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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL PROGRAMA JOVEN EMPRENDEDOR RURAL Y FONDO DE TIERRAS SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA SECTORIAL Fecha de aprobación del Consejo Directivo: 29 de enero de 2009 Página 1 “Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa” Documento elaborado por la Dirección General de Política y Planeación Agraria MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PROGRAMA “JOVEN EMPRENDEDOR RURAL Y FONDO DE TIERRAS”

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS

PROGRAMA “JOVEN EMPRENDEDOR RURAL Y FONDO

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PÁGS.

CAPÍTULO 1. 4 PRESENTACIÓN

OPERACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO DIRECTIVO

5

1. Conformación 2. Instalación 3. Facultades y funciones del Presidente, del Secretario Ejecutivo, del Secretario Técnico, de

los Vocales e Invitados 4. Sesiones 5. Aprobación de proyectos

CAPITULO 2. COMPONENTE 1: JOVEN EMPRENDEDOR RURAL. ETAPA “A”: DESARROLLO DEL TALENTO EMPRENDEDOR

10

• Procedimiento para la recepción, validación y autorización del apoyo directo 11 • Entrega del recurso 14 • Objetivos y contenido del curso: Desarrollo del Talento Emprendedor 15 • Procedimiento para la acreditación del capacitador del Programa en la Etapa “A” 17 • Seguimiento de capacitación 19

ANEXOS DEL CAPÍTULO 2

2.1. Lineamientos y requisitos 20 FORMATOS JERFT-001: Acta Constitutiva del Comité de Jóvenes 22 CAPITULO 3. COMPONENTE 1: JOVEN EMPRENDEDOR RURAL. ETAPA “B”: PROYECTO ESCUELA

27 • Procedimiento para la recepción, evaluación y autorización del apoyo directo 28 • Entrega del recurso 31 • Procedimiento para la acreditación de los capacitadotes del Programa en la Etapa B:

Capacitación técnico-productiva, capacitación empresarial y consultoría para elaborar plan de negocios

33

• Seguimiento del Proyecto 35 ANEXOS DEL CAPÍTULO 3

3.1. Lineamientos y requisitos 36 3.2. Requisitos para el perfil del Proyecto Escuela, Etapa “B” 37 FORMATOS

JERFT-003: Registro y control mensual de entradas y salidas de los recursos del Proyecto Escuela 40 JERFT-004: Perfil del Proyecto Escuela Etapa “B” 41 JERFT-005: Calendario de Ministraciones del Proyecto Escuela 42 JERFT-006: Póliza de cheque 43 JERFT-007: Nómina, pago de becas de los beneficiarios 44 JERFT-008: Informe mensual del avance del Proyecto Escuela 46 JERFT-009: Concentrado estatal de Proyectos Escuela 47

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CAPÍTULO 4. COMPONENTE II: FONDO DE TIERRAS. ETAPA “C” APOYO A PROYECTO AGROEMPRESARIAL

• Procedimiento para la recepción, evaluación y autorización de los apoyos al Proyecto Agroempresarial

49

• Requisitos para que el beneficiario acceda al segundo componente: Fondo de Tierras, del Programa

52

• Procedimiento, presentación y validación del Proyecto Agroempresarial 54 • Procedimiento para la acreditación del tutor de negocios del Programa en la Etapa “C” 55 • Procedimiento para la solicitud de tutoría de negocios para acompañamiento empresarial 57 • Seguimiento del Proyecto 61 • Lineamientos para la comprobación de los apoyos aprobados para el Proyecto

Agroempresarial 62

FORMATOS

JERFT-010: Mesa directiva de los Beneficiarios que formen grupos 63 JERFT-011: Solicitud para consultoría (grupal) 64 JERFT-012: Solicitud para consultoría (individual) 65 JERFT-013: Plan de Manejo Ambiental y Plan de Manejo Integrado de Plagas 66 JERFT-014: Estimación de Valor 72 CAPÍTULO 5 PROCEDIMIENTO PARA LA AUTORIZACIÓN DE PROYECTOS ESTRATÉGICOS

73 CAPÍTULO 6 PROCEDIMIENTO PARA LA RECEPCIÓN, EVALUACIÓN Y AUTORIZACIÓN DE LA REORIENTACIÓN DEL PLAN DE NEGOCIOS

75

CAPITULO 7 GLOSARIO DE TÉRMINOS

77

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CAPÍTULO 1 PRESENTACIÓN Una vez que el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de la Reforma Agraria, publicó las “Reglas de Operación del Programa Joven Emprendedor Rural y Fondo de Tierras” (REGLAS), en el Diario Oficial de la Federación el 29 de diciembre de 2008, para el otorgamiento de apoyos del PROGRAMA, cuyo objetivo general es propiciar y fortalecer el arraigo de los Jóvenes Emprendedores Rurales en los NÚCLEOS AGRARIOS; generando oportunidades de desarrollo humano y económico mediante la creación de Proyectos Agroempresariales rentables y sustentables que promuevan el relevo generacional en el sector rural, eficientando el mercado social de la tierra, el CONSEJO DIRECTIVO del PROGRAMA conforme a lo dispuesto por la fracción I del artículo 25 y Quinto Transitorio de dichas REGLAS, aprobó el MANUAL DE PROCEDIMIENTOS. Con fundamento en la fracción XXVI del artículo 1 de las REGLAS del PROGRAMA, el MANUAL DE PROCEDIMIENTOS se define como el “Conjunto de disposiciones que señalan el procedimiento para implementar las acciones previstas en las presentes REGLAS”. Tomando en cuenta lo dispuesto en las REGLAS, en este MANUAL DE PROCEDIMIENTOS se describe la información complementaria y DOCUMENTACIÓN SOPORTE, para acceder a los apoyos que otorga el PROGRAMA, cuyo carácter es obligatorio, por lo que deberán satisfacerse. Finalmente, cabe destacar que se utilizan los conceptos definidos en el artículo 1 de las REGLAS del PROGRAMA.

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OPERACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO DIRECTIVO 1) CONFORMACIÓN Con base en las disposiciones previstas en los artículos 1, fracción XIII, 7, 19, 20, 23, 24 y 25 de las REGLAS del PROGRAMA, publicadas el 29 de diciembre de 2008, se prevé la participación del CONSEJO DIRECTIVO en los dos Componentes. La conformación del CONSEJO DIRECTIVO es la siguiente: PRESIDENTE: El Titular de LA SECRETARÍA, quien tendrá voto de calidad. Éste podrá designar como su suplente al titular de la Subsecretaría de Política Sectorial de LA SECRETARÍA. SECRETARIO EJECUTIVO: El Subsecretario de Política Sectorial de LA SECRETARÍA; quien podrá designar como su suplente a un funcionario con nivel mínimo de Director de Área. En los casos en que actúe como suplente del Presidente, no podrá designar suplente. SECRETARIO TÉCNICO: El Director General de Política y Planeación Agraria de LA SECRETARÍA. VOCALES: 1. El Director General de Coordinación de LA SECRETARÍA, quien podrá designar como suplente

para que lo represente, a un funcionario con nivel mínimo de Director de Área. 2. El Oficial Mayor de LA SECRETARÍA, quien podrá designar como suplente, para que lo

represente, a un funcionario con nivel mínimo de Director General. 3. El Jefe de Unidad de Asuntos Jurídicos de LA SECRETARÍA, quien podrá designar como

suplente para que lo represente, a un funcionario con nivel mínimo de Director de Área. 4. El Procurador Agrario, quien podrá designar como suplente para que lo represente, a un

funcionario con nivel mínimo de Director de Área. 5. El Director en Jefe del Registro Agrario Nacional, quien podrá designar como suplente para que

lo represente, a un funcionario con nivel mínimo de Director de Área. Los integrantes o sus suplentes debidamente acreditados, tendrán voz y voto en este Consejo, y su participación no generará emolumentos u honorarios. Para el caso de ausencia de alguno de los titulares del CONSEJO DIRECTIVO, deberán designar un suplente mediante oficio de representación, conforme al nivel jerárquico previsto en los párrafos anteriores.

Adicionalmente, con derecho a voz y con carácter de invitados permanentes y/o asesores, el Consejo se conformará con:

• El Órgano Interno de Control en LA SECRETARÍA; • Un representante de la INSTITUCIÓN FINANCIERA; • Un representante de Nacional Financiera, S.N.C. en su calidad de agente financiero; • Un representante de la Comisión para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas; • Un representante del Instituto Mexicano de la Juventud; • Un representante del Consejo Mexicano para el Desarrollo Rural Sustentable.

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2) INSTALACIÓN Para la instalación del CONSEJO DIRECTIVO, el Presidente y el Secretario Técnico deberán acordar el lugar, fecha y hora para la primera sesión. El Secretario Técnico convocará por escrito a la sesión en la que se realice la instalación formal del CONSEJO DIRECTIVO. Para que la sesión se pueda llevar a cabo, el Presidente solicitará al Secretario Técnico, verificar que exista el quórum necesario con voz y voto para sesionar. Para tal efecto, el Secretario Técnico pasará la lista de asistencia. Si no se reúne el quórum necesario, la sesión no podrá llevarse a cabo, levantándose acta de tal circunstancia, y el Presidente ordenará la realización de una nueva convocatoria. Instalado el CONSEJO DIRECTIVO, el Presidente dará lectura al orden del día y lo someterá a los integrantes del Consejo para su aprobación y, en su caso, desarrollará la sesión conforme a dicho orden del día. Al concluir la sesión de instalación del CONSEJO DIRECTIVO, el Secretario Técnico elaborará acta por triplicado, que deberá ser firmada por los Consejeros. 3) FACULTADES Y FUNCIONES DEL PRESIDENTE, DEL SECRETARIO EJECUTIVO, DEL

SECRETARIO TÉCNICO, DE LOS VOCALES E INVITADOS Además de las facultades y obligaciones del CONSEJO DIRECTIVO, desempeñarán las funciones siguientes: a) Presidente:

• Coordinar y dirigir las sesiones del CONSEJO DIRECTIVO. b) Secretario Ejecutivo:

• Participar, en ausencia del Presidente, como Presidente suplente.

• Coordinar con el Secretario Técnico el orden del día de las sesiones del CONSEJO DIRECTIVO.

• Coordinar con el Secretario Técnico las solicitudes de apoyo que serán presentadas a consideración del CONSEJO DIRECTIVO.

c) Secretario Técnico:

El Secretario Técnico convocará a las sesiones ordinarias y extraordinarias y tendrá a su cargo las siguientes responsabilidades:

• Recibir la totalidad de solicitudes de apoyo que serán sometidas a la consideración del

CONSEJO DIRECTIVO. • Elaborar el orden del día de los asuntos que serán sometidos a la consideración del

CONSEJO DIRECTIVO.

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• Elaborar los oficios de convocatoria, en los que se señalará la fecha, hora y lugar de celebración de la sesión y lo notificará a todos los miembros del CONSEJO DIRECTIVO. A dicho oficio deberá adjuntar los siguientes documentos: a). El orden del día y b). Documentación soporte de los asuntos a tratar en la Sesión correspondiente.

• Integrar la lista de asistencia de la sesión y verificar la existencia del quórum. • Elaborar las actas correspondientes a cada sesión. • Dar seguimiento a los acuerdos tomados en cada sesión. • Notificar por escrito al solicitante, con copia a la DELEGACIÓN ESTATAL de la resolución

del CONSEJO DIRECTIVO, incluyendo las especificaciones procedentes para cada solicitud.

• Integrar los expedientes para el debido resguardo de las listas de asistencia, de las actas, de los acuerdos y del seguimiento de los mismos.

d) Vocales:

• El Director General de Coordinación, en el ámbito de sus facultades opinará, propondrá, orientará y/o coadyuvará con acciones y/o planteamientos en beneficio del PROGRAMA.

• El Oficial Mayor, en el ámbito de sus facultades, coadyuvará a conducir las políticas, normas, lineamientos, criterios, sistemas y procedimientos para la administración del personal y de los recursos financieros y materiales del PROGRAMA.

• El Jefe de Unidad de Asuntos Jurídicos, en el ámbito de su competencia opinará sobre las propuestas que se realicen para la formulación o perfeccionamiento del marco jurídico del PROGRAMA, así como la asesoría legal conducente para esclarecer los planteamientos en las sesiones del CONSEJO DIRECTIVO.

• El Procurador Agrario, en el ámbito de sus facultades opinará, propondrá, orientará y/o coadyuvará con acciones y/o planteamientos en beneficio del PROGRAMA, en especial en la asesoría a los sujetos agrarios beneficiados, en cuanto a sus derechos y la traslación de éstos.

• El Director en Jefe del Registro Agrario Nacional en el ámbito de sus facultades, analizará la documentación respectiva del sector agrario necesaria para el conocimiento de los problemas, la identificación de las acciones y la evaluación de la gestión agraria, en especial en la asesoría a los sujetos agrarios beneficiados por el PROGRAMA, en cuanto a sus derechos y la traslación de éstos.

e) Invitados:

• Las facultades y funciones de los invitados son orientar las acciones del PROGRAMA y propiciar una adecuada vinculación y articulación con las diferentes instituciones que representan.

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4) SESIONES Con fundamento en la fracción VII del artículo 25 de las REGLAS, el CONSEJO DIRECTIVO sesionará en forma ordinaria y extraordinaria, cuando el desarrollo del PROGRAMA lo requiera. A manera enunciativa, más no limitativa, en las sesiones ordinarias, el orden del día contemplará los siguientes asuntos:

1. Lista de asistencia y verificación del quórum necesario para sesionar. 2. Lectura y aprobación del Orden del Día. 3 Presentación de solicitudes.

3.1. Solicitudes de focalización. 3.2. Componente I: Etapa B: Proyecto Escuela. 3.3. Componente II: Etapa C: Apoyo a Proyecto Agroempresarial. 3.4. Proyectos Estratégicos. 3.5. Aclaraciones.

4. Seguimiento de acuerdos. 5. Asuntos Generales.

A manera enunciativa, más no limitativa, en las sesiones extraordinarias, el orden del día contemplará los siguientes temas:

1. Lista de asistencia y verificación del quórum necesario para sesionar. 2. Lectura y aprobación del Orden del Día. 3. Presentación de solicitudes.

3.1. Solicitudes de focalización. 3.2. Componente I: Etapa B: Proyecto Escuela. 3.3. Componente II: Etapa C: Apoyo a Proyecto Agroempresarial. 3.4. Proyectos Estratégicos. 3.5. Aclaraciones.

En las sesiones extraordinarias no se tratará el seguimiento de acuerdos ni asuntos generales. El Secretario Técnico, convocará por escrito a las sesiones ordinarias del CONSEJO DIRECTIVO con al menos cinco días hábiles de anticipación. En el caso de sesiones extraordinarias, el Secretario Técnico convocará al CONSEJO DIRECTIVO, cuando menos con tres días hábiles de anticipación. Para que las sesiones puedan llevarse a cabo, el Presidente solicitará al Secretario Técnico verificar que exista el quórum necesario para sesionar, es decir, que se encuentren presentes la mitad más uno de los miembros del CONSEJO DIRECTIVO, con voz y voto. Para tal efecto se circulará una lista en la que los asistentes se registrarán. Si no se reúne el quórum necesario, la sesión no podrá llevarse a cabo, levantándose acta de tal circunstancia, únicamente suscrita por el Presidente y el Secretario Técnico y se ordenará la realización de una nueva convocatoria. El Presidente del CONSEJO DIRECTIVO solicitará al Secretario Técnico que de lectura al orden del día y lo someterá a la consideración del pleno para su aprobación. En su caso, los consejeros, podrán proponer modificaciones, mismas que deberán ser aprobadas.

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Con motivo de la sesión se formulará acta, la que deberá ser firmada por todos los integrantes del Consejo con voz y voto, para que tenga validez jurídica. El Secretario Técnico podrá enviar la propuesta del acta por correo electrónico o a través de oficio; en un plazo máximo de tres días hábiles contados a partir de la recepción de la misma, los integrantes deberán remitir las observaciones correspondientes. Una vez agotado el plazo el acta se dará por aprobada y será enviada, en tres tantos para su firma. 5) APROBACIÓN DE PROYECTOS El Presidente del CONSEJO DIRECTIVO, solicitará al Secretario Técnico que someta a consideración de los consejeros los proyectos con opinión técnica favorable para su aprobación o rechazo. En caso de que exista empate en la toma de decisiones, el Presidente tendrá voto de calidad. El Secretario Técnico presentará los dictámenes técnicos correspondientes y la información adicional que se requiera, con el fin de que los consejeros puedan enriquecer su opinión respecto de los proyectos presentados. El CONSEJO DIRECTIVO, emitirá la resolución correspondiente, en cuanto a la aprobación o rechazo de los proyectos, lo cual será asentado en el acta correspondiente. Acordada la aprobación de los proyectos, quedarán autorizados los montos y porcentajes de apoyo del PROGRAMA a las Etapas correspondientes, en función de la disponibilidad presupuestal conforme a lo dispuesto en el Anexo 1 de las REGLAS, así como a las condiciones adicionales que el propio CONSEJO DIRECTIVO determine. Una vez aprobados los proyectos, el CONSEJO DIRECTIVO instruirá al Secretario Técnico, en el propio acuerdo, para que éste solicite a la Oficialía Mayor, se realicen los trámites correspondientes para que sean entregados a los beneficiarios, los recursos financieros respectivos.

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ETAPA “A”

DESARROLLO DEL TALENTO EMPRENDEDOR

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CAPÍTULO 2 Áreas Responsables: PROMOTOR, DELEGACIÓN ESTATAL y UNIDAD RESPONSABLE. COMPONENTE I. Joven Emprendedor Rural, Etapa “A”: Desarrollo del Talento Emprendedor PROCEDIMIENTO PARA LA RECEPCIÓN, VALIDACIÓN Y AUTORIZACIÓN DEL APOYO DIRECTO Definición: El curso de “Desarrollo del Talento Emprendedor”, se llevará a cabo en los NÚCLEOS AGRARIOS focalizados, consta de 35 horas, será impartido en un plazo no menor a 5 días hábiles consecutivos y, tratará temas de motivación, organización, competencia y empresarialidad. Objetivos de la Etapa: Desarrollar el talento emprendedor, con el fin de que el BENEFICIARIO a futuro, en lo individual o colectivo, pueda crear empresas rentables y sustentables en su mismo NÚCLEO AGRARIO, incrementando así sus ingresos e impulsando el relevo generacional. Objetivo del procedimiento: Describir la forma y señalar las áreas responsables, para el otorgamiento del APOYO DIRECTO en el Componente I. Joven Emprendedor Rural, Etapa “A”, Desarrollo del Talento Emprendedor, conforme a lo dispuesto en las REGLAS. RESPONSABLE DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES FORMATO Y/O

DOCUMENTO PROMOTOR Interesado DELEGACIÓN ESTATAL

1. Proporciona a los interesados la información del PROGRAMA y los requisitos para el cumplimiento de las REGLAS.

2. Asesora a los interesados en el llenado

de las solicitudes de apoyo y en la acreditación de los requisitos de elegibilidad de acuerdo a lo establecido en los artículos 8 y 9 de las REGLAS, así como en la integración de la DOCUMENTACIÓN SOPORTE señalada en: Anexos del Capítulo 2, numeral 2.1 del MANUAL DE PROCEDIMIENTOS.

3. Llena la solicitud de apoyo y anexa la

DOCUMENTACIÓN SOPORTE.

4. Entrega en la DELEGACIÓN ESTATAL la solicitud de apoyo y DOCUMENTACIÓN SOPORTE por duplicado.

5. Recibe la solicitud de apoyo y

DOCUMENTACIÓN SOPORTE, valida con su firma la revisión de toda la

Solicitud Acuse de recibido

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UNIDAD RESPONSABLE BENEFICIARIO UNIDAD RESPONSABLE BENEFICIARIO

documentación.

6. Solicita al RAN y la PA que informen en el ámbito de su competencia si el NÚCLEO AGRARIO cuenta con el Programa de Certificación de Derechos Ejidales y Titulación de Solares Urbanos (PROCEDE); con organización y autoridades como ejido o comunidad y, si existe algún conflicto agrario. La PA y RAN remitirán el informa a la UNIDAD RESPONSABLE

7. Remite a la UNIDAD RESPONSABLE la

solicitud de apoyo, DOCUMENTACIÓN SOPORTE y copia del oficio con sello de acuse que dirigió a la PA y RAN. Para realizar esta actividad y la enunciada en el numeral anterior tiene un plazo de 7 días hábiles posteriores a fecha en que la solicitud de apoyo y DOCUMENTACIÓN SOPORTE fue ingresada a la DELEGACIÓN ESTATAL.

8. Recibe, analiza y determina la aceptación

o rechazo de la solicitud de apoyo.

9. Por conducto de la DELEGACIÓN ESTATAL, notifica al interesado la aceptación o rechazo de la solicitud de apoyo. Para realizar esta actividad y la enunciada en el numeral inmediato anterior, tiene un plazo de 8 días hábiles posteriores a la fecha en que la UNIDAD RESPONSABLE reciba la solicitud de apoyo y DOCUMENTACIÓN SOPORTE.

10. Selecciona al CAPACITADOR de entre

los acreditados por la UNIDAD RESPONSABLE.

11. Transfiere a la cuenta bancaria de la

DELEGACIÓN ESTATAL, el APOYO DIRECTO.

12. Recibe la CAPACITACIÓN. Esta

actividad se realizará dentro de de los 15 días hábiles siguientes a la fecha en que el APOYO DIRECTO es transferido a la DELEGACIÓN ESTATAL.

Oficio Oficio Oficio Transferencia bancaria

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DELEGACIÓN ESTATAL BENEFICIARIO PROMOTOR

13. Es evaluado al concluir la CAPACITACIÓN.

14. En caso de aprobar la evaluación, recibe

acreditación.

15. Como uno de los resultados de la CAPACITACIÓN, deberá constituirse con los otros BENEFICIARIOS en un COMITÉ DE JÓVENES. La constitución de este Comité deberá tener mínimo 15 y máximo 30 integrantes.

16. Entrega el APOYO DIRECTO a uno de

los BENEFICIARIOS del grupo.

17. Entrega al CAPACITADOR el APOYO DIRECTO y éste entrega el recibo o la factura correspondiente.

18. Captura la solicitud JERF-001 en el

Sistema Integral del Programa JERFT, el cual asigna el número de folio.

19. Registra en el Sistema de Información

Agraria (SIAS) la conclusión de la Etapa y auxilia a los interesados en la elaboración del Acta Constitutiva del COMITÉ DE JÓVENES.

20. El COMITÉ DE JÓVENES selecciona la

actividad que desarrollarán en el Proyecto Escuela de un catálogo previamente elaborado para la región.

21. Otro resultado de la CAPACITACIÓN es

la elaboración de un prototipo de Plan de Negocios para la Etapa B.

Cheque Recibo o factura Catálogo de actividades productivas.

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Área Responsable: UNIDAD RESPONSABLE, Dirección General de Administración y DELEGACIÓN ESTATAL. COMPONENTE I. Joven Emprendedor Rural, Etapa “A”: Desarrollo del Talento Emprendedor.

ENTREGA DEL RECURSO Objetivo: Realizar la entrega del APOYO DIRECTO autorizado para la Etapa “A”. RESPONSABLE DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES FORMATO Y/O

DOCUMENTO UNIDAD RESPONSABLE Dirección General de Administración. DELEGACIÓN ESTATAL UNIDAD RESPONSABLE

1. Elabora el oficio a la Dirección General de Administración para la entrega del APOYO DIRECTO a la DELEGACIÓN ESTATAL.

2. Recibe oficio de instrucción para ministrar

el APOYO DIRECTO.

3. Entrega a DELEGACIÓN ESTATAL el APOYO DIRECTO.

4. Envía a la UNIDAD RESPONSABLE la

documentación comprobatoria de la entrega del APOYO DIRECTO.

5. Verifica la documentación comprobatoria y realiza el registro en el control respectivo.

Oficio Acuse Comprobante bancario Póliza de cheque, copia de identificación oficial del BENEFICIARIO y, copia del recibo o factura del CAPACITADOR a nombre del BENEFICIARIO.

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Áreas Responsables: JOVEN EMPRENDEDOR RURAL y CAPACITADOR. COMPONENTE I. Joven Emprendedor Rural, Etapa “A”: Desarrollo del Talento Emprendedor.

OBJETIVOS Y CONTENIDO DEL CURSO: DESARROLLO DEL TALENTO EMPRENDEDOR Objetivos: Al término del curso los Jóvenes Emprendedores Rurales:

• Comprenderán la importancia de reconocer las oportunidades de desarrollo humano que ya poseen y que son necesarias para impulsar su talento emprendedor en la creación de agroempresas sustentables y rentables.

• Conocerán las ventajas del aprendizaje colectivo, emprendimiento colectivo y serán capaces de formar un COMITÉ que funcione eficaz y eficientemente, en el cuál trabajarán en equipo los próximos meses del proyecto.

• Conocerán y aplicarán las diferentes competencias necesarias para la operación de un negocio.

Identificarán el tipo de Proyecto Escuela que operarán en la siguiente Etapa del PROGRAMA, identificando vocaciones productivas y áreas de oportunidad en la localidad o la región. Contenido: El curso Desarrollo del Talento Emprendedor deberá contener al menos los módulos siguientes:

I. Motivación: Resultados de aprendizaje al término de este módulo: El BENEFICIARIO laborará un plan de acción que permita disminuir sus obstáculos y aprovechar sus potencialidades encaminadas al desarrollo de un proyecto de vida y de trabajo.

I.1 Actualización de habilidades para el desarrollo personal. I.1.1 Capacidad para escuchar. I. 1.2 Capacidad para dar y recibir observaciones y sugerencias a nivel personal o de grupo

(retroalimentación. I. 1.3 Capacidad de comunicación.

I. 2. El conocimiento de sí mismo. I. 3. Plan personal.

II. Organización: Como resultado de aprendizaje al término de este módulo: El BENEFICIARIO identificará los elementos personales que permiten a un grupo integrarse para lograr objetivos comunes.

II.1. Trabajo en equipo. II.2. Relaciones interpersonales y comunicación. II.3. Toma de decisiones. II.4. Resolución de conflictos.

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III. Competencias:

Como resultado de aprendizaje al término de este módulo: El BENEFICIARIO elaborará un plan para desarrollar sus competencias empresariales para crecer de manera individual y poder lograr un proyecto.

III.1. Competencia. III.1.1 Conocimientos. III.1.2 Habilidades. III.1.3 Actitudes.

III.2. Competencias empresariales. III.2.1 Planeación. III.2.2 Motivación al logro. III.2.3 Motivación al poder hacer las cosas.

IV. Empresarialidad: Como resultado de aprendizaje al término de este módulo: El BENEFICIARIO elaborará con sus compañeros un plan de negocios, considerando la mejor idea de proyecto de acuerdo a las demandas del mercado y sus recursos materiales y competencias personales.

IV.1. La empresa. IV.2 Identificación de ideas de proyectos. IV.3 Plan de negocios. IV.4 Los pasos que siguen.

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Áreas Responsables: JOVEN EMPRENDEDOR RURAL y CAPACITADOR. COMPONENTE I. Joven Emprendedor Rural, Etapa “A”: Desarrollo del Talento Emprendedor. PROCEDIMIENTO PARA LA ACREDITACIÓN DEL CAPACITADOR DEL PROGRAMA EN LA

ETAPA A Para el acompañamiento de los JÓVENES EMPRENDEDORES RURALES en las diferentes Etapas del PROGRAMA, existen dos tipos de Agentes: A). Agentes Institucionales: B). Agentes de Mercado:

1. UNIDAD RESPONSABLE. 1. Instructores Motivacionales. 2. SUPERVISOR. 2. Instructores Técnicos Productivos. 3. PROMOTOR. 3. Consultores Empresariales. 4. INSTITUCIÓN FINANCIERA. 4. Tutores de Negocios.

5. Proveedores de Insumos. 6. Especialistas.

Todos los AGENTES DE MERCADO, deberán suscribir contrato de prestación de servicios profesionales con los BENEFICIARIOS. En los contratos deberá vincularse el plan de trabajo de los profesionistas y las cotizaciones que realicen. Requisitos de elegibilidad del CAPACITADOR: Podrán participar las personas físicas o morales e instituciones públicas o privadas con experiencia educativa, en investigación, en capacitación, en consultoría y que además cuenten con presencia en las localidades donde se encuentran los NÚCLEOS AGRARIOS que serán sujetos de apoyo del PROGRAMA.

a. Contar con experiencia reconocida en capacitación y consultoría a empresas del sector rural.

b. Disponer de equipos y materiales didácticos para el proceso de enseñanza. c. Dados los diferentes niveles de escolaridad de los Jóvenes Emprendedores Rurales el

contenido del curso deberá privilegiar el uso de material de capacitación audiovisual y/o vivencial.

DOCUMENTACIÓN SOPORTE (solamente copias) para acreditación: Presentar por escrito ante la UNIDAD RESPONSABLE:

1. Una síntesis curricular en formato impreso, que cumplan con el perfil siguiente:

• Experiencia Profesional: Mínimo tres años en capacitación técnico-productiva y/o capacitación empresarial y/o consultoría a proyectos sociales y agroempresariales.

• Escolaridad: Nivel licenciatura, carrera técnica o experiencia laboral si la ciencia, oficio o industria no requiere título profesional para su ejercicio. Deberá acreditar tener conocimiento en Ciencias Agrarias y/o, Ciencias Biológicas y/o, Ciencias Sociales y/o Administrativas.

• Otros conocimientos: Manejo de grupos, manejo de técnicas de enseñanza y uso de material didáctico, experiencia en la asesoría para la creación de empresas.

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2. Identificación oficial con fotografía y firma. 3. Comprobante de domicilio. 4. Cédula Profesional o constancia con la que acredite tener los conocimientos en el ámbito

rural. 5. Registro Federal de Contribuyentes y CURP. 6. Carta (libre redacción) dirigida a la UNIDAD RESPONSABLE en la que manifieste bajo

protesta de decir verdad, que se encuentra al corriente de sus obligaciones ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Mecanismo de operación para la acreditación:

a). El CAPACITADOR interesado deberá: 1. Presentar ante la UNIDAD RESPONSABLE la DOCUMENTACIÓN SOPORTE.

b). La UNIDAD RESPONSABLE: 1. Validará la información y documentación proporcionada por el CAPACITADOR y en su

caso lo acreditará. 2. En un plazo no mayor de veinte días naturales, contados a partir del día hábil siguiente

a aquel en que reciba la solicitud y documentación soporte, emitirá oficio dirigido al CAPACITADOR mediante el cual se le informe si cumple con los requisitos y si queda agregado al Registro Único de Capacitadores acreditados para el Desarrollo del Talento Emprendedor.

LA SECRETARÍA atenderá por conducto de la UNIDAD RESPONSABLE la selección y acreditación del CAPACITADOR para el Desarrollo del Talento Emprendedor.

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Área Responsable: PROMOTOR, DELEGACIÓN ESTATAL y la UNIDAD RESPONSABLE. COMPONENTE I. Joven Emprendedor Rural, Etapa “A”: Desarrollo del Talento Emprendedor.

SEGUIMIENTO DE CAPACITACIÓN Objetivo: Describir el procedimiento para dar seguimiento a la Etapa “A” del PROGRAMA. RESPONSABLE DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES FORMATO Y/O

DOCUMENTO PROMOTOR DELEGACIÓN ESTATAL UNIDAD RESPONSABLE

1. Corrobora la asistencia del BENEFICIARIO y CAPACITADOR durante la CAPACITACIÓN.

2. Corrobora que la CAPACITACIÓN sea

acorde con el programa establecido.

3. Asesora a los BENEFICIARIOS para instalar el COMITÉ DE JÓVENES y elabora reporte a la DELEGACIÓN ESTATAL.

4. Elabora un informe, adjuntando la

documentación conducente, donde se de constancia de la impartición del curso, asistencia de los BENEFICIARIOS y los CAPACITADORES y, la evaluación.

5. Valida los informes de los

PROMOTORES y lo remite a la UNIDAD RESPONSABLE.

6. Integra los informes recibidos para su

control y seguimiento.

Control de visitas e informe Control de visitas e informe Control de visitas e informe Informe y documentos Firma el reporte de actividades y gira oficio Expediente

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ANEXOS DEL CAPITULO 2 2.1. LINEAMIENTOS Y REQUISITOS ETAPA “A”: Desarrollo de Talento Emprendedor 1. Descripción. El APOYO DIRECTO se destinará para brindar CAPACITACIÓN a los BENEFICIARIOS, en 4 módulos: Motivación, Organización, Competencias y Empresarialidad. 2. Requisitos de la Etapa.

• Ser sujeto agrario entre 18 y 39 años. • Pertenecer a un NÚCLEO AGRARIO focalizado. Este NÚCLEO AGRARIO deberá tener

su Reglamento Interno registrado en el RAN y deberá contar con autoridades legalmente constituidas.

3. Documentación soporte de la Etapa “A”. En copia anexar a la solicitud lo siguiente: Identificación oficial (credencial de elector, cartilla militar o pasaporte), acta de nacimiento, comprobante de domicilio, CURP. Acreditar en caso de ser: • Ejidatario o comunero: Certificado de derechos agrarios, certificado parcelario o derechos

comunes, sentencia relativa del Tribunal Agrario. • Avecindado: Reconocimiento de asamblea general de ejidatarios o sentencia del Tribunal

Agrario competente. Tratándose del Acta de la Asamblea General, ésta o el formato respectivo, deberá contener el sello de acuse de recibido por el RAN para su inscripción.

• Posesionario: Certificado parcelario o sentencia del Tribunal Agrario competente. 4. Restricciones.

• Los apoyos son para NÚCLEOS AGRARIOS focalizados y los aprobados por el CONSEJO DIRECTIVO para recibir apoyo.

• El APOYO DIRECTO que se recibe es por grupo y por ejercicio fiscal. • Para ser acreditados, los BENEFICIARIOS deberán cumplir por lo menos con el 90% de

asistencia. 5. Elementos para la evaluación de la Etapa “A”.

• Cumplir con los criterios de elegibilidad que se señalan los artículos 8 y 9 de las REGLAS. 6. Documentación para acreditar el cumplimiento de los avances del ejercicio de los recursos,

metas y objetivos. • Listas de asistencia. • Acta constitutiva del COMITÉ DE JÓVENES. • Acreditaciones del curso. • Documentación comprobatoria de los gastos correspondientes.

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ETAPA “A”

FORMATOS

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JERFT-001 ACTA CONSTITUTIVA DEL COMITÉ DE JOVENES EMPRENDEDORES

Siendo las

en el Núcleo Agrario del municipio de

del estado de ; se reunieron jóvenes solicitantes para constituirse como

Comité de Jóvenes Emprendedores Rurales.

Una vez pasada la lista de asistencia se desarrolló la siguiente Orden del Día:

1. Lectura de las funciones de los integrantes de la Mesa Directiva.2. Propuesta de dos candidatos para ocupar cada cargo de dicha Mesa.3. Elección de la Mesa Directiva.4. Clausura.

En el uso de la palabra nombrado por los asistentes como Moderador,

en cumplimiento del punto No. 1 de la Orden del Día, procedió a dar lectura en voz alta a las funciones que desempeñarán los

integrantes de la Mesa Directiva del Comité de Jóvenes Emprendedores Rurales.

FUNCIONES DEL PRESIDENTE

1.- Representar legalmente al Comité de Jóvenes Emprendedores Rurales2.- Abrir cuenta bancaria para depositar y administrar exclusivamente los recursos que le otorgue el Programa, que sólo podrán ser utilizados para los fines aprobados por la SRA.3.- Realizar coordinadamente con el Secretario y Tesorero las compras del paquete tecnológico del proyecto escuela y la contratación de servicios de capacitación, consultoría y asistencia técnica.4.- Con la información que le provea el Tesorero y el Secretario presentar mensualmente ante la representación de la SRA las facturas y comprobantes del ejercicio de las aportaciones directas para operar el proyecto escuela.5.- Conjuntamente con el Secretario entregar a la Representación de la SRA, al término de cada mes, una bitácora que contenga las actividades desarrolladas en el proyecto escuela y la asistencia de los jóvenes participantes.6.- Reportar a la Representación de la SRA cualquier caso fortuito o de fuerza mayor que impida el desarrollo del proyectos escuela, dentro de los veinte días naturale siguientes a la fecha en que haya acontecido.7.- Reportar a la Representación de la SRA cualquier desvío o malversación de las aportaciones directas, dentro de los siguientes cinco días naturales en que se tenga conocimiento.8.- Vigilar que los representantes del Comité entreguen al núcleo agrario las instalaciones y activos del proyecto escuela.9.- Permitir las acciones de seguimiento y verificación del uso de las aportaciones directas por parte de la Representación de la SRA, el Promotor, el Órgano Interno de Control en esa dependencia y las instancias evaluadoras externas, los cuales podrán requerir copias de las facturas y comprobantes.10.- Convocar a los integrantes del Comité de Jóvenes a reuniones para tratar asuntos relativos al proyecto escuela.11.- Coordinadamente con el Secretario y Tesorero integrar el informe que rendirá periódicamente al Comité de Jóvenes.

Este programa es de carácter público, ageno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa

todos los contribuyentes.

Órgano Interno de Control de LA SECRETARÍA con domicilio en Azafrán 219, 6 piso, colonia Granjas México, Iztacalco, Distrito Federal, c. p. 08400. Teléfonos (0155) 56 54 54 14 y larga distancia gratuita al 01-800-849-86-12, correo electrónico [email protected]

FORMATO JERFT-002 1/5

del día del mes del año 2009

SECRETARIA DE LA REFORMA AGRARIA

JOVEN EMPRENDEDOR RURAL Y FONDO DE TIERRAS

FORMATO DE ACTA CONSTITUTIVA DEL COMITÉ DE JÓVENES EMPRENDEDORES RURALES

(Número)

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FUNCIONES DEL SECRETARIO

1.- Levantar las actas de las reuniones del Comité de Jóvenes vigilando que éstas recojan todos los acuerdos que se adopten y que se encuentren debidamente firmadas por los asistentes. La firma debe se igual a la que aparece en la Credencial de Elector2.- Llevar un control de asistencia en todas las actividades relacionadas al proyecto escuela.3.- Llevar el control de las actas y acuerdos que se generen por el Comité de Jóvenes.4.- Realizar coordinadamente con el Presidente y Tesorero, las compras del paquete tecnológico del proyecto escuela y la contratación de servicios de capacitación, consultoría y asistencia técnica..5.- Proveer al Presidente de la información necesaria, para que al término de cada mes, se entregue a la Representación de la SRA, la bitácora de actividades del proyecto escuela y la lista de asistencia de los jóvenes participantes.7. Reportar a la Representación de la SRA cualquier caso fortuito o de fuerza mayor que impida el desarrollo del proyecto escuela, dentro de los veinte días naturales siguientes a la fecha en que haya acontecido.8.- Reportar a la Representación de la SRA cualquier desvío o malversación de las aportaciones directas, dentro de los siguientes cinco días naturales en que se tenga conocimiento.9.- Vigilar que los representantes del Comité entreguen al núcleo agrario, las instalaciones y activos del proyecto escuela en donde éste se desarrolló.10.- Permitir las acciones de seguimiento y verificación del uso de las aportaciones directas por parte de la Representación de la SRA, el promotor,el Órgano Interno de Control en esa dependencia y las instancias evaluadoras externas, los cuales podrán requerir copias de las facturas y comprobantes.11.- Coordinadamente con el Presidente y el Tesorero integrar el informe que se rendirá periódicamente al Comité de Jóvenes.

FUNCIONES DEL TESORERO

1.- Llevar el registro contable de los depósitos y retiros de la cuenta bancaria y de los recursos empleados para la operación del proyecto escuela.2.- Vigilar que sólo se dispongan recursos para la adquisición de insumos del proyecto escuela.3.- Realizar coordinadamente con el Presidente y Secretario, las compras del paquete tecnológico del proyecto escuela y la contratación de servicios de capacitación y asistencia técnica.4.- Presentar al Presidente, los originales y copias de las facturas y comprobantes de pago realizados en la operación del proyecto escuela, al término de cada mes, para cotejo de la Representación de la SRA.5.- Reportar a la Representación de la SRA cualquier caso fortuito o de fuerza mayor que impida el desarrollo del proyecto escuela, dentro de los veinte días naturales siguientes a la fecha en que haya acontecido.6.- Reportar a la Representación de la SRA cualquier desvío o malversación de las aportaciones directas, dentro de los siguientes cinco días naturales en que se tenga conocimiento.7.- Vigilar que los representantes del Comité entreguen al núcleo agrario, las instalaciones y activos del proyecto escuela en donde éste se desarrolló.8.- Permitir las acciones de seguimiento y verificación del uso de las aportaciones directas por parte de la Representación de la SRA, el promotor, el Órgano interno de Control en esa dependencia y las instancias evaluadoras externas, los cuales podrán requerir copias de las facturas y comprobantes.9.- Coordinadamente con el Presidente y Secretario, integrar el informe que se rendirá periódicamente al Comité de Jóvenes.

Este PROGRAMA es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes.Está prohibido el uso de este PROGRAMA con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos.Quien haga uso indebido de los recursos de este PROGRAMA deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la Ley aplicable y ante la autoridad competente.Sistema Electrónico de Atención Ciudadana (SACTEL), teléfonos 14 54 20 00 para el Distrito Federal y Área Metropolitana y al 01-800-112-05-84 para el

resto del país.

CONSTITUCIÓN DEL COMITÉ DE JÓVENES EMPRENDEDORES RURALES

FORMATO JERFT-002 2/5

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FUNCIONES DEL VOCAL

1.- El vocal de la mesa directiva será el contralor del Comité de Jóvenes.2.- Deberá vigilar que el Presidente, Secretario y Tesorero cumplan sus funciones.3.- Informar de cualquier anomalía en el uso de los apoyos a la SRA y al Órgano Interno de Control en esa dependencia.4.- Informar al Presidente cuando exista algún conflicto entre los miembros del Comité, los capacitadores o el Núcleo Agrario.

Continuando con la Orden del Día y como Punto No. 2, el Moderador procedió a recabar las propuestas para ocupar los cargos anteriores, recayendo en las siguientes personas:

Presidente 1 Presidente 2

Secretario 1 Secretario 2

Tesorero 1 Tesorero 2

Vocal 1 Vocal 2

Como Punto No. 3 de la Orden del Día, se procedió a la elección del Presidente, Secretario, Tesorero y Vocal de las propuestas anteriores, recayendo dicha responsabilidad en las siguientes personas, quienes manifestaron su aceptación y la responsabilidad que ello conlleva:

Como Presidente:

Como Secretario:

Como Tesorero:

Como Vocal:

El Moderador procede a entregar el control de la reunión a la Mesa Directiva, quien continúa con la Orden del Día establecido. El Presidente del Comité de Jóvenes solicita a los presentes se pronuncien para definir el Proyecto Escuela que será solicitado a la Secretaría de la Reforma Agraria en el marco del Programa Fondo de Tierras e Instalación del Joven Emprendedor Rural.

El Presidente informa a los presentes que para efectos del trámite de la solicitud a la ETAPA B, incluirá como parte integrantede esta Acta, la copia del Acta de Asamblea en la cual el Núcleo Agrarioles otorga el uso, usufructo y aprovechamientode , de hectáreas.

No habiendo otro asunto que tratar, el Presidente del Comité de Jóvenes procede a la Clausura de la presente Reunión, en cumplimiento del Punto No. 4 de la Orden del Día, siendo las Hrs. del día de su inicio.

Este PROGRAMA es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes.Está prohibido el uso de este PROGRAMA con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos.Quien haga uso indebido de los recursos de este PROGRAMA deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la Ley aplicable y ante la autoridad competente.Sistema Electrónico de Atención Ciudadana (SACTEL), teléfonos 14 54 20 00 para el Distrito Federal y Área Metropolitana y al 01-800-112-05-84 para el resto del país.

CONSTITUCIÓN DEL COMITÉ DE JÓVENES EMPRENDEDORES RURALES

PROPUESTA 1 PROPUESTA 2

FORMATO JERFT-002 3/5

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1 Presidente Firma

2 Secretario Firma

3 Tesorero Firma

4 Vocal Firma

5 Nombre Firma

6 Nombre Firma

7 Nombre Firma

8 Nombre Firma

9 Nombre Firma

10 Nombre Firma

11 Nombre Firma

12 Nombre Firma

13 Nombre Firma

14 Nombre Firma

15 Nombre Firma

16 Nombre Firma

Este PROGRAMA es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes.Está prohibido el uso de este PROGRAMA con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos.Quien haga uso indebido de los recursos de este PROGRAMA deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la Ley aplicable y ante la autoridad competente.Sistema Electrónico de Atención Ciudadana (SACTEL), teléfonos 14 54 20 00 para el Distrito Federal y Área Metropolitana y al 01-800-112-05-84 para el

resto del país.

Por la Mesa Directiva del Comité de Jóvenes Emprendedores Rurales:

FORMATO JERFT-002 4/5

INTEGRANTES DEL COMITÉ DE JÓVENES EMPRENDEDORES RURALES

INTEGRANTES:

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“Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa”

Documento elaborado por la Dirección General de Política y Planeación Agraria

17 Nombre Firma

18 Nombre Firma

19 Nombre Firma

20 Nombre Firma

21 Nombre Firma

22 Nombre Firma

23 Nombre Firma

24 Nombre Firma

25 Nombre Firma

26 Nombre Firma

27 Nombre Firma

28 Nombre Firma

29 Nombre Firma

30 Nombre Firma

Este PROGRAMA es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes.Está prohibido el uso de este PROGRAMA con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos.Quien haga uso indebido de los recursos de este PROGRAMA deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la Ley aplicable y ante la autoridad competente.Sistema Electrónico de Atención Ciudadana (SACTEL), teléfonos 14 54 20 00 para el Distrito Federal y Área Metropolitana y al 01-800-112-05-84 para el

resto del país.

INTEGRANTES DEL COMITÉ DE JÓVENES EMPRENDEDORES RURALES

FORMATO JERFT-002 5/5

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ETAPA “B”

PROYECTO ESCUELA

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CAPÍTULO 3 Áreas Responsables: PROMOTOR, DELEGACIÓN ESTATAL, UNIDAD RESPONSABLE y CONSEJO DIRECTIVO. COMPONENTE I. Joven Emprendedor Rural, Etapa “B”: Proyecto Escuela

PROCEDIMIENTO PARA LA RECEPCIÓN, EVALUACIÓN Y AUTORIZACIÓN DEL APOYO DIRECTO

Definición: El PROYECTO ESCUELA es un prototipo de negocio para el aprendizaje y desarrollo de habilidades técnico-productivas y empresariales. Objetivos de la Etapa: Desarrollar habilidades y capacidades técnico-productivas y empresariales, con el fin de que el BENEFICIARIO a futuro, en lo individual o colectivo, pueda crear empresas rentables y sustentables en su mismo NÚCLEO AGRARIO, incrementando así sus ingresos e impulsando el relevo generacional. Objetivo del procedimiento: Describir la forma y señalar las áreas responsables, para el otorgamiento del APOYO DIRECTO en el Componente I. Joven Emprendedor Rural, Etapa “B”, PROYECTO ESCUELA, conforme a lo dispuesto en las REGLAS. RESPONSABLE DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES FORMATO Y/O

DOCUMENTO PROMOTOR COMITÉ DE JÓVENES DELEGACIÓN ESTATAL

1. Proporciona al COMITÉ DE JÓVENES información del PROGRAMA y los requisitos para el cumplimiento de las REGLAS.

2. Asesora al COMITÉ DE JOVENES en el

llenado de la solicitud de apoyo del PROYECTO ESCUELA, así como de la integración de la DOCUMENTACIÓN SOPORTE que se menciona en el Capítulo 3, numeral 3.1 de este Manual.

3. Llena la solicitud de apoyo y anexa la

DOCUMENTACIÓN SOPORTE.

4. Entrega en la DELEGACIÓN AGRARIA la solicitud y DOCUMENTACIÓN SOPORTE por duplicado.

5. Recibe la solicitud de apoyo y

DOCUMENTACIÓN SOPORTE, valida

Solicitud Acuse de recibido

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UNIDAD RESPONSABLE CONSEJO DIRECTIVO UNIDAD RESPONSABLE COMITÉ DE JÓVENES

con su firma la revisión de toda la documentación.

6. Solicita al RAN y a la PA que informen en

el ámbito de su competencia si el NÚCLEO AGRARIO cuenta con organización y autoridades como ejido o comunidad y, si existe algún conflicto agrario. La PA y el RAN remitirán el informe a la UNIDAD RESPONSABLE.

7. Remite a la UNIDAD RESPONSABLE

copia de la solicitud de apoyo, DOCUMENTACIÓN SOPORTE y copia del oficio con sello de acuse que dirigió a la PA y RAN. Esta actividad y la que se describe en el numeral anterior debe realizarse en un plazo no mayor de 7 días hábiles posteriores a la recepción de la solicitud de apoyo y DOCUMENTACIÓN SOPORTE.

8. Recibe, analiza y opina sobre la viabilidad

del PROYECTO ESCUELA.

9. Le presenta al CONSEJO DIRECTIVO las solicitudes de apoyo cuyo PROYECTO ESCUELA sea viable, para su aprobación o rechazo. Esta actividad y la descrita en el numeral anterior deberá realizarla en un plazo no mayor a 20 días hábiles posteriores que dicha UNIDAD RESPONSABLE recibe la solicitud de apoyo y DOCUMENTACIÓN SOPORTE.

10. Aprueba o rechaza la solicitud de apoyo.

11. Notifica a los BENEFICIARIOS con copia a la DELEGACIÓN ESTATAL, PROMOTOR y SUPERVISOR, el acuerdo del CONSEJO DIRECTIVO.

12. En el caso de que la solicitud de apoyo

sea aprobada, transfiere a la cuenta bancaria del COMITÉ DE JÓVENES el APOYO DIRECTO.

13. Reciben el APOYO DIRECTO y firman

los documentos conducentes.

14. Recibe capacitación técnico-productiva,

Oficio Oficio Ficha técnica Acta de sesión Acuerdo Oficio Cheque o transferencia bancaria Cheque o transferencia bancaria

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL PROGRAMA JOVEN EMPRENDEDOR

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Fecha de aprobación del

Consejo Directivo: 29 de enero de 2009

Página 30

“Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa”

Documento elaborado por la Dirección General de Política y Planeación Agraria

capacitación empresarial y consultoría para elaborar el Plan de Negocios.

15. Instalan el PROYECTO ESCUELA

conforme a los conceptos y montos autorizados.

16. Presenta mensualmente a la

DELEGACIÓN ESTATAL un informe de actividades y copia de la documentación que acredite el ejercicio de la APORTACIÓN DIRECTA.

17. Concluido el PROYECTO ESCUELA,

cada BENEFICIARIO es evaluado.

18. En caso de aprobar la evaluación, recibe acreditación.

Bitácora Informe y documentación. Evaluación Acreditación

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Consejo Directivo: 29 de enero de 2009

Página 31

“Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa”

Documento elaborado por la Dirección General de Política y Planeación Agraria

Áreas Responsables: UNIDAD RESPONSABLE, Dirección General de Administración y COMITÉ DE JÓVENES. COMPONENTE I. JOVEN EMPRENDEDOR RURAL, Etapa “B”: PROYECTO ESCUELA

ENTREGA DEL RECURSO Objetivo: Realizar la entrega de los recursos autorizados para la Etapa “B”. RESPONSABLE DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES FORMATO Y/O

DOCUMENTO UNIDAD RESPONSABLE Dirección General de Administración COMITÉ DE JÓVENES PROMOTOR Y DELEGACIÓN ESTATAL

1. Elabora el oficio a la Dirección General de Administración para la entrega del APOYO DIRECTO al COMITÉ DE JOVENES.

2. Recibe oficio de instrucción y

documentación soporte para realizar la ministración del APOYO DIRECTO.

3. Realiza el trámite bancario del APOYO

DIRECTO a la cuenta bancaria del COMITÉ DE JÓVENES.

4. Recibe el APOYO DIRECTO.

5. Instalan el PROYECTO ESCUELA

conforme a los conceptos y montos autorizados.

6. Presenta mensualmente a la

DELEGACIÓN ESTATAL un informe de actividades, formato de entradas y salidas y copia de la documentación que acredite el ejercicio de la APORTACIÓN DIRECTA.

7. El PROMOTOR en coordinación con la

DELEGACIÓN ESTATAL analiza, revisa y valida los informes y documentación que mensualmente entrega el COMITÉ DE JÓVENES.

8. En caso de inconsistencias, requieren al

COMITÉ DE JÓVENES para solventarlas e informan a la UNIDAD RESPONSABLE

9. El SUPERVISOR elabora y entrega un

reporte concentrado estatal, del informe de actividades y comprobación del

Oficio, copia del acta de sesión y documentación correspondiente. Acuse Comprobante bancario. Firma de recibido Informe y documentación Reporte Reporte

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“Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa”

Documento elaborado por la Dirección General de Política y Planeación Agraria

ejercicio de las APORTACIONES DIRECTAS a la UNIDAD RESPONSABLE, dentro de los cinco primeros días del mes, a mes vencido. El reporte es validado por la DELEGACIÓN ESTATAL.

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“Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa”

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Áreas Responsables: JOVEN EMPRENDEDOR RURAL y CAPACITADOR. COMPONENTE I. Joven Emprendedor Rural, Etapa “B”: Proyecto Escuela.

PROCEDIMIENTO PARA LA ACREDITACIÓN DE LOS CAPACITADORES DEL PROGRAMA EN LA ETAPA B: CAPACITACIÓN TÉCNICO PRODUCTIVA, CAPACITACIÓN EMPRESARIAL

Y CONSULTORÍA PARA ELABORAR PLAN DE NEGOCIOS. Para el acompañamiento de los JÓVENES EMPRENDEDORES RURALES en las diferentes Etapas del PROGRAMA, existen dos tipos de Agentes: A). Agentes Institucionales: B). Agentes de Mercado:

5. UNIDAD RESPONSABLE. 1. Instructores Motivacionales. 6. SUPERVISOR. 2. Instructores Técnicos Productivos. 7. PROMOTOR. 3. Consultores Empresariales. 8. INSTITUCIÓN FINANCIERA. 4. Tutores de Negocios.

5. Proveedores de Insumos. 6. Especialistas.

Todos los AGENTES DE MERCADO, deberán suscribir contrato de prestación de servicios profesionales con los BENEFICIARIOS. En los contratos deberá vincularse el plan de trabajo de los profesionistas y las cotizaciones que realicen. Requisitos de elegibilidad del CAPACITADOR: Podrán participar las personas físicas o morales e instituciones públicas o privadas con experiencia educativa, en investigación, en capacitación, en consultoría y que además cuenten con presencia en las localidades donde se encuentran los NÚCLEOS AGRARIOS que serán sujetos de apoyo del PROGRAMA.

a. Contar con experiencia reconocida en capacitación y asistencia técnica a empresas del sector rural.

b. Disponer de equipos y materiales didácticos para el proceso de enseñanza. c. Dados los diferentes niveles de escolaridad de los JÓVENES EMPRENDEDORES

RURALES el contenido del curso deberá privilegiar el uso de material de capacitación audiovisual y/o vivencial.

d. El CAPACITADOR elaborará el Perfil del PROYECTO ESCUELA. DOCUMENTACIÓN SOPORTE (solamente copias) para acreditación: Presentar ante la UNIDAD RESPONSABLE:

1. Una síntesis curricular en formato impreso, que cumpla con el perfil siguiente:

• Experiencia Profesional: Mínimo tres años en capacitación técnico-productiva y/o capacitación empresarial y/o consultoría a proyectos sociales y agroempresariales.

• Escolaridad: Nivel licenciatura, carrera técnica o experiencia laboral si la ciencia, oficio o industria no requiere título profesional para su ejercicio. Deberá acreditar tener conocimiento en Ciencias Agrarias y/o, Ciencias Biológicas y/o, Ciencias Sociales y/o Administrativas.

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• Otros conocimientos: Manejo de grupos, manejo de técnicas de enseñanza y uso de material didáctico, experiencia en la asesoría para la creación de empresas.

2. Identificación oficial con fotografía y firma. 3. Comprobante de domicilio. 4. Cédula Profesional o constancia con la que acredite tener los conocimientos en el ámbito

rural. 5. Registro Federal de Contribuyentes y CURP. 6. Carta (libre redacción) dirigida a la UNIDAD RESPONSABLE en la que manifieste bajo

protesta de decir verdad, que se encuentra al corriente de sus obligaciones ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Mecanismo de operación para la acreditación:

a). El CAPACITADOR interesado deberá: 1. Presentar ante la UNIDAD RESPONSABLE la solicitud (escrito de libre redacción) y la

DOCUMENTACIÓN SOPORTE. b). La UNIDAD RESPONSABLE:

2. Validará la información y documentación proporcionada por el CAPACITADOR y en su caso lo acreditará.

3. En un plazo no mayor de veinte días naturales, contados a partir del día hábil siguiente a aquel en que reciba la solicitud y DOCUMENTACIÓN SOPORTE, emitirá oficio dirigido al CAPACITADOR mediante el cual se le informe si cumple con los requisitos y si queda agregado al Registro Único de Capacitadores acreditados para el PROYECTO ESCUELA.

Mecanismo de contratación:

1. El COMITÉ DE JÓVENES que haya sido aprobado por el CONSEJO DIRECTIVO para acceder a la etapa “B” del PROGRAMA, contactará con alguno de los CAPACITADORES acreditados por la UNIDAD RESPONSABLE.

2. El COMITÉ DE JÓVENES deberá manifestar por escrito (acta), que estudiaron las diferentes propuestas y cotizaciones de los CAPACITADORES acreditados por la UNIDAD RESPONSABLE, por tanto es su libre elección y decisión contratar al CAPACITADOR que proponen. El acta en comento, deberá adjuntarse al Contrato de Prestación de Servicio.

3. El CAPACITADOR celebrará con el COMITÉ DE JÓVENES Contrato de Prestación de Servicios (modelo de contrato autorizado por la UNIDAD RESPONSABLE).

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“Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa”

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Áreas Responsables: PROMOTOR, DELEGACIÓN ESTATAL y la UNIDAD RESPONSABLE. COMPONENTE I. Joven Emprendedor Rural, Etapa “B”: Proyecto Escuela

SEGUIMIENTO DEL PROYECTO Objetivo: Describir el procedimiento para dar seguimiento a los PROYECTOS ESCUELA.

RESPONSABLE DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES FORMATO Y/O DOCUMENTO

PROMOTOR DELEGACIÓN ESTATAL DELEGACIÓN ESTATAL UNIDAD RESPONSABLE

1. Corrobora la asistencia y participación del JOVEN EMPRENDEDOR RURAL y el/los CAPACITADORES, durante el proceso de aprendizaje del PROYECTO ESCUELA.

2. Corrobora que los CAPACITADORES, la

infraestructura y el equipamiento cumplan con los objetivos del PROYECTO ESCUELA, de conformidad con las especificaciones autorizadas.

3. Elabora los informes que la UNIDAD

RESPONSABLE le solicite.

4. Acompaña al JÓVEN EMPRENDEDOR RURAL durante el proceso del PROYECTO ESCUELA.

5. Corrobora la correcta aplicación del

APOYO DIRECTO en los conceptos y montos autorizados.

6. Verifica la instalación del PROYECTO

ESCUELA y el cumplimiento de los objetivos para validar los informes de los PROMOTORES.

7. Valida los informes de los

PROMOTORES

8. Integra la información de los reportes recibidos para su control y seguimiento.

Control de visitas Control de visitas Informes Control de visitas. Control de visitas Control de visitas Expediente

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ANEXOS DEL CAPITULO 3 3.1. LINEAMIENTOS Y REQUISITOS ETAPA “B”: Proyecto Escuela 1. Descripción del concepto de apoyo. Aportación directa por grupo para el PROYECTO ESCUELA que incluye equipamiento, infraestructura, asistencia técnica, planeación, capacitación técnica y empresarial; así mismo incluye becas para los sujetos agrarios participantes durante el proceso. 2. Requisitos de la Etapa.

• Cumplir con los criterios de elegibilidad. • Estar integrado el COMITÉ DE JÓVENES. • Todos los integrantes del COMITÉ DE JÓVENES deben tener acreditada la Etapa “A”. • Presentar una propuesta de PROYECTO ESCUELA que cumpla con los criterios:

a). Viabilidad productiva. b). Viabilidad ambiental. c). Viabilidad comercial. d). Viabilidad financiera.

Contar con elementos complementarios: e). Aportaciones financieras adicionales. f). Respecto a las salvaguardas indígenas. g). Respecto a las salvaguardas ambientales. h). Grado de innovación.

• Carta o documento que indique el uso y destino final de las instalaciones del PROYECTO

ESCUELA. 3. Documentación soporte de la Etapa. En original y copia anexar a la solicitud lo siguiente:

• Acta constitutiva del COMITÉ DE JÓVENES, la cual deberá contener el nombre y firma del total de los BENEFICIARIOS del PROYECTO ESCUELA.

• Calendario de Ministraciones. • Acreditación de la Etapa “A”. • Perfil del Proyecto. • Acta de asamblea en la que se acuerda el uso de la tierra en el PROYECTO ESCUELA. el

Acta deberá registrarse en el RAN, o en caso de que sea de un particular, convenio de comodato en el que se establezca el tiempo de préstamo.

Una vez autorizado el PROYECTO ESCUELA por el CONSEJO DIRECTIVO entregar:

• Copia del contrato de la cuenta bancaria que deberá contener firmas mancomunadas de cuando menos dos integrantes del COMITÉ DE JÓVENES: Presidente, Secretario y/o Tesorero.

• Convenio de concertación entre el COMITÉ DE JÓVENES y LA SECRETARÍA. • Carta Poder y Recibo del APOYO DIRECTO. • Copia de identificación oficial (credencial de elector, cartilla militar o pasaporte) y CURP

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“Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa.” Documento elaborado por Dirección General de Política y Planeación Agraria.

de todos los integrantes del COMITÉ DE JÓVENES. 4. Restricciones. • Un APOYO DIRECTO por COMITÉ DE JÓVENES. • Grupos de un mínimo de 15 integrantes y máximo 30. • Solo recibirán beca mensual los BENEFICIARIOS, que como mínimo, cumplan con el 90% de

asistencias al mes. 5. Elementos para la evaluación de la Etapa.

• Evaluación que realizan los CAPACITADORES y alguna institución pública nacional a los BENEFICIARIOS y la que realizan BENEFICIARIOS al CAPACITADOR y al PROMOTOR.

6. Documentación para acreditar el cumplimiento de los avances del ejercicio de los recursos,

metas y objetivos. • Informe de resultados del Proyecto, elaborado por el CAPACITADOR. • Listas de asistencia. • Evidencia de las instalaciones y equipamiento del PROYECTO ESCUELA. • Documentación que compruebe las adquisiciones. • Recibos de las becas entregadas. • Informes mensuales y conclusión de actividades por parte del COMITÉ DE JÓVENES. • Comprobación de los recursos ejercidos en un plazo no mayor de 30 días naturales

posteriores al cierre administrativo. • Plan de negocios individuales ó por grupo de jóvenes.

3.2 REQUISITOS PARA PERFIL DEL PROYECTO ESCUELA, ETAPA “B” Contenido: El perfil del PROYECTO ESCUELA deberá:

• Responder a las vocaciones productivas de la región donde se encuentra el NÚCLEO AGRARIO.

• Identificar nichos de mercado para los productos o servicios que se propondrán. • Contemplar la realización de prácticas en agroempresas que les permita vivenciar el

aprendizaje. • Describir y determinar el presupuesto de la construcción y equipamiento del PROYECTO

ESCUELA.

Descripción del Programa de Asistencia Técnico-Productiva que contiene lo siguiente: a. Cronograma de asistencia técnico-productiva. b. Contenido del programa de asistencia técnico-productiva. c. Manual de Asistencia técnico-productiva. d. Medidas que eviten el deterioro ambiental.

Descripción del Programa de Capacitación y Consultoría Empresarial.

a. Cronograma del Programa de Capacitación y Consultoría Empresarial. b. Contenido del Programa de Capacitación y Consultoría Empresarial. c. Manual de Capacitación y Consultoría Empresarial.

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d. El consultor deberá elaborar el Plan o los Planes de Negocios sobre el o los PROYECTOS AGROEMPRESARIALES resultantes del proceso de CAPACITACIÓN, en el que pueda advertirse la viabilidad técnica, de mercado y financiera del o los PROYECTOS AGROEMPRESARIALES.

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ETAPA “B”

FORMATOS

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“Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa.” Documento elaborado por Dirección General de Política y Planeación Agraria.

JERFT-003

Mes:

Municipio: Estado:

Formato ____

FechaNo.

ChequeEntrada Salida Saldo

$0.00

$0.00

$0.00

$0.00

$0.00

$0.00

$0.00

$0.00

$0.00

$0.00

$0.00

$0.00

$0.00

$0.00

$0.00

$0.00

$0.00

Denominación del Proy. Escuela:

Núcleo Agrario:

Vo. Bo.

PresidenteTesorero Vocal o Secretario

Concepto

Elaboró: Revisó

REGISTRO Y CONTROL MENSUAL DE ENTRADAS Y SALIDAS DE LOS RECURSOS DEL PROYECTO ESCUELA

Nota: Se deben anexar copias de los comprobantes de los movimientos reflejados en este formato.

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“Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa.” Documento elaborado por Dirección General de Política y Planeación Agraria.

Responsable de la operación del proyecto agroempresarial: Presidente Comité de Jóvenes

Nombre: Firma:

Indique el perfil del proyecto financiado:

Agrícola EcoturismoGanadero UMAS

Forestal AcuaculturaPesca Agricultura protegidaValor agregado

Características de la Tierra:

Riego Agostadero Árido AgostaderoTemporal Bosque

Uso anterior de la tierra elegida para el Proyecto Escuela:

Agrícola ForestalGanadero Otro Especificar

Escriba la siguiente información. Es recomendable utilizar hojas adicionales para ampliar la información.

Costo del proyecto escuela: $

Este PROGRAMA es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes.Está prohibido el uso de este PROGRAMA con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos.Quien haga uso indebido de los recursos de este PROGRAMA deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la Ley aplicable y ante la autoridad competente.Sistema Electrónico de Atención Ciudadana (SACTEL), teléfonos 14 54 20 00 para el Distrito Federal y Área Metropolitana y al 01-800-112-05-84 para el resto del país.

Nombre y firma del Promotor:

FORMATO JERFT-004

SECRETARIA DE LA REFORMA AGRARIA

JOVEN EM PRENDEDOR RURAL Y FONDO DE TIERRAS

Descripción básica del proyecto

Alcances del proyecto (qué resultados se pretenden lograr)

Descripción de las activ idades generales a realizar

Esquema general de comercialización

PERFIL DE PROYECTO ESCUELA DE ETAPA B

JERFT-004

PERFIL DEL PROYECTO ESCUELA

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Nombre del Proyecto: Folio:

Núcleo Agrario: Municipio

Estado: Fecha de elaboración:

MesBeca JER Proyecto

Capacitación Técnica

Capacitación Empresarial Total

Total

Calendario de Ministraciones del Proyecto Escuela

FORMATO JERFT 005

NOMBRE Y FIRMA NOMBRE Y FIRMA

CONCEPTOS

PROMOTOR PRESIDENTE DEL COMITÉ DE JÓVENES

(pesos)

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JERFT-006: PÓLIZA DE CHEQUE Nombre del Proyecto:

Núcleo Agrario:

Municipio:

Fecha Número de Ch.

Póliza de Cheque

____________________________

Nombre y firma de recibido

Cuenta Sub-cuenta Nombre Parcial Debe Haber

SUMAS IGUALES

ELABORÓ

TESORERO

REVISÓ

VOCAL Ó SECRETARIO

VO. BO.

PRESIDENTE

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JERFT-007: NÓMINA, PAGO DE BECAS DE LOS BENEFICIARIOS Proyecto Escuela:

Núcleo Agrario:

Municipio: Estado:

Periodo que se paga: HOJA 1 DE 2

No. CURP IMPORTE

1

2

3

4

5

6

7

8

9

10

11

12

13

14

15

16

17

18

REVISÓ

VOCAL Ó SECRETARIO

FIRMA DE RECIBIDONOMBRE

VO. BO.

PRESIDENTE

ELABORÓ

TESORERO

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JERFT-007: NÓMINA, PAGO DE BECAS DE LOS BENEFICIARIOS (CONTINUA DE LA PÁGINA ANTERIOR)

Proyecto Escuela:

Núcleo Agrario:

Municipio: Estado:

Periodo que se paga: HOJA 2 DE 2

No. CURP IMPORTE

19

20

21

22

23

24

25

26

27

28

29

30

REVISÓ

VOCAL Ó SECRETARIO

FIRMA DE RECIBIDO

ELABORÓ

TESORERO

VO. BO.

PRESIDENTE

NOMBRE

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JERFT-008 INFORME MENSUAL DEL AVANCE DEL PROYECTO ESCUELA

Nombre del Proyecto:_____________________________________________________

Actividades, problemas y soluciones realizadas

5. Jovenes desertados SI NO

2.- Utilización de las Instalaciones SI NOPorcentaje de avance

1.- Instalación física del ProyectoEscuela

SI NOPorcentaje de avance

3.-Capacitación Técnica SI NOPorcentaje de avance

Mes del Informe:________________________________________________

Rubro

INFORME MENSUAL DEL AVANCE DEL PROYECTO ESCUELA

Núcleo Agrario:__________________________________________________________

Estado: ________________________________________ Municipio:____________________________________

Causa

4.-Capacitación Empresarial SI NOPorcentaje de avance

Presidente del Comité de Jóvenes

Nombre y firma

Promotor

Nombre y firma

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JERFT-009: CONCENTRADO ESTATAL DE PROYECTOS ESCUELA

Mes:

Fecha:

Total % del total Total % del total

1

2

3

4

5

6

7

8

9

10

11

12

13

14

15

Delegado de la Reforma AgrariaSupervisor Estatal

Problemática y solución

Estado:

Vo. Bo. Elaboró

No. MunicipioRecursos Ejercidos Becas ejercidasNúcleo

Agrario

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“Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa.” Documento elaborado por Dirección General de Política y Planeación Agraria.

ETAPA “C”

APOYO A PROYECTO AGROEMPRESARIAL

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL PROGRAMA JOVEN EMPRENDEDOR

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CAPÍTULO 4

Áreas Responsables: PROMOTOR, DELEGACIÓN ESTATAL, UNIDAD RESPONSABLE, CONSEJO DIRECTIVO e INSTITUCIÓN FINANCIERA. COMPONENTE II. Fondo de Tierras, Etapa “C”: Apoyo a Proyecto Agroempresarial.

PROCEDIMIENTO PARA LA RECEPCIÓN, EVALUACIÓN Y AUTORIZACIÓN DE LOS APOYOS AL PROYECTO AGROEMPRESARIAL.

Definición: El PROYECTO AGROEMPRESARIAL es la planeación, gestión e implementación de un modelo de negocios asociado a la explotación sustentable de la tierra y los recursos asociados a ella. Objetivos de la Etapa: Acceder a los factores de producción como tierra y capital, con el fin de que el BENEFICIARIO en lo individual o colectivo, pueda crear empresas rentables y sustentables en su mismo NÚCLEO AGRARIO, incrementando así sus ingresos e impulsando el relevo generacional. Objetivo del procedimiento: Describir la forma y señalar las áreas responsables, para el otorgamiento del APOYO DIRECTO y el APOYO PARA ACCESO A FINANCIAMIENTO en el Componente II. Fondo de Tierras, Etapa “C”, APOYO A PROYECTO AGROEMPRESARIAL, conforme a lo dispuesto en las REGLAS.

RESPONSABLE DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES FORMATO Y/O DOCUMENTO

PROMOTOR JOVEN EMPRENDEDOR RURAL

1. Proporciona al JÓVEN EMPRENDEDOR RURAL información sobre el PROGRAMA y los requisitos para el cumplimiento de las REGLAS.

2. Asesora al JÓVEN EMPRENDEDOR

RURAL para llenar la solicitud de apoyo e integrar la DOCUMENTACIÓN SOPORTE.

3. Contacta al TUTOR DE NEGOCIOS, de

entre los acreditados por la UNIDAD RESPONSABLE.

4. Llena la solicitud de apoyo y anexa la

DOCUMENTACIÓN SOPORTE.

5. Entrega en la DELEGACIÓN ESTATAL la solicitud y DOCUMENTACIÓN SOPORTE, por duplicado.

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DELEGACIÓN ESTATAL INSTITUCIÓN FINANCIERA UNIDAD RESPONSABLE

6. Recibe la solicitud de apoyo y

DOCUMENTACIÓN SOPORTE, valida con su firma la revisión de toda la documentación.

7. Solicita al RAN y a la PA que informen en el ámbito de su competencia si el NÚCLEO AGRARIO cuenta con organización y autoridades como ejido o comunidad y, si existe algún conflicto agrario. La PA y el RAN remitirán el informe a la UNIDAD RESPONSABLE.

8. Remite a:

a). UNIDAD RESPONSABLE: La solicitud

de apoyo, DOCUMENTACIÓN SOPORTE y copia del oficio con sello de acuse que dirigió a la PA y RAN:

b). INSTITUCIÓN FINANCIERA: La

solicitud de apoyo y la DOCUMENTACIÓN SOPORTE.

Las actividades descritas en el numeral 7 y 8 deberán realizarse en un plazo no mayor a 10 días hábiles posteriores a la recepción de la solicitud de apoyo y DOCUMENTACIÓN SOPORTE.

9. Analiza la viabilidad financiera y emite

una prefactibilidad del PROYECTO AGROEMPRESARIAL, en un plazo no mayor a 25 días calendario.

10. Informa a la UNIDAD RESPONSABLE el

resultado del análisis de la viabilidad financiera del PROYECTO AGROEMPRESARIAL.

11. Recibe, analiza y opina sobre la viabilidad

técnica del PROYECTO AGROEMPRESARIAL.

12. Le presenta al CONSEJO DIRECTIVO las solicitudes de apoyo cuyo PROYECTO AGROEMPRESARIAL sea viable, para su aprobación o rechazo, en un plazo no mayor a 20 días calendario

Acuse Acuse Oficio Oficio Oficio Acuse y ficha técnica Acta de sesión

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CONSEJO DIRECTIVO UNIDAD RESPONSABLE BENEFICIARIO

posteriores a al recepción del oficio de la INSTITUCIÓN FINANCIERA.

13. Se pronunciará sobre la aprobación o

rechazo de la asignación del recurso.

14. Notifica al BENEFICIARIO el contenido del Acuerdo que emitió el CONSEJO DIRECTIVO, marcando copia del oficio a la DELEGACIÓN ESTATAL y PROMOTOR.

15. Notifica a la INSTITUCIÓN FINANCIERA

sobre las solicitudes de apoyo a PROYECTOS AGROEMPRESARIALES que fueron aprobados por el CONSEJO DIRECTIVO y le instruye lo conducente para que en su oportunidad sean entregados los apoyos a los BENEFICIARIOS.

16. Acude ante la INSTITUCIÓN

FINANCIERA, para realizar los trámites correspondientes

17. Ejecuta el PROYECTO AGROEMPRESARIAL.

Acuerdo Oficio Oficio

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Área Responsable: Joven Emprendedor Rural. COMPONENTE II. Fondo de Tierras, Etapa “C”: Apoyo a Proyecto Agroempresarial.

REQUISITOS PARA QUE EL BENEFICIARIO ACCEDA AL SEGUNDO COMPONENTE: FONDO DE TIERRAS, DEL PROGRAMA.

Requisitos de elegibilidad: De conformidad con los artículos 8 y 9 de las REGLAS, el interesado deberá satisfacer los siguientes requisitos de elegibilidad para tener acceso al PROGRAMA en su segundo componente:

1. Haber acreditado las Etapas “A” y “B” del Componente I. 2. Llenar la solicitud de apoyo identificada como Anexo 4 de las REGLAS. 3. Anexar a la solicitud de apoyo la DOCUMENTACIÓN SOPORTE. 4. Cumplir con los requisitos que establezca la INSTITUCIÓN FINANCIERA.

Además deberá:

5. Tener un Plan de Negocios del PROYECTO AGROEMPRESARIAL. 6. Que el titular de los derechos parcelarios acepte la renta de su parcela o la compra de los

mismos (Contrato de Promesa de Compra o Renta o Contrato de Comodato). Documentación soporte para satisfacer los requisitos de elegibilidad:

1. Solicitud de apoyo. 2. Oficio de Acreditación de la Etapa “A” y “B”. 3. Plan de Negocios del PROYECTO AGROEMPRESARIAL. 4. Plan de Manejo Ambiental y Control de Plagas.

Cuando la ejecución del PROYECTO AGROEMPRESARIAL implique la compra de derechos parcelarios, la renta o comodato (préstamo) de parcelas, además se deberá presentar la siguiente documentación:

6. Copia del certificado parcelario o constancia de titularidad de la parcela, de quien le vaya a rentar, vender o comodatar.

7. Copia de la identificación oficial vigente del titular de los derechos parcelarios. 8. Comprobante de domicilio o constancia de avecindamiento. Certificado parcelario o

constancia de titularidad de la parcela del arrendador, enajenante o comodante de derechos parcelarios.

9. En caso de adquisición mediante compra o cesión onerosa de derechos parcelarios, notificación y escrito de anuencia o de conformidad de los titulares del derecho de tanto sobre la parcela objeto de la enajenación.

10. Contrato de promesa de: arrendamiento, compraventa o comodato suscrito por el titular de los derechos parcelarios y el JÓVEN EMPRENDEDOR RURAL o los representantes de la asociación de jóvenes en donde se manifieste que los derechos parcelarios están libres de conflictos o litigios agrarios.

11. Para las asociaciones formales de jóvenes, la documentación en que conste su Constitución Notariada y la designación de sus representantes.

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Cuando acuda a la INSTITUCIÓN FINANCIERA a suscribir los instrumentos jurídicos correspondientes para que le sean otorgados los recursos: Requisitos Financieros: Los requisitos Financieros para la Etapa “C”, son:

1. Solicitud de Crédito debidamente requisitada. 2. En su caso, autorización de consulta al historial crediticio interno y/o buró de crédito. 3. Identificación oficial (Credencial del IFE o cartilla del servicio militar o pasaporte). 4. Comprobante de domicilio (recibo de luz o comprobante de impuesto predial o constancia de

vecindad). En el caso de que el comprobante no esté a nombre del BENEFICIARIO, éste deberá redactar bajo protesta de decir verdad que el domicilio señalado en el comprobante es el que actualmente tiene.

5. Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y/o Clave Única de Registro Poblacional (CURP). 6. En su caso, copia del estado de cuenta bancario donde se dispersarán los apoyos. 7. En su caso, permisos, licencias y/o concesiones para operar la unidad de producción. 8. En su caso, acta de matrimonio. De estar casado el o la beneficiario(a), deberá presentar

además copia de identificación oficial, CURP y/o RFC, acta de nacimiento y comprobante de domicilio del o la cónyuge.

9. En caso de presentar garantías adicionales, será necesario comprobar su propiedad. 10. En su caso, contrato de arrendamiento o comodato con un plazo igual o mayor al del

crédito. 11. En su caso, solicitud de Certificación de Derechos Parcelarios en el que figure como titular

el solicitante. 12. En su caso, Inscripción de los derechos parcelarios ante el RAN en términos de la Ley

Agraria. 13. Oficio de notificación de LA SECRETARÍA, en el que acredite que el JÓVEN

EMPRENDEDOR RURAL solicitante recibirá los apoyos para la ejecución de los proyectos. 14. En el caso de personas morales deberá acreditarse la constitución legal de la sociedad, así

como de las facultades de los representantes. 15. Relación patrimonial. 16. Estimación de valor. 17. Proyecto actualizado de ingresos y egresos del PROYECTO AGROEMPRESARIAL y de

compra y venta de capital de trabajo. Ahora bien, deberá tomarse en cuenta el tipo de PROYECTO AGROEMPRESARIAL, para que anticipadamente a la solicitud, se corrobore con la INSTITUCIÓN FINANCIERA los requisitos adicionales.

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Áreas Responsables: Joven Emprendedor Rural, Promotor y Tutor de Negocios. COMPONENTE II. Fondo de Tierras, Etapa “C”: Apoyo a Proyecto Agroempresarial. PROCEDIMIENTO, PRESENTACIÓN Y VALIDACIÓN DEL PROYECTO AGROEMPRESARIAL

Criterios para la evaluación de PROYECTOS AGROEMPRESARIALES: Marco de referencia: Para elaborar el análisis del PROYECTO AGROEMPRESARIAL se debe establecer que las inversiones de los recursos económicos solicitados, producirán beneficios a los JÓVENES EMPRENDEDORES RURALES, conforme a los objetivos de las REGLAS. Durante la capacitación de la Etapa “B”, los JÓVENES EMPRENDEDORES RURALES, en conjunto con el CONSULTOR deberán, como parte de las actividades de acreditación, definir la viabilidad financiera y comercial de un PROYECTO AGROEMPRESARIAL, para la elaboración del diagnóstico de la rentabilidad potencial, el diseño de los procesos administrativos y productivos del negocio, la implementación de planes de trabajo, el seguimiento y la evaluación de los mismos, como método para facilitar la elaboración del Plan de Negocios y el llenado de la documentación necesaria para acceder al financiamiento ofertado por la INSTITUCIÓN FINANCIERA. Criterios:

1. Que fomente la asociación de cinco o más JÓVENES EMPRENDEDORES RURALES e integración productiva entre uno o más proyectos de JÓVENES EMPRENDEDORES RURALES.

2. Que proponga prácticas ambientales adecuadas y orientadas a la protección de los recursos naturales.

3. Que el proyecto demuestre ser viable financiera y técnicamente, garantizando el éxito y continuidad del PROYECTO AGROEMPRESARIAL.

4. Que los productos que se manejen tengan impacto de alianzas público, privado-social en los NÚCLEOS AGRARIOS.

5. Que satisfaga los requisitos de las REGLAS y la INSTITUCIÓN FINANCIERA. 6. Que demuestren haber operado el PROYECTO ESCUELA en uno ó más ciclos

productivos.

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Áreas Responsables: Joven Emprendedor Rural y Prestador de Servicios Profesionales. COMPONENTE II. Fondo de Tierras, Etapa “C”: Apoyo a Proyecto Agroempresarial. PROCEDIMIENTO PARA LA ACREDITACIÓN DEL TUTOR DE NEGOCIOS DEL PROGRAMA

EN LA ETAPA C. Tipos de servidores profesionales (definiciones): Para el acompañamiento de los JÓVENES EMPRENDEDORES RURALES en las diferentes Etapas del PROGRAMA, existen dos tipos de Agentes: A). Agentes Institucionales: B). Agentes de Mercado:

9. UNIDAD RESPONSABLE. 1. Instructores Motivacionales. 10. SUPERVISOR. 2. Instructores Técnicos Productivos. 11. PROMOTOR. 3. Consultores Empresariales. 12. INSTITUCIÓN FINANCIERA. 4. Tutores de Negocios.

5. Proveedores de Insumos. 6. Especialistas.

Todos los AGENTES DE MERCADO, deberán suscribir contrato de prestación de servicios profesionales con los BENEFICIARIOS. En los contratos deberá vincularse el plan de trabajo de los profesionistas y las cotizaciones que realicen. Requisitos de elegibilidad del Tutor de Negocios:

1. Solicitud (escrito de libre redacción). 2. Acreditar ante la UNIDAD RESPONSABLE que tienen conocimientos en:

2.1. Capacitación en planes de negocios y de mercado para las empresas rurales y/o, 2.2. Capacitación en acompañamiento empresarial e incubación de empresas rurales

y/o, 2.3. Capacitación especializada de carácter específico para empresas en el ámbito

rural y/o, 2.4. Asesoría en el diseño y desarrollo de Productos o Servicios para las empresas

rurales y/o. 2.5. Asesoría en diseño de soluciones tecnológicas, procesos y sistemas de gestión

para empresas rurales y/o, 2.6. Asesoría especializada de carácter específico para las empresas rurales y, 2.7. Gestión financiera.

3. Ocupar el modelo de contrato de prestación de servicios autorizado por la UNIDAD RESPONSABLE.

4. Adjunto al modelo del contrato de prestación de servicios, deberá anexarse el Plan de Trabajo, mismo que deberá estar vinculado al contrato.

Documentación soporte (solamente copias):

1. Identificación oficial con fotografía y firma. 2. Comprobante de domicilio. 3. Cédula profesional o constancia con la que acredite tener los conocimientos en el ámbito

rural.

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“Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa.” Documento elaborado por Dirección General de Política y Planeación Agraria.

4. Curriculum Vitae. 5. Registro Federal de Contribuyentes y CURP 6. Constancia con la que acredite tener conocimiento en los puntos enunciados en el numeral

2 de los Requisitos del TUTOR DE NEGOCIOS. 7. Carta (libre redacción) dirigida a la UNIDAD RESPONSABLE en la que manifieste bajo

protesta de decir verdad, que se encuentra al corriente de sus obligaciones ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

8. Modelo de contrato de prestación de servicios profesionales. 9. Plan de Trabajo y cotizaciones.

Mecanismo de operación:

a). El TUTOR DE NEGOCIOS interesado deberá: 1. Elaborar la solicitud correspondiente. 2. Adjuntar a la solicitud la DOCUMENTACIÓN SOPORTE. 3. Presentar la solicitud y documentación ante la UNIDAD RESPONSABLE en el domicilio

conocido. 4. Ocupar el modelo de contrato de prestaciones de servicios profesionales, aprobado por la

UNIDAD RESPONSABLE. b). La UNIDAD RESPONSABLE: 5. Validará la información y documentación proporcionada por el TUTOR DE NEGOCIOS y

en su caso lo acreditará. 6. En un plazo no mayor de veinte días naturales, contados a partir del día hábil siguiente a

aquel en que reciba la solicitud y documentación soporte, emitirá oficio dirigido al TUTOR DE NEGOCIOS mediante el cual se le informe si cumple con los requisitos y si queda agregado al Registro Único de Tutores de Negocios acreditados para la asesoría y acompañamiento de los PROYECTOS AGROEMPRESARIALES.

Mecanismo de contratación:

1. El BENEFICIARIO que haya obtenido la aprobación del CONSEJO DIRECTIVO, contactará con alguno de los TUTORES DE NEGOCIOS que forme parte del Registro Único de TUTORES de NEGOCIOS para la asesoría y acompañamiento de los PROYECTOS AGROEMPRESARIALES.

2. El BENEFICIARIO o grupo de BENEFICIARIOS, deberá manifestar por escrito (acta), que estudiaron las diferentes propuestas y cotizaciones de los TUTORES DE NEGOCIOS acreditados por la UNIDAD RESPONSABLE, por tanto es su libre elección y decisión contratar al TUTOR DE NEGOCIOS que proponen. El acta en comento, deberá adjuntarse al Contrato de Prestación de Servicios.

3. El TUTOR DE NEGOCIOS celebrará con el BENEFICIARIO Contrato de Prestación de Servicios.

4. El TUTOR DE NEGOCIOS deberá exhibir póliza de fianza que garantice el cumplimiento del contrato. En caso de que el presente requisito sea omitido, el CONSEJO DIRECTIVO podrá cancelar el apoyo. Deberá exhibirse la póliza de fianza a nombre del o los BENEFICIARIOS, en un plazo no mayor de veinte días hábiles posteriores a que el BENEFICIARIO reciba los apoyos que fueron autorizados para el PROYECTO AGROEMPRESARIAL.

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“Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa.” Documento elaborado por Dirección General de Política y Planeación Agraria.

Área Responsable: Joven Emprendedor Rural y Tutor de Negocios. COMPONENTE II. Fondo de Tierras, Etapa “C”: Apoyo a Proyecto Agroempresarial.

PROCEDIMIENTO PARA LA SOLICITUD DE TUTORÍA DE NEGOCIOS PARA ACOMPAÑAMIENTO EMPRESARIAL

El JÓVEN EMPRENDEDOR RURAL pueda solicitar la TUTORÍA DE NEGOCIOS para acompañamiento empresarial en el desarrollo y seguimiento de su PROYECTO AGROEMPRESARIAL, hasta por dos ejercicios fiscales, posteriores al aquel en que recibió los apoyos para instalar el PROYECTO AGROEMPRESARIAL. Para otorgar este apoyo deberá existir la correspondiente previsión en el ejercicio fiscal del que se trate. Requisitos de elegibilidad: El JÓVEN EMPRENDEDOR RURAL deberá satisfacer los siguientes:

1. Haber recibido por parte del CONSEJO DIRECTIVO apoyo para el PROYECTO AGROEMPRESARIAL.

2. Haber obtenido el financiamiento por parte de la INSTITUCIÓN FINANCIERA para el desarrollo del PROYECTO AGROEMPRESARIAL.

3. Presentar en la DELEGACIÓN ESTATAL la solicitud de apoyo correspondiente. 4. Suscribir el Contrato de Prestación de Servicios Profesionales con el TUTOR DE

NEGOCIOS, autorizado por la UNIDAD RESPONSABLE. 5. Anexar a la solicitud la DOCUMENTACIÓN SOPORTE. 6. Que exista recurso específico y suficiente, en el ejercicio fiscal en el que se solicita. 7. En su caso, estar al corriente en el pago del financiamiento que haya recibido por parte de

la INSTITUCIÓN FINANCIERA del PROGRAMA. Documentación:

1. Solicitud debidamente requisitada. 2. Copia del oficio de notificación por parte de la UNIDAD RESPONSABLE donde se hizo de

su conocimiento la aprobación de su solicitud de apoyo para el PROYECTO AGROEMPRESARIAL.

3. Escrito (libre redacción) en el cual el JÓVEN EMPRENDEDOR RURAL manifieste bajo protesta de decir verdad que está al corriente en el pago del crédito que le fue otorgado por la INSTITUCIÓN FINANCIERA para el desarrollo de su PROYECTO AGROEMPRESARIAL.

4. Programa de trabajo de la consultoría, en el que se detecten las necesidades del PROYECTO AGROEMPRESARIAL.

5. Contrato de Prestación de Servicios Profesionales con el TUTOR DE NEGOCIOS, autorizado por la UNIDAD RESPONSABLE.

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Mecanismo de operación:

RESPONSABLE DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES FORMATO Y/O DOCUMENTO

PROMOTOR BENEFICIARIO DELEGACIÓN ESTATAL UNIDAD RESPONSABLE

1. Proporciona al JOVEN EMPRENDEDOR RURAL información sobre el apoyo para la TUTORÍA DE NEGOCIOS y los requisitos para el cumplimiento de las REGLAS.

2. Asesora al JÓVEN EMPRENDEDOR

RURAL para llenar la solicitud de apoyo e integrar la DOCUMENTACIÓN SOPORTE.

3. Contacta al TUTOR DE NEGOCIOS, de

entre los acreditados por la UNIDAD RESPONSABLE

4. Llena la solicitud de apoyo y anexa la

DOCUMENTACIÓN SOPORTE

5. Entrega en la DELEGACIÓN ESTATAL la solicitud y DOCUMENTACIÓN SOPORTE.

6. Recibe la solicitud de apoyo y DOCUMENTACIÓN SOPORTE, valida con su firma la revisión de toda la documentación.

7. Remite a la UNIDAD RESPONSABLE la

solicitud de apoyo y DOCUMENTACIÓN SOPORTE. La actividad descrita en el numeral 6 y ésta, deberán realizarse en un plano no mayor a 10 días hábiles.

8. Recibe, analiza y opina sobre la viabilidad

de la solicitud de conformidad con el avance y resultado del PROYECTO AGROEMPRESARIAL.

9. Informa al JOVEN EMPRENDEDOR

RURAL, por conducto de la DELEGACIÓN ESTATAL, con copia a ésta y al PROMOTOR, si la opinión no resulta favorable a sus intereses. En un

Acuse Acuse Ficha técnica Oficio

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“Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa.” Documento elaborado por Dirección General de Política y Planeación Agraria.

CONSEJO DIRECTIVO UNIDAD RESPONSABLE BENEFICIARIO

plazo no mayor a 15 días hábiles.

10. Le presenta al CONSEJO DIRECTIVO las solicitudes de apoyo que hayan resultado viables, para su aprobación o rechazo, en un plazo no mayor a 30 días calendario posteriores a que dicha UNIDAD RESPONSABLE recibe la solicitud de apoyo y DOCUMENTACIÓN SOPORTE

11. Se pronunciará sobre la aprobación o

rechazo de la asignación del recurso.

12. Notifica al BENEFICIARIO el contenido del Acuerdo que emitió el CONSEJO DIRECTIVO, marcando copia del oficio a la DELEGACIÓN ESTATAL, PROMOTOR y SUPERVISOR, en un plazo no mayor a 15 días hábiles.

13. Realiza las gestiones administrativas

correspondientes para que sea entregado el APOYO DIRECTO.

14. Suscribe los instrumentos jurídicos

correspondientes.

15. En el caso de que el APOYO DIRECTO sea para un grupo de BENEFICIARIOS, deberá anexarse al instrumento jurídico referido en el numeral inmediato anterior, el escrito mediante el cual los BENEFICIARIOS expongan que previo el estudio de las diferentes propuestas y cotizaciones de los TUTORES DE NEGOCIO por la UNIDAD RESPONSABLE, es su libre elección y decisión contratar al que proponen.

16. Recibe la tutoría de negocios para el

acompañamiento empresarial.

Ficha técnica Acuerdo Oficio Contrato y/o convenio Carta

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Áreas Responsables: PROMOTOR, SUPERVISOR, DELEGACIÓN ESTATAL y la UNIDAD RESPONSABLE. COMPONENTE II. Fondo de Tierras, Etapa “C”: Apoyo a Proyecto Agroempresarial

SEGUIMIENTO DEL PROYECTO Objetivo: Describir el procedimiento para dar seguimiento a los PROYECTOS AGROEMPRESARIALES.

RESPONSABLE DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES FORMATO Y/O DOCUMENTO

PROMOTOR SUPERVISOR DELEGACIÓN ESTATAL

1. Corrobora la instalación del PROYECTO AGROEMPRESARIAL y la aplicación de los apoyos en los conceptos y montos autorizados.

2. Corrobora que el TUTOR DE NEGOCIOS

asista al BENENFICIARIO y, que las actividades del TUTOR DE NEGOCIOS se realicen conforme al plan de trabajo que se especificó en el contrato de prestación de servicios.

3. Corrobora que la infraestructura y el

equipamiento cumplan con los objetivos del PROYECTO AGROEMPRESARIAL, de conformidad con las especificaciones autorizadas.

4. Elabora mensualmente informes a la

UNIDAD RESPONSABLE con copia a la DELEGACIÓN ESTATAL.

5. Visita periódicamente y/o según le instruya la UNIDAD RESPONSABLE y verifica la aplicación de los recursos y demás actividades que reflejen el seguimiento del Proyecto

6. Verifica la instalación del PROYECTO

AGROEMPRESARIAL y el cumplimiento de los objetivos para validar los informes del PROMOTOR y SUPERVISOR.

7. Valida los informes del PROMOTOR y

SUPERVISOR.

Control de visitas Control de visitas Control de visitas. Informe Control de visitas

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UNIDAD RESPONSABLE

8. Integra la información de los reportes recibidos para su control y seguimiento.

Expediente

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Área Responsable: Joven Emprendedor Rural, Proveedor y Promotor. COMPONENTE II. Fondo de Tierras, Etapa “C”: Apoyo a Proyecto Agroempresarial.

LINEAMIENTOS PARA LA COMPROBACIÓN DE LOS APOYOS APROBADOS PARA EL PROYECTO AGROEMPRESARIAL

Lineamientos:

1. La comprobación del recurso económico debe realizarse conforme a lo establecido en el PROYECTO AGROEMPRESARIAL autorizado.

2. Independientemente del origen del recurso financiero (subsidio o crédito), todos los gastos

deben ser comprobados.

3. Deberá llevarse un libro de control de gastos, en el que se describa: Resumen de conceptos y montos del recurso financiero, en el que se especifique la fuente del recurso. Control de egresos mediante el llenado y archivo de pólizas de cheques. Cuadro de resumen de egresos. Las cantidades señaladas en este resumen deben coincidir, tanto con la cantidad señalada en el cheque liberado como con la factura que corresponda.

4. Se requiere factura fiscal por las adquisiciones efectuadas. En caso de gastos menores, una relatoría de hechos a falta de factura fiscal, suscrita por quien interviene en la adquisición, firmada ante dos testigos.

5. En caso de que el PROYECTO AGROEMPRESARIAL sea grupal:

5.1 Si el grupo de BENEFICIARIOS constituyó una persona moral ante Notario, la

factura deberá expedirse a nombre de ésta.

5.2 Si el grupo de BENEFICIARIOS es informal, la factura deberá expedirse a nombre de la persona física (que por decisión mayoritaria) se haya designado de entre ellos.

6. Los comprobantes deberán pegarse en hojas, organizados en carpetas de manera

progresiva y cronológica.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL PROGRAMA JOVEN EMPRENDEDOR

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SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA Y PLANEACIÓN AGRARIA

Fecha de aprobación del

Consejo Directivo: 29 de enero de 2009

Página 63

“Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa.” Documento elaborado por Dirección General de Política y Planeación Agraria.

ETAPA “C”

FORMATOS

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Fecha de aprobación del

Consejo Directivo: 29 de enero de 2009

Página 64

“Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa.” Documento elaborado por Dirección General de Política y Planeación Agraria.

JERFT-010: MESA DIRECTIVA DE LOS BENECIARIOS QUE FORMEN GRUPOS

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SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA Y PLANEACIÓN AGRARIA

Fecha de aprobación del

Consejo Directivo: 29 de enero de 2009

Página 65

“Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa.” Documento elaborado por Dirección General de Política y Planeación Agraria.

JERFT–011

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Consejo Directivo: 29 de enero de 2009

Página 66

“Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa.” Documento elaborado por Dirección General de Política y Planeación Agraria.

JERFT-12

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Página 67

“Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa.” Documento elaborado por Dirección General de Política y Planeación Agraria.

JERFT-013 PLAN DE MANEJO AMBIENTAL (PMA)

Nombre del Joven Emprendedor Rural: _____________________________________

NUCLEO AGRARIO MUNICIPIO ESTADO Descripción del proyecto

Número de organismos:_________________ Sistema de producción: _________________

a) Aspectos Socio-económicos 1. Rasgos singulares de la comunidad 2. Consideraciones Socio-económicas de la zona de influencia del proyecto 3. Localización de asentamientos humanos en el área de influencia del proyecto. 4. Grado de conocimiento y uso de la normatividad ambiental por parte del grupo, ejido o comunidad.

5. Formas de autorregulación para el acceso y aprovechamiento de los recursos naturales

6. Actitud por parte del grupo, comunidad o ejido para la implementación de actividades de producción sostenibles.

b) Descripción de la parcela 1. Certificado Parcelario No. 2. Coordenadas UTM del vértice No. del plano del certificado parcelario o del vértice mas cercano al proyecto del plano gral. de la comunidad

X Y

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Página 68

“Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa.” Documento elaborado por Dirección General de Política y Planeación Agraria.

Número ha con bosque Dentro o cerca de sitios críticos Número ha con manejo legal Dentro o cerca de sitios frágiles Número ha con riego Dentro de áreas en conservación

Tipo de vegetación de la zona Tipo de fauna de la zona

3. Presencia de especies endémicas: ________________________________ Temperatura media anual

°C Precipitación media anual

mm

4. Hidrografía 5. Orografía 6. Cuerpos de agua en el área de influencia del proyecto Distribución y calidad del agua

7. Superficie (ha) requerida para el proyecto: 8. Uso actual del suelo de la parcela:

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Página 69

“Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa.” Documento elaborado por Dirección General de Política y Planeación Agraria.

9. Uso actual del suelo en el área de influencia del proyecto productivo (principales cultivos). 10. Tipo de suelos (color, textura, profundidad, pedregosidad, pH) 11. Pendiente del terreno de la parcela

Suave Media Moderada

12. Grado de erosión:

Moderada Media Cárcavas

c) MEDIO BIOTICO NATURAL 1. ¿Podría la actividad propuesta afectar algún factor natural o a un recurso hídrico adyacente próximo a las áreas de la actividad? SI____ NO____

Si la respuesta es si especifique que factor natural se afecta: 2. ¿Podría afectar la actividad a la vegetación natural? SI_____ NO_____

Especifique la vegetación y en que extensión se le afecta. d) RIESGOS AMBIENTALES: 1. ¿Podría implicar la actividad que se propone el uso, almacenaje, eliminación o escape de alguna sustancia potencialmente peligrosa? SI___ NO___

Especifique que sustancia y el riesgo posible

2. ¿Podría la actividad propuesta provocar un aumento real o probable de los riesgos ambientales? SI_____ NO_____

Especifique que tipo. 3. ¿Podría la actividad propuesta ser susceptible de sufrir riesgos ambientales debido a su situación? SI_____ NO_____

Especifique que tipo. e) CONSERVACION Y USO DE LOS RECURSOS

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Página 70

“Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa.” Documento elaborado por Dirección General de Política y Planeación Agraria.

1. ¿Podría la actividad propuesta afectar o eliminar tierra adecuada para la producción agraria o maderera? SI_____ NO_____ Especifique hectáreas y clase de suelos que se verían afectados. 2. ¿Podría la actividad propuesta afectar el uso potencial o a la extracción de un recurso mineral o energético indispensable o escaso? SI_____ NO_____ 3. ¿Podría la actividad propuesta afectar a la pesca comercial o a los recursos de acuicultura o a su reproducción? SI_____ NO_____ Especifique que tipo se afecta f) CALIDAD Y CANTIDAD DE AGUA 1. ¿Podría la actividad propuesta afectar a la calidad de los recursos hídricos que se encuentran dentro, adyacentes o cerca del área de esta actividad? SI_____ NO_____ Especifique que recursos hídricos se afectan y en que cantidad diaria aproximada.

2. ¿Podría la actividad propuesta provocar un deterioro de la cantidad de alguna zona o cuenca del recurso hídrico? SI_____ NO_____ g) PRODUCTOS AGROQUIMICOS A UTILIZAR Y MANEJO DE DESECHOS 1. Tipo e intensidad aplicación para agroquímicos a utilizar. 2. Plan de manejo de desechos: h) IDENTIFICACION Y MEDIDAS DE MITIGACION DE RIESGOS AMBIENTALES 1. Medidas de mitigación de los impactos ambientales causados 2. Necesidades de capacitación en materia ambiental:

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Página 71

“Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa.” Documento elaborado por Dirección General de Política y Planeación Agraria.

3. Licencias o permisos en materia ambiental para la implementación del proyecto:

ANEXO FOTOGRAFICO DE LA PARCELA Y SU AREA DE INFLUENCIA:

i) VIABILIDAD AMBIENTAL CLASIFICACION DEL PROYECTO

IMPACTO AMBIENTAL

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Página 72

“Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa.” Documento elaborado por Dirección General de Política y Planeación Agraria.

PLAN DE MANEJO INTEGRADO DE PLAGAS (PMIP) 1. Diagnóstico de las principales plagas que afectan la región: 2. Principales métodos de control que serán utilizados: 3. Principales plagas que se pueden presentar con la implementación del proyecto: 4. Relación de fertilizantes a utilizar, dosis y clasificación toxicológica de los herbicidas y plaguicidas a utilizar: 5. Recomendaciones para el manejo de productos tóxicos: 6. Acciones de mitigación de impactos y medidas de conservación: 7. Recomendaciones: *ANEXAR CRONOGRAMA PARA LA APLICACIÓN DE PLAGUICIDAS.

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Consejo Directivo: __ de enero de 2009

Página 73

“Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa.” Documento elaborado por Dirección General de Política y Planeación Agraria.

JERFT-014: ESTIMACIÓN DE VALOR

FECHA:

I. INFORMACIÓN DE LA PARCELA:

NÚMERO DE PARCELA: SUPERFICIE:

NOMBRE DEL TITULAR:

NOMBRE DEL NÚCLEO AGRARIO:

NOMBRE DEL JER:

MUNICIPIO: ESTADO:

II. DATOS DE LA PARCELA:

Uso actual de la parcela: RIEGO TEMPORAL AGOSTADERO OTRO

VALOR ESTIMADO DE LA PARCELA:

UBICACIÓN DE LA PARCELA:

ACCESO A LA PARCELA:

PROGRAMA JOVEN EMPRENDEDOR RURAL Y FONDO DE TIERRAS

(ESTADO)DELEGADO DE LA PA DELEGADO DE LA SRA

(ESTADO)

Valor estimado por Hectárea: $

Rango mínimo por Hectárea: $

DELEGADO DEL RAN

AGUA:

(ESTADO)Declaraciones: Para realizar la presente estimación de valor se realizó una inspección física del bien. La estimación del valor se realiza para créditos que entrega la Financiera Rural al amparo del Programa Joven Emprendedor Rural y Fondo de Tierras. Los datos contenidos en el presente formato no constituyen un dictamen en materia de valuación, por lo que no generan ningún derecho u obligación entre los involucrados y terceros afectados y/o beneficiados.

Valor estimado total de la parcela: $

Rango máximo por Hectárea: $

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Consejo Directivo: __ de enero de 2009

Página 74

“Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa.” Documento elaborado por Dirección General de Política y Planeación Agraria.

CAPÍTULO 5

Áreas Responsables: UNIDAD RESPONSABLE y CONSEJO DIRECTIVO. COMPONENTES I Y II.

PROCEDIMIENTO PARA LA AUTORIZACIÓN DE PROYECTOS ESTRATÉGICOS. Objetivo: Verificar que los Proyectos Estratégicos que se sometan a aprobación del CONSEJO DIRECTIVO, sean elegibles y soliciten apoyos conforme a los componentes previstos en las REGLAS y además cumplan con alguno de los siguientes criterios:

• Que el interés e impacto económico, sectorial o regional, genere notoriamente beneficios en el NUCLEO AGRARIO, Entidad Federativa o Región de que se trate.

• Contribuyan de manera directa o indirecta a la creación, desarrollo o consolidación de AGROEMPRESAS, específicamente a través del encadenamiento productivo y/o el fomento a las asociaciones público-privada-social.

Procedimiento: RESPONSABLE DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES FORMATO Y/O

DOCUMENTO UNIDAD RESPONSABLE CONSEJO DIRECTIVO UNIDAD RESPONSABLE

1. Analiza la propuesta del Proyecto Estratégico.

2. Emite justificación verificando que se

cumplan los criterios previstos en las REGLAS.

3. Presenta al CONSEJO DIRECTIVO el

Proyecto Estratégico para su aprobación.

4. Se pronuncia aprobando o rechazando la implementación del Proyecto Estratégico.

a). De aprobarse la implementación del Proyecto, deberá instruir que la UNIDAD RESPONSABLE realice las acciones necesarias para la implementación del Proyecto.

5. Notifica a los BENEFICIARIOS en un

plazo no mayor a 15 días hábiles.

Expediente Ficha técnica Acta de sesión Oficio

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Página 75

“Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa.” Documento elaborado por Dirección General de Política y Planeación Agraria.

6. La aprobación de los apoyos para cada

uno de los grupos se realizará de acuerdo a los procedimientos previstos en este MANUAL DE PROCEDIMIENTOS, en cada una de las Etapas del PROGRAMA.

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Consejo Directivo: __ de enero de 2009

Página 76

“Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa.” Documento elaborado por Dirección General de Política y Planeación Agraria.

CAPÍTULO 6

Áreas Responsables: JOVEN EMPRENDEDOR RURAL, PROMOTOR, CAPACITADOR, DELEGACIÓN ESTATAL, UNIDAD RESPONSABLE y CONSEJO DIRECTIVO. COMPONENTE I. “Joven Emprendedor Rural”

PROCEDIMIENTO PARA LA RECEPCIÓN, EVALUACIÓN Y AUTORIZACIÓN DE LA REORIENTACIÓN DEL PLAN DE NEGOCIOS.

Objetivo: Autorizar la reorientación de Planes de Negocios, cuando el Proyecto ejecutado no arroja los resultados planeados. Requisitos de procedibilidad:

1. Contar con una propuesta de reorientación del Plan de Negocios en la que se expongan los motivos por los cuales se requiere y garantiza su rentabilidad.

2. Acreditar que cuenta con los conocimientos técnicos y empresariales para la actividad productiva propuesta en el nuevo Plan de Negocios.

Procedimiento:

RESPONSABLE DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES FORMATO Y/O DOCUMENTO

PROMOTOR BENEFICIARIO y CAPACITADOR BENEFICIARIO DELEGACIÓN ESTATAL UNIDAD RESPONSABLE

1. Proporciona asesoría.

2. Elaboran la reorientación del Plan de Negocios.

3. Presenta en la ventanilla de la

DELEGACIÓN ESTATAL la propuesta de la reorientación del Plan de Negocios.

4. Recibe la documentación y con su firma

valida la revisión de los documentos y la envía a la UNIDAD RESPONSABLE, en un plazo no mayor a 5 días hábiles.

5. Recibe solicitud, realiza análisis y emite

una opinión técnica.

Oficio Análisis y opinión técnica

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CONSEJO DIRECTIVO UNIDAD RESPONSABLE

a). Si la opinión técnica es favorable a los intereses del JOVEN EMPRENDEDOR RURAL, presentará al CONSEJO DIRECTIVO para su autorización o rechazo:

b). Si la opinión técnica no es

favorable a los intereses del JÓVEN EMPRENDEDOR, por conducto de la DELEGACIÓN ESTATAL, le notificará exponiendo los motivos.

6. Mediante acuerdo se pronunciará

autorizando o rechazando la reorientación del Plan de Negocios.

a). Si se autoriza la reorientación del

Plan de Negocios, deberá notificar al BENEFICIARIO, por conducto de la DELEGACIÓN ESTATAL, con copia al PROMOTOR.

b). De no ser autorizada la

reorientación del Plan de Negocios, por conducto de la DELEGACIÓN ESTATAL, deberá notificar al JÓVEN EMPRENDEDOR RURAL, con copia al PROMOTOR.

Oficio Acta de Sesión Oficio Oficio

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Página 78

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CAPÍTULO 7 GLOSARIO DE TÉRMINOS

I. AGENTES INSTITUCIONALES: Instituciones y personal designado por LA SECRETARIA para coadyuvar al cumplimiento del fin del PROGRAMA en beneficio de la población atendida;

II. AGENTES DE MERCADO: Persona física o moral que contribuye al cumplimiento del fin del PROGRAMA atendiendo a los BENEFICIARIOS;

III. AGROEMPRESAS: Modelo de negocios derivado de la explotación sustentable de la tierra y los recursos asociados a ella;

IV. APOYO DIRECTO: Recurso federal previsto en el Presupuesto de Egresos de la Federación, que se otorga a los BENEFICIARIOS, para el desarrollo de las Etapas del PROGRAMA;

V. APOYO FINANCIERO: Recurso aportado por una INSTITUCION FINANCIERA mediante un contrato de crédito en términos y condiciones favorables al BENEFICIARIO;

VI. APOYO PARA ACCESO A FINANCIAMIENTO: Recurso federal previsto en el Presupuesto de Egresos de la Federación, que se otorga a los BENEFICIARIOS, para que accedan a un contrato de crédito en términos y condiciones favorables, a través de una INSTITUCION FINANCIERA;

VII. ASISTENCIA TECNICO-PRODUCTIVA: Actividad individual o grupal por medio de la cual se facilita la aplicación de conocimientos técnicos para la producción de bienes o la prestación de un servicio;

VIII. BENEFICIARIO(S): Sujeto Agrario entre 18 y 39 años de edad, que satisface los requisitos y criterios de selección descritos en las presentes REGLAS, que ha obtenido autorización por parte de la UNIDAD RESPONSABLE en cualquiera de las Etapas del PROGRAMA;

IX. CAPACITACION: Actividad colectiva por medio de la cual se facilita la transferencia de información, experiencias y conocimientos orientados al desarrollo de habilidades y capacidades individuales y/o grupales;

X. CAPACITADOR: AGENTE DE MERCADO que ofrece servicios al JOVEN EMPRENDEDOR RURAL para la transferencia/impartición de conocimientos específicos y desarrolla habilidades mediante un proceso de enseñanza-aprendizaje;

XI. CASO FORTUITO: Se entiende al evento de origen humano, que se presente de manera inesperada e imprevisible. Es necesario que el que lo sufre esté efectuando un obrar legítimo con todas las precauciones y diligencias debidas, y que no sea posible atribuirle responsabilidad alguna por él mismo;

XII. COMITE DE JOVENES: Grupo de JOVENES EMPRENDEDORES RURALES pertenecientes a NUCLEOS AGRARIOS, constituido y organizado para realizar un PROYECTO ESCUELA;

XIII. CONSEJO DIRECTIVO: Agente institucional. Es la instancia normativa del PROGRAMA.

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Fecha de aprobación del

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Página 79

“Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa.” Documento elaborado por Dirección General de Política y Planeación Agraria.

XIV. CONSULTOR EMPRESARIAL: AGENTE DE MERCADO que forma capacidades empresariales en los JOVENES EMPRENDEDORES RURALES;

XV. CONSULTORIA EMPRESARIAL: Modalidad personalizada por medio de la cual se facilita la transferencia de información, experiencia y aplicación de conocimientos para la evaluación de riesgos y la toma de decisiones informadas;

XVI. COMPRA DE DERECHOS PARCELARIOS: Adquisición onerosa de derechos parcelarios por ejidatarios o avecindados del mismo NUCLEO AGRARIO;

XVII. DELEGACION(ES) ESTATAL(ES): Las Unidades Administrativas de LA SECRETARIA en las entidades federativas;

XVIII. DOCUMENTACION SOPORTE: Conjunto de documentos establecidos en el MANUAL DE PROCEDIMIENTOS y que deben sustentar la solicitud de apoyo correspondiente;

XIX. FOCALIZACION: Resultado de la aplicación de criterios para la seleccionar los NUCLEOS AGRARIOS elegibles para el PROGRAMA. Se publica en el Diario Oficial de la Federación;

XX. FUERZA MAYOR: El evento originado por una fuerza de la naturaleza, que se presenta de manera inesperada e imprevisible. Es necesario que el que lo sufre esté efectuando un obrar legítimo con todas las precauciones y diligencias debidas y que no sea posible atribuirle responsabilidad alguna por el mismo;

XXI. INSTITUCION FINANCIERA: AGENTE INSTITUCIONAL coadyuvante del PROGRAMA, autorizada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para prestar el servicio de banca y crédito;

XXII. JEFATURA DE UNIDAD DE ASUNTOS JURIDICOS: Responsable ante el Titular de LA SECRETARIA de formular en las instancias correspondientes, las querellas y denuncias que afecten los intereses de LA SECRETARIA;

XXIII. JOVEN(ES) EMPRENDEDOR(ES) RURAL(ES): BENEFICIARIO que participa en el PROGRAMA en cualquiera de sus Etapas para desarrollar, consolidar o expandir una actividad productiva;

XXIV. LA SECRETARIA: Secretaría de la Reforma Agraria.

XXV. LOCALIDADES RURALES VINCULADAS: Espacio geográfico donde habitan sujetos agrarios fuera de la poligonal del NUCLEO AGRARIO al que pertenecen;

XXVI. MANUAL DE PROCEDIMIENTOS: Conjunto de disposiciones que señalan el procedimiento para implementar las acciones previstas en las presentes REGLAS. Se publica en la página http://www.sra.gob.mx/;

XXVII. MATRIZ DE MARCO LOGICO: Herramienta que facilita el proceso de conceptualización, diseño, ejecución y evaluación de programas presupuestarios. Su énfasis está centrado en la orientación para resultados y hacia el BENEFICIARIO;

XXVIII. NUCLEO(S) AGRARIO(S): Término genérico por el cual se identifica a los núcleos ejidales o comunales, que han sido beneficiados por una resolución presidencial dotatoria, de reconocimiento y titulación de bienes comunales o sentencia de los tribunales agrarios, a través de la cual les fueron concedidas o reconocidas tierras, bosques y aguas;

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SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA Y PLANEACIÓN AGRARIA

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Página 80

“Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa.” Documento elaborado por Dirección General de Política y Planeación Agraria.

XXIX. PA: Procuraduría Agraria;

XXX. PADRON UNICO DE BENEFICIARIOS: Herramienta para la rendición de cuentas y transparencia en la aplicación de los apoyos del PROGRAMA;

XXXI. PROCESO DE INTERVENCION INTEGRAL: Etapas que transita el BENEFICIARIO hasta el cumplimiento del fin de la MATRIZ DE MARCO LOGICO del PROGRAMA;

XXXII. PROGRAMA: Programa Joven Emprendedor Rural y Fondo de Tierras;

XXXIII. PROMOTOR: AGENTE INSTITUCIONAL que presta sus servicios a LA SECRETARIA para realizar actividades de difusión del PROGRAMA y monitoreo y seguimiento de los proyectos;

XXXIV. PROVEEDOR: AGENTE DE MERCADO autorizado por la UNIDAD RESPONSABLE, que proveen bienes o servicios necesarios para el cumplimiento de los indicadores del PROGRAMA;

XXXV. PROYECTO ESCUELA: Prototipo de negocios para el aprendizaje y desarrollo de habilidades técnico-productivas y empresariales que se lleva a cabo por los COMITES DE JOVENES en los NUCLEOS AGRARIOS;

XXXVI. PROYECTO AGROEMPRESARIAL: Planeación, gestión e implementación de un modelo de negocios asociado a la explotación sustentable de la tierra y los recursos asociados a ella, desarrollado por los JOVENES EMPRENDEDORES RURALES;

XXXVII. RAN: Registro Agrario Nacional;

XXXVIII. REGLAS: Las Reglas de Operación del PROGRAMA;

XXXIX. SUJETO(S) AGRARIO(S): Ejidatarios, comuneros, sucesores de ejidatarios y comuneros, avecindados y posesionarios que sean reconocidos por la autoridad del NUCLEO AGRARIO;

XL. SUPERVISOR: AGENTE INSTITUCIONAL que revisa y valida la solicitud de apoyo y DOCUMENTACION SOPORTE, para garantizar la aplicación de las REGLAS, el MANUAL DE PROCEDIMIENTOS y la FOCALIZACION;

XLI. TESOFE: Tesorería de la Federación;

XLII. TUTOR DE NEGOCIOS: AGENTE DE MERCADO que selecciona el proceso para la consolidación de un modelo de negocios y es el responsable del apoyo a los BENEFICIARIOS en la gestión y toma de decisiones agroempresariales,

XLIII. UNIDAD RESPONSABLE: Dirección General de Política y Planeación Agraria (DGPPA), adscrita a la Subsecretaría de Política Sectorial. Es la instancia ejecutora del PROGRAMA.