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Instituto Autónomo de Minas MANUAL DE ORGANIZACIÓN Código IAMIB-900-MO-001/15 Instituto Autónomo Minas Bolívar Fecha de Vigencia 06/04/2015 Actualización Nº 00 Página Nº 1 de 43

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CONTENIDO

Pág.

1. OBJETIVO …………………………………………………………………………

2. ALCANCE ………………………………………………………………………….

3. DOCUMENTOS RELACIONADOS ……………………………………………..

4. VISION ……………………………………………………………………………...

5. MISIÓN ……………………………………………………………………………..

6. ESTRUCTURA ORGANIZATIVA ……………………………………………….

7. JUNTA DIRECTIVA . ……………………………………………………………..

8. AUDITORIA INTERNA ……………………………………………………………

9. PRESIDENCIA …………………………………………………………………….

10. CONSULTORÍA JURIDICA ……………………………………………………

11. COORDINACION DE PROMOCION Y DESARROLLO SOCIAL …………

12. COORDINACION DE PLANIFICACION Y CONTROL DE GESTION ……

13. OFICINA DE INFORMÁTICA ………………………………………………….

14. OFICINA DE ATENCION AL CIUDADANO …………………………………

15. ARCHIVO GENERAL …………………………………………………………..

16. GERENCIA DE FISCALIZACION Y RECAUDACIÓN ……………………..

17. DEPARTAMENTO DE FISCALIZACIÓN …………………………………….

18. DEPARTAMENTO DE RECAUDACIÓN ……………………………………..

19. GERENCIA DE OPERACIONES ……………………………………………...

20. DEPARTAMENTO DE TRAMITES MINEROS ………………………………

21. DEPARTAMENTO DE ESTUDIOS BASICOS ………………………………

22. GERENCIA DE ADMINISTRACION ………………………………………….

23. DEPARTAMENTO DE RECURSOS HUMANOS ……………………………

24. DEPARTAMENTO DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS………………….

25. OFICINA DE RECEPCION …………………………………………………….

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1. OBJETIVO:

Establecer, documentar e implementar las funciones que deben desempeñar las

unidades organizativas que conforman el Instituto Autónomo Minas Bolívar

(IAMIB), a fin de dar cumplimiento a lo establecido en la Ley de Minas del estado

Bolívar y su Reglamento.

2. ALCANCE:

Está dirigido al Instituto Autónomo Minas Bolívar (IAMIB) y sus unidades

adscritas.

3. DOCUMENTOS RELACIONADOS:

Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV).

Constitución del Estado Bolívar.

Código Orgánico Tributario.

Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público, y sus reglamentos.

Ley Orgánica de la Contraloría General de la Republica y del Sistema Nacional de Control Fiscal.

Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Publico.

Ley Orgánica de Procedimientos Administración.

Ley Orgánica de Simplificación de Trámites Administrativos.

Ley de Orgánica de los Trabajadores y Trabajadoras.

Ley Contra la Corrupción.

Ley de Minas del Estado Bolívar.

Reglamento de la Ley de Minas del Estado Bolívar.

Reglamento de la Ley de Orgánica de la Contraloría General y del Sistema Nacional de Control Fiscal.

Reglamento sobre la Organización del Control Interno en la Administración Publica Nacional y otros

Normas Generales de Control Interno.

Procedimientos de Elaboración y Control de los Documentos del IAMIB.

Todo ordenamiento Jurídico Vigente.

4. VISIÓN:

Ser reconocido a nivel nacional, como entidad modelo, autogestionaria,

respetuosa del ambiente, innovadora, con altos estándares de desempeño en sus

funciones; promotor del desarrollo integral de la Minería no Metálica del Estado

Bolívar.

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5. MISION:

Ejercer la competencia exclusiva sobre la exploración, explotación, organización,

administración y aprovechamiento sustentable de los recursos minerales no

metálicos en el Estado Bolívar, no reservados al Poder Ejecutivo Nacional,

garantizando la recaudación y control de los impuestos, la autogestión y la

prestación de servicios de calidad a satisfacción de nuestros clientes,

promoviendo el desarrollo económico de la región con marcada responsabilidad

social.

6. ESTRUCTURA ORGANIZATIVA.

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7. JUNTA DIRECTIVA 7.1 OBJETIVO: Ejercer la máxima dirección y ejecutar las políticas del Instituto en atención a las directrices emanadas del Poder Ejecutivo del estado Bolívar, según las políticas determinadas por el Consejo de Planificación y Coordinación de Políticas Públicas del estado Bolívar. 7.2 ADSCRIPCIÓN:

N/A

7.3 CARGO RESPONSABLE DE LAS FUNCIONES: Miembros de Junta Directiva. 7.4 FUNCIONES:

7.4.1 Ejercer la máxima representación del Instituto y aplicar las

políticas implantadas por el Consejo de Planificación de Políticas

Públicas del estado Bolívar.

7.4.2 Aprobar el Reglamento Interno del Instituto, una vez que sea

sometido a la consideración del Gobernador del Estado.

7.4.3 Considerar los proyectos y solicitudes que le sean presentados a los

fines de su aprobación.

7.4.4 Aprobar y ordenar la ejecución del presupuesto de Ingresos y

Egresos de cada ejercicio fiscal, así como los traslados de partidas.

7.4.5 Aprobar el régimen de personal del Instituto de conformidad con lo

que establezca el Reglamento Interno de Funcionamiento.

7.4.6 Aprobar la celebración de compromisos financieros.

7.4.7 Autorizar al Presidente para nombrar apoderados judiciales,

quienes ejercerán la representación del Instituto en los términos que

señalen los respectivos mandatos.

7.4.8 Autorizar la adquisición, enajenación o cesión de bienes, créditos o

derechos del Instituto, previo cumplimiento de las normas

legales pertinentes, cuando dichas operaciones exceda de Dos Mil

Quinientas Unidades Tributarias (2.500 U.T.)

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7.4.9 Autorizar la constitución de gravámenes, así como el otorgamiento

de fianzas o garantías a favor de terceros.

7.4.10 Presentar al Gobernador del Estado, por Órgano del Presidente, el

informe de la cuenta de la gestión del Instituto al cierre de cada

Ejercicio Fiscal.

7.4.11 Autorizar las solicitudes de ausencia temporal de los Directores,

siempre que estas excedan de quince (15) días y convocar al

suplente respectivo. Las ausencias del Presidente que excedan de

quince (15) días, serán suplidas por el Director que designe el

Gobernador del Estado. En caso de ausencia absoluta el Gobernador

designara un nuevo Presidente.

7.4.12 Aprobar los planes operativos del Instituto.

7.4.13 Aprobar anualmente el informe de la cuenta de su gestión y los

Estados financieros del Instituto.

7.4.14 Resolver acerca de la creación, ampliación, reducción o supresión de

servicios y dependencias del Instituto.

7.4.15 Aprobar, la constitución de empresas y/o la adquisición de acciones o

participaciones en sociedades cuyas actividades sean afines o

conexas con su objetivo, previa autorización del Gobernador del

estado Bolívar.

7.4.16 Establecer planes para la formación y capacitación del personal que

sea necesario para su funcionamiento.

7.4.17 Aprobar la aplicación de las causales de caducidad.

8. AUDITORIA INTERNA

8.1 OBJETIVO:

Ejercer el control, vigilancia y fiscalización practicando auditorias continuas con el

objetivo sistemático y profesional de evaluar las actividades administrativas,

financieras y operativas del Instituto, para determinar su pertinencia y

confiabilidad, así como la evaluación de la eficiencia, eficacia, calidad de la gestión

y los procedimientos de control interno aplicados dentro del IAMIB.

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8.2. ADSCRIPCIÓN:

La Unidad de Auditoría Interna está adscrita a la Junta Directiva del IAMIB.

8.3 CARGO RESPONSABLE DE LAS FUNCIONES: Auditor Interno.

8.4 FUNCIONES:

8.4.1 Ejercer el control, vigilancia y fiscalización de los ingresos, gastos y

bienes del IAMIB, realizando auditorias continuas a las unidades

administrativas y operativas adscritas al instituto.

8.4.2 Coordinar la elaboración del proyecto de presupuesto de la unidad de

auditoría interna.

8.4.3 Realizar auditorías y averiguaciones de todo tipo y de cualquier

naturaleza en el Instituto, para verificar la legalidad, exactitud,

sinceridad y corrección de sus operaciones.

8.4.4 Verificar la exactitud y sinceridad de los procesos administrativos del

IAMIB, ejerciendo el control posterior sobre la ejecución del

presupuesto del Instituto.

8.4.5 Emitir Informes de recomendación de las actuaciones practicadas, a

los responsables de las unidades evaluadas y a las demás

autoridades, con el fin de subsanar deficiencias detectadas en las

áreas examinadas cuando sea posible.

8.4.6 Ejercer la potestad investigativa, de conformidad con lo previsto en la

Ley Orgánica de la Contraloría General de la Republica y del Sistema

Nacional de Control Fiscal y su Reglamento.

8.4.7 Iniciar, sustanciar y decidir los procedimientos administrativos para la

formulación de reparos, declaratorias de responsabilidad

administrativa o imposición de multas, de conformidad con lo previsto

en la Ley Orgánica de la Contraloría General de la Republica y del

Sistema Nacional de Control Fiscal y su Reglamento.

8.4.8 Recibir las denuncias de particulares o las solicitudes que formule

cualquier órgano, ente o empleado público, vinculadas con la

comisión de actos, hechos u omisiones contrarios a una disposición

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legal o sub-legal, relacionados con la administración, manejo y

custodia de fondos o bienes públicos, del órgano o ente sujeto a su

control.

8.4.9 Presentar el informe de gestión anual de la unidad de auditoría

interna a la máxima autoridad jerárquica del Instituto y a la

Contraloría General de la Republica

8.4.10 Ejercer el control perceptivo posterior de conformidad con la Ley

Orgánica de la Contraloría General de la Republica y del Sistema

Nacional de Control Fiscal y su Reglamento.

8.4.11 Realizar seguimiento al plan de acciones correctivas implementadas

por el órgano o ente sujeto a control, con la finalidad de que se

cumplan las recomendaciones contenidas en los informes de

auditoría o de cualquier actividad de control.

8.4.12 Recibir las cauciones presentadas por los funcionarios encargados

de la administración y liquidación de ingresos o de la recepción,

custodia y manejo de fondos o bienes públicos, antes de la toma de

posesión del cargo.

8.4.13 Contribuir con el desarrollo y mantenimiento del Sistema de Gestión

de la Calidad del Instituto.

8.4.15 Autorizar las normas, procesos y procedimientos así como los

formularios requeridos por las unidades adscritas y determinar los

mecanismos de mejora continua.

9. PRESIDENCIA

9.1 OBJETIVO:

Coordinar, analizar, formular, controlar y elaborar el plan operativo y funcional, el

presupuesto anual; el Plan de la calidad del Instituto a fin de contribuir a garantizar

la consolidación y consecución de los proyectos de acuerdo a los lineamientos

establecidos por la Ley de Minas del estado Bolívar y su Reglamento. Así como,

promover y coordinar la explotación, organización, recaudación y control de las

sustancias minerales No Metálicas del Estado Bolívar, a fin de optimizar los

procesos de administración y Operación Minera, la infraestructura asociada, y

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asegurar la participación de las comunidades incluyendo la conservación

ambiental.

9.2 ADSCRIPCIÓN:

La Presidencia del Instituto se encuentra adscrita a la Junta Directiva.

9.3 CARGO RESPONSABLE DE LAS FUNCIONES: Presidente.

9.4 FUNCIONES:

9.4.1 Ejercer la representación legal del Instituto.

9.4.2 Convocar a Sesiones Extraordinarias a la Junta Directiva.

9.4.3 Otorgar y revocar poderes judiciales y extrajudiciales, a objeto de

defender los intereses del Instituto, previa aprobación de la Junta

Directiva.

9.4.4 Conocer y resolver todos los actos, operaciones y negocios que

afecten al Instituto.

9.4.5 Abrir y movilizar cuentas bancarias, firmar los contratos, órdenes de

pago y cheques de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento

de la Ley de Minas del estado Bolívar.

9.4.6 Dirigir, organizar, coordinar y formular las Normas de Operación de

Procedimientos Administrativos, de Organización y de

Funcionamiento.

9.4.7 Nombrar, remover o destituir el personal del Instituto y establecer las

remuneraciones correspondientes de conformidad con las leyes, el

Reglamento Interno de Funcionamiento y previa aprobación por la

Junta Directiva.

9.4.8 Elaborar el Reglamento Interno del Instituto, presentarlo a la Junta

Directiva y elevarlo al Gobernador del Estado para su consideración.

9.4.9 Cumplir y hacer cumplir las decisiones de la Junta Directiva.

9.4.10 Elaborar el Proyecto de Presupuesto del Instituto, presentarlo a la

Junta Directiva y remitirlo al Gobernador del Estado para su

aprobación.

9.4.11 Ejecutar el presupuesto.

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9.4.12 Otorgar Autorizaciones Eventuales, Temporales y Especiales de

Explotación, Traslado, Transformación, Procesamiento; y de

Comercialización de minerales no metálicos.

9.4.13 Previa aprobación de la Junta Directiva del Instituto, presentar al

Ciudadano Gobernador la solicitud para el otorgamiento de

Concesiones Directas de Explotación.

9.4.14 Preveía delegación de la Junta Directiva y en el cumplimiento de las

normas legales pertinentes, adquirir, enajenar o ceder bienes,

créditos o derechos del Instituto, cuando dichas operaciones no

excedan de Dos Mil Quinientas Unidades Tributaria (2.500 U.T)

9.4.15 Dictar, previa aprobación del Ciudadano Gobernador el Estado, la

Resolución de caducidad o prorroga de los derechos mineros

otorgados conforme a la Ley de Minas del Estado Bolívar, bajo la

modalidad de concesión; Concesión de explotación directa,

autorizaciones de explotación para el ejercicio de la actividad minera

artesanal y de pequeña minería, autorizaciones especiales de

explotación en territorios indígenas, por las mancomunidades

mineras, asociaciones cooperativas , consejos comunales, empresas

de producción social y empresas mixtas; y concesión de explotación

y subsiguiente explotación.

9.4.16 Las demás atribuciones que señalen la Ley de Minas del estado

Bolívar, su Reglamento y el Reglamento Interno del Instituto.

10. CONSULTORÍA JURIDICA

10.1 OBJETIVO:

Asesorar al Presidente del Instituto y a todas sus unidades en el ámbito jurídico y legal, bajo criterios de oportunidad y confiabilidad, con el fin de que las actuaciones correspondan a las normas y procedimientos establecidos legalmente.

10.2 ADSCRIPCIÓN: La Consultoría Jurídica está adscrita a la Presidencia del

IAMIB.

10.3 CARGO RESPONSABLE DE LAS FUNCIONES: Consultor Jurídico.

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10.4 FUNCIONES:

10.4.1 Planificar, dirigir, coordinar, supervisar y evaluar las actividades de

la dependencia de Consultoría Jurídica.

10.4.2 Revisar desde el punto de vista legal, los proyectos de Decretos,

Resoluciones, Contratos, Convenios, y otras Disposiciones que se

elaboren para el Instituto.

10.4.3 Asesorar al Presidente y a la Gerencia de Administración., desde el

punto de vista jurídico, en las dudas que surjan durante el desarrollo

de los procedimientos de selección de contratistas para la

adquisición de bienes, materiales, obras y servicios.

10.4.4 Asesorar al Presidente del IAMIB y las unidades adscritas al

instituto sobre las actuaciones e informes levantados por los

órganos de control fiscal.

10.4.5 Analizar las leyes, decretos y demás actos de interés para el

Instituto en materia de minería no metálica y la administración

tributaria, a fin de precisar su impacto en el mismo.

10.4.6 Elaborar proyectos de reforma a Ley de Minas del estado Bolívar y

su reglamento, a los fines de ser presentados ante el Concejo

Legislativo del Estado Bolívar.

10.4.7 Preparar Dictámenes y opiniones jurídicas para la consideración del

Presidente del IAMIB, en relación con las consultas que formulen

las unidades adscritas al Instituto y por otros entes de la

Administración Pública, en relación a Derecho Administrativo,

Tributario, Financiero, Laboral, Civil, Mercantil, y Presupuestario,

entre otras.

10.4.8 Analizar desde el punto de vista legal Proyectos de Resoluciones,

para determinar la procedencia del otorgamiento del beneficio de

jubilación y de pensiones de incapacidad e invalidez.

10.4.9 Analizar desde el punto de vista legal Proyectos de Resoluciones y

expedientes de los funcionarios para determinar la procedencia de

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ajustes a los montos de jubilaciones, pensiones de incapacidad o

invalidez.

10.4.10 Unificar los criterios de interpretación, en el proceso de aplicación

de la legislación tributaria, de sus diferentes disposiciones legales

reglamentarias y procedimentales que rigen la actividad minera no

metálica.

10.4.11 Crear los lineamientos de interpretación jurídica y de políticas que

unifiquen los criterios jurídicos sobre la admisibilidad de

deducciones, donaciones, exenciones, exoneraciones, y de los

recursos interpuestos tanto en vía administrativa como en vía

jurisdiccional.

10.4.12 Elaborar los convenios de cooperación efectiva en el área de la

minería no metálica, con entes públicos, privados, nacionales e

internacionales, previo cumplimiento de las disposiciones legales

respectivas.

10.4.13 Elaborar las normas, procesos y procedimientos así como los

formularios requeridos por la unidad y determinar los mecanismos

de mejora continua.

10.4.14 Contribuir con el desarrollo y mantenimiento del Sistema de

Gestión de la Calidad del Instituto.

10.4.15 Cumplir con los deberes y atribuciones que le corresponda por la

naturaleza de sus funciones, que no contravengan con el marco

jurídico de la República y que le sean especialmente asignados por

el Presidente del IAMIB.

11. COORDINACIÓN DE PROMOCIÓN Y DESARROLLO SOCIAL

11.1 OBJETIVO:

Impulsar, desarrollar, promocionar y ejecutar los planes de promoción del Instituto,

difundir las actividades proyectadas y ejecutar en relación de la Minería No

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Metálica a nivel local, regional y nacional; además de servir de apoyo a los

concesionarios y comunidad en general.

11.2 ADSCRIPCIÓN: La Coordinación de Promoción y Desarrollo Social está

adscrita a la Presidencia del IAMIB.

11.3 CARGO RESPONSABLE DE LAS FUNCIONES: Coordinador de Promoción

y Desarrollo Social.

11.4 FUNCIONES:

11.4.1 Fomentar la inversión en las actividades de la minería no metálica en

el estado Bolívar, generando empleo, controlando la evasión de la

minería no metálica, con el fin de fortalecer los subsectores que

incorporen valor agregado, consolidando la pequeña minería y la

minería artesanal.

11.4.2 Apoyar a la pequeña minería en el diseño, control y planificación de

los proyectos de financiamiento destinados a la inversión tecnológica,

investigación, procesamiento y transformación de los recursos

mineros no metálicos en el estado Bolívar, para ser tramitados ante

los entes financieros públicos y privados, con el fin darle valor

agregado a los procesos mineros no metálicos asociados

11.4.3 Orientar mediante la asistencia técnica, las oportunidades de

participación en la explotación de la minería no metálica, a los

pequeños mineros, incluyendo la generación y formación de

cooperativas y empresas de producción social (EPS) y otros tipos de

organización empresarial comunitarias o de índole social, tanto

pública como privada, dirigidas al desarrollo de las actividades

mineras no metálica.

11.4.4 Desarrollar actividades de promoción según requerimientos de las

unidades del Instituto, en materia de minería no metálica.

11.4.5 Organizar y velar la ejecución de jornadas de exposiciones, foros,

congresos, conferencias, y otros eventos promovidos por el Instituto.

11.4.6 Coordinar la participación del Instituto en actos y eventos públicos y

privados.

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11.4.7 Diseñar, actualizar, gestionar y administrar el material promocional,

informativo, divulgativo, propagandístico y publicitario como:

certificados, reconocimientos, trípticos, dípticos, folletos, revistas y

material P.O.P., entre otros.

11.4.8 Diseñar y realizar montaje de material editorial especializado,

orientado a la educación de las actividades relacionadas con la

Minería no Metálica.

11.4.9 Velar por la uniformidad en el uso de la imagen corporativa del

Instituto; en los formatos de papelería, presentaciones, pendones,

vallas y avisos, rotulación de vehículos, entre otros.

11.4.10 Establecer y mantener relaciones con instituciones públicas y

privadas, a los fines de realizar actividades relacionadas con el área

de Información, Comunicación y Relaciones Públicas.

11.4.11 Elaborar y presentar ante el Presidente del IAMIB, el Plan

Comunicacional del Instituto.

11.4.12 Mantener un registro de las diversas fuentes de información

vinculadas a las actividades del sector de la Minería No Metálica y de

las actividades donde participe el Institutito (hemeroteca, dossier y

resumen de prensa semanal).

11.4.13 Actualizar continuamente las actividades e información publicadas

en la web oficial del IAMIB y en las diferentes redes sociales.

11.4.14 Brindar asistencia en trabajos de selección de material informativo,

recreativo y deportivo, relacionados con las actividades del Instituto,

para su divulgación y propagación.

11.4.15 Elaborar las normas, procesos y procedimientos así como los

formularios requeridos por la unidad y determinar los mecanismos

de mejora continua.

11.4.16 Elaborar los Indicadores de Gestión de la unidad.

11.4.17 Contribuir con el desarrollo y mantenimiento del Sistema de Gestión

de la Calidad del Instituto.

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11.4.18 Cumplir con los deberes y atribuciones que le corresponda por la

naturaleza de sus funciones, que no contravengan con el marco

jurídico de la República y que le sean especialmente asignados por

el Presidente del IAMIB.

12. COORDINACIÓN DE PLANIFICACIÓN Y CONTROL DE GESTIÓN

12.1 OBJETIVO:

Coordinar, supervisar y evaluar la formulación y ejecución de proyectos operativos

y presupuestarios, diseñar y administrar indicadores de gestión que aseguren el

cumplimiento de los objetivos de la Institución, así como promover, implantar y

mantener el Sistema de Gestión de la Calidad del Instituto Autónomo Minas

Bolívar.

12.2 ADSCRIPCIÓN: La Coordinación de Planificación y Control de Gestión está

adscrita a la Presidencia del IAMIB.

12.3 CARGO RESPONSABLE DE LAS FUNCIONES: Coordinador de

Planificación y Control de Gestión.

12.4 FUNCIONES:

12.4.1 Coordinar la elaboración, seguimiento y control de la formulación y

ejecución del Plan Presupuestario de Ingresos y Egresos del

Instituto, de acuerdo a los lineamientos emitidos por el Ejecutivo

Regional.

12.4.2 Asesorar a las unidades administrativas en la elaboración del

presupuesto anual, de acuerdo a los manuales de procedimientos,

normas y políticas establecidas

12.4.3 Revisar con el personal directivo de la Institución los objetivos y

alcances de los programas y proyectos de la Institución

12.4.4 Evaluar planes y proyectos a fin de realizar los correctivos y ajustes

necesarios, que orienten la gestión del Instituto.

12.4.5 Coordinar, revisar y evaluar los indicadores de gestión del Instituto y

sus unidades adscritas, para identificar desviaciones y formular

recomendaciones.

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12.4.6 Coordinar, revisar y gestionar ante la Gobernación del estado

Bolívar, la rendición de cuentas de las acciones específicas, sujetas

al Plan Operativo Anual.

12.4.7 Coordinar la elaboración del Informe de Gestión Anual del Instituto.

12.4.8 Asesorar y sensibilizar a las unidades organizativas del Instituto

Autónomo Minas Bolívar, en materia de Sistema de Gestión de la

Calidad.

12.4.9 Elaborar las normas, procesos y procedimientos así como los

formularios requeridos por la unidad y determinar los mecanismos

de mejora continua.

12.4.10 Elaborar los Indicadores de Gestión de la unidad.

12.4.11 Contribuir con el desarrollo y mantenimiento del Sistema de Gestión

de la Calidad del Instituto.

12.4.12 Cumplir con los deberes y atribuciones que le corresponda por la

naturaleza de sus funciones, que no contravengan con el marco

jurídico de la República y que le sean especialmente asignados por

el Presidente del IAMIB.

13. OFICINA DE INFORMÁTICA

13.1 OBJETIVO:

Programar, desarrollar, implantar y mantener sistemas informáticos, aplicando

métodos modernos, a fin de optimizar el rendimiento de los mismos que garantice

una plataforma tecnológica adecuada para el Instituto.

13.2 ADSCRIPCIÓN: La Oficina de Informática está adscrita a la Presidencia del

IAMIB.

13.3 CARGO RESPONSABLE DE LAS FUNCIONES: Jefe de Oficina de

Informática.

13.4 FUNCIONES

13.4.1 Incorporar métodos y técnicas actualizados de procesos

automatizados en los sistemas existentes en el Instituto.

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13.4.2 Administrar y supervisar el diseño de la página WEB de la institución.

13.4.3 Participar en el procedimiento de adquisición de equipos y programas

de computación ejecutado por la Gerencia de Administración.

13.4.4 Elaborar, ejecutar y controlar el plan de mantenimiento preventivo y

correctivo de los equipos, sistemas y redes informáticos y de

telefonía del instituto, con el fin de garantizar la operatividad de los

mismos.

13.4.5 Controlar y corregir el desarrollo de las distintas etapas de los

proyectos informáticos implementados en el Instituto.

13.4.6 Utilizar técnicas y disciplinas informáticas para desarrollar sistemas

en el área administrativa, organizacional, estadística y control de

proyectos del Instituto.

13.4.7 Estudiar la factibilidad técnica de las alternativas para satisfacer las

necesidades de información del Instituto.

13.4.8 Sistematizar y automatizar procesos y procedimientos administrativos

del Instituto.

13.4.9 Realizar respaldos de los sistemas informáticas, base de datos, las

aplicaciones y cualquier otro archivo de las unidades del IAMIB.

13.4.10 Elaborar las normas, procesos y procedimientos así como los

formularios requeridos por la unidad y determinar los mecanismos

de mejora continua.

13.4.11 Elaborar los Indicadores de Gestión de la unidad.

13.4.12 Contribuir con el desarrollo y mantenimiento del Sistema de Gestión

de la Calidad del Instituto.

13.4.13 Cumplir con los deberes y atribuciones que le corresponda por la

naturaleza de sus funciones, que no contravengan con el marco

jurídico de la República y que le sean especialmente asignados por

el Presidente del IAMIB.

14. OFICINA DE ATENCION AL CIUDADANO

14.1 OBJETIVO:

Canalizar y orientar las solicitudes, denuncias, sugerencias y peticiones de la

comunidades organizadas y de personas naturales, en aras de cumplir con el

marco regulatorio en materia de atención a la ciudadanía, las cuales incluyen a

trabajadores del instituto, en cuanto a realización de trámites.

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14.2 ADSCRIPCIÓN: La Oficina de Atención al Ciudadano está adscrita a la

Presidencia.

14.3 CARGO RESPONSABLE DE LAS FUNCIONES: Atención al Ciudadano.

14.4. FUNCIONES:

14.4.1 Promover la participación ciudadana y a tal fin realizar eventos,

charlas, seminarios y cualquier otra actividad que permita alcanzar

dicho objetivo.

14.4.2 Atender las iniciativas de la ciudadanía, vinculadas con el ejercicio de

la participación ciudadana en el control de la gestión pública.

14.4.3 Proponer programas pedagógicos e informativos y cualquier

actividad que permita fortalecer los valores, virtudes y derechos

ciudadanos, consagrados en la Constitución de la República

Bolivariana de Venezuela.

14.4.4 Implementar estrategias para promover el ejercicio del derecho a la

participación ciudadana en el control de la gestión pública.

14.4.5 Promover espacios de deliberación pública, a fin de dar a conocer a

la Ciudadanía experiencias exitosas y buenas prácticas sobre la

participación Ciudadana en el ejercicio del control sobre la gestión

pública.

14.4.6 Promover mecanismos de control ciudadano en proyectos de alto

impacto económico, financiero y social.

14.4.7 Coordinar con las dependencias del IAMIB, actividades tendentes a

incorporar a los ciudadanos a las labores de control sobre la gestión

pública, de conformidad con lo previsto en el artículo 28 de las

Normas para Fomentar la Participación Ciudadana.

14.4.8 Promover investigaciones orientadas a generar proyectos y normas

relacionados con la participación ciudadana en el ejercicio del control

sobre la gestión pública.

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14.4.9 Llevar el registro de las comunidades organizadas a que hace

mención el artículo 138 de la Ley Orgánica de la Administración

Pública.

14.4.10 Coordinar con otras dependencias del IAMIB, las actividades

relacionadas con la promoción de la participación ciudadana en el

ejercicio del control sobre la gestión pública.

14.4.11 Poner a disposición de la ciudadanía los planes, programas,

proyectos y contratos que ejecuta el IAMIB; su estructura

organizativa y funciones, así como los procedimientos

Administrativos y servicios que presta, a través de medios impresos,

audiovisuales, informáticos, entre otros.

14.4.12 Informar a la ciudadanía sobre la utilización de los recursos que

integran el patrimonio del IAMIB, a través de un Informe de fácil

manejo y comprensión, que se publicará trimestralmente.

14.4.13 Atender, orientar, apoyar y asesorar, a los ciudadanos que acudan al

IAMIB, a solicitar información, requerir documentos o interponer

denuncias, quejas, reclamos, sugerencias o peticiones.

14.4.14 Recibir, tramitar, valorar, decidir o resolver; denuncias, quejas,

reclamos, sugerencias o peticiones y remitirlas a la dependencia del

IAMIB, al ente u organismo que tenga competencia para conocerlas,

según el caso.

14.4.15 Comunicar a los ciudadanos la decisión o respuesta de las

denuncias, quejas, reclamos, sugerencias o peticiones formuladas

por ellos.

14.4.16 Llevar un registro automatizado de las denuncias, quejas, reclamos,

sugerencias y peticiones.

14.4.17 Remitir a la Unidad de Auditoría Interna del IAMIB, una relación

mensual de todas las denuncias recibidas.

14.4.18 Elaborar las normas, procesos y procedimientos así como los

formularios requeridos por la unidad y determinar los mecanismos

de mejora continua.

14.4.17 Elaborar los Indicadores de Gestión de la unidad.

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14.4.18 Contribuir con el desarrollo y mantenimiento del Sistema de Gestión

de la Calidad del Instituto.

14.4.19 Cumplir con los deberes y atribuciones que le corresponda por la

naturaleza de sus funciones, que no contravengan con el marco

jurídico de la República y que le sean especialmente asignados por

el Presidente del IAMIB.

15. ARCHIVO GENERAL

15.1 OBJETIVO:

Dirigir, coordinar y controlar la organización y el funcionamiento del archivo, con la

finalidad de resguardar los expedientes de las actividades mineras no metálicas

del IAMIB.

15.2 ADSCRIPCIÓN: El Archivo General está adscrito a la Presidencia del IAMIB.

15.3 CARGO RESPONSABLE DE LAS FUNCIONES: Analista de Información y

Archivo.

15.4 FUNCIONES:

15.4.1 Coordinar, controlar y resguardar la recepción de documentos y

medios magnéticos recibidos por las diferentes unidades adscritas al

IAMIB.

15.4.2 Resguardar el sello utilizado en las foliaturas de los documentos

recibidos.

15.4.3 Foliar la documentación recibida en números y letras con un sello

elaborado y diseñado para ese único fin.

15.4.4 Planificar, dirigir y coordinar la metodología de organización

documental utilizada en el archivo, especialmente en relación con el

sistema de clasificación, transferencias, elaboración de instrumentos

de descripción, preservación y conservación de la documentación.

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15.4.5 Planificar, dirigir y coordinar las publicaciones del archivo: guías,

inventarios, catálogos. También, elaborar las memorias anuales del

archivo, entre otras publicaciones.

15.4.6 Remitir oportunamente los documentos solicitados en calidad de

préstamo a la Presidencia del IAMIB.

15.4.7 Entregar los documentos y medios magnéticos solicitados en calidad

de préstamo previa autorización del Presidente del IAMIB.

15.4.8 Llevar a cabo la gestión y el control de la prevención y conservación

del acondicionamiento físico de los diferentes soportes de la

documentación.

15.4.9 Organizar y ejecutar del procedimiento de desincorporación de

documentos de acuerdo a la normativa legal vigente.

15.4.10 Vigilar la prevención y la conservación de la documentación

controlando periódicamente su estado físico, notificar las

eventualidades ocurridas al Presidente del IAMIB, y proponer las

mejoras oportunas para que los documentos se conserven en un

estado óptimo.

15.4.11 Permitir a la Unidad de Auditoria interna el acceso al Archivo

General con la finalidad de revisar el cumplimento de las normas

legales vigentes.

15.4.12 Elaborar las normas, procesos y procedimientos así como los

formularios requeridos por la unidad y determinar los mecanismos

de mejora continua.

15.4.13 Contribuir con el desarrollo y mantenimiento del Sistema de Gestión

de la Calidad del Instituto.

15.4.14 Cumplir con los deberes y atribuciones que le corresponda por la

naturaleza de sus funciones, que no contravengan con el marco

jurídico de la República y que le sean especialmente asignados por

el Presidente del IAMIB.

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16. GERENCIA DE FISCALIZACIÓN Y RECAUDACIÓN

16.1 OBJETIVO:

Planificar, fiscalizar, recaudar y controlar el cumplimiento de la normativa en

materia de regulación de las actividades mineras no metálicas dentro del ámbito

de la Ley de Minas del Estado Bolívar y su reglamento, garantizando el

acatamiento de la ordenación, conservación, de acuerdo a las normativas legales

en favor del estado.

16.2 ADSCRIPCIÓN: La Gerencia de Fiscalización y Recaudación está adscrita a

la Presidencia del IAMIB.

16.3 CARGO RESPONSABLE DE LAS FUNCIONES: Gerente de Fiscalización y

Recaudación.

FUNCIONES:

16.3.1 Vigilar, inspeccionar y controlar la explotación, almacenamiento,

tenencia, beneficio, transporte, circulación y comercio de las

sustancias minerales que establezca la Ley de Minas del Estado

Bolívar y su reglamento.

16.3.2 Controlar el volumen de explotación de mineral no metálico que sirve

de base imponible a la determinación de los tributos bajo la

competencia del IAMIB, mediante la recepción y análisis de los

informes de producción mensual y anual entregado por los

concesionarios o titulares de derechos mineros.

16.3.3 Controlar el registro de información de los titulares de derechos

mineros, transportes, bloqueras, marmoleras y graniteras.

16.3.4 Verificar y controlar la organización y actualización del registro de los

titulares de los derechos mineros.

16.3.5 Verificar la aplicación de los procedimientos de fiscalización tributaria

sobre el cumplimiento de los deberes formales y el pago de tributos.

16.3.6 Practicar inspecciones y fiscalizaciones sobre uno o varios periodos

fiscales.

16.3.7 Realizar las inspecciones técnicas necesarias para evaluar las

acciones minero-ambientales de los titulares de derechos mineros.

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16.3.8 Planificar y ejecutar labores de recaudación de los tributos y otros

ingresos por servicios prestados que corresponde administrar al

IAMIB.

16.3.9 Controlar la emisión, venta y seguimiento de las guías de circulación

de los minerales no metálicos.

16.3.10 Controlar las liquidaciones de tasas y otros ingresos derivadas de los

servicios prestados por el IAMIB.

16.3.11 Verificar las declaraciones presentadas por los contribuyentes y

responsables.

16.3.12 Controlar la emisión y anulación de planillas de los tributos a pagar

por los contribuyentes y responsables originados por los reparos

efectuados, así como también el monto de las penas pecuniarias e

intereses moratorios que haya lugar.

16.3.13 Verificar y controlar la tramitación, decisión y registro de los

reintegros y compensaciones solicitados por los contribuyentes y

responsables, conforme a la normativa legal vigente.

16.3.14 Elaborar y mantener actualizada las estadísticas relativas a las

actividades mineras, de producción y control de ingresos.

16.3.15 Establecer sistemas de información y de análisis estadístico,

económico y tributario.

16.3.16 Verificar la gestión de cobro administrativo de derechos pendientes

de pago, que correspondan a obligaciones líquidas y exigibles

conforme la determinación prevista en la normativa legal.

16.3.17 Preparar, controlar y elaborar las normas relativas a la orientación e

instrucción del contribuyente de acuerdo a la legislación vigente.

16.3.18 Orientar a los contribuyentes que así lo requieran, respecto a la

determinación de los tributos bajo la potestad del IAMIB.

16.3.19 Planificar y programar las actividades de educación tributaria y

divulgación, especialmente aquellas que tiendan a crear una

conciencia cívico- tributaria.

16.3.20 Controlar y verificar la emisión de las resoluciones resultantes de los

procedimientos de fiscalización, en cuanto sea procedente la

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aplicación de sanciones por el incumplimiento de pagos de tributos o

deberes formales.

16.3.21 Sustanciar el sumario administrativo, con base a las actas de reparo

generadas en el proceso de fiscalización, hasta la emisión de la

resolución de determinación de tributos omitidos y sus accesorios;

así como la aplicación de sanción de multa.

16.3.22 Supervisar, controlar y evaluar las investigaciones de fiscalización

que se realicen a los concesionarios o titulares de derechos mineros.

16.3.23 Diseñar los planes y programas anuales de investigación fiscal y

coordinar su ejecución en el nivel operativo y aprobar ejecución de

programas.

16.3.24 Proponer y desarrollar métodos para analizar y detectar formas de

evasión y fraudes tributarios y la medida de prevenirlos.

16.3.25 Realizar controles y estadísticas para determinar los sectores de

mayor índice de ilícitos tributarios mineros definidos la Ley de Minas

del Estado Bolívar.

16.3.26 Diseñar, desarrollar y ejecutar investigaciones y persecución de las

acciones u omisiones violatorias de las normas tributarias.

16.3.27 Realizar los análisis de los informes anuales y mensuales de los

indicadores de gestión de las concesiones entregadas.

16.3.28 Elaborar las normas, procesos y procedimientos así como los

formularios requeridos por la unidad y determinar los mecanismos

de mejora continua.

16.3.29 Revisar y aprobar los indicadores de Gestión correspondientes a su

Gerencia y los de sus departamentos adscritos.

16.3.30 Contribuir con el desarrollo y mantenimiento del Sistema de Gestión

de la Calidad del Instituto.

16.3.31 Cumplir con los deberes y atribuciones que le corresponda por la

naturaleza de sus funciones, que no contravengan con el marco

jurídico de la República y que le sean especialmente asignados por

el Presidente del IAMIB.

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17. DEPARTAMENTO DE FISCALIZACIÓN

17.1 OBJETIVO:

Coordinar, dirigir, controlar, evaluar, ejecutar y definir estrategias para el

cumplimiento de la normativa en materia de regulación de las actividades mineras

dentro del ámbito de la Ley de Minas del Estado Bolívar y demás normativas

legales vigentes.

17.2 ADSCRIPCIÓN: El Departamento de Fiscalización está adscrito a la

Gerencia de Fiscalización y Recaudación.

17.3 CARGO RESPONSABLE DE LAS FUNCIONES: Jefe de Departamento de

Fiscalización.

17.4 FUNCIONES:

17.4.1 Vigilar, inspeccionar y controlar la explotación, almacenamiento,

tenencia, beneficio, transporte, circulación y comercio de los

minerales no metálicos definidos en la Ley de Minas del Estado

Bolívar.

17.4.2 Aplicar los procedimientos de verificación tributaria sobre el

cumplimiento de los deberes formales y el pago de tributos.

17.4.3 Elaborar la resolución de verificación resultante del procedimiento de

fiscalización, en cuanto sea procedente la aplicación de sanciones

por el incumplimiento de pagos de tributos o deberes formales.

17.4.4 Generar los informes estadísticos relativos a las actividades mineras.

17.4.5 Sustanciar el sumario administrativo, con base a las actas de reparo

generadas en el procedimiento de fiscalización, hasta la emisión de

la resolución de determinación de tributos.

17.4.6 Diseñar, coordinar y ejecutar los planes y programas anuales de

fiscalización.

17.4.7 Diseñar y desarrollar mecanismos de control y seguimiento para

evitar los ilícitos mineros.

17.4.8 Elaborar y actualizar el registro de titulares de derechos mineros.

17.4.9 Realizar los análisis de los informes anuales y mensuales entregados

por los indicadores de gestión de las titulares de derechos mineros.

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17.4.10 Elaborar las normas, procesos y procedimientos así como los

formularios requeridos por la unidad y determinar los mecanismos

de mejora continua.

17.4.11 Elaborar los indicadores de Gestión correspondientes a la unidad.

17.4.12 Contribuir con el desarrollo y mantenimiento del Sistema de Gestión

de la Calidad del Instituto.

17.4.13 Cumplir con los deberes y atribuciones que le corresponda por la

naturaleza de sus funciones, que no contravengan con el marco

jurídico de la República y que le sean especialmente asignados por

el Presidente del IAMIB.

18. DEPARTAMENTO DE RECAUDACIÓN

18.1 OBJETIVO:

Coordinar, dirigir, controlar, evaluar y ejecutar el sistema de recaudación de los

tributos bajo la administración del IAMIB dentro del ámbito de la Ley de Minas del

Estado Bolívar y demás normativas legales vigentes, y promover la cultura

tributaria entre los contribuyentes.

18.2 ADSCRIPCIÓN: El Departamento de Recaudación está adscrito a la

Gerencia de Fiscalización y Recaudación.

18.3 CARGO RESPONSABLE DE LAS FUNCIONES: Jefe de Departamento de

Recaudación.

18.4 FUNCIONES:

18.4.1 Ejecutar las labores de recaudación de los tributos y otros ingresos

por servicios prestados que corresponde administrar al IAMIB.

18.4.2 Planificar, coordinar, asignar y supervisar todas las actividades del

personal a su cargo.

18.4.3 Elaborar las normas, procesos y procedimientos así como los

formularios requeridos y determinar los mecanismos de mejora

continua.

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18.4.4 Elaborar los Indicadores de Gestión correspondientes al

Departamento.

18.4.5 Emitir, venta y seguimiento de las guías de circulación de mineral.

18.4.6 Liquidaciones de tasas y otros ingresos derivadas de los servicios

prestados por el IAMIB.

18.4.7 Elaborar y mantener actualizada las estadísticas relativas a las

actividades mineras y de producción y control de ingresos

18.4.8 Verificación de las declaraciones presentadas por los contribuyentes.

18.4.9 Emitir y anular de planillas de liquidación derivadas de ajustes en las

declaraciones presentadas por los contribuyentes.

18.4.10 Emitir y anular de planillas de los tributos a pagar por el contribuyente

originado por los reparos efectuados, así como también, el monto de

las penas pecuniarias e intereses moratorios a que haya lugar.

18.4.11 Tramitación, decisión y registro de los reintegros y compensaciones

solicitados por los contribuyentes, conforme a la normativa vigente.

18.4.12 Notificación de los actos y planillas que genere la Gerencia de

Tributos en ejercicio de sus funciones.

18.4.12 Organización, control y actualización del registro de contribuyentes.

18.4.13 Elaboración y actualización de las estadísticas relativas a las

actividades mineras, de producción, conjuntamente el control de

ingresos propios y multas.

18.4.14 Establecer sistemas de información y de análisis estadístico,

económico y tributario.

18.4.15 Gestión de cobro administrativo de derechos pendientes de pago,

que correspondan a obligaciones líquidas y exigibles conforme la

determinación prevista en la normativa legal.

18.4.16 Preparación, control y elaboración de las normas relativas a la

orientación e instrucción del contribuyente, de acuerdo a la

legislación vigente.

18.4.17 Orientación de los contribuyentes que así lo requieran, respecto a la

determinación de los tributos bajo la potestad del IAMIB.

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18.4.18 Programación de las actividades de educación tributaria y

divulgación, especialmente aquellas que tiendan a crear una

conciencia cívico- tributaria.

18.4.19 Todas las demás funciones propias de la Administración Tributaria,

distintas de la fiscalización y determinación de oficio.

18.4.20 Contribuir con el desarrollo y mantenimiento del Sistema de Gestión

de la Calidad del Instituto.

18.4.21 Cumplir con los deberes y atribuciones que le corresponda por la

naturaleza de sus funciones, que no contravengan con el marco

jurídico de la República y que le sean especialmente asignados por

el Gerente de Fiscalización y Recaudación del IAMIB.

19. GERENCIA DE OPERACIONES

19.1 OBJETIVO:

Coordinar, planificar y supervisar la asignación de los derechos mineros,

aplicando un control de gestión eficiente y efectivo, con el propósito de contribuir

a garantizar una máxima rentabilidad, productividad, de acuerdo al plan

estratégico y a los lineamientos establecidos por el Instituto.

19.2 ADSCRIPCIÓN: La Gerencia de Operaciones está adscrita a la Presidencia

del IAMIB.

19.3 CARGO RESPONSABLE DE LAS FUNCIONES: Gerente de Operaciones.

19.4 FUNCIONES:

19.4.1 Revisar el inventario de los recursos minerales existentes en el

territorio del estado Bolívar, mediante la implementación de estudios

geográficos y geológicos del potencial minero no metálico.

19.4.2 Planificar, coordinar, asignar y supervisar todas las actividades del

personal a su cargo.

19.4.2 Autorizar las normas, procesos y procedimientos así como los

formularios requeridos y de las unidades adscritas y determinar los

mecanismos de mejora continua.

19.4.3 Revisar y aprobar los indicadores de Gestión correspondientes a la

Gerencia y departamentos adscritos.

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19.4.4 Coordinar la elaboración de los estudios geológicos y de

investigación para la evaluación de los recursos mineros, prestar

asistencia técnica, servicios de laboratorio y de consultoría en las

diferentes áreas de su actividad a personas naturales, jurídicas,

publicas y privadas.

19.4.5 Diseñar y ejecutar programas y políticas de investigación geológica-

minera.

19.4.6 Garantizar la elaboración del Catastro Minero Estadal en el ámbito

de aplicación de la Ley de Minas y su reglamento, fomentando el

ordenamiento territorial.

19.4.7 Garantizar la elaboración de la cartografía geología minera no

metálica del Estado Bolívar a diferentes escalas.

19.4.8 Realizar investigaciones sobre tecnologías aplicables a la actividad

minera no metálica en sus distintas escalas y a la recuperación

ambiental.

19.4.7 Tramitar y evaluar las solicitudes de derechos mineros de los

particulares, de acuerdo lo establecido en la Ley de Minas y su

reglamento, para la exploración y explotación de los recursos

minerales no metálicos, existentes en el Estado Bolívar.

19.4.8 Determinar la factibilidad financiera – económica y técnica de los

estudios o proyectos mineros.

19.4.9 Controlar, planificar y dirigir las labores de catastro minero estadal

en el ámbito de aplicación de la ley de minas vigentes.

19.4.10 Controlar y planificar la elaboración de planos, croquis, mapas de

áreas de estudio geológico – minero.

19.4.11 Promover el desarrollo y uso de los sistemas de información

geográfica como una herramienta para el análisis ambiental y de

recursos naturales, para el desarrollo de planes y programas en

materia de protección ambiental y como apoyo a la toma de

decisiones.

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19.4.12 Controlar la sistematización de la información alfanumérica y gráfica

de las diferentes direcciones técnicas y su representación a través

de Sistemas de Información Geográfica.

19.4.13 Establecer acuerdos de colaboración con las áreas generadoras y

usuarias de información ambiental a fin de contar con información

geográfica suficiente, confiable y oportuna y aumentar la difusión y

uso de la información ambiental.

19.4.14 Establecer lineamientos y estándares para la producción de

información geográfica.

19.4.15 Contribuir con el desarrollo y mantenimiento del Sistema de Gestión

de la Calidad del Instituto.

19.4.16 Cumplir con los deberes y atribuciones que le corresponda por la

naturaleza de sus funciones, que no que no contravengan con el

marco jurídico de la República y que le sean especialmente

asignados por el Presidente del IAMIB.

20. DEPARTAMENTO DE TRAMITES MINEROS

20.1 OBJETIVO:

Coordinar, analizar, formular y controlar la explotación de la actividad minera no

metálica existentes en el Territorio del estado Bolívar, de acuerdo a los

lineamientos establecidos en la Ley de Minas y su reglamento.

20.2 ADSCRIPCIÓN: El Departamento de Tramites Mineros está adscrito a la

Gerencia de Operaciones.

20.3 CARGO RESPONSABLE DE LAS FUNCIONES: Jefe de Departamento de

Tramites Mineros.

20.4 FUNCIONES:

20.4.1 Revisar que los recaudos exigidos para la tramitación de derechos

mineros cumplan con las exigencias establecidas en la Ley de

Minas del estado Bolívar y su reglamento.

20.4.2 Planificar, coordinar, asignar y supervisar todas las actividades del

personal a su cargo.

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20.4.3 Elaborar las normas, procesos y procedimientos así como los

formularios requeridos y determinar los mecanismos de mejora

continua.

20.4.4 Elaborar los indicadores de Gestión correspondientes al

Departamento.

20.4.5 Tramitar Derechos Mineros y autorización para la Ocupación del

Territorio, e imponer obligaciones a los particulares dentro de los

límites de la Ley de Minas del estado Bolívar y su reglamento.

20.4.6 Emitir, registrar y archivar los certificados oficiales de titularidad de

derecho minero.

20.4.7 Conformar los expedientes de los titulares de derecho minero y

autorizaciones para la ocupación del Territorio.

20.4.8 Prestar asistencia técnica en el área minera no metálica a los

concesionarios y titulares de derecho minero.

20.4.9 Realizar investigaciones sobre nuevas tecnologías en el área de la

minera no metálica.

20.4.10 Reportar al Gerente de Operaciones cualquier eventualidad

suscitada en la tramitación de los derechos mineros ante el Instituto.

20.4.11 Coordinar, organizar, administrar y certificar la matrícula catastral.

20.4.12 Elaborar informes mensuales y semanales al igual que el

Departamento de Estudios Básicos.

20.4.13 Coordinar, revisar y analizar los Levantamientos Topográficos

solicitados al IAMIB.

20.4.14 Contribuir con el desarrollo y mantenimiento del Sistema de Gestión

de la Calidad del Instituto.

20.4.15 Cumplir con los deberes y atribuciones que le corresponda por la

naturaleza de sus funciones, que no que no contravengan con el

marco jurídico de la República y que le sean especialmente

asignados por el Gerente de Operaciones del IAMIB.

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21. DEPARTAMENTO DE ESTUDIOS BÁSICOS

21.1 OBJETIVO:

Coordinar, planificar y supervisar la cartera de proyectos Geológico-mineros y

Físico Naturales, aplicando un control de gestión eficiente y efectivo, con el

propósito de contribuir a garantizar una máxima rentabilidad, productividad y

utilidad de los mismos de acuerdo al Plan Estratégico y a los lineamientos

establecidos por el Instituto.

21.2 ADSCRIPCIÓN: El Departamento de Estudios Básicos está adscrito a la

Gerencia de Operaciones.

21.3 CARGO RESPONSABLE DE LAS FUNCIONES: Jefe de Departamento de

Estudios Básicos.

21.4 FUNCIONES:

21.4.1 Realizar, planificar y coordinar los estudios geológicos y de

investigación para la evaluación de los recursos mineros, prestar

asistencia técnica, y de consultoría en las diferentes áreas de su

actividad a personas naturales o jurídicas.

21.4.2 Planificar, coordinar, asignar y supervisar todas las actividades del

personal a su cargo.

21.4.3 Elaborar las normas, procesos y procedimientos así como los

formularios requeridos y determinar los mecanismos de mejora

continua.

21.4.4 Elaborar los Indicadores de Gestión correspondiente al

Departamento.

21.4.5 Elaborar los informes semanales y mensuales a la Unidad de

Estudios Básicos a fin de apoyar con el cumplimiento de las metas

establecidas en el Plan Operativo Anual.

21.4.6 Coordinar y supervisar los programas de prospección y

exploración geológica de áreas de interés geoeconómico

21.4.7 Planificar y coordinar investigaciones sobre tecnologías aplicables a

la actividad minera en su fase de evaluación de los recursos

minerales a distintas escalas y a la recuperación ambiental.

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21.4.8 Elaborar, planificar y coordinar los planes y programas de beneficio

de los productos mineros, para darles valor agregado, en aras de

tener una industria minera al servicio colectivo estadal.

21.4.9 Gestionar y garantizar la calidad y oportunidad de los proyectos

Ambientales y Físico Naturales estratégico que se realicen, a fin de

mantener la satisfacción del cliente en los índices comprometidos

en el plan.

21.4.10 Prestar asistencia técnica geominera y servicios de consultoría en

las diferentes áreas de su actividad.

21.4.11 Supervisar y hacer seguimiento de la actualización y diseño del

Sistema Información Geográfica.

21.4.12 Contribuir con el desarrollo y mantenimiento del Sistema de Gestión

de la Calidad del Instituto.

21.4.13 Cumplir con los deberes y atribuciones que le corresponda por la

naturaleza de sus funciones, que no que no contravengan con el

marco jurídico de la República y que le sean especialmente

asignados por el Gerente de Operaciones del IAMIB.

22. GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN

22.1 OBJETIVO:

Ejercer la administración de los recursos presupuestarios, financieros y de

recursos humanos en cumplimiento con los principios de transparencia, rendición

de cuentas, simplificación de trámites administrativos, uso racional de los

recursos, eficacia, eficiencia, legalidad y mejora continua.

22.2 ADSCRIPCIÓN: La Gerencia de Administración está adscrita a la

Presidencia del IAMIB.

22.3 CARGO RESPONSABLE DE LAS FUNCIONES: Gerente de

Administración.

22.4 FUNCIONES:

22.4.1 Planificar y dirigir, coordinar, supervisar y controlar la ejecución y

administración de los recursos financieros, presupuestarios, y de

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recursos humanos de conformidad con las disposiciones legales

vigentes y garantizar la prestación de los servicios administrativos

para el buen funcionamiento y mantenimiento del IAMIB.

22.4.2 Planificar, coordinar, asignar y supervisar todas las actividades del

personal a su cargo

22.4.3 Autorizar las normas, procesos y procedimientos así como los

formularios requeridos por las unidades adscritas a la Gerencia y

determinar los mecanismos de mejora continua.

22.4.4 Revisar y aprobar los indicadores de Gestión correspondientes a la

Gerencia y departamentos adscritos.

22.4.5 Consolidar la información de la situación contable, financiera,

presupuestaria y de recursos humanos para la elaboración de

informes de gestión trimestral por las dependencias adscritas a la

Gerencia.

22.4.6 Evaluar la eficiencia, eficacia y calidad de las operaciones, con

fundamento en los índices de gestión generados por las

dependencias adscritas.

22.4.7 Ordenar la apertura, manejo, control y cierre del fondo de caja chica

del instituto.

22.4.8 Velar por la ejecución de Pólizas de Seguros Patrimoniales de

fidelidad del IAMIB.

22.4.9 Verificar y garantizar que los registros contables de las operaciones

financieras se realicen conforme a las normas legales vigentes y

principios establecidos.

22.4.10 Avalar los estados financieros del Instituto.

22.4.11 Presentar el estado financiero anual a la Contraloría General del

Estado Bolívar, a la Secretaria de Finanzas del ejecutivo regional y a

la Coordinación de Planificación y Control de Gestión del IAMIB.

22.4.12 Participar en la formulación del proyecto presupuestario anual de

ingresos y gastos del IAMIB.

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22.4.13 Dirigir el sistema de la ejecución del proyecto presupuestario del

instituto, bajo un enfoque metodológico uniforme y ajustado a la

norma legal vigente.

22.4.14 Analizar la ejecución financiera del presupuesto anual y presentar los

reportes sobre las situaciones específicas del proyecto a las

diferentes unidades medulares, estratégicas y de apoyo.

22.4.15 Presentar informe mensual de la ejecución de las partidas a la

Dirección de Presupuesto del ejecutivo regional.

22.4.16 Ejecutar los créditos del presupuesto, con sujeción a las leyes,

reglamentos y decretos respectivos.

22.4.17 Velar por la correcta distribución de las partidas en cuanto a las

modificaciones presupuestarias durante el ejercicio fiscal.

22.4.18 Coordinar, dirigir y aprobar las operaciones de tesorería. Coordinar,

controlar, verificar y autorizar la emisión de órdenes de pago

(cheques y/o trasferencias).

22.4.19 Revisar y avalar las retenciones que aplique según la modalidad de

contratación a los proveedores de bienes y servicios y enterar las

cantidades en bolívares que corresponden por ese concepto a sus

legítimos beneficiarios.

22.4.20 Supervisar la disponibilidad financiera a través de los estados de

cuentas bancarios y la relación de ingresos y egresos.

22.4.21 Aprobar las conciliaciones bancarias.

22.4.22 Desarrollar de acuerdo a la planificación anual de compras la

adquisición de bienes, materiales y servicios requeridos por las

diferentes unidades adscritas al IAMIB, garantizando el cumplimiento

oportuno de los proyectos.

22.4.23 Revisar, controlar y avalar el procediendo para la adquisición de

bienes, materiales y servicios requeridos por las diferentes unidades

adscritas al IAMIB de acuerdo a la planificación anual.

22.4.24 Garantizar el control y registro de los bienes muebles e inmuebles

adscritos al Instituto de acuerdo a la legislación vigente.

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22.4.25 Velar por la formación, actualización e identificación anual del

inventario de bienes adscritos al instituto.

22.4.26 Dirigir, planificar, supervisar, controlar y evaluar lo concerniente al

mantenimiento y reparación de los bienes muebles e inmuebles

adscritos al instituto, desarrollando un plan de prevención anual y

controlando su correcta ejecución.

22.4.27 Supervisar el plan semanal de mantenimiento general de las

instalaciones y servicios básicos del instituto.

22.4.28 Autorizar el movimiento de bienes muebles internos.

22.4.29 Ordenar la ejecución de las decisiones que dicte el Presidente del

Instituto en materia de Recursos Humanos.

22.4.30 Revisar lo relacionado con el reclutamiento (provisión), selección,

clasificación, remuneración, evaluación, ascensos, cambios de

denominación, ajustes salariales, transferencias, traslados,

reclasificaciones, asignaciones de primas de los empleados del

IAMIB.

22.4.31 Autorizar los planes y programas de capacitación dirigidos a la

mejora continua del personal según su área de desarrollo y perfil del

cargo.

22.4.32 Revisar y aprobar los resultados de la aplicación del sistema de

evaluación de desempeño del personal administrativo del IAMIB.

22.4.33Avalar la elaboración de las nóminas de pago del personal del

IAMIB.

22.4.34 Contribuir con el desarrollo y mantenimiento del Sistema de Gestión

de la Calidad del Instituto.

22.4.35 Cumplir con los deberes y atribuciones que le corresponda por la

naturaleza de sus funciones, que no que no contravengan con el

marco jurídico de la República y que le sean especialmente

asignados por el Presidente del IAMIB.

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23. DEPARTAMENTO DE RECURSOS HUMANOS

23.1 OBJETIVO:

Coordinar, dirigir, controlar, evaluar, ejecutar y definir las estrategias y

procedimientos generales para la administración del Recurso Humano de manera

eficiente, dentro de las normas y procedimientos vigentes.

23.2 ADSCRIPCIÓN: El Departamento de Recursos Humanos está adscrito a la

Gerencia de Administración.

23.3 CARGO RESPONSABLE DE LAS FUNCIONES: Jefe de Departamento de

Recursos Humanos.

23.4 FUNCIONES:

23.4.1 Participar en la elaboración del plan operativo anual, del proyecto

presupuestario y los informes de gestión trimestral, así como

suministrar la información necesaria para la elaboración de la

memoria y cuenta del Instituto.

23.4.2 Planificar, coordinar, asignar y supervisar todas las actividades del

personal a su cargo

23.4.3 Elaborar las normas, procesos y procedimientos así como los

formularios requeridos y determinar los mecanismos de mejora

continua

23.4.4 Elaborar los indicadores de Gestión correspondientes al

Departamento.

23.4.5 Coordinar las actividades para la elaboración y actualización del

Manual Descriptivo de Cargos y el Manual de organización.

23.4.6 Llevar la documentación registros de sus procesos, con el fin de

alcanzar excelencia en la gestión, basados en normas de calidad,

que permitan el mejoramiento continuo.

23.4.7 Mantener actualizada la clasificación y valoración de los cargos

adscritos al IAMIB.

23.4.8 Coordinar la programación anual de las vacaciones del personal

adscrito a la Institución y el pago de su respectivo Bono Vacacional.

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23.4.9 Elaborar y ejecutar planes de capacitación del personal para

fomentar los conocimientos, aptitudes, habilidades y destrezas

requeridos para el mejor desempeño de las funciones del personal.

23.4.10 Coordinar la ejecución del Plan Anual de Capacitación del personal

de la Institución.

23.4.11 Seleccionar e ingresar a los pasantes de acuerdo al plan de

pasantías trimestral elaborado por las diferentes unidades adscritas

al IAMIB.

23.4.12 Elaborar y tramitar por ante el Departamento de Servicios

Administrativos, los pagos por concepto de gastos de personal,

cumpliendo con el cronograma anual de cierre y de entrega de

nómina

23.4.12 Calcular y tramitar las liquidaciones de prestaciones sociales del

personal a egresar.

23.4.13 Tramitar las inclusiones y exclusiones de los trabajadores en los

registros de obligatorio cumplimiento en el IVSS, FAOV, y Contraloría

General de la República, de acuerdo a las normas legales y

procedimientos establecidos.

23.4.14 Implementar periódicamente, el sistema de evaluación de

desempeño del personal del IAMIB y la medición de resultados a

través de indicadores de gestión.

23.4.15 Mantener actualizada la base de datos de los empleados y obrero

adscrito al IAMIB

23.4.16 Custodiar y actualizar los expedientes de los empleados y obreros,

jubilados, pensionados y egresados del IAMIB.

23.4.17 Tramitar jubilaciones especiales, jubilaciones de ley y pensiones del

personal y obreros adscritos al instituto, ante la Tesorería de

Seguridad Social de la Republica.

23.4.18 Proponer, planificar, organizar y ejecutar programas de bienestar

social de acuerdo al proyecto presupuestario.

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23.4.19 Llevar control de los reposos médicos, así como también de los

permisos remunerados y no remunerados otorgados bajo

procedimientos establecidos por el instituto.

23.4.20 Elaborar y presentar a la Gerencia de Administración las constancias

de trabajo solicitadas por los empleados del Instituto para su

aprobación

23.4.21 Contribuir con el desarrollo y mantenimiento del Sistema de Gestión

de la Calidad del Instituto.

23.4.22 Cumplir con los deberes y atribuciones que le corresponda por la

naturaleza de sus funciones, que no que no contravengan con el

marco jurídico de la República y que le sean especialmente

asignados por el Gerente de Administración del IAMIB.

24. DEPARTAMENTO DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS

24.1 OBJETIVO:

Coordinar, dirigir, controlar, evaluar y ejecutar los procesos administrativos,

presupuestarios, financieros y contables para el funcionamiento del IAMIB.

24.2 ADSCRIPCIÓN: El Departamento de Servicios Administrativos está adscrito

a la Gerencia de Administración.

24.3 CARGO RESPONSABLE DE LAS FUNCIONES: Jefe de Departamento de

Servicios Administrativos.

24.4 FUNCIONES:

24.4.1 Participar en la elaboración del plan operativo anual, del proyecto

presupuestario y los informes de gestión trimestral, así como

suministrar la información necesaria para la elaboración de la

memoria y cuenta del Instituto.

24.4.2 Planificar, coordinar, asignar y supervisar todas las actividades del

personal a su cargo

24.4.3 Elaborar las normas, procesos y procedimientos así como los

formularios requeridos y determinar los mecanismos de mejora

continua.

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24.4.4 Elaborar los Indicadores de Gestión correspondientes al

Departamento.

24.4.5 Llevar la documentación registros de sus procesos, con el fin de

alcanzar excelencia en la gestión, basados en normas de calidad,

que permitan el mejoramiento continuo.

24.4.6 Registrar, conciliar y modificar los registros contables de las

operaciones financieras conforme a las normas legales vigentes.

24.4.7 Revisar las transacciones y operaciones ejecutadas, a fin de evitar

errores u omisiones que pudieran afectar los estados financieros.

24.4.8 Presentar los estados financieros del Instituto ante la Gerencia.

24.4.9 Registrar la ejecución presupuestaria del presupuesto anual y

generar reportes mensuales de la situación presupuestaria.

24.4.10 Elaborar las modificaciones presupuestarias dentro de la normativa

legal vigente y debidamente documentadas para su aprobación.

24.4.11 Generar reportes al cierre del ejercicio fiscal para la elaboración del

informe de gestión anual y remitir al ejecutivo la relación de los

compromisos causados no pagados.

24.4.12 Servir de apoyo a las áreas medulares del IAMIB, para la formulación

de presupuesto, informes de gestión, memoria y cuenta.

24.4.13 Controlar el rendimiento por concepto de colocaciones financieras.

24.4.14 Suministrar información sobre las disponibilidades bancarias con la

finalidad de programar los desembolsos sobre los compromisos

legalmente adquiridos.

24.4.15 Elaborar órdenes de pago (cheques y/o trasferencias) de los

compromisos legalmente adquiridos.

24.4.16 Custodiar los cheques emitidos hasta el momento de la entrega a sus

legítimos beneficiarios.

24.4.17 Elaborar las trasferencias mensuales de los recursos por liquidación

de tributos a la Gobernación del Estado Bolívar.

24.4.18 Elaborar las conciliaciones bancarias.

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24.4.19 Determinar y Realizar las retenciones que aplique según la

modalidad de contratación a los proveedores de bienes y servicios y

enterar las cantidades en bolívares que corresponden por ese

concepto a sus legítimos beneficiarios

24.4.20 Planificar, organizar, coordinar y supervisar que todos los

documentos que origine y respalden compromisos financieros

cumplan con las normas y procedimientos de control interno y

disposiciones legales vigentes en materia de contrataciones públicas.

24.4.21 Implementar y velar por cumplimiento de las normas de Control

Interno relativas al procedimiento de adquisición de bienes,

materiales y/o servicios.

24.4.22 Desarrollar de acuerdo a la planificación anual de compras la

adquisición de bienes, materiales y servicios requeridos por las

diferentes unidades adscritas al IAMIB.

24.4.23 Suministrar a las unidades administrativas los bienes, materiales de

trabajo necesarios para el cumplimiento oportuno de los proyectos de

acuerdo al plan de compras anual.

24.4.24 Llevar el registro de proveedores bienes, materiales y servicios del

instituto.

24.4.25 Registrar oportunamente los bienes muebles e inmuebles adscritos al

Instituto.

24.4.26 Actualizar el sistema de información sobre los inventarios de bienes

muebles e inmuebles adscritos al Instituto.

24.4.27 Identificar de acuerdo a sus especificaciones los Bienes muebles del

instituto

24.4.28 Realizar el levantamiento de inventario de Bienes Muebles

anualmente.

24.4.29 Desarrollar el plan de mantenimiento anual de los bienes muebles e

inmuebles adscritos al instituto.

24.4.30 Gestionar la disposición final de los bienes muebles e Inmuebles

adscrito al instituto.

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24.4.31 Supervisar el plan semanal de mantenimiento general de las

instalaciones y servicios Básicos del instituto.

24.4.32 Vigilar la operatividad del parque automotor adquirido y/o asignado al

instituto.

24.4.33 Gestionar el movimiento de bienes muebles internos y elaborar acta

de responsabilidad para la asignación de los bienes muebles.

24.4.34 Contribuir con el desarrollo y mantenimiento del Sistema de Gestión

de la Calidad del Instituto.

24.4.35 Cumplir con los deberes y atribuciones que le corresponda por la

naturaleza de sus funciones, que no que no contravengan con el

marco jurídico de la República y que le sean especialmente

asignados por el Gerente de Administración del IAMIB.

25. OFICINA DE RECEPCIÓN

25.1 OBJETIVO:

Satisfacer las necesidades de comunicación del Instituto, atendiendo al público en

sus requerimientos de información, ejecutando y controlando la recepción y

despacho de la correspondencia, para servir de apoyo a las actividades internas y

externas del IAMIB.

25.2 ADSCRIPCIÓN: La recepción está adscrita a la Gerencia de Administración

del IAMIB.

25.3 CARGO RESPONSABLE DE LAS FUNCIONES: Analista Administrativo

25.4 FUNCIONES:

25.4.1 Atender al público que solicita información dándole la orientación

requerida.

25.4.2 Orientar al público que solicite los requisitos sobre los diferentes

servicios que ofrece el IAMIB.

25.4.3 Elaborar las normas, procesos y procedimientos así como los

formularios requeridos y determinar los mecanismos de mejora

continua

25.4.4 Llenar el libro de control y salida registrando la correspondencia

oportunamente asignándole número de control y fecha.

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25.4.5 Recibir y revisar que estén conformes a los requisitos, las solicitudes

de los servicios prestados por el IAMIB, realizadas por los titulares de

derechos mineros, concesionarios, dejando registro en el libro de

control y salida de correspondencia.

25.4.6 Recibir entregar las correspondencias y mensajes dirigidos a las

diferentes dependencias dejando registro en el libro de control y

salida de correspondencia.

25.4.7 Entregar diariamente la correspondencia recibida a la Presidencia,

dejando registro en el libro de control y salida de correspondencia.

25.4.8 Entregar a los titulares de derechos mineros las solicitudes

aprobadas dejando registro en el libro de control y salida de

correspondencia

25.4.9 Mantener Actualizada la cartelera informativa ubicada en recepción.

25.4.10 Custodiar los sellos utilizados por la recepción.

25.4.11 Controlar el uso del teléfono y hacer llenar por los usuarios el registro

de Control de Llamadas.

25.4.12 Elaborar las normas, procesos y procedimientos así como los

formularios requeridos por la unidad y determinar los mecanismos

de mejora continua.

25.4.13 Revisar y aprobar los indicadores de Gestión correspondientes a su

Gerencia y los de sus departamentos adscritos.

25.4.14 Contribuir con el desarrollo y mantenimiento del Sistema de Gestión

de la Calidad del Instituto.

25.4.15 Cumplir con los deberes y atribuciones que le corresponda por la

naturaleza de sus funciones, que no contravengan con el marco

jurídico de la República y que le sean especialmente asignados por

el Presidente del IAMIB.