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Manual de Inducción y Reinducción

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Recursos Humanos

Sub Comité de Promoción de Talento Humano

Secretario General

Carlos Manuel Peña Iragorri.

Asesor de Recursos Humanos

Mauricio Umbarila Romero

Jefe de la Oficina de Control Interno Rita Cecilia Cotes Cotes

ELABORACIÓN

Marcos Quintero Contratista de Apoyo de Recursos Humanos

Edith Torres Vera

Técnico para apoyo de Seguridad y Defensa

Ángela Poveda Cabezas Asesor de Recursos Humanos (E.)

Diseño Elizabeth Marín Pardo

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TABLA DE CONTENIDO

1. OBJETIVO 6 2. HISTORIA 6 3. LA SUPERVIGILANCIA HOY 6 4. REDES DE APOYO, UN ENLACE CON LA SEGURIDAD CIUDADANA 7 5. FINES DEL ESTADO 8 5.1 ARTICULO 2. CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA 8 6. VISIÓN MISIONAL: 8 7. VISIÓN ESTRATÉGICA: 8 8. ESTRUCTURA ORGÁNICA 10 9. OBJETIVOS INSTITUCIONALES 11 10. FUNCIONES DE LA SUPERVIGILANCIA 11 10.1 FUNCIONES GENERALES 11 10.2 FUNCIONES DE REGLAMENTACIÓN Y AUTORIZACIÓN: 11 10.3 FUNCIONES DE ASESORÍA Y COORDINACIÓN 11 10.4 FUNCIONES DE INFORMACION 12 10.5 FUNCIONES DE INSTRUCCIÓN 12 10.6 FUNCIONES DE VIGILANCIA E INSPECCION 12 10.7 FUNCIONES DE INVESTIGACIÓN 12 10.8 FUNCIONES DE SANCION 13 10.9 FUNCIONES DE TRAMITES 13 11. MANUAL DE FUNCIONES Y REQUISITOS PARA LOS EMPLEOS PÚBLICOS CIVILES

DE LA SUPERVIGILANCIA 13 CODIGO DE ETICA DE LA SUPERVIGILANCIA 13

12. VALORES QUE DEBE ADOPTAR UN FUNCIONARIO O UN CONTRATISTA EN LA SUPERVIGILANCIA 14

12.1 RESPONSABILIDAD 14 12.2 RESPETO 15 12.3 COMPROMISO 15 12.4 CALIDAD 15 12.5 TRANSPARENCIA 16 14 LUCHA CONTRA LA CORRUPCION 16

15 COMPROMISO CON EL MEDIO AMBIENTE 17

16 COMPROMISO CON EL BUEN SERVICIO AL CIUDADANO 17

17 POLITICA DE CALIDAD 17 18 COMPROMISO CON EL FORTALECIMIENTO DEL SISTEMA DE GESTIÓN

DE LA CALIDAD NTCGP 1000:2009 ISO 9001:2008 Y MODELO ESTÁNDAR DE

CONTROL INTERNO MECI 1000:2005.

18

19 PROCESOS ESTRATEGICOS 19

20 PROCESOS MISIONALES 19

21 PROCESOS DE APOYO 20

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22 PROCESOS DE EVALUACION 21 23 NORMATIVIDAD: MANUAL DE DOCTRINA DE LA SUPERVIGILANCIA 21 24 DIRECTRICES QUE DEBEN OBSERVAR LOS SERVIDORES PÚBLICOS EN

MATERIA DE CONFLICTOS DE INTERÉS: 21

25 DERECHOS, DEBERES, PROHIBICIONES, INCOMPATIBILIDADES, IMPEDIMENTOS, INHABILIDADES Y CONFLICTO DE INTERESES DEL SERVIDOR PÚBLICO 22

26 FALTAS DISCIPLINARIAS 22 27 DESTITUCIÓN E INHABILIDAD GENERAL 23 28 SANCIONES DEL SERVIDOR PUBLICO 23 28.1 SUSPENSION 23

28.2 MULTAS 23

29 HORARIO LABORAL 23 30 CARNÉ DE IDENTIFICACIÓN 24 31 RETRIBUCIÓN LABORAL Y BENEFICIOS DE LOS SERVIDORES 24

32 REGIMÉN DE PRESTACIONES 25

33 REGIMEN DE SEGURIDAD SOCIAL 25

34 CAUSALES DE RETIRO 26

35 REINDUCCION 26

35.1 OBJETIVOS D ELA REINDUCCION 26

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PRESENTACIÓN

La Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada ejerce el control, inspección y vigilancia sobre la industria y los servicios de vigilancia y seguridad privada del país. Es un organismo del orden nacional, adscrito al Ministerio de Defensa, con autonomía administrativa, jurídica y financiera.

A partir de este momento, usted entra a formar parte de la SuperVigilancia, por su perfil, conocimiento, experiencia y capacidad de trabajo en equipo. Seguramente, será clave en el cumplimiento de las metas y objetivos institucionales.

El Manual de Inducción de la SuperVigilancia constituye una herramienta de trabajo que le permitirá tener un conocimiento inicial de la Entidad, colocándolo (a) en contexto con los procesos misionales, estratégicos, de apoyo y de evaluación, así como la responsabilidad que demanda como funcionario público.

Con este documento, la SuperVigilancia le da la bienvenida a una Entidad estructurada, comprometida con sus funciones para el sector de la vigilancia y seguridad privada y ciudadanía en general.

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1. OBJETIVO

Presentar a los nuevos funcionarios de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, la estructura, normatividad y funciones de la Entidad, así como las generalidades del Sistema de Gestión de la Calidad bajo la NTCGP 1000:2009 ISO 9001:2008 y Modelo Estándar de Control Interno MECI 1000:2005.

2. HISTORIA

La seguridad es considerada un servicio público esencial a cargo del Estado, que tiene sus funciones en los artículos 1 y 2 de la Constitución Política de Colombia. A los particulares se les posibilita el ejercicio de la vigilancia y seguridad privada en las condiciones y términos señalados por la Ley. Por tratarse de un servicio a cargo del Estado, la seguridad debe contener un marco de acción y ejercicio que no implique poner en riesgo intereses tutelados ni obstruir o impedir la labor de la Fuerza Pública y de los demás organismos del Estado.

La Ley 62 de 1993, en su Artículo 34 reza: “Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada. Créase la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada adscrita al Ministerio de Defensa Nacional”.

Con el objeto de atender los gastos necesarios para el manejo y funcionamiento de esta Superintendencia, se establece una contribución a cargo de las entidades vigiladas, la cual deberáPágina 4 de 29 ser exigida por el Superintendente el 1º de febrero y el 1º de agosto de cada año o antes, y depositada por los vigilados en la Dirección General del Tesoro a su favor……”

En cuanto a su naturaleza jurídica, la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada es un organismo del orden nacional, de carácter técnico, adscrito al Ministerio de Defensa Nacional, con autonomía administrativa y financiera. Le corresponde ejercer el control, inspección y vigilancia sobre la industria y los servicios de vigilancia y seguridad privada.

Con el Decreto Ley 356 de 1994, Se expidió el Estatuto de Vigilancia y Seguridad Privada. Con el Decreto 2187 de 2001 Se reglamentó el anterior, y como funcionario o colaborador, debe estudiar y analizarlos de tal forma que le permita un conocimiento más profundo sobre el manejo de la seguridad privada en el país.

3. LA SUPERVIGILANCIA HOY

Con el Decreto 2355 de 2006 se modificó la Estructura Orgánica, conservando la misión, ejercer el control, inspección y vigilancia sobre la industria y los servicios de vigilancia y seguridad privada.

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La Entidad, cuenta con una planta de personal idónea que tiene entre otras funciones el estudio, análisis y expedición de Licencias de Funcionamiento y Acreditaciones a los siguientes servicios:

Servicios de vigilancia y seguridad privada con armas, sin armas, con medio canino o medio tecnológico.

Servicios Comunitarios o Especiales de Seguridad

Servicio de transporte de valores

Departamentos de Seguridad

Empresas Blindadoras o Arrendadoras de Vehículos

Escuelas o Departamentos de Capacitación

Acreditaciones a Consultores, Asesores, Investigadores, Instructores Caninos y Guías Caninos.

Hoy, el sector de la vigilancia y seguridad privada en Colombia se puede dividir en dos

grandes grupos: los esquemas de autoprotección que son los destinados a que

personas naturales o jurídicas puedan ejercer su propia protección con departamentos

de seguridad, servicios comunitarios o especiales; y las empresas de vigilancia y

seguridad privada que prestan servicios a la comunidad, a las entidades públicas y/o

privadas, o personas que así lo requieran.

La Ley 1151 de 2007, mediante la cual se adoptó el Plan Nacional de Desarrollo 2006 – 2007, en su artículo 6º, numeral 6.2.1, dota a la Superintendencia de personería jurídica, con el propósito de brindarle capacidad suficiente para contraer obligaciones y realizar actividades que generan plena responsabilidad jurídica ante sí misma y ante terceros.

Adicional a la autonomía administrativa y financiera se adquiere autonomía presupuestal, con lo cual la Entidad se convierte en una sección del presupuesto. Esto quiere decir que tiene capacidad de contratar y comprometer a nombre de la persona jurídica que conforma, y ordenar el gasto en desarrollo de las apropiaciones incorporadas en la respectiva sección, lo que constituye la autonomía presupuestal a que se refieren la Constitución Política y la Ley.

Colombia es el único país de la región que cuenta con la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, como órgano de control especializado y enfocado únicamente al control e inspección de las actividades de vigilancia y seguridad privada. Además la legislación está valorada como una de las más completas, gracias a la descripción de distintas modalidades de servicios de vigilancia y seguridad privada, sus especificidades y las normas generales que las regulan.

4. REDES DE APOYO, UN ENLACE CON LA SEGURIDAD CIUDADANA

En desarrollo de la Política de Seguridad Democrática, el Gobierno Nacional expidió el Decreto 3222 del 2002, a través del cual se crearon las Redes de Apoyo y Seguridad

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Ciudadana, conformadas por las personas, empresas y servicios de vigilancia y seguridad privada en todo el país, con el objeto de brindar información sobre hechos, delitos o conductas que afecten la tranquilidad y seguridad de los ciudadanos, aprovechando los recursos técnicos y humanos que posee la seguridad privada y serán coordinadas por la Policía Nacional, en colaboración de la SuperVigilancia.

5. FINES DEL ESTADO

5.1 ARTICULO 2. CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA

Servir a la comunidad.

Promover la prosperidad general

Garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución.

Facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación.

Defender la independencia nacional.

Mantener la integridad territorial.

Asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo

6. MISIÓN INSTITUCIONAL:

Ejercer desde el punto de vista técnico y administrativo el control, inspección y vigilancia sobre el servicio público de vigilancia y seguridad privada en Colombia, contribuyendo a garantizar la confianza pública, la seguridad ciudadana, la armonía social y la convivencia, desarrollando mecanismos que promuevan la calidad, transparencia, responsabilidad, respeto y compromiso para el cumplimiento de los fines del Estado

7. VISIÓN ESTRATÉGICA:

En el 2018 la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada será reconocida por su liderazgo en el control, inspección, vigilancia del sector, apoyados en la coordinación interinstitucional, con un equipo humano profesional y capacitado, aplicando buenas prácticas de operación y soportados en sistemas de información confiables y oportunos, evidenciando resultados en la protección de los derechos humanos, protección a los usuarios de los servicios de vigilancia seguridad privada, y con un mejoramiento continuo en los niveles de seguridad y en la confianza pública.

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Para alcanzar la visión el Superintendente de Vigilancia y Seguridad Privada ha firmado a la fecha 24 Alianzas Estratégicas por la Seguridad Ciudadana para la Prosperidad con la Policía Nacional para:

Generar e implementar estrategias que permitan la prevención y control de los delitos que afectan a la comunidad, coadyuvando en la tranquilidad y convivencia ciudadana, desde su misionalidad.

Trabajar coordinadamente contra la ilegalidad en la prestación de servicios de vigilancia privada, como factor influyente en la comisión de delitos.

Disponer visitas de inspección en los puestos de trabajo de los servicios de vigilancia afectados por delitos de impacto social.

Generar mayor compromiso por parte de los servicios de vigilancia y seguridad privada con el Modelo Nacional de Vigilancia Comunitaria por Cuadrantes.

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8. ESTRUCTURA ORGÁNICA

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GRUPO DE MECI Y CALIDAD

121

MINISTERIO DE DEFENSA

DESPACHO SUPERINTENDENTE DE VIGILANCIA Y

SEGURIDAD PRIVADA

100

COMITÉ ASESOR DE LOS SERVICIOS DE

VIGILANCIA

SECRETARÍA GENERAL

300

DESPACHO SUPERINTENDENTE

DELEGADO PARA EL CONTROL

200

DESPACHO SUPERINTENDENTE DELEGADA

PARA LA OPERACIÓN

400

GRUPO DE RECURSOS FINANCIEROS

320

GRUPO DE GESTIÓN DOCUMENTAL,

ARCHIVO Y CORRESPONDENCIA

330

GRUPO DE CONTROL INTERNO

DISCIPLINARIO

340

GRUPO DE RECURSOS FÍSICOS Y

ADQUISICIONES

350

GRUPO DE CONTRATOS

360

GRUPO DE ATENCIÓN AL USUARIO

370

GRUPO DE RECURSOS HUMANOS

310

GRUPO DE QUEJAS

210

GRUPO DE INSPECCIÓN

220

GRUPO DE SANCIONES

230

GRUPO DE PERMISOS DE ESTADO

EMPRESARIALES

410

GRUPO DE ESQUEMAS DE

AUTOPROTECCIÓN

420

GRUPO DE CONSULTORÍA

CAPACITACIÓN

430

OFICINA DE CONTROL INTERNO

110

OFICINA ASESORA DE PLANEACIÓN

120

OFICINA ASESORA JURÍDICA

130

OFICINA DE SISTEMAS

140

GRUPO DE ASESORÍA Y COORDINACIÓN

INTERINSTITUCIONAL

150

9. OBJETIVOS INSTITUCIONALES

Modificados substancialmente por el Decreto 2355 de 2006, en su Artículo 2°

I. Mejorar los niveles de seguridad y confianza pública mediante la acción coordinada con las diferentes entidades y organismos estatales.

II. Asegurar que en desarrollo de las actividades de vigilancia y seguridad privada se respeten los derechos y libertades de la comunidad.

III. Proveer información confiable, oportuna y en tiempo real para que el Estado tome las decisiones de formulación de política, regulación e inspección, vigilancia y control relacionadas con los servicios de vigilancia y seguridad privada.

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IV. Proveer información, confiable, oportuna y en tiempo real para los usuarios de los servicios de vigilancia y seguridad privada, relacionada con la legalidad, idoneidad y capacidades técnicas de los prestadores de dichos servicios.

V. Brindar una adecuada protección a los usuarios de servicios de vigilancia y seguridad privada.

10. FUNCIONES DE LA SUPERVIGILANCIA 10.1 FUNCIONES GENERALES

La Superintendencia, como ente responsable de dirigir, coordinar y ejecutar las funciones de inspección, vigilancia y control sobre los servicios de vigilancia y seguridad privada que se desarrollen en el territorio nacional, cumplirá con las siguientes funciones:

10.2. FUNCIONES DE REGLAMENTACIÓN Y AUTORIZACIÓN:

1. Expedir la reglamentación relacionada con la utilización de equipos, medios y elementos utilizados por los vigilados para el desarrollo de sus labores.

2. Expedir las licencias de funcionamiento, credenciales y permisos a los prestadores de servicios.

3. Desarrollar y aplicar mecanismos para evitar que personas no autorizadas presten servicios de vigilancia y seguridad privada.

4. Autorizar, llevar un registro y ejercer control sobre los equipos armados que se emplean en la prestación de servicios de vigilancia y seguridad privada.

10.3 FUNCIONES DE ASESORÍA Y COORDINACIÓN:

1. Asesorar al Gobierno Nacional en la formulación de la política en materia de vigilancia y seguridad privada.

2. Colaborar con los organismos de seguridad y entidades del Estado, en el diseño y el desarrollo de planes y programas de seguridad ciudadana.

3. Desarrollar y aplicar mecanismos de coordinación entre los servicios de vigilancia y seguridad privada y la Policía Nacional.

10.4 FUNCIONES DE INFORMACIÓN:

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1. Desarrollar y administrar un sistema de información detallado respecto de los riesgos que genera la prestación de los servicios de vigilancia y seguridad privada.

2. Llevar el registro de las organizaciones prestadoras de servicios.

3. Mantener informada a la ciudadanía sobre los alcances de las actividades o servicios del sector y sobre las obligaciones de personas naturales y jurídicas.

4. Establecer una red de comunicación permanente con los organismos de seguridad del Estado, con la finalidad de intercambiar información para agilizar los trámites.

5. Establecer sistemas de evaluación del desempeño de los entes vigilados.

10.5 FUNCIONES DE INSTRUCCIÓN:

Instruir a los vigilados sobre las disposiciones que regulan su actividad, fijar criterios técnicos y jurídicos que faciliten el cumplimiento de las normas.

10.6 FUNCIONES DE VIGILANCIA E INSPECCIÓN:

1. Vigilar el cumplimiento de las disposiciones legales que regulan el servicio de Vigilancia y Seguridad Privada.

2. Coordinar con la Dirección General de la Policía Nacional, con el Comando General de las Fuerzas Militares y otras entidades estatales, el apoyo en la realización de visitas de inspecciones y demás actividades relacionadas con la prestación de los servicios vigilados.

10.7 FUNCIONES DE INVESTIGACIÓN:

1. Interrogar bajo juramento y con observancia de las formalidades previstas, a cualquier persona cuyo testimonio pueda resultar útil para el esclarecimiento de los hechos durante el desarrollo de sus funciones de inspección e investigación.

2. Adelantar averiguaciones y obtener los elementos materiales probatorios que requiera de personas, instituciones o empresas, ajenas al sector de la industria de la vigilancia y la seguridad privada, siempre que resulten necesarias en el desarrollo de su función.

3. Adelantar las investigaciones y diligencias necesarias conforme a la ley, por infracciones a las normas e imponer los correctivos y sanciones del caso.

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4. Ejercer funciones de policía judicial en la medida que lo requiera el cumplimiento del objeto misional de acuerdo con lo previsto en las normas vigentes.

10.8 FUNCIONES DE SANCIÓN:

1. Imponer multas, medidas cautelares y sanciones, tanto a las personas naturales o jurídicas que realicen actividades exclusivas de los vigilados sin contar con la debida autorización, como a los vigilados que incurran en irregularidades.

10.9 FUNCIONES DE TRÁMITES:

1. Atender los reclamos de la ciudadanía sobre los servicios prestados por los vigilados y las denuncias sobre la prestación en personas naturales o jurídicas no autorizadas.

2. Adelantar una gestión adecuada de las peticiones, quejas y reclamos para identificar fallas recurrentes.

11. MANUAL DE FUNCIONES Y REQUISITOS PARA LOS EMPLEOS PÚBLICOS CIVILES DE LA SUPERVIGILANCIA

Con la Resolución No. 20143100099857 de 21-11-2014, se adoptó el Manual Especifico

de Funciones y Requisitos para los Empleos Públicos Civiles de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, en uso de las facultades legales y en especial de las que confieren el artículo 22 del Decreto 092 de 2007, derogando la Resolución No. 4134 del 7 de julio de 2010

12. CODIGO DE ETICA DE LA SUPERVIGILANCIA

La Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada a través del Código de Ética se compromete a obrar con transparencia, eficiencia y equidad en cada una de sus actuaciones, operaciones y decisiones, buscando un impacto favorable para los usuarios, la ciudadanía y las partes de interés. Así mismo con la lucha frontal contra la corrupción. Como medida de prevención, ha establecido reglas claras de juego tanto para los vigilados como para los ciudadanos y sus funcionarios, trámites ágiles y transparentes y respeto, equidad e igualdad en el trato con los usuarios, la transparencia en el manejo de los recursos públicos y la eficaz rendición de cuentas.

La finalidad de este Código es constituir un marco de referencia de comportamiento, valores y prácticas éticas que debe observar todo aquel funcionario que preste servicios bajo cualquier modalidad de vínculo laboral, en la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada.

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13. VALORES QUE DEBE ADOPTAR UN FUNCIONARIO O UN CONTRATISTA EN LA SUPERVIGILANCIA

13.1 RESPONSABILIDAD

Entendida como la voluntad individual y colectiva de rendir cuentas sobre cada uno de los actos generados por la institución y en particular por cada uno de los funcionarios de la Superintendencia, estableciendo el impacto y las consecuencias de las mismas.

El valor de la Responsabilidad, se manifiesta a través de múltiples expresiones en el cumplimiento del servicio público, a través de este valor confluyen una serie de comportamientos y principios éticos y que para fines de orientación se citan algunas pautas concretas, sin pretender que con ello se limite su amplio campo de acción y significado.

13.2 RESPETO

El respeto es el reconocimiento del valor inherente y los derechos innatos de los individuos y de la sociedad, con dignidad, el cual exige un trato atento en condiciones de equidad y justicia.

El valor del Respeto, se manifiesta a través de la relación, comunicación y convivencia que surge entre los diferentes grupos de trabajo en la Superintendencia y el trato con los usuarios en el cumplimiento del servicio. Este valor tiene diferentes expresiones en

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el servicio público, sin embargo para fines prácticos y de orientación se citan algunas pautas concretas, sin pretender limites en el significado de respeto.

13.3 COMPROMISO

Busca que los trabajadores vayan más allá de cumplir con una norma, una ley, reglamento u obligación, poniendo a disposición de la institución todas sus capacidades actitudes, conocimientos y habilidades, de acuerdo a su propia convicción y voluntad.

Se pretende que el Compromiso, se manifieste en la Superintendencia en forma transversal en todas las gestiones y actividades que desarrollan los trabajadores, superando el deber ser y logrando el mejoramiento continuo. Al igual que los anteriores, este valor tiene diferentes expresiones.

Respecto al compromiso, se espera que los funcionarios de la Superintendencia tengan sentido de pertenencia y por voluntad propia pongan a disposición de la entidad, todo su conocimiento, iniciativas, habilidades y creatividad para alcanzar las metas individuales e institucionales.

13.4 CALIDAD

Constituye una filosofía, y la forma de como el personal concibe el trabajo, está determinado por la capacidad que tiene la institución de cumplir con los requisitos y expectativas realizada de los ciudadanos.

13.5 TRANSPARENCIA

El valor de la Transparencia, se manifiesta a través de la confianza, seguridad, respaldo, confidencia, en una palabra, integridad en todas las gestiones y actividades que desarrollan los servidores de la SuperVigilancia, es una virtud que regala seguridad a quienes nos rodean, sin pretender que con ello se limite el campo de acción y significado del valor de Transparencia

Entendida como la voluntad individual y colectiva de rendir cuentas sobre cada uno de los actos generados por la institución y en particular por cada uno de los funcionarios de la Superintendencia, estableciendo el impacto y las consecuencias de las mismas.

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El valor de la Transparencia, se manifiesta con el compromiso que tiene la Entidad con la sociedad para dar a conocer todos los actos del ejercicio del poder público, es decir, que toda la información que existe y resulta de la gestión pública está disponible para que los ciudadanos accedan a ella en el momento que consideren pertinente.

Además de estos valores, los funcionarios, servidores y contratistas de la Superintendencia deberán observar y dar cumplimiento al Estatuto Anticorrupción Ley 1474/2.011 y las reformas que se presenten en el futuro.

14 LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN:

La Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada tiene entre sus prioridades la lucha contra la corrupción y la transparencia en todas sus operaciones, la equidad e imparcialidad y respeto por los derechos humanos. Esta lucha contra la corrupción se expresa a través de herramientas prácticas, tales como:

a) La prevención de la corrupción comienza con el proceso de establecer las reglas claras de juego tanto para los vigilados como para los ciudadanos, para ello se ha construido el Manual del Usuario, el cual de una manera clara y detallada. permite a través de medios físicos y virtuales, consultar y diligenciar cualquier tipo de trámites, establecer el estado de sus solicitudes, acceder a cualquier tipo de formato con sus instructivos. De esta manera se pretende evitar cualquier tipo de intermediación o injerencia fraudulenta.

b) Como un principio al derecho de igualdad, equidad, respeto por el usuario y

como una estrategia de evitar cualquier tipo de injerencia tanto interna como externa que propicie el tráfico de influencias y por tanto la corrupción, la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, ha establecido como política “El Derecho al Turno”, se pretende entonces respetar el tiempo y orden de llegada de cualquier tipo de trámite que sea solicitado.

c) A nivel interno más que con reglas y medidas coercitivas se busca que todos los

trabajadores de forma transversal sean sensibles al fenómeno de la corrupción y la combatan a través de diferentes tipos de manifestaciones, para ello, dentro del Plan de Desarrollo Ético se incluye actividades, tales como conferencias, videos, charlas de sensibilización entre otras.

15 COMPROMISO CON EL MEDIO AMBIENTE:

a) La Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada desarrolla una política de sensibilización sobre la conservación del medio ambiente y la Política cero Papel, y que debe adoptar cada uno de los funcionarios y contratistas que laboren en la Entidad.

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b) Se implementan estrategias que permitan reducir, reciclar y reutilizar materiales utilizados en la administración, especialmente el consumo de papel.

c) Se implementan estrategias para el consumo racional y responsable de los recursos energéticos e hídricos.

d) Busca alcanzar eficiencia en los procesos para lograr un nivel óptimo en el uso de todos los recursos.

16 COMPROMISO CON EL BUEN SERVICIO AL CIUDADANO:

a) El Ciudadano merece que se le trate con la mayor atención, cortesía y profesionalismo.

b) Todo el personal de la SVSP deberá mostrar un trato amable y cordial con todos los usuarios y ciudadanos para lograr la satisfacción del servicio.

c) Establecerá mecanismos que permitan identificar requerimientos y expectativas actuales y futuras de los usuarios y ciudadanos.

d) Diseñará mecanismos para identificar y medir los niveles de satisfacción y desarrollar e implementar planes de mejora permanentes.

e) Para una eficaz ilustración y apoyo a los trámites que los usuarios debe adelantar ante la SVSP, la institución tiene a disposición una guía completa de Manual del usuario, estableciendo reglas claras, e información detallada sobre como diligenciar dichos trámites.

f) Diseñar sistemas para dar respuesta oportuna a quejas, dudas, comentarios y sugerencias por parte de usuarios y ciudadanos

17 POLITICA DE CALIDAD

Nuestro compromiso es mejorar continuamente para ejercer control, inspección y vigilancia sobre la industria y los servicios de vigilancia y seguridad privada y contribuir con las autoridades en la prevención del delito, por medio de un equipo humano orientado a brindar un servicio eficaz, eficiente y efectivo a los vigilados, usuarios, ciudadanos y partes de interés.

18 COMPROMISO CON EL FORTALECIMIENTO DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE LA CALIDAD NTCGP 1000:2009 ISO 9001:2008 Y MODELO ESTÁNDAR DE CONTROL INTERNO MECI 1000:2005.

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La Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada cuenta con un Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno, encargado del fortalecimiento y mejoramiento continuo de sus procesos de calidad, control interno y el aseguramiento de la eficiencia, eficacia y efectividad. Para un eficaz cumplimiento del Sistema Integral de Gestión el comité monitorea la implementación de acciones preventivas y correctivas y la implementación de políticas para la mitigación de riesgos institucionales.

Igualmente este comité trabajará coordinadamente con el grupo de gestores éticos de la Entidad, con el fin de asegurar la amplia difusión del Código de Ética y la correcta ejecución del Plan de Desarrollo Ético.

19 PROCESOS ESTRATEGICOS

El proceso PLANEACIÓN, tiene como fin fijar y adoptar las políticas, planes, programas y proyectos que orientan a la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, dentro del marco constitucional y legal vigente. Cubre desde la orientación

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general del Superintendente, hasta la concreción en objetivos, planes y actividades específicos, los cuales a su vez cuentan con procesos de evaluación y seguimiento periódicos que garantizan un adecuado cumplimiento.

El proceso COMUNICACIONES, determina cuáles son las mejores estrategias para que mediante la utilización de medios adecuados se informe a todos los funcionarios de la entidad las políticas y componentes estratégicos que aseguren una gestión de operaciones eficiente y eficaz. De igual manera, se suministra a los usuarios y ciudadanía en general la información necesaria sobre los requisitos, características y resultados de la gestión adelantada.

El proceso de GESTION DE CALIDAD tiene como función Implementar, hacer seguimiento a la Norma Técnica de Calidad para la Gestión Pública NTCGP1000:2009 y Modelo Estándar de control Interno MECI 1000: 2005 para lograr el mejoramiento continuo y eficaz en el cumplimiento de sus funciones de inspección, vigilancia y control sobre el sector de vigilancia y seguridad privada, con el fin de mantener la certificación de calidad.

El proceso GESTION INTERINSTITUCIONAL tiene como objetivo: Contribuir a la seguridad ciudadana mediante la articulación y corresponsabilidad de la seguridad privada a la pública, que permita afianzar la confianza pública en el sector.

20 PROCESOS MISIONALES

El proceso PERMISOS DE ESTADO, determina la forma como se deben otorgar las licencias, autorizaciones y credenciales establecidas por las normas regulatorias para realizar las actividades propias de la prestación de servicios de vigilancia y seguridad privada.

El proceso CONTROL, INSPECCIÓN Y VIGILANCIA, contempla los diversos aspectos propios de la labor de mantener bajo el control del Estado las actividades desarrolladas por los beneficiarios de los Permisos del Estado, con miras a asegurar un permanente ejercicio de las actividades dentro del marco legal y la imposición de las correspondientes sanciones, cuando esas actividades se realicen sin haberse obtenido el correspondiente permiso o se ejecuten por fuera de las disposiciones que regulan dichas materias.

21 PROCESOS DE APOYO

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GESTIÓN JURÍDICA: se encarga de dar el soporte jurídico en todos los asuntos de la entidad, elaborar, conceptuar, y estudiar sobre los proyectos de acuerdo, decretos, resoluciones, contratos, convenios, agenda legislativa y demás actos administrativos del Superintendente. Resolver las consultas, tutelas, derechos de petición, recursos, investigaciones. Representar a la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada en los estrados judiciales. Ejecutar el recaudo y cobro coactivo. Compilar, actualizar, difundir y aplicar la legislación y jurisprudencia. RECURSOS HUMANOS: busca elevar el nivel de desarrollo profesional y personal de los funcionarios de la Entidad, en cumplimiento de la misión institucional, garantizando que las relaciones entre el Estado y quienes desarrollan sus funciones, se enmarquen dentro de las disposiciones propias del empleo público, durante las fases de selección e incorporación, permanencia al servicio de la Entidad y retiro. GESTIÓN DOCUMENTAL: busca establecer y coordinar las políticas de administración de los documentos y registros de la entidad, de tal manera que se mantengan debidamente protegidos y conservados durante el tiempo en que están sometidos a trámite y posteriormente cuando hayan culminado las actuaciones. SECRETARÍA GENERAL: le corresponde asesorar al Superintendente, en la adopción de políticas y planes de acción de la Entidad y dirigir y coordinar los proyectos administrativos que se relacionen con las actividades propias del objeto misional de la Superintendencia, en los términos del Decreto 2356 de 17 de julio de 2006 y demás disposiciones complementarias. RECURSOS FINANCIEROS: se encarga de coordinar la administración, desarrollo, evaluación y ejecución del presupuesto de la Entidad, de tal manera que se tramite oportunamente la provisión de los recursos financieros se efectúe el pago de los compromisos adquiridos, se haga el registro oportuno de la información contable para la toma de decisiones y se produzcan los informes relacionados con los hechos económicos financieros y sociales de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, para remitirlos a las entidades externas que legalmente los requieren. ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS: se encarga de todo lo relacionado con la obtención de los bienes y servicios requeridos por la Entidad, para satisfacer las necesidades de apoyo logístico e infraestructura, ejerciendo el control bajo los principios de la economía, eficiencia, eficacia y en cumplimiento de las disposiciones legales establecidas. Por su naturaleza de entidad pública los procesos asociados con la adquisición de bienes y servicios se encuentran reglados por la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007 y decretos reglamentarios. En concordancia con el numeral 7 NTCGP 1000:2009 Selección de proveedores. GESTIÓN DE INFORMATICA Y SISTEMAS: busca brindar a las dependencias soluciones informáticas que apoyen el cumplimiento de la misión, visión y objetivos de la entidad.

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22 PROCESOS DE EVALUACIÓN

CONTROL INTERNO: tiene como objetivo acompañar y asesorar; evaluar la gestión y el sistema de control interno; valorar los riesgos; promover la cultura del control en la Entidad.

23 NORMATIVIDAD: MANUAL DE DOCTRINA DE LA SUPERVIGILANCIA

Constituye un referente informativo sobre la evolución doctrinaria de la Entidad, en el cual se plasma la compilación técnica y jurídica así como los temas de mayor actualidad e interés para los vigilados y la sociedad en general.

La primera versión del Manual de Doctrina se publicó en el año 2011, y en el 2012 la SuperVigilancia realizó la actualización de este documento en su versión 3.0, documento que trae una recopilación de los anteriores 2010 y 2011 en lo que atañe a los pronunciamientos vigentes hasta ese momento y los alusivos al año 2012 que tienen relevancia para el sector y la ciudadanía en general, los cuales -vale decir- se enmarcan en lo dispuesto en el Artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

Para el 2014 se tiene previsto una Cartilla Normativa compilada, la cual está en proceso de elaboración, diseño y recopilación de información, por parte del Proceso Gestión Jurídica.

24 DIRECTRICES QUE DEBEN OBSERVAR LOS SERVIDORES PÚBLICOS EN MATERIA DE CONFLICTOS DE INTERÉS:

a) Ningún conflicto debe existir entre los intereses privados de los funcionarios públicos y sus funciones oficiales. un servidor público no debe tener un interés pecuniario que pudiera entrar en conflicto de alguna manera con el desempeño de sus funciones oficiales.

b) Los servidores públicos no deben incurrir en tráfico de influencias u otorgar, en el desempeño de sus funciones oficiales, un trato preferencial a sus familiares o amigos en lo que respecta a trámites, operaciones o servicios

c) Los servidores públicos deben tener cuidado en el manejo de sus asuntos privados para que no se beneficien, o parezcan beneficiarse, a partir de la utilización de información obtenida durante el ejercicio de sus funciones oficiales.

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d) Los servidores públicos no deben colocarse en una posición en la que puedan obtener ningún beneficio directo o indirecto o el interés en contratos del gobierno sobre el que pueden influir en las decisiones.

e) Los servidores de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, no aceptaran ofrecimientos, o recompensas de proveedores, contratistas, que comprometan y afecten la objetividad y la imparcialidad.

25 DERECHOS, DEBERES, PROHIBICIONES, INCOMPATIBILIDADES, IMPEDIMENTOS, INHABILIDADES Y CONFLICTO DE INTERESES DEL SERVIDOR PÚBLICO

Con la Ley 734 de 2002 se expide el Código Disciplinario Único, el cual como Servidor Público debe conocer y adoptar, en él se encuentra un conjunto de normas sustanciales y procesales donde el Estado asegura la obediencia, la disciplina ética y moral, de los servidores públicos; para garantizar un correcto cumplimiento, eficaz, eficiente, honesto, igualitario, transparente de la función pública. (Tema que encontrará en los Artículos 33, 34, 35 y 36 del Código en mención).

Se establecen diez (10) derechos, Se contemplan cuarenta (40) deberes y treintaicinco (35) prohibiciones.

Los sujetos disciplinarios son los servidores públicos activos o retirados del servicio cuando los efectos de su conducta se produzcan después de dejar el cargo o la función; la falta puede cometerse dentro o fuera del territorio nacional.

26 FALTAS DISCIPLINARIAS

Constituye falta disciplinaria, la incursión en cualquiera de las conductas o comportamientos previstos en la Ley 734 de 2002. (Principio de legalidad)

Las faltas disciplinarias se clasifican como: gravísimas, graves y leves.

La acción disciplinaria es procedente aunque el servidor público ya no esté ejerciendo funciones públicas.

El término de la investigación disciplinaria será de doce meses, contados a partir de la decisión de apertura.

27 DESTITUCIÓN E INHABILIDAD GENERAL

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Implica la terminación de la relación del servidor público con la administración, sin que importe que sea de libre nombramiento y remoción, de carrera o elección.

Implica la imposibilidad de ejercer la función pública en cualquier cargo o función.

La inhabilidad general será de diez a veinte años; la inhabilidad especial no será inferior a treinta días ni superior a doce meses; pero cuando la falta afecte el patrimonio económico del Estado la inhabilidad será permanente.

28 SANCIONES DEL SERVIDOR PÚBLICO

28.1. SUSPENSIÓN

Implica la separación del ejercicio del cargo en cuyo desempeño se originó la falta disciplinaria y la inhabilidad especial, la imposibilidad de ejercer la función pública, en cualquier cargo distinto de aquel, por el término señalado en el fallo. La suspensión no será inferior a un mes ni superior a doce meses.

28.2. MULTA

Es una sanción de carácter pecuniario. La multa no podrá ser inferior al valor de diez, ni superior al de ciento ochenta días del salario básico mensual devengado al momento de la comisión de la falta. Amonestación escrita Implica un llamado de atención formal, por escrito, que debe registrarse en la hoja de vida.

29 HORARIO LABORAL

Con la Resolución No. 20157000034917 del 23 de junio de 2015 se estableció la Jornada laboral para los funcionarios públicos de la Supérvigilancia, se determinó en su “Artículo 1º. Establecer a partir del 30 de junio de 2015, la jornada laboral para los servidores públicos de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad, de lunes a viernes en jornada continua, con los siguientes horarios:

- De 7:00 am a 4:00 pm - De 8:00 am a 5:00 pm - De 9:00 am a 6:00 pm

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Artículo 2º. Los servidores públicos de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada contarán con una (1) hora de almuerzo, por turnos en el horario de 12:00 pm a 1:00 pm y de 1:00 pm a 2:00 pm. Parágrafo: El jefe o coordinador de grupo de cada dependencia organizara y será directamente responsable de los turnos de almuerzo, de tal forma que siempre permanezca en el sitio de trabajo personal disponible para atender los asuntos y garantizar la prestación del servicio. Artículo 3º. El control del horario lo hará cada jefe de dependencia o coordinador de grupo, sin perjuicio del realizado por el Grupo de Recursos Humanos para lo cual se podrá recurrir a control de ingreso y salida incluido el tiempo de almuerzo.”

Quienes laboran en el Despacho del Superintendente, de los Superintendentes Delegados y de Secretaría, así como los que desempeñan funciones de conducción, tendrán horarios según las necesidades del servicio.

30 CARNÉ DE IDENTIFICACIÓN

Por razones de seguridad y con el fin de tener acceso a las instalaciones de la Entidad, es obligatorio portar el carné institucional y de identificación, el cual lo entrega la oficina de Recursos Humanos, una vez sea posesionado como funcionario de la Supervigilancia.

31 RETRIBUCIÓN LABORAL Y BENEFICIOS DE LOS SERVIDORES

Al ingresar a la Supervigilancia, el servidor público tendrá derecho a percibir mensualmente un salario y será de acuerdo a las escalas de asignación básicas de los empleos públicos salarial

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32 REGIMÉN DE PRESTACIONES

CESANTÍA PRIMA DE SERVICIOS

PRIMA

DE NAVIDAD

BONIFICACIÓN POR

SERVICIOS

VACACIONES Y PRIMA DE

VACACIONES

Un (1) mes de salario por cada año de

servicios proporcional por

fracciones de año.

Este valor se depositará a nombre de cada servidor en el Fondo Nacional

Quince (15) días de salario y se pagará la primera quincena de julio a los servidores que hayan laborado

durante un año.

Proporcional a razón de una doceava (1/12) por mes

Un (1) mes de salario que será pagado en la primera quincena de diciembre, a los

servidores que hayan laborado

ininterrumpidamente durante todo el año, en caso contrario su

pago será

Esta bonificación se reconocerá y pagará cuando el servidor cumpla un (1) año

continuo de labores al servicio de la Entidad, y será

equivalente al 35% del valor conjunto de la asignación básica,

Por cada año de servicios, el servidor

tendrá derecho a disfrutar de quince

(15) días hábiles de vacaciones.

Se pagará igualmente una prima

de vacaciones

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del Ahorro.

Los intereses sobre las cesantías serán

liquidados por el mismo fondo.

completo de labor, siempre y cuando se haya trabajado en la entidad por lo menos

un (1) semestre.

proporcional al tiempo de servicios, siempre y cuando se haya laborado como

mínimo un mes completo.

y los gastos de representación, a los sueldos superiores a 4 SMMLV y 50% si

el sueldo mensual es inferior a estos

equivalente a 15 días de salario por cada

año de servicio.

Nota: Dos días de bonificación por

recreación.

33 REGIMÉN DE SEGURIDAD SOCIAL

CAJA DE COMPENSACIÓN

SALUD PENSIONES ADMINISTRADORA DE RIESGOS PROFESIONALES

Todos los servidores de la Supervigilancia están afiliados a Colsubsidio.

Además de los servicios de recreación, educación y otros, la Caja entregará un auxilio por cada hijo, padre o hermano menor huérfano de padre o inválido que dependa económicamente del afiliado.

Subsidio de Vivienda, cuando el salario del afiliado no exceda los cuatro (4) SMMLV.

El servidor de la Supervigilancia, tiene derecho a escoger la entidad promotora de salud que desee.

La cotización en salud es del 12.5% la entidad paga el 8.5% y el servidor paga el 4%

Esta afiliación cubre el Plan Obligatorio de Salud.

El servidor tiene derecho a escoger el Fondo de Pensiones que considere.

La cotización de pensión es del 16% la entidad paga el 12% y el servidor el 4%

Esta afiliación protege los efectos de la invalidez, vejez y muerte de acuerdo con las normas sobre la materia.

Todo servidor de la Supervigilancia está afiliado a SURATEP.

El valor mensual de la afiliación es 0.522% de la nómina cancelado totalmente por la entidad.

Protege al funcionario de los riesgos de enfermedad profesional y accidente de trabajo

34 CAUSALES DE RETIRO

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35 REINDUCCION

El artículo 64 de la Ley 190 de 1995 establece que todas las entidades públicas tendrán, además del programa de inducción para el personal que ingrese a la entidad, uno de actualización cada dos años.

Así mismo, el artículo 7 del Decreto Ley 1567 de 1998 establece que los planes institucionales de cada entidad deben incluir obligatoriamente, además de la inducción, programas de re inducción, los cuales deberán hacerse por lo menos cada dos años, o antes, en el momento en que se produzcan los cambios.

En consecuencia los programas de re inducción deberán impartirse para todos los empleados, estar dirigidos a actualizar a los servidores en relación con las políticas objetivos, pautas ambientales, sistema de gestión de calidad, de cada nueva administración y a reorientar su integración a la cultura organizacional

35.1. Objetivos de la Re inducción

La re inducción, es el mecanismo que la entidad tiene para contextualizar a todos los funcionarios en:

Actualizar los conocimientos respecto de los énfasis de cada administración en su política y ambiental;

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Se actualicen respecto de las normas y decisiones para la prevención y supresión de la corrupción, y se informen de las modificaciones en materia de inhabilidades e incompatibilidades de los servidores públicos;

Se renueven frente a los cambios estructurales y culturales de las entidades y sus dependencias;

Reflexionen sobre los valores y principios propios de la cultura organizacional, tanto los éticos como los propiamente organizacionales, y renueven su compromiso con la práctica de los mismos.

Se informen sobre las nuevas disposiciones en materia de administración del talento humano.

Fortalezcan el sentido de pertenencia e identidad con la entidad;

Tomen conciencia de los logros alcanzados por la entidad, en los que ellos mismos han participado, y proyecten las acciones, planes y programas que hagan posible la implementación de las políticas gubernamentales.