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Manual de liderazgo político de la mujer en contexto de los pueblos originarios en Oaxaca 2020 Beatriz Adriana Peralta Pazos

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Page 1: Manual de liderazgo político de la mujer en contexto de

Manual de liderazgo político de la mujer

en contexto de los pueblos originarios

en Oaxaca 2020

Beatriz Adriana Peralta Pazos

Page 2: Manual de liderazgo político de la mujer en contexto de

Manual de liderazgo político de la mujer en contexto de los pueblos originarios en Oaxaca 2020

1ª edición, 2020

D. R. © 2020, Beatriz Adriana Peralta Pazos

D. R. © 2020, Fuerza por México

Calle Canela #25, Depto. 204, Colonia La Joya,

Alcaldía Tlalpan, Ciudad de México, C.P. 14090, Ciudad de México

www.fuerzapormexico.org.mx

Todos los derechos reservados conforme a la ley

Hecho en México / Made in Mexico

Manual de liderazgo político de la mujer en contexto de los pueblos originarios en Oaxaca 2020, es una publicación de Fuerza por México, Calle Canela #25, Depto. 204, Colonia La Joya, Alcaldía Tlalpan, C.P. 14090, Ciudad de México. Los artículos, documentos e investigaciones publicados son responsabilidad de sus autoras y autores. Fuerza por México, sus órganos directivos y ejecutivos son ajenos a las opiniones aquí presentadas; esta edición es una obra lanzada para estimular el conocimiento socioecónomico y político de nuestro entorno y su problemática (nacional y regional), sus derechos y obligaciones, así como para generar un diálogo sobre los avances y los retos de la participación y la representación política de la ciudadanía; el objetivo final de la obra consiste en comprender y elaborar propuestas de solución para las problemáticas detectadas. Su distribución es gratuita y no tiene fines de lucro.

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Contenido

Liderazgo. ......................................................................................... 3

Las mujeres en los pueblos originarios ............................................. 4

¿Qué hacer al respecto? ................................................................... 7

Diferentes tipos de violencia política ............................................. 8

¿Dónde puedo denunciar en mi estado? ....................................... 8

¿Cuáles son las instancias dónde puedo recibir orientación? ........ 9

Bibliografía ...................................................................................... 10

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Liderazgo.

Que las mujeres puedan acceder a los puestos de toma de decisión es

importante, pues es el reconocimiento y ejercicio de sus derechos políticos

electorales, pero también implica que su visión, problemas y opinión sea parte de la

agenda política de su comunidad, estado y país. Por siglos, las mujeres fuimos

excluidas de estas decisiones, pero desde 1953, en México, las mujeres gozamos

del reconocimiento como ciudadanas que votan y pueden ser votadas.

Para que más mujeres sean parte de este ámbito es importante que

conozcan sus derechos, pero también que crean en sus capacidades para ejercer

puestos de toma de decisiones, de ser líderes en sus comunidades y ser incluso

elegidas a algún puesto de elección popular. A continuación, te comparto las

principales características del liderazgo.

Fuente: Esquema de elaboración propia con información del PNUD.1

1 Flores Georgina (2020) “Curso: Habilidades para el desarrollo de una campaña política”. Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo.

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El liderazgo es un conjunto de habilidades, por tanto, se puede desarrollar,

para ello es importante desarrollar las cualidades que se mencionan en la imagen.

Lo primero es hacer un análisis de una misma, ser capaz de reconocer las

fortalezas, aquello que una puede aportar; es importante conocerse a una misma

para poder transmitir confianza y seguridad. También, identificar cuál es nuestro

objetivo, qué es lo que queremos aportar es clave, pues eso nos permitirá comunicar

con éxito al equipo y personas para que sumen a nuestra causa.

El camino no es sencillo, requiere de perseverancia y un trabajo constante

en una misma, pues habrá momentos en que la confianza en el proyecto o en una

misma se pierda. Ante esto, resulta de suma utilidad tener una visión clara de

aquello que queremos aportar, lo que nos mueve. También es importante, buscar el

crecimiento de quienes nos rodean, el liderazgo implica un aprendizaje en conjunto

continuo, brindar oportunidades de desarrollo a las demás personas. Una persona

líder empodera a otras personas, no las bloquea.

Las mujeres en los pueblos originarios

El camino para las mujeres en la política no ha sido fácil, afortunadamente,

hay mujeres que han abierto camino para nosotras; sin embargo, aún queda mucho

por hacer. En ese sentido, podemos apreciar que aún falta para que la paridad

llegue al estado si miramos el número de presidentas municipales.

PRESIDENTES MUNICIPALES DE OAXACA

PERIODO 2018-2021

Año Hombres Mujeres Total

2018-2021 99 54 153

Fuente: Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca.2

2 Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (2018). “Nombre de las y los presidentes municipales electos en la Jornada Electoral del 1 de Julio”. Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca. Disponible en URL:

Page 6: Manual de liderazgo político de la mujer en contexto de

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Es importante ver que en el caso de Oaxaca el número de Presidentas

Municipales presenta un amplio contraste cuando analizamos los números de

aquellos municipios en los que se realizan comicios electorales y aquellos en los

que se rigen por usos y costumbres como se aprecia en las siguientes gráficas:

PRESIDENTES MUNICIPALES ELECTOS POR USOS Y COSTUMBRES3.

SISTEMAS NORMATIVOS INDÍGENAS DE

OAXACA

Año Hombres Mujeres Total

- 385 19 404

Fuente: Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca.4

http://ieepco.org.mx/archivos/documentos/2018/Candidaturas/PRESIDENCIAS%20MUNICIPALES%202018.pdf Consultado el 29 de enero de 2021. 3 417 municipios nombran a sus autoridades mediante usos y costumbres.

Véase: Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (Octubre de 2018). “Catálogo de municipios sujetos al Régimen de Sistemas Normativos Indígenas 2018”. Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca. Disponible en URL: http://www.ieepco.org.mx/archivos/documentos/2018/cat%C3%A1logo%20sistemas/Presentacion.pdf Consultado el 30 de enero de 2021. 4 Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (S/F ). “Sistemas Normativos Indígenas. Autoridades Electas 2019”. Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca. Disponible en URL: http://www.ieepco.org.mx/elecsni2019/indice.php Consultado el 30 de enero de 2021.

0306090

120150180210240270300330360390420

-

SISTEMAS NORMATIVOS INDÍGENAS DE OAXACA

Hombres Mujeres

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Para entender por qué pasa esto es importante conocer las diferencias entre

un sistema y otro. A continuación, se esquematizan las diferencias en las elecciones

por sistema de usos y costumbres y por sistema de partidos en el estado de Oaxaca:

Fuente: TEPJF5

Si bien, la Declaración de los Pueblos Indígenas cuenta con 46 artículos que

constituye una herramienta importante hacia el reconocimiento, la promoción y la

protección de los derechos y las libertades de los pueblos y comunidades indígenas

de México en donde se garantiza que “Los pueblos indígenas tienen derecho a

conservar y reforzar sus propias instituciones políticas, jurídicas, económicas,

5 Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación et. al., Derechos político-electorales de los indígenas, Centro de Capacitación Judicial Electoral, México. Disponible en: http://www.ieemorelos.org.mx/site/documents/9e/camt/26usosycostumbres.pdf

Page 8: Manual de liderazgo político de la mujer en contexto de

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sociales y culturales […] a participar plenamente, si lo desean, en la vida política,

económica, social y cultural del Estado”.6 Por su parte, el Artículo 2° de la

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos reconoce los derechos de

los pueblos indígenas, pero también señala:

Que las mujeres y los hombres indígenas disfrutarán y ejercerán su derecho de votar

y ser votados en condiciones de igualdad; así como a acceder y desempeñar los cargos públicos

y de elección popular para los que hayan sido electos o designados, en un marco que respete el

pacto federal y la soberanía de los estados. En ningún caso las prácticas comunitarias podrán

limitar los derechos político-electorales de los y las ciudadanas en la elección de sus

autoridades municipales.7

¿Qué hacer al respecto?

La ley garantiza que hombres y mujeres deben ejercer en igualdad sus

derechos político electorales, a pesar de ello, casos de discriminación y violencia

contra la mujer siguen sucediendo. Ante este panorama, la Reforma de Paridad y

Violencia Política de Género realizada el año pasado, la violencia política contra las

mujeres se convirtió en un delito electoral y se reconocen hasta el momento 22

conductas previstas como forma de ejercer violencia por razón de género en el

ámbito electoral8: A continuación, se presentan las más frecuentes:

6 CNDH (2014). “Derechos humanos de los pueblos indígenas en México”. Disponible en URL: https://www.cndh.org.mx/sites/default/files/doc/cartillas/14_Cartilla_DH_Pueblos_Indigenas.pdf Consultado el 20 de febrero de 2021. 7 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. “Artículo 2. La Nación Mexicana”. Disponible en URL: https://www.constitucionpolitica.mx/titulo-1-garantias-individuales/capitulo-1-derechos-humanos/articulo-2-nacion-mexicana Consultado el 20 de febrero de 2021. 8 Diario Oficial de la Federación (DOF) (2020), “Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, de la Ley General de Partidos Políticos, de la Ley General en Materia de Delitos Electorales, de la Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y de la Ley General de Responsabilidades Administrativas”. Disponible en URL: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5591565&fecha=13/04/2020

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Diferentes tipos de violencia política

Fuente: Esquema de elaboración propia con información del INE

¿Dónde puedo denunciar en mi estado?

Si eres víctima de alguno de estos delitos, es importante que denuncies, pues

sólo así podemos evidenciar la situación y poner en el foco de las instituciones,

autoridades y sociedad lo que sucede. La adquisición de los derechos no ha sido

fácil, ahora nos toca ejercerlos y velar por ellos.

Fiscalía General del Estado de Oaxaca.

Centro de Justicia para las Mujeres.

Tel. 951 514 8788

Sitio web: http://fge.oaxaca.gob.mx/index.php/cejum

Fiscalía Especializada en Delitos Electorales

http://fge.oaxaca.gob.mx/index.php/fiscalia-delitos-electorales

Para denuncia en línea: http://fge.oaxaca.gob.mx/index.php/pon-tu-denuncia

Registros simulados

Resgistro en distritos perdedores

Amenzas a mujeres electas

Inequidad en la distribución de tiempos en radio y TV

Inequidad en la distribución de recursos

Uso inadecuado del presupuesto destinado a capacitación y desarrollo de las mujeres

Acciones institucionales que obstaculicen el ejercicio de los derechos políticos.

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Unidad De Género: Privada 21 de Marzo, 208, Colonia Unión y Progreso,

Oaxaca de Juárez, Oax. Titular de Unidad Luz Elva Rodríguez Chaparro

¿Cuáles son las instancias dónde puedo recibir orientación?

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Bibliografía

Banco Nacional de Datos e Información sobre casos de Violencia contra las

Mujeres. (S/F). “Banco Nacional de Datos e Información sobre casos de

Violencia contra las Mujeres. Oaxaca”. Disponible en URL:

https://banavim.segob.gob.mx/Banavim/Informacion_Publica/Informacion_P

ublica.aspx Consultado el 31 de enero de 2021.

Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), Violencia política contra las

mujeres en razón de género, CNDH, 2018, Disponible en URL:

file:///C:/Users/PIPE%20B/Downloads/Doc_2018_056.pdf

CNDH (2014). “Derechos humanos de los pueblos indígenas en México”. Disponible

en URL:

https://www.cndh.org.mx/sites/default/files/doc/cartillas/14_Cartilla_DH_Pue

blos_Indigenas.pdf Consultado el 20 de febrero de 2021.

Diario Oficial de la Federación (DOF) (2020), “Decreto por el que se reforman y

adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres

a una Vida Libre de Violencia, de la Ley General de Instituciones y

Procedimientos Electorales, de la Ley General del Sistema de Medios de

Impugnación en Materia Electoral, de la Ley General de Partidos Políticos,

de la Ley General en Materia de Delitos Electorales, de la Ley Orgánica de

la Fiscalía General de la República, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de

la Federación y de la Ley General de Responsabilidades Administrativas”.

Disponible en URL:

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5591565&fecha=13/04/20

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Diario Oficial de la Federación (DOF) (2020), “Decreto por el que se reforman y

adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres

a una Vida Libre de Violencia, de la Ley General de Instituciones y

Procedimientos Electorales, de la Ley General del Sistema de Medios de

Impugnación en Materia Electoral, de la Ley General de Partidos Políticos,

Page 12: Manual de liderazgo político de la mujer en contexto de

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de la Ley General en Materia de Delitos Electorales, de la Ley Orgánica de

la Fiscalía General de la República, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de

la Federación y de la Ley General de Responsabilidades Administrativas”.

Disponible en URL:

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5591565&fecha=13/04/20

20

Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (2018). “Nombre de las

y los presidentes municipales electos en la Jornada Electoral del 1 de Julio”.

Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca. Disponible en

URL:

http://ieepco.org.mx/archivos/documentos/2018/Candidaturas/PRESIDENCI

AS%20MUNICIPALES%202018.pdf Consultado el 29 de enero de 2021.

Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (Octubre de 2018).

“Catálogo de municipios sujetos al Régimen de Sistemas Normativos

Indígenas 2018”. Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca.

Disponible en URL:

http://www.ieepco.org.mx/archivos/documentos/2018/cat%C3%A1logo%20s

istemas/Presentacion.pdf Consultado el 30 de enero de 2021.

Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (S/F ). “Sistemas

Normativos Indígenas. Autoridades Electas 2019”. Instituto Electoral y de

Participación Ciudadana de Oaxaca. Disponible en URL:

http://www.ieepco.org.mx/elecsni2019/indice.php Consultado el 30 de enero

de 2021.

Instituto Nacional de las Mujeres, consultado en URL:;

http://vidasinviolencia.inmujeres.gob.mx/?q=clasificacion#

Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, Cámara de

diputados. 2020. (Fecha de consulta: 29 de diciembre del 2020).

http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGAMVLV_130420.pdf

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Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación et. al., Derechos político-

electorales de los indígenas, Centro de Capacitación Judicial Electoral,

México. Disponible en:

http://www.ieemorelos.org.mx/site/documents/9e/camt/26usosycostumbres.

pdf consultado el 12 de febrero de 2021.