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Manual de Funcionamiento del Mecanismos de Compensación por Servicios de Agua y Bosque. Municipalidad de Santa Clara La Laguna, Sololá Manual de Funcionamiento del Mecanismos de Compensación por Servicios de Agua y Bosque. Municipalidad de Santa Clara La Laguna, Sololá. Santa Clara La Laguna, Sololá, octubre de 2018.

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Santa Clara La Laguna, Sololá, octubre de 2018.

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Santa Clara La Laguna, Sololá, octubre de 2018.

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Manual de Funcionamiento del Mecanismos de Compensación por Servicios de Agua y Bosque. Municipalidad de Santa Clara La Laguna, Sololá

CRÉDITOS Citar: Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales. 2018. Manual de Funcionamiento del Mecanismos de Compensación por Servicios de Agua y Bosque. Municipalidad de Santa Clara La Laguna, Sololá. Proyecto Paisajes Productivos Resilientes al Cambio Climático y Redes Socioeconómicas Fortalecidas en Guatemala. MARN/PNUD/AF. Guatemala.

DIRECTORIO

Pedro Par Par Presidente del Concejo Municipal, Santa Clara La Laguna, Sololá

Nicolás Bay Chacom

Concejal I, Santa Clara La Laguna, Sololá

Melvin Ramiro Par Argueta Director Municipal de Planificación, Santa Clara La Laguna, Sololá

Alberto Ramón Tuj Chocoy

Secretario Municipal, Santa Clara La Laguna, Sololá

Juana Magdalena Chocoy Chocoy Directora Administrativa Financiera, Santa Clara La Laguna, Sololá

Con el apoyo técnico metodológico de: Manuel Perechú (Elaborador, Asociación de Amigos del Río Ixtacapa) Francisco Visoni (Apoyo Técnico y Revisor, INAB) Johnny Toledo (Revisor y Coordinador del Proyecto PPRCC) Otto Fernández (Director del Proyecto PPRCC) Juan Luis Sacayón, Manuel Perechú (fotografías) Guatemala, octubre de 2018.

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Manual de Funcionamiento del Mecanismos de Compensación por Servicios de Agua y Bosque. Municipalidad de Santa Clara La Laguna, Sololá

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ÍNDICE 1. Resumen ejecutivo .................................................................................................................... 3

2. Introducción ............................................................................................................................. 4

2.1 Propósito y Alcances del Manual ............................................................................................... 5

2.2 Usuarios del manual .................................................................................................................. 5

2.3 Modificaciones al manual .......................................................................................................... 5

3. Conceptos de pago por servicios ambientales (PSA) ................................................................... 5

3.1 Funciones de los ecosistemas ................................................................................................... 6 3.2 Bienes ecosistémicos ................................................................................................................ 7 3.3 Servicios ecosistémicos ............................................................................................................ 7 3.4 Sub cuenca ............................................................................................................................... 8

4. Gestión actual de bosque y agua ............................................................................................... 9

4.1 Ámbito departamental de Sololá .............................................................................................. 9 4.2 Nivel municipal ....................................................................................................................... 11 4.3 Marco legal ............................................................................................................................. 12

5. Financiamiento del mecanismo ............................................................................................... 13

5.1 Estructura organizacional del mecanismo .............................................................................. 13 5.2 Procedimiento y herramientas de trabajo .............................................................................. 17 5.2.1 Servicio de bosque para el consumo familiar de leña y madera ............................................. 17 5.2.2 Inspección de campo y reporte .............................................................................................. 18 5.2.3 Reporte de campo .................................................................................................................. 20 5.2.4 Aprobación y emisión de credencial ....................................................................................... 20 5.2.5 Reporte anual ante el CONAP e INAB ..................................................................................... 22 5.3 Servicio de agua en el área urbana y rural .............................................................................. 23 5.3.1 Caudal y aforo ........................................................................................................................ 23 5.3.2 Calidad del agua ..................................................................................................................... 24 5.3.3 Organización del monitoreo ................................................................................................... 24 5.4 Recaudación y distribución de Fondo de agua y bosque ........................................................ 25 5.5 Distribución de los fondos de conservación de agua y bosque .............................................. 27 5.6 Comisión de vigilancia ............................................................................................................ 27

6. Anexo ..................................................................................................................................... 28

Anexo 1. Diagnóstico de agua y bosque ..................................................................................................... 28

Anexo 2. Reglamento de operación y funcionamiento del Mecanismo de Compensación por Servicio de

Agua y Bosque ............................................................................................................................................ 45

Anexo 3. Reglamento municipal de desconcentración y descentralización de funciones de CONAP e INAB

para el consumo familiar de leña y madera ............................................................................................... 54

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LISTA DE ACRÓNIMOS

Siglas Descripción

ADRI Asociación de Amigos del Río Ixtacapa

CONAP Consejo Nacional de Áreas Protegidas

GTM Guatemala Transversa Mercator (por sus siglas en inglés)

INAB Instituto Nacional de Bosques

INGUAT Instituto Guatemalteco de Turismo

MAGA Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación

MARN Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales

MINEDUC Ministerio de Educación

MSPAS Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social

PNUD Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo

PPRCC Proyecto: Paisajes Productivos Resilientes al Cambio Climático y Redes Socioeconómicas Fortalecidas en Guatemala

SAT Superintendencia de Administración Tributaria

SESAN Secretaría de Seguridad Alimentaria y Nutricional de la Presidencia de la República

USAC Universidad de San Carlos de Guatemala

USAID Agencia de los Estados Unidos de América para el Desarrollo Internacional (por sus siglas en inglés)

USDA Servicio de Conservación de Suelos del Departamento de Agricultura de los Estados Unidos de América (por sus siglas en inglés)

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1. Resumen ejecutivo En el año 2016, el Proyecto Paisajes Productivos Resilientes al Cambio Climático y Redes Socioeconómicas Fortalecidas en Guatemala (PPRCC), implementado por el MARN y ejecutado por el PNUD con financiamiento del Adaptation Fund (AF), realizó el estudio “Evaluación y diseño para la implementación de mecanismos financieros relacionados con adaptación al cambio climático en la Cuenca del Río Nahualate”1, el cual identificó mecanismos financieros viables de impulsar dentro de la cuenca del Río Nahualate. La Asociación Amigos del Río Ixtacapa (ADRI) fue identificada por el Proyecto PPRCC como un socio estratégico local dentro de la zona alta y media de la cuenca del Río Nahualate, para impulsar la creación de un mecanismo de compensación ecosistémico. En el año 2018, La municipalidad de San Clara La Laguna autorizó la implementación del denominado Mecanismo de Compensación por Servicios de Agua y Bosque, el cual fue impulsado conjuntamente por la ADRI, el INAB y el Proyecto PPRCC. El Mecanismo, es un instrumento municipal, técnico y legal, con una estructura organizativa propia para el municipio de Santa Clara La Laguna, que busca contribuir al uso sostenible de los servicios ambientales de las zonas de recarga hídrica, a través de “arreglos obligatorios y voluntarios” entre la población y autoridades municipales, en el marco de la gobernabilidad local y política pública ambiental. El Mecanismo se sustenta legalmente en la figura de reglamentos municipales, figura que le brinda características como flexibilidad para diversificar sus modalidades de generación y captación de fondos de origen lícito, eficiencia, transparencia, claridad en gobernanza y facilitad para el monitoreo y evaluación. Los servicios ambientales objeto de reconocimiento obligatorio en el Mecanismo son: a) servicio hídrico, y b) servicios del bosque, regulando específicamente en éste último, madera y leña de consumo familiar. El Mecanismo tiene como ámbito de aplicación los bosques municipales y particulares de 1,009 hectáreas y 49 fuentes de agua, ubicados en los lugares denominados: Parque Chuiraxamoló, Tzamtem, Taclol y Cerro Ajaw, jurisdicción del municipio de Santa Clara La Laguna, departamento de Sololá, para la implementación de medidas de conservación, protección y recuperación de zonas de recarga hídrica. El presente Manual de Funcionamiento del Mecanismo de Compensación por Servicios de Agua y Bosque, contiene capítulos de contexto, conceptos relacionados a la materia y herramientas de trabajo que serán utilizadas durante la implementación del Mecanismo en el área urbana y rural; en armonía con los Reglamentos municipales y convenidos aprobados por las partes interesadas (Municipalidad, INAB y CONAP) y actores involucrados en la implementación del Mecanismo. El Manual se sustenta en los documentos siguientes: (i) Diagnóstico municipal de agua y bosque; (ii) Reglamento de Operación y Funcionamiento del Mecanismo de Compensación por Servicio de Agua y Bosque; y (iii) Reglamento de Desconcentración y Descentralización de funciones del INAB y CONAP para el consumo de leña y madera en el municipio de Santa Clara La Laguna. Los tres documentos se encuentran en la sección de anexos.

1 MARN. (2016). Evaluación y diseño para implementación de mecanismos financieros relacionados con adaptación al cambio climático Cuenca

del Rio Nahualate. Proyecto PPRCC PNUD/Adaptation FUND. Guatemala.

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2. Introducción En septiembre del año 2016, el Proyecto “Paisajes Productivos Resilientes al Cambio Climático y Redes Socioeconómicas Fortalecidas en Guatemala” (PPRRC) gestionó el proceso de evaluación y diseño de mecanismos financieros relacionados con adaptación al cambio climático en la cuenca del Río Nahualate, obteniendo como resultado el “Diseño de la implementación técnica, administrativa y legal de un mecanismo financiero en la cuenca del Río Nahualate”2. Sobre la base de estos resultados la Asociación Amigos del Río Ixtacapa (ADRI) planteó al Proyecto PPRCC la necesidad de impulsar la iniciativa denominada “Mecanismo financiero sostenible para la compensación por servicio ecosistémico hídrico en el área de la subcuenca del Río Ixtacapa”, la cal incluía tres resultados, siendo el segundo resultado el de mayor relevancia para el Municipio de Santa Clara La Laguna, porque el mismo impulsó la creación del Mecanismo Municipal de Compensación por Servicio de Agua y Bosque, como experiencia novedosa en el departamento de Sololá, logrando para ello, involucrar a un grupo significativo de actores locales, todos ellos consultados y con participación activa en el proceso, lo cual contribuyó a lograr un diseño apropiado de la figura propuesta. Para impulsar el mecanismo, inicialmente la ADRI en coordinación con la Unidad de Conservación de ecosistemas del Instituto Nacional de Bosques (INAB), realizaron un diagnóstico en el municipio de Santa Clara La Laguna, cuya base de información permitió crear una propuesta del Mecanismo de Compensación por Servicio de Agua y Bosque, la cual recibió el aval del Consejo Municipal, y posterior a su socialización con los grupos comunitarios e institucionales, derivó en la elaboración y gestión de reglamentos de carácter municipal y un proceso de consulta con el Concejo municipal de Santa Clara La Laguna, el Instituto Nacional de Bosques (INAB), el Consejo Nacional de Áreas Protegidas (CONAP), Comités de Agua, Unidad de Gestión Ambiental Municipal (UGAM), entre otros actores, que permitió establecer convenios entre la municipalidad, el INAB y el CONAP, para desconcentrar y descentralizar funciones respecto al consumo familiar de madera y leña en el área protegida de la RUMCLA y fuera de la misma.

2 MARN. (2016). Evaluación y diseño para implementación de mecanismos financieros relacionados con adaptación al cambio climático Cuenca

del Rio Nahualate. Proyecto PPRCC PNUD/Adaptation FUND. Guatemala.

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2.1 Propósito y Alcances del Manual Este Manual tiene el propósito de establecer los procedimientos y herramientas que rigen el manejo técnico y simplificado del proceso de gestión del Mecanismo de Compensación por Servicios de Agua y Bosque establecido en el municipio de Santa Clara La Laguna, Sololá. El Manual toma en consideración las leyes ambientales vigentes de Guatemala, los acuerdos y reglamentos municipales y los convenios aprobados entre el Instituto Nacional de Bosque (INAB), Consejo Nacional de Áreas Protegidas (CONAP) y Municipalidad de Santa Clara La Laguna, Sololá, para el funcionamiento del Mecanismo y consumo familiar de leña, madera y agua. El Manual está basado en un diagnóstico municipal de agua y bosque, de un proceso de consulta con diferentes actores locales y del contexto cultural del municipio (anexo 1); crea las condiciones y herramientas de trabajo para el manejo de un Fondo de Conservación de Agua y Bosque. Aporta los lineamientos básicos de organización y gestión del consumo familiar de leña y madera a nivel municipal y conservación de la zona de recarga hídrica que provee los servicios ambientales. 2.2 Usuarios del manual Los usuarios del presente Manual son los siguientes: el Concejo Municipal de Santa Clara La Laguna, Comité Municipal Agua para el Futuro, Comité Técnico Asesor, comités de agua de los diferentes sistemas de abastecimiento de las comunidades y sectores, Tesorería Municipal, Unidad de Gestión Ambiental Municipal (UGAM), el CONAP, el INAB y otras entidades involucradas en la ejecución, financiamiento, supervisión, evaluación y gestión del Mecanismo de Compensación por Servicios de Agua y Bosque. 2.3 Modificaciones al manual La Unidad de Gestión Ambiental Municipal, Tesorería Municipal, Comité Municipal Agua para el Futuro, serán los responsables de promover la actualización o ampliación de las diferentes secciones, herramientas o formularios de este Manual y proponer ante el Concejo Municipal para su aprobación y divulgación de las modificaciones. 3. Conceptos de pago por servicios ambientales (PSA) El mecanismo tiene como antecedente las diferentes experiencias de Pagos por Servicios Ambientales (PSA) implementados en el país y el conocimiento generado por diferentes autores en la materia, tal como se desarrolla en los siguientes párrafos.

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Según Rügnitz Tito, M. (2,011)3, ecosistema es el conjunto de comunidades asociadas a un ambiente físico donde hay intercambio de energía entre el medio y sus habitantes. Sin embargo, los límites para denominar un ecosistema son arbitrarios, y dependen del enfoque del interés o estudio. Por lo tanto, un ecosistema puede variar desde una charca de agua, un pantano, una pequeña área forestal ubicada dentro de una microcuenca, hasta grandes áreas del planeta, como el bosque amazónico. Los ecosistemas no tienen límites fijos, de modo que sus parámetros se establecen en función de la cuestión científica, política o de gestión que se esté examinando. En función del objetivo del análisis, puede considerarse como ecosistema un único lago, una cuenca, una microcuenca o una región entera (Green Facts, 2007)4. Los PSA constituyen instrumentos económicos, diseñados para apoyar actividades de manejo sostenible de los recursos naturales, de tal forma que éstos continúen proporcionando sus beneficios a los usuarios. Los pagos por PSA son voluntarios y sus acuerdos son negociados. Es un mecanismo novedoso que se distancia de los tradicionalmente usados por los gobiernos, es decir, mediante la implementación de medidas de aplicación vertical (legislación/regulaciones) o basados en controles, cuyo incumplimiento conlleva sanciones (pago de multas). Estos pagos se vinculan al cumplimiento de compromisos claramente definidos, que deben ser medibles, verificables y objeto de monitoreo y certificación, tanto en cantidad como en calidad5. Según Barzev, R. (2008)6, el término compensación siempre hace referencia a una actividad relacionada con un mercado en el que una parte retribuye a la otra con una cierta cantidad en dinero o en especie por la adquisición de bienes y servicios. Las compensaciones por servicios ecosistémicos tienen un significado más amplio, ya que implican la realización de un acuerdo voluntario entre proveedores y beneficiarios; por ejemplo, comunidades locales y agricultores son proveídos con incentivos económicos o no económicos, por sus actividades de conservación que ayudan a la protección del suelo, protección de cuencas, secuestro de carbono y conservación de la biodiversidad entre otros. 3.1 Funciones de los ecosistemas La interacción entre las especies de flora y fauna de los ecosistemas (producto de la dinámica propia de los mismos), el espacio o ambiente físico (o abiótico) y la energía solar, dan origen a una serie de funciones ecosistémicas, también llamadas funciones ecológicas o ambientales. El ciclo hidrológico, los ciclos de nutrientes, la retención de sedimentos, son ejemplos de estas funciones. De esta interacción se pueden desprender variados bienes y servicios según Barzev, R. (2008)7.

3 Rügnitz Tito, M. 2011. Aprendiendo sobre pagos por servicios ambientales. Fundamentos para la elaboración de carbono forestal. Forest

Trends. 55 pp. 4 Green Facts, 2007. Hechos sobre la salud y el medio ambiente. Glosario. Manual para la implementación de mecanismos de Pago por Servicios

Ambientales (PSA) 5 Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales. 2015. Diagnóstico del Marco Jurídico Ambiental Guatemalteco en los temas de derecho de

propiedad sobre bienes y servicios ambientales y elementos de cambio climático vinculados a REDD+ en el marco del Decreto 7-2013.

Guatemala. 110 p. 6 Barzev, R. 2008. Propuesta de un programa de PSA en el municipio de San Pablo, sitio piloto microcuenca de Río Negro. Proyecto Tacaná de la

UICN. San Marcos, Guatemala. 88 pp. 7 Ídem.

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3.2 Bienes ecosistémicos Un bien ecosistémico es un producto de la naturaleza directamente aprovechado por el ser humano. El agua, la madera, las sustancias medicinales, son ejemplos de bienes ecosistémicos. Los bienes ecosistémicos o también llamados bienes ambientales tienen la característica fundamental de que son tangibles y susceptibles de ser cuantificados y comercializados. Pueden ser utilizados por el ser humano como insumo de la producción (materia prima) o como producto final. Por lo tanto, es posible obtener un precio de mercado para la mayoría de ellos, lo que permite una estimación precisa de los ingresos generados por su aprovechamiento (Rodas Ramos, V. y Godínez Cifuentes, B. 2011.)8. 3.3 Servicios ecosistémicos Los servicios ecosistémicos, de los ecosistemas o ambientales, son todos aquellos beneficios prestados por los bosques y sistemas productivos al hombre (ver cuadro 1); como por ejemplo, proteger la tierra de la erosión, mantener las lluvias y hasta regular el clima local, regional y del planeta. De forma simple, podemos decir que servicio ecosistémico es como si fuera un “trabajo voluntario” que los bosques y sistemas productivos sostenibles realizan y que favorecen al hombre y al funcionamiento del planeta como un todo (Rodas Ramos, V. y Godínez Cifuentes, B. 2011.).

Cuadro 1 Ejemplos de bienes y servicios ecosistémicos.

Funciones Componentes y procesos de los ecosistemas Ejemplos de bienes y servicios

Funciones de Regulación

1. Regulación atmosférica

Mantenimiento de los ciclos biogeoquímicos (equilibrio CO2 /O2, capa de ozono, etc.)

Protección del ozono frente a los rayos UVA y prevención de enfermedades Mantenimiento de la calidad del aire Influencia en el clima

2. Regulación climática

Influencia sobre el clima ejercida por coberturas de suelo y procesos biológicos (ej. producción de dimetilsulfato)

Mantenimiento de un clima adecuado (temperatura, precipitaciones) para la salud, la agricultura, etc.

3. Amortiguación de perturbaciones

Influencia de las estructuras ecológicas en la amortiguación de perturbaciones naturales

Protección frente a tormentas (Ej. Arrecifes de coral) o inundaciones (Ej. bosques y marismas)

4. Regulación hídrica Papel de la cobertura del suelo en la regulación de la escorrentía mediante las cuencas de drenaje

Drenaje e irrigación natural

5. Disponibilidad hídrica

Percolación, filtrado y retención de agua dulce (ej. acuíferos)

Disponibilidad de agua para usos consuntivos (bebida, riego, industria)

6. Sujeción del suelo Papel de las raíces de la vegetación y fauna edáfica en la retención del suelo

Mantenimiento de zonas roturadas Prevención de la erosión Control del balance sedimentario

7. Formación del suelo

Meteorización de la roca madre y acumulación de materia orgánica

Mantenimiento de la productividad de los cultivadas Mantenimiento de la productividad natural de los suelos

8. Regulación de Papel de la biodiversidad en el Mantenimiento de la salud del suelo y de los

8 Rodas Ramos, V. y Godínez Cifuentes, B. 2011. Manual para la implementación de mecanismos de Pago por Servicios Ambientales (PSA), basado en la experiencia del Proyecto Tacaná de la UICN. Proyecto Tacaná, UICN. San Marcos, Guatemala. Primera edición. 59 pp.

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Funciones Componentes y procesos de los ecosistemas Ejemplos de bienes y servicios

nutrientes almacenamiento y reciclado de nutrientes (ej. N, P y S)

ecosistemas productivos

9. Procesado de residuos

Papel de la vegetación y la fauna en la eliminación y procesado de nutrientes y contaminantes orgánicos

Detoxificación y control de la contaminación Filtrado de aerosoles (calidad del aire) Atenuación contaminación acústica

10. Polinización Papel de la fauna en la dispersión de gametos florales

Polinización de especies silvestres Polinización de cultivos y plantaciones

11. Control biológico Control de poblaciones mediante relaciones tróficas dinámicas

Control de pestes, plagas y enfermedades Reducción de la herbivoría (control de daños a cultivos)

Funciones de hábitat

12. Función de refugio

Provisión de espacios habitables a la fauna y flora silvestre

Mantenimiento de la biodiversidad (y por tanto de la base de la mayor parte de las funciones restantes) Mantenimiento de especies de explotación comercial

13. Criadero Hábitats adecuados para la reproducción

Mantenimiento de la biodiversidad (y por tanto de la base de la mayor parte de las funciones restantes) Mantenimiento de especies de explotación comercial

Funciones de producción

14. Comida Conversión de energía solar en animales y plantas comestibles

Caza, recolección, pesca Acuacultura y agricultura de subsistencia y pequeña escala

15. Materias primas Conversión de energía solar en biomasa para construcción y otros usos

Material para construcciones y manufacturas Combustibles y energía Piensos y fertilizantes naturales

16. Recursos genéticos

Material genético y evolución en animales y plantas silvestres

Mejora de los cultivos frente a pestes y agentes patógenos Otras aplicaciones (p. ej. salud)

17. Recursos medicinales

Sustancias biogeoquímicas Medicinas y otras drogas Modelo y herramientas químicas

18. Elementos decorativos

Especies y ecosistemas con usos decorativos potenciales

Materias para artesanía, joyería, adoración, decoración, pieles, etc.

Fuente: Pilar, Negreros, 2016.9

3.4 Sub cuenca La sub cuenca corresponde al territorio y corrientes de agua que drenan directamente a un determinado río principal, que conforma una cuenca, cuya diferencia es que es mayor en extensión territorial. La subcuenca tiene los siguientes elementos:

a) Biofísicos: relieve, clima, carreteras, sistemas de agua. b) Natural: suelo, animales, plantas, ríos. c) Sociales: familias, escuelas, creencias, tradiciones, costumbres. d) Económicos: uso de la tierra, producción agrícola, aprovechamiento de bosque.

9 Presentación en clase relacionado al curso bases ecológicas sostenibles, URL 2016.

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La microcuenca representa un territorio menor de la subcuenca y pertenece a un río tributario de esta; es el área donde se localizan las fuentes de abastecimiento para el sistema de agua para las poblaciones. La interacción de los seres humanos en esta misma área, puede afectar la producción y calidad del agua, por ello la cuenca es la unidad ideal para la planificación, gestión del agua, del suelo y la cobertura vegetal, considerando todo el ciclo del agua y las interdependencias de calidad, cantidad, agua superficial y subterránea, además agua para el reúso. 4. Gestión actual de bosque y agua

4.1 Ámbito departamental de Sololá En el caso del bosque, según datos reportados por el Instituto Nacional de Bosque (INAB) de la sub región IV de Sololá en el encuentro regional de beneficiarios del programa PINPEP realizado en Santa Clara La Laguna (junio 2018), la dinámica de cobertura forestal de Sololá presentó una tendencia de degradación entre la medición comprendida entre los años 1991 a 2001; y un una recuperación leve entre el periodo comprendido entre los años 2001 a 2010, lo cual se atribuye a los mecanismos de incentivos forestales financiados por el Estado y la creación de conciencia en la población para no degradar los bosques (ver cuadro 2).

Cuadro 2. Cobertura forestal del departamento de Sololá 1991 a 2010.

Subregión

Superficie (hectáreas)

Mapa 91-93

Mapa 2001

Mapa 2010

SOLOLA 44,777 36,112 40,547 Fuente: Mapa de cobertura forestal 2010.

Los programas de PINPEP en Sololá para julio 201810 financiaban 777 proyectos forestales, con un total de 1,036.1 hectáreas de cobertura forestal, de los cuales, 826.48 hectáreas estaban destinadas a fines de protección de bosque natural, 140.62 hectáreas a reforestación y 69.03 hectáreas a sistemas agroforestales, generando una inversión estatal de Q.2,381,829.22 por año. La oficina Subregional de INAB Sololá, disponía a esa fecha de 108 solicitudes de nuevos proyectos las cuales sumaban un superficie de 216.33 hectáreas, las cuales de ser aprobados serian incentivadas a partir del año 2019. Además el Programa PROBOSQUE estaba incentivando en Sololá 19 proyectos de protección natural con un total de 5,877.35 hectáreas de bosques municipales en sus diferentes modalidades. Los municipios aún con bosques potenciales para el Programa eran: Santiago Atitlán, San Lucas Tolimán, Nahualá y Santa Clara La Laguna. Según informes del INAB, anualmente se produce un promedio de 268,600 árboles en los viveros municipales, trabajo que está bajo la responsabilidad de las oficinas forestales municipales. Según el INAB (2018), en Sololá se encuentra registrado un total de 117 empresas forestales, 1 funciona como centro de acopio, 67 depósitos forestales, 9 exportadores e importadores y 40 industrias forestales. Se tiene autorizado en el departamento un total de 941 motosierras particulares y de

10 INAB (2018). Encuentro de beneficiarios del programa PROBOSQUE y PINPEP sub región IV. Santa Clara la Laguna. Julio 2018.

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empresas para el aprovechamiento de madera y leña. Entre las especies que tienen mayor demanda son las de coníferas (Pinus), encino (Quercus) y el aliso (Alnus). La figura 1 muestra que en el año 2017 el INAB autorizó 5,685 metros cúbicos de madera y leña; es importante reconocer que en la región existe muy poca cultura de parte de la población en cumplir con los procedimientos legales.

Figura 1 Madera y leña autorizada en el departamento de Sololá por INAB. Fuente: INAB 2017.

En el caso del agua, en el departamento de Sololá existen seis cuencas hidrográficas, los cuales, son: Cuenca Río Nahualate, Cuenca Río Madre Vieja, Cuenca del Lago de Atitlán, Cuenca Río Motagua, Cuenca Río Salamá y Cuenca Río Sis-Ican. El agua es el elemento vital que conecta y relaciona todas las cadenas de vida del planeta. El agua potable, es el tipo de agua con buena calidad apta para el consumo humano de las personas. Esto significa que debe estar libre de microorganismos patógenos, minerales y sustancias orgánicas que pueden producir efectos adversos. El agua potable no debe tener turbidez, color, olor y sabor desagradable. Existen normativas sanitarias para la gestión, construcción, potabilización, servicios de abastecimiento, vigilancia y control de calidad del agua para el consumo humano. Entre estas normativas se encuentra el “Manual de especificaciones para la vigilancia y el control de la calidad del agua para el consumo humano”. Asimismo, existen leyes y reglamentos que regulan la conservación, protección y recuperación de los recursos naturales, principalmente las zonas de recarga hídrica para que se garantice el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales y proveer a la población agua de buena calidad. Dentro de los hallazgos en el tema de agua de Sololá se resalta que de 566 sistemas de agua (70 en casco urbano, 496 en área rural), se tiene vigilancia únicamente de 47 de ellos. Además, de los 566 sistemas únicamente 69 cuentan con proceso de cloración y de ellos 35 están en funcionamiento. Para abril 2017, se tomaron 27 muestras de análisis físico químico y 45 para análisis bacteriológico, la mayoría con resultados positivos a contaminación. También cabe señalar que solamente se cuenta con 12 plantas de

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tratamiento; sin embargo, de acuerdo al reglamento únicamente el 1.02% del agua residual es tratada (CERIGUA, 2017)11. 4.2 Nivel municipal12 Según entrevista con autoridades y levantamiento de información en campo (mediante sistema de geoposicionamiento satelital), se estima que Santa Clara La Laguna cuenta con aproximadamente 1,787.87 hectáreas de bosque municipal (1,009 hectáreas en la parte alta y 778.87 en la parte sur, conocido como el cerro Ajaw), con un perímetro total de 31 kilómetros lineales. Se estima que el 10.4% (300 hectáreas) y el 72.0% (2,076 hectáreas) del territorio municipal de Santa Clara La Laguna corresponde a la zona núcleo y zona de uso múltiple respectivamente de la Reserva de Uso Múltiple Cuenca del Lago de Atitlán (RUMCLA), y un 17.6% (507 hectáreas) del territorio se encuentra fuera de dicha área protegida; los bosques particulares y municipal se ubican en zonas de recarga hídrica. Estos datos fueron recopilados producto de la investigación de campo y consultados con autoridades locales, no concuerdan con lo reportado en documentos oficiales con el tamaño del municipio, estimado en 12 kilómetros cuadrados (Plan de Desarrollo Municipal al 2032) 13. Durante el año 2017, la municipalidad se autorizó el corte de un total de 489 árboles que equivale a 0.44 hectáreas de bosque municipal, más 0.077 hectáreas que autorizó el CONAP en área privada. Cantidades que dan un total de 365.334 metros cúbicos de madera y leña al año. No obstante en las áreas con bosques naturales persiste la tala ilícita. De acuerdo a una proyección de consumo forestal, la población de Santa Clara La Laguna necesitaría al año aproximadamente 10,129.86 metros cúbicos de madera y leña, el cual, equivale a 17,511 tareas de leña apilada, que significa el corte de aproximadamente 10,128 árboles, dejando sin cobertura forestal a 9.11 hectáreas de área municipal. La estimación y proyección del consumo familiar de madera y leña en el municipio supone que todas las familias solicitan licencias en la municipalidad y que todas extraen del bosque municipal y particular el total de metros cúbicos de madera y leña que necesitan las familias en un año, sin tomar en cuenta la tala ilícita La parte alta de Santa Clara La Laguna provee a la población un caudal total de 57.20 litros de agua por segundo, proveniente de 49 nacimientos y en la misma área nacen tres ríos que se desembocan en la subcuenca del río Yatza’. Los nacimientos tienen un bajo caudal, son vulnerables a las prolongadas sequías y como una forma de mitigar la escases se han construido represas para captar afluentes del río Yatza’, sin embargo, existen indicios que el agua presenta niveles de contaminación, por desechos sólidos y productos agroquímicos.

11 Información publicada en el portal del Centro de Reportes Informativos Sobre Guatemala. https://cerigua.org 12 Tomado del anexo 1 del presente manual. 13 Nota aclaratoria para uso de datos: el territorio del municipio de Santa Clara La Laguna tiene tres fuentes de información, las cuales, son: 1) las entidades de Estado manejan un área total de 12 kilómetros cuadrados. 2) según certificación emitida por el segundo registro de la propiedad, Quetzaltenango, 23 de diciembre de 2016, Finca No. 4,358, folio 82, libro 26 de Sololá, indica que el Municipio tiene un total de 105 caballerías y cuenta cuerdas (47.376 Kms²), y 3) con base a una inspección de campo realizado por miembros del Concejo Municipal y geoposcionamiento de las bases claramente identificadas en campo, se estimó un área total de 22.83 kms². Dato que es una referencia y considera las desmembraciones realizadas al territorio.

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Según aforo (ADRI/INAB| 2018), en la zona de recarga hídrica del municipio de Santa Clara La Laguna los ríos que nacen en el territorio suman un caudal total de 87.8 litros por segundo. De este dato solamente 32.8 litros por segundo es apto para el consumo humano. Por otra parte, el río Yatza’ nace en territorio de los municipios de: Santa Lucía Utatlán, Santa Catarina Ixtahuacán y Nahualá; por lo que los esfuerzos de conservación no dependen solamente del municipio de Santa Clara La Laguna, sino que depende la voluntad y gestión de los otros municipios. 4.3 Marco legal Para la gestión del agua y bosque, existen leyes y reglamentos que regulan el uso y conservación de los recursos forestales y el agua. Con el objeto de citar algunas, a continuación se presentan los siguientes códigos: El Código Municipal (Decreto 12-2002 el Congreso de la República) en el artículo 68, inciso a) Establece que es responsabilidad de las municipalidades que los abastecimientos domiciliares de agua potable deben estar debidamente clorados. El Código de Salud (Decreto 90-97 el Congreso de la República) en el artículo 87, estable que: Las municipalidades y demás instituciones públicas o privadas, incluyendo las Comisiones de Agua y Saneamiento encargadas del manejo y abastecimiento de agua potable, tienen la obligación de purificarla en base a métodos establecidos por el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MSPAS), el Ministerio debe brindar asistencia técnica de manera eficiente para su cumplimiento. El incumplimiento de esta disposición conllevará a sanciones. El Acuerdo Ministerial 523-2013 otorga la responsabilidad al MSPAS, para efectuar la vigilancia de la calidad de agua en cada uno de los sistemas urbanos y rurales, para cloro residual libre. La frecuencia para los sistemas urbanos, al menos una vez por día. Para los sistemas rurales, al menos una vez por semana. El Acuerdo Ministerial 1148-09 establece en el artículo 17, los procesos de desinfección que son obligatorios para cualquier sistema de abastecimiento de agua para consumo humano. El artículo 18, explica los procesos de desinfección por el método de aplicación de cloro que se debe aplicar sin excepción alguna en todos los sistemas de agua y la cantidad necesaria. La ley Forestal (Decreto 101-96 del Congreso de la República), establece en el Artículo 8, que el apoyo de las municipalidades, las comisiones de medio ambiente, con delegación específica del alcalde, serán las encargadas de apoyar al INAB en la aplicación de la ley y su reglamente. En el Artículo 36 establece que todos los servicios de transportes están obligados a reportar cualquier incendio forestal que detecte la autoridad inmediata. Toda persona que tenga conocimiento de un incendio forestal está obligada a dar aviso a la autoridad más próxima. En el Artículo 38 indica que quien realiza quemas deberá tomar las medidas preventivas para evitar un incendio forestal y será responsable en caso de provocar algún incendio en bosques aledaños. En el Artículo 58 indica que las municipalidades ejecutarán sistemas de vigilancia en coordinación con el INAB. En el Artículo 93 establece que para cada incendio forestal se deberá abrir un proceso exhaustivo de investigación a efecto de determinar el origen y una vez establecido se procederá en contra del o los responsables.

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El Reglamento de PROBOSQUE en su Artículo 30 literal b), establece dentro de las medidas de protección contra incendios forestales, que en proyectos mayores de 15 hectáreas se deben incluir rondas internas, barreras naturales o estructuras preexistentes tales como ríos, arroyos, muros de piedra y caminos. 5. Financiamiento del mecanismo El financiamiento del Mecanismo de Compensación por Servicios de Agua y Bosque proviene básicamente de tres modalidades: 1) por medio de donaciones sea nacional o extranjera; 2) aportes en especie y efectivo de usuarios para alimentar al Fondo de Conservación de Bosque y Agua; y 3) Fondos Comunitarios de Conservación, manejado por los comités de agua de Xiprian, Chacap y Aldea Pakib. Para asegurar la sostenibilidad de éste Mecanismo, los usuarios de gua y servicio de madera y leña, harán sus aportes de acuerdo al reglamento establecido y aprobado por el Concejo Municipal (ver anexo 2 y 3). La donación consiste en una acción voluntaria entre instituciones y personas, una que realiza la disposición gratuita de uno o varios bienes de su propiedad (en especie o efectivo), y la otra, llamada donatario que tiene la facultad de aceptarla o rechazarla, sin necesidad de entregar a cambio una contraprestación, salvo que se realice una donación con cargo. 5.1 Estructura organizacional del mecanismo La estructura organizativa y operativa del Mecanismo de Compensación por Servicio de Agua y Bosque, comprende la intervención de distintos sectores del municipio de Santa Clara La Laguna y la representación de las entidades de gobierno y de la sociedad civil que tienen cobertura a nivel departamental. La figura 2 presenta el esquema general del mecanismo que está regulado por reglamentos, propios del mecanismo, los cuales, son: (i) Reglamento de operación y funcionamiento de mecanismo de compensación por servicios de agua y bosque; y (ii) Reglamento municipal de desconcentración y descentralización de funciones de CONAP e INAB para el consumo familiar de madera y leña (anexo 3).

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Figura 2 Estructura organizativa del Mecanismo de Compensación por Servicio de Agua y Bosque.

Fuente: adaptada a modelos de PSA, 2018.

La Descripción del Mecanismo es la siguiente: Definición:14 El mecanismo de Compensación por Servicios de agua y bosque, es un instrumento municipal técnico, legal y con una estructura organizativa propia de Santa Clara La Laguna que contribuye a la conservación y manejo de 1,009 hectáreas de bosque municipal y zona de recarga hídrica a través de “arreglos obligatorias y voluntarias” entre la población y autoridades; en el marco de la gobernabilidad local y política pública ambiental.

14 Es una definición adaptada al contexto y se ha elaborado en base a literaturas y experiencias en procesos similares.

EN EFECTIVO

EN ESPECIE

SERVICIO HIDRICO

APORTE EN ESPECIE Y POR SISTEMA DE AGUA

COMPENSACION POR SERVICIOS DE AGUA Y BOSQUE

FONDOS DE CONSERVACION DE BOSQUE Y AGUA

COMITÉ TÉCNICO ASESOR (UGAM, INAB,

CAP, MARN, CONAP, DAFIM, AUDITORIA

INTERNA MUNICIPAL, CORPORACIÓN

MUNICIPAL, CONCEJO DE ANCIANOS, ALCALDES

AUXILIARES Y ACADEMIA)

FUENTES DE INGRESOS

MO

NIT

OR

EO

Y EV

ALU

ACI

ÓN

1) ESTRUCTURA ORGANIZATIVA 2)

EST

RU

CTU

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A

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ION

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UN

ICIP

ALE

S

BOSQUECHUIRAXAMOLO,

TZAMTEM Y TACLOL

COOPERACION INTERNACIONAL

SERVICIO DE MADERA Y LEÑA

FAMILIAS COMERCIOS

APORTE EN EFECTIVO

COMITES DE AGUA MUNICIPALIDAD

FAMILIAS

APORTES EN EFECTIVO

MUNICIPALIDAD

COMITE MUNICIPAL DE AGUA PARA EL

FUTURO

INVERSION

ACTIVIDADES DE CONSERVACIÓN Y MANEJO DEL ÁREA MUNICIPAL QUE

PROVEE EL SERVICIO ECOSISTEMICO

Comision de Vigilancia

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La organización está dividida en dos partes, uno se refiere al órgano de toma de decisión en donde convergen representaciones de los diferentes actores de gobierno y de la sociedad civil que están apoyando el desarrollo del municipio y dos, corresponde a una estructura operativa, las cual, está guiado por en un flujograma del servicio hídrico, madera y leña, como servicio ambientales potenciales identificados en el diagnóstico. Además, cuenta con una comisión de vigilancia con responsabilidad directa en el proceso de monitoreo del mecanismo y del trabajo de campo. Comité Municipal Agua para el Futuro: Estará formado por representantes de catorce sectores del área urbana y tres del área rural, los cuales, son miembros de Comités de agua, Consejos Comunitarios de Desarrollo y el Alcalde municipal o su representante. La organización tendrá una Junta Directiva municipal que será institucionalizada con una figura legal y tendrá a su cargo la planificación, monitoreo y coordinación del mecanismo a nivel municipal; de acuerdo al marco legal, manuales de funcionamiento y reglamentos internos, previamente aprobados por las partes involucradas. Los miembros del comité municipal serán acreditados por medio de credenciales, gafetes u entro medio que determine la autoridad. En las comunidades de: Xiprian, Chacap y Pakib seguirán funcionando los comités locales de agua y a partir de la vigencia del mecanismo, los mismos, ejecutarán actividades de conservación en las respectivas áreas de bosque y harán reportes al Comité Municipal Agua para el Futuro.

Figura 3 Integración de la Asamblea General del Mecanismo de Compensación por Servicio de Agua y Bosque de Santa Clara La Laguna, Sololá.

Fuente: Elaboración propia, 2018.

Comité técnico asesor: Tendrán la función de asesorar el proceso y será integrado por representantes de autoridades municipales y comunitarias del municipio de Santa Clara La Laguna e instituciones públicas y privadas que cumplen funciones específicas en el tema de agua y bosque.

COMUNIDADES DEL AREA RURAL

SECTORES DEL AREA URBANA

1. Adea Pakib

2. Cantón Xiprian

3. Chacap

1. Barrio Las Rosas

2. Barrio San Antonio

3. Centro Norte

4. Chichiyal

5. El Paraíso

6. Las Cristalinas

7. Las Flores

8. sector Centro

9. Sector II

10. Sector Pabella

11. Sector Xemonté

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Aportes en especie: corresponde a jornales de trabajo que aportará cada beneficiario o familia al año (que posee un chorro), para la protección, repoblación y conservación de los recursos naturales de la zona de recarga hídrica, basado en una planificación y organización de base (ver plan de trabajo en anexo del diagnóstico de agua y bosque). El aporte y control de jornales de trabajo será controlado por comisiones específicas de cada sistema de agua. Aportes en efectivo: Propone recaudar fondos propios con una tarifa diferenciada y de acuerdo a las actividades económicas siguientes: Sector de comercios: se pretende reorientar las cuotas actuales o promover nuevas tarifas a los propietarios de negocios (tiendas, comedores, restaurantes, hoteles, car wash, entre otros servicios) para que aquellas personas que no tienen tiempo en la implementación de las actividades de conservación y protección también aporten al mecanismo sin afectar sus economías. Consumo de leña y madera: se pretende la modificación de la tarifa de consumo de leña y madera de acuerdo a un cobro por volumen y de mejorar la recaudación e inversión de los fondos generados por la emisión de credenciales. Esto implica mayor control de los aserraderos, depósitos de madera y el consumo familiar de leña y madera. Sector transporte: Se espera que las asociaciones de transportes (Tuktuk, micro-buses) aporten una cuota de acuerdo a lo que dictamine el Comité Agua para el Futuro para la conservación y protección del agua y bosque. Los apartes en especie también pueden ser donaciones y aportes voluntarias. Organización de apoyo: son cooperaciones técnicas y financieras que aportarán recursos para el fortalecimiento de las actividades programadas en la zona de recarga hídrica. Con los aportes en efectivo se creará un fondo de Conservación de Bosque y Agua, el cual, una parte será administrada directamente por la Municipalidad a través de la Tesorería y la otra parte será ingresado al fondo comunitario de los diferentes comités de agua, tomando en consideración los acuerdos pactados a nivel municipal y el plan de manejo del área municipal que provee el servicio ecosistémico. Parte de las funciones del CONAP será desconcentrada a la municipalidad de Santa Clara La Laguna, principalmente la emisión de credenciales para el consumo familiar, que para ello, se estarán aprobando cartas de entendimiento entre la Secretaria Ejecutiva del CONAP y municipalidad en coordinación con el Gobernador departamental y dirección regional del CONAP. Para el funcionamiento municipal del mecanismo, el Concejo Municipal de Santa Clara La Laguna, el Instituto Nacional de Bosque (INAB), la delegación departamental de la Comisión Nacional de Áreas Protegidas (CONAP) y representación de organizaciones comunitarias del municipio han establecido acuerdos municipales y reglamentos, los cuales, son:

a) Acuerdo municipal de aceptación y organización del mecanismo b) Acuerdo municipal de cooperación con el Instituto Nacional de Bosques (INAB) c) Acuerdo Municipal de Cooperación con la Comisión Nacional de Áreas Protegidas (CONAP) d) Manual de Funcionamiento del Mecanismos de Compensación por Servicios de Agua y

Bosque

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e) Reglamento municipal de desconcentración y descentralización de funciones de CONAP e INAB para el consumo familiar de madera y leña

f) Reglamento de operación y funcionamiento de mecanismo de compensación por servicios de agua y bosque.

Figura 4. Flujo del Fondo para la Conservación del Bosque y Agua. Fuente: Elaboración propia, 2018.

5.2 Procedimiento y herramientas de trabajo 5.2.1 Servicio de bosque para el consumo familiar de leña y madera Se define como el conjunto de actividades planificadas y ejecutadas en diferentes etapas desde la recepciones de solicitudes de consumo familiar de leña y madera por la UAGAM hasta la implementación de actividades de manejo del bosque particular y municipal. Generalmente se definen las etapas siguientes: a) recepción de solicitudes, b) inspección de campo y reporte, c) aprobación y pago en tesorería municipal, e) seguimiento a la siembra de árboles en campo y f) reportes al CONAP e INAB. a) Recepción de solicitudes En esta etapa la persona interesada presentará los requisitos establecidos en el Reglamento municipal de desconcentración y descentralización de funciones del INAB y CONAP para el consumo familiar de leña y madera en las oficinas de la UGAM y llenará el formato 1 de solicitud para la inspección de campo.

APORTES EN EFECTIVO POR CONSUMO FAMILIAR DE LEÑA Y

MADERA

APORTES EN EFECTIVO POR SERVICIO DE AGUA

APORTES EN ESPECIE POR SERVICIO DE MADERA, LEÑA Y AGUA

COMITES DE AGUADEL AREA RURAL

TESORERÍA MUNICIPALFONDO PARA LA CONSERVACION

DEL BOSQUE Y AGUA

OTROS APORTES

FONDOCOMUNITARIO

DE CONSERVACIÓN

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FORMATO 1. SOLICITUD CONSUMO FAMILIAR DE LEÑA Y MADERA

Unidad de Gestión Ambiental Municipal

Nombre del solicitante

Fecha: No. de Solicitud

Dirección Teléfono No de árboles solicitado

Fecha de inspección Hora

Revisión de requisitos 1. Solicitud del consumo familiar, en formato que facilitará la Unidad de Gestión Ambiental

Municipal (UGAM). 2. 3. Original y copia simple del Documento Personal de Identificación (DPI) del solicitante. En

caso que el solicitante no sea el propietario presentar autorización legalizada por Notario y fotocopia autenticada del Documento Personal de Identificación del propietario o poseedor del terreno.

4. 5. Presentar escritura pública u otro documento legalmente valido a satisfacción de la

municipalidad. 6. 7. Constancia registro de motosierra ante el INAB, con la cual se harán los trabajos de

aprovechamiento. 8. 9. Reporte de inspección de campo realizado por la UGAM. 10. 11. Copia del Boleto de Ornato del solicitante. 12. 13. Solvencia del pago de agua, extendida por la Tesorería Municipal o el Comité de Agua de la

comunidad (dependiendo el caso, sí es urbano o rural) 14. 15. Recibo de la Tesorería Municipal donde conste el pago por el consumo forestal familiar. El

pago lo deberá realizar luego que sea aprobada la solicitud por la autoridad municipal.

SI SI SI SI SI SI SI SI

NO NO NO NO NO NO NO NO

Recibido por Firma

5.2.2 Inspección de campo y reporte En esta etapa el equipo técnico de la UGAM realizará una visita en el lugar donde se ubican los árboles y se tomarán los datos de: DAP, altura total del árbol, especie y fotografías, con el acompañamiento del solicitante. También se hará una evaluación rápida de las condiciones de topografía y fuentes de agua

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para reducir la tala de árboles en zonas de recarga hídrica y asegurar que las fuentes de agua estén protegidas. Antes de ingresar los datos a la hoja de Excel, es necesario revisar la unidad de medida utilizada en campo, sí están en centímetros habrá necesidad de convertirlos a metros. Esto para que el resultado sea expresado en metros cúbicos. Para ello, se divide centímetro en 100. Por otra parte, es importante conocer el objetivo del consumo familiar, sí es para leña o madera. Para los cuales, se tienen formatos específicos y con diferentes formas de cálculos, que contribuyen a una mejor clasificación de información y toma de decisión en el momento de la autorización. Utilizar para ello los el Formato 2 y el Formato 2.1.

FORMATO 2. CONSUMO FAMILIR DE MADERA Y LEÑA

Municipalidad de Santa Clara La Laguna, Sololá. Unidad de Gestión Ambiental Municipal

Responsable del reporte

Fecha:

No. solicitud.

Solicitante

Dirección Celular Lugar de aprovechamiento:

Especie DAP ALTURA AREA BASAL INDIVIDUAL Volumen M³

Aguacate x x =0.7854*(C8/100)^2 =0.108337266+0.000046499*(C8^2*D8)

Capulín Depende de cada especie

Encino

Pino

TOTAL

Procedimiento de cálculo15: DAP=Diámetro a la Altura del Pecho, una altura de 1.30 metros del suelo. La medición tiene que hacerse fuera de la parte deformada Altura. Altura del árbol desde el suelo hasta el final de la copa o yema terminal del tallo. Área basal individual: diámetro de la circunferencia=0.7854*(DAP/100)² Volumen Individual =0.108337266+0.000046499*(DAP^² *altura) Nota: para calcular el volumen individual en metros cúbicos, existen datos volumen bruto por cada especie.

15 INAB (1999). Manual técnico forestal. ed. Guatemala 110 páginas.

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FORMATO 2.1. CONSUMO FAMILIAR DE MADERA EN TROZO

Municipalidad de Santa Clara La Laguna, Sololá. Unidad de Gestión Ambiental Municipal

Responsable del reporte

Fecha:

No. solicitud.

Solicitante

Dirección Celular Lugar de aprovechamiento:

No. ESPECIE Extremo 1

en CMS Extremo 2

en CMS Extremo 1

en M Extremo 2

en M Largo M

Volumen en M³

2 Aguacate

3 Capulín

4 Encino

5 Pino

TOTAL

5.2.3 Reporte de campo Es una herramienta que ayuda a la UGAM a ordenar la información en forma sistemática del consumo de leña y madera en el municipio, asimismo, proporciona información más precisa para que el Concejo Municipal tome la decisión de aprobar o desaprobar la solicitud presentada por el usuario. También permite a las unidades de la Municipalidad, supervisar y evaluar el comportamiento del consumo familiar de leña y madera en cada sector del municipio y, elaborar los informes trimestrales para el Instituto Nacional de Bosques (INAB) y Comisión Nacional de Áreas protegidas (CONAP). En esta etapa quedan documentados las características del árbol y los datos personales del solicitante como medio de prueba en el momento de alguna diligencia por faltas o delitos que se cometen en el momento o después del aprovechamiento forestal. Utilizar el Formato 3. 5.2.4 Aprobación y emisión de credencial Se entiende por aprobación cuando el Alcalde Municipal o su representante aprueba la emisión del credencial de consumo familiar, el cual, lleva las características de los árboles, fecha de consumo, el número de recibo de pagado en tesorería municipal y datos de la motosierra. Preferiblemente el usuario no cambie la fecha de aprovechamiento para que facilite el monitoreo de campo y así se evitan las sanciones al usuario. En caso de que el usuario haga cambios de fachas de consumo deberá justificar. Utilizar el Formato 4. Antes de la emisión del credencial por la UGAM, la autoridad que aprueba el consumo familiar de leña y madera, deberá llenar y firmar la siguiente ficha de autorización. Con la ficha de aprobación y los requisitos detallados en la solicitud (formato 1); la UGAM procederá el llenado y emisión de credencial que será portado por el usuario en el momento de las actividades de aprovechamiento forestal y transporte de la madera y leña al interior del municipio. Cuando la persona realice el aprovechamiento familiar de madera y leña y carece de este credencial, se entiende como tala ilícita y las autoridades competentes serán las encargadas de resolver el caso. Utilizar el formato 5.

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FORMATO 3. REPROTE DE CAMPO Municipalidad de Santa Clara La Laguna, Sololá.

Unidad de Gestión Ambiental Municipal No. de Solicitud ___________

DATOS INFORMATIVOS: Nombre: Cargo: Área:

Hora de la Inspección:

Fecha de la Inspección: Lugar de la Inspección:

Referencia del Solicitante:

Características del árbol Observaciones

Especie DAP Altura (mts) M³

Especie DAP Altura M³

TOTAL.

Dirección de

Residencia:

Fotografía y DPI de Referencia

FORMATO 4. FICHA DE AUTORIZACION

Consumo familiar de leña y madera Municipalidad de Santa Clara La Laguna, Sololá.

Fecha

Solicitante

Se autorizó lo siguiente:

Pago en Tesorería: Tipo de consumo

Unidad de medida Costo

Leña Q.

Madera Q.

10 árboles Q.

Total a pagar Q.

f)

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FORMATO 5. CREDENCIAL PARA EL CONSUMO FAMILIAR DE LEÑA Y MADERA

Municipalidad de Santa Clara La Laguna, Sololá. Unidad de Gestión Ambiental Municipal

No. ___________

Solicitante DPI

Extendido Fecha

Residencia Lugar donde se extraerá

Recibo de tesorería No. Registro de motosierra No.

CONSUMO DE PRODUCTOS FORESTALES

Especie # árboles DAP Altura Volumen M³ Producto

Con base a lo anteriormente expuesto, se aprueba la extracción de madera y leña exclusiva para el consumo familiar durante el periodo del _____________________________________al señor ________________________________________responsabilizando al uso correcto a la presente credencial y se compromete a sembrar y cuidar 10 árboles por cada árbol solicitado.

Autorizado Solicitante Firma y sello Firma o huella digital

5.2.5 Reporte anual ante el CONAP e INAB Anualmente la Municipalidad de Santa Clara La Laguna a través de la Unidad de Gestión Municipal Ambiental y Técnico del CONAP elaborará un informe consolidado del consumo de leña y madera autorizada en el municipio. Informe que será trasladado a las oficinas del CONAP e INAB para su archivo y registro de las entidades rectoras. Para la presentación se sugiera el Formato 7.

FORMATO 7. REPORTE ANUAL A CONAP E INAB, SOLOLÁ. CONSUMO FAMILIAR DE MADERA Y LEÑA

Municipalidad Santa Clara La Laguna

No. Nombre del Usuario

Ubicación Política Especie (s) No. de árboles

Volumen Total (m³)

Compromiso de

Reforestación

Fecha de Extracción

del producto

Municipio Aldea, Caserío, otro

TOTAL

Observación:

Elaborado por:

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5.3 Servicio de agua en el área urbana y rural Se define como el conjunto de actividades planificadas y ejecutadas en diferentes etapas desde del proceso de mantenimiento de los sistemas de abastecimiento de agua por la municipalidad y comités de agua de cada comunidad, hasta la implementación de actividades de conservación y manejo de área municipal que provee el servicio de agua. Generalmente se definen las etapas siguientes: a) Organización de usuarios y proveedores de servicios, b) Mantenimiento de los sistemas de agua, c) Monitoreo del agua, y d) Manejo de fondos comunitarios y municipal de conservación. a) Organización de usuarios y proveedores de servicios: La organización de usuarios será posible a

partir de la planificación y cumplimiento del Reglamento de Operación y Funcionamiento del Mecanismo de Compensación por Servicio de Agua y Bosque por el Comité Municipal Agua para el Futuro, Comités de Agua del área rural y urbana, y el Concejo Municipal.

b) Mantenimiento de los sistemas de agua urbana y rural: El Fontanero Municipal continuará con las

acciones de mantenimiento de los diferentes sistemas de agua de acuerdo a las competencias que le confiere la municipalidad y los vecinos del área urbana; de igual manera con los Comités de Agua del área rural, serán siempre los responsables del mantenimiento y mejora de los sistemas en sus comunidades. Lo que se agrega a este manual son los aportes en especie y en efectivo exclusivos para las actividades de conservación y protección del bosque en la zona de recarga hídrica del municipio.

La asignación de fondos para el mantenimiento de los sistemas será determinada por la comunidad y municipalidad, y dependerá del plan de conservación y manejo de área municipal que provee servicios ecosistémcios que presentará la UGAM y Comité Municipal Agua para el Futuro, anualmente.

c) Monitoreo del agua: El monitoreo se refiere a la revisión constante o periódica de los sistemas de

agua y sobre todo la calidad y caudal de agua, haciendo uso de técnicas y parámetros que permite conocer las condiciones del mismo. Esta actividad permite la detección de elementos contaminantes o benéficos y la cantidad disponible. Con estas actividades se preparan reportes dirigidas a las autoridades para que se hagan las gestiones necesarias de conservación y protección del recurso agua.

5.3.1 Caudal y aforo El caudal, es el volumen de agua (m³o L) que pasa por una sección específica del cauce de un río o nacimiento en un tiempo determinado, Q =Volumen/Tiempo. Expresado en m³/s; l/s. ¿Qué es aforar? Es medir la cantidad de agua (Caudal) que produce y fluye del nacimiento de agua y que llega al tanque de distribución en una unidad de tiempo (segundos), para hacer un aforo, necesitamos lo siguiente:

1. Un cubeta con una medida conocida 2. Un cronómetro

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3. Hojas y lapiceros para apuntar los datos Procedimiento:

Colocar el cronómetro del reloj en cero. Se coloca el recipiente en el lugar adecuado y sin fuga de agua (cubeta con volumen

conocido). Y se marca el tiempo de llenado (Tiempo, Segundos), Este proceso se repite por tres veces. Luego se calcula el tiempo promedio de llenado.

Cálculo del Caudal: volumen / tiempo. Ejemplo: Un recipiente de 20 litros se llena en 5 segundos Entonces: Caudal: 20 litros / 5 segundos 20 = 4; es decir, 4 litros / segundo 5 5.3.2 Calidad del agua La calidad natural del agua, se refiera al conjunto de características físicas, químicas y biológicas que ésta posee sin intervención del ser humano. El agua no debe presentar color, olor y debe tener una temperatura de ambiente, o sea libre de contaminantes. Para poder analizar lo que se encuentra en el agua, necesitamos de métodos que nos digan qué pasos debemos dar, tanto en el campo como en laboratorio. Estos pasos comprenden mediciones tanto físicas (Ph, conductividad eléctrica, temperatura, entre otros aspectos) como químicas (concentraciones de minerales, durezas, etc.) y biológicas o sea la presencia o no de microorganismos. Asimismo, existen parámetros físicos son los que definen las características del agua que responden a los sentidos de la vista, del tacto, gusto y olfato como pueden ser los desechos sólidos, turbiedad, colores extraños, sabor, olor y temperatura. 5.3.3 Organización del monitoreo Los técnicos del Centro de Salud, Fontanero Municipal y Comités de Agua de las comunidades y del área urbana serán los encargados de la vigilancia de la calidad y disponibilidad del agua para el consumo humano y de otros usos. Trimestralmente presentarán los informes al Comité Agua para el Futuro para la consideración en la gestión municipal del Concejo Municipal. El muestreo de campo consiste en la toma de muestras del agua, datos o información que permite indicar la calidad del agua en algunos puntos estratégicos. La toma de muestra debe ser en todo el

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sistema de conducción y distribución, es decir, desde la fuente de nacimiento hasta el tanque de distribución; y cuando se está monitoreando los ríos se tomarán las muestras río abajo o río arriba. Además de los formatos o parámetros que usan las entidades responsables del monitoreo de la calidad de agua, como información preliminar, se sugiere el uso del formato 8.

FORMATO 8. MONITOREO COMUNITARIO DEL AGUA

Municipalidad de Santa Clara La Laguna, Sololá. Comité Agua para el Futuro

No. ___________

Lugar, fecha y hora de toma de muestra Sistema de agua

Soleado Temperatura ambiente

Temperatura del agua

Protección de la fuente de agua

SI NO

Agua con:

Espuma Olor Color Basura Daños en la Infraestructura

Otros

SI NO

Apunte el lugar de cada muestreo y describe el entorno de la fuente de agua

1.

2.

3.

4.

Encargado del monitoreo:

Firma y sello

5.4 Recaudación y distribución de Fondo de agua y bosque La recaudación y distribución del fondo de agua se realizará en dos formas, una a través de la tesorería municipal de Santa Clara La Laguna y la otra forma es través de los Comités de Agua de las comunidades del área rural. El fondo se refiere a los aportes en efectivo que realizaran los usuarios del agua por cada chorro durante un periodo aprobado por la municipalidad y un porcentaje de éste será asignado a las actividades de conservación de la zona de recarga de hídrica del municipio de acuerdo al Reglamento de Operación y Funcionamiento del Mecanismo de Compensación por Servicio de Agua y Bosque. Con lo que respecto al consumo familiar de leña y madera, la recaudación y distribución del fondo será por medio de la tesorería municipal y el Comité Municipal Agua para el Futuro. Para el pago de servicio de agua y consumo familiar de leña y madera, la municipalidad emitirá un recibo electrónico (ver recibo 1); el original será entregado al usuario y la copia se quedará archivada en la tesorería municipal, el cual, será resguardado por el usuario para sus distintas gestiones en la municipalidad durante el año fiscal.

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Recibo 1. Recibo de tesorería municipal

SIAF-MUNI

Municipalidad de Santa Clara La Laguna, Sololá Ubicación geográfica: xx

PAGINA 1 DE 1 FECHA: XX HORA: XX REPORTE:XXX

COPIA ELECTRONICA DE RECIBO Número recibo original: xxx Con tipo recibo 7b Nombre contribuyente: Monto en letras: Fecha de pago: Tipo servicio: Descripción: Monto: Otras contribuciones por mejoras

CONSERVACION DEL BOSQUE Y AGUA

Monto total Q. Tesorero xxxxx

Vo. Bo. xxxx

Por otra parte, los Comités de Agua de las comunidades manejarán sus propios fondos de conservación y llevarán un control por medio de cualquier formato de talonario simple y extenderán éstos recibos a los usuarios de acuerdo al Reglamento municipal aprobado (ver recibo 2). De igual manera, éste documento será conservado para uso personal en las diferentes gestiones que el usuario realizará en la municipalidad. La aldea Pakib, Cantón Xiprian y sector Chacap, con base al plan municipal aprobado por el Comité Agua para el Futuro; los Comités de agua de éstas comunidades harán uso de un talonario de recibo simple, el cual, emitirán a cada usuario por el pago de servicio de agua. El recibo también será resguardado y presentado en todas las gestiones que realizarán los vecinos en la municipalidad o en la aldea, principalmente cuando se refiere a la solicitud del consumo familiar de leña y madera. Recibo 2. Recibo simple del Comité de Agua.

No_____________ Recibí de: ____________________________________________ La cantidad de:_________________________________________ Por: Conservación de Bosque y Agua de la comunidad xxx

Q.______________

Lugar y fecha: xxxxxxxxxxxxxxx Número de DPI:__________________________

Firma y sello.

comité de agua

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5.5 Distribución de los fondos de conservación de agua y bosque El Comité Municipal Agua para el Futuro elaborará el plan municipal de actividades y presupuesto a finales de agosto de cada año para que en septiembre sea presentado en sesión ordinaria del Consejo Municipal de Desarrollo (COMUDE) y para que el Concejo Municipal pueda incluir en el presupuesto general de ingresos y egresos de la municipalidad del siguiente año fiscal. El plan contienen básicamente dos ejes de trabajo: 1) actividades de conservación del bosque y agua proveniente de la zona de recarga hídrica y 2) mantenimiento de los sistemas de agua; para ello, los comités de agua del área urbana y rural serán los responsables de presentar los informes y planes de acuerdo al flujograma de fondos establecidos en el Reglamento Municipal de Operación y Funcionamiento del Mecanismo de Compensación por Servicio de Agua y Bosque. De esta manera, se asignarán los recursos financieros a las actividades. 5.6 Comisión de vigilancia La comisión de vigilancia municipal del Mecanismo hará uso del sistema de comunicación por radio portátil para reportar en forma oportuna la tala ilícita, contaminación de agua, destrucción de sistemas de agua, incendios forestales, emergencias, cambio de uso de la tierra, entre otro temas relacionados a la temática del Mecanismo de Compensación Por Servicio de Agua y bosque. Cuando hay cambio de algún miembro de la Comisión el radio será entregado a la persona electa y continuará con el cumplimiento de las funciones establecidas.

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6. Anexo

Anexo 1. Diagnóstico de agua y bosque

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DIAGNOSITICO DE AGUA Y BOSQUE 1. Diagnostico general del área El municipio de Santa Clara La Laguna es uno de los 19 municipios del departamento de Sololá, está situado en la región VI Sur-occidente de la República de Guatemala; la cabecera municipal dista de la Ciudad Capital 162 kilómetros y 41 kilómetros de la cabecera departamental; el desvío se encuentra en el Kilómetro 148 de la carretera interamericana (CA-1), se recorren 14 kilómetros adicionales sobre la ruta departamental cuatro (RD-4), para llegar al municipio. Colinda al norte con Santa Lucía Utatlán, al este con San Pablo La Laguna, al sur con San Juan La Laguna, al oeste con Santa Catarina Ixtahuacán y Santa María Visitación; se encuentra a una altitud de 2,090 msnm, latitud de 14° 42’ 50”, longitud de 91° 18’ 15”. El municipio tiene una extensión territorial de 12 kms². El municipio está constituido por: la cabecera municipal (barrios: San Antonio, Paraíso; sectores: Xemonté, Sector II, Las Cristalinas, Chichiyal, Sector Centro, las Rosas (finca Panorama cantón Chitun), Aldea Pakib (Paraje Triunfo la Paz; sectores: sector Yac Suluguí, Vásquez 1 y 2, Yac Quiché), Cantón Xiprian (Sector Vásquez), Caserío Chacap. 1.1 Población y acceso a sistemas de agua potable Los datos estadísticos de la población de Santa Clara La Laguna varían según la fuente. El cuadro 3 presenta los datos que manejaba la municipalidad de Santa Clara La Laguna y Cuadro 4 los datos oficiales que registra el RENAP, a junio 2018. Ambos tienen importancia en la planificación del desarrollo municipal. Para el caso de la propuesta del mecanismo, por ejemplo: el total de viviendas aporta datos para la estimación del consumo de leña por vivienda; para el análisis de la oferta y demanda del agua, se usó como referencia los datos de población que maneja el RENAP, asumiendo que las personas registradas en el municipio de Santa Clara La Laguna también son beneficiarios de los sistemas de agua.

Cuadro 3. Población urbana y rural de Santa Clara La Laguna, Sololá, según datos de la municipalidad.

No. Comunidades Tipo Población

Total Viviendas

Habitantes que no cuentan con sistema de agua

Viviendas sin el servicio de agua Urbano Rural

1 Barrio San Antonio X 1457 319 115 23

2 Barrio Paraíso X 701 150 80 16

3 Sector Xemonté X 465 98 35 7

4 Sector II X 774 167 55 11

5 Sector Las Cristalinas X 716 154 30 6

6 Sector Chichiyal X 1583 341 150 30

7 Sector Centro X 750 169 90 18

8 Sector Las Rosas X 149 32 0 0

9 Aldea Pakib X X 1326 260 5 1

10 Cantón Xiprian X X 453 108 50 10

8 Caserío Chacap X X 902 204 155 31

TOTAL 9,276 2,002 765 153 Fuente: Dirección de Planificación Municipal (DMP, 2018)

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Cuadro 4. Población por sexo y edad de Santa Clara La Laguna, Sololá, según datos del RENAP. No. Hombres Mujeres Niños menores de 12 años Adolescentes 13 a 17 años Total

1 4,675 4,775 2,379 1,171 13,000

Fuente: RENAP, 2018.

1.2 Delimitación de la zona de recarga hídrica: Según certificación registral de la finca número 4358, folio 82, libro 26 del Segundo Registro General de la Propiedad, el municipio de Santa Clara La Laguna tiene un área total de 105 caballerías y cincuenta cuerdas, equivalente a 4,737.6 hectáreas16. En la parte alta de la sub cuenca del río Yatzá se encuentra un área de aproximadamente 1,009 hectáreas de bosque municipal del municipio con un perímetro de 12,868 metros lineales. Zona de recarga hídrica y por lo tanto prioritaria para el establecimiento de un mecanismo de compensación ecosistema. Del total de bosque, un 28% corresponde al parque ecológico Chuiraxamoló y el 72% de bosque municipal de Taclol y Tzamtem. En la zona predominan el aliso (Alnus jorullensis) en un 80%, pino triste (Pinus pseudostrobus) 10% y 5% Quercus ssp y un 5% de otras especies. Es un área altamente vulnerable a los incendios forestales y la tala ilícita por la extracción de leña. Al perímetro del bosque municipal, están los bosques y áreas de cultivos con derechos de posición particular y familiar. Según los mapas de 2011 del INAB, el área delimitada está considerada como zona de recarga hídrica alta. Según entrevista con autoridades y levantamiento de información en campo mediante GPS, se estima que Santa Clara La Laguna cuenta con aproximadamente 1,787.87 hectáreas de bosque municipal (1,009 hectáreas en la parte alta y 778.87 en la parte sur, conocido como el cerro Ajaw), con un perímetro total de 31 kilómetros lineales. El 10.4% (300 hectáreas) y el 72.0% (2,076 hectáreas) del territorio municipal de Santa Clara La Laguna corresponde a la zona núcleo y zona de uso múltiple respectivamente de la Reserva de Uso Múltiple la Cuenca del Lago de Atitlán (RUMCLA), y un 17.6% (507 hectáreas) del territorio se encuentra fuera de dicha área protegida17; los bosques particulares y municipal se ubican en zonas de recarga hídrica (ver figura 5). La UGAM está haciendo esfuerzos para la implementación de actividades de reforestación en las áreas municipales y comunales. A cada año, en el vivero municipal se producen entre 80,000 a 140,000 plantas forestales para generar ingreso municipal propio y parte son entregadas en forma gratuita a la población y a cada año la municipalidad organiza campañas de reforestación en coordinación con instituciones y centros educativos, realiza vigilancia en bosques municipales, promueve sensibilización ambiental en medios de comunicación municipal y administra parques ecológicos como medidas de generar ingresos y proteger los recursos naturales.

16 Nota aclaratoria para uso de datos: el territorio del municipio de Santa Clara La Laguna tiene tres fuentes de información, las cuales, son: 1) las entidades de Estado manejan un área total de 12 kilómetros cuadrados. 2) según certificación emitida por el segundo registro de la propiedad, Quetzaltenango, 23 de diciembre de 2016, Finca No. 4,358, folio 82, libro 26 de Sololá, indica que el Municipio tiene un total de 105 caballerías y cuenta cuerdas (47.376 Kms²), y 3) con base a una inspección de campo realizado por miembros del Concejo Municipal y geoposcionamiento de las bases claramente identificadas en campo, se estimó un área total de 22.83 kms². Dato que es una referencia y considera las desmembraciones realizadas al territorio. 17 Ídem.

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Los dirigentes municipales afirman que en las comunidades y sectores del área urbana no se cuenta con una organización fortalecida que promueve acciones de conservación y protección del bosque y agua. Se realiza un trabajo aislado y no se tiene un control sobre la participación de los sectores y comunidades.

Figura 5. Mapa de referencia del municipio de Santa Clara La Laguna, zona de recarga hídrica y relación con los límites de la RUMCLA18. Fuente:

Elaboración propia considerando base cartográfica del SIGAP/CONAP e IGN.

1.3 Demanda y oferta del bosque 1.3.1 Consumo de leña: Para establecer el procedimiento para obtener una autorización para consumo de leña y madera se utilizó como referencia los registros de un mes de consumo disponible en la Unidad de Gestión

18 CONAP, enero 2018, Plan de Desarrollo Sostenible de las Reservas de Uso Múltiple La Cuenca del Lago Atitlán y el Departamento de Sololá 2006-2010, Guatemala. 185 paginas.

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Ambiental Municipal (UGAM), al momento de la entrevista (mayo 2018). Los datos corresponden a 58 personas y del mes de enero de 2017. Estas personas realizaron el procedimiento establecido por la municipalidad para solicitar la licencia para el corte de un árbol. Los criterios que la municipal utilizaba a la fecha para el autorizar aprovechamiento del bosque son los siguientes:

a) La persona o familia interesada para el consumo familiar (leña y madera) llega personalmente en la municipalidad para solicitar una licencia.

b) Se evalúa si la solicitud se ubica o no dentro de propiedad privada, para establecer sí la autorización es competencia de la UGAM o del CONAP. Cuando el terreno es privado el aprovechamiento lo autoriza el CONAP.

c) El equipo de la UGAM hace una inspección de campo, hace un reconocimiento de especie, estimación del diámetro a la altura de pecho (DAP) y altura.

d) El equipo de la UGAM elabora un informe, el cual, se dirige al concejo municipal para su aprobación o desaprobación.

e) La municipalidad solamente autoriza 6 metros cúbicos de leña al año por familia. f) Para el caso de las especies maderables, el solicitante paga Q.85.00 por árboles autorizado,

en la tesorería municipal. Respecto a la leña paga Q.5.00 por tarea. g) Se solicita a la persona a que colabore con la siembra de árboles. h) No se autoriza licencia para las especies protegidas, las cuales, son: canac

(Chiranthodendron spp), canoj (Ocotea guatemalensis), encino (Quercus skinneri), entre otras.

Según entrevista realizada con la UGAM y el guardarecurso del Consejo Nacional de Áreas Protegidas (CONAP) para el municipio de Santa Clara La Laguna, se estableció que entre el año 2006 y 2016, el CONAP era el único responsable de aprobar las licencias de consumo familiar de leña y madera a nivel municipal; sin embargo, como se muestra en el cuadro 5, en el año 2017, la municipalidad de Santa Clara La Laguna tomó el control sobre la emisión de licencias, producto de un proceso de negociación de acuerdos municipales entre las partes. La parte medular del acuerdo consiste en que la municipalidad hace todo el proceso de autorización del consumo familiar de leña y madera en áreas municipales y comunales y el CONAP se encarga de la emisión de licencias en áreas particulares ubicadas dentro del área protegida de la RUMCLA. Según el cuadro 5, en el año 2017 el CONAP autorizó un total de 51.61 metros cúbicos de madera y leña, mientras que la municipalidad autorizó 845.24 metros cúbicos. Cuadro 5. Volumen de consumo familiar de leña y madera, según registro anual de CONAP y Municipalidad de Santa Clara La Laguna.

Año Autorizado por CONAP Autorizado por la Municipalidad de Santa Clara La Laguna

No. de árboles Volumen (m³) No. Arboles Volumen (m³)

2006 7 7.48 - -

2008 119 214.06 - -

2009 193 346.94 - -

2010 141 288.36 - -

2011 182 333.36 - -

2012 137 265.77 - -

2013 47 66.45 - -

2014 16 44.31 - -

2015 87 87.26 - -

2016 187 293.25 - -

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2017 86 51.61 489 845.24

2018 10 15.44 - -

TOTAL 1212 2,014.29 489 845.24 Fuente: Elaboración propia en base a registro del CONAP Dirección Regional de Altiplano Central, 2018.

En el cuadro 6 se muestra la cantidad de árboles (corresponde licencia por árbol) y los metros cúbicos de madera y leña que la municipalidad autorizó en el 2017, después de haber logrado establecer un acuerdo con el CONAP como ente rectora para el aprovechamiento forestal en área protegida. Es evidente que a partir del acuerdo, aumentó la cantidad de licencias, principalmente en los meses de enero, febrero, marzo, noviembre y diciembre. Durante el año se cortaron un total de 489 árboles que equivale a 0.44 hectáreas de bosque municipal, más 0.077 hectáreas que autorizó el CONAP en área privada. Cantidades que dan un total de 896.85 metros cúbicos de madera y leña al año.

Cuadro 6. Consumo anual 2017 de leña y madera autorizado por la municipalidad y CONAP19. Mes Número Arboles Madera (m³) Leña (m³)

Enero 81 137 67

Febrero 86 96 84.75

Marzo 47 12.4 41.76

Abril 15 2 20.5

Mayo 13 10.7 9.13

Junio 12 0 16.6

Julio 19 22.4 13.5

Agosto 26 19.7 22.1

Septiembre 11 20.6 5.9

Octubre 19 76.2 18.5

Noviembre 30 25.2 31.1

Diciembre 44 5.7 34.5

Conjuntamente con CONAP

86 52 0

Total anual 489 479.9 365.34 Fuente: elaboración propia, en base a registros de la UGAM y base datos de CONAP.

El cuadro 7 presenta la proyección del consumo anual de leña por comunidad y sector del municipio de Santa Clara La Laguna, calculada en base a los siguientes elementos: censo municipal de viviendas 2017 y la cantidad de licencias emitidas por la UGAM y CONAP durante un periodo de un año (2017). Dichos elementos fueron analizados según ecuaciones sugeridas por el INAB y experiencias en el campo forestal. De esta manera se logró estimar el consumo anual, tarea de leña apilada, número de árboles y hectáreas deforestadas. Con base a experiencia y datos proporcionados por la UGAM, se estima que el consumo mensual por familia equivale a 0.351 metros cúbicos de madera y leña, aproximadamente 4.122 metros cúbicos por año, multiplicado por 2,155 viviendas (censo municipal 2017), asumiendo que el consumo de leña se

19 El objetivo del cuadro No. 6, es demostrar y registrar los meses en que la población solicita árboles para el consumo familiar de leña y madera, haciendo un el desglose del año 2017 del cuadro 5 que lo muestra por institución (municipalidad y CONAP).

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hace por vivienda (2002 viviendas con agua y 153 viviendas sin agua), da el consumo anual en el municipio. Luego la tarea de leña apilada se estimó con base al factor de corrección del INAB que dio un resultado de 0.579 metros cúbicos de leña. Así también se obtuvo un promedio de 1.729 metros cúbicos de madera y leña por árbol, lo cual, sirvió para calcular el número de árboles durante el año base. De las especies forestales que más se consume está el aliso (Alnus jorullensis), la cual, representa el 99% y el 1 % es de pino triste (pinus psedustrobus). La población de Santa Clara La Laguna necesita durante el año aproximadamente 10,130 metros cúbicos de madera y leña, lo cual equivale a 17,495 tareas de leña apilada, que significa el corte de aproximadamente 10,119 árboles, dejando sin cobertura forestal a 9.11 hectáreas de área municipal. La estimación y proyección del consumo familiar de madera y leña en el municipio supone que todas las familias solicitan licencias en la municipalidad y que todas extraen del bosque municipal y particular el total de metros cúbicos de madera y leña que necesitan las familias en un año, sin tomar en cuenta la tala ilícita (ver cuadro 7). Cuadro 7. Proyección de la demanda de madera y leña, basado en el consumo familiar registrado por la UGAM, el CONAP y el censo municipal de viviendas.

Descripción Estimación de la demanda anual y deforestación

No. Comunidades Nombre común

Nombre técnico Número

de Viviendas

Consumo anual (m³) 1

Tarea de leña

apilada 2

No. Árboles 3

Área deforestada (hectáreas)

1 Barrio San Antonio Aliso Alnus jorullensis 310 1,440.50 2,488 1,439 1.295

2 Bario El Paraíso Aliso Alnus jorullensis 166 699.19 1,208 698 0.629

3 Barrio Xemonté Aliso Alnus jorullensis 105 442.26 764 442 0.398

4 Sector 2 Aliso Alnus jorullensis 234 1,023.52 1,768 1,022 0.92

5 Sector Cristalinas Aliso Alnus jorullensis 160 673.92 1,164 673 0.606

6 Sector Chichiyal Aliso Alnus jorullensis 431 1,815.37 3,135 1,813 1.632

7 Sector Centro Aliso Alnus jorullensis 253 1,124.6 1,942 1,124 1.011

8 Sector Las Rosas Aliso Alnus jorullensis 32 134.78 233 135 0.121

9 Centro Norte Aliso Alnus jorullensis 45 189.54 327 189 0.170

10 Paquib Aliso Alnus jorullensis 255 1,099.33 1,899 1,098 0.988

11 Xiprian Aliso Alnus jorullensis 110 497.02 858 496 0.447

12 Chacap Aliso Alnus jorullensis 235 989.82 1,710 989 0.890

TOTAL 2,15520 10,130 17,495 10,119 9.108 Fuente: elaboración propia (2018). 1 consumo anual, ejemplo de cálculo Barrio San Antonio: 4.212 x 342 = 1,440.50 m3 2 Tarea de leña apilada, ejemplo de cálculo Bario San Antonio: 1,440.50 m3 / 0.579 = 2,487.91 3 Tarea de leña apilada, ejemplo de cálculo Bario San Antonio: 2,487.91 / 1.729 = 1,438.93

1.4 Estimación de la oferta y demanda del gua La parte alta de Santa Clara La Laguna provee a la población un caudal total de 57.20 litros de agua por segundo, proveniente de 49 nacimientos y en la misma área nacen tres ríos que se desembocan en la sub cueca del río Yatza’.

20 En el cuadro 3, que corresponde al censo poblacional según sistemas de agua, se reporta un total de 2002 viviendas y por fines de proyección de datos para este estudio, también se sumaron a las 153 viviendas que están sin agua, por lo que en el cuadro 7, los cálculos se realizaron con base a 2,155 viviendas.

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1.4.1 Estimación de caudales por sistema de agua entubada

Para la estimación y análisis de datos, se realizaron consultas y entrevistas con el personal de la UGAM, representantes de comunidades y fontanero municipal de Santa Clara La Laguna. Asimismo, se utilizaron las ecuaciones según el manual técnico del INFOM para la formulación de proyectos de agua potable. Por otra parte, se realizó el aforo de fuentes de agua desde las cajas reunidoras y en la parte baja de tres ríos. Esto con el fin de estimar la oferta y demanda de agua, que provee la zona de recarga hídrica. El cuadro 8 presenta la estimación de caudales para el sistema de agua potable del municipio de Santa Clara La Laguna. Se identificaron 8 sistemas de agua potable que abastecen el área urbana de Santa Clara La Laguna. Como se muestra en el cuadro 8, los nacimientos tienen un bajo caudal, son vulnerables a las prolongadas sequías y como una forma de mitigar la escases se han construido represas para captar afluentes del río Yatzá; sin embargo, existen indicios que el agua presenta niveles de contaminación. La medición de los caudales se realizó en cada tanque de sistema de agua proveniente de 51 nacimientos por medio del método volumétrico, lo cual, dio un resultado total de 57.20 litros de agua por segundo que abastece a la población de la cabecera municipal. Para calcular el caudal por día se tomó como base la cantidad de choros funcionando y el número de usuarios de cada chorro reportado por el fontanero municipal. Según la guía para la identificación y formulación de proyectos de agua potable (SEGEPLAN)21 que en los sistemas urbanos se observan dotaciones de 100 a 200 lts/hab/día para familias de ingresos bajos y medios, manteniendo un tamaño de la familia de cinco habitantes. De acuerdo a este parámetro y para analizar el caso de Santa Clara se utilizó una dotación media de 150 lts/día. Según información dada por la Municipalidad, el caudal de cada sistema de agua no se distribuye equitativamente en los sectores, para algunos es menos, generando un déficit de agua. El cuadro 8 visualiza la organización de beneficiarios de agua por unidad de sistema, según organización municipal y el nombre del lugar en donde se encuentra el nacimiento. Como se nota en la columna de oferta de agua, que para cada sistema se ha captado varios nacimientos, por ser que los mismos son caudales pequeños. La demanda estimada se refiere a una diferencia positiva o negativa de lo que provee la zona de recarga hídrica y la proyección de consumo. Asimismo, para el cálculo de la proyección del consumo de agua, se usaron los datos administrados y proporcionados por el Fontanero Municipal de Santa Clara la Laguna. En la columna de “estado actual” es evidente que algunos sistemas de agua no tienen caudales suficientes para abastecer al sector para lo cual fue programado, mientras que los otros sistemas sí pueden proveer agua suficiente para la población por un tiempo de corto plazo. De esta manera, en la

21 SEGEPLAN (2004). Manual de Planificación de Proyectos de sistemas de agua. Guatemala.

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actualidad se estima que está disponible un total de 405,900 litros por día de agua, sin embargo, esta cantidad no puede ser captada por vecinos de otros sectores, porque la administración es por unidad de sistema de agua.

Cuadro 8. Estimación de caudales por sistema de agua potable.

No.

Nombre del lugar

Beneficiarios

Oferta de agua Demanda (dotación de consumo)

Nacimientos captados

Caudal (lts/s)

lts/día Total

beneficiarios cantidad chorros

lts/hab/día (dotación de 150/urbana)

Estado actual

(lts/día)

1 Río Jacala' y Pasajkim

Chichiyal, Pabella', Cristalina, Xemonté, y Chuacruz

13 2.46 212,544 2,299 295 344,850 -132,306

2 Sabal tuney 1 y 2

Nuevo milenio, las flores, sector principal y parte del Paraiso, Sector centro norte.

8 2.9 250,560 782 313 117,300 133,260

3 Tanque de Taclol y Tzucubal

Centro, barrio las rosas y el sector II

11 3.81 329,184 750 348 112,500 216,684

4 Tanque Taclol-represa

Calle principal, sector paraiso y las flores, sector cementerio

1 6.15 531,360 1600 560 240,000 291,360

5 La cumbre Barrio San Antonio, Barrio San Miguel

4 2.63 227,232 744 132 111,600 115,632

6 Taclol Barrio San Antonio 7 1.45 125,280 1,457 108 218,550 -93,270

7 Taclol Sector II, nuevo proyecto

1 18.9 1632,960 774 1,728 116,100 1,516,860

8 Chacap Chacap 2 6.9 596,160 902

9 Xiprian Xiprian 2 5 4,32,000 453

10 Paquib Paquib 2 7 6,04,800 1,326

198,900 405,900

Total

51 57.2 4,942,080 11,08722 3,484 1,459,800

Fuente: Elaboración propia en base a datos proporcionado por el Fontanero Municipal y visitas de campo.

Para estimar la oferta y demanda del agua se analizaron las variables siguientes: volumen anual consumido, caudal medio, demanda media total y demanda máxima diaria, a través de las ecuaciones sugeridas en el manual técnico de SEGEPLAN23 para la formulación de proyectos de agua potable. Además, se utilizó una tasa de crecimiento poblacional de un 3%. Con base la información generada se realizó una proyección para un periodo de 17 años. El cuadro 9 muestra que del 2018 a 2034 el caudal actual tendría capacidad de abastecer a la población con un 3% de crecimiento poblacional anual y con una dotación máxima de 150 lts/día (considerando las actividades y condiciones de vida en área urbana) pero a partir del año 2,034, las familias comenzarían a presentar problemas por la escasez de agua. Esta información supone que los 405, 900 litros por día que actualmente aún está disponible y captada, a futuro sea distribuido a la población necesitada.

22 Para analizar la demanda y oferta de agua en el municipio se estudiaron variables, principalmente las políticas internas de las comunidades y del Concejo Municipal. Los 11,087 beneficiarios tomó en cuenta las familias y personas individuales que migran temporalmente en la cabecera municipal y en las comunidades por ser un lugar altamente turístico y el cálculo se hizo de acuerdo a la información que maneja el equipo de Fontanero Municipal. 23 SEGEPLAN (2002). Guía para la identificación y formulación de proyectos de agua potable y saneamiento.

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Cuadro 9 Balance de oferta y demanda del agua apto para el consumo humano. Demanda máxima diaria 38.82 l/seg

Caudal disponible 57.20 l/seg

Tasa de crecimiento anual/10 años 3% 1.1645

Año Demanda (lts/seg) Oferta (lts/seg) Déficit

2018 38.82 57.20 18.38

2019 39.98 57.20 17.22

2020 41.14 57.20 16.06

2021 42.31 57.20 14.89

2022 43.47 57.20 13.73

2023 44.64 57.20 12.56

2024 45.80 57.20 11.40

2025 46.97 57.20 10.23

2026 48.13 57.20 9.07

2027 49.30 57.20 7.90

2028 50.46 57.20 6.74

2029 51.63 57.20 5.57

2030 52.79 57.20 4.41

2031 53.95 57.20 3.25

2032 55.12 57.20 2.08

2033 56.28 57.20 0.92

2034 57.45 57.20 -0.25 Fuente: Elaboración propia, 2018.

En la zona de recarga hídrica del municipio también crecen dos pequeños ríos y en el territorio pasa el río Yatza’, los cuales, suman un total de 87.8 litros por segundo (ver cuadro 10). De este caudal solamente el 32.8 litros por segundo es apto para el consumo humano, sí se implementan medidas de mitigación y de conservación de los recursos naturales en la parte alta. Gran parte del Yatza’ nace en territorio de Santa Catarina Ixtahuacán y Nahualá, por lo que los esfuerzos de conservación no depende solamente del municipio de Santa Clara La Laguna, siendo necesaria la capacidad de gestión municipal con estas dos municipalidades. Para el cálculo del caudal de los ríos que se presenta en el cuadro 10, se utilizó el método de aforo denominado “sección-velocidad mediante molinete digital. El proceso fue dirigido por el representante del INAB central y con la metodología de aprender haciendo para el aprendizaje del equipo de la UGAM.

Cuadro 10 Estimación de caudal de tres ríos24. No. Río Caudal (lts/seg)

1 Yatzá' 55

2 Acal' 32

3 Xiprian 0.8

Total caudal de ríos 87.8 Fuente: Elaboración propia.

24 ICC (Instituto Privado de Investigación sobre Cambio Climático). 2017. Manual de medición de caudales. Guatemala. 18 p.

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1.5 Actores El cuadro 11 lista los actores clave que reciben servicios de agua y bosque en el municipio, están agrupados de acuerdo a las actividades que realizan y naturaleza, los cuales, se presentan de la manera siguiente: entidades de gobierno, organizaciones comunitarias y municipales, asociaciones y cooperativas, comercios y academia. Cuadro 11. Actores que reciben servicios del agua o del bosque en el municipio de Santa Clara La Laguna.

Entidades de gobierno Organizaciones comunitarias y municipales

Consejo Nacional de Áreas Protegidas (CONAP) Consejo Nacional de Alfabetización (CONALFA) Ministerio de Agricultura Ganadería y Alimentación (MAGA) Registro Nacional de Personas (RENAP) MIDES Policía Nacional Civil (PNC) MARN Instituto Nacional de Bosques (INAB)

16 Consejos Comunitarios de Desarrollo (COCODEs) Consejo Municipal de Desarrollo (COMUDE) 4 Comités de agua 1 Junta de ancianos de Santa Clara 4 alcaldes auxiliares Oficina Municipal de la Mujer (OMM) Unidad de Gestión Municipal Ambiental (UGAM) Policía Municipal de Transito Centro de Atención Permanente (CAP) Coordinador Técnico Administrativo (CTA) Comisión Municipal de Seguridad Alimentaria (COMUSAN)

Asociaciones y cooperativas Comercio

ASUBIM. Productores y exportadores de café orgánico. 350 socios COPOCAJ, Asociación de canasteros, con 50 socios. Asociación de transportistas BANRURAL COLULA RL Agencia Vida, financiera Asociación Recicladora de Santa Clara Asociación de iglesias evangélicas 4 institutos básicos por Cooperativa COPE 7, financiera 1 red de mujeres de Santa Clara Asociación de Tuktukeros

Cinco hoteles 8 comedores 4 restaurantes 30 tiendas para consumo diario 5 Ferreterías 10 panaderías 5 talleres de mecánica 6 farmacias 1 gasolinera 4 café internet 2 bufete jurídico 2 Clínicas privadas 6 carpinterías 2 depósitos de madera 10 carnicerías 15 Molinos de nixtamal 6 herrerías

Academia

ANACAFE INTECAP Universidad Rural de Guatemala USAC-EPS Universidad de Valle de Guatemala -EPS URL-EPS

Fuente: elaboración propia 2018.

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2. Negociación y diseño del mecanismo 25 La negociación y diseño del mecanismo consistió en la realización de reuniones, visitas y consultas con diferentes actores del municipio, con participación de la UGAM, Corporación Municipal, miembros de COCODEs y Comités de agua. Los pasos que conllevo el proceso incluyeron

a) Elaboración del diagnóstico de agua y bosque (anexo 1 de este documento); b) Elaboración del esquema del mecanismo (punto 2.1 del anexo 1 del presente documento); c) Aprobación de la propuesta del mecanismo por las autoridades municipales (Acta 38-2018

del 9 de mayo de 2018); d) Diálogo entre el CONAP, INAB y Corporación municipal para establecer acuerdos internos

para el consumo familiar de leña y madera; e) Elaboración del plan de actividades o de compensación; f) Socialización con los comités de agua, alcaldes auxiliares, COCODEs y representantes de las

entidades públicas y privadas (memorias de trabajo y actas comunitarias); g) Socialización en las sesiones ordinarias del COMUDE y aprobación de las actividades; y h) Socialización y negociación en cada sector del área urbana y comunidades circunvecinas.

2.1 Esquema general del mecanismo

Luego de atender los puntos indicados anteriormente para realizar la negoción, socialización y validación de la propuesta denominada Mecanismo de Compensación por Servicio de Agua y Bosque, se diseñó y aprobó el esquema general del mecanismo que presenta la figura 6. La descripción generada es producto del análisis de contexto y reuniones de trabajo con diferentes actores municipales.

2.2 Descripción del esquema general 2.2.1 Estructura política y toma de decisión Comité Municipal de agua para el futuro: Estará formado por representantes de catorce sectores del área urbana y tres comunidades, los cuales, son miembros de comités de agua, Consejos Comunitarios de Desarrollo y el alcalde municipal o su representante. La organización tendrá una Junta Directiva municipal que será institucionalizada con una figura legal y tendrá a su cargo la planificación, monitoreo y coordinación del mecanismo; de acuerdo al marco legal, manuales de funcionamiento y reglamentos internos, previamente aprobados por las partes involucradas. Los miembros del comité municipal serán acreditados por medio de credenciales, gafetes u entro medio que determine la autoridad. En las comunidades de: xiprian, chacap y Pakib seguirán funcionando los comités locales de agua y a partir de la vigencia del mecanismo, los mismos, harán reportes de actividades al comité municipal de agua para el futuro.

25 CONAP, enero 2018, Plan de Desarrollo Sostenible de las Reservas de Uso Múltiple La Cuenca del Lago Atitlán y el Departamento de Sololá 2006-2010, Guatemala. 185 paginas.

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Comité técnico asesor: Tendrán la función de asesorar el proceso y será integrado por representantes de autoridades municipales y comunitarias del municipio de Santa Clara La Laguna e instituciones públicas y privadas que cumplen funciones específicas en el tema de agua y bosque. Brindará la asistencia técnica y es el ente rector del proceso de gestión e implementación del mecanismo por compensación de agua y bosque en el municipio. Fuentes de ingresos: Se prevé en este mecanismo la recaudación e inversión de pequeños fondos exclusivos para las actividades de protección y conservación del agua y bosque municipal. Los aportes pueden ser en efectivo y en especies.

Figura 6. Esquema general del mecanismo de Compensación por Servicio de Agua y Bosque.

Fuente: Elaboración propia, 2018.

2.2.2 Estructura operativa del mecanismo26 26 UGAM (2018). Base de datos e información proporcionado por la Unidad de Gestión Ambiental Municipal

EN EFECTIVO

EN ESPECIE

SERVICIO HIDRICO

APORTE EN ESPECIE Y POR SISTEMA DE AGUA

COMPENSACION POR SERVICIOS DE AGUA Y BOSQUE

FONDOS DE CONSERVACION DE BOSQUE Y AGUA

COMITÉ TÉCNICO ASESOR (UGAM, INAB,

CAP, MARN, CONAP, DAFIM, AUDITORIA

INTERNA MUNICIPAL, CORPORACIÓN

MUNICIPAL, CONCEJO DE ANCIANOS, ALCALDES

AUXILIARES Y ACADEMIA)

FUENTES DE INGRESOS

MO

NIT

OR

EO

Y EV

ALU

ACI

ÓN

1) ESTRUCTURA ORGANIZATIVA

2) E

STR

UC

TUR

AO

PER

ATI

VA

MA

NU

ALE

S D

E FU

NC

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TO Y

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DO

S M

UN

ICIP

ALE

S

BOSQUECHUIRAXAMOLO,

TZAMTEM Y TACLOL

COOPERACION INTERNACIONAL

SERVICIO DE MADERA Y LEÑA

FAMILIAS COMERCIOS

APORTE EN EFECTIVO

COMITES DE AGUA MUNICIPALIDAD

FAMILIAS

APORTES EN EFECTIVO

MUNICIPALIDAD

COMITE MUNICIPAL DE AGUA PARA EL

FUTURO

INVERSION

ACTIVIDADES DE CONSERVACIÓN Y MANEJO DEL ÁREA MUNICIPAL QUE

PROVEE EL SERVICIO ECOSISTEMICO

Comision de Vigilancia

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Definición27: El Mecanismo de Compensación por Servicios de Agua y Bosque, es un instrumento municipal técnico, legal y con una estructura organizativa propia de Santa Clara La Laguna que contribuye a la conservación y manejo de 1,009 hectáreas de bosque municipal y zona de recarga hídrica a través de “arreglos obligatorias y voluntarias” entre la población y autoridades; en el marco de la gobernabilidad local y política pública ambiental. Aportes en especie: corresponde a jornales de trabajo que aportará cada beneficiario o familia al año (que posee un chorro), para la protección, repoblación y conservación de los recursos naturales de la zona de recarga hídrica, basado en una planificación y organización de base (ver plan de actividades). El aporte y control de jornales de trabajo será controlado por comisiones específicas de cada sistema de agua (8 de sectores y 3 de comunidades). Además, pueden ser donaciones o partes voluntarias. Aportes en efectivo: Propone recaudar fondos propios con una tarifa diferenciada y de acuerdo a las actividades económicas siguientes: 1. Sector de comercios: se pretende reorientar las cuotas actuales o promover nuevas tarifas a los

propietarios de negocios (tiendas, comedores, restaurantes, hoteles, car wash, entre otros servicios) para que aquellas personas que no tienen tiempo en la implementación de las actividades de conservación y protección también aporten al mecanismo sin afectar sus economías y ponerlos en equilibrio con la población que aporte en especie.

2. Consumo de leña y madera: se pretende la modificación de la tarifa de consumo de leña y madera

de acuerdo a un cobro por volumen y de mejorar la recaudación e inversión de los fondos generados por la emisión de licencias. Esto implica mayor control de los aserraderos, depósitos de madera y el consumo familiar de leña y madera. El trabajo se realizará en base a un plan de aprovechamiento forestal y un plan de bosque energético.

Parte de las funciones del CONAP será desconcentrada a la municipalidad de Santa Clara La Laguna, principalmente la emisión de licencias para el consumo familiar, que para ello, se estarán aprobando cartas de entendimiento entre la Secretaria Ejecutiva del CONAP y municipalidad en coordinación con el Gobernador departamental y dirección regional del CONAP.

3. Sector transporte: Se espera que las asociaciones de transportes (Tuktuk, micro-buses) aporten

una cuota de acuerdo a lo que dictamine el comité de agua para la conservación y protección del agua y bosque. Los apartes en especie también pueden ser donaciones y aportes voluntarias.

4. Organización de apoyo: son cooperaciones técnicas y financieras que aportarán recursos para el

fortalecimiento de las actividades programadas para la zona der recarga. Aspecto financiero: La Dirección de Administración Financiera Municipal (DAFIM), auditoría interna municipal y la UGAM harán la evaluación pertinente al mecanismo de compensación por servicio de agua y bosque, y de acuerdo marco legal crearan una partida del presupuesto municipal (Fondo) para el ejercicio fiscal anual. Para ello se harán las gestiones necesarias para la legalización del proceso y así

27 Es una definición adaptada al contexto y se ha elaborado en base a literaturas y experiencias en procesos similares.

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transparentar la recaudación de aportes en efectivo y la inversión pública en las actividades de conservación y manejo de la zona de recarga hídrica. Monitoreo y evaluación: Es función del Comité Municipal de “Agua para el Futuro” el monitoreo, evaluación y planteamiento de mejoras al proceso. 2.3 Aprobación del mecanismo

Proceso de gestión del mecanismo: Según reuniones sostenidas con la Corporación Municipal el proceso de gestión del mecanismo consiste en primer lugar que la honorable Corporación emitió un acta municipal de aceptación y aprobación del proceso del mecanismo (ver figura 7); segundo, la propuesta será llevada a la escala del COMUDE para su aprobación y al final la municipalidad emitirá un Acuerdo Municipal de aprobación y de puesta en marcha en el municipio. Por otra parte, por estar ubicados los bosques municipales en

área protegida de la RUMCLA el mecanismo de aprovechamiento de leña y madera aplicado por el CONAP será desconcentrado a la municipalidad, lo que, implica gestiones de acuerdos entre la Corporación Municipal, delegación departamental y secretaria nacional de CONAP e INAB. El contenido de los acuerdos deberán ser aprobadas por la corporación municipal, el COMUDE, acaldes comunitarios y los comités de agua. 2.4 Comunicación y socialización del mecanismo 1. Socialización de la propuesta ante el Concejo Municipal y Consejo de Municipal de Desarrollo 2. Acuerdo Municipal 3. Socialización con los comités de agua, alcaldes auxiliares y COCODEs 4. Socialización y negociación con cada sector o comunidad 2.5 Plan de trabajo Eje temático 1. Reorganización comunitaria por sistema de agua (urbano y rural) 2. Sensibilización y capacitación en diferentes temas 3. Reforestación con fines energéticos 4. Mantenimiento de brechas corta fuego 5. Manejo de desechos sólidos en el mirador 6. Creación de manuales y reglamentos

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7. Control fitosanitario de bosque 8. Vigilancia de la tala ilícita de árboles 9. Monitoreo y evaluación de los procesos

Figura 7. Acta de aprobación municipal para la implementación del Mecanismo.

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2.6 Cronograma de actividades

Actividades por año Meta Jornales

Meses

E F M A M J J A S O N D Año uno: 2018

1. Reorganización comunitaria por sistema de agua (urbano y rural)

3 organizaciones comunitarias 8 organizaciones en área urbana.

1.1 Cero jornales X X

2. Sensibilización y capacitación en diferentes temas.

10 capacitaciones 2.1. 150 jornales en capacitación X X X

3. Preparación de viveros comunitarios

25,000 árboles de por año

3.1. 30 jornales para la preparación de viveros

X X X X

3.2. 15 jornales para preparación de sustrato X

3.3. 150 jornales para el llenado de bolsa X

3.4. 250 jornales para el trasplantes de pilones a bolsas.

X X

3.5. 40 jornales para el mantenimiento del vivero

X X X X X X X X X

4. Reforestación con fines energéticos

25,000 plantas 4.1. 300 jornales para la siembra de árboles en campo

X X

4.2. 300 jornales para el chapeo X X

4.3. 25 jornales para la vigilancia X X X X

5. Preparación de brechas corta fuego perimetrales e intermedias

12 kilómetros de brecha

5.1. 300 jornales

X X

6. Mantenimiento de brechas corta fuego

15 kilómetros 6.1. 250 jornales X X

6.1. 100 jornales para preparación de barrera viva contra fuego con especies resistentes al fuego

X X

7. Realización de limpieza en el mirador para la conservación de la represa.

100 Jornales dos veces al año

7.1. 100 jornales para limpiar el área X X

7.2. Preparación de 500 metros de berra natural con especies de árboles o arbustos en la parte alta de la represa

X X

8. Elaboración de un reglamento interno de consumo familiar de madera y leña.

1 reglamento de consumo de madera y leña

X X X

9. Creación de un manual de procedimiento general del mecanismo municipal.

1 manual general del mecanismo

X X

10. Vigilancia para evitar incendios forestales.

6 meses por año 10.1. Toda la población X X X X X X

11. Monitoreo para detectar plagas y enfermedades forestales

3 Visitas al año 11.2. toda la población X X X X X X X X X X X X

12. Vigilancia en la zona de recarga hídrica sobre la tala ilícita de árboles

1,365 hectáreas 12.1. 80 jornales para la vigilancia de bosque en zona de recarga hídrica X X X X X X X X X X X X

13. Monitoreo y evaluación de los procesos

1 mecanismo municipal

X X X

14. Gestiones ante el CONAP, INAB y Corporación Municipal.

1 acuerdo municipal entre el INAB y CONAP

X X X

AÑO DOS: 2019 Las actividades 2, 3, 4, 5, 6, 7, 10, 11, 12, 14 se repiten a cada año. Se sumaran otras en función de la implementación de los instrumentos normativos indicados en las actividades 8, 9 y 15

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Anexo 2. Reglamento de operación y funcionamiento del Mecanismo de Compensación por Servicio de Agua y Bosque

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REGLAMENTO DE OPERACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL MECANISMO DE COMPENSACIÓN POR SERVICIO DE AGUA Y BOSQUE

Acuerdo Municipal Número X…..

El Concejo Municipal de Santa Clara La Laguna, Sololá

CONSIDERANDO:

Que en ejercicio de la autonomía municipal de Santa Clara La Laguna, según Código Municipal, Decreto número 12-2012 del Congreso de la República de Guatemala, las municipalidades y los habitantes del territorio nacional deberán propiciar la conservación, protección y recuperación de los ecosistemas, formular y ejecutar las políticas públicas municipales y nacionales.

CONSIDERANDO:

Que la Ley de Protección y Mejoramiento del Medio Ambiente, Decreto número 68-86; la Ley de Áreas Protegidas, Decreto número 4-89; La Ley Forestal, Decreto número 101-96; la Ley de Declaratoria de la Reserva de Uso Múltiple Cuenca del Lago de Atitlán (RUMCLA), Decreto número 64-97; la Ley de PROBOSQUE, Decreto número 2-2015; todas emitidas por el Congreso de la República de Guatemala, deben implementarse en ámbito municipal en forma organizada y conforme el contexto del municipio.

CONSIDERANDO:

Que según Punto Tercero del Acta treinta y ocho guión dos mil dieciocho (38-2018) del nueve (9) de mayo del año dos mil dieciocho (2018), el Consejo Municipal de Santa Clara La Laguna, en pleno, acuerda aprobar la implementación del Mecanismo de Compensación por Servicios de Agua y Bosque en el municipio con el debido proceso de consultas y planificación con los representantes de los sectores y comunidades del área urbana y rural.

POR TANTO:

El Concejo Municipal en ejercicio de las funciones y atribuciones que le otorgan los artículos 97, 134, 253 y 254 de la Constitución Política de la República; y 1, 2, 5, 9, 18, 35 a), e, i), n), w), y), 53 m), 60, 61, 68 a), l), 72 del Código Municipal, Decreto número 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala.

ACUERDA:

Emitir el Reglamento de Operación y Funcionamiento del Mecanismo de Compensación por Servicios de Agua y Bosque del municipio de Santa Clara La Laguna, Sololá.

CAPÍTULO I

OBJETO, ORGANIZACIÓN, SERVICIOS AMBIENTALES

Artículo 1. Objetivo. El objeto de este reglamento es regular los procedimientos, la organización, estructura interna, funciones y formas de coordinación del Mecanismo de Compensación por Servicio de

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Agua y Bosque del municipio de Santa Clara La Laguna, departamento de Sololá, que permita el uso sostenible de los servicios ambientales que generan beneficio a la población. Artículo 2. Mecanismo de Compensación. Se crea el Mecanismo de Compensación por Servicios de Agua y Bosque, instrumento municipal, técnico y legal, con una estructura organizativa propia para el municipio de Santa Clara La Laguna, que contribuye al uso sostenible de los servicios ambientales de las zonas de recarga hídrica, a través de “arreglos obligatorios y voluntarios” entre la población y autoridades municipales, en el marco de la gobernabilidad local y política pública ambiental. Artículo 3. Servicios ambientales. Los servicios ambientales objeto de reconocimiento obligatorio en el Mecanismo de Compensación por Servicio de Agua y Bosque, son: a) servicio hídrico, y b) servicios del bosque, regulando específicamente madera y leña de consumo familiar. Artículo 4. Ámbito de aplicación. Este reglamento tiene como ámbito de aplicación los bosques municipales y particulares de 1,009 hectáreas y 49 fuentes de agua, ubicados en los lugares denominados: Parque Chuiraxamoló, Tzamtem, Taclol y Cerro Ajaw, jurisdicción del municipio de Santa Clara La Laguna, departamento de Sololá, para la implementación de medidas de conservación, protección y recuperación de zonas de recarga hídrica.

CAPÍTULO II DE LOS ÓRGANOS DE DIRECCIÓN Y ADMINISTRACIÓN DEL MECANISMO

Artículo 5. Estructura organizativa del mecanismo. Se crea la estructura administrativa y técnica del Mecanismo de Compensación por Servicio de Agua y Bosque, el cual estará integrado de la siguiente forma:

a) Concejo Municipal de Santa Clara La Laguna; b) Unidad de Gestión Ambiental Municipal (UGAM) de la Municipalidad de Santa Clara La

Laguna; c) Tesorería municipal de la Municipalidad de Santa Clara La Laguna; y d) Comité Municipal Agua para el Futuro, que crea el presente reglamento.

El Comité Municipal Agua para el Futuro, tendrá tres instancias de coordinación:

a) Comités de Agua (comunidades y sectores, Alcaldía Auxiliar de la aldea Pakib y Consejo Comunitario de Desarrollo (COCODE) del sector Chacap);

b) Comisión de vigilancia; y c) Comité técnico asesor, conformado por representantes instituciones de gobierno vinculadas

al sector ambiental (MARN, INAB, CONAP), la academia y la sociedad civil representada por instituciones no gubernamentales vinculadas al sector ambiental.

Artículo 6. Órgano de Dirección. El Concejo Municipal de Santa Clara La Laguna, será el órgano superior de Dirección del Mecanismo de Compensación por Servicio de Agua y Bosque. Contará con el asesoramiento técnico y financiero de la UGAM, el Comité Municipal Agua para el Futuro y la Tesorería Municipal. Será responsable de velar por cumplimiento y aplicación del presente reglamento.

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Artículo 7. Planificación. La Unidad de Gestión Ambiental Municipal (UGAM) será la entidad municipal responsable, conjuntamente con el Comité Municipal Agua para el Futuro, de la planificación anual de las actividades que se realizarán en el marco del Mecanismo de Compensación por Servicio de Agua y Bosque; ambos instancias promoverán la organización y participación de los beneficiarios, monitoreo y evaluación de actividades, en coordinación con los comités de agua, el Comité de vigilancia y el Comité Técnico Asesor. Artículo 8. Administración financiera del Fondo. El fondo financiero que crea el presente reglamento, será administrado por la Tesorería Municipal de la Municipalidad de Santa Clara La Laguna, el cual tendrá una partida específica dentro de presupuesto municipal, que permita invertir en actividades de conservación de los ecosistemas donde se generan los bienes y servicios ambientales del ámbito de aplicación del presente Reglamento. Se exceptúa a la aldea Pakib, Cantón Xiprian y sector Chacap que serán los comités de agua quienes manejaran fondos comunitarios. Los recursos financieros recaudados no podrán disponerse para otros fines que no sean los vinculados al Mecanismo de Compensación por Servicio de Agua y Bosque bajo ninguna disposición posterior. Artículo 9. Implementación técnica. El Mecanismo de Compensación por Servicio de Agua y Bosque se implementará bajo la administración y operación técnica del Comité Municipal Agua para el Futuro, cuya estructura se desarrolla en el Capítulo III del presente Reglamento.

CAPITULO III COMITÉ MUNICIPAL AGUA PARA EL FUTURO

Artículo 10. Comité Municipal Agua para el Futuro. Se crea el Comité Municipal Agua para el Futuro, el cual tendrá la administración y operación del Mecanismo de Compensación por Servicio de Agua y Bosque: para ello, dispondrá como órganos de dirección los siguientes:

a) La Asamblea General; y b) La Junta Directiva.

El Comité Municipal Agua para el Futuro, tendrá tres instancias de coordinación, según el artículo 5 del presente Reglamento. Artículo 11. Asamblea general del Comité Municipal Agua para el Futuro. La asamblea general del Comité Municipal Agua para el Futuro, será el órgano para toma decisiones en la implementación del Mecanismo de Compensación por Servicio de Agua y Bosque, o para avalar propuestas de normativas que deberán ser aprobadas por el Consejo Municipal. La conformarán los usuarios de los diferentes sectores de abastecimiento de agua, los cuales, son: Barrio las Rosas, Barrio San Antonio, Centro Norte, Chacap, Chichiyal, El Paraíso, Las Cristalinas, Las Flores, Xiprian, Pakib, Sector Centro, Sector II, Sector Chichiyal, Sector Pabellá y Xemonté. Las reuniones ordinarias serán anuales, pudiéndose convocar a reuniones extraordinarias por parte de la Junta Directiva. Artículo 12. Junta Directiva del Comité Municipal Agua para el Futuro. La Junta Directiva del Comité Municipal Agua para el Futuro será un espacio de participación para la gestión sostenible del agua y bosque en el municipio de Santa Clara. Le corresponderá la administración y operación del mecanismo. La Junta Directiva se reunirá de forma ordinaria cada dos meses y extraordinaria cuando considere

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necesario. La Junta Directiva estará integrada por un Presidente, Vicepresidente, Secretario, Tesorero, y tres Vocales (I, II, III), quienes ejercerán su cargo por un período de cuatro años prorrogables, en forma ad honorem. Los miembros de la Junta deberán ser electos entre los representantes de los diferentes comités de agua. La Junta Directiva tendrá las siguientes atribuciones:

a) Cumplir y hacer que se cumplan las disposiciones emanadas del Concejo Municipal y la Asamblea General, para la administración y operación del Mecanismo de Compensación por Servicio de Agua y Bosque;

b) Conjuntamente con la UGAM, elaborar e implementar el plan estratégico del Mecanismo de Compensación por Servicio de Agua y Bosque. El Plan debe someterse a consideración de la Asamblea General para su aprobación y no deberá superar periodos operativos de 5 años;

c) Conjuntamente con la UGAM elaborar el Plan Operativo Anual, para proponer las actividades y gastos que deberá autorizar el Concejo Municipal para el funcionamiento del Mecanismo de Compensación por Servicio de Agua y Bosque;

d) Elaborar y aprobar su Reglamento interno de Junta Directiva, el cual podrá ampliar las atribuciones que el presente Reglamento le asigna a sus miembros;

e) Conjuntamente con la UGAM, elaborar e implementar el manual de procedimientos para el funcionamiento del Fondo que crea el presente Reglamento, manual que debe someterse a consideración de la Asamblea General para su aprobación;

f) Velar por la correcta implementación del Mecanismo de Compensación por Servicio de Agua y Bosque para garantizar la gestión sostenible del agua y del bosque;

g) Velar por la correcta recaudación de los recursos financieros y el uso transparente del mismo por medio del Fondo para la Conservación del Agua y del Bosque;

h) Gestionar cooperación técnica y financiera a entidades nacionales e internacionales para lograr la sostenibilidad del mecanismo por medio del fondo;

i) Presentar ante el Concejo Municipal de la Municipalidad de Santa Clara La Laguna un informe anual sobre la implementación del Mecanismo de Compensación por Servicio de Agua y Bosque;

j) Realizar inspección de campo; y k) Plantear ante el Concejo Municipal soluciones a problemáticas que se identifiquen durante

la administración y operación del Mecanismo de Compensación por Servicio de Agua y Bosque.

Artículo 13. Atribuciones del Presidente del Comité Municipal Agua para el Futuro. El Presidente del Comité Municipal Agua para el Futuro tendrá las siguientes atribuciones:

a) Velar por el cumplimiento de las atribuciones asignadas por el presente Reglamento a la Junta Directa;

b) Representar al Comité del Mecanismo de Compensación por Servicio de Agua y Bosque en los diferentes espacios públicos;

c) Cumplir y hacer que se cumplan los acuerdos, reglamentos y disposiciones del Concejo Municipal, de la Asamblea General y Junta Directiva del Comité;

d) Coordinar la elaboración de informes a discutir y presentar a la Asamblea General; e) Velar por la transparencia del fondo que crea el presente Reglamento; y f) Mantener la comunicación efectiva con la UGAM, la Tesorería Municipal y el Concejo

Municipal.

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Artículo 14. Atribuciones del Vicepresidente del Comité Agua para el Futuro. El Vicepresidente del Comité Agua para el Futuro tendrá las siguientes atribuciones:

a) Coordinar las comisiones que considere necesarias la Junta Directiva para desarrollar los planes o proyectos de conservación y manejo de los bienes y servicios ambientales;

b) Asistir al presidente en la planificación, organización y presentación de informes; y c) Todas aquellas atribuciones que le han sido asignadas al Presidente, en ausencia de éste.

Artículo 15. Atribuciones del Secretario del Comité Agua para el Futuro. El Secretario del Comité Agua para el Futuro tendrá las siguientes atribuciones:

a) Llevar y conservar los libros de actas de la Asamblea General y Junta Directiva del Comité Agua para el Futuro;

b) Preparar las notificaciones y acuerdos adoptados por la Asamblea General o la Junta Directiva del Comité Municipal Agua para el Futuro;

c) Preparar la documentación de los asuntos a tratar en las asambleas generales y en las sesiones ordinarias y extraordinarias; y

d) Realizar las convocatorias a sesiones de la Asamblea General y Junta Directiva, luego de recibir la aprobación de la agenda por parte del Presidente de la Junta Directiva.

Artículo 16. Atribuciones del Tesorero del Comité Agua para el Futuro. El Tesorero de la Junta Directiva del Comité Agua para el Futuro tendrá las siguientes atribuciones:

a) Mantener comunicación mensual con la oficina de Tesorería Municipal para disponer de la información de ingresos generados por el Mecanismo de Compensación por Servicio de Agua y Bosque; y

b) Rendir informes financieros a la Junta Directica y Asamblea sobre la situación del fondo que crea el presente Reglamento y otros que la Junta Directa pueda captar a futuro.

Artículo 17. Atribuciones de los Vocales del Comité Agua para el Futuro. Los Vocales del Comité Agua para el Futuro tendrán las siguientes atribuciones:

a) Apoyar a la Junta Directiva en realizar actividades de comunicación social; y b) Colaborar con los demás miembros del Comité Agua para el Futuro en la promoción de los

objetivos y actividades del Mecanismo de Compensación por Servicios de Agua y Bosque, y la organización de grupos comunitarios.

Artículo 18. Comités de Agua. Los Comités de Agua de conformarán para cada sector; salvo para la Alcaldía Auxiliar de la Aldea Pakib y para el Consejo Comunitario de Desarrollo del sector urbano Chacap, quienes funcionarán como Comités de Agua. Los comités de Agua serán conformados por representantes de cada sector y deberán de cumplir las funciones siguientes:

a) Promover la organización de beneficiarios comunitarios y de los sectores, con el apoyo de las dependencias municipales y demás organizaciones comunitarias;

b) Velar que los beneficiarios de cada sistema de agua se involucren en las actividades de conservación y manejo del área municipal que provee el servicio de agua;

c) Informar trimestralmente a la Junta Directiva del Comité Municipal Agua para el Futuro o cuando así lo requiera ésta, sobre las acciones realizadas;

d) Trasladar a la Junta Directiva del Comité Municipal Agua para el Futuro, de acuerdo con los procedimientos administrativos, los conflictos que se susciten por la aplicación de las

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disposiciones normativas del Concejo municipal y de la Asamblea General, para su resolución;

e) Mantener actualizada la información y los medios de control de aportes en efectivo según las disposiciones establecidas en el presente reglamento;

f) Servir de enlace operativo entre el Comité Municipal Agua para el Futuro y los usuarios del agua; y

g) Llevar el control de las actividades de campo y el número de jornales por sistema de agua que aporten los beneficiarios.

Artículo 19. Comisión de Vigilancia. La comisión de vigilancia se integra por un delegado del Concejo Municipal, el Coordinador de la UGAM y 5 representantes de los comités de agua, quinees dispondrán de un sistema de comunicación por radio comunicación. Cada persona será responsable del uso correcto del medio de comunicación para no incurrir en faltas. Artículo 20. Comité Técnico Asesor. El comité técnico asesor estará conformado por representantes de instituciones de gobierno vinculadas al sector ambiental (MARN, INAB, CONAP), la academia y la sociedad civil representada por organizaciones no gubernamentales vinculadas al sector ambiental. El Comité Técnico Asesor tendrá las funciones siguientes:

a) Brindar asistencia técnica al Comité Municipal Agua para el Futuro; b) Elaborar el plan de conservación y manejo de la zona que comprende el ámbito de

aplicación del presente reglamento; y c) Apoyar el monitoreo y la evaluación de la implementación del Mecanismo de Compensación

por Servicio de Agua y Bosque, planteando oportunamente a la Junta Directiva del Comité Municipal Agua para el Futuro las medidas correctiva que así considere.

CAPITULO IV

FONDO PARA LA CONSERVACION DE BOSQUE Y AGUA Artículo 21. Creación del Fondo. Se crea el Fondo para la Conservación del Bosque y Agua que será administrado por la Tesorería Municipal de la Municipalidad de Santa Clara La Laguna, el cual tendrá una partida específica dentro de presupuesto municipal, que permita invertir en actividades de conservación de los ecosistemas donde se generan los bienes y servicios ambientales del ámbito de aplicación del presente Reglamento. La administración del Fondo será realizado de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 8 del presente Reglamento. Artículo 22. Fuente de aportes financiero al Fondo. El Fondo para la Conservación del Bosque y Agua se alimentará de la aportación económica anual de familias que se benefician del recurso agua y de la autorización de credenciales de consumo familiar de madera y leña, reguladas de acuerdo al presente reglamento y otros que a futuro dicte el Concejo Municipal. También podrá recibir aportes de las personas individuales o jurídicas, nacionales o extranjeras, que deseen donar o aportar de forma lícita al Fondo, por medio de la Tesorería Municipal con destino específico a la partida específica del presupuesto municipal. La aportación económica de las familias del área urbana ingresará directamente a la Municipalidad por vía de la Tesorería Municipal. Las aportaciones económicas por servicios de agua de los beneficiarios de

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la aldea Pakib, Cantón Xiprian y Cantón Chacap, se canalizarán por medio de los Comités de Agua, alimentarán el fondo comunitario y harán las inversiones directamente en sus comunidades de acuerdo al Plan Operativo Anual. Artículo 23. Aportes del comercio urbano por el servicio de agua. Los propietarios de comercios ubicados en la cabecera municipal de Santa Clara La Laguna que se beneficien del agua, anualmente aportaran al Fondo para la Conservación del Bosque y Agua Cincuenta quetzales exactos (Q 50.00), directamente a la Tesorería Municipal. Artículo 24. Aportes por el consumo familiar de madera y leña. Las aportaciones económicas que se generen por la aplicación del artículo 13 del Reglamento Municipal de Desconcentración y Descentralización de Funciones de CONAP e INAB para el consumo familiar de leña y madera, ingresarán al Fondo para Conservación del Bosque y Agua, directamente por la Tesorería Municipal. Artículo 25. Aportes de los beneficiarios por el servicio de agua. Los beneficiarios del servicio de agua que viven en el área urbana, por cada chorro que dispongan deberán aportar una cuota anual de veinte quetzales exactos (Q 20.00) al Fondo para la Conservación del Bosque y Agua, directamente por la Tesorería Municipal. Se exceptúa la Aldea Pakib, Cantón Xiprian y Cantón Chacap, cuyos aportes de los beneficiarios serán canalizados por medio de los Comités de Agua para alimentar el fondo comunitario. Artículo 26. Periodo de aportes económicos. Los aportes que los beneficiarios del agua realicen al Fondo para la Conservación del Bosque y Agua, de acuerdo a lo establecido en el artículo 23 y 25 del presente Reglamento, deberán realizarlas en los primeros tres (3) meses del año, directamente en la Tesorería Municipal de Santa Clara La Laguna. Por cada mes de atraso a lo antes establecido, se cobrará una mora de un quetzal (Q.1.00). Artículo 28. Aporte en especie. Las familias que se benefician del agua y del consumo familiar de leña y madera, proveniente de la zona de recarga hídrica del cerro Chuiraxamoló, Tzamtem, Taclol y cerro Ajaw, deberán aportar mínimo un día de trabajo al año para la implementación de medidas de conservación, protección y recuperación del agua y bosque. En caso de no cumplir, la familia pagará el valor de un jornal de trabajo en Tesorería Municipal. Artículo 29. Destino de los recursos financieros del Fondo. Los recursos financieros del Fondo para la Conservación del Bosque y Agua serán destinados a apoyar actividades incluidas dentro de la Planificación Operativa Anual que elabore el Comité Municipal Agua para el Futuro conjuntamente con la UGAM en el marco de implementación del Mecanismo de Compensación por Servicio de Agua y Bosque.

CAPITULO V COORDINACION INSTITUCIONAL

Artículo 30. Coordinación municipal. El Concejo Municipal de Santa Clara La Laguna, Sololá, deberá girar instrucciones a la Administración Financiera Integrada Municipal, Dirección Municipal de Planificación, Auditoría Interna, Unidad de Gestión Ambiental Municipal y al Juzgado de Paz, para apoyar la ejecución eficiente de las actividades de conservación, mediar los conflictos y desarrollar los procedimientos

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establecidos para el buen funcionamiento del Mecanismo de Compensación por Servicio de Agua y Bosque, y del Fondo para la Conservación del Bosque y Agua.

CAPITULO VI

DISPOSICIONES FINALES Artículo 31. Vigencia. El presente Reglamento entrará en vigencia el uno (1) de enero de 2019, luego de su aprobación y publicación por parte del Honorable Concejo Municipal de Santa Clara La Laguna, Sololá. Dado en el salón de sesiones de la Municipalidad de Santa Clara La Laguna, a los xxx días del mes de agosto del año 2,018.

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Anexo 3. Reglamento municipal de desconcentración y descentralización de funciones de CONAP e INAB para el consumo familiar de leña y madera

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REGLAMENTO MUNICIPAL DE DESCONCENTRACIÓN Y DESCENTRALIZACION DE FUNCIONES DE CONAP E INAB PARA EL CONSUMO FAMILIAR DE LEÑA Y MADERA

Acuerdo Municipal Número X…..

El Concejo Municipal de Santa Clara La Laguna, Sololá

CONSIDERANDO

Que la Constitución Política de la República de Guatemala reconoce la autonomía de las municipalidades en la implementación de políticas locales ambientales y establece como obligación del Estado adoptar medidas que sean necesarias para la recuperación, protección y conservación de los ecosistemas naturales al margen de las leyes y reglamentos vigentes en el país.

CONSIDERANDO

Que los ecosistemas naturales son una fuente de bienes y servicios ambientales para el bienestar común de las personas, cumplen una función importante en la regulación hídrica, mantienen el equilibrio natural, forman parte de los medios de vida de los seres humanos, y son altamente vulnerables ante actividades antropogénicas no reguladas, que rompen su equilibrio.

CONSIDERNDO Que el Consejo Nacional de Áreas Protegidas (CONAP) y el Instituto Nacional de Bosques (INAB) son entidades gubernamentales que funcionan con una institucionalidad basada en leyes y reglamentos, con funciones definidas en la recuperación, protección y conservación de los ecosistemas naturales dentro y fuera de áreas protegidas, y que por disposiciones legales pueden desconcentrar y descentralizar funciones a las municipalidades mediante acuerdos y convenios que permiten la gestión sostenible de los recursos naturales.

CONSIDERANDO Que el 10% (300 hectáreas) y el 72.42% (2,076 hectáreas) del territorio municipal de Santa Clara La Laguna se ve incluido dentro de la zona núcleo y zona de uso múltiple, respectivamente, de la Reserva de Uso Múltiple la Cuenca del Lago de Atitlán (RUMCLA), y un 17.58% (507 hectáreas) del territorio municipal se encuentra fuera de dicha área protegida.

CONSIDERANDO Que la Municipalidad de Santa Clara La Laguna está implementando un Mecanismo de Compensación por Servicios de Agua y Bosque, instrumento municipal, técnico y legal, con una estructura organizativa, que contribuye al uso sostenible de los servicios ambientales de las zonas de recarga hídrica, a través de “arreglos obligatorios y voluntarios” entre la población y autoridades municipales, en el marco de la gobernabilidad local y política pública ambiental.

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CONSIDERANDO Que la Municipalidad de Santa Clara La Laguna ha convenido con el Consejo Nacional de Áreas Protegidas (CONAP) y el Instituto Nacional de Bosques (INAB), la descentralización y desconcentración de los procesos para otorgar licencias de aprovechamiento forestal familiar.

POR TANTO: Con fundamentos legales y en ejercicio de la autonomía municipal regulada en los artículos 33, 34 y 35 del Código Municipal, Decreto 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala, se aprueba el siguiente reglamento, el cual regula el consumo familiar de leña y madera en el municipio de Santa Clara La Laguna, departamento de Sololá, bajo acuerdo entre el INAB, el CONAP y la municipalidad.

CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1. Objetivo. El reglamento tiene por objeto regular las actividades de aprovechamiento forestal de leña y madera para consumo familiar, a partir de la desconcentración y descentralización de funciones del INAB y del CONAP a la municipalidad de Santa Clara La Laguna, departamento de Sololá, en armonía con la normativa vigente en Guatemala sobre la materia. Artículo 2. Ámbito de aplicación. Este reglamento tiene como ámbito de aplicación las tierras forestales municipales y particulares ubicadas en jurisdicción del municipio de Santa Clara La Laguna, para otorgar específicamente, autorizaciones de aprovechamientos forestales de leña y madera para consumo familiar, atendiendo las disposiciones dictadas por el CONAP e el INAB sobre la materia. Artículo 3. Alcances. El presente reglamento contribuirá en el aprovechamiento sostenible del bosque y del agua del municipio de Santa Clara La Laguna, mediante los alcances siguientes:

a) La Municipalidad de Santa Clara La Laguna asume un rol protagónico para mejorar la gestión municipal sobre el bosque y el agua, por medio de la desconcentración de funciones del CONAP para otorgar credenciales de consumo familiar de leña y madera dentro de la jurisdicción del municipio y del área protegida Reserva de Uso Múltiple la Cuenca del Lago de Atitlán (RUMCLA);

b) La Municipalidad de Santa Clara La Laguna asume un rol protagónico para mejorar la gestión municipal sobre el bosque y el agua, por medio de la descentralización de funciones del INAB para otorgar credenciales de consumo familiar de leña y madera dentro de la jurisdicción del municipio y fuera del área protegida Reserva de Uso Múltiple la Cuenca del Lago de Atitlán (RUMCLA); y

c) Fortalecer las medidas de conservación y protección sostenible de los recursos naturales en la zona de recarga hídrica, por medio de la implementación de la implementación de Mecanismo Municipal de Compensación por Servicio de Agua y Bosque.

Artículo 4. Órgano de aplicación. La implementación del presente reglamento está bajo la competencia de la Alcaldía Municipal de Santa Clara La Laguna y con la rectoría del INAB y CONAP.

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CAPITULO II OTORGAMIENTO DE CREDENCIALES PARA EL CONSUMO FAMILIAR DE LEÑA Y MADERA

Artículo 5. Credencial de consumo familiar. Para los fines de este reglamento se entiende por credencial de consumo familiar a la constancia que emitirá la municipalidad de Santa Clara La Laguna para autorizar la acción de recolecta y extracción de leña y madera en terreno privado o municipal con fines de consumo familiar. Artículo 6. Requisitos para otorgar credenciales dentro del área protegida. Los requisitos que se deben de cumplir para otorgar credenciales de consumo forestal familiar dentro de la jurisdicción del municipio de Santa Clara La Laguna y el área protegida de la RUMCLA son los siguientes:

a) Solicitud del consumo familiar, en formato que facilitará la Unidad de Gestión Ambiental Municipal (UGAM);

b) Original y copia simple del Documento Personal de Identificación (DPI) del solicitante. En caso que el solicitante no sea el propietario presentar autorización legalizada por Notario y fotocopia autenticada del Documento Personal de Identificación del propietario o poseedor del terreno;

c) Presentar escritura pública u otro documento legalmente valido a satisfacción de la municipalidad;

d) Constancia registro de motosierra ante el INAB, con la cual se harán los trabajos de aprovechamiento;

e) Reporte de inspección de campo realizado por la UGAM; f) Copia del Boleto de Ornato del solicitante; g) Solvencia del pago de agua, extendida por la Tesorería Municipal o el Comité de Agua de la

comunidad (dependiendo el caso, sí es urbano o rural); y h) Recibo de la Tesorería Municipal donde conste el pago por el consumo forestal familiar. El

pago lo deberá realizar luego que sea aprobada la solicitud por la autoridad municipal. Artículo 7. Requisitos para otorgar credenciales fuera del área protegida. Los siguientes son los requisitos que se deben de cumplir para otorgar credenciales de aprovechamiento forestal familiar fuera del área protegida:

a) Solicitud de ingreso en formato de la UGAM; b) Original y copia simple del Documento Personal de Identificación (DPI) del solicitante; c) Presentar escritura pública u otro documento legalmente valido a satisfacción de la

municipalidad; d) Constancia de motosierra, registrada en el INAB, con la cual se harán los trabajos de

recolección; e) Reporte de inspección de campo realizado por Unidad de Gestión Ambiental de la

Municipalidad; f) Copia del Boleto de Ornato del solicitante; g) Solvencia del pago de agua, extendida por la Tesorería Municipal o el Comité de Agua de la

comunidad (dependiendo el caso, sí es urbano o rural); y h) Recibo de la Tesorería Municipal donde conste el pago por el consumo forestal familiar. El

pago lo deberá realizar luego que sea aprobada la solicitud por la autoridad municipal.

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Artículo 8. Recepción de solicitudes. La UGAM recibirá la solicitud de consumo familiar de leña y madera, en la oficina municipal, en días hábiles de la semana, en el horario de oficina, llevará un control físico y electrónico de los solicitantes, del consumo solicitado y autorizado, sí el consumo se hace dentro del área protegida de la RUMCLA o fuera de la misma. Artículo 9. Presentación de la solicitud. La persona interesada para el consumo familiar de leña y madera, deberá presentarse personalmente en la municipalidad con los requisitos establecidos. Artículo 10. Inspección de campo. El equipo técnico de la UGAM hará la inspección de campo, tomando datos técnicos de número de árboles a provechar, diámetro a la altura del pecho (DAP), altura, metros cúbicos, especie, representante titular de la credencial, familia, los cuales consignará en el reporte de inspección respectivo junto con fotografías como medios de verificación. En caso de que el aprovechamiento se haga en el área protegida y supera los siete (7) metros cúbicos, se deberá coordinar con el técnico de CONAP. Artículo 11. Aprobación de la solicitud. Con base a un reporte de la UGAM, la solicitud será remitida al Alcalde Municipal para su aprobación o desaprobación.

CAPITULO III

CRITERIOS Y PARAMETROS DE APROBACIÓN Artículo 12. Cantidad autorizada. Para la autorización de la credencial de consumo familiar, la municipalidad autorizará hasta siete (7) metros cúbicos de leña y madera al año, por cada familia. Medida que es aplicable para área protegida y fuera de la misma. Artículo 13. Tarifa. Por cada credencial autorizada se establece una tarifa de acuerdo a la especie forestal. Para el caso de especies maderables como el pino (pinus spp) y ciprés (cupressus spp), por ejemplo, el titular de la credencial deberá pagar ochenta y cinco quetzales exactos (Q 85.00) en la Tesorería Municipal. Para el caso de especies con fines energéticos como el aliso (Alnus spp), por ejemplo, el titular de la credencial deberá pagar veinticinco quetzales exactos (Q. 25.00) en Tesorería Municipal. En ambos casos, el titular de la credencial queda obligado a sembrar mínimo 10 árboles en el lugar que crea conveniente, los cuales deberá adquirir en el Vivero Municipal previo pago en Tesorería Municipal. Los fondos recaudos serán destinados al Fondo para la Conservación de Bosque y Agua del Mecanismo de Compensación por Servicio de Agua y Bosque. Artículo 14. Especies árboreas protegidas. No se autoriza el consumo familiar de leña y madera para las especies arbóreas protegidas por la Lista de Especies Amenazadas (LEA). Para el caso particular de Santa Clara La Laguna, entre otras se mencionan las siguientes: canac (Chiranthodendron sp), canoj (Ocotea guatemalensis), encino (Quercus Skinneri), entre otras, las cuales, se encuentran en la categoría 1 y 3 de la LEA. Se hace una excepción sí las tierras forestales en donde se pretende realizar el aprovechamiento familiar, presentan en abundancia éstas especies.

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Se prohíbe el corte de árboles de aquellas especies protegidas y en vías de extinción contenidas en listados nacionales establecidos y los que se establezcan conjuntamente por el INAB y el CONAP y aquellos que de acuerdo con los Convenios internacionales que Guatemala haya ratificado en dicha materia. La UGAM velará por la aplicación de dicha normativa. Artículo 15. Registro. El director de la UGAM deberá enviar copias de los registros de autorización del consumo familiar de leña y madera al CONAP e INAB, de forma semestral o de acuerdo a requerimientos de cada institución; toda la documentación de soporte deberá estar en las oficinas de la municipalidad. Artículo 17. Mecanismo de Compensación por Servicio de Agua y Bosque. Con el objetivo de contribuir a garantizar la provisión del recurso agua y bosque del territorio, la municipalidad promoverá el establecimiento de un Mecanismo de Compensación por Servicio de Agua y Bosque a nivel municipal, mismo que contará con su reglamento respectivo. Artículo 18. Prohibiciones en la zona de recarga hídrica. Se emiten las siguientes prohibiciones para la zona de recarga hídrica.

a) Se prohíbe autorizar el corte de árboles alrededor de los nacimientos de agua, con especial atención donde están ubicadas las actuales represas de agua para consumo humano, de acuerdo a lo establecido por INAB (2003): 1. Pendiente promedio menor de 45%: 50 metros alrededor de nacimientos y ríos. 2. Pendiente promedio entre 45 y 60%: 75 metros alrededor de nacimientos y 50 metros

alrededor de ríos. 3. Pendiente promedio mayor de 60%: 100 metros alrededor de nacimientos y 75

metros alrededor de ríos. b) Se prohíbe la extracción de ocote y el anillamiento de los árboles; c) Se prohíbe realizar dentro del municipio de Santa Clara La Laguna, la extracción y el

transporte de leña y madera de las 20:00 horas a las 4:00 horas; y d) Se prohíbe el transporte de leña y madera fuera del municipio, que provengan de

autorizaciones de consumo familiar otorgadas por la Municipalidad de Santa Clara La Laguna.

Artículo 19. Multas. Las multas serán determinadas por el Consejo Municipal con base al presente Reglamento, la Ley Forestal (Decreto número 101-96 del Congreso de la República de Guatemala), Ley de Declaratoria del área protegida Reserva de Uso Múltiple Cuenca del Lago de Atitlán (Decreto número 64-97 del Congreso de la República de Guatemala), y la Ley de Áreas Protegidas (Decreto número 4-89 del Congreso de la República de Guatemala). En caso de faltas y delitos serán resueltos por las instituciones competentes. Artículo 20. Vigencia. El presente Reglamento entrará en vigencia el uno (1) de enero de 2019, luego de su aprobación y publicación por parte del Honorable Concejo Municipal de Santa Clara La Laguna, Sololá. Dado en el salón de sesiones de la Municipalidad de Santa Clara La Laguna, a los xxx días del mes de agosto del año 2,018.