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1 CONSEJO NACIONAL DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD ACTA 36 Al ser las 08:45 horas se da por iniciada la Sesión Extraordinaria Número 36 de la Junta Directiva del Consejo Nacional de Personas con Discapacidad (Conapdis), celebrada el jueves 18 de agosto de 2016 en la sede principal del Consejo Nacional de Personas con Discapacidad (Conapdis), en La Valencia de Heredia, la cual tiene como propósito finalizar a las 12:00 medio día para, luego, trasladarse al Estadio Nacional para la firma de Ley de Autonomía Persona. ARTICULO I: VERIFICACION DEL CUORUM Se procede a realizar la verificación del quórum encontrándose presentes los siguientes delegados: la señora Martha Zamora Castillo, Representante Propietaria del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), el señor Keylor López Rodríguez, Representante Propietario del Instituto Nacional de Aprendizaje (INA), la señora Laura Bravo Cóppola, Representante Propietaria de la Universidad de Costa Rica (UCR), el señor Christian Ramírez Valerio, Representante Propietario de Organizaciones de Personas con Discapacidad, la señora Eugenia Gamboa Calderón, Representante Propietaria de Organizaciones de Personas con Discapacidad, el señor Francisco Rodríguez Gutiérrez, Representante Propietario de Organizaciones de Personas con Discapacidad, la señora Gabriela Solano Zamora, Representante Propietaria del Colegio de Trabajadores Sociales, Se cuenta con 7 miembros de la Junta Directiva con derecho a voto. Ausentes con justificación Maybel Quirós Acuña, Representante Propietaria del Ministerio de Educación Pública (MEP) Por motivos laborales Laura Cubero Orias, Representante Suplente del Ministerio de Educación Pública (MEP) Por motivos laborales Rosibel Arias Calvo, Representante Propietaria de la Caja Costarricense de Seguro Social Por motivos laborales Arnoldo Matamoros Sánchez, Representante Suplente de la Caja Costarricense de Seguro Social Por motivos laborales

mANUAL DE PROCEDIMIENTOS PRESUPUESTARIOS · según proceda, deben ejecutar un proceso sistemático para la planificación de la actividad de auditoría interna, ... debe considerar

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CONSEJO NACIONAL DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD

ACTA 36 Al ser las 08:45 horas se da por iniciada la Sesión Extraordinaria Número 36 de la Junta Directiva del Consejo Nacional de Personas con Discapacidad (Conapdis), celebrada el jueves 18 de agosto de 2016 en la sede principal del Consejo Nacional de Personas con Discapacidad (Conapdis), en La Valencia de Heredia, la cual tiene como propósito finalizar a las 12:00 medio día para, luego, trasladarse al Estadio Nacional para la firma de Ley de Autonomía Persona. ARTICULO I: VERIFICACION DEL CUORUM Se procede a realizar la verificación del quórum encontrándose presentes los siguientes delegados: la señora Martha Zamora Castillo, Representante Propietaria del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), el señor Keylor López Rodríguez, Representante Propietario del Instituto Nacional de Aprendizaje (INA), la señora Laura Bravo Cóppola, Representante Propietaria de la Universidad de Costa Rica (UCR), el señor Christian Ramírez Valerio, Representante Propietario de Organizaciones de Personas con Discapacidad, la señora Eugenia Gamboa Calderón, Representante Propietaria de Organizaciones de Personas con Discapacidad, el señor Francisco Rodríguez Gutiérrez, Representante Propietario de Organizaciones de Personas con Discapacidad, la señora Gabriela Solano Zamora, Representante Propietaria del Colegio de Trabajadores Sociales, Se cuenta con 7 miembros de la Junta Directiva con derecho a voto. Ausentes con justificación

Maybel Quirós Acuña, Representante Propietaria del Ministerio de Educación Pública (MEP)

Por motivos laborales

Laura Cubero Orias, Representante Suplente del Ministerio de Educación Pública (MEP)

Por motivos laborales

Rosibel Arias Calvo, Representante Propietaria de la Caja Costarricense de Seguro Social

Por motivos laborales

Arnoldo Matamoros Sánchez, Representante Suplente de la Caja Costarricense de Seguro Social

Por motivos laborales

ACTA 36 Jueves 18 de agosto de 2016 Sesión Extraordinaria

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Kattia Soto Porras, Representante Propietaria del Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS)

Por motivos laborales

Sonia Rodríguez Gómez, Representante Suplente del Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS)

Por motivos laborales

Javier Aguilar Obando, Representante Propietario del Instituto Nacional de Seguros (INS)

Por motivos laborales

Jorge Arturo Rojas Segura, Representante Propietario de la Unión Costarricense de Cámaras y Asociaciones del Sector Empresarial Privado (UCCAEP)

Por motivos personales

Ausente sin justificación

Ninguno

INVITADA: la señora María Isabel Chamorro Santamaría, Directora Ejecutiva a. i. PRESIDE: La señora Martha Zamora Castillo y representante propietaria del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) SECRETARIA DE ACTAS: la señora Karina María Dennis Rivas Intérprete de LESCO: la señora Paula Umaña Umaña La señora Martha Zamora Castillo, indica que en vista de la ausencia justificada por motivos labores de la señora Maybel Quiros Acuña, Secretaria de la Junta Directiva, se proceda a tomar el siguiente acuerdo para nombrar a alguno de los miembros como Secretario (a) Ad Hoc: Acuerdo JD-298-2016 En vista de la ausencia justificada de la señora Maybel Quiros Acuña, Representante Propietaria del Ministerio de Educación Pública (MEP) y Secretaria de la Junta Directiva, SE ACUERDA nombrar para esta Sesión Extraordinaria como

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Secretaria Ad Hoc a la señora Gabriela Solano Zamora, Representante Propietaria del Colegio de Trabajadores Sociales ACUERDO FIRME 7 votos a favor 0 votos en contra 0 abstenciones Artículo II: Aprobación del orden del día Se procede a conocer el orden del día. Seguidamente, la señora Martha Zamora Castillo procede a dar lectura a la agenda propuesta para la Sesión Extraordinaria Número 36 del jueves 18 de agosto de 2016:

Sesión Ordinaria No. 36 JUNTA DIRECTIVA CONAPDIS Jueves 18 de agosto de 2016

1. Comprobación del quórum

2. Aprobación del orden del día

3. Correspondencia: 3.1 Oficio AI-160-2016 Propuesta de estudio 3.2 Oficio DE-602-2016 cumplimiento acuerdo JD-232-16 suscrito por la Licda. Mariana Villareal Arroyo de la Asesoría Jurídica relacionado con el oficio UAJ-88-2015

4. Seguimiento de acuerdos: 4.1 Sesión Ordinaria N°29 realizada del jueves 12 de mayo de 2016, Acuerdo JD-242-2016 elección puesto Director Ejecutivo 4.2 Sesión Ordinaria No. 35 realizada el jueves 11 de agosto de 2016 4.3 Acuerdo JD-294-2016 Informe SA-04-2016 Programa de Convivencia Familiar

5 Asuntos de Auditoría Interna 5.1 Oficio AI-136 Advertencia relacionada con Acuerdo JD-254-2016 sobre pago de subsidios 5.2 Oficio AI-134-2016 Informe Autoevaluación de calidad de la Auditoría Interna Periodo 2015 5.4 Oficio AI-115 Procedimiento para establecimiento de

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denuncias

6. Asuntos de las organizaciones de personas con discapacidad

7. Asuntos de la Dirección Ejecutiva: 7.1 Permiso sin goce de salario de Francela Castro Alvarado, Rectoría Región Central Occidente 7.2 Asuntos varios de la Dirección Ejecutiva

8. Asuntos del Comité Directivo 8.1 Campaña publicitaria 2016 - Catalina Montero Gómez, Dirección Técnica

9. Asuntos Varios

La señora Martha Zamora Castillo, indica que debe hacerse la corrección en los puntos: Asuntos de Auditoría Interna 5.1 Oficio AI-136 Advertencia relacionada con Acuerdo JD-254-2016 sobre pago de subsidios, el resto de los temas son correspondencia, la señora Mauren Navas Orozco solo vendrá para aclarar este punto. Asuntos del Comité Directivo 8.1 sobre la Campaña publicitaria 2016, el informe lo rendirá la señora Laura Bravo Cóppola, miembro de la Junta Directiva, quien participa de dicha comisión y que, en caso de ser necesario, se llamará a la señora Catalina Montero Gómez, Directora Técnica. También se aclara que la agenda no puede modificarse, tampoco se somete a votación de los miembros presentes por tratarse de una Sesión Extraordinaria. Una vez leída la agenda, se procede con el punto siguiente.

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ARTICULO III: Correspondencia 3.1 Oficio AI-160-2016 Propuesta de estudio, se procede a dar lectura al oficio indicado ***************************************************************************************** 04 de agosto de 2016 A.I.160-2016 Señores (as) Junta Directiva Conapdis Estimados(as) señor(as): De conformidad con la normativa vigente, la Auditoría Interna ejercerá sus funciones con independencia funcional y de criterio, respecto del jerarca y de los demás órganos de la Administración Activa. En esa línea, la elaboración de plan de trabajo y la orientación de esta herramienta hacia la atención prioritaria y oportuna de los riesgos más relevantes del quehacer institucional, son competencia y responsabilidad absoluta y exclusiva de esta Unidad, conforme lo estipula el artículo 22 inciso f) de la Ley General de Control Interno (LGCI). Este documento debe estar precedido de un análisis del universo auditable y una adecuada valoración de riesgos, entre otros aspectos a considerar para determinar las prioridades de fiscalización. Por lo anterior, el plan de trabajo de la Auditoría Interna constituye el medio por el cual el Auditor Interno proyecta, dentro de la facultad que posee de ejercer sus funciones con independencia funcional y de criterio, en forma sistemática y ordenada, la mejor disposición de los recursos que posee la Unidad, para fiscalizar durante un año las áreas en las que, de acuerdo con ciertos criterios y su juicio profesional, considera importante y provechoso para la institución. Lo citado, de conformidad con lo señalado en las “Normas para el ejercicio de la auditoría interna en el Sector Público”; como marco de referencia para la labor de auditoría. Este cuerpo normativo relata, en el apartado “Normas de Atributos y de Desempeño”, que:

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(…)

“2.2 Planificación El auditor interno y los funcionarios de la auditoría interna, según proceda, deben ejecutar un proceso sistemático para la planificación de la actividad de auditoría interna, el cual debe documentarse apropiadamente. Dicho proceso debe cubrir los ámbitos estratégico y operativo, considerando la determinación del universo de auditoría, los riesgos institucionales, los factores críticos de éxito y otros criterios relevantes”. // “2.2.3 Comunicación del plan de trabajo anual y sus modificaciones”. // “Asimismo, se deben valorar las observaciones y solicitudes que, sobre los contenidos de ese plan, plantee esa autoridad en su condición de responsable principal por el sistema de control interno institucional”.

(…) Tal y como se extrae de lo citado anteriormente, el proceso de planificación de la Auditoría debe ser sistemático y documentado y, debe considerar el universo auditable, los riesgos institucionales y los factores de éxito, además de otros criterios relevantes. Igualmente, en el ejercicio de esa potestad, la Auditoría debe procurar que, en sentido general, ese plan de trabajo sea concordante con la misión, visión y objetivos institucionales. Asimismo, la LGCI, No. 8292, señala la responsabilidad de la administración de contar con un Sistema Específico de Valoración de Riesgo (SEVRI), en el que se analicen y clasifiquen estos y permita una adecuada toma de decisiones que minimice al máximo la afectación negativa de la institución. (…)

Artículo 18. —Sistema específico de valoración del riesgo institucional. Todo ente u órgano deberá contar con un sistema específico de valoración del riesgo institucional por áreas, sectores, actividades o tarea que, de conformidad con sus particularidades, permita identificar el nivel de riesgo institucional y adoptar los métodos de uso continuo y sistemático, a fin de analizar y administrar el nivel de dicho riesgo.

(…) Así las cosas, ambas normas jurídicas refuerzan la validez de la auditoría para solicitar, tanto al jerarca como a los titulares subordinados, el criterio de posibles estudios que, de acuerdo con la expertiz, análisis y, cuando incumba la documentación

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respectiva, sean considerados por esas instancias para el Plan de Trabajo 2016 de la Auditoría Interna, reiterando que tal incorporación versará alrededor de una valoración y análisis por parte del titular de la Auditoría para determinar su procedencia y ejecución. En aras de la conveniencia y, en armonía con el año antepuesto, esta Auditoría considera importante seguir, como sana práctica institucional, una comunicación y coordinación efectiva entre el Jerarca-Administración y Auditoría Interna, no solamente en el momento en que surja alguna modificación al plan anual de trabajo, sino también, cuando este instrumento sea formulado y formalizado por parte de la auditoría, de manera que las partes, sin perder de vista el análisis técnico y profesional del Auditor Interno, estén claros de la orientación que se le dará a los recursos de esta instancia. Ante este escenario y, de conformidad con lo citado, se requiere que esa instancia presente a esta Unidad, si así lo considera oportuno, una propuesta de estudio que sea de su interés, valorando en todo momento que ese proceso o actividad sea de alto riesgo. Para lo citado, su instancia cuenta con un plazo de 20 días hábiles para enviar lo que corresponda, caso contrario, se archivará en nuestros registros lo correspondiente. Cualquier consulta adicional, sírvase realizarla. Atentamente, Mba. Mauren Navas Orozco Auditora Interna Conapdis MNO Ci: archivo/ consecutivo

La señora Martha Zamora Castillo indica que este correo fue enviado a todos los miembros de la Junta Directiva el 05 de agosto de 2016 del cual todos tienen conocimiento. Al darlo por conocido en esta sesión, habría que consultar a la señora Mauren Navas Orozco, Auditora Interna si los 20 días hábiles rige a partir del día que se envió por correo electrónico a todos los miembros de la Junta Directiva o partir del conocimiento en actas de dicho oficio.

Se da por conocido el oficio AI-160-2016 sobre Propuesta de Estudio.

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El señor Francisco Rodríguez Gutiérrez consulta que, en relación con la nota anterior, si se va a analizar si algunos de ellos, tienen alguna solicitud específica para la Auditoría Interna en este momento o más adelante.

La señora Martha Zamora Castillo indica que se le va a consulta a la señora Auditora

si, el plazo de los 20 días hábiles rige a partir de hábiles rigen a partir del día que se envió por correo electrónico a todos los miembros de la Junta Directiva o partir del conocimiento en actas de dicho oficio. De ser así, debería enviarse por escrito a la señora Auditora lo que se considere o bien, si no hay mejor criterio en la próxima sesión ordinaria de Junta Directiva programa para el jueves 25 de agosto de 2016, podrían traerse las propuestas y ponerlas en actas para que queden, debidamente documentadas.

(15:48) El señor Francisco Rodríguez Gutiérrez indica que como todavía no se va

a realizar la consulta, solicita que conste en actas, “que dentro de los estudios que le interesan es que se analice el cumplimiento de las funciones que se especifican, claramente en la Ley 9303 y que son vitales para la población con discapacidad. Porque es la actividad sustantiva de la institución, porque es necesario que se analice cómo se está caminando con las funciones de la institución y qué mejor oportunidad que con un estudio de Auditoría”.

La señora Martha Zamora Castillo, indica que se tomará nota de lo indica por el

señor Francisco Rodríguez Gutiérrez.

3.2 Oficio DE-602-2016 cumplimiento del acuerdo JD-232-16 oficio UAJ-60-2016 suscrito por la Licda. Mariana Villareal Arroyo de la Asesoría Jurídica relacionado con el oficio UAJ-88-2015, recibido el 03 de agosto de 2016 en la Secretaría de Actas

La señora Martha Zamora Castillo indica que dicho oficio fue enviado a todos

los correos electrónicos de los miembros de la Junta Directiva. (17:15) 09:05 A.M. INGRESA EL SEÑOR ERICK CHACON VALERIO,

REPRESENTANTE PROPIETARIO DE ORGANIZACIONES DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD

La señora Martha Zamora Castillo indica que este oficio corresponde a una

consulta realizada a la Asesoría Legal, el cual se incorporará al cuerpo del Acta. A pesar de que las apreciaciones de algunos miembros de la Junta Directiva indicaron que las actas son muy largas, es que se está dejando toda la

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correspondencia y algunos asuntos que se presentan dentro del cuerpo del acta para efectos correspondientes.

También informarles que el Sindicato ha estado solicitando las actas desde que

se formó el Conapdis, las cuales se les envían periódicamente. Por tal motivo, cobra mayor relevancia dejar dentro del cuerpo del acta, todo aquello que se vea en las sesiones de Junta Directiva, porque así, las personas que tengan acceso a las actas tendrán todo el mapa completo de cómo han venido sucediendo los hechos.

El acta debería ser una foto real de lo que pasa durante la sesión, en este caso

se ha un esfuerzo por tener un acta completa. Sin embargo, no es literal, no en el fondo. Pero, para eso se graba, lo cual ya está discutido, porque a algunos miembros de la Junta Directiva se les olvida.

09:10 A.M. INGRESA EL SEÑOR WALTER MONTERO BONILLA,

REPRESENTANTE PROPIETARIO DEL MINISTERIO DE SALUD

***************************************************************************************** 27 de julio,2016 DE-602-2016 Señores y Señoras Junta Directiva Conapdis Estimados señores, Estimadas señoras: En cumplimiento al acuerdo JD-232-16 remito oficio suscrito por la señora Mariana Villarreal Arroyo, Asesora Jurídica de este Consejo. Cordialmente, Licda. Isabel Chamorro Santamaría Directora Ejecutiva a.i. Ci: Archivo

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********************************************************************************* OFICIO UAJ-60-2016 20 DE JULIO, 2016

Licda. Isabel Chamorro Santamaría Directora Ejecutiva a.i. Consejo Nacional de Personas con Discapacidad (Conapdis) Presente Estimada Señora: Con instrucción y autorización del Lic. Francisco Azofeifa Murillo, Encargado de la Unidad de Asesoría Jurídica, en atención al oficio JD-53-05-2016, emitido por la secretaría de actas de la Junta Directiva y del cual esta Unidad de Asesoría Jurídica tiene copia; de manera respetuosa me permito manifestarle lo siguiente: PRIMERO: En razón de que el acuerdo JD-232-2016 requiere el asesoramiento por parte de la Unidad “…sobre la posible responsabilidad o no de los hechos con base en el contenido del oficio UAJ-88-2015”, es menester retomar lo indicado en dicho oficio, en lo que interesa para el presente criterio jurídico, a saber: “PRIMERO: Que debido a que los actos administrativos por medio de los cuales las personas funcionarias fueron nombradas como funcionarias en propiedad de la Institución se adoptaron antes del año 2008 (ver cuadro del punto tercero del apartado I de antecedente), se concluye y es el criterio de esta Unidad de Asesoría Jurídica, que a esta fecha se tratan de actos intangibles, no susceptibles de anulación, porque aunque sea actos viciados de nulidad y con efectos continuados en el tiempo, ya acaeció el plazo de caducidad (4 años desde que se adoptó el acto) para intentar la acción de nulidad del acto administrativo, sea en sede administrativa o en sede judicial, por lo tanto la Administración se encuentra vedada para atacar el acto administrativo que otorgó el derecho subjetivo a las personas funcionarias, por lo que no podría intentarse ninguna acción en contra de aquel acto por motivos de nulidad.” SEGUNDO: Para que la Administración pueda atribuir responsabilidad disciplinaria a personas funcionarias públicas, por la emisión de actos administrativos conformados sin cumplir con las formalidades de los actos administrativos (descritos en el oficio UAJ-88-2015), en primera instancia tiene que declararlo como nulo1, pues no resulta

11 La nulidad puede ser declarada a través de la apertura de un procedimiento administrativo según el artículo 173 de

la Ley General de la Administración Pública, en el caso de que estemos ante nulidades evidentes y manifiestas. De no cumplirse con este presupuesto, para la declaratoria de nulidad se tendrá que recurrir al Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda a interponer proceso de lesividad.

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acorde a las elementales normas de la lógica, atribuirle responsabilidad a una persona funcionaria pública por un acto administrativo que sigue surtiendo efectos a la vida jurídica. Este requisito no puede ser cumplido en los casos que nos ocupan, puesto que no es posible anular los actos administrativos de nombramientos, ya que se tratan de actos intangibles, por las razones fundamentadas en el oficio UAJ-88-2015; así las cosas, el resultado es que es legalmente imposible establecer responsabilidad administrativa contra la o las personas funcionarias que hubiesen realizado los mencionados actos de contratación. TERCERO: En el ámbito de la responsabilidad penal, el Código Penal tipifica el delito de nombramientos ilegales, el cual reza: “Artículo 344.-Será reprimido con treinta a noventa días multa el funcionario público que propusiere o nombrare para cargo público a persona en quien no concurrieren los requisitos legales.” CUARTO: Sobre el particular, en primera instancia es menester dejar en claro que la declaratoria referente, a cualquier asunto del derecho penal, ya sea responsabilidad, prescripción, entre otros, es competencia exclusiva del Poder Judicial. Sin perjuicio de lo anterior, esta Unidad de Asesoría realizará un análisis referente al ordinal 344, con la finalidad de aportar insumos para la decisión de la Administración. Este análisis iniciará realizando consideraciones legales sobre la extinción de la acción penal al tenor de las regulaciones que sobre el particular establece el Código Procesal Penal, ya que hasta donde tiene conocimiento está Unidad de Asesoría Jurídica, el hecho de posibles nombramientos ilegales no han sido expuestos en la instancia judicial correspondiente, por lo que no es ocioso discurrir sobre el asunto. En este sentido, las causas de extinción de la acción penal están reguladas en el artículo 30 del Código Procesal Penal, sean: “a) La muerte del imputado. b) El desistimiento de la querella, en los delitos de acción privada. c) El pago del máximo previsto para la pena de multa, realizado antes del juicio oral, cuando se trate de delitos sancionados solo con esa clase de pena, caso en el que el tribunal hará la fijación correspondiente, a petición del interesado, siempre y cuando la víctima exprese su conformidad. d) La aplicación de un criterio de oportunidad, en los casos y las formas previstos en este Código.

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e) La prescripción. f) El cumplimiento del plazo de suspensión del proceso a prueba, sin que esta sea revocada. g) El indulto o la amnistía. h) La revocatoria de la instancia privada, en los delitos de acción pública cuya persecución dependa de aquella. i) La muerte del ofendido, en los casos de delitos de acción privada, salvo que la iniciada ya por la víctima sea continuada por sus herederos, conforme a lo previsto en este Código. j) La reparación integral a entera satisfacción de la víctima, del daño particular o social causado, realizada antes del juicio oral, en delitos de contenido patrimonial sin fuerza en las cosas ni violencia sobre las personas y en delitos culposos, siempre que la víctima o el Ministerio Público lo admitan, según el caso. Esta causal procede siempre que, durante los cinco años anteriores, el imputado no se haya beneficiado con esta medida ni con la suspensión del proceso a prueba o la conciliación. Para tales efectos, el Registro Judicial llevará un archivo de los beneficiarios. k) La conciliación, siempre que durante los cinco años anteriores, el imputado no se haya beneficiado con esta medida, con la suspensión del proceso a prueba ni con la reparación integral del daño. l) El incumplimiento de los plazos máximos de la investigación preparatoria, en los términos fijados por este Código. m) Cuando no se haya reabierto la investigación, dentro del plazo de un año, luego de dictado el sobreseimiento provisional. (Así reformado por el artículo 16 de la Ley de Protección a Víctimas, Testigos y demás intervinientes en el Proceso Penal N° 8720 de 4 de marzo de 2009).” La negrita no es parte del original. Verificadas las causas de extinción de la acción penal, se denota que para el caso en concreto, aplicaría la prescripción (inciso e), por tal motivo se recurre al numeral 31 del Código Procesal Penal, pues regula los plazos de prescripción de la acción penal. “Artículo 31.- Plazos de prescripción de la acción penal Si no se ha iniciado la persecución penal, la acción prescribirá: a) Después de transcurrido un plazo igual al máximo de la pena, en los delitos sancionables con prisión, no podrá exceder de diez años ni ser inferior a tres, excepto en los delitos cometidos contra personas menores de edad, en los cuales la

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prescripción empezará a correr a partir de que la víctima haya cumplido la mayoría de edad. (Así reformado el inciso anterior por el artículo 1° de la ley N° 9057 del 23 de julio de 2012, "Reforma de varias leyes sobre la Prescripción de Daños causados a Personas Menores de Edad") b) A los dos años, en los delitos sancionables sólo con penas no privativas de libertad y en las faltas o contravenciones.” La negrita no es parte del original. Nótese que en el supuesto de comprobar el delito de nombramiento ilegal, la sanción prevista en el Código no es privativa de libertad, sino que se trata de una consecuencia de índole económica (“artículo 344.-Será reprimido con treinta a noventa días multa…) por lo que la posibilidad de accionar la persecución penal, acaece a los 2 años. Entonces, procede conocer la fecha en que a cada una de las personas funcionarias indicadas en el oficio UAJ-88-2015 se les nombró propiedad, para advertir si acaeció o no la posibilidad de ejercer la acción de persecución del delito; para lo cual la Unidad de Recursos Humanos certificó (por medio de oficio URH-589-2015, se adjunta copia) en los siguientes términos:

Persona Funcionaria Año Adquirió

Propiedad

Acción Personal N°

Grace Rojas Guzmán No se indica (1)

No indica

Walter Garro Castillo 1994 No indica (Folio 20)

Elsie Bell Pantoja 2008 45350 (folio 143)

Grettel Oses Gutierrez 1999 0001493 (Folio 032)

Mónica Fernández Cháves No se indica (2)

No se indica

Roger Ortega Ortega 1984 No se indica (Folio 035)

William Pérez Sáenz No se indica (3)

No se indica

(1) En el expediente personal no consta la fecha en que adquirió la propiedad, sin embargo, la Señora Rojas Guzmán ingresó a laborar el 04 de febrero de 1985.

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(2) En el expediente personal no consta la fecha en que adquirió la propiedad, sin embargo, la Señora Fernández Chaves, ingresó a laborar el 02 de enero de 1980. (3) En el expediente personal no consta la fecha en que adquirió la propiedad, sin embargo, el Señor Pérez Sáenz, ingresó a laborar el 12 de diciembre de 1988. Partiendo del supuesto de que no se haya iniciado la persecución penal, resulta evidente que, en los 7 casos, sobradamente se ha superado el plazo de los 2 años que define el numeral 31 del Código Procesal Penal, pues solo para dar un ejemplo el nombramiento más reciente data del año 2008 y el más antiguo del 1980, de modo que la acción penal estaría prescrita. No obstante, lo anterior, el ordinal 34 del cuerpo legal antes señalado determina las razones que pueden suspender el conteo de dicha prescripción, a saber: “Artículo 34.- Suspensión del cómputo de la prescripción. El cómputo de la prescripción se suspenderá: a) Cuando en virtud de una disposición constitucional o legal, la acción penal no pueda ser promovida ni proseguida. Esta disposición no regirá cuando el hecho no pueda perseguirse por falta de la instancia privada. b) En los delitos cometidos por funcionarios públicos en el ejercicio del cargo o con ocasión de él, mientras sigan desempeñando la función pública y no se les haya iniciado el proceso. c) En los delitos relativos al sistema constitucional, cuando se rompa el orden institucional, hasta su restablecimiento. d) Mientras dure, en el extranjero, el trámite de extradición. e) Cuando se haya suspendido el ejercicio de la acción penal en virtud de un criterio de oportunidad o por la suspensión del proceso a prueba y mientras duren esas suspensiones. f) Por la rebeldía del imputado. En este caso, el término de la suspensión no podrá exceder un tiempo igual al de la prescripción de la acción penal; sobrevenido este, continuará corriendo ese plazo. Terminada la causa de la suspensión, el plazo de la prescripción continuará su curso.”

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La negrita no es parte del original. Así las cosas, corresponde conocer si la persona o las personas, que nombró a las 7 personas aquí indicadas, como funcionarias del actual Conapdis, aún se encuentra desempeñando la función pública, para lo cual la Unidad de Recursos Humanos certificó (por medio de oficio URH-344-2016, se adjunta copia) el nombre de la persona que nombró o tenía la potestad administrativa para nombrarlos en propiedad, en los sub siguientes términos:

PERSONA FUNCIONARIA NOMBRE DE LA PERSONA QUE

LA NOMBRÓ EN PROPIEDAD

Walter Garro Castillo Se nombró en propiedad a partir del

12 de diciembre de 1994, mediante

acción de personal vista en el folio 20

del expediente.

No consta en la acción de personal la

firma de la Directora Ejecutiva Master

Bárbara Holst Quirós.

Elsie Bell Pantoja Se nombró en propiedad desde el 17

de enero del 2008 mediante acción de

personal 45356, vista en el folio 143

del expediente personal, de

conformidad con el oficio DE-558-07

visto en el folio 132.

La persona que aprobó la acción de

personal fue la Master Bárbara Holst

Quirós Director/a Ejecutivo/a.

Grettel Oses Gutierrez Se nombró en propiedad a partir del

04 de noviembre de 1999, mediante

acción de personal número 0001493,

vista en el folio 032 del expediente.

No consta en la acción de personal la

firma de la Directora Ejecutiva Master

Bárbara Holst Quirós.

Asimismo, se certifica la fecha de ingreso al Consejo, para las siguientes personas, dado que no consta en la Unidad, la acción de personal o documento, que indique la

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fecha en que adquirió la propiedad:

PERSONA

FUNCIONARIA

FECHA DE INGRESO

AL CONSEJO

NOMBRE DE LA

PERSONA QUE

OCUPABA EL

CARGO DE

DIRECTOR/A

EJECUTIVO/A

Grace Rojas Guzmán Ingresó al Consejo el

04 de febrero de 1985.

Master Soledad

Murillo Galindo

Mónica Fernández

Chaves

Ingresó al Consejo el

02 de enero de 1980.

Master Soledad

Murillo Galindo

William Pérez Sáenz 12 de diciembre de

1988

Master Soledad

Murillo Galindo

Como se puede apreciar, los nombramientos de marras fueron realizados por las señoras Bárbara Holst Quirós y Soledad Murillo Galindo, quienes a la fecha del presente criterio jurídico no ejercen la función pública que ostentaban cuando efectuaron los nombramientos de las 7 personas en cuestión, pues según certificación de la Unidad de Recursos Humanos, la señora Holst Quirós dejó de ser Directora Ejecutiva en el año 2008 y por su parte, la Master Murillo Galindo terminó su función en el mismo cargo desde el año 1996. Por lo anterior, la prescripción de los 2 años determinada en el numeral 31 del Código Procesal Penal se habría materializado, ya que en el caso en concreto no se configura el hecho que establece el inciso b) del ordinal 34 del citado Código, ni ninguno otro capaz de suspender el cómputo de la prescripción de la acción penal. Con la finalidad de ilustrar el análisis elaborado en este acápite cuarto, a continuación, se presenta un extracto de la resolución n° 2014-01457, de las 10 horas y 18 minutos del 5 de setiembre del 2014, emitida por la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia, bajo expediente n° 02-004579-0647-PE. “Observando que la causa en contra de la señora [Nombre 003] se encuentra prescrita, de oficio se decreta la extinción de la acción penal. Esta Sala de Casación con anterioridad se ha referido al deber de declarar el acaecimiento de la prescripción aún de oficio, cuando sea detectado. En este caso, según se desprende de los autos, la denuncia se interpuso el 17 de octubre de 2002, por supuestos hechos acaecidos en ese mismo año 2002; los cuales son calificados por el denunciante como

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incumplimiento de deberes. El artículo 31 del Código Procesal Penal, señala que el período mínimo de prescripción de la acción penal en los delitos sancionables sólo con penas no privativas de libertad y en las faltas o contravenciones, es de dos años. El ilícito de incumplimiento de deberes, descrito en el numeral 339 del Código Penal, está sancionado con una pena de inhabilitación de uno a cuatro años. En la presente causa no se ha dictado un acto capaz de interrumpir o suspender el cómputo de la prescripción, por lo que a esta fecha el plazo de prescripción ha transcurrido sobradamente. Así las cosas, de conformidad con el artículo 30 inciso e), se decreta la extinción de la acción penal por prescripción del proceso…” QUINTO: Que con respecto al tipo penal del numeral 344 del Código Procesal Penal, la Sala Tercera ha señalado que el artículo 344 es un tipo penal en blanco, pues “…necesariamente debe ser integrada con otra disposición legal, para que pueda aplicarse en un caso concreto, pues la conducta punible consiste en proponer o nombrar a un funcionario público en un cargo para el cual no reúne los requisitos de ley, de manera que sólo la ley, según esa descripción típica, es la única fuente que en este caso podría integrar el tipo penal”2 “En virtud de los principios de tipicidad y legalidad, según la Sala solo la ley puede ser fuente y dar contenido al tipo penal en cuestión, por lo que los vacíos legales no pueden ser suplidos de otra forma. “…De procederse a integrar el contenido de esa descripción típica (nombramientos ilegales) con las posibles interpretaciones que puedan emitirse sobre los requisitos para nombrar a un funcionario público en su cargo, violaría el principio de tipicidad y consecuentemente el de legalidad, consagrados en la Constitución Política, pues la figura delictiva en este caso concreto hace una remisión expresa a los requisitos de ley, no a los que un órgano de la Administración Pública estime como requisitos apropiados para exigirle a un funcionario con el fin de nombrarlo en su cargo, ante un vacío legislativo.”3 La negrita no es parte del original. De acuerdo con la posición de la Sala Tercera y sin perjuicio de lo indicado en el párrafo primero del apartado cuarto del presente oficio, en los casos que nos ocupan, el hecho de que la Administración contratara personas que no cumplían con la o las condiciones señaladas en el Manual de Puestos Institucional, no alcanzaría para que se configure el delito del ordinal 344, en razón de que los requisitos sin cumplir para ocupar esos puestos, no están definidos en una ley o en la Constitución Política, sino que refieren a las exigencias que la Administración del Conapdis determinó como

2 Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia. Voto 30-2004. 3 Molina Ruiz, Warner. Delitos funcionales: guía de investigación. 1ª. ed. – San José, C.R. Corte Suprema de Justicia.

Escuela Judicial, 2009.

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apropiados para los puestos, por tanto no se cumple con el elemento de tipicidad, resultando aplicable los principios de "nullum crimen sine lege", "nullum poena sine lege", es decir, no hay crimen sin ley y no hay pena sin ley. Suscribe lo anterior, Licda. Mariana Villarreal Arroyo Unidad de Asesoría Jurídica Conapdis

C/c Archivo.

(42:20) La señora Martha Zamora Castillo indica que le quedó claro y que toman nota del oficio de la Dirección Ejecutiva y del Informe de la señora Mariana Villarreal para cerrar. Este tema ha estado dando vueltas desde hace mucho tiempo y el criterio de la señora Villarreal es, completamente contundente. Lo que hizo mal en el momento y no se corrigió, si no está en la Ley no es delito, lo que se hizo internamente en el tiempo, ya está prescrito, los que están adentro, están adentro y los que están afuera, están afuera. Se toma nota de este asunto. (43:24) El señor Francisco Rodríguez Gutiérrez consulta lo siguiente: porque que esa parte está explicada desde la parte penal y administrativa. Sin embargo, la señora Mariana Villarreal no refirió desde el punto de vista de la probidad, esa parte no la abordó. (43:35) La señora Martha Zamora Castillo indica que podría llamarse a la señora Villareal y responde que, aunque se abordara desde el punto de vista de la probidad, las personas quienes hicieron los nombramientos ya no están en la institución. Los funcionarios que están nombrados y la violación al deber de probidad no lo cometieron los funcionarios que están nombrados, los cometieron las personas que hicieron las cosas sin seguir la probidad. Por ejemplo, si se estuviera analizando algo que la señora María Isabel Chamorro Santamaría, Directora Ejecutiva a.i. hizo en enero 2016, que el próximo año salga algún problema y que la Junta Directiva no lo tipificamos, no

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prescribe. Pero, le aplicamos la probidad a ella, quien fue la que hizo el nombramiento, no al funcionario porque este creyó que estaba bien nombrado. El otro punto, es que quienes lo hicieron ya no están aquí, la señora Bárbara Holst y la señora Soledad Murillo, aquí lo queda es tomar nota. Si bien es cierto, está prescrito y no se hizo lo que correspondía, ambas personas actuaron violentando su deber de probidad y eso, es lo que queda claro. Muchas veces, las personas hablan de que los anteriores directores ejecutivos hicieron cosas que no debían. Pero, que no aparece tipificado en ninguna parte, ya sabemos que fue falta a la probidad. Tal vez, la señora Villarreal no entró a conocer lo de la probidad porque las personas no están aquí. Pero, que esta Junta Directiva conoce la situación y que va a servir de lección para no hacerlo y para no permitir que los Directores Ejecutivos bajo nuestro cargo, caigan en lo que hicieron las personas que antecedieron, que se sabe quiénes son. (46:20) El señor Erick Chacón Valerio indica que lo preocupante es que “el frío no está en las cobijas”, no está en quienes de alguna manera se han visto beneficiados, si no en quienes se arrogaron actos administrativos para los que no tenían potestad. Le preocupa, porque estos son algunos, pero, hace un año estaba nombrado un politólogo en un puesto de abogado, por ejemplo. El tema ha seguido y cuando se habla de una palabra que a mucha gente le suena feo, que es Control Interno, pareciera que en la Institución en el tema de Recursos Humanos se ha sido reiterativo. No es algo que quedó en 1999, en el 2008, es algo que sigue constante. El deber de la Junta Directiva en este, como en otros casos es hacer y señalar las denuncias que haya que hacer porque para eso fueron nombrados. Pero, lo otra parte que es la más importante, es encontrar las debilidades que está señalando el Control Interno. O sea, se ven unidades que han fallado reiterativamente y aquí se habla de unidades no de personas. Pero, si sería importante llamar a cuentas a quienes hoy están a cargo de esas unidades, aunque ellos no hayan sido en su momento, los que participaron para ver qué se ha hecho, qué acciones se han

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hecho para que esto, no siga sucediendo, al fin y al cabo, esa es la principal obligación de la Junta Directiva, mejorar la institución. La única forma de mejora, es tapando esos huecos, que, en algunos casos, han sido agujeros negros, porque eso es lo que tiene a la institución tan debilitada en muchos campos. Hay muchos funcionarios ocupando puestos para los que no fueron, necesariamente contratados y eso, tiene a la institución bastante debilitada en muchos campos. Quisiera que, a nivel del máximo jerarca, en su momento, se llamara a la Unidad de Recursos Humanos y se le consulte qué se ha hecho en los últimos meses, para que estas cosas no continúen. Indica que hoy está la señora María Isabel Chamorro Santamaría como Directora Ejecutiva a.i., no se sabe quién va a venir. El hecho es que no se puede seguir permitiendo que esta institución sea manejada de acuerdo con las ocurrencias de quien esté en la Dirección Ejecutiva y dice “ocurrencias”. Porque le parece que hay tan pocos controles internos, procedimientos, que, a veces, los Directores Ejecutivos del Conapdis han tenido que una apertura enorme para hacer y deshacer dentro de la institución a vista y paciencia de la Junta Directiva. (49:32) El señor Keylor López Rodríguez indica que se vuelve a lo mismo. Esos movimientos que hicieron a partir del año 2012, que los hizo el señor Erick Hess sin ningún criterio técnico de reubicar funcionarios en áreas que no les correspondían. Contribuyó al debilitamiento de la supervisión, por decir algo, de los hogares de convivencia familiar donde había 5 o 6 funcionarios que se dedicaban a eso y que fueron esparcidos por un montón de lugares que nada qué ver. También la responsabilidad como funcionario de aceptar un cargo para el cual no se tiene las competencias, deja mucho que decir. También deja mucho que decir, todavía más dónde estaba la Junta Directiva y dónde estaba el Comité Directivo, que no llamó la atención a eso, porque el Director Ejecutivo no se manda solo ni se nombra solo. Lo que sucede, es que como dice el señor Presidente: “a mucha gente, se le

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olvida quién es el que manda” y a eso, debe ponérsele un alto a esto. Porque aquí hay gente que se cree que es la Junta Directiva o la Dirección Administrativa, simplemente porque son Directores Técnicos o alguna otra cosa. Ya se cuenta con el criterio técnico para decir sin irrespetar lo que el máximo jerarca ha decretado y después hablaré sobre esto, cuando vengan los asuntos del Comité Directivo porque aquí se les olvida quién es el que manda y repite: y solicita que conste en actas, literalmente como lo está diciendo, que “un pie no le puede decir a la cabeza adonde va, la cabeza es la que le dice al pie adonde va”. No es solamente la responsabilidad del Director Ejecutivo sino de la Junta Directiva y del Comité Directivo no poner a coto, las acciones que un Director Ejecutivo realizó en equis o ye momento. (51:32) El señor Francisco Rodríguez Gutiérrez desea hacer una observación, igualmente desea que la señora Mariana Villarreal se refiera al tema de probidad. Pero, indica que sí hay algo importante y quiere rescatar lo dicho por el señor Erick Chacón Valerio y solicita que conste en actas: “Como Junta Directiva se están dando cuenta de esta situación, hay un criterio. Pero, no están apretando el botón para decir que se hagan procedimientos y se haga lo que se tenga que hacer a nivel reglamentario en la institución para que este tipo de cosas no vuelvan a suceder y si hay que tipificar sanciones de eso tipo, que si algún funcionario, se toma atribuciones de nombrar a discreción como pareciera, que se nombró en estos casos. La Junta Directiva deben dar los lineamientos para que se haga lo que se tenga que hacer a nivel normativo. Por eso, es que le preocupa porque se ven las cosas y al final, no ponen el huevo para tomar alguna decisión para que esto no vuelva a suceder”. Lo otro es, que la señora Bárbara Holst y la señora Soledad Murillo tienen mucho tiempo de haber salido. En ese caso, entiende ese parte, pero, haciendo referencia a lo que dice el señor Keylor López Rodríguez con lo del señor Erick Hess. Inclusive, ahí, habría que analizar todas las acciones, no, solamente desde que ingresó el señor Hess desde el año 2012 sino desde el año 2010, 2011 que estaba la señora Adriana Retana Salazar como Directora Ejecutiva y había un Comité que tomaba decisiones, que son la base de toda esa restructuración.

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Posiblemente el señor Erick Hess va a argumentar, que él tenía la potestad como jerarca administrativo que, según MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN NACIONAL Y POLÍTICA ECONÓMICA (MIDEPLAN) es el único que tiene la potestad de hacer cambio en ese periodo de reestructuración que era de un año y que se amplió. seis meses más. Pero, no era solamente desde Erick Hess si no desde hace un par de años atrás que viene todo este tema. (53:41 utilizando el lector de pantalla) El señor Christian Ramírez Valerio indica que, con esta nota, está claro que no se puede proceder con las denuncias cuyos periodos de prescripción ya están vencidos. Lo que se puede hacer de ahora en adelante, es revisar las labores que los funcionarios de la institución puedan realizar de acuerdo con las funciones que se han asignado al Consejo con la Ley 9303. Eso sí, tiene que verse las nuevas estrategias para la organización institucional que la Comisión de Reglamento de la Ley 9303 está llevando a cabo y si tiene la oportunidad de rediseñar, debidamente el rumbo de la institución para cumplir los fines, para los cuales los funcionarios de la institución deben procurar como también los jerarcas deben velar por el cumplimiento de estas labores, por ejemplo, todavía no se tiene claro, las políticas sobre accesibilidad que deben formularse. Tal es el caso de las políticas de accesibilidad para las personas ciegas y las políticas de acceso a la comunicación y a la información en LESCO para las personas sordas a través de la provisión de los servicios que se ofrezcan en esta lengua como por medio de los servicios de interpretación de LESCO. En este sentido, es esencial que se tomen en cuenta las políticas públicas de atención a las personas con discapacidad con base en las cuales, los funcionarios puedan trabajar y cumplir calvamente sus labores con las competencias que deben tener. (55:30) El señor Walter Montero Bonilla indica que en este tema, la Auditoría Interna debe participar, activamente en la parte de Control Interno para detectar a tiempo esos fallos que se están dando en la Administración. Pero, también la Junta Directiva tiene mucha culpa por no atender estos casos prontamente. Recuerda que al principio, cuando estuvo estudiando la relación de hechos, la

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Auditoría Interna había señalado a funcionarios que no cumplían con los requisitos en los puestos y eso, fue una relación de hechos del 27 de junio de 2013 y todavía a esta fecha de este año, no se le ha dado seguimiento, había quedado en el aire. A eso es lo que refiere, que también la Junta Directiva tiene culpa por no haberle dado seguimiento y no de llegar a acuerdos finales sobre la relación de hechos, por ejemplo, en estos casos que se dieron ya hace más de tres años, ahí es donde deben actuar como Junta Directiva. (56:57) La señora María Isabel Chamorro Santamaría indica que, efectivamente que aquí hay muchas cosas que se hacen y que no deben hacerse y es, sumamente difícil. Todo lo que ha habido que enderarse aquí, entre lo que debe ser y lo que se hace ha sido demasiado y puede sentarse un día y no le alcanza una sesión para decir a la Junta Directiva qué es lo que se ha ido corrigiendo, a veces, los funcionarios se molestan. La verdad, es que en las actuaciones no cree haber sido infalible, pero, en las actuaciones que tiene que estar apegadas a lo que el bloque de legalidad indica, lo cual no siempre ha sucedido aquí. De lo que ella tiene referencia, en el periodo, precisamente del señor Erick Hess la gente se movió así, indicando que iban mañana para tal lado y eso, dejó una serie de secuelas no solamente al nivel de la prestación del servicio de la institución si no, también que dejó secuelas a nivel del recurso humano, por lo menos, eso es lo que ella ha sabido. Tienen razón, eso también sucedió con la complacencia de la Junta Directiva, ahora, ¿cuál es la situación? Efectivamente lo que el señor Walter Montero Bonilla indica es cierto, lo que pasa es que a ella, le está imposibilitado en materia del bloque de legalidad hacer absolutamente nada por dos razones:

1) Ya el Servicio Civil dijo que, al haber pasado a este régimen, la

ubicación de las personas en la plaza y aquí están los señores Erick

Chacón Valerio y Francisco Rodríguez Gutiérrez, a quienes en una

oportunidad los acompañó, la gente tiene que estar en el puesto donde

estarán ahorita. Porque el análisis que va a hacer el Servicio Civil va a

ser en función de lo que el funcionario está realizando en estos

momentos.

Si lo que está realizando en estos momentos, no se apaga a los

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requerimientos que tiene plaza, ahí es donde se va a determinar que

esa persona está ahí. Pero, no debería estar en esa plaza, debería

estar en otra o esa persona no debería estar en determinada plaza,

pero, tampoco debería estar en la institución, ahí es donde la plaza va

a quedar vacante.

2) Por otro lado, ha transcurrido tanto tiempo, eso es un criterio de la

Unidad Jurídica, que ya la persona funcionaria por así decirlo ha

adquirido derechos, se consolidó. Porque la Administración fue

complaciente, no es culpa de la persona funcionaria, incluso cuando

ella fue al Servicio Civil dio los argumentos que indico la señora Mauren

Navas Orozco de la Auditoría Interna, inclusive ella ya estaba como

Directora Ejecutiva y en el Servicio Civil le dijeron que los argumentos

no tenían validez, porque ahora, la institución está en manos del

Servicio Civil.

Por ejemplo, específicamente se tiene a una persona concursó antes

de que entrara en vigencia la Ley y en su opinión y la del Jefe de

Recursos Humanos, a esa persona se le debió haber dado propiedad.

Esa es la opinión de nosotros, así lo consignó el Jefe de Recursos

Humanos y así lo compartió ella. Pero, el Servicio Civil ante una

consulta específica de ese caso, manda a decir que el Poder de

Reclutamiento y Nombramiento en Propiedad la institución no le

compete, es competencia del Servicio Civil.

En consecuencia, en estos momentos, ella no podría, incurriría prácticamente en lo mismo de trasladar a una persona funcionaria, aunque, tal y como lo señala la Auditoría Interna, hay personas que no tienen los requisitos para estar a dónde están y están haciendo labores que no les corresponden. Se contaba con una plaza de Planificación, Control Interno, varias plazas para todos los temas que indicó la Auditoría la vez pasada y que ella misma lo señaló, en parte, cuál ha sido el problema. Indica que, en cuanto ella se refiere, que tengan la plena seguridad que si hubiese estado dentro de sus posibilidades, competencias y facultades haber hecho eso, ya lo habría hecho. Porque, efectivamente la institución no puede funcionar sin tener, adecuadamente el recurso humano en cada una de las

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unidades que correspondan. Con respecto a otro tema, los mantengo informados siempre de los actos, cree que es una práctica que se va a tener que mantener y será la Junta Directiva la responsable de que esa práctica se mantenga o no y aprovecha para informarles que, en el caso de los nombramientos de las plazas de la Autoridad Presupuestaria, que la vez pasada se nombraron por emergencia. La Dirección tomó la decisión de prorrogar sujeto a que la persona, efectivamente cumpla con el espíritu de la resolución, ¿cuál fue la resolución?, que la personas cumpla con la prestación del servicio público y esa es la resolución misma que se ha dado ahora. Si una persona no está cumpliendo con ese espíritu o lo que se plasmó en la resolución, no está cumpliendo. No necesariamente a todas las personas que se les nombró por los seis meses, quizá vayan a seguir, eso no se sabe en este momento, porque hasta en el mes de septiembre 2016 se vence y sí se les advirtió que el 07 de septiembre de 2016 por seis meses más, pero, se emitió una resolución que lo fundamenta y los nombramientos que se han hecho en esas condiciones son de carácter temporal y se especifica, claramente como lo explicó la vez pasada, las resoluciones ahí están disponibles y las personas que se seleccionan, se hace con la persona encargada de la oficina, con los currículum que se tengan, la participación de Recursos Humanos y fundamentalmente cuidado que tal y como se establece en toda la jurisprudencia cumplan con idoneidad. Ninguna persona que no cumpla los requisitos puede ser nombrado y la escogencia, aunque ella es la que nombra, prácticamente no la hace ella. Porque se hace un análisis entre cuatro o cinco personas que participan, si es una Rectoría será el Rector para un tema de un permiso sin goce de salario, porque es ese Rector quien va a trabajar con esa persona. Con el permiso sin goce de salario de hoy, ya estamos por nombrar a la persona que la va a sustituir. Pero, no es que a ella le manda unos currículums al escritorio y ella selecciona al azar, en el caso de las Regionales se les llama junto con Recursos Humanos. Aprovecha la oportunidad para indicarles lo anterior y como les repite, que en cualquier momento que tengan duda, así lo va a evacuar.

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(01:05:55) El señor Erick Chacón Valerio indica que, probablemente este tema de nombramientos cuando ya esté de pleno en el Servicio Civil deduce que para hacer un ascenso, tendrá que ser a través del Servicio Civil. Tiene una preocupación y desea que la agenden para la primera sesión del mes de octubre de 2016, una vez que hayan pasado lo el POI y lo del presupuesto. Indica que sí es necesario, que una persona del Servicio Civil venga a esta Junta Directiva. Tiene sus dudas en cuanto a los derechos que adquieren los funcionarios que ya están, ya sea, de forma interina o en propiedad, una vez que el Servicio Civil asuma. Cuando el Servicio Civil asuma tendrá que homologar algunos de estos puestos de la gente que no califica, no sabe si por el tema de la Ley 9303, que habla que se mantienen los derechos, si estas y otras personas, automáticamente mantendrán sus derechos. Lo que le preocupa, son aquellas personas que no conocen y que, eventualmente recién aprobada esta Ley o meses antes de aprobada esta Ley hayan asumido un cargo o un puesto y por lo que se está durando con ese tema del Servicio Civil vayan a adquirir derechos, porque este atraso de más de un año del Reglamento, que ya el Servicio Civil lo dijo, que hasta que el tema de la restructuración no esté, no va a asumir la institución de pleno. Le preocupa que, por esa dilatación en la creación de la estructura administrativa de la institución, puedan verse beneficiadas personas que no cumplen para ocupar un puesto. Quisiera que para efectos transparencia y que como Junta Directiva lo tengan bien claro, viniese algún funcionario del Servicio Civil y les aclare, exactamente sobre cómo va a ser el proceso y si en este tiempo que se está durando de ya más de un año para hacer la estructura, podrían verse beneficiados terceros (01:08:15) La señora Martha Zamora Castillo indica que da por agotado el tema, todas intervenciones quedarán en el acta. Que si hay algo que le alegra, es que el Servicio Civil tomará bajo su rienda el tema de la restructuración administrativa o el organigrama institucional. Precisamente para evitar, lo que este informe de la señora Mariana Villarreal Arroyo indica, de que sea al antojo de quien está dirigiendo la institución que

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muevan a las personas. Pueden llevarse sorpresas, con gente que indiquen que ni siquiera está calificada para el puesto, como puede haber sobre calificada. Lo que pasa es que para quienes conocen la dinámica del Servicio Civil para quienes están bajo ese régimen, saben que es, tremendamente estricto, no se presta casi ni para confusiones. Además, hay un transitorio en Ley que dice que la gente del Conapdis pasa, exactamente con sus mismos derechos laborales. Tendrían que ver si eso significa, por eso el transitorio se hace, con el espíritu de que el trabajador quede salvaguardado de sus derechos laborales, porque tampoco pueden venir a atropellar un derecho laboral y si en el interín de toda esta reforma, la persona adquiere derechos, que es un poco la preocupación del señor Erick Chacón Valerio, pues, ni modo. No quiere decir que no se pueda hacer nada, si no, que se ya se está en un proceso de enderezar a través de una Ley y de una nueva forma de organizarse. Va a tomar nota de lo solicitado por el señor Chacón Valerio, sin detrimento de lo siguiente: cuando la Comisión de Reglamento, espera que sea pronto, termine la ficha técnica para MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN NACIONAL Y POLÍTICA ECONÓMICA (MIDEPLAN), deben recordar que se manda una propuesta de estructura que, finalmente la define el MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN NACIONAL Y POLÍTICA ECONÓMICA (MIDEPLAN) y, luego, el Servicio Civil viene y hace la parte que le corresponde, propiamente de análisis, distribución y ubicación de puestos, propiamente dichos. Pero, la estructura se hace una propuesta y en MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN NACIONAL Y POLÍTICA ECONÓMICA (MIDEPLAN) con base en sus últimos lineamientos, hace la estructura y la manda definida, con la cual deben meternos en cintura. Indica que cuando en el año 2009, el Ministerio de Salud hizo lo que le dio la gana con el tema del desarrollo organizacional, el MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN NACIONAL Y POLÍTICA ECONÓMICA (MIDEPLAN) en el año 2009 sacó decreto que dice que: “ninguna restructuración de ninguna institución se hace sin el visto bueno del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN NACIONAL Y POLÍTICA ECONÓMICA (MIDEPLAN). Al final, el MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN NACIONAL Y POLÍTICA ECONÓMICA (MIDEPLAN) va

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a dar las grandes líneas y el Servicio Civil acomoda las famosas cajitas ARTICULO IV: SEGUIMIENTO DE ACUERDOS 4.1 Sesión Ordinaria N°29 realizada del jueves 12 de mayo de 2016, Acuerdo JD-242-2016 elección puesto Director Ejecutivo (01:11:52) La señora Martha Zamora Castillo informa que hoy hace ocho días, tuvieron la entrevista con el último participante de las cinco mejores notas de los aspirantes para el puesto de Director Ejecutivo. Tuvieron la entrevista con el señor Esteban Arias, quien era el único que faltaba. Luego, el Comité Directivo a través de una tabla de criterios, procedieron a generar las calificaciones y se les notificó a los cinco finalistas la nota que el Comité Directivo les dio. Las tres mejores personas son y sin ningún orden:

a) El señor Esteban Arias

b) El señor Luis Angel Guzmán

c) La señora Lidieth Campos Rubí

Las otras dos personas que eran Arias Vizcayno y Jerry Campos tuvieron notas infereiores a 80, notificándoseles el martes. La señora Karina María Dennis Rivas, Secretaria de Actas les notificó a raíz de la tabla hecha por el señor Oswaldo Alvarado Martínez de Recursos Humanos a los cinco las notas. Obviamente los tres mejores son Esteban Arias, Luis Angel Guzmán y Lidieth Campos Rubí. Están en el periodo de apelaciones, el espacio de los tres días, dicho plazo vence el próximo viernes, o sea, mañana, esperaría que no haya apelaciones, la entrevista fue un intercambio, preguntas, cómo ven el futuro del Conapdis, entre otros. Esperando que no haya ninguna apelación este viernes finaliza ese plazo y sigue la otra parte, destaca que el señor Esteban Arias es una persona con discapacidad visual de las tres mejores notas. Lo cual les alegra mucho que haya llegado hasta el final y con la mejor nota, lo que no quiere decir esté adelanto criterio.

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Si todo sale como estaba prevista, iban a sesiones un día para entrevistarlos a los tres y hacerles unas preguntas, conocerlos y que los otros miembros de la Junta Directiva sepan quienes son, puedan hacerles preguntas abiertas. Posteriormente, ese mismo día escogerían a la persona que para el juicio y dentro del seno de la Junta Directiva, sería la idónea. A todos se les advierte, que el nombramiento arrancaría el 01 de enero de 2017, pero, 01 de enero de 2017 sería el primer día de funciones de la persona. Ahí, tiene que dilusidar con la señora María Isabel Chamorro Santamaría, Directora Ejecutiva a.i. porque deben de inscribir el poder de la persona antes del 31 de diciembre de 2016, a todos los participantes se les informó la fecha de inicio, no son personas desocupadas, tiene sus trabajos, actividades personales incluso hasta actividades internacionales. Se les advirtió a los finalistas que el proceso de inducción será gratuito, que no se les va a pagar y que, precisamente indicaron que por la gratitud del proceso, obviamente no va estar en horario completo. Se pondrán de acuerdo con la señora María Isabel Chamorro Santamaría Directora Ejecutiva a.i. para hacer un proceso escalonado y puedan ir tomando la batuta y que ya el 01 de enero de 2017 tomen el tema. Ya se finalizó con esa etapa, se esperaría a mañana que no se presente ninguna apelación, si hubiese alguna, tendrían que conocerla en sesión de Junta Directiva el próximo jueves 25 de agosto de 2016. Pero, como no hay prisa, podría hacerse la entrevista el 08 de septiembre DE 2016, pero, se quedó en ver el POI y para no quedar mal, en la otra sesión del jueves 22 de septiembre de 2017 se quedó en ver el presupuesto. Hacer las entrevistas el jueves 13 de octubre de 2017 que es la primera ordinaria de ese mes o hacer una extraordinaria en septiembre. (01:20:14) El señor Erick Chacón Valerio indica que varios presidentes de las organizaciones les han solicitado que hagan una propuesta de acuerdo, que la sometan a la consideración de ustedes. Ya que a las organizaciones les gustaría un conversatorio con las tres personas finalistas, a fin de cada uno de ellos exponga en un plazo de quince o veinte minutos cuál es su visión de la discapacidad en Costa Rica, que los presidentes de las organizaciones puedan hacerles preguntas, sin que signifique ese conversatorio, ningún tipo

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de evaluación, más que el conocer a los candidatos, ¿cuál su ideología o filosofía de la discapacidad?, y hacerles unas preguntas. Conversatorio que serviría para la Junta Directiva y observadores del mismo, también para tener un poco más de criterio, para cuando se reúnan con ellos por aparte, tener un mayor criterio a la hora de escoger. Básicamente esa es la propuesta que se hablaba a través del Coindis, que podría ser aquí mismo en el Consejo, una mañana, una, dos o tres horas, invitar a los presidentes de organizaciones en ese conversatorio. Inclusive el mismo día por la tarde, podría reunirse la Junta Directiva con ellos tres y hacer lo que la señora Presidenta indica hace un rato. Esa es la propuesta que se conversó que con varios presidentes de organizaciones, para someterla a criterio de la Junta Directiva. Inclusive se ha hablando de algunas ideas como el conversatorio sea transmitido en vivo, para que personas con discapacidad de diferentes lugares pueden conocerlos. No se trata de que las organizaciones emitan ningún tipo de criterio de ninguno de los tres, se trata, únicamente que los consulten, los traten y los conozcan nada más. (01:22:20) La señora Laura Bravo Cóppola indica dos cosas, una relacionada con el tema de las fechas sobre cuándo hay que hacer el trámite inscripción, cuándo puede empezar a ejercer la nueva Dirección Ejecutiva, le parece que hacer un criterio de Recursos Humanos que es el que sabe todas esas respuestas. Es prudente plantearlas de una vez y que por escrito indiquen cuál es el procedimiento a seguir, precisamente para que otra vez, como Junta Directiva se cuente con un respaldo, aunque sean los responsables, tener un respaldo de la parte técnica sobre cómo proceder y que después, no tengan inconveniente o caer ninguna responsabilidad o que se atrasen los subsidios o alguna cuestión o trámite. Lo otra que quería indicar es que, le parece que la iniciativa de los compañeros corresponde al Condis y que está bien, la Junta Directiva podría apoyar una moción de aprobar la actividad organizada por Coindis y que la Junta Directiva les apoye en la actividad propuesta. Pero, es muy delicado porque en realidad, es un proceso de selección, que la Junta Directiva se involucre podría malinterpretarse, inclusive, preferiría hasta tener el criterio legal antes de

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analizar esa propuesta, pensando en que como son candidatos a un puesto público y es una institución pública. Es una invitación que ese les podría hacer a una actividad, a un conversatorio, perfecto, muy bonito. Pero, que la organicen las organizaciones a través de Coindis con esa intensión de conversatorios con tres personas, pero, no el marco que, después la Junta Directiva tome ningún tipo de decisión, porque si la Junta Directiva de alguna manera se involucra, obviamente toma criterio, amplía o no su criterio, que no es que esté mal. Pero, no es el procedimiento, porque ya se dijo que se les iba a entrevistar y el procedimiento establecido y el que se aprobó fue ese y como esto es tan delicado, vicios de nulidad. Le parece muy interesante y valiosa la iniciativa, que las organizaciones quieran hacer un conversatorio con las personas interesadas en ocupar el puesto. Pero, que lo hagan a través del Coindis para que la Junta Directiva no se vea, directamente involucrada con esto, para que no se malinterprete ni caer en ningún tipo de acto irregular en la última fase. Lo último que quería aportar, es que a lo mejor el día en que se programó lo del presupuesto, tal vez, si fueron solo esos dos puntos únicos. El presupuesto en la tarde y en la mañana la entrevista con …, para no tener que sesiones en una extraordinaria, dejar la entrevista que ya era parte de procedimiento de selección y que en la tarde, quede el presupuesto que ya estaba programado. (01:26:09) El señor Francisco Rodríguez Gutiérrez indica que para ampliar a lo dicho por el señor Erick Chacón Valerio, que esa solicitud la hicieron basada en el paradigma de los Derechos de las Personas con Discapacidad con la participación activa de las personas. Un poco, atendiendo la observación realizada por la señora Laura Bravo Cóppola, no sé si malinterpretó que es una acción con conjunto con organizaciones y la Junta Directiva. En realidad, esa no es la idea, es un conversatorio donde la organizaciones intercambien ideas, opiniones con los participantes, que pueda transmitirse a todo el país, que la gente pueda conocer y, eventualmente si alguien de la Junta Directiva quiere conocer lo que se dijo y le ayude a tomar opinión, que cada uno lo haga por su cuenta. No significa que sea parte del proceso, porque no estaría dentro del

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procedimiento. Pero, sí serviría para tomar elementos para lo toma de decisiones para lo que están en Junta Directiva. Sería una actividad como lo decía el señor Chacón Valerio de unas dos, tres, cuatro horas, para eso se plantea la solicitud aquí. Si bien, la señora Bravo Cóppola plantea que se el Coindis, este no puedo autodecidir por la Junta Directiva para lo cual se hace de conocimiento. Lo otro, lo de las fechas, criterio personal ante la pregunta planteada por la señora Martha Zamora Castillo y viéndolo en el tiempo, que septiembre las organizaciones puedan reunirse con las personas y tomar la decisión en la primera sesión de octubre. En septiembre no podría ser, ya que, dada la experiencia aquí y recordarán que aquí los presupuestos y los POI’s se han tenido que ver hasta en dos sesiones, hacer modificaciones y observaciones. Plantearlo en una misma fecha con el presupuesto, sin saber que ese mismo día tendrían que ver un ajuste al POI, se estarían amarrando con fechas. En cambio, en la primera de octubre de 2016, tendría la libertad de poder tomar la decisión con tranquilidad. (01:28:30) La señora Martha Zamora Castillo hace la observación que el Coindis sí lo puede hacer como Comité de Información a las organizaciones sin tener ningún problema con la Junta Directiva, ese es su criterio. Pero, en la invitación que le extiendan a los señores finalistas, que es de parte del Coindis y que es un conversatorio, voluntario, que no va a haber ningún tipo de evaluación y que no es vinculante para la Junta Directiva. Con esa nota, que la redacten los compañeros del Coindis, les solicitaría que se la envíen para revisarla. Porque el espíritu de la actividad está bien, es una actividad muy respetuosa para conocerlos, saber qué piensan, máximo que hay una persona con discapacidad. Todas las cinco personas y especialmente los tres finalistas, tiene amplia experiencia en el tema de la discapacidad, desea que los compañeros que tienen más experiencias en los nuevos modelos puedan esculcar más a los tres finalistas. Pero, dejar claro que es una invitación muy respetuosa, que es voluntaria, que no tiene nada que ver con el procedimiento de escogencia y que no es vinculante para ningún efecto.

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En ese sentido, se deja constancia en actas y que debería hacerse antes del 13 de octubre de 2016. (01:30:42) El señor Erick Chacón Valerio indica que solo por la forma, que estos tres nombres hasta hoy, ellos los conocen. Pero, de alguna manera son internos, no es que sea un secreto de Estado, pero, es algo que se ha manejado de forma privada. Primero, él y el señor Francisco Rodríguez Gutiérrez se han cuidado mucho de no filtrar ningún tipo de información de nombres hacia las organizaciones. Si quisiera invitar a estas tres personas, ya sí tendrían que filtrar esa información. La pregunta de forma sería esa que, si la Junta Directiva los autoriza para, igualmente habría que esperar a que ya estén en firme los tres. Pero, una vez que ya hayan pasado los tiempos de apelación, si la Junta Directiva los autoriza para que puedan dar esos nombres al Coindis para que puedan convocarlos. Repite que, en eso, él y el señor Francisco Rodríguez Gutiérrez han sido muy respetuosos por un tema discrecionalidad. Pero, si ocuparían esa apertura de la Junta Directiva. (01:31:43) La señora Martha Zamora Castillo indica que, de hecho, eso le permite decirles a todos que, en realidad, parte del proceso es, precisamente la confidencialidad, esos tres nombres ustedes los conocen hasta el día de hoy. Porque ni a la misma Directora Ejecutiva, señora Isabel Chamorro, solo los miembros del Comité Directivo, el señor Oswaldo Alvarado Martínez de Recursos Humanos y la señora Karina María Dennis Rivas, Secretaria de Actas quien hizo las notificaciones saben quiénes son las cinco personas. Obviamente, una vez superado el día de mañana y si no hay apelaciones, el señor Oswaldo Alvarado Martínez les indicará mediante oficio las tres personas. Con este oficio enviado por Recursos Humanos que se vería dentro de la correspondencia en la próxima sesión o bien, por correo electrónico que no hay ningún problema porque eso es información pública. Ahí, podríamos quienes son las tres personas e iniciarían las habladurías, en el momento que el Comité Directivo haga público esos tres nombres. ¿Por qué se ha manejado con tanta discreción?, porque precisamente es un puesto al

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que la misma Junta Directiva se autoimpuso hacerlo de una manera muy abierta y ver que, precisamente por no hacer las cosas con transparencia surgen algunas cosas, como por ejemplo los nombramientos indicados por la señora Mariana Villarreal Arroyo, prescripciones, faltas a la probidad y, precisamente cuando se hacen las cosas a derecho surgen otras, que son todas positivas. Aquí, en esto nada es negativo, está muy orgullosa, sinceramente del proceso que está a punto de finalizar, muy contenta con el trabajo del señor Oswaldo Alvarado Martínez y quiere hacérselo llegar a través de la señora María Isabel Chamorro, Directora Ejecutiva a.i., quien siempre ha estado dispuesto a trabajar horas de horas, la asistente de Recursos Humanos, quien ha hecho un acompañamiento desde el principio. Podría decirse, al finalizar el día de mañana cuando ya estén esos tres nombres ratificados, que el proceso se ha hecho, absolutamente limpio y para ponerse una flor más en el ojal, las organizaciones quieren hacer eso y le parece bien. Si la persona no quiere venir, no significa que sea una persona negativa, podría ser por compromisos de índole persona como en el caso de este señor Esteban Arias quien tiene compromisos en el extranjero y hubo que reprogramarle la entrevista porque estaba fuera del país. En el caso del señor Luis tiene su propia actividad privada y muchas cosas en agenda, la señora Lidieth es la que parece es que está un poco más desocupada en términos de tiempo. Porque ella es consultora. El objetivo sería hacerlo de esa manera. (01:35:29) El señor Christian Ramírez Valerio indica que en relación con esta moción es importante hacer una consulta a la Asesoría Legal o Recursos Humanos si puede ser procedente esta conversación con los tres candidatos. En vista de que, formalmente solo los miembros de la Junta Directiva tienen conocimiento de quienes son los candidatos, pero, eso, no se ha divulgado, todavía de manera formal desde el Conapdis. Indica que todo, debe hacer con cautela. Así que, mejor hacer la consulta a la Asesoría Legal o Recursos Humanos en este sentido, de que si procede que si una vez que se tenga el conocimiento, el Coindis pueda proceder a realizar

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esta actividad del conversatorio cuando el proceso de selección todavía está en curso. Ya que, todo debe hacer a derecho como lo señala la señora Martha Zamora Castillo. (01:36:25) La señora Martha Zamora Castillo le solicita al señor Erick Chacón Valerio que el tema lo dejen para la próxima sesión de Junta Directiva. Además, le indica al señor Christian Ramírez Valerio que acoge su propuesta y que van a esperar de hoy en ocho días para saber si los candidatos están en firme y solicitarían el criterio a Recursos Humanos y la Asesoría Legal para no incurrir en alguna ilegalidad en el proceso como lo señala el señor Ramírez Valerio. 4.2 Sesión Ordinaria No. 35 realizada el jueves 11 de agosto de 2016, Acuerdo JD-294-2016 Informe SA-04-2016 Programa de Convivencia Familiar

(01:37:15) La señora Martha Zamora Castillo indica que se le iba a dar seguimiento Informe presentado por la señora Mauren Navas Orozco hoy hace ocho días con respecto al Programa de Convivencia Familiar. El señor Keylor López Rodríguez propuso que el martes 23 de agosto de 2016, haya una reunión para ir viendo el Informe de Auditoría y otros asuntos relacionados con eso. Porque se cuenta con un plazo de 30 días para responder como Junta Directiva a dicho informe. El informe ya se envió a todos sus correos. La Auditora envió un correo que va a leer, ese correo sin detrimento de lo que están proponiendo. Hay un correo que la señora Martha Zamora le envía a la señora Mauren Navas cuando dicha señora le hace llegar el Informe el viernes 12 de agosto de 2016 a la 13:50: “Estimada Mauren: Yo debo enviarlo individualmente de manera confidencial a los miembros de

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Junta Directiva, propietarios. ¿Cuál es el procedimiento? La señora Mauren Navas Orozco de la Auditoría Interna responde lo siguiente: “Buenos días doña Martha: Al ser un informe público, puedo enviarlo de forma general. Sin embargo, me parece prudente que dado el análisis legal que se debe realizar, se les indique que deben manejar con discreción el mismo. Hasta tanto, no se tenga el criterio solicitado en aras de que no se efectúen expectativas que provoquen alarmas que no corresponden.” Le solicita al señor Keylor López Rodríguez que para la reunión del 23 de agosto de 2016 se esperen, quien le responde que no pueden esperar mucho por lo delicado del asunto y los plazos por eso convocó para esa fecha. De esa convocatoria solo han confirmado la señora Laura Bravo Cóppola, la señora Gabriela Solano Zamora y el señor Keylor López Rodríguez, para ese día casi nadie puede. (01:41:10) El señor Keylor López Rodríguez desea explicar que lo mismo que la señora Auditora le dice a la señora Martha Zamora Castillo por correo, lo dijo el día que estuvo presente en sesión, que el Informe se iba a dar y que se manejara con discreción. Cree que todos son adultos y que lo entendieron ese día. Pero, es bueno que lo recuerden. (01:41:40) El señor Erick Chacón Valerio consulta que a cuál reunión se refieren? (01:41:53) La señora Martha Zamora Castillo le indica que se refieren a la Comisión que se formó para atender el tema del Informe del Convivencia Familiar. Todo los que están en ese Comisión tiene diferentes actividades programadas para ese día.

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(01:42:25) El señor Keylor López Rodríguez indica que envió el Informe y los insumos que la Auditoría consultó para hacer dicho Informe, para los compañeros que no están en la Comisión e hizo un análisis previo. Les solicitó a los compañeros leer la información de previo a la reunión, hizo un cuadro para anotar las sugerencias, las cuales están por prioridad. Las recomendaciones que la Auditoría hizo según la urgencia de cada uno, ya mucho del trabajo previo a la reunión ya está hecho. Solicita muy respetuosamente a los compañeros y así, lo va a manifestar en un correo, a los compañeros que no puedan ir, que manden el insumo para que él y la señora Laura Bravo Cóppola puedan reunirse el día acordado y hacer el trabajo. Después de la reunión, es recopilar las apreciaciones y las sugerencias de cada uno para ya dar un informe general. (01:43:34) La señora Martha Zamora Castillo indica que quedan en lo siguiente con respecto al seguimiento de ese acuerdo: La Comisión de seguimiento del Informe SA-04-2016, se van a reunir el próximo martes 23 de agosto de 2016, la señora Laura Bravo Cóppola y el señor Keylor López Rodríguez. Al resto de los miembros de la Comisión que no puedan ir, les están solicitando insumos que ya vienen en una hoja de Excel y que el jueves les informen cómo les fue. El espíritu de esta Comisión de seguimiento es que a los 30 días que se les venza el plazo para atender los temas de la Auditoría, que no estén corriendo contra el tiempo y pidiendo prórrogas. Las recomendaciones, después, se van a socializar con la señora María Isabel Chamorro Santamaría, Directora Ejecutiva a.i. Además, se indica que ese Informe corresponde al primer trimestre de este año, esa fue la foto que se tomó cuando las regionales no tenían el personal que tienen ahora y que está, completamente segura, que tanto, la señora María Isabel Chamorro Santamaría, Directora Ejecutiva a.i. y la señora Flor Gamboa Ulate, Directora de Operaciones Regionales le han dado prioridad al tema. La foto que se tome más adelante sobre tema va a ser diferente.

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Precisamente muchos de los señalamientos de la Auditoría Interna, es que muchas de las cosas se han dejado de hacer por falta de personal, aunque el informe parece apocalíptico. Hay muchas cosas que son humanamente imposibles tenerlas bien para el primer trimestre del 2016, esto no es el fin del mundo. (01:50:01) La señora María Isabel Chamorro Santamaría, Directora Ejecutiva a.i. indica es que deben tomar en cuenta que, todos los servicios de Advertencia que la Auditoría Interna ha enviado a la Junta Directiva, generalmente los ha asumido la Dirección Ejecutiva. Pero, ya que se nombró la Comisión, le gustaría que la Junta Directiva se avoque, para que no se duplique trabajo, ya que gran parte se tiene. Para que la Junta Directiva se avoque no a lo menudo, disposición que les mandó la Auditoría Interna, que tienen que ver con otras cosas más estructurales y de Política de parte de la Junta Directiva. Porque si fuese de esa manera, no tiene inconveniente, ya que la Auditoría es clara en decir lo que le corresponde a la Junta Directiva y lo que corresponde a la Dirección Ejecutiva, cada parte es responsable sobre lo que han mandado y sobre eso, van a tener que dar cuentas a la Auditoría Interna y para quien, establece un plazo que tampoco es muy corto. Si se ponen a mezclar lo que le corresponde a la Administración con lo que le corresponde a la Junta Directiva, le parece que ni va a dar tiempo ni se van a hacer las cosas como deberían. Para este tiempo se han realizado tres servicios de advertencia. Ella le hizo una observación a la señora Mauren Navas Orozco, Auditora Interna y le parece que la Junta Directiva podría hablar con ella, en el sentido de que, el Informe no contiene cuáles son las residencias. Eso es un elemento vital para la Administración, se hicieron unas fiscalizaciones y desconoce si se realizaron en las mismas que ella hizo o no y para que la Administración aplique medidas correctivas y establezca prioridades, debería tenerse esa información. La Auditora sabrá el por qué no se ha incluido. En ese sentido, no permite ir muy puntualmente y establecer prioridades. (01:53:00) El señor Keylor López Rodríguez indica que desea ser muy claro

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y con la experiencia que ha tenido en la Presidencia Ejecutiva del Instituto Nacional de Aprendizaje (INA), si bien, con las recomendaciones que dan este Cuerpo Colegiado se debe instruir a la Dirección Ejecutiva. Porque la Junta Directiva como máximo jerarca tiene que velar porque se cumpla todo y en el Conapdis, es lo que ha visto que nunca se ha hecho. En el buen afán de la buena administración, cuando la Auditoría envíe a la Junta Directiva con referencia a cualquier Dirección del Conapdis deben de replicarlo y enviarlo a esa. La Junta Directiva salva responsabilidad porque tomó acciones, le preocupa mucho eso, porque es cuestión de orden. La señora María Isabel Chamorro Santamaría, Directora Ejecutiva a.i., lo sabe muy bien, no es que están co administrando, es cuestión de delegación de funciones y responsabilidades. Porque la evidencia de que el Cuerpo Colegiado lo refirió a la Dirección Ejecutiva, aunque ya ha sido enviado a la Dirección Ejecutiva por la Auditoría Interna. (01:55:15) La señora Martha Zamora Castillo indica que con respecto a ese tema desea manifestar lo siguiente, va a recoger las manifestaciones positivas de la señora María Isabel Chamorro Santamaría y el señor Keylor López Rodríguez:

1) A la Auditoría Interna se le manda un acuerdo donde se acoge el estudio

y eso, significa que no tiene que archivarlo. Es lo primero que la

Auditoría necesita

2) Que se formó una Comisión que le va a dar seguimiento al acuerdo.

3) Que la Junta Directiva tiene que avocarse a hacer lo que le corresponde.

La otra parte le corresponde a la Dirección Ejecutiva. Porque si la

Auditoría Interna vuelve a llegar a ver qué les tocó a ambas, si la Junta

Directiva no hace lo indicado por la Auditoría, la jalada de orejas es para

la Junta Directiva.

Por ejemplo, en el informe que hace la Contraloría General de la República en el Patronato Nacional de Ciegos (PANACI), que no hay procesos sustantivos, no hay Plan Estratégico, no hay SEVRI, no hay nada en el PANACI. Recomendación 4.8:

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“La Dirección Ejecutiva presentará ante la Junta Directiva los procesos sustantivos”. Punto Número 10: “La Junta Directiva discutirá, aprobará o transformará los procesos sustantivos, presentados por la Dirección Ejecutiva”. Le da una función al Director Ejecutivo y una función a la Junta Directiva. Con los procesos sustantivos se le puede recomendar al Director Ejecutivo cuando se discuta en el pleno, que así se ha hecho. Que ya se salió de los procesos sustantivos y del Plan Estratégico, ahora, sigue el SERVRI, lo cual ha tomado casi un año y por otras circunstancias sucedidas. En el Informe de Auditoría, la Junta Directiva procede de acuerdo con lo que el Informe señala, es competencia de la Junta Directiva poner lo que le corresponde de acuerdo a este mismo. Si la Junta Directiva se entera de que la Dirección Ejecutiva hace caso omiso de las recomendaciones de la Auditoría Interna, ahí sí entra la Junta Directiva, porque la misma Auditoría lo va a señalar. Sería divino, tener una Auditoría preventiva en términos de Control Interno, pero, eso no le corresponde a la Junta Directiva. Pero, la cultura institucional va por dos malas costumbres:

1) Las cosas pasan y en el Conapdis no se sucedió nada, el gato se murió

y lo volvieron inyectar y hay un informe de tres años.

Lo que a esta Junta Directiva, le parece fue el espíritu del jueves pasado con esta Comisión de Seguimiento, que es dar seguimiento a lo que corresponde a la Junta Directiva, la Dirección Ejecutiva y las demás personas darán cuentas de lo que les corresponde a ellos. Porque eso sí sería co administrar, la Junta Directiva no co administra solo dirige y aprueba, que es el jerarca máximo para la toma de las decisiones políticas y lo que dicen los reglamentos, son errores que no deben cometerse en Junta Directiva. (02:00:25) El señor Keylor López Rodríguez indica que lo que le preocupa que lo que el sugirió ya está implícito en la toma de acuerdo. Todavía no lo

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entiende bien, que esa advertencia ya está implícita en el acuerdo tomado. Que los acuerdos deben estar, explícitamente para que el Cuerpo Colegiado, después cumpla. (02:01:15) La señora Martha Zamora Castillo indica que no he tenido tiempo de leerse el informe. A la Junta Directiva le corresponde darle seguimiento a lo señalado a partir del acuerdo y dar seguimiento a lo dicho por la Dirección Ejecutiva. (02:03:26) El señor Francisco Rodríguez Gutiérrez indica que el señor Keylor López Rodríguez tiene toda la razón y va a decir por qué. Porque el hecho de que se traslade y se instruya a la Administración para que se haga algo, no significa que ya se cumplió con la responsabilidad. Va a agregar algo más, lo que dice un Informe de Auditoría Interna, independientemente del Informe como lo dice son recomendaciones, cualquier otra cosa que la Junta Directiva desee agregar más en aras de salvaguardar lo que está diciendo el Informe. Se tiene todo el derecho y la potestad para tomar determinada cantidad de acuerdos, adicionales a las recomendaciones que la Auditoría Interna, pero, efectivamente como lo indica el señor López Rodríguez no es solo trasladar y listo, hay que darle un seguimiento. Ya es obligación de la Junta Directiva rendir cuentas de lo que se dijo en el Informe se subsanó y que, efectivamente se le instruye a la Administración, en este caso a la Dirección Ejecutiva para que haga cosas. La Junta Directiva le da seguimiento y puede ser que esté de acuerdo como puede ser que no, pero, eso, es una cuestión que aquí no se hace; analizar los insumos, los avances o lo que se vaya a ejecutando en lo que se instruyó a la Administración y lo que la Junta Directiva haya definido. (02:04:56) El señor Erick Chacón Valerio indica que coincide en lo que dicho por el señor Francisco Rodríguez Gutiérrez y el señor Keylor López Rodríguez, que de hecho, la misma Auditoría Interna indicó en el año 2014, que todas las recomendaciones dadas a la Junta Directiva fueron cumplidas, todo lo trasladó. Pero, no hizo lo segundo.

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Lo segundo, era darle plazo a la parte Administrativa y pedirle un Informe de Cierre, eso nunca se ha hecho. Es más, si se ponen a ver los acuerdos de la Junta Directiva desde que el existe el Consejo, pero, los de los últimos dos años; aquí se vienen a tomar acuerdos por tomarles porque no se les da seguimiento. Si se ve el cumplimiento de acuerdos del año pasado, hay un montón de acuerdos que se dieron como órdenes a la Administración y esta, simplemente no los cumplió. Simplemente la Administración decidió que no había que cumplirlos. Se viene a tomar un montón de acuerdos, se duran horas hablando sobre un tema, discutiendo, a veces, se enojan y salen haciendo trompas. Al final, eso para qué, porque no se le da seguimiento, la Junta Directiva no le da plazo a las cosas y que la Administración rinda un informe sobre qué se cumplió y cómo se cumplió, esa no es un costumbre de la Junta Directiva. En el tema de la Auditoría Interna, es exactamente lo mismo. En el 2014 señalo que todo lo que se le pasó a la Junta Directiva cumplió el 90% o 95%, todo lo pasó de taquito, simple y sencillamente se lavan las manos. La Ley es muy clara, al final de cuentas, la Junta Directiva es la responsable. Con este informe de Auditoría, es cierto hay una serie de recomendaciones que la Autoría las hace desde el punto de vista interno. Pero, eso no quiere decir que sean las únicas que nosotros podemos tomar y que todas las recomendaciones son internas. El otro día, alguien se ofendió en sesión de Junta Directiva cuando se habló de una Auditoría Externa. Pero, la Junta Directiva es la llamada a resguardar no solo los fondos públicos, es que la Ley 9303 llama a resguardar el tema de los derechos humanos de las personas con discapacidad. Cualquier ONG internacional o nacional de derechos humanos, que agarre este Informe y se sienta lesionada, perfectamente puede ir a un Organismo Internacional y denunciar a esta Junta Directiva. Porque ante este Informe no ha se resuelto y las acciones tomadas no fueron las suficientes para resguardar los derechos humanos; se está viendo desde un punto de vista de control de

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activos, financiero, entre otros. Pero, la Ley 9303 como Junta Directiva indica que son los responsables de resguardar los derechos humanos de las personas con discapacidad. En este Informe, se pregunta cuáles de estas recomendaciones, están seguros que están resguardando los derechos humanos de las personas con discapacidad que está ahí. Cuando el otro día, habló de una Auditoría Externa operativa y financiera, también habló de una auditoría externa en derechos humanos, ya se dio una por parte de Justicia y Género, dónde está el seguimiento a eso, cuál es el informe que tiene la Junta Directiva donde la Administración dice… (porque fue una consultoría que se le pagó a Justicia y Género no se sabe por cuántos millones). ¿Dónde está el informe que indique que todas las recomendaciones de esa auditoría externa se cumplieron? No se cuenta con él y al final, no es la persona quien fuera Presidente de la Junta Directiva, son todos como cuerpo colegiado, son uno, independiente de que las personas sean otras. Independientemente del año, aunque no se haya estado, es un solo Cuerpo Colegiado y este Informe tiene cosas muy graves. Sinceramente le preocupa que, se maneje, netamente como un tema de Control Interno. Le parece que va más allá, el señor Keylor López Rodríguez lo dijo, este informe es público desde el momento en que se aprobó por la Junta Directiva, si no se hubiese aprobado en la sesión anterior, se contaba con 30 días para aprobarlo y en ese tiempo es privado, pero, este informe es público. Muchos de los informes que se han aprobado son públicos, lástima que no se tenga la buena cultura, porque, ahora, hay un decreto que obliga a la Auditoría, que todos los informes de Auditoría tienen que publicarse. Quisiera ver en la página web, todos los informes de Auditoría Interna y el cumplimiento del acuerdo de que, todas las actas de Junta Directiva tienen que estar en la página web, quisiera ver dónde se está cumpliendo eso. (02:10:10) El señor Keylor López indica que no le queda la menor duda, de que la señora Directora Ejecutiva actual ha cumplido con todos los informes de advertencia enviados por la Auditoría Interna. Lo que se ha logrado como Junta Directiva es porque la Dirección Ejecutiva ha puesto alma, vida y corazón en todos los temas.

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Se va a contar con un nuevo Director Ejecutiva, que no se sabe cómo va a actuar y es momento de marcar la cancha e indicar cómo se hacen las cosas. El señor Christian Ramírez Valerio indica "discúlpeme, pero eso ya lo hemos visto varias veces. Lo que hay que hacer, hay que hacerlo. Por ejemplo, desde que he formado parte de esta Junta Directiva hace tres años, no he visto amonestaciones escritas, acaso sólo una o dos. De ahí resulta que si dejamos las cosas en la administración tal como están, resultan en un estado que nos preocupa obviamente, con las peores calificaciones en la gestión de riesgos, pero no hacemos lo que debemos hacer desde la Junta Directiva o desde la Dirección Ejecutiva. Sabemos que nosotros la Junta Directiva hemos cumplido nuestras recomendaciones, pero queda la parte de ejecutar debidamente en cuanto a dar seguimiento de los acuerdos y consecuentemente señalar de manera firme las responsabilidades de los funcionarios de la institución, a través de las amonestaciones, aspecto que como lo veo resulta estar muy débil. Me parece buena la idea de doña Isabel en cuanto a rendir en una sesión especial un informe de todos los detalles o barreras que ha encontrado, con el fin de que cómo podamos proceder para dar un mejor seguimiento de los acuerdos." La señora Martha Zamora Castillo indica que para el próximo jueves esperaría un insumo con los avances de los compañeros de la Comisión para poder avanzar en el tema. Puede hacer un buen trabajo en equipo. Lo que no le parce con el SEVRI se manda un oficio con el cual se libera de responsabilidad y con eso no se está haciendo nada. Pero, tampoco puede obligar a otros porque no son sus subalternos. ARTICULO V: ASUNTOS DE AUDITORÍA INTERNA 5.1 Oficio AI-136 Advertencia relacionada con Acuerdo JD-254-2016 sobre pago de subsidios 11:15 A.M. INGRESA LA SEÑORA MAUREN NAVAS OROZCO, AUDITORA INTERNA DEL Conapdis

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La señora Martha Zamora Castillo indica que este oficio tiene relación con un acuerdo tomado por la Junta Directiva, que es el acuerdo de permitir a la Dirección Administrativa que formara como una especie de colchón por si FODESAF se atrasa con los depósitos para los subsidios. El acuerdo autorizaba a la Dirección Administrativa Financiera para que de forma excepcional realizar el pago de subsidios a los beneficiarios de los servicios de los Programas de Convivencia Familiar y Asignaciones Familiares con los recursos ordinarios aprobados por esta Junta Directiva, cuando en razón de atrasos ante las instancias pertinentes. Los recursos presupuestarios no estén disponibles en las cuentas del Conapdis al día 10 de cada mes o en su defecto, el día hábil inmediato anterior. Este acuerdo surgió debido a los atrasos en las firmas de los Ministros y vinieron las personas de las residencias a hacer un alboroto aquí al Conapdis. Una de las alternativas que se propuso fue este acuerdo. Para que la gente no diga que no tienen qué comer. El Representante Legal y jefe de FODESAF es el Ministro de Trabajo, no la señora Amparo Pacheco. El acuerdo se toma en casos excepcionales y aras de la buena fe, porque las personas con discapacidad no pueden durar ni un día sin asistencia en las casas de convivencia. La señora Mauren Navas Orozco indica la advertencia se dio en julio y les aconseja que en el acta ahonden más en el espíritu que no queda claro. Además, que había un informe de la Auditoría Interna del año 2014 y otro de la Contraloría General de la República que prohíbe esta práctica, la cual puede ser contraria al Principio de Legalidad. FODESAF casi todos los años tiene superávit y sí tiene plata, lo que hay que hacer es presionar un poquito más. Pero, ya se cuenta con la solución tras averiguar en varios lugares y el señor Carlos Vargas Vargas de la Dirección Administrativa Financiera ya tiene la propuesta de acuerdo para enderezar el tema, para derogar el acuerdo tomado. El jineteo es ilegal, no se puede tomar por excepcionalidad fondos de otros

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fondos, mucho menos los de FODESAF, para su subsanar el tema. Tal vez, por la falta de fondos es que la institución no tiene políticas de cobro en el inciso f y g del Artículo 8 de la nueva Ley 9303. La señora Martha Zamora indica que para la próxima sesión se presente el borrador del acuerdo redactado de forma correcta y se da por conocido el informe de advertencia. Se procede a dar lectura al oficio ***************************************************************************************** 11 de julio de 2016 A.I.136-2016 Señores: Junta Directiva Conapdis Estimados(as) señores(as):

De conformidad con el inciso d) del artículo 22 de la Ley General de Control

Interno, es competencia de la Auditoría Interna, “advertir a los órganos pasivos

que fiscaliza sobre las posibles consecuencias de determinadas conductas

o decisiones, cuando sean de su conocimiento.”

En concordancia con lo anterior, este despacho ha tenido conocimiento del

contenido del oficio JD-75-05-2016, que indica:

“SE ACUERDA autorizar a la Dirección Administrativo Financiera para

que de forma

excepcional proceda a realizar el pago de subsidios a los beneficiarios

de los programas de Servicios de Convivencia Familiar y Asignaciones

Familiares, con los recursos ordinarios aprobados por esta Junta

Directiva, cuando en razón de atrasos

en el trámite ante las instancias pertinentes, los recursos

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presupuestarios no estén disponibles en las cuentas del Conapdis al día

10 del mes correspondiente, o en su

defecto, el día inmediato hábil anterior” (El subrayado es nuestro).

No obstante que el acuerdo es poco preciso, se procede a revisar la regulación

en esta materia, donde se transcribe algunas normas relacionadas,

Constitución Política, Ley de la Administración Financiera de la República y

Presupuestos Públicos Ley 8131, entre otras.

Establece el artículo 176 de nuestra Constitución:

"el presupuesto ordinario de la República comprende todos los ingresos

probables y todos los gastos autorizados de la Administración Pública

durante el año económico. El Presupuesto de la República se emitirá para el

término de un año, del primero de enero al treinta y uno de diciembre".

El Título II Principios y Disposiciones Generales de Administración Financiera,

Capítulo Único, artículo 4, que señala:

Sujeción al Plan Nacional de Desarrollo

Todo presupuesto público deberá responder a los planes operativos

institucionales anuales, de mediano y largo plazo, adoptados por los

jerarcas respectivos, así como a los principios presupuestarios

generalmente aceptados; además, deberá contener el financiamiento

asegurado para el año fiscal correspondiente, conforme a los criterios

definidos en la presente Ley. El Plan Nacional de Desarrollo constituirá

el marco global que orientará los planes operativos institucionales,

según el nivel de autonomía que corresponda de conformidad con las

disposiciones legales y constitucionales pertinentes.

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Por otro lado, el artículo 5 Principios presupuestarios, indica:

Para los efectos del artículo anterior, deberán atenderse los siguientes

principios presupuestarios:

(…)

e) Principio de programación. Los presupuestos deberán expresar

con claridad los objetivos, las metas y los productos que se pretenden

alcanzar, así como los recursos necesarios para cumplirlos, de manera

que puedan reflejar el costo.

f) Principio de especialidad cuantitativa y cualitativa. Las

asignaciones presupuestarias del presupuesto de gastos, con los

niveles de detalle aprobados, constituirán el límite máximo de

autorizaciones para gastar. No podrán adquirirse compromisos para los

cuales no existan saldos presupuestarios disponibles. Tampoco podrán

destinarse saldos presupuestarios a una finalidad distinta de la prevista

en el presupuesto, de conformidad con los preceptos legales y

reglamentarios.

(…)

ARTÍCULO 9.- Obligatoriedad de las normas y los lineamientos

Los proyectos de presupuesto de los entes y órganos del sector público

deberán prepararse acatando las normas técnicas y los lineamientos de

política presupuestaria dictados por el órgano competente.

(…)

ARTÍCULO 12.- Requisitos para girar transferencias

Prohíbase a las entidades del sector público girar transferencias hasta

tanto el presupuesto de la entidad perceptora que las incorpore no haya

sido aprobado de conformidad con el ordenamiento jurídico. (El

subrayado es nuestro)

ACTA 36 Jueves 18 de agosto de 2016 Sesión Extraordinaria

49

Bajo este mismo orden de ideas, es claro que el Presupuesto Institucional es

el instrumento financiero que contiene las prioridades de la institución, que el

mismo se basa en una serie de fases que son:

Formulación: Es una fase muy importante porque de ella dependerá

que todas las demás vayan bien, la formulación inicia con la

programación operativa de cada entidad, la que debe ser congruente

con los planes de mediano y largo plazo.

Aprobación: Corresponde al análisis, discusión rigurosa del

presupuesto y aprobación por parte de las instancias competentes.

Ejecución: La ejecución la constituyen el conjunto de transacciones y

operaciones financieras, necesarias para utilizar los dineros del presupuesto

institucional, y se enmarca dentro de un período que va del 01 de enero al 31

de diciembre de cada año.

Evaluación: La finalidad de la evaluación es demostrar objetiva y

transparentemente los resultados de la gestión institucional, es decir, si hubo

cumplimiento de los objetivos y metas a las que se comprometieron las

entidades en lo programado con los dineros públicos y si hubo o no beneficio

a la población meta, así como en los proyectos ejecutados.

La aprobación del presupuesto es realizada por dos instancias, una corresponde a

la Asamblea Legislativa y la otra a la Contraloría General de la República.

Adicionalmente, la Ley 9303 exterioriza entre las funciones de la Junta Directiva las

siguientes:

ACTA 36 Jueves 18 de agosto de 2016 Sesión Extraordinaria

50

ARTÍCULO 8.- La Junta Directiva del Conapdis tendrá las siguientes

funciones:

a) Dictar las políticas de la institución

(…)

d) Aprobar, modificar o improbar los presupuestos ordinarios y

extraordinarios del Conapdis.

(…)

i) Dictar los reglamentos internos necesarios para el adecuado

funcionamiento de la institución y de la Junta Directiva.

Bajo este mismo contexto, el Capítulo IV sobre el Régimen financiero

señala:

(…)

f) Por el cero coma cincuenta (0,50%) del presupuesto general de los

gobiernos locales.

g) Por los recursos provenientes de las multas establecidas en la Ley N.º

7600, Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad, de 2

de mayo de 1996.

(…)

Por último se determina el oficio DFOE-SOC-0632 Asunto: Aprobación

parcial del presupuesto extraordinario N.° 01 del 2016 del Concejo

Nacional de Personas con Discapacidad (CONAPDIS):

“2. Se imprueba:

a) La incorporación propuesta de transferencias corrientes provenientes de Gobiernos Locales, por un monto de ¢174,0 millones, originadas en

ACTA 36 Jueves 18 de agosto de 2016 Sesión Extraordinaria

51

la aplicación de lo dispuesto en el artículo 10, inciso f) de la Ley N.° 9303, por cuanto estos recursos aún no han sido incorporados en los presupuestos de los gobiernos locales obligados.”

De conformidad con lo citado anteriormente y los considerandos del acuerdo, se procede a realizar consulta sobre lo referido a las unidades organizativas pertinentes, determinándose lo siguiente:

- El acuerdo no es preciso en señalar a qué se refiere con “recursos

ordinarios”.

- No obstante, la omisión, los responsables del proceso financiero, indican que,

los recursos ordinarios a que se refiere el acuerdo son los que corresponden

al artículo 8 inciso f) de la Ley 9303, o sea, los ingresos municipales, sin

embargo, se indica que no existe regulado la distribución y/o utilización de

esos recursos por parte de la Junta Directiva.

- Además se manifiesta que en caso que corresponda y si diera la situación de

utilizar fondos de ese rubro (art. 8 inciso f)), se tomarían después de los

Fondos de FODESAF para “compensar” lo ejecutado, en otras palabras, que

una vez que ingrese los fondos de Asignaciones Familiares los mismos se

ingresarían a los registros de ingresos municipales, situación que no es

procedente, ya que, los fondos de FODESAF tienen destino específico y no

se pueden desvirtuar, ya que, esos fondos corresponden a metas y objetivos

planteados de manera previa.

- Por otra parte, es necesario aclarar que los recursos provenientes de los

gobiernos locales, deben ser incorporados en su momento al presupuesto

institucional, y debidamente aprobados por la Contraloría General de la

República.De ser ese el sentido del acuerdo de Junta Directiva, de

procederse a su ejecución, la administración podría estar efectuando actos

ACTA 36 Jueves 18 de agosto de 2016 Sesión Extraordinaria

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contrarios a la normativa en la materia, por ejemplo, la Ley 8131 Ley de

Administración Financiera y Presupuestos Públicos:

Artículo 110.- Hechos generadores de responsabilidad administrativa.

Además de los previstos en otras leyes y reglamentaciones propias de la

relación de servicio, serán hechos generadores de responsabilidad

administrativa, independientemente de la responsabilidad civil o penal a que

puedan dar lugar, los mencionados a continuación:

e) El empleo de los fondos públicos sobre los cuales tenga facultades de uso,

administración, custodia o disposición, con finalidades diferentes de aquellas

a las que están destinados por ley, reglamento o acto administrativo singular,

aun cuando estas finalidades sean igualmente de interés público o

compatibles con los fines de la entidad o el órgano de que se trate. (El

subrayado es nuestro)

f) La autorización o realización de compromisos o erogaciones sin que

exista contenido económico suficiente, debidamente presupuestado.

j) El incumplimiento total o parcial, gravemente injustificado, de las metas señaladas en los correspondientes proyectos, programas y presupuestos.

Por lo tanto, es necesario que la Junta Directiva proceda a una nueva revisión del acuerdo JD-254-2016, a efecto adopte las decisiones que correspondan.

Por otro lado, es conveniente que la Junta Directiva analice la política de cobro que

va a utilizar para los posibles ingresos señalados en el artículo 8 inciso f y g, con el

fin de contar con un instrumento que acuerpe las actuaciones del personal del

Conapdis.

ACTA 36 Jueves 18 de agosto de 2016 Sesión Extraordinaria

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De todo lo actuado deberá quedar debidamente acreditado en el expediente respectivo, e informar a esta Auditoría. Sin otro particular, MBa. Mauren Navas Orozco Auditora Interna. Conapdis En razón de lo expuesto anteriormente, se toma el siguiente acuerdo: ACUERDO JD-299-2016 Con base en el oficio AI-136-2016 enviado por la Auditoría Interna con fecha del 11 de junio de 2016 relacionado con el tema del pago de subsidios a los beneficiarios de los programas de Servicios de Convivencia Familiar y Asignaciones Familiares y por los motivos expuestos por la señora Mauren Navas Orozco, Auditora Interna de la Institución durante esta Sesión Extraordinaria de Junta Directiva, SE ACUERDA derogar el Acuerdo JD-254-2016 sobre el mismo asunto, tomado durante la Sesión Ordinaria Número 30, realizada el jueves 26 de mayo de 2016. UNANIME ACUERDO FIRME 9 votos a favor 0 votos en contra 0 abstenciones Como antecedente, se incluye la transcripción del acuerdo JD-254-2016 tomado durante la Sesión Ordinaria N°30 realizada el jueves 26 de mayo de 2016, el cual indicaba lo siguiente:

ACUERDO JD-254-2016 SE ACUERDA autorizar a la Dirección Administrativo Financiera para que de forma excepcional proceda a realizar el pago de subsidios a los beneficiarios de los programas de Servicios de Convivencia Familiar y Asignaciones Familiares, con los recursos ordinarios aprobados por esta Junta Directiva, cuando en razón de atrasos en el trámite ante las instancias pertinentes, los recursos presupuestarios no estén

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disponibles en las cuentas del Conapdis al día 10 del mes correspondiente, o en su defecto, el día inmediato hábil anterior. UNANIME ACUERDO FIRME 11:46 A.M. SE RETIRA LA SEÑORA MAUREN NAVAS OROZCO 5.2 Oficio AI-134-2016 Informe Autoevaluación de calidad de la Auditoría Interna Periodo 2015 Se procede a la lectura del oficio ***************************************************************************************** 1 de julio de 2016 A.I.134-2016

Junta Directiva Conapdis Asunto: Informe Autoevaluación de la calidad, período 2015

Estimadas señoras y estimados señores:

Para su conocimiento, se envía el informe que contiene los resultados de la autoevaluación de calidad de la actividad de la Auditoría Interna, la cual se realizó de conformidad con los lineamientos emitidos por la Contraloría General de la República, entre ellos están, la normativa correspondiente a la aplicación de las Directrices para la autoevaluación anual y la evaluación externa de calidad de las auditorías internas del Sector Público Resolución R-CO-33-2008, con el objetivo de determinar si la Auditoría Interna del Conapdis cumple con lo señalado en la normativa en esa materia. En disposición de ampliar los aspectos que consideren necesario, suscribe,

Cordialmente, MBa. Mauren Navas Orozco. Auditora Interna

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Conapdis Ci: Archivo /consecutivo

Estudio Especial

SA 03-2016

“Autoevaluación de la Calidad de la Auditoría Interna del Conapdis período 2015, de acuerdo con Resolución R-CO-33-2008”

MBa. Mauren Navas Orozco Auditora Interna JUNIO 2016 RESUMEN EJECUTIVO ¿Qué examinamos? La aplicación de la normativa correspondiente a la aplicación de las Directrices para la autoevaluación anual y la evaluación externa de calidad de las auditorías internas del Sector Público Resolución R-CO-33-2008, con el objetivo de determinar si la Auditoría Interna del Conapdis cumple con lo señalado en la normativa en esa materia. ¿Por qué es importante? El tema es relevante en virtud de la importancia que reviste para la Administración Activa el buen funcionamiento de las unidades de auditoría interna, debido a que los servicios que brindan coadyuvan en el cumplimiento de los objetivos de la entidad. ¿Qué encontramos? La Auditoría Interna del Consejo Nacional de Personas con Discapacidad en adelante Conapdis, ha realizado esfuerzos para elaborar el Plan Estratégico y los planes anuales de trabajo, en los cuales se incorpora la prestación de servicios, en línea con la orientación institucional, sin embargo, dicho Consejo, en la actualidad,

ACTA 36 Jueves 18 de agosto de 2016 Sesión Extraordinaria

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no dispone de una Planificación Estratégica Institucional que la oriente e incluso carece de una evaluación de los riesgos institucionales, por lo que la Auditoría Interna se ve obligada a realizar su propio análisis de riesgos y fijar sus planes en función de éstos. Se pudo determinar que, las modificaciones a los planes anuales de trabajo durante el año 2015 fueron comunicadas oportunamente al jerarca tal y como lo establece la norma 2.2.3 de las Normas para el Ejercicio de la Auditoría Interna en el Sector Público. Sobre los resultados de la percepción tanto de la Junta Directiva como de las instancias auditadas, destaca una percepción muy favorable sobre el personal de la Auditoría Interna, menos próspero corresponde a la comunicación entre las instancias auditadas y la Auditoría Interna. ¿Qué sigue? Con el propósito de contribuir a solventar las debilidades determinadas se debe proceder a efectuar el Plan de Mejora correspondiente para que la Auditoría Interna del Consejo Nacional de Personas con Discapacidad mejore la Autoevaluación de Calidad, especialmente en lo que respecta a la realización de todas las etapas requeridas en el proceso. Además, para fortalecer la gestión de esa unidad, se debe, entre otras, a realizar acciones tendentes a mejorar las políticas y procedimientos relativos a los servicios de auditoría. 1.1 Origen del Estudio

El estudio a que se refiere el presente informe, se realizó de conformidad con lo dispuesto en la Resolución R-CO-33-2008 de la Contraloría General de la República de julio de 2008, que dicho documento refiere a las Directrices para la autoevaluación anual de calidad de las auditorías internas del sector público4. 1.2 Objetivo

El objetivo del estudio consistió en evaluar la eficiencia y eficacia de la actividad de auditoría interna, y la implementación de prácticas y procedimientos de mejora. 1.3 Alcance y período del Estudio

4 Directrices para la autoevaluación anual de la calidad de las auditorías internas del Sector Público.

Comunicadas en la gaceta 147 del 31 de julio del 2008.

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El estudio se enfocó hacia la obtención y verificación selectiva de información relacionada con la calidad de la actividad de la Auditoría Interna del Consejo Nacional de Personas con Discapacidad en adelante Conapdis, y solamente se analizó el punto 3.3.3 (valor agregado) de las Directrices para la autoevaluación anual de calidad de las auditorías internas del Sector Público, según lo señalado en el apartado 4.15 y 4.26 de ese cuerpo normativo. Además, se aplicó la encuesta de opinión/satisfacción respecto de la actividad de Auditoría Interna, cuyas herramientas fueron facilitadas por la Contraloría General de la República. Metodología Aplicación de encuestas a algunos miembros de Junta Directiva, Jefaturas de Direcciones y Áreas del Conapdis, así como, revisión de la documentación correspondiente a la labor de la Auditoría Interna de la institución. Aspectos positivos que favorecieron la ejecución de la Auditoría La disposición de la mayoría de los encuestados, para brindar su opinión con relación a lo consultado en la herramienta. Generalidades La Auditoría Interna del Conapdis cuenta con cuatro funcionarios a saber, un Auditor Interno, dos plazas de Profesional 1A, de las cuales una tiene cuatro meses de estar vacante y una secretaria. Resultados La autoevaluación de calidad de la Auditoría Interna es un medio para que las auditorías internas realicen valoraciones de la unidad organizativa, con el fin de identificar áreas débiles que deben ser fortalecidas para aumentar la efectividad de la labor que se realiza, bajo este contexto, se procedió a efectuar

5 La tercera autoevaluación deberá referirse, al menos, al contenido del punto 3.2.3 (valor agregado). 6 Las auditorías internas que cuenten con siete funcionarios o menos, no estarán obligadas a realizar la

evaluación externa de calidad.

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lo señalado en la Directriz para ese examen, según lo indica la Resolución R-CO-33-2008 emitido por la Contraloría General de la República. Aunado a lo citado anteriormente, la Contraloría General de la República emitió una serie de herramientas para aplicar en esta revisión, las mismas se utilizaron, sin que se modificara su contenido, estas encuestas se aplican como parte del programa de aseguramiento de calidad de la auditoría interna, de conformidad con lo previsto en los numerales 1.3 y siguientes de las "Normas para el ejercicio de la auditoría interna en el Sector Público", emitidas por la Contraloría General de la República. Así las cosas, uno de los fines de esos instrumentos, es conocer la percepción de la autoridad superior sobre la calidad de la auditoría interna, con respecto a los servicios brindados durante el período comprendido entre el 02-01-2015 y el 30-12-2015.

1. Encuestas aplicadas

Sobre el resultado de la aplicación de la Herramienta No. 2 Autoridad

Superior

Herramienta N°. 2 Encuesta Autoridad Superior

Gráfico N°.1

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Gráfico N°. 2

80% 82% 84% 86% 88% 90% 92% 94% 96% 98%100%

Relación de la auditoría interna con la autoridadsuperior

La auditoría interna brinda servicios deauditoría a la autoridad superior que son: De

alta Calidad, Objetivos, Oportunos.

La auditoría interna brinda servicios de asesoríaa la autoridad superior que son: De Alta Calidad

y Oportunos

La auditoría interna brinda servicios deadvertencia a la autoridad superior que son: De

Alta Calidad y Oportunos

100%

100%

87,50%

100%

Relación y servicios de Auditoría

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60

Tal y como se desprende de los gráficos N°.1 y N°.2, los miembros de Junta Directiva encuestados y que respondieron a la misma, coinciden en un 100% en lo siguiente:

- La Relación con la Auditoría Interna es fluida, el Plan de Trabajo es

comunicado, se coordina con la junta las necesidades de los servicios que

se brindan, se informa sobre el seguimiento de las recomendaciones de los

informes de auditoría interna, auditorías externas, Contraloría General de la

República, estos últimos cuando corresponde, por otro lado, exteriorizan que

los servicios de auditoría son objetivos, de alta calidad y oportunos y, que

constituyen un apoyo efectivo a las funciones de la autoridad superior.

Además, tres miembros de Junta Directiva (75%) señalan que los servicios de asesoría son de alta calidad, oportunos, precisos, claros y constructivos y, un miembro indicó que estaba parcialmente de acuerdo, en lo que era claro y de alta calidad ya que señala, “Con frecuencia no entiendo el lenguaje utilizado,

100%

100%

100%

91,66%

100%

86% 88% 90% 92% 94% 96% 98% 100% 102%

La auditoría interna constituye un apoyo efectivo a lasfunciones de la autoridad superior.

Personal de la auditoría interna muestra: Independencia,Objetividad, Ética, Conocimientos, Aptitudes, Competencias, y

Confidencialidad

Los estudios que realiza la auditoría interna se dirigen a lasáreas de mayor riesgo.

Los informes o comunicaciones de resultados de la auditoríainterna son: Claros, Precisos y Constructivos

Los informes referidos a presuntas responsabilidades soncomunicados por la auditoría interna en forma confidencial y

separada de los informes de control interno.

Aspectos varios sobre labor de auditoría

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por lo que debo leer varias veces y en ocasiones me doy por vencida, sin consultar// Ya lo expuse anteriormente, en relación con el formato de los documentos , que por lo general "se me hace un colocho " entenderlo en su totalidad”, este mismo miembro de JD indica, “Aunque con frecuencia me toma tiempo y esfuerzo entender los documentos que elaboran, con este equipo de Auditoria actual, como miembro de la J.D, me siento segura y respaldada por la labor de la calidad de la auditoria , que nos advierte siempre (sic) de los asuntos antes que sea tarde y sin co administrar como dicen siempre.” Bajo este mismo orden de ideas, el 100% indicó que los funcionarios de auditoría muestran objetividad, tienen las competencias para el desarrollo de los estudios, y mantienen la confidencialidad atinente, exteriorizan que, efectivamente los informes con presuntas responsabilidades son comunicados de forma confidencial y separada de informes de control interno. Por otro lado y, específicamente con relación a los recursos de Auditoría se obtuvo lo siguiente:

Gráfico N°.3

100%

100%

75%

50%

50%

0% 20% 40% 60% 80% 100% 120%

Los informes referidos a presuntasresponsabilidades son comunicados por la auditoría

interna en forma confidencial y separada de los…

La auditoría interna ha contribuido al mejoramientodel sistema de control interno y a la ética

institucional

La auditoría interna ha contribuido al mejoramientodel Sistema Específico de Valoración del Riesgo

Institucional (SEVRI).

La auditoría interna posee los recursos humanos,materiales, tecnológicos, de transporte y otros,

necesarios y suficientes para desarrollar su gestión.

La auditoría interna tiene una productividad acordecon los recursos que le han sido asignados.

Recurso humano de la A.I y, contribución en el Control Interno y SEVRI

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Del gráfico N°.3, queda claro que, lo indicado por los señores miembros de Junta Directiva es que, la auditoría interna ha contribuido al mejoramiento del sistema de control interno y a la ética institucional, que los informes de presuntas responsabilidades son comunicados de manera confidencial y separada de informes de control. Por último, sobre sí la auditoría interna tiene una productividad acorde con los recursos que le han sido asignados, el 50% indicó que estaban de acuerdo, el 25% indicó parcialmente de acuerdo y el restante 25% señaló que no, exteriorizando, “…Requeriría un mayor recurso humano /Me parece que hacen maravillas con tan poco personal y esa oficina que no cumple con las condiciones mínimas de accesibilidad por discapacidad, a pesar que una de las funcionarias tiene discapacidad (me refiero a la rampa de la entrada a la oficina, a la iluminación precaria, a lo lejos que esta de la entrada principal del edificio, por lo que es complicado llegar para los usuarios con discapacidad además que estoy segura que cumpla con los criterios de salud ocupacional. Del equipo tecnológico y demás recursos// “Superan en mucho la productividad a pesar de los pocos recursos asignados.” Así las cosas, se concluye lo siguiente, sobre la aplicación de la herramienta que refiere a aspectos varios, concernientes a la relación, labor y, mejoramiento del Sistema de Control Interno entre otros que brinda la Auditoría Interna, y cuya opinión del jerarca fue indicada en el instrumento herramienta N°.2. De igual manera se aplicó la encuesta No.3, de conformidad con lo previsto en los numerales 1.3 y siguientes de las "Normas para el ejercicio de la auditoría interna en el Sector Público", emitidas por la Contraloría General de la República, con respecto a los servicios brindados a los titulares subordinados de la administración activa durante el período comprendido entre el 02-01-2015 y el 30-12-2015.

Sobre el resultado de la aplicación de la Herramienta N°.3 para los

Titulares Subordinados

Herramienta N°. 3

Encuesta Titular Subordinado

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Gráfico N°.4

De acuerdo con el gráfico anterior, la mayoría de los auditados coinciden en que la auditoría interna les notifica el estudio, el porcentaje que indicó parcialmente señaló que desconoce lo citado, ya que su jefatura inmediata no lo informa.

Gráfico No.5

0,00

10,00

20,00

30,00

40,00

50,00

60,00

70,00

80,00

90,00

Acuerdo Parcialmente Desacuerdo

85,71

14,29

0,00

De previo al inicio de un estudio en su unidad, la auditoría interna le notifica oportunamente el propósito y el alcance del estudio por

realizar.

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Con relación a los plazos otorgados por la Auditoría Interna indicados en los requerimientos de información, se muestra que un 42.86% está de acuerdo y parcialmente de acuerdo, sobre ese porcentaje parcial y en desacuerdo manifestaron que los plazos son cortos y justifican que tienen exceso de trabajo, sin embargo, de acuerdo con los registros de auditoría se evidencia que los plazos van desde 10 a 30 días hábiles otorgados, situación que evidencia que el tiempo concedido es suficiente para lo requerido por la Auditoría Interna, el problema podría ser que la administración no cuenta con registros inmediatos, sobre los actos que efectúa.

0,00 5,00 10,00 15,00 20,00 25,00 30,00 35,00 40,00 45,00

Acuerdo

Parcialmente

Desacuerdo

42,86

42,86

14,28

Los requerimientos de información y apoyo que la auditoría interna plantea a su unidad para el desarrollo de los estudios y

la prestación de otros servicios son razonables en cuanto a forma, condiciones y plazo.

ACTA 36 Jueves 18 de agosto de 2016 Sesión Extraordinaria

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Gráfico No.6

En el gráfico anterior, se logra determinar que, todos los auditados que respondieron la encuesta coinciden en que los funcionarios de auditoría guardan la confidencialidad en los estudios y de los denunciantes, además que demuestran apego a la ética, que cuentan con conocimientos, aptitudes y comunicación fluida para el desarrollo que realizan.

Gráfico No.7

0 10 20 30 40 50 60 70 80 90 100

La auditoría interna mantiene una comunicación fuida con suunidad al desarrollar los estudios de auditoría.

Los funcionarios de la auditoría interna demuestran apego a laética profesional.

Los funcionarios de la auditoría interna muestran conocimientos,aptitudes y competencias adecuados para cumplir sus

responsabilidades.

Los funcionarios de la auditoría interna mantienen confidencialidadsobre denunciantes y sobre estudios de eventuales

responsabilidades en proceso (relaciones de hechos y denunciaspenales).

Los funcionarios de la auditoría interna mantienen confidencialidadsobre los estudios de auditoría en proceso y sobre la información a

la que tienen acceso durante el desarrollo de esos estudios.

100

100

100

100

100

Aspetos del personal de auditoría sobre, confidencialidad en los estudios y de los denunciantes, apego a la ética, conocimientos,

aptitudes, comunicación fluida

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Se deduce del gráfico anterior, que la opinión de los auditados con relación a la objetividad, calidad y oportunidad de los estudios, fue de acuerdo y parcialmente de acuerdo, exteriorizando como observación que, la auditoría no cambia lo indicado en las observaciones a pesar de que ellos lo manifiestan en la comunicación de resultados, sin embargo, es importante, acotar que, los informes de auditoría solamente pueden ser modificados si los auditados demuestran fehacientemente lo que están señalando, situación que no se ha dado a la fecha, por tanto, la auditoría debe mantener su opinión, y lo indicado en el informe, en aras de mantener la ética y transparencia de la gestión.

Gráfico No.8

0,00 10,00 20,00 30,00 40,00 50,00 60,00 70,00 80,00

Objetivos

Alta calidad

Oportunos

71,43

66,66

50,00

28,58

33,34

50,00

La auditoría interna brinda a su unidad servicios de auditoría que son

ACTA 36 Jueves 18 de agosto de 2016 Sesión Extraordinaria

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La mayoría de los encuestados manifestó que efectivamente la auditoría interna ha contribuido al sistema de control interno y al SEVRI, un encuestado manifiesto que parcialmente está de acuerdo, señalando que la auditoría interna debería dar un seguimiento de los riesgos, hacer retroalimentación con la unidad de Planificación y devolver los resultados, sin embargo, tal y como lo señala la normativa en esa materia, la valoración de riesgo debe nacer de cada unidad, según lo atinente. De lo enunciado hasta aquí, queda claro que, tanto los miembros de Junta Directiva, así como los titulares subordinados que colaboraron con las respuestas a las herramientas, coinciden en que la labor de auditoría interna ha sido ética, con competencia para efectuarla, de calidad, fluida, que trabajan con independencia y son objetivos, que falta recurso humano para mejorar la oportunidad de los plazos, entre otros.

0,00 10,00 20,00 30,00 40,00 50,00 60,00 70,00 80,00 90,00

1

2

85,72

14,68

La auditoría interna ha contribuido al mejoramiento del sistema de control interno en lo que corresponde a su

unidad, asi como, al mejoramiento del SEVRI en asuntos de su unidad

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Conclusiones de la aplicación de las encuestas Bajo este contexto, de acuerdo con los resultados obtenidos en la Encuesta para el Jerarca y en las Encuestas para las Instancias Auditadas en la autoevaluación llevada a cabo para el período 2015 los resultados en cuanto a la generalidad de lo consultado sobre los servicios que brinda esta Auditoría Interna, el resultado fue muy satisfactorio. Además el jerarca considera que la Auditoría Interna requiere de recursos humanos, para brindar los servicios que presta. Es importante acotar que, se está trabajando en coordinación con la unidad de Recursos Humanos en un estudio técnico que muestre de manera razonable el recurso que se requiere. El no contar con la capacidad instalada necesaria, estaría incidiendo negativamente en el cumplimiento de las funciones asignadas, en perjuicio del cumplimiento de objetivos institucionales.

Algunas de las situaciones apuntadas podrían originarse en que no se han utilizado los mecanismos de comunicación adecuados que comuniquen periódicamente sobre el papel que tiene la Auditoría Interna como órgano fiscalizador dentro del Conapdis; contexto que eventualmente está incurriendo en que algunos funcionarios tengan una percepción deficitaria respecto a la calidad del servicio que brinda la Auditoría. Por otro lado, es importante realizar acciones de mejora en los comunicados, la auditoría deberá valorar copiar al titular subordinado que corresponda, también deberá analizar la posibilidad de charlas sobre Control Interno y Valoración de Riesgo, así como, conversar cuando corresponda sobre los plazos de solicitud de información. 2. Aspectos para evaluar el valor agregado de la actividad de Auditoría Interna

Efectividad de la evaluación y mejora de la administración del riesgo

Sobre la fiscalización del Sistema Específico de Valoración de Riesgo (SEVRI)

En el año 2012 se realizó Estudio denominado Servicio Preventivo de Advertencia SPA 02-2012 Autoevaluación de Control Interno y Sistema

ACTA 36 Jueves 18 de agosto de 2016 Sesión Extraordinaria

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Específico de Valoración de Riesgo, el mismo fue enviado a la presidenta de la Junta Directiva de ese momento, Sra. Jenny Esquivel Mesen, así como a los miembros directivos, la Comisión de Control Interno y al Secretario Ejecutivo en ese periodo Sr. Erick Hess. En seguimiento de este estudio en el año 2013, la Auditoría Interna emite oficio sobre las pocas acciones relacionados con este tema, de igual forma y de manera reiterada ha indicado el poco avance que se ha presentado en este proceso tan importante, a fecha marzo 2016 y nuevamente en informe anual de labor de Auditoría se indica que no se logra determinar avance en este tema. Por lo antes expuesto, se logra evidenciar que la Auditoría Interna en reiteradas ocasiones ha emitido comunicados sobre este tema, sin embargo, la administración no ha logrado avanzar en el mismo.

Sobre la efectividad de la evaluación y mejora del control La auditoría interna ha estado realizando acciones de mejora a nivel interno, con el fin de cumplir lo concerniente a la valoración de riesgos relacionados en los distintos servicios de auditoría, entre las tareas que se han efectuado, está la capacitación y algunos comunicados para efectuar de manera razonable lo citado, sin embargo, falta potenciar algunos contenidos y contar con más recurso humano, por lo que ante este escenario se debe retomar el tema, incluirlo en el plan de mejora, con el fin de cumplir con este mandato. Por otro lado y con relación a si la auditoría verifica si la administración está alcanzando los objetivos institucionales, se debe indicar que en el año 2015, se realizaron dos estudios en los procesos sustantivos, donde quedó evidenciado que la administración no estaba cumpliendo con los objetivos aprobados, ni tampoco alineados con la institución, además, también se efectuó estudio del Plan Operativo Institucional el cual reflejó falencias en los objetivos, estrategias, metas, entre otros, que de igual manera no estaban alineados con los objetivos institucionales.

Sobre la efectividad de la evaluación y mejora de los procesos de dirección

La auditoría interna ha cumplido con las reglas que aseguran de manera razonable, la efectividad de la valoración y mejora de los procesos de dirección,

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con relación a estudios sobre ética institucional, se indica que en el año 2013 la auditoría como parte de un estudio, agregó dentro del cuerpo de ese informe un apartado relacionado con el código de ética, aunado a lo citado, se dio el seguimiento respectivo y según lo determinado lo indicó en sus informes anuales comunicados tanto a la Junta Directiva como a la Dirección Ejecutiva, ante este hecho se logra evidenciar que en el año 2015 mediante acuerdo JD-228-2016, el órgano colegiado aprobó el programa Ético Institucional. Sobre el apoyo a las tecnologías de información, se señala que en el año 2013 se efectuó informe de licenciamiento el cual determinó hallazgos de suma importancia, dando recomendaciones para mejorar lo evidenciado en el mismo, además se programó para el año 2016 nuevamente el estudio en este tema, entre otros aspectos.

Sobre los servicios que presta la auditoría interna De conformidad con el Plan de Trabajo 2015 se determina que la auditoría interna, incluye los servicios de auditoría, autorización de libros, asesorías, advertencias, así como, un espacio para la revisión y/o elaboración de instrumentos que guíen la gestión de esta instancia. Aunado a lo anterior, se identifica que en ese plan de trabajo, se desarrollan temas tales como, estudios financieros, sustantivos, y de carácter especial.

Sobre la planificación de los servicios de auditoría interna La auditoría interna confecciona su Plan de Trabajo Anual, el cual contempla el alcance, los objetivos, el tiempo y la asignación de recurso que se requiere para el desarrollo del mismo, durante la etapa de progreso del estudio se documenta la información pertinente, esto queda debidamente acreditado en el archivo de papeles de trabajo que respalda cada informe. Para cada estudio se determina el objetivo general y los específicos, objetivos que podrían variar o mantenerse, según la revisión preliminar en los mismos, además al realizar el seguimiento se va identificando los riesgos que se pueden presentar en el informe, así como los riesgos que la administración está asumiendo ante un hecho determinado, por lo expuesto el auditor responsable debe efectuar una conclusión y recomendación ante ese hecho.

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El auditor interno establece comunicado previo a la instancia auditada sobre los objetivos, el alcance, las responsabilidades y demás expectativas de los servicios que se van a efectuar, y deja constancia por escrito cuando corresponde, lo citado, quedó evidenciado en las encuestas, ya que el 100% de los encuestados opinaron que efectivamente existe una comunicación por parte de la auditoría, en este sentido. Con relación al establecimiento de los objetivos para cada estudio que se realiza, se logra determinar que efectivamente existe lo requerido, la asignación del tiempo se basa preliminarmente en un análisis de los objetivos planteados, sin embargo, en caso que corresponda el mismo puede variar, adicionalmente se muestra que el programa de trabajo es firmado por la instancia competente.

Sobre el procedimiento y la cantidad de la información recopilada y utilizada por la Auditoría Interna

Si bien, se observan políticas y procedimientos relativos al diseño, revisión, codificación, marcas, manejo, custodia y conservación de los papeles de trabajo, de conformidad con la normativa jurídica y técnica aplicable, las mismas no fueron sensibilizadas por el anterior auditor interno, tampoco se evidencia que se utilizaran esos instrumentos, por lo que a partir del año 2013 la nueva jefatura se ha dado la tarea de revisar de manera razonable los mismos con el fin de ir realizando mejoras, además, efectúa interacción e intercambio de opiniones con otras auditorías en aras de implementar y utilizar los instrumentos de conformidad con la regulación actual en esa materia, sin embargo, el personal a cargo no es suficiente, por lo que dicha revisión e implantación, no ha sido la esperada, la actual jefatura tiene claro que, los procedimientos colaboran en el aseguramiento de lo señalado en los informes, por lo que como medida alterna lo que procede a revisar es que la información recopilada por la auditoría interna sea suficiente, confiable, relevante y útil para alcanzar los objetivos del trabajo, incluyendo la identificación de presuntos incumplimientos que ameriten la ejecución de procedimientos administrativos para el establecimiento de responsabilidades, por lo que tiene lo indicado como sana práctica, sin embargo, reconoce que debe retomar estos insumos. Las medidas actuales en la auditoría interna, cercioran de manera razonable

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que los funcionarios de la auditoría interna observan las regulaciones sobre la confidencialidad de los denunciantes y sobre la información a la que tienen acceso durante los estudios que realizan, de conformidad con lo que dispone la Ley General de Control Interno en sus artículos 6, 32 y 33, en las encuestas efectuadas se logra evidenciar que tanto el jerarca como los titulares subordinados opinan en un 100% de que los funcionarios de auditoria cumplen con lo señalado. También se observan medidas adecuadas para el acceso y la custodia de los papeles de trabajo, las mismas son de conocimiento del personal. Se dispone de un archivo permanente actualizado, con la información relevante sobre los componentes del universo auditable, información que es actualizada cuando corresponde. Se ejerce una supervisión continua sobre cada una de las fases del proceso de cada trabajo emprendido por la auditoría interna, sin embargo, solamente se ha establecido algunas secuencias sobre el proceder en estas etapas, lo citado, se reitera, obedece a que la Auditoría Interna no cuenta con el recurso humano suficiente para desarrollar todos los procedimientos de la gestión propia de la auditoría, ya que actualmente en coordinación con la jefatura de recursos humanos se está elaborando una propuesta de ese recurso. El alcance establecido para cada trabajo es suficiente para satisfacer los objetivos correspondientes, y contempla las consideraciones que requiere la normativa vigente a la fecha de cada estudio. Se logra evidenciar que la auditoría interna elabora por escrito un programa para la etapa de Planificación, no así para la etapa de ejecución, sin embargo, a partir del 2016, se está formalizando y realizando lo citado. Los programas y los ajustes respectivos son aprobados por quien corresponde en la unidad, actualmente por el titular de la Auditoría Interna.

Sobre la comunicación de los resultados de los servicio de Auditoría Interna

La auditoría interna ha cumplido con las normas que aseguran, de manera

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razonable la comunicación de los resultados de los servicios de Auditoría Interna. Las comunicaciones de los resultados de los trabajos de la auditoría interna de acuerdo con los encuestados son razonablemente precisas, objetivas, claras, concisas, constructivas, completas y oportunas, para lo citado, se realiza, de previo a la emisión de la comunicación oficial de los resultados, una comunicación verbal con quienes tengan parte en los asuntos contemplados, cuyas observaciones son vistas en el informe de auditoría.

Sobre la supervisión del progreso en la implementación de recomendaciones, observaciones y demás productos de la Auditoría Interna

La auditoría interna ha cumplido de manera razonable el seguimiento de las recomendaciones, observaciones y otros insumos resultantes de su gestión, de entes de fiscalización superior, auditorías externas, sin embargo, este seguimiento se realiza de manera anual, porque no se cuenta con el recurso humano suficiente, situación que ha provocado en ocasiones, la no oportunidad. Lo anterior deja entrever la necesidad de contar con más recurso humano, así como, establecer un proceso de seguimiento estandarizado y programático que permita un monitoreo más oportuno. Sobre el posible incumplimiento injustificado de las disposiciones o recomendaciones emitidas, lo que ha procedido a efectuar la auditoría interna es enviar mediante oficio, o correo electrónico los recordatorios correspondientes a las instancias atinentes, cuando la valoración determina que la administración está efectuando avances lentos, pero que tiene el interés de avanzar, lo citado, en aras de manejar de manera proactiva esta situación, Otro elemento de valoración que ha analizado esta instancia es el cambio de Junta Directiva y Director Ejecutivo, ya que, se debe retomar estos temas y sensibilizarlos con el fin de que sean acogidos por las nuevas instancias.

Sobre el seguimiento de las acciones de mejora de los períodos 2013, 2014

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De manera razonable se ha cumplido con lo estipulado en ambos planes de mejora, algunos de los pendientes se están retomando en el Plan de Mejora 2016 Conclusiones Con base en la información recopilada de encuestas y de formularios solicitados por la Contraloría General de la República, se determina que de manera razonable se cumple con el Manual de normas para el ejercicio de la auditoría interna del Sector Público. Aunado a lo anterior, el resultado general de la Autoevaluación de la Auditoría Interna de Conadpis para el año 2015, y referente al valor agregado de la auditoría interna, ha sido satisfactoria de conformidad con los resultados de la presente Evaluación de Calidad de la Actividad de Auditoría Interna 2015. La señora Martha Zamora Castillo da por conocido el oficio. 5.4 Oficio AI-115 Procedimiento para establecimiento de denuncias

Se procede a dar lectura del oficio

**********************************************************************************************

COMUNICADO A.I 115-2016 DE: MBa. Mauren Navas Orozco . CPA,CRMA Auditora Interna Conapdis PARA: Personal del Consejo Nacional de Personas con Discapacidad ASUNTO: Procedimiento para Denuncias que se presenten en la Auditoria I nterna FECHA: 10 de junio de 2016 La Auditoria Interna, en ejercicio de sus competencias y funciones emite el presente procedimiento para conocimiento de los funcionarios del CONAPDIS

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y público en general. Unas de las acciones que efectúa las Auditorías Internas es la recepción de las denuncias, la misma es un acto que realiza una persona física o jurídica, de modo escrito o verbal, para poner de conocimiento a esa instancia un hecho que se presume irregular con respecto al manejo de los recursos públicos o actos contrarios a la normativa que atañe como funcionarios públicos y que tiene como objetivo, que el mismo sea investigado. Por lo tanto, con el fin de definir y establecer las condiciones para interponer una denuncia por parte de los usuarios o funcionarios del Conapdis, es que se instaura el siguiente Protocolo para la aceptación de las denuncias de conformidad la regulación en esa materia. Ci: Archivo/consecutivos /procedimientos

PROCEDIMIENTO PARA LA RECEPCIÓN DE DENUNCIAS EN LA AUDITORÍA INTERNA DEL CONAPDIS AI-PROC-003-2016

1. Introducción

El presente documento, para la Auditoría Interna del Consejo Nacional de Personas con Discapacidad en adelante Conapdis, se confeccionó con el objetivo de proponer una metodología de trabajo para la atención de denuncias, las cuales se originan por las posibles actuaciones irregulares que afectan el uso y manejo de los fondos públicos y lo regulado por la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito por parte de los funcionarios del Conapdis o los administradores de dichos fondos, en áreas competencia de la Auditoría.

Lo anterior, en el entendido de que los funcionarios del Conapdis deben tener claro que, toda persona que tenga conocimiento de eventuales hechos que hagan presumir,

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razonablemente, que existe la posible comisión de actuaciones irregulares de alguno de los funcionarios de la institución o de terceros que administren fondos de esta instancia, tiene el deber de denunciar; lo cual corresponderá manifestar a sus superiores jerárquicos y/o a la Auditoría Interna, por lo que, cualquier funcionario del Conapdis o ciudadano, puede contribuir a combatir los actos de corrupción que se presentan en nuestra sociedad, al denunciar en forma responsable y objetiva los hechos que se presumen irregulares, con respecto al manejo de los recursos públicos

2. Objetivo Regular el procedimiento para la presentación de denuncias ante la Auditoría Interna del Conapdis.

3. Ámbito de competencia.

La Auditoría Interna tramitará únicamente aquellas denuncias que versen sobre posibles hechos irregulares o ilegales, en relación con asuntos tales como el uso y manejo de fondos públicos por parte de los funcionarios de Conapdis, o sujetos pasivos que se le hayan transferido recursos para su administración e hicieran mal uso de éstos, entre otros, en el ámbito de la legislación relativa a la hacienda pública.

4. Principios generales.

La admisión de denuncias se atenderá en concordancia con los principios de simplicidad, economía, eficacia, eficiencia y razonabilidad.

5. Garantía de Confidencialidad de los denunciantes

La información, documentación y otras evidencias de las investigaciones que se efectúen, serán confidenciales, de conformidad con las regulaciones establecidas en el artículo 6° de la Ley General de Control Interno y en el artículo 8 de la Ley contra la Corrupción y Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública. Las infracciones a la obligación de mantener dicha confidencialidad por parte de los funcionarios de la Auditoría. Interna podrán ser sancionadas según lo previsto en esas leyes.

Toda la información, documentación y otras evidencias de las investigaciones cuyos

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resultados puedan originar la apertura de un procedimiento administrativo, serán confidenciales durante la formulación del informe de auditoría respectivo. Su acceso está limitado únicamente a los funcionarios de la Auditoría Interna.

Una vez notificado el informe al máximo Jerarca (Junta Directiva), o Director(a) Ejecutivo (a) y, hasta la resolución final del procedimiento administrativo, la información contenida en el expediente de la Auditoría Interna será calificada como información confidencial. El órgano director del procedimiento administrativo, por sí o a petición de parte con interés legítimo en el proceso, tendrá derecho a solicitar la presentación de cualquier documento o prueba que conste en el expediente de la investigación de la denuncia. Sin embargo, las autoridades judiciales y quienes se encuentren legitimados, podrán solicitar por los medios correspondientes, la documentación pertinente que consideren necesaria.

6. Toda denuncia recibida será numerada consecutivamente. Las denuncias que ingresen a la Auditoría Interna, serán registradas en una hoja de control, que estará bajo la custodia de esta unidad, mediante la cual se le asignará un número de forma consecutiva, su fecha de ingreso, el origen de la misma, el concepto y a quien le es asignada. (Anexo No.1)

7. De los requisitos que deben contener las denuncias presentadas.

Los hechos denunciados deberán ser expuestos en forma clara, precisa y circunstanciada, brindando el detalle suficiente que permita realizar la investigación (fecha y lugar en que ocurrieron tales hechos y el sujeto que presuntamente los ejecutó).

Lo anterior en la oficina de Auditoría Interna ubicada en Heredia. Se deberá señalar la posible situación irregular que afecta al Conapdis. El denunciante deberá indicar cuál es su pretensión en relación con el hecho

denunciado. Preferiblemente, deberá indicar el nombre y lugar de notificación, si así lo requiriere. En casos justificados, se atenderán denuncias verbales en la oficina

mencionada anteriormente, correspondiendo a esta Auditoría levantar el acta respectiva conteniendo la información mínima necesaria para tramitar la investigación.

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8. Posible información que debe acompañar adicionalmente el

denunciante.

En caso de que resulte facultativo, el denunciante deberá brindar información complementaria respecto al posible monto en perjuicio a los fondos públicos manejados por Conapdis, la indicación de probables testigos y el lugar o medio para localizarlos, además, aportará sugerencias de otras pruebas que considere conveniente para la investigación.

9. De las denuncias escritas y/o anónimas.

Tipos de denuncia: Las denuncias podrán ser escritas u orales. También podrá presentarse de forma anónima, pero su tramitación estará sujeta a lo dispuesto en el presente procedimiento.

a. La denuncia escrita: Al ser recibida la denuncia en la Auditoría Interna, se consignará la fecha y hora de recepción, así como el nombre de quien recibe, de igual manera se dejará constancia del nombre de quien presenta el documento previa verificación de su identidad mediante documento idóneo. Posteriormente se procederá con el análisis de admisibilidad y una vez aceptada se le asignará un número consecutivo de denuncia El detalle de esta última debe contener al menos lo siguiente

Nombre y apellidos del denunciante, número de cédula de identidad, pasaporte u otro, teléfono, lugar y medio para recibir notificaciones.

Los hechos denunciados deberán ser expuestos en forma clara, precisa y circunstanciada, brindando el detalle suficiente que permita realizar la investigación, entre éstos están; el momento y lugar en que ocurrieron los hechos y la (s) persona(s) que presuntamente los cometieron.

Descripción de los hechos u omisiones denunciados, con indicación de las personas u

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órganos contra quiénes se presenta, datos de los posibles afectados si los conoce, mención aproximada de la fecha y lugar en que sucedieron, así como de los elementos de prueba que tenga para sustentar la denuncia. Si se trata de prueba testimonial deberá indicar el nombre y dirección donde se localizarán los testigos, y

los hechos a los que se referirán. En caso de conocer de la existencia de prueba documental y no poder aportarla deberá indicarse donde puede ser ubicada.

El denunciante deberá indicar cuál es su petitoria en relación con el (los) hecho(s) denunciado(s).

El denunciante deberá indicar si tiene conocimiento de que se estén investigando los mismos hechos en alguna otra oficina o dependencia estatal, administrativa o judicial.

La denuncia verbal: El denunciante comparecerá personalmente en la oficina de la Auditoría Interna y expresará, de modo oral, la presunta situación irregular, en caso que corresponda y de manifestarlo el denunciante, se incluirá dentro de la denuncia, cédula de identidad o documento idóneo, teléfono, lugar y medio para recibir notificaciones. Su relato deberá contener una descripción clara y detallada de los hechos u omisiones denunciados.

Las denuncias anónimas: pueden ser presentadas en forma oral o escrita, no obstante serán atendidas en el tanto aporten elementos de convicción suficientes y se encuentren soportadas en medios probatorios idóneos que permitan iniciar la investigación; de lo contrario se archivará

En el caso de las denuncias recibidas por teléfono o por correo electrónico. Debe levantarse un documento donde se anoten todos los pormenores de la denuncia. Las denuncias recibidas por estos medios se asemejarán a las anónimas, mientras el denunciante no comparezca a refrendarlas o, en el tanto no esté en funcionamiento la firma electrónica. Información adicional: Todo denunciante que, con posterioridad a la presentación de la denuncia, conozca de información adicional o complementaria, posibles testigos e incluso nuevos elementos de pruebas, deberá comunicarlo con prontitud a la Auditoría Interna.

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TRAMITACIÓN DE DENUNCIAS

10. Recepción de la denuncia.

La Auditoría Interna recibirá las denuncias en su oficina ubicada en Heredia, las cuales deberán venir dirigidas directamente a esta Unidad. El Auditor Interno valorará la admisibilidad de las mismas.

11. Trámite de las denuncias recibidas. Una vez establecida la admisibilidad de la denuncia, se iniciará la correspondiente investigación preliminar a efecto de determinar si existe suficiente mérito para iniciar el estudio correspondiente, creando así el respectivo expediente debidamente foliado. En el caso de que concluida la investigación citada anteriormente se considere que existe una base razonable para continuar el estudio, se procederá, conforme a la normativa, a desarrollar el análisis correspondiente y a la emisión del informe final. Si se concluye que existen elementos suficientes para recomendar la apertura de un procedimiento administrativo que establezca las responsabilidades disciplinarias, la Auditoría Interna en su informe final deberá acreditar debidamente los hechos que generaron conductas irregulares y relacionarlos con los presuntos responsables, emitiendo una relación de hechos.

Si se determinaran responsabilidades de tipo penal, el informe final deberá documentar la realidad de los presuntos hechos ilícitos para su posterior traslado al ente competente. Si de la investigación preliminar se concluye que no existen méritos suficientes para iniciar un estudio, se archiva la denuncia.

12.La Auditoría Interna podrá solicitar aclaración sobre lo denunciado.

La Auditoría Interna, de acuerdo con sus facultades y una vez analizada la denuncia, si determinara que existen imprecisiones en los hechos denunciados, le otorgará al denunciante un plazo de 10 días hábiles para que éste aclare y complete la información que suministró. De no ser atendida la solicitud de la Auditoría Interna,

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quedará a criterio de ésta el archivo o desestimación de la denuncia; no obstante, podrá ser presentada con mayores elementos como una nueva gestión.

13. De los resultados de la investigación producto de las denuncias.

La Auditoría Interna informará al denunciante, a la Junta Directiva o a la Administración, según corresponda, sobre el resultado de la investigación producto de la denuncia. Asimismo, podrá informar al denunciante una vez conocido el informe por quien corresponde. La Administración Activa deberá resolver con fundamento en los tiempos regulados en la Ley General de Control Interno.

14. Denuncias trasladadas por la Contraloría General de la República.

La Auditoría Interna atenderá, de acuerdo con su plan de trabajo, las denuncias que le sean remitidas por el ente contralor, no obstante, de acuerdo con el contenido de éstas, podrá dar prioridad a su atención en el menor tiempo posible.

15. Del traslado de la denuncia a la Administración Activa.

La Auditoría Interna, luego de analizar el contenido de las denuncias presentadas ante esta Unidad, podrá trasladar a la Administración Activa para su atención, aquellas denuncias que por su contenido, sean, a criterio de la Auditoría Interna, soporte de atención por parte de la Administración Activa, la que deberá atender e informar de su resultado a la Auditoría Interna.

16. Del seguimiento de los resultados y atención de las denuncias.

La Auditoría Interna, como unidad del sistema de control interno, de acuerdo con los procedimientos establecidos, dará seguimiento a los resultados producto de las denuncias presentadas ante esta Unidad, para verificar el cumplimiento de las recomendaciones emitidas al respecto, así como de las denuncias que remita a la Administración Activa para verificar que las mismas sean cumplidas.

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DESESTIMACIÓN DE LAS DENUNCIAS

17. De los motivos para la desestimación y archivo de la denuncia.

Se tendrá por desestimada una denuncia: o Si no corresponde al ámbito de competencia descrito en el artículo 3 de

estas regulaciones.

o Si se refiere a intereses particulares exclusivos de los denunciantes en relación con conductas ejercidas u omitidas por la Administración del Conapdis, salvo que de la información aportada en la denuncia se logre determinar la existencia de aspectos relevantes que ameritan ser investigados por la Auditoría Interna.

o Si los hechos denunciados corresponde investigarlos o ser discutidos exclusivamente en otras sedes, ya sean administrativas o judiciales.

o Si los hechos denunciados se refieren a problemas de índole laboral que se presentaron entre el denunciante y Conapdis.

o Si se estima, producto del análisis del costo-beneficio, que la erogación de la investigación pudiera ser superior al beneficio que se obtendría al atender la denuncia. Para dicho efecto, se deberá dejar constancia del análisis realizado por parte del funcionario asignado.

o Si el asunto planteado ante la Auditoría Interna ha sido hecho del conocimiento de otras instancias de la Administración activa con potestades para realizar la investigación, la Auditoría Interna coordinará con esas unidades a efecto de no duplicar el uso de recursos públicos y establecer la instancia que deberá atender la denuncia.

o Si fuera una reiteración o reproducción de otras denuncias similares sin aportar elementos nuevos y que ya hubieran sido resueltas con anterioridad por la Auditoría Interna o por otras unidades de la Administración activa.

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o Si omite alguno de los requisitos esenciales mencionados en el artículo 7 y 8 de este documento.

18. De la comunicación al denunciante.

Cuando la denuncia sea presentada con el nombre, calidades y dirección para notificaciones del denunciante, la Auditoría Interna deberá comunicarle el resultado de la investigación o de cualquier gestión que se haya tomado en torno a la denuncia, sea ésta la desestimación, archivo o traslado de la misma a la Administración Activa u otras instancias.

Al denunciante se le deberá comunicar cualquiera de las siguientes resoluciones que se adopte de su gestión:

o La decisión de desestimar la denuncia y de archivarla. o La decisión de trasladar la gestión para su atención a la Administración, al

órgano de control que corresponda o al Ministerio Público. o El resultado final de la investigación que se realizó con motivo de su denuncia.

Las anteriores comunicaciones se realizarán en el tanto haya especificado en dicho documento su nombre, calidades y lugar de notificación.

Toda investigación deberá quedar concluida, como máximo, al año de haber sido presentada la denuncia, salvo caso de fuerza mayor, la cual debe contar con la justificación correspondiente.

19. Fundamentación del acto, desestimación o archivo de denuncias.

La desestimación o archivo de las denuncias se realizará mediante un acto debidamente motivado donde se acrediten los argumentos valorados para tomar esa decisión. Cuando se desestime la atención de asuntos denunciados, esa situación deberá quedar debidamente acreditada en los papeles de trabajo de la investigación y en la razón de archivo correspondiente o en las herramientas que defina la Auditoría Interna.

20. De la remisión y recepción del informe

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El informe deberá ser remitido al Jerarca del Conapdis, cuando se trate de casos que involucren a funcionarios de la institución y de otros entes adscritos, con las respectivas recomendaciones. En caso de que de la denuncia dé por resultado un informe de Control Interno, éste podrá ser remitido al denunciante, a solicitud expresa. Si la denuncia da como resultado una Relación de Hechos y, en virtud de la confidencialidad, no se pueda entregar copia hasta que se resuelva lo correspondiente en la instancia competente, únicamente se le informará que la investigación resultó en un informe de Relación de Hechos.

Los casos que finalicen en una Relación de Hechos o en una denuncia penal, se llevarán a cabo conforme lo establecido por la Contraloría General de la República en la Resolución R- CO-9-2008, del 19/02/2008.

Asimismo, si la denuncia o la investigación se dirige contra el Jerarca y, contiene eventuales responsabilidades civiles y/o administrativas que lo involucren, la comunicación de la relación de hechos se hará al órgano con potestad de sancionar a dicho funcionario. Se reitera, las anteriores comunicaciones se realizarán en el tanto la o el denunciante haya especificado en dicho documento su nombre, calidades y lugar de notificaciones

21. De los procedimientos de Auditoría. La Auditoría Interna utilizará los procedimientos establecidos en el Manual para el Ejercicio de la Auditoría Interna o aquellos que sean necesarios, cumpliendo con el ordenamiento jurídico. Vigencia. El presente documento rige a partir del día 27 de enero del año 2016, el mismo estará sujeto a modificaciones según criterio de Auditor Interno Colaboración: Licenciada Oiga López Corrales. Licenciada Gioconda Oviedo Chavarría.

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Realizado y aprobado por: Mauren Navas Orozco.

Anexo No. l Control de Denuncias

CONSEJO NACIONAL DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD (Conapdis)

AUDITORÍA INTERNA

AÑO_____________

No. FECHA ORIGEN CONCEPTO ASIGNADO ESTADO

, CONSECUTIVO RECIBIDO A

La señora Martha Zamora Castillo da por conocido el oficio

ARTICULO VI: Asuntos de las organizaciones de personas con discapacidad

La señora Eugenia Gamboa Calderón tiene un punto a tratar. Sin embargo, este

se dejará para la próxima sesión de Junta Directiva.

ARTICULO VII: ASUNTOS DE LA DIRECCIÓN EJECUTIVA 7.1 Permiso sin goce de salario de Francela Castro Alvarado, Rectoría Región Central Occidente Se procede a dar lectura al oficio La señora María Isabel Chamorro Santamaría, Directora Ejecutiva a.i.

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indica que la solicitud de este permiso cumple con todos los requerimientos solicitados para autorizarlo, se hizo la debida revisión del expediente de la funcionaria. La señora es licenciada en trabajo social. Que la institución fue incapaz de hacer recalificación de puestos, amenaza del Servicio Civil, lo cual ha provocado fuga de recurso humano y no se le pueden negar oportunidades a las personas. Además, de que va a trabajar al IMAS ***************************************************************************************** 17 de agosto, 2016 DE-640-2016 Señores y Señoras Junta Directiva Conapdis Estimados señores, Estimadas señoras: Me permito trasladar solicitud de permiso sin goce de salario de la señora Francela Castro Alvarado, funcionaria de la Rectoría Regional Central Occidente, por un periodo de 20 meses comprendido entre el 01 de setiembre,2016 hasta el 30 de abril de 2018, a fin de laborar en el Instituto Mixto de Ayuda Social. Asimismo, y en cumplimiento de lo que establece el artículo n° 9 de dicho Reglamento, se acompaña esta petición con el visto bueno de la Jefatura inmediata y la Unidad de Recursos Humanos, los cuales también comparte esta Dirección Ejecutiva. Por lo tanto, someto para su consideración y aprobación el permiso solicitado. Sin otro particular, suscribe, Licda. María Isabel Chamorro Santamaría Directora Ejecutiva a.i. Ci: Archivo

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***************************************************************************************** San José, 17 de agosto del 2016 URH-398-2016 Señora. Isabel Chamorro Directora Ejecutiva a.i. Estimada Señora: Reciba un cordial saludo, deseándoles muchos éxitos en su gestión. Por este medio doy mi aprobación para que la funcionaria Francela Castro Alvarado, se le otorgue licencia por “Permiso sin goce de Salario”, correspondiente a veinte meses, a partir del 1° setiembre del 2016 y culminando el 30 de abril del 2018. Por otro lado confirmar que se verificó el expediente de la Sra. Castro, destacando que no existe evidencia de trámites anteriores por licencias de permiso sin goce de salario dentro de los dos últimos años, como establece el reglamento, así mismo señalar que no ha sido sancionada por falta alguna durante el último año laborado, por lo que cumple con todas las condiciones para que esta Unidad apruebe esta licencia. Con toda consideración. Cordialmente.

Lic. Oswaldo Alvarado M.

Oficina de Gestión Institucional de Recursos Humanos

08 de julio de 201 RRCO-222-16 Master Isabel Chamorro

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Directora Ejecutiva Consejo Nacional de Personas con Discapacidad Heredia: Estimad señora: Reciba un cordial saludo. Con respecto a la solicitud de la Licda. Francela Castro Alvarado, del permiso sin goce de salario, doy mi visto bueno para tal efecto. Su interés es el crecimiento profesional y no dudo en que el mismo beneficiará a nuestra población meta. Atentamente, Licda. Giselle Alfaro Rojas Cc: Oswaldo Alvarado Martínez, Unidad de Recursos Humanos c.p.

19 de julio de 2016 Mater Isabel Chamorro Santamaría Director Ejecutiva Consejo Nacional de Personas con Discapacidad Heredia Estimada señora: Reciba un cordial saludo. Tal y como le comenté, tengo la dicha de haber trabajado dieciséis años con esta institución, a la cual tengo un especial cariño, pues, con ella me formé como profesional y he crecido como ser humano. Igualmente, he desempeñado mi trabajo con compromiso y dedicación, partiendo de los

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principios éticos que rigen nuestra institución y mi quehacer profesional. En la Región de Occidente, el principio de accesibilidad, de inclusión y el paradigma de derechos humanos, lo trabajé con diversos actores sociales y sin duda, éstos, hoy son multiplicadores de un nuevo paradigma en el tema de discapacidad. A pesar de que amo mi trabajo, hoy quiero buscar nuevos horizontes, para cumplir metas, tanto personales como profesionales y ojalá, lograr incidencia en la política social que impacta a diario a nuestra población. Con tal objetivo, solicito un permiso sin goce de salario, a partir del 01 de septiembre de 2016 y hasta por el 30 de abril del año 2018; para laborar con el Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS) por un periodo de 20 meses. Cuento con el visto bueno de la Licda. Giselle Alfaro Rojas, Jefatura inmeidata. Agradeciendo su comprensión y el apoyo que puedan brindarme. Atentamente, Licda. Francela Castro Alvarado Cédula 1-0990-0689 Cc: Sr. Oswaldo Alvarado Martínez, Unida de Recursos Humanos Licda. Giselle Alfaro Rojas ACUERDO JD-300-2016 SE ACUERDA aprobar la solicitud de permiso sin goce de salario enviada por la señora Francela Castro Alvarado, funcionaria de la Rectoría Regional Central Occidente por un periodo de 20 meses comprendido entre el 01 de septiembre de 2016 hasta el 30 de abril de 2018 inclusive, a fin de laborar en el Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS). Lo anterior, con base en el oficio DE-640-2016 presentado por la Dirección Ejecutiva del Conapdis con fecha de recibido del 18 de agosto de 2016 y tomando en consideración que cumple con todos los requisitos estipulados para otorgar ese tipo de solicitudes. ACUERDO FIRME 7 votos a favor 2 votos en contra 0 abstenciones

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El señor Francisco Rodríguez Gutiérrez vota en contra porque se está debilitando el funcionamiento de la institución El señor Erick Chacón Valerio voto en contra porque se ponen en riesgo el funcionamiento de la institución, aunque se nombren suplentes, hay un proceso de inducción, hay un proceso de capacitación. Nada garantiza que el suplente se va a quedar los 20 meses, la institución está en periodo de cambio, en este momento, es poner en riesgo a la institución. 7.2 Asuntos varios de la Dirección Ejecutiva

En este punto no hay ningún tema a tratar

ARTICULO VIII: ASUNTOS DEL COMITÉ DIRECTIVO 8.1 Campaña publicitaria 2016 – Catalina Montero Gómez, Dirección Técnica La señora Laura Bravo Cóppola realizar una exposición de hechos sobre la campaña publicitaria, había solicitado a al Dirección Ejecutiva hacer una síntesis. Hay una decisión inicial con fecha del 18 de julio de 2016 donde se plantea una contratación de la campaña publicitaria donde firma el encargado de la Unidad de Comunicación y Difusión, la señora Adriana Alfaro y donde firma el superior inmediato, la señora Catalina Montero. En esa decisión inicial, es un borrador en realidad, está redacta en términos de una recomendación de los funcionarios de la unidad de comunicación, ahí se ve claramente y así publicó y se sacó, lo cual conllevó que llegaran a la institución una serie de solicitudes de aclaración de las diferentes empresas en relación la licitación indicada a pesar de todos los errores de forma y de fondo. A partir de ahí, solicitó todos los correos, ya que fue convocada a una comisión por medio de la Junta Directiva junto con la señora Damaris Solano Murillo también de la Junta Directiva y por parte de la institución a Ana Silvia Gutiérrez, Adriana Alfaro, José Blanco y Santiago Blanco. Sin embargo, le extrañó porque esta decisión inicial debería de ser del año 2015 cuando se encontraba

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incapacitada y decidió asistir a la convocatoria de la Comisión. A partir de ahí, nace la informalidad de la convocatoria por parte de la Dirección Ejecutiva ya que, a quien estaban convocando era a la señora Laura Cubero Orias, representante suplente de la Junta Directiva por parte del MEP y no a mi persona. En este sentido, se termina haciendo responsable por cosas que no le corresponden. El acuerdo que dio pie a esta comisión todavía continúa buscándolo, no está en un acuerdo, se encuentra en una minuta del Comité Directivo. Sin embargo, la Dirección Técnica lo manda a la Unidad de Comunicación como un acuerdo y ahí es donde empieza a tergiversarse, que hay una comisión que es la responsable de utilizar los dineros que aprobó la Junta Directiva para la campaña publicitaria, una suma muy considerable y alta. Sale esa decisión inicial que es un “mamarracho”, es un documento vergonzoso, a partir de ahí cuando se hizo la convocatoria a la reunión de la comisión es cuando mi persona y la señora Damaris Solano vemos todas estas irregularidades, el acuerdo no se encuentra y la decisión inicial planteada en términos que no corresponden. Como no había un acuerdo que obligara a los funcionarios, la señora Ana Silvia Gutiérrez y el señor José Blanco no participaron en la convocatoria. Más bien, solo nosotras dos vinimos con muy buena voluntad de parte de la Junta Directiva a colaborar con los compañeros de la Unidad de Comunicación. En ese momento, al revisar todas las consultas y los errores a partir de la decisión inicial, básicamente los términos de referencia no existen en la decisión inicial y una vez que sale la licitación, se generan todas esas consultas que evidencian que la misma está muy mal planteada y este ambigua e inconsistente. A partir de aquí, se le envía una solicitud a la Dirección Ejecutiva por parte de la Comisión para que detenga el proceso, la nota la firmó la señora Adriana Alfaro de la Unidad de Comunicación. Hay que trabajar en la campaña del 2017 y sacar productos concretos con la utilización de los fondos. El señor Christian Ramírez Valerio indica a partir de la interpretación

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realizada por la señora Paula Umaña Umaña que ahora que está utilizando el lenguaje de señas, le gusta poder expresar su opinión de forma directa, por ejemplo la intérprete hace un esfuerzo por realizar un cambio, todos los saben que tiene alguna dificultad para realizar la interpretación aquí en el Consejo, especialmente a la hora de discutir algunos temas que son largos y complicados. Con respecto al tema de la campaña publicitaria es muy importante hacer una aclaración y debe continuarse con los contenidos técnicos. Pero, no se sabe si ya se hicieron las consultas a las organizaciones de personas con discapacidad de forma correcta para abordar los contenidos y tomar en consideración las recomendaciones de la señora Laura Bravo y Flor Gamboa, como dice el señor Erick Chacón son procesos que afectan la imagen la población con discapacidad. Agradece a todos, la paciencia por escucharlo. 12:40 P.M. INGRESA LA SEÑORA CATALINA MONTERO GOMEZ, DIRECTORA TECNICA, QUIEN EXPONE LOS HECHOS SOBRE EL TRABAJO REALIZADO La señora Catalina Montero Gómez, explica el tema de la campaña, indica que es una preocupación porque este tema salga de la mejor forma posible y sin tropiezos. Lo que estaba programado era proyectar una compaña sobre los derechos de las personas con discapacidad y que llevara el posicionamiento de Conapdis. Esta decisión inicial está hecha como desde mayo, la cual se ha venido mejorando. El 10 de junio de 2016 se vio con el Comité Directivo, el cual dio el visto bueno, una de las recomendaciones era que se proyectara en medios regionales La Junta Directiva indicó que no aprobaba un estudio de percepción. El señor Christian Ramírez indica que no pudo escuchar lo externado por la señora Catalina Montero, debido a que la intérprete estaba almorzando, lo cual es una evidencia para solicitar dos intérpretes y como no tiene suficiente información se abstiene de comentar.

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ARTICULO IX: ASUNTOS VARIOS

No hay ningún punto a tratar en este tema.

LISTA DE ASISTENCIA DE LOS MIEMBROS DE LA JUNTA DIRECTIVA

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Al ser las 13:20 p.m., la señora Martha Zamora Castillo en su calidad de Presidenta de la Junta Directiva del Consejo Nacional de Personas con Discapacidad (Conapdis) procede a dar por concluida la sesión ordinaria N°36 celebrada el jueves 18 de agosto de 2016 con la presencia de los siguientes miembros de la Junta Directiva: el señor Keylor López Rodríguez, el señor Gabriela Solano Zamora, el señor Erick Chacón Valerio, el señor Francisco Rodríguez Gutiérrez, la señora Eugenia Gamboa Calderón, el señor Walter Montero Bonilla, la señora Laura Bravo Cóppola y el señor Christian Ramírez Valerio

Martha Zamora Castillo Gabriela Solano Zamora Presidenta Secretaria Ad Hoc

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