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Manual de Organización
De la Comisión Estatal
De Derechos Humanos
Jalisco
OCTUBRE 2013
ÍNDICE
OBJETIVO…………………………………………………………………………………….. …4
RUMBO DE GOBIERNO……………………………………………………………………….. 5
I. INTRODUCCIÓN……...…………………………………………………………………… … 7
II. ANTECEDENTES……………………………………………………………………………. 8
III. MARCO JURÍDICO ADMINISTRATIVO…...…………………………………………….. 11
IV. ATRIBUCIONES…………...……………………………………………………………....... 19
V. ESTRUCTURA ORGÁNICA……...……………………………………………………….. ...23
VI. ORGANIGRAMA………………………...………………………………………………......25
VII. MISIÓN………………………………...………………………………………………….. ..26
VIII. VISIÓN…………………………………………………………………………………...... 26
IX. OBJETIVOS Y FUNCIONES DE LOS ÓRGANOS Y UNIDADES
ADMINISTRATIVAS…………………………………………………………………………... 27
o PRESIDENCIA………………………………………………………………………….. 28
Secretaría Particular…………………………………………………………………………. 31
Coordinación General de Relaciones Públicas ……………………………………………… 33
Coordinación General de Estudios y Proyectos en Derechos Humanos…………………….. 35
Coordinación General de la Oficina de Presidencia…………………………………………. 37
o CONSEJO CIUDADANO……………………………………………………………….. 39
Consejeros Ciudadanos Propietarios………………………………………………………… 40
Consejeros Ciudadanos Suplentes…………………………………………………………… 41
o SECRETARÍA TÉCNICA……………………………………………………………….. 42
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ELABORACIÓN FECHA DE ACTUALIZACIÓN No. DE PÁGINA
MES AÑO MES AÑO
1 Octubre 2007 Octubre 2013
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o SECRETARÍA EJECUTIVA…………………………………………………………. … 44
Jefatura de Vinculación con Organismos de la Sociedad Civil……………………………… 46
Coordinación de Unidad de Transparencia…………………………………………………... 48
Instituto de Investigación y Capacitación en Derechos Humanos………………………...…. 50
o PRIMERA VISITADURÍA GENERAL...…………………………………………..…... 52
Jefatura de Seguridad Pública y Procuración de Justicia………………………………………56
Coordinación de Asuntos Laborales………………………………………………………... ...58
o SEGUNDA VISITADURÍA GENERAL………………………………………………... 60
Jefatura de Asuntos Ambientales………………………………………………………………64
Coordinación de Asuntos Metropolitanos……………………………………………………. 66
o TERCERA VISITADURÍA GENERAL……………..………………………………….. 68
Coordinación de Oficinas Regionales………………………………………………………....72
o CUARTA VISITADURÍA GENERAL………………………………………………... ...73
Coordinación de Área de Gobierno……………………………………………………………77
o QUINTA VISITADURÍA GENERAL…………………………………………………...79
Coordinación de Niñez……………………………………………………………………......83
o DIRECCIÓN DE QUEJAS, ORIENTACIÓN Y SEGUIMIENTO………………….......85
Coordinación General de Seguimiento……………………………………………………......87
Jefatura de Guardia…………………………………………………………………………....88
Jefatura de Área Médica, Psicológica y Dictaminación………………………………………90
Ofíciala de Partes……………………………………………………………………………..92
o DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL……………………………………...... 93
Coordinación de Prensa…………………………………………………………………….. 95
Área de Edición…………………………………………………………………………….. 97
o DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA……………………………………………………. 98
Coordinación de Programación y Presupuesto………………………………………………100
Jefatura de Contabilidad…………………………………………………………………….101
Jefatura de Servicios Generales……………………………………………………………. 102
Jefatura de Recursos Humanos…………………………………………………………….. 103
Jefatura de Informática…………………………………………………………………….. 104
o CONTRALORÍA INTERNA………………………………………………………...... 105
Auditoria Jurídica………………………………………………………………………….. 107
Auditoria Administrativa………………………………………………………………….. 108
X. DIRECTORIO………..…………………..………………………………………………... 109
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3 Octubre 2007 Octubre 2013
OBJETIVOS DEL MANUAL
Proyectar una visión general de la Comisión y los procesos del organismo.
Precisar las áreas de responsabilidad y competencia de cada unidad, con vista a la
consecución de objetivos estratégicos, así como evitar la duplicidad de funciones, que
podrían repercutir en el uso indebido de recursos y en el deterioro de la calidad operativa.
Actuar como medio de información y difusión para apoyar las actividades del personal y
orientar al de nuevo ingreso.
Servir de unidad de referencia para la evaluación de resultados.
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RUMBO DEL ORGANISMO
El 10 de junio de 2011 se publicaron en el Diario Oficial de la Federación las más transcendentales
reformas que en materia de derechos humanos se han realizado a la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos en los últimos tiempos; con ellas, México da cumplimiento a sus compromisos con la
comunidad internacional y se asume como un estado reconocedor y respetuoso de los derechos inherentes
a la persona humana.
Es importante mencionar que las nuevas disposiciones contenidas en la reforma publicada implican una
restructuración institucional, a efecto de poder solventar las nuevas responsabilidades que del texto
constitucional deriven, como lo es la recién otorgada atribución de conocer presuntas violaciones a los
derechos humanos por parte de los servidores públicos, autoridades estatales o municipales, en la
realización de actos u omisiones de naturaleza administrativa en el ámbito laboral.
Se hizo necesario implementar una coordinación dependiente de la Primera Visitaduría, que se avoque en
forma exclusiva a la investigación, estudio, análisis y determinación de la existencia de violaciones a los
derechos humanos en el ámbito laboral, así como la admisión y tramitación de las quejas
correspondientes.
Otro rubro que debió fortalecerse en materia de derechos fundamentales en Jalisco, como producto de las
reformas constitucionales aludidas y de la posterior reforma del artículo cuarto de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos (publicada en el Diario Oficial de la Federación el 12 de octubre de
2011), es la protección de la niñez.
El artículo cuarto de la carta magna establece que: en todas las decisiones y actuaciones del Estado se
velará y cumplirá con el principio del interés superior de la niñez, garantizando de manera plena sus
derechos. Los niños y las niñas tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud,
educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral. Este principio deberá guiar el diseño,
ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas públicas dirigidas a la niñez.
A este tenor, y en la búsqueda del cumplimiento firme de este mandato constitucional, la CEDHJ se ve
obligada a redoblar esfuerzos para garantizar el respeto de los derechos de la niñez jalisciense,
especialmente de aquellas que se encuentra afectada no sólo por su vulnerabilidad natural, sino por otros
factores, como lo es el estar institucionalizada.
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De igual manera, en lo que respecta a los grupos vulnerables, es importante destacar que México es parte
de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, en la cual se establece que los
Estados parte deben comprometerse a velar por la aplicación eficaz de este instrumento internacional; por
este motivo, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, en coordinación con las comisiones y
procuradurías estatales de protección de los derechos humanos, ha sido invitada a llevar a cabo el
Monitoreo del cumplimiento de dicha convención.
Esto significa que es una obligación del estado mexicano tomar las medidas necesarias para salvaguardar
los derechos de este grupo de personas, aunado a que además existe una gran necesidad de defender y
proteger sus derechos por la discriminación a la que están cotidianamente expuestas.
Nuestro deber como CEDHJ es desarrollar todas las tareas que determi9na la convención, relativas a la
promoción y protección de los derechos humanos de este grupo en particular, así como la supervisión de
su eficacia, por lo que es indispensable la adición de esta área especializada en la estructura del
organismo.
Uno de los pilares fundamentales del trabajo de la presente administración ha sido el fortalecimiento de la
cultura de respeto de los derechos humanos como la forma óptima para la prevención de las vulneraciones
a estos derechos universales de las personas. En este entendido, a partir de 2008 se creó el Instituto de
Investigación y Capacitación en Derechos Humanos, cuya función es capacitar a los servidores públicos y
autoridades estatales y municipales, así como a los miembros de la sociedad civil organizada y al público
en general.
El trabajo con las organizaciones de la sociedad civil ha ido en incremento año con año. Se tiene contacto
directo y permanente con más de 350 de ellas, las cuales trabajan día a día por los derechos de aquellas
personas que presentan más factores de vulnerabilidad en la sociedad, como lo son personas con
discapacidad, niñez, mujeres, adultos mayores, grupos indígenas, personas con VIH, entre otras.
Justificación Presupuesto de Egresos 2013
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6 Octubre 2007 Octubre 2013
I. INTRODUCCIÓN
El Manual de Organización General es el documento que da a conocer el marco jurídico que delimita el
ámbito de responsabilidad y competencia de la Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco CEDHJ;
además, establece las atribuciones, estructura, objetivos y funciones de las áreas que la conforman, así
como el organigrama que muestra su composición, los niveles jerárquicos y grados de autoridad con el
objeto de disponer de una herramienta de trabajo que contribuya al cabal cumplimiento de la misión,
visión y objetivos esenciales del organismo.
El Manual de Organización está dirigido a toda persona interesada en la información que contiene, pero
específicamente a los servidores públicos de la CEDHJ, ya que les permitirá conocer su ubicación en la
estructura orgánica y contar con elementos de apoyo útiles para un mejor desempeño de sus
responsabilidades.
Con fundamento en la Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, Jalisco y su Reglamento
Interior, la Contraloría Interna condujo los trabajos de elaboración de este Manual y llevó a cabo su
integración, con base en los objetivos y funciones que las unidades responsables determinaron, de
conformidad con sus atribuciones y facultades, para armonizar estos elementos con la estructura orgánica
de la CEDHJ, en su calidad de organismo constitucional con autonomía de gestión y presupuestaria,
personalidad jurídica y patrimonio propios.
En la primera parte del documento se describe la evolución histórica de la Comisión; posteriormente se
expone el marco jurídico y las atribuciones que delimitan su ámbito de responsabilidad y competencia; se
continúa con la presentación del organigrama y la estructura orgánica correspondiente, para concluir con
la descripción del objetivo y funciones de las unidades responsables.
Por último, es importante señalar que el Manual de Organización General será útil para los fines que
persigue, siempre y cuando la información contenida sea válida y eficaz por su vigencia; de tal forma que
este documento deberá mantenerse actualizado, efectuando para ello su revisión con la frecuencia que la
necesidad lo demande.
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7 Octubre 2007 Octubre 2013
II. ANTECEDENTES
La historia de la humanidad atestigua la lucha de los pueblos para evitar los abusos del poder por parte de
quienes lo ejercen. Estos excesos se traducen en violaciones de los derechos humanos; objetivos a
erradicar por parte de los pueblos que aman la democracia, la justicia y la dignidad de cada uno de sus
miembros.
En los Estados Unidos Mexicanos la protección de los derechos humanos y la promoción de una cultura
de respeto hacia las más elementales prorrogativas individuales y sociales, que ampara el orden jurídico
nacional, constituye desde hace tiempo una política de Estado.
Esta política tuvo sus orígenes en la segunda mitad de la década de los ochenta en el seno de la Secretaría
de Gobernación; primero, por medio de la Dirección General de Derechos Humanos, cuya función era
estudiar y formular normas jurídicas congruentes con el orden constitucional mexicano; luego se
consolidó con la creación de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos CNDH, órgano responsable
de proponer y vigilar su respeto y defensa.
A principios de los noventa, el Ejecutivo del estado de Jalisco, Carlos Rivera Aceves, para dar sustento
legal a tan importante derecho, solicitó la colaboración de destacados especialistas en la materia, como el
licenciado Efraín González Morfin, doctor José Barragán Barragán, ingeniero Miguel Bazdresch Parada,
licenciado Pedro Vargas Ávalos y el licenciado Jesús Villalobos Pérez, quienes integraron una comisión y
propusieron mecanismos legales que defendieran y protegieran a las víctimas de violaciones de los
derechos humanos en la entidad, en congruencia con lo preceptuado en el apartado B del artículo 102 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que a la letra dice:
El Congreso de la Unión y las legislaturas de los Estados en el ámbito de sus respectivas competencias establecerán
organismos de protección de los Derechos Humanos que otorga el orden jurídico mexicano, los que conocerán de
quejas en contra de actos u omisiones de naturaleza administrativa provenientes de cualquier autoridad o servidor
público, con excepción de los poderes Judicial de la Federación, que violenten estos derechos. Formularan
recomendaciones públicas autónomas, no vinculatorias y denuncias y quejas ante las autoridades respectivas.
Estos organismos no serán competentes tratándose de asuntos electorales, y jurisdiccionales.
El organismo que establezca el Congreso de la Unión conocerá de las inconformidades que se presenten en relación
con las recomendaciones, acuerdos u omisiones de los organismos equivalentes de los Estados.
Concluidos los trabajos de dicha comisión, se extrajeron propuestas cuyos esquemas normativos
ofrecieron elementos comunes relativos a la creación de la figura del ombudsman y que se integraron en el
decreto 15028, aprobado por el Congreso del Estado de Jalisco el 15 de enero de 1993.
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Las propuestas incluyeron reformas a los artículos 4°, 23, 25, 49 y 50 de la Constitución Política del
Estado de Jalisco, lo que permitió que la Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco, desde su
creación, fuese considerada un ente público estatal con autonomía de gestión y presupuestaria, así como
con personalidad jurídica y patrimonio propios.
Con el propósito de hacer efectivas las facultades otorgadas a la CEDHJ en el decreto de creación, el
Consejo Ciudadano de la institución, como órgano colegiado de examen y opinión, elaboró y sancionó su
primer Reglamento Interno, documento que precisa las atribuciones, estructura y competencia específica
de los órganos que la integran.
Dicho ordenamiento estableció en su artículo 16: que la Presidencia, el Consejo, la Secretaría Ejecutiva,
comisionados generales y adjuntos conformaban la estructura administrativa; mientras que el artículo 20
dotó de apoyo a la Presidencia para que llevara a cabo las funciones encomendadas a través de las
direcciones de Quejas, Administración, Comunicación Social y la Contraloría Interna.
La última modificación de diversos artículos de la Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos se
aprobó mediante decreto 18769 del Congreso del Estado de Jalisco del 22 de diciembre de 2000 y además,
la ley ha tenido reformas en 2005 y 2006.
El 10 de junio de 2011 se publicaron en el Diario Oficial de la Federación trascendentes reformas que en
materia de derechos humanos se han realizado a la Constitución Política de los estados Unidos Mexicanos
en los últimos tiempos; con ellas, México da cumplimiento a sus compromisos con la comunidad
internacional y se asume como un Estado reconocedor y respetuoso de los derechos inherentes a la
persona humana.
Este cambio en nuestras carta fundamental se traduce principalmente en una transformación de
paradigmas jurídicos que se trasladarán a otros ámbitos, trayendo consigo una reforma social y cultural
que implica múltiples compromisos por parte del Estado, el cual está obligado a fortalecer la cultura de los
derechos humanos y garantizar su cabal eficacia; los organismos públicos de derechos humanos juegan un
papel fundamental en esta transformación.
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La Comisión Estatal de Derechos Humanos de Jalisco (CEDHJ), como parte integrante de este sistema no
jurisdiccional de defensa y protección de derechos fundamentales, tienen también la necesidad de
intensificar todas sus acciones a favor de la construcción de una sociedad justa y equitativa, por lo que es
inaplazable el fortalecimiento de su estructura material y humana.
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III. MARCO JURÍDICO
Nacional
Constitución:
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
D.O.F. 05-XI-1917 y sus reformas
Constitución Política del Estado de Jalisco y sus reformas
D.O.E. 21, 25, 28-VII y 01-VIII-1917
Tratados y Declaraciones Internacionales
Tratados:
Convención Internacional para la Supresión de la Trata de Mujeres y Menores. (Ginebra, 30 de
septiembre de 1921), D.O.F. 25-I-1936.
Convención sobre Asilo Político. (Montevideo, 26 de diciembre de 1933), D.O.F.10-IV-1936.
Convenio para la Represión de la Trata de Mujeres Mayores de Edad, (concluido en Ginebra el 11
de octubre de 1933) D.O.F. 21-VI-1938.
Protocolo que Modifica el Convenio para la Represión de la Trata de Mujeres y Menores,
(concluido en Ginebra el 30 de septiembre de 1921) y el convenio para la Represión de la Trata de
Mujeres Mayores de Edad, del 11 de octubre de 1933. (Nueva York 12 de noviembre de 1947)
D.O.F. 19-X-1949
Convención Interamericana sobre la Concesión de los Derechos Civiles a la Mujer (Bogotá, 30 de
abril de 1948) D.O.F. 16-XI-1954.
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Convención Interamericana sobre la Concesión de los Derechos Políticos a la Mujer (Bogotá, 2 de
mayo de 1948) D.O.F. 29-IV-1981.
Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio (Nueva York, 9 de diciembre
de 1948) D.O.F. 11-X-1952.
Convenio para la Represión de la Trata de Personas y de la Explotación de la Prostitución Ajena y
protocolo final (Nueva York, 2 de diciembre de 1949) D.O.F. 19-VI-1956.
Convenio (Núm. 100) relativo a la Igualdad de Remuneración entre la Mano de Obra Masculina y
la Mano de Obra Femenina por un Trabajo de Igual Valor. (Ginebra, 29 de junio de 1951) D.O.F.
9-X-1952.
Convención sobre los Derechos Políticos de la Mujer (Nueva York, 20 de diciembre de 1952)
D.O.F. 28-IV-1981.
Convención sobre Asilo Diplomático (Caracas, 28 de marzo de 1954) D.O.F. 5-IV-1957.
Convención sobre Asilo Territorial (Caracas, 28 de marzo de 1954) D.O.F. 4-V-1981.
Convención sobre la Nacionalidad de la Mujer Casada (Nueva York, 29 de enero de 1957) D.O.F.
25-X-1979.
Convenio (Núm. 111) Relativo a la Discriminación en Materia de Empleo y Ocupación (Ginebra,
25 de junio de 1958) D.O.F. 11-VIII-1962.
Convención sobre el Consentimiento para el Matrimonio, la Edad Mínima para Contraer
Matrimonio y el Registro de los Matrimonios (Nueva York, 1 de diciembre de 1962) D.O.F. 19-
IV-1983.
Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial
(Nueva York, 7 de marzo de 1966) D.O.F. 13-VI-1975.
Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (Nueva York, 16 de diciembre de 1966)
D.O.F. 20-V-1981.
Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Nueva York, 16 de diciembre
de 1966) D.O.F. 12-V-1981.
Convención Americana sobre Derechos Humanos (San José de Costa Rica, 22 de noviembre de
1969) D.O.F. 7-V-1981.
Convención Internacional sobre la Represión y el Castigo del Crimen del Apartheid. (Asamblea
General de las Naciones Unidas, 30 de noviembre de1973).D.O.F. 03-IV-80
Convención Internacional contra la Toma de Rehenes, (Nueva York, 18 de diciembre de 1979)
D.O.F. 08-I-82.
Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (Nueva
York, 18 de diciembre de 1979) D.O.F. 12-V-1981
Convenio contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (Nueva
York, 10 de diciembre de 1984) D.O.F. 6-III-1986.
Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura (Cartagena de Indias, 9 de
diciembre de 1985) D.O.F. 26-XI-1988.
Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en Materia de
Derechos Económicos, Sociales y Culturales (San Salvador, 17 de noviembre de 1988) D.O.F. 1-
IX-1998.
Convenio (Núm. 169) de la OIT sobre Pueblos Indígenas y Tribales en países Independientes
(Ginebra, 27 de junio de 1989) D.O.F. 24-I-1991.
Convención sobre los Derechos del Niño (Nueva York, 20 de noviembre de 1989) D.O.F. 25-I-
1991.
Protocolo a la Convención Americana sobre Derechos Humanos Relativos a la Abolición de la
Pena de Muerte (Asunción, 6 de agosto de 1990) D.O.F. 24-I-1991.
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13 Octubre 2007 Octubre 2013
Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de todos los Trabajadores
Migratorios y sus Familiares (Nueva York, 18 de diciembre de 1990) D.O.F. 10-II-1999.
Convención Interamericana sobre Tráfico Internacional de Menores (Ciudad de México, 18 de
marzo de 1990) D.O.F. 14-V-1996.
Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer
(Convención de Belem Do Pará.- Belem Do Pará, Brasil, 9 de junio de 1994) D.O.F. 19-I-1999.
Tratados de Libre Comercio.
Declaraciones
Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre (Bogotá, 2 de mayo de 1948)
Declaración Universal de los Derechos Humanos (Nueva York, 10 de diciembre de 1948)
Declaración de los Derechos del Niño (Nueva York, 20 de noviembre de 1959)
Declaración sobre la Concesión de la Independencia a los Países y Pueblos Coloniales (Nueva
York, 14 de diciembre de 1960)
Declaración de las Naciones Unidas sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación
Racial (Nueva York, 20 de noviembre de 1963)
Declaración sobre el Fomento entre la Juventud de los Ideales de Paz, Respeto Mutuo y
Comprensión entre los Pueblos (Nueva York, 7 de diciembre de 1965)
Declaración sobre el Asilo Territorial (Nueva York, 14 de diciembre de 1967)
Declaración sobre la Eliminación de la discriminación contra la mujer (Nueva York, 7 de
noviembre de 1967)
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14 Octubre 2007 Octubre 2013
Declaración sobre el Progreso y el Desarrollo en lo Social (Nueva York, 11 de diciembre de 1969)
Declaración de los Derechos del Retrasado Mental (Nueva York, 20 de diciembre de 1971)
Declaración de Estocolmo sobre el Medio Ambiente Humano (Estocolmo, 16 de junio de 1972)
Declaración Universal sobre la Erradicación del Hambre y la Malnutrición (Nueva York, 16 de
noviembre de 1974)
Declaración sobre la Protección de la Mujer y el Niño en Estados de Emergencia o Conflicto
Armado (Nueva York, 14 de diciembre de 1974)
Declaración sobre la Utilización del Progreso Científico y Tecnológico en Interés de la Paz y en
Beneficio de la Humanidad (Nueva York, 10 de noviembre de 1975)
Declaración sobre la Protección de Todas la Personas Contra la Tortura y otros Tratos o Penas
Crueles, Inhumanos o Degradantes (Nueva York, 9 de diciembre de 1975)
Declaración de los Derechos de los Impedidos (Nueva York, 9 de diciembre de 1975)
Declaración sobre la Raza y los Prejuicios Raciales (París, 27 de noviembre de 1978)
Declaración sobre los Principios Fundamentales Relativos a la Contribución de los Medios de
Comunicación de Masas al Fortalecimiento de la Paz y la Comprensión Internacional, a la
Promoción de los Derechos Humanos y a La Lucha Contra el Racismo, el Apartheid y la
Incitación a la Guerra (Nueva York, 28 de noviembre de 1978)
Declaración sobre la Eliminación de Todas las Formas de Intolerancia y Discriminación Fundadas
en la Religión o las Convicciones. (Nueva York, 25 de noviembre de 1981)
Declaración sobre el Derecho de los Pueblos a la Paz. (Nueva York, 12 de noviembre de 1984)
Declaración sobre los Principios Fundamentales de Justicia para las Víctimas de Delitos y del
Abuso de Poder. (Nueva York, 29 de noviembre de 1985).
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MES AÑO MES AÑO
15 Octubre 2007 Octubre 2013
Declaración sobre los derechos humanos de los individuos que no son Nacionales del País en que
viven. (Adoptada por la Asamblea General de la ONU, 13 de diciembre de 1985)
Declaración sobre el Derecho al Desarrollo. (Nueva York, 4 de diciembre de 1986)
Declaración sobre los principios sociales y jurídicos relativos a la protección y bienestar de los
niños con particular referencia a la adopción y a la colocación en lugares de guarda, en los planos
Nacional e Internacional. (Adoptada por la Asamblea General de la ONU, 3 de diciembre de 1986)
Declaración Mundial sobre la supervivencia, la protección y el desarrollo del niño. (Nueva York,
30 de septiembre de 1990)
Declaración sobre la Protección de Todas las Personas Contra las Desapariciones Forzadas.
(Ginebra, 18 de diciembre de 1992)
Declaración Universal sobre el Genoma Humano y los Derechos Humanos. (París, 11 de
noviembre de 1997)
Declaración sobre el Derechos y el Deber de los Individuos, los Grupos y las Instituciones de
Promover y Proteger los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales Universalmente
Reconocidas. (París, 9 de diciembre de 1998)
Leyes
Ley de Nacionalidad y Naturalización (D.O.F. 2-V-34 y sus reformas y adiciones)
Ley Federal del Trabajo (D.O.F. 1-IV-70 y sus reformas y adiciones)
Ley que establece las Normas mínimas para la readaptación social de sentenciados (D.O.F. 19-V-
71 y sus reformas)
Ley del Impuesto al Valor Agregado (D.O.F. 29-XII -78 y sus reformas)
Ley de Información, Estadística y Geografía (D.O.F. 30-XII-80 y sus reformas)
Ley para los Servidores Públicos del Estado de Jalisco (D.O.E. 07-IV-84 y sus reformas)
Ley del Instituto de Pensiones del Estado de Jalisco (D.O.E. 30-XII-86 y sus reformas)
FECHA DE
ELABORACIÓN FECHA DE ACTUALIZACIÓN No. DE PÁGINA
MES AÑO MES AÑO
16 Octubre 2007 Octubre 2013
Ley Federal para Prevenir y Sancionar la Tortura (D.O.F. 27-XII-91 y sus reformas)
Ley para el tratamiento de Menores Infractores para el Distrito Federal en materia Común y para
toda la República en materia Federal (D.O.F. 24-XII-91, fe de Erratas D.O.F. 21-II-92)
Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (D.O.F. 29-VI-92 y sus reformas)
Ley General de Asentamientos Humanos (D.O.F. 21-VII-93 y sus reformas)
Ley General de Educación (D.O.F. 13-VII-93)
Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Jalisco y sus reformas (D.O.E.
20-I-1998)
Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada (D.O.F. VII-11-96 y sus reformas)
Ley de Fiscalización Superior del Estado de Jalisco (D.O.E. 28-XII-96 sus reformas y adiciones)
Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Jalisco y sus municipios
(D.O.E. 23-XII-97 sus reformas y adiciones)
Ley para Protección de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes (D.O.F. 29-V- 00)
Ley de Planeación del Estado de Jalisco (D.O.F. 19-XII-00 y sus reformas)
Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco y sus reformas (D.O.F. 13-II-01)
Ley Forestal (D.O.F. 31-XII-01)
Ley del Instituto del Seguro Social (D.O.F. 20-XII-01)
Ley del Impuesto Sobre la Renta (D.O.F. 1-I-02)
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios
(D.O.E. 22-I-02 y sus reformas)
Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas (D.O.F. 13-IV-03)
Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación (D.O.F. 11-VI-03)
Ley Federal de Procedimiento Administrativo (D.O.F. 4-VIII-04)
Códigos
Código Penal para el Estado de Jalisco (D.O.E. 2-IX-82)
Código de Procedimientos Penales para el Estado de Jalisco (D.O.E. VII-XII-82)
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Jalisco (D.O.E. 29-IV-2004)
Código Civil para el Estado de Jalisco (D.O.E. 31-XII-2007)
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17 Octubre 2007 Octubre 2013
Reglamentos, Lineamientos y Manuales
Reglamento Interior de la Comisión Estatal de Derechos Humanos.
Reglamento de Uso y Administración de Vehículos.
Reglamento de Adquisiciones y Enajenaciones de la Comisión Estatal de Derechos Humanos
Jalisco
Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público
Reglamento del Código Fiscal de la Federación
Reglamento de la Ley del Impuesto Sobre la Renta
Lineamientos de pasaje y viáticos
Otros
Presupuesto de Egresos del Gobierno del Estado
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IV. ATRIBUCIONES
De conformidad con el artículo 7° de la Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Jalisco,
vigente a partir del 14 de febrero de 2001, mediante decreto 15031, son atribuciones de la CEDHJ:
I. Investigar, estudiar, analizar y determinar la existencia de violación a los derechos humanos por actos u omisiones de los servidores públicos, autoridades estatales o municipales.
II. Admitir o desechar, en su caso, las quejas que le presente cualquier persona respecto de presuntas violaciones a los derechos humanos causadas por actos u omisiones de servidores públicos y autoridades estatales o municipales, o bien iniciarlas de oficio.
III. Derogado
IV. Formular propuestas de conciliación entre el agraviado y las autoridades o servidores públicos presuntamente responsables de la violación de derechos humanos, de manera que se solucione de forma inmediata el conflicto planteado y se restituya en el goce de sus derechos a la persona agraviada, siempre que la naturaleza del caso lo permita.
V. Proponer las políticas estatales en materia de derechos humanos a través de pronunciamientos, así
como diseñar y establecer los mecanismos de coordinación con las dependencias de gobierno y la
sociedad civil para asegurar su adecuada observancia y ejecución.
VI. Derogado
VII. Elaborar y ejecutar los programas de atención y seguimiento de las quejas que se le presenten, así
como de los acuerdos, conciliaciones, orientaciones, peticiones o recomendaciones que emita.
VIII. Promover la divulgación de la cultura de los derechos humanos en todos los niveles de gobierno y
entre la población, por medio de programas de capacitación en el servicio público y sistema educativo, a
través de los medios de comunicación masiva y de la publicación de los textos que elabore.
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IX. Prestar apoyo y asesoría técnica en materia de divulgación de derechos humanos, cuando le sea
solicitado por organismos públicos y privados o por cualquier particular.
X. Formular y presentar propuestas ante las autoridades competentes respecto de cambios y
modificaciones al sistema jurídico estatal o municipal o de práctica administrativa, que redunden en una
mejor protección y defensa de los derechos humanos.
XI. Promover la participación de los distintos sectores públicos, sociales y privados en la formulación y
ejecución de programas destinados a la divulgación y respeto de los derechos humanos, así como en la
prevención de sus posibles violaciones.
XII. Constituir la instancia de coordinación, seguimiento y concertación entre el sector público y la
sociedad civil, en materia de derechos humanos.
XIII. Ser el órgano de vinculación con la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, procurando la
adecuada coordinación entre ambos organismos, en las materias que les son concurrentes.
XIV. Celebrar convenios, acuerdos y reuniones de trabajo con organismos federales y locales, ya sea
públicos o privados, para establecer relaciones técnicas y operativas en materia de derechos humanos.
XV. Promover con los ayuntamientos la creación de oficinas para fortalecer su presencia en el interior del
estado y fomentar la participación de éstos, a través de sus comisiones edilicias correspondientes, en la
divulgación y respeto de los derechos humanos.
XVI. Verificar el irrestricto respeto a los derechos humanos de las personas privadas de su libertad en los
establecimientos destinados a la detención preventiva, custodia o readaptación social que se ubiquen en la
entidad.
XVII. Requerir la auscultación médica de reos y detenidos cuando se presuman maltratos o torturas y
comunicar a las autoridades competentes los resultados obtenidos.
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20 Octubre 2007 Octubre 2013
XVIII. Solicitar la intervención de la dependencia estatal o municipal correspondiente, en materia de
seguridad pública, prevención del delito, readaptación social o protección civil, cuando se tenga
conocimiento de que a algún interno recluido en un centro de detención o prisión le han sido violados sus
derechos humanos, con la finalidad de que cesen dichas violaciones.
XIX. Substanciar y resolver el recurso de exhibición de personas.
XX. Interponer la denuncia correspondiente ante el Ministerio Público cuando, a raíz de una investigación
practicada, se presuma la comisión de un delito.
XXI. Investigar la veracidad de los actos u omisiones que presumiblemente conlleven la violación de
derechos humanos, para lo cual la Comisión podrá solicitar la información que juzgue conveniente;
practicar visitas e inspecciones en dependencias públicas; citar a las personas involucradas, peritos y
testigos; así como efectuar todos los actos legales que se requieran para el mejor esclarecimiento de los
hechos.
XXII. Expedir y modificar su Reglamento Interior.
XXIII. Realizar visitas periódicas a:
a) Los pueblos, albergues o zonas de concentración indígena, con la finalidad de verificar el irrestricto
respeto a los derechos humanos y sociales que les reconoce la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos y la particular del estado, las leyes y reglamentos que de ambas emanan, así como los
instrumentos internacionales que México haya ratificado sobre derechos de los pueblos indígenas.
b) Los orfanatos, asilos, hospicios, instituciones y organismos que trabajen con la niñez para verificar la
observancia y respeto de los derechos de los niños contenidos en las leyes federales y locales, en los
instrumentos internacionales sobre los derechos de la infancia que hayan sido ratificados por México o de
los que forme parte, así como los derechos de la educación y la salud que establece la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos.
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c) Las instituciones de tratamiento y apoyo a enfermos mentales, discapacitados y ancianos, centros de
salud y demás establecimientos de asistencia social en los que intervenga cualquier autoridad estatal o
municipal, para cerciorarse del absoluto respeto a los derechos humanos de las personas que son atendidas
en esas instituciones.
d) los recintos de detención, oficinas del ministerio público, reclusorios y sedes judiciales, para verificar
que las autoridades exhiban, los derechos que se establecen en la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos y en los tratados, convenciones o acuerdos internacionales que el Gobierno Federal
haya firmado o de los que celebre o forme parte, para los detenidos y procesados.
XXIV. Formular programas y proponer acciones, en coordinación con las dependencias competentes, para
impulsar el cumplimiento de los tratados, convenciones y acuerdos internacionales signados y ratificados
por México en materia de derechos humanos y, en su caso, promover el levantamiento de las reservas que
el Ejecutivo federal haya establecido sobre éstos. Para ello, elaborará y actualizará de manera constante
una recopilación de dichos documentos, que deberá ser divulgada de manera amplia entre la población.
XXV. Formular recomendaciones públicas, autónomas, no vinculatorias, así como denuncias y quejas ante
las autoridades respectivas, demostrada la existencia de violaciones a los derechos humanos, cuando no se
hubiere logrado conciliación, haya sido parcial o no se haya cumplido ésta, seguido que sea el
procedimiento hasta su culminación.
XXVI. Hacer del conocimiento público las recomendaciones que emita y los informes especiales a que se
refiere la ley que la rige.
XXVII. Solicitar a la autoridad correspondiente la amonestación o el inicio de procedimiento
administrativo en los casos en que un servidor público oculte o retrase injustificadamente la información
que se le solicite con motivo del trámite de las quejas y en lo que obstruya el trabajo de la Comisión.
XXVIII. Fomentar la investigación científica en el área de los derechos humanos.
XXIX. Las demás que se establezcan en la Ley de la CEDHJ, su Reglamento Interior y las disposiciones
legales aplicables.
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V. ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS
HUMANOS DE JALISCO
1 Presidencia
1.1. Secretaría Particular
1.2. Coordinación General de Relaciones Públicas
1.3. Coordinación General de Estudios y Proyectos
1.4. Coordinación General de la Oficina de Presidencia
2 Consejo Ciudadano
2.1. Consejeros propietarios
2.2. Consejeros suplentes
3 Secretaría Técnica
4 Secretaría Ejecutiva
4.1. Jefatura de Vinculación
4.2. Coordinación de Unidad de Transparencia
4.3. Instituto de Investigación y Capacitación en Derechos Humanos
5 Primera Visitaduría General
5.1. Jefatura de Seguridad Pública y Procuración de Justicia
5.2. Coordinación de Asuntos Laborales
6 Segunda Visitaduría General
6.1. Jefatura de Asuntos Ambientales
6.2. Coordinación de Asuntos Metropolitanos
7 Tercera Visitaduría General
7.1. Coordinación de oficinas regionales
8 Cuarta Visitaduría General
8.1. Coordinación de Área de Gobierno
9 Quinta Visitaduría General
9.1. Coordinación de Niñez
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10 Dirección de Quejas, Orientación y Seguimiento
10.1. Coordinación General de Seguimiento
10.2. Jefatura de Guardia
10.3. Jefatura de Área Médica, Psicológica y Dictaminación
10.4. Oficialía de Partes
11 Dirección de Comunicación Social
11.1. Coordinación de Prensa
11.2. Área de Edición
12 Dirección Administrativa
12.1. Coordinación de Programación y Presupuesto
12.2. Jefatura de Contabilidad
12.3. Jefatura de Servicios Generales
12.4. Jefatura de Recursos Humanos
12.5. Jefatura de Informática
13 Contraloría Interna
13.1 Auditoría Jurídica
13.2 Auditoría Administrativa
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25 Octubre 2007 Octubre 2013
VI. ORGANIGRAMA
[Escriba una cita del documento o del
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situar el cuadro de texto en cualquier
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PRESIDENCIA
CONSEJO
CIUDADANO
CONTRALORIA
INTERNA SECRETARÍA
TÉCNICA
SECRETARÍA
EJECUTIVA
TERCERA
VISITADURÍA
GENERAL
SEGUNDA
VISITADURÍA
GENERAL
PRIMERA
VISITADURÍA
GENERAL
CUARTA
VISITADURÍA
GENRAL
QUINTA
VISITADURÍA
GENERAL
DIRECCIÓN DE
QUEJAS, ORIENTAC
Y SEGUIMIENTO
SEGUIMIENTO
DIRECCIÓN DE
COMUNICACIÓN
SOCIAL
DIRECCIÓN
ADMINISTRATIVA
Plantilla de Personal: 256
VII. MISIÓN
VIII. VISIÓN
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26 Octubre 2007 Octubre 2013
Equilibrar la relación entre el poder público y la sociedad civil,
procurando que mediante el respeto a los derechos humanos se
preserve el Estado de Derecho.
Cimentar una cultura de respeto a los Derechos Humanos,
fundamentada en el convencimiento de que la dignificación de
las mujeres y los hombres fortalecerá la convivencia armónica
entre la sociedad civil y el Estado.
IX. OBJETIVOS Y FUNCIONES DE LOS ÓRGANOS Y UNIDADES
ADMINISTRATIVAS
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27 Octubre 2007 Octubre 2013
1.- PRESIDENCIA
OBJETIVO
FUNCIONES
Planear, programar y dirigir en forma coordinada con los titulares de área de la Comisión y los
miembros del Consejo Ciudadano, las acciones a desarrollar para cumplir a cabalidad los objetivos
de la institución protectora de derechos humanos.
Formular los criterios generales y específicos a los que deberán sujetarse las actividades
sustantivas, operativas y administrativas de la Comisión; así como nombrar, dirigir y coordinar al
personal técnico y administrativo del organismo que establezca el presupuesto de egresos.
Suscribir, en calidad de representante legal, instrumentos jurídicos, acuerdos, convenios y
documentos necesarios para un mejor desarrollo del organismo.
Autorizar y emitir recomendaciones públicas, autónomas, no vinculatorias, así como los acuerdos
y peticiones que sometan a su consideración los visitadores con motivo de las investigaciones que
practiquen.
Dirigir, planear y coordinar los trabajos de la Comisión, distribuyendo y delegando funciones a los
titulares de área en los términos que para tal efecto establezca el Reglamento Interior.
Enviar al Congreso del Estado, durante el mes de febrero, un informe anual de las actividades
realizadas por la Comisión, el cual deberá contener las sugerencias que considere pertinentes y que
redunden en beneficio y promoción de la cultura de los derechos humanos.
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28 Octubre 2007 Octubre 2013
Promover y garantizar los derechos humanos de cualquier persona que se encuentre en el estado
de Jalisco, mediante la dirección, planeación y coordinación de los trabajos de los integrantes de
la Comisión.
Presentar un informe mensual ante el Consejo Ciudadano de la Comisión, conforme a los
lineamientos que se establezcan en el Reglamento Interior.
Solicitar al Congreso del Estado, por conducto de la Comisión Legislativa de Derechos Humanos,
la revisión de la legislación cuando, a su juicio, algún ordenamiento legal contravenga
disposiciones relativas a derechos humanos.
Remitir al Congreso del Estado, al final de cada ejercicio presupuestal, un informe que contenga
los estados financieros y demás datos que muestren el registro de las operaciones efectuadas en el
libre ejercicio del presupuesto de egresos de la Comisión, poniendo a su disposición la
documentación que compruebe y justifique dichos movimientos financieros, proporcionando al
órgano técnico de inspección y vigilancia del Congreso del Estado la información que le solicite en
el ejercicio de sus funciones.
Enviar a cualquier poder del Estado, dependencia u organismo descentralizado de la
administración pública estatal o municipal, si así lo considera conveniente, un informe anual
especial sobre el comportamiento de sus funciones en cuanto al respeto de los derechos humanos,
haciendo las observaciones y recomendaciones que incidan en su cumplimiento.
Celebrar convenios de colaboración con autoridades y organismos públicos y privados interesados
en la defensa de los derechos humanos, así como con las instituciones académicas, asociaciones
culturales y medios de comunicación masivos para el mejor cumplimiento de sus fines.
Elaborar, con la aprobación del Consejo Ciudadano, el proyecto de presupuesto de egresos de la
Comisión y el informe respectivo sobre su ejercicio para que sean presentados el Ejecutivo del
Estado a más tardar el primer día hábil del mes de septiembre.
Dictar las disposiciones que estime convenientes y establecer la creación de las áreas que le
auxilien en su trabajo y hagan eficiente la función de la Comisión.
Nombrar y remover libremente al secretario ejecutivo, visitadores y demás personal con excepción
del secretario técnico del Consejo, en los términos de la Ley de los Servidores Públicos del Estado
de Jalisco y sus Municipios, y demás disposiciones aplicables.
Otorgar licencias y permisos al personal de la Comisión en los términos del Reglamento Interno.
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29 Octubre 2007 Octubre 2013
Instaurar, a través de la Contraloría de la Comisión, el procedimiento administrativo interno
cuando algún servidor público de la Comisión incurra en alguna falta e imponer las sanciones que
procedan de conformidad con la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado
de Jalisco.
Informar a la sociedad sobre el estado, avances o retrocesos que en materia de derechos humanos
observen las autoridades.
Prevenir la violación de los derechos humanos o la continuación de la misma mediante la emisión
de pronunciamientos y recomendaciones.
Rendir un informe anual a la sociedad y titulares de los tres poderes del Estado sobre las actividades que haya realizado.
Designar, dirigir y coordinar al personal de la Comisión, así como removerlo, si así lo estima necesario.
En caso de ausencia temporal de los visitadores generales, secretario ejecutivo, directores y contralor interno, designar al encargado del despacho.
Proponer al Consejo ciudadano el proyecto de reglamento interior, los manuales de organización de la Comisión, de procedimientos y de servicio al público, que deberán actualizarse cada vez que así se considere necesario para el buen desempeño de la institución.
Promover la cultura de respeto a los derechos humanos ante los distintos niveles de gobierno y
entre la población.
Las demás que en el ámbito de su competencia le señale la Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco, su Reglamento Interior y demás ordenamientos aplicables.
FUENTE: Artículo 28 de la Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco y artículo 30 del Reglamento
Interior de la Comisión Estatal de Derechos Humanos.
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Octubre 2007 Octubre 2013
1.1. SECRETARÍA PARTICULAR
OBJETIVO
.
FUNCIONES
Revisar toda la documentación escrita que se reciba en la oficina de la presidencia, verificar que se
haya registrado y turnar a las áreas para su trámite conforme lo determine el Presidente.
Turnar oportunamente al Presidente la correspondencia, acuses de recibo y asuntos que le sean
dirigidos; así como, cumplir con las instrucciones que se le dicten para su desahogo.
Dar estricto seguimiento a los asuntos turnados por la Presidencia para su desahogo.
Organizar y actualizar la agenda de acuerdos del Presidente.
Conjuntar y ordenar la información necesaria para redactar acuerdos, recomendaciones,
documentos, informes o aquella que resulte necesaria para las labores propias del Presidente.
Elaborar, revisar y dar seguimiento a los documentos que le sean encargados.
Distribuir, coordinar y supervisar las labores del personal asignado a la presidencia, así como los
recursos materiales y financieros.
Asegurar que se solicite con oportunidad papelería, insumos o mantenimiento necesarios para el
buen funcionamiento de la oficina.
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31 Octubre 2007 Octubre 2013
Auxiliar al Presidente de la Comisión en actividades de agenda, de control de la
oficina y atención de asuntos relacionados directamente con sus actividades, con la
finalidad de apoyar en el cumplimiento de las funciones encomendadas a la
Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco.
Verificar el control del archivo de los asuntos tramitados en el área.
Tramitar y gestionar viáticos o gastos de representación para el Presidente.
Las demás que en el ámbito de su competencia le sean encargadas expresamente por el Presidente
y el Reglamento de Condiciones Generales de Trabajo.
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32 Octubre 2007 Octubre 2013
1.2. COORDINACIÓN GENERAL DE RELACIONES PÚBLICAS
OBJETIVO
FUNCIONES
Establecer y mantener comunicación constante con las oficinas de relaciones públicas de
organismos federales, estatales, municipales, con el sector privado y social, con el objetivo de
intercambiar agendas y coordinar actividades relativas a los eventos donde participe el
Presidente.
Generar y dar seguimiento a la agenda pública de actividades del Presidente de la Comisión
para programar entrevistas y eventos con los representantes del sector gobierno y social con la
anuencia del Presidente.
Recopilar y estructurar información de los diferentes eventos a los cuales se invite al
Presidente de la Comisión y en el caso de que no pueda asistir, acordar con el Presidente la
designación de un representante, o en su defecto la emisión de una carta de disculpa.
Atiende y acompaña a visitantes especiales a la institución.
Brindar apoyo a las diversas áreas de la institución para establecer contacto con los
responsables de los diversos eventos en que intervendrá el Presidente.
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33 Octubre 2007 Octubre 2013
Forjar buenas relaciones con los diversos sectores de la sociedad civil y del
Gobierno mediante el manejo de información relativa a asuntos de la Comisión, y
la participación en los eventos que participe para fomentar la cultura de los
derechos humanos
Atender a representantes de diversos sectores a través de la invitación verbal escrita o virtual a
los eventos de divulgación de la cultura de los derechos humanos en que participa la
institución.
Coordinar la emisión de cartas de felicitación del Presidente para personalidades de los
sectores social, y gobierno tanto a nivel municipal, estatal y nacional con motivo de
aniversarios, cumpleaños y en su caso, por causas o circunstancias especiales.
Asistir a todos los eventos del Presidente y anticiparse a su llegada para verificar que todo este
conforme a lo acordado en el orden del día o al protocolo y en caso de cualquier cambio
hacerlo saber del conocimiento del Presidente.
Gestionar con la coordinación de eventos en los que participara el presidente, la invitación, la
orden del día y distribución del presidium, para identificar el momento, lugar y tipo de
participación.
Las demás funciones que le atribuyan las disposiciones legales y reglamentarias, así como
aquellas que le delegue el Presidente de la Comisión estatal de Derechos Humanos Jalisco.
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34 Octubre 2007 Octubre 2013
1.3. COORDINACIÓN GENERAL DE ESTUDIOS Y PROYECTOS EN
DERECHOS HUMANOS
OBJETIVO
FUNCIONES
Revisar y analizar las iniciativas y leyes estatales en materia de derechos humanos para
proponer el posicionamiento que debe fijar la Comisión.
Realizar un monitoreo permanente y sistemático del Diario Oficial de la Federación, así como
de los Periódicos Oficiales estatales, a efecto de mantener actualizado el acervo legisgráfico de
presidencia.
Llevar y mantener actualizado un archivo especial de los proyectos de leyes, leyes,
reglamentos, decretos, tratados internacionales, acuerdos y otros instrumentos jurídicos
relativos a los derechos humanos.
Realizar investigación técnico-jurídica a efecto de proveer la información necesaria para la
elaboración de los discursos que el Presidente emite en conferencias, eventos públicos, radio,
televisión, u otros foros, así como apoyar en su elaboración.
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35 Octubre 2007 Octubre 2013
Coordinar, elaborar y presentar los estudios, análisis, proyectos, opiniones e informes que le
requiera el Presidente; localizar, sistematizar y redactar la información que le solicite; además,
validar los trabajos técnicos especializados que hayan elaborado las diversas áreas que integran la
Comisión.
Coordinar, editar y colaborar en la elaboración del informe anual de actividades, así como en la
redacción de documentos, informes especiales y diagnósticos de la situación de vida de los
grupos vulnerables.
Realizar intercambio de información con organismos municipales, estatales, nacionales e
internacionales de derechos humanos o con los actores sociales que lo soliciten.
Formular y presentar propuestas ante las autoridades competentes respecto del sistema jurídico
estatal y municipal, así como de prácticas administrativas y políticas públicas, que redunden en
una mejor protección y defensa de los derechos humanos.
Las demás funciones que le atribuyan las disposiciones legales y reglamentarias, así como
aquellas que le delegue el Presidente de la Comisión estatal de Derechos Humanos Jalisco.
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36 Octubre 2007 Octubre 2013
1.4. COORDINACIÓN GENERAL DE LA OFICINA DE PRESIDENCIA
OBJETIVO
FUNCIONES
Convocar a los integrantes de la junta directiva.
Realizar el orden del día y asistir a las reuniones de la junta directiva.
Enlistar los asuntos a tratar por parte del grupo directivo y visitadurías para la orden del día de la
junta directiva.
Elaborar la minuta de trabajo, así como anexar información necesaria que devengan de las
reuniones de la junta directiva.
Dar seguimiento al oportuno cumplimiento de lo acordado en la junta directiva, para informar a la
presidencia.
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37 Octubre 2007 Octubre 2013
Clasificar e integrar la información jurídico – administrativa contenida en los expedientes generados
con motivo de los acuerdos y actividades realizadas en la oficina de presidencia.
Recibir y atender los asuntos que se le deriven de la oficina de presidencia.
Suplir las ausencias del Secretario Particular.
Coordinar las reuniones de trabajo en la oficina de presidencia.
Llevar la atención, coordinación y vinculación con las diversas áreas de la Comisión y la oficina de
presidencia para cumplir acuerdos.
Las demás funciones que le atribuyan las disposiciones legales y reglamentarias, así como aquellas
que le delegue el Presidente de la Comisión Estatal de Derechos Humanos.
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38 Octubre 2007 Octubre 2013
2. CONSEJO CIUDADANO
OBJETIVO
FUNCIONES
Establecer los criterios generales de actuación de la Comisión.
Aprobar el Reglamento Interior de la Comisión y sus reformas, así como ejercer las funciones de
órgano normativo interno.
Opinar sobre los proyectos de los informes del Presidente, así como de los asuntos que le sean
sometidos a su consideración por el mismo.
Proponer al Ejecutivo del Estado el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Comisión.
Nombrar al Secretario Técnico del Consejo Ciudadano.
Proponer al Presidente todas aquellas acciones y medidas que sirvan para una mejor observancia y
tutela de los derechos humanos en el estado.
Aprobar los criterios generales que en materia de derechos humanos habrá de seguir la Comisión
ante los organismos gubernamentales estatales y municipales, así como con los organismos
sociales y la población.
Las demás que en el ámbito de su competencia le señale la Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco, su Reglamento Interior y los ordenamientos aplicables.
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MES AÑO MES AÑO
39 Octubre 2007 Octubre 2013
Coadyuvar en la cimentación de una cultura de respeto a los derechos humanos
proponiendo acciones y medidas que sirvan para una mejor observancia y tutela
de los derechos humanos en el Estado.
2.1. CONSEJEROS CIUDADANOS PROPIETARIOS
OBJETIVO
FUNCIONES
Participar con voz y voto en las sesiones del Consejo en los términos que establece la ley.
Integrar los comités permanentes o temporales que el Consejo determine.
Tener acceso a la información de los proyectos y programas relacionados con las áreas de
investigación y de procedimientos, así como a las de promoción y difusión cultural de los derechos
humanos.
Previo acuerdo de Consejo, podrán solicitar información a los servidores públicos o autoridades de
organismos estatales o municipales sobre asuntos de derechos humanos en la entidad.
Las demás que en el ámbito de su competencia le señale la Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco y su Reglamento Interior.
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40 Octubre 2007 Octubre 2013
Proponer ante el Consejo Ciudadano temas e iniciativas relevantes en materia de
derechos humanos para su análisis y discusión.
2.2. CONSEJEROS CIUDADANOS SUPLENTES
OBJETIVO
FUNCIONES
Asistir a las sesiones del Consejo Ciudadano en caso de que el Consejero Ciudadano que
corresponda no pueda asistir y esté haya dado aviso al Secretario Técnico con anticipación.
Asistir a las sesiones del consejo ciudadano, participar con derecho a voz, pero no a voto, salvo
que se encuentren en función de propietario.
Integrar los comités permanentes o temporales que el Consejo determine.
Sustituir a los Consejeros Ciudadanos que por alguna causa no hayan terminado el periodo de su
nombramiento.
Las demás que en el ámbito de su competencia le señale la Ley de la Comisión Estatal de
Derechos Humanos Jalisco y su Reglamento Interior.
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41 Octubre 2007 Octubre 2013
Suplir a los Consejeros Ciudadanos Propietarios cuando sea necesario y como lo
establezca la ley, coadyuvando al desarrollo de acciones para la promoción de la
cultura de respeto a los derechos humanos en el Estado de Jalisco.
Estructurar las iniciativas propuestas por los integrantes del Consejo Ciudadano y
dar seguimiento al cumplimiento de los acuerdos tomados.
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42 Octubre 2007 Octubre 2013
3. SECRETARÍA TÉCNICA
OBJETIVO
FUNCIONES
Levantar las actas de sesiones del Consejo Ciudadano.
Proporcionar los informes que le soliciten los consejeros ciudadanos.
Dar seguimiento a los acuerdos, declaraciones y decisiones que emita el Consejo Ciudadano.
Realizar los estudios que le pida el Consejo Ciudadano.
Trabajar en coordinación con el Presidente, apoyándolo en todo lo que sea necesario para el buen
funcionamiento del Consejo Ciudadano y de la Comisión.
Participar en la elaboración de los informes anuales, así como los especiales que sean necesarios.
Participar en la elaboración y presentación del proyecto de Presupuesto de Egresos.
Remitir citatorios, orden del día y material indispensable a los consejeros para las sesiones
ordinarias y extraordinarias.
Pasar lista de asistencia durante las sesiones y llevar registro de ella.
Declarar la existencia de quórum legal de las sesiones del Consejo previsto en el reglamento.
Proponer al Consejo el proyecto de acta de las sesiones ordinarias y extraordinarias que se hayan
celebrado.
Llevar el registro de actas y acuerdos aprobados por el Consejo y su archivo.
Brindar a los integrantes del Consejo el apoyo necesario para el cumplimiento de sus
responsabilidades.
Firmar las actas que apruebe el Consejo.
Elaborar un informe trimestral sobre las actividades realizadas por el Consejo.
Supervisar la elaboración y edición de las publicaciones que ordena el Consejo.
Preguntar entre los integrantes del Consejo, previamente a las sesiones, si tienen algún tema que
deba ser incluido en el orden del día.
Las demás atribuciones que en el ámbito de su competencia le confiera la Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, su Reglamento Interior y las que le sean encargadas expresamente por el Presidente de la Comisión.
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MES AÑO MES AÑO
43 Octubre 2007 Octubre 2013
4. SECRETARÍA EJECUTIVA
OBJETIVO
FUNCIONES
Proponer al Consejo Ciudadano y al Presidente los criterios generales que en materia de derechos
humanos habrá de seguir la Comisión ante la población, los organismos civiles, autoridades
estatales o municipales y las universidades.
Promover y fortalecer las relaciones de la Comisión con los ciudadanos, organismos públicos,
sociales o privados, en materia de derechos humanos.
Formular anteproyectos de propuestas y consideraciones a las leyes y reglamentos que la Comisión
haya de entregar a los órganos competentes, así como estudios que los sustenten.
Elaborar los informes anuales y mensuales, así como los especiales que envíe la Comisión a las
dependencias de gobierno y los que se rindan al Consejo Ciudadano.
Promover y mantener la biblioteca y el acervo documental de la Comisión.
Coordinar y ejecutar los programas y acciones que le sean encomendados por el Presidente.
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44 Octubre 2007 Octubre 2013
Difundir la cultura de derechos humanos así como los trabajos y propuestas emprendidas por la
institución ante la sociedad y ante los diversos poderes del Estado.
Ser el órgano de vinculación con la Comisión Nacional de Derechos Humanos, procurando la
adecuada coordinación entre ambos organismos, en las materias que les son concurrentes.
Celebrar convenios y acuerdos, así como realizar reuniones de trabajo y establecer relaciones
técnicas y operativas con n organismos federales y locales, públicos y privados, en materia de
derechos humanos.
Programar, planear, organizar, coordinar y ejecutar cursos de capacitación que tengan por objeto la
promoción y difusión de la cultura de los derechos humanos.
Apoyar al Presidente y a los visitadores generales cuando del trámite de las quejas se desprenda la
necesidad de emitir un pronunciamiento.
Sugerir al Presidente de la Comisión, temas y contenidos de las publicaciones que realiza la Dirección de Comunicación Social.
Turnar al área correspondiente las posibles quejas que le sean expuestas en las reuniones externas con organismos públicos o privados en las que participe.
Promover y coordinar las reuniones que en materia de derechos humanos celebre la Comisión con otros organismos, tanto públicos como de la sociedad civil.
Integrar la Unidad de Transparencia y el Comité de Clasificación de Información.
Formar parte del Comité de Transparencia y Clasificación de la Información Pública.
Las demás que en el ámbito de su competencia le sean encargadas expresamente por el Presidente
y las que señale la Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco, su Reglamento Interior y el Reglamento de Condiciones Generales de Trabajo.
FECHA DE
ELABORACIÓN FECHA DE ACTUALIZACIÓN No. DE PÁGINA
MES AÑO MES AÑO
45 Octubre 2007 Octubre 2013
4.1. JEFATURA DE VINCULACIÓN CON ORGANISMOS DE LA
SOCIEDAD CIVIL
OBJETIVO
FUNCIONES
Integrar, actualizar y resguardar la base de datos que contenga la información relativa a las
instituciones vinculadas permanentemente con esta Comisión.
Actualizar el calendario mensual de actividades de las organizaciones de la sociedad civil.
Convocar a los coordinadores municipales de derechos humanos, y representantes de las
asociaciones civiles, a los eventos que realice la comisión en materia de derechos humanos.
Organización, logística y seguimiento de los acuerdos tomados en las reuniones mensuales con
organismos de la sociedad civil.
Dar seguimiento a las quejas presentadas por los organismos de la sociedad civil.
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MES AÑO MES AÑO
46 Octubre 2007 Octubre 2013
Desarrollar acciones tendientes a crear, promover y fortalecer vínculos con organismos
internacionales, organizaciones no gubernamentales y universidades para la protección y respeto
de los derechos humanos.
Canalizar con instituciones públicas y gestionar apoyos para organismos de la sociedad civil.
Planear, convocar y dar apoyo a eventos y actividades impulsadas por organizaciones de la
sociedad civil.
Canalizar, gestionar y llevar trámite administrativo de organizaciones civiles ante Colegio de
Notarios.
Participar en las redes, consejos o mesas de trabajo de las organizaciones de la sociedad civil.
Desarrollar las gestiones necesarias para la suscripción de convenios que le sean encomendados.
Registrar y actualizar las suscripciones de convenios del organismo en materia de promoción y
capacitación en derechos humanos.
Elaborar, renovar y celebrar convenios con instituciones educativas en materia de servicio social,
prácticas profesionales, colaboración académica y becas estudiantiles para personal de la
Comisión.
Solicitud, recepción, canalización y trámite administrativo de prestadores de servicio social y
practicantes profesionales.
Las demás que en el ámbito de su competencia le sean encargadas expresamente por el Presidente,
el Secretario Ejecutivo y las que señalen la Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos
Jalisco, su Reglamento Interior y el Reglamento de Condiciones Generales de Trabajo.
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MES AÑO MES AÑO
47 Octubre 2007 Octubre 2013
4.2. COORDINACIÓN DE UNIDAD DE TRANSPARENCIA
OBJETIVO
FUNCIONES
Administrar la información fundamental
Actualizar mensualmente la información fundamental que genera la Comisión.
Recibir y resolver las solicitudes de información pública.
Integrar expedientes, realizar trámites internos y desahogar el procedimiento respectivo.
Tener a disposición del público formatos para presentar solicitudes de información pública ya sea
por escrito, Internet o impreso.
Llevar el registro y estadística de las solicitudes de información pública.
Asesorar a los solicitantes en los trámites para acceder a la información pública.
FECHA DE
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MES AÑO MES AÑO
48 Octubre 2007 Octubre 2013
Orientar, asesorar y brindar la atención debida a quien solicite información pública
generada por la Comisión.
Asistir a los solicitantes que lo requieran para elaborar una solicitud de información pública.
Requerir y recabar de las oficinas correspondientes la información pública de las solicitudes
procedentes.
Mantener un seguimiento y control sobre el resultado que se proporciono a cada una de las
solicitudes recibidas.
Coordinar, organizar, administrar y sistematizar los archivos que contengan la información
pública.
Gestionar y revisar que la información publica fundamental para este organismo se encuentre
publicada en la página oficial de la Comisión.
Las demás que en el ámbito de su competencia le sean encargadas expresamente por el Presidente,
el Secretario Ejecutivo y las que señalen la Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos
Jalisco, su Reglamento Interior, el Reglamento de Condiciones Generales de Trabajo, la Ley de
Transparencia y Acceso de Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios y
disposiciones aplicables en la materia.
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MES AÑO MES AÑO
49 Octubre 2007 Octubre 2013
4.3. INSTITUTO DE INVESTIGACIÓN Y CAPACITACIÓN EN
DERECHOS HUMANOS
OBJETIVO
FUNCIONES
Promover la divulgación de la cultura de los derechos humanos en todos los niveles de gobierno y
entre los diferentes miembros de la población, por medio entre otros, de programas de
capacitación, en la profesionalización del servicio público, en el sistema educativo, a través de los
medios de comunicación masiva y de la publicación de los textos que se elaboran con diversos
temas de derechos humanos.
Prestar apoyo y asesoría técnica en materia de derechos humanos, cuando le sea solicitado por
organismos públicos y privados, o por cualquier particular.
Promover la participación de los distintos sectores públicos, sociales y privados, en la formulación
y ejecución de los programas destinados a la divulgación y respeto a los derechos humanos, así
como en la prevención de las posibles violaciones de los mismos.
Formular programas y proponer acciones, en coordinación con las dependencias competentes, para
impulsar el cumplimiento de los tratados, convenciones y acuerdos internacionales signados y
ratificados por México en materia de derechos humanos y, en su caso, promover el levantamiento
de las reservas que el Ejecutivo Federal haya establecido sobre los mismos. Para ello, elaborará y
actualizará de manera constante, una recopilación de dichos documentos que deberá ser divulgada
de manera amplia entre la población.
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MES AÑO MES AÑO
50 Octubre 2007 Octubre 2013
Difundir a los servidores públicos y sociedad civil en el Estado de Jalisco la cultura del respeto a
los derechos humanos a través del diseño, implementación y ejecución de programas de
capacitación así como de la elaboración y desarrollo de investigaciones y estudios en la materia.
Promover los derechos humanos de grupos en situación de vulnerabilidad a través de la
elaboración y desarrollo de investigaciones y estudios.
Elaborar material didáctico y de difusión de los derechos humanos.
Promover, mantener y acrecentar el acervo de la biblioteca Ponciano Arriaga, especializada en
derechos humanos.
Brindar apoyo técnico a los usuarios de la biblioteca especializada en derechos humanos.
Fomentar la investigación científica en el área de los derechos humanos.
Las demás que en el ámbito de su competencia le sean encargadas expresamente por el Presidente,
el Secretario Ejecutivo y las que señalen la Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos
Jalisco, su Reglamento Interior y el Reglamento de Condiciones Generales de Trabajo.
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MES AÑO MES AÑO
51 Octubre 2007 Octubre 2013
5. PRIMERA VISITADURÍA GENERAL
OBJETIVO
FUNCIONES
Admitir o rechazar, de manera fundada y motivada, las quejas presentadas ante la Comisión que le hubieran sido turnadas por el Director de Quejas, Orientación y Seguimiento.
Informar al Presidente de las quejas que sean recibidas en su visitaduría o iniciadas de oficio, y del trámite de éstas.
En coordinación con el Director de Quejas, Orientación y Seguimiento, iniciar de oficio la investigación de presuntas violaciones de derechos humanos que sean de interés social y las de dominio público.
Solicitar en cualquier momento a las autoridades competentes, que se tomen las medidas
precautorias o cautelares necesarias para evitar la consumación irreparable de las violaciones de que tengan conocimiento.
Realizar las actividades necesarias para lograr, por medio de la conciliación o de la petición, el cese inmediato de las violaciones de derechos humanos.
Practicar investigaciones y estudios para formular los proyectos de resolución, acuerdos o peticiones, los que se someterán a consideración del Presidente para su análisis y posible aprobación.
FECHA DE
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MES AÑO MES AÑO
52 Octubre 2007 Octubre 2013
Defender y proteger los derechos humanos de las personas que se encuentran en el
estado de Jalisco por medio de la investigación, análisis y resoluciones de presuntas
violaciones por actos u omisiones de servidores públicos de la Fiscalía General del
Estado, Instituto Jalisciense de Ciencias Forenses, Instituto Jalisciense de Asistencia
Social y Fiscalía Central del Estado (zona metropolitana y región centro).
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MES AÑO MES AÑO
53 Octubre 2007 Octubre 2013
Integrar las actas de investigación que le sean turnadas por el Director de Quejas, Orientación y Seguimiento.
Cuando se requiera efectuar una investigación para poder emitir resoluciones, tendrá las siguientes
facultades:
a) Solicitar a cualquier dependencia, autoridad o servidor público estatal o municipal la presentación de informes o documentos que ayuden al esclarecimiento de los hechos que se investigan.
b) Practicar visitas e inspecciones a las dependencias públicas, ya sea directamente o por medio del personal técnico o profesional bajo su dirección, en los términos de la Ley de la CEDHJ y su Reglamento Interior.
c) Sugerir que a través de los procedimientos administrativos o penales que se analice la posible responsabilidad de las autoridades o servidores públicos que obstaculicen la investigación.
d) Efectuar las demás acciones que conforme a derecho juzguen convenientes para el mejor conocimiento de los asuntos.
Vigilar, en coordinación con la Dirección de Quejas, Orientación y Seguimiento la actualización del registro de cumplimiento de recomendaciones y de conciliaciones.
Tramitar los expedientes de queja que el Presidente de la Comisión haya asignado a esa visitaduría general, con independencia de la autoridad involucrada o en el caso de que una visitaduría general llegara a retrasarse en la integración y resolución de las quejas.
Supervisar la actuación relativa a la integración e investigación de los expedientes de queja
turnados a los visitadores adjuntos.
Mantener vías de comunicación directa con los quejosos para llevar a cabo la integración y
resolución de los expedientes en el menor tiempo posible, así como para informarles sobre el
estado de dichos expedientes.
Recibir y tramitar los recursos de revisión presentados por los agraviados y darles trámite ante la
Comisión Nacional, conforme a los mecanismos establecidos.
Presentar denuncias penales cuando ello sea necesario, en virtud de la delegación de facultades
hecha por el Presidente de la Comisión.
Elaborar el programa anual de trabajo del área y presentarlo al Presidente de la Comisión para su análisis y autorización.
Brindar apoyo en los cursos de formación que imparte la CEDHJ, a través de la Secretaría Ejecutiva.
Planear y programar las actividades de su personal con las autoridades correspondientes y las visitas a los quejosos, para integrar y solucionar adecuadamente los expedientes de queja.
Asistir, como lo establece el Reglamento Interior, a las sesiones mensuales del Consejo Ciudadano de la Comisión y presentar un informe sobre el estado de los expedientes que fueron concluidos y sus causas; las recomendaciones y los acuerdos de no violación expedidos; las personas atendidas para efectos de orientación y cualquier otro aspecto que resulte importante a juicio de los consejeros.
Dictar las medidas pertinentes para la programación del calendario de dos visitas anuales de
supervisión conforme lo establezca el Reglamento Interior y establecer normas de trabajo con los centros de la Fiscalía General del Estado, Instituto Jalisciense de Ciencias Forenses, Instituto Jalisciense de Asistencia Social y Fiscalía Central del Estado (zona metropolitana y región centro), para verificar el respeto a los derechos humanos, entregando un informe al presidente dentro de los tres días siguientes a cada visita.
Ejercer la representación y cubrir las funciones del Presidente del organismo durante sus ausencias.
Gestionar reuniones con las autoridades con la finalidad de mostrar las violaciones de derechos humanos que sean cometidas en forma sistemática, y proponer medidas para erradicarlas.
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MES AÑO MES AÑO
54 Octubre 2007 Octubre 2013
Elaborar informes periódicos relativos a los avances y al desempeño del área a su cargo.
Atender a los medios de comunicación en coordinación con la Dirección de Comunicación Social respecto a hechos, quejas y actividades que son de competencia de esta visitaduría.
Las demás que en el ámbito de su competencia le sean encargadas expresamente por el Presidente, y las que señalen la Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco, su Reglamento Interior y el Reglamento de Condiciones Generales de Trabajo.
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MES AÑO MES AÑO
55 Octubre 2007 Octubre 2013
5.1. JEFATURA DE SEGURIDAD PÚBLICA Y PROCURACIÓN DE
JUSTICIA
OBJETIVO
FUNCIONES
Auxiliar en la recepción, admisión o desechamiento de quejas, detectando las violaciones de derechos humanos más graves y recurrentes cometidas por servidores públicos estatales y municipales.
Acordar la radicación y calificación de quejas en los términos que marca el reglamento interior de
la Comisión en su artículo 90 para pasar a firma del Visitador General, sugiriendo a visitadores adjuntos y secretarios integradores de quejas las diligencias a desarrollar en cada una de ellas.
Apoyar en la redacción y notificación de las medidas precautorias y cautelares cuando se estime necesario para evitar la consumación irreparable de violaciones a los derechos humanos.
Apoyar a los visitadores adjuntos y secretarios de visitadurías reunir todas aquellas pruebas que
permitan determinar la existencia o inexistencia de hechos violatorios de acuerdo con los principios de lógica, experiencia y legalidad, para resolver los expedientes de queja.
Solicitar informes a las autoridades implicadas en la presunta violación de los derechos humanos. Acudir a oficinas administrativas de la Comisaría de Seguridad Pública del Estado, de la Fiscalía
General del Estado y del Instituto Jalisciense de Ciencias Forenses , para recabar datos relacionados con los hechos denunciados, hacer entrevistas personales, ya sea con autoridades, servidores públicos o testigos: examinar expedientes, álbum fotográfico o documentos que sustenten la resolución de la queja.
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56 Octubre 2007 Octubre 2013
Conocer, investigar, tramitar y concluir quejas presentadas por presuntas violaciones a
derechos humanos cometidas por servidores públicos de la Comisaría de Seguridad Pública del
Estado, de la Fiscalía General del Estado y del Instituto Jalisciense de Ciencias Forenses; así
como rendir informes relativos a los recursos de queja o impugnación gestionados ante la
Comisión Nacional de los Derechos Humanos.
Practicar visitas e inspecciones en lugares donde se presume la presunta violación de derechos humanos particularmente separos, casas de arraigo y celdas de detención de personas privadas de su libertad con el fin de recabar elementos necesarios para esclarecimiento de hechos, así como para resolver expedientes de queja y verificar el cumplimiento de la normatividad y practicas administrativas que redunden en el respeto a los derechos humanos.
Practicar entrevistas con la parte quejosa, para recopilar pruebas o en su caso ampliar declaración.
Levantar actas circunstanciadas cada vez que se tenga comunicación telefónica con la parte
quejosa o agraviada, o con cualquier autoridad acerca de una queja conforme al artículo 97 del reglamento interior.
Apoyar en la integración de los expedientes de quejas para que contengan los documentos probatorios de la violación a derechos humanos cometida por la autoridad para sustentar la formulación de recomendaciones.
Dirigir mesas de trabajo para lograr la conciliación de quejas cuando no se trate de hechos graves.
En caso de no concluir un expediente de queja por no tratarse de violación a derechos humanos se
procederá a orientar jurídicamente a la persona quejosa. Realizar informes de las orientaciones y quejas atendidas.
Apoyar al Visitador General en la revisión de proyectos de resolución de quejas, proponiendo las
leyes nacionales e instrumentos internacionales de derechos humanos aplicables y sugiriendo las sanciones administrativas que se solicitaran en cada caso particular, así como las propuestas que se consideren pertinentes para el cambio de practicas administrativas que incidan en el respeto de los derechos humanos y la no repetición de actos u omisiones que se detecten como violentadotes de derechos humanos.
Las demás que en el ámbito de su competencia le sean encargadas expresamente por el Presidente, el Primer Visitador General y las que señalen la Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco, su Reglamento Interior y el Reglamento de Condiciones Generales de Trabajo.
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57 Octubre 2007 Octubre 2013
5.2. COORDINACIÓN DE ASUNTOS LABORALES
OBJETIVO
FUNCIONES
Auxiliar en la recepción, admisión o desechamiento de quejas.
Elaborar acuerdos de radicación y calificación de quejas en los términos que marca el Reglamento
Interior de la Comisión en su artículo 90 para pasar a firma del Visitador General.
Apoyar en la redacción y notificación de las medidas precautorias y cautelares cuando se estime
necesario para evitar la consumación irreparable de violaciones a los derechos humanos de
naturaleza laboral.
Apoyar a los visitadores adjuntos a reunir todas aquellas pruebas que permitan determinar la
existencia o inexistencia de hechos violatorios de acuerdo con los principios de lógica, experiencia
y legalidad, para resolver los expedientes de queja.
Solicitar informes a las autoridades implicadas en la presunta violación de los derechos humanos.
Acudir a las oficinas administrativas de las autoridades para recabar datos relacionados con los
hechos denunciados, hacer entrevistas personales, ya sea con autoridades, servidores públicos o
testigos; practicar investigaciones de campo que permitan recabar evidencias para documentar las
presuntas violaciones de derechos humanos; examinar expedientes o documentos que sustenten la
resolución de la queja.
Practicar entrevistas con la parte quejosa para recopilar pruebas o en su caso ampliar declaración.
FECHA DE
ELABORACIÓN FECHA DE ACTUALIZACIÓN No. DE PÁGINA
MES AÑO MES AÑO
58 Octubre 2007 Octubre 2013
Conocer, investigar, tramitar y concluir quejas presentadas por presuntas violaciones a
derechos humanos de naturaleza administrativa en el ámbito laboral; así como rendir
informes relativos a los recursos de queja o impugnación gestionados ante la Comisión
Nacional de los Derechos Humanos.
Levantar actas circunstanciadas cada vez que se tenga comunicación telefónica con la parte
quejosa o agraviada, o con cualquier autoridad acerca de una queja conforme al artículo 97 del
reglamento interior.
Apoyar en la integración de los expedientes de quejas para que contengan los documentos
probatorios de violación a derechos humanos cometida por la autoridad para sustentar la
formulación de recomendaciones.
Dirigir mesas de trabajo para lograr la conciliación de quejas cuando no se trate de hechos graves.
En caso de concluir un expediente de queja por no tratarse de violación a derechos humanos se
procederá a orientar jurídicamente a la persona quejosa. Elaborar, revisar y llevar registro de
convenios, contratos y demás actos jurídicos que celebren las áreas de la Comisión y que deriven
en obligaciones para la Comisión.
Representar legalmente a la Comisión en los procedimientos judiciales y contenciosos
administrativos, que se tramiten en los tribunales de la república, así como ante cualquier autoridad
jurisdiccional o administrativa.
Interponer los recursos necesarios para defender los intereses de la Comisión y dar seguimiento a
las sentencias y resoluciones que se dicten en los procedimientos judiciales y contenciosos
administrativos.
Representar a la Comisión en los procedimientos laborales ante los tribunales correspondientes, así
como contestar demandas, formular y absolver posiciones, formular desistimientos, allanamientos
y acordar las conciliaciones que así convengan a la institución.
Realizar un informe de las orientaciones y quejas atendidas.
Las demás que en el ámbito de su competencia le sean encargadas expresamente por el Presidente,
el Primer Visitador General y las que señalen la Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos
Jalisco, su Reglamento Interior y el Reglamento de Condiciones Generales de trabajo.
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MES AÑO MES AÑO
59 Octubre 2007 Octubre 2013
6. SEGUNDA VISITADURÍA GENERAL
OBJETIVO
FUNCIONES
Admitir o rechazar, de manera fundada y motivada, las quejas presentadas ante la Comisión que le hubieran sido turnadas por la Dirección de Quejas, Orientación y Seguimiento.
Informar al Presidente de las quejas que sean recibidas en su visitaduría o iniciadas de oficio y de su posterior trámite.
En coordinación con el director de Quejas, Orientación y Seguimiento, iniciar de oficio la investigación de las quejas por presuntas violaciones de derechos humanos que sean de interés social o las de dominio público.
Solicitar en cualquier momento a las autoridades competentes, que se tomen las medidas
precautorias o cautelares necesarias para evitar la consumación irreparable de las violaciones de que tengan conocimiento.
Realizar las actividades necesarias para lograr, por medio de la conciliación o de la petición, el cese inmediato de las violaciones de derechos humanos.
FECHA DE
ELABORACIÓN FECHA DE ACTUALIZACIÓN No. DE PÁGINA
MES AÑO MES AÑO
60 Octubre 2007 Octubre 2013
Defender y proteger los derechos humanos de las personas que se encuentran en el estado de Jalisco por medio de la investigación, análisis y resoluciones de presuntas violaciones por actos u omisiones de servidores públicos estatales o de los ayuntamientos de Guadalajara, Zapopan y Tlaquepaque, con excepción de los dedicados a la salud.
Practicar investigaciones y estudios para formular los proyectos de resolución, acuerdos o peticiones, los que se someterán a consideración del Presidente para su análisis y posible aprobación.
Con el fin de emitir resoluciones objetivas y fundamentadas, tendrá las siguientes facultades:
a) Solicitar a cualquier dependencia, autoridad o servidor público estatal o municipal la presentación de informes o documentos que ayuden al esclarecimiento de los hechos que se investigan.
b) Practicar las visitas e inspecciones a las dependencias públicas, ya sea directamente o por medio del personal técnico o profesional bajo su dirección, en los términos la Ley de la CEDHJ y su Reglamento Interior.
c) Sugerir que a través de los procedimientos administrativos o penales se analice la posible responsabilidad de las autoridades o servidores públicos que obstaculicen la investigación.
d) Efectuar las demás acciones que conforme a derecho juzguen convenientes para el mejor
conocimiento de los asuntos.
Revisar los proyectos de recomendación o acuerdos de no violación elaborados por los visitadores adjuntos, antes de que se pongan a consideración del Presidente;
Vigilar, en coordinación con la Dirección de Quejas, Orientación y Seguimiento, la actualización
del registro de cumplimiento de recomendaciones y de conciliaciones.
Supervisar la actuación relativa a la integración e investigación de los expedientes de queja
turnados a los visitadores adjuntos.
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61 Octubre 2007 Octubre 2013
Mantener vías de comunicación directa con los quejosos para llevar a cabo la integración y
resolución de los expedientes de queja en el menor tiempo posible, así como para informarles
sobre el estado que guardan dichos expedientes.
Recibir y tramitar los recursos de revisión presentados por los agraviados y darles trámite ante la
Comisión Nacional, conforme a los mecanismos establecidos.
Presentar denuncias penales cuando ello sea necesario, en virtud de la delegación de facultades
hecha por el Presidente de la Comisión.
Elaborar el programa anual de trabajo del área y someterlo a consideración del Presidente para su autorización.
Brindar apoyo en los cursos de formación que imparte la CEDHJ, a través de la Secretaría Ejecutiva.
Planear y programar las actividades de su personal con las autoridades correspondientes, y las visitas a las personas quejosas para integrar y solucionar adecuadamente los expedientes de queja y conformidad.
Dictar las medidas pertinentes para la programación del calendario de visitas de supervisión, conforme lo establezca el Reglamento Interior; establecer normas de trabajo con los ayuntamientos de Guadalajara, Zapopan y Tlaquepaque, exceptuando la materia de salud o médica, para verificar el respeto de derechos humanos; y entregar un informe al presidente dentro de los tres días siguientes a cada visita.
Gestionar reuniones con las autoridades a fin de mostrar las violaciones de derechos humanos que se cometan de forma sistemática y proponer medidas para erradicar dichas prácticas.
FECHA DE
ELABORACIÓN FECHA DE ACTUALIZACIÓN No. DE PÁGINA
MES AÑO MES AÑO
62 Octubre 2007 Octubre 2013
Elaborar informes periódicos relativos a los avances y al desempeño del área a su cargo.
Las demás que en el ámbito de su competencia le sean encargadas expresamente por el Presidente y las que señalen la Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco, su Reglamento Interior y el Reglamento de Condiciones Generales de Trabajo.
FECHA DE
ELABORACIÓN FECHA DE ACTUALIZACIÓN No. DE PÁGINA
MES AÑO MES AÑO
63 Octubre 2007 Octubre 2013
6.1. JEFATURA DE ASUNTOS AMBIENTALES
OBJETIVO
FUNCIONES
Auxiliar en la recepción, admisión o desechamiento de quejas. Elaborar borradores para acordar la radicación y calificación de quejas en los términos que marca
el Reglamento Interior de la Comisión en su artículo 90 para pasar a firma del Visitador General.
Apoyar en la redacción y notificación de las medidas precautorias y cautelares cuando se estime necesario para evitar la consumación irreparable de violaciones a los derechos humanos de naturaleza ambiental.
Apoyar a los visitadores adjuntos a reunir todas aquellas pruebas que permitan determinar la
existencia o inexistencia de hechos violatorios de acuerdo con los principios de lógica, experiencia y legalidad, para resolver los expedientes de queja.
Solicitar informes a las autoridades implicadas en la presunta violación de los derechos humanos.
Acudir a oficinas administrativas de los ayuntamientos para recabar datos relacionados con los
hechos denunciados, hacer entrevistas personales, ya sea con autoridades, servidores públicos o testigos; examinar expedientes, álbum fotográfico o documentos que sustenten la resolución de la queja.
Practicar visitas e inspecciones en los lugares donde se presume la presunta violación de derechos
humanos de naturaleza ambiental con el fin de recabar los elementos necesarios para esclarecimiento de hechos, así como para resolver el expediente de queja.
FECHA DE
ELABORACIÓN FECHA DE ACTUALIZACIÓN No. DE PÁGINA
MES AÑO MES AÑO
64 Octubre 2007 Octubre 2013
Conocer, investigar, tramitar y concluir quejas presentadas por presuntas violaciones a derechos
humanos de naturaleza ambiental cometidas por los ayuntamientos que conforman la región
centro; así como rendir informes relativos a los recursos de queja o impugnación gestionados
ante la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.
Practicar entrevistas con la parte quejosa, para recopilar pruebas o en su caso ampliar declaración.
Levantar actas circunstanciadas cada vez que se tenga comunicación telefónica con la parte quejosa o agraviada, o con cualquier autoridad acerca de una queja conforme al artículo 97 del Reglamento Interior.
Apoyar en la integración de los expedientes de quejas para que contengan los documentos
probatorios de la violación a derechos humanos cometida por la autoridad para sustentar la formulación de recomendaciones.
Dirigir mesas de trabajo para lograr la conciliación de quejas cuando no se trate de hechos graves.
En caso de no concluir un expediente de queja por no tratarse de violación a derechos humanos se
procederá a orientar jurídicamente a la persona quejosa.
Realizar un informe mensual de las orientaciones y quejas atendidas
Las demás que en el ámbito de su competencia le sean encargadas expresamente por el Presidente, el Segundo Visitador General y las que señalen la Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco, su Reglamento Interior y el Reglamento de Condiciones Generales de Trabajo.
FECHA DE
ELABORACIÓN FECHA DE ACTUALIZACIÓN No. DE PÁGINA
MES AÑO MES AÑO
65 Octubre 2007 Octubre 2013
6.2. COORDINACIÓN DE ASUNTOS METROPOLITANOS
OBJETIVO
FUNCIONES
Auxiliar en la recepción, admisión o desechamiento de quejas. Elaborar borradores para acordar la radicación y calificación de quejas en los términos que marca
el Reglamento Interior de la Comisión en su artículo 90 para pasar a firma del Visitador General. Apoyar en la redacción y notificación de las medidas precautorias y cautelares cuando se estime
necesario para evitar la consumación irreparable de violaciones a los derechos humanos.
Apoyar a los visitadores adjuntos a reunir todas aquellas pruebas que permitan determinar la existencia o inexistencia de hechos violatorios de acuerdo con los principios de lógica, experiencia y legalidad, para resolver los expedientes de queja.
Solicitar informes a las autoridades implicadas en la presunta violación de los derechos humanos.
Acudir a las oficinas administrativas de los Ayuntamientos para recabar datos relacionados con los
hechos denunciados, hacer entrevistas personales, ya sea con autoridades, servidores públicos o testigos; examinar expedientes, álbum fotográfico o documentos que sustenten la resolución de la queja.
FECHA DE
ELABORACIÓN FECHA DE ACTUALIZACIÓN No. DE PÁGINA
MES AÑO MES AÑO
66 Octubre 2007 Octubre 2013
Conocer, investigar, tramitar y concluir quejas presentadas por presuntas violaciones a
derechos humanos cometidas por los Ayuntamientos de la zona metropolitana y de sus
corporaciones de Seguridad Pública; así como rendir informes relativos a los recursos de queja
o impugnación gestionados ante la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.
Practicar entrevistas con la parte quejosa, para recopilar pruebas o en su caso ampliar declaración.
Levantar actas circunstanciadas cada vez que se tenga comunicación telefónica con la parte quejosa o agraviada, o con cualquier autoridad acerca de una queja conforme al artículo 97 del Reglamento Interior.
Apoyar en la integración de los expedientes de quejas para que contengan los documentos probatorios de la violación a derechos humanos cometida por la autoridad para sustentar la formulación de recomendaciones.
Dirigir mesas de trabajo para lograr la conciliación de quejas cuando no se trate de hechos graves. En caso de concluir un expediente de queja por no tratarse de violación a derechos humanos se
procederá a orientar jurídicamente a la persona quejosa. Realizar un informe mensual de las orientaciones y quejas atendidas. Las demás que en el ámbito de su competencia le sean encargadas expresamente por el Presidente,
el Segundo Visitador General y las que señalen la Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco, su Reglamento Interior y el Reglamento de Condiciones Generales de Trabajo.
FECHA DE
ELABORACIÓN FECHA DE ACTUALIZACIÓN No. DE PÁGINA
MES AÑO MES AÑO
67 Octubre 2007 Octubre 2013
7. TERCERA VISITADURÍA GENERAL OBJETIVO
FUNCIONES
Admitir o rechazar, de manera fundada y motivada, las quejas presentadas ante la Comisión que
le hubieran sido turnadas por el Director de Quejas, Orientación y Seguimiento.
Mantener una estrecha y permanente supervisión de las labores realizadas en las oficinas regionales, así como establecer una agenda con los visitadores adjuntos en los municipios de Autlán de Navarro (excepto en materia de la Fiscalia Central) Colotlán (incluye programa de asuntos indígenas), Ciudad Guzmán (incluye programa de atención a migrantes), Lagos de Moreno, Puerto Vallarta, Región Valles y Ciénega.
Programar viajes de inspección a diversos municipios del estado para verificar el respeto de los derechos humanos y conocer la problemática en la materia.
Poner en práctica los mecanismos para la atención, recepción y tramitación de quejas, así como la integración de las investigaciones para la resolución de los asuntos; conciliaciones, incompetencias, recomendaciones, documentos de no responsabilidad y recursos de queja e impugnación.
FECHA DE
ELABORACIÓN FECHA DE ACTUALIZACIÓN No. DE PÁGINA
MES AÑO MES AÑO
68 Octubre 2007 Octubre 2013
Defender y proteger los derechos humanos de las personas que se encuentran en el estado
de Jalisco por medio de la investigación, análisis y resoluciones de presuntas violaciones
por actos u omisiones de servidores públicos de los municipios de Autlán de Navarro
(excepto en materia de la Fiscalia Central) Colotlán (incluye programa de asuntos
indígenas), Ciudad Guzmán (incluye programa de atención a migrantes), Lagos de
Moreno, Puerto Vallarta, Región Valles y Ciénega, Tepatitlán de Morelos, Mascota y
Tequila.
Informar al Presidente de las quejas que sean recibidas en su visitaduría o iniciadas de oficio, y del
trámite de éstas En coordinación con el Director de Quejas, Orientación y Seguimiento, iniciar de oficio la
investigación de las presuntas violaciones de derechos humanos que sean de interés social, o las de dominio público.
Solicitar en cualquier momento a las autoridades competentes, que se tomen las medidas
precautorias o cautelares para evitar la consumación irreparable de las violaciones de derechos humanos de que se tenga conocimiento.
Realizar las actividades para lograr, por medio de la conciliación o de la petición, el cese
inmediato de las violaciones de derechos humanos.
Practicar investigaciones y estudios para formular los proyectos de resolución, acuerdos o
peticiones, los que se someterán a consideración del Presidente para su análisis y posible aprobación.
Cuando se requiera efectuar una investigación para poder emitir resoluciones, tendrán las
siguientes facultades:
a) Solicitar a cualquier dependencia, autoridad o servidor público estatal o municipal la presentación de informes o documentos que ayuden al esclarecimiento de los hechos que se investigan.
b) Practicar las visitas e inspecciones a las dependencias públicas, ya sea directamente o por medio del personal técnico o profesional bajo su dirección, en los términos de la presente ley y su Reglamento Interior.
c) Sugerir que mediante los procedimientos administrativos o penales, se analice la posible
responsabilidad de las autoridades o servidores públicos que obstaculicen la investigación.
d) Efectuar las demás acciones que conforme a derecho se juzguen convenientes para el mejor conocimiento de los asuntos.
Vigilar, en coordinación con la Dirección de Quejas Orientación y Seguimiento, la actualización del registro de cumplimiento de recomendaciones y de conciliaciones.
FECHA DE
ELABORACIÓN FECHA DE ACTUALIZACIÓN No. DE PÁGINA
MES AÑO MES AÑO
69 Octubre 2007 Octubre 2013
Supervisar la actuación relativa a la integración e investigación de los expedientes de queja
turnados a los visitadores adjuntos.
Mantener vías de comunicación directa con los quejosos para llevar a cabo la integración y
resolución de los expedientes en el menor tiempo posible, así como para informarles sobre el
estado de dichos expedientes.
Recibir y tramitar los recursos de revisión presentados por los agraviados y darles trámite ante la
Comisión Nacional, conforme a los mecanismos establecidos.
Presentar denuncias penales cuando ello sea necesario, en virtud de la delegación de facultades
hecha por el Presidente de la Comisión.
Elaborar el programa anual de trabajo del área y presentarlo al Presidente de la Comisión para su
análisis y autorización. Brindar apoyo en los cursos de formación que imparte la CEDHJ, a través de la Secretaría
Ejecutiva.
Apoyar a los visitadores en la práctica de diligencias con autoridades ubicadas en delegaciones
foráneas.
Planear y programar las actividades de su personal con las autoridades correspondientes y las
visitas a los quejosos, para integrar y solucionar adecuadamente los expedientes de queja y conformidad.
Gestionar reuniones con las autoridades a fin de mostrar las violaciones de derechos humanos que se cometan en forma sistemática, y proponer medidas para erradicarlas.
FECHA DE
ELABORACIÓN FECHA DE ACTUALIZACIÓN No. DE PÁGINA
MES AÑO MES AÑO
70 Octubre 2007 Octubre 2013
Elaborar informes periódicos relativos a los avances y al desempeño del área a su cargo
Realizar visitas periódicas a los pueblos o zonas de concentración indígena a fin de verificar el
estricto respeto a los derechos humanos;
Las demás que en el ámbito de su competencia le sean encargadas por el Presidente, y las que señalen la Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco, su Reglamento Interior y el Reglamento de Condiciones Generales de Trabajo.
FECHA DE
ELABORACIÓN FECHA DE ACTUALIZACIÓN No. DE PÁGINA
MES AÑO MES AÑO
71 Octubre 2007 Octubre 2013
6.2 COORDINACÒN DE OFICINAS REGIONALES
OBJETIVO
FUNCIONES
Auxiliar en la recepción, admisión o desechamiento de quejas Investigar e integrar los asuntos especiales que se turnan a la tercera visitaduría.
Recibir, admitir o rechazar quejas e inconformidades. Elaborar borradores para acordar la radicación y calificación de quejas en los términos que marca
el Reglamento Interior de la Comisión en su artículo 90 para pasar a firma del Visitador General.
Supervisar que se remitan por Internet y paquetería los diferentes oficios, acuerdos, calificaciones y cuadernillos de queja.
Revisar la correcta integración de los cuadernillos de queja.
Orientar a los visitadores de oficinas regionales respecto de las investigaciones de campo así
como las peticiones que deban hacer a las autoridades.
Apoyar en la redacción y notificación de las medidas precautorias y cautelares cuando se estime necesario para evitar la consumación irreparable de violaciones a los derechos humanos.
Iniciar la investigación de las quejas que le sean turnadas o tramitadas de oficio.
Reunir todas aquellas pruebas que permitan determinar la existencia o inexistencia de hechos
violatorios de acuerdo con los principios de lógica, experiencia y legalidad, para resolver los expedientes de queja.
FECHA DE
ELABORACIÓN FECHA DE ACTUALIZACIÓN No. DE PÁGINA
MES AÑO MES AÑO
72 Octubre 2007 Octubre 2013
Conocer, investigar, tramitar y concluir quejas presentadas por presuntas violaciones a derechos
humanos cometidas por las diferentes áreas de gobierno al interior del Estado, a través de las
oficinas regionales localizadas en Autlán de Navarro, Ciudad Guzmán, Colotlán, Lagos de
Moreno, Puerto Vallarta, Ocotlán, Mascota, Tequila y Tepatitlan; así como rendir informes
relativos a los recursos de queja o impugnación gestionadas ante la Comisión Nacional de los
Derechos Humanos.
Solicitar informes a las autoridades implicadas en la presunta violación de los derechos humanos.
En caso necesario acudir a las oficinas administrativas de los ayuntamientos para recabar datos
relacionados con los hechos denunciados, hacer entrevistas personales, ya sea con autoridades, servidores públicos o testigos; examinar expedientes, álbum fotográfico o documentos que sustenten la resolución de la queja.
En caso necesario practicar entrevistas con la parte quejosa, para recopilar pruebas o en su caso
ampliar declaración.
Levantar actas circunstanciadas cada vez que se tenga comunicación telefónica con la parte quejosa o agraviada, o con cualquier autoridad acerca de una queja conforme al artículo 97 del reglamento Interior.
Integrar los expedientes de quejas para que contengan los documentos probatorios de la violación
a derechos humanos cometida por la autoridad para sustentar la formulación de recomendaciones.
Dirigir mesas de trabajo para lograr la conciliación de quejas cuando no se trate de hechos graves.
Revisar los proyectos de resolución de las quejas, realizar las observaciones pertinentes y regresarlas a su lugar de origen para que las incorporen.
Conjuntar reportes de actividades de cada una de las oficinas regionales para realizar un informe
mensual de las orientaciones y quejas atendidas.
En caso de concluir un expediente de queja por no tratarse de violación a derechos humanos se procederá a orientar jurídicamente a la persona quejosa.
Participar en la proyección de recomendaciones, pronunciamientos e informes especiales.
Participar en reuniones con comunidades indígenas.
Participar como expositor en diferentes foros para contribuir a la promoción de la cultura de los
derechos humanos
Las demás que en el ámbito de su competencia le sean encargadas expresamente por el Presidente, el Tercer Visitador General y las que señalen la Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco, su Reglamento Interior y el Reglamento de Condiciones Generales de Trabajo.
FECHA DE
ELABORACIÓN FECHA DE ACTUALIZACIÓN No. DE PÁGINA
MES AÑO MES AÑO
73 Octubre 2007 Octubre 2013
8. CUARTA VISITADURÍA GENERAL
OBJETIVO
FUNCIONES
Admitir o rechazar, de manera fundada y motivada, las quejas presentadas ante la Comisión que
le hubieran sido turnadas por el Director de Quejas, Orientación y Seguimiento.
Informar al Presidente de las quejas que sean recibidas en su visitaduría o iniciadas de oficio y del
trámite de las mismas.
En coordinación con el Director de Quejas, Orientación y Seguimiento, iniciar de oficio la
investigación de presuntas violaciones de derechos humanos que sean de interés social o las de dominio público.
Solicitar en cualquier momento a las autoridades competentes, que se tomen las medidas precautorias o cautelares para evitar la consumación irreparable de las violaciones de derechos humanos de que se tenga conocimiento.
Realizar las actividades necesarias para lograr, por medio de la conciliación o de la petición, el
cese inmediato de las violaciones de derechos humanos. Practicar las investigaciones y estudios pertinentes para formular los proyectos de resolución,
acuerdos o peticiones, los que se someterán a consideración del Presidente para su análisis y posible aprobación.
FECHA DE
ELABORACIÓN FECHA DE ACTUALIZACIÓN No. DE PÁGINA
MES AÑO MES AÑO
74 Octubre 2007 Octubre 2013
Defender y proteger los derechos humanos de las personas que se encuentran en el estado de
Jalisco por medio de la investigación, análisis y resoluciones de presuntas violaciones por
actos u omisiones de servidores públicos de los tres poderes del Estado, por hechos ocurridos
dentro de la zona metropolitana de Guadalajara, con excepción de la Fiscalia Central, la
Fiscalia Regional, la Fiscalia de Derechos Humanos y la Comisaría de Seguridad Pública del
Estado.
Cuando se requiera efectuar una investigación para poder emitir resoluciones, tendrán las
siguientes facultades:
a) Solicitar a cualquier dependencia, autoridad o servidor público estatal o municipal la presentación de informes o documentos que ayuden al esclarecimiento de los hechos que se investigan.
b) Practicar las visitas e inspecciones a las dependencias públicas, ya sea directamente o por
medio del personal técnico o profesional bajo su dirección, en los términos de la presente ley y su Reglamento Interior.
c) Sugerir que a través de los procedimientos administrativos o penales, se analice la posible
responsabilidad de las autoridades o servidores públicos que obstaculicen la investigación.
d) Efectuar las demás acciones que conforme a derecho se juzguen convenientes para el mejor conocimiento de los asuntos.
Vigilar, en coordinación con la Dirección de Quejas, Orientación y Seguimiento, la actualización del registro de cumplimiento de recomendaciones y de conciliaciones.
Supervisar la actuación relativa a la integración e investigación de los expedientes de queja
turnados a los visitadores adjuntos.
Mantener vías de comunicación directa con los quejosos para llevar a cabo la integración y
resolución de los expedientes de queja en el menor tiempo posible, así como para informarles
sobre el estado que guardan dichos expedientes.
Recibir y tramitar los recursos de revisión presentados por los agraviados, y darles trámite ante la
Comisión Nacional, conforme a los mecanismos establecidos.
Presentar denuncias penales cuando sea necesario, en virtud de la delegación de facultades hecha
por el Presidente de la Comisión.
Elaborar el programa anual de trabajo del área y presentarlo al Presidente de la Comisión para su
análisis y autorización.
Brindar apoyo en los cursos de formación que imparte la CEDHJ, a través de la Secretaría Ejecutiva.
FECHA DE
ELABORACIÓN FECHA DE ACTUALIZACIÓN No. DE PÁGINA
MES AÑO MES AÑO
75 Octubre 2007 Octubre 2013
FECHA DE
ELABORACIÓN FECHA DE ACTUALIZACIÓN No. DE PÁGINA
MES AÑO MES AÑO
76
Octubre 2007 Octubre 2013
Planear y programar las actividades de su personal, con las autoridades correspondientes y las visitas a los quejosos, para integrar y solucionar adecuadamente los expedientes de queja y de conformidad.
Dictar las medidas pertinentes para la programación del calendario de visitas de supervisión, conforme lo establezca el Reglamento Interior, y establecer normas de trabajo con las dependencias que a continuación se detallan:
Congreso del Estado Consejo General del Poder Judicial DIF Jalisco Fiscalía de Reinserción Social Instituto de Pensiones del Estado de Jalisco Secretaria de Salud, (los relacionados con
negligencia médica y asuntos administrativos)
Hospitales civiles de Guadalajara Junta Local de Conciliación y Arbitraje Secretaría de Planeación, Administración y
Finanzas Secretaría de Desarrollo e Integración
Social Secretaría de Medioambiente y Desarrollo
Territorial
Secretaría de Desarrollo Rural Secretaría de Infraestructura y Obra
Pública Secretaría de Educación Fiscalía General de Gobierno Secretaría de Desarrollo Económico Secretaría de Turismo Secretaría de Movilidad SIAPA Sistecozome Sistema del Tren Eléctrico Supremo Tribunal de Justicia Tribunal de Arbitraje y Escalafón Universidad de Guadalajara Organismos Públicos Descentralizados
excepto Instituto Jalisciense de Asistencia Social e Instituto Jalisciense de Ciencias Forenses.
Así como todas las autoridades estatales que no sean de expresa competencia de otra visitaduría, para vigilar el respeto de los derechos humanos, mediante la entrega de un informe al presidente dentro de los tres días siguientes a cada visita.
Elaborar informes periódicos relativos a los avances y al desempeño del área a su cargo.
Gestionar reuniones con las autoridades a fin de mostrar las violaciones de derechos humanos que se cometan en forma sistemática, y proponer medidas para erradicarlas.
Visitar las instituciones de tratamiento y apoyo a personas enfermas mentales, personas con
discapacidad y adultos mayores, centros de salud y demás establecimientos de asistencia social, en los que intervenga cualquier autoridad estatal o municipal, para cerciorarse del absoluto respeto de los derechos humanos de las personas que son atendidas en esas instituciones.
Verificar el irrestricto respeto a los derechos humanos de las personas privadas de su libertad, en los establecimientos destinados a la detención preventiva, custodia o readaptación social que se ubiquen en la entidad.
Requerir la auscultación médica de reos y detenidos cuando se presuman maltratos o torturas.
Solicitar la intervención de la dependencia estatal o municipal correspondiente en materia de
seguridad pública, prevención del delito, readaptación social o protección civil, cuando se tenga
conocimiento que alguna persona internada en algún centro de detención o prisión le hayan sido
violados sus derechos humanos para que cese dicha situación.
Las demás que en el ámbito de su competencia le sean encargadas expresamente por el Presidente y las que señale la Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco, su Reglamento Interior y el Reglamento de Condiciones Generales de Trabajo.
FECHA DE
ELABORACIÓN FECHA DE ACTUALIZACIÓN No. DE PÁGINA
MES AÑO MES AÑO
77 Octubre 2007 Octubre 2013
8.1. COORDINACIÓN DE ÁREA DE GOBIERNO
OBJETIVO
FUNCIONES
Auxiliar en la recepción, admisión o desechamiento de quejas.
Elaborar borradores para acordar la radicación y calificación de quejas en los términos que marca
el Reglamento Interior de la Comisión en su artículo 90 para pasar a firma del Visitador General.
Apoyar en la redacción y notificación de las medidas precautorias y cautelares cuando se estime
necesario para evitar la consumación irreparable de violaciones a los derechos humanos.
Apoyar a los visitadores adjuntos a Reunir todas aquellas pruebas que permitan determinar la
existencia o inexistencia de hechos violatorios de acuerdo con los principios de lógica, experiencia
y legalidad, para resolver los expedientes de queja.
Solicitar informes a las autoridades implicadas en la presunta violación de los derechos humanos.
Acudir a las oficinas administrativas de las autoridades para recabar datos relacionados con los
hechos denunciados, hacer entrevistas personales, ya sea con autoridades, servidores públicos o
testigos; examinar expedientes, álbum fotográfico o documentos que sustenten la resolución de la
queja.
Practicar visitas e inspecciones en los lugares donde se presume la presunta violación de derechos
humanos en materia de salud, readaptación social, educación, movilidad, y demás asuntos de la
competencia de la visitaduría en que se encuentra adscrito con el fin de recabar los elementos
necesarios para esclarecimiento de hechos, así como para resolver el expediente de queja.
FECHA DE
ELABORACIÓN FECHA DE ACTUALIZACIÓN No. DE PÁGINA
MES AÑO MES AÑO
78 Octubre 2007 Octubre 2013
Conocer, investigar, tramitar y concluir quejas presentadas por presuntas violaciones a derechos
humanos por actos u omisiones de los servidores públicos de los tres poderes del Estado, por
hechos ocurridos dentro de la zona metropolitana de Guadalajara, con excepción de la Fiscalía
Central, la Fiscalía Regional, la Fiscalía de Derechos Humanos y la Comisaría de Seguridad
Pública; así como rendir informes relativos a los recursos de queja o impugnación gestionados
ante la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.
Practicar entrevistas con la parte quejosa, para recopilar pruebas o en su caso ampliar declaración.
Levantar actas circunstanciadas cada vez que se tenga comunicación telefónica con la parte
quejosa o agraviada, o con cualquier autoridad acerca de una queja conforme al artículo 97 del
reglamento interior.
Apoyar en la integración de los expedientes de quejas para que contengan los documentos
probatorios de la violación a derechos humanos cometida por la autoridad para sustentar la
formulación de recomendaciones.
Dirigir mesas de trabajo para lograr la conciliación de quejas cuando no se trate de hechos graves.
En caso de no concluir un expediente de queja por no tratarse de violación a derechos humanos se
procederá a orientar jurídicamente a la persona quejosa.
Acudir a reuniones de trabajo con las autoridades competencia de la visitaduría general a la que
está adscrito.
Realizar un informe mensual de las orientaciones y quejas atendidas.
Las demás que en el ámbito de su competencia le sean encargadas expresamente por el Presidente,
el Cuarto Visitador General y las que señalen la Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos
Jalisco, su Reglamento Interior y el Reglamento de Condiciones Generales de Trabajo.
FECHA DE
ELABORACIÓN FECHA DE ACTUALIZACIÓN No. DE PÁGINA
MES AÑO MES AÑO
79 Octubre 2007 Octubre 2013
9. QUINTA VISITADURÍA GENERAL
OBJETIVO
FUNCIONES
Admitir o rechazar, de manera fundada y motivada, las quejas presentadas ante la Comisión que le
hubieran sido turnadas, por la Dirección de Quejas, Orientación y Seguimiento.
Informar al Presidente de las quejas que sean recibidas en su visitaduría o iniciadas de oficio y de
su posterior trámite.
En coordinación con el Director de Quejas, Orientación y Seguimiento, iniciar de oficio la
investigación de las quejas por presuntas violaciones de derechos humanos que sean de interés
social o las de dominio público.
Solicitar en cualquier momento a las autoridades competentes, que se tomen las medidas
precautorias o cautelares necesarias para evitar la consumación irreparable de las violaciones de
que tengan conocimiento.
Realizar las actividades necesarias para lograr, por medio de la conciliación o de la petición, el
cese inmediato de las violaciones de derechos humanos.
FECHA DE
ELABORACIÓN FECHA DE ACTUALIZACIÓN No. DE PÁGINA
MES AÑO MES AÑO
80 Octubre 2007 Octubre 2013
Defender y proteger los derechos humanos de las personas en el estado de Jalisco, por medio de
la investigación, análisis y resoluciones sobre presuntas violaciones a derechos humanos por
actos u omisiones de servidores públicos estatales y municipales, donde se involucren
violaciones a personas de grupos vulnerables como lo pueden ser: niñas, niños y adolescentes,
mujeres, personas con discapacidad, personas adultas mayores, indígenas, personas en situación
de calle, personas con VIH, periodistas, migrantes y diversidad sexual, entre otros.
Practicar investigaciones y estudios para formular los proyectos de resolución, acuerdos o
peticiones, los que se someterán a consideración del Presidente para su análisis y posible
aprobación.
Cuando se requiera efectuar una investigación para poder emitir resoluciones, tendrán las
siguientes facultades:
a) Solicitar a cualquier dependencia, autoridad o servidor público estatal o municipal
la presentación de informes o documentos que ayuden al esclarecimiento de los hechos que se investigan.
b) Practicar las visitas e inspecciones a las dependencias públicas, ya sea
directamente o por medio del personal técnico o profesional bajo su dirección, en los términos de la presente ley y su Reglamento Interior.
c) Sugerir que mediante los procedimientos administrativos o penales, se analice la
posible responsabilidad de las autoridades o servidores públicos que obstaculicen la investigación.
d) Efectuar las demás acciones que conforme a derecho se juzguen convenientes para
el mejor conocimiento de los asuntos.
Revisar los proyectos de recomendación o acuerdos de no violación elaborados por los visitadores
adjuntos, antes de que se pongan a consideración del Presidente.
Vigilar en coordinación con la Dirección de Quejas, Orientación y Seguimiento, la actualización
del registro de cumplimiento de recomendaciones y conciliaciones.
Supervisar la actuación relativa a la integración e investigación de los expedientes de queja
turnados a los visitadores adjuntos.
Mantener vías de comunicación directa con los quejosos para llevar a cabo la integración y
resolución de los expedientes de queja en el menor tiempo posible, así como para informarles
sobre el estado que guardan dichos expedientes.
FECHA DE
ELABORACIÓN FECHA DE ACTUALIZACIÓN No. DE PÁGINA
MES AÑO MES AÑO
81 Octubre 2007 Octubre 2013
Recibir y tramitar los recursos de revisión presentados por los agraviados y darles trámite ante la
Comisión Nacional, conforme a los mecanismos establecidos.
Presentar denuncias penales cuando ello sea necesario, en virtud de la delegación de facultades
hecha por el Presidente de la Comisión.
Elaborar el programa anual de trabajo del área y someterlo a consideración del Presidente para su
autorización.
Brindar apoyo en los cursos de formación que imparte la CEDHJ, a través de la Secretaría
Ejecutiva.
Planear y programar las actividades de su personal con las autoridades correspondientes, y las
visitas a los quejosos para integrar y solucionar adecuadamente los expedientes de queja y
conformidad.
Dictar las medidas pertinentes para la programación del calendario de visitas de supervisión,
conforme lo establezca el reglamento interior; establecer normas de trabajo con albergues
infantiles y de adultos mayores.
Realizar visitas periódicas a los orfanatos, asilos, hospicios, instituciones y organismos que
trabajen con la niñez, para verificar la observancia y respeto de los derechos de los niños
contenidos en leyes federales, locales, en los instrumentos internacionales sobre los derechos de la
infancia que hayan sido ratificados por México o de los que forme parte, así como los derechos de
la educación y la salud que establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Realizar visitas periódicas a las instituciones de tratamiento y apoyo a personas con enfermedad
mental, con discapacidad y adultos mayores, centros de salud y demás establecimientos de
asistencia social, en los que intervenga cualquier autoridad estatal o municipal, para cerciorarse del
absoluto respeto a los derechos humanos de las personas que son atendidas en esas instituciones,
que se le requieran.
FECHA DE
ELABORACIÓN FECHA DE ACTUALIZACIÓN No. DE PÁGINA
MES AÑO MES AÑO
82 Octubre 2007 Octubre 2013
Formular programas y proponer acciones, en coordinación con las dependencias competentes, para
impulsar el cumplimiento de los tratados, convenciones y acuerdos internacionales signados y
ratificados por México en materia de derechos humanos.
Programar, coordinar, redactar y revisar los proyectos de informes especiales sobre grupos
vulnerables, que se le encomienden.
Las demás que en el ámbito de su competencia le sean encargadas por el Presidente, y las que
señalen la Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco, su Reglamento Interior y el
Reglamento de Condiciones Generales de Trabajo.
FECHA DE
ELABORACIÓN FECHA DE ACTUALIZACIÓN No. DE PÁGINA
MES AÑO MES AÑO
83 Octubre 2007 Octubre 2013
9.1. ÁREA DE NIÑEZ
OBJETIVO
FUNCIONES
Auxiliar en la recepción, admisión o desechamiento de quejas Elaborar borradores para acordar la radicación y calificación de quejas en los términos que marca
el Reglamento Interior de la Comisión en su artículo 90 para pasar a firma del Visitador General
Apoyar en la redacción y notificación de las medidas precautorias y cautelares cuando se estime necesario para evitar la consumación irreparable de violaciones a los derechos humanos de niños, niñas y adolescentes.
Apoyar a los visitadores adjuntos a reunir todas aquellas pruebas que permitan determinar la
existencia o inexistencia de hechos violatorios de acuerdo con los principios de lógica, experiencia y legalidad, para resolver los expedientes de queja.
Solicitar informes a las autoridades implicadas en la presunta violación de los derechos humanos.
Acudir a las oficinas administrativas de las autoridades para recabar datos relacionados con los
hechos denunciados, hacer entrevistas personales, ya sea con autoridades, servidores públicos o testigo; examinar expedientes, álbum fotográfico o documentos que sustenten la resolución de la queja.
Practicar visitas e inspecciones en los lugares donde se presume la presunta violación de derechos
humanos en contra de niños, niñas y adolescentes.
Realizar visitas periódicas a los orfanatos, hospicios, instituciones y organismos que trabajen con la niñez en el estado de Jalisco, para verificar la observancia y respeto de los derechos humanos de las niñas, niños y adolescentes contenidos en leyes federales, locales, en los instrumentos internacionales sobre los derechos de la infancia que hayan sido ratificados por México o de los que forme parte, así como los derechos de la educación y la salud que establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
FECHA DE
ELABORACIÓN FECHA DE ACTUALIZACIÓN No. DE PÁGINA
MES AÑO MES AÑO
84 Octubre 2007 Octubre 2013
Conocer, investigar, tramitar y concluir quejas presentadas por presuntas violaciones a derechos
humanos de niños, niñas y adolescentes cometidas por cualquier servidor público o autoridad en
el Estado de Jalisco; así como rendir informes relativos a los recursos de queja o impugnación
gestionados por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.
Colaborar en el proyecto de informe especial sobre la niñez institucionalizada.
Practicar entrevistas con la parte quejosa, para recopilar pruebas o en su caso ampliar declaración. Levantar actas circunstanciadas cada vez que se tenga comunicación telefónica con la parte
quejosa o agraviada, o con cualquier autoridad acerca de una queja conforme al artículo 97 del Reglamento Interior.
Apoyar en la integración los expedientes de quejas para que contengan los documentos probatorios
de la violación a derechos humanos cometida por la autoridad para sustentar la formulación de recomendaciones.
Dirigir mesas de trabajo para lograr la conciliación de quejas cuando no se trate de hechos graves.
Acudir a reuniones con autoridades para la generación de acuerdos de colaboración con relación a
la integración y resolución de las quejas.
En caso de concluir un expediente de queja por no tratarse de violación a derechos humanos se
procederá a orientar jurídicamente a la persona quejosa. Realizar un informe mensual de las orientaciones y quejas atendidas.
Las demás que en el ámbito de su competencia le sean encargadas expresamente por el presidente,
el Quinto Visitador General y las que señalen la Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco, su Reglamento Interior y el Reglamento de Condiciones Generales de Trabajo.
FECHA DE
ELABORACIÓN FECHA DE ACTUALIZACIÓN No. DE PÁGINA
MES AÑO MES AÑO
85 Octubre 2007 Octubre 2013
10. DIRECCIÓN DE QUEJAS, ORIENTACIÓN Y SEGUIMIENTO
OBJETIVO
FUNCIONES
Recibir quejas y atender durante las veinticuatro horas del día, todo el año, a quienes acudan para
presentar alguna inconformidad, así como recibir oficios y correspondencia dirigida a la Comisión;
cuando se trata de asuntos urgentes o graves, inmediatamente se hace del conocimiento del
visitador general o, en su caso, del Presidente de la Comisión.
Recabar la ratificación del agraviado cuando se encuentre privado de su libertad y se trate de
situaciones urgentes, o cuando no pueda acudir a las oficinas de la Comisión por hallarse en algún
nosocomio o centro de salud recibiendo atención médica; asimismo, recopilar información para
lograr la identificación de los servidores públicos involucrados. En las visitadurías regionales los
visitadores adjuntos encargados estarán obligados a recabar las ratificaciones.
Brindar orientación a los quejosos cuando a su inconformidad no aplique el trámite de una queja,
en cuyo caso se explicará al usuario la naturaleza de su problema, las posibles formas de solución
y se le canalizará ante la dependencia que pueda brindarle apoyo.
Despachar toda correspondencia concerniente a la atención de quejas y orientaciones que deba
enviarse a las autoridades, quejosos o agraviados, así como recabar los acuses de recepción y
turnarlos a los órganos de la Comisión.
FECHA DE
ELABORACIÓN FECHA DE ACTUALIZACIÓN No. DE PÁGINA
MES AÑO MES AÑO
86 Octubre 2007 Octubre 2013
Contribuir en la defensa de los derechos humanos de los habitantes de Jalisco mediante la
atención de sus planteamientos y la recepción de quejas, el apoyo en el proceso de integración
de las quejas a través de dictámenes médicos y psicológicos, así como la distribución y
notificación de documentos y el seguimiento a las resoluciones.
Iniciar actas de investigación previa cuando exista la presunción de hechos violatorios de derechos
humanos difundidos a través de los medios de comunicación y no se tengan los datos mínimos
para determinar los hechos concretos, la identidad de autoridades o servidores públicos, o de los
posibles agraviados. A criterio del director de Quejas, Orientación y Seguimiento, para la
realización del trámite anterior podrá apoyarse en las visitadurías generales.
Turnar a los visitadores generales los expedientes de queja una vez que los hechos u omisiones
denunciados hayan sido calificados como probables violaciones de derechos humanos.
Asignar número de expediente a las quejas recibidas y registrarlos en una base de datos.
Mantener una base de datos de la recepción de quejas, su asignación a las visitadurías y el
seguimiento de asuntos concluidos.
Mediante el área médica, psicológica y dictaminación, brindar apoyo, a las visitadurías generales
en la atención del quejoso o agraviado y en la valoración técnica o profesional de documentos en
los que sea necesario interpretar la información rendida por alguna autoridad o servidor público.
Analizar y resolver las dificultades y peticiones que se presenten con motivo del cumplimiento de
las recomendaciones o acuerdos y dar cuenta al Presidente de los casos que hagan necesaria su
intervención directa con los titulares de las dependencias a las que se les haya formulado
recomendaciones.
Realizar las gestiones necesarias para la aceptación de recomendaciones y conciliaciones.
En coordinación con los visitadores, informar a los quejosos sobre los avances en el cumplimento
de recomendaciones y conciliaciones.
Turnar a la Contraloría Interna las quejas interpuestas contra los servidores públicos de la
Comisión.
Las demás que en el ámbito de su competencia le sean encargadas expresamente por el Presidente y las que señale la Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco, su Reglamento Interior y el Reglamento de Condiciones Generales de Trabajo.
FECHA DE
ELABORACIÓN FECHA DE ACTUALIZACIÓN No. DE PÁGINA
MES AÑO MES AÑO
87 Octubre 2007 Octubre 2013
10.1. COORDINACCIÓN GENERAL DE SEGUIMIENTO
OBJETIVO
FUNCIONES
Evaluar el grado de aceptación y cumplimiento de recomendaciones y conciliaciones.
Registrar en una base de datos la información relacionada con recomendaciones y conciliaciones.
Rendir informes periódicos a su superior jerárquico o cuando le sea requerido por el Presidente de
la Comisión.
Realizar visitas de inspección para verificar el cumplimiento de las recomendaciones y las
conciliaciones que así lo requieran.
Gestionar ante las autoridades la aceptación y el cumplimiento de las recomendaciones y
conciliaciones a través de oficios, reuniones y mesas de trabajo.
Las demás que en el ámbito de su competencia le sean encargadas expresamente por el Presidente de la Comisión, el Director de Quejas, Orientación y seguimiento y las que señale la Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco, su Reglamento Interior y el Reglamento de Condiciones Generales de Trabajo.
FECHA DE
ELABORACIÓN FECHA DE ACTUALIZACIÓN No. DE PÁGINA
MES AÑO MES AÑO
88 Octubre 2007 Octubre 2013
Impulsar el cumplimiento de los acuerdos expresados por las autoridades estatales y
municipales en relación con las recomendaciones y conciliaciones que emita la Comisión
Estatal de Derechos Humanos Jalisco.
10.2. JEFATURA DE GUARDIA
OBJETIVO
FUNCIONES
Supervisar, recibir quejas y atender a quienes acudan para presentar alguna inconformidad, durante
las veinticuatro horas y todos los días del año, y levantar las actas correspondientes.
Acudir y asignar personal para realizar ratificaciones con las personas agraviadas cuando la
víctima se encuentre privada de su libertad y se trate de situaciones urgentes, o cuando no pueda
acudir a las oficinas de la Comisión por encontrarse en algún nosocomio o centro de salud
recibiendo atención médica.
Recopilar información para lograr la identificación de los servidores públicos involucrados en las
violaciones de derechos humanos denunciadas.
Elaborar oficios de de canalización de usuarios a las dependencias públicas, solicitando apoyo para
las personas quejosas en los términos de la ley.
Realizar gestiones vía telefónica a favor de las personas agraviadas o quienes solicitan orientación
jurídica.
FECHA DE
ELABORACIÓN FECHA DE ACTUALIZACIÓN No. DE PÁGINA
MES AÑO MES AÑO
89 Octubre 2007 Octubre 2013
Atender las quejas que por presuntas violaciones de derechos humanos presente la ciudadanía y
darles orientación jurídica cuando planteen asuntos que no sean de la competencia de la
Comisión, así como, fungir como enlace con las visitadurías generales y áreas responsables de
tramitación de expedientes.
Realizar gestiones para conciliar asuntos cuando no se trate de hechos graves.
Elaborar y notificar medidas precautorias y cautelares cuando se estime necesario para evitar la
consumación irreparable de violaciones a los derechos humanos.
Llevar registro de los oficios girados y recibidos en el área.
Brindar orientación jurídica a los quejosos cuando su inconformidad no implique el trámite de una
queja, en cuyo caso se les explicará la naturaleza de su problema, las posibles formas de solución y
se le canalizará ante la dependencia que pueda brindarle apoyo.
Acudir a manifestaciones públicas como observadores y en caso necesario elaborar constancias y
actas circunstanciadas de las que se puedan desprender violaciones a derechos humanos.
Revisar los informes diarios que rinden los visitadores de guardia, con el fin de coordinar y dar
seguimiento a los asuntos relevantes.
Las demás que en el ámbito de su competencia le sean encargadas expresamente por el Presidente, el Director de Quejas, Orientación y seguimiento y las que señale la Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco, su Reglamento Interior y el Reglamento de Condiciones Generales de Trabajo.
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90 Octubre 2007 Octubre 2013
10.3. JEFATURA DE ÁREA MÉDICA, PSICOLÓGICA Y
DICTAMINACIÓN
OBJETIVO
FUNCIONES
Expedir dictámenes periciales en materia médica y psicológica.
Emitir dictámenes en materia de responsabilidad médica.
Apoyar a las visitadurías con opiniones técnicas médicas y psicológicas para integración de
expedientes de queja.
Entrevistar a personas agraviadas para descartar o confirmar hechos violatorios y determinar su
estado emocional.
Realizar valoraciones psicológicas de presuntos agraviados señalados en actas de investigación
para acordar si los hechos denunciados constituyen motivo de queja.
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MES AÑO MES AÑO
91 Octubre 2007 Octubre 2013
Brindar apoyo tanto al área de Guardia como a las visitadurías generales para la valoración
técnica o profesional de documentos en los que sea necesario interpretar la información
rendida por alguna autoridad o servidor público, así como realizar valoraciones del estado
físico y emocional de personas quejosas o agraviadas para aportar elementos sobre daños a su
integridad provocados por presuntos hechos violatorios de derechos humanos.
Proponer líneas de investigación para integrar e indagar las violaciones de derechos humanos
relacionadas con su área especifica.
Apoyar en la atención en crisis y contención psicológica de personas que acuden al área de
guardia.
Apoyar a las visitadurías durante la revisión y supervisión de centros escolares, albergues, asilos y
hospitales psiquiátricos, para desarrollar dictámenes sobro indicadores de bullyng y abuso sexual
Elaborar y actualizar un directorio de instituciones especializadas para la canalización cuando los
asuntos no sean competencia de la Comisión.
Las demás que en el ámbito de su competencia le sean encargadas expresamente por el Presidente,
el Director de Quejas, Orientación y Seguimiento y las que señale la Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco, su Reglamento Interior y el Reglamento de Condiciones Generales de Trabajo.
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92 Octubre 2007 Octubre 2013
10.4. OFICIALÍA DE PARTES
OBJETIVO
FUNCIONES
Recibir diariamente las notificaciones a entregar a quejosos y autoridades que turnan las
visitadurías, así como oficios y documentación diversa del resto de las áreas de la Comisión.
Registrar en la libreta las notificaciones turnadas y los oficios.
Asignar notificaciones y oficios conforme la ruta entregada de cada notificador.
Recabar acuses de recibido de las notificaciones realizadas y turnarlos a las áreas que remitiera los
oficios.
Reportar los domicilios incorrectos, a las áreas que hayan remitido los oficios en las notificaciones.
Colocar en estrados los oficios que turnen las áreas durante los periodos indicados.
Recibir, foliar y registrar toda la correspondencia dirigida a las diferentes áreas de la Comisión que
se reciban en ventanilla o vía servicios de mensajería.
Distribuir oficios, mensajería y demás comunicados que se hayan recibido en la ventanilla.
Las demás que en el ámbito de su competencia le sean encargadas expresamente por el Presidente, el Director de Quejas, Orientación y Seguimiento y las que señale la Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco, su Reglamento Interior y el Reglamento de Condiciones Generales de Trabajo.
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93 Octubre 2007 Octubre 2013
Recibir, registrar y distribuir toda la correspondencia dirigida a las diferentes áreas de la
Comisión y también la generada por ella.
11. DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL
OBJETIVO
FUNCIONES
Establecer, junto con el Presidente, las políticas informativas y publicitaras de la institución.
Planear, diseñar y ejecutar diversas estrategias de comunicación para vincular a la institución con
la sociedad a través de los medios masivos.
Fomentar el diálogo con los representantes de los medios de comunicación, a fin de lograr una
relación directa y clara.
Coordinar la presencia de los funcionarios de la Comisión ante los medios de comunicación.
Analizar las entrevistas en las que haya participado personal de la Comisión y proponer maneras
para mejorarlas.
Informar a la sociedad los objetivos, programas de trabajo, resoluciones y pronunciamientos que
considere pertinente en coordinación con la presidencia.
Mantener informados a los funcionarios de la Comisión sobre las noticias relativas a los derechos
humanos o de interés general y elaborar una memoria de las notas de mayor interés.
Planear, diseñar y dirigir las campañas de difusión de la institución.
Gestionar tiempos oficiales en el Sistema Jalisciense de Radio y Televisión, cuando se considere
conveniente.
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MES AÑO MES AÑO
94 Octubre 2007 Octubre 2013
Mantener informada a la sociedad de manera oportuna y veraz sobre el estado, avance y
retroceso que en materia de derechos humanos se observa en las autoridades, así como de los
objetivos y programas de trabajo de la Comisión, a través de los medios masivos, mediante
una política de comunicación basada en el respeto, la ética y el profesionalismo.
Asesorar al Presidente en el manejo y cuidado de su propia imagen y de la institución.
Dirigir la elaboración, publicación o programación de materiales informativos sobre los derechos
humanos y las labores de la Comisión.
Producir material para apoyar la difusión de los derechos humanos, así como la Gaceta 6 de
Diciembre, el periódico DHumanos, el canal de Youtube y demás publicaciones relevantes en la
materia.
Conservar la videoteca de la Comisión y enriquecerla con material relevante en la materia.
Las demás que en el ámbito de su competencia le sean encargadas expresamente por el Presidente
y las que señale la Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco, su Reglamento Interior y el Reglamento de Condiciones Generales de Trabajo.
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95 Octubre 2007 Octubre 2013
11.1. COORDINACIÓN DE PRENSA
OBJETIVO
FUNCIONES
Ser el vínculo con los representantes de los medios de comunicación y atender con oportunidad sus
necesidades informativas.
Gestionar las entrevistas que soliciten los medios de comunicación.
Asesorar a los funcionarios de la Comisión en el manejo de entrevistas y trato con medios.
Organizar conferencias de prensa.
Coordinar el proceso editorial de las publicaciones de la Comisión como la Gaceta 6 de diciembre
y periódico Dhumanos.
Organizar y supervisar el trabajo de reporteros, fotógrafos y camarógrafos, así como las
actividades de monitoreo de medios.
Elaborar síntesis de las recomendaciones, informes, pronunciamientos, conciliaciones o cualquier
otro documento para presentación en conferencia de prensa.
Redactar boletines de prensa y demás documentos que solicite el Presidente y la Dirección de
Comunicación Social.
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MES AÑO MES AÑO
96 Octubre 2007 Octubre 2013
Gestionar y mantener vinculación con medios de comunicación para informar a la sociedad
acerca de las acciones y servicios que brinda la Comisión de Derechos Humanos Jalisco.
Coordinar la producción del video para el informe anual de actividades, así como las cápsulas
informativas para el canal YouTube.
Elaborar los informes de la dirección.
Las demás que en el ámbito de su competencia le sean encargadas expresamente por el
Presidente, la Directora de Comunicación Social y las que señale la Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco, su Reglamento Interior y el Reglamento de Condiciones Generales de Trabajo.
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MES AÑO MES AÑO
97 Octubre 2007 Octubre 2013
11.2. AREA DE EDICIÓN
OBJETIVO
FUNCIONES
Revisar el documento original de las Recomendaciones que le son turnadas corregirlo
ortotipográficamente y enriquecerlo con notas críticas.
Corrección ortotipográfica de oficios, boletines de prensa, Recomendaciones, informes y otros
textos.
Evaluar, revisar y preparar para su edición los artículos que se publican en la Gaceta 6 de
Diciembre, DHumanos y otras publicaciones.
Apoyar a las diferentes áreas de la Comisión en la redacción del Informe Anual de Actividades y
los discursos del Presidente.
Impartir cursos de redacción al personal de la Comisión.
Renovación anual de las reservas de derechos de las publicaciones Gaceta 6 de Diciembre y
DHumanos.
Las demás que en el ámbito de su competencia le sean encargadas expresamente por el Presidente,
la Directora de Comunicación Social y las que señale la Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco, su Reglamento Interior y el Reglamento de Condiciones Generales de Trabajo.
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MES AÑO MES AÑO
98 Octubre 2007 Octubre 2013
Llevar procesos de revisión de un texto original con la finalidad de intervenir en los diversos
niveles de la composición textual, ortográfica, gramatical y léxico. Lo anterior en virtud de
que la calidad de los documentos en cuanto a su correcta ortografía y redacción refleja la
buena imagen que este organismo debe mantener como institución en su interacción con otras
entidades del servicio público.
12. DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA
OBJETIVO
FUNCIONES
Recibir los ingresos que, por partida presupuestaria, remita la Secretaría de Finanzas del Gobierno
del Estado.
Supervisar la correcta aplicación de los recursos financieros de la Comisión, ejerciendo un estricto
control presupuestario.
Proporcionar los insumos para la adecuada operación de las distintas áreas de la Comisión.
Controlar la adquisición de los bienes autorizados en el presupuesto de egresos de la Comisión.
Mantener un inventario actualizado de los bienes muebles e inmuebles propiedad de la Comisión.
Dar mantenimiento a los bienes muebles e inmuebles de la Comisión.
Organizar y supervisar el registro de los movimientos contables de la Comisión a fin de disponer
de información financiera veraz y oportuna.
Presentar a la Presidencia, periódicamente y en forma oportuna, los informes de carácter financiero
de la institución.
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MES AÑO MES AÑO
99 Octubre 2007 Octubre 2013
Administrar con oportunidad y eficiencia los recursos humanos, materiales, económicos y
tecnológicos de la Comisión, bajo los principios de racionalidad, austeridad y disciplina
presupuestaria.
Encargarse del cumplimiento en tiempo y forma de las obligaciones fiscales, hacendarías y
trámites administrativos que deba cumplir la Comisión.
Vigilar la elaboración de nómina de sueldos, aguinaldos, vacaciones y estímulos, y cubrir su pago;
verificar la asistencia del personal mediante tarjetas de control; proporcionar identificaciones al
personal, así como formar y resguardar los expedientes de cada uno de los servidores públicos que
laboran en el organismo.
Supervisar el registro y control de incapacidades, permisos y licencias.
Vigilar que la normatividad se cumpla de acuerdo con los manuales de procedimientos y de
organización de la Comisión.
Coordinar el desarrollo de sistemas de información y soporte de usuarios, así como proporcionar
mantenimiento preventivo y correctivo a la red de computadoras que se empleen en la Comisión.
Vigilar que se brinde mantenimiento para el uso adecuado de los sistemas de cómputo utilizados.
Elaborar el anteproyecto de presupuesto anual de la Comisión, en coordinación con las distintas
áreas.
Cumplir con las recomendaciones y observaciones que realice la Auditoria Superior del Estado y/o
el despacho de auditoria externa.
Cubrir los pagos de bienes y servicios adquiridos por la Comisión.
Las demás que en el ámbito de su competencia le sean encargadas por el Presidente y las que
señale la Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco, su Reglamento Interior, y el Reglamento de Condiciones Generales de Trabajo.
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MES AÑO MES AÑO
100 Octubre 2007 Octubre 2013
12.1. COORDINACIÓN DE PROGRAMACIÓN Y PRESUPUESTO
OBJETIVO
FUNCIONES
Coordinar la elaboración del anteproyecto de presupuesto integrando las propuestas y proyectos
expresados por las diversas áreas que conforman la Comisión y que hayan sido validadas por el
Presidente para presentarlas a revisión del Consejo Ciudadano.
Mantener estrecho contacto con la Secretaria de Planeación, Administración y Finanzas del Estado
de Jalisco para homologar criterios de aplicación y proyección presupuestal.
Una vez autorizado el presupuesto por parte del H. Congreso del Estado de Jalisco, y en
coordinación con la presidencia de la Comisión realizar la dispersión de recursos en el programa
contable INDETEC en colaboración con la Jefatura de Contabilidad.
Comunicar a las áreas el presupuesto autorizado para cada proyecto en conjunto con el Director
Administrativo.
Evaluar las solicitudes sobre requerimientos de materiales y/o servicios que las distintas áreas de la
Comisión hacen llegar a la Dirección Administrativa para verificar la disponibilidad de recursos
conforme lo presentado.
Llevar un estricto control de saldos de las partidas presupuestales cuidando la suficiencia de las
mismas.
Con la autorización del Presidente tramitar las transferencias presupuestales que se requieran con
la finalidad de dar solvencia a las partidas que así lo requieran.
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101 Octubre 2007 Octubre 2013
Vigilar que se apliquen los recursos conforme al presupuesto autorizado y al programa operativo
anual, además de que se cumpla lo establecido por la Ley General de Contabilidad.
Verificar que se registren de manera armónica, delimitada y específica las operaciones
presupuestales derivadas de la gestión pública de la Comisión.
Revisar que el registro de las etapas del presupuesto de la Comisión se efectué en las cuentas
contables que para tal efecto se establezcan y que cuenten con la documentación comprobatoria
que justifique dichos registros.
Las demás que en el ámbito de su competencia le sean encargadas por el Presidente, el Director
Administrativo y las que señale la Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco, su Reglamento Interior, y el Reglamento de Condiciones Generales de Trabajo.
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102 Octubre 2007 Octubre 2013
12.2. JEFATURA DE CONTABILIDAD
OBJETIVO
FUNCIONES
Formular el registro contable de las operaciones de la Comisión e informar el estado, las partidas
presupuestarias por unidades de trabajo y por proceso y/o proyecto de acuerdo con el presupuesto
elaborado y aprobado a las distintas áreas de la institución.
Llevar acabo trámites administrativos y movimientos a las cuentas de banco e inversión,
atendiendo necesidades de operación de la institución.
Elaborar y presentar en tiempo declaraciones provisionales y anuales de su competencia a las que
se encuentra obligada la institución.
Realizar pagos de impuestos y derechos que le correspondan a la Comisión.
Organizar e integrar el archivo contable del departamento.
Las demás que en el ámbito de su competencia le sean encargadas por el Presidente, el Director
Administrativo y las que señale la Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco, su Reglamento Interior, y el Reglamento de Condiciones Generales de Trabajo.
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MES AÑO MES AÑO
103 Octubre 2007 Octubre 2013
Proporcionar la información contable y presupuestal necesaria, que permita dar a conocer la posición
financiera de la Comisión, con el propósito de coadyuvar a la toma de decisiones en base a los
resultados proporcionados, así como, optimizar los recursos financieros, implementando estrategias
de aplicación de acuerdo con los lineamientos establecidos.
12.3. JEFATURA DE SERVICIOS GENERALES
OBJETIVO
FUNCIONES
Cotizar, comprar, almacenar y distribuir el material y mobiliario que le sean requeridos e
instalarlos cuando sea necesario.
Adquirir materiales y contratar servicios, en los términos previstos por el Reglamento de
Adquisiciones y Enajenaciones de Bienes y Servicios de la Comisión, para el mantenimiento y
conservación de las instalaciones, vehículos, mobiliario y equipo.
Coordinar los servicios generales y de intendencia proporcionados a los inmuebles de la Comisión.
Mantener un inventario actualizado de los bienes muebles e inmuebles propiedad de la Comisión.
Elaborar resguardos de los bienes de la institución y llevar el control de los mismos.
Coordinar los servicios de mantenimiento a los diferentes inmuebles de la Comisión.
Las demás que en el ámbito de su competencia le sean encargadas por el Presidente, el Director
Administrativo y las que señale la Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco, su Reglamento Interior, y el Reglamento de Condiciones Generales de Trabajo.
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104 Octubre 2007 Octubre 2013
Proporcionar los servicios técnicos de mantenimiento, conservación de equipo, instalaciones,
reparación y asignación de vehículos y de apoyo tales como la adquisición y distribución de bienes
de consumo que necesitan las distintas áreas de la Comisión, a través de la coordinación, ejecución
y control de las acciones que se requieran, así como, asegurar que todos los bienes propiedad de la
misma, se encuentren debidamente inventariados, resguardados y asegurados.
12.4. COORDINACIÓN DE RECURSOS HUMANOS
OBJETIVO
FUNCIONES
Elaborar nóminas de sueldos, aguinaldos, prima vacacional, bono por estímulos, liquidaciones e
indemnizaciones, y cubrir su pago.
Verificar la asistencia del personal mediante los mecanismos de control que para tal fin se
establezcan. .
Proporcionar gafetes al personal interno de la Comisión.
Integrar y resguardar los expedientes de cada uno de los servidores públicos que laboran en el
organismo.
Dar inducción al personal de nuevo ingreso.
Efectuar los trámites relacionados con el Seguro Social, Pensiones del Estado y fondos de retiro.
Registrar incapacidades, permisos o licencias.
Expedir nombramientos al personal.
Las demás que en el ámbito de su competencia le sean encargadas por el Presidente, el Director
Administrativo y las que señale la Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco, su Reglamento Interior, y el Reglamento de Condiciones Generales de Trabajo.
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MES AÑO MES AÑO
105 Octubre 2007 Octubre 2013
Promover, mantener y optimizar los recursos humanos para alcanzar los objetivos de la Comisión,
velar por el cumplimiento de las normas y procedimientos que rigen a la institución, así como dar
seguimiento a los trámites administrativos del personal interno.
12.5. JEFATURA DE INFORMÁTICA
OBJETIVO
Optimizar el uso y el aprovechamiento de los sistemas de cómputo de la Comisión, con base en un
programa de detección de necesidades, programación de sistemas, asignación de recursos,
mantenimiento de equipos, así como la administración de la red externa e interna.
FUNCIONES
Evaluar el diseño y prueba de los sistemas del área de informática.
Determinar la veracidad de la información del área de informática.
Evaluar los procedimientos de control de operación, analizar su estandarización y evaluar el
cumplimiento de los mismos.
Evaluar la forma como se administran los dispositivos de almacenamiento básico del área de
informática.
Evaluar el control que se tiene sobre el mantenimiento y las fallas de las Pcs.
Verificar las disposiciones y reglamentos que coadyuven al mantenimiento del orden dentro del
departamento de cómputo.
Desarrollar sistemas de información y soporte a usuarios. Continúa mejora, actualizaciones de
contenido y diseño de la página WEB de acuerdo a las especificaciones marcadas por el
Presidente.
Diseño y mantenimiento de los servicios de software así como de las bases de datos de la
Comisión acorde a las necesidades.
Planeación y desarrollo de proyectos de mejora continua y de atención a usuarios finales.
Realizar proyectos de modernización y de alcance a las mejores prácticas gubernamentales y de
atención al público.
Las demás que en el ámbito de su competencia le sean encargadas por el Presidente, el Director
Administrativo y las que señale la Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco, su
Reglamento Interior, y el Reglamento de Condiciones Generales de Trabajo.
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106 Octubre 2007 Octubre 2013
13. CONTRALORÍA INTERNA
OBJETIVO
FUNCIONES
Dar trámite a las quejas relativas al desempeño de los servidores públicos de la Comisión; practicar
las investigaciones necesarias y, cuando exista responsabilidad, instaurar los procedimientos
administrativos, aplicando en su caso las sanciones conducentes.
Realizar auditorías periódicas, visitas de inspección y reuniones de evaluación en todas las áreas
del organismo, verificando el cumplimento de los criterios generales y de los procedimientos; una
vez concluidas las auditorías y revisiones, proponer y vigilar la aplicación de medidas correctivas y
observaciones.
Evaluar el desempeño de los integrantes de la Comisión en las actividades comprendidas en el
programa general de trabajo, programas y proyectos especiales.
Verificar que las erogaciones de la Comisión se ajusten a los presupuestos autorizados.
Dar seguimiento hasta su conclusión al cumplimiento de las observaciones que formule la
Auditoría Superior del Estado.
Vigilar el cumplimiento de las normas de control, fiscalización y evaluación por parte de los
servidores públicos de la institución.
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MES AÑO MES AÑO
107 Octubre 2007 Octubre 2013
Vigilar que los integrantes del organismo cumplan estricta y cabalmente con la Ley de la
Comisión Estatal de Derechos Humanos y con la normativa aplicable; así como con los
procedimientos particulares establecidos para realizar las funciones de cada área, asegurando la
debida atención a los ciudadanos.
Propiciar el cumplimiento de las disposiciones de control, fiscalización y evaluación determinadas
por el Presidente o que se encuentren establecidas en el Reglamento de las Condiciones Generales
de Trabajo.
Vigilar el cumplimiento y respeto del organigrama, manuales de organización, Reglamento de
Condiciones Generales de Trabajo, Reglamento Interior de la CEDHJ y la estructura
administrativa de la Comisión.
Participar en los actos de entrega-recepción de los servidores públicos de la Comisión que ocupen
mandos medios y superiores, y en aquellos casos en los que el presidente lo indique para verificar
que se cumpla con las disposiciones normativas aplicables.
Participar en el comité de clasificación de la información conforme a lo establecido en la Ley de
Transparencia y Acceso a la Información.
Vigilar que los servidores públicos obligados presenten en tiempo y forma la declaración
patrimonial que les corresponda.
Las demás que en el ámbito de su competencia le sean encargadas expresamente por el Presidente y las que señale la Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco, su Reglamento Interior y el Reglamento de Condiciones Generales de Trabajo.
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108 Octubre 2007 Octubre 2013
13.1. AUDITORIA JURÍDICA
OBJETIVO
FUNCIONES
Atender las quejas y denuncias presentadas en contra de servidores públicos de la Comisión, las
inconformidades que sustenten los interesados por irregularidades que a su juicio se hayan
cometido en los procedimientos de atención y servicio.
Realizar las investigaciones correspondientes ante quejas y denuncias en contra de un servidor de
la Comisión y, en su caso determinar la existencia o no de elementos suficientes y pertinentes para
iniciar los procedimientos administrativos disciplinarios que correspondan.
Sustanciar los procedimientos administrativos previstos en la Ley para los Servidores Públicos del
Estado de Jalisco y sus Municipios y la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del
Estado de Jalisco.
Iniciar e instaurar los procedimientos administrativos disciplinarios y resarcitorios, en términos de
la ley.
Elaborar propuestas de resoluciones que correspondan a los procedimientos administrativos
instaurados, para que se finquen las responsabilidades administrativas y, en su caso, apliquen las
sanciones administrativas que correspondan conforme a las leyes y reglamentos.
Las demás que en el ámbito de su competencia le sean encargadas por el Presidente, la Contralora Interna y las que señale la Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco, su Reglamento Interior, y el Reglamento de Condiciones Generales de Trabajo.
FECHA DE
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MES AÑO MES AÑO
109 Octubre 2007 Octubre 2013
Iniciar y dar seguimiento a los procedimientos administrativos, disciplinarios y resarcitorios
en contra de servidores públicos de la Comisión por actos u omisiones que deriven de la
prestación del servicio público, en términos de la Ley de Responsabilidades de los Servidores
Públicos del Estado de Jalisco y sus Municipios.
13.2. AUDITORIA ADMINISTRATIVA
OBJETIVO
FUNCIONES
Elaborar, proponer y ejecutar el programa anual de auditorias administrativas, financieras y
operativas.
Evaluar el desempeño de los órganos y áreas de apoyo de la Comisión, a efecto de verificar el
cumplimiento de metas y resultados de sus acciones y programas.
Vigilar y evaluar el cumplimiento de normas y disposiciones emitidas en materia de control
interno de los recursos humanos, materiales, y financieros de los órganos y áreas de apoyo, y en su
caso, emitir las observaciones necesarias que permitan eficientar el desempeño de las funciones
encomendadas a dichas áreas.
Verificar el adecuado ejercicio del presupuesto autorizado a esta institución, atendiendo a los
principios de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestales emitidos por la unidad
administrativa responsable.
Verificar y dar seguimiento a las acciones que realicen los órganos y las áreas de apoyo para
solventar, implementar o cumplir las observaciones, recomendaciones o salvedades derivadas de la
práctica de auditorias internas y externas.
Las demás que en el ámbito de su competencia le sean encargadas por el Presidente, la Contralora Interna y las que señale la Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco, su Reglamento Interior, y el Reglamento de Condiciones Generales de Trabajo.
FECHA DE
ELABORACIÓN FECHA DE ACTUALIZACIÓN No. DE PÁGINA
MES AÑO MES AÑO
110 Octubre 2007 Octubre 2013
Verificar que el control interno en el manejo de los recursos humanos, materiales y financieros
sea el adecuado, a través de práctica de auditorias, supervisiones, inspecciones y evaluaciones
a los órganos y áreas de apoyo de la Comisión, con base en las normas de auditoria, sistemas y
procedimientos establecidos.
X. DIRECTORIO
PRESIDENCIA Pedro Moreno 1616, 6º piso.
Felipe de Jesús Álvarez Cibrián Tel. 36-69-11-01, Ext. 112
SECRETARÍA PARTICULAR Pedro Moreno 1616, 6° piso.
Mario Aguayo Aréchiga Tel. 36-69-11-01, Ext. 112
COORDINACIÓN GENERAL DE
RELACIONES PÚBLICAS Pedro Moreno 1616, 6° piso.
Rosa Ícela Díaz Gurrola Tel. 36-69-11-01, Ext. 166
COORDINACIÓN GENERAL DE ESTUDIOS
Y PROYECTOS EN DERECHOS HUMANOS Pedro Moreno 1616, 6° piso.
Iris Del Rocío Orozco Argote Tel. 36-69-11-01, Ext. 168
COORDINACION GENERAL DE ASESORES Pedro Moreno 1616, 6° piso.
Perla Ochoa Castillo Tel. 36-69-11-01, Ext. 158
SECRETARÍA TÉCNICA Marsella 155. Int. 206. 2º piso.
Néstor Aarón Orellana Téllez Tel. 36-15-54-91
SECRETARÍA EJECUTIVA Pedro Moreno 1616, 2º piso.
Rodolfo Armando Casanova Valle Tel. 36-69-11-01. Ext. 261
JEFATURA DE VINCULACIÓN CON
ORGANISMOS DE LA SOCIEDAD CIVIL Pedro Moreno 1616, 2º piso.
Maria Guadalupe Real Ramírez Tel. 36-69-11-01, Ext. 102
FECHA DE
ELABORACIÓN FECHA DE ACTUALIZACIÓN No. DE PÁGINA
MES AÑO MES AÑO
111 Octubre 2007 Octubre 2013
COORDINACIÓN DE UNIDAD DE
TRANSPARENCIA Pedro Moreno 1616, 2º piso.
Ramón Saúl Meneses Pérez Tel. 36-69-11-01, Ext.139
INSTITUTO DE INVESTIGACIÓN Y
CAPACITACIÓN EN DERECHOS HUMANOS Marsella 155. Int. 206. 2º piso.
José de Jesús Becerra Ramírez Tel. 36-15-21-46
PRIMERA VISITADURÍA GENERAL Pedro Moreno 1616, 3º piso.
Javier Perlasca Chávez Tel. 36-69-11-01. Ext. 127
ÁREA DE SEGURIDAD PÚBLICA Y
PROCURACIÓN DE JUSTICIA Pedro Moreno 1616, 3º piso.
Francisco Ruiz Hernández Tel. 36-69-11-01. Ext. 124/132
ÁREA DE ASUNTOS LABORALES Pedro Moreno 1616, 2º piso.
Daniel Ávila Carrillo Tel. 36-69-11-01. Ext. 167
SEGUNDA VISITADURÍA GENERAL Pedro Moreno 1616, 5º piso.
Cesar Alejandro Orozco Sánchez Tel. 36-69-11-01. Ext. 106
ÁREA DE ASUNTOS AMBIENTALES Pedro Moreno 1616, 5º piso
Gaudelio Eduardo García Félix Tel. 36-69-11-01. Ext. 101/123
ÁREA DE ASUNTOS METROPOLITANOS Pedro Moreno 1616, 5º piso
Claudia Navarro Solís Tel. 36-69-11-01. Ext. 123
TERCERA VISITADURÍA GENERAL Pedro Moreno 1616, 4º piso.
Alfonso Hernández Barrón Tel. 36-69-11-01. Ext. 136
FECHA DE
ELABORACIÓN FECHA DE ACTUALIZACIÓN No. DE PÁGINA
MES AÑO MES AÑO
112 Octubre 2007 Octubre 2013
OFICINA REGIONAL AUTLÁN DE
NAVARRO
Antonio de Borbón 36
Colonia Centro
German Armando Cuevas Curiel Tel. (01 317) 382 02 31
OFICINA REGIONAL CIUDAD GUZMÁN Calzada Madero y Carranza 348
Colonia Centro
Noe Contreras Zepeda Tel. (01 341) 413 43 96
OFICINA REGIONAL COLOTLÁN Basilio Terán 1-C
Colonia Centro
Tel. (01 499) 992 09 13
OFICINA REGIONAL LAGOS DE MORENO Juan Rulfo 124
Colonia El Mosaico
José Mavio Ramírez Trejo Tel. (01 474) 742 37 00
OFICINA REGIONAL PUERTO VALLARTA Lago Titicaca 223
Colonia Pluvial Vallarta
Francisca López Abundis Tel. (01 322) 225 64 84
OFICINA REGIONAL DE OCOTLAN Melchor Ocampo 335, planta baja, Colonia
Centro
Carlos Fernando Martín Orozco Tel. (01 392) 925 69 70
OFICINA REGIONAL DE MASCOTA Cuauhtémoc No. 1-A esquina Constitución
Homero Llamas Ceballos Tel. 13883861310
OFICINA REGIONAL DE TEQUILA Toluca No. 190
Jorge Barrios Zamora Tel. 13747423696
OFICINA REGIONAL DE TEPATITLAN Boulevard Anacleto González Flores No. 639
Luis Raymundo Gaytán Martínez Tel: (01-378)715-44-70
FECHA DE
ELABORACIÓN FECHA DE ACTUALIZACIÓN No. DE PÁGINA
MES AÑO MES AÑO
113 Octubre 2007 Octubre 2013
CUARTA VISITADURÍA GENERAL Pedro Moreno 1616, 3º piso.
Arturo Martínez Madrigal Tel. 36-69-11-01 Ext. 114
ÁREA DE GOBIERNO Pedro Moreno 1616, 3º piso.
Mario Alejandro Segura Padilla Tel. 36-69-11-01 Ext. 122
QUINTA VISITADURÍA GENERAL Pedro Moreno 1616, 5º piso.
Iván Félix Vallejo Díaz Tel. 36-69-11-01. Ext. 262
ÁREA DE NIÑEZ Pedro Moreno 1616, 5º piso.
Hugo López Rubio Tel. 36-69-11-01. Ext. 263
DIRECCIÓN DE QUEJAS, ORIENTACIÓN
Y SEGUIMENTO Pedro Moreno 1616, planta baja.
Luís Arturo Jiménez Jiménez Tel. 36-69-11-00, Ext. 144.
COORDINACIÓN GENERAL DE
SEGUIMIENTO Marsella 155. Int. 206. 2º piso.
Fernando Zambrano Paredes Tel. 36-15-26-42
JEFATURA DE GUARDIA Pedro Moreno 1616, planta baja.
Héctor Manuel Ramos Preciado Tel. 36-69-11-00, Ext. 103
ÁREA MÉDICA PSICOLÒGICA Y
DICTAMINACIÓN Morelos No. 1774
Irma Patricia Jiménez Pulido Tel. 36-15-21-28
ÁREA DE PSICOLOGÍA Morelos No. 1774
Miguel Ángel Villanueva Gómez 36-15-21-24
FECHA DE
ELABORACIÓN FECHA DE ACTUALIZACIÓN No. DE PÁGINA
MES AÑO MES AÑO
114 Octubre 2007 Octubre 2013
ÁREA DE OFICIALÍA DE PARTES Pedro Moreno 1616, planta baja.
Tel. 36-69-11-00, Ext. 160
DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN
SOCIAL Pedro Moreno 1616, 4º piso.
Ma. Felícitas Regalado Ángel
Tel. 36-69-11-01. Ext. 137
COORDINACION DE PRENSA
Pedro Moreno 1616, 4º piso.
Ana Dalal de Gyvez Nazará
Tel. 36-69-11-01, ext. 128
ÁREA DE EDICIÓN Pedro Moreno 1616, 4º piso.
Ernesto Alonso Castro Maldonado
Tel. 36-69-11-01, ext. 156
ÁREA DE AUDIO Y VIDEO
Pedro Moreno 1616, 4º piso.
David González Ramírez Tel. 36-69-11-01, ext. 147
DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA Pedro Moreno N. 1616, 1er. piso.
Paulo Eduardo Colunga Perry Tel. 36-69-11-01 Ext. 115
COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA Pedro Moreno N. 1616, 1er. piso.
Oscar Fernando Anaya Pérez Tel. 36-69-11-01 Ext. 119
COORDINACIÓN DE PROGRAMACIÓN Y
PRESUPUESTO Pedro Moreno N. 1616, 1er. piso
Ana Bertha Robles Sánchez Tel. 36-69-11-01 Ext. 220
JEFATURA DE CONTABILIDAD Pedro Moreno N. 1616 1er. Piso
Rafael Flores Godoy Tel. 36-69-11-01, ext. 146
FECHA DE
ELABORACIÓN FECHA DE ACTUALIZACIÓN No. DE PÁGINA
MES AÑO MES AÑO
115 Octubre 2007 Octubre 2013
JEFATURA DE SERVICIOS GENERALES Pedro Moreno 1616, 1er. piso.
Roberto Llamas Macías
Tel. 36-69-11-01 Ext. 133
JEFATURA DE RECURSOS HUMANOS Pedro Moreno 1616, 1er. piso.
Gerardo Plascencia Pérez Tel. 36-69-11-01, Ext. 162
JEFATURA DE INFORMATICA Pedro Moreno 1616, 1° piso.
Carlos Rubén García Retamoza Tel. 36-69-11-01, ext. 120
CONMUTADOR Pedro Moreno 1616, 1º. Piso.
Teresa Covarrubias Estrada Tel. 36-69-11-01
CONTRALORIA INTERNA Pedro Moreno 1616, 5º. Piso.
Norah Guadalupe Terrazas Rodríguez Tel. 36-69-11-01, ext. 116
AUDITORÍA JURÍDICA Pedro Moreno 1616, 5º. Piso.
Aída Ivette Calvillo Hernández Tel. 36-69-11-01, ext. 126
AUDITORÍA ADMINISTRATIVA Pedro Moreno 1616, 5º. Piso.
Gloria Vásquez Ochoa Tel. 36-69-11-01, ext. 126
Actualización programada de este manual: Octubre 2015
FECHA DE
ELABORACIÓN FECHA DE ACTUALIZACIÓN No. DE PÁGINA
MES AÑO MES AÑO
116 Octubre 2007 Octubre 2013