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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA SECRETARIA DE MEDIO

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Page 1: MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA SECRETARIA DE MEDIO

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA

SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y

DESARROLLO SUSTENTABLE

Page 2: MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA SECRETARIA DE MEDIO

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA SECRETARIA DE MEDIO

AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE

Manual Publicado en la Tercera Sección del Periódico Oficial del Estado de

Aguascalientes, el lunes 20 de julio de 2020

MARÍA TERESA JIMÉNEZ ESQUIVEL, PRESIDENTE MUNICIPAL DE AGUASCALIENTES, con

fundamento en los artículos 115, fracción II de la Constitución Política de los Estados

Unidos Mexicanos; 68 de la Constitución Política del Estado de Aguascalientes; 16, 36

fracciones I y XXXIX, 38 fracciones I y II de la Ley Municipal para el Estado de

Aguascalientes; artículos 78 y 79 y demás relativos y aplicables del Código Municipal de

Aguascalientes, a los habitantes del Municipio de Aguascalientes hace saber que el

Honorable Ayuntamiento Constitucional 2019-2021, tuvo a bien aprobar el decreto del

Manual de Procedimientos 2020-2021 de la Secretaría de Medio Ambiente y

Desarrollo Sustentable del Municipio de Aguascalientes, para quedar como sigue:

Manual de Procedimientos de la Secretaria de Medio Ambiente y

Desarrollo Sustentable.

1.0 PRESENTACIÓN

El presente Manual de Procedimientos contiene de forma clara y sistemática, la

información y/o las instrucciones necesarias para hacer referencia a su marco jurídico-

administrativo, atribuciones, estructura orgánica, objetivos y funciones de acuerdo a lo

que marca el código municipal vigente y el Reglamento de Protección del Medio

Ambiente y Manejo de Áreas Verdes del Municipio de Aguascalientes.

2.0 OBJETIVO DEL MANUAL

Establecer los lineamientos, normas y mecanismos para el desarrollo de las actividades

de las diferentes áreas que conforman la Secretaria de Medio Ambiente y Desarrollo

Sustentable, bajo el l Plan de Desarrollo Municipal 2019-2021.

Page 3: MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA SECRETARIA DE MEDIO

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3.0 ESTRUCTURA ORGÁNICA

SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE

Y DESARROLLO SUSTENTABLE

Sarahi Macias Alicea

Secretaria

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN

AMBIENTAL Y PARTICIPACIÓN

CIUDADANA

Liliana Guadalupe Díaz Bárcenas

Jefa de Departamento

DEPARTAMENTO DE RECURSOS

NATURALES Y BIODIVERSIDAD

Carlos Armando Armas López

Jefe de Departamento

DEPARTAMENTO DE GESTIÓN

AMBIENTAL

José Manuel Díaz de León de la

Rosa

Jefe de Departamento

DIRECCIÓN DE MEDIO AMBIENTE Y

CAMBIO CLIMÁTICO

Omar Alejandro Plesent Sánchez

Director

PRESIDENCIA MUNICIPAL DE AGUASCALIENTESSECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE

DEPARTAMENTO

ADMINISTRATIVO

Jessica Diana González AlvaJefa de Departamento

Page 4: MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA SECRETARIA DE MEDIO

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4.0 SIMBOLOGÍA

Nombre DescripciónSímbolo

Inicio o términoSeñala dónde inicia o termina la secuencia

del procedimiento

Indica las opciones que se puedan seguir

en caso de que sea necesario tomar

caminos alternativos

Decisión

Mediante el símbolo se pueden unir, dentro

de la misma hoja, dos o más tareas

separadas físicamente en el diagrama de

flujo, utilizando para su conexión el número

arábigo; indicando la tarea con la que se

debe continuar.

Conector

Mediante el símbolo se pueden unir,

cuando las tareas quedan separadas en

diferentes páginas; dentro del símbolo se

utilizará un número arábigo que indicará la

tarea a la cual continúa el diagrama.

Conector de

página

Conecta símbolos, señalando la secuencia

en que deben realizarse las tareas.Conectores

Representa la ejecución de una o más

tareas de un procedimiento.Actividad

Documento

Representa un documento, formato o

cualquier escrito que se recibe, elabora o

envía.

Page 5: MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA SECRETARIA DE MEDIO

Página 4 de 61

5.0 DETALLE DE PROCEDIMIENTOS Y DIAGRAMAS DE FLUJO

5.1 Departamento de Recursos Naturales y Biodiversidad

5.1.1 PROCEDIMIENTO DE ATENCIÓN A SOLICITUDES ORDINARIAS DE

DERRIBO, REUBICACIÓN Y REMOCIÓN DE VEGETACIÓN.

1.0.Objetivo:

1.1.Atender la solicitud de derribo, reubicación y remoción de vegetación que presenta

el/la usuario/a, mediante el análisis de los argumentos, necesidades o la

problemática descrita en el documento y la evidencia recabada en campo, con la

finalidad de expedir la autorización correspondiente y dar respuesta al caso

particular; tomando en cuenta la protección y conservación de las áreas verdes y

especies prioritarias en concordancia con la normatividad ambiental aplicable de los

tres órdenes de gobierno, que permita garantizar la prevalencia de los recursos

naturales y la biodiversidad del municipio de Aguascalientes para las próximas

generaciones.

2.0.Alcance:

2.1 Este procedimiento aplica para las Solicitudes de Derribo, Reubicación y Remoción

de Vegetación que presente la ciudadanía del Municipio de Aguascalientes y

relacionadas con situaciones de alto riesgo o daños causados por los árboles a la

ciudadanía o la infraestructura particular y/o urbana.

3.0 Fundamento Jurídico:

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: Artículo 4º, párrafo quinto.

Norma Mexicana NMX-R-025-SCFI-2015 en Igualdad Laboral y no

Discriminación.

Ley de Protección Ambiental para el Estado de Aguascalientes, Artículos 4,

fracción III; 10 fracciones I, II, III, IV, XII; 11 fracciones 11, fracciones I, II, III,

IV, VI, VII, VIII y IX; 111 A, 111 B, 111 C, fracciones I, II, III, IV, V, VI, VII,

VIII, IX, X, XI y XIII; 111 D, 111 E, fracciones I, II, III y IV; 111 G, 111 H; 111 I

fracciones I, II y III; 111 J fracciones I y II; 111 K, fracciones I, II y III.

Código Municipal de Aguascalientes. (Art. 476 fracción IV).

Reglamento de Protección al Medio Ambiente y Manejo de Áreas Verdes del

Municipio de Aguascalientes Artículos 141, 192, 213, 214; 219, fracción IV; 220,

221, 222, 223 y 225.

Plan de Desarrollo Municipal.

Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados

Reglamento de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable

Page 6: MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA SECRETARIA DE MEDIO

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4.0 Descripción del proceso:

4.1 El/la Recepcionista o el/la Auxiliar Administrativo del Departamento de Recursos

Naturales y Biodiversidad recibe al/la Usuario/a, le informa de los requisitos y le

entrega el formato de Solicitud de Derribo, Reubicación y Remoción de Vegetación

(SDRRV) para que el/la interesado/a recabe e integre la información necesaria para

ingresar la petición:

Formato de solicitud debidamente llenado.

Copia de Identificación personal de propietario y/o Representante Legal (INE o

Pasaporte)

Copia de acreditación de la propiedad del predio (predial, o recibo del agua).

4.2 Una vez que el/la Usuario/a entrega al/la Recepcionista o al Auxiliar Administrativo

del Departamento de Recursos Naturales y Biodiversidad la Solicitud de Derribo,

Reubicación y Remoción de Vegetación (SDRRV), junto con la documentación

requerida, éste/a le comunica al usuario/a, el tiempo que llevará el proceso de la

solicitud para recibir respuesta en un término no mayor a 10 días hábiles, la

SEMADESU revisara la información y si esta no se encuentra completa, requerirá al

interesado para que exhiba dicha información en un plazo no mayor a 5 días hábiles.

En caso de que la SDRRV no cuente con la documentación o información completa

será improcedente, debiendo informar al/la Solicitante en ese momento de la

atención o a la mayor brevedad, exhortándole a completar los requisitos. Si la/el

solicitante no responde a los llamados será considerada Improcedente dicha

solicitud.

4.3 Cuando la SDRRV se considera Improcedente, el/la Auxiliar Administrativo

canaliza la SDRRV con anexos al/la Coordinador/a de Proyectos Estratégicos para

generar oficio de Improcedencia y gestione la firma del/la Jefe/a de Departamento

de Recursos Naturales y Biodiversidad, hecho esto archiva oficio de Improcedencia

al expediente.

4.4 Para el caso de las SDRRV recibidas por el/la Recepcionista, éste/a relaciona en

base de datos “Tramites de Derribo” y entrega o gestiona el envío de las Solicitudes

de Derribo, Reubicación y Remoción de Vegetación al/la Auxiliar Administrativo

del Departamento de Recursos Naturales y Biodiversidad para continuar con el

proceso de atención.

4.5 El/la Jefe/a de Departamento de Recursos Naturales y Biodiversidad revisa las

SDRRV, posteriormente entrega al/la Coordinador/a de Proyectos Estratégicos y

éste/a las hace llegar al/la Inspector/a para que asigne un número de oficio y

registre en la bitácora de SDRRV la información debida, así como organizar y

programar la visita de campo de los/las Inspectores/as, de acuerdo a la

documentación recibida.

Page 7: MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA SECRETARIA DE MEDIO

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4.6 El/la Inspector/a realiza la visita de Inspección de campo y al término del

levantamiento de datos e imágenes fotográficas, le indica al/la usuario/a que se

comunique al octavo día hábil para saber el estatus de su solicitud. Durante la

inspección registra en su totalidad el Formato de Campo con la información

requerida. Y deberá capturar digitalmente e integrar el expediente con la

documentación requerida.

4.7 El/la Inspectora entrega el/los expediente/s (SDRRV con anexos, formato de campo

y fotografías impresas) a el/la Coordinador/a de Proyectos Estratégicos, En caso de

requerirse información adicional o aclaraciones sobre el/los expediente/s recibido/s,

el/la Coordinador/a de Proyectos Estratégicos, le solicitará a el/la Inspector/a que se

contacte con el/la usuario/a para que complemente la información y/o los requisitos.

4.8 Una vez que el expediente está completo el/la Coordinador/a de Proyectos

Estratégicos analiza la documentación recibida para dar seguimiento, califica y

elabora oficio de resolución o autorización correspondiente.

4.9 Elaborado el oficio de autorización, revisado y rubricado por el/la Coordinador/a de

Proyectos Estratégicos, revisa en conjunto con el/la Jefe/a del Departamento de

Recursos Naturales y Biodiversidad la Resolución propuesta a la Solicitud en

particular; en caso de ser procedente el derribo el/la Coordinador/a de Proyectos

Estratégicos, gestiona la rúbrica de Visto. Bueno., del/la Director/a de Medio

Ambiente y Cambio Climático, para que revise, rubrique la autorización. De igual

forma el/la Coordinador/a de Proyectos Estratégicos gestiona la firma de el/la Jefe/a

del Departamento de Recursos Naturales y Biodiversidad y por último/a canaliza

con el/la Auxiliar Administrativo para su posterior entrega. En caso de ser

improcedente, el/la Coordinador/a de Proyectos Estratégicos gestiona con la

Jefatura del Departamento de Recursos Naturales y Biodiversidad la firma del oficio

de Improcedencia y canaliza con Auxiliar Administrativo para su posterior entrega.

4.10 El/la Coordinador/a de Proyectos Estratégicos y/o el/la Auxiliar

Administrativo del Departamento de Recursos Naturales y Biodiversidad,

resguardan los expedientes para entregar la autorización a el/la usuario/a cuando lo

requiera, o bien, éste/a haga contacto vía telefónica, solicite información y se le

notifique el tipo de Autorización otorgada a su Solicitud, de acuerdo al caso

particular.

4.11 El/la usuario/a acude a recibir la Autorización correspondiente, a las

instalaciones donde está ubicado el Departamento de Recursos Naturales y

Biodiversidad, con el/la Coordinador/a de Proyectos Estratégicos y/o Auxiliar

Administrativa y firmará el acuse de recibido. Si la autorización es de No

Procedencia, se le informará al/a la solicitante, el por qué, de la No Procedencia y se

le entregará el documento para que firme el acuse como enterado.

4.12 El/la Auxiliar Administrativa archiva el acuse de los documentos entregados

al/la solicitante en expediente y carpeta que corresponda.

NOTA:

Page 8: MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA SECRETARIA DE MEDIO

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Si se presentan situaciones con una problemática mayor, se podrá convocar a

reunión a el/la Secretario/a de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable, Jefe/a del

Departamento de Recursos Naturales y Biodiversidad e interesado/a, para dar las

atenciones y acciones necesarias que el caso requiera.

SEMADESU podrá solicitar al/a la usuario/a, la documentación y/o información

adicional que requiera o considere necesario para la atención de la solicitud.

Page 9: MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA SECRETARIA DE MEDIO

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Diagrama de flujo

PROCEDIMIENTO DE ATENCIÓN A SOLICITUDES ORDINARIAS DE DERRIBO, REUBICACIÓN Y REMOCIÓN DE VEGETACIÓN

Recepcionista (SEMADESU) / Auxiliar

admivo. Del Departamento de Recursos Naturales y

Biodiversidad

Coordinador de Proyectos Estratégicos

Jefe/a del Departamento de

Recursos Naturales y Biodiversidad

Inspector/aUsuario/aDirector/a de Medio Ambiente y Cambio

Climático

Integra la información necesaria para ingresar la petición. Y la entrega al

recepcionista/aux admivo.

¿Está completa la información?

Se informar al/la solicitante en ese momento de la atención o a la mayor

brevedad, exhortándole a completar los requisitos.

NO

¿Complementó la información?

Generar oficio de Improcedencia y gestione la firma del/la Jefe/a de

Departamento de Recursos Naturales y Biodiversidad.

Firma y archiva oficio de improcedencia.

Recibe y revisa la SDRRV. SI

Turna la SDRRV al área de inspección. Asigna un número de oficio y registra en la bitácora de SDRRV la

información debida, así como organiza y programa la visita de

campo.

Realiza la visita de campo registra en su totalidad el Formato de Campo

con la información requerida e imágenes fotográficas. Y deberá

capturar digitalmente e integrar el expediente con la documentación

requerida.

Inicio

Recibe el expediente completo para su análisis y seguimiento. Califica y

elabora oficio de resolución o autorización correspondiente.

Revisa y rubrica el oficio de autorización.

¿Procede la autorización?

Firma oficio de improcedencia.NO

Entrega oficio al/la usuario/a y archiva acuse del oficio de improcedencia.

Firma oficio de autorización.

SI

Entrega oficio al/la usuario/a y archiva acuse del oficio de autorización.

FIn

Recibe oficio de improcedencia.

Recibe oficio de autorización.

Recibe al/la usuario/a y le entrega el formato SDRRV, necesario para

ingresar la solicitud.

Acude a las instalaciones de la SEMADESU para

presentar solicitud.

A

A

NO

SI

Page 10: MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA SECRETARIA DE MEDIO

Página 9 de 61

5.1.2 PROCEDIMIENTO DE ATENCIÓN A SOLICITUDES DE

DESARROLLO DE INFRAESTRUCTURA, EQUIPAMIENTO Y

URBANIZACIÓN PARA DERRIBO, REUBICACIÓN Y REMOCIÓN DE

VEGETACIÓN.

1.0. Objetivo:

1.1 Atender la solicitud de derribo, reubicación y remoción de vegetación que presenta

el/la usuario/a, mediante el análisis de los argumentos, necesidades o la

problemática descrita en el documento y la evidencia recabada en campo, con la

finalidad de expedir la autorización correspondiente y dar respuesta al caso

particular; tomando en cuenta la protección y conservación de las áreas verdes y

especies prioritarias en concordancia con la normatividad ambiental aplicable de los

tres órdenes de gobierno, que permita garantizar la prevalencia de los recursos

naturales y la biodiversidad del municipio de Aguascalientes para las próximas

generaciones.

2.0.Alcance:

2.1 Este procedimiento aplica para el Derribo, Reubicación y Remoción de Vegetación

que presente la ciudadanía, personas físicas, personas morales y entidades

gubernamentales y relacionadas con proyectos de construcción y urbanización.

3.0. Fundamento Jurídico:

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: Artículo 4º, párrafo quinto.

Norma Mexicana NMX-R-025-SCFI-2015 en Igualdad Laboral y no

Discriminación.

Ley de Protección Ambiental para el Estado de Aguascalientes, Artículos 4,

fracción III; 10 fracciones I, II, III, IV, XII; 11 fracciones 11, fracciones I, II, III,

IV, VI, VII, VIII y IX; 111 A, 111 B, 111 C, fracciones I, II, III, IV, V, VI, VII,

VIII, IX, X, XI y XIII; 111 D, 111 E, fracciones I, II, III y IV; 111 G, 111 H; 111 I

fracciones I, II y III; 111 J fracciones I y II; 111 K, fracciones I, II y III.

Código Municipal de Aguascalientes. (Art. 476 fracción IV).

Reglamento de Protección al Medio Ambiente y Manejo de Áreas Verdes del

Municipio de Aguascalientes Artículos 141, 192, 213, 214; 219, fracción IV; 220,

221, 222, 223 y 225.

Plan de Desarrollo Municipal.

Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados.

Reglamento de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable.

4.0 Descripción del proceso:

4.1 El/la Recepcionista atiende al/la ciudadano/a recibe proyecto donde solicita Derribo,

Reubicación y Remoción de Vegetación. para que el/la interesado/a recabe e integre

la información necesaria para ingresar la petición.

Page 11: MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA SECRETARIA DE MEDIO

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4.2 En caso de que la solicitud no cuente con los requisitos solicitados que son los

siguientes: formato de la Solicitud de Derribo, Reubicación y Remoción de

Vegetación llenado en su totalidad, copia Comprobante de domicilio o acreditación

de propiedad del predio (a nombre del propietario, Identificación Oficial del

Propietario o Representante Legal por ambos lados, Dictamen de Impacto

Ambiental aprobado por la Secretaría de Medio Ambiente de Gobierno del Estado

y/o la Federación, según sea el caso (en caso de que aplique), Plano del Proyecto

Arquitectónico con la ubicación de los árboles a derribar o reubicar, con

coordenadas métricas UTM (georreferenciado, GW84 UTM) en formato dwg o

shape., se podrán solicitar documentos adicionales, según sea el caso, será

improcedente debiendo informar al/la solicitante en ese momento de la atención o a

la mayor brevedad, exhortándole a completar los requisitos. Si la/el solicitante no

responde a los llamados en un término, no mayor a 5 días hábiles será considerada

Improcedente dicha solicitud.

Nota:

Cuando la solicitud se considera Improcedente, el/la Analista de Áreas Naturales

Protegidas canaliza la misma con anexos al/la Coordinador/a de Áreas Naturales

Protegidas para generar oficio de Improcedencia, gestionar rubrica del mismo y

firma de él/la Jefe/a de Departamento de Recursos Naturales y Biodiversidad, hecho

esto archiva oficio de Improcedencia al expediente.

4.3 Entrega a el/la Asistente de el/la Secretario/a de Medio Ambiente y Desarrollo

Sustentable las Solicitudes consideradas como “Proyectos Especiales”.

4.4 El/la Asistente de él/la Secretario/a de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable

canaliza al/la Secretario/a de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable las

Solicitudes consideradas como “Proyectos Especiales”, para su conocimiento y dar

instrucciones de atención, según sea el caso. Posteriormente, el/la Asistente de él/la

Secretario/a de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable entrega los documentos a

él/la Director/a de Medio Ambiente y Cambio Climático, quien revisa que cumpla

con los requisitos y canaliza a él/la Jefe/a de Departamento de Recursos Naturales y

Biodiversidad lo conducente para la atención de la solicitud.

4.5 El/la Jefe/a de Departamento de Recursos Naturales y Biodiversidad recibe y

canaliza al/la Coordinadora de Áreas Naturales y Protegidas las solicitudes y ésta a

su vez revisa, registra en bitácora de Proyectos Especiales y hace llegar la

información esencial al/la Inspector/a para organizar y programar la visita de

campo.

4.6 Una vez recibida la solicitud el/la Inspector/a realizara la visita de inspección de

campo en un plazo no mayor a 10 días hábiles y al término del levantamiento de

datos e imágenes fotográficas, le indica a el/la usuario/a es necesario se comunique

al Departamento de Recursos Naturales y Biodiversidad para dar seguimiento a su

solicitud. Durante la inspección registra en su totalidad el Formato de Campo con la

información requerida. De igual forma deberá capturarlo digitalmente y entregar

Page 12: MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA SECRETARIA DE MEDIO

Página 11 de 61

el/los expediente/s (formato de campo y fotografías impresas) a el/la Analista de

Áreas Naturales Protegidas.

4.7 Una vez que el expediente está completo el/la Coordinador/a de Áreas Naturales y

Protegidas revisa la solicitud de Proyecto Especial y analiza la documentación

recibida, elabora la certificación del contenido digital solicitado, la opinión técnica

sobre la viabilidad del proyecto, el cálculo de cobro en base al Tabulador de Daños

a Especies Vegetales publicado en la Ley de Ingresos vigente. Dicha propuesta será

integrada al oficio de notificación de cobro dirigido a la Secretaría de Finanzas del

Municipio y al oficio de requerimiento para el pago en especie sobre la

compensación ambiental correspondiente. Los oficios llevaran número de control

que deberá solicitar al/la Asistente del/la Secretario/a de Medio Ambiente y

Desarrollo Sustentable.

4.8 Elaborado el oficio de cobro y el requerimiento en especie, el/la Coordinadora de

Áreas Naturales y Protegidas, entrega la propuesta para su revisión y/o aprobación a

el/la Jefe/a del Departamento de Recursos Naturales y Biodiversidad; el/la Jefe/a del

Departamento de Recursos Naturales y Biodiversidad, rubrica el documento y lo

entrega a el/la Analista de Áreas Naturales Protegidas para que gestione y dé

seguimiento a las rúbricas del/la Director/a de Medio Ambiente y Cambio Climático

y del/la Auxiliar Jurídico/a, así como a la firma del/la Secretario/a de Medio

Ambiente y Desarrollo Sustentable.

4.9 El/la Asistente de el/la Secretario/a de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable

regresa oficio firmado a el/la Analista de Áreas Naturales Protegidas del

Departamento de Recursos Naturales y Biodiversidad, para cuando se contacte vía

telefónica o acuda físicamente el/la usuario/a, se le entregue la autorización o se le

notifique el estatus: de Procedencia, No Procedencia o Cobro.

4.10 El/la Analista de Áreas Naturales Protegidas entrega al/la solicitante el oficio

de requerimiento en especie y cobro económico para que acuda a realizar el pago

correspondiente a las cajas de la Secretaría de Finanzas del Municipio, así como el

oficio de Requerimiento de Compensación Ambiental para el pago en especie, dicho

pago en especie deberá entregarlo al Vivero Municipal o donde se le indique. Así

mismo le informa, que deberá entregar copia del pago económico y en especie, para

recibir la Autorización a la Solicitud realizada por el/la interesado/a. El/la Analista

de Áreas Naturales Protegidas archiva el acuse de los documentos entregados al/a la

solicitante en expediente y carpeta que corresponda, lo anterior en cumplimiento del

artículo 220 y 221 del citado Reglamento.

4.11 El/la Coordinador de Áreas Naturales y Protegidas, revisa copia del recibo

de pago económico y/o en especie; elabora y rubrica el Oficio de Liberación; lo

canaliza para revisiones, rúbricas y/o firmas correspondientes de el/la Jefe del

Departamento de Recursos Naturales y Biodiversidad, Director/a de Medio

Ambiente y Cambio Climático, Auxiliar Jurídico/a y Secretario de Medio Ambiente

y Desarrollo Sustentable, según sea el caso.

Page 13: MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA SECRETARIA DE MEDIO

Página 12 de 61

4.12 El/la Analista de Áreas Naturales Protegidas resguarda el Oficio de

Autorización, para hacer la entrega al/la interesado/a.

4.13 El/la usuario/a acude a las instalaciones del Departamento Recursos

Naturales y Biodiversidad y firma de recibido en acuse de la Autorización

correspondiente.

NOTA:

Si se presentan situaciones con una problemática mayor, se podrá convocar a

reunión al/a la Secretario/a de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable, Jefe/a

del Departamento de Recursos Naturales y Biodiversidad e interesado/a, para

dar las atenciones y acciones necesarias que el caso requiera.

SEMADESU podrá solicitar al/a la usuario/a, la documentación y/o información

adicional que requiera o considere necesario para la atención de la Solicitud de

Proyecto Especial, según sea el caso.

Page 14: MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA SECRETARIA DE MEDIO

Página 13 de 61

Diagrama de flujo

PROCEDIMIENTO DE ATENCIÓN A SOLICITUDES DE INFRAESTRUCTURA, EQUIPAMIENTO Y URBANIZACIÓN PARA DERRIBO, REUBICACIÓN Y REMOCIÓN DE VEGETACIÓN.

Recepcionista (SEMADESU)Analista de Áreas

Naturales Protegidas

Coordinador/a de Áreas

Naturales Protegidas

Jefe/a del Departamento de

Recursos Naturales y Biodiversidad

Ciudadano/aDirector/a de Medio Ambiente y Cambio

ClimáticoInspector/a Auxiliar Jurídico/a

Secretario/a de Medio Ambiente y Desarrollo

Sustentable

Inicio

Atiende al/la Usuario/a, recibe proyecto donde solicita Derribo, Reubicación y Remoción de

Vegetación. para que éste/a recabe e integre la información necesaria para ingresar la petición.

Integra la información necesaria para ingresar la petición. Y la

entrega al recepcionista.

¿Está completa la información?

Se informar al/la solicitante en ese momento de la atención o a la mayor brevedad, exhortándole

a completar los requisitos.

¿Complementó la información?

Canaliza la petición con los anexos disponibles.

Generar oficio de Improcedencia y lo rubrica.

Firma el oficio de improcedencia y se

archiva.NO

NOSI

Recibe la solicitud para su conocimiento.

SIRevisa que cumpla con los

requisitos.

Recibe la solicitud.Revisa la solicitud y la registra en bitácora de Proyectos Especiales.

Recibe y organiza la información esencial y

programa la visita de campo.

Realiza la visita de campo registra en su totalidad el Formato de Campo con la información requerida e imágenes fotográficas. Y

deberá capturar digitalmente e integrar el expediente con la

documentación requerida.

Recibe el/los expediente/s (formato de campo y

fotografías impresas y revisa que esté completo.

Revisa analiza la solicitud, elabora la certificación del contenido digital

solicitado, la opinión técnica sobre la viabilidad del proyecto, el cálculo de

cobro en base al Tabulador de Daños a Especies Vegetales publicado en la Ley de

Ingresos vigente. Dicha propuesta será integrada al oficio de notificación de

cobro dirigido a la Secretaría de Finanzas del Municipio y al oficio de requerimiento

para el pago en especie sobre la compensación ambiental

correspondiente.

Recibe la propuesta para su revisión y/o aprobación, así

como anexar rúbrica.

Recibe la propuesta para su revisión y/o aprobación, así

como anexar rúbrica.

Recibe la propuesta para su revisión y/o aprobación, así

como anexar rúbrica.

Firma los oficios de autorización y/o cobro y de requerimiento

para el pago en especie sobre la compensación ambiental correspondiente, según

corresponda.Se contacte vía telefónica o acuda físicamente el/la usuario/

a, se le entregue la autorización o se le notifique el estatus: de

Procedencia, No Procedencia o Cobro.

¿El oficio es de autorización?

A

Recibe el oficio de requerimiento en especie y cobro económico para que

acuda a realizar el pago correspondiente a las cajas de la

Secretaría de Finanzas del Municipio, así como el oficio de

Requerimiento de Compensación Ambiental para

el pago en especie, dicho pago

en especie deberá entregarlo al Vivero Municipal o donde se le

indique.

Revisa copia del recibo de pago económico y/o en especie; elabora y

rubrica el Oficio de Liberación.

Recibe la propuesta para su revisión y rúbrica.

Recibe la propuesta para su revisión y rúbrica.

Recibe la propuesta para su revisión y rúbrica.

Firma el oficio de liberación. Entrega el oficio de liberación al/la Usuario/a.

NO

Recibe el oficio de liberación y concluye el procedimiento.

Fin A

Acude a las instalaciones de la SEMADESU para presentar solicitud.

Recibe oficio SI

A

Page 15: MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA SECRETARIA DE MEDIO

Página 14 de 61

5.1.3 PROCEDIMIENTO DE ATENCIÓN Y SEGUIMIENTO A DENUNCIAS

DE DERRIBO, REUBICACIÓN Y REMOCIÓN DE VEGETACIÓN

1.0.Objetivo:

1.1 Atender la Denuncia Popular ciudadana, derivada de todo hecho, acto u omisión

que produzca daño o deterioro al arbolado urbano o a las áreas verdes públicas, de

forma ilícita, que contravengan las disposiciones legales aplicables que regulen

materias relacionadas con la protección al medio ambiente, la preservación y

restauración del equilibrio ecológico, mediante escrito con veracidad legal; así como

correo electrónico o vía telefónica misma que deberá corroborarse por escrito ante la

autoridad municipal

2.0.Alcance:

2.1 Este procedimiento se ejecutara de manera simultánea en el departamento de gestión

ambiental así como en el departamento de recursos naturales y biodiversidad,

únicamente en el tema de la ¨denuncia popular¨ recibidas, debidamente

fundamentadas y relacionadas con el derribo, reubicación o remoción de vegetación

realizadas de forma ilícita dentro del Municipio de Aguascalientes.

3.0.Fundamento Jurídico:

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: Artículo 4º, párrafo quinto.

Reglamento de Protección al Medio Ambiente y Manejo de Áreas Verdes del

Municipio de Aguascalientes, Artículos 10 fracciones VI, VIII, IX, XIV, XXXVI,

XXXVII, XXXVIII encisos a, b, c, d, e y f; XXXIX y XLI; 353, 354 Fracciones I, II,

III y IV; 355 Fracciones I, II, III, IV y V; 356, 357, 358, 359 y 360 Fracciones I, II,

III, IV, V, VI y VII.

Ley de Protección Ambiental para el Estado de Aguascalientes Artículos 4, 10; 111

M, Fracciones I, II, III y IV.

Ley de Procedimiento Administrativo del Estado de Aguascalientes, Artículos 37

fracciones I, II, III y IV; 38, 39, 40, 41, 44, 55, 56 Fracciones I, II, III, IV, V y VI;

60, 61, 62, 63, 64, 65 fracciones de la I a la VIII; 66, 68, 69, 70 fracciones I, II, III,

IV, V y VI; 71, 72, 73 fracciones I, II, III y IV; 74, 75, 76, 79 y 80.

Norma Mexicana NMX-R-025-SCFI-2015 en Igualdad Laboral y no Discriminación.

Plan de Desarrollo Municipal.

4.0.Descripción del proceso:

4.1 Si la denuncia fue recibida por el Departamento de Gestión Ambiental el/la

Coordinador/a de Control Ambiental entregara la Cedula de solicitud de apoyo en

donde vienen los datos de la denuncia junto con hoja viajera al Departamento de

Recursos Naturales y Biodiversidad, así mismo la Coordinador/a de Control

Ambiental subirá al SIAC la respuesta de canalización que realizó a dicho

Departamento y posteriormente por parte del Departamento de Recursos Naturales y

Biodiversidad anexaran la respuesta correspondiente en la hoja viajera y la entregan

a el/la Coordinadora de Control Ambiental para la conformación del expediente.

Page 16: MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA SECRETARIA DE MEDIO

Página 15 de 61

4.2 El/la Inspector/a designado/a registra en bitácora interna para el seguimiento y

canaliza la Cédula de Solicitud de Apoyo o Subsidio y hoja viajera (pasa al punto

4.4).

4.3 Si la denuncia es recibida en el Departamento de Recursos Naturales y

Biodiversidad el/la Inspector/a designado registra en bitácora interna para el

seguimiento.

4.4 El/la Inspector/a designado/a verificar con la Coordinación de Proyectos

Estratégicos si el domicilio reportado cuenta con la autorización correspondiente, e

informa a el/la Jefe/a de Departamento de Recursos Naturales y Biodiversidad, el/la

cual ordena supervisión.

4.4 De ser así, el/la Inspector/a designado/a acude al lugar para verifica la autorización

otorgada y llena el Acta de Verificación e Inspección.

4.4 Se le informa a el/la Jefe/a de Departamento de Recursos Naturales y Biodiversidad

esta verifica la información obtenida en la visita de campo y ordena el/la Inspector/a

designado/a acude que se abra expediente y se archive; de cumplir con la

autorización correspondiente se da fin al procedimiento de NO cumplir con la

autorización correspondiente o en caso de no tenerla, se elabora y se entrega un

citatorio en ese mismo momento, para que acuda a su derecho de audiencia el

supuesto infractor con el/la Jefe/a del Departamento de Recursos Naturales y

Biodiversidad y/o el/la persona designada, el día que se le señale para su

comparecencia.

4. El/la Inspector/a designado/a realiza cálculo económico en base a lo que dictamina la

Ley de Ingresos vigente, del daño que fue ocasionado al/los árbol/es y/o vegetación.

La cantidad resultante será la multa que deberá aplicarse al/la infractor/a.

4.7 El/la Jefe/a del Departamento de Recursos Naturales y Biodiversidad y/o El/la

Inspector/a designado/a, atienden al ciudadano y se le hace saber el costo de la

multa, se da su derecho de audiencia para alegatos y que exhiba las pruebas a su

favor en caso de existir o no se levanta Acta de Hechos Circunstanciada por parte de

la persona designada, con Vo. Bo. De el/la Jefe/a del Departamento de Recursos

Naturales y Biodiversidad.

4.8 El/la Jefe/a del Departamento de Recursos Naturales y Biodiversidad hace del

conocimiento de manera económica el/la Director/a de Medio Ambiente y Cambio

Climático y al Secretario de Medio ambiente y Desarrollo Sustentable y estos en

conjunto dan Vo.Bo. De las multas a ejecutarse.

4.9 El/la Inspector/a designado/a elabora oficio de multa, lo pasa al/a la Jefe/a del

Departamento de Recursos Naturales y Biodiversidad, para su revisión y/o antefirma

de visto bueno; si hay que modificar dicho oficio, se le regresa al/la persona

designada para su corrección.

Page 17: MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA SECRETARIA DE MEDIO

Página 16 de 61

4.10 El/la Inspector/a designado/a pasa el oficio de multa a revisión y/o antefirma del o

el/la Directora de Medio Ambiente y Cambio Climático si hay que modificar el

oficio, se le regresa al/la persona designada para su corrección, y retomar el

procedimiento.

4.11 El/la Inspector/a designado/a entrega oficio de multa al/la Asistente del/la

Secretario/a de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable, para recabar la firma

del/la Secretario/a de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable.

4.12 Una vez firmado el oficio de multa, se le entrega el mismo El/la Inspector/a

designado/a.

4.13 El/la Inspector/a designado/a llevan el oficio al domicilio de la o el ciudadano

multado, el cual firma de recibido el acuse del oficio de multa, notificándole bajo el

formato de Cedula de notificación.

4.14 En dado caso que el/la ciudadano/a no se encontrara, se le hará una visita más y de

no encontrarlo nuevamente, el oficio se fijara en puerta.

4.15 El/la ciudadano/a multado tiene un plazo de diez días hábiles para realizar el pago

correspondiente en las cajas recaudadoras de la Secretaría de Finanzas Municipales

ubicadas en Plaza de la Patria y calle Colon S/N, Zona Centro en el Palacio del

Municipio de Aguascalientes, acto seguido a la brevedad deberá presentar copia de

dicho pago en el Departamento de Recursos Naturales y Biodiversidad así como el

pago en especie que será especificado en el oficio de multa y no excederá de cinco

días hábiles para cumplir con este requisito, lo anterior para dar cumplimento a

dicha sanción y a su vez dar por concluido el expediente. En caso de que el

ciudadano NO realice el pago de la multa, el expediente se canalizara al área

jurídica de la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable para su

seguimiento, este último deberá informar el estatus final de dicha multa al

Departamento de Recursos Naturales y Biodiversidad, mediante oficio.

4.16 Terminando el procedimiento si la denuncia recibida es por el Departamento de

Gestión Ambiental se entrega Cedula de solicitud de apoyo en donde vienen los

datos de la denuncia junto con hoja viajera a el/la Coordinador/a de Control

Ambiental para conformación del expediente .

4.17 Si la denuncia es recibida en el Departamento de Recursos Naturales y

Biodiversidad el/la Inspector/a designado/a lo archiva en su expediente

Page 18: MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA SECRETARIA DE MEDIO

Página 17 de 61

Diagrama de flujo

PROCEDIMIENTO DE ATENCIÓN Y SEGUIMIENTO DE DENUNCIAS DE DERRIBO, REUBICACIÓN Y REMOCIÓN DE VEGETACIÓN

Inspector/a designado/aJefe/a de Departamento de Recursos Naturales y

BiodiversidadPersona Infractora

Director/a de Medio Ambiente y Cambio Climático

Secretario/a de Medio Ambiente y Desarrollo

Sustentable

Inicio

Denuncia recibida en Recursos naturales

Registra en bitácora interna para el seguimiento y canaliza la Cédula de Solicitud de Apoyo o Subsidio y

hoja viajera

NO

La registra en bitácora interna para el seguimiento

SI

Verifica con la Coordinación de Proyectos Estratégicos si el domicilio reportado cuenta con la autorización correspondiente e informa al/la Jefe/a de Departamento de Recursos Naturales y

Biodiversidad.

Ordena la supervisión del domicilio reportado.

Acude al lugar para verificar la autorización otorgada y llena el acta de hechos.

Verifica la información obtenida en la visita de campo y ordena que se abra expediente.

¿Cuenta con la autorización correspondiente?

Se elabora y se entrega un citatorio para que acuda a su derecho de audiencia el supuesto infractor con el/la Jefe/a

del Departamento de Recursos Naturales y Biodiversidad y/o el/la persona designada.

NO

¿Cumple con la autorización correspondiente?

SI

NO

Abre expediente de la denuncia y lo archiva.

A

Realiza cálculo económico en base a lo que dictamina la Ley de Ingresos vigente, del daño que fue ocasionado al/los árbol/

es y/o vegetación. La cantidad resultante será la multa que deberá aplicarse al/la infractor/a.

Recibe citatorio para acudir con el/la Jefe/a del Departamento de Recursos Naturales y Biodiversidad y/o

el/la persona designada.

Atienden al ciudadano y se le hace saber el costo de la multa, se da su derecho de audiencia para que señale lo que a su derecho convenga y exhiba las pruebas a su favor en caso de

existir.

Hace del conocimiento de manera económica al/la Directora/a de Medio Ambiente y Cambio Climático y al/la Secretario/a de

Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable la resolución respecto a la multa.

Hace del conocimiento de manera económica al/la Directora/a de Medio Ambiente y Cambio Climático y al/la Secretario/a de

Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable la resolución respecto a la multa.

Otorgan el visto bueno de manera conjunta sobre la resolución de la multa.

Elabora el oficio de multa.

Revisia y/o antefirma de visto bueno el oficio de multa.Revisia y/o antefirma de visto bueno el oficio de

multa.

Firma el oficio de multa.

Llevan el oficio al domicilio de la o el ciudadano multado.

¿Encontró al ciudadano multado en su domicilio?

Realiza una visita más y de no encontrarlo nuevamente, el

oficio se fijara en puerta.

NO

Obtiene el acuse del oficio de multa entregado al ciudadano.

SI

Recibe el oficio , y cuenta con un plazo de diez días hábiles para realizar el pago correspondiente en las

cajas recaudadoras de la Secretaría de Finanzas Municipales.

Presenta copia de dicho pago en el Departamento de

Recursos Naturales y Biodiversidad así como el pago en especie que será

especificado en el oficio de multa y no excederá de cinco días hábiles para cumplir con

este requisito, lo anterior para dar cumplimento a dicha

sanción y a su vez dar por concluido el expediente.

¿Realizó el pago de la multa?

SI

Se canaliza el expediente al área jurídica de la SEMADESU

para su seguimiento, este último deberá informar el

estatus final de dicha multa al Departamento de Recursos Naturales y Biodiversidad,

mediante oficio.

NO

FinA

B

Terminando el proceso de la denuncia

RNBGA

Se entrega Cedula de

solicitud de apoyo en

donde vienen los datos de

la denuncia junto con hoja

viajera a el/la

Coordinador/a de Control

Ambiental para

conformación del

expediente

El/la Inspector/a

designado/a lo

archiva en su

expediente

B

Page 19: MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA SECRETARIA DE MEDIO

Página 18 de 61

5.1.4 PROCEDIMIENTO PARA ATENCIÓN A SOLICITUDES DE USO DE

SUELO EN BASE A LAS UNIDADES DE GESTIÓN AMBIENTAL DEL

PROGRAMA DE ORDENAMIENTO ECOLÓGICO LOCAL (POEL)

1.0.Objetivo:

1.1 Atender las solicitudes y/o dictámenes de Uso de Suelo en base a las Unidades de

Gestión Ambiental (UGA), a sus políticas y lineamientos ecológicos para regular o

inducir el uso del suelo y las actividades productivas, con el fin de lograr la

protección del Medio Ambiente y la preservación y aprovechamiento sustentable de

los recursos naturales.

2.0.Alcance:

2.1 Este procedimiento aplica para dar opinión y dictamen a las solicitudes de Uso de

Suelo presentadas por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales

(SEMARNAT), la Secretaría de Sustentabilidad Medio Ambiente y Agua (SSMA) y

demás dependencias de los tres Niveles de Gobierno, así como de personas físicas y

morales, esto para minimizar los conflictos ambientales derivados del uso suelo del

territorio municipal y los recursos naturales, a través de su incidencia en la

planificación territorial.

3.0 Fundamento Jurídico:

Norma Mexicana NMX-R-025-SCFI-2015 en Igualdad Laboral y no

Discriminación.

Ley de Protección Ambiental para el Estado de Aguascalientes, Artículos 111 A,

111 B, 111 C, fracciones I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI y XIII; 111 D,

111 E, fracciones I, II, III y IV; 111 G, 111 H; 111 I fracciones I, II y III; 111 J

fracciones I y II; 111 K, fracciones I, II y III.

Ley de Ingresos del Municipio de Aguascalientes, Ags., para el Ejercicio Fiscal del

Año en curso.

Ley General de Protección al Medio Ambiente. (Art. 38).

Código Municipal de Aguascalientes. (Art. 476 fracción IV).

Reglamento de Protección al Medio Ambiente y Manejo de Áreas Verdes del

Municipio de Aguascalientes Artículos : 90, 91, 92, 93, 94, 95, 96, 97, 98, 99, 100,

101, 102 y 103.

Plan de Desarrollo Municipal.

Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados.

Reglamento de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable.

Page 20: MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA SECRETARIA DE MEDIO

Página 19 de 61

4.0.Descripción del Proceso:

4.1 La dependencia gubernamental solicita mediante Oficio, la opinión de

compatibilidad de uso de suelo propuesto a la Secretaria de Medio Ambiente y

Desarrollo Sustentable.

4.2 La/s persona/s física/s o moral/es solicitan mediante oficio en donde se indica el uso

de suelo propuesto y la documentación (CD con información georreferenciada en

formato SHP y/o DWG, Recibo de pago realizado en cajas municipales,

Identificación Oficial con Fotografía (INE, Pasaporte o Postilla) de quien realiza el

trámite, referente a la solicitud de Dictamen de Uso de Suelo a la Secretaria de

Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable.

4.3 El/la Recepcionista recibe el oficio y la información referente a la solicitud de Uso

de Suelo de cualquiera de los tres niveles de Gobierno y/o del Dictamen de Uso de

Suelo con la documentación requerida y el pago correspondiente de las persona/s

física/s o moral/es, lo turna el/la asistente del Secretario/a de Medio Ambiente y

Desarrollo Sustentable.

4.4 El/la asistente del Secretario de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable recibe el

expediente para registrarlo y turnarlo el/la Secretario/a de Medio Ambiente y

Desarrollo Sustentable.

4.5 El/la Secretario/a de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable revisa y canaliza el

expediente a el/la Coordinador/a de Ordenamiento Ecológico del Territorio del

Departamento de Recursos Naturales y Biodiversidad.

4.6 El/la Coordinador/a de Ordenamiento Ecológico del Territorio recibe el oficio y la

información referente a la solicitud de Opinión de Uso de Suelo, revisa el

expediente y determina el lapso de contestación de 10 a 15 días naturales

dependiendo de lo solicitado. En caso de Dictamen de Uso de Suelo, El/la

Coordinador/a de Ordenamiento Ecológico del Territorio recibe el oficio y la

información referente a la solicitud de Dictamen de Uso de Suelo y revisa el

expediente y determina el lapso de contestación de 15 a 20 días naturales

dependiendo de lo solicitado.

Page 21: MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA SECRETARIA DE MEDIO

Página 20 de 61

4.7 En caso de que la solicitud de opinión de uso de suelo de cualquiera de los tres

niveles de gobierno requiera de un análisis y opinión del Departamento de Gestión

Ambiental, El/la Coordinador/a de Ordenamiento Ecológico del Territorio entregará

la carpeta con la información, para su análisis a el/la Jefe/a de Departamento de

Gestión Ambiental, debidamente relacionada para que emita su opinión y otorgue su

Visto Bueno.

4.8 El/la Jefe/a de Departamento de Gestión Ambiental revisa la carpeta con la

información y otorga Visto Bueno de la solicitud de opinión de uso de suelo de

cualquiera de los tres niveles de Gobierno y lo envía a el/la Coordinador/a de

Ordenamiento Ecológico del Territorio del Departamento de Recursos Naturales y

Biodiversidad.

4.9 El/la Coordinador/a de Ordenamiento Ecológico del Territorio revisa el expediente

para determinar el uso propuesto y ubicarlo en los Sistemas de Información

Geográfico (SIG- ARC GIS) y (DWG-AUTOCAD) y determinar la ubicación

geográfica con respecto a las Unidades de Gestión Ambiental (UGA), la política

ambiental, lineamientos ecológicos y su compatibilidad de acuerdo a la política de

uso del suelo de la Unidad de Gestión Ambiental, para llevar a cabo la elaboración

de la cartografía correspondiente. En el caso de Dictamen de Uso de Suelo, El/la

Coordinador/a de Ordenamiento Ecológico del Territorio revisa y analiza la opinión

técnica y/o el Dictamen de acuerdo a las políticas y lineamientos ecológicos para

emitir el oficio Positivo o Negativo del uso propuesto, antefirma el mismo y lo turna

a El/la Secretario/a de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable, para su firma.

4.10 El/la Coordinador/a de Ordenamiento Ecológico del Territorio envía el oficio de

opinión técnica a la Dependencia gubernamental que solicito dicha Opinión. En el

caso de las personas físicas o morales, las antes mencionadas deberán acudir en el

tiempo establecido por el Dictamen solicitado.

4.11 El/la Coordinador/a de Ordenamiento Ecológico del Territorio archiva el acuse y

da cierre al expediente.

NOTA:

1. Para la Solicitud de Dictamen Uso de Suelo para persona/s física/s o Moral/es.

Deberá incluir los siguientes requisitos:

Solicitud por escrito solicitando Dictamen de Uso de Suelo con Respecto al

Programa de Ordenamiento Ecológico.

Copia de Identificación Oficial con Fotografía (INE, Pasaporte o Postilla) de quien

tramita la solicitud

CD con información georreferenciada en formato SHP y/o DWG

Pago por emisión de Dictamen de Uso de Suelo propuesto ante las cajas

recaudadoras de la Secretaria de Finanzas Municipales, dicho costo se encuentra en

la Ley de Ingresos del ejercicio fiscal vigente.

Page 22: MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA SECRETARIA DE MEDIO

Página 21 de 61

2. Para la Solicitud de opinión de uso de suelo de cualquiera de los 3 niveles de

gobierno se llevara en base al Artículo 38 de la Ley de Protección al Medio

Ambiente del Estado de Aguascalientes.

Diagrama de flujo

PROCEDIMIENTO DE ATENCIÓN A SOLICITUDES DE OPINIÓN DE USO DE SUELO EN BASE A LAS UNIDADES DE GESTIÓN AMBIENTAL DEL PROGRAMA DE ORDENAMIENTO ECOLÓGICO LOCAL (POEL)

Recepcionista Secretario/a de Medio Ambiente y Desarrollo

Sustentable

Coordinador/a de Ordenamiento Ecológico del

Territorio

Jefe/a del Departamento de Gestión Ambiental

Usuario/aAsistente del/la Secretario/a de Medio Ambiente y Desarrollo

Sustentable

Inicio

Recibe oficio, la documentación requerida y el pago correspondiente

Revisa Expediente y canaliza

Revisa y determinar el lapso de contestación si es opinión de Uso de suelo que va de 10 días naturales a 15

días dependiendo de solicitado.

¿Requiere análisis y opinión del Departamento de Gestión

Ambiental?

Recibe el expediente para su análisis.

Elabora oficio con su opinión.

SI

Revisa el expediente para determinar el uso propuesto y ubicarlo en el Sistema de Información Geográfico (SIG) (ARC

GIS) y determinar la ubicación geográfica con respecto a las Unidades

de Gestión Ambiental, la política ambiental, lineamientos ecológicos y su compatibilidad de acuerdo a la política

de uso del suelo de la unidad de Gestión Ambiental, para llevar a cabo la

elaboración de la cartografía correspondiente.

NO

Revisa y analiza la opinión técnica de acuerdo a las políticas y lineamientos

ecológicos para emitir el oficio Positivo o negativo del uso propuesto,

rubricando el mismo.

Firma oficio con la opinión técnica en positivo o negativo del uso de suelo propuesto.

Entrega el oficio, archiva el acuse a la dependencia gubernamental y/o

personal física y moral y cierra el expediente.

Fin

Solicita mediante oficio, la opinión de compatibilidad de uso de suelo propuesto y/0 Dictamen de uso de suelo

Recibe el oficio de opinión técnica.

Recibe expediente lo registra y lo turna al titular de la

SEMADESU.

Page 23: MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA SECRETARIA DE MEDIO

Página 22 de 61

5.1.5 PROCEDIMIENTO PARA ATENCIÓN DE SOLICITUDES DE

PROPUESTA PARA DECLARATORIAS DE ÁREAS NATURALES

PROTEGIDAS Y ÁRBOLES PATRIMONIALES

1.0.Objetivo:

1.1 Atender las solicitudes de propuestas de Áreas Naturales Protegidas o bien proponer

las áreas a proteger prioritarias dentro del territorio municipal, en concordancia con

la normatividad ambiental aplicable de los tres órdenes de gobierno, cuyo fin es

conservar la biodiversidad representativa de los ecosistemas para asegurar el

equilibrio y la continuidad de los procesos evolutivos y ecológicos y cuyas

características no han sido esencialmente modificadas.

2.0.Alcance:

2.1 Este procedimiento aplica para para declarar y decretar Áreas Naturales Protegidas

como fin vigilar que el aprovechamiento de los recursos Naturales dentro de la

zona se realice de manera sustentable, preservando la flora y fauna particular del

ecosistema, permitir y propiciar la investigación y estudio de los ecosistemas con el

fin para generar conocimiento y transmitir aquellas prácticas o tecnologías que

permitan el aprovechamiento sustentable de los mismos y, a su vez, proteger el

entorno de las zonas históricas, arqueológicas y turísticas de valor e importancia

cultural y recreativa.

3.0 Fundamento Jurídico:

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: Artículo 4º, párrafo quinto.

Norma Mexicana NMX-R-025-SCFI-2015 en Igualdad Laboral y no

Discriminación.

Ley de Protección Ambiental para el Estado de Aguascalientes, Artículos 4,

fracción III 10 fracciones I, II, III, IV, VI, XI, XII, XVII,XVIII, XIX, XX, XXI,

XXII, XXIII y XXVI; 11, fracciones I, II, III, IV, VI, VII, IX

Código Municipal de Aguascalientes. Art. 476 fracciones I y VI.

Reglamento de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable: Artículo 13

fracciones I, II, X, XII, XIV, XX y XXI; 28; 71, 72 y 73.

Reglamento de Protección al Medio Ambiente y Manejo de Áreas Verdes del

Municipio de Aguascalientes Artículos 10, fracción III, IV y VI, XXXIII; 87, 88,

89, 90, 91, 93, 94, 95, 96, 97, 98, 99, 100, 101, 102, 103. 141.

Reglamento de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable: Artículo 13

fracciones I, II, X, XII, XIV, XX y XXI; 28; 71 y 73.

4.0 Descripción del Proceso:

Page 24: MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA SECRETARIA DE MEDIO

Página 23 de 61

4.1 La dependencia gubernamental, persona física o moral solicita mediante escrito

libre y acompañado de Proyecto en el cual se justifica la petición para llevar a cabo

la Declaratoria del Área propuesta a la Secretaria del H. Ayuntamiento y Dirección

General de Gobierno.

4.2 La Secretaria del H. Ayuntamiento y Dirección General de Gobierno, lo sube como

punto de acuerdo al Cabildo en sesión ordinaria y/o extraordinaria realiza el

procedimiento administrativo correspondiente para dictaminar la propuesta y en su

caso determina y ordena a la Secretaria de Medio Ambiente y Desarrollo

Sustentable realice los estudios pertinentes para decretar la Declaratoria del Área

Natural Protegida..

4.3 El/la Director de Medio Ambiente y Cambio Climático recibe oficio y dictamen

de la Secretaria del H. Ayuntamiento y Dirección General de Gobierno, para llevar a

cabo los estudios pertinentes para la Declaratoria del Área Natural Protegida.

4.4 La SEMADESU a través de el/la Director/a de Medio Ambiente y Cambio

Climático realizara los estudios correspondientes con el personal responsable o a

través de terceros y elabora el estudio previo justificativo del Área Natural y

Protegida a decretar y lo entregará al Área Jurídica para la elaboración de la

propuesta de decreto.

4.5 Una vez integrado debidamente el estudio previo justificativo el/la Director/a de

Medio Ambiente y Cambio Climático lo pondrá a disposición del Público en

general, para su consulta en las oficinas de la SEMADESU por un plazo de 30 días

naturales, tiempo en el que las personas interesadas podrán presentar por escrito sus

opiniones.

4.6 El Área Jurídica realiza la propuesta de declaratoria del Área Natural y Protegida,

una vez integrado el estudio y este a su vez lo antefirma y lo canaliza a el/la

Director/a de Medio Ambiente y Cambio Climático para su Visto Bueno.

4.7 El/la Director de Medio Ambiente y Cambio Climático en el término de 20 días

naturales deberá remitir el expediente que contenga el estudio previo justificativo,

las opiniones derivadas de las consulta pública y el proyecto de declaratoria y

mediante oficio lo canaliza a el/la asistente de el/la Secretario/a de Medio Ambiente

y Desarrollo Sustentable para su firma.

4.8 Una vez firmado el área Jurídica entrega expediente a la Secretaría del H.

Ayuntamiento y Dirección General de Gobierno para que lo remita a la Comisión

conducente.

4.9 El/la Área Jurídica archiva acuse del oficio junto con el expediente.

Page 25: MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA SECRETARIA DE MEDIO

Página 24 de 61

Diagrama de Flujo

PROCEDIMIENTO DE ATENCIÓN DE SOLICITUDES DE PROPUESTA PARA DECLARATORIAS DE ÁREAS NATURALES PROTEGIDAS Y ÁRBOLES PATRIMONIALES

Secretaria/o del H.

Ayuntamiento y Dirección

General de Gobierno

Asistente del/la Secretario/a de Medio Ambiente y Desarrollo

Sustentable

Director/a de Medio Ambiente y Cambio Climático

Área JurídicaUsuario/aSecretario/a de Medio

Ambiente y Desarrollo

Sustentable

inicio

Sube la solicitud como punto de acuerdo al Cabildo en sesión ordinaria o

extraordinaria para dictaminar su aprobación.

Registra dictamen y oficio.Recibe el dictamen y oficio para

su conocimiento.Reciben el dictamen y oficio para su revisión.

Realiza los estudios correspondientes y elabora el estudio previo justificativo del Área

Natural y Protegida a decretar.

Recibe el estudio previo justificativo del Área Natural y

Protegida a decretar para que de inicio a la propuesta de decreto.

Realiza la propuesta de decreto del Área Natural y Protegida,

elabora oficio y este a su vez lo antefirma.

Recibe propuesta de decreto para otorgar su visto bueno.

Firma el oficio de propuesta de decreto del Área Natural

y Protegida.

Recibe oficio y carpeta del estudio justificativo del Área Natural y

Protegida a declarar para entregarlo al H. Ayuntamiento y Dirección General de Gobierno.

Recibe el oficio y carpeta del estudio justificativo del Área Natural y Protegida a

declarar

FIn

Determina y ordena mediante dictamen a la SEMADESU realice los estudios

pertinentes para decretar la Declaratoria del Área Natural y Protegida.

Solicita mediante escrito libre y acompañado de Proyecto en el cual se justifica la petición para llevar a cabo la Declaratoria del

Área propuesta.

Archiva el acuse del oficio junto con el expediente. Y

finaliza el proceso.

En el Término de 20 días naturales deberá remitir el expediente que contenga el

estudio previo justificativo, las opiniones derivadas de las consultas públicas y el

proyecto de declaratoria y mediante oficio el cual lo canaliza para firma

Page 26: MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA SECRETARIA DE MEDIO

Página 25 de 61

5.2 Departamento de Gestión Ambiental

5.2.1 PROCEDIMIENTO DE ATENCIÓN Y SEGUIMIENTO A DENUNCIAS

Y/O REPORTES CIUDADANOS EN MATERIA AMBIENTALES

1.0.Objetivo:

1.1 Atender a toda persona física o moral que denuncie ante la autoridad municipal,

todo hecho, acto u omisión que produzca daño o deterioro al ambiente, incluyendo

el derribo, reubicación o remoción de vegetación o por entregar o suministrar bolsas

de plástico para carga, envoltura o empaque; popotes plásticos, vasos, contenedores,

charolas, u utensilio de poliestireno expandido que contravengan a las disposiciones

legales aplicables que regulen materias relacionadas con la protección al medio

ambiente, la preservación y restauración del equilibrio ecológico.

2.0 Alcance:

2.1 Este procedimiento aplica a todas las denuncias ciudadanas debidamente

fundamentadas y/o reportes ciudadanos relacionadas con el derribo, reubicación o

remoción de vegetación, así como a los domicilios, comercios y/o servicios, ya sean

fijos, semifijos ambulantes o de temporada por fiestas patronales, centros

comerciales, restaurantes, tiendas de autoservicio y/o conveniencia localizados

dentro del Municipio de Aguascalientes.

3.0 Fundamento Jurídico:

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: Artículo 4º, párrafo

quinto.

Reglamento de Protección al Medio Ambiente y Manejo de Áreas Verdes

del Municipio de Aguascalientes. Artículo 10 Fracción VI, XV, XVI, XVI,

XXXVIII incisos a, b, c, d, e y f y Artículo 278, 279, 280, 296, 353, 354,

355, 356, 357,358, 359, 360 Fracciones I, II, III, IV, V, VI, VII Y VIII, 361,

377.

Ley de Protección Ambiental del Estado de Aguascalientes. Artículo 4, 10,

111, 192, 193, 194, 195, 196, 197, 201, 202, 203, 204, 205, 206, 207,208,

209, 210, 211, 212, 213, 214, 222, 223.

Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente. Artículo

182, 189, 190, 191, 192, 193, 194, 195, 196, 197, 198, 199, 200.

Ley de Procedimiento Administrativo del Estado de Aguascalientes,

Artículo 37 fracciones I, II, III y IV; 38, 39,40,41,44,55,56 Fracciones I, II,

III, IV, V Y VI;71,72,73 Fracciones de la I a la VIII; 66,68. 69. 70

Page 27: MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA SECRETARIA DE MEDIO

Página 26 de 61

Fracciones I, II, II, IV, V Y VI; 71, 72, 73 Fracciones I, II, III y IV; 74,75,

76,79 Y 80

Norma Oficial Mexicana NOM 081 SEMARNAT 1994 Actualizada al 2013.

Norma Mexicana NMX-R-025-SCFI-2015 en Igualdad Laboral y No

Discriminación.

Plan de Desarrollo Municipal.

4.0 Descripción del Proceso:

Este procedimiento tiene las siguientes políticas:

Se reciben las denuncias ciudadanas de personas físicas y/o morales en los

siguientes situaciones ambientales: que realicen actividades comerciales y de

servicios de competencia municipal que por su naturaleza generen olores, ruido,

vibraciones, energía térmica, residuos, emisiones a la atmosfera, que rebasen los

límites permitidos por los reglamentos y Normas Oficiales, así como derribo de

árboles y de forma ilícita que se estén realizando o se realizaron que estén

afectando a la población y la entrega y suministro de popotes, bolsas y poliestireno

expandido.

La denuncia que se obtiene a través de vía telefónica, correo electrónico, atención

personal en la SEMADESU, deberá de utilizar el Formato de denuncia y/o reporte

correspondiente donde se asiente.

Bajo protesta de decir verdad lo siguiente:

-El nombre o denominación, razón social, domicilio, teléfono si lo tiene y en su caso,

de su representante legal (De quien denuncia).

-Los actos, hechos u omisiones denunciados.

-Los datos que permitan identificar el probable infractor o localizar la fuente

contaminante.

-Las pruebas que en su caso ofrezca el denunciante, las cuales serán valoradas por la

SEMADESU (Si contara con ellas).

En caso que la denuncia no contenga lo anterior, solo se atenderá como un reporte

ciudadano.

En caso de que si cumpla con lo anterior también deberá de hacerse del

conocimiento de el/la denunciante que tiene que ratificarla por escrito en un

término no mayor a 3 días hábiles en cumplimiento al art. 354 del Reglamento de

Protección al Medio Ambiente y Manejo de Áreas Verdes del Municipio de

Aguascalientes. En caso de no ratificar la denuncia en el término aludido se tendrá

por no presentada y de igual manera solo queda asentada como reporte ciudadano.

Page 28: MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA SECRETARIA DE MEDIO

Página 27 de 61

Si la denuncia no fue ratificada la SEMADESU aun así dará el seguimiento a través

de la visita de verificación para validar la veracidad del reporte ciudadano.

Se le deberá de informar a el/la ciudadano/a que al no presentar su denuncia por

escrito y ratificarla, solo será un reporte ciudadano y en caso de que solicite una

respuesta solo será que se atendió a través de una verificación, en el caso de que la

presente por escrito y ratifique, se le notificara a través del medio que el señale

sobre el seguimiento y resolución de su denuncia.

Las denuncias canalizadas mediante oficios por otras Dependencias ya sean

Municipales, Estatales y Federales; para su atención, así como las provenientes de

la Dirección de Atención ciudadana por medio del Sistema Integral de Atención

Ciudadana en donde se dan de alta las provenientes de: programa Miércoles

Ciudadano, 072, Comunicación social, no llevaran este formato de denuncia, pero

si se deberá de hablar con el/la interesado/a para que acuda a SEMADESU a

presentar su denuncia por escrito y ratificarla.

4.1 El/la Coordinador/a de Control Ambiental recibe denuncia vía SIAC, de ser

telefónica, atención personal en la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo

Sustentable, o si la denuncia fue recibida por medio de Oficio Turnado por alguna

Dependencia Federal, Estatal o Municipal la tendrá que registrar en SIAC (Sistema

Integral de Atención Ciudadana), y de acuerdo a su naturaleza serán atendidas por la

SEMADESU, o deberán ser canalizadas por su competencia federal, estatal o

municipal según correspondan junto con la cédula de solicitud de apoyo y/o subsidio,

además de reporte de verificación y fotográfico.

4.2 El/la Coordinador/a de Control Ambiental entrega formato para verificación y

seguimiento de denuncias junto con cédula de solicitud de apoyo o subsidio a el/la

Jefe/a de Departamento de Gestión ambiental.

4.3 El/la Jefe/a de Departamento de Gestión Ambiental recibe formato y entrega a

inspector/a para que realice visita de verificación.

4.4 El/la Inspector/a recibe instrucción de el/la Jefe/a de Departamento de Gestión

Ambiental y acude a realizar visita de verificación, generando reporte fotográfico y

reporte general de verificación, posteriormente entrega a Coordinador/a de control

ambiental.

4.5 El/la Coordinador/a de Control Ambiental recibe reporte y registra como respuesta

en SIAC.

4.6 Requiere ser canalizada o es atendida por la SEMADESU.

4.7 Si la SEMADESU atiende la denuncia y/o reporte ciudadano, identifica si

corresponde al Departamento de Recursos Naturales y Biodiversidad o para el

Departamento de Gestión Ambiental.

Page 29: MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA SECRETARIA DE MEDIO

Página 28 de 61

4.8 Si la Denuncia corresponde al Departamento de Recursos Naturales y

Biodiversidad el/la Coordinador/a de Control Ambiental entregara la Cedula de

solicitud de apoyo en donde vienen los datos de la denuncia junto con hoja viajera al

Departamento de Recursos Naturales y Biodiversidad, así mismo la Coordinador/a

de Control Ambiental subirá al SIAC la respuesta de canalización que realizó a dicho

Departamento y posteriormente por parte del Departamento de Recursos Naturales y

Biodiversidad anexaran la respuesta correspondiente en la hoja viajera y la entregan

a el/la Coordinadora de Control Ambiental para la conformación del expediente.

4.9 En caso de canalización se elabora el oficio de canalización a las dependencias

correspondientes y entrega para Visto Bueno del/la Jefe/a de Departamento de

Gestión Ambiental.

4.10 El/la Jefe/a de Departamento Gestión Ambiental recibe oficio de canalización y da

VoBo, para posteriormente entregarlo al/la Asistente del/la Secretario/a de Medio

Ambiente y Desarrollo Sustentable.

4.11 El/la Asistente del/la Secretario/a de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable,

recibe oficio y entrega para firma correspondiente, una vez firmado lo regresa al/la

Jefe/a de Departamento de Gestión Ambiental.

4.12 El/la Jefe/a de Departamento de Gestión Ambiental, recibe el oficio de canalización

firmado por el/la Secretario/a de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable, y lo

pasa a al/la Coordinador/a de Control Ambiental para que prepare las copias para

el/los acuses de recibido.

4.13 Hecho lo anterior, al/la Coordinador/a de Control Ambiental entrega oficios de

canalización a el/la Jefe/a de Departamento de Gestión Ambiental.

4.14 La entrega de estos oficios podrá hacerse con el apoyo del/la Coordinador/a de

Control Ambiental y el/la inspector/a del Departamento de Gestión Ambiental,

mediante instrucción de el/la Jefe/a de Departamento de Gestión Ambiental. Si los

oficios de canalización se pueden entregar en miércoles ciudadano, el/la Jefe/a de

Departamento de Gestión Ambiental se los entrega al/la Coordinadora de Control

Ambiental para su entrega, quien solicita firma de recibido y archiva el acuse en

expediente.

4.15 Si no se pueden entregar en miércoles ciudadano, el/la Jefe/a de Departamento de

Gestión Ambiental, pasa oficios a inspector/a del Departamento de Gestión

Ambiental, quien acude a entregar y posteriormente da los acuses a Coordinador/a

de Control Ambiental para su archivo.

4.16 En caso de que la denuncia y/o reporte ciudadano sea competencia del

Departamento de Gestión Ambiental, el/la Coordinador/a de Control Ambiental le

entrega al/la Jefe/a de Departamento de Gestión Ambiental el Formato para

Page 30: MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA SECRETARIA DE MEDIO

Página 29 de 61

Solicitud de Verificación y Seguimiento de Denuncias, y la Cédula de Solicitud de

Apoyo o Subsidio.

4.17 El Jefe/a de Departamento de Gestión Ambiental recibe formatos, revisa y entrega

al/la inspector/a para que el realice la visita en el domicilio denunciado.

4.18 El/la Inspector/a recibe formatos y acude al sitio de la denuncia y/o reporte

ciudadano, al iniciar la visita deberá exhibir credencial vigente con fotografía

expedida por la autoridad competente que lo acredite para desempeñar dicha

función.

4.19 Si se encuentra el/la propietario/a procede a realizar la verificación mediante el

formato general de verificación, de la cual deberá dejar copia al/la propietario/a

responsable y/o encargado para realizar la verificación del comercio o servicio de

competencia municipal.

4.20 En caso que No se encontrara el/la propietario/a el Inspector/a, dejará el citatorio

correspondiente dejándolo en poder de quien en ese momento se encuentre o

pegado en estrado, para que se presente en el lugar de la inspección, dentro del

plazo correspondiente. El/la inspector/a acude nuevamente y en caso de que el/la

propietario/a del comercio o servicio de competencia municipal que no se presente,

éste/a procederá a realizar la verificación al comercio o servicio con quien se

encuentre en ese momento a cargo.

4.21 En caso de que no cuenta con Constancia de Alineamiento y Compatibilidad

Urbanística y por encontrarse en vía pública haciendo sus actividades, el/la

inspector/a lo redacta dentro del Formato General de Verificación y posteriormente

entrega al/la Coordinador/a de Control Ambiental junto con el Formato para

Solicitud de Inspección y Seguimiento de Denuncias.

4.22 El/la Coordinador/a de Control Ambiental canaliza de inmediato vía oficio firmado

por el/la Secretario/a de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable a SEDUM y

sube la respuesta al SIAC y se da por concluida la denuncia y/o reporte ciudadano.

4.23 En el caso de que el lugar cuente con Constancia de Alineamiento y

Compatibilidad Urbanística y cumpla con condiciones ambientales necesarias para

el funcionamiento y no ponga en riesgo a terceros por el asunto de la denuncia el/la

inspector/a asienta en el reporte general de Verificación, mismo que entrega a

Coordinador/a de Control Ambiental, quien sube la respuesta al SIAC y archiva

dando por concluido el reporte ciudadano y/o la denuncia.

4.24 Si la denuncia y/o reporte ciudadano es para verificar que se cumplan con las

condiciones ambientales incluyendo que en el establecimiento se están ofreciendo

bolsas de plástico para carga, envoltura o empaque, popotes plásticos o poliestireno

expandido; el/la Inspector/a realizará un reporte general de verificación al

establecimiento para corroborar el incumplimiento y lo entrega a la Coordinador/a

de Control Ambiental para su expediente y seguimiento.

Page 31: MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA SECRETARIA DE MEDIO

Página 30 de 61

4.25 El/la Coordinador/a de Control Ambiental analiza los reportes generales de

verificación y determina en conjunto con el/la Jefe/a de Departamento de Gestión

Ambiental con cuales comercios y/o servicios hay incumplimiento y los agenda

para una segunda visita por parte de el/la inspector/a mediante una Orden de visita.

4.26 El/la Inspector Si encuentra el/la propietario/a procede a entregar copia de la orden

de visita y realizar el acta de verificación e inspección, de la cual deberá dejar

copia al/la propietario/a responsable y/o encargado para realizar la verificación del

comercio o servicio.

4.27 En caso que No se encontrara el/la propietario/a el Inspector/a, dejará el citatorio

correspondiente dejándolo en poder de quien en ese momento se encuentre o

pegado en estrado, para que se presente en el lugar de la inspección, dentro del

plazo correspondiente. El/la Inspector/a acude nuevamente y en caso de que el/la

propietario/a del comercio o servicio no se presente, éste/a procederá a realizar la

verificación al comercio o servicio con quien se encuentre en ese momento a cargo.

4.28 E/la l Inspector/a en esta segunda visita levanta acta de verificación e inspección,

en caso de que encuentre nuevamente el incumplimiento el/la Inspector/a dejara un

apercibimiento con 10 días hábiles para subsanar la anomalía detectada y en caso

de que ya no se encuentre incumplimiento, se cierra la visita, ambas situaciones se

le reportan a el/la coordinador/a de control ambiental para que de ser necesaria

agende una tercera visita. Posteriormente entrega a Coordinador/a de Control

Ambiental, para la integración del expediente y seguimiento.

4.29 Transcurrido el plazo de los 10 días hábiles Coordinador/a de Control Ambiental, le

informa a Jefe/a de Departamento de Gestión Ambiental, sobre la tercera visita que

deberá de realizarse para que instruya a el/la inspector/a para que este acuda y

levante el acta de verificación e inspección, en caso de que encuentre nuevamente

el incumplimiento el/la Inspector dejara una amonestación con 5 días hábiles para

subsanar la anomalía detectada. De lo contrario y al haber cumplido con lo que ya

se le había observado, solo se levantara el acta de verificación e inspección ambas

situaciones se le reportan a el/la coordinador/a de control ambiental para que de ser

necesaria agende una cuarta visita. Posteriormente entrega a Coordinador/a de

Control Ambiental, para la integración del expediente y su conclusión.

4.30 Transcurrido el plazo de los 5 días hábiles Coordinador/a de Control Ambiental, le

informa a Jefe/a de Departamento de Gestión Ambiental, sobre la cuarta visita que

deberá de realizarse para que instruya a el/la inspector/a para que este acuda y

levante el acta de verificación e inspección en caso de que encuentre nuevamente el

incumplimiento el/la inspector dejara la multa correspondiente por la anomalía

detectada. De lo contrario y al haber cumplido con lo que ya se le había observado,

solo se levantara el acta de verificación e inspección ambas situaciones se le

reportan a el/la Coordinador/a de Control Ambiental. Posteriormente entrega a

Page 32: MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA SECRETARIA DE MEDIO

Página 31 de 61

Coordinador/a de Control Ambiental, para la integración del expediente y su

conclusión.

4.31 Para entregar la respetiva multa, el/la inspector/a dejara, un citatorio al propietario

para que comparezca a la SEMADESU y notificarle mediante Cedula de

Notificación y una vez que se presente con el/la Coordinador/a de Control

Ambiental le entrega la respetiva multa por el incumplimiento que se detectó, en

caso de no presentarse, se le notificara en el domicilio donde se llevó a cabo la

verificación e inspección.

4.32 De no encontrarse ningún incumplimiento de las condiciones ambientales o por

bolsas de plástico para carga, envoltura o empaque, popotes plásticos o poliestireno

expandido, levanta el reporte general de verificación y entrega a Coordinador/a de

Control Ambiental, para la integración del expediente y actualiza respuesta en

SIAC y archiva en expediente.

4.33 Una vez que el/la propietario/a se presenta con el/la Coordinador/a de Control

Ambiental generará Acta de Hechos Circunstanciada, esta comparecencia deberá de

notificarse al Área Jurídica para su vo.bo.

4.34 El/la Coordinador/a de Control Ambiental informa a propietario/a que se emitirá

resolución dentro de los siguientes diez días hábiles.

4.35 Una vez que se lleva a cabo todo el proceso y la audiencia, el/la Coordinador/a de

Control Ambiental con el vo.bo. Del área jurídica y de el/la jefe/a de departamento

de gestión ambiental ratifica o se deja sin efecto la multa de acuerdo a la resolución

emitida y se sube la respuesta de conclusión al SIAC.

4.36 De resultar procedente la multa el/la Coordinador/a de Control Ambiental, elabora

oficio a la Secretaría de Finanzas, el cual deberá de ser firmado por el/la

Secretario/a de SEMADESU, con la finalidad de que Finanzas pueda cobrar dicha

multa.

4.37 El/la Coordinador/a de Control Ambiental elabora el Informe Mensual de

Denuncias recibidas, dirigido al órgano interno de control municipal, el/la Jefe/a de

Departamento de Gestión Ambiental lo revisa y rúbrica con el visto bueno,

posteriormente se le pasa al/la asistente de el/la Secretario/a de Medio Ambiente y

Desarrollo sustentable, para recabar la firma de el/la Secretario/a de Medio

Ambiente y Desarrollo Sustentable para finalmente entregarlo, con el apoyo del

inspector/a, una vez entregado, se le da el acuse a el/la Coordinador/a de Control

Ambiental para archivarlo en la carpeta correspondiente y mostrarlo ante cualquier

Auditoria.

4.38El/la Coordinador/a de Control Ambiental realiza en los primeros 5 días de cada

mes el Análisis Gráfico de la Eficiencia del Desempeño de los Procesos en base al

SIAC para verificar que el cumplimiento de los días de respuesta sea conforme a lo

Page 33: MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA SECRETARIA DE MEDIO

Página 32 de 61

planeado, el cierre será del mes con antelación. Este análisis lo entrega a el/la Jefe

de Departamento de Gestión Ambiental y a al/la Coordinador/a de Calidad.

Diagrama de flujo

ATENCIÓN Y SEGUIMIENTO A DENUNCIAS Y/O REPORTE CIUDADANO EN MATERIA AMBIENTAL

Coordinador/a de Control Ambiental Jefe/a de Departamento de Gestión AmbientalAsistente de Secretario/a de Medio Ambiente y Desarrollo

Sustentable

Secretario/a de Medio Ambiente y Desarrollo

SustentableInspector/a

Auxiliar Administrativo (Dpto. de Recursos

Naturales y Biodiversidad)

Jefe/a de Departamento de Recursos Naturales y

Biodiversidad

Recibe denuncia ciudadana

¿La denuncia se recibió via SIAC?

Se registra en el SIAC y se asigna folio.

Imprime cédulas y se agrega formato para verificación de denuncias y se pasa a jefe/a Depto.

NO SI

Elabora oficio de canalización y lo entrega para visto bueno

Prepara las copias de acuse de recibido y entrega a Jefe/a de Departamento de Gestión Ambiental

SI

Inicio

Recibe formato y cedula canaliza para que realice visita de verificación

Recibe oficio de canalización y lo entrega

Recibe oficio de canalización firmado y lo entrega

Recibe, revisa y firma oficio de canalización, y entrega

NO

¿Entrega en miércoles ciudadano?

Canaliza oficios a Coordinador/a de Control Ambiental para su entrega

SI

Recibe oficios

Recibe oficios, entrega en miércoles ciudadano

FIN

Canaliza oficios a Inspector/a para su entrega

NO

Recibe oficios y entrega, posteriormente pasa acuses a Coordinador/a de Control Ambiental

Recibe y archiva acuse

Se atiende en SEMADESU por el

Depto.

Elabora oficio de canalización, anexando la Cédula de solicitud

de apoyo con su folio

RNyB

Recibe, revisa y firma oficio de canalización y lo pasa para su entrega Recibe y entrega oficio Recibe oficio

Entrega acuse a Coordinador/a de Control Ambiental

Entrega a Jefe/a de Departamento de Gestión Ambiental Formato de

solicitud de verificación y seguimiento de denuncias y la cedula de solicitud de apoyo

Recibe y archiva acuse

GA

¿Tiene respuesta en tiempo?

Elabora y envía oficio de prórroga de dos días adicionales para

respuesta para Jefe/a de Dpto. de Gestión Ambiental

Elabora y envía oficio de respuesta con Cédula de solicitud de apoyo a

Coordinador/a de Control Ambiental SI

NOSube al SIAC la respuesta correspondiente

Recibe formatos revisa y entrega a inspector para que realice la visita en el domicilio denunciado

Recibe formatos y acude al sitio

¿Se encuentra propietario?

Realiza la inspección, orden de visita entregándole copia al propietario

Realiza la inspección, orden de visita entregándole copia al propietario

SI

Deja citatorio para que se presente en el lugar de la inspección

NO

Acude nuevamente a realizar la inspección este o no el/la propietario/a

¿Es denuncia por ofrecer plasticos ?

Realiza un reporte general verificación para corroborar el incumplimiento y lo entrega

SI

Entrega documentación de la inspección

Recibe documentación de la inspección y sube respuesta al

SIAC y archiva expediente

Realizará un reporte general de verificación al establecimiento para

corroborar el incumplimiento

NO

¿Cuenta con constancia de alineamiento y

compatibilidad urbanística ?

Redacta dentro del formato general de verificación junto con el formato solicitud de inspección y seguimiento de denuncias

y lo entrega

NO

Canaliza vía oficio firmado por el titular de SEMADESU a titular de SEDUM y Sube respuesta al SIAC y se de por concluida la denuncia

Redacta en Acta de verificación e inspección

entrega a el coordinador/a de Control Ambiental

SI

Transcurrido el plazo de 10 días notifica a el/la Jefa/a de Departamento de Gestión Ambiental para que instruya a el/la inspector/a

¿Esta presente el/la propietario ?

SINo

Recibe al propietario y levanta el acta de hechos circunstanciada y notifica al área jurídica ára su visto bueno

Informa al propietario que se emita resolución mediante los díez días hábiles

¿Procede el cobro ?

Se da por concluida la denuncia y sube respuesta

al siac

Se captura la multa en el Sistema de cobros y multas ambientales para que se pueda hacer

el cobro en cajas de Finanzas Municipales

Si No

Verifica en el Sistema de cobros y multas ambientales e imprime comprobante de

pago y anexa en expediente

Elabora informe mensual de denuncias recibidas para el titular de Órgano Interno

de Control Firmado por el titular de la SEMADESU

Elabora análisis grafico dentro de los primeros 5 días y se lo entrega a el/la

Jefe/a de Departamento y Coordinador/a de calidad

Recibe, revisa y antefirma de visto bueno el oficio de canalización y lo entrega para su firma

Recibe y acude a realizar la verificación generando reporte fotográfico y genera de verificación

Entrega el reporte Recibe reporte y registra como respuesta en el SIAC

Se canaliza

El/la Coordinador/a de Control Ambiental analiza los reportes generales de verificación y determina en conjunto con el/la jefe/a de departamento de gestión ambiental con Cuales comercios y/o servicios hay incumplimiento y los agenda para una segunda visita por parte de el/la inspector

Realizar el acta de verificación e inspección, de la cual deberá dejar

copia al/la propietario/a responsable y/o encargado para realizar la

verificación del comercio o servicio

Dejará el citatorio correspondiente dejándolo en poder de quien en ese momento se encuentre o

pegado en estrado, para que se presente en el lugar de la inspección, dentro del plazo correspondiente.

Acude nuevamente y en caso de que el/la propietario/a del comercio o servicio no se

presente, éste/a procederá a realizar la verificación al comercio o servicio con quien se encuentre

en ese momento a cargo

No se presentó el propietario No

Si

En esta segunda visita levanta acta de verificación e inspección

Se encuentre nuevamente el incumplimiento

Dejara un apercibimiento con 10 días hábiles para subsanar

la anomalía detectada Se cierra la visita

Ambas situaciones se le reportan para que de ser necesaria agende una tercera visita. Posteriormente entrega a Coordinador/a de Control

Ambiental, para la integración del expediente y seguimiento o cierre

Si No

Se encuentre nuevamente el incumplimiento

En esta tercera visita levanta acta de verificación e inspección

Dejara una amonestación con 5 días hábiles para subsanar

la anomalía detectada.

No

Si Transcurrido el plazo de 5 días notifica a el/la Jefa/a de Departamento de Gestión Ambiental para que instruya a el/la inspector/a

Se encuentre nuevamente el incumplimiento

En esta cuarta visita levanta acta de verificación e inspección

Dejara la multa correspondiente y citatorio para que comparezca

a la SEMADESU

Ambas situaciones se le reportan para la integración del expediente y seguimiento o cierre

Se cierra la visita

Si No

1

1

1

Page 34: MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA SECRETARIA DE MEDIO

Página 33 de 61

5.2.2 PROCEDIMIENTO PARA PERMISO AMBIENTAL DE

FUNCIONAMIENTO

1.0. Objetivo:

1.1 Prevenir y crear una cultura de protección al ambiente a través de las acciones que

permitan orientar, prevenir y mitigar el daño al medio ambiente y a la población en

general generado por actividades comerciales y de servicios, así como

microindustrias.

2.0. Alcance:

2.1 El trámite se aplica a toda la población en general que desee iniciar una actividad

comercial (Servicio/Comercios) de competencia municipal.

3.0.Fundamento Jurídico:

Reglamento de Protección al Medio Ambiente y Manejo de Áreas Verdes del

Municipio de Aguascalientes. Artículo 10 Fracción XLVI y Artículo 67, Artículo

86 BIS, TER, QUATER, QUINQUIES, SEXIES, SEPTIES, OCTIES, NOVIES,

DECIES, UNDECIES, DUODECIES, TER DECIES, QUATER DECIES,

QUINQUIES DECIES, SEXIES DECIES, SEPTIES DECIES, OCTIES

DECIES, NOVIES DECIES y VICIES; Artículo 256, 256 BIS y TER; Artículo

393 Fracc. XXIII.

Ley de ingresos del Municipio de Aguascalientes, Ags; Artículo, 86 Fracción I y

IV para el ejercicio Fiscal del año en curso.

Norma Mexicana NMX-R-025-SCFI-2015 en Igualdad Laboral y no

Discriminación.

Plan de Desarrollo Municipal vigente.

4.0.Descripción del Proceso:

4.1 El/La interesado/a solicita un Cuestionario de Información Básica Ambiental, el

Listado de Requerimientos del “Trámite de Permiso Ambiental de

Funcionamiento” y se le informa sobre el pago que habrá de realizarse antes de

ingresar el trámite, ya que de lo contrario solo se le reciben sus documentos pero no

se le dan trámite. O bien se presenta con el Cuestionario de Información básica

debidamente llenado y con los requisitos solicitados según el comercio o servicio

que se desea aperturar y su copia de recibo de pago.

4.2 El/la Recepcionista y/o el/la Coordinador/a de Impacto Ambiental verifica que la

documentación esté completa, y el formato del Cuestionario de Información Básica

Ambiental debidamente llenado. Le comenta que queda sujeto a revisión y en caso

de que falte algo se le hará el requerimiento los primeros 10 días hábiles posteriores

a su recepción mediante un oficio.

Page 35: MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA SECRETARIA DE MEDIO

Página 34 de 61

4.3 El/la interesado/a tendrá 5 días hábiles una vez que reciba la notificación para

presentar la información que se le solicita, una vez presentada, la respuesta del

permiso ambiental de funcionamiento no deberá de exceder 20 días hábiles. En

caso de que el/la Interesado/a no presente la información respectiva, se desecha el

trámite y se archiva como tramite cancelado por falta de documentación.

4.4 El/la Coordinador/a de Impacto Ambiental canaliza el trámite recibido al/la

Recepcionista para colocarle la hoja viajera, así como registrarlo en Base de Datos

de Control de Recepción y los turna a el/la Coordinador/a de Impacto Ambiental al

final del día.

4.5 El/la Recepcionista al final de la semana entrega la relación de los tramites que

ingresaron a el/la Jefe/a del Departamento de Gestión Ambiental para su control y

seguimiento.

4.6 El/la Coordinador/a de Impacto Ambiental, llena la hoja viajera y entrega la

Solicitud de Inspección de Cuestionario de Información Básica Ambiental y

expediente a el/la Jefe de Departamento de Gestión Ambiental para la visita de

verificación al sitio a través de el/la inspector/a.

4.7 El/la Inspector/a recibe el expediente, llena la hoja viajera y organiza su ruta de

visitas.

4.8 El/la inspector/a una vez realizada la visita, entrega al/la Coordinador/a de Impacto

Ambiental, la información recabada, se realiza nuevamente el llenado de la hoja

viajera, el/la Coordinador/a de Impacto Ambiental elabora el Permiso Ambiental de

Funcionamiento y/o oficio de respuesta y llena el formato de control de

documentación del expediente y lo turna el/la Jefe del Departamento de Gestión

Ambiental.

4.9 En caso de que el/la inspector/a no localice a los solicitantes en su visita física

después de acudir en dos ocasiones o no conteste el teléfono que dejo para

notificaciones, se dejará un aviso de visita para que se presente o llame a la

SEMADESU en un plazo de 1 día hábil para re-agendar su visita de verificación. En

caso de no hacerlo en el plazo establecido se cancela la solicitud.

4.10 El/la Jefe del Departamento de Gestión Ambiental recibe expediente y Permiso

Ambiental de Funcionamiento, llena la hoja viajera, revisa el permiso, los requisitos

y si toda la información coincide, firma y certifica mediante el sello respectivo, en

caso de que exista alguna modificación en el permiso el/la Jefe del Departamento de

Gestión Ambiental., lo regresara a el/la Coordinador/a de Impacto Ambiental para

que se hagan las modificaciones correspondientes las cuales tendrán que realizarse a

la brevedad.

Page 36: MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA SECRETARIA DE MEDIO

Página 35 de 61

4.11 El/la Jefe del Departamento de Gestión Ambiental una vez firmado y certificado el

permiso lo entrega al/la Coordinador/a de Impacto Ambiental para que acopie

permisos firmados y transcurrido el plazo acordado para su entrega, el/la solicitante/a

acude nuevamente para recoger su permiso.

4.12 En caso de que no se presente el/la interesado/a en 30 días naturales a recoger su

trámite, el/la Coordinador/a de Impacto le notificará telefónicamente y se registrará

en bitácora quien recibió la notificación telefónica y de no acudir en 5 días hábiles

después de la notificación, se procederá a cancelar el trámite.

4.13 El/la Coordinador/a de Impacto Ambiental realiza en los primeros 5 días de cada

mes el Análisis Gráfico de la Eficiencia del Desempeño de los Procesos para

verificar que el cumplimiento de los días de respuesta sea conforme a lo planeado,

el cierre será del mes con antelación. Este análisis lo entrega a el/la Jefe de

Departamento de Gestión Ambiental y a al/la Coordinador/a de Calida

Page 37: MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA SECRETARIA DE MEDIO

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Diagrama de flujo

PROCEDIMIENTO DEL PERMISO AMBIENTAL DE FUNCIONAMIENTO

RecepcionistaSolicitante Coordinador/a de Impacto AmbientalJefe/a de Departamento de Gestión

AmbientalInspector/a

Fa

se

Inicio

Solicita un cuestionario de información básica ambiental y el listado de requerimientos.

Entrega un cuestionario y el listado al solicitante, y se le informa sobre el pago que habrá de realizarse antes de ingresar el trámite, ya que de lo contrario solo se le reciben sus documentos pero no se le dan trámite..

.

Acude con el cuestionario y la documentación requerida.

Llama a el/la Coordinador/a de impacto ambiental para atender al solicitante.

Verifica que la documentación esté completa y el cuestionario correctamente llenado, en caso de que falte algo el solicitante tendrá 5 días hábiles para completar.

Falta algún Requerimiento

Genera estado de cuenta para que el solicitante realice pago.

NO

Registra los trámites del permiso ambiental de funcionamiento en la base de datos, llena hoja viajera y lo turna a el/la Coordinador/a de Impacto Ambiental al final del día. Al final de la semana entrega la relación de los tramites que ingresaron a el/la Jefe/a del Departamento de Gestión Ambiental para

su control y seguimiento

Canaliza trámite para su registro.

Llena hoja viajera y entrega la solicitud de inspeccíón y expediente a el/la Jefe/a de Departamento de Gestión Ambiental

Recibe documentos, llena hoja viajera, entrega la solicitud de inspección a el/la inspector/a.

Recibe información, llena hoja viajera y organiza ruta.

¿Se localizó a el/los solicitantes?

Toma evidencias y realiza reporte general de inspección.

NO

Agenda nueva visita.

Llena hoja viajera , elabora permiso ambiental de funcionamiento y llena formato para expediente.

Recibe expediente y Permiso Ambiental de Funcionamiento, llena la hoja viajera, revisa y si

toda la información coincide.

Existe una modificación.

Firma y certifica mediante el sello respectivo.

NO

Acopia permisos firmados y transcurrido el plazo acordado para su entrega.

¿Acude usuario por su permiso a los 30 días hábiles ?

Presenta recibo de pago para recoger el permiso

SI

El/la Coordinador/a notifica vía telefónica, informando que cuenta con 5 días hábiles para recogerlo.

NO

Cancela Trámite.

¿Acude usuario por su permiso?

Recibe la copia y entrega permiso.

Fin

C

SI

NO

Se le notifica que dentro de los primeros 10 días a su recepción, el solicitante tiene 5 días para

presentar informaciónSI

¿El solicitante llevó información requerida?

NOSe cancela el trámite

C

SI

¿Se localizó a el/la solicitante/a?

NO

SI

Se deja aviso para reagendar su visita, el/la solicitante/a tendrán un plazo de 1 día habil

¿Se re agendó la visita?

NO

SI

Se cancela la solicitud. C

Realiza las modificaciones a la brevedad

SI

SI

Realiza dentro de los primeros 5 días de cada mes el Análisis Gráfico, lo entrega a el/la Jefe/a de Departamento de Gestión Ambiental y el/la Coordinador/a de Calidad

C

B

B

A

A

5.2.3 PROCEDIMIENTO DE AUTORIZACIÓN DE INGRESO AL RELLENO

SANITARIO

1.0.Objetivo:

1.1 Regular el ingreso de los prestadores de servicios y particulares para la disposición

final en el Relleno Sanitario de los Residuos Sólidos Urbanos y de Manejo Especial.

Page 38: MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA SECRETARIA DE MEDIO

Página 37 de 61

2.0.Alcance:

2.1 Todas aquellas personas que soliciten el ingreso con residuos sólidos urbanos y de

Manejo Especial al Relleno Sanitario en operación.

3.0.Fundamento Jurídico:

Código Municipal Aguascalientes. Artículo 491-4 491-6, 491-7, 1508, 1518.

Reglamento de Protección al Medio Ambiente y Áreas Verdes del Municipio

de Aguascalientes. Artículo 10 Fracción XIV, XV, XVI, XVII, XVIII, XIX,

XXI, XXII, XXIII, XXIV, XXVII, XXIX; Artículo 72, 195, 250 Fracción III,

270, 271, 273 Fracción I, II, VI, VII, XI, XII, XIII, XIV, 275, 377 Fracción

VIII, IX, 393 Fracción I, 394 Fracción XIII, 395 Fracción IV Inciso a, f & g,

409.

Ley de Ingresos del Municipio de Aguascalientes 2019. Artículo 86 Fracción

II y III para el ejercicio Fiscal del año en curso.

Ley de Protección Ambiental. Artículo 7 Fracción XVII, XVIII, XXVII y

XXXI, Artículo 10 Fracción XIV, XVI, XXVII y XXVIII, Artículo 11

Fracción XI, Artículo 31 Fracción VI, Artículo 123 Fracción VII, Artículo

132, Artículo 133, Artículo 141 Fracción X, Artículo 163, Artículo 166,

Artículo 167, Artículo 168, Artículo 169, Artículo 170, Artículo 171, Artículo

174.

Norma Oficial Mexicana NOM-083-SEMARNAT-2003, Especificaciones de

Protección Ambiental para la selección de sitio, diseño, construcción,

operación, monitoreo, clausura y obras complementarias de un sitio de

disposición final de residuos sólidos, urbanos y de manejo especial, Punto 5.1

y 8.3.

Reglamento de la Ley de Protección Ambiental para el Estado de

Aguascalientes en Materia de Prevención y Gestión Integral de los Residuos.

Artículo 2, 9, 10 Fracción II, V, VI, VII, X y XI, 18, 22, 38, 39, 42, 43, 44,

49, 50, 51, 53, 56, 76, 77 y 78.

Norma Oficial Mexicana NOM-161-SEMARNAT-2011, Que establece los

criterios para clasificar a los Residuos de Manejo Especial y determinar

cuáles están sujetos a Plan de Manejo; el listado de los mismos, el

procedimiento para la inclusión o exclusión a dicho listado; así como los

elementos y procedimientos para la formulación de los planes de manejo.

Norma Oficial Mexicana NOM-052-SEMARNAT-2005, Que establece las

características, el procedimiento de identificación, clasificación y los listados

de los residuos peligrosos.

Ley Municipal para el Estado de Aguascalientes. Artículo 74 BIS Fracción

III.

Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente. Artículo 8

Fracción IV, Artículo 134 Fracción III, Artículo 135 Fracción II y III,

Artículo 137, Artículo 139, Artículo 140, Artículo 142, Artículo 150, Artículo

151, Artículo 151 BIS, Artículo 153 Fracción III.

Page 39: MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA SECRETARIA DE MEDIO

Página 38 de 61

Ley General para la Prevención y Gestión Integral de Residuos. Artículo 2

Fracción VIII, Artículo 9 Fracción III, IV, V y VI, Artículo 10 Fracción III,

V, VI, VII, VIII, X y XI, Artículo 19, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 96, 97, 98, 99

Y 100.

Norma Mexicana en la Igualdad Laboral y No Discriminación NMX-R-025-

SCFI-2015.

Plan de Desarrollo Municipal 2017-2019.

4.0. Descripción del Proceso:

4.1 Cuando el/la solicitante acude a la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo

acude a la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable para pedir

información para ingresar su trámite, es atendido/a por el/la Recepcionista para saber

que trámite desea realizar (PRIMERA AUTORIZACION DEL AÑO, SEGUNDA

AUTORIZACION DEL AÑO, UNICA OCASION, DISPOSICION DE

LLANTAS, EXTRACCION DE LLANTAS), asimismo le proporciona el Formato

de Solicitud para la Autorización para la Disposición Final de Residuos Sólidos

Urbanos y de Manejo Especial, y los requisitos para la documentación necesaria

misma que se encuentra establecida y le comenta el costo del trámite, así como que

deberá de hacer el pago para poder darle trámite a su solicitud y requisitos. En caso

de que el/la solicitante tuviera más dudas sobre el trámite o alguna particularidad lo

canaliza a el/la Coordinador/a de Normatividad Ambiental, quien le informará al

respecto.

4.2 El/la solicitante acude nuevamente con los requisitos del trámite a realizarse y con

el Formato de Solicitud, el/la Recepcionista o el/la Coordinador/a de Normatividad

Ambiental verifica el llenado completo del Formato de Solicitud para la

Autorización para la Disposición Final de Residuos Sólidos Urbanos y de Manejo

Especial que se encuentre firmado, verifica la entrega completa de los

requerimientos solicitados mediante un Formato de Control de Documentación y su

copia de recibo de pago, los sella de recibido, asimismo le informa a el/la

solicitante que queda la documentación sujeta a revisión, pidiéndole que en 5 días

hábiles de la fecha de entrega se presente nuevamente en la SEMADESU para

información complementaria si se requiere o bien alguna observación en su trámite;

asimismo en el formato se establecen los días que se autoriza ingresar al Relleno

Sanitario para la disposición final. Con la restricción que de los residuos que

solicita, alguno podrá no ser autorizado a ingresar al Relleno Sanitario.

El/la Recepcionista registra los trámites de autorizaciones recibidos en Base de

Datos de Control de Recepción, coloca la hoja viajera y los turna al final del día

al/la Coordinador/a de Normatividad Ambiental para la elaboración del oficio de

autorización. Al final de la semana el/la Recepcionista entrega relación a el/la

Jefe/a del Departamento de Gestión Ambiental para su control.

4.3 El/la Coordinador/a de Normatividad Ambiental recibe trámites, llena hoja viajera,

lo registra en la Base de Datos, le asigna el número correspondiente según número

consecutivo de bitácora de trámites, elabora el oficio de la autorización, si la

Page 40: MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA SECRETARIA DE MEDIO

Página 39 de 61

información se presentara en cd o memoria USB, se deberá llenar el formato para

revisión de documentación electrónica recibida, donde el/la Coordinador/a de

Normatividad Ambiental acredite y coteje mediante sello la información

proporcionada por el/la solicitante.

4.4 En el caso de que en el trámite se tenga duda sobre algún residuo para ingresar a un

sitio de disposición final, el/la Coordinador/a de Normatividad Ambiental entregara

el expediente al/la Jefe/a de Departamento de Gestión Ambiental para que a su vez

se lo entregue al/la Inspector/a para verificación y corroborar mediante visita los

datos que el/la solicitante referenció en su oficio de solicitud. En caso de que el

residuo no sea compatible por su clasificación para ingresar al Relleno Sanitario y/o

sea un residuo no permitido, se le dará parte mediante oficio a la PROFEPA y/o

PROESPA para que tengan conocimiento y se aseguren de la disposición de ese

residuo. Una vez realizada la visita el/la Inspector/a regresa con la información y le

entrega al/la Coordinador/a de Normatividad Ambiental el reporte para elaborar el

oficio de correspondiente.

4.5 La información deberá ser revisada y analizada a la brevedad, por el/la

Coordinador/a de Normatividad Ambiental, de existir alguna anomalía, observación

o falta de requisitos, se deberá informar por escrito al/la solicitante mediante oficio,

donde se le señalaran los días hábiles para solventar el requerimiento.

4.6 En algunos casos se valorará si solo falta algún requisito y se le dará una

autorización condicionada con el objetivo que se haga una disposición correcta de

los residuos en el Relleno, informándole en esa misma autorización lo faltante para

que lo presente a la brevedad y con esto aseguramos que los residuos al menos

tendrán una disposición correcta y estaremos cuidando el medio ambiente.

4.7 En caso de cumplir con todos los requerimientos se elabora la Autorización

correspondiente. Sin embargo, aun y cuando se cumplan con los requisitos

establecidos, la SEMADESU se reserva la autorización de algún residuo o de las

toneladas que el solicitante pide ingresar al Relleno, lo anterior con el cuidado de la

vida útil del mismo y de cumplir con la revalorización y minimización de residuos.

4.9 El/la Jefe/a de Departamento de Gestión Ambiental, revisa el oficio de autorización,

y el expediente, llena la hoja viajera y de ser procedente firma y certifica mediante

sello la Autorización. De lo contrario, si hubiera alguna observación se regresa al/la

Coordinador/a de Normatividad Ambiental para que se realicen las modificaciones a

la brevedad.

4.10 El/la Jefe/a de Departamento de Gestión Ambiental una vez firmada la

autorización u oficio entrega al/la Coordinador/a de Normatividad Ambiental para

que controle y resguarde las autorizaciones y oficios firmados, y transcurrido el

plazo, acude nuevamente el/la usuario/a para recoger su autorización u oficio y

firma de recibido en el acuse copia de la autorización u oficio y se archiva para

completar el expediente.

Page 41: MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA SECRETARIA DE MEDIO

Página 40 de 61

4.11 El/la Coordinador/a de Normatividad Ambiental realiza en los primeros 5 días de

cada mes el Análisis Gráfico de la Eficiencia del Desempeño de los Procesos para

verificar que el cumplimiento de los días de respuesta sea conforme a lo planeado,

el cierre será del mes con antelación. Este análisis lo entrega a el/la Jefe de

Departamento de Gestión Ambiental y a al/la Coordinador/a de Calidad.

4.12 Al final del mes Coordinador/a de Normatividad Ambiental deberá de elaborar un

listado de las autorizaciones emitidas para ingresar a Relleno Sanitario por la

SEMADESU el cual se enviará mediante oficio a la Secretaría de Servicios Públicos

para informar el ingreso al Relleno y para el cotejo de los manifiestos que se

deberán de sellar por parte de esa Secretaría.

Page 42: MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA SECRETARIA DE MEDIO

Página 41 de 61

Diagrama de flujo

AUTORIZACIÓN DE INGRESO AL RELLENO SANITARIO

Recepcionista Coordinador/a de Normatividad AmbientalJefe/a de Departamento de Gestión

AmbientalInspector/aSolicitante

Fa

se

Inicio

Atiende al solicitante cuando acude por información para ingresar su trámite le proporciona el Formato de Solicitud para la Autorización y los requisitos para la documentación, le comenta el costo del trámite, así como que deberá de hacer el pago para poder darle

trámite

Acude nuevamente con los requisitos del trámite a realizarse y con el Formato

de Solicitud.Verifica el llenado completo del Formato de Solicitud,

verifica la entrega completa de los requerimientos, los sella de recibido, pidiéndole al solicitante que en 5 días hábiles de la fecha de entrega se presente nuevamente en la SEMADESU para información complementaria u observación, y su copia de recibo de pago, los sella de

recibido

El/la Recepcionista registra los trámites en Base de Datos de Control de Recepción, coloca la hoja viajera y

los turna al/la Coordinador/a de Normatividad Ambiental para la elaboración del oficio de

autorización.

Recibe trámites, llena hoja viajera, lo registra en la Base de Datos, le asigna número De acuerdo a bitácora, elabora el oficio de la autorización. Y si la información es digital se realiza cotejo

En el caso de que en el trámite se tenga duda sobre algún residuo para ingresar el/la Coordinador/a de Normatividad Ambiental entregara el expediente al/la Jefe/a de Departamento de Gestión Ambiental para

que a su vez se lo entregue al/la Inspector/a para verificación y corroborar mediante visita los datos.

Una vez realizada la visita el/la Inspector/a regresa con la

información y le entrega al/la Coordinador/a de Normatividad

Ambiental el reporte para elaborar el oficio de correspondiente.

Recibe expediente y entrega para visita de el/la inspector/a.

¿Falta algún requisito?

NO

SI

Se elabora el oficio de autorización correspondiente.

Se le dará una autorización condicionada con el objetivo que se haga una disposición correcta de los residuos.

Revisa el oficio de autorización correspondiente, y el expediente, llena la hoja viajera, firma y certifica mediante sello la Autorización. De lo contrario, si

hubiera alguna observación se regresa al/la Coordinador/a de Normatividad Ambiental para que

se realicen las modificaciones.

Una vez firmada la autorización u oficio entrega al/la Coordinador/a de Normatividad Ambiental.

Realiza en los primeros 5 días de cada mes el Análisis Gráfico de la Eficiencia del Desempeño de los Procesos para verificar que el cumplimiento de los días de respuesta sea conforme a lo planeado. Este análisis lo entrega a el/la Jefe de Departamento de Gestión Ambiental y a al/la Coordinador/a

de Calidad.

Al final del mes, deberá de elaborar un listado de las autorizaciones emitidas para ingresar a Relleno Sanitario por la SEMADESU el cual se enviará mediante oficio a la Secretaría de Servicios

Públicos para su control

Fin

Acude a la SEMADESU para pedir información para ingresar su trámite.

Da información al respecto para despejar dudas. ¿Persisten dudas en el

solicitante?SI

NO

¿El residuo es compatible por su clasificación para ingresar al Relleno

Sanitario?

Se le dará parte mediante oficio a la PROFEPA y/o PROESPA para que tengan conocimiento y se

aseguren de la disposición de ese residuo.

NO

Revisa la información del reporte generada por el/la inspector/a.

SI

A

¿Es necesaria alguna modificación?

NO

Se regresa al/la Coordinador/a de Normatividad Ambiental para que se realicen las modificaciones a la brevedad.

B

B

B

A

CC SI

Recibe expediente y oficio de autorización firmado, transcurrido el plazo, acude nuevamente el/la usuario/a para recoger su autorización u oficio y firma de recibido en el acuse copia de la autorización u oficio y se archiva para completar el expediente.

5.2.4 PROCEDIMIENTO DE SUPERVISIÓN DEL RELLENO SANITARIO

1.0.Objetivo:

Page 43: MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA SECRETARIA DE MEDIO

Página 42 de 61

1.1 Verificar el cumplimiento de la Autorización emitida por SEMADESU para la

entrada de residuos de los prestadores de servicios y particulares para la disposición

final en el Relleno Sanitario de los Residuos Sólidos Urbanos y de Manejo Especial.

2.0.Alcance:

2.1 Todas aquellas personas que soliciten el ingreso con residuos sólidos urbanos y de

manejo especial al Relleno Sanitario en operación.

3.0.Fundamento Jurídico:

Reglamento de Protección al Medio Ambiente y Manejo de Áreas Verdes del

Municipio de Aguascalientes. Artículo 10 Fracción XXIV, XXVII.

4.0.Descripción del Proceso

4.1 El/la Coordinador/a de Normatividad Ambiental elabora un Programa de

Supervisión Mensual en el cual se indica fechas y lugares a supervisar como

patio y/o puerta y lo entrega el/la Jefe/a de Departamento de Gestión

Ambiental para revisión y autorización.

4.2 Una vez revisado el/la Jefe/a de Departamento de Gestión Ambiental planea los

recursos humanos y materiales para su aplicación, y le da a conocer a el/la

inspector/a sobre las actividades, días y hora en que se ejecutará el programa de

supervisión.

4.3 El/la Inspector/a llega al Relleno Sanitario según el día programado, registra su

ingreso y comienza a llenar su formato de supervisión donde verifica que el/la

inspector/a de Relleno Sanitario cumpla con la revisión de los datos más

importantes de la Autorización como son: datos del generador, placa de transporte,

no. de autorización, vigencia y residuos. De igual manera esta inspección también

será en el patio de tiro para verificar que efectivamente solo este disponiendo los

residuos autorizados como menciona su permiso.

4.4 Si el/la inspector/a encuentra alguna anomalía de las antes mencionadas deberá de

notificarle a el/la inspector/a de puerta del Relleno Sanitario adscrito a Servicios

Públicos para que se levante el acta de rechazo respectiva. De lo contrario se le

permite el acceso para la disposición respectiva.

4.5 El/la inspector/a al llegar a su área de trabajo, informa mediante un reporte de los

hallazgos encontrados para que el/la Jefa de Depto. de Gestión Ambiental, gire

instrucciones a el/la Coordinador/a de Normatividad ambiental sobre alguna

autorización que se está incumpliendo o bien sobre las posibles observaciones que

se detectaron en el actuar de el/la inspector/a de Relleno Sanitario. Para que se emita

el oficio de notificación a quien corresponda por la irregularidad encontrada y

Page 44: MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA SECRETARIA DE MEDIO

Página 43 de 61

tendrá que ser solventada a la brevedad para evitar cualquier sanción y/o bien dar

inicio a cualquier procedimiento administrativo que dé lugar.

4.6 El/la inspector/a archiva el formato de supervisión junto con el reporte fotográfico si

lo hubiera, para generar la evidencia de sus visitas al Relleno Sanitario.

4.7 Dentro de los primeros 5 días del mes el/la inspector/a entrega a el/la Jefe/a de

Departamento de Gestión Ambiental el número de verificaciones en puerta o patio

que se realizaron para evaluar el cumplimiento de la meta mensual planteada. En

caso de no cumplir con la meta se deberá de evaluar cuáles fueron los motivos para

tomar acciones preventivas para el mes siguiente.

Page 45: MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA SECRETARIA DE MEDIO

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Diagrama de Flujo

SUPERVISIÓN DEL RELLENO SANITARIO

Jefe/a de Departamento de Gestión Ambiental

Coordinador/a de Normatividad Ambiental

Inspector/a

Inicio

Elabora un programa de Supervisión Mensual y lo entrega a el/la Jefe/a de Departamento de Gestión Ambiental.

Revisa y planea los recursos humanos y materiales para su aplicación.

Llega al relleno según el día programado se registra, y llena el formato de supervisión, así como evidencia

fotográfica.

¿Encontró alguna anomalía? NOSI

Se le permite el acceso para la disposición

respectiva.

Deberá notificarle a el/la Inspector/a de puerta del

Relleno Sanitario para levantar acta de rechazo.

El/la inspector/a informa mediante un reporte los hallazgos.

Gira instrucciones a el/la Coordinador/a de Normatividad

Ambiental sobre algún incumplimiento u observaciones.

Emite oficio de notificación por la irregularidad y será solventada de lo contrario dará inicio a procedimiento

administrativo y/o sancion.

El/la inspector/a archiva el formato de supervisión junto con el reporte fotográfico si lo

hubiera, para generar la evidencIa.

Dentro de los primeros 5 días del mes el/la inspector/a entrega a el/la Jefe/a de Departamento de Gestión Ambiental el número de verificaciones en puerta o patio que se realizaron para evaluar el

cumplimiento de la meta mensual planteada.

Fin

Verifica que el/la inspector/a de Relleno Sanitario cumpla con la revisión de los datos más importantes

de la Autorización.

Page 46: MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA SECRETARIA DE MEDIO

Página 45 de 61

5.2.5 PROCEDIMIENTO DE MONITOREO EN POZOS DE VENTEO DEL

TIRADERO “CUMBRES”

1.0.Objetivo:

1.1 Contar con los registros de los niveles de gas metano que se detecta en los pozos de

venteo del Tiradero Cumbres.

2.0.Alcance:

2.1 Población aledaña al sitio.

3.0.Fundamento Jurídico:

Reglamento de Protección al Medio Ambiente y Manejo de Áreas Verdes del

Municipio de Aguascalientes, Artículo 10 Fracc. VI, XV, XVI.

4.0. Descripción del Proceso:

4.1 El/la Coordinador/a de Control Ambiental elabora un Programa de Monitoreo

Mensual en el cual se indica fechas y día a supervisar los pozos de venteo el tiradero

clausurado “las cumbres” y lo entrega el/la Jefe/a de Departamento de Gestión

Ambiental para revisión y autorización.

4.2 Una vez revisado el/la Jefe/a de Departamento de Gestión Ambiental planea los

recursos humanos y materiales para su aplicación, y le da a conocer a el/la

inspector/a sobre las actividades, días y hora en que se ejecutará el programa de

monitoreo.

4.3 Antes de iniciar la verificación programada al Tiradero Clausurado “Cumbres”, el/la

inspector/a revisa el explosímetro para verificar el adecuado funcionamiento y

prepara los formatos de “Registro de Monitoreo de Nivel de Explosividad en

Alcantarillas Aledañas” y “Monitoreos” Internos en los Pozos de Migración de

Biogás del Tiradero Clausurado “Las Cumbres”.

4.4 El/la inspector/a toma en cuenta las condiciones medio ambientales como dirección

del viento, humedad, punto de rocío, etc., ya que influyen en la medición del

metano. Estas condiciones deberán de asentarse en el formato de mediciones

4.5 El/la inspector/a revisa si es posible localizar los pozos internos por la maleza del

lugar, para tomar las mediciones en cada uno de ellos dentro del Tiradero, y

registrarlo en el formato correspondiente, así como las observaciones.

4.6 Hecho lo anterior, el/la inspector/a sale a efectuar el recorrido en las alcantarillas

aledañas al Tiradero Clausurado “Las Cumbres” para de igual manera tomar las

mediciones y observaciones correspondientes.

Page 47: MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA SECRETARIA DE MEDIO

Página 46 de 61

4.7 Concluida la jornada el/la inspector/a apaga el exposímetro, revisa el nivel de

batería y de ser necesario lo recarga para la siguiente jornada, archiva los registros y

los prepara para que cuando se solicite información para el reporte mensual

generado por el/la coordinador/a de Control Ambiental.

Diagrama de flujo

MONITOREO EN POZOS DE VENTEO DEL TIRADERO “CUMBRES”

Coordinador/a de Control de Ambiental

Jefe/a del Departamento de Gestión Ambiental

Inspector/a

Elabora un programa de Monitoreo Mensual en el cual se indican fechas y día a supervisar

los pozos de venteo el tiradero clausurado “cumbres”.

Revisa el programa de monitoreo y autoriza y planea los recursos humanos y materiales para su aplicación.

Revisa el explosimetro para verificar el adecuado funcionamiento y prepara los formatos de “Registro

de Monitoreo de nivel de Explosividad en alcantarillas aledañas” y “Monitoreos internos en los

pozos de Migración de Biogás del Tiradero Clausurado Las Cumbre”.

El inspector toma en cuenta las condiciones medio ambientales como viento, humedad, punto de roció, etc. Ya que influyen en la medición del metano. Estas condiciones deberán de asentarse en el formato de

mediciones.

El inspector revisa si es posible localizar los pozos internos por la maleza del lugar, para tomar las

mediciones en cada uno de ellos dentro del Tiradero.

Registra en el formato correspondiente, asi como las observaciones.

El inspector sale a efectuar el recorrido en las alcantarillas aledañas al “Tiradero Clausurado Las

Cumbres”.

Tomas las mediciones y observaciones correspondientes.

Concluida la jornada e/la inspector/a apaga el explosimetro, revisa el nivel de batería y de ser necesario lo recarga para la siguiente jornada.

Archiva los registros y los prepara para cuando se solicite información para el reporte mensual generado por el /la coordinadora de Control

Ambiental.

Fin

Inicio.

Page 48: MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA SECRETARIA DE MEDIO

Página 47 de 61

5.2.6 PROCEDIMIENTO DE SIMULACRO DE INCENDIO

1.0.Objetivo:

1.1 Otorgar el permiso para realizar simulacros de incendio con la realización de

quemas con combustibles autorizados con fines de enseñanza, conforme a los

lineamientos establecidos por la Legislación Ambiental aplicable.

2.0.Alcance:

2.1 El permiso para simulacros de incendio se otorga a las empresas, dependencias

gubernamentales, instituciones y comercios que se encuentran dentro del Municipio

de Aguascalientes.

3.0.Fundamento Jurídico:

Reglamento de Protección al Medio Ambiente y Manejo de Áreas Verdes del

Municipio de Aguascalientes, Artículos 177 Fracción I, 260, 261, 262, 263,

273 Fracción XIII y 325.

Ley de Ingresos del Municipio de Aguascalientes 2019. Artículo 86 Fracción

VI para el ejercicio Fiscal del año en curso.

Ley de Protección Ambiental para el Estado de Aguascalientes. Artículo 148

Fracción I.

NOM-002-STPS-2010 Condiciones de seguridad-Prevención y protección

contra incendios en los centros de trabajo.

4.0.Descripción del Proceso

4.1 El/la Recepcionista recibe al solicitante y le entrega el listado de requisitos en donde

se le especifica que los meses de ENERO, FEBRERO; NOVIEMBRE Y

DICIEMBRE no se autorizan simulacros en cumplimiento al reglamento de

Protección Ambiental, asimismo le entrega la solicitud para permiso de simulacro.

4.2 El/la solicitante deberá presentarse 10 días hábiles antes de la fecha que se tenga

programada para solicitar la autorización de simulacro de incendio, justificándose

debidamente la necesidad de lo solicitado y cumpliendo con los requisitos

establecidos, así como con la copia de su pago para darle tramite a sus requisitos.

4.3 El/la Recepcionista revisa que la solicitud esté debidamente llena y que este

acompañada por los requisitos y su copia de pago, sella de recibido la solicitud, la

registra en su base de datos de trámites recibidos para ser revisada por el/la

Coordinador/a de Control Ambiental para conceder o negar la autorización dentro

del término de cinco días hábiles a partir de la fecha de recepción de la solicitud.

Page 49: MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA SECRETARIA DE MEDIO

Página 48 de 61

4.4 El/la Coordinador/a de control ambiental elabora el permiso para simulacro de

incendio, una vez elaborado entrega el permiso para que el/la Jefe/a de

Departamento de Gestión Ambiental lo firme y certifique con el sello respectivo, en

caso de alguna modificación lo regresa a el/la Coordinador/a de Control Ambiental

para que a la brevedad haga el cambio respectivo.

4.5 El/la Jefe/a de Departamento de Gestión Ambiental una vez que haya firmado se lo

entrega el/la Coordinador/a de control ambiental quien deberá entregarlo al

solicitante.

4.6 Una vez entregado el permiso de simulacro de incendio podrá ser entregado a el/la

solicitante, por el/la recepcionista y/o el/la Coordinador/a Control Ambiental,

archivando el acuse en su respectivo expediente.

NOTA:

La Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable podrá suspender

temporal o definitivamente la autorización de Simulacro de Incendio sin previa

notificación, siempre y cuando se presente alguna causa imprevista por la cual no

debe llevarse a cabo la combustión.

Si la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable no emitiera la

resolución correspondiente dentro de los cinco días hábiles, la autorización se

entenderá como negada.

Page 50: MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA SECRETARIA DE MEDIO

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Diagrama de Flujo

Autorización para de simulacro de incendio

RecepcionistaUsuario/aCoordinador/a de Control Ambiental

Jefe/a de Departamento de Gestión Ambiental

INICIO

Entrega solicitud para permiso de simulacro de incendio

Recibe solicitud y entrega el listado de requeridos

Deberá presentarse 10 días hábiles antes de la fecha que se tenga programada para solicitar la autorización de simulacro de

incendio, justificándose debidamente la necesidad de lo solicitado y cumpliendo con los

requisitos establecidos, así con la copia de su pago para darle

tramite a sus requisitos

Revisa que la solicitud esté debidamente llena y que esté

acompañada por los requisitos y su copia de pago

¿Se encuentran con los requisitos y copia

de pago? NO

Sella de recibido la solicitud, la registra en su base de datos de

trámites recibidos para ser revisada por el/la Coordinador/a

de Control Ambiental

SI

Revisa la solicitud para autorizar dentro del término de cinco días hábiles a partir de la echa de recepción de la

misma

Elabora permiso para simulacro de incendio y lo entrega al/la jefe/a de departamento de

gestión ambiental

Revisa el permiso elaborado por el/la coordinador/a de control

ambiental

¿Requiere corrección?

Firma y certifica con el sello respectivo el permiso para

simulacro de incendio

NO

Entrega oficio firmado y sellado del permiso al/la coordinador/a

de control ambiental quien deberá entregarlo al solicitante

Recibe y Entrega el oficio de autorización a usuario/a y

archiva el acuse en expediente

Recibe el permiso de simulacro de incendio

FIN

SI

Page 51: MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA SECRETARIA DE MEDIO

Página 50 de 61

5.2.7 PROCEDIMIENTO DE VISTO.BUENO. PARA EL INGRESO DE

RESIDUOS DE MANEJO ESPECIAL EN TIRADEROS DE ESCOMBRO

1.0. Objetivo

1.1 Regular el ingreso de los prestadores de servicio y particulares para la disposición

final en los Tiraderos de Escombro que se encuentran en operación.

2.0. Alcance

2.1 Todas aquellas personas que soliciten el ingreso de escombro, material de azolve,

tierra, materiales pétreos, lodos provenientes del sistema de tratamiento de aguas

residuales que no sean residuos peligrosos y que desean disponer a alguno de los

Tiraderos de Escombro que se encuentra en operación.

3.0 Fundamento Jurídico

Reglamento de Protección al Medio Ambiente y Áreas Verdes del Municipio

de Aguascalientes. Artículo 10 Fracción XXIV.

Plan de Desarrollo Municipal.

4.0. Descripción del Proceso

4.1 El/la solicitante acude a la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable

para pedir información para ingresar su trámite, es atendido/a por el/la

Recepcionista para saber que trámite desea realizar (PRIMERA

AUTORIZACION DEL AÑO, SEGUNDA AUTORIZACION DEL AÑO,

UNICA OCASIÓN), asimismo le proporciona el Formato de Solicitud para Visto.

Bueno. de ingreso de Residuos de Manejo Especial a Tiraderos de Escombro en

operación y los requisitos para la documentación necesaria misma que se encuentra

establecida. En caso de que el/la solicitante tuviera más dudas sobre el trámite o

alguna particularidad lo canaliza el/la Coordinador/a de Normatividad Ambiental,

quien le informará al respecto.

4.2 El/la solicitante acude nuevamente con los requisitos del trámite a realizarse y con

el Formato de Solicitud, el/la Recepcionista o el/la Coordinador/a de Normatividad

Ambiental verifica el llenado completo del Formato de Solicitud para Visto. Bueno.

de ingreso de Residuos de Manejo Especial a Tiraderos de Escombro y que se

encuentre firmado, verifica la entrega completa de los requerimientos solicitados

mediante un Formato de Control de Documentación, los sella de recibido,

asimismo le informa a el/la solicitante que queda la documentación sujeta a

revisión, pidiéndole que en 5 días hábiles de la fecha de entrega se presente

nuevamente en la SEMADESU para información complementaria si se requiere o

bien alguna observación en su trámite; asimismo en el formato se establecen los días

que se autoriza ingresar al tiradero de escombro para la disposición final. Con la

restricción que de los residuos que solicita, alguno podrá no ser autorizado a

ingresar al Tiradero de Escombro.

Page 52: MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA SECRETARIA DE MEDIO

Página 51 de 61

4.3 El/la Recepcionista registra los trámites recibidos en Base de Datos de Control de

Recepción, coloca la hoja viajera y los turna al final del día al/la Coordinador/a de

Normatividad Ambiental para la elaboración del oficio de visto bueno. Al final de la

semana el/la Recepcionista entrega relación a el/la Jefe/a del Departamento de

Gestión Ambiental para su control.

4.4 El/la Coordinador/a de Normatividad Ambiental recibe trámites, llena hoja viajera,

lo registra en la Base de Datos, le asigna el número correspondiente según número

consecutivo de bitácora de trámites, elabora el oficio Visto. Bueno.

4.5 En el caso de que se tenga duda sobre algún residuo para ingresar a un sitio de

disposición final, el/la Coordinador/a de Normatividad Ambiental entregara el

expediente al/la Jefe/a de Departamento de Gestión Ambiental para que a su vez se

lo entregue al/la Inspector/a para verificación y corroborar mediante visita los datos

que el/la solicitante referenció en su oficio de solicitud. Una vez realizada la visita

el/la Inspector/a regresa con la información y le entrega al/la Coordinador/a de

Normatividad Ambiental el reporte para elaborar el oficio de correspondiente. En

caso de que el residuo no sea compatible por su clasificación para ingresar al

Tiradero de Escombro por afectar el suelo del mismo y/o sea un residuo no

permitido, se le dará parte mediante oficio a la PROFEPA y/o PROESPA para que

tengan conocimiento y se aseguren de la disposición de ese residuo.

4.6 La información deberá ser revisada y analizada a la brevedad, por el/la

Coordinador/a de Normatividad Ambiental, de existir alguna anomalía y

observación, se deberá informar por escrito al/la solicitante mediante oficio, donde

se le señalaran los días hábiles para solventar el requerimiento. Sin embargo, aun y

cuando se cumplan con los requisitos establecidos, la SEMADESU se reserva la

autorización de algún residuo o de las toneladas que el solicitante pide ingresar al

Tiradero. Lo anterior en el cuidado del suelo de este y de cumplir con la

revalorización y minimización de residuos.

4.7 El/la Jefe/a de Departamento de Gestión Ambiental, revisa el oficio de Visto.

Bueno. y el expediente, llena la hoja viajera y de ser procedente firma y certifica

con el sello correspondiente el oficio. De lo contrario, si hubiera alguna observación

se regresa al/la Coordinador/a de Normatividad Ambiental para que se realicen las

modificaciones a la brevedad.

4.8 El/la Jefe/a de Departamento de Gestión Ambiental una vez firmado el oficio de

Visto. Bueno. entrega al/la Coordinador/a de Normatividad Ambiental para que

controle y resguarde los oficios firmados, y transcurrido el plazo, acude nuevamente

el/la usuario/a para recoger el oficio y firma de recibido en el acuse copia del oficio

y se archiva para completar el expediente.

Page 53: MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA SECRETARIA DE MEDIO

Página 52 de 61

4.9 El/la Coordinador/a de Normatividad Ambiental realiza en los primeros 5 días de

cada mes el Análisis Gráfico de la Eficiencia del Desempeño de los Procesos para

verificar que el cumplimiento de los días de respuesta sea conforme a lo planeado,

el cierre será del mes con antelación. Este análisis lo entrega a el/la Jefe de

Departamento de Gestión Ambiental y a al/la Coordinador/a de Calidad.

4.10 Al final del mes Coordinador/a de Normatividad Ambiental deberá de

elaborar un listado de los oficios de Visto. Bueno. emitidos para ingresar a

Tiraderos de Escombro por la SEMADESU los cuales se envían a Secretaría de

Obras Públicas Municipales para su control.

NOTA:

Cabe hacer mención que este procedimiento es como actualmente el

Departamento de Gestión Ambiental lo lleva a cabo, ya que solo podrá vigilar la

disposición final y correcta de los residuos que se dispondrán en los tiraderos de

escombro hasta que no se cuente con la certeza Jurídica del procedimiento.

Page 54: MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA SECRETARIA DE MEDIO

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Diagrama de Flujo

PROCEDIMIENTO DE VO.BO PARA EL INGRESO DE RESIDUOS DE MANEJO ESPECIAL EN TIRADEROS DE ESCOMBRO

Coordinador/a de Normatividad Ambiental

RecepcionistaJefe/a de Departamento de Gestión

AmbientalInspector/aSolicitante

Inicio Inicio

Le proporciona el Formato de Solicitud para Vo.Bo. de ingreso de Residuos de Manejo Especial a Tiraderos de

Escombro en operación y los requisitos para la documentación necesaria.

Acude nuevamente con los requisitos del trámite y con el

formato de solicitud lleno y firmado.

Recibe la documentación completa, los sella, le informa a el/la solicitante que queda la documentación sujeta a revisión, pidiéndole que en 5 días hábiles de la fecha de entrega se presente nuevamente en la SEMADESU para

información complementaria u observación.

Registra los trámites recibidos en Base de Datos de Control de Recepción, coloca la hoja viajera y los turna al final del

día al/la Coordinador/a de Normatividad Ambiental para la elaboración del oficio de visto bueno Al final de la semana

entrega relación a el/la Jefe/a del Departamento de Gestión Ambiental para su control.

Recibe trámites, llena hoja viajera, lo registra en la Base de Datos, le asigna el número correspondiente según número consecutivo de bitácora de trámites, elabora el oficio Vo.Bo.

En el caso de que se tenga duda sobre algún residuo el/la Coordinador/a de Normatividad Ambiental entregara el expediente al/la Jefe/a de Departamento de Gestión Ambiental

para que a su vez se lo entregue al/la Inspector/a para verificación y corroborar mediante visita los datos.

Debe de informar por escrito al/la solicitante donde se le señalaran los días hábiles para solventar el requerimiento.

Revisa el oficio de Vo.Bo. y el expediente, llena la hoja viajera, firma y certifica con el sello.

Controla y resguarda los oficios firmados, y transcurrido el plazo entrega al/la usuario/a el oficio y Resguarda el acuse y se archiva

para completar el expediente.

Realiza en los primeros 5 días de cada mes el Análisis Gráfico de la Eficiencia del Desempeño de los Procesos para verificar que el

cumplimiento de los días de respuesta sea conforme a lo planeado.

Fin

Una vez realizada la visita el/la Inspector/a regresa con la información y le entrega al/la Coordinador/a de

Normatividad Ambiental el reporte para elaborar el oficio de correspondiente.

Una vez realizada la visita el/la Inspector/a regresa con la información y le entrega al/la Coordinador/a de

Normatividad Ambiental el reporte para elaborar el oficio de correspondiente.

Acude a la SEMADESU para pedir información para ingresar su trámite.

¿Persisten dudas en el solicitante?

Da información al respecto para despejar dudas.

SI

NO

¿El residuo es compatible por su clasificación para ingresar al Tiradero de Escombro?

Se le dará parte mediante oficio a la PROFEPA y/o PROESPA para que tengan conocimiento y se aseguren de la disposición de ese residuo.

A

NO

Revisa la información del reporte generada por el/la inspector/a.

SI

¿Existe alguna anomalía?

¿Es necesaria alguna modificación?

Se regresa al/la Coordinador/a de

Normatividad Ambiental para que

se realicen las modificaciones a la

brevedad.

Firmado el oficio de Vo.Bo. entrega al/la Coordinador/

a de Normatividad Ambiental.

NO

Acude para recoger el oficio y firma de recibido en el acuse

copia del oficio.

El/la Coordinador/a de Normatividad Ambiental entrega análisis a el/la Jefe de Departamento de Gestión Ambiental y a al/la Coordinador/a de Calidad.

Al final del mes Coordinador/a de Normatividad Ambiental deberá de elaborar un listado de los oficios de Vo.Bo. emitidos para ingresar a

Tiraderos de Escombro por la SEMADESU los cuales se envían a Secretaría de Obras Públicas Municipales para su control

A

NO

SI SI

Realiza la modificación

B

B

5.3 Departamento de Educación Ambiental y Participación Ciudadana

5.3.1 PROCEDIMIENTO PARA ATENCIONES A GRUPOS

1.0.Objetivo

Page 55: MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA SECRETARIA DE MEDIO

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1.1 Proporcionar la atención debida de acuerdo a las necesidades de los centros

escolares, grupos organizados y ciudadanía en general sobre la problemática

ambiental y sus alternativas de solución, mediante actividades diversas.

2.0.Alcance

2.1 Aplica para la población escolar, ciudadanía organizada y ciudadanía en general.

3.0.Fundamento Jurídico:

-Plan Municipal de Desarrollo (PMD)

-Ley General de Protección al Ambiente.

-Reglamento de Protección al Medio Ambiente y Manejo de Áreas Verdes vigente.

-NOM-25

4.0.Descripción del Proceso

4.1 Las Coordinaciones de Educación Ambiental y Participación Ciudadana,

promueven el Programa de Educación Ambiental para atención de grupos, mediante

Redes sociales, Cartel y Cuadernillo de Programas Interinstitucionales, de manera

directa en las escuelas o personal.

4.2 Cuando la solicitud de atención la reciben los/las Instructores de Educación

Ambiental o Participación Ciudadana, estos/as dan aviso a las coordinaciones

correspondientes para agendar la misma; si la solicitud de atención la recibe e/la

Coordinador/a de Educación Ambiental o el/la Coordinador/a de Participación

Ciudadana revisa disponibilidad y registra la atención, cada una en sus respectivas

agendas.

4.3 Cuando la solicitud de atención es para grupos escolares serán atendidas por la

Coordinación de Educación Ambiental en las instalaciones de CEREBIO, y cuando

son para grupos organizados y la ciudadanía en general son atendidas por la

Coordinación de Participación Ciudadana, en el lugar que se asigne el/la solicitante.

4.4 Los/las Coordinadores/as de Educación Ambiental o Participación Ciudadana, giran

instrucciones a los/las Instructores de Educación Ambiental o Participación

Ciudadana para que informen al/la solicitante de la atención, sobre las necesidades

así como las recomendaciones para dar inicio a su solicitud, vía telefónica, las/los

instructores realizan el llenado del formato de planeación para la atención de

grupos correspondiente , organización de grupos y de las actividades a llevarse a

cabo en dicha atención.

4.5 Los/las Instructores de Educación Ambiental y Participación Ciudadana entregan

formato de planeación y atención de grupos a el/la Coordinador/a de Educación

Page 56: MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA SECRETARIA DE MEDIO

Página 55 de 61

Ambiental y/o a el/la Coordinador/a de Participación Ciudadana para su revisión y

firma.

4.6 El/la Coordinador/a de Educación Ambiental y el/la Coordinador/a de Participación

Ciudadana revisa el formato de planeación para la atención de grupos

correspondiente de ser correcto lo firma, de lo contrario regresa a los/las Instructores

ambientales para realizar modificaciones, de ser correcto informa a los/las

Instructores ambientales.

4.7 Los/las Instructores de Educación Ambiental y Participación Ciudadana, elaboran

material didáctico para la atención de la solicitud de acuerdo al tema requerido.

4.8 Los/las Instructores de Educación Ambiental y Participación Ciudadana, confirman

la asistencia de los grupos programados a atender con dos días hábiles de

anticipación e informan a el/la Coordinador/a de Educación Ambiental y a el/la

Coordinador/a de Participación Ciudadana.

4.9 El/la Coordinador/a de Educación Ambiental y el/la Coordinador/a de Participación

Ciudadana el día de la atención recibe al grupo programado y presenta a los/las

Instructores/as de Educación Ambiental y/o de Participación Ciudadana, de no contar

con la presencia de el/la Coordinador/a de Educación Ambiental y/o el/la

Coordinador/a de Participación Ciudadana, la recepción del grupo programado la

realizan los/las Instructores de Educación Ambiental y/o de Participación Ciudadana.

4.10 Los/las Instructores de Educación Ambiental y/o de Participación Ciudadana

durante la recepción del grupo realizan diagnóstico del grado de conocimiento del

mismo.

4.11 Los/las Instructores de Educación Ambiental y/o de Participación Ciudadana

durante la atención entregan formato a el/la encargado/a del grupo de lista de

asistencia correspondiente, a efecto de que realice el llenado del mismo.

4.12 Los/las Instructores de Educación Ambiental y/o de Participación Ciudadana

durante la atención tomarán evidencia fotográfica para el expediente.

4.13 Al finalizar el/la encargado/a del grupo calificará a los/las Instructores de

Educación Ambiental y/o de Participación Ciudadana, en el formato de evaluación

mismo que se le proporcionará al inicio de la atención al grupo, esto con la

finalidad de mejora en la atención al servicio brindado.

4.14 El/la Coordinador/a de Educación Ambiental y/o el/la Coordinador/a de

Participación Ciudadana al término de la atención al grupo lleva a cabo el cierre de

la actividad agradeciendo a los presentes, de no contar con la presencia de el/la

Coordinador/a de Educación Ambiental y/o el/la Coordinador/a de Participación

Ciudadana en el cierre de la actividad, los/las Instructores de Educación Ambiental

y/o de Participación Ciudadana lo efectuaran.

Page 57: MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA SECRETARIA DE MEDIO

Página 56 de 61

4.15 Posteriormente el/la Coordinador/a de Educación Ambiental y/o el/la

Coordinador/a de Participación Ciudadana lleva a cabo retroalimentación con

los/las Instructores de Educación Ambiental y/o el/la Coordinador/a de

Participación Ciudadana, de lo acontecido durante la atención.

4.16 Los/las Instructores de Participación Ciudadana realizan Minuta en digita y la

archiva.

4.17 Los/las Instructores de Educación Ambiental y/o de Participación Ciudadana

después de la retroalimentación archivan documentación

4.18 Los/las Instructores de Educación Ambiental y/o de Participación Ciudadana,

entregan reporte Mensual (a el/la Coordinador/a de Educación Ambiental y a el/la

Coordinador/a de Participación Ciudadana.

4.19 El/la Coordinador/a de Educación Ambiental y el/la Coordinador/a de

Participación Ciudadana, entregan reporte Mensual a el/la Jefe/a de Educación

Ambiental y Participación Ciudadana vía digital.

Page 58: MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA SECRETARIA DE MEDIO

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Diagrama de Flujo

ATENCIÓN DE GRUPOS

Coordinador/a de Educación Ambiental

Instructores/as de Educación Ambiental o

Participación Ciudadana

Coordinador/a de Participación Ciudadana

Coordinación de educación ambiental y

participación ciudadana

INICIO

Reciben solicitudes de atención, dan a viso a su

respectiva coordinación para que realice la agenda para su

atención

¿Petición para atención a grupos

escolares u organizados?

Atiende a grupo escolar

ESC.

Atiende a grupo organizado

ORG.

Giran ordenes a instructores para dar a conocer las políticas para la atención y para el llenado del formato de

planeación para la atención a grupos

Realizar el llenado del formato de

planeación para la atención a grupos para la revisión y

firma a sus respectivos

coordinadores

Reciben, revisan y firman formato de planeación

Elaboran material didáctico

Confirman asistencia dos días antes e informan a

Coordinadores/asReciben al grupo y presentan a instructores/as

Durante la recepción del grupo, realizan diagnóstico del grado de conocimiento

Entregan formato de lista de asistencia encargado/a de

grupo

Durante la atención al grupo, toman evidencia fotográfica

para el expediente

Al finalizar, solicitan a encargado/a de grupo

realizar evaluación

Llevan a cabo el cierre de la actividad agradeciendo la presencia de los/as

asistentes

Reunión con sus respectivos coordinadores/as para

realizar retroalimentación de la actividad

Archivan documentación

generada

Elaboran y entregan reporte mensual

Según corresponda, entregan de manera digital reporte mensual a Jefe/a de Departamento de Educación Ambiental y Participación Ciudadana

FIN

Promueven el Programa municipal de educación

ambiental para la atención a grupos

¿Petición recibida por parte del personal

instructor o coordinador

Checa disponibilidad de

fecha y de ser viable agenda

Coordinador

Instructor

Realizan Minuta en Digital y la archiva

Page 59: MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA SECRETARIA DE MEDIO

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5.3.2 PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCIÓN AL CURSO DE VERANO

1.0.Objetivo:

1.1 Proporcionar valores y experiencias cognitivas que fortalezcan el ámbito escolar,

familiar y comunitario de las/os participantes a partir de actividades artísticas,

tecnológicas, recreativas, reflexivas y de convivencia, en el marco de los “Principios

y Valores de la Carta de la Tierra” para Niñas y Niños.

2.0.Alcance:

2.1 Niños y Niñas de 6 a 12 años.

3.0.Fundamento Jurídico:

Reglamento de Protección al Medio Ambiente y Manejo de Áreas Verdes del

Municipio de Aguascalientes, Artículos 348, Fracciones I, II, III Artículos 349,350 y

351

Plan de Desarrollo Municipa.

4.0.Descripción del Proceso

4.1 La persona interesada acude a las instalaciones de CEREBIO o llama por teléfono

para solicitar información relacionada al Curso de Verano.

4.2 El personal de CEREBIO atiende a la persona interesada y da la información

correspondiente del curso de verano, así como la documentación requerida, días y

horarios, además los costos en caso de permitir a su hijo/a asistir a la excursión

organizada, una vez enterada presenta los documentos (Copia de Acta de

nacimiento, CURP, dos fotografías tamaño infantil del participante, INE de Padre

madre o Tutor y de las personas autorizadas para recoger al participante, Original y

Copia de Comprobante de Domicilio) y llena un formato de Ficha de inscripción

al curso, así como firmar un reglamento y una carta responsiva.

4.3 El personal de CEREBIO entrega un recibo de pago con motivo de la excursión a la

persona interesada, y copia del reglamento interno para el Curso de Verano, así

como las indicaciones generales.

4.4 El personal de CEREBIO elabora los expedientes, así como las listas de asistencia

para el control de la cantidad de cada grupo de los participantes inscritos al Curso

de Verano.

Page 60: MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA SECRETARIA DE MEDIO

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NOTA: Al inicio del Curso de Verano se entregará al participante su kit y se le indica

que lo marque con su nombre para evitar extravío.

Diagrama de flujo

PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCIÓN AL CURSO DE VERANO

Persona Interesada Personal de CEREBIO

Acude a las instalaciones de CEREBIO o llama por teléfono

para solicitar información relacionada al Curso de Verano.

Inicio

Una vez enterada presenta los documentos

Entrega un recibo de pago con motivo de la excursión a la persona interesada, y copia del reglamento interno para el

Curso de Verano, así como las indicaciones generales.

Atiende a la persona interesada y da la información correspondiente del curso de verano, así como la documentación requerida, días y horarios, además los costos en caso de permitir a su hijo/a

asistir a la excursión organizada.

Recibe (Copia de Acta de nacimiento, CURP, dos fotografías tamaño infantil

del participante, INE de Padre madre o Tutor y de las personas autorizadas

para recoger al participante, Original y Copia de Comprobante de Domicilio)

y llena un formato de Ficha de inscripción al curso, así como firmar un

reglamento y una carta responsiva. .

Elabora los expedientes, así como las listas de asistencia para el control de la

cantidad de cada grupo de los participantes inscritos al Curso de

Verano.

Al inicio del Curso de Verano se entregará al participante su kit y se le indica que lo marque con su nombre

para evitar extravío.

Fin

Page 61: MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA SECRETARIA DE MEDIO

Página 60 de 61

6.0 DIRECTORIO

Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo

Sustentable.

LIC. Sarahi Macias Alicea

Dirección de Medio Ambiente y Cambio Climático

C.P. Omar Alejandro Plesent

Sánchez

Departamento Administrativo C. Jessica Diana González Alva

Departamento de Gestión Ambiental

ING. José Manuel Díaz de León de

la Rosa

Departamento de Recursos Naturales y

Biodiversidad

C. Carlos Armando Armas López

Departamento de Educación Ambiental y

Participación Ciudadana

C. Liliana Guadalupe Díaz Bárcenas

------------------------------------------ RESOLUTIVOS ------------------------------------------

PRIMERO: La Comisión Permanente de Ecología, Parques, Jardines y Panteones;

conforme a las facultades y atribuciones conferidas por los artículos 17, 36 fracción V,

43 y 63 fracción VIII de la Ley Municipal para el Estado de Aguascalientes; 18, 36

fracción I, 71, 82 Apartado A) fracción I, 83, 84, 85, 87 y 88 del código Municipal de

Aguascalientes, es la encargada y facultada de analizar y dictaminar la propuesta para el

proyecto “Iniciativa con proyecto de decreto del Manual de Procedimientos 2020 –

2021 de la Secretaria de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable del Municipio

de Aguascalientes”. --------------------------

SEGUNDO: De conformidad por lo dispuesto en los artículos 1, 4 párrafo quinto, 115

fracción II inciso B), III inciso B) de la Constitución Política de los Estados Unidos

Mexicanos; 1, 2, 3, 7, 27 fracción XXXIV, 30 fracción IV, 66, 68, 69 fracción II, III XI,

XXVIII inciso B), XLVII, LIV, 36 fracción V, 37, 38 fracción XVII, 63 VII y 74 BIS

fracción III de la Ley Municipal para el Estado de Aguascalientes; 6 fracción III, 16, 71

fracción I, 97, 98, 411 fracción I, y demás relativos y aplicables del Código Municipal

de Aguascalientes, resulta procedente y se aprueba por unanimidad de votos la

Page 62: MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA SECRETARIA DE MEDIO

Página 61 de 61

realización del proyecto “Iniciativa con proyecto de decreto del Manual de

Procedimientos 2020 – 2021 de la Secretaria de Medio Ambiente y Desarrollo

Sustentable del Municipio de Aguascalientes”, el día martes 26 de Mayo del 2020. ---

--------------------------------------------------------------

TERCERO: Se instruye al Secretario del H. Ayuntamiento y Director General de

Gobierno para que de conformidad por los dispuesto en los artículos 42, 46, 58, 76, 84,

85, 87 y 88 del Código Municipal de Aguascalientes; se someta a consideración,

análisis, discusión y en su caso aprobación del Honorable Ayuntamiento Constitucional

del Municipio de Aguascalientes, el presente Dictamen. --------------------------------------

----------------------------------------------------------

Sin otro particular por el momento y agotada la deliberación del tema; se levanta el

presente dictamen para constancia con firma autógrafa de la Regidora Presidente de la

Comisión Permanente de Ecología, Parques, Jardines y Panteones, así como de los

regidores colegiados de la Comisión. -------------------------------------------

----------------------------------------- TRANSITORIOS ------------------------------------------

ÚNICO: El presente Manual de Procedimientos iniciará su vigencia, al día siguiente de

su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes. –

Lo anterior para el conocimiento de la ciudadanía. Dado por el Honorable Ayuntamiento

Constitucional del Municipio de Aguascalientes, en la sesión ordinaria celebrada el día diez

de julio del año dos mil veinte, con la presencia de la Licenciada María Teresa Jiménez

Esquivel, Presidente Municipal de Aguascalientes; los Regidores Edson Rubén Camarillo

Rodríguez, Mirna Rubiela Medina Ruvalcaba, Edgar Dueñas Macías, Reyna Cristina

Espinoza Vázquez, Miguel Ángel Muñoz de Luna, María Cristina Villaseñor Díaz,

Christian Salvador Gutiérrez Márquez, Berenice Anahí Romo Tapia, Oscar Salvador

Estrada Escobedo, Israel Tagosam Salazar Imamura López, Francisco Javier Quezada

Loera, Irma Karola Macías Martínez, Sanjuana Martínez Meléndez, Edith Citlalli

Rodríguez González, el Síndico Procurador Juan Alberto Pérez de Loera, la Síndico de

Hacienda Ma de Jesús Ramírez Castro; así como el Secretario del H. Ayuntamiento y

Director General de Gobierno, Licenciado Jaime Gerardo Beltrán Martínez.- En

consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 38, fracción I de la Ley

Municipal para el Estado de Aguascalientes, promulgo y ordeno se dé publicidad para su

debido cumplimiento y efectos legales conducentes.- Aguascalientes, Ags., a 10 de julio de

2020.- Lic. María Teresa Jiménez Esquivel, Presidente Municipal de Aguascalientes.-

Rúbrica.- Lic. Jaime Gerardo Beltrán Martínez, Secretario del H. Ayuntamiento y Director

General de Gobierno, quien valida con su firma en términos del artículo 107 fracción VIII,

del Código Municipal de Aguascalientes.- Rúbrica.