual de Evaluación y Control Ambiental

VERSIÓN FINAL 21 DE MAYO DE 2009 MANUAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

90 Gestión ambiental de actividades sin EIA y en operación | REPUBLICA DE HONDURAS

8.2.2 Reglamento especial de Auditorías Ambientales

En el Capítulo II, Sección Primera: De las auditorías ambientales para empresas

sin permiso ambiental de Reglamento de Auditorías Ambientales se explica claramente

los procedimientos que aplicarán, según las categorías 1, 2, 3 o 4 a que pertenezca la

actividad u obra que debe cumplir con el trámite de Licencia Ambiental.

a. Solicitud de Certificado Ambiental ante la SERNA

Las empresas que hayan iniciado operaciones y no cuenten con permiso

ambiental, así como las que se establecieron antes de que entrara en vigencia la Ley

General de Ambiente (20 de julio de 1993), y que pertenezcan a las categorías 1, 2, 3, y

4 estipuladas en la Tabla de Categorización Ambiental vigente, deberán solicitar un

Certificado Ambiental a la autoridad competente para continuar sus operaciones y

garantizar, con ello, el cumplimiento de la legislación ambiental.

b. Requisitos para la Categoría 1

Todas las empresas que sean categoría 1 deberán presentar el formulario

SINEIA F-01 y someterse al Código o a las Guías de Buenas Prácticas Ambientales

aplicables al sector productivo correspondiente.

c. Requisitos para las categorías 2 y 3

Todas las empresas que sean categoría 2 y 3 deberán presentar el formulario

SINEIA F-02 ante la Autoridad Competente y, de acuerdo al nivel de significancia de

impacto ambiental identificado por medio del formulario, se determinará la herramienta

de control ambiental más adecuada para controlar los impactos identificados.

Cuando el valor de la Significancia de Impacto Ambiental (SIA) identificado sea

“moderado” y el sector cuente con Guías de Buenas Prácticas Ambientales, la empresa

podrá optar por el contrato de medidas de normalización, o por la implementación de las

guías como compromiso ambiental ante la Autoridad Competente; pero la

Page 91: Manual de Evaluación y Control Ambiental

VERSIÓN FINAL 21 DE MAYO DE 2009 MANUAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

91 Gestión ambiental de actividades sin EIA y en operación | REPUBLICA DE HONDURAS

implementación de las guías solo será reconocida cuando sea emitida y notificada la

resolución administrativa respectiva y será suficiente para obtener el Permiso

Provisional.

La empresa tendrá 12 meses para implementar las medidas estipuladas en

dichas guías. Durante ese período deberá someterse a una auditoría de cumplimiento

para verificar que ha acatado en su totalidad las medidas y disposiciones emitidas.

Luego de esta auditoría, se le otorgará el Certificado Ambiental.

Cuando el valor de la Significancia de Impacto Ambiental identificado sea “Alto”,

la empresa deberá elaborar y presentar a conformidad un Plan de Mejoramiento

Ambiental (PMA) como compromiso ambiental ante la Autoridad Competente. En este

caso, no se será necesaria la firma de un contrato de medidas de normalización, sino

solamente la resolución administrativa mediante la que se otorga el Permiso Provisional.

La empresa tendrá 12 meses para implementar las medidas estipuladas en

dicho Plan. Durante este periodo deberá someterse a una auditoría de cumplimento

para verificar que ha cumplido en su totalidad las medidas y disposiciones, luego de lo

cual, se le otorgará el Certificado Ambiental.

d. Requisitos para la Categoría 4

Cuando el valor de la Significancia de Impacto Ambiental (SIA) identificado sea

“Muy Alto”, las empresas deberán someterse al proceso señalado para las que son

categoría 4.

Todas las empresas que sean categoría 4, y como parte del proceso de

obtención de un certificado ambiental, deberán elaborar un Estudio de Auditoría

Ambiental con la finalidad de determinar la Significancia de Impacto Ambiental de sus

operaciones.

El Estudio de Auditoría Ambiental (EAA) deberá elaborarse bajo los

lineamientos pre-establecidos en el presente Manual o en los Términos de Referencia

específicos preparados por la SERNA, posterior a una inspección de campo.

Cuando la empresa sujeta a auditoría realice el EAA con base en los Términos

de Referencia pre-establecidos en el Manual de Evaluación y Control Ambiental, deberá

Page 92: Manual de Evaluación y Control Ambiental

VERSIÓN FINAL 21 DE MAYO DE 2009 MANUAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

92 Gestión ambiental de actividades sin EIA y en operación | REPUBLICA DE HONDURAS

elaborar un PMA (Plan de Mejoramiento Ambiental) basado en los resultados de dicha

auditoría. Tanto el EAA como el PMA deberán ser presentados ante la Secretaría de

Recursos Naturales y Ambiente (SERNA) al momento de solicitar el Certificado

Ambiental.

Cuando la empresa sujeta a auditoría opte por realizar el EAA con base en

Términos de Referencia específicos elaborados por la SERNA, deberá presentar

previamente a ésta la solicitud del Certificado Ambiental. Como resultado de la auditoría

deberá elaborar un PMA y tanto el EAA como el PMA deberán ser presentados ante la

Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente (SERNA).

Si el EAA y el PMA son aceptados por la SERNA, ésta procederá a resolver de

conformidad y se suscribirá el Contrato de Medidas de Normalización entre el

representante legal de la empresa y el Secretario de Estado de la SERNA, quien

extenderá el Permiso Provisional. Dicho permiso tendrá una vigencia de 12 meses,

periodo en el cual la empresa deberá implementar las medidas derivadas del PMA.

Durante este periodo, y por medio de una auditoría de cumplimiento, se verificará el

acatamiento de las medidas. Si estas medidas han sido implementadas a satisfacción

de la SERNA, dicha Secretaría le extenderá el Certificado Ambiental.

La tarifa por expedición del Certificado Ambiental se regirá por lo establecido en

el Artículo cinco (5) de la Ley General del Ambiente.

8.3 PROCEDIMIENTOS E INSTRUMENTOS TÉCNICOS

8.3.1 Categoría 1

El pago del monto por la certificación ambiental debe presentarse junto con la

solicitud de la misma y el Formulario SINEIA F-01 debidamente lleno.

El Formulario SINEIA F–01 deberá cumplir con los mismos procedimientos de

llenado y requisitos técnicos y legales establecidos en este Manual para el caso de

actividades nuevas.

En este caso, además de la información solicitada en el formulario, el propietario

de la empresa o bien su representante legal deberán incluir fotografías recientes que

muestren el estado de la actividad u obra en cuestión.

Page 93: Manual de Evaluación y Control Ambiental

VERSIÓN FINAL 21 DE MAYO DE 2009 MANUAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

93 Gestión ambiental de actividades sin EIA y en operación | REPUBLICA DE HONDURAS

El Formulario SINEIA F–01 representará una declaración jurada por parte del

propietario o su representante legal, de que la información aportada es verídica y

reciente y de que cumplirá, en todo lo que aplique, el Código de Buenas Prácticas

Ambientales que forma parte de los documentos anexos de este Manual.

En el caso que se suministre información errónea la SERNA podrá solicitar, por

una única vez que la misma se solvente. Para ello fijará el plazo correspondiente.

La SERNA (o la autoridad competente) dispone de un plazo máximo de 15 días

para tramitar el Formulario SINEIA F-01 y la solicitud de certificación ambiental. En el

caso de haber otorgado un plazo para la corrección de información, el mismo no será

contabilizado como parte de la revisión de los documentos.

Para el llenado del Formulario SINEIA F-01 no se requerirá la firma de un

Prestador de Servicios Ambientales.

8.3.2 Categorías 2 y 3

El pago del monto por la certificación ambiental debe presentarse junto con la

solicitud de la misma y el Formulario SINEIA F–02 debidamente lleno.

El Formulario SINEIA F–02 deberá cumplir con los mismos procedimientos de

llenado y requisitos técnicos y legales establecidos en este Manual para el caso de

actividades nuevas.

En este caso, además de la información solicitada en el formulario, el propietario

de la empresa o bien su representante legal deberán incluir fotografías recientes que

muestren el estado de la actividad u obra en cuestión.

El Formulario SINEIA F–02, representará una declaración jurada por parte del

propietario o su representante legal y de un Prestador de Servicios Ambientales

responsable del llenado técnico del formulario, de que la información aportada es

verídica y reciente y de que cumplirá, en todo lo que aplique, la Guía de Buenas

Prácticas Ambientales que aplique o en su defecto, el Plan de Mejoramiento Ambiental

que acompaña el formulario.

Page 94: Manual de Evaluación y Control Ambiental

VERSIÓN FINAL 21 DE MAYO DE 2009 MANUAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

94 Gestión ambiental de actividades sin EIA y en operación | REPUBLICA DE HONDURAS

En el caso que se suministre información errónea la SERNA podrá solicitar, por

una única vez que la misma se solvente. Para ello fijará el plazo correspondiente.

La SERNA o la autoridad competente dispone de un plazo máximo de 30 días

habiles administrativos para revisar y emitir una resolución a la solicitud presentada. En

el caso de haber otorgado un plazo para la completar o corregir información, el mismo

no será contabilizado como parte de la revisión de los documentos.

Para el llenado del Formulario SINEIA F–02 se requerirá la firma de un

Prestador de Servicios Ambientales.

En el caso de que se trate de una actividad de moderado impacto ambiental, al

final del proceso de revisión y en el caso de que la autoridad competente esté conforme

con la información suministrada, procederá a elaborar la Resolución de Permiso

Provisional, la cual se acompañará del respectivo Contrato de medidas de

normalización. Esta Resolución se notificará por los medios acostumbrados.

Por otro lado, en el caso de que se trate de una actividad de alto impacto

ambiental, y una vez revisado y aprobado por la autoridad respectiva el Formulario

SINEIA F–02 y el Plan de Mejoramiento Ambiental, se procederá a elaborar la

Resolución de Permiso Provisional.

El Permiso Provisional emitido tendrá una duración de 12 meses, en el

transcurso de los cuales se deberá realizar la respectiva Auditoría de Cumplimiento

Ambiental, de cuyo resultado dependerá la emisión final de la Certificación Ambiental

definitiva.

La Resolución que emite la Certificación Ambiental o en su defecto, los

requisitos faltantes para cumplirse, se comunicará al empresario, como máximo un mes

después de haberse recibido el informe de auditoría ambiental.

Para la elaboración del Plan de Mejoramiento Ambiental se deberán cumplir los

mismos procedimientos señalados en este Manual para la confección de un Plan de

Gestión Ambiental (ver el Capítulo 5). Dicho Plan de Mejoramiento Ambiental debe estar

firmado por un Prestador de Servicios Ambientales.

Page 95: Manual de Evaluación y Control Ambiental

VERSIÓN FINAL 21 DE MAYO DE 2009 MANUAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

95 Gestión ambiental de actividades sin EIA y en operación | REPUBLICA DE HONDURAS

8.3.3 Categoría 4

El pago del monto por la certificación ambiental debe presentarse junto con la

solicitud de la misma y el Estudio de Auditoría Ambiental que incluirá el respectivo Plan

de Mejoramiento Ambiental.

El Estudio de Auditoría Ambiental deberá cumplir con los términos de referencia

que se establecen en el Documento 12 del Anexo del presente Manual.

En el caso que se suministre información errónea la SERNA podrá solicitar, por

una única vez que la misma se solvente. Para ello fijará el plazo correspondiente.

La SERNA (o la autoridad competente) dispone de un plazo máximo de 45 días

habiles administrativos para tramitar el Estudio de Auditoría Ambiental y el Plan de

Mejoramiento Ambiental y la solicitud de certificación ambiental.

En el caso de haber otorgado un plazo para la corrección de información, el

mismo no será contabilizado como parte de la revisión de los documentos.

Si el empresario o su representante legal no desean apegarse al formato

estándar para la elaboración de la EAA, podrán solicitar a la SERNA, por escrito, que se

les elaboren los términos de referencia específicos. En la solicitud deberán indicar el

nombre de la empresa, la actividad que realiza, sus características y su localización.

Como parte del proceso la SERNA podrá realizar una inspección al sitio para verificar

de forma directa. En estos casos, la SERNA comunicará al interesado los términos de

referencia en un plazo de 30 días habiles administrativos una vez recibida la solicitud.

Una vez revisado y aprobado por la autoridad respectiva el EAA y el Plan de

Mejoramiento Ambiental, se procederá a elaborar la Resolución de Permiso Provisional

acompañado del Contrato de Medidas de Normalización entre el representante legal de

la empresa y el Secretario de Estado de la SERNA.

El Permiso Provisional emitido tendrá una duración de 12 meses, en el

transcurso de los cuales se deberá realizar la respectiva Auditoría de Cumplimiento

Ambiental, de cuyo resultado dependerá la emisión final de la Certificación Ambiental

definitiva.

Page 96: Manual de Evaluación y Control Ambiental

VERSIÓN FINAL 21 DE MAYO DE 2009 MANUAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

96 Gestión ambiental de actividades sin EIA y en operación | REPUBLICA DE HONDURAS

La Resolución que emite la Certificación Ambiental o en su defecto, los

requisitos faltantes para cumplirse, se comunicará al empresario, como máximo un mes

después de haberse recibido el informe de auditoría ambiental.

8.4 RECONOCIMIENTO DE CERTIFICACIONES AMBIENTALES

De conformidad con lo que establece el Reglamento del SINEIA, las actividades

u obras en operación que dispongan de una certificación ambiental que esté vigente y

que sea el resultado del desarrollo de un Plan de Gestión Ambiental, cuya

implementación está en ejecución, y que cubra los requerimientos señalados para los

instrumentos de evaluación y control ambiental establecidos, será válida y equivalente

para el proceso de resolución y Licencia Ambiental.

Para su concreción debe cumplirse únicamente con la entrega de la certificación

a la de la Secretaría de Estado en los Despachos de Recursos Naturales y Ambiente

(SERNA) o la autridad competente.

En este caso, la SERNA dispondrá de un plazo máximo de 30 días para analizar

la certificación y los documentos que la respaldan, en particular el Plan de Gestión

Ambiental. Como parte de este plazo la SERNA podrá realizar una inspección ambiental

al sitio de la empresa.

En el caso de que la información sea satisfactoria se procederá a emitir la

respectiva Certificación o Licencia Ambiental. En caso de que no lo fuera, se solicitará el

cumplimiento del procedimiento de Auditoría Ambiental que corresponda, según sea la

categoría a que pertenezca la actividad u obra en cuestión.

8.5 SISTEMA DE CONTROL Y SEGUIMIENTO AMBIENTAL

Las actividades u obras en operación que han obtenido el debido Certificado

Ambiental por parte de la SERNA o de la autoridad respectiva, estarán sujetos a las

mismas condiciones de control y seguimiento que se han establecido para las

actividades, obra o proyectos que han realizado EIA y que tienen Licencia Ambiental

(ver Capítulo 7 de este Manual).

Page 97: Manual de Evaluación y Control Ambiental

VERSIÓN FINAL 21 DE MAYO DE 2009 MANUAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

97 Otros componentes de la Evaluación de Impacto Ambiental | REPUBLICA DE HONDURAS

9. Otros componentes de la Evaluación de Impacto Ambiental

9.1 INTRODUCCIÓN

Como complemento al conjunto de procedimientos e instrumentos técnicos de la

Evaluación Ambiental descritos y analizados en los capítulos precedentes, en el

presente capítulo se desarrollan algunos temas complementarios y coadyuvantes cuyo

uso permite agilizar y mejora la calidad y eficiencia del proceso.

Es importante recalcar que como parte de estos instrumentos, no se incluyen

aquellos vinculados con la Evaluación Ambiental Estratégica ni de Evaluación de

Efectos Acumulativos, ya que su desarrollo completo y detallado se realiza en un

Manual separado, es decir, un Manual Técnico de Evaluación Ambiental Estratégica

que será elaborado por la SERNA.

Los componentes desarrollados en este capítulo incluyen:

• Guías de Buenas Prácticas Ambientales

• Prestadores de Servicios Ambientales, y

• Gobierno digital y EIA.

9.2 GUÍAS DE BUENAS PRÁCTICAS AMBIENTALES

La Guía Ambiental, se define como un documento técnico que incluye un conjunto

de medidas ambientales que deben realizarse en un proyecto, obra o actividad como

parte de su ciclo de desarrollo, que se ordena según sectores, subsectores o

actividades productivas. Se divide en tres partes que pueden publicarse de forma

integrada o separada, a saber: (a) de Evaluación de Impacto Ambiental, (b) de Buenas

Prácticas Ambientales y (c) para el Control y Certificación Ambiental.

Page 98: Manual de Evaluación y Control Ambiental

VERSIÓN FINAL 21 DE MAYO DE 2009 MANUAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

98 Otros componentes de la Evaluación de Impacto Ambiental | REPUBLICA DE HONDURAS

Su elaboración, contenido temático, revisión, oficialización y mejora es ordenada por

la SERNA según un procedimiento técnico que se explica en el presente Manual.

El Reglamento del SINEIA señala que la SERNA coordinará y promoverá la

elaboración y publicación de guías de buenas prácticas ambientales las que pueden ser

de actividades productivas específicas, genéricas, de subsectores o sectores

productivos. Para ello se podrá tomar en cuenta la división temática que tiene la Tabla

de Categorización Ambiental.

El Reglamento indica, además, que las Guías de Buenas Prácticas Ambientales

disponibles servirán como uno de los parámetros de referencia al momento de evaluar

los impactos sobre el medio, de un proyecto, obra o actividad en particular. Como parte

del proceso de evaluación ambiental del Formulario SINEIA F-02, el compromiso del

Proponente y su Consultor Ambiental a cumplir con determinadas normas técnicas o

Guías de Buenas Prácticas Ambientales será integrado como parte del proceso de

evaluación ambiental.

También se refiere que las Normas Técnicas y las Guías de Buenas Prácticas

Ambientales servirán adicionalmente como una de las referencias para la evaluación de

las actividades de un proyecto, obra o actividad en la etapa de Control y Seguimiento y

en las Auditorías Ambientales.

Las Guías de Buenas Prácticas Ambientales son instrumentos técnicos que

establecen un conjunto de medidas ambientales genéricas a desarrollar por actividades,

obras o proyectos pertenecientes a un sector productivo particular. Estas guías tienen

múltiples fines, entre los cuales está: que sirvan como una herramienta de educación

sobre la forma en que se debe considerar el tema ambiental dentro del ciclo básico de

desarrollo de un proyecto; servir de orientador o de apoyo básico para establecer

medidas ambientales concretas en el marco de la realización de un instrumento de

evaluación de impacto ambiental o en su defecto; elaborar un plan de monitoreo y

control ambiental de una actividad, obra o en ejecución.

El uso de Guías de Buenas Prácticas Ambientales se ha ido haciendo común en

muchos países, debido a que permite estandarizar las medidas ambientales dentro de

un marco lógico en el que la autoridad ambiental puede contribuir de forma proactiva en

el proceso.

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VERSIÓN FINAL 21 DE MAYO DE 2009 MANUAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

99 Otros componentes de la Evaluación de Impacto Ambiental | REPUBLICA DE HONDURAS

Otro de los elementos positivos que tiene el uso de Guías de Buenas Prácticas

Ambientales es que son instrumentos de tipo voluntario, no vinculante, y que solo

adquieren obligatoriedad de aplicación si el Proponente de una actividad, obra o

proyecto nueva o el Empresario de una Actividad u Obra en operación, se compromete

a cumplirla como parte del proceso de evaluación ambiental o de auditoría ambiental.

En Honduras, el desarrollo y promulgación de las guías de buenas prácticas

ambientales se adhiere al cumplimiento del Principio de Reglas Claras que establece el

Reglamento del SINEIA y que la define como “los lineamientos jurídicos, instrumentos y

procedimientos técnicos son publicados y puestos a disposición de todos los

interesados, de forma tal que puedan ser conocidos por todos, reduciendo así, a su

mínima expresión, la discrecionalidad y la subjetividad con que puedan tomarse

decisiones por parte de las autoridades, y dando un marco de transparencia e

información a la gestión que se realiza”.

Como parte del proceso de mejora continua del presente Manual, la SERNA dispone

de un procedimiento técnico para la elaboración de las Guías de Buenas Prácticas

Ambientales y su oficialización (ver Figura 7). Algunos de los lineamientos principales

de ese procedimiento incluyen:

1. La SERNA establecerá, de acuerdo a la experiencia desarrollada en el proceso

de EIA, la temática básica que deberá contener la Guías de Buenas Prácticas

Ambientales

2. La SERNA promoverá por sí mismo o por medio de consultorías externas la

elaboración de propuestas de Guías de Buenas Prácticas Ambientales.

3. Una vez que disponga de propuestas de Guías, se cumplirá el procedimiento de

revisión y discusión, por medio de un taller participativo, hasta acordar la versión

final de la guía, la cual se incorporará como parte de los Documentos Anexos al

presente Manual o se publicarán tanto en la página web de la SERNA como en

impresos.

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VERSIÓN FINAL 21 DE MAYO DE 2009 MANUAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

100 Otros componentes de la Evaluación de Impacto Ambiental | REPUBLICA DE HONDURAS

CBPA

GU

IA

CO

NS

TR

UC

CIO

N Hoteles

Eco –Turismo

Urbanizaciones

Alimentos

QuímicaBananoHelechos

TajosCauces

Hidro

Térmica

Planteles

Trasnsporte

Condominios

Edificios

Código de Buenas Prácticas Ambientales –Actividades de bajo y moderado – bajo impacto

GUÍAS AMBIENTALES

Guías más importantes (80 % del total)1- Construcción de obras2- Operación de actividades inmobiliarias y turísticas

Fig. 5. Diagrama de diseño de guías de buenas prácticas ambientales aplicadas al proceso de EIA. Además del Código de Buenas Prácticas, la base del proceso es la Guía de Construcción que es un factor común para muchas actividades. El resto de las guías cubren el funcionamiento u operación de las actividades, con o sin EIA.

En el Documento 13 del Anexo del presente Manual se desarrolla el

Procedimiento técnico para la elaboración de Guías de Buenas Prácticas Ambientales

para aplicar en el proceso Evaluación y Control Ambiental.

9.3 PRESTADORES DE SERVICIOS AMBIENTALES

Tal y como se puede observar con la lectura del presente Manual, los Prestadores

de Servicios Ambientales juegan un importante papel en el desarrollo y sostenibilidad

del proceso de Evaluación y Control Ambiental en el país.

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VERSIÓN FINAL 21 DE MAYO DE 2009 MANUAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

101 Otros componentes de la Evaluación de Impacto Ambiental | REPUBLICA DE HONDURAS

El campo de acción de los Prestadores de Servicios Ambientales no se limita

únicamente a su participación en Estudios de Impacto Ambiental. Sus tareas

funcionales pueden abarcar:

- Ser parte de los equipos de desarrollo de los proyectos, obras o

actividades desde sus inicios, de manera de incluir la variable ambiental

en los mismos.

- Servir de supervisores o regentes ambientales de actividades, obras o

proyectos en ejecución o funcionamiento.

- En el caso de que estén debidamente acreditados, servir como entes de

auditoría de evaluación ambiental, ya sea para control y seguimiento de

actividades, obras o proyectos en ejecución o funcionamiento, o bien

para desarrollar auditorías ambientales iniciales dentro de los programas

de autorregulación ambiental.

- Elaborar Programas de Manejo Ambiental de actividades y obras en

operación y que no tienen EIA o bien de Estudio de Auditoría Ambiental.

- Con la debida capacitación y acreditación, servir como consultores en

Evaluación Ambiental Estratégica y de Evaluación de Efectos

Acumulativos, tanto para el desarrollo de Planes de Ordenamiento

Territorial como de Políticas, Planes y Programas de diversos sectores

de desarrollo.

Ante esto, se hace indispensable contar con una regulación que establezca de

forma ordenada, los requisitos y procedimientos a cumplir para el registro y acreditación

de los Prestadores de Servicios Ambientales por parte de la SERNA.

Como parte de este proceso, la SERNA ha elaborado y publicado un Reglamento

Especial de Prestadores de Servicios Ambientales dentro del marco del principio de

acreditación y certificación. Dicho Reglamento, forma parte del presente Manual en los

aspectos qe así lo han requerido.

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VERSIÓN FINAL 21 DE MAYO DE 2009 MANUAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

102 Otros componentes de la Evaluación de Impacto Ambiental | REPUBLICA DE HONDURAS

9.4 GOBIERNO DIGITAL Y EIA

Tomando en cuenta que los medios informáticos son cada día más asequibles y

favorecen una comunicación más fluida y ambientalmente más eficiente que el uso de

numerosos documentos impresos, la SERNA como parte del proceso de mejora

continua, incorporará en un futuro cercano, procedimientos alternativos de gobierno

digital vinculado al proceso de EIA.

Para tal fin, se diseñarán y podrán en práctica procedimientos complementarios

para que los diversos instrumentos del proceso puedan ser llenados y transmitidos por

la vía digital, reduciendo al mínimo estrictamente necesario el manejo de documentos

impresos.

Estos procedimientos e instrumentos técnicos una vez elaborados se incorporarán al

presente Manual.

Page 103: Manual de Evaluación y Control Ambiental

VERSIÓN FINAL 21 DE MAYO DE 2009 MANUAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

103 Bibliografía | REPUBLICA DE HONDURAS

10. Bibliografía

López, M.E. (2008): Modelo Regional Armonizado de Auditoría Ambiental, Obligatoria y

Voluntaria (Autorregulación Ambiental). Informe de Consultoría, Acuerdo de

Cooperación USAID – CCAD, 67 p.

Page 104: Manual de Evaluación y Control Ambiental

VERSIÓN FINAL 21 DE MAYO DE 2009 MANUAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL AMBIENTAL

104 Anexo del Manual de Evaluación y Control Ambiental del SINEIA | REPUBLICA DE

HONDURAS

Anexo del Manual de Evaluación y Control Ambiental del SINEIA

Documento 1: Compilación de Normas relacionadas con EIA.

Documento 2: Acuerdo Ministerial que contiene la Tabla de Categorización Ambiental.

Documento 3: Formulario SINEIA F-01 y su respectivo instructivo de llenado.

Documento 4: Formulario SINEIA F-02 y su respectivo instructivo de llenado.

Documento 5: Código de Buenas Prácticas Ambientales de Honduras.

Documento 6: Orientador General para la elaboración de los instrumentos de Evaluación de Impacto Ambiental

Documento 7: Matriz de Valoración de la Importancia de Ios impactos ambientales.

Documento 8: Formato de Revisión del Estudio de Impacto Ambiental.

Documento 9: Formato básico del Dictamen Técnico.

Documento 10: Formato de Autocontrol Ambiental

Documento 11: Procedimiento para Control y Seguimiento Ambiental

Documento 12: Términos de referencia para la elaboración del Estudio de Auditoría Ambiental.

Documento 13: Procedimiento técnico para la elaboración de Guías de Buenas Prácticas Ambientales.

Documento 14: Guía de Buenas Prácticas Ambientales de CONSTRUCCIÓN

Documento 15: Guía de Buenas Prácticas Ambientales para OPERACIÓN INMOBILIARIA.

Documento 16: Formato para Inspección Ambiental en el Sitio del Proyecto