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HOSPITAL GENERAL DE MÉXICO “DR. EDUARDO LICEAGA”, O.D. MANUAL DE PROCEDIMIENTOS SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA NOVIEMBRE, 2013

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HOSPITAL GENERAL DE MÉXICO “DR. EDUARDO LICEAGA”, O.D.

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

NOVIEMBRE, 2013

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

Código: DQ-SNN-MP

Rev. 1

ÍNDICE INTRODUCCIÓN I.- OBJETIVO DEL MANUAL II.- MARCO JURÍDICO III.- PROCEDIMIENTOS

1.- PROCEDIMIENTO PARA LA ATENCIÓN DEL PACIENTE DE PRIMERA VEZ EN LA CONSULTA EXTERNA DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA. 2.- PROCEDIMIENTO PARA LA ATENCIÓN SUBSECUENTE DEL PACIENTE EN LA CONSULTA EXTERNA SUBSECUENTE DEL SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA. 3.- PROCEDIMIENTO PARA LA ATENCIÓN DEL PACIENTE EN EL ÁREA DE HOSPITALIZACIÓN DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA. 4.- PROCEDIMIENTO PARA PROGRAMACIÓN E INTERVENCIÓN QUIRÚRGICA DEL PACIENTE HOSPITALIZADO DEL SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA. 5.- PROCEDIMIENTO PARA LA ATENCIÓN POSTOPERATORIA DEL PACIENTE INTERVENIDO EN EL SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA 6.- PROCEDIMIENTO PARA LA SOLICITUD Y REALIZACIÓN DE INTERCONSULTAS MÉDICAS. 7.- PROCEDIMIENTO PARA LA ATENCIÓN DE PACIENTES HOSPITALIZADOS EN SERVICIOS PERIFÉRICOS VÍA CONSULTA EXTERNA. 8.- PROCEDIMIENTO PARA LA ATENCIÓN DE PACIENTES HOSPITALIZADOS EN SERVICIOS PERIFÉRICOS VÍA URGENCIAS. 9.- PROCEDIMIENTO PARA LA SOLICITUD Y AUTORIZACIÓN DE PERMISOS PARA ASISTIR A EVENTOS ACADÉMICOS.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

Código: DQ-SNN-MP

Rev. 1

10.- PROCEDIMIENTO PARA LA RECEPCIÓN DEL PACIENTE Y DEL EXPEDIENTE CLÍNICO PARA SU INGRESO A HOSPITALIZACIÓN VÍA CONSULTA EXTERNA. 11.- PROCEDIMIENTO PARA LA RECEPCIÓN DEL PACIENTE Y DEL EXPEDIENTE CLÍNICO PARA SU INGRESO A HOSPITALIZACIÓN VÍA URGENCIAS. 12.- PROCEDIMIENTO PARA EL EGRESO DEL PACIENTE, CONTROL DEL EXPEDIENTE CLÍNICO Y LIBERACIÓN DE CAMAS CENSABLES. 13.- PROCEDIMIENTO PARA EL EGRESO POR DEFUNCIÓN, RECEPCIÓN DEL EXPEDIENTE CLÍNICO Y LIBERACIÓN AUTOMÁTICA DE CAMAS. 14.- PROCEDIMIENTO PARA EL TRASLADO INTERNO DE PACIENTES EN HOSPITALIZACIÓN. 15.- PROCEDIMIENTO PARA EL TRASLADO INTERNO DE PECIENTES A TERAPIA MÉDICA INTENSIVA. 16- PROCEDIMIENTO PARA EL LLENADO Y SOLICITUD DE FIRMA DEL FORMATO DE CONSENTIMIENTO INFORMADO. 17.- PROCEDIMIENTO PARA LA UTILIZACIÓN DE DISPOSITIVOS DE APOYO MECÁNICO VENTILATORIO. 18.- PROCEDIMIENTO PARA LA REALIZACIÓN DE CIRUGÍA MAYOR AMBULATORIA. 19.- PROCEDIMIENTO PARA REQUISITAR LA LISTA DE VERIFICACIÓN DE LA SEGURIDAD EN LA CIRUGÍA (PROTOCOLO UNIVERSAL). 20.- PROCEDIMIENTO PARA PREVENIR NEUMONÍA NOSOCOMIAL EN PACIENTES CON VENTILACIÓN MECÁNICA. 21.- PROCEDIMIENTO PARA REDUCIR EL RIESGO DE DAÑO POR CAUSA DE CAÍDAS EN EL PACIENTE HOSPITALIZADO. 22.- PROCEDIMIENTO PARA REDUCIR EL RIESGO DE DAÑO POR CAUSA DE CAÍDAS EN EL PACIENTE AMBULATORIO. 23.- PROCEDIMIENTO PARA SOLICITUD Y ENTREGA DE RESUMEN CLÍNICO. 24.- PROCEDIMIENTO PARA EL MARCADO DEL SITIO QUIRÚRGICO. 25.- PROCEDIMIENTO PARA EL MANEJO E INTEGRACIÓN DEL EXPEDIENTE CLÍNICO. 26.- PROCEDIMIENTO PARA LA ATENCIÓN DE PACIENTES EN ESTADO DE COMA.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

Código: DQ-SNN-MP

Rev. 1

27.- PROCEDIMIENTO PARA EVALUAR LA IDENTIFICACIÓN DEL PACIENTE. 28.- PROCEDIMIENTO PARA EVALUAR LA HIGIENE DE MANOS CON AGUA Y JABÓN EN EL PRESTADOR DE ATENCIÓN MÉDICA. 29.- PROCEDIMIENTO PARA EVALUAR LA HIGIENE DE MANOS CON SOLUCIÓN ALCOHOLADA EN EL PRESTADOR DE ATENCIÓN MÉDICA. 30.- PROCEDIMIENTO PARA LA PREPARACIÓN Y MINISTRACIÓN DE MEDICAMENTOS DE ALTO RIESGO. 31.- PROCEDIMIENTO PARA PREVENIR ERRORES POR ÓRDENES VERBALES O TELEFÓNICAS. 32.- PROCEDIMIENTO PARA LA SOLICITUD Y ENTREGA DE HEMOCOMPONENTES PARA TRANSFUSIÓN EN SERVICIOS MÉDICOS.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

Código: DQ-SNN-MP

Rev. 1

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INTRODUCCIÓN El Servicio de Neurología y Neurocirugía aunque inició sus actividades como especialidad en 1937 la organización actual así como sus instalaciones datan de 1958. Es por lo tanto el Servicio donde se fundó la Neurocirugía Mexicana. Presta atención a los pacientes de la zona metropolitana, así como a los de los estados vecinos y eventualmente a pacientes de otros estados y aun del extranjero. El Servicio además de su labor asistencial imparte enseñanza a estudiantes de medicina de pregrado, es sede del curso universitario de Neurocirugía y más recientemente a alumnos de maestría y doctorado estos últimos en trabajos de investigación. El presente manual fue elaborado de acuerdo a la Guía Técnica para la elaboración de Manuales de Procedimientos autorizada por la Secretaria de Salud y tiene como propósito la descripción de las actividades en apego a las funciones contenidas en el Manual de Organización del Servicio, conforme a su Estructura Orgánica autorizada y vigente a partir del 29 de marzo del 2012. Este manual cuenta con 32 procedimientos que contienen cada uno de ellos los siguientes puntos: 1.0 Propósito, 2.0 Alcance, 3.0 Políticas de Operación, Normas y Lineamientos, 4.0 Descripción del Procedimiento, 5.0 Diagrama de Flujo, 6.0 Documentos de Referencia, 7.0 Registros, 8.0 Glosario, 9.0 Cambios de esta versión y 10.0 Anexos. Estos procedimientos son importantes para la operación del Servicio y su funcionalidad en coordinación y participación de los Servicios y Unidades adscritas a la Dirección General Adjunta Médica.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

Código: DQ-SNN-MP

Rev. 1

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I.- OBJETIVO DEL MANUAL Establecer las políticas, normas y mecanismos para el buen funcionamiento y operación de los procedimientos del Servicio a fin de proporcionar atención eficiente y de calidad al usuario que requiere de la atención de Neurocirugía.

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Código: DQ-SNN-MP

Rev. 1

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II.- MARCO JURÍDICO

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. D.O.F. 05-II-1917, Última Reforma D.O.F. 08-X-2013. LEYES. Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. D.O.F. 29-XII-1976, Última Reforma D.O.F. 02-IV-2013. Ley Federal de las Entidades Paraestatales. D.O.F. 14-V-1986, Última Reforma D.O.F. 9-IV-2012. Ley General de Salud. D.O.F. 07-II-1984, Última Reforma D.O.F. 24-IV-2013 Ley de los Institutos Nacionales de Salud. D.O.F. 26-V-2000, Última Reforma D.O.F. 30-V-2012. Ley General de Bienes Nacionales. D.O.F. 20-V-2004, Última reforma D.O.F. 7-VI-2013. Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos. D.O.F. 13-III-2002, Última Reforma D.O.F. 15-VI-2012. Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos. D.O.F. 31-XII-1982, Última Reforma D.O.F. 09-IV-2012. Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional. D.O.F. 28-XII-1963, Última Reforma D.O.F. 03-V-2006. Ley Federal del Trabajo. D.O.F. 01-IV-1970, Última Reforma D.O.F. 30-XI-2012. Ley General de Educación. D.O.F. 13-VII-1993, Última Reforma D.O.F. 10-VI-2013. Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado. D.O.F. 28-V-2012. Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles. D.O.F. 31-XII-1975, Última Reforma D.O.F. 9-IV-2012. Ley Federal de Derechos. D.O.F. 31-XII-1981, Última Reforma D.O.F. 28-XII-2012.

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Código: DQ-SNN-MP

Rev. 1

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Ley Reglamentaria del artículo 5º Constitucional, relativo al Ejercicio de las Profesiones en el Distrito Federal. D.O.F. 26-V-1945, Última Reforma D.O.F. 19-VIII-2010 Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental. D.O.F. 11-VI-2002, Última Reforma D.O.F. 08-VI-2012. Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos. D.O.F. 29-VI-1992, Última Reforma D.O.F. 10-VI-2013. Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores. D.O.F. 25-VI-2002, Última Reforma D.O.F. 25-IV-2012. Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro. D.O.F. 23-V-1996, Última Reforma D.O.F. 9-IV-2012. Ley de Asistencia Social. D.O.F. 02-IX-2004. Última Reforma D.O.F. 23-IV-2013. Ley General para el Control del tabaco. D.O.F. 30-V-2008. Última Reforma D.O.F. 6-I-2010. Ley de ayuda alimentaria para los trabajadores. D.O.F. 17-I-2011. Ley federal para prevenir y eliminar la discriminación. D.O.F. 11-VI-2003, Última Reforma D.O.F. 12-VI-2013. Ley General para la inclusión de las personas con discapacidad. D.O.F. 30-V-2011. Ley para la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes. D.O.F. 29-V-2000, Última Reforma D.O.F. 19-VIII-2010. Ley General para la Igualdad entre mujeres y hombres. D.O.F. 02-VIII-2006, Última Reforma D.O.F. 6-III-2012 Ley General de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. D.O.F. 01-II-2007, Última Reforma D.O.F. 15-I-2013. Ley del Instituto Nacional de las Mujeres. D.O.F. 12-I-2001. Última Reforma D.O.F. 9-IV-2012. Ley de Salud Mental del Distrito Federal G.O.D.F. 23-II-2011.

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Código: DQ-SNN-MP

Rev. 1

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REGLAMENTOS. Reglamento Interior de la Secretaría de Salud. D.O.F. 19-I-2004. Última Reforma D.O.F. 10-I-2011. Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Prestación de Servicios de Atención Médica. D.O.F. 14-V-1986. Última Reforma 4-XII-2009 Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de la Disposición de Órganos, Tejidos y Cadáveres de Seres Humanos. D.O.F. 20-II-1985, Última Reforma D.O.F. 27-I-2012. Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Investigación para la Salud. D.O.F. 06-I-1987. Reglamento de Procedimientos para la Atención de Quejas Médicas y Gestión Pericial de la Comisión Nacional de Arbitraje Médico. D.O.F. 21-I-2003, Última Reforma 25-VII-2006. Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco. D.O.F. 31-V-2009, Última Reforma D.O.F.9-X-2012. Reglamento Interior del Consejo Nacional contra las Adicciones. D.O.F. 10-I-2011. Reglamento de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental. D.O.F. 11-VI-2003. Reglamento Interno de la Comisión Nacional de Arbitraje Médico. D.O.F. 10-X-2002, Última Reforma D.O.F. 25-VII-2006. Reglamento de Insumos para la Salud. D.O.F. 04-II-1998, Última Reforma D.O.F. 09-X-2012. Reglamento para el Transporte Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos. D.O.F. 07-IV-1993. Última Reforma 20-XI-2012. Reglamento Interior del Consejo de Salubridad General. D.O.F. 11-XII-2009. PLANES Y PROGRAMAS. Programa Nacional de Salud 2007-2012. D.O.F. 17-I-2008. Programa Nacional de Rendición de Cuentas, Combate a la Corrupción y Fomento a la Transparencia y el Desarrollo Administrativo 2008-2012. D.O.F. 11-XII-2008.

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Código: DQ-SNN-MP

Rev. 1

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Programa Nacional para la Igualdad entre Mujeres y Hombre 2009-2012. D.O.F. 18-VIII-2009. Programa Nacional de Derechos Humanos 2008-2012. D.O.F. 29-VIII-2008. Última Reforma 18-XII-2008. Programa Nacional para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos 2009-2012. D.O.F 2-X-2009. DECRETOS. Decreto por el que se reforma y adiciona la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (donde cambia de Secretaría de Salubridad y Asistencia a Secretaría de Salud). D.O.F. 21-I-1985. Decreto para realizar la Entrega-Recepción del informe de los asuntos a cargo de los servidores públicos y de los recursos que tengan asignados al momento de separarse de su empleo, cargo o comisión. D.O.F. 14-IX-2005. Decreto por el que se establece en favor de los trabajadores al servicio de la Administración Pública Federal que estén sujetos al régimen obligatorio de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, un sistema de ahorro para el retiro. D.O.F. 27-III-1992. Última Reforma 7-VI-2013. Decreto por el que se crea el Organismo Descentralizado Hospital General de México. D.O.F. 11-V-1995. Última Modificación 30-IV-2012 Decreto por el que se crea la Comisión Nacional de Arbitraje Médico. D.O.F. 03-VI-1996. Decreto por el que se crea el Consejo Nacional de Vacunación. D.O.F. 05-VII-2001. Decreto por el que se establece el Sistema de Cartillas Nacionales de Salud. D.O.F. 24-XII-2002. Decreto por el que se establece la Cartilla Nacional de Salud de la Mujer. D.O.F. 06-III-1998, Última Reforma 24-XII-2002. Decreto por el que se crea la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios. D.O.F. 05-VII-2001. Decreto por el que se crea el Consejo Nacional para la Prevención y el Tratamiento del Cáncer en la Infancia y la Adolescencia. D.O.F. 5-I-2005. Decreto por el que se crea el Órgano Desconcentrado denominado Comisión Nacional de Bioética. D.O.F. 07-IX-2005.

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Código: DQ-SNN-MP

Rev. 1

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Decreto por el que se establece el Reconocimiento al Mérito en Enfermería Graciela Arroyo de Cordero, el cual tiene por objeto reconocer y honrar a los profesionales destacados en materia de Enfermería. D.O.F. 10-IV-2006. Decreto por el que se crea el Consejo Nacional para la Prevención y el Tratamiento de las Enfermedades Visuales. D.O.F. 04-III-2005, Última Reforma 22-I-2009. Decreto por el que se crea el Instituto de Geriatría. D.O.F. 29-VII-2008. Decreto por el que se ordenan diversas acciones en materia de salubridad general, para prevenir, controlar y combatir la existencia y transmisión del virus de influenza estacional epidémica. D.O.F. 25-IV-2009, Última Reforma 24-IX-2010. ACUERDOS. Acuerdo por el que se establece el reconocimiento al mérito médico. D.O.F. 17-X-1995. Acuerdo por el que se abroga el diverso por el que se crea la Comisión para la Transparencia y el Combate a la Corrupción de la Administración Pública Federal, como una Comisión Intersecretarial de carácter permanente. D.O.F. 04-XII-2000. Última Reforma 19-XII-2011. Acuerdo por el que se establece que las Instituciones Públicas del Sistema Nacional de Salud sólo deberán utilizar los insumos establecidos en el Cuadro Básico para el Primer Nivel de atención médica y, para el Segundo y Tercer nivel, el catálogo de insumos. D.O.F. 24-XII-2002. Acuerdo de coordinación que celebran la Secretaría de Salud con la participación de la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud y la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, y el Gobierno del Distrito Federal, para el ejercicio de facultades en materia de control y fomento sanitarios, así como de Sanidad Internacional. D.O.F. 16-I-2006. Acuerdo por el que se abroga el diverso que interpreta el Decreto Presidencial que estableció el uso de las siglas SSA y determina que tanto éstas como su logotipo se sigan utilizando para designar a la Secretaría de Salud, publicado el 22 de febrero de 1985. D.O.F. 25-III-2004. Acuerdo número 55, por el que se integran patronatos en las unidades hospitalarias de la Secretaría de Salud y se promueve su creación en los institutos nacionales de salud. D.O.F. 17-III-1986. Acuerdo número 88, por el que se restringen áreas para consumo de tabaco en las unidades médicas de la Secretaría de Salud y en los institutos nacionales de salud. D.O.F. 17-IV-1990.

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Código: DQ-SNN-MP

Rev. 1

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Acuerdo número 106, por el que se establece el Centro Nacional de Capacitación en Terapia del Dolor, con sede en el Hospital General de México. D.O.F. 19-X-1992. Acuerdo número 127, por el que se crea el Comité Nacional para Estudio de la Mortalidad Materna y Perinatal. D.O.F. 02-VIII-1995. Acuerdo por el que se abroga el diverso por el que se reestructura el Centro Nacional de Displasias, publicado el 6 de octubre de 1997. D.O.F. 14-XII-2006. Acuerdo para el desarrollo y funcionamiento del Sistema Nacional de Certificación de Establecimientos de Atención Médica. D.O.F. 13-VI-2008. Acuerdo por el que se delegan en el titular de la Comisión Nacional de Arbitraje Médico y en su Director General de Administración, las funciones y facultades que se indican. D.O.F. 19-VI-2000. Acuerdo mediante el cual se establecen los lineamientos para la asignación y distribución de órganos y tejidos de cadáveres de seres humanos para trasplante. D.O.F. 23-IV-2009. Acuerdo por el se establece la aplicación obligatoria en las instituciones públicas y privadas del Sistema Nacional de Salud, de los componentes sustantivos y estratégicos del Programa de Acción Arranque Parejo en la Vida y de la Vigilancia Epidemiológica Activa de las Defunciones Maternas. D.O.F. 01-XI-2004. Acuerdo por el se emite el Manual de Organización y Operación del Sistema Nacional de Protección Civil. D.O.F. 23-X-2006 Acuerdo por el que se establecen disposiciones generales obligatorias para la prevención, atención y control del VIH/SIDA en las instituciones públicas del Sistema Nacional de Salud. D.O.F. 12-XI-2004. Acuerdo por el que se crea el Comité Nacional por la Calidad en Salud. D.O.F. 24-XII-2007. Acuerdo por el cual se establecen la disposiciones relativas a la vigencia de derechos de las familias con al menos un niño nacido en territorio nacional a partir del 1 de diciembre de 2006 que sean incorporados al Sistema de Protección Social en Salud, así como a la aplicación de recursos que por concepto de cuota social y aportaciones solidarias efectuarán los gobiernos federal, estatal y del Distrito Federal. D.O.F. 21-II-2007. Acuerdo por el que se crea el Comité Nacional de Guías de Práctica Clínica. D.O.F. 13-VI-2008.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

Código: DQ-SNN-MP

Rev. 1

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Acuerdo por el que la Secretaría de Salud da a conocer los formatos de certificados de defunción y de muerte fetal. D.O.F. 30-I-2009. Última modificación 29-XII-2011. Acuerdo por el que se adiciona y modifica la relación de especialidades farmacéuticas susceptibles de incorporarse al Catálogo de Medicamentos Genéricos. D.O.F. 29-VII-2008. Última Reforma 19-VIII-2011. Acuerdo por el que se emiten reglas, requisitos y los modelos de contratos para formalizar el otorgamiento de donativos. D.O.F. 28-VIII-2008. Acuerdo por el que se deroga el Acuerdo que declara a la influenza humana A H1N1 enfermedad grave de atención prioritaria. D.O.F. 2-V-2009. Última Reforma 20-VIII-2010 Acuerdo por el que se establecen los lineamientos que regulan la práctica de la cirugía bariátrica en México. D.O.F. 11-IX-2009. Acuerdo que establece las funciones del Titular del Órgano Interno de Control en la Secretaría de Salud, para coordinar las actividades de los titulares de los Órganos Internos de Control en los órganos administrativos desconcentrados de la Secretaria de Salud y en las entidades paraestatales que integran el Sector Salud. D.O.F. 20-V-2013. Acuerdo mediante el cual se expide el Manual de Percepciones de los Servidores Públicos de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal. D.O.F. 31-V-2006. Actualización 31-V-2013. Acuerdo por el que se establece el procedimiento para la recepción y disposición de obsequios, donativos o beneficios en general, que reciban los servidores públicos de la Administración Pública Federal. D.O.F. 28-VI-2013. NORMAS OFICIALES MEXICANAS. Norma Oficial Mexicana NOM-253-SSA1-2012, para la disposición de sangre humana y sus componentes con fines terapéuticos. D.O.F. 26-X-2012. Norma Oficial Mexicana NOM-005-SSA2-1993, de los servicios de planificación familiar. D.O.F. 30-V-1994. Modificación D.O.F. 16-VI-2004. Proyecto de Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-006- SSA2-1993, Para la prevención y control de la tuberculosis en la atención primaria a la salud, para quedar como Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-006-SSA2-2010, Para la prevención y control de la tuberculosis. D.O.F. 26-I-1995. Modificación D.O.F. 13-IX-2012.

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Código: DQ-SNN-MP

Rev. 1

Hoja: 10 de 13

Norma Oficial Mexicana NOM-007-SSA2-1993, atención de la mujer durante el embarazo, parto y puerperio y del recién nacido. Criterios y procedimientos para la prestación del servicio, para quedar como Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-007-SSA2- 2010, Para la atención de la mujer durante el embarazo, parto y puerperio, y del recién nacido. D.O.F. 22-VI-1995. Modificación D.O.F. 05-XI-2012. Norma Oficial Mexicana NOM-007-SSA3-2011, para la organización y funcionamiento de los laboratorios clínicos. D.O.F. 27-III-2012. Norma Oficial Mexicana NOM-008-SSA3-2010, para el tratamiento integral del sobrepeso y la obesidad. D.O.F. 12-IV-2000. Modificación D.O.F. 4-VIII-2010. Norma Oficial Mexicana NOM-010-SSA2-2010, para la prevención y el control de la infección por virus de la inmunodeficiencia humana. D.O.F. 17-I-1995. Modificación D.O.F. 10-XI-2010. Norma Oficial Mexicana NOM-013-SSA2-2006, para la prevención y control de enfermedades bucales. D.O.F. 8-X-2008. Norma Oficial Mexicana NOM-014-SSA2-1994, para la prevención, detección, diagnóstico, tratamiento, control y vigilancia epidemiológica del cáncer cérvico uterino. D.O.F. 16-I-1995. Modificación a la norma D.O.F. 31-V-2007. Norma Oficial Mexicana NOM-015-SSA2-2010, Para la prevención, tratamiento y control de la diabetes mellitus. D.O.F. 20-X-2009. Modificación D.O.F. 23-XI-2010. Norma Oficial Mexicana NOM-017-SSA2-2012, para la vigilancia epidemiológica. D.O.F. 19-II-12013. Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-024-SSA3-2012, Sistemas de información de registro electrónico para la salud. Intercambio de información en salud D.O.F. 15-VIII-2012. Norma Oficial Mexicana NOM-004-SSA3-2012, del Expediente Clínico D.O.F. 15-X-2012. Norma Oficial Mexicana NOM-028-SSA2-2009, para la prevención tratamiento y control de adicciones. D.O.F. 21-VIII-2009. Norma Oficial Mexicana NOM-030-SSA2-2009, para la prevención, detección, diagnóstico, tratamiento y control de la hipertensión arterial sistémica. D.O.F. 31-V-2010. Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999, para la atención a la salud del niño. D.O.F. 09-II-2001. Modificación D.O.F. 26-IX-2006.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

Código: DQ-SNN-MP

Rev. 1

Hoja: 11 de 13

Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-034-SSA2-2010, Para la prevención y control de los defectos al nacimiento. D.O.F. 27-X-2003. Modificación D.O.F. 18-X-2012. Norma Oficial Mexicana NOM-035-SSA2-2012, Para la prevención y control de enfermedades en la perimenopausia y postmenopausia de la mujer. Criterios para brindar atención médica. D.O.F. 07-I-2013. Norma Oficial Mexicana NOM-036-SSA2-2012, Prevención y control de enfermedades. Aplicación de vacunas, toxoides, sueros, faboterápicos, antitoxinas e inmunoglobulinas en el humano. D.O.F. 17-VII-2003. Modificación D.O.F. 12-X-2012. Norma Oficial Mexicana NOM-039-SSA2-2002, para la prevención y control de las infecciones de transmisión sexual. D.O.F. 19-IX-2003. Norma Oficial Mexicana NOM-035-SSA3-2012, En materia de información en salud. D.O.F. 30-XI-2012. Norma Oficial Mexicana NOM-041-SSA2-2011, para la prevención, diagnóstico, tratamiento, control y vigilancia epidemiológica del cáncer de mama. D.O.F. 17-IX-2003. Modificación D.O.F.9-VI-2011. Norma Oficial Mexicana NOM-043-SSA2-2012, Servicios básicos de salud. Promoción y educación para la salud en materia alimentaria. Criterios para brindar orientación. D.O.F. 22-I-2013. Norma Oficial Mexicana NOM-045-SSA2-2005, para la vigilancia epidemiológica, prevención y control de las infecciones nosocomiales. D.O.F. 20-XI-2009. Norma Oficial Mexicana NOM-073-SSA1-2005 estabilidad de fármacos y medicamentos. D.O.F. 4-I-2006. Modificación D.O.F. 1-II-2012 Norma Oficial Mexicana NOM-001-SSA3-2012, Educación en salud. Para la organización y funcionamiento de residencias médicas. D.O.F. 04-I-2013. Norma Oficial Mexicana NOM-087-SEMARNAT-SSA1-2002, Protección Ambiental – Salud Ambiental – Residuos peligrosos biológico – infecciosos – Clasificación y especificaciones de manejo. D.O.F. 14-IX-2005. Norma Oficial Mexicana NOM-229-SSA1-2002 Salud Ambiental. Requisitos técnicos para las instalaciones, responsabilidades sanitarias, especificaciones técnicas para los equipos y protección radiológica en establecimiento de diagnóstico médico con rayos “X”. D.O.F. 15-IX-2006. Modificación D.O.F. 26-XII-2011.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

Código: DQ-SNN-MP

Rev. 1

Hoja: 12 de 13

Norma Oficial Mexicana NOM-006-SSA3-2007, para la práctica de anestesiología. D.O.F. 10-I-2000. Modificación D.O.F. 23-III-2012. Norma Oficial Mexicana NOM-003-SSA3-2010, para la práctica de la hemodiálisis. D.O.F. 08-VII-2010. Norma Oficial Mexicana NOM-015-SSA3-2012, Para la atención integral a personas con discapacidad. D.O.F. 14-IX-2012. Norma Oficial Mexicana NOM-046-SSA2-2005, violencia familiar, sexual y contra las mujeres. Criterios para la prevención y atención. D.O.F. 08-III-2000. Modificación 16-IV-2009. Norma Oficial Mexicana NOM-026-SSA3-2012, Para la práctica de la cirugía mayor ambulatoria. D.O.F. 07-VIII-2012. Norma Oficial Mexicana NOM-028-SSA3-2012, Regulación de los servicios de salud. Para la práctica de la ultrasonografía diagnóstica. D.O.F. 07-I-2013. Norma Oficial Mexicana NOM-016-SSA3-2012, que establece los requisitos mínimos de infraestructura y equipamiento de hospitales y consultorios de atención médica especializada. D.O.F. 8-I-2013. Norma Oficial Mexicana NOM-234-SSA1-2003, utilización de campos clínicos para ciclos clínicos e internado de pregrado. D.O.F. 06-I-2005. Norma Oficial Mexicana NOM-249-SSA1-2010, Mezclas estériles: nutricionales y medicamentosas e instalaciones para su preparación. D.O.F. 04-III-2011. Norma Oficial Mexicana NOM-032-SSA2-2010, Para la vigilancia epidemiológica, prevención y control de las enfermedades transmitidas por vector. D.O.F. 30-IX-2008. Modificación D.O.F. 1-VI-2011. Norma Oficial Mexicana NOM-220-SSA1-2012, Instalación y operación de la farmacovigilancia. DOF: 07-I-2013 Norma Oficial Mexicana NOM-027-SSA3-2013, Regulación de los servicios de salud. Que establece los criterios de funcionamiento y atención en los servicios de urgencias de los establecimientos para la atención médica. DOF: 04-IX-2013. OTROS ORDENAMIENTOS JURÍDICOS.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

Código: DQ-SNN-MP

Rev. 1

Hoja: 13 de 13

Edición 2012 del Cuadro Básico y Catálogo de Medicamentos (Segunda actualización). D.O.F. 30-VII-2013. Cuadro Básico y Catálogo de Material de Curación: Segunda actualización, Edición 2012. D.O.F. 1-VIII-2013. Edición 2012 del Cuadro Básico y Catálogo de Auxiliares de Diagnóstico (Segunda actualización). D.O.F. 1-VIII-2013. Edición 2012 del Cuadro Básico y Catálogo de Instrumental y Equipo Médico. D.O.F. 1-VIII-2013. Catálogo de medicamentos genéricos. (Sexagésima Tercera Actualización) D.O.F. 07-XI-2008. Modificación D.O.F. 21-II-2012. Lineamientos de protección de datos personales. D.O.F. 22-IX-2005. Última Reforma 16-VII-2013. Normas para la operación del Registro de Servidores Públicos. D.O.F. 04-I-2006. Última Reforma 24-IX-2012. Estatuto Orgánico del Hospital General de México “Dr. Eduardo Liceaga”, O.D. Autorización por la Junta de Gobierno del Hospital en Sesión XLIV del 16-VI-2006, Última Reforma 24-VI-2013. Oficio-Circular por el que se da a conocer el Código de Ética de los Servidores Públicos de la Administración Pública Federal. D.O.F. 31-VII-2002. Lineamientos para evaluar la satisfacción del usuario del Sistema de Protección Social en Salud. D.O.F. 27-IX-2007. Relación de Entidades Paraestatales de la Administración Pública Federal sujetas a la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y su Reglamento. D.O.F. 15-VIII-2008. Última Reforma D.O.F 15-VIII-2013. Lineamientos generales para el establecimiento de acciones permanentes que aseguren la integridad y el comportamiento ético de los servidores públicos en el desempeño de sus empleos, cargos o comisiones. D.O.F. 06-III-2012. Aviso de consulta pública del Proyecto de Norma Mexicana PROY-NMX-R-025-SCFI-2012, Que establece los requisitos para la certificación de las prácticas para la igualdad laboral entre mujeres y hombres (cancelará a la NMX-R-025-SCFI-2009). D.O.F. 13-VII-2012.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP01

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

1.- Procedimiento para la atención del paciente de primera vez en la Consulta Externa de Neurología y Neurocirugía.

Rev. 1

Hoja: 1 de 6

1.- PROCEDIMIENTO PARA LA ATENCIÓN DEL PACIENTE DE PRIMERA VEZ EN LA CONSULTA EXTERNA DE NEUROLOGÍAY NEUROCIRUGÍA.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP01

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

1.- Procedimiento para la atención del paciente de primera vez en la Consulta Externa de Neurología y Neurocirugía.

Rev. 1

Hoja: 2 de 6

1.0 Propósito 1.1 Establecer los mecanismos administrativos a través de los cuales sirvan de guía al personal médico y paramédico en los casos que los pacientes que acudan a la consulta necesarios que se requieren, para brindar la atención adecuada a los pacientes que acuden de primera vez a la Consulta Externa de Neurología y Neurocirugía del Hospital General de México.”Dr. Eduardo Liceaga”, enfocados a lograr la satisfacción del usuario. 2.0 Alcance 2.1 A nivel interno el procedimiento es aplicable a los Servicios que solicitan interconsulta a Neurología y Neurocirugía, al área de admisión y al propio Servicio, en las áreas de Consulta Externa. 2.2 A nivel externo este procedimiento tiene alcance para los pacientes referidos de otras instituciones de Salud. 3.0 Políticas de operación, normas y lineamientos 3.1 El Jefe de Servicio en coordinación con los coordinadores de consulta externa, cirugía y hospitalización son responsables de la difusión y vigilancia adecuada para que se lleve a cabo este procedimiento, además de darlo a conocer a todos los Médicos para su conocimiento y el buen funcionamiento de las actividades dentro del Hospital y del propio servicio. 3.2 El personal administrativo del área de Admisión será responsable de elaborar el carnet para que el paciente tenga acceso a la atención médica. 3.3 Es responsabilidad del Personal Administrativo del Servicio revisar y verificar que el paciente cuente con el carnet de citas, el comprobante de pago y la solicitud de interconsulta (si se requiere) para poder ser atendido en la Consulta Externa de Neurología y Neurocirugía de primera vez. 3.4 El Médico Especialista de Neurología y Neurocirugía asignado a la Consulta Externa es el responsable de verificar los datos proporcionados por el paciente, identificándolo a través de una credencial de elector, y de presentarse con él. 3.5 Será responsabilidad del Médico especialista de Neurología y Neurocirugía valorar, de acuerdo a las condiciones del paciente, el tipo de atención que se brindará al mismo: urgente o electiva, para garantizar que existen niveles de prioridades la misma, de acuerdo a las políticas establecidas. En caso de urgencia, enviará al paciente con su familiar al área de filtro de la Unidad para que sea atendido de manera inmediata, de acuerdo a disponibilidad de recursos (humanos, materiales y de infraestuctura) 3.6 Es responsabilidad del Médico Especialista de Neurología y Neurocirugía tratante proporcionar adecuada información al paciente y sus familiares sobre el padecimiento del mismo, ventajas, desventajas y alternativas de tratamiento en un lenguaje claro y explicito asegurando la total comprensión por parte del enfermo, así como de informar que, por ser un hospital escuela, en algunas ocasiones, el personal en formación (médico y de enfermería) podrían ser los responsables de proporcionar la atención médica solicitada.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP01

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

1.- Procedimiento para la atención del paciente de primera vez en la Consulta Externa de Neurología y Neurocirugía.

Rev. 1

Hoja: 3 de 6

3.7 Es responsabilidad del Médico Especialista de Neurología y Neurocirugía que asiste a la Consulta externa en los turnos matutino y vespertino, proporcionar una evaluación al paciente con calidad y calidez y decidir su tratamiento definitivo (conservador o cirugía), en apego las Guías de Práctica Clínica vigentes. 3.8 El Médico Especialista del Servicio de Neurología y Neurocirugía asignado a la Consulta Externa será responsable de realizar, si considera necesario, las solicitudes de interconsulta a las diferentes especialidades para garantizar un diagnostico adecuado y el tratamiento que requiera el paciente, a través del formato de interconsulta. 3.9 Es responsabilidad del Médico Especialista de Neurología y Neurocirugía asignado al Servicio de Consulta Externa es el responsable de realizar la evaluaicón de acuerdo a los resultados de laboratorio e imagen para determinar la prioridad de atención médica y establecer un diagnóstico clínico y siempre con calidad y calidez decidir su tratamiento definitivo (conservador o quirúrgico) con apego a las Guías de Práctica clínica vigentes, además de extender, en caso necesario la receta médica correspondiente, colocando en el formato proporcionado para ello su nombre completo, el número de cédula profesional y firma.

3.10 Es responsabilidad del Médico Especialista de Neurología y Neurocirugía que acude a proporcionar la Consulta, realizar el adecuado llenado del formato “Hoja diaria de Consulta” y entregarla al personal administrativo del servicio al término de la jornada con el fin de concentrar los datos y elaborar el reporte de productividad mensual de la Unidad, para enviarlo en tiempo y forma a la Dirección de Planeación y Desarrollo de Sistemas Administrativos. 3.11 El Personal de Seguridad externa es responsable de controlar la entrada y salida a la Institución de toda persona ajena a la misma. 3.12 Todas las actividades que requieran interrelación personal serán realizadas con apego al Código de De ética de los Servidores Públicos vigente. 3.13 En el caso de que el paciente sea un adulto mayor, se le deberá dar prioridad a su atención, para evitar tiempo de espera prolongado. De acuerdo con la Ley de los derechos de las personas adultas mayores publicada en el Diario Oficial de la Federación el 25 de Junio del 2002.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP01

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

1.- Procedimiento para la atención del paciente de primera vez en la Consulta Externa de Neurología y Neurocirugía.

Rev. 1

Hoja: 4 de 6

4.0 Descripción del procedimiento

Secuencia de Etapas Actividad Responsable1.0 Recepción del paciente y verificación de documentos.

1.1 Recibe al paciente, verifica que cuente con carnet, solicitud de interconsulta, recibo de pago y determina si la consulta es de primera vez PROCEDE: No: Registra en la libreta de subsecuentes y del Médico tratante y lo canaliza al consultorio correspondiente y termina procedimiento. Si: Registra en la libreta de control y lo canaliza con el Médico de base de acuerdo disponibilidad. Carnet/ recibo único de pago/ libreta /

Solicitud de interconsulta.

Consulta Externa de Neurología y Neurocirugía (Personal administrativo).

2.0 Recepción e identificación del paciente.

2.1. Recibe e identifica al paciente, Toma signos vitales e informa al médico.

Personal de enfermería

3.0 Identificación del paciente y valoración de tratamiento.

3.1 Recibe al paciente, se identifica con él, realiza historia clínica y evaluación inicial del paciente a través de interrogatorio y exploración física, para determinar la prioridad de atención médica PROCEDE: No: Solicita exámenes de laboratorio y gabinete urgentes, solicita turno quirúrgico y hospitaliza al paciente y termina el procedimiento Si: Realiza notas en el expediente clínico con apego a la NOM-004-SSA3-2012 y agenda cita programada subsecuente en la libreta de citas. Libreta.

Médico de Base Neurología y Neurocirugía

4.0 Solicitud de exámenes y elaboración de receta médica.

4.1 Solicita exámenes de laboratorio e imagen para confirmar diagnóstico. 4.2 Proporciona cita subsecuente abierta en Consulta de la clínica, para evaluar tratamiento con el apoyo de los resultados de estudios de laboratorio e imagen. 4.2 Extiende receta con apego a lineamientos

Exámenes de laboratorio / Receta médica

Médico de Base Neurología y Neurocirugía

5.0 Llenado de hoja de consulta y agenda de cita.

5.1 Llena hoja diaria de consulta y la entrega a personal administrativo de la Consulta externa al terminar la jornada

Hoja diaria de consulta.

Médico de Base Neurología y Neurocirugía

TERMINA PROCEDIMIENTO

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP01

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

1.- Procedimiento para la atención del paciente de primera vez en la Consulta Externa de Neurología y Neurocirugía.

Rev. 1

Hoja: 5 de 6

5.0 Diagrama de Flujo

SOLICITUD DE INTERCONSULTA

LIBRETA

RECIBO ÚNICO DE PAGO

CARNET

CONSULTA EXTERNA DE NEUROLOGÍA YNEUROCIRUGÍA (PERSONAL ADMINISTRATIVO)

RECEPCIÓN DEL PACIENTE YVERIFICACIÓN DE DOCUMENTOS

INICIO

MÉDICO DE BASE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍAPERSONAL DE ENFERMERÍA

PROCEDENO

SI

TERMINO

1

REGISTRA EN LA LIBRETA DECONTROL Y LO CANALIZA

RECEPCIÓN E IDENTIFICACIÓNDEL PACIENTE

2

LIBRETA

IDENTIFICACIÓN DEL PACIENTE YVALORACIÓN DE TRATAMIENTO

3

PROCEDENO

SI

TERMINO

REALIZA NOTAS EN ELEXPEDIENTE

RECETA MÉDICA

EXÁMENES DE LABORATORIO

SOLICITUD DE EXÁMENES YELABORACIÓN DE RECETA

MÉDICA.

4

HOJA DIARIA DE CONSULTA

LLENADO DE HOJA DECONSULTA Y AGENDA DE CITA

5

TERMINO

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP01

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

1.- Procedimiento para la atención del paciente de primera vez en la Consulta Externa de Neurología y Neurocirugía.

Rev. 1

Hoja: 6 de 6

6.0 Documentos de referencia Documentos Código (cuando aplique)

Manual de Organización de la Dirección General Adjunta Médica. No Aplica

Manual de Procedimientos de la Dirección General Adjunta Médica. No Aplica

NOM-004 –SSA3-2012 del expediente clínico No Aplica

Manual de Organización de Neurología y Neurocirugía No Aplica

Guía de diagnóstico y tratamiento del Servicio de Neurología y Neurocirugía No Aplica

7.0 Registros

Registros Tiempo de conservación Responsable de conservarlo Código de registro o

identificación única

Libreta de control de citas 5 Años Personal Administrativo del Servicio No Aplica

Historia clínica 5 Años Archivo del Servicio No Aplica 8.0 Glosario

8.1 Consulta Subsecuente.- La atención que imparten los médicos Especialistas a pacientes ambulatorios de las cuatro especialidades médicas básicas y todas las demás especialidades; puede ser de primera vez o subsecuente. 8.2 Exploración clínica.- Conjunto de maniobras propedéuticas encaminadas a establecer un diagnóstico de patología vascular.8.3 Historia Clínica.- Documento que elabora el médico consta de: interrogatorio, exploración física, diagnóstico y tratamiento, se apega a los lineamientos de la NOM-004-SSA3-2012. 8.4 Neurología: Rama de la medicina relacionada con el estudio clínico y por medio de imágenes de las enfermedades que afectan al sistema nervioso. Neurocirugía tratamiento quirúrgico de enfermedad del sistema nervioso que lo requiera. 8.5 Signos vitales.- Variables clínica que pueden medirse cualitativa y cuantitativamente, incluyen la presión arterial, frecuencia cardíaca, frecuencia respiratoria y temperatura.

9.0 Cambios de esta versión Número de Revisión Fecha de la actualización Descripción del cambio

1 Noviembre 2013 Se agregó el nombre oficial: “Hospital General de México Dr. Eduardo Liceaga” y se readecuó el procedimiento.

10.0 Anexos 10.1 Carnet. 10.2 Comprobante de pago (RUI). 10.3 Solicitud de interconsulta. 10.4 Historia clínica de Consulta Externa. 10.5 Hoja diaria de Consulta.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN–MP02

NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

2.- Procedimiento para la atención subsecuente del paciente en la Consulta Externa de Neurología y

Neurocirugía

Rev. 1

Hoja: 1 de 6

2.- PROCEDIMIENTO PARA LA ATENCIÓN SUBSECUENTE DEL PACIENTE EN LA CONSULTA EXTERNA DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN–MP02

NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

2.- Procedimiento para la atención subsecuente del paciente en la Consulta Externa de Neurología y

Neurocirugía

Rev. 1

Hoja: 2 de 6

1.0 Propósito 1.1 Establecer los lineamientos administrativos necesarios que se requieren para brindar la atención adecuada a los pacientes que acuden de manera subsecuente a la Consulta Externa de Neurología y Neurocirugía del Hospital General de México “Dr. Eduardo Liceaga” con el fin de brindar una atención médica continua con calidad y calidez y lograr la satisfacción del usuario. 2.0 Alcance 2.1 A nivel interno este procedimiento aplica para los servicios que solicitan interconsulta a Neurología y Neurocirugía, al área de admisión y al propio servicio. 2.2 A Nivel Externo este procedimiento no tiene alcance. 3.0 Políticas de operación, normas y lineamientos 3.1 El Jefe de Servicio en coordinación con el Jefe de Consulta Externa de Neurología y Neurocirugía son responsable de la difusión y supervisión adecuada para que se lleve a cabo este procedimiento, además de darlo a conocer al personal médico y paramédico del equipo multidisciplinario para su conocimiento, consulta y buen funcionamiento de las actividades dentro del Hospital y Organismos globalizadores correspondientes. 3.2. Es responsabilidad del Personal Administrativo del Servicio de Consulta Externa de Neurología y Neurocirugía revisar y verificar que el paciente cuente con el carnet de citas, el comprobante de pago y la solicitud de interconsulta para poder ser atendido en consulta subsecuente, además de entregar la ficha con el número de consultorio asignado para su atención. 3.3 La Enfermera asignada al consultorio de la Consulta Externa de Neurología y Neurocirugía, será responsable de verificar los datos proporcionados por el paciente, identificándolo a través de una credencial oficial, además de tomar signos vitales y de coadyuvar con el médico en la atención del paciente. 3.4 Será responsabilidad del Médico Especialista de Neurología y Neurocirugía verificar los datos proporcionados por el paciente, identificándolo a través de una credencial de elector, y de presentarse adecuadamente con él, además de valorar, de acuerdo a las condiciones del paciente, el tipo de atención que se brindará al mismo: urgente o electiva para garantizar que existen niveles de prioridades la misma y decidir su tratamiento definitivo (conservador o cirugía). 3.5 Es responsabilidad del Médico Especialista de Neurología y Neurocirugía tratante proporcionar adecuada información al paciente y sus familiares sobre el padecimiento del mismo, ventajas, desventajas y alternativas de tratamiento en un lenguaje claro y explicito asegurando la total comprensión por parte del enfermo. 3.6 El personal médico Especialista de Neurología y Neurocirugía será responsable de realizar, si considera necesario, las solicitudes de interconsulta a las diferentes especialidades que garanticen un diagnóstico adecuado y el tratamiento que requiera el paciente, a través del formato de interconsulta.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN–MP02

NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

2.- Procedimiento para la atención subsecuente del paciente en la Consulta Externa de Neurología y

Neurocirugía

Rev. 1

Hoja: 3 de 6

3.7 Es responsabilidad del Médico Especialista de Neurología y Neurocirugía establecer el diagnóstico y tratamiento adecuados, además de continuar el seguimiento hasta que suceda una de las siguientes situaciones: el alta definitiva de la clínica o la contrarreferencia al servicio correspondiente y de supervisar las actividades de los médicos residentes que rotan con él. 3.8 Es responsabilidad del Médico Especialista de Neurología y Neurocirugía que acude a proporcionar la consulta, realizar el adecuado llenado del formato “Hoja diaria de Consulta” y entregarla al personal administrativo de la Consulta Externa al terminar la jornada con el fin de concentrar los datos y elaborar el reporte de productividad mensual de la Unidad, para enviarlo en tiempo y forma a la Dirección de Planeación y Desarrollo de Sistemas Administrativos. 3.9 Es responsabilidad del Médico Especialista de Neurología y Neurocirugía asignado al servicio de consulta externa es el responsable de realizar la evaluación de acuerdo a los resultados de laboratorio e imagen para determinar la prioridad de atención médica y establecer un diagnóstico clínico y siempre con calidad y calidez decidir su tratamiento definitivo (conservador o quirúrgico) con apego a las Guías de Práctica clínica vigentes, además de extender, en caso necesario la receta médica correspondiente, colocando en el formato proporcionado para ello su nombre completo, el número de cedula profesional y firma. 3.10 El Personal de Seguridad externa es el responsable de controlar la entrada y salida a las unidades de hospitalización a toda persona ajena a las mismas. 3.11 Todas las actividades que requieren interrelación personal serán realizadas con apego al Código de Ética de los Servidores Públicos vigente. 3.12 En caso de que el paciente sea un adulto mayor, se le deberá dar prioridad a su atención, para evitar tiempo de espera prolongado. De acuerdo con la ley de los derechos de las personas adultas mayores Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 25 de Junio del 2002.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN–MP02

NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

2.- Procedimiento para la atención subsecuente del paciente en la Consulta Externa de Neurología y

Neurocirugía

Rev. 1

Hoja: 4 de 6

4.0 Descripción del procedimiento Secuencia de Etapas Actividad Responsable

1.0 Recepción y verificación de documentos.

1.1 Recibe al paciente, verifica que cuente con carnet, en el cual verifique ficha de consulta subsecuente comprobante de pago y avisa a enfermería. Carnet /Recibo de pago.

Servicio de Neurología y Neurocirugía (Personal Administrativo).

2.0 Recepción e identificación del paciente

2.1 Recibe e identifica al paciente, toma signos vitales, localiza expediente y lo envía al consultorio correspondiente. Expediente

Personal de Enfermería

3.0 Revisión y determinación del tipo de alta.

3.1 Recibe al paciente, revisa evolución del padecimiento y los resultados de exámenes de laboratorio y gabinete. Determina si se requiere hospitalización. PROCEDE: NO: Continua tratamiento conservador, y continua con citas subsecuentes hasta el alta y termina procedimiento. SI: Extiende solicitud de internamiento y envía a Trabajo Social para continuar trámites. Solicitud de internamiento

Servicio de Neurología y Neurocirugía (Médico de Base)

4.0 Llenado de hoja diaria de consulta.

4.1 Llena la hoja diaria de consulta y entrega al personal administrativo.

Hoja de Consulta.

Servicio de Neurología y Neurocirugía (Médico de Base)

TERMINA PROCEDIMIENTO

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN–MP02

NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

2.- Procedimiento para la atención subsecuente del paciente en la Consulta Externa de Neurología y

Neurocirugía

Rev. 1

Hoja: 5 de 6

5.0 Diagrama de Flujo SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

(PERSONAL ADMINISTRATIVO)

RECIBO DE PAGO

CARNET

RECEPCIÓN Y VERIFICACIÓNDE DOCUMENTOS

INICIO

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA (MÉDICODE BASE)PERSONAL DE ENFERMERÍA

PROCEDE

NO

SI

TERMINO

1

EXPEDIENTE

RECEPCIÓN EIDENTIFICACIÓN DEL

PACIENTE

2

S O L I C I T U D D EINTERNAMIENTO

REVISIÓN YDETERMINACIÓN DEL TIPO

DE ALTA

3

TERMINO

EXTIENDE SOLICITUD DEINTERNAMIENTO Y ENVÍA A

TRABAJO SOCIAL

HOJA DE CONSULTA

LLENADO DE HOJA DIARIADE CONSULTA

4

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN–MP02

NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

2.- Procedimiento para la atención subsecuente del paciente en la Consulta Externa de Neurología y

Neurocirugía

Rev. 1

Hoja: 6 de 6

6.0 Documentos de referencia Documentos Código (cuando aplique)

Manual de Organización de la Dirección General Adjunta Médica. No Aplica

Manual de Procedimientos de la Dirección General Adjunta Médica. No Aplica

NOM-004-SSA3-2012 del Expediente Clínico. No Aplica

Manual de Organización del Servicio de Neurología y Neurocirugía. No Aplica

Guías de Diagnóstico y Tratamiento del Servicio Neurología y Neurocirugía. No Aplica

7.0 Registros

Registros Tiempo de conservación Responsable de conservarlo Código de registro o

identificación única Libreta de control de citas 5 Años Archivo del Servicio No Aplica Hoja diaria de Consulta 5 años Archivo del Servicio No Aplica Expediente Clínico 5 años Archivo del Servicio No Aplica

8.0 Glosario 8.1 Consulta Subsecuente.- La atención que imparten los médicos Especialistas a pacientes ambulatorios de las cuatro especialidades médicas básicas y todas las demás especialidades; puede ser de primera vez o subsecuente. 8.2 Exploración clínica.- Conjunto de maniobras propedéuticas encaminadas a establecer un diagnóstico de patología vascular. 8.3 Historia Clínica.- Documento que elabora el médico consta de: interrogatorio, exploración física, diagnóstico y tratamiento, se apega a los lineamientos de la NOM-004-SSA3-2012. 8.4 Neurología.- Rama de la medicina relacionada con el estudio clínico y por medio de imágenes de las enfermedades que afectan al sistema nervioso. Neurocirugía tratamiento quirúrgico de enfermedad del sistema nervioso que lo requiera. 8.5 Signos vitales.- Variables clínica que puedez<n medirse cualitativa y cuantitativamente, incluyen la presión arterial, frecuencia cardíaca, frecuencia respiratoria y temperatura. 9.0 Cambios de esta versión

Número de Revisión Fecha de la actualización Descripción del cambio 1 Noviembre 2013 Readecuación del procedimiento.

10.0 Anexos 10.1 Carnet.* 10.2 Comprobante de pago (RUI).* 10.3 Hisotoria clínica de Consulta Externa.* 10.4 Hoja diaria de consulta.* * Ver formatos del procedimiento 1.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN–MP03

NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

3.- Procedimiento para la atención del paciente en el área de hospitalización de Neurología y Neurocirugía

Rev. 1

Hoja: 1 de 7

3.- PROCEDIMIENTO PARA LA ATENCIÓN DEL PACIENTE EN EL ÁREA DE HOSPITALIZACIÓN DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN–MP03

NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

3.- Procedimiento para la atención del paciente en el área de hospitalización de Neurología y Neurocirugía

Rev. 1

Hoja: 2 de 7

1.0 Propósito 1.1 Establecer los lineamientos administrativos que sirvan de guía al personal médico y paramédico para brindar la atención médica adecuada a los pacientes que requieren permanecer hospitalizados para diagnóstico y/o tratamiento en Servicio de Neurología y Neurocirugía del Hospital General de México “Dr. Eduardo Liceaga”, con el fin de brindar una atención médica con calidad y calidez y de lograr la satisfacción del usuario que solicita sus servicios.

2.0 Alcance 2.1 A nivel interno este procedimiento aplica para el personal médico, paramédico y administrativo de los diferentes Servicios del Hospital General de México que cuenten con camas censables, el Área de Admisión de Consulta Externa y al Departamento de Trabajo Social. 2.2 A nivel externo este procedimiento no tiene alcance 3.0 Políticas de operación, normas y lineamientos 3.1 El Jefe de Servicio en coordinación con el encargado de hospitalización son responsable de la difusión y supervisión adecuada para que se lleve a cabo este procedimiento, además de darlo a conocer al personal médico y paramédico del equipo multidisciplinario para su conocimiento, consulta y buen funcionamiento de las actividades dentro del Hospital y Organismos globalizadores correspondientes. 3.2 Es responsabilidad del Personal Administrativo del servicio revisar y verificar que el paciente cuente con el carnet de citas y la hoja de internamiento para poder ser hospitalizado en el Servicio de Neurología y Neurocirugía, además de que, en caso de no contar con cama censable en el Servicio, solicitar al área de Admisión una cama disponible para hospitalizar al paciente en un servicio periférico, de acuerdo al procedimiento correspondiente vigente 3.3 Es responsabilidad del Personal de Enfermería asignado a hospitalización verificar los datos del paciente, identificándolo a través de una credencial oficial, corroborando su nombre, número de expediente, edad. Si el paciente a hospitalizar tiene alergia a algún medicamento o alimento, en caso afirmativo se anotara en la parte frontal del expediente y en su cabecera la notificación. 3.4 La Enfermera Encargada de turno es responsable de supervisar que el personal a su cargo por ningún motivo lleve a cabo procedimientos o administración de medicamentos indicados a través de órdenes verbales o telefónicas. Toda indicación deberá ser previamente anotada en el expediente clínico del paciente por el médico tratante, con excepción de los casos de extrema urgencia. 3.5 Es responsabilidad de la Enfermera Encargada de turno del servicio de hospitalización el mantener en resguardo bajo llave los medicamentos controlados y los electrolitos concentrados como lo estipula la Meta internacional No. 3 para la Seguridad del paciente. 3.6 Es responsabilidad del Médico Especialista de Neurología y Neurocirugía tratante, realizar el paso de visita diaria y/o las veces que sean necesarias de acuerdo a la evolución de las condiciones del paciente, anotar y firmar sus observaciones en las notas de evolución del expediente clínico, con apego a la NOM-004-SSA3-2012 del expediente clínico.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN–MP03

NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

3.- Procedimiento para la atención del paciente en el área de hospitalización de Neurología y Neurocirugía

Rev. 1

Hoja: 3 de 7

3.7 Es responsabilidad del Médico Especialista de Neurología y Neurocirugía valorar, de acuerdo a las condiciones del paciente al ingreso el tipo de atención que se brindará al mismo: urgente o electiva. 3.8 Es responsabilidad del Médico Especialista de Neurología y Neurocirugía tratante proporcionar adecuada información al paciente y sus familiares sobre el internamiento a la Institución, del procedimiento a realizar, así como de la evolución del mismo, además de solicitar la firma del formato de consentimiento bajo información correspondiente, con apego al procedimiento No. 17 “Para el llenado y solicitud de firma del formato de consentimiento informado” del Manual de Procedimientos de la Dirección General Adjunta Médica y la firma de conocimiento de informes en la libreta respectiva, asegurándose que el paciente y/o sus familiares lo han entendido perfectamente. 3.9 Es responsabilidad del Médico Especialista de Neurología y Neurocirugía evaluar al paciente y realizar la PREALTA en cuanto lo considere conveniente y hacer la nota de la misma en el expediente, además de avisar a Trabajo Social del ALTA al día siguiente, para que emita pase especial de visita con el fin de que se realicen los tramites de egreso correspondientes de manera oportuna y disminuir así los tiempos perdidos en la liberación administrativa de las camas 3.10 Es responsabilidad del Médico Especialista de Neurología y Neurocirugía, en los casos que amerite, verificar que el paciente se encuentre en condiciones de ser intervenido quirúrgicamente, o de someterse al procedimiento terapéutico que requiere, revisando valoración cardiaca y valoración pre anestésica, si lo amerita, si el paciente no puede deambular solicitará por medio de formato de interconsulta, la valoración correspondiente con apego a los procedimientos vigentes. 3.11 La toma de decisiones, el seguimiento y el manejo de los pacientes será facultad y responsabilidad exclusiva de los Médicos Tratantes de Neurología y Neurocirugía. 3.12 Es responsabilidad del Jefe de Servicio de Neurología y Neurocirugía verificar que los pacientes hospitalizados en un servicio periférico sean atendidos adecuadamente por su médico tratante y efectuar su traslado interno a su Servicio en cuanto haya disponibilidad de cama censable, con estricto apego al procedimiento correspondiente 3.13 Es responsabilidad del Médico Tratante verificar que los pacientes que requieran valoración cardiovascular (hombres de más de 50 años, mujeres de más de 55 años o pacientes con sospecha de cardiopatía) y los pacientes de valoración pre-anestésica se presenten un día antes de su ingreso para la realización de las mismas si el paciente no puede deambular solicitará por medio de formato de interconsulta, la valoración correspondiente con apego a los procedimientos vigentes 3.14 Es responsabilidad del Médico Especialista del servicio de Neurología y Neurocirugía establecer el diagnóstico y tratamiento adecuados, además de continuar el seguimiento hospitalario hasta que suceda una de las siguientes situaciones: el alta definitiva de la clínica o la contrarreferencia al Servicio correspondientes y de supervisar las actividades de los médicos residentes.

3.15 El Personal de Seguridad externa es responsable de controlar la entrada y salida a la Institución de toda persona ajena a la misma.

3.16 Todas las actividades que requieran interrelación personal serán realizadas con apego al Código de De ética de los Servidores Públicos vigente.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN–MP03

NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

3.- Procedimiento para la atención del paciente en el área de hospitalización de Neurología y Neurocirugía

Rev. 1

Hoja: 4 de 7

4.0 Descripción del procedimiento Secuencia de Etapas Actividad Responsable

1.0 Recepción del paciente y determinación de orden de internamiento.

1.1 Recibe al paciente, en la consulta externa, se identifica con él, revisa exámenes de laboratorio y gabinete y determina la necesidad de hospitalización PROCEDE: NO: Continua citas subsecuentes hasta alta y termina procedimiento. SI: Extiende solicitud de hospitalización, anotando fecha de la misma y envía al paciente con personal administrativo para continuar trámites. Solicitud de internamiento.

Servicio de Neurología y Neurocirugía (Médico Especialista).

2.0 Verificación de documentos y disponibilidad de cama censable

2.1 Recibe al paciente, verifica documentos de ingreso Determina disponibilidad de cama censable PROCEDE: NO: Solicita cama censable en Servicio periférico y termina el procedimiento. SI: Envía al paciente a Trabajo Social para determinar nivel de pago. Documentos.

Personal Administrativo de Admisión

3.0 Elaboración de estudio socioeconómico.

3.1 Informa al paciente y familiares condiciones de hospitalización, elabora ficha socioeconómica, determina nivel de pago y envía al paciente a admisión a continuar trámites. Estudio Socioeconómico.

Trabajadora Social.

4.0 Recepción del paciente y realización de ingreso administrativo.

4.1 Recibe al paciente y realiza ingreso administrativo en la cama asignada. 4.2 Envía al paciente con la enfermera del Servicio. Documentos.

Personal Administrativo de Admisión.

5.0 Recepción del paciente e ingreso a sala de hospitalización

5.1 Recibe, identifica e instala paciente en la cama asignada, le coloca brazalete y la identificación a la cama. 5.2 Elabora hoja de enfermería; Orienta a paciente y familiar responsable sobre la ubicación de las instalaciones (comedor, baño, etc). 5.3 Avisa al médico a cargo para recibir indicaciones. Expediente / Brazalete / Ficha / Hoja de

enfermería.

Servicio de Neurología y Neurocirugía (Personal de Enfermería)

6.0 Revisión de paciente y expediente.

6.1 Acude a la cama asignada, se presenta e identifica al paciente, lo revisa y verifica que el expediente esté completo, verifica la firma del consentimiento bajo información para ingreso hospitalario, procedimientos de alto riesgo y transfusiones. Expediente clínico/Consentimientos informados.

Servicio de Neurología y Neurocirugía (Médico de Base).

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN–MP03

NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

3.- Procedimiento para la atención del paciente en el área de hospitalización de Neurología y Neurocirugía

Rev. 1

Hoja: 5 de 7

4.0 Descripción del procedimiento Secuencia de Etapas Actividad Responsable

7.0 Realización de historia clínica e indicaciones.

7.1 Realiza supervisión de historia clínica, da indicaciones y solicitud de examen de laboratorio y gabinete complementarios en el expediente clínico con apego a la NOM-004-SSA3-2012.

Expediente clínico / Historia Clínica.

Servicio de Neurología y Neurocirugía (Médico de Base).

8.0 Paso de visita y registro en expediente

8.1 Pasa visita diaria o las veces que sea necesarias de acuerdo a las condiciones del paciente y las registra en el expediente clínico (notas de evolución) 8.2 En caso necesario solicita las interconsultas que sean pertinentes. Hoja de enfermería / Expediente / Interconsulta

Servicio de Neurología y Neurocirugía (Médico Especialista).

9.0. Indicación de tratamiento quirúrgico o médico.

9.1 Analiza el caso clínico ya completo con estudios de gabinete lo presente en sesión clínica donde se determina si el paciente es candidato para cirugía. PROCEDE: NO: Se continúa tratamiento médico conservador durante la estancia del paciente hasta su alta y termina el procedimiento. SI: Realiza programación de cirugía y continúa con el procedimiento para la programación de cirugía del paciente quirúrgico

Estudios de Laboratorio.

Servicio de Neurología y Neurocirugía (Médico Especialista).

TERMINA PROCEDIMIENTO

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN–MP03

NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

3.- Procedimiento para la atención del paciente en el área de hospitalización de Neurología y Neurocirugía

Rev. 1

Hoja: 6 de 7

5.0 Diagrama de Flujo SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y

NEUROCIRUGÍA (MÉDICOESPECIALISTA)

S O L I C I T U D D EINTERNAMIENTO

RECEPCIÓN DELPACIENTE Y

DETERMINACIÓN DEORDEN DE

INTERNAMIENTO

INICIO

SERVICIO DE NEUROLOGÍA YNEUROCIRUGÍA (MÉDICO DE

BASE)

PERSONAL ADMINISTRATIVO DEADMISIÓN TRABAJADORA SOCIAL

SERVICIO DE NEUROLOGÍA YNEUROCIRUGÍA (PERSONAL DE

ENFERMERÍA)

PROCEDE

NO

SI

TERMINO

EXTIENDE SOLICITUDDE HOSPITALIZACIÓN

DOCUMENTOS

VERIFICACIÓN DEDOCUMENTOS Y

DISPONIBILIDAD DECAMA CENSABLE

PROCEDE

NO

SI

ENVÍO AL PACIENTEPARA NIVEL DE PAGO

TERMINO

1 2

E S T U D I OSOCIOECONÓMICO

ELABORACIÓN DEESTUDIO

SOCIOECONÓMICO

3

DOCUMENTOS

RECEPCIÓN DELPACIENTE Y

REALIZACIÓN DEINGRESO

ADMINISTRATIVO

4

HOJA DE ENFERMERÍA

FICHA

BRAZALETE

EXPEDIENTE

RECEPCIÓN DELPACIENTE E INGRESO A

SALA DEHOSPITALIZACIÓN

5

CO NSENT IMIENT OSINFORMADOS

EXPEDIENTE CLÍNICO

REVISIÓN DELPACIENTE YEXPEDIENTE

6

HISTORIA CLÍNICA

EXPEDIENTE CLÍNICO

REALIZACIÓN DEHISTORIA CLÍNICA E

INDICACIONES

7

INTERCONSULTA

EXPEDIENTE

HOJA DE ENFERMERÍA

PASO DE VISITA YREGISTRO DEEXPEDIENTE

8

E S T U D I O S D ELABORATORIO

INDICACIÓN DETRATAMIENTOQUIRÚRGICO O

MÉDICO

PROCEDE

NO

SI

TERMINO

REALIZAPROGRAMACIÓN DE

CIRUGÍA

TERMINO

9

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN–MP03

NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

3.- Procedimiento para la atención del paciente en el área de hospitalización de Neurología y Neurocirugía

Rev. 1

Hoja: 7 de 7

6.0 Documentos de referencia Documentos Código (cuando aplique)

Manual de Organización de la Dirección General Adjunta Médica. No Aplica

Manual de Procedimientos de la Dirección General Adjunta Médica. No Aplica NOM-004-SSA3-2012 del expediente clínico No Aplica Manual de Organización del Servicio de Neurología y Neurocirugía No Aplica Guías de Diagnóstico y Tratamiento del Servicio de Neurología y Neurocirugía No Aplica

7.0 Registros

Registros Tiempo de conservación Responsable de conservarlo Código de registro o

identificación única

Expediente clínico 5 años Personal administrativo del Servicio No Aplica

8.0 Glosario 8.1 Historia Clínica.- Documento que elabora el médico consta de: interrogatorio, exploración física, diagnóstico y tratamiento, se apega a los lineamientos de la NOM-004-SSA3-2012. 8.2 Hospitalización.- Servicio que cuenta con camas censables para atender pacientes internos, proporcionar atención médica con el fin de realizar diagnósticos, aplicar tratamientos y cuidados continuos de enfermería. 8.3 Neurología: Rama de la medicina relacionada con el estudio clínico y por medio de imágenes de las enfermedades que afectan al sistema nervioso. Neurología tratamiento quirúrgico de enfermedad del sistema nervioso que lo requiera. 9.0 Cambios de esta versión

Número de Revisión Fecha de la actualización Descripción del cambio 1 Noviembre 2013 Reestructuración del procedimiento.

10.0 Anexos 10.1 Solicitud de Internamiento. 10.2 Hoja de enfermería. 10.3 Carnet * 10.4 Ficha de Estudio socioeconómico. 10.5 Formato de Consentimiento informado para Ingreso Hospitalario.** 10.6 Formato de Consentimiento Informado para Procedimientos de alto riesgo.** 10.7 Formato de Consentimiento informado para Transfusiones.** * Ver anexos del procedimiento 1. ** Ver anexos del procedimiento 16.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN–MP04

NEUROLOGIA Y NEUROCIRUGIA

4.- Procedimiento para la programación e intervención quirúrgica del paciente hospitalizado en el Servicio de

Neurología y Neurocirugía

Rev. 1

Hoja: 1 de 6

4.- PROCEDIMIENTO PARA PROGRAMACIÓN E INTERVENCION QUIRÚRGICA DEL PACIENTE HOSPITALIZADO EN EL SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN–MP04

NEUROLOGIA Y NEUROCIRUGIA

4.- Procedimiento para la programación e intervención quirúrgica del paciente hospitalizado en el Servicio de

Neurología y Neurocirugía

Rev. 1

Hoja: 2 de 6

1.0 Propósito 1.1 Establecer los lineamientos administrativos que sirvan de guía al personal médico y paramédico para brindar la atención médica adecuada a los pacientes que requieren ser sometidos a intervención quirúrgica y estén hospitalizados en el Servicio de Neurología y Neurocirugía del Hospital General de México “Dr. Eduardo Liceaga”, con el fin de brindar una atención médica con calidad y calidez y de lograr la satisfacción del usuario que solicita sus servicios.

2.0 Alcance 2.1 A nivel interno este procedimiento aplica para el personal médico, paramédico y administrativo del Servicio de Neurología y Neurocirugía del Hospital General de México, al Departamento de Trabajo Social y personal de Enfermería. 2.2 A nivel externo este procedimiento no tiene alcance 3.0 Políticas de operación, normas y lineamientos 3.1 El Jefe de Servicio en coordinación con el jefe de quirófano son responsables de la difusión y supervisión adecuada para que se lleve a cabo este procedimiento, además de darlo a conocer al personal médico y paramédico del equipo multidisciplinario para su conocimiento, consulta y buen funcionamiento de las actividades dentro del Hospital y Organismos globalizadores correspondientes.. 3.2 Será responsabilidad del Médico Especialista de Neurología y Neurocirugía valorar, de acuerdo a las condiciones del paciente, el tipo de atención que se brindará al mismo: urgente o electiva. 3.3 Es responsabilidad del Médico Especialista de Neurología y Neurocirugía tratante realizar el plan de la intervención quirúrgica a realizar y anotarlo en la nota de evolución en el expediente clínico, con apego a la NOM-004-SSA3-201-Del expediente clínico, en su caso previa presentación y autorización en junta terapéutica. 3.4 Es responsabilidad del Médico Especialista de Neurología y Neurocirugía supervisar que el residente encargado de la programación quirúrgica la realice adecuadamente, con apego al Reglamento de Quirófanos Central y periféricos. 3.5 Es responsabilidad del Personal de Enfermería del servicio revisar y verificar que el paciente se prepare adecuadamente de acuerdo a las indicaciones médicas para poder ser intervenido en el quirófano del Servicio, además de solicitar al personal de camillería el traslado al mismo. 3.6 La Enfermera encargada de turno es responsable de supervisar que el personal a su cargo por ningún motivo lleve a cabo procedimientos o administración de medicamentos indicados a través de órdenes verbales o telefónicas. Toda indicación deberá ser previamente anotada en el expediente clínico del paciente por el médico tratante, con excepción de los casos de extrema urgencia.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN–MP04

NEUROLOGIA Y NEUROCIRUGIA

4.- Procedimiento para la programación e intervención quirúrgica del paciente hospitalizado en el Servicio de

Neurología y Neurocirugía

Rev. 1

Hoja: 3 de 6

3.7 Es responsabilidad del Médico Tratante de Neurología y Neurocirugía proporcionar de manera completa, entendible y adecuada la información correspondiente al paciente y sus familiares, tanto de cirugía como de cualquier procedimiento invasivo para el que la norma lo solicite, mencionando riesgos y beneficios , posibles complicaciones y alternativas de tratamiento ya sean quirúrgicas o no, así como de la evolución del mismo, además de solicitar la firma de los formatos de consentimiento bajo información correspondientes (ingreso hospitalario, transfusiones, procedimientos de alto riesgo, cirugía, anestesia) con apego al procedimiento No. 17 de la DGAM, una vez que el paciente y/o sus familiares lo han entendido perfectamente con la firma adicional de dos testigos presenciales. 3.8 Es responsabilidad del Médico Especialista de Neurología y Neurocirugía tratante verificar que el paciente se encuentre en condiciones de ser intervenido quirúrgicamente, o de someterse al procedimiento terapéutico que requiere, revisando valoración cardiaca y valoración pre anestésica, si lo amerita, si el paciente no puede deambular solicitará por medio de formato de interconsulta, la valoración correspondiente con apego a los procedimientos vigentes. 3.9 Es responsabilidad del personal Médico Especialista y paramédico de Neurología y Neurocirugía que utilice las instalaciones de los Quirófanos observar que las actividades dentro del mismo estén estrictamente apegadas al Reglamento Interno del Quirófano Central y de la Institución, con especial énfasis en la PROHIBICIÓN de salir del mismo con el uniforme quirúrgico. 3.10 Es responsabilidad de Médico Especialista de Neurología y Neurocirugía participar activamente en el llenado y firma del formato de la “Lista Verificación Cirugía Segura Salva Vidas” además de realizar o supervisar el dictado de operación de acuerdo al formato de Dictado Quirúrgico y en apego a la guías dellenado (anexo) 3.11 Las muestras que el Médico Especialista de Neurología y Neurocirugía tome y envíe a Patología se deberán etiquetar con los datos correctos y legibles: nombre completo del paciente, número de expediente, fecha y tipo de muestra, deberá supervisar que se realice adecuadamente esta actividad y de dar seguimiento para la obtención de los resultados. 3.12 La toma de decisiones, el seguimiento y el manejo de los pacientes será facultad y responsabilidad exclusiva de los Médicos Tratantes de Neurología y Neurocirugía. 3.13 Todas las actividades que requieran interrelación personal serán realizadas con apego al Código de Ética de los Servidores Públicos del Hospital vigente.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN–MP04

NEUROLOGIA Y NEUROCIRUGIA

4.- Procedimiento para la programación e intervención quirúrgica del paciente hospitalizado en el Servicio de

Neurología y Neurocirugía

Rev. 1

Hoja: 4 de 6

4.0 Descripción del procedimiento Secuencia de Etapas Actividad Responsable

1.0 Revisión del paciente y decisión de Intervención quirúrgica.

1.1 Revisa al paciente en consulta subsecuente y determina necesidad de procedimiento quirúrgico.

PROCEDE: No: Explica al paciente padecimiento no quirúrgico y agenda cita subsecuente hasta el alta del servicio y termina el procedimiento. Si: Verifica que el expediente clínico esté completo. Expediente clínico.

Servicio de Neurología y Neurocirugía (Médico de Base).

2.0 Solicitud de intervención quirúrgica

2.1 Presenta caso clínico completo en sesión de programación quirúrgica. PROCEDE: NO: Explica al paciente posposición o suspensión de la cirugía y termina procedimiento. SI: Solicita fecha para la cirugía. Carnet.

Servicio de Neurología y Neurocirugía (Médico de Base).

3.0 Solicitud de sala y valoración de anestesia.

3.1 Verifica fecha y hora de cirugía y no contraindicación de cirugía en valoración preanestesia. PROCEDE: NO: Valora para nueva programación y termina procedimiento. SI: Solicita firma de consentimiento informado.

Consentimiento Informado.

Servicio de Neurología y Neurocirugía (Médico de Base).

4.0 Traslado del paciente.

4.1 Traslada al paciente a quirófano. Servicio de Neurología y Neurocirugía (Camilleros).

5.0 Realización de cirugía e información al paciente o familiar.

5.1 Realiza la cirugía programada en la sala quirúrgica asignada. 5.2 Termina la cirugía e informa al paciente o familiar del resultado de la misma.

Servicio de Neurología y Neurocirugía (Médico de Base).

6.0 Realización de dictado quirúrgico y solicitud de traslado.

6.1 Realiza dictado de nota de indicaciones posoperatorias con apego a la NOM-004-SSA3-2012 del expediente clínico. 6.2 Determina junto con el anestesiólogo traslado a recuperación, a terapia intensiva o a hospitalización. Expediente Clínico.

Servicio de Neurología y Neurocirugía (Médico de Base).

7.0 Traslado a cama de servicio

7.1 Traslada al paciente a la cama de hospitalización, recuperación o de terapia intensiva.

Servicio de Neurología y Neurocirugía (Camilleros).

TERMINA PROCEDIMIENTO

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN–MP04

NEUROLOGIA Y NEUROCIRUGIA

4.- Procedimiento para la programación e intervención quirúrgica del paciente hospitalizado en el Servicio de

Neurología y Neurocirugía

Rev. 1

Hoja: 5 de 6

5.0 Diagrama de Flujo

EXPEDIENTE CLÍNICO

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA (MÉDICO DE BASE)

EXPEDIENTE CLÍNICO

REVISIÓN DEL PACIENTE YDECISIÓN DE INTERVENCIÓN

QUIRÚRGICA

INICIO

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA (CAMILLERO)

PROCEDE

NO

SI

TERMINO

1

VERIFICA QUE EL EXPEDIENTECLÍNICO ESTÉ COMPLETO

CARNET

SOLICITUD DE INTERVENCIÓNQUIRÚRGICA

PROCEDE

NO

SI

TERMINO

2

SOLICITA FECHA PARA LACIRUGÍA

CONSENTIMIENTO INFORMADO

SOLICITUD DE SALA YVALORACIÓN DE ANESTESIA

PROCEDE

NO

SI

TERMINO

3

SOLICITA FIRMA DECONSENTIMIENTO INFORMADO

TRASLADO DEL PACIENTE

4

REALIZACIÓN DE CIRUGÍA EINFORMACIÓN AL PACIENTE Y

FAMILIAR

5

REALIZACIÓN DE DICTADOQUIRÚRGICO Y SOLICITUD

DE TRASLADO

6TRASLADO DE CAMA DE

SERVICIO

7

TERMINO

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN–MP04

NEUROLOGIA Y NEUROCIRUGIA

4.- Procedimiento para la programación e intervención quirúrgica del paciente hospitalizado en el Servicio de

Neurología y Neurocirugía

Rev. 1

Hoja: 6 de 6

6.0 Documentos de referencia Documentos Código (cuando aplique)

Manual de Organización de la Dirección General Adjunta Médica. No Aplica

Manual de Procedimientos de la Dirección General Adjunta Médica. No Aplica NOM-004-SSA3-2012 del expediente clínico. No Aplica Manual de Organización del Servicio de Neurología y Neurocirugía. No Aplica

Reglamento interno de Quirófanos Central y periféricos. No Aplica

Guías de Diagnóstico y Tratamiento del Servicio de Neurología y Neurocirugía. No Aplica

7.0 Registros

Registros Tiempo de conservación Responsable de conservarlo Código de registro o

identificación única Libreta de programación de

cirugías 5 Años Archivo del Servicio No Aplica

Expediente clínico 5 Años Archivo del Servicio No Aplica 8.0 Glosario

8.1 Historia clínica.- Es documento que labora el médico en apego a los lineamientos de la NOM-004-SSA3-2012. 8.2 Hospitalización.- Servicio que cuenta con camas censables para atender pacientes internos, proporcionar atención médica con el fin de realizar diagnósticos, aplicar tratamientos y cuidados continuos de enfermería. 8.3 Neurología.- Rama de la medicina relacionada con el estudio clínico y por medio de imágenes de las enfermedades que afectan al sistema nervioso. Neurología tratamiento quirúrgico de enfermedad del sistema nervioso que lo requiera. 8.4 Quirófano.- Área del servicio que cuenta con salas provistas del equipo necesario para realizar procedimientos quirúrgicos valoración preanestesia. 8.5 Valoración preanestésica.- Estudio que realiza el médico anestesiólogo para determinar el riesgo probable de la cirugía. 9.0 Cambios de esta versión

Número de Revisión Fecha de la actualización Descripción del cambio 1 Noviembre 2013 Reestructuración del procedimiento

10.0 Anexos 10.1 Solicitud de cirugía. 10.2 Formato de Consentimiento informado para Cirugía.* 10.3 Formato de Consentimiento informado para Anestesia.* 10.4 Formato de Consentimiento informado para Transfusiones.* 10.5 Formato de Dictado Quirúrgico. * Ver formatos del procedimiento 16.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP05

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

5.- Procedimiento para la atención postoperatoria del paciente intervenido en el Servicio de Neurología y

Neurocirugía

Rev. 1

Hoja: 1 de 7

5.- PROCEDIMIENTO PARA LA ATENCIÓN POSTOPERATORIA DEL PACIENTE INTERVENIDO EN EL SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP05

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

5.- Procedimiento para la atención postoperatoria del paciente intervenido en el Servicio de Neurología y

Neurocirugía

Rev. 1

Hoja: 2 de 7

1.0 Propósito 1.1 Establecer los lineamientos administrativos que sirvan de guía al personal médico y paramédico para brindar la atención médica adecuada a los pacientes que fueron sometidos a intervención quirúrgica y permanezcan hospitalizados en el servicio de Neurología y Neurocirugía del Hospital General de México “Dr. Eduardo Liceaga”, con el fin de brindar una atención médica con calidad y calidez y de lograr la satisfacción del usuario que solicita sus servicios.

2.0 Alcance 2.1 A nivel interno este procedimiento aplica para el personal médico, paramédico y administrativo del servicio de Neurología y Neurocirugía del Hospital General de México, al Departamento de Trabajo Social y personal de Enfermería. 2.2 A nivel externo este procedimiento no tiene alcance 3.0 Políticas de operación, normas y lineamientos 3.1 El jefe de servicio en coordinación con el jefe de quirófano son responsables de la difusión y supervisión adecuada para que se lleve a cabo este procedimiento, además de darlo a conocer al personal médico y paramédico del equipo multidisciplinario para su conocimiento, consulta y buen funcionamiento de las actividades dentro del Hospital y del propio servicio. 3.2 Es responsabilidad del Personal de Enfermería de hospitalización del Servicio de Neurología y Neurocirugía revisar y verificar la identificación del paciente de acuerdo a su expediente, así como que cuente con el formato de lista de verificación de “cirugía segura salva vidas” debidamente requisitado. 3.3 La Enfermera del área de hospitalización del servicio de Neurología y Neurocirugía es responsable de verificar que el expediente cuente con indicaciones post operatorias. Si el paciente se encuentra en un Servicio periférico y está a cargo del Servicio de Neurología y Neurocirugía deberá notificar vía telefónica al Servicio tratante sobre su ingreso a esa Unidad de acuerdo a procedimiento de atención de pacientes periféricos vigente. 3.4 La enfermera encargada de turno es responsable de supervisar que el personal a su cargo por ningún motivo lleve a cabo procedimientos o administración de medicamentos indicados a través de órdenes verbales o telefónicas. Toda indicación deberá ser previamente registrada en el expediente clínico del paciente por el médico tratante, con excepción de los casos de extrema urgencia. 3.5 El Médico Especialista de Neurología y Neurocirugía es responsable de proporcionar adecuada información al paciente y sus familiares sobre hallazgos quirúrgicos, pronóstico, además de la evolución de su padecimiento.

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5.- Procedimiento para la atención postoperatoria del paciente intervenido en el Servicio de Neurología y

Neurocirugía

Rev. 1

Hoja: 3 de 7

3.6 El Personal de Enfermería es responsable de verificar las indicaciones médicas en relación al manejo de la herida quirúrgica y de realizar la evaluación del dolor de acuerdo a la escala visual análoga anexa.

3.7 El Personal de Enfermería evaluará la situación de riesgo de daño al paciente por efectos post anestesia y su protección. 3.8 Es responsabilidad del Médico Especialista en Neurología y Neurocirugía tratante, realizar el paso de visita diaria y/o las veces que sean necesarias de acuerdo a la evolución de las condiciones del paciente, anotar y firmar sus observaciones en las notas de evolución del expediente clínico, con apego a la NOM 004-SSA3-2012 del expediente clínico. 3.9 La Enfermera de hospitalización será responsable de realizar cambios de apósito y realizar los registros y observaciones sobre la herida quirúrgica en sus formatos correspondientes, así como notificar al Cirujano a cargo cualquier signo o síntoma de alarma en el paciente pos operado. 3.10 La toma de decisiones, el seguimiento y el manejo de los pacientes será facultad y responsabilidad exclusiva de los médicos tratantes. 3.11 Es responsabilidad del Jefe del Servicio y encargado de hospitalización del servicio de Neurología y neurocirugía, supervisar que los pacientes hospitalizados en un servicio periférico sean atendidos adecuadamente y efectuar su traslado interno a la unidad en cuanto haya disponibilidad de cama censable, de acuerdo al procedimiento correspondiente. 3.12 El personal Médico y Paramédico es responsable de minimizar el riesgo de infecciones asociadas con la atención médica, cumpliendo con el procedimiento de lavado de manos adecuadamente, en cumplimiento de la meta internacional No. 5 de la Organización Mundial de la Salud. 3.13 Es responsabilidad del Jefe de Servicio de Neurología y Neurocirugía supervisar y verificar que el médico especialista tratante realice la evaluación del paciente y efectúe la notificación de PREALTA al Departamento de Trabajo Social en cuanto lo considere conveniente y elaborar la nota de la misma en el expediente clínico como evidencia documental, además deberá avisar a Trabajo Social la confirmación del ALTA al día siguiente, para que se realicen los tramites de egreso correspondientes de manera oportuna y disminuir así los tiempos perdidos en la liberación administrativa de las camas

3.14 Una vez confirmada el ALTA del paciente, el proceso se realizará lo más pronto posible y de acuerdo al Procedimiento No. 12.- “para el egreso del paciente, control del expediente clínico y liberación de camas censables” de la Dirección General Adjunta Médica. 3.15 Todas las actividades que requieran interrelación personal serán realizadas con apego al Código de De ética de los Servidores Públicos vigente.

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5.- Procedimiento para la atención postoperatoria del paciente intervenido en el Servicio de Neurología y

Neurocirugía

Rev. 1

Hoja: 4 de 7

4.0 Descripción del procedimiento

Secuencia de Etapas Actividad Responsable 1.0 Recepción e identificación del paciente y revisión del expediente.

1.1 Recibe al paciente procedente de quirófano, colabora en su instalación en cama asignada, con ayuda del camillero. 1.2 Identifica paciente con hoja de cirugía segura, brazalete y elabora hoja de enfermería. 1.3 Revisa expediente y sigue indicaciones médicas

Expediente / Hoja de enfermería

Servicio de Neurología y Neurocirugía (Personal de enfermería).

2.0 Revisión de herida quirúrgica.

2.1 Revisa herida quirúrgica del paciente, instala conexiones de drenajes (si son necesarios) 2.2 Realiza cambios de apósito de herida quirúrgica de acuerdo a indicaciones médicas 2.3 Informa a médico de base o residente de hospitalización la llegada del paciente para su evaluación Expediente / Hoja de enfermería

Servicio de Neurología y Neurocirugía (Personal de enfermería).

3.0 Vigilancia médica, registros e indicaciones

3.1 Realiza visita médica al paciente diaria o las veces que sea necesario 3.2 Realiza registros médicos e indicaciones en expediente clínico de acuerdo a evolución post operatoria y con apego a la NOM 004-SSA3-2012. 3.3 Realiza, si procede, la curación de herida quirúrgica.

Expediente.

Servicio de Neurología y Neurocirugía (Médico de Base).

4.0 Determinación del egreso del paciente.

4.1 Realiza visita médica al paciente diaria o las veces que sea necesario 4.2 Realiza registros médicos e indicaciones en expediente clínico de acuerdo a evolución post operatoria y con apego a la NOM 004-SSA3-2012 y determina egreso del paciente. PROCEDE: No: continúa revisión diaria y regresa a actividad 3. Sí: Registra PREALTA en expediente y avisa a enfermería.

Expediente.

Servicio de Neurología y Neurocirugía (Médico de Base).

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5.- Procedimiento para la atención postoperatoria del paciente intervenido en el Servicio de Neurología y

Neurocirugía

Rev. 1

Hoja: 5 de 7

5.0 Trámite de egreso del paciente.

5.1 Revisa nota médica de PREALTA y avisa a Trabajo Social 5.3 Brinda educación para la salud al paciente y familiar, envía a familiar con trabajo social para trámites de egreso.

Expediente.

Servicio de Neurología y Neurocirugía (Personal de enfermería).

4.0 Descripción del procedimiento

Secuencia de Etapas Actividad Responsable 6.0 Confirmación de alta hospitalaria.

6.1 Confirma el alta del paciente y avisa a Trabajo Social 6.2 Envía a familiar con trabajadora Social para continuar con trámites de egreso

Servicio de Neurología y Neurocirugía (Personal de enfermería).

7.0 Orientación de trámites de egreso.

7.1 Recibe al familiar del paciente, lo orienta respecto a los pagos que se adeudan, verifica que se encuentren en el expediente los comprobantes de pago y de donadores sanguíneos. PROCEDE: NO: Solicita al familiar que entregue los comprobantes requeridos y regresa a la actividad 6 SI: Envía al familiar con la enfermera del Servicio.

Expediente.

Trabajo Social

8.0 Realización de registros e integración de expediente.

8.1 Entrega receta médica, hoja de alta hospitalaria, carnet con cita para retiro de puntos a familiar responsable. 8.2 Realiza registros en hoja de enfermería, integra expediente y entrega a personal administrativo. Expediente / Hoja de enfermería / Hoja de alta /

Carnet / Receta.

Servicio de Neurología y Neurocirugía (Personal de enfermería).

9.0 Registro de egreso administrativo.

9.1 Registra información de egreso hospitalario en el Sistema Córtex y envía expediente a trabajo social.

Expediente.

Personal Administrativo del Servicio o de Admisión

10.0 Comprobación de realización de pago y salida del paciente.

10.1 Revisa en sistema pagos a realizar y envía familiar a realizar el pago en caja 10.2 Anexa pago al expediente y otorga formato de salida y envía a familiar con enfermera del servicio

Expediente / Recibo de pago.

Trabajo Social

11.0 Verificación de documentos y salida de

11.1 Recibe a familiar con documentos de egreso completos y autoriza salida del paciente y familiar.

Servicio de Neurología y Neurocirugía

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SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

5.- Procedimiento para la atención postoperatoria del paciente intervenido en el Servicio de Neurología y

Neurocirugía

Rev. 1

Hoja: 6 de 7

paciente Documentos de egreso. (Personal de enfermería).

TERMINA PROCEDIMIENTO

5.0 Diagrama de Flujo

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP05

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

5.- Procedimiento para la atención postoperatoria del paciente intervenido en el Servicio de Neurología y

Neurocirugía

Rev. 1

Hoja: 7 de 7

H O J A D EENFERMERÍA

EXPEDIENTE

RECETA

CARNET

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA(PERSONAL DE ENFERMERÍA)

RECEPCIÓN EIDENTIFICACIÓN DEL

PACIENTE YREVISIÓN DELEXPEDIENTE

INICIO

PERSONAL ADMINISTRATIVO DEL SERVICIOO DE ADMISIÓN

1

3

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA(MÉDICO DE BASE) TRABAJO SOCIAL

PROCEDE

NO

SI

TERMINO

H O J A D EENFERMERÍA

EXPEDIENTE

REVISIÓN DE HERIDAQUIRÚRGICA

2

EXPEDIENTE

VIGILANCIA MÉDICAREGISTROS EINDICACIONES

3

EXPEDIENTE

DETERMINACIÓNDEL EGRESO DEL

PACIENTE

4

REGISTRA PREALTAEN EXPEDIENTE Y

AVISA AENFERMERÍA

EXPEDIENTE

TRÁMITE DEEGRESO DEL

PACIENTE

5

CONFIRMACIÓN DEALTA HOSPITALARÍA

6

6PROCEDENO

SI

EXPEDIENTE

ORIENTACIÓN DETRÁMITES DE

EGRESO

7

ENVÍA A FAMILIARCON LA ENFERMERA

DEL SERVICIO

HOJA DE ALTA

H O J A D EENFERMERÍA

EXPEDIENTE

REALIZACIÓN DEREGISTROS E

INTEGRACIÓN DEEXPEDIENTE

8

EXPEDIENTE

REGISTRO DEEGRESO

ADMINISTRATIVO

9

RECIBO DE PAGO

EXPEDIENTE

COMPROBACIÓN DEREALIZACIÓN DE

PAGO Y SALIDA DELPACIENTE

10

D O C U M E N T O S D EEGRESO

VERIFICACIÓN DEDOCUMENTOS Y

SALIDA DEPACIENTE

11

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP05

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

5.- Procedimiento para la atención postoperatoria del paciente intervenido en el Servicio de Neurología y

Neurocirugía

Rev. 1

Hoja: 8 de 7

6.0 Documentos de referencia Documentos Código (cuando aplique)

Manual de Organización de la Dirección General Adjunta Médica. No Aplica

Manual de Procedimientos de la Dirección General Adjunta Médica. No Aplica NOM-004-SSA3-2012 del expediente clínico No Aplica Manual de Organización del Servicio de Neurología y Neurocirugía. No Aplica

Guías de Diagnóstico y Tratamiento de Neurología y Neurocirugía. No Aplica 7.0 Registros

Registros Tiempo de conservación Responsable de conservarlo Código de registro o

identificación única Expediente clínico 5 Años Archivo del Servicio No Aplica

8.0 Glosario 8.1 Cirugía.- Se denomina cirugía (del griego "mano" y � érgon "trabajo", de donde jeirourgéia "trabajo manual") a la práctica que implica manipulación mecánica de las estructuras anatómicas con un fin médico, bien sea diagnóstico, terapéutico o pronóstico. 8.2 Estudio: Que realiza el médico anestesiólogo para determinar el riesgo probable de la cirugía. 8.3 Historia clínica: Es documento que labora el médico en apego a los lineamientos de la NOM-004-SSA3-2012. 8.4 Neurología: Rama de la medicina relacionada con el estudio clínico y por medio de imágenes de las enfermedades que afectan al sistema nervioso. Neurología tratamiento quirúrgico de enfermedad del sistema nervioso que lo requiera. 8.5 Quirófano: Área del servicio que cuenta con salas provistas del equipo necesario para realizar procedimientos quirúrgicos valoración preanestesia. 9.0 Cambios de esta versión

Número de Revisión Fecha de la actualización Descripción del cambio No aplica No aplica No aplica

10.0 Anexos

10.1 Hoja de enfermería. Ver formato del procedimiento 3. 10.2 Hoja de alta. 10.3 Carnet. * 10.4 Receta médica. *

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP05

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

5.- Procedimiento para la atención postoperatoria del paciente intervenido en el Servicio de Neurología y

Neurocirugía

Rev. 1

Hoja: 9 de 7

10.5 Comprobante de pago. * * Ver anexos del procedimiento 1.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP06

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

6.- Procedimiento para solicitud y realización de interconsultas médicas.

Rev. 1

Hoja: 1 de 6

6.- PROCEDIMIENTO PARA SOLICITUD Y REALIZACIÓN DE INTERCONSULTAS MÉDICAS

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP06

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

6.- Procedimiento para solicitud y realización de interconsultas médicas.

Rev. 1

Hoja: 2 de 6

1.0 Propósito 1.1 Establecer los lineamientos, normas, políticas y procedimientos administrativos de las actividades de los servicios médicos que intervienen en la realización de Interconsultas Médicas, con el fin de brindar una atención médica de calidad a los pacientes hospitalizados en el Hospital General de México, “Eduardo Liceaga”O.D. 2.0 Alcance 2.1 A nivel interno el procedimiento es aplicable a las Jefaturas de los Servicios que integran las Direcciones Médica, Quirúrgica y de Apoyo al Diagnóstico y Tratamiento del Hospital. 2.2 A nivel externo, este procedimiento no tiene alcance. 3.0 Políticas de operación, normas y lineamientos 3.1 La Dirección General Adjunta Médica será la responsable de establecer los procedimientos para la solicitud y realización de Interconsultas Médicas. 3.2 Será responsabilidad de las Direcciones Médica, Quirúrgica y de Apoyo al Diagnóstico y Tratamiento la difusión, vigilancia y verificación de este procedimiento a todos los servicios correspondientes para la solicitud y realización de Interconsultas Médicas. 3.3 Los servicios dependientes de las distintas Direcciones serán responsables de la solicitud y realización de Interconsultas Médicas y deberán cumplir con los lineamientos establecidos en este procedimiento. 3.4 Serán las distintas Direcciones las responsables de revisar y verificar que se haya cumplido con los procedimientos establecidos para la solicitud y realización de Interconsultas Médicas de los Servicios a su cargo. 3.5 El incumplimiento de este procedimiento será sancionado por las autoridades correspondientes y de acuerdo a las Condiciones Generales de Trabajo del Hospital. 3.6 Todas las Jefaturas de Departamento y de Servicios tendrán la obligación de solicitar y, en su caso, realizar las Interconsultas Médicas correspondientes. 3.7 La solicitud de Interconsultas del Servicio de Urgencias Médicas se hará apegada a los lineamientos establecidos en los Procedimientos Generales para la Atención de los Pacientes Hospitalizados en Servicios Periféricos. 3.8 La solicitud de Interconsultas del servicio de Anestesiología al servicio de Terapia Médica Intensiva se apegará al Reglamento de Quirófanos Central y Periféricos. 3.9 En las jornadas que no cuenten con un médico de base, la interconsulta será atendida por el médico residente de mayor jerarquía.

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SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

6.- Procedimiento para solicitud y realización de interconsultas médicas.

Rev. 1

Hoja: 3 de 6

4.0 Descripción del procedimiento

Secuencia de Etapas Actividad Responsable1.0 Emisión de Solicitud de Interconsulta Médica.

1.1 Emite la solicitud de Interconsulta Médica, de acuerdo a la evolución clínica del paciente hospitalizado en el servicio a su cargo, a través del formato de interconsulta firmado en original y copia, lo turna al médico residente o médico interno de pregrado para su trámite.

Formato de interconsulta.

Jefe de Servicio o Médico de Base Interconsultante.

2.0 Entrega de solicitud de Interconsulta Médica.

2.1 Entrega de solicitud de interconsulta médica al Jefe de Servicio o médico de base del servicio Interconsultado.

Formato de Interconsulta.

Médico Residente o Médico Interno de Pregrado del Servicio Interconsultante.

3.0 Recepción de solicitud de Interconsulta médica.

3.1 Recibe el formato original de la solicitud de interconsulta médica. 3.2 Firma la copia del formato, anotando fecha y hora de recepción y la entrega al médico interconsultante.

Formato de Interconsulta.

Jefe de Servicio o Médico de Base de Servicio Interconsultado.

4.0 Recepción y archivo de copia del formato.

4.1 Recibe la copia del formato de interconsulta, acude a su servicio y la archiva en el expediente clínico del enfermo.

Formato de interconsulta/expediente clínico

Médico Residente o Médico Interno de pregrado del Servicio Interconsultante.

5.0 Asignación del caso al Médico de Base responsable de Interconsulta.

5.1 Asigna el caso, motivo de interconsulta, a médico de base de su servicio, enfatizando en la atención del paciente del servicio interconsultante en un lapso no mayor de 3 horas. Entrega original del formato de interconsulta al médico asignado. 5.2 En las jornadas laborales que no cuenten con un médico de Base, la interconsulta será atendida por el Médico Residente de mayor Jerarquía.

Formato de Interconsulta.

Jefe de Servicio o Interconsultado.

6.0 Revisión del paciente del servicio interconsultante.

6.1 Acude al Servicio interconsultante y revisa al paciente, motivo de interconsulta.

Médico de Base de Servicio Interconsultado.

7.0 Realización de nota clínica de interconsulta.

7.1 Realiza la nota de hallazgos clínicos e indicaciones médicas en el expediente del paciente, siguiendo lineamientos de la NOM-004-SSA3-2012. 7.2 De ser necesario, traslada al paciente a su servicio para hacerse cargo de él.

Expediente Clínico/Nota de interconsulta.

Médico de Base de Servicio Interconsultado.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP06

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

6.- Procedimiento para solicitud y realización de interconsultas médicas.

Rev. 1

Hoja: 4 de 6

Secuencia de Etapas Actividad Responsable

8.0 Verificación de indicaciones médicas.

8.1 Verifica que las indicaciones médicas anotadas por el servicio interconsultado sean seguidas por el personal médico y de enfermería del servicio a su cargo. PROCEDE: No: Solicita supervisión a la Jefatura de Enfermería y regresa a la actividad 7 Sí: Continúa el Procedimiento.

Expediente clínico.

Jefe de Servicio o Médico de Base del Servicio Interconsultante.

9.0 Archivo de formato de interconsulta y llenado de reporte mensual.

9.1 Archiva original de interconsulta en el expediente clínico del paciente. 9.2 Llena formato de reporte mensual de interconsultas realizadas y lo envía a la Dirección de Planeación y Desarrollo de Sistemas Administrativos.

Expediente Clínico/Formato de Interconsulta/Formato Reporte mensual de Interconsultas.

Jefe de Servicio o Médico de Base del Servicio Interconsultante.

TERMINA PROCEDIMIENTO

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP06

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

6.- Procedimiento para solicitud y realización de interconsultas médicas.

Rev. 1

Hoja: 5 de 6

5.0 Diagrama de Flujo

JEFE DE SERVICIO O MÉDICO DEBASE DE SERVICIO

INTERCONSULTANTE

FORMATO DE INTERCONSULTAMÉDICA.

EMISIÓN DE SOLICITUD DEINTERCONSULTA MÉDICA

INICIO

MÉDICO DE BASE DE SERVICIOINTERCONSULTADO

REVISIÓN DEL PACIENTE DELSERVICIO INTERCONSULTANTE

EXPEDIENTE CLÍNICO

FORMATO DE INTERCONSULTAMÉDICA 0/1

RECEPCIÓN DE SOLICITUD DEINTERCONSULTA MÉDICA

FORMATO DE INTERCONSULTAMÉDICA 0/1

ENTREGA DE SOLICITUD DEINTERCONSULTA MÉDICA

MÉDICO RESIDENTE O MÉDICO INTERNODE PREGRADO DEL SERVICIO

INTERCONSULTANTEJEFE DE SERVICIO INTERCONSULTADO

1 2 3 6

EXPEDIENTE CLÍNICO

FORMATO DE INTERCONSULTAMÉDICA (COPIA)

RECEPCIÓN Y ARCHIVO DECOPIA DEL FORMATO

4

FORMATO DE INTERCONSULTA

ASIGNACIÓN DEL CASO ALMÉDICO DE BASE RESPONSABLE

DE INTERCONSULTA

5NOTA DE INTERCONSULTA

REALIZACIÓN DE NOTA CLÍNICADE INTERCONSULTA

7

EXPEDIENTE CLÍNICO

EXPEDIENTE CLÍNICO

VERIFICACIÓN DE INDICACIONESMÉDICAS.

8

REPORTE MENSUAL

FORMATO DE INTERCONSULTA(ORIGINAL)

ARCHIVO DE FORMATO DEINTERCONSULTA Y LLENADO DE

REPORTE MENSUAL

9

TERMINO

PROCEDE 7NO

SI

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP06

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

6.- Procedimiento para solicitud y realización de interconsultas médicas.

Rev. 1

Hoja: 6 de 6

6.0 Documentos de referencia

Documentos Código (cuando aplique) Manual de Organización de la Dirección General Adjunta Médica. No Aplica Manual de Procedimientos de la Dirección General Adjunta Médica. No Aplica Reglamento Interno de Quirófanos Central y Periféricos. No Aplica NOM-004-SSA3-2012 del Expediente Clínico. No Aplica

7.0 Registros

Registros Tiempo de conservación Responsable de conservarlo Código de registro o

identificación única Formato de solicitud de Interconsultas Médicas. 5 años Encargado de Archivo de

Expedientes No aplica

Expediente Clínico. 5 años Encargado de Archivo de Expedientes. No aplica

Reporte Mensual de Interconsultantes. 5 años Archivo del Servicio No aplica

8.0 Glosario 8.1 Formato de Interconsulta Médica: Documento mediante el cual se solicita la Interconsulta Médica del servicio Interconsultante. 8.2 Médico Interno de Pregrado: Médico que se encuentra realizando su Internado Rotatorio de Pregrado, según lineamientos de la carrera de Médico Cirujano, de cualquier Universidad o Escuela con reconocimiento oficial. 8.3 Médico Residente: Médico en fase de entrenamiento en cualquier especialización médica. 8.4 Servicio Interconsultado: Servicio que otorga la interconsulta médica. 8.5 Servicio Interconsultante: Servicio que solicita la interconsulta médica. 9.0 Cambios de esta versión

Número de Revisión Fecha de la actualización Descripción del cambio 1 Febrero 2008 Readecuación del procedimiento

2 Noviembre 2013 Modificación de la actividad 7 al actualizarse la Norma del Expediente Clínico y actualización del punto 6.0 documentos de referencia.

10.0 Anexos 10.1 Formato de Interconsulta.* 10.2 Historia Clínica.* 10.3 Formato de reporte Mensual de Interconsultas. *Ver formatos del procedimiento 1.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP07

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

7.- Procedimiento para la atención de pacientes hospitalizados en servicios periféricos vía Consulta Externa.

Rev. 1

Hoja: 1 de 7

7.- PROCEDIMIENTO PARA LA ATENCIÓN DE PACIENTES HOSPITALIZADOS EN SERVICIOS PERIFÉRICOS VÍA CONSULTA EXTERNA.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP07

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

7.- Procedimiento para la atención de pacientes hospitalizados en servicios periféricos vía Consulta Externa.

Rev. 1

Hoja: 2 de 7

1.0 Propósito 1.1 Contar con los lineamientos administrativos que sirvan de guía al personal médico y paramédico de los Servicios que cuentan con hospitalización para los casos de pacientes que acuden a solicitar los servicios médicos a través de la Consulta Externa y requieran internamiento, éste se haga en los Servicios periféricos, independientemente del servicio tratante, con el fin de optimizar recursos humanos, materiales y la infraestructura instalada, para obtener la satisfacción del usuario del Hospital General de México, “Dr. Eduardo Liceaga”. 2.0 Alcance 2.1 A nivel interno, este procedimiento tiene alcance para todo el personal médico y paramédico de los Servicios que cuenten con camas censables disponibles para hospitalización, la Subdirección de Enfermería el Departamento de Trabajo Social y al personal administrativo del Departamento de Admisión. 2.2 A nivel externo, este procedimiento no tiene alcance. 3.0 Políticas de operación, normas y lineamientos 3.1 Los pacientes podrán ser hospitalizados en las camas censables que se encuentren disponibles en los servicios y/o unidades, de acuerdo al registro del sistema CORTEX del Hospital y el personal administrativo del Departamento de Admisión será responsable de asignar la cama censable disponible, en los casos que el servicio tratante se encuentre con ocupación del 100%. 3.2 Si el paciente ingresa a través de la Consulta Externa de cualquier especialidad médica o quirúrgica, el departamento de Trabajo Social del edificio 401 (Consulta Externa) será responsable de elaborar el estudio socioeconómico, para otorgar la clasificación del nivel de pago, misma que se anexará al formato de solicitud de internamiento y se enviará al departamento de Admisión hospitalaria del mismo edificio 401. 3.3 El médico tratante del Servicio de Consulta Externa que indique el internamiento del paciente será responsable de informar por escrito en el formato correspondiente al Jefe de Servicio y/o Unidad del servicio periférico asignado la cama donde se ingresó al paciente y al Jefe de Servicio y/o Unidad que estará a cargo del paciente como servicio tratante. 3.4 Al ingreso del paciente a la cama del Servicio Periférico que le fue asignada, el personal médico y de enfermería del mismo serán los responsables de otorgar atención médica adecuada, en base a las indicaciones giradas por el servicio tratante; ante cualquier eventualidad médica, que requiera la atención urgente, la atenderá e informará de la misma a los médicos del servicio tratante. 3.5 Es responsabilidad del personal Médico y Paramédico del servicio periférico donde físicamente el paciente permanecerá de manera temporal, otorgar los recursos materiales e insumos necesarios para la atención del paciente, de acuerdo a las indicaciones del servicio tratante. 3.6 Los médicos del Servicio tratante serán responsables de la atención médica, asistirán al paso de visita y revisiones médicas, con la periodicidad que el estado clínico del paciente lo requiera, con estricto apego a la NOM-004-SSA3-2012 del Expediente Clínico.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP07

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7.- Procedimiento para la atención de pacientes hospitalizados en servicios periféricos vía Consulta Externa.

Rev. 1

Hoja: 3 de 7

3.7 Será responsabilidad del Jefe del Servicio tratante el traslado del paciente hospitalizado en un servicio periférico tan pronto como se cuente con la disponibilidad de espacio físico (cama censable desocupada) y de realizar el trámite de traslado correspondiente, con estricto apego al procedimiento de Ingresos, Egresos y Traslados emitido por la Dirección General Adjunta Médica. 3.8 Todas las actividades que conlleven relaciones interpersonales, se realizarán con apego a los lineamientos establecidos en el Código de Bioética y al Decálogo de Ética vigentes en el Hospital General de México “Eduardo Liceaga”, O.D.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP07

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7.- Procedimiento para la atención de pacientes hospitalizados en servicios periféricos vía Consulta Externa.

Rev. 1

Hoja: 4 de 7

4.0 Descripción del procedimiento Secuencia de Etapas Actividad Responsable

1.0 Revisión del paciente e indicación de internamiento.

1.1 Revisa al paciente y de acuerdo a condiciones clínicas, indica que deberá internarse para tratamiento médico quirúrgico, llena formato de indicación de ingreso hospitalario, envía al paciente a Trabajo Social. Formato de indicación.

Médico Tratante.

2.0 Recepción de paciente y elaboración de estudio socioeconómico.

2.1 Recibe al paciente, realiza el estudio socioeconómico, indica en el carnet el nivel de pago correspondiente y anexa la ficha socioeconómica al formato de ingreso, envía al paciente al Departamento de Admisión. Estudio socio económico /Carnet de citas.

Trabajadora Social.

3.0 Verificación de disponibilidad de camas censables.

3.1 Recibe al paciente, verifica falta de disponibilidad de camas censables en el Servicio tratante que indica el internamiento. PROCEDE: NO: Asigna cama censable disponible en el Servicio tratante y termina procedimiento. SI: Confirma disponibilidad de camas censables en otros servicios (servicios periféricos).

Personal Administrativo de Admisión.

4.0 Asignación de cama censable en servicio periférico.

4.1 Asigna cama censable disponible en servicios periféricos, de acuerdo a “Criterios de asignación de servicio equitativo por especialidad”. 4.2 Notifica vía telefónica a los Servicios tratante y periférico del ingreso del paciente. 4.3 Indica al paciente y/o familiar la cama y el Servicio donde se va a internar y lo envía con el médico tratante para notificación.

Personal Administrativo de Admisión.

5.0 Notificación de cama asignada.

5.1 Recibe al paciente, quien le notifica la cama y servicio asignados, lo envía con el personal de enfermería del servicio periférico para continuar proceso de internamiento. 5.2 Llena formato de notificación de ingreso hospitalario en Servicio periférico y lo envía al Jefe del Servicio periférico. 5.3 Elabora indicaciones médicas y las envía con el paciente.

Formato de notificación.

Médico Tratante.

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7.- Procedimiento para la atención de pacientes hospitalizados en servicios periféricos vía Consulta Externa.

Rev. 1

Hoja: 5 de 7

Secuencia de Etapas Actividad Responsable

6.0 Recepción del paciente y reporte de ingreso.

6.1 Recibe al paciente, le indica cama asignada. 6.2 Revisa y sigue las indicaciones del médico tratante. 6.3 Reporta al Jefe de Servicio y/o unidad acerca del ingreso del paciente y que servicio es tratante responsable. 6.4 Notifica al Médico del Servicio tratante acerca del ingreso del paciente en el servicio periférico.

Expediente clínico.

Enfermera de Servicio Periférico.

7.0 Informe de ingreso y paso de visita.

7.1 Recibe notificación de ingreso de paciente en Servicio periférico por la enfermera encargada. 7.2 Realiza paso de visita diaria, elabora notas e indicaciones en el expediente clínico, comenta con el personal médico del Servicio Periférico para comentar el tratamiento.

Expediente clínico.

Médico del Servicio Tratante.

8.0 Supervisión de tratamiento.

8.1 Recibe comentario acerca del estado físico y tratamiento del paciente por parte del médico tratante. 8.2 Supervisa el cumplimiento de la prescripción médica indicada por servicio tratante, vigila la evolución del paciente y está en contacto con el médico tratante para el momento del traslado a su Servicio.

Médico del Servicio Periférico.

9.0 Traslado del paciente a servicio tratante.

9.0 Una vez que hay disponibilidad de espacio físico (cama censable), decide el traslado del paciente, o de ser necesario, el egreso del hospital.

Médico del Servicio Tratante.

TERMINA PROCEDIMIENTO

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7.- Procedimiento para la atención de pacientes hospitalizados en servicios periféricos vía Consulta Externa.

Rev. 1

Hoja: 6 de 7

5.0 Diagrama de Flujo

MÉDICO TRATANTE

INICIO

TRABAJADOR SOCIALPERSONAL

ADMINISTRATIVO DEADMISIÓN

ENFERMERA DE SERVICIOPERIFÉRICO

MÉDICO DEL SERVICIOTRATANTE

MÉDICO DEL SERVICIOPERIFÉRICO

F O R M A T O D EINDICACIÓN

REVISIÓN DELPACIENTE E

INDICACIÓN DEINTERNAMIENTO

PROCEDENO

SI

1

CARNET DECITAS

E S T U D I OSOCIOECONÓMICO

RECEPCIÓN DEPACIENTE Y

ELABORACIÓN DEESTUDIO

SOCIOECONÓMICO

2

VERIFICACIÓN DEDISPONIBILIDAD DECAMAS CENSABLES

3

TÉRMINO

CONFIRMADISPONIBILIDAD DE

CAMAS

ASIGNACIÓN DE CMACENSABLE EN

SERVICIO PERIFÉRICO

4

F O R M A T O D ENOTIFICACIÓN

NOTIFICACIÓN DECAMA ASIGNADA

5

EXPEDIENTE CLÍNICO

RECEPCIÓN DELPACIENTE Y REPORTE

DE INGRESO

6

EXPEDIENTE CLÍNICO

INFORME DE INGRESOY PASO DE VISITA

7

SUPERVISIÓN DETRATAMIENTO

8

TRASLADO DELPACIENTE A SERVICIO

TRATANTE

9

TÉRMINO

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7.- Procedimiento para la atención de pacientes hospitalizados en servicios periféricos vía Consulta Externa.

Rev. 1

Hoja: 7 de 7

6.0 Documentos de referencia Documentos Código (cuando aplique)

Manual de Organización de la Dirección General Adjunta Médica. No Aplica

Manual de Procedimientos de la Dirección General Adjunta Médica. No Aplica NOM-004-SSA3-2012 del Expediente Clínico. No Aplica

7.0 Registros

Registros Tiempo de conservación Responsable de conservarlo Código de registro o

identificación única Expediente Clínico 5 años Archivo Clínico No Aplica

8.0 Glosario 8.1 Cama censable.- Cama en servicio instalada en el área de hospitalización para uso de pacientes internos, debe contar con los recursos indispensables de espacio, así como los recursos materiales y de personal para la atención médica de un paciente. El servicio de admisión la controla o asigna al paciente al momento de su ingreso al Hospital para ser sometido a observación, diagnóstico, cuidado o tratamiento. 8.2 Ficha socioeconómica.- Documento que resume la situación socio económica del paciente, para fines de categorización de cuotas de recuperación, es realizada por el Departamento de Trabajo Social. 8.3 Hospitalización.- Procedimiento mediante el cual un paciente es ingresado en una cama censable para su atención y/o vigilancia estrecha, si sus condiciones clínicas lo ameritan. 8.4 Servicio Periférico.- Servicio que recibe al paciente durante su ingreso temporal por falta de espacio físico disponible (cama censable) en el servicio tratante. 8.5 Servicio Tratante.- Servicio que genera el ingreso del paciente. 8.6 Sistema CORTEX.- Programa de computación tipo administrativo que sirve para realizar el control de las camas, para ingresos, egresos y traslados, contiene además otras aplicaciones de información de los pacientes como diagnósticos de ingreso y egreso, fechas de ingreso y egreso, etc. 8.7 Traslado.- Es la transferencia de un paciente de un servicio a otro dentro del mismo hospital con el propósito de que continúe con el tratamiento. 9.0 Cambios de esta versión

Número de Revisión Fecha de la actualización Descripción del cambio 1 Febrero 2008 Readecuación del procedimiento

2 Noviembre 2013 Modificación de la política 3.6 y actualización del punto 6.0 Documentos de referencia.

10.0 Anexos 10.1 Carnet de citas.* 10.2 Formato de indicación hospitalaria. 10.3 Formato de notificación de ingreso hospitalario en servicio periférico. 10.4 Ficha socioeconómica.** *Ver formatos del procedimiento 1. *Ver formatos del procedimiento 3.

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8.- Procedimiento para la Atención de Pacientes Hospitalizados en Servicios Periféricos Vía Urgencias.

Rev. 1

Hoja: 1 de 7

8.- PROCEDIMIENTO PARA LA ATENCIÓN DE PACIENTES HOSPITALIZADOS EN SERVICIOS PERIFÉRICOS VIA URGENCIAS

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8.- Procedimiento para la Atención de Pacientes Hospitalizados en Servicios Periféricos Vía Urgencias.

Rev. 1

Hoja: 2 de 7

1.0 Propósito 1.1 Contar con los lineamientos administrativos que sirvan de guía al personal médico y paramédico de los servicios que cuentan con hospitalización para los casos en que los pacientes que acuden a solicitar los Servicios Médicos a través del Servicio de Urgencias que requieran ser internados y por falta de espacio físico disponible en los servicios correspondientes a la especialidad, éste se haga en los servicios periféricos, con el fin de optimizar recursos humanos, materiales y la infraestructura instalada para obtener la satisfacción del usuario del Hospital General de México “Dr. Eduardo Liceaga”, O.D.

2.0 Alcance 2.1 A nivel interno, este procedimiento tiene alcance para todo el personal médico y paramédico de los Servicios que cuenten con camas censables disponibles para hospitalización, la Subdirección de Enfermería, al Departamento de Trabajo Social, al personal administrativo del Servicio de Urgencias Adultos. 2.2 A nivel externo, este procedimiento no tiene alcance. 3.0 Políticas de operación, normas y lineamientos 3.1 Los pacientes podrán ser hospitalizados en las camas censables que se encuentren disponibles en los servicios y/o unidades, de acuerdo al registro del sistema CORTEX del Hospital General de México, O.D. y el personal administrativo del servicio de Urgencias Adultos será responsable de asignar la cama censable disponible, inicialmente en la especialidad troncal del padecimiento, y en caso de ocupación del 100%, en el Servicio Periférico existente. 3.2 En caso de que el paciente sea ingresado a través del Servicio de Urgencias, el personal administrativo del mismo servicio será responsable de asignar la cama censable disponible, de acuerdo al registro del sistema CORTEX, al cual tendrá acceso directo. 3.3 El Médico Tratante del los Servicios de Urgencias Adultos que indique el internamiento del paciente es responsable de informar por escrito en el formato correspondiente al Jefe de Servicio y/o Unidad del servicio periférico asignado la cama donde se ingresó al paciente y al Jefe de Servicio y/o Unidad que estará a cargo del paciente como Servicio tratante. 3.4 Al ingreso del paciente a la cama del Servicio Periférico que le fue asignada, el personal médico y de enfermería del mismo serán los responsables de otorgar atención médica adecuada, en base a las indicaciones giradas por el servicio tratante o por el servicio de urgencias; ante cualquier eventualidad médica, que requiera la atención urgente, la atenderá e informará de la misma a los médicos del Servicio tratante. 3.5 Es responsabilidad del Personal Médico y Paramédico del servicio periférico donde físicamente el paciente permanecerá de manera temporal, otorgar los recursos materiales e insumos necesarios para la atención del paciente, de acuerdo a las indicaciones del servicio tratante. 3.6 Los Médicos del Servicio tratante serán responsables de la atención médica, asistirán al paso de visita y revisiones médicas, con la periodicidad que el estado clínico del paciente lo requiera, con estricto apego a la NOM-004-SSA3-2012 del Expediente Clínico.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP08

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8.- Procedimiento para la Atención de Pacientes Hospitalizados en Servicios Periféricos Vía Urgencias.

Rev. 1

Hoja: 3 de 7

3.7 Será responsabilidad del Jefe del Servicio tratante el traslado del paciente hospitalizado en un servicio periférico tan pronto como se cuente con la disponibilidad de espacio físico (cama censable desocupada) y de realizar el trámite de traslado correspondiente, con estricto apego al procedimiento de Ingresos, Egresos y Traslados emitido por la Dirección General Adjunta Médica. 3.8 Es responsabilidad del Médico de Base del Servicio de Urgencias estabilizar las condiciones clínicas del paciente (estado hemodinámico) antes de proceder a su traslado al Servicio Periférico, con el fin de proporcionar seguridad. 3.9 Todas las actividades que conlleven relaciones interpersonales, se realizarán con apego a los lineamientos establecidos en el Código de Bioética y al Decálogo de Ética vigentes en el Hospital General de México, “Dr. Eduardo Liceaga”, O.D.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP08

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8.- Procedimiento para la Atención de Pacientes Hospitalizados en Servicios Periféricos Vía Urgencias.

Rev. 1

Hoja: 4 de 7

4.0 Descripción del procedimiento Secuencia de Etapas Actividad Responsable

1.0 Revisión del paciente e indicación de internamiento.

1.1 Revisa al paciente y de acuerdo a condiciones clínicas, indica que deberá internarse para tratamiento médico quirúrgico, llena formato de indicación de ingreso hospitalario, envía al familiar a Trabajo Social. Formato de indicación.

Médico Tratante de Urgencias Adultos.

2.0 Recepción de familiar del paciente y elaboración de estudio socioeconómico.

2.1 Recibe al familiar, realiza el estudio socioeconómico, indica en el carnet el nivel de pago correspondiente y anexa la ficha socioeconómica al formato de ingreso, envía al familiar al Departamento de Admisión de Urgencias Adultos. Ficha de estudio socioeconómico /Carnet de

citas.

Trabajadora Social.

3.0 Verificación de disponibilidad de camas censables.

3.1 Recibe al familiar del paciente, verifica pago y disponibilidad de camas censables en el servicio tratante que indica el internamiento. PROCEDE: NO: Asigna cama censable disponible en el servicio tratante y termina procedimiento. SI: Confirma disponibilidad de camas censables en otros servicios (servicios periféricos). Recibo único de pagos.

Personal administrativo de Admisión de Urgencias Adultos.

4.0 Asignación de cama censable en servicio periférico.

4.1 Asigna cama censable disponible en servicios periféricos, de acuerdo a “Criterios de asignación de servicio equitativo por especialidad”. 4.2 Indica al familiar la cama y el servicio donde se va a internar y lo envía con el médico tratante de Urgencias Adultos para notificación.

Personal administrativo de Admisión de Urgencias Adultos.

5.0 Notificación de cama asignada.

5.1 Recibe al familiar, quien le notifica la cama y servicio asignados, envía al paciente con el personal de enfermería del servicio de Urgencias Adultos para continuar entregar al servicio de enfermería del servicio periférico. paciente. 5.2 Llena formato de notificación de ingreso hospitalario en servicio periférico y lo envía al Jefe del Servicio periférico. 5.3 Elabora indicaciones médicas y las envía con el paciente. Formato de notificación.

Médico Tratante de Urgencias Adultos.

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8.- Procedimiento para la Atención de Pacientes Hospitalizados en Servicios Periféricos Vía Urgencias.

Rev. 1

Hoja: 5 de 7

Secuencia de Etapas Actividad Responsable6.0 Recepción del paciente y reporte de ingreso.

6.1 Recibe al paciente, lo coloca en cama asignada. 6.2 Revisa y sigue las indicaciones del médico tratante. 6.3 Reporta al Jefe de servicio y/o unidad acerca del ingreso del paciente y que servicio es tratante responsable. 6.4 Notifica al médico del servicio tratante acerca del ingreso del paciente en el servicio periférico. Expediente clínico.

Enfermera de Servicio Periférico.

7.0 Informe de ingreso y paso de visita.

7.1 Recibe notificación de ingreso de paciente en servicio periférico por la enfermera encargada. 7.2 Realiza paso de visita diaria, elabora notas e indicaciones, comenta con el personal médico de servicio periférico para comentar el tratamiento. 7.3 En caso necesario, atiende cualquier urgencia que presente el paciente durante su estancia.

Médico del Servicio Tratante.

8.0 Recepción de comentario y atención de la urgencia.

8.1 Recibe comentario acerca del estado físico y tratamiento del paciente por parte del médico tratante. 8.2 Atiende cualquier urgencia que presente el paciente durante su estancia.

Médico del Servicio periférico.

9.0 Supervisión de prescripción médica indicada.

9.1 Supervisa el cumplimiento de la prescripción médica indicada por servicio tratante, vigila la evolución del paciente y está en contacto con el médico tratante para el momento del traslado a su servicio.

Médico del Servicio Periférico.

10.0 Traslado del paciente a servicio tratante.

10.1 Una vez que hay disponibilidad de espacio físico (cama censable), decide el traslado del paciente, o de ser necesario, el egreso del hospital.

TERMINA PROCEDIMIENTO

Médico del Servicio Tratante.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP08

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8.- Procedimiento para la Atención de Pacientes Hospitalizados en Servicios Periféricos Vía Urgencias.

Rev. 1

Hoja: 6 de 7

5.0 Diagrama de Flujo

MÉDICO TRATANTE DEURGENCIAS ADULTOS

INICIO

TRABAJADORA SOCIAL

PERSONALADMINISTRATIVO DE

ADMISIÓN DE URGENCIASADULTOS

ENFERMERA DE SERVICIOPERIFÉRICO

MÉDICO DEL SERVICIOTRATANTE

MÉDICO DEL SERVICIOPERIFÉRICO

F O R M A T O D EINDICACIÓN

REVISIÓN DELPACIENTE E

INDICACIÓN DEINTERNAMIENTO

PROCEDENO

SI

1

CARNET DE CITAS

E S T U D I OSOCIOECONÓMICO

RECEPCIÓN DEFAMILIAR DELPACIENTE Y

ELABORACIÓN DEESTUDIO

SOCIOECONÓMICO

2

VERIFICACIÓN DEDISPONIBILIDAD DECAMAS CENSABLES

3

TÉRMINO

CONFIRMADISPONIBILIDAD

DE CAMASCENSABLES

ASIGNACIÓN DE CAMACENSABLE EN

SERVICIO PERIFÉRICO

4

NOTIFICACIÓN DECAMA ASIGNADA

5

EXPEDIENTE CLÍNICO

RECEPCIÓN DELPACIENTE Y REPORTE

DE INGRESO

6

INFORME DE INGRESOY PASO DE VISITA

7

RECEPCIÓN DECOMENTARIO YATENCIÓN DE LA

URGENCIA

8

TRASLADO DELPACIENTE A SERVICIO

TRATANTE

10

SUPERVISIÓN DEPRESCRIPCIÓN MÉDICA

INDICADA

9

TÉRMINO

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP08

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8.- Procedimiento para la Atención de Pacientes Hospitalizados en Servicios Periféricos Vía Urgencias.

Rev. 1

Hoja: 7 de 7

6.0 Documentos de referencia Documentos Código (cuando aplique)

Manual de Procedimientos de la Dirección General Adjunta Médica. No Aplica Manual de Organización de la Dirección General Adjunta Médica. No Aplica NOM-004-SSA3-2012 del Expediente Clínico. No Aplica

7.0 Registros

Registros Tiempo de conservación Responsable de conservarlo Código de registro o

identificación única Expediente Clínico 5 años Archivo Clínico No Aplica

8.0 Glosario 8.1 Cama censable.- Cama en servicio instalada en el área de hospitalización para uso de pacientes internos, debe contar con los recursos indispensables de espacio, así como los recursos materiales y de personal para la atención médica de un paciente. El servicio de admisión la controla o asigna al paciente al momento de su ingreso al hospital para ser sometido a observación, diagnóstico, cuidado o tratamiento. 8.2 Ficha socioeconómica.- Documento que resume la situación socio económica del paciente, para fines de categorización de cuotas de recuperación, es realizada por el Departamento de Trabajo Social. 8.3 Hospitalización.- Procedimiento mediante el cual un paciente es ingresado en una cama censable para su atención y/o vigilancia estrecha, si sus condiciones clínicas lo ameritan. 8.4 Servicio Periférico.- Servicio que recibe al paciente durante su ingreso temporal por falta de espacio físico disponible (cama censable) en el servicio tratante. 8.5 Servicio Tratante.- Servicio que genera el ingreso del paciente. 8.6 Sistema CORTEX.- Programa de computación tipo administrativo que sirve para realizar el control de las camas, para ingresos, egresos y traslados, contiene además otras aplicaciones de información de los pacientes como diagnósticos de ingreso y egreso, fechas de ingreso y egreso. 8.7 Traslado.- Es la transferencia de un paciente de un servicio a otro dentro del mismo Hospital con el propósito de que continúe con el tratamiento. 8.8 Urgencia.- Situación en la cual las condiciones clínicas de un paciente requieren atención inmediata por presentar peligro inminente de muerte. 9.0 Cambios de esta versión

Número de Revisión Fecha de la actualización Descripción del cambio 1 Febrero 2008 Readecuación del procedimiento

2 Noviembre 2013 Modificación de la política 3.6 y actualización del punto 6.0 Documentos de referencia.

10.0 Anexos 10.1 Carnet de citas. * 10.2 Formato de indicación de ingreso hospitalario. * 10.3 Formato de notificación de ingreso hospitalario en servicio periférico. * 10.4 Ficha socioeconómica. * * Ver formatos y referencias del procedimiento 7.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP09

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9.- Procedimiento para la Solicitud y Autorización de Permisos para Asistir a Eventos Académicos.

Rev. 1

Hoja: 1 de 7

9.- PROCEDIMIENTO PARA LA SOLICITUD Y AUTORIZACIÓN DE PERMISOS PARA ASISTIR A EVENTOS ACADÉMICOS

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP09

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9.- Procedimiento para la Solicitud y Autorización de Permisos para Asistir a Eventos Académicos.

Rev. 1

Hoja: 2 de 7

1.0 Propósito 1.1 Establecer el mecanismo administrativo por medio del cual se autorice la solicitud de permisos para asistir a eventos académicos intra y extrahospitalarios, nacionales e internacionales, como una extensión del Programa de Entrenamiento y Capacitación del personal médico de base del Hospital General de México, “Dr. Eduardo Liceaga”, O.D. que establecen las Condiciones Generales de Trabajo de la Secretaría de Salud y el Reglamento Interno de Capacitación de las mismas, con el fin de apoyar la superación profesional y científica. 2.0 Alcance 2.1 A nivel interno, este procedimiento es aplicable a la Dirección General Adjunta Médica, a las Direcciones de Área (Médica, Quirúrgica y de Apoyo al Diagnóstico y Tratamiento), a las Jefaturas de Servicio, al Departamento de Servicios y Prestaciones, al Departamento de Empleo y Capacitación y a los Médicos de Base del Hospital. 2.2 Este procedimiento no tiene alcance a nivel externo. 3.0 Políticas de operación, normas y lineamientos 3.1 Las Condiciones Generales de Trabajo de la Secretaría de Salud no establecen la autorización de permisos para eventos académicos como tal, sin embargo, se tomará en consideración lo establecido en las mismas en el Artículo 106, fracción V que a la letra estipula: Art. 106 fracción V.- CAPACITACION PARA EL DESARROLLO.- A todas aquellas acciones que favorezcan el cumplimiento de los perfiles de los puestos superiores, a fin de que el trabajador esté en posibilidad de solicitar su participación en los procesos escalafonarios mediante su inscripción y acreditación en los programas: específico de capacitación o de capacitación académica”. De la misma manera la Carta de los derechos de los Médicos establece el derecho a “Tener accesos a educación médica continua y ser considerado en igualdad de oportunidades para su desarrollo personal”. En base a lo anterior, la Dirección General Adjunta Médica y las Direcciones de Área serán las responsables de difundir y vigilar que se realice el presente procedimiento. 3.2 La autorización de eventos académicos en el documento múltiple de incidencias se hará bajo el rubro de “Justificación oficial para asistir a curso”, de acuerdo al Art. 143 fracción VII de las Condiciones Generales de Trabajo de la Secretaría de Salud, firmado con el visto bueno del Jefe de Servicio y el personal administrativo del Servicio del médico solicitante será responsable de tramitarlo ante la Dirección de área correspondiente 3.3 La petición de permiso será a través del formato “Solicitud de permiso para eventos académicos” en original y copia, acompañado del documento de incidencias múltiples correspondiente, en original y dos copias, debidamente llenados, donde se especifiquen las fechas de inicio y término del curso, o en su caso, fecha de participación, mismas que deben coincidir con los días laborables a cubrir, así como del

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP09

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9.- Procedimiento para la Solicitud y Autorización de Permisos para Asistir a Eventos Académicos.

Rev. 1

Hoja: 3 de 7

comprobante de inscripción o participación al curso y el tríptico informativo, el personal administrativo del Servicio del médico solicitante será responsable de tramitarlo ante la Dirección de Área correspondiente. 3.4 Solamente se autorizarán permisos para eventos académicos relacionados con la especialidad o el área de trabajo del médico solicitante, la Dirección de Área correspondiente será responsable de verificar esta condición. 3.5 La Dirección General Adjunta Médica, en coordinación con las Direcciones de Área, se responsabilizarán de autorizar el permiso correspondiente para evento académico, de acuerdo al historial de eventos autorizados al médico solicitante. 3.6 Será responsabilidad de la Dirección General Adjunta Médica y/o de las Direcciones de Área el autorizar o denegar el permiso y de verificar que el número total de permisos para asistir a eventos académicos no exceda de 2 veces al año. 3.7 El Jefe de Servicio será responsable de observar que, en caso de múltiples solicitudes en el Servicio a su cargo para un mismo evento, y para no entorpecer las funciones asistenciales del Hospital, lo hará en base a: a) Si el solicitante asistirá como ponente o solo como participante. b) Si existe o no invitación expresa de los organizadores del evento. c) Si se hará una presentación en el curso y esto implicara o no una proyección de la imagen del Hospital. d) Si el solicitante forma parte o no del Comité de organización del evento. e) Los antecedentes del solicitante en rubros como puntualidad, asistencia y permanencia, y

específicamente su productividad en el área asistencial. 3.8 El personal administrativo y el médico solicitante serán responsables de tramitar el permiso para asistir a eventos académicos con 10 días de anticipación. 3.9 Al regreso del evento académico autorizado, será responsabilidad del médico solicitante entregar constancia de asistencia o participación al mismo al Departamento de Empleo y Capacitación y de enviar una copia a la Dirección de Área correspondiente para su resguardo. 3.10 Es responsabilidad de la Dirección General Adjunta Médica y/o las Direcciones de Área observar y sancionar el incumplimiento del presente procedimiento. 3.11 Todas las relaciones interpersonales se realizarán con apego al Código de Bioética y al Decálogo de Ética vigentes en el Hospital General de México, “Dr. Eduardo Liceaga”, O.D.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP09

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

9.- Procedimiento para la Solicitud y Autorización de Permisos para Asistir a Eventos Académicos.

Rev. 1

Hoja: 4 de 7

4.0 Descripción del procedimiento

Secuencia de Etapas Actividad Responsable1.0 Solicitud de permiso para asistir a evento académico.

1.1 Solicita al personal administrativo realizar el llenado del formato “Solicitud de permiso para eventos académicos”, de acuerdo a las necesidades personales de Capacitación y Desarrollo, de superación profesional académica, que esté relacionado con su especialidad y/o su área de trabajo, acompañado de comprobante de inscripción o confirmación como ponente, tríptico del curso, además del documento de múltiples incidencias, firmados por el Jefe de Servicio. Formato “Solicitud de permiso para eventos

académicos” / Comprobante de inscripción y/o confirmación de asistencia como ponente/Tríptico del curso/Formato “Documento de múltiples incidencias.

Médico del Servicio.

2.0 Envío de solicitud y documentos.

2.1 Envía el formato “solicitud de permiso para eventos académicos”, comprobante de inscripción, tríptico del curso y del formato de incidencias múltiples firmados por él a la Dirección de Área correspondiente. Documentos.

Jefatura de Servicio.

3.0 Recepción, firma y envío de documentos.

3.1 Recibe formatos y documentos relacionados, firmados por el Jefe de Servicio, analiza historial de cursos del médico solicitante y firma de Visto Bueno. 3.2 Envía formatos y documentos relacionados ya firmados a la Dirección General Adjunta Médica. Documentos.

Dirección de Área.

4.0 Recepción, firma y envío de formatos con documentos relacionados.

4.1 Recibe formatos y documentos relacionados, firmados, los verifica, firma de autorización y los envía al Departamento de Servicios y Prestaciones y al de Empleo y Capacitación para el trámite correspondiente.

Dirección General Adjunta Médica.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP09

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

9.- Procedimiento para la Solicitud y Autorización de Permisos para Asistir a Eventos Académicos.

Rev. 1

Hoja: 5 de 7

PROCEDE: No: Solicita correcciones y regresa a la actividad 3. Sí: Continúa el procedimiento. Documentos.

5.0 Recepción y entrega de formato de incidencias múltiples y trámite.

5.1 Recibe formato de múltiples incidencias, lo sella y realiza el trámite del permiso correspondiente, lo entrega al mensajero. Formato de múltiples incidencias.

Departamento de Servicios y Prestaciones.

Secuencia de Etapas Actividad Responsable6.0 Recepción y entrega de permiso para eventos académicos y trámite.

6.1 Recibe formato de solicitud de permiso para eventos académicos firmado, lo sella y realiza el trámite correspondiente, lo entrega al mensajero. Formato “Solicitud de permiso para

eventos académicos”.

Departamento de Empleo y Capacitación.

7.0 Recepción de comprobantes de trámite.

7.1 Recibe comprobantes de trámites realizados, conserva fotocopia de los mismos para archivo de la Dirección de Área. 7.2 La secretaria se comunica vía telefónica al Servicio correspondiente para que acudan a recoger comprobantes de trámites realizados. Documentos.

Dirección de Área. (Personal administrativo).

8.0 Entrega de comprobantes de trámites realizados.

8.0 Entrega comprobantes de trámites realizados, debidamente sellados al Servicio correspondiente. Documentos sellados.

Dirección de Área (Personal administrativo).

9.0 Asistencia al evento académico.

9.1 Asiste al evento académico autorizado en las fechas establecidas.

Médico del Servicio.

10.0 Entrega de constancia de asistencia al evento académico.

10.1 Entrega constancia de la asistencia y/o ponencia en el evento autorizado a la Dirección de Área y al Departamento de Empleo y Capacitación. Constancia de evento académico.

Médico del Servicio.

11.0 Archivo de constancia de asistencia o ponencia.

11.1 Archiva la constancia de asistencia o ponencia del médico solicitante en su expediente personal en el servicio a su cargo. 11.2 Envía copia de la constancia a la Dirección de Área médica correspondiente y al Departamento de Empleo y Capacitación. Constancia de evento académico.

Jefatura de Servicio.

TERMINA PROCEDIMIENTO

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP09

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

9.- Procedimiento para la Solicitud y Autorización de Permisos para Asistir a Eventos Académicos.

Rev. 1

Hoja: 6 de 7

5.0 Diagrama de Flujo

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP09

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

9.- Procedimiento para la Solicitud y Autorización de Permisos para Asistir a Eventos Académicos.

Rev. 1

Hoja: 7 de 7

MÉDICO DELSERVICIO

INICIO

3

DOCTO. MÚLTIPLE

TRÍPTICO

COMPROBANTE

SOLICITUD

SOLICITUD DEPERMISO PARA

ASISTIR A EVENTOACADÉMICO

JEFATURA DESERVICIO DIRECCIÓN DE ÁREA DIRECCIÓN GENERAL

ADJUNTA MÉDICA

DEPARTAMENTO DESERVICIOS Y

PRESTACIONES

DEPARTAMENTO DEEMPLEO Y

CAPACITACIÓN

DIRECCIÓN DE ÁREA(PERSONAL

ADMINISTRATIVO)

PROCEDE

NO

SI

1

DOCUMENTOS

ENVÍO DESOLICITUD Y

DOCUMENTOS

2

DOCUMENTOS

RECEPCIÓN,FIRMA Y ENVÍO DE

DOCUMENTOS

3

DOCUMENTOS

RECEPCIÓN,FIRMA Y ENVÍO DEFORMATOS CONDOCUMENTOS

RELACIONADOS

4

FORMATO

RECEPCIÓN YENTREGA DE

FORMATO DE INCI-DENCIAS MÚLTI-PLES Y TRÁMITE

5

SOLICITUD

RECEPCIÓN YENTREGA DE

PERMISO PARAEVENTOS ACADÉ-MICOS Y TRÁMITE

6

DOCUMENTOS

RECEPCIÓN DECOMPROBANTES

DE TRÁMITE

7

D O C U M E N T O SSELLADOS

ENTREGA DECOMPROBANTES

DE TRÁMITESREALIZADOS

8

ASISTENCIA ALEVENTO

ACADÉMICO

9

CONSTANCIA

ENTREGA DECONSTANCIA DEASISTENCIA AL

EVENTOACADÉMICO

10

CONSTANCIA

ARCHIVO DECONSTANCIA DE

ASISTENCIA OPONENCIA

11

TÉRMINO

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP09

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

9.- Procedimiento para la Solicitud y Autorización de Permisos para Asistir a Eventos Académicos.

Rev. 1

Hoja: 8 de 7

6.0 Documentos de referencia

Documentos Código (cuando aplique) Normas sobre permisos para eventos académicos del personal profesional del Área Médica. No Aplica

Condiciones Generales de Trabajo de la Secretaría de Salud. No Aplica Reglamento Interno de Capacitación de la Secretaría de Salud. No Aplica Manual de Organización de la Dirección General Adjunta Médica. No Aplica

Manual de Procedimientos de la Dirección General Adjunta Médica. No Aplica 7.0 Registros

Registros Tiempo de conservación Responsable de conservarlo Código de registro o

identificación única Archivo histórico de los

Servicios 5 años Archivo de la Dirección de Área Correspondiente No Aplica

8.0 Glosario 8.1 Capacitación para el Desempeño de la Calidad y para la Calidad.- Todas aquellas acciones previstas para incrementar la capacidad de los servidores públicos en la realización de las actividades y funciones del puesto que actualmente ocupan. 8.2 Comité de Capacitación y Desarrollo.- Órgano de Coordinación Institucional, integrado por el Subcomité Técnico Médico y el Subcomité Técnico Administrativo, cuyo propósito es fomentar y evaluar la operatividad del Programa Institucional de Capacitación.8.3 Enseñanza.- Acciones o eventos tendientes a incrementar el acervo de conocimientos del personal, realizadas a través de programas elaborados o validados por instituciones de enseñanza oficiales.8.4 Formación Académica.- Todas aquellas acciones realizadas en coordinación con la secretaría de Educación Pública tendientes a certificar estudios de primaria, secundaria o bachillerato. 8.5 Programa específico de Capacitación.- Documento formal de carácter anual, de las acciones y/o eventos de capacitación de cada una de las Unidades Administrativas del Sector Central de la Secretaría de Salud y sus Órganos Desconcentrados, así como los Organismos Descentralizados en los Estados. 9.0 Cambios de esta versión

Número de Revisión Fecha de la actualización Descripción del cambio

1 Noviembre 2013 Modificación del punto 6.0 Documentos de referencia.

10.0 Anexos 10.1 Formato “Solicitud de Permiso para Eventos Académicos”.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP10

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA 10.- Procedimiento para la Recepción del Paciente y del Expediente Clínico para su Ingreso a Hospitalización Vía

Consulta Externa.

Rev. 1

Hoja: 1 de 6

10.- PROCEDIMIENTO PARA LA RECEPCIÓN DEL PACIENTE Y DEL EXPEDIENTE CLÍNICO PARA SU INGRESO A HOSPITALIZACIÓN VÍA CONSULTA EXTERNA

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP10

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA 10.- Procedimiento para la Recepción del Paciente y del Expediente Clínico para su Ingreso a Hospitalización Vía

Consulta Externa.

Rev. 1

Hoja: 2 de 6

1.0 Propósito 1.1 Contar con los procedimientos administrativos que sirvan para controlar el expediente clínico y las solicitudes de internamiento que se generan en todos los servicios médico-quirúrgicos del Hospital General de México, “Dr. Eduardo Liceaga”, O.D. además de realizar el registro de pacientes que ingresan para su hospitalización vía consulta externa, el fin de proporcionar una adecuada atención médica y lograr la satisfacción del usuario que acude a solicitar los servicios. 2.0 Alcance 2.1 A nivel interno el procedimiento es aplicable a todos los Servicios médico-quirúrgicos del Hospital, el Departamento de Trabajo Social, la Oficina de Admisión y la Subdirección de Enfermería. 3.0 Políticas de operación, normas y lineamientos 3.1 Es responsabilidad del médico de base de los servicios médico-quirúrgicos solicitar el ingreso de los pacientes al Hospital para su tratamiento en una cama censable. 3.2 El médico especialista de base de consulta externa, además de decidir hospitalizar al paciente, debe informar al paciente y familiares sobre la atención propuesta, los resultados que se esperan y confirmar que el paciente y los familiares comprendan la información para que realicen su toma de decisiones. 3.3 Es responsabilidad del personal administrativo y de enfermería informar y dar a conocer las normas de ingreso a los pacientes con anticipación, cuando el ingreso sea solicitado por Consulta Externa. 3.4 El Departamento de Trabajo Social es responsable de realizar el estudio socioeconómico del paciente y su clasificación de nivel de pago, de acuerdo a su Manual de Procedimientos, previa elaboración de carnet y asignación de Número de Expediente Único (ECU) por el Servicio de Admisión. 3.5 El personal administrativo de la Oficina de Admisión será responsable de asignar la cama censable a los pacientes que requieran hospitalización, ya sea en la especialidad tratante o en un servicio periférico, de acuerdo al manual de procedimientos correspondiente. 3.6 Los trabajadores del Hospital General de México, que soliciten atención médica, serán los únicos beneficiados al pagar 50% del nivel UNO. A los familiares directos (padre, madre, cónyuge e hijos) de estos se les cobrará basándose en el nivel UNO, siempre y cuando comprueben parentesco por medio de documentación requerida:

a) Copia del acta de nacimiento y credencial de elector del paciente. b) Copia de la credencial vigente y del último talón de pago del trabajador. c) Copia del acta de matrimonio del cónyuge del trabajador, en su caso.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP10

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA 10.- Procedimiento para la Recepción del Paciente y del Expediente Clínico para su Ingreso a Hospitalización Vía

Consulta Externa.

Rev. 1

Hoja: 3 de 6

4.0 Descripción del procedimiento Secuencia de Etapas Actividad Responsable

1.0 Determinación de hospitalización del paciente.

1.1 Decide hospitalizar al paciente para estudio o tratamiento en forma integral, llena formato de admisión hospitalaria, hojas de consentimiento informado. Solicitud de internamiento / Consentimiento informado.

Médico Especialista de Base de Consulta Externa.

2.0 Recepción del familiar y documentación.

2.1 Recibe al familiar con solicitud de internamiento, hojas de consentimiento informado. 2.2 Asigna número de ECU y elabora carnet Solicitud de internamiento / Consentimiento informado.

Oficina de Admisión.

3.0 Verificación de disponibilidad de cama.

3.1 Verifica en sistema de cómputo (CORTEX) disponibilidad de cama censable en el servicio de la especialidad tratante. PROCEDE: NO: Realiza internamiento en servicio periférico (ver Procedimiento de atención a pacientes hospitalizados en servicios periféricos). SI: Envía al familiar a Trabajo Social.

Oficina de Admisión.

4.0 Realización de ficha socioeconómica y clasificación.

4.1 Recibe al familiar, realiza ficha socioeconómica inicial, clasifica el nivel de pago y lo reenvía a Oficina de Admisión. (Ver Procedimiento de Trabajo Social). Ficha socioeconómica / Documentos / Carnet.

Trabajo Social.

5.0 Registro del paciente e integración.

5.1 Elabora hoja de admisión, registra en el sistema CORTEX y anota hora de elaboración de la hoja de internamiento. Registra al paciente, integra al expediente la hoja de Ingreso/Egreso, hoja de Trabajo Social y la orden de internamiento Expediente / Hoja de ingreso – egreso / Hoja de

Trabajo Social / Orden de Internamiento

Oficina de Admisión.

6.0 Entrega de hoja de internamiento.

6.1 Entrega hoja de internamiento al familiar. Hoja de internamiento.

Oficina de Admisión.

7.0 Traslado de paciente a servicio tratante.

7.1 Recibe al paciente, lo registra e informa del ingreso al médico tratante. 7.2 Inicia tratamiento o preparación. (Ver Manual de Procedimientos de Enfermería).

Enfermera del Servicio Tratante.

8.0 Solicitud de vale y entrega de expediente.

8.1 Elabora vale, solicita expediente clínico al Archivo Central y entrega el expediente al médico tratante, a la Jefe de enfermeras o responsable del Servicio. (Con vale correspondiente). Vale / Expediente.

Delegado Administrativo y/o Responsable Administrativo

TERMINO DE PROCEDIMIENTO

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP10

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA 10.- Procedimiento para la Recepción del Paciente y del Expediente Clínico para su Ingreso a Hospitalización Vía

Consulta Externa.

Rev. 1

Hoja: 4 de 6

5.0 Diagrama de Flujo

ORDEN DEINTERNAMIENTO

CARNETCONSENTIMIENTOINFORMADO

MÉDICO ESPECIALISTA DE BASE DECONSULTA EXTERNA.

INICIO

DELEGADO ADMINISTRATIVO Y/ORESPONSABLE ADMINISTRATIVO

SOLICITUDDE INTERNAMIENTO

DETERMINACIÓN DEHOSPITALIZACIÓN DEL

PACIENTE.

OFICINA DE ADMISIÓN. TRABAJO SOCIAL ENFERMERA DEL SERVICIOTRATANTE.

1

CONSENTIMIENTOINFORMADO

SOLICITUDDE INTERNAMIENTO

RECEPCIÓN DEL FAMILIAR YDOCUMENTACIÓN.

2

VERIFICACIÓN DEDISPONIBILIDAD DE CAMA

3

PROCEDENO

SI

REALIZAINTERNAMIENTO

EN SERVICIOPERIFÉRICO

DOCUMENTOS

FICHASOCIOECONÓMICA

REALIZACIÓN DE FICHASOCIOECONÓMICA Y

CLASIFICACIÓN.

4

HOJA DETRABAJO SOCIAL

HOJA DEINGRESO - EGRESO

EXPEDIENTE

REGISTRO DEL PACIENTE EINTEGRACIÓN.

5

HOJA DEINTERNAMIENTO

ENTREGA DE HOJA DEINTERNAMIENTO.

6

TRASLADO DE PACIENTE ASERVICIO TRATANTE.

7

EXPEDIENTE

VALE

SOLICITUD DE VALE YENTREGA DE EXPEDIENTE.

8

TERMINO

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP10

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA 10.- Procedimiento para la Recepción del Paciente y del Expediente Clínico para su Ingreso a Hospitalización Vía

Consulta Externa.

Rev. 1

Hoja: 5 de 6

6.0 Documentos de referencia Documentos Código (cuando aplique)

Manual de Procedimientos de la Dirección General Adjunta Médica. No Aplica Manual de Organización de la Dirección General Adjunta Médica. No Aplica Manual de Procedimientos del Departamento de Trabajo Social. No Aplica Manual de Procedimientos de la Subdirección de Enfermería. No Aplica

7.0 Registros

Registros Tiempo de conservación Responsable de conservarlo Código de registro o

identificación única

Expediente Clínico 5 años Personal Administrativo del Hospital No Aplica

8.0 Glosario 8.1 Cama censable.- La cama en servicio instalada en el área de hospitalización para el uso regular de pacientes internos; debe contar con los recursos indispensables de espacio, materiales y de personal para la atención médica del paciente. El servicio de admisión la controla y asigna al paciente al momento de ingreso al hospital para ser sometido a observación, diagnóstico, cuidado o tratamiento. Es la única que produce egresos hospitalarios sobre los cuales se genera información estadística de ocupación y días estancia. 8.2 Cama no censable.- La que se destina a la atención transitoria o provisional para observación del paciente, iniciar tratamiento o intensificar la aplicación de procedimientos médico-quirúrgicos. También es denominada cama de tránsito y cuya característica fundamental es que no genera egresos hospitalarios. Aquí se incluyen las camas de urgencias, de terapia intensiva, de trabajo de parto, corta estancia, camillas, canastillas, cunas de recién nacido. 8.3 Expediente Clínico.- Conjunto de documentos escritos, gráficos e imagenológicos o de cualquier otra índole, en los cuales el personal de salud, deberá hacer los registros, anotaciones y certificaciones correspondientes a su intervención, con arreglo a las disposiciones sanitarias. 8.4 Hojas de Consentimiento Informado.- Cartas de consentimiento bajo información, a los documentos escritos, signados por el paciente o su representante legal, mediante los cuales se acepte, bajo debida información de los riesgos y beneficios esperados, un procedimiento médico o quirúrgico con fines de diagnóstico o, con fines diagnósticos, terapéuticos o rehabilitatorios. Estas cartas se sujetarán a los requisitos previstos en las disposiciones sanitarias, serán revocables mientras no inicie el procedimiento para el que se hubieren otorgado y no obligarán al médico a realizar u omitir un procedimiento cuando ello entrañe un riesgo injustificado hacia el paciente. 8.5 Hospitalización.- Servicio que cuenta con camas censables para atender pacientes internos, proporcionar atención médica con el fin de realizar diagnósticos, aplicar tratamientos y cuidados continuos de enfermería.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP10

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA 10.- Procedimiento para la Recepción del Paciente y del Expediente Clínico para su Ingreso a Hospitalización Vía

Consulta Externa.

Rev. 1

Hoja: 6 de 6

8.6 Ingreso.- El paciente que entra a un servicio del hospital e implica la ocupación de una cama censable; con fines de diagnóstico, tratamiento, o estudios; también se conoce como admisión. 8.7 Referencia y Contrarreferencia.- Procedimiento médico administrativo entre unidades operativas de los tres niveles de atención para facilitar el envío-recepción-regreso de pacientes, con el propósito de brindar atención médica oportuna, integral y de calidad. 8.8 Urgencia.- Es la atención médica inmediata que se proporciona a un paciente debido a una causa por él sentida o que sufre una alteración que pone en peligro su vida, una función o un órgano. Se efectúa en el área de urgencias de la unidad médica. 9.0 Cambios de esta versión

Número de Revisión Fecha de la actualización Descripción del cambio

1 Enero 2012 Se agrega política 3.2, se readecua la descripción del procedimiento y se reduce de 9 a 8 actividades.

2 Noviembre 2013 Se modifica el punto 6.0 Documentos de referencia.

10.0 Anexos 10.1 Solicitud de Internamiento. 10.2 Hojas de Consentimiento Informado. (Ver formato del procedimiento 16). 10.3 Hoja de Admisión Hospitalaria. (Ver formato del procedimiento 7) 10.4 Carnet. (Ver formato del procedimiento 1) 10.5 Ficha Socioeconómica. (Ver formato del procedimiento 3) 10.6 Hoja de Ingreso – Egreso.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP11

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA 11.- Procedimiento para la Recepción del Paciente y del Expediente Clínico para su Ingreso a Hospitalización Vía

Urgencias.

Rev. 1

Hoja: 1 de 7

11.- PROCEDIMIENTO PARA LA RECEPCIÓN DEL PACIENTE Y DEL EXPEDIENTE CLÍNICO PARA SU

INGRESO A HOSPITALIZACIÓN VÍA URGENCIAS

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP11

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA 11.- Procedimiento para la Recepción del Paciente y del Expediente Clínico para su Ingreso a Hospitalización Vía

Urgencias.

Rev. 1

Hoja: 2 de 7

1.0 Propósito 1.1 Contar con los procedimientos administrativos que sirvan para controlar el expediente clínico y las solicitudes de internamiento que se generan y tramitan en el servicio de Urgencias de este Hospital además de realizar el registro de pacientes que ingresan para su hospitalización por esa vía con el fin de proporcionar una adecuada atención médica, colaborar con la red federal de Hospitales de referencia y contrarreferencia y lograr la satisfacción del usuario que acude a solicitar los servicios. 2.0 Alcance 2.1 A nivel interno el procedimiento es aplicable a la Dirección General Adjunta Médica, a la Jefatura de Servicio y personal médico de Urgencias Adultos, el Departamento de Trabajo Social, la Oficina de Admisión, La Subdirección de Enfermería. 2.2 A nivel externo el procedimiento tiene alcance para los Hospitales de la red federal de Hospitales de Referencia y Contrarreferencia. 3.0 Políticas de operación, normas y lineamientos 3.1 Es responsabilidad del médico de base de los servicios de Urgencia indicar y solicitar el ingreso de los pacientes al Hospital para su tratamiento en una cama no censable del servicio de Urgencias. 3.2 El médico especialista de base de Urgencias, además de decidir el ingreso del paciente al servicio de Urgencias o el ingreso definitivo a una cama censable, debe informar al paciente y familiares sobre la atención propuesta, los resultados que se esperan y confirmar que el paciente y los familiares comprendan la información para que realicen su toma de decisiones. 3.3 Es responsabilidad de la Dirección General Adjunta Médica y de los asistentes de la Dirección General, autorizar los casos de traslado de pacientes internados en los Hospitales de la Red Federal de Referencia y Contrarreferencia que han cumplido con los requisitos establecidos, así como informar al Jefe de Servicio de Urgencias del ingreso aceptado. 3.4 Es responsabilidad del personal administrativo y de enfermería el informar y dar a conocer las normas de ingreso a los pacientes en el momento de su internamiento. 3.5 Una vez que se decida el internamiento definitivo por el Médico de Base del servicio de Urgencias, el área de Admisión será responsable de asignar la cama censable a los pacientes, ya sea en la Especialidad tratante o en un servicio periférico, de acuerdo al manual correspondiente. 3.6 El Departamento de Trabajo Social es responsable de realizar el estudio socioeconómico del paciente y su clasificación de nivel de pago, de acuerdo a su Manual de Procedimientos, previa elaboración de Carnet y asignación de Número de Expediente Único (ECU) por el servicio de Admisión.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP11

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Urgencias.

Rev. 1

Hoja: 3 de 7

4.0 Descripción del procedimiento Secuencia de Etapas Actividad Responsable

1.0 Determinación de hospitalización del paciente.

1.1 Decide hospitalizar al paciente para estudio o tratamiento en forma integral. Solicitud de internamiento / Hoja de

autorización de ingreso hospitalario / Hoja de consentimiento informado

Médico de Base de Urgencias

2.0 Realización de ficha socioeconómica y clasificación.

2.1 Recibe al familiar, realiza ficha socioeconómica inicial, clasifica el nivel de pago (Ver Procedimiento de Trabajo Social). Ficha socioeconómica.

Trabajo Social.

3.0 Entrega de documentación.

3.1 Entrega documentación al personal administrativo de urgencias para trámite administrativo en Admisión (Solicitud de internamiento, Hoja frontal del expediente clínico de urgencias y Hoja de consentimiento informado Documentación.

Enfermera de Urgencias

4.0 Recepción de documentación.

4.1 Recibe al personal administrativo de urgencias con documentos (Solicitud de internamiento / Hoja frontal del expediente clínico de urgencias / Hoja de consentimiento informado) Documentación.

Oficina de Admisión

5.0 Verificación de disponibilidad de cama.

5.1 Verifica en sistema de cómputo (CORTEX) disponibilidad de cama de la especialidad tratante. PROCEDE: NO: Realiza internamiento en Servicio periférico (ver procedimiento de atención a pacientes hospitalizados en servicios periféricos). SI: Continua el procedimiento.

Oficina de Admisión.

6.0 Registro del paciente e integración.

6.1 Registra al paciente, integra al expediente la hoja de Ingreso / Egreso, hoja de autorización de consentimiento informado. Expediente / Hoja de ingreso – egreso / Hoja

de consentimiento.

Oficina de Admisión.

7.0 Entrega de hoja de internamiento.

7.1 Entrega hoja de internamiento al personal administrativo de urgencias Hoja de internamiento.

Oficina de Admisión.

8.0 Entrega de hoja de internamiento.

8.1 Recibe del personal administrativo de urgencias documentación para ingreso (Hoja de internamiento / Hoja de ingreso – egreso / Hoja de consentimiento / Nota de ingreso / Nota de evolución / Nota de traslado / Hoja de trabajo social / Exámenes de laboratorio / Hoja de enfermería), integra el expediente y espera traslado a servicio tratante. Documentación.

Enfermera de Urgencias

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP11

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA 11.- Procedimiento para la Recepción del Paciente y del Expediente Clínico para su Ingreso a Hospitalización Vía

Urgencias.

Rev. 1

Hoja: 4 de 7

Secuencia de Etapas Actividad Responsable9.0 Traslado de paciente a Servicio tratante.

9.1 Traslada al paciente, acompañada de camillero y en caso necesario, de un médico residente al servicio tratante asignado. 9.2 Entrega al paciente y expediente clínico a la enfermera del servicio tratante.

Enfermera de Urgencias.

10.0 Recepción del paciente y registro.

10.1 Recibe al paciente, lo registra e informa del ingreso al médico tratante.

Enfermera del Servicio Tratante.

TÉRMINO DE PROCEDIMIENTO

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP11

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Urgencias.

Rev. 1

Hoja: 5 de 7

5.0 Diagrama de Flujo

CONSENTIMIENTOINFORMADO

HOJA DE AUTORIZACIÓNDE INGRESO HOSPITALARIO

MÉDICO DE BASE DE URGENCIAS

INICIO

ENFERMERA DEL SERVICIOTRATANTE.

SOLICITUDDE INTERNAMIENTO

DETERMINACIÓN DEHOSPITALIZACIÓN DEL

PACIENTE.

TRABAJO SOCIAL. ENFERMERA DE URGENCIAS OFICINA DE ADMISIÓN

1

FICHASOCIOECONÓMICA

REALIZACIÓN DE FICHASOCIOECONÓMICA Y

CLASIFICACIÓN.

2

PROCEDENO

SIREALIZA

INTERNAMIENTOEN SERVICIOPERIFÉRICO

DOCUMENTACIÓN

ENTREGA DEDOCUMENTACIÓN

3 4

RECEPCIÓN DEL PACIENTEY REGISTRO.

10

TERMINO

DOCUMENTACIÓN

RECEPCIÓN DEDOCUMENTACIÓN.

5

VERIFICACIÓN DEDISPONIBILIDAD DE CAMA.

HOJA DECONSENTIMIENTO

HOJA DEINGRESO - EGRESO

EXPEDIENTE

REGISTRO DEL PACIENTE EINTEGRACIÓN.

6

7

ENTREGA DE HOJA DEINTERNAMIENTO.

DOCUMENTACIÓN

ENTREGA DE HOJA DEINTERNAMIENTO.

8

TRASLADO DE PACIENTE ASERVICIO TRATANTE.

9

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP11

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA 11.- Procedimiento para la Recepción del Paciente y del Expediente Clínico para su Ingreso a Hospitalización Vía

Urgencias.

Rev. 1

Hoja: 6 de 7

6.0 Documentos de referencia Documentos Código (cuando aplique)

Manual de Procedimientos de la Dirección General Adjunta Médica. No Aplica Manual de Organización de la Dirección General Adjunta Médica. No Aplica Procedimientos para la Atención de Pacientes en Servicios Periféricos. No Aplica

7.0 Registros

Registros Tiempo de conservación

Responsable de conservarlo

Código de registro o identificación única

Expediente Clínico 5 años Personal Administrativo del Hospital No Aplica

8.0 Glosario 8.1 Cama censable.- La cama en servicio instalada en el área de hospitalización para el uso regular de pacientes internos; debe contar con los recursos indispensables de espacio, materiales y de personal para la atención médica del paciente. El servicio de admisión la controla y asigna al paciente al momento de ingreso al hospital para ser sometido a observación, diagnóstico, cuidado o tratamiento. Es la única que produce egresos hospitalarios sobre los cuales se genera información estadística de ocupación y días estancia. 8.2 Cama no censable.- La que se destina a la atención transitoria o provisional para observación del paciente, iniciar tratamiento o intensificar la aplicación de procedimientos médico-quirúrgicos. También es denominada cama de tránsito y cuya característica fundamental es que no genera egresos hospitalarios. Aquí se incluyen las camas de urgencias, de terapia intensiva, de trabajo de parto, corta estancia, camillas, canastillas, cunas de recién nacido. 8.3 Expediente Clínico.- Conjunto de documentos escritos, gráficos e imagenológicos o de cualquier otra índole, en los cuales el personal de salud, deberá hacer los registros, anotaciones y certificaciones correspondientes a su intervención, con arreglo a las disposiciones sanitarias. 8.4 Hojas de Consentimiento Informado.- Cartas de consentimiento bajo información, a los documentos escritos, signados por el paciente o su representante legal, mediante los cuales se acepte, bajo debida información de los riesgos y beneficios esperados, un procedimiento médico o quirúrgico con fines de diagnóstico o, con fines diagnósticos, terapéuticos o rehabilitatorios. Estas cartas se sujetarán a los requisitos previstos en las disposiciones sanitarias, serán revocables mientras no inicie el procedimiento para el que se hubieren otorgado y no obligarán al médico a realizar u omitir un procedimiento cuando ello entrañe un riesgo injustificado hacia el paciente. 8.5 Hospitalización.- Servicio que cuenta con camas censables para atender pacientes internos, proporcionar atención médica con el fin de realizar diagnósticos, aplicar tratamientos y cuidados continuos de enfermería. 8.6 Ingreso.- El paciente que entra a un servicio del hospital e implica la ocupación de una cama censable; con fines de diagnóstico, tratamiento, o estudios; también se conoce como admisión.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP11

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA 11.- Procedimiento para la Recepción del Paciente y del Expediente Clínico para su Ingreso a Hospitalización Vía

Urgencias.

Rev. 1

Hoja: 7 de 7

8.7 Referencia y Contrarreferencia.- Procedimiento médico administrativo entre unidades operativas de los tres niveles de atención p ara facilitar el envío-recepción-regreso de pacientes, con el propósito de brindar atención médica oportuna, integral y de calidad. 8.8 Urgencia.- Es la atención médica inmediata que se proporciona a un paciente debido a una causa por él sentida o que sufre una alteración que pone en peligro su vida, una función o un órgano. Se efectúa en el área de urgencias de la unidad médica. 9.0 Cambios de esta versión

Número de Revisión Fecha de la actualización Descripción del cambio 1 Marzo 2008 Readecuación del procedimiento

2 Enero 2012 Se agrega política 3.2 y se readecua el procedimiento.

3 Noviembre 2013 Modificación del punto 6.0 Documentos de referencia.

10.0 Anexos 10.1 Solicitud de Internamiento. * 10.2 Hoja de Ingreso – Egreso Hospitalario. * 10.3 Hoja de Consentimiento Informado. (Ver formato del procedimiento 16). 10.4 Hoja de Admisión Hospitalaria. * 10.5 Ficha Socioeconómica.* 10.6 Historia Clínica. (Ver formato del procedimiento 1). 10.7 Hoja de Internamiento. * 10.8 Carnet. * * Ver formatos y referencias del Procedimiento 10.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP12

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

12.- Procedimiento para el egreso del paciente, control del expediente clínico y liberación de camas censables.

Rev. 1

Hoja: 1 de 9

12.- PROCEDIMIENTO PARA EL EGRESO DEL PACIENTE, CONTROL DEL EXPEDIENTE CLÍNICO Y LIBERACIÓN DE CAMAS CENSABLES.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP12

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

12.- Procedimiento para el egreso del paciente, control del expediente clínico y liberación de camas censables.

Rev. 1

Hoja: 2 de 9

1.0 Propósito 1.1 Contar con los mecanismos administrativos que sirvan de guía al personal médico y paramédico para la realización del egreso hospitalario del paciente, con el fin de disminuir los tiempos de espera, tener un control estricto y oportuno del flujo del expediente clínico y liberar de manera automática las camas censables para mayor disponibilidad de las mismas. 2.0 Alcance 2.1 A nivel interno el procedimiento es aplicable a la Dirección General Adjunta Médica, a las Direcciones y Subdirecciones de Área, a las Jefaturas de Servicios y/o Unidades, al personal Administrativo y de Enfermería de los servicios que cuenten con hospitalización, al Departamento de Trabajo Social y al personal Administrativo de la Oficina de Admisión. 3.0 Políticas de operación, normas y lineamientos 3.1 La Dirección General Adjunta Médica en conjunto con las Direcciones y Subdirecciones de Áreas, se responsabilizarán de vigilar que se realice adecuadamente el presente procedimiento. 3.2 Es responsabilidad de los Jefes de Servicio en las áreas de su responsabilidad, vigilar que se aplique este procedimiento de manera correcta. 3.3 Es responsabilidad del médico tratante elaborar y firmar la documentación necesaria (prealta, nota de alta, hoja de procedimientos médicos y hoja de hospitalización SIS-HGM-HOSP-03-P) para el egreso hospitalario. 3.4 En el egreso hospitalario el Jefe de la Unidad donde se encuentra hospitalizado el paciente, será responsable de supervisar y confirmar el envío del expediente clínico debidamente ordenado al archivo clínico en las primeras 24 hrs., salvo en caso de contingencia (ausencia del sistema). 3.5 El Personal de Enfermería es responsable de verificar que el expediente clínico este ordenado, completo y cuente con los documentos necesarios para el egreso. 3.6 El Personal Administrativo de la unidad en hospitalización es responsable de generar la captura de la información del egreso del paciente (diagnóstico, tipo de movimiento, motivo del egreso). 3.7 El Personal Administrativo de la Oficina de Admisión deberá apoyar a la unidad en hospitalización en la captura del egreso, cuando no exista personal administrativo en el turno vespertino, nocturno, fin de semana y días festivos. 3.8 El Personal de Trabajo Social se responsabilizará de emitir el pase de salida a través de su sistema de cómputo, una vez que se haya realizado la captura del egreso por el personal administrativo. Al realizar esta actividad, el sistema liberará la cama censable de manera automática, a excepción de casos de contingencia (ausencia del sistema). 3.9 Personal Administrativo de la Oficina de Admisión es responsable de liberar las camas censables en el caso de traslado interno de pacientes.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP12

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

12.- Procedimiento para el egreso del paciente, control del expediente clínico y liberación de camas censables.

Rev. 1

Hoja: 3 de 9

3.10 En caso de egreso definitivo y directo de camas no censables, la unidad en hospitalización será responsable de realizar la captura de información (Diagnóstico, Tipo de Movimiento, Motivo del egreso) y la consecuente liberación de cama censable reservada. 3.11 El personal de Trabajo Social deberá realizar el trámite de egreso, con base en su Manual de Procedimientos. 3.12 En caso de ausencia del sistema en el Hospital General, el personal Administrativo de la unidad deberá capturar en la Bitácora de Egresos “Ausencia del Sistema” los movimientos de egreso generados, ingresarlos al sistema una vez restablecida la operación y enviar el expediente clínico completo a Trabajo Social, antes de 24 hrs., para la liberación de la cama censable. 3.13 En caso de ausencia temporal del sistema en el Hospital General, el personal de Trabajo Social de la unidad deberá elaborar el Pase de Salida de Contingencia de manera manual y cuando se restablezca la operación del sistema deberá generarlos de manera electrónica, con base a la previa revisión del expediente clínico, para la liberación de la cama censable. 3.14 La “Operación en Contingencia” del personal de Trabajo Social y del personal Administrativo en la unidad, deberá ser autorizada previamente por la Jefatura de Trabajo Social y la Coordinación de Delegados Administrativos; en ausencia de éstos, los asistentes médicos deberán dar la autorización. 3.15 Todas las relaciones interpersonales deberán apegarse a los lineamientos establecidos en el código de bioética y el decálogo de ética vigente en el hospital.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP12

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

12.- Procedimiento para el egreso del paciente, control del expediente clínico y liberación de camas censables.

Rev. 1

Hoja: 4 de 9

4.0 Descripción del procedimiento Secuencia de Etapas Actividad Responsable

1.0 Realización de visita médica e información de Prealta.

1.1 Realiza visita médica diaria y si existe indicación, decide la “Prealta” por medio de un sello en la hoja de indicaciones médicas y le notifica al paciente y a enfermería para que informe a Trabajo Social. Hoja de Indicaciones.

Médico de Base Tratante.

2.0 Notificación de Prealta médica.

2.1 Informa a Trabajo Social de la Prealta, envía al familiar a Trabajo Social para anticipar trámites de egreso.

Personal de Enfermería.

3.0 Verificación de expediente y generación de orden de pago anticipado.

3.1 Verifica los documentos en expediente y genera la orden de pago al día en que será dado de alta el paciente, la entrega al familiar y lo envía a realizar el pago correspondiente. Orden de Pago / Expediente

Personal de Trabajo Social.

4.0 Recepción de comprobantes de pago y donación sanguínea.

4.1 Entrega citatorio al familiar para facilitar su entrada al hospital. 4.2 Recibe al familiar con las copias de los comprobantes de pago realizados (RUI) y de la donación de sangre e integra al expediente. Recibo Único de Ingresos/ Comprobante de

Donación.

Personal de Trabajo Social.

5.0 Realización de visita médica, notificación y elaboración de Alta.

5.1 Realiza visita médica al paciente y determina confirmación de alta hospitalaria. PROCEDE: NO: Regresa a la actividad 1. SI: Informa al paciente y a enfermería, elabora nota de alta, llena y firma la hoja de hospitalización (SIS-HGM-HOSP-03-P). Hoja de Hospitalización.

Médico de Base Tratante.

6.0 Integración del expediente.

6.1 Ordena los documentos clínicos, los integra al expediente de acuerdo a formato establecido por la Dirección General Adjunta Médica y los entrega a enfermería. 6.2 Solicita a enfermería que informe del alta a personal de Trabajo Social. Expediente Clínico.

Médico de Base Tratante.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP12

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

12.- Procedimiento para el egreso del paciente, control del expediente clínico y liberación de camas censables.

Rev. 1

Hoja: 5 de 9

Secuencia de Etapas Actividad Responsable

7.0 Notificación de Alta y verificación de expediente.

7.1 Informa a Trabajo Social del alta. 7.2 Verifica que el expediente este ordenado y que contenga la nota de alta, receta médica y hoja de hospitalización (SIS-HGM-HOSP-03-9) debidamente requisitadas. PROCEDE: NO: Solicita documentos faltantes y regresa a actividad 5. SI: Entrega hoja de hospitalización a personal administrativo y solicita captura del egreso en Sistema de Información Cortex. Expediente Clínico Completo / hoja de

hospitalización.

Personal de Enfermería.

8.0 Captura de los datos del egreso.

8.1 Captura la información registrada por los médicos en la hoja de hospitalización (SIS-HGM-HOSP-03-P): Diagnóstico CIE-10, CIE-09, Tipo de Movimiento, Motivo del Egreso. 8.2 Regresa la hoja de hospitalización (SIS-HGM-HOSP-03-P) a la enfermera para que la integre al expediente. Hoja de hospitalización.

Personal Administrativo.

9.0 Envío del familiar a Trabajo Social.

9.1 Recibe documentos y envía al familiar a Trabajo Social para concluir el trámite de egreso con la siguiente documentación: Hoja de hospitalización (SIS-HGM-HOSP-03-P), ficha socioeconómica inicial (TSFSOC.1), hoja de procedimientos en hospitalización y carnet. Documentos

Personal de Enfermería.

10.0 Recepción y verificación de requisitos cubiertos.

10.1 Recibe documentos y verifica requisitos cubiertos para realizar el egreso con base en el procedimiento correspondiente. (Ver Manual del Departamento de Trabajo Social). Documentos

Personal de Trabajo Social.

11.0 Emisión de Pase de Salida automático e indicaciones de egreso.

11.1 Emite e imprime pase de salida electrónico (dos copias), engrapa una copia a la hoja de hospitalización y la otra lo entrega al familiar; envía al familiar con el personal de enfermería para que le sea proporcionado el plan de alta e indicaciones médicas del paciente. Pase de Salida / Documentos.

Personal de Trabajo Social.

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SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

12.- Procedimiento para el egreso del paciente, control del expediente clínico y liberación de camas censables.

Rev. 1

Hoja: 6 de 9

Secuencia de Etapas Actividad Responsable

12.0 Entrega del Plan de Alta e indicaciones médicas.

12.1 Recibe el plan de alta, verifica que se encuentre el pase de salida en impresión electrónica y los entrega al familiar junto el carnet y la receta para concluir con el egreso. Documentos

Personal de Enfermería.

13.0 Envío del expediente a archivo.

13.1 Revisa que el expediente clínico se encuentre completo y ordenado de acuerdo al formato establecido, lo registra en bitácora y lo envía a archivo central en menos de 24 hrs., solicitando firma de recibido por el personal correspondiente. Expediente Clínico / Bitácora de Egreso.

Personal Administrativo.

TERMINA PROCEDIMIENTO

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP12

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

12.- Procedimiento para el egreso del paciente, control del expediente clínico y liberación de camas censables.

Rev. 1

Hoja: 7 de 9

5.0 Diagrama de Flujo

HOJA DE HOSPITALIZACIÓN

EXPEDIENTE CLÍNICO

HOJA DE HOSPITALIZACIÓN

MÉDICO DE BASE TRATANTE

1

INICIO

PERSONAL ADMINISTRATIVO

1

HOJA DE INDICACIONES

REALIZACIÓN DE VISITA MÉDICAE INFORMACIÓN DE PREALTA

PERSONAL DE ENFERMERÍA PERSONAL DE TRABAJO SOCIAL

PROCEDENO

SI

NOTIFICACIÓN DE PREALTAMÉDICA

CAPTURA DE LOS DATOS DELEGRESO

5

HOJA DE HOSPITALIZACIÓN

REALIZACIÓN DE VISITA MÉDICA,NOTIFICACIÓN Y ELABORACIÓN

DE ALTA

EXPEDIENTE CLÍNICO

INTEGRACIÓN DE EXPEDIENTE

6

NOTIFICACIÓN DE ALTA YVERIFICACIÓN DE EXPEDIENTE

5PROCEDENO

SI

DOCUMENTOS

ENVÍO DEL FAMILIAR A TRABAJOSOCIAL

2

7

9

12

DOCUMENTOS

ENTREGA DEL PLAN DE ALTA EINDICACIONES MÉDICAS

EXPEDIENTE

ORDEN DE PAGO

VERIFICACIÓN DE EXPEDIENTE YGENERACIÓN DE ORDEN DE

PAGO ANTICIPADO

COMPROBANTE DE DONACIÓN

RECIBO UNICO DE INGRESOS

RECEPCIÓN DE COMPROBANTESDE PAGO Y DONACIÓN

SANGUÍNEA

3

4

DOCUMENTOS

RECEPCIÓN Y VERIFICACIÓN DEREQUISITOS CUBIERTOS

10

DOCUMENTOS

PASE DE SALIDA

EMISIÓN DE PASE AUTOMÁTICOE INDICACIONES DE EGRESO

11

BITÁCORA DE EGRESOS

EXPEDIENTE CLÍNICO

ENVÍO DEL EXPEDIENTE AARCHIVO

13

TÉRMINO

8

ELABORA Y FIRMA HOJA DEHOSPITALIZACIÓN

ENTREGA HOJA DEHOSPITALIZACIÓN

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP12

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

12.- Procedimiento para el egreso del paciente, control del expediente clínico y liberación de camas censables.

Rev. 1

Hoja: 8 de 9

6.0 Documentos de referencia Documentos Código (cuando aplique)

Manual de Organización de la Dirección General Adjunta Médica. No Aplica Manual de Procedimientos de Enfermería. No Aplica Manual de Procedimientos del Departamento de Trabajo Social. No Aplica Código de Bioética para el personal del Hospital. No Aplica NOM-004-SSA3- 2012 del expediente Clínico. No Aplica

7.0 Registros

Registros Tiempo de conservación Responsable de conservarlo Código de registro o

identificación única Expediente Clínico 5 años Archivo Clínico No Aplica

Bitácora de Egresos “Ausencia del Sistema” 5 años Archivo del Servicio No Aplica

8.0 Glosario 8.1 Cama Censable: Es la cama en servicio instalada en el área de hospitalización, para el uso regular de paciente internos; debe contar con los recursos indispensables de espacio, así como los recursos materiales y de personal para la atención médica del paciente. El servicio de admisión la asigna al paciente en el momento de ingreso al Hospital para ser sometido a observación, diagnóstico, cuidado o tratamiento. Es la única que produce los egresos hospitalarios sobre los cuales se genera información estadística de ocupación y días estancia. 8.2 Cama Hospitalaria: Es la cama disponible para la atención continua de pacientes, admitidos para observación, cuidado, diagnóstico o tratamiento médico, quirúrgico y no quirúrgico, comúnmente desagregadas por tipo de servicio (incluye camas de internamiento, urgencias, recuperación, trabajo de parto, cirugía ambulatoria, cuidados intermedios, terapia intensiva, cunas de sanos e incubadoras de traslado). 8.3 Cama No Censable: Es la cama que se destina a la atención transitoria o provisional, para observación del paciente, iniciar tratamiento o intensificar la aplicación de procedimientos médico-quirúrgico. También es denominada cama de tránsito y su característica fundamental es que no genera egresos hospitalarios. Aquí se incluyen las camas de urgencias, de terapia intensiva, de trabajo de parto, corta estancia, camillas, canastillas, cunas de recién nacido. 8.4 Egreso: Es la salida de un paciente de un servicio de hospitalización, se emplea también el término “Alta”, que puede ser por curación, mejoría, fuga voluntaria o traslado. 8.5 Expediente Clínico: Es el conjunto de documentos básicos escritos de manera específica, exacta y ordenada que reflejan con claridad el historial de salud de un paciente. 8.6 Ingreso: Es la entrada oficial de un paciente en un servicio de hospitalización con fines de diagnóstico, tratamiento o estudios; también se conoce como admisión.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP12

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

12.- Procedimiento para el egreso del paciente, control del expediente clínico y liberación de camas censables.

Rev. 1

Hoja: 9 de 9

9.0 Cambios de esta versión Número de Revisión Fecha de la actualización Descripción del cambio

1 Octubre 2008

Sustituye al Procedimiento 12 titulado “Procedimiento para la recepción del paciente y control del expediente clínico para su egreso” con recaudación del mismo.

2 Noviembre 2013 Modificación del punto 6.0 Documentos de referencia.

10.0 Anexos

10.1 Carnet. * 10.2 Ficha Socioeconómica Inicial. TSF Soc.1. (Ver formato del procedimiento 3). 10.3 Pase de Salida. (TSH9) / Impresión electrónica. 10.4 Hoja de Procedimientos. 10.5 Hoja de Hospitalización (SIS-HGM-HOSP-03-P). 10.6 Recibo Único de Ingresos.* 10.7 Plan de Alta *Ver formatos del procedimiento 1.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP13

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

13.- Procedimiento para el egreso por defunción, recepción del expediente clínico y liberación automática de camas.

Rev. 1

Hoja: 1 de 8

13.- PROCEDIMIENTO PARA EL EGRESO POR DEFUNCIÓN, RECEPCIÓN DEL EXPEDIENTE CLÍNICO

Y LIBERACIÓN AUTOMÁTICA DE CAMAS

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP13

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

13.- Procedimiento para el egreso por defunción, recepción del expediente clínico y liberación automática de camas.

Rev. 1

Hoja: 2 de 8

1.0 Propósito

1.1 Contar con los procedimientos administrativos que sirvan de guía al personal médico, paramédico y administrativo de las actividades a realizar en los casos que ocurra la defunción del paciente del Hospital General de México, para el traslado del cuerpo a Patología, con el fin coadyuvar a que los trámites se agilicen por las partes que intervienen en el proceso para registrar la baja en el sistema de información y liberar la cama de manera automática.

2.0 Alcance

2.1 A nivel interno el procedimiento es aplicable a los Servicios que cuenten con pacientes hospitalizados, al Departamento de Trabajo Social, al Servicio de Patología y a la Oficina de Admisión.

3.0 Políticas de operación, normas y lineamientos

3.1 Es responsabilidad del médico de base de la unidad en hospitalización, donde se encuentra internado el paciente, verificar la defunción del paciente, realizar la nota correspondiente inmediatamente después de ocurrida ésta, comunicar la veracidad del acontecimiento a los familiares y coordinarse con el personal de enfermería para el traslado del cadáver al servicio de Patología.

3.2 El personal administrativo del Servicio donde fallezca el paciente es responsable de emitir el formato de notificación de defunción (FN-DD) por sistema al momento de la captura del egreso por defunción (Diagnóstico, Tipo de Movimiento, Motivo del Egreso) y entregarlo a enfermería. (La cama censable será liberada de manera automática al momento de la captura del egreso por defunción, en un lapso máximo de 2 hrs. posteriores a la captura del egreso).

3.3 Es responsabilidad del personal administrativo de la Oficina de Admisión apoyar a la unidad en hospitalización en la captura de los datos del egreso por defunción e impresión del formato de notificación de defunción (FN-DD), cuando no exista personal administrativo en el turno vespertino, nocturno, fin de semana y días festivos.

3.4 Es responsabilidad del personal de Enfermería de la unidad en hospitalización notificar, vía telefónica, la defunción del paciente al Servicio de Anatomía Patológica y entregar el formato electrónico (FN-DD) impreso junto con el expediente clínico del paciente en el momento de entregar el cadáver.

3.5 El Servicio Patología es responsable de realizar la entrega del cadáver al familiar responsable, además de realizar el llenado del Certificado de Defunción y de enviar en un lapso no mayor a 30 días el expediente clínico del fallecido al archivo central, independientemente de si se efectúo o no la Necropsia.

3.6 Todas la actividades que conlleven relaciones interpersonales, se apegarán al Código de Ética y al Decálogo de Bioética vigente del Hospital General de México “Dr. Eduardo Liceaga”, O.D.

3.7 El personal de Trabajo Social deberá realizar su trámite de egresos con base a su manual de procedimientos.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP13

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

13.- Procedimiento para el egreso por defunción, recepción del expediente clínico y liberación automática de camas.

Rev. 1

Hoja: 3 de 8

3.8 En caso de ausencia del sistema en el Hospital General, el personal Administrativo de la unidad deberá generar el formato FN-DD de Notificación de Defunción de Contingencia (ver anexo 10.3), de manera manual así como registrar en Bitácora de Egresos “Ausencia del Sistema” todos los movimientos de defunción generados.

3.9 La “Operación en Contingencia” del personal Administrativo en la Unidad, deberá ser autorizada previamente por la Coordinación de Delegados Administrativos; en ausencia de éste, los Asistentes Médicos deberán dar la autorización. 4.0 Descripción del procedimiento

Secuencia de Etapas Actividad Responsable1.0 Verificación del fallecimiento.

1.1 Verifica fallecimiento del enfermo. PROCEDE: NO: Termina procedimiento. SI: Informa vía verbal al personal de enfermería para la preparación post-mortem y solicita la presencia del familiar para informar el acontecimiento.

Médico de Base Tratante.

2.0 Solicitud de localización de familiar.

2.1 Informa del acontecimiento al familiar. 2.2 En caso de que no se encuentre el familiar responsable , solicita a personal de Trabajo Social la localización vía telefónica del familiar responsable

Médico de Base Tratante.

3.0 Localización del familiar.

3.1 Localiza vía telefónica a los familiares y solicita su presencia en el servicio tratante. 3.2 Una vez presente el familiar, lo envía con el médico tratante.

Personal de Trabajo Social.

4.0 Información a familiares y generación de documentación.

4.1 Informa al familiar sobre la confirmación del deceso. 4.2 Realiza la documentación necesaria (nota de defunción, hoja de hospitalización), las integra al expediente clínico, lo ordena de acuerdo al formato establecido por la Dirección General Adjunta Médica, lo entrega al personal de enfermería y le solicita la preparación post- mortem del cuerpo Expediente clínico / Hoja de Hospitalización

Médico de Base Tratante.

5.0 Realización de preparación post-mortem y notificación.

5.1 Realiza la preparación post-mortem (amortajamiento) del cadáver, notifica vía telefónica al personal de Trabajo Social y envía a familiares a Trabajo Social.

Personal de Enfermería.

6.0 Orientación de trámites.

6.1 Informa a familiares sobre trámites a seguir y verifica situación del occiso en relación al pago hospitalario, los envía a realizar el pago y posteriormente con el personal de enfermería.

Personal de Trabajo Social.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP13

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

13.- Procedimiento para el egreso por defunción, recepción del expediente clínico y liberación automática de camas.

Rev. 1

Hoja: 4 de 8

Secuencia de Etapas Actividad Responsable7.0 Verificación de expediente completo.

7.1 Verifica que el expediente esté completo y ordenado de acuerdo al formato de armado de expedientes. Debe contener la nota de defunción y la hoja de hospitalización (SIS-HGM-HOSP-03-P) debidamente requisitados así como los comprobantes de pago. PROCEDE: NO: Solicita documentación completa al médico y regresa a actividad 4. SI: Entrega hoja de hospitalización a personal administrativo de la unidad para su captura. 7.2 Envía a familiares al servicio de Patología. Hoja de Hospitalización / RUI / Formato de

Armado de Expedientes.

. Personal de Enfermería

8.0 Captura del egreso y entrega formato de notificación de defunción.

8.1 Captura la información de la defunción registrada por los médicos en la hoja de hospitalización (SIS-HGM-HOSP-03-P): Diagnóstico CIE-10, CIE-09.Tipo de Movimiento, Motivo del Egreso (Defunción). 8.2. Imprime el formato de notificación de defunción FN-DD por sistema (dos copias). 8.3 Entrega la hoja de hospitalización (SIS-HGM-HOSP-03-P) y el formato FN-DD (impresión electrónica) a la enfermera para que la integre al expediente. Nota: Se libera la cama censable de forma automática en un lapso de 2hrs. Formato FN-DD.

Personal Administrativo.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP13

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

13.- Procedimiento para el egreso por defunción, recepción del expediente clínico y liberación automática de camas.

Rev. 1

Hoja: 5 de 8

9.0 Solicitud de traslado de cadáver.

9.1 Notifica vía telefónica a Patología, entrega formato FN-DD (impresión electrónica) y solicita que pasen a recoger el cadáver a la unidad. Formato FN-DD.

Personal de Enfermería.

10.0 Traslado del Cadáver. 10.1 Acude al servicio que notificó la defunción a recoger el cuerpo.

Personal de camillería de Patología

11.0 Entrega de cadáver y expediente clínico.

11.1 Entrega el cadáver a camilleros de Patología, junto con el expediente clínico completo, solicita firma de entrega (con fecha y hora) en la copia del formato FN-DD. 11.2 Entrega la copia del formato FN-DD firmado al personal administrativo para archivo. Formato FN-DD / Expediente Clínico

Personal de Enfermería.

Secuencia de Etapas Actividad Responsable

12.0 Recepción de cadáver y expediente clínico.

12.1 Recibe el cadáver en la unidad en hospitalización junto con el expediente clínico completo, formato FN-DD (impresión electrónica) y lo traslada a Post Mortem. Formato FN-DD/ Expediente Clínico

Personal de Camillería de Patología.

13.0 Elaboración de certificado de defunción.

13.1 Elabora el certificado de defunción y lo entrega al familiar. Certificado de Defunción.

Médico de Base de Patología

14.0 Elaboración de nota y envío de expediente.

14.1 Elabora nota con diagnóstico del certificado de defunción e integra al expediente clínico, lo entrega al personal administrativo para su envío al Archivo Central en un lapso no mayor a 30 días. Expediente Clínico.

Médico de Base de Patología

TERMINA PROCEDIMIENTO

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP13

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

13.- Procedimiento para el egreso por defunción, recepción del expediente clínico y liberación automática de camas.

Rev. 1

Hoja: 6 de 8

5.0 Diagrama de Flujo

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP13

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

13.- Procedimiento para el egreso por defunción, recepción del expediente clínico y liberación automática de camas.

Rev. 1

Hoja: 7 de 8

FORMATO DE ARMADODE EXPEDIENTES.

RUI

HOJA DEHOSPITALIZACIÓN

H O J A D EHOSPITALIZACIÓN

EXPEDIENTE CLÍNICO

MÉDICO DE BASETRATANTE

TÉRMINO

PERSONAL DETRABAJO SOCIAL PERSONAL DE ENFERMERÍA PERSONAL

ADMINISTRATIVO

PERSONAL DECAMILLERÍA DE

PATOLOGÍA

MÉDICO DE BASE DEPATOLOGÍA

1

VERIFICACIÓN DELFALLECIMIENTO

PROCEDE

NO

SI

4

C E R T I F I C A D O D EDEFUNCIÓN

ELABORACIÓN DELCERTIFICADO DE

DEFUNCIÓN

EXPEDIENTE CLÍNICO

ELABORACIÓN DENOTA Y ENVÍO DE

EXPEDIENTE

FORMATO FN-DD

SOLICITUD DETRASLADO DEL

CADAVER

INICIO

SOLICITAPREPARACIÓN POST-

MORTEM

SOLICITUD DELOCALIZACIÓN DE

FAMILIAR

INFORMACIÓN AFAMILIARES Y

GENERACIÓN DEDOCUMENTACIÓN

LOCALIZACIÓN DEFAMILIAR

ORIENTACIÓN DETRÁMITES

REALIZACIÓN DEPREPARACIÓN POST

MORTEM YNOTIFICACIÓN

VERIFICA EXPEDIENTECOMPLETO

PROCEDESI

NO

FORMATO FN-DD

EXPEDIENTE CLÍNICO

ENTREGA DE CADAVERY EXPEDIENTE CLÍNICO

FORMATO FN-DD

CAPTURA DEL EGRESOY ENTREGA DEFORMATO DE

NOTIFICACIÓN DEDEFUNCIÓN

TRASLADO DELCADAVER

EXPEDIENTE CLÍNICO

FORMATO FN-DD

RECEPCIÓN DELCADAVER Y

EXPEDIENTE CLÍNICO

TÉRMINO

2

4

3

6

5

7

9

11

8

10

12

13

14

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP13

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

13.- Procedimiento para el egreso por defunción, recepción del expediente clínico y liberación automática de camas.

Rev. 1

Hoja: 8 de 8

6.0 Documentos de referencia

Documentos Código (cuando aplique) Manual de Procedimientos de la Dirección General Adjunta Médica. No Aplica Manual de Organización de la Dirección General Adjunta Médica. No Aplica Manual de Procedimientos del Departamento de Trabajo Social. No Aplica Clasificación Internacional de las Enfermedades (CIE9). No Aplica Clasificación Internacional de las Enfermedades (CIE10). No Aplica

7.0 Registros

Registros Tiempo de conservación Responsable de conservarlo Código de registro o

identificación única

Expediente Clínico 5 años Personal Administrativo del Archivo del Hospital No Aplica

Bitácora de Egresos “Ausencia del Sistema” 5 años Archivo del Servicio No Aplica

8.0 Glosario 8.1 Cama censable.- La cama en servicio instalada en el área de hospitalización para el uso regular de pacientes internos; debe contar con los recursos indispensables de espacio, materiales y de personal para la atención médica del paciente. El servicio de admisión la controla y asigna al paciente al momento de ingreso al hospital para ser sometido a observación, diagnóstico, cuidado o tratamiento. Es la única que produce egresos hospitalarios sobre los cuales se genera información estadística de ocupación y días estancia. 8.2 Cama no censable.- La que se destina a la atención transitoria o provisional para observación del paciente, iniciar tratamiento o intensificar la aplicación de procedimientos médico-quirúrgicos. También es denominada cama de tránsito y cuya característica fundamental es que no genera egresos hospitalarios. Aquí se incluyen las camas de urgencias, de terapia intensiva, de trabajo de parto, corta estancia, camillas, canastillas, cunas de recién nacido. 8.3 Certificado de defunción.- Documento de importancia epidemiológica, médico legal, jurídica y administrativa, debe expedirse en el momento de que ocurra la muerte y con los diagnósticos definitivos causantes de la misma, de preferencia por el médico tratante. 8.4 Defunción Hospitalaria.- Es la que ocurre en el interior de alguno de los servicios hospitalarios que dispongan de camas censables y no censables (incluye urgencias, labor, recuperación, corta estancia, cuneros, etc.). Para fines de evaluación se tomará como mortalidad neta o bruta aquélla que ocurre en todo el hospital sin considerar el tiempo de estancia y como mortalidad ajustada las ocurridas después de las 48 hrs. de ingreso al hospital; y como egreso hospitalario por defunción la que ocurre en una cama censable.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP13

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

13.- Procedimiento para el egreso por defunción, recepción del expediente clínico y liberación automática de camas.

Rev. 1

Hoja: 9 de 8

8.5 Egreso.- El paciente que sale de un servicio del hospital e implica la desocupación de una cama censable; incluye altas por curación, mejoría, traslado a otra unidad, defunción, alta voluntaria o fuga. 8.6 Expediente Clínico.- Conjunto de documentos escritos, gráficos e imagenológicos o de cualquier otra índole, en los cuales el personal de salud, deberá hacer los registros, anotaciones y certificaciones correspondientes a su intervención, con arreglo a las disposiciones sanitarias. 8.7 Hospitalización.- Servicio que cuenta con camas censables para atender pacientes internos, proporcionar atención médica con el fin de realizar diagnósticos, aplicar tratamientos y cuidados continuos de enfermería. 8.8 Urgencia.- Es la atención médica inmediata que se proporciona a un paciente debido a una causa por él sentida o que sufre una alteración que pone en peligro su vida, una función o un órgano. Se efectúa en el área de urgencias de la unidad médica. 9.0 Cambios de esta versión

Número de Revisión Fecha de la actualización Descripción del cambio

2 Noviembre 2008

Sustituye al procedimiento No.13 “Procedimiento para la Recepción de la Hoja de Egreso y del Expediente Clínico para Egreso por Defunción”. Se integra la liberación automática de camas, la emisión electrónica de la Notificación de Defunción y se readecua procedimiento.

10.0 Anexos 10.1 Formato FN-DD. Notificación de Defunción / Impresión electrónica. 10.2 Formato de Armado de Expedientes de Egreso. 10.3 Formato FN-DD. Notificación de Defunción de Contingencia/ manual. 10.4 Hoja de Hospitalización. (Ver formato del procedimiento 12). 10.5 RUI. Recibo Único de Ingresos. (Ver formato del procedimiento 1).

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP14

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

14.- Procedimiento para el Traslado Interno de Pacientes en Hospitalización.

Rev. 1

Hoja: 1 de 6

14.- PROCEDIMIENTO PARA EL TRASLADO INTERNO DE PACIENTES EN HOSPITALIZACIÓN

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP14

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

14.- Procedimiento para el Traslado Interno de Pacientes en Hospitalización.

Rev. 1

Hoja: 2 de 6

1.0 Propósito 1.1 Contar con los procedimientos administrativos que sirvan para realizar de manera oportuna el traslado del paciente que requiera la atención en otro servicio diferente al que se encuentra hospitalizado, o bien de realizar la incorporación a una cama censable del servicio tratante, en el caso de pacientes que fueron hospitalizado en un Servicio periférico, con el fin de proporcionar la atención médica adecuada y lograr la satisfacción del usuario. 2.0 Alcance 2.1 A nivel interno el procedimiento es aplicable al personal médico de los Servicios, a la Subdirección de Enfermería, al personal de camillería y al personal administrativo de la Oficina de Admisión. 2.2 A nivel externo este procedimiento no tiene alcance. 3.0 Políticas de operación, normas y lineamientos 3.1 Es responsabilidad del médico de base del Servicio tratante solicitar la interconsulta médica con apego al procedimiento correspondiente para valoración del traslado 3.2 Es responsabilidad del médico de base interconsultado valorar al paciente en un lapso no mayor a 24 horas siguientes a la solicitud de interconsulta y tramitar el traslado al Servicio interconsultado, de acuerdo a capacidad física instalada. 3.3 Es responsabilidad del personal de enfermería dar aviso al personal administrativo de la Oficina de Admisión acerca del traslado del paciente a otro servicio, mediante el llenado del formado correspondiente (traslado interno). 3.4 Es responsabilidad del personal administrativo de la Oficina de Admisión realizar el traslado interno administrativo del paciente en el sistema de información (CORTEX), en la cama asignada por el médico del Servicio interconsultado. 3.5 Es responsabilidad del médico de base del Servicio interconsultado, corroborar que el expediente del paciente a trasladar se encuentre completo, así como elaborar la nota de envío con la información de la atención proporcionada, esta estará integrada como mínimo por los siguientes elementos: motivo de ingreso, padecimiento actual, diagnóstico y procedimientos realizados, así como la terapéutica empleada. 3.6 Es responsabilidad del personal de Enfermería del Servicio interconsultante corroborar que el expediente se encuentre y se entregue completo al Servicio interconsultado. 3.7 Es responsabilidad del personal de Enfermería del Servicio interconsultante acompañar y entregar al paciente al personal de Enfermería del Servicio interconsultado, quien lo recibirá y atenderá adecuadamente, de acuerdo a las indicaciones del médico que tramitó el traslado. 3.8 Todas la actividades que conlleven relaciones interpersonales, se apegarán al Código de Ética y al Decálogo de Bioética vigente del Hospital General de México, “Eduardo Liceaga”, O.D.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP14

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

14.- Procedimiento para el Traslado Interno de Pacientes en Hospitalización.

Rev. 1

Hoja: 3 de 6

4.0 Descripción del procedimiento Secuencia de Etapas Actividad Responsable

1.0 Solicitud de Interconsulta.

1.1 Valora estado clínico de paciente hospitalizado en su servicio, solicita interconsulta (Ver procedimiento correspondiente) Formato de interconsulta.

Médico de Base del Servicio Tratante.

2.0 Realización de interconsulta y valoración del paciente.

2.1 Realiza la interconsulta. 2.2 Valora estado clínico del paciente, realiza nota de interconsulta en el expediente clínico. Expediente Clínico.

Médico de Base del Servicio Interconsultado.

3.0 Determinación de traslado del paciente.

3.1 Determina traslado del paciente al servicio interconsultado. PROCEDE: NO: Informa negativa de traslado y termina el procedimiento. SI: Continúa el procedimiento.

Médico de Base del Servicio Interconsultado.

4.0 Elaboración de nota envío y notificación.

4.1 Elabora nota de envío del paciente al servicio interconsultado. 4.2 Notifica al personal de Enfermería, Trabajo Social y a los familiares acerca de la cama asignada en el servicio interconsultado. 4.3 Realiza llenado del formato de traslado. Formato de traslado / Nota.

Médico de Base del Servicio Tratante.

5.0 Recepción de indicaciones de traslado.

5.1 Recibe indicaciones del traslado del paciente y revisa expediente clínico con formato de traslado completamente requisitada.

Personal de Enfermería del Servicio Interconsultante.

6.0 Notificación de cama asignada.

6.1 Notifica a la Oficina de Admisión el traslado del paciente, indicando nombre, servicio interconsultado y cama asignada.

Personal de Enfermería del Servicio Interconsultante.

7.0 Registro de traslado administrativo en sistema de información.

7.1 Recibe la información del traslado del paciente, recaba los datos y los incluye en el sistema de cómputo (CORTEX) para actualizar la cama en el servicio interconsultado. 7.2 Simultáneamente realiza la baja del paciente en la cama que ocupaba.

Personal Administrativo de Admisión.

8.0 Notificación de traslado a servicio interconsultado.

8.1 Notifica vía telefónica al personal de enfermería del servicio interconsultado del traslado del paciente. 8.2 Solicita a camillería el traslado del paciente y lo acompaña.

Personal de Enfermería del Servicio Interconsultante.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP14

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

14.- Procedimiento para el Traslado Interno de Pacientes en Hospitalización.

Rev. 1

Hoja: 4 de 6

Secuencia de Etapas Actividad Responsable9.0 Realización de traslado del paciente.

9.1 Recibe indicaciones y procede a trasladar al paciente al servicio que corresponda (interconsultado), acompañado del personal de Enfermería del servicio interconsultante.

Personal de camillería del Servicio Interconsultante.

10.0 Entrega del paciente al servicio interconsultado.

10.1 Realiza la entrega del paciente trasladado al personal de enfermería del servicio interconsultado, lo instala en su cama asignada. 10.2 Entrega el expediente completo. Expediente Clínico.

Personal de Enfermería del Servicio Interconsultante.

11.0 Recepción del paciente trasladado.

11.1 Recibe al paciente, revisa el expediente que incluya el formato de envío y toma signos vitales. 11.2 Notifica al médico de base de la llegada del paciente. Expediente Clínico.

Personal de Enfermería de servicio Interconsultado.

12.0 Valoración del paciente trasladado, revisión de expediente e indicaciones médicas.

12.1 Revisa al paciente, valora su estado físico. 12.2 Revisa el expediente clínico y realiza indicaciones médicas e inicia tratamiento. Expediente Clínico.

Médico de Base del Servicio Interconsultado.

TERMINA EL PROCEDIMIENTO

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP14

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

14.- Procedimiento para el Traslado Interno de Pacientes en Hospitalización.

Rev. 1

Hoja: 5 de 6

5.0 Diagrama de Flujo MÉDICO DE BASE DELSERVICIO TRATANTE

INICIO

PERSONAL DE CAMILLERÍA DELSERVICIO INTERCONSULTANTE

F O R M A T O D EINTERCONSULTA

SOLICITUD DEINTERCONSULTA

MÉDICO DE BASE DELSERVICIO INTERCONSULTADO

PERSONAL DE ENFERMERÍADEL SERVICIO

INTERCONSULTANTE

PERSONAL ADMINISTRATIVODE ADMISIÓN

PROCEDENO

SI

1

EXPEDIENTE CLÍNICO

REALIZACIÓN DEINTERCONSULTA YVALORACIÓN DEL

PACIENTE

2

DETERMINACIÓN DETRASLADO DEL

PACIENTE

3

TÉRMINO

NOTA

F O R M A T O D ETRASLADO

ELABORACIÓN DENOTA, ENVÍO YNOTIFICACIÓN

4

RECEPCIÓN DEINDICADIONES DE

TRASLADO

5

NOTIFICACIÓN DECAMA ASIGNADA

6

REGISTRO DETRASLADO

ADMINISTRATIVO ENSISTEMA DE

INFORMACIÓN

7

NOTIFICACIÓN DETRASLADO A SERVICIO

INTERCONSULTADO

8

REALIZACIÓN DETRASLADO DEL

PACIENTE

9

EXPEDIENTE CLÍNICO

ENTREGA DELPACIENTE AL SERVICIO

INTERCONSULTADO

10

EXPEDIENTE CLÍNICO

RECEPCIÓN DELPACIENTE

TRASLADADO

11

EXPEDIENTE CLÍNICO

VALORACIÓN DELPACIENTE

TRASLADADO,REVISIÓN DE

EXPEDIENTE EINDICACIONES

MÉDICAS

12

TÉRMINO

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP14

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

14.- Procedimiento para el Traslado Interno de Pacientes en Hospitalización.

Rev. 1

Hoja: 6 de 6

6.0 Documentos de referencia Documentos Código (cuando aplique)

Manual de Procedimientos de la Dirección General Adjunta Médica. No Aplica Manual de Organización de la Dirección General Adjunta Médica. No Aplica Manual de Procedimientos del Departamento de Trabajo Social. No Aplica Procedimiento para la Solicitud y Realización de Interconsultas Médicas. No Aplica

7.0 Registros

Registros Tiempo de conservación Responsable de conservarlo Código de registro o

identificación única

Formato de Traslado 5 años Personal Administrativo del Archivo del Hospital No Aplica

Expediente Clínico 5 años Personal Administrativo del Archivo del Hospital No Aplica

8.0 Glosario

8.1 Cama censable.- La cama en servicio instalada en el área de hospitalización para el uso regular de pacientes internos; debe contar con los recursos indispensables de espacio, materiales y de personal para la atención médica del paciente. El servicio de admisión la controla y asigna al paciente al momento de ingreso al hospital para ser sometido a observación, diagnóstico, cuidado o tratamiento. Es la única que produce egresos hospitalarios sobre los cuales se genera información estadística de ocupación y días estancia.

8.2 Cama no censable.- La que se destina a la atención transitoria o provisional para observación del paciente, iniciar tratamiento o intensificar la aplicación de procedimientos médico-quirúrgicos. También es denominada cama de tránsito y cuya característica fundamental es que no genera egresos hospitalarios. Aquí se incluyen las camas de urgencias, de terapia intensiva, de trabajo de parto, corta estancia, camillas, canastillas, cunas de recién nacido.

8.3 Egreso.- El paciente que sale de un servicio del hospital e implica la desocupación de una cama censable; incluye altas por curación, mejoría, traslado a otra unidad, defunción, alta voluntaria o fuga.

8.4 Expediente Clínico.- Conjunto de documentos escritos, gráficos e imagenológicos o de cualquier otra índole, en los cuales el personal de salud, deberá hacer los registros, anotaciones y certificaciones correspondientes a su intervención, con arreglo a las disposiciones sanitarias.

8.5 Hospitalización.- Servicio que cuenta con camas censables para atender pacientes internos, proporcionar atención médica con el fin de realizar diagnósticos, aplicar tratamientos y cuidados continuos de enfermería.

8.6 Traslado.- Es la transferencia de un servicio a otro dentro del mismo hospital con el propósito de que continúe su tratamiento. 9.0 Cambios de esta versión

Número de Revisión Fecha de la actualización Descripción del cambio 1 Febrero 2010 Adecuación de líneas del diagrama de flujo. 2 Enero 2012 Se agregaron políticas 3.5 y 3.6

10.0 Anexos 10.1 Formato de Hoja de Traslado.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP15

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

15.- Procedimiento para el Traslado Interno de Pacientes a Terapia Médica Intensiva.

Rev. 1

Hoja: 1 de 6

15.- PROCEDIMIENTO PARA EL TRASLADO INTERNO DE PACIENTES A TERAPIA MÉDICA INTENSIVA

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP15

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

15.- Procedimiento para el Traslado Interno de Pacientes a Terapia Médica Intensiva.

Rev. 1

Hoja: 2 de 6

1.0 Propósito 1.1 Contar con los procedimientos administrativos que sirvan para realizar de manera oportuna el traslado del paciente que se encuentra hospitalizado en cualquier Servicio del Hospital y que requiera la atención en las terapia médicas intensivas, con el fin de proporcionar la atención médica adecuada y lograr la satisfacción del usuario que solicita los servicio en el Hospital General de México “Eduardo Liceaga”, O.D. 2.0 Alcance 2.1 A nivel interno el procedimiento es aplicable al personal médico de los servicios, a los Servicios que cuentan con unidades de Terapia Médica Intensiva, a la Subdirección de Enfermería, al personal de camillería y al personal administrativo de la Oficina de Admisión. 2.2 A nivel externo este procedimiento no tiene alcance. 3.0 Políticas de operación, normas y lineamientos 3.1 Es responsabilidad del Médico de Base del servicio tratante solicitar la interconsulta médica con apego al procedimiento correspondiente para valoración del traslado a las Unidades de Terapia Médica Intensiva. 3.2 Es responsabilidad del Médico de Base interconsultado atender la solicitud de interconsulta en un lapso máximo de 2 horas, valorar al paciente, verificar que cumpla con los criterios de ingreso a la Terapia Médica Intensiva y autorizar el traslado. 3.3 Es responsabilidad del personal de enfermería dar aviso al personal administrativo de la Oficina de Admisión acerca del traslado del paciente a la Unidad de Terapia Médica Intensiva, mediante el llenado del formado correspondiente (traslado interno). 3.4 Es responsabilidad del Personal Administrativo de la Oficina de Admisión realizar el traslado interno administrativo del paciente en el sistema de información (CORTEX) y conservar la cama asignada por el Médico del servicio interconsultado. 3.5 Es responsabilidad del Personal de Enfermería del servicio interconsultante acompañar y entregar al paciente al personal de Enfermería de la Unidad de Terapia Médica Intensiva, quien lo recibirá y atenderá adecuadamente, de acuerdo a las indicaciones del Médico que autorizó el traslado. 3.6 En caso de fallecimiento del paciente en las unidades de Terapia Médica Intensiva, es responsabilidad del Médico de la misma de informar del acontecimiento, con apego estricto al procedimiento para la recepción de la hoja de egreso y expediente clínico por defunción. 3.7 Todas la actividades que conlleven relaciones interpersonales, se apegarán al Código de Ética y al Decálogo de Bioética vigente del Hospital General de México, O.D.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP15

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

15.- Procedimiento para el Traslado Interno de Pacientes a Terapia Médica Intensiva.

Rev. 1

Hoja: 3 de 6

4.0 Descripción del procedimiento Secuencia de Etapas Actividad Responsable

1.0 Solicitud de Interconsulta.

1.1 Valora estado clínico de paciente hospitalizado en su servicio, solicita interconsulta a las distintas Unidad de Terapia Médica Intensiva (TMI) (Ver procedimiento correspondiente).

Formato de Interconsulta.

Médico de Base del Servicio Tratante.

2.0 Realización de interconsulta y valoración del paciente.

2.1 Realiza la interconsulta. 2.2 Valora estado clínico del paciente, realiza nota de interconsulta en el expediente clínico.

Expediente Clínico.

Médico de Base de Terapia Médica Intensiva.

3.0 Determinación de traslado del paciente.

3.1 Determina traslado a la unidad de TMI. PROCEDE: NO: Informa negativa de traslado, indicando las causas y termina el procedimiento. SI: Continúa el procedimiento.

Médico de Base de Terapia Médica Intensiva.

4.0 Autorización de traslado y designación de cama.

4.1 Autoriza el traslado y asigna el número de cama en la TMI en el formato HGA-3 en original y 2 copias e informa a su servicio.

Formato HGA-3

Médico de Base de Terapia Médica Intensiva.

5.0 Notificación de autorización de traslado.

5.1 Notifica al personal de Enfermería, Trabajo Social y a los familiares acerca de la cama asignada en la TMI. 5.2 Entrega al personal de enfermería el expediente clínico completo, incluyendo el formato HGA-3.

Expediente Clínico.

Médico de Base del Servicio Tratante.

6.0 Recepción de indicaciones de traslado.

6.1 Recibe indicaciones del traslado del paciente y revisa expediente clínico con la nota y formato de autorización de traslado completamente requisitada. 6.2 Informa vía telefónica a la enfermera jefe o encargada del servicio de TMI del traslado del paciente y el estado general en que se encuentra.

Expediente Clínico.

Personal de Enfermería del Servicio Interconsultante.

7.0 Preparación física del paciente.

7.1 Realiza la preparación física del paciente para su traslado. 7.2 Solicita apoyo al personal de camillería para el traslado y lo realiza, acompañada del médico del servicio interconsultante.

Personal de Enfermería del Servicio Interconsultante.

8.0 Realización de traslado del paciente.

8.1 Recibe indicaciones y procede a trasladar al paciente a la unidad de TMI, acompañado del médico y del personal de Enfermería del servicio interconsultante.

Personal de camillería del Servicio Interconsultante.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP15

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

15.- Procedimiento para el Traslado Interno de Pacientes a Terapia Médica Intensiva.

Rev. 1

Hoja: 4 de 6

Secuencia de Etapas Actividad Responsable9.0 Entrega del paciente a la Unidad de TMI.

9.1 Realiza la entrega del paciente trasladado al personal de enfermería de la unidad de TMI, lo instala en su cama asignada. 9.2 Entrega el expediente completo, incluyendo la hoja de enfermería. 9.3 Solicita firma del formato HGA-3.

Personal de Enfermería del Servicio Interconsultante.

10.0 Envío de documentación del traslado.

10.1 Entrega una copia del formato HGA-3 al servicio de hospitalización que corresponde al paciente. 10.2 Envía formato original HGA-3 a la Oficina de Admisión y acuse de recibido para el servicio de origen. Todos los servicios se quedaran con 2 copias, excepto urgencias.

Expediente Clínico Completo.

Personal de Enfermería del Servicio Interconsultante.

11.0 Registro de traslado. 11.1 Recibe el formato de autorización de traslado y registra el traslado transitorio. 11.2 Mantiene reservada la cama del paciente.

Formato HGA-3.

Personal Administrativo de la Oficina de Admisión.

12.0 Valoración del paciente trasladado, revisión del expediente e indicaciones médicas.

12.1 Revisa al paciente, valora su estado físico y revisa el expediente clínico. 12.2 Realiza indicaciones médicas e inicia tratamiento.

Expediente Clínico.

Médico de Base de Terapia Médica Intensiva.

TERMINA EL PROCEDIMIENTO

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP15

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

15.- Procedimiento para el Traslado Interno de Pacientes a Terapia Médica Intensiva.

Rev. 1

Hoja: 5 de 6

5.0 Diagrama de Flujo MÉDICO DE BASE DELSERVICIO TRATANTE

INICIO

PERSONAL ADMINISTRATIVODE LA OFICINA DE ADMISIÓN

F O R M A T O D EINTERCONSULTA

SOLICITUD DEINTERCONSULTA

MÉDICO DE BASE DE TERAPIAMÉDICA INTENSIVA

PERSONAL DE ENFERMERÍADEL SERVICIO

INTERCONSULTANTE

PERSONAL DE CAMILLERÍA DELSERVICIO INTERCONSULTANTE

PROCEDENO

SI

1

EXPEDIENTE CLÍNICO

REALIZACIÓN DEINTERCONSULTA YVALORACIÓN DEL

PACIENTE

2

DETERMINACIÓN DETRASLADO DEL

PACIENTE

3

TÉRMINO

FORMATO HGA-3

AUTORIZACIÓN DETRASLADO Y

DESIGNACIÓN DE CAMA

4

EXPEDIENTE CLÍNICO

NOTIFICACIÓN DEAUTORIZACIÓN DE

TRASLADO

5

EXPEDIENTE CLÍNICO

RECEPCIÓN DEINDICACIONES DE

TRASLADO

6

PREPARACIÓN FÍSICADEL PACIENTE

7

REALIZACIÓN DETRASLADO DEL

PACIENTE

8

ENTREGA DELPACIENTE A LA UNIDAD

DE TERAPIA MÉDICAINTENSIVA

9

EXPEDIENTE CLÍNICOCOMPLETO

ENVÍO DEDOCUMENTACIÓN DEL

TRASLADO

10

FORMATO HGA-3

REGISTRO DETRASLADO

11

EXPEDIENTE CLÍNICO

VALORACIÓN DELPACIENTE

TRASLADADO,REVISIÓN DELEXPEDIENTE EINDICACIONES

MÉDICAS

12

TÉRMINO

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP15

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

15.- Procedimiento para el Traslado Interno de Pacientes a Terapia Médica Intensiva.

Rev. 1

Hoja: 6 de 6

6.0 Documentos de referencia Documentos Código (cuando aplique)

Manual de Procedimientos de la Dirección General Adjunta Médica. No Aplica Manual de Organización de la Dirección General Adjunta Médica. No Aplica Manual de Procedimientos del Departamento de Trabajo Social. No Aplica Manual de Procedimientos de la Unidad de Terapia Médica Intensiva. No Aplica

7.0 Registros

Registros Tiempo de conservación Responsable de conservarlo Código de registro o

identificación única

Expediente Clínico 5 años Personal Administrativo del Archivo del Hospital No Aplica

8.0 Glosario 8.1 Cama censable.- La cama en servicio instalada en el área de hospitalización para el uso regular de pacientes internos; debe contar con los recursos indispensables de espacio, materiales y de personal para la atención médica del paciente. El servicio de admisión la controla y asigna al paciente al momento de ingreso al hospital para ser sometido a observación, diagnóstico, cuidado o tratamiento. Es la única que produce egresos hospitalarios sobre los cuales se genera información estadística de ocupación y días estancia. 8.2 Cama no censable.- La que se destina a la atención transitoria o provisional para observación del paciente, iniciar tratamiento o intensificar la aplicación de procedimientos médico-quirúrgicos. También es denominada cama de tránsito y cuya característica fundamental es que no genera egresos hospitalarios. Aquí se incluyen las camas de urgencias, de terapia intensiva, de trabajo de parto, corta estancia, camillas, canastillas, cunas de recién nacido. 8.3 Expediente Clínico.- Conjunto de documentos escritos, gráficos e imagenológicos o de cualquier otra índole, en los cuales el personal de salud, deberá hacer los registros, anotaciones y certificaciones correspondientes a su intervención, con arreglo a las disposiciones sanitarias. 8.4 Hospitalización.- Servicio que cuenta con camas censables para atender pacientes internos, proporcionar atención médica con el fin de realizar diagnósticos, aplicar tratamientos y cuidados continuos de enfermería. 8.5 Traslado.- Es la transferencia de un servicio a otro dentro del mismo Hospital con el propósito de que continúe su tratamiento. 9.0 Cambios de esta versión

Número de Revisión Fecha de la actualización Descripción del cambio 1 Febrero 2010 Adecuación de líneas del diagrama de flujo.

2 Noviembre 2013 Modificación del punto 6.0 Documentos de referencia.

10.0 Anexos 10.1 Formato de Autorización de Traslado HGA-3. (Ver formato del procedimiento 14).

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP16

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

16.- Procedimiento para el llenado y solicitud de firma del formato de consentimiento informado.

Rev. 1

Hoja: 1 de 8

16.- PROCEDIMIENTO PARA EL LLENADO Y SOLICITUD DE FIRMA DEL FORMATO DE CONSENTIMIENTO INFORMADO.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP16

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

16.- Procedimiento para el llenado y solicitud de firma del formato de consentimiento informado.

Rev. 1

Hoja: 2 de 8

1.0 Propósito 1.1 Contar con el procedimiento administrativo que sirva de guía al personal médico para realizar el llenado correcto y completo de los formatos de consentimiento bajo información institucionales, que deberán anexarse al expediente clínico con la finalidad de proporcionar al paciente y su familiar responsable información clara, sencilla y entendible sobre los beneficios, riesgos y alternativas (si existiesen) acerca de cada procedimiento médico y/o quirúrgico con fines de diagnóstico, terapéuticos y de rehabilitación que se realizarán en su persona, cumpliendo con el principio ético de la autonomía y obtener así la satisfacción del usuario. 2.0 Alcance 2.1 A nivel interno el procedimiento es aplicable a la Dirección General Adjunta Médica, las Direcciones y Subdirecciones de Área, a la Jefatura de Servicios Médico y Quirúrgicos, al personal médico y de enfermería de los Servicios. 3.0 Políticas de operación, normas y lineamientos 3.1 Es responsabilidad de la Dirección General Adjunta Médica, Direcciones y Subdirecciones de Área la supervisión del cumplimiento del presente procedimiento. 3.2 Es responsabilidad del Médico Tratante de base, informar claramente al paciente y su familiar responsable, la necesidad de firmar la autorización voluntaria de aceptación, bajo la debida información de riesgos, complicaciones, efectos secundarios, secuelas, beneficios esperados y tipo de procedimiento por realizar, aclarando al máximo las dudas que existan respecto al procedimiento. 3.3 Es responsabilidad del Médico Tratante realizar el llenado completo solicitando credencial con fotografía para los rubros de identificación del paciente, tipo de procedimiento a realizar, con las firmas obligatorias del paciente si esta en condiciones, del familiar responsable, del médico tratante y de dos testigos presenciales antes de realizar cualquier procedimiento. 3.4 Es responsabilidad del Médico Tratante solicitar la firma de consentimiento bajo información en los siguientes casos específicos, con el llenado completo de los formatos correspondientes:

a) Al ingreso hospitalario (médico que realiza el ingreso) b) Antes de realizar un procedimiento de alto riesgo (médico que lo realizará) c) Antes de realizar una transfusión sanguínea (médico que indica la transfusión, solicitará la firma en los consentimientos de receptor, una para cada evento de transfusión) d) Antes de realizar una donación de sangre (Médico de Banco de Sangre, solicitará la firma en los consentimientos de donador, uno para cada evento de donación) e) Antes de realizar una cirugía. ( médico responsable de la intervención quirúrgica)

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP16

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

16.- Procedimiento para el llenado y solicitud de firma del formato de consentimiento informado.

Rev. 1

Hoja: 3 de 8

f) Antes de realizar un procedimiento anestésico (médico anestesiólogo responsable o durante la vista pre-anestésica) g) Al egreso hospitalario (médico que realiza el egreso) h) En caso de fallecimiento, solicitar la autorización de necropsia al familiar responsable (médico tratante o, en casos excepcionales, médico patólogo) i) Al ingreso para atención obstétrica (médico que atenderá el evento obstétrico) j) Antes de realizar un procedimiento de planificación familiar definitivo: vasectomía o salpingoclasia (médico responsable de la cirugía) k) En los casos que proceda, antes de realizar un egreso voluntario (médico que realiza el egreso) l) Antes de realizar la colocación de catéter blando para diálisis peritoneal (médico de nefrología) m) Antes de iniciar tratamiento para la enfermedad por modelantes (médico de cirugía plástica y reconstructiva) n) Antes de realizar procedimientos invasivos en la clínica del dolor (Médico tratante del servicio)

3.5 Es responsabilidad del Jefe de Servicio supervisar que los expedientes clínicos de los pacientes hospitalizados en su servicio contengan los formatos de consentimiento bajo información adecuadamente llenados y firmados, además de difundir entre el personal a su cargo que la omisión de la firma del médico tratante en cualquiera de los formatos de consentimiento informado obliga a la suspensión de los mismos y se sancionará administrativamente al personal involucrado.

3.6 Es responsabilidad Personal de Enfermería que colaborará en los procedimientos enumerados en la política 3.4 verificar que los formatos de consentimiento informado estén completamente llenados al momento antes de la realización de cualquier procedimiento. 3.7 En los casos que se considere necesaria la realización del estudio postmortem (necropsia) el médico tratante y/o el médico patólogo serán responsables de solicitar la autorización y firma del formato de “consentimiento bajo información para la realización de necropsia” a los familiares del paciente fallecido, respetando siempre invariablemente la decisión de los mismos para tal efecto. 3.8 Todas las actividades que requieran relaciones interpersonales, se realizarán dentro del Código de Etica institucional vigente

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP16

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

16.- Procedimiento para el llenado y solicitud de firma del formato de consentimiento informado.

Rev. 1

Hoja: 4 de 8

4.0 Descripción del procedimiento

Secuencia de Etapas Actividad Responsable1.0 Revisión del paciente, determinación de hospitalización y llenado de formato.

1.1 Revisa al paciente y determina hospitalizar para estudio o tratamiento en forma integral. PROCEDE: No: Termina el procedimiento Si: Llena formato de admisión hospitalaria, hoja de autorización de ingreso hospitalario y de autorización de consentimiento informado para su ingreso. Solicitud de internamiento / Hoja de ingreso

hospitalario/ Formato de consentimiento.

Médico de base tratante (Consulta externa o Urgencias)

2.0 Firma de formato de consentimiento y determinación de tratamiento quirúrgico.

2.1 Firma el formato, solicita comprobante de identificación, firma del paciente, del familiar responsable y de dos testigos presenciales. Determina la necesidad de tratamiento quirúrgico PROCEDE: No: Envía paciente al servicio de Medicina Interna y termina el procedimiento Si: Envía al paciente con el familiar responsable al servicio de cirugía y continua el procedimiento Formato de consentimiento / Identificación.

Médico de base tratante (Consulta externa o Urgencias)

3.0 Información del procedimiento.

3.1 Recibe al paciente y familiar responsable, en caso de proceder de Urgencias, con la enfermera responsable. 3.2 Determina y/o confirma la necesidad de cirugía o procedimiento invasivo PROCEDE: No: Anota indicaciones médicas y termina el procedimiento Si: Explica los motivos de cirugía o procedimiento con fines diagnósticos, terapéuticos o de rehabilitación, el tipo de procedimiento a realizar, riesgos, beneficios,

Médico de base tratante (Cirugía).

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP16

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

16.- Procedimiento para el llenado y solicitud de firma del formato de consentimiento informado.

Rev. 1

Hoja: 5 de 8

complicaciones, secuelas y efectos secundarios. Formato para cirugía / Formato para alto riesgo.

4.0 Firma de solicitud de cirugía y determinación de técnica anestésica.

4.1 Solicita el comprobante de identificación y firma correspondiente del formato de consentimiento bajo información para Cirugía y/o procedimiento de alto riesgo. Determina la necesidad de utilizar una técnica anestésica PROCEDE: No: Realiza la cirugía con anestesia local y termina el procedimiento Si: Envía al paciente para valoración preanestésica Formato para cirugía / Formato para alto riesgo.

Médico de base tratante (Cirugía).

Secuencia de Etapas Actividad Responsable5.0 Evaluación preanestésica del paciente y determinación de condiciones para procedimiento.

5.1 Recibe al paciente para evaluación pre anestésica Determina condiciones satisfacctorias para realizar procedimiento anestésico PROCEDE: No: Explica los motivos, solicita adecuación del estado clínico y regresa a la actividad 4. Si: Explica la necesidad de anestesia, técnica(s) anestésica(s) a realizar, riesgos, beneficios, complicaciones, alternativas, firma el formato, solicita identificación con fotografía y firma de consentimiento bajo información para anestesia del paciente (representante legal en casos especiales), del familiar y de dos testigos presenciales. Formato para anestesia / Formato para transfusión.

Médico de base tratante (Anestesiología)

6.0 Determinación de transfusión.

6.1 Determina la necesidad de transfusión PROCEDE: No: Regresa a la actividad 4. Si: Explica los motivos de la transfusión, riesgos, beneficios, complicaciones, alternativas, firma el formato, solicita identificación con fotografía y firma de consentimiento bajo información para transfusión (receptor).del paciente, del familiar y de dos testigos presenciales 6.2 Envía al paciente y/o su familiar a la oficina de admisión para continuar procedimiento de admisión. Formato para anestesia / Formato para transfusión.

Médico de base tratante (Anestesiología)

7.0 Realización del trámite de ingreso

7.1 Recibe al paciente y/o familiar y verifica formatos firmados.

Personal de Enfermería

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP16

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

16.- Procedimiento para el llenado y solicitud de firma del formato de consentimiento informado.

Rev. 1

Hoja: 6 de 8

Formatos de consentimiento. (Servicios) TERMINA EL PROCEDIMIENTO 5.0 Diagrama de Flujo

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP16

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

16.- Procedimiento para el llenado y solicitud de firma del formato de consentimiento informado.

Rev. 1

Hoja: 7 de 8

MÉDICO DE BASE TRATANTE(CONSULTA EXTERNA O URGENCIAS)

PERSONAL DE ENFERMERÍA(SERVICIOS)

4

MÉDICO DE BASE TRATANTE (CIRUGÍA) MÉDICO DE BASE TRATANTE(ANESTESIOLOGÍA)

NO

TERMINO

FORMATO DE CONSENTIMIENTO

H O J A D E I N G R E S OHOSPITALARIO

SOLICITUD DE INTERNAMIENTO

INICIO

REVISIÓN DEL PACIENTE,DETERMINACIÓN DE

HOSPITALIZACIÓN Y LLENADODE FORMATO

1

PROCEDE

SI

TERMINO

NO

IDENTIFICACIÓN

FORMATO DE CONSENTIMIENTO

FIRMA DE FORMATO DECONSENTIMIENTO YDETERMINACIÓN DE

TRATAMIENTO QUIRÚRGICO

2

PROCEDE

SI

TERMINO

NO

FORMATO PARA ALTO RIESGO

FORMATO PARA CIRUGÍA

INFORMACIÓN DELPROCEDIMIENTO

3

PROCEDE

SI

TERMINO

FORMATO PARA ALTO RIESGO

FORMATO PARA CIRUGÍA

FIRMA DE SOLICITUD DE CIRUGÍAY DETERMINACIÓN DE TÉCNICA

ANESTÉSICA

4

NO

PROCEDE

SI

TERMINO

NO

FORMATO PARA TRANSFUSIÓN

FORMATO PARA ANESTESIA

EVALUACIÓN PREANÉSTESICADEL PACIENTE Y

DETERMINACIÓN DECONDICIONES PARA

PROCEDIMIENTO

5

PROCEDE

SI

4NO

FORMATO PARA TRANSFUSIÓN

FORMATO PARA ANESTESIA

DETERMINACIÓN DETRANSFUSIÓN

PROCEDE

SI

6

F O R M A T O S D ECONSENTIMIENTO

REALIZACIÓN DEL TRÁMITE DEINGRESO

7

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP16

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

16.- Procedimiento para el llenado y solicitud de firma del formato de consentimiento informado.

Rev. 1

Hoja: 8 de 8

6.0 Documentos de referencia

Documentos Código (cuando aplique) Manual de Procedimientos de la Dirección General Adjunta Médica. No Aplica Manual de Organización de la Dirección General Adjunta Médica. No Aplica Manual de Organización del Servicio de Neurología y Neurocirugía. No Aplica

7.0 Registros

Registros Tiempo de conservación Responsable de conservarlo Código de registro o

identificación única Expediente Clínico 5 años Archivo Central No Aplica

8.0 Glosario 8.1 Carta de Consentimiento Informado.- Documento escrito, firmado por el paciente o su representante legal o el familiar más cercano, mediante el cual se acepta, bajo debida información de los riesgos más frecuentes y de los beneficios esperados, un procedimiento médico o quirúrgico con fines de diagnóstico, terapéutico, rehabilitatorio. Paliativito o de investigación Estas cartas se sujetarán a los requisitos previstos en las disposiciones sanitarias, serán revocables mientras no inicie el procedimiento para el que se hubieren otorgado y no obligarán al médico a realizar u omitir un procedimiento cuando ello entrañe un riesgo injustificado hacia el paciente. 8.2 Consulta pre-operatoria de anestesiología.- Protocolo de estudio que permite la evaluación del estado físico y riesgo del paciente, para establecer un plan anestésico de acuerdo con su análisis y de ser posible, respetar la preferencia del paciente. 8.3 Expediente Clínico.- Conjunto de documentos escritos, gráficos e imagenológicos o de cualquier otra índole, en los cuales el personal de salud, deberá hacer los registros, anotaciones y certificaciones correspondientes a su intervención, con arreglo a las disposiciones sanitarias. 8.4 Hospitalización.- Servicio que cuenta con camas censables para atender pacientes internos, proporcionar atención médica con el fin de realizar diagnósticos, aplicar tratamientos y cuidados continuos de enfermería. 8.5 Ingreso.- El paciente que entra a un servicio del hospital e implica la ocupación de una cama censable; con fines de diagnóstico, tratamiento, o estudios; también se conoce como admisión. 8.6 Riesgo.- Constituye una probabilidad de daño o condición de vulnerabilidad siempre dinámica e individual. No implica necesariamente daño, no otorga certezas ni relaciones directas y deterministas, sino una probabillidad de ocurrencia de éste.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP16

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

16.- Procedimiento para el llenado y solicitud de firma del formato de consentimiento informado.

Rev. 1

Hoja: 9 de 8

8.7 Transfusión alogénica.- Aplicación de sangre o componentes sanguíneos de un individuo a otro. 9.0 Cambios de esta versión

Número de Revisión Fecha de la actualización Descripción del cambio 1 Septiembre 2012 Readecuación del procedimiento

2 Noviembre 2013 Modificación del punto 6.0 Documentos de referencia.

10.0 Anexos 10.1 Hoja de Admisión Hospitalaria. (Ver formato del procedimiento 10). 10.2 Carta de consentimiento bajo información de ingreso hospitalario. 10.3 Carta de consentimiento bajo información de procedimientos diagnósticos y terapéuticos de alto riesgo. 10.4 Carta de consentimiento bajo información de amputación quirúrgica. 10.5 Carta de consentimiento bajo información de procedimientos anestésicos. 10.6 Hoja de consentimiento bajo información para transplante de sangre, componentes sanguíneos y/o cédulas progenitoras hematopoyéticas (receptor). 10.7 Hoja de consentimiento bajo información para transplante de sangre, componentes sanguíneos y/o cédulas progenitoras hematopoyéticas (donador). 10.8 Carta de consentimiento bajo información para procedimiento de vasectomía. 10.9 Carta de consentimiento bajo información para procedimiento de salpingoclasia. 10.10 Carta de consentimiento bajo información para cirugía. 10.11 Carta de consentimiento bajo información para el egreso voluntario. 10.12 Carta de consentimiento bajo información para realizar necropsia hospitalaria. 10.13 Carta de consentimiento bajo información para colocación de catéter blando para diálisis peritoneal percutánea. 10.14 Carta de consentimiento bajo información para cirugía en el tratamiento de enfermedad causada por modelantes.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP17

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

17.- Procedimiento para la utilización de dispositivos de apoyo mecánico ventilatorio.

Rev. 1

Hoja: 1 de 7

17.- PROCEDIMIENTO PARA LA UTILIZACIÓN DE DISPOSITIVOS DE APOYO MECÁNICO VENTILATORIO.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP17

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

17.- Procedimiento para la utilización de dispositivos de apoyo mecánico ventilatorio.

Rev. 1

Hoja: 2 de 7

1.0 Propósito 1.1 Contar con los lineamientos administrativos que se deben realizar por el personal médico y paramédico en los casos en que se necesite utilizar un dispositivo de apoyo mecánico ventilatorio (ventiladores mecánicos) para los pacientes que cursen con patologías que ocasionen insuficiencia respiratoria y ameriten asistencia ventilatoria mecánica (AMV). 2.0 Alcance 2.1 A nivel interno este procedimiento tiene alcance para la Dirección General Adjunta Médica (Asistentes de la Dirección), para los Servicios de Terapia Médica Intensiva, Oncología, Gineco-Obstetricia, Neurología y Neurocirugía, Cardiología, Infectología, Pediatría y Neumología, además de los Servicios de hospitalización donde se encuentren pacientes que requieran asistencia mecánica ventilatoria. 3.0 Políticas de operación, normas y lineamientos 3.1 Es responsabilidad del Médico de Base del servicio tratante realizar una valoración médica integral y/o solicitar la interconsulta correspondiente a los servicios que cuenten con Unidades de Terapia Intensiva para que la realicen, con el fin de determinar la necesidad de cuidados continuos, especializados y de apoyo mecánico ventilatorio a los pacientes que lo requieran, con apego al procedimiento vigente para tal caso. (Procedimiento No. 6: Para la solicitud y realización de interconsultas médicas de la Dirección General Adjunta Médica). 3.2 Es responsabilidad de los Médicos de Base adscritos a los Servicios que cuenten con unidades de Terapia Intensiva realizar la interconsulta y en caso necesario, el traslado a sus Unidades con objeto de brindar los cuidados continuos, especializados, además del apoyo ventilatorio a los pacientes que lo requieran, de acuerdo al procedimiento No 15: Para el traslado interno de pacientes a Terapia Médica Intensiva de la Dirección General Adjunta Médica. 3.3 En los casos de una situación impostergable de pacientes que amerite el apoyo ventilatorio en las áreas de hospitalización (paro cardiorrespiratorio) y/o en caso que los servicios de Terapia Intensiva se encuentren saturados, es responsabilidad del Médico de Base tratante utilizar aquellos dispositivos de apoyo ventilatorio tipo barométrico disponibles en el Servicio y continuar, en coordinación con los Asistentes de la Dirección, la búsqueda de cama en un Servicio que cuente con camas de Terapia Intensiva para su traslado. 3.4 Es responsabilidad del Jefe de Servicio donde se ubique un paciente con necesidad de apoyo ventilatorio solicitar la autorización a los Asistentes de la Dirección para utilizar un ventilador mecánico tipo volumétrico en áreas diferentes a las de Terapia Intensiva.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP17

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

17.- Procedimiento para la utilización de dispositivos de apoyo mecánico ventilatorio.

Rev. 1

Hoja: 3 de 7

3.5 Es responsabilidad de los asistentes de la Dirección, una vez agotadas las disponibilidades de cama en Terapia Intensiva autorizar el uso de dispositivos de apoyo ventilatorio fuera de las mismas, además de coordinar las actividades enfocadas a lograr la optimización del recurso (cama no censable en Terapia Intensiva) en coordinación con los Jefes de Servicio de las Unidades de Terapia Intensiva, para que pueda ser utilizada en el menor tiempo posible por el paciente con apoyo ventilatorio localizado en áreas de hospitalización. 3.6 Es responsabilidad de los Asistentes de la Dirección autorizar la utilización de dispositivos de apoyo ventilatorio tipo volumétrico e indicar el procedimiento para el préstamo del equipo al médico de base o residente. 3.7 Es responsabilidad del Médico de Base o residente del Servicio de Hospitalización indicar al Delegado Administrativo que realice y firme el vale correspondiente para la solicitud del ventilador, de acuerdo al formato anexo. 3.8 Es responsabilidad del Delegado Administrativo llenar el formato correspondiente y firmarlo, además de enviar al personal de Intendencia o camillería de su Servicio que acuda por el ventilador mecánico; en los servicios que no cuenten con Delegado administrativo, el vale lo realizará y firmará la Jefe de Enfermeras o la Encargada de Enfermería. 3.9 En los turnos vespertino, nocturno, fines de semana y días festivos, la enfermera del servicio responsable del paciente llenará y firmará el formato correspondiente, el cual se canjeará en la Unidad de Terapia Intensiva del Servicio por el ventilador. 3.10 El Delegado Administrativo y/o la Jefa de Enfermeras se responsabilizarán de canjear el vale firmado por la Enfermera de turnos vespertino, nocturno, fines de semana y días festivos por uno nuevo con su firma en un lapso no mayor al día hábil siguiente al préstamo. 3.11 Es responsabilidad del Servicio solicitante mantener y entregar en óptimas condiciones el equipo prestado, con los aditamentos limpios, funcionales y completos, y entregarlos en óptimas condiciones de uso.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP17

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

17.- Procedimiento para la utilización de dispositivos de apoyo mecánico ventilatorio.

Rev. 1

Hoja: 4 de 7

4.0 Descripción del procedimientoSecuencia de Etapas Actividad Responsable1.0 Realización de valoración integral y requerimiento de ventilador.

1.1 Realiza valoración integral al paciente a su cargo. Determina la necesidad de ventilador mecánico. PROCEDE: NO: Continúa tratamiento establecido y termina el procedimiento. SI: proporciona ventilador.

Médico de Base del Servicio Tratante.

2.0 Determinación de necesidad impostergable de apoyo ventilatorio.

2.1 Determina necesidad impostergable de apoyo ventilatorio al paciente. PROCEDE: NO: Solicita interconsulta a cualquier unidad de Terapia Intensiva con apego al procedimiento No. 6: Para la solicitud y realización de Interconsultas médicas de la Dirección General Adjunta Médica y termina el procedimiento. SI: Realiza intubación orotraqueal y proporciona apoyo ventilatorio en su Servicio con dispositivo mecánico tipo barométrico.

Médico de Base del Servicio Tratante.

3.0 Recepción y realización de interconsulta.

3.1 Recibe solicitud de interconsulta y acude a revisar al paciente a hospitalización de manera inmediata. 3.2 Realiza la interconsulta, valora estado clínico del paciente, realiza nota de interconsulta en el expediente clínico. Interconsulta / Expediente.

Médico de Base de Terapia Médica Intensiva.

4.0 Valoración y decisión de utilización de ventilador.

4.1 Confirma necesidad y disponibilidad de cama no censable con ventilador mecánico PROCEDE: SI: Solicita al médico de Base tratante que gestione apoyo con los Asistentes de la Dirección para autorización de utilizar ventilador mecánico fuera de Terapia Intensiva. NO: Autoriza traslado a la unidad de TMI, con apego al procedimiento No. 15: Para el traslado interno de pacientes a la Terapia Médica Intensiva de la Dirección General Adjunta Médica y Termina el procedimiento.

Médico de Base de Terapia Médica Intensiva.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP17

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

17.- Procedimiento para la utilización de dispositivos de apoyo mecánico ventilatorio.

Rev. 1

Hoja: 5 de 7

Expediente. 5.0 Recepción de solicitud de apoyo mecánico ventilatorio

5.1 Recibe vía telefónica el informe acerca de las condiciones del paciente y la NO disponibilidad de ventilador volumétrico. 5.2 Acude a la cama del paciente y verifica sus condiciones clínicas y necesidad de apoyo ventilatorio.

Asistentes de la Dirección.

6.0 Determinación de utilización de apoyo ventilatorio en hospitalización.

6.1 Determina necesidad de utilizar apoyo ventilatorio en hospitalización. PROCEDE: NO: Indica continuar con utilización de ventilador mecánico tipo barométrico en hospitalización y Termina el procedimiento. SI: Autoriza el uso de ventilador tipo volumétrico en hospitalización.

Asistentes de la Dirección.

4.0 Descripción del procedimiento Secuencia de Etapas Actividad Responsable7.0 Localización de disponibilidad de ventilador.

7.1 Localiza disponibilidad de ventilador mecánico en alguna Unidad de terapia Intensiva y solicita al Delegado administrativo o Jefe de Enfermeras que se realice el llenado correcto del formato correspondiente para su préstamo y acuda al Servicio que lo prestará. 7.2 Continúa, en coordinación con el Jefe de Unidad de Terapia Intensiva las estrategias enfocadas a optimizar el recurso de cama no censable.

Formato préstamo de ventilador.

Asistentes de la Dirección.

8.0 Llenado de formato y recepción del ventilador.

8.1 Realiza el llenado del formato de solicitud de dispositivos de apoyo mecánico equipo ventilatorio. 8.2 Se presenta en el servicio con disponibilidad de equipo ventilatorio, entrega el vale y recibe el equipo, lo checa y lo traslada al servicio solicitante. Formato préstamo de ventilador.

Delegado Administrativo o Jefe de Enfermeras

9.0 Entrega de ventilador.

9.1 Regresa a su servicio, entrega el equipo de apoyo ventilatorio al médico de base tratante para su instalación.

Delegado Administrativo o Jefe de Enfermeras

10.0. Instalación y vigilancia del apoyo ventilatorio mecánico.

10.1 Instala y realiza indicaciones al personal de Enfermería acerca del mantenimiento del apoyo mecánico ventilatorio.

Médico de Base del Servicio Tratante.

11.0 Mantenimiento y resguardo del equipo.

11.1 Realiza indicaciones, mantiene limpio y en óptimas condiciones el ventilador durante el tiempo que se utilice. 11.2 Solicita al Médico de Base tratante continúe en coordinación con el Asistente de la Dirección para localizar cama no censable en Unidad de Terapia Intensiva

Personal de Enfermería

12.0 Solicitud de optimización del

12.1 Solicita al Asistente de la Dirección continúe realizando estrategias para la optimización del recurso (cama no

Médico de Base del Servicio Tratante.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP17

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

17.- Procedimiento para la utilización de dispositivos de apoyo mecánico ventilatorio.

Rev. 1

Hoja: 6 de 7

recurso, cama no censable.

censable en Terapia Intensiva).

13.0 Localización de cama no censable.

13.1 Determina la disponibilidad de cama no censable en Unidad de Terapia Intensiva PROCEDE: NO: Regresa a la actividad 5. SI: Autoriza e indica traslado del paciente a la cama no censable disponible, con apego al procedimiento No. 15: Para el traslado interno de pacientes a la Terapia Médica Intensiva de la Dirección General Adjunta Médica.

Asistentes de la Dirección.

TERMINA EL PROCEDIMIENTO 5.0 Diagrama de flujo.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP17

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17.- Procedimiento para la utilización de dispositivos de apoyo mecánico ventilatorio.

Rev. 1

Hoja: 7 de 7

MÉDICO DE BASE DELSERVICIO TRATANTE

REALIZACIÓN DEVALORACIÓN

INTEGRALREQUERIMIENTO DE

VENTILADOR

INICIO

PERSONAL DE ENFERMERÍA

EXPEDIENTE

INTERCONSULTA

MÉDICO DE BASE DE TERAPIAMÉDICA INTENSIVA ASISTENTE DE LA DIRECCIÓN DELEGADO ADMINISTRATIVO O

JEFE DE ENFERMERAS

TERMINO

1

DETERMINACIÓN DENECESIDAD

IMPOSTERGABLE DEAPOYO VENTILATORIO

2

RECEPCIÓN YREALIZACIÓN DEINTERCONSULTA

3

EXPEDIENTE

VALORACIÓN YDECISIÓN DE

UTILIZACIÓN DEVENTILADOR

4

PROCEDE

NO

SI

PROCEDE

NO

SI

TERMINO

TERMINO

PROCEDENO

SI

TERMINO

RECEPCIÓN DESOLICITUD DE APOYO

MECÁNICOVENTILATORIO

5

DETERMINACIÓN DEUTILIZACIÓN DE APOYO

VENTILATORIO ENHOSPITALIZACIÓN

6

PROCEDE

NO

SI

TERMINO

FORMATO PRÉSTAMODE VENTILADOR

LOCALIZACIÓN DEDISPONIBILIDAD DE

VENTILADOR

7

FORMATO PRÉSTAMODE VENTILADOR

LLENADO DE FORMATOY RECEPCIÓN DEL

VENTILADOR

8

ENTREGA DEVENTILADOR

9

INSTALACIÓN YVIGILANCIA DEL APOYO

VENTILATORIOMECÁNICO

10

MANTENIMIENTO YRESGUARDO DEL

EQUIPO

11

SOLICITUD DEOPTIMIZACIÓN DEL

RECURSO, CAMA NOCENSABLE

12

LOCALIZACIÓN DECAMA NO CENSABLE

13

PROCEDE

NO

SI

5

AUTORIZACIÓN DETRASLADO DEL

PACIENTE

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP17

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17.- Procedimiento para la utilización de dispositivos de apoyo mecánico ventilatorio.

Rev. 1

Hoja: 8 de 7

6.0 Documentos de referencia

Documentos Código (cuando aplique) Manuales de Operaciones de los equipos de apoyo ventilatorio mecánico No aplica Manual de Organización de la Dirección General Adjunta Médica No Aplica Manual de Procedimientos de la Dirección General Adjunta Médica No Aplica Manual de procedimientos del Servicio de Terapia Intensiva Central No Aplica Código de Bioética del Hospital General de México. No Aplica

7.0 Registros

Registros Tiempo de conservación

Responsable de conservarlo

Código de registro o identificación única

Formato para solicitud de Dispositivos de apoyo mecánico ventilatorio 3 a 6 meses Delegado Administrativo

o Jefe de Enfermeras No aplica

8.0 Glosario

8.1 Asistencia mecánica ventilatoria: Es el procedimiento de sustitución temporal de la función ventilatoria normal, se emplea en situaciones en que ésta, por diversos motivos no cumple con los objetivos fisiológicos que le son propios, de tal manera que se requiere ser ejercido por medio de los ventiladores mecánicos que permiten garantizar un soporte ventilatorio ante situaciones de insuficiencia respiratoria aguda, independientemente de cual sea el origen de ésta.

8.2 Ventiladores o respiradores: Los ventiladores mecánicos son equipos electromecánicos que brindan soporte o asistencia respiratoria a pacientes que no pueden respirar por su propia cuenta o que necesitan asistencia ventilatoria para mantener una ventilación adecuada que les permita mantener un nivel de oxigenación compatible con la vida en sangre. Este soporte o asistencia a la respiración es llevado a cabo mediante la entrega de gas a los pulmones del paciente por medio de una fuente de presión positiva, en este caso el ventilador mecánico.

8.3 Ventilador controlado por volumen (volumétrico).- Es aquel que suministra flujo inspiratorio hasta alcanzar el volumen corriente fijado previamente.

8.4 Ventilador controlado por presión (barométrico).- Es aquel que suministra flujo inspiratorio hasta alcanzar la presión establecida previamente. 9.0 Cambios de esta versión

Número de Revisión Fecha de la actualización Descripción del cambio

1 Diciembre 2011

Cambio de nombre del procedimiento; decía: procedimiento para la solicitud, préstamo y entrega de dispositivo de apoyo mecánico ventilatorio. Se adecuaron e incrementaron políticas: de 5 a 11. Se readecuaron las actividades y se incrementaron de 11 a 13.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP17

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

17.- Procedimiento para la utilización de dispositivos de apoyo mecánico ventilatorio.

Rev. 1

Hoja: 9 de 7

10.0 Anexos 10.1 Formato de vale para la solicitud de dispositivos de apoyo mecánico ventilatorio.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP18

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18.- Procedimiento para la realización de cirugía mayor ambulatoria.

Rev. 1

Hoja: 1 de 10

18.– PROCEDIMIENTO PARA LA REALIZACIÓN DE CIRUGÍA MAYOR AMBULATORIA

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP18

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18.- Procedimiento para la realización de cirugía mayor ambulatoria.

Rev. 1

Hoja: 2 de 10

1.0 Propósito 1.1 Contar con los lineamientos administrativos que sirvan de guía al personal médico y paramédico de los servicios quirúrgicos para realizar cirugía mayor ambulatoria en los pacientes que sean candidatos a ella y cumplan con los requisitos establecidos en la NOM-026-SSA3-2012 para la práctica de cirugía mayor ambulatoria con la finalidad de obtener la satisfacción del usuario que acude a solicitar los servicios del Hospital General de México. 2.0 Alcance 2.1 A nivel interno este procedimiento aplica a todos los Servicios del Hospital General de México que cuenten con pacientes candidatos para la realización de cirugía mayor ambulatoria y que cuenten con los requisitos que se establecen en la NOM-026-SSA3-2012 para la práctica de la cirugía mayor ambulatoria, a los departamentos de Enfermería, Trabajo Social, a los cajeros del Hospital y al Departamento de Admisión. 2.2 A nivel externo, este procedimiento no tiene alcance. 3.0 Políticas de operación, normas y lineamientos 3.1 El médico Cirujano tratante será el responsable de realizar el estudio clínico de los pacientes con necesidades quirúrgicas cirugía y determinar si son candidatos para el programa, de acuerdo a los criterios establecidos en la NOM-026-SSA3-2012 Para la práctica de la cirugía mayor ambulatoria. 3.2 En los casos de ser requerida la intervención del Servicio de Anestesiología, el médico anestesiólogo de la consulta preanestésica será el responsable de realizar ésta, de acuerdo a los criterios establecidos en la NOM-006-SSA3-2007 para la práctica de la anestesiología, una vez que el paciente ha sido estudiado integralmente por el médico Cirujano tratante. 3.3 Una vez determinada la necesidad de cirugía ambulatoria mayor, el médico Cirujano tratante será el responsable de solicitar el ingreso del paciente el día de la cirugía al personal de Admisión a través del formato de ingreso, el cual estará señalado con una característica determinada que lo identificará como paciente del programa de cirugía ambulatoria mayor (formato de otro color, línea identificatoria de color, etc.). 3.4 El personal de Trabajo Social será el responsable de realizar el ingreso y egreso del paciente, en base a los procedimientos correspondientes establecidos en el manual de procedimientos del Departamento de Trabajo Social. 3.5 El personal de Trabajo Social será el responsable de informar ampliamente y de acuerdo al ámbito de su competencia sobre el Programa de Cirugía Mayor Ambulatoria y trámites a seguir, así como de la importancia de presentar los requisitos cubiertos el día de la cirugía ambulatoria (recibos de pago y comprobante de una (1) donación de sangre). 3.6 El personal administrativo de las cajas (cajeros) será el responsable de solicitar el pago de la cirugía programada, de acuerdo al nivel socioeconómico previamente establecido por Trabajo Social.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP18

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

18.- Procedimiento para la realización de cirugía mayor ambulatoria.

Rev. 1

Hoja: 3 de 10

3.7 El personal administrativo del servicio tratante será el responsable de, una vez identificado al paciente como parte del programa, realizar su ingreso en las camas asignadas al programa, a través del formato especial y del recibo único de pago (RUI) que ampare el pago de la cirugía a realizar (El tiempo máximo establecido para el ingreso será de 30 minutos). 3.8 El personal de Enfermería del Servicio será el responsable de recibir al paciente, verificando las condiciones preoperatorias, con apego al procedimiento No. 3.- “Para la atención de pacientes en el área de hospitalización” de los Manuales de los Servicios Quirúrgicos. 3.9 El Médico Cirujano Tratante será el responsable de realizar el procedimiento quirúrgico programado en los quirófanos asignados para ello, además de realizar el dictado operatorio y enviar al paciente a la cama asignada, una vez que se determinó su alta de recuperación. 3.10 El Personal de Enfermería será el responsable de recibir al paciente, verificar que el expediente esté completo, verificar la firma del alta del paciente y de avisar al Departamento de Trabajo Social del egreso del paciente. 3.11 El Personal de Trabajo Social será el responsable de realizar el egreso del paciente de acuerdo al procedimiento correspondiente del Departamento.

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SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

18.- Procedimiento para la realización de cirugía mayor ambulatoria.

Rev. 1

Hoja: 4 de 10

4.0 Descripción del procedimiento

Secuencia de Etapas Actividad Responsable1.0 Revisión del paciente y solicitud de exámenes de laboratorio

1.1 Recibe al paciente, lo explora, realiza historia clínica, solicita exámenes de laboratorio y gabinete para confirmar diagnóstico, con apego al procedimiento No 1.- “Para la atención del paciente de primera vez en la consulta externa” de los servicios quirúrgicos. 1.2 Programa al paciente para cita subsecuente. Historia clínica / Exámenes de laboratorio.

Médico Tratante

2.0 Consulta subsecuente y determinación de cirugía ambulatoria.

2.1 Recibe al paciente, revisa los resultados de exámenes de laboratorio, con apego al procedimiento No. 2.- “Para la tención subsecuente del paciente en la consulta externa” de los servicios quirúrgicos. 2.2 Determina posibilidad de ser candidato al programa de cirugía mayor ambulatoria. PROCEDE: NO: Explica la resolución no ambulatoria del padecimiento, hospitaliza y programa al paciente de acuerdo a los procedimientos No. 3.- “Para la atención del paciente en el área de hospitalización” y 4.- “Para la atención del paciente que va a ser sometido a intervención quirúrgica electiva” de los servicios quirúrgicos y termina el procedimiento. SI: Explica detalles del programa. Exámenes de laboratorio.

Médico Tratante

3.0 Determinación necesaria de valoraciones de cardiovascular y de anestesiología.

3.1 Determina necesidad de valoraciones cardiológica y de anestesiología. PROCEDE: NO: Programa la cirugía de acuerdo a la disponibilidad de turno. Pasa a la actividad 5. SI: Solicita interconsulta a los servicios de Cardiología y Anestesiología y canaliza al paciente a ambos servicios, con apego al procedimiento 6.- “Para la solicitud y realización de interconsultas médicas” del Manual de la Dirección General Adjunta Médica. 3.2 Programa cita subsecuente con resultados de valoraciones solicitadas Formato de interconsulta / Valoración

cardiovascular y de anestesiología.

Médico Tratante

4.0 Realización de Valoración cardiovascular.

4.1 Revisa al paciente, lo explora, realiza valoración cardiovascular y determina la ausencia de contraindicaciones. PROCEDE: NO: Prescribe tratamiento, lo asienta en el expediente clínico, programa citas subsecuentes hasta el alta. Al efectuarse ésta, pasa a la siguiente actividad.

Médico Cardiólogo

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP18

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

18.- Procedimiento para la realización de cirugía mayor ambulatoria.

Rev. 1

Hoja: 5 de 10

Secuencia de Etapas Actividad Responsable

SI: Realiza valoración en formato y canaliza al paciente con el anestesiólogo. Expediente clínico / Formato Valoración

cardiovascular.

5.0 Realización de valoración preanestésica

5.1 Recibe al paciente, lo interroga, lo explora y realiza el llenado de hoja de valoración preanestésica y determina la ausencia de contraindicaciones. PROCEDE: NO: Informa de la causa de la contraindicación y canaliza al paciente con su médico tratante para su corrección y regresa a la actividad 2. SI: Explica el plan anestésico al paciente y lo canaliza con su médico tratante. 5.2 Solicita firma del formato de consentimiento informado para anestesia. Consentimiento informado / Valoración

preanestésica.

Médico Anestesiólogo

6.0 Confirmación de fecha de cirugía, firma de formato consentimiento informado.

6.1 Recibe al paciente en cita subsecuente, revisa ausencia de contraindicaciones y confirma fecha de cirugía. 6.2 Extiende orden de internamiento y solicita firma de formatos de consentimiento informado para ingreso, cirugía, para realización de procedimientos de alto riesgo y de estudio histopatológico. 6.3 Canaliza al paciente con Trabajo Social para su orientación y entrega expediente al personal administrativo. Orden de Internamiento / Consentimiento

informado.

Médico Tratante

7.0 Elaboración de Ficha socioeconómica de ingreso.

7.1 Recibe al paciente, solicita carnet y hoja de internamiento. 7.2 Entrevista al paciente, elabora ficha socioeconómica de ingreso y consigna el nivel de clasificación, coloca sello personal y firma en el carnet de citas. 7.3 Elabora orden de pago, volante de donación de sangre y las entrega al paciente 7.4 Orienta y envía al módulo de cajas para el pago correspondiente. 7.5 Enfatiza la importancia de presentar el recibo único de ingresos (RUI) a su ingreso hospitalario. Carnet de citas / Orden de internamiento/

Volante de donación de sangre / Orden de pago.

Trabajo Social (Servicio tratante)

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP18

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

18.- Procedimiento para la realización de cirugía mayor ambulatoria.

Rev. 1

Hoja: 6 de 10

Secuencia de Etapas Actividad Responsable

8.0 Recepción de pago de la cirugía.

8.1 Recibe al paciente, revisa el monto a pagar de acuerdo a la clave asignada a la cirugía, solicita el pago y extiende el recibo único de ingresos (RUI). 8.2 Canaliza al paciente al Servicio de Admisión en la fecha programada de cirugía. Recibo único de ingresos (RUI)

Departamento de Ingresos (Cajero)

9.0 Ingreso de paciente a Cirugía Ambulatoria.

9.1 Recibe al paciente, verifica la orden de internamiento, recibo de pago, carnet asigna cama para Cirugía Ambulatoria disponible, y lo envía con personal de Enfermería del servicio correspondiente. Orden de internamiento / Recibo de pago

(RUI) / Carnet.

Personal Administrativo de Admisión

10.0 Recepción e identificación del paciente.

10.1. Recibe al paciente, lo ingresa con apego al procedimiento No 3.- “Para la atención del paciente en el área de hospitalización” de los servicios quirúrgicos. Expediente clínico.

Personal de Enfermería

11.0 Preparación del paciente y realización de indicaciones preoperatorias.

11.1 Realiza las indicaciones preoperatorias, la preparación del paciente para cirugía, con apego al procedimiento 4.- “Para la atención del paciente que va a ser sometido a intervención quirúrgica electiva” de los servicios quirúrgicos. Expediente clínico.

Médico tratante

12.0 Realización de dictado, nota y solicitud de traslado.

12.1 Realiza dictado operatorio, nota de indicaciones médicas con apego a la NOM-168-SSA1-1998 del expediente clínico y solicita traslado al área de recuperación. Expediente clínico

Médico tratante

13.0 Verificación de expediente.

13.1 Verifica expediente completo que contenga nota de alta y hoja de hospitalización debidamente requisitada. 13.2 Avisa a Trabajo Social para que inicie trámites de egreso Expediente clínico.

Personal de Enfermería

14.0 Verificación de requisitos cubiertos.

14.1 Recibe documentos y realiza egreso con base en el procedimiento correspondiente (ver manual del Departamento de Trabajo Social) Expediente clínico

Personal de Trabajo Social

TERMINA EL PROCEDIMIENTO

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP18

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18.- Procedimiento para la realización de cirugía mayor ambulatoria.

Rev. 1

Hoja: 7 de 10

5.0 Diagrama de Flujo

ORDEN DE PAGO

VOLANTE DE DONACIÓNDE SANGRE

CARDIOCASCULARY ANESTESIOLOGÍA.

EXÁMENES DELABORATORIO

MÉDICO TRATANTE

INICIO

TRABAJO SOCIAL (SERVICIOTRATANTE)

HISTORIA CLÍNICA

REVISIÓN DEL PACIENTE YSOLICITUD DE EXÁMENES DE

LABORATORIO

MÉDICO CARDIÓLOGO MÉDICO ANESTESIÓLOGO

PROCEDE

A

NO

SI

EXÁMENES DELABORATORIO

CONSULTA SUBSECUENTE YDETERMINACIÓN DE CIRUGÍA

AMBULATORIA

TERMINO

EXPLICA DETALLES DELPROGRAMA

1

2

PROCEDE

NO

SI

INTERCONSULTA

DETERMINACIÓN NECESARIA DEVALORACIONES DE

CARDIOVASCULAR Y DEANESTESIOLOGÍA.

SOLICITA INTERCONSULTA A LOSSERVICIOS DE CARDIOLOGÍA Y

ANESTESIOLOGÍA Y CANALIZA ALPACIENTE A AMBOS SERVICIOS

3

5

VALORACIÓNCARDIOVASCULAR.

PROCEDE

SI

EXPEDIENTECLÍNICO

REALIZACIÓN DE VALORACIÓNCARDIOVASCULAR

REALIZA VALORACIÓN ENFORMATO Y CANALIZA AL

PACIENTE CON ELANESTESIÓLOGO

4

NO

TERMINO

VALORACIÓNPREANESTÉSICA.

PROCEDE

NO

SI

CONSENTIMIENTOINFORMADO

REALIZACIÓN DE VALORACIÓNPREANESTÉSICA

EXPLICA EL PLAN ANESTÉSICOAL PACIENTE Y LO CANALIZACON SU MÉDICO TRATANTE

5

2

CONSENTIMIENTOINFORMADO

ORDEN DEINTERNAMIENTO

CONFIRMACIÓN DE FECHA DECIRUGIA, FIRMA DE FORMATO

CONSENTIMIENTO INFORMADO.

6

ORDEN DEINTERNAMIENTO

CARNET DE CITAS

ELABORACIÓN DE FICHASOCIOECONÓMICA DE INGRESO.

7

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP18

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

18.- Procedimiento para la realización de cirugía mayor ambulatoria.

Rev. 1

Hoja: 8 de 10

PERSONAL DE TRABAJOSOCIAL

CARNET

DEPARTAMENTO DEINGRESOS (CAJERO)

TERMINO

MÉDICO TRATANTEPERSONAL ADMINISTRATIVO DEADMISIÓN PERSONAL DE ENFERMERÍA

A

RUI

ORDEN DEINTERNAMIENTO

INGRESO DE PACIENTE ACIRUGÍA AMBULATORIA.

9

EXPEDIENTECLÍNICO

RECEPCIÓN EIDENTIFICACIÓN DEL

PACIENTE.

10

RUI

RECEPCIÓN DE PAGO DELA CIRUGÍA.

EXPEDIENTECLÍNICO

PREPARACIÓN DELPACIENTE Y REALIZACION

DE INDICACIONESPREOPERATORIAS.

11

EXPEDIENTECLÍNICO

REALIZACIÓN DEDICTADO, NOTA Y

SOLICITUD DETRASLADO.

12

EXPEDIENTECLÍNICO

VERIFICACIÓN DEEXPEDIENTE.

13

EXPEDIENTECLÍNICO

VERIFICACIÓN DEREQUISITOS CUBIERTOS.

14

8

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP18

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

18.- Procedimiento para la realización de cirugía mayor ambulatoria.

Rev. 1

Hoja: 9 de 10

6.0 Documentos de referencia Documentos Código (cuando aplique)

Manual de Organización de la Dirección General Adjunta Médica. No Aplica Manual de Procedimientos de la Dirección General Adjunta Médica. No Aplica NOM-006-SSA3-2007 Para la práctica de la Anestesiología No Aplica NOM-026-SSA3-2012 Para la práctica de la Cirugía Mayor Ambulatoria No Aplica Manuales de Procedimientos de los Servicios Quirúrgicos No Aplica

7.0 Registros

Registros Tiempo de conservación Responsable de conservarlo Código de registro o

identificación única Libreta de programación de

Cirugía Ambulatoria 5 años Archivo del Servicio No Aplica

Hoja diaria de Consulta Externa 5 años Archivo de Consulta Externa No Aplica 8.0 Glosario 8.1 Cirugía Mayor Ambulatoria.- Procedimientos de cirugía mayor que deben realizarse en salas de cirugía y que por no haber producido invalidez, afectación o modificación de los parámetros de las funciones vitales del paciente en la valoración postoperatoria inmediata; requiere únicamente de hospitalización en cama no censable y ser dados de alta en un lapso no mayor a 24 horas, a partir del ingreso a la unidad quirúrgica. 8.2 Egreso de corta estancia.- A la acción que indica que una persona salió de un servicio donde su permanencia fue menor a 24 horas y su atención no implicó el uso de cama censable; es decir, estuvo en el servicio de corta estancia. Esta puede clasificarse en quirúrgica y no quirúrgica y no genera egreso hospitalario y por lo tanto tampoco día estancia. 8.3 Formato.- Conjunto de características técnicas y de presentación de una publicación periódica o de un programa de televisión o radio. 8.4 Interconsulta.- Solicitud que se hace a un médico de la misma o de diferente especialidad, con la finalidad de recabar una segunda opinión acerca del diagnóstico y tratamiento de una enfermedad en que se tienen dudas al respecto, con la finalidad de otorgar una atención médica de manera oportuna, eficiente y segura. 8.5 Manual de Procedimientos.- Instrumento para documentar y sistematizar el funcionamiento de una organización. De acuerdo a su contenido, los manuales administrativos pueden ser clasificados como manuales de organización, de procedimientos, de objetivos y políticas, de contenido múltiple o de puestos, entre otros. 8.6 Procedimiento.- Sucesión cronológica de operaciones concatenadas entre sí, que se constituyen en una unidad o tarea específica dentro de un ámbito predeterminado de aplicación. 8.7 Recibo Único de Ingresos (RUI).- Documento que comprueba la cantidad que se solicita a la paciente o su familiar como pago por los servicios que otorga el Hospital, se determina de acuerdo al resultado del estudio socioeconómico que se realiza y al nivel de clasificación de pago especificado por Trabajo Social.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP18

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

18.- Procedimiento para la realización de cirugía mayor ambulatoria.

Rev. 1

Hoja: 10 de 10

8.8 Valoración cardiovascular.- Revisión exhaustiva de las condiciones de un paciente, en este caso del sistema cardiovascular 8.9 Valoración Preanestésica .- Protocolo de Estudios que permite la realización de una historia clínica en anestesiología para recabar información acerca del paciente y que el mismo tenga conocimiento del riesgo que puede presentar durante el preanestésico, transanestésico, postanestésico, así como manejo de analgesia temprana, también conocido como Medicina Perioperatoria. 9.0 Cambios de esta versión

Número de Revisión Fecha de la actualización Descripción del cambio

1 Noviembre 2013 Modificación del punto 6.0 Documentos de referencia.

10.0 Anexos 10.1 Carnet de citas. (Ver formato del procedimiento 1) 10.2 Formato de ingreso hospitalario (cirugía ambulatoria). 10.3 Recibo Único de ingresos. (Ver formato del procedimiento 1) 10.4 Hoja de alta. (Ver formato del procedimiento 12) 10.5 Formato de interconsulta. (Ver formato del procedimiento 1) 10.6 Formato de valoración cardiovascular y de anestesia. 10.7 Formato de consentimiento informado. (Ver formato del procedimiento 16) 10.8 Orden de internamiento. (Ver formato del procedimiento 10) 10.9 Volante de donación de sangre.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP19

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

19.- Procedimiento para requisitar la lista de verificación de la Seguridad en la Cirugía (Protocolo Universal)

Rev. 1

Hoja: 1 de 11

19.- PROCEDIMIENTO PARA REQUISITAR LA LISTA DE VERIFICACIÓN DE LA SEGURIDAD EN LA CIRUGÍA (PROTOCOLO UNIVERSAL)

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP19

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

19.- Procedimiento para requisitar la lista de verificación de la Seguridad en la Cirugía (Protocolo Universal)

Rev. 1

Hoja: 2 de 11

1.0 Propósito 1.1 Contar con los mecanismos administrativos que sirvan de guía al personal médico y paramédico para asegurar que los equipos quirúrgicos adopten de forma sistemática las medidas de seguridad esenciales que minimicen los riesgos evitables más comunes que ponen en peligro el bienestar y la vida del paciente quirúrgico con el objeto de contribuir a la disminución de la morbimortalidad secundaria a estos eventos y garantizar una atención médica segura. 2.0 Alcance 2.1 A nivel interno este procedimiento aplica en todos los Servicios con área quirúrgica: Otorrinolaringología, Oftalmología, Urología, Dermatología, Gineco-obstetricia, Quirófano Central, Neurología, Infectología, Neumología y Pediatría, así como en los Servicios que se brinda atención a pacientes para procedimientos clasificados como invasivos: Clínica del Dolor, Radiología Intervencionista, Tomografía Computarizada, Resonancia Magnética, Hemodinamia, Gineco Obstetricia, Oncología, Gastroenterología y Estomatología . 3.0 Políticas de operación, normas y lineamientos 3.1 El Delegado Administrativo de los Servicios será responsable de verificar que el formato del protocolo universal o Lista de Verificación de la Seguridad en la Cirugía se imprima, en los Servicios donde se realizan procedimientos considerados como invasivos, solicitará la impresión de la “Lista de Verificación de la seguridad en procedimientos fuera de quirófano”, con la finalidad de contar con un abasto suficiente de formatos en el Servicio correspondiente, de acuerdo al “listado de procedimientos fuera de quirófano” enumerados en el anexo 10.6 del presente procedimiento. 3.2 El Personal de Enfermería del área de preoperatorio o el área de recepción para el procedimiento fuera de quirófano es responsable de verificar la identidad del paciente por medio de dos indicadores: el nombre del paciente y el número de expediente, además de revisar que el expediente clínico se encuentre completo y de la existencia del marcaje del sitio a intervenir, por medio del símbolo establecido institucionalmente, realizado con un marcador de tinta indeleble. 3.3 El Personal de Enfermería (circulante) es responsable de coordinar el llenado de la Lista de Verificación de la Seguridad en la Cirugía (Protocolo Universal) en voz alta, tanto para los procedimientos realizados en quirófano como aquellos que se realicen fuera de quirófano. En casos específicos, si no se cuenta con enfermera circulante, podrá realizar esta actividad cualquier integrante del equipo quirúrgico. 3.4 Es responsabilidad del Equipo Quirúrgico completo que participa en la cirugía o procedimiento fuera de quirófano, colaborar con la enfermera circulante o personal que coordina, en el llenado de la Lista de verificación de la Seguridad en el momento dispuesto para cada fase. 3.5 Es responsabilidad del integrante del Equipo Quirúrgico que llena la Lista de Verificación de la Seguridad en la Cirugía, notificar al equipo cuando no se cumpla algún requisito, antes de pasar a la siguiente fase, las cuales se han establecido de la siguiente manera:

Fase de Entrada: es el periodo anterior a la inducción de la anestesia o antes de iniciar el procedimiento fuera de quirófano.

Intermedio Quirúrgico (pausa o tiempo fuera): Es el periodo posterior a la inducción de la anestesia y anterior a la incisión cutánea o previo al inicio del procedimiento fuera de quirófano.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP19

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

19.- Procedimiento para requisitar la lista de verificación de la Seguridad en la Cirugía (Protocolo Universal)

Rev. 1

Hoja: 3 de 11

Salida: Es el periodo de cierre de la herida quirúrgica o antes de que el paciente salga del quirófano o de la sala de procedimientos.

3.6 Es responsabilidad de la Enfermera Circulante confirmar en la Fase de entrada:

Antes de la inducción de la anestesia la identificación gráfica, verbal y cruzada de la identidad del paciente por medio de dos indicadores: nombre y número de expediente (en caso que el paciente no pueda identificarse (no coopera, está inconciente, es pediátrico), confirmar con el familiar o tutor).

El sitio quirúrgico y tipo de procedimiento a realizar, en coordinación con el médico Cirujano o médico responsable de realizar el procedimiento.

Que la Carta de consentimiento bajo información para cirugía o procedimiento de alto riesgo este requisitada de acuerdo al procedimiento correspondiente.

Que el Cirujano halla hecho el marcaje del sitio quirúrgico de acuerdo a los lineamientos establecidos institucionalmente:

La preparación del sitio quirúrgico o donde se realizará el procedimiento. En conjunto con el anestesiólogo, preguntará la funcionalidad e instalación del sensor del oxímetro en el

paciente (si procede) de la máquina de anestesia (si procede),, el riesgo de hemorragia, la dificultad en el acceso de la vía aérea, reacciones alérgicas, disponibilidad de acceso intravenoso y ministración de líquidos adecuados (Si procede).

En conjunto con el anestesiólogo y el Cirujano, confirmará la disponibilidad de hemoderivados y que se cuente con prueba de compatibilidad ante el riesgo de pérdida sanguínea (Si procede).

3.7 Es responsabilidad de la Enfermera Circulante coordinar al equipo quirúrgico en la Fase de intermedio quirúrgico para:

Presentarse en voz alta por su nombre y función, si ya han realizado cirugías en el transcurso del día, solo confirmar que todos los presentes se conocen.

Confirmar en voz alta la identidad del paciente, el sitio quirúrgico correcto y el procedimiento a realizar. Ratificar e informar la previsión de eventos críticos durante el procedimiento quirúrgico. Verificar la esterilidad del equipo e instrumental (personal de enfermería) si se cuenta con indicadores

del proceso de esterilización, anexar la tira reactiva a la Lista de Verificación de la Seguridad en la Cirugía (si procede). No se considera indicador la cinta testigo.

Verificar la ministración de antibióticos profilácticos en los 60 minutos anteriores, de acuerdo a las guías quirúrgicas institucionales (si procede).

Confirmar la disponibilidad de estudios de imagen diagnóstica esenciales.

3.8 Es responsabilidad de la Enfermera Circulante coordinar al equipo quirúrgico en la Fase de salida para: Confirmar la operación realizada, el recuento completo de gasas, instrumental y agujas, el etiquetado de

muestras biológicas obtenidas, así como los problemas que se presentaron en relación al funcionamiento del instrumental o equipos.

Planificar y considerar situaciones críticas durante el postoperatorio del paciente.

3.9 Es responsabilidad del Médico Cirujano tratante notificar, a través del Formato institucional correspondiente, el reporte de eventos adversos, en caso de que se presentasen, con apego al procedimiento correspondiente, y darle seguimiento.

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19.- Procedimiento para requisitar la lista de verificación de la Seguridad en la Cirugía (Protocolo Universal)

Rev. 1

Hoja: 4 de 11

4.0 Descripción del procedimiento Secuencia de Etapas Actividad Responsable

1.0 Confirmación de datos con el paciente.

1.1 Confirma con el paciente: identidad, sitio quirúrgico, nombre del procedimiento que le van a realizar y carta de consentimiento bajo información para cirugía. PROCEDE: No: Termina el procedimiento. Si: Anota en la casilla correspondiente de la Lista de Verificación de la Seguridad en la Cirugía. Lista de Verificación / Carta de

consentimiento bajo información de cirugía

Enfermera Circulante

2.0 Verificación de Marcación y asepsia del sitio quirúrgico.

2.1 Verifica que exista la marcación y asepsia del sitio quirúrgico. PROCEDE: No: Comunica al Cirujano y regresa a la actividad 1 Si: Anota en la casilla correspondiente de la Lista de Verificación de la Seguridad en la Cirugía. Lista de Verificación.

Enfermera Circulante

3.0 Verificación de datos, funcionalidad y riesgo.

3.1 Pregunta al anestesiólogo si el oxímetro de pulso está colocado y funcionando; existencia de alergias y de la valoración de la vía aérea / riesgo de aspiración.

Enfermera Circulante

4.0 Valoración de funcionalidad y riesgo.

4.1 Corrobora la colocación y funcionalidad del oxímetro de pulso, existencia de alergias, la valoración de la vía aérea / riesgo de aspiración, riesgo de hemorragia, disponibilidad de acceso intravenoso, líquidos adecuados, hemoderivados y cruce de sangre. 4.2 Solicita a la enfermera Circulante, que anote en la casilla correspondiente de la Lista de Verificación de la Seguridad en la Cirugía los hallazgos correspondientes. Lista de Verificación.

Médico Anestesiólogo.

5.0 Requisita la información en la Lista

5.1 Anota en la casilla correspondiente de la Lista de Verificación de la Seguridad en la Cirugía, la información que proporcionó el anestesiólogo. Lista de Verificación

Enfermera Circulante

6.0 Confirmación y anotación de la presentación del equipo quirúrgico.

6.1 Confirma que todos los integrantes del equipo quirúrgico se hayan presentado (de forma verbal) por su nombre y función. 6.2 Anota en la casilla correspondiente de la Lista de Verificación de la Seguridad en la Cirugía, la información que proporcionó el equipo quirúrgico. Lista de Verificación.

Enfermera Circulante

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19.- Procedimiento para requisitar la lista de verificación de la Seguridad en la Cirugía (Protocolo Universal)

Rev. 1

Hoja: 5 de 11

Secuencia de Etapas Actividad Responsable7.0 Confirmación y anotación de datos del paciente.

7.1 Confirma con el Cirujano y anestesiólogo la identidad del paciente, sitio quirúrgico y procedimiento a realizar. 7.2 Anota en las casillas correspondientes de la Lista de Verificación de la Seguridad en la Cirugía la información que proporcionaron. Lista de Verificación.

Enfermera Circulante

8.0 Confirmación de previsión de eventos críticos.

8.1 Confirma que el Cirujano informe los posibles pasos críticos e imprevistos, duración de la cirugía y pérdida de sangre prevista.

Enfermera Circulante

9.0 Información de la previsión de eventos críticos.

9.1 Revisa los posibles pasos críticos e imprevistos, duración de la cirugía y pérdida de sangre prevista. 9.2 Informa a la enfermera Circulante para que anote en las casillas correspondientes de la Lista de Verificación de la Seguridad en la Cirugía. Lista de Verificación.

Cirujano

10.0 Requisita la información en la Lista

10.1 Anota en la casilla correspondiente de la Lista de Verificación de la Seguridad en la Cirugía la información que proporcionó el Cirujano. Lista de Verificación.

Enfermera Circulante

11.0 Confirmación de previsión de eventos críticos

11.1 Confirma que el anestesiólogo informe los posibles problemas específicos.

Enfermera Circulante

12.0 Información de la previsión de eventos críticos.

12.1 Revisa los posibles problemas específicos. 12.2 Informa a la enfermera Circulante para que anote en la casilla correspondiente de la Lista de Verificación de la Seguridad en la Cirugía Lista de Verificación.

Anestesiólogo

13.0 Requisita la información en la Lista

13.1 Anota en la casilla correspondiente de la Lista de Verificación de la Seguridad en la Cirugía la información que proporcionó el anestesiólogo. Lista de Verificación.

Enfermera Circulante

14.0 Confirmación de previsión de eventos críticos

14.1 Confirma que la enfermera instrumentista informe de la esterilidad y problemas relacionados con el instrumental y los equipos, así como el conteo del mismo.

Enfermera Circulante

15.0 Información de la previsión de eventos críticos

15.1 Informa de la esterilidad y problemas relacionados con el instrumental y los equipos, así como el conteo del mismo. 15.2 Comunica a la enfermera Circulante para que anote en la casilla correspondiente de la Lista de Verificación de la Seguridad en la Cirugía. Lista de Verificación.

Enfermera Instrumentista

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19.- Procedimiento para requisitar la lista de verificación de la Seguridad en la Cirugía (Protocolo Universal)

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Hoja: 6 de 11

Secuencia de Etapas Actividad Responsable16.0 Requisita la información en la Lista

16.1 Anota en la casilla correspondiente de la Lista de Verificación de la Seguridad en la Cirugía la información que proporcionó la instrumentista. Lista de Verificación.

Enfermera Circulante

17.0 Corroboración y anotación de la ministración de profilaxis antibiótica.

17.1 Corrobora la ministración de profilaxis antibiótica. 17.2 Anota en la casilla correspondiente de la Lista de Verificación de la Seguridad en la Cirugía. Lista de verificación.

Enfermera Circulante

18.0 Verificación y anotación de estudios de imagen diagnóstica.

18.1 Verifica que estén visibles los estudios de imagen diagnóstica que se requieren. 18.2 Anota en la casilla correspondiente de la Lista de Verificación de la Seguridad en la Cirugía la información que proporcionó el equipo quirúrgico. Lista de Verificación.

Enfermera Circulante

19.0 Confirmación y anotación de datos referentes al evento quirúrgico realizado.

19.1 Confirma verbalmente con el Cirujano, anestesiólogo y enfermera instrumentista: el nombre del procedimiento, recuento de instrumental quirúrgico, gasas y agujas así como posibles problemas detectados y la identificación y etiquetado de muestras obtenidas. 19.2 Anota en las casillas correspondientes de la Lista de Verificación de la Seguridad en la Cirugía la información proporcionada. Lista de Verificación.

Enfermera Circulante

20.0 Confirmación y anotación de aspectos relacionados con la recuperación y tratamiento del paciente.

20.1 Confirma verbalmente con el Cirujano y anestesiólogo los principales aspectos relacionados con la recuperación y tratamiento del paciente. 20.2 Anota en la casilla correspondiente de la Lista de Verificación de la Seguridad en la Cirugía la información proporcionada. Lista de Verificación.

Enfermera Circulante

21.0 Corroboración de la existencia y reporte del evento adverso.

21.1 Corrobora si existieron eventos adversos. PROCEDE: No: Realiza las anotaciones correspondientes en la lista de Verificación de la Seguridad en la Cirugía y termina procedimiento. Si: Anota en la casilla correspondiente de la Lista y realiza el reporte en el Formato de notificación de eventos adversos, con apego al procedimiento correspondiente. Lista de Verificación / Notificación de eventos

adversos

Enfermera Circulante

22.0 Anotación de datos y firma.

22.1 Anota su nombre completo y firma la Lista de Verificación de la Seguridad en la Cirugía Lista de Verificación.

Enfermera Circulante

TERMINA EL PROCEDIMIENTO

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19.- Procedimiento para requisitar la lista de verificación de la Seguridad en la Cirugía (Protocolo Universal)

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Hoja: 7 de 11

5.0 Diagrama de Flujo ENFERMERA CIRCULANTE

C A R T A D ECONSENTIMIENTO

LISTA DE VERIFICACIÓN

CONFIRMACIÓN DEDATOS CON EL

PACIENTE

1

INICIO

ENFERMERA INSTRUMENTISTAANESTESIÓLOGO CIRUJANO

PROCEDE

A

NO

SI

TERMINO

1

ANOTA EN LA CASILLACORRESPONDIENTE

VERIFICACIÓN

VERIFICACIÓN DEMARCACIÓN Y ASEPSIADEL SITIO QUIRÚRGICO

2

PROCEDENO

SI

ANOTA EN LACASILLA

CORRESPONDIENTE

VERIFICACIÓN DEDATOS,

FUNCIONALIDAD YRIESGO

LISTA DE VERIFICACIÓN

VALORACIÓN DEFUNCIONALIDAD Y

RIESGO

3

4

LISTA DE VERIFICACIÓN

REQUISITA LAINFORMACIÓN EN LA

LISTA

5

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Hoja: 8 de 11

ENFERMERA CIRCULANTE

LISTA DE VERIFICACIÓN

CONFIRMACIÓN YANOTACIÓN DE LA

PRESENTACIÓN DELEQUIPO QUIRÚRGICO

ENFERMERA INSTRUMENTISTAANESTESIÓLOGO CIRUJANO

A

6

CONFIRMACIÓN DEPREVENCIÓN DE

EVENTOS CRÍTICOS

LISTA DE VERIFICACIÓN

REQUISITA LAINFORMACIÓN EN LA

LISTA

8

CONF IRMACIÓN DEPREVISIÓN DE

EVENTOS CRÍTICOS

LISTA DE VERIFICACIÓN

INFORMACIÓN DE LAPREVISIÓN DE

EVENTOS CRÍTICOS

12

LISTA DE VERIF ICACIÓN

REQUI SITA LAINFORMACIÓN EN LA

LISTA

LISTA DE VERIFICACIÓN

CONFI RMACIÓN YANOTACIÓN DE DATOS

DEL PACIENTE

7

LISTA DE VERIFICACIÓN

INFORMACIÓN DE LAPREVISIÓN DE

EVENTOS CRÍTICOS

9

10

11

13

CONFIRMACIÓN DEPREVISIÓN DE

EVENTOS CRÍTICOS

14

LISTA DE VERIFICACIÓN

INFORMACIÓN DE LAPREVISIÓN DE

EVENTOS CRÍTICOS

15

B

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19.- Procedimiento para requisitar la lista de verificación de la Seguridad en la Cirugía (Protocolo Universal)

Rev. 1

Hoja: 9 de 11

NOTIFICACIÓN DEEVENTOSADVERSOS

ENFERMERA CIRCULANTE

LISTA DEVERIFICACIÓN

REQUISITA LAINFORMACIÓN EN LA

LISTA

ENFERMERA INSTRUMENTISTAANESTESIÓLOGO CIRUJANO

PROCEDE

B

NO

SI

TERMINO

16

LISTA DEVERIFICACIÓN

CORROBORACIÓN YANOTACIÓN DE LAMINISTRACIÓN DE

PROFILAXISANTIBIÓTICA

17

LISTA DEVERIFICACIÓN

CORRO BORACIÓN DELA EXISTENCIA Y

REPORTE DEL EVENTOADVERSO

ANOTA EN LA CASILLACORRESPONDIENTE

LISTA DEVERIFICACIÓN

VERIFICACIÓN YANOTACIÓN DE

ESTUDIOS DE IMAGENDIAGNÓSTICA

18

LISTA DEVERIFICACIÓN

CONFIRMACIÓN YANOTACIÓN DE DATOS

REFERENTES AL EVENTOQUIRÚRGICO REALIZADO

19

LISTA DEVERIFICACIÓN

CONFIRMACI ÓN YANOTACIÓN DE

ASPECTOSRELACIONADOS CONLA RECUPERACIÓN Y

TRATAMIENTO DELPACIENTE

20

21

LISTA DEVERIFICACIÓN

ANOTACIÓN DE DATOSY FIRMA

22

TERMINO

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19.- Procedimiento para requisitar la lista de verificación de la Seguridad en la Cirugía (Protocolo Universal)

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Hoja: 10 de 11

6.0 Documentos de referencia Documentos Código (cuando aplique)

Lista OMS de Verificación de la Seguridad en la cirugía. Manual de aplicación. 1ra edición. No Aplica

Manual de Organización de la Dirección General Adjunta Médica. No Aplica Manual de Procedimientos de la Dirección General Adjunta Médica. No Aplica 7.0 Registros

Registros Tiempo de conservación

Responsable de conservarlo

Código de registro o identificación única

Formato de la Lista de Verificación de la Seguridad en la Cirugía. Hospital General de México. 2010

5 años Expediente clínico No aplica.

Formato de notificación de evento adverso 5 años Expediente clínico No aplica. Formato de la Lista de Verificación de la Seguridad en Procedimientos Fuera de Quirófano. Hospital General de México. 2012

5 años Expediente clínico

No Aplica

8.0 Glosario 8.1 Enfermera Circulante: Es el personaje del equipo quirúrgico que coordina y ejecuta conjuntamente con la enfermera quirúrgica el perfecto estado del quirófano y supervisa las prácticas de asepsia fuera del campo quirúrgico estéril. De acuerdo al manual de la OMS, debe de haber una única persona encargada de aplicar y rellenar la lista de verificación durante una operación, por lo general, ese coordinador de la lista será un enfermero Circulante, pero también podría ser cualquier clínico o profesional sanitario que participen la operación. 8.2 Enfermera instrumentista Es el personal clínico calificado para desarrollar actividades que involucran el manejo de instrumental y equipo en el campo estéril, durante el acto quirúrgico. 8.3 Equipo quirúrgico: Según la Organización Mundial de la Salud, se entiende al equipo conformado por los Cirujanos, anestesiólogos, personal de enfermería, técnicos y demás personal de quirófanos involucrados en el procedimiento quirúrgico. 8.4 Evento adverso. Daño resultado de una intervención relacionada con la atención médica y no por las condiciones basales del paciente, general y mayoritariamente son prevenibles. 8.5 Hemoderivados. Productos que son obtenidos a partir del fraccionamiento del plasma humano y son utilizados con fines terapéuticos .Se excluyen todos los elementos formes de la sangre conocidos como componentes sanguíneos. 8.6 Oxímetro de pulso Aparato electromédico con un sensor en forma de pinza (se coloca en dedo), que emite un haz de luz que se refleja en la piel del dedo, midiendo la cantidad de luz absorbida por la oxihemoglobina circulante del paciente. Es una técnica no invasiva que mide la saturación de oxígeno de la hemoglobina en la sangre circulante (en un rango de 80-100% de saturación) y proporciona información de la frecuencia cardiaca.

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19.- Procedimiento para requisitar la lista de verificación de la Seguridad en la Cirugía (Protocolo Universal)

Rev. 1

Hoja: 11 de 11

8.7 Preoperatorio. Conjunto de acciones realizadas al paciente, previo al acto quirúrgico, destinadas a identificar condiciones físicas, psicológicas y sociológicas que puedan alterar la capacidad del paciente para tolerar el stress quirúrgico a fin de restablecer o conservar la salud y el bienestar del individuo. 8.8 Seguridad del paciente. Conjunto de procesos y estructuras organizacionales, que reducen la probabilidad de eventos adversos resultantes de la exposición al sistema de atención médica a lo largo de enfermedades y procedimientos. 9.0 Cambios de esta versión

Número de Revisión Fecha de la actualización Descripción del cambio 1 Agosto 2012 Readecuación del procedimiento

2 Septiembre de 2012 Cambio del propósito y de las políticas. Cambio de

nombre de procedimiento, se agregaron las palabras (Protocolo Universal)

10.0 Anexos

10.1 Carta de consentimiento bajo información para cirugía. * 10.2 Carta de Consentimiento bajo información para procedimientos de alto riesgo. * 10.3 Lista de Verificación de la Seguridad en la Cirugía. 10.4 Lista de Verificación de la seguridad en procedimientos fuera de quirófano. 10.5 Formato de notificación de eventos adversos. 10.6 Listado de procedimientos fuera de quirófano. *Ver formatos del procedimiento 16.

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20.- Procedimiento para prevenir neumonía nosocomial en pacientes con ventilación mecánica

Rev. 1

Hoja: 1 de 13

20.- PROCEDIMIENTO PARA PREVENIR NEUMONÍA NOSOCOMIAL EN PACIENTES CON VENTILACIÓN MECÁNICA

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20.- Procedimiento para prevenir neumonía nosocomial en pacientes con ventilación mecánica

Rev. 1

Hoja: 2 de 13

1.0 Propósito 1.1 Describir la secuencia de actividades para la prevención de neumonia nosocomial asociada a ventilación mecánica,a fin de coadyuvar al cumplimiento de la Meta Internacional de Seguridad del Paciente número 5: “Reducir el riesgo de infecciones asociadas con la atención médica” y el Estándar para Certificación de Hospitales, Prevención y Control de Infecciones (PCI). 2.0 Alcance 2.1 A nivel interno este procedimiento aplica en áreas donde se presta atención médica a pacientes con ventilación mecánica. 3.0 Políticas de operación, normas y lineamientos 3.1 Es responsabilidad del prestador de atención médica clínico que brinda atención a pacientes con ventilación mecánica cumplir con la Meta Internacional de Seguridad del Paciente, número 5: “Reducir el riesgo de infecciones asociadas con la atención médica” y apegarse a los estándares y elementos medibles para la Certificación de Hospitales del capítulo Prevención y Control de Infecciones (PCI):

PCI.6 La organización establece las prioridades del plan o programa de prevención y control de infecciones. PC1.6 Elemento Medible 2: Las infecciones de las vías respiratorias se incluyen como prioritarias para el establecimiento.

3.2 El prestador de atención médica es responsable de conocer y aplicar la Norma Oficial Mexicana NOM-045-SSA2-2005, Para la vigilancia epidemiológica, prevención y control de las infecciones nosocomiales, en sus apartados: 10.6.4 Vigilancia de neumonías en pacientes de riesgo. 10.6.4.1 El hospital tendrá la responsabilidad de capacitar a los trabajadores de la salud cada seis meses

para la vigilancia, prevención y control de neumonías nosocomiales en pacientes de riesgo. 10.6.4.2 Los circuitos para ventilación e inhaloterapia, las bolsas de reanimación respiratoria y sensores de

oxígeno utilizados en cualquier servicio o área del hospital que no sean desechables, deberán ser lavados y esterilizados, o someterlos a desinfección de alto nivel antes de volver a ser usados en otro paciente.

10.6.4.3 Todo procedimiento que implique contacto con secreciones de la vía aérea deberá ir precedido del lavado de manos y uso de guantes. Cuando sea necesario, el personal deberá utilizar lentes o gafas protectoras y mascarillas simples (cubrebocas).

10.6.4.4 Los humidificadores y equipos de apoyo respiratorio no invasivo deben ser esterilizados o sometidos a desinfección de alto nivel. El agua que se utilice en estos dispositivos debe ser estéril y deberá cambiarse por turno. El cambio de este equipo deberá hacerse máximo cada semana, a menos que

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20.- Procedimiento para prevenir neumonía nosocomial en pacientes con ventilación mecánica

Rev. 1

Hoja: 3 de 13

exista contaminación documentada; deben registrarse la fecha y hora de cada cambio en la bitácora del servicio correspondiente.

10.6.4.5 El agua utilizada para nebulizadores debe ser estéril. 10.6.4.6 En cada episodio de aspiración de secreciones debe utilizarse material y técnica estéril. 10.6.4.7 El médico tratante debe especificar en la hoja de indicaciones médicas la posición del paciente. 10.6.5.1 Desde el primer contacto con el paciente y en todas las áreas del hospital debe cumplirse con las

precauciones estándar y contar con tarjetones en los que se especifiquen los cuidados necesarios para precauciones específicas de acuerdo con los criterios establecidos.

10.6.6 Vigilancia y control de esterilización y desinfección. 10.6.6.1 Los objetos que se usen en procedimientos invasivos deben someterse a un proceso de limpieza de

acuerdo al tipo de instrumento para posteriormente realizar la esterilización o desinfección de alto nivel.

10.6.6.2 El material y equipo destinado a esterilización debe ser empacado en papel grado médico y cerrado mediante selladora térmica; debe ser rotulado con fecha de esterilización, de caducidad y nombre de la persona responsable del proceso.

10.6.6.3 La unidad hospitalaria debe contar con anaqueles que resguarden el material estéril del polvo y la humedad.

10.6.6.4 Los recipientes que contengan desinfectante deben permanecer tapados y rotulados con el nombre del producto, la fecha de preparación y caducidad, se debe contar con una bitácora de uso. No deben utilizarse productos de bajo nivel (v. gr. cloruro de benzalconio) en la búsqueda de desinfección de nivel alto e intermedio. Cuando se utilice glutaraldehído, debe validarse su efectividad mediante tiras reactivas. Los germicidas utilizados deben ser validados por la Unidad de Vigilancia Epidemiológica Hospitalaria (UVEH) y por el Comité para la Detección y Control de las Infecciones Nosocomiales (CODECIN) mediante pruebas de control microbiológico y de la calidad del producto, documentadas con una adecuada metodología.

10.6.6.5 Los esterilizadores de vapor (v. gr. autoclaves), cámaras de gas, equipos de plasma y calor seco deben contar con una bitácora de mantenimiento y utilización, así como de controles de vigilancia de su funcionamiento. La calidad de la función deberá vigilarse con controles físicos, químicos y biológicos apropiados a cada procedimiento.

10.6.7.2 Las áreas específicas del inciso anterior contarán con un manual de procedimientos para determinar las características, la frecuencia del aseo y limpieza del área, así como los mecanismos que permitan llevar a cabo una vigilancia estricta sobre su cumplimiento, dejando constancia en una bitácora de control; igualmente se definirá la responsabilidad que cada profesional o técnico del equipo de salud que ahí labora, tiene en su cumplimiento y vigilancia. No se recomienda realizar clausura de salas, ni fumigaciones de manera rutinaria.

10.6.7.3 Los circuitos para ventilación de los equipos de anestesia que no sean desechables, deberán ser lavados y esterilizados antes de volver a ser usados en otro enfermo.

3.3 Es responsabilidad del prestador de atención médica cumplir con las recomendaciones del Center For Disease Control (CDC) de Atlanta, de acuerdo al fundamento y categoría que sustenta su aplicación:

Utilizar medidas de precaución estándar: uso de protección ocular, cubrebocas, bata y guantes (categoría IA).

Realizar la higiene de manos de acuerdo a los cinco momentos propuestos por la OMS (Categoría IA).

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20.- Procedimiento para prevenir neumonía nosocomial en pacientes con ventilación mecánica

Rev. 1

Hoja: 4 de 13

Mantener la cabecera del paciente en un ángulo de 30 a 45° (posición semifowler) si no está

contraindicado, con la finalidad de evitar el reflujo gastroesofágico hacia las vías respiratorias bajas (categoría IA).

Realizar la aspiración de secreciones a través de la cánula endotraqueal, previa valoración de la

presencia de alguno de los siguientes criterios: secreción visible en la cánula endotraqueal, ruidos respiratorios anormales (sibilancias, estertores), disnea súbita, ruidos crepitantes a la auscultación, aumento de presión pico o caída del volumen minuto, caída de la saturación de oxígeno y aumento de la presión del CO2 (categoría IA).

Realizar la aspiración de secreciones de la región subglótica (secreciones acumuladas entre la cánula

endotraqueal, mucosas y cuerdas bucales) posterior a la aspiración de secreción endotraqueal, sólo en pacientes con más de 72 hrs. de haber iniciado la intubación (categoría IA).

Realizar aseo bucal posterior a la realización de la aspiración de secreciones endotraqueal o subglótica

(utilizar preferentemente solución con clorhexidina al .12%) (categoría IB). Mantener la fijación de la cánula endotraqueal firme y segura para evitar su tracción y riesgo de

extubación accidental (categoría IB). Verificar que el globo de la cánula endotraqueal se encuentre inflado adecuadamente, según

especificaciones del fabricante, mediante la observación, auscultación y la valoración de los parámetros ventilatorios (categoría IB).

Manejar adecuadamente el humificador, cambiarlo cada 24 horas o antes si es necesario, colocar membrete con fecha y hora en que se realizó el cambio (categoría IA).

Utilizar exclusivamente agua estéril para realizar el llenado de los humificadores y nebulizadores

(categoría IB). Cambiar el circuito del ventilador cada siete días, cuando existan secreciones visibles condensadas, o

cuando se realice el cambio del equipo de un paciente a otro (categoría IA). Mantener limpia la parte externa del ventilador cada 24 hrs. o cada vez que se realice el cambio del

ventilador de un paciente a otro (categoría IA). 3.4 El prestador de atención médica es responsable de conocer y aplicar la Normas Oficiales Mexicanas: NOM-087-ECOL-SSA1-2002, Protección ambiental, salud ambiental, residuos biológicos-infecciosos, clasificación y especificaciones de manejo y la NOM-003-SSA2-1993 para la disposición de sangre humana y sus componentes con fines terapéuticos. 3.4.1 Es responsabilidad del prestador de atención médica realizar el tratamiento para la desinfección de líquidos y fluidos corporales de acuerdo a la siguiente concentración y dilución de cloro:

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP20

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20.- Procedimiento para prevenir neumonía nosocomial en pacientes con ventilación mecánica

Rev. 1

Hoja: 5 de 13

*1Tratamiento de líquidos y / fluidos corporales Volumen (ml) de RPBI a desinfectar Volumen (ml) a adicionar cloro

(6%) 10 1 50 5

100 10 150 15 200 20 250 25

3.5 Es responsabilidad del Jefe de Servicio y Jefe de Enfermería:

Conocer, difundir y supervisar entre el personal a su cargo: o Indicador institucional “Cuidados para la prevención de neumonía nosocomial a pacientes

con ventilación mecánica”. o Procedimiento para evaluarlas medidas de prevención de neumonía nosocomial en

pacientes con ventilación mecánica. o Técnica para aspiración de secreciones con sistema abierto o convencional o Técnica para aspiración de secreciones con sistema cerrado.

Programar de forma semestral capacitación para el prestador de atención médica clínico adscrito al servicio, que brinda atención a pacientes con ventilación mecánica y documentar la misma.

Implementar y dar seguimiento a las recomendaciones emitidas por el Comité de Calidad y Seguridad del Paciente (COCASEP).

Gestionar el abasto de insumos para la atención de pacientes con ventilación mecánica (cánulas endotraqueales, sondas de aspiración, circuitos cerrados, nebulizadores, entre otros.)

Gestionar el mantenimiento preventivo y correctivo del equipo (ventiladores) para la atención de pacientes con ventilación mecánica.

Solicitar y verificar que se lleven a cabo medidas de limpieza exhaustivas en la unidad del paciente. En la Terapia Intensiva se realizará esta actividad cada vez que egrese un paciente.

3.6 Es responsabilidad del Delegado Administrativo:

Dar seguimiento al proceso de abasto de insumos para la atención de pacientes con ventilación mecánica (cánulas endotraqueales, sondas de aspiración, circuitos cerrados, nebulizadores, entre otros.).

Dar seguimiento al mantenimiento preventivo y correctivo del equipo (ventiladores) para la atención de pacientes con ventilación mecánica.

Indicar y supervisar que se lleven a cabo medidas de limpieza exhaustivas en la unidad del paciente.

3.7 Es responsabilidad del prestador de atención médica clínico:

Conocer y aplicar: Procedimiento para evaluarlas medidas de prevención de neumonía nosocomial en

pacientes con ventilación mecánica. Técnica para aspiración de secreciones con sistema abierto o convencional Técnica para aspiración de secreciones con sistema cerrado.

1Cálculos basados en la NOM-003-SSA2/1993 para la disposición de sangre y sus componentes con fines terapéuticos (D.O.F. lun 18/07/94)Realizo: Q.F.I. Fernando Garisoani

Villarreal Ced. Prof.395567

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20.- Procedimiento para prevenir neumonía nosocomial en pacientes con ventilación mecánica

Rev. 1

Hoja: 6 de 13

Generar y promover acciones de mejora específicas, desde su ámbito de competencia, que

prevengan la neumonía nosocomial en pacientes con ventilación mecánica 3.8 Es responsabilidad del prestador de atención médica clínico, verificar que:

La parte externa del ventilador se encuentre libre de polvo y secreciones (la limpieza debe realizarse cada 24 hrs o cada vez que se realiza el cambio del ventilador de paciente a paciente).

El circuito para ventilación e inhaloterapia, humidificadores y equipos de apoyo respiratorio sean esterilizados a gas o sometidos a desinfección de alto nivel.

La cascada del ventilador mecánico se encuentre funcional (humidificación y calefacción del aire).

3.9 Es responsabilidad del prestador de atención médica anotar en los registros:

Tipo de secreciones (hialina, mucopurulenta, purulenta, sanguinolenta) Color (transparente, amarilla, verde, café, rojizo) Cantidad de secreciones Turno y hora en que se realizó la aspiración.

4.0 Descripción del procedimiento

Secuencia de etapas Actividad Responsable1.0 Supervisión de actividades.

1.1 Supervisa la ejecución de actividades para la prevención de neumonía nosocomial en pacientes con ventilación mecánica.

Jefe Médico o Jefe de Enfermeras.

2.0 Identificación correcta del paciente

2.1 Identificación del paciente por nombre completo y número de Expediente Clínico Único. PROCEDE: No: Termina el procedimiento Si: Explica al paciente el procedimiento a realizar y su participación en el mismo.

Prestador de atención médica

3.0 Aplicación de medidas de precaución estándar.

3.1Efectúa medidas de precaución estándar antes de tener contacto con el paciente o bien, antes de manipular los dispositivos invasivos. 3.2 Se coloca correctamente cubrebocas (cubre boca y nariz) previo a la higiene de manos. 3.3 Realiza higiene de manos con agua y jabón de acuerdo a la técnica institucional.

Prestador de atención médica

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20.- Procedimiento para prevenir neumonía nosocomial en pacientes con ventilación mecánica

Rev. 1

Hoja: 7 de 13

4.0 Monitorización de signos vitales y anota.

4.1 Monitoriza signos vitales, haciendo énfasis en la monitorización respiratoria (frecuencia, ritmo, profundidad, esfuerzo respiratorio o movimientos paradójicos). 4.2 Anota en la hoja de indicaciones médicas o en el Formato de Registros Clínicos de Enfermería, las cifras identificadas.

Hoja de Indicaciones / Registros Clínicos

Prestador de atención médica

5.0 Verificación de la posición anatómica del paciente.

5.1 Verifica que el paciente se encuentre en posición semifowler con la finalidad de evitar el reflujo gastroesofágico y la traslocación bacteriana hacia las vías respiratorias bajas. (ver política 3.8)

Prestador de atención médica

6.0 Valoración de la vía aérea del paciente

6.1 Valora la permeabilidad de la vía área en el paciente. 6.2 Identifica signos de aumento del trabajo respiratorio, obstrucción de la vía aérea y/o distrés del paciente (ruidos respiratorios anormales, disnea, cianosis, hipoventilación, entre otros). 6.3 Ausculta campos pulmonares y verifica disminución o ausencia de ventilación.

Prestador de atención médica

Secuencia de etapas Actividad Responsable7.0 Comprobación del funcionamiento del ventilador mecánico.

7.1 Comprueba la sincronicidad paciente/ventilador mediante la observación de los movimientos respiratorios. 7.2 Verifica parámetros ventilatorios, de acuerdo a la prescripción o al estado del paciente, incluida la temperatura y la humidificación del aire inspirado. 7.3 Vigila la eficiencia de la ventilación mecánica sobre el estado fisiológico del paciente. 7.4 Corrobora los ajustes del ventilador, el funcionamiento de las alarmas y las conexiones del ventilador.

Prestador de atención médica

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20.- Procedimiento para prevenir neumonía nosocomial en pacientes con ventilación mecánica

Rev. 1

Hoja: 8 de 13

8.0 Comprobación del funcionamiento del circuito del ventilador.

8.1 Confirma la permeabilidad de tubos y conexiones del ventilador vigilando la condensación de agua, acodamiento o mal funcionamiento. 8.2 Minimiza la tracción de la vía aérea artificial (suspensión del circuito del ventilador) mediante soportes giratorios principalmente durante el giro, la aspiración, desconexión y reconexión del ventilador.

Prestador de atención médica

9.0 Colocación de cánula orofaríngea.

9.1 Coloca cánula orofaríngea (Guedel) para impedir que el paciente obstruya (muerda) la cánula endotraqueal.

Prestador de atención médica

10.0 Verificación del funcionamiento de la cánula endotraqueal.

10.1. Verifica que la fijación de la cánula endotraqueal sea estable, se encuentre libre de tracción y del riesgo de extubación accidental. 10.2 Utiliza dispositivos para sujeción de cánula endotraqueal. 10.3 Identifica el número en la cánula endotraqueal que está al nivel de la arcada dental. 10.4 Coloca membrete de tela adhesiva en el extremo distal de la cánula endotraqueal y anota el número que está al nivel de la arcada dental para identificar posibles desplazamientos. 10.5 Moviliza la cánula endotraqueal de lugar (izquierda, central o derecha) para evitar lesión de la mucosa peribucal. 10.6 Verifica que el globo de la cánula endotraqueal se encuentre insuflado (entre 20 a 25 mm. Hg.) y que no presente fugas.

Prestador de atención médica

Secuencia de etapas Actividad Responsable11.0 Realización y registro de aspiración de secreciones.

11.1 Realiza aspiración de secreciones endotraqueales (preferentemente con sistema cerrado) previa valoración del patrón respiratorio. 11.2 Realiza aspiración de secreciones de la cavidad bucal y faríngea (o en su caso, nasofaríngea). 11.3 Anota en el Formato de Registros Clínicos de Enfermería o en la hoja de indicaciones médicas:

Prestador de atención médica

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20.- Procedimiento para prevenir neumonía nosocomial en pacientes con ventilación mecánica

Rev. 1

Hoja: 9 de 13

tipo de secreciones, color, cantidad, turno y hora de la aspiración.

Registros Clínicos/Hoja de Indicaciones.

12.0 Realización y registro de cuidados de la mucosa oral.

12.1 Realiza aseo bucal con preparado indicado por el médico o bien, utiliza kit de clorhexidina (si se encuentra disponible). 12.2 Proporciona cuidados a la mucosa oral y piel peribucal (aseo y lubricación) posterior a la aspiración de secreciones. 12.3 Anota en el Formato de Registros Clínicos de Enfermería la frecuencia y horario del aseo bucal.

Hoja de Indicaciones / Registros Clínicos

Prestador de atención médica

13.0 Manejo de residuos peligrosos biológico-infecciosos

13.1 Maneja los residuos peligrosos biológico-infecciosos de acuerdo a la Norma Oficial Mexicana NOM-087-ECOL-SSA1-2002 y NOM-045-SSA2-2005

Prestador de atención médica

14.0 Otorgamiento de cuidados de confort al paciente

14.1 Otorga cuidados de confort al paciente Prestador de atención médica

TERMINA PROCEDIMIENTO 5.0 Diagrama de flujo

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20.- Procedimiento para prevenir neumonía nosocomial en pacientes con ventilación mecánica

Rev. 1

Hoja: 10 de 13

JEFE MÉDICO O JEFE DE ENFERMERAS

SUPERVISIÓN DE ACTIVIDADES

INICIO

PRESTADOR DE ATENCIÓN MÉDICA

REGISTROS CLÍNICOS

HOJA DE INDICACIONES

A

TERMINO

1

IDENTIFICACIÓN CORRECTA DELPACIENTE

2

PROCEDE

NO

SI

EXPLICA AL PACIENTE ELPROCEDIMIENTO A REALIZAR Y

SU PARTICIPACIÓN EN EL MISMO

APLICACIÓN DE MEDIDAS DEPRECAUCIÓN ESTÁNDAR

3

MONITORIZACIÓN DE SIGNOSVITALES Y ANOTA

4

VERIFICACIÓN DE LA POSICIÓNANATÓMICA DEL PACIENTE

5

VALORACIÓN DE LA VÍA AÉREADEL PACIENTE

6

COMPROBACIÓN DELFUNCIONAMIENTO DEL

VENTILADOR MECÁNICO

7

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Rev. 1

Hoja: 11 de 13

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20.- Procedimiento para prevenir neumonía nosocomial en pacientes con ventilación mecánica

Rev. 1

Hoja: 12 de 13

JEFE MÉDICO O JEFE DE ENFERMERAS PRESTADOR DE ATENCIÓN MÉDICA

REGISTROS CLÍNICOS

HOJA DE INDICACIONES

A

COMPROBACIÓN DELFUNCIONAMIENTO DEL CIRCUITO

DEL VENTILADOR

8

COLOCACIÓN DE CÁNULAOROFARÍNGEA

3

4

MANEJO DE RESIDUOSPELIGROSOS BIOLÓGICOS-

INFECCIOSOS

13

OTORGAMIENTO DE CUIDADOSDE CONFORT AL PACIENTE

14

VERIFICACIÓN DELFUNCIONAMIENTO DE LACÁNULA ENDOTRAQUEAL

10

REALIZACIÓN Y REGISTRO DEASPIRACIÓN DE SECRECIONES

9

11

REGISTROS CLÍNICOS

HOJA DE INDICACIONES

4

REALIZACIÓN Y REGISTRO DECUIDADOS DE LA MUCOSA ORAL

12

TERMINO

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Rev. 1

Hoja: 13 de 13

6.0 Documentos de referencia

Documentos Código (cuando aplique)

Manual de Organización de la Dirección General Adjunta Médica. No aplica Manual de Procedimientos de la Subdirección de Enfermería. No aplica Estándares para la Certificación de Hospitales. Consejo de Salubridad General. Comisión para la Certificación de Establecimientos de Atención Médica, versión 2011.

No aplica

Norma Oficial Mexicana NOM-045-SSA2-2005, Para la vigilancia epidemiológica, prevención y control de las infecciones nosocomiales

No aplica

Norma Oficial Mexicana NOM-087-ECOL-SSA1-2002, Protección ambiental, salud ambiental, residuos biológicos-infecciosos, clasificación y especificaciones de manejo.

No aplica

Norma Oficial Mexicana NOM-003-SSA2-1993 para la disposición de sangre humana y sus componentes con fines terapéuticos.

No aplica

Registros Clínicos de Enfermería, Hospital General de México, Subdirección de Enfermería, Coordinación de Modelos de Atención de Enfermería.

No Aplica

Recomendaciones del Centro de Control y Prevención de Enfermedades, CDC de Atlanta.

No aplica

7.0 Registros

Registros Tiempo de conservación

Responsable de conservarlo

Código de registro o identificación única

Hoja de Indicaciones Médicas 5 años Archivo clínico No aplica Formato de Registros Clínicos de Enfermería

5 años Archivo clínico No aplica

8. 0 Glosario 8.1 Acción ciliar: movimientos sincrónicos que provee por sucesivas batidas, un sistema de transporte de las secreciones o cuerpos extraños que se hallen en la superficie de las mucosas, hacia la parte posterior de las fosas nasales. Para luego pasar a la laringe, desde donde deben ser deglutidas o expectoradas. 8.2 Arritmia cardiaca: alteración del ritmo normal del corazón. 8.3 Comité de Calidad y Seguridad del Paciente (COCASEP): Es un comité técnico de carácter consultivo que de manera colegiada analiza los problemas y avances en relación con la calidad percibida, la calidad técnica y la seguridad del paciente. 8.4 Crepitantes: Son ruidos discontinuos, cortos, numerosos, de escasa identidad, similares al ruido que se produce al frotar el pelo entre los dedos cerca de una oreja, que ocurre generalmente durante la inspiración.

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20.- Procedimiento para prevenir neumonía nosocomial en pacientes con ventilación mecánica

Rev. 1

Hoja: 14 de 13

8.5 Cuidados de Confort: Atender, asistir a un paciente para que tenga comodidad o bienestar. 8.6 Disnea: es la dificultad respiratoria o falta de aire. 8.7 Espacio subglótico: Espacio submucoso existente entre el margen inferior de la glotis y el margen superior del cartílago cricoides. 8.8 Estasis: estancamiento o aglomeración de sangre u otro liquido en alguna parte del cuerpo.

8.9 Expediente clínico. Conjunto de documentos escritos, gráficos e imagenología o de cualquier otra índole, en los cuales el personal de salud, deberá hacer los registros, anotaciones y certificaciones a su intervención, con arreglo a las disposiciones sanitarias. 8.10 Fisioterapia respiratoria. Conjunto de medidas que adopta la enfermera para ayudar a movilizar y eliminar las secreciones producidas en el aparato respiratorio. Estas medidas pueden ser: tos asistida, inspirómetro incentivado, drenaje postural, drenaje por percusión, drenaje por vibración y respiración diafragmática. 8.11 Formato de registros clínicos de enfermería: Es un documento legal que sirve para mantener la comunicación por escrito de hechos esenciales referente al paciente, su tratamiento y su evolución entre los profesionales de la salud. 8.12 Infección nosocomial: multiplicación de un patógeno en el paciente o en el trabador de la salud que puede dar o no dar sintomatología y que fue adquirido dentro del hospital. 8.13 Intubación: colocación de un tubo dentro de la tráquea (por vía orotraqueal o nasotraqueal), con el fin de asegurar la permeabilidad y ventilación artificial. 8.14 Neumonía: enfermedad infecciosa e inflamatoria que consiste en la infección de los espacios alveolares de los pulmones. La neumonía puede afectar a un lóbulo pulmonar completo o un segmento del lóbulo, alveolos o tejido intersticial. 8.15 Paciente: persona que recibe atención, tratamiento y servicios. Para los estándares de la JointComision Internacional, el paciente y su familia son considerados una sola unidad de atención. 8.16 Prestador de atención médica: Personal de salud (clínico y no clínico) que proporciona atención directa o indirecta al paciente. Se considera personal clínico a enfermera, médico, laboratorista, nutriólogo, radiólogo, inhaloterapista, entre otros. Es personal no clínico: camillero, intendencia, afanador, administrativos, servicios de alimentación, entre otros. 8.17 Secreciones bronquiales: son un mecanismo de defensa de la mucosa bronquial, los pacientes sometidos a ventilación mecánica (VM) no pueden expulsarlas y por ello es preciso ayudarles a extraerlas, por una técnica que se denomina aspiración

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP20

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

20.- Procedimiento para prevenir neumonía nosocomial en pacientes con ventilación mecánica

Rev. 1

Hoja: 15 de 13

8.18 Sibilancias: son ruidos chillones producidos por vía aéreas estrechas y a menudo se puede presentar cuando una persona exhala. Las sibilancias algunas veces se pueden escuchar sin necesidad de un estetoscopio. 8.19 Sistema de aspiración cerrado: un catéter cubierto por un manguito de plástico flexible a la vía aérea artificial para retirar las secreciones sin necesidad de desconectar al paciente del respirador para efectuar la técnica, es decir sin someterlo a cambios de presión. 8.20 Subcomité de Calidad y Seguridad del Paciente en los Servicios de Enfermería (SCOCASEPSE).Es un Comité que de manera colegiada analiza los problemas y avances en relación con la calidad percibida, la calidad técnica y la seguridad del paciente en los Servicios de Enfermería, y esta integra por personal de la Subdirección de Enfermería 8.21 Ventilación mecánica (VM): Procedimiento de respiración artificial que emplea un aparato para suplir o colocar con la función respiratoria de una persona que no puede o no se desea que lo realice por si misma, de tal forma que mejore la oxigenación y mecánica pulmonar 9.0 Cambios de esta versión

Número de Revisión Fecha de actualización Descripción del cambio No aplica No aplica No aplica

10.0 Anexo 10.1 Hoja de indicaciones médicas.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP21

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

21.- Procedimiento para reducir el riesgo de daño por causa de caídas en el paciente hospitalizado.

Rev. 1

Hoja: 1 de 8

21.- PROCEDIMIENTO PARA REDUCIR EL RIESGO DE DAÑO POR CAUSA DE CAÍDAS EN EL PACIENTE HOSPITALIZADO.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP21

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

21.- Procedimiento para reducir el riesgo de daño por causa de caídas en el paciente hospitalizado.

Rev. 1

Hoja: 2 de 8

1.0 Propósito 1.1 Identificar y valorar el riesgo de caída en el paciente hospitalizado a fin de cumplir con la Meta Internacional de Seguridad del Paciente, número 6 “Reducir el riesgo de daño al paciente por causa de caídas”. 2.0 Alcance 2.1 A nivel interno este procedimiento aplica en los Servicios o Unidades de atención médica donde se encuentren pacientes hospitalizados. 3.0 Políticas de operación, normas y lineamientos 3.1 Es responsabilidad del prestador de atención médica:

Identificar los procesos y desperfectosen las instalaciones, equipo o mobiliario de la unidad, que represente riesgo de caída en el paciente (factores extrínsecos).

Identificar factores de riesgo de caída en el paciente (factores intrínsecos). Conocer el nivel de riesgo de caída del paciente antes de procedimientos o tratamientos que impliquen

movilización o traslado. Implementar medidas de seguridad para reducir el riesgo de caída del paciente.

3.2Es responsabilidad del Jefe de Servicio, Jefe de Enfermería y Delegado Administrativo:

Gestionar la disponibilidad de equipo y mobiliario para prevenir el riesgo de caída en el paciente hospitalizado (barandales, bancos de altura, pasamanos, piso antiderrapante, entre otros).

Gestionar con el área correspondiente al mantenimiento preventivo y correctivo de las instalaciones, equipo y mobiliario que represente riesgo de caída en el paciente hospitalizado.

Conocer y supervisar los procesos que representen riesgo de caída al paciente hospitalizado. Conocer, difundir y supervisar entre el personal a su cargo, las medidas de seguridad tendientes a

reducir la probabilidad de caída en el paciente hospitalizado. Programar de forma semestral capacitación sobre la participación del prestador de atención médica

adscrito al servicio, en la prevención de caídas y documentar la misma. 3.3 Es responsabilidad del personal de Enfermería:

Valorar el riesgo de caídas al ingreso del paciente y revalorar por turno, o cuando así lo determine un cambio en el estado del paciente.

Registrar el nivel de riesgo de caída del paciente en los registros clínicos de Enfermería o en la escala de riesgo de caída autorizada por la Subdirección de Enfermería.

Informar al resto de prestadores de atención médica el nivel de riesgo de caída del paciente, antes de procedimientos o tratamientos que impliquen movilización o traslado.

Proporcionar educación al paciente y su familia con respecto a las medidas de seguridad para reducir el riesgo de caída.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP21

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

21.- Procedimiento para reducir el riesgo de daño por causa de caídas en el paciente hospitalizado.

Rev. 1

Hoja: 3 de 8

Planificar y ejecutar intervenciones para reducir el riesgo de caídas. 4.0 Descripción del procedimiento

Secuencia de etapas Actividad Responsable1.0 Identificación de factores de riesgo extrínsecos.

1.1 Identifica factores de riesgo en las instalaciones, equipo, mobiliario o en los procesos.

Jefe de Servicio

2.0 Indicación de mantenimiento.

2.1 Indica al Delegado Administrativo gestionar el mantenimiento preventivo o correctivo en las instalaciones, equipo y/o mobiliario del servicio.

Jefe de Servicio

3.0 Gestión de mantenimiento.

3.1 Gestiona mantenimiento preventivo o correctivo en las instalaciones, equipo y/o mobiliario del Servicio. 3.2 Elabora y tramita solicitud de trabajo. Solicitud de trabajo

Delegado Administrativo

4.0 Seguimiento de solicitud de trabajo e información.

4.1 Da seguimiento a la solicitud de trabajo con la finalidad de reducir el riesgo de daño al paciente por causa de caídas en las áreas de hospitalización. PROCEDE: No: El mantenimiento solicitado no es posible, notifica las causas y termina el procedimiento. Si: Informa al Jefe del Servicio el tiempo de respuesta o solución. Solicitud de trabajo

Delegado Administrativo

5.0 Verificación de mantenimiento y emisión de informe.

5.1 Verifica realización del mantenimiento solicitado y emite informe por escrito, al Jefe del Servicio, de las acciones para reducir el riesgo de daño al paciente por causa de caídas en las áreas de hospitalización. Informe

Delegado Administrativo

6.0 Supervisión de las medidas de seguridad.

6.1 Supervisa entre el personal a su cargo, la implementación de medidas de seguridad tendientes a reducir la probabilidad de caída en el paciente hospitalizado.

Jefe de Servicio

7.0 Valoración y registro del riesgo de caída.

7.1 Valora al paciente a su ingreso, una vez por turno o cuando cambie el estado de salud y determina el nivel de riesgo de caída. 7.2 Registra el nivel de riesgo de caída del paciente en

Personal de Enfermería.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP21

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

21.- Procedimiento para reducir el riesgo de daño por causa de caídas en el paciente hospitalizado.

Rev. 1

Hoja: 4 de 8

los formatos de registros clínicos de Enfermería o Escala de riesgo de caídas. Registros clínicos/ Escala de riesgo.

8.0 Planificación e implementación de medidas.

8.1 Planifica, en el formato de registros clínicos de Enfermería, las medidas de prevención para reducir el riesgo de caída se implementa.

Registros clínicos

Personal de Enfermería

Secuencia de etapas Actividad Responsable9.0 Supervisión del plan de cuidados y firma.

9.1 Supervisa la valoración del riesgo de caída, la planificación e implementación de medidas de prevención. 9.2 Firma en el formato de registros clínicos de Enfermería del paciente.

Registros clínicos.

Jefe de Enfermeras

10.0 Información del nivel de riesgo de caída.

10.1 Informa verbalmente al prestador de atención médica, paciente y familiar, el nivel de riesgo de caída; antes de procedimientos o tratamientos que impliquen movilización o traslado.

Personal de Enfermería

11.0 Implementación de medidas de prevención.

11.1 Implementa medidas de prevención para reducir el riesgo de caídas con base en la “Guía para prevenir accidentes por caída en pacientes durante su estancia hospitalaria”.

Guía para prevenir accidentes por caída.

Prestador de Atención Médica

TERMINA PROCEDIMIENTO

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP21

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

21.- Procedimiento para reducir el riesgo de daño por causa de caídas en el paciente hospitalizado.

Rev. 1

Hoja: 5 de 8

5.0 Diagrama de flujo

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP21

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

21.- Procedimiento para reducir el riesgo de daño por causa de caídas en el paciente hospitalizado.

Rev. 1

Hoja: 6 de 8

Informe

JEFE DE SERVICIO DELEGADOADMINISTRATIVO

PERSONAL DEENFERMERÍA JEFE DE ENFERMERAS PRESTADOR DE

ATENCIÓN MÉDICA

Identificación defactores de riesgo

extrinsecos

1

INICIO

Indicación demantenimiento

2

Solicitud de trabajo

Gestión demantenimiento

3

Seguimiento desolicitud de trabajo e

información

4

Verificación demantenimiento y emisión de

informe

5

Supervisión de lasmedidas de seguridad

6

Solicitud de trabajo

Informa al Jefe delServicio el tiempo derespuesta o solución

A

PROCEDE

SI

NOtermina

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP21

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

21.- Procedimiento para reducir el riesgo de daño por causa de caídas en el paciente hospitalizado.

Rev. 1

Hoja: 7 de 8

Guíaparapreveniraccidentesporcaída

Escala de riesgos

JEFE DE SERVICIO DELEGADOADMINISTRATIVO

PERSONAL DEENFERMERÍA JEFE DE ENFERMERAS PRESTADOR DE

ATENCIÓN MÉDICA

Registrosclínicos

Valoración y registrodelriesgo de caída

7

Registrosclínicos

Planificación eimplementación de

medidas

8

Registrosclínicos

Supervisión del plan deCuidados y firma

9

Información del nivel deriesgo de caída

10

Implementación demedidas de prevención

11

FIN

A

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SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

21.- Procedimiento para reducir el riesgo de daño por causa de caídas en el paciente hospitalizado.

Rev. 1

Hoja: 8 de 8

6.0 Documentos de referencia

Documentos Código Manual de Organización de la Dirección General Adjunta Médica. No aplica Manual de Procedimientos de la Subdirección de Enfermería. No aplica Estándares para la certificación de hospitales. Consejo de Salubridad General. Comisión para la Certificación de Establecimientos de Atención Médica, versión 2011.

No aplica

NOM-197-SSA1-2000, que establece los requisitos mínimos de infraestructura y equipamiento de hospitales y consultorios de atención médica especializada. No aplica

Protocolo para la prevención de caídas en pacientes hospitalizados. Secretaría de salud. 2011 No aplica

Recomendaciones específicas para Enfermería relacionadas con la prevención de caída de pacientes durante la hospitalización. Comisión Nacional de Arbitraje Médico.

No aplica

Registros Clínicos de Enfermería, Hospital General de México, Subdirección de Enfermería, Coordinación de Modelos de Atención de Enfermería. No Aplica

Manual de procedimientos del Departamento de Delegados No aplica 7.0 Registros

Registros Tiempo de conservación

Responsable de conservarlo

Código de registro o identificación única

Formato de registros clínicos de Enfermería. 5 años Archivo clínico No aplica

Escala de riesgo de caídas. 5 años Archivo clínico No aplica Solicitud de trabajo 5 años Archivo del Servicio No aplica Informe 5 años Archivo del Servicio No aplica

8. 0 Glosario 8.1 Caída: es la consecuencia de cualquier acontecimiento que precipita al paciente al suelo en contra de su voluntad. 8.2 Daño: Deterioro, destrucción, mal o sufrimiento que causa a las personas. 8.3 Escala de caídas: Instrumento por medio del cual se mide el riesgo de caídas en el paciente hospitalizado, considerando los criterios: caídas previas, medicamentos, déficit sensorial, estado mental y problemas de deambulación. 8.4 Factor de riesgo: Elemento o condición que implica el aumento de la probabilidad o posibilidad de que suceda un evento determinado.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP21

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

21.- Procedimiento para reducir el riesgo de daño por causa de caídas en el paciente hospitalizado.

Rev. 1

Hoja: 9 de 8

8.5 Factores intrínsecos: Son aquellos que están relacionados con el propio paciente y estarán determinados por cambios fisiológicos relacionados con la edad, patologías agudas o crónicas y por el consumo de fármacos. 8.6 Factores extrínsecos: Corresponden a los llamados factores ambientales, del entorno arquitectónico, instalaciones, equipo, mobiliario y aditamentos. Estos contribuyen hasta 50% para que se produzcan caídas. 8.7 Medidas de seguridad: Acciones encaminadas a minimizar los riesgos y posibles daños por caídas. 8.8 Paciente hospitalizado: Persona que recibe atención médica durante su estancia en servicios de hospitalización. 8.9 Prestador de atención médica: Personal de salud (clínico y no clínico) que proporciona atención directa o indirecta al paciente: Es personal clínico: enfermera, médico, laboratorista, nutriólogo, radiólogo, inhaloterapista, entre otros. Es personal no clínico: camillero, intendencia, afanador, administrativos, servicios de alimentación, entre otros. 8.10 Prevención de caída: Se refiere a todos las acciones que se proporcionan al paciente con la finalidad de evitar su precipitación al suelo en contra de su voluntad; para mantener cubierta la necesidad de seguridad del paciente y su entorno. 8.11 Riesgo de caída: Aumento de la susceptibilidad a sufrir caídas que pueden causar daño físico. 8.12 Valoración de Enfermería: Es un proceso planificado, sistemático, continúo y deliberado de recogida e interpretación de información que permite determinar la situación de salud que están viviendo las personas y su respuesta a ésta. 9.0 Cambios de esta versión

Número de Revisión Fecha de actualización Descripción del cambio No aplica No aplica No aplica

10.0 Anexo 10.1 Escala de riesgo de caídas. 10.2 Solicitud de trabajo. 10.3 Guía para prevenir accidentes por caída en pacientes durante su estancia hospitalaria.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP22

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

22.- Procedimiento para reducir el riesgo de daño por causa de caídas en el paciente ambulatorio.

Rev. 1

Hoja: 1 de 6

22.- PROCEDIMIENTO PARA REDUCIR EL RIESGO DE DAÑO POR CAUSA DE CAÍDAS EN EL PACIENTE AMBULATORIO.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP22

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

22.- Procedimiento para reducir el riesgo de daño por causa de caídas en el paciente ambulatorio.

Rev. 1

Hoja: 2 de 6

1.0 Propósito 1.1 Identificar el riesgo de caída en el paciente ambulatorio e implementar medidas de seguridad, a fin de cumplir con la Meta Internacional de Seguridad del Paciente, número 6 “Reducir el riesgo de daño al paciente por causa de caídas”. 2.0 Alcance 2.1 A nivel interno este procedimiento aplica a la Subdirección de Conservación y Mantenimiento, y a los Servicios o Unidades donde transiten pacientes ambulatorios. 3.0 Políticas de operación, normas y lineamientos 3.1 Es responsabilidad del Jefe de Servicio y Jefe de Enfermeras del Servicio.

Conocer los factores del entorno y del paciente, que pueden ocasionar caídas. Identificar y dar aviso al Delegado Administrativo de los desperfectos en los equipos, mobiliario,

instalaciones e inmuebles del Servicio, tales como; pasillos, rampas, escaleras, entre otros y que representen riesgo de caída en el paciente (factores del entorno).

Gestionar la disponibilidad de equipo y mobiliario para prevenir el riesgo de caída en el paciente ambulatorio (barandales, bancos de altura, pasamanos, piso antiderrapante, entre otros).

Conocer y supervisar los procesos que representen riesgo de caída al paciente ambulatorio. Conocer, difundir y supervisar entre el personal a su cargo, las medidas de seguridad tendientes

a reducir la probabilidad de caída en el paciente ambulatorio. 3.2 Es responsabilidad del Delegado Administrativo del Servicio.

Conocer los factores del entorno y del paciente, que pueden ocasionar caídas. Identificar y dar aviso a la Subdirección de Conservación y Mantenimiento de los desperfectos en

los equipos, mobiliario, instalaciones e inmuebles del Servicio, tales como; pasillos, rampas, escaleras, entre otros y que representen riesgo de caída en el paciente (factores del entorno).

Gestionar con el área correspondiente el mantenimiento preventivo y correctivo de las instalaciones, equipo y mobiliario que represente riesgo de caída en el paciente ambulatorio.

Conocer y supervisar los procesos que representen riesgo de caída al paciente ambulatorio. Conocer, difundir y supervisar entre el personal a su cargo, las medidas de seguridad tendientes

a reducir la probabilidad de caída en el paciente ambulatorio. 3.3 Es responsabilidad del prestador de atención médica del servicio:

Conocer los factores del entorno y del paciente, que pueden ocasionar caídas. Identificar y dar aviso a la instancia correspondiente de los desperfectos en equipos, mobiliario,

instalaciones e inmuebles del Servicio, tales como; pasillos, rampas, escaleras, entre otros y que representen riesgo de caída en el paciente (factores del entorno).

Identificar factores de riesgo de caída en el paciente ambulatorio (factores del paciente)

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP22

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

22.- Procedimiento para reducir el riesgo de daño por causa de caídas en el paciente ambulatorio.

Rev. 1

Hoja: 3 de 6

Implementar medidas de seguridad para reducir la probabilidad de caída en el paciente ambulatorio.

Orientar al paciente y su familia en las medidas de seguridad para reducir el riesgo de caída durante su permanencia en el hospital.

Establecer estrategias para la comunicación interna con la finalidad de solicitar apoyo a pacientes con riesgo de caída inminente.

Facilitar los medios necesarios para minimizar el riesgo de caída del paciente (silla de ruedas para traslado, entre otros).

4.0 Descripción del procedimiento Secuencia de etapas Actividad Responsable

1.0 Identificación de factores de riesgo extrínsecos

1.1 Identifica factores de riesgo equipos, mobiliario, instalaciones e inmuebles del Servicio que puedan causar caídas en el paciente ambulatorio.

Jefe de Servicio o Jefe de Enfermería

2.0 Indicación de mantenimiento.

2.1 Indica al Delegado Administrativo gestionar el mantenimiento preventivo o correctivo de equipos, mobiliario, instalaciones e inmuebles del Servicio.

Jefe de Servicio o Jefe de Enfermería

3.0 Elaboración y trámite de solicitud.

3.1 Elabora y tramita, ante la Subdirección de Conservación y Mantenimiento, la solicitud de trabajo para el mantenimiento preventivo o correctivo de equipos, mobiliario, instalaciones e inmuebles del Servicio. Solicitud de trabajo

Delegado Administrativo

4.0 Seguimiento de solicitud de trabajo e información.

4.1 Da seguimiento a la solicitud de trabajo con la finalidad de reducir el riesgo de daño por causa de caídas en el paciente ambulatorio. PROCEDE: No: El mantenimiento solicitado no es posible, notifica las causas y termina procedimiento. Si: Informa al Jefe de Servicio o Jefe de Enfermería el tiempo de respuesta o solución. Solicitud de trabajo.

Delegado Administrativo.

5.0 Supervisión del cumplimiento de acciones para mantenimiento.

5.1 Supervisa que la instancia correspondiente cumpla con las acciones para mantenimiento preventivo o correctivo tendientes a reducir la probabilidad de caída en el paciente ambulatorio.

Delegado administrativo.

6.0 Difusión de las medidas de seguridad.

6.1 Difunde las medidas de seguridad entre el prestador de atención médica a su cargo, para reducir el riesgo de daño por caída en el paciente ambulatorio.

Jefe de Servicio o Jefe de Enfermería.

7.0 Conocimiento de medidas de seguridad.

7.1 Conoce las medidas de seguridad para reducir el riesgo de daño por caída en el paciente ambulatorio.

Prestador de atención de médica del Servicio

8.0 Identificación de factores del entorno

8.1 Identifica factores del entorno que impliquen riesgo de caída en el paciente ambulatorio. Factores del entorno

Prestador de atención de médica del Servicio

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP22

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

22.- Procedimiento para reducir el riesgo de daño por causa de caídas en el paciente ambulatorio.

Rev. 1

Hoja: 4 de 6

9.0 Orientación al paciente y familiar.

9.1 Orienta al paciente y su familiar sobre medidas de seguridad para prevenir caída durante su permanencia en el hospital.

Prestador de atención de médica del Servicio

TERMINA PROCEDIMIENTO 5.0 Diagrama de flujo

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP22

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

22.- Procedimiento para reducir el riesgo de daño por causa de caídas en el paciente ambulatorio.

Rev. 1

Hoja: 5 de 6

Solicitud de trabajo

JEFE DE SERVICIO O JEFE DE ENFERMERÍA

Identificación de factoresde riesgo extrinsecos

1

INICIO

Indicación demantenimiento

2

Elaboración y trámite desolicitud

3

Seguimiento de solicitudde trabajo e información

4

9

TERMINO

DELEGADO ADMINISTRATIVO PRESTADOR DE ATENCIÓN MÉDICA DEL SERVICIO

PROCEDE

SI

NO

Solicitud de trabajo

Informa al Jefe de Servicio oJefe de Enfermeras el tiempo

de respuesta o solución

7

Supervisión del cumplimientode acciones paramantenimiento

5

Difusión de las medidas deseguridad

6

Conocimiento de medidas deseguridad

Identificación de factores delentorno

8

Orientación al paciente yfamiliar

TERMINO

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP22

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

22.- Procedimiento para reducir el riesgo de daño por causa de caídas en el paciente ambulatorio.

Rev. 1

Hoja: 6 de 6

6.0 Documentos de referencia

Documentos Código Manual de Organización del Hospital General de México. No aplica Manual de Organización de la Dirección General Adjunta Médica. Manual de Procedimientos de la Subdirección de Enfermería. No aplica Estándares para la Certificación de hospitales. Consejo de Salubridad General. Comisión para la Certificación de Establecimientos de Atención Médica, versión 2011.

No aplica

NOM-197-SSA1-2000, que establece los requisitos mínimos de infraestructura y equipamiento de hospitales y consultorios de atención médica especializada. No aplica

Manual de procedimientos del Departamento de Delegados No aplica 7.0 Registros

Registros Tiempo de conservación

Responsable de conservarlo

Código de registro o identificación única

Solicitud de trabajo 5 años Archivo del Servicio No aplica 8.0 Glosario 8.1 Atención Externa: Tipos de servicios de atención médica que se brindan a los pacientes en régimen ambulatorio. Los servicios de atención externa se proporcionan en varios entornos, que van desde instalaciones quirúrgicas independientes hasta centros de cateterismo cardiaco. 8.2 Caída: es la consecuencia de cualquier acontecimiento que precipita al paciente al suelo en contra de su voluntad. 8.3 Daño: Deterioro, destrucción, mal o sufrimiento que causa a las personas. 8.4 Factor de riesgo: Elemento o condición que implica el aumento de la probabilidad o posibilidad de que suceda un evento determinado. 8.5 Factores del paciente o intrínsecos: Son aquellos que están relacionados con el propio paciente y estarán determinados por cambios fisiológicos relacionados con la edad, patologías agudas o crónicas y por el consumo de fármacos. 8.6 Factores del entorno o extrínsecos: Corresponden a los llamados factores ambientales, del entorno arquitectónico, instalaciones, equipo, mobiliario y aditamentos. Estos contribuyen hasta 50% para que se produzcan caídas. 8.7 Medidas de seguridad: Acciones encaminadas a minimizar los riesgos y posibles daños por caídas.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP22

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

22.- Procedimiento para reducir el riesgo de daño por causa de caídas en el paciente ambulatorio.

Rev. 1

Hoja: 7 de 6

8.8 Paciente: Persona que recibe atención, tratamiento y servicios. Para los estándares de la JCI, el paciente y su familia son considerados una sola unidad de atención. 8.9 Paciente ambulatorio: Generalmente, personas que no necesitan el nivel de atención asociado con el entorno más estructurado de la internación o de un programa residencial. En muchos países, la atención ambulatoria se conoce también como “atención externa”. En algunos países, los pacientes ambulatorios se consideran “admitidos” en una organización de asistencia sanitaria; en otros, dichos pacientes se consideran “inscritos”. 8.10 Prestador de atención médica: Personal de salud (clínico y no clínico) que proporciona atención directa o indirecta al paciente: Es personal clínico: enfermera, médico, laboratorista, nutriólogo, radiólogo, inhaloterapia, entre otros. Es personal no clínico: camillero, intendencia, afanador, administrativos, servicios de alimentación, entre otros. 8.11 Prevención de caída: Se refiere a todos las acciones que se proporcionan al paciente con la finalidad de evitar su precipitación al suelo en contra de su voluntad; para mantener cubierta la necesidad de seguridad del paciente y su entorno. 8.12 Riesgo de caída: Aumento de la susceptibilidad a sufrir caídas que pueden causar daño físico. 9.0 Cambios de esta versión

Número de Revisión Fecha de actualización Descripción del cambio No aplica No aplica No aplica

10.0 Anexo 10.1 Solicitud de trabajo. Ver procedimiento 21. 10.2 Factores del entorno. 10.3 Factores del paciente.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP23

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

23.- Procedimiento para solicitud y entrega de resumen clínico.

Rev. 1

Hoja: 1 de 9

23.- PROCEDIMIENTO PARA SOLICITUD Y ENTREGA DE RESUMEN CLÍNICO.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP23

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

23.- Procedimiento para solicitud y entrega de resumen clínico.

Rev. 1

Hoja: 2 de 9

1.0 Propósito 1.1 Señalar los mecanismos y requisitos necesarios para la solicitud de resúmenes clínicos de pacientes atendidos en el Hospital General de México; por parte del interesado, familiar directo, tutor, personas autorizadas por el interesado o por una autoridad competente; así como el proceso de entrega de la información a los solicitantes. 2.0 Alcance 2.1 De manera interna este procedimiento es aplicable a la Dirección General Adjunta Médica, Archivo Clínico y los Servicios de Atención Médica. 2.2 De forma externa, este procedimiento es aplicable a los pacientes, familiares directos de primera línea, tutores, personas autorizadas por el interesado o por una autoridad competente que desean solicitar la elaboración de un resumen clínico. 3.0 Políticas de operación, normas y lineamientos 3.1 Será responsabilidad de la Dirección General Adjunta Médica informar los requisitos y el procedimiento para la solicitud de resúmenes clínicos a toda persona que requiera dicha información; así como el solicitarlos al área correspondiente y la entrega de estos a los solicitantes. 3.2 El horario para la otorgar información, recibir solicitudes y entrega de los resúmenes clínicos será de las 08:30 hrs. a las 15:00 hrs. De lunes a viernes. 3.3 Los requisitos para solicitar resumen clínico son: Formato de Solicitud de Resumen Clínico, debidamente llenado, carnet o número de E.C.U. (Expediente Clínico Único), identificación oficial (credencial de elector, cartilla del servicio militar, pasaporte), carta poder o documento de la autoridad competente que autorice la solicitud de la información y acta o certificado de defunción (cuando aplique). 3.4 Se creará un expediente por cada solicitud de resumen clínico, se le asignará un número de folio y registrará en una base de datos. 3.5 Posterior a la elaboración y envío del oficio donde se solicita el resumen clínico al Jefe de Servicio correspondiente, se darán 5 días hábiles como máximo para el envío del mismo a la Dirección General Adjunta Médica. 3.6 El resumen clínico será elaborado en base a la NOM-168-SSA1-1998, numeral 4.9, que a la letra dice: “...documento elaborado por un médico, en el cual se registrarán los aspectos relevantes de la atención médica de un paciente, contenidos en el expediente clínico. Deberá tener como mínimo: padecimiento actual, diagnósticos, tratamientos, evolución, pronóstico, estudios de laboratorio y gabinete”. 3.7 Para la entrega del resumen clínico es necesario la presentación de la copia del Formato de Solicitud de Resumen Clínico. 3.8 El solicitante podrá realizar una llamada telefónica a la Dirección General Adjunta Médica para confirmar la elaboración del resumen clínico y de esta manera pueda recogerlo.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP23

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

23.- Procedimiento para solicitud y entrega de resumen clínico.

Rev. 1

Hoja: 3 de 9

3.9 Los resúmenes clínicos se resguardarán 30 días naturales, posterior a la fecha de recepción por parte de la Dirección General Adjunta Médica. Posteriormente, se enviarán con oficio al Archivo Clínico para que sea resguardado en el expediente clínico correspondiente. 3.10 En caso de que el solicitante acuda por la información y esta ya haya sido enviada al expediente correspondiente, se pedirá que acuda al Archivo Clínico para que le sea entregado, previa presentación de documentos que compruebe la solicitud antes realizada.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP23

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

23.- Procedimiento para solicitud y entrega de resumen clínico.

Rev. 1

Hoja: 4 de 9

4.0 Descripción del procedimiento Secuencia de Etapas Actividad Responsable

1.0 Recepción de solicitud de resumen clínico.

1.1 Recibe solicitud por parte del interesado o persona autorizada de resumen clínico.

Dirección General Adjunta Médica. (Personal Administrativo)

2.0 Información de los requisitos y personas autorizadas para la solicitud.

2.1 Informa al paciente, familiar o persona autorizada, los requisitos para la solicitud el resumen clínico. 2.2 Verifica que el paciente, familiar directo o persona autorizada cubra los requisitos para la solicitud. PROCEDE: NO: Invita a cubrir con los requisitos y regresa a la actividad 1 SI: Continua el procedimiento.

Dirección General Adjunta Médica. (Personal Administrativo)

3.0 Identificación del interesado, familiar directo o persona autorizada para solicitar el resumen clínico.

3.1 Comprueba identidad de la persona que solicita el resumen clínico. a) Identificación Oficial (Credencial de elector, cartilla de servicio militar, pasaporte) b) Carta poder con copia de identificación oficial del solicitante, dos testigos y de la persona que autoriza. Documentos.

Dirección General Adjunta Médica. (Personal Administrativo)

4.0 Entrega de Formato para la Solicitud de Resumen Clínico.

4.1 Entrega el Formato para la Solicitud de Resumen Clínico, para que la persona que solicita lo llene. Formato de solicitud

Dirección General Adjunta Médica. (Personal Administrativo)

5.0 Solicitud de documentos necesarios para la solicitud del Resumen Clínico.

5.1 Solicita los documentos necesarios para la solicitud del Resumen Clínico. a) Formato adecuadamente llenado de la

solicitud del resumen clínico. b) Identificación Oficial (Credencial de elector,

cartilla de servicio militar, pasaporte) c) Carta poder con copia de identificación oficial

del interesado, dos testigos y de la persona que autoriza. En este caso, se conserva el documento original y se otorga una copia.

d) Carnet de atención médica del Hospital General de México.

e) Acta y/o Certificado de Defunción (en caso de que corresponda) de quien se solicita el resumen clínico.

Dirección General Adjunta Médica. (Personal Administrativo)

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP23

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

23.- Procedimiento para solicitud y entrega de resumen clínico.

Rev. 1

Hoja: 5 de 9

Secuencia de Etapas Actividad Responsable5.0 Solicitud de documentos necesarios para la solicitud del Resumen Clínico.

5.2 Verifica que estén completos y obtiene una copia fotostática. PROCEDE: No: Regresa a la actividad 2. Si: Continua el procedimiento.

Documentos.

Dirección General Adjunta Médica. (Personal Administrativo)

6.0 Integración del expediente de la solicitud de resumen clínico.

6.1 Integra el expediente con las copias de los documentos necesarios para la solicitud del resumen clínico. a) Expediente de Solicitud de resumen clínico. b) Formato adecuadamente llenado de la

solicitud del resumen clínico (Original). c) Identificación Oficial (Copia). d) Carta poder con copia de identificación oficial

del interesado, dos testigos y de la persona que autoriza. (Original).

e) Carnet de atención médica del Hospital General de México (Copia).

f) Acta y/o Certificado de Defunción (en caso de que corresponda) de quien se solicita el resumen clínico (Copia) Expediente.

Dirección General Adjunta Médica. (Personal Administrativo)

7.0 Entrega de copia de Formato de Solicitud de Resumen Clínico.

7.1 Entrega la copia del Formato de Solicitud de resumen clínico al solicitante.

Formato de Solicitud

Dirección General Adjunta Médica. (Personal Administrativo)

8.0 Información del tiempo en que estará el resumen elaborado.

8.1 Informa al interesado que el resumen estará realizado en 5 días hábiles, posteriores a la fecha de solicitud y otorga los números telefónicos de la Dirección General Adjunta Médica, para que corroboré su elaboración, antes de acudir a recogerlo.

Dirección General Adjunta Médica. (Personal Administrativo)

9.0 Registro del expediente de solicitud.

9.1 Anota número de folio y se registra en el Control de Registro de Solicitudes de Resumen Clínico.

Control de Registro.

Dirección General Adjunta Médica. (Personal Administrativo)

10.0 Elaboración de Oficio de solicitud de resumen clínico.

10.1 Elabora y envía oficio a la Dirección General Adjunta Médica en el cual solicita resumen clínico al Jefe de Servicio correspondiente. Oficio.

Dirección General Adjunta Médica. (Personal Administrativo)

11.0 Autorización y envío de oficio para solicitud de resumen clínico.

11.1 Firma oficio y solicita su envío al Jefe de Servicio Correspondiente.

Oficio

Dirección General Adjunta Médica

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP23

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

23.- Procedimiento para solicitud y entrega de resumen clínico.

Rev. 1

Hoja: 6 de 9

Secuencia de Etapas Actividad Responsable12.0 Recepción de oficio de solicitud de resumen clínico y envío.

12.1 Recibe oficio de solicitud y elabora resumen clínico. 12.2 Envía resumen clínico elaborado a la Dirección General Adjunta Médica

Oficio / Resumen.

Jefe de Servicio

13.0 Recepción del resumen clínico y registro

13.1 Recibe el resumen clínico en la Dirección General Adjunta Médica Resumen Clínico. 13.2 Registra en el Control de Registro de Solicitudes de Resumen Clínico la recepción del resumen clínico.

Control de Registro / Resumen

Dirección General Adjunta Médica. (Personal Administrativo)

14.0 Incorporación de resumen clínico al expediente de solicitud.

14.1 Agrega el resumen clínico al expediente de solicitud de este.

Expediente

Dirección General Adjunta Médica. (Personal Administrativo)

15.0 Entrega del resumen clínico.

15.1 Solicita la copia del Formato de Solicitud de Resumen Clínico al solicitante, corrobora los datos y entrega el resumen clínico al solicitante.

Formato de Solicitud / Resumen

Dirección General Adjunta Médica. (Personal Administrativo)

16.0 Registro de entrega de resumen clínico.

16.1 Recibe la copia del Formato de Solicitud de Resumen Clínico, con firma y fecha de recibido; y registra la entrega en la base de datos.

Formato de Solicitud

Dirección General Adjunta Médica. (Personal Administrativo)

17.0 Resguardo del expediente de solicitud dentro de la carpeta correspondiente.

17.1 Agrega la copia del Formato de Solicitud de Resumen Clínico, con firma y fecha de recibido en el expediente de solicitud y se resguarda en la carpeta correspondiente.

Expediente

Dirección General Adjunta Médica. (Personal Administrativo)

TERMINA PROCEDIMIENTO

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP23

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

23.- Procedimiento para solicitud y entrega de resumen clínico.

Rev. 1

Hoja: 7 de 9

5.0 Diagrama de flujo

DOCUMENTOS

FORMATODE SOLICITUD

DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA MÉDICA.(PERSONAL ADMINISTRATIVO)

INICIO

JEFE DE SERVICIODIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA MÉDICA

RECEPCIÓN DE SOLICITUD DERESUMEN CLÍNICO.

PROCEDE

A

NO

SI

1

INFORMACIÓN DE LOS REQUISITOS YPERSONAS AUTORIZADAS PARA LA

SOLICITUD

2

1

DOCUMENTOS

IDENTIFICACIÓN DEL INTERESADO,FAMILIAR DIRECTO O PERSONA

AUTORIZADA PARA SOLICITAR ELRESUMEN CLÍNICO.

3

ENTREGA DE FORMATO PARA LASOLICITUD DE RESUMEN CLÍNICO.

4

SOLICITUD DE DOCUMENTOSNECESARIOS PARA LA SOLICITUD DEL

RESUMEN CLÍNICO.

5

PROCEDENO

SI

2

EXPEDIENTE

INTEGRACIÓN DEL EXPEDIENTE DE LASOLICITUD DE RESUMEN CLÍNICO.

6

FORMATO DESOLICITUD

ENTREGA DE COPIA DE FORMATO DESOLICITUD DE RESUMEN CLÍNICO.

7

INFORMACIÓN DEL TIEMPO EN QUEESTARÁ EL RESUMEN ELABORADO.

8

CONTROL DEREGISTRO

REGISTRO DEL EXPEDIENTE DESOLICITUD.

9

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP23

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

23.- Procedimiento para solicitud y entrega de resumen clínico.

Rev. 1

Hoja: 8 de 9

RESUMEN

OFICIOOFICIO

DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA MÉDICA.(PERSONAL ADMINISTRATIVO) JEFE DE SERVICIODIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA MÉDICA

A

TERMINO

10

OFICIO

ELABORACIÓN DE OFICIO DESOLICITUD DE RESUMEN CLÍNICO.

AUTORIZACIÓN Y ENVÍO DE OFICIOPARA SOLICITUD DE RESUMEN

CLÍNICO.

11

RECEPCIÓN DE OFICIO DE SOLICITUDDE RESUMEN CLÍNICO Y ENVÍO.

12

RESUMEN

CONTROL DEREGISTRO

RECEPCIÓN DEL RESUMEN CLÍNICO YREGISTRO

13

EXPEDIENTE

INCORPORACIÓN DE RESUMENCLÍNICO AL EXPEDIENTE DE

SOLICITUD.

14

RESUMEN

FORMATO DESOLICITUD

ENTREGA DEL RESUMEN CLÍNICO.

15

FORMATO DESOLICITUD

REGISTRO DE ENTREGA DE RESUMENCLÍNICO.

16

EXPEDIENTE

RESGUARDO DEL EXPEDIENTE DESOLICITUD DENTRO DE LA CARPETA

CORRESPONDIENTE.

17

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP23

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

23.- Procedimiento para solicitud y entrega de resumen clínico.

Rev. 1

Hoja: 9 de 9

6.0 Documentos de referencia Documentos Código (cuando aplique)

Manual de Organización de la Dirección General Adjunta Médica. No aplica Manual de Procedimientos de la Dirección General Adjunta Médica. No Aplica NOM-004-SSA3-2012 del Expediente Clínico. No aplica

7.0 Registros

Registros Tiempo de conservación

Responsable de conservarlo

Código de registro o identificación única

Formato de Solicitud de Resumen Clínico.

30 días Dirección General Adjunta Médica No aplica

8.0 Glosario 8.1 Formato: Documento específico en el que se concentran datos cuantitativos y/o cualitativos. Documento escrito que ilustra acerca de algún hecho que se realiza de manera periódica o incidental. 8.2 Resumen Clínico: Documento elaborado por un médico, en el cual se registrarán los aspectos relevantes de la atención médica y que se encuentran contenidos en el Expediente Clínico. 8.3 Servicios de Atención Médica: El conjunto de recursos que interviene sistemáticamente para la prevención y curación de las enfermedades que afectan a los individuos, así como de la rehabilitación de los mismos. 9.0 Cambios de esta versión

Número de Revisión Fecha de actualización Descripción del cambio

1 Noviembre 2013 Modificación del punto 6.0 Documentos de referencia.

10.0 Anexos 10.1 Formato de solicitud de resumen clínico

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP24

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

24.- Procedimiento para el marcado del sitio quirúrgico. Rev. 1

Hoja: 1 de 8

24.- PROCEDIMIENTO PARA EL MARCADO DEL SITIO QUIRÚRGICO

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP24

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

24.- Procedimiento para el marcado del sitio quirúrgico. Rev. 1

Hoja: 2 de 8

1.0 Propósito 1.1 Dar cumplimiento al objetivo de la Meta Internacional de Seguridad del Paciente 4: “Prevenir errores que involucren cirugías en el sitio incorrecto, con el procedimiento incorrecto y al paciente incorrecto”, identificando el sitio quirúrgico en el paciente correcto mediante un círculo con un punto en el centro sobre el área que será intervenida quirúrgicamente. 2.0 Alcance 2.1 A nivel interno este procedimiento es de observancia obligatoria en todos los pacientes que sean intervenidos quirúrgicamente. 3.0 Políticas de operación, normas y lineamientos 3.1 El médico Cirujano tratante es responsable de:

Realizar el marcado del sitio quirúrgico antes de que el paciente sea trasladado a la unidad quirúrgica, en el servicio de procedencia (durante el periodo preoperatorio) y en colaboración directa con el paciente.

Marcar el sitio quirúrgico en la piel del paciente y en el esquema en todos los casos relacionados con lateralidad (distinción entre izquierda y derecha), estructuras múltiples (dedos de las manos y de los pies) o niveles múltiples (columna vertebral) y cuando la realización del procedimiento en un sitio diferente pudiera afectar de manera negativa la calidad o la seguridad del paciente.

Considerar que el marcado de la incisión quirúrgica o del abordaje quirúrgico suprime la realización de este procedimiento (ejemplo: cirugía plástica y reconstructiva, oncológica).

Omitir el marcado en la piel y realizar únicamente marcado documental del sitio quirúrgico en el consentimiento informado de este procedimiento en los siguientes casos: pacientes con lesiones claramente visibles (fracturas expuestas o tumoraciones evidentes), procedimientos de mínima invasión (endoscopia o laparoscopia), pacientes o familia que no aceptan el marcado en la piel, cuando el marcado es técnica o anatómicamente imposible (en mucosas o perineo), procedimientos dentales, pacientes neonatos, pacientes con aparato de yeso, fibra de vidrio o vendajes.

Involucrar la participación del paciente en el caso que se encuentre despierto, consciente y orientado. En pacientes pediátricos, incapacitados o con barreras lingüísticas, el familiar responsable o tutor debe otorgar su autorización en los formatos correspondientes (consentimiento informado para cirugías y/o procedimientos y consentimiento informado para marcado de sitio quirúrgico).

Identificar al paciente correcto mediante nombre completo y ECU Marcar el área quirúrgica con un círculo de aproximadamente 3 cm. cuyas dimensiones se

modificarán de acuerdo al procedimiento quirúrgico programado y la incisión propuesta.

Requisitar el formato de “Carta de consentimiento bajo información para marcado de sitio quirúrgico” explicando al paciente y familia el objetivo de la autorización del procedimiento, recabando las firmas correspondientes y anexarlo al expediente clínico.

Cotejar el sitio quirúrgico correcto con el expediente clínico y estudios de gabinete o imágenes diagnósticas del paciente.

Identificar posibles casos de situs inversus. Realizar el marcado de sitio quirúrgico con marcador de tinta indeleble, resistente al

procedimiento de asepsia de la piel.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP24

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

24.- Procedimiento para el marcado del sitio quirúrgico. Rev. 1

Hoja: 3 de 8

Cuidar la privacidad del paciente al realizar el marcado del sitio quirúrgico. Identificar posibles alergias a los componentes del marcador de piel.

3.2 Es responsabilidad del personal de Enfermería:

Conocer el alcance y políticas de éste procedimiento. Identificar al paciente correcto mediante nombre completo y ECU. Verificar como parte de la preparación preoperatoria del paciente que se haya realizado el

marcado de sitio quirúrgico en el paciente, en caso contrario notificar y solicitar al médico Cirujano tratante dé cumplimiento a este requisito de seguridad.

Cotejar el sitio quirúrgico correcto con el expediente clínico y/o estudios o imágenes diagnósticas del paciente.

Registrar en el esquema de modelo anatómico del Formato de Registros Clínicos de Enfermería de las áreas de Hospitalización y Preoperatorio, colocando con tinta azul el círculo con punto en el centro, el sitio quirúrgico programado.

Registrar en el esquema de modelo anatómico del Formato de Registros Clínicos de Enfermería del transoperatorio y postoperatorio, colocando con tinta roja la marca que señala la incisión quirúrgica realizada.

3.3 Es responsabilidad de la Dirección Quirúrgica:

Verificar el proceso de implementación de este procedimiento. Retroalimentar al personal médico en la realización del marcado del sitio quirúrgico. Identificar áreas de oportunidad en el llenado del “Carta de consentimiento bajo información para

marcado de sitio quirúrgico” Gestionar la adquisición y abasto a los servicios de marcadores indelebles para piel.

3.4 Es responsabilidad de la Dirección de Educación y Capacitación en Salud:

Verificar que los residentes de las especialidades quirúrgicas y médicas se apeguen a las políticas y lineamientos que señala este procedimiento, en la atención de pacientes quirúrgicos.

3.5 Es responsabilidad del Jefe de Servicio:

Conocer y difundir este procedimiento. Supervisar que el área médica dé cumplimiento a este procedimiento. Garantizar el abasto de marcadores indelebles para la realización de este procedimiento Verificar la vida útil de los marcadores y solicitar al Delegado Administrativo reemplazar este

insumo cuando así lo requieran. Identificar áreas de oportunidad en la ejecución de este procedimiento e implementar

acciones de mejora.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP24

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

24.- Procedimiento para el marcado del sitio quirúrgico. Rev. 1

Hoja: 4 de 8

4.0 Descripción del procedimiento Secuencia de Etapas Actividad Responsable

1.0 Identificación del paciente.

1.1 Identifica al paciente con nombre completo y ECU conforme a la técnica del “Procedimiento para evaluar la Identificación del paciente” Técnica de Identificación del paciente.

Médico Cirujano Tratante

2.0 Verificación de cirugía o procedimiento correcto.

2.1 Verifica en el expediente clínico del paciente el procedimiento y/o cirugía a realizar. Expediente clínico

Médico Cirujano Tratante

3.0 Explicación al paciente o familia sobre el marcado del sitio quirúrgico.

3.1 Brinda al paciente y familia información suficiente y veraz que avale el objetivo de la “Carta de Consentimiento bajo información para marcado de sitio quirúrgico” 3.2 Ratifica que el paciente y familia comprendió la información otorgada y formaliza esta actividad con la firma, huella digital o algún otro medio aceptado legalmente. Carta de Consentimiento

Médico Cirujano Tratante

4.0 Requisición del consentimiento informado correspondiente.

4.1 Requisita la “Carta de Consentimiento bajo información para marcado de sitio quirúrgico” realizando marcado documental del sitio quirúrgico. Carta de Consentimiento

Médico Cirujano Tratante

5.0 Realización de higiene de manos con agua y jabón.

5.1 Realiza higiene de manos antes de tocar al paciente conforme a la técnica del “Procedimiento para evaluar la higiene de manos con agua y jabón en el prestador de atención médica” Técnica de higiene de manos con agua y

jabón

Médico Cirujano Tratante

6.0 Corrobora y realiza marcado del sitio quirúrgico.

6.1 Corrobora el sitio quirúrgico correcto y realiza el marcado del sitio quirúrgico utilizando marcador indeleble colocando un círculo con un punto en el centro sobre el área que será intervenida quirúrgicamente.

Médico Cirujano Tratante

7.0 Identificación del paciente.

7.1 Identifica al paciente con nombre completo y ECU conforme a la técnica del “Procedimiento para evaluar la Identificación del paciente” Técnica de Identificación del paciente.

Personal de Enfermería.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP24

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

24.- Procedimiento para el marcado del sitio quirúrgico. Rev. 1

Hoja: 5 de 8

Secuencia de Etapas Actividad Responsable8.0 Verificación y registra el marcado del sitio quirúrgico.

8.1 Verifica en el expediente clínico y/o estudios o imágenes diagnósticas del paciente que el marcado del sitio quirúrgico corresponde al procedimiento y/o cirugía a realizar. PROCEDE: No: regresa a la actividad 6.0 y notifica al médico Cirujano Tratante o al Jefe inmediato Si: Registra en el Formato de registros clínicos de Enfermería el marcado documental del sitio quirúrgico. Expediente clínico

Personal de Enfermería.

9.0 Traslado de paciente a la unidad quirúrgica.

9.1 Traslada al paciente a la Unidad quirúrgica. Personal de Enfermería

TERMINA PROCEDIMIENTO

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP24

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

24.- Procedimiento para el marcado del sitio quirúrgico. Rev. 1

Hoja: 6 de 8

5.0 Diagrama de flujo

Técnica de identificaciónde l paciente

Técn ica de h ih iene dem anos con agua y jabón

Técnica de identificaciónde l paciente

Identificación de lpaciente

1

IN IC IO

M ÉDICO CIRUJANO TRATANTE PERSO NAL DE ENFERM ERÍA

Verificación y reg istra e lm arcado de l sitio

qu irúrg ico

8

PRO CEDE

SI

N O

Expediente clín ico

Verificación deC irugía o

proced im ientocorrecto

2

C arta de consentim iento

Explicación a lpaciente o fam ilia

sobre e l m arcado de lsitio qu irúrg ico

3

C arta de consentim iento

R equisición de lconsentim iento

in form adocorrespondientte

4

R ealización deh ig iene de m anos con

agua y jabón

5

6

Identificación de lpaciente

7

Traslado de pacientea la un idad qu irúrg ica

9

C orrobora y rea lizam arcado de l sitio

qu irúrg ico

F IN

6

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP24

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

24.- Procedimiento para el marcado del sitio quirúrgico. Rev. 1

Hoja: 7 de 8

6.0 Documentos de referencia Documentos Código (cuando aplique)

Manual de Organización de la Dirección General Adjunta Médica. No aplica Manual de Procedimientos de la Subdirección de Enfermería No aplica Estándares para la certificación de hospitales. Consejo de Salubridad General. Comisión para la Certificación de Establecimientos de Atención Médica, Versión 2012, Pág. 227- 228.

No aplica

Manual del Proceso de Certificación de Hospitales. Comisión para la Certificación de Establecimientos de Atención Médica. Sistema Nacional de Certificación de Establecimientos de Atención Médica.

No aplica

Norma Oficial Mexicana NOM-004-SSA3-2012 Del expediente clínico. No aplica Registros Clínicos de Enfermería, Hospital General de México, Subdirección de Enfermería, Coordinación de Modelos de Atención de Enfermería. No Aplica

7.0 Registros

Registros Tiempo de conservación

Responsable de conservarlo

Código de registro o identificación única

Formato “Carta de Consentimiento bajo información para marcado de sitio quirúrgico”

5 años Archivo clínico No aplica

Lista de Verificación de la Seguridad en la Cirugía

5 años Archivo clínico No aplica

Expediente Clínico Único. 5 años Archivo clínico No aplica 8. 0 Glosario 8.1 Área de preoperatorio: Área donde se realiza la recepción del paciente, antes de operarse, donde se le proporciona cuidados inmediatos de acuerdo al tipo de cirugía que se le va a realizar. 8.2 Área de transoperatorio: Lugar específico donde se lleva a cabo las intervenciones quirúrgicas. 8.3 Área de postoperatorio: Área de recuperación post-anestesia, en donde se proporcionan cuidados intensivos mediatos e inmediatos a todos los pacientes después de la intervención quirúrgica. 8.4 Consentimiento informado: documentos escritos, signados por el paciente o su representante legal, mediante los cuales se acepte, bajo debida información de los riesgos y beneficios esperados, un procedimiento médico o quirúrgico con fines de diagnóstico o, con fines diagnósticos, terapéuticos o de rehabilitación. Estas cartas se sujetarán a los requisitos previstos en las disposiciones sanitarias, serán revocables mientras no inicie el procedimiento para el que se hubieren otorgado y no obligarán al médico a realizar u omitir un procedimiento cuando ello entrañe un riesgo injustificado hacia el paciente. 8.5 Expediente clínico: Conjunto de documentos escritos, gráficos e imagenologia o de cualquier otra índole, en los cuales el personal de salud, deberá hacer los registros, anotaciones y certificaciones a su intervención, con arreglo a las disposiciones sanitarias. 8.6 Familia: la o las personas que ocupan un lugar importante en la vida del paciente. Esto puede incluir a personas no relacionadas legalmente con el paciente. Esta persona o personas a menudo se denominan terceros responsables de la toma de decisiones, si estuvieran autorizadas para tomar decisiones por el paciente en caso de que el mismo perdiera su capacidad para hacerlo.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP24

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

24.- Procedimiento para el marcado del sitio quirúrgico. Rev. 1

Hoja: 8 de 8

8.7 Identificación del paciente. Es un proceso que permite tener la certeza de la identidad de la persona durante el proceso de atención 8.8 Identificador institucional. Dato informativo (nombre completo y expediente clínico único) que permite confirmar la identidad de una persona. 8.9 Identificación gráfica: Es toda aquella tipificación que se encuentra por escrito en diferentes documentos y dispositivos de identificación que pueden ser: identificación oficial, brazalete de identificación, tarjeta de identificación del paciente, Expediente clínico único, carnet, kardex, entre otros. 8.10 Incisión quirúrgica: Es el corte en las estructuras diversas anatómicas que abren el camino a la zona a intervenir. 8.11 Marcado del sitio quirúrgico: Colocar una marca o señal inequívoca que identifique visualmente en la piel del paciente el área que será intervenida quirúrgicamente, este procedimiento se realiza únicamente en el preoperatorio y tiene como objetivo prevenir errores que involucren cirugías en el sitio incorrecto, con el procedimiento incorrecto y al paciente incorrecto. 8.12 Marcado documental del sitio quirúrgico: Colocar una marca o señal inequívoca que identifique visualmente en los formatos; Consentimiento informado para marcado de sitio quirúrgico y Registros clínicos de Enfermería, el área que será intervenida quirúrgicamente en el paciente. 8.13 Paciente: persona que recibe atención, tratamiento y servicios. Para los estándares, el paciente y la familia son considerados una sola unidad de atención. 8.14 Preparación preoperatoria: Conjunto de acciones realizadas al paciente, previo al acto quirúrgico, destinadas a identificar condiciones físicas y psicológicas y sociológicas que puedan alterar la capacidad del paciente para tolerar el estrés quirúrgico a fin de restablecer o conservar la salud y bienestar del individuo antes, durante y después de la intervención quirúrgica y prevenir complicaciones postoperatorias. Comprende desde el momento en que se toma la decisión de efectuar la intervención quirúrgica y termina con el traslado del paciente al quirófano. 8.15 Unidad quirúrgica: Conjunto de secciones técnicas y administrativas que incluye: preoperatorio, transoperatorio y postoperatorio, central de equipos y esterilización y servicios anexos, destinados a dar la atención al paciente candidato a cirugía cumpliendo con esto los objetivos de prevención, curación. 8.16 Verificación cruzada: Procedimiento mediante el cual el prestador de atención médica identifica a una persona determinada (paciente) a través de dos mecanismos como ejemplo: verbal y brazalete de identificación o verbal e identificación oficial. 9.0 Cambios de esta versión

Numero de revisión Fecha de actualización Descripción del cambio

1 Noviembre 2013 Actualización de la Norma Oficial del Expediente Clínico en el punto

6.0 Documentos de Referencia. 10.0 Anexo 10.1 Carta de Consentimiento bajo información para marcado de sitio quirúrgico 10.2 Expediente Clínico 10.3 Técnica para la identificación del paciente. 10.4 Técnica de higiene de manos con agua y jabón.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP25

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

25.- Procedimiento para el manejo e integración del Expediente Clínico.

Rev. 1

Hoja: 1 de 8

25.- PROCEDIMIENTO PARA EL MANEJO E INTEGRACIÓN DEL EXPEDIENTE CLÍNICO.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP25

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

25.- Procedimiento para el manejo e integración del Expediente Clínico.

Rev. 1

Hoja: 2 de 8

1.0 Propósito 1.1 Señalar los mecanismos para el manejo, integración y resguardo del Expediente Clínico en el Hospital General de México, “Dr. Eduardo Liceaga”, O.D. 2.0 Alcance 2.1 De manera interna este procedimiento es aplicable a la Dirección General Adjunta Médica, Dirección General Adjunta de Administración y Finanzas y los Servicios de Atención Médica. 3.0 Políticas de Operación, Normas y Lineamientos 3.1 La elaboración e integración del expediente clínico, se apegara a la NOM-168-SSA1-1998, así como a los lineamientos establecidos por el Consejo de Salubridad General para la Certificación de Hospitales. 3.2 Se creará un solo expediente para cada paciente que solicite atención médica en el Hospital General de México, O.D. El número del expediente clínico es el único autorizado para identificar al paciente en todo la institución y se identifica como E.C.U (Expediente Clínico Único). 3.3 La información contenida en el expediente debe ser clara y comprensible, además de justificar el diagnóstico, los procedimientos realizados, la terapéutica empleada y la evolución del paciente. No están permitidas las abreviaturas en los registros que integran el expediente clínico. Las abreviaturas que serán utilizadas son las que representen las unidades de medida internacional. 3.4 El expediente clínico y toda la información que se genere de la atención brindada a los pacientes, será manejada con privacidad y confidencialidad, y sólo será proporcionada, previa solicitud por escrito, al paciente, familiar directo en primera línea, tutor, representante jurídico o autoridad competente que la solicite. 3.5 Es responsabilidad del Jefe de Servicio resguardar adecuadamente el expediente clínico y la información que de este emane, limitando el acceso al personal previamente autorizado. 3.6 Es responsabilidad del Jefe de Servicio resguardar los expedientes clínicos y la información que se genere de los usuarios en un área que evite la pérdida, alteración o acceso de personal no autorizado a éstos. 3.7 El personal que contará con autorización para tener acceso a la información contenida en el expediente clínico será el siguiente: Personal médico (Médicos, Residentes, Internos, Estudiantes bajo la supervisión de un médico responsable de estos), de Enfermería, Nutrición, Trabajo Social y Psicología.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP25

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

25.- Procedimiento para el manejo e integración del Expediente Clínico.

Rev. 1

Hoja: 3 de 8

3.8 El personal autorizado para agregar información es el personal médico (Médicos, Residentes, Internos), de enfermería, nutrición, trabajo social y psicología; de acuerdo a los formatos y categoría de información correspondiente. 3.9 El expediente se actualizará, registrando todos los datos que la atención del paciente genere: estado de salud, evolución, diagnósticos y procedimientos; como lo dicta la NOM-004-SSA3-2012. 3.10 Las notas del expediente clínico (evolución, interconsulta, urgencia, transfusión, pre y postoperatorias y pre y postanestésicas, hoja de indicaciones), incluirán: nombre y ECU del paciente, fecha y hora de elaboración, signos vitales, nombre, cédula y firma del médico Tratante y del personal que la elabora. Será realizada utilizando lenguaje técnico médico, sin abreviaturas, con letra legible y sin alteraciones. 3.11 La evaluación inicial del área médica incluye: historia clínica, exploración física, evaluación nutricional, evaluación de criterios para identificar a los pacientes que requieren evaluaciones especializadas adicionales, evaluación de criterios para identificar a los pacientes que requieren la planeación temprana del alta, evaluación del dolor. 3.12 La evaluación inicial del área de enfermería incluye: evaluación de enfermería, evaluación psicológica de tamizaje, evaluación funcional, identificación del riesgo de caídas, identificación de las necesidades de educación, evaluación de las barreras para el aprendizaje, evaluación de la disposición para aprender, evaluación del dolor, evaluación de criterios para identificar a los pacientes que requieren la planeación temprana del alta. 3.13 La evaluación inicial del área de Trabajo Social incluye: evaluación social, evaluación económica, evaluación cultural (valores y creencias) 3.14 La evaluación inicial tanto médica como de enfermería y de trabajo social de los pacientes hospitalizados se realizará dentro de las primeras 24 horas de ingreso, de acuerdo a la condición general del paciente y la información obtenida encontrándose la misma en los formatos y el expediente clínico correspondiente. 3.15 En una urgencia, las evaluaciones iniciales médicas y de enfermería, podrán solamente enfocarse a las necesidades y al estado del paciente. Cuando no hay tiempo de registrar la historia clínica completa en un paciente de urgencia que requiera cirugía, se incluye una nota con el diagnóstico preoperatorio y se completará posteriormente. 3.16 La historia clínica será elaborada por el Médico Interno de pregrado y/o médico residente, con la supervisión del médico de base o residente de guardia de mayor jerarquía. 3.17 La nota de ingreso será elaborada por el Médico Residente de guardia, bajo la supervisión del médico de base o médico residente de mayor jerarquía, en caso de que el turno no cuente con el primero. 3.18 La hoja de valoración inicial del Servicio de Urgencias Médicas (Triage) será anexada al expediente clínico, si es el caso que el paciente ingresara por este servicio.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP25

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

25.- Procedimiento para el manejo e integración del Expediente Clínico.

Rev. 1

Hoja: 4 de 8

3.19 Los eventos adversos, errores en la medicación, reacciones adversas a medicamentos, cuasi fallas, accidentes y eventos centinelas ocurridos durante la atención del paciente serán registrados en el expediente clínico además de apegarse al procedimiento de registro, análisis y seguimiento de eventos adversos por parte de la Unidad de Calidad y Seguridad de la Atención Médica. (Ver Procedimiento de Registro, Análisis y Seguimiento de Eventos Adversos) 3.20 Las indicaciones médicas serán numeradas, sin abreviaturas ni símbolos. En el caso de indicaciones vía telefónica deberá seguirse el procedimiento correspondiente (Procedimiento para Prevenir Errores por Órdenes Verbales o Telefónicas) 3.21 Las cartas de consentimiento bajo información serán explicadas detenidamente al paciente, cuando sea posible, y a los familiares para autorizar el acto a realizar, aclarando previamente toda duda que surja al usuario o a sus familiares; la falta del nombre, cédula y firma del médico responsable, del paciente o de la persona responsable a autorizar los procedimientos es un impedimento para llevar a cabo el acto. Excepto en casos de urgencia, donde se elaborará nota en el expediente clínico describiendo la situación. 3.22 En caso de que el paciente o los familiares decidieran en base a la información proporcionada por el médico Tratante o residente de mayor jerarquía, así como de la enfermedad del paciente, no aplicar maniobras de reanimación cardiopulmonar básica y avanzada y/o tratamientos que prolonguen la vida; se describirá la información proporcionada al paciente y/o familiar en el expediente clínico y firmarán el personal que proporcionó la información así como el paciente y/o los familiares de conformidad. 3.23 Los familiares del paciente tienen la obligación de respetar la decisión que de manera voluntaria tome el paciente para evitar la obstinación terapéutica. 3.24 Es responsabilidad del Médico Tratante emplear los códigos de diagnóstico y de procedimiento de acuerdo a la CIE 9 y CIE 10, en la hoja de alta hospitalaria. 3.25 En caso de traslado a otro Servicio médico, es responsabilidad del médico de base del servicio Tratante, corroborar que el expediente del paciente a trasladar se encuentre completo, así como elaborar la nota de envío y resumen clínico con la información de la atención proporcionada, ésta estará integrada como mínimo por los siguientes elementos: motivo de ingreso, padecimiento actual, diagnóstico y procedimientos realizados, así como la terapéutica empleada. 3.26 Durante el cambio de turno, el personal encargado comunicará la información necesaria y suficiente del estado de salud del paciente, al personal que quedará a cargo de este; esta información consistirá como mínimo en: padecimiento actual, diagnóstico, tratamiento, evolución, estudios realizados y actividades pendientes por realizar. 3.27 La información del estado de salud, diagnóstico, tratamiento y pronóstico será otorgada a la persona que el paciente tenga a bien designar, siempre y cuando, se encuentre en condiciones de hacerlo. 3.28 Los informes del estado de salud del paciente o a sus familiares se darán en un horario y lugar establecido por cada servicio, con el fin de dar a conocer la atención brindada: diagnóstico, tratamiento,

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP25

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

25.- Procedimiento para el manejo e integración del Expediente Clínico.

Rev. 1

Hoja: 5 de 8

procedimientos, resultados, plan terapéutico, pronóstico, beneficios, riesgos y alternativas de atención, aclarando cualquier duda que surja por parte del usuario o sus familiares. 3.29 La información proporcionada a los pacientes o a sus familiares del estado de salud, diagnóstico, tratamiento, procedimientos, resultados, plan terapéutico y pronóstico, quedará registrada en el expediente clínico o bitácora específica y firmada de conformidad por el usuario o familiares responsables de este; así como por el médico Tratante y será integrada con los siguientes elementos: fecha, hora, nombre completo y firma de conformidad por parte de los usuarios, nombre completo, cédula y firma del médico Tratante. 4.0 Descripción del procedimiento

Secuencia de Etapas Actividad Responsable1.0 Recepción del paciente y del Expediente Clínico en el Servicio Médico asignado.

1.1 Recibe paciente y Hoja de internamiento, Hoja de ingreso – egreso, Hoja de consentimiento informado, Hoja de trabajo social, Hoja de enfermería, Nota de ingreso, Historia clínica, Nota de evolución, Nota de traslado de acuerdo al Servicio procedente (Consulta Externa, Urgencias o Servicio médico interconsultado)

Documentos

Jefe de Servicio o Jefa de Enfermeras o Personal Autorizado.

2.0 Entrega el Expediente Clínico.

2.1 Entrega Hoja de internamiento, Hoja de ingreso – egreso, Hoja de consentimiento informado, Hoja de trabajo social, Hoja de enfermería, Nota de ingreso, Historia clínica, Nota de evolución, Nota de traslado al Médico Tratante del paciente.

Documentos

Jefe de Servicio o Jefa de Enfermeras o Personal Autorizado.

3.0 Recepción e Integración del Expediente Clínico por el médico Tratante.

3.1 Recibe los documentos e integra el Expediente Clínico del paciente.

Expediente Clínico.

Médico Tratante o Personal de Enfermería.

4.0 Resguardo del Expediente Clínico en carpeta metálica.

4.1 Resguarda el Expediente Clínico en la carpeta correspondiente a la cama del paciente.

Expediente Clínico.

Médico Tratante o Personal de Enfermería.

5.0 Elaboración de nota de ingreso médico.

5.1 Elabora nota médica de ingreso al servicio Nota de Ingreso.

Médico Tratante

6.0 Verificación de que el paciente cuente con estudios.

6.1 Verifica si el paciente cuenta con estudios complementarios de laboratorio y/o imagen PROCEDE: No: Solicitan los estudios o exámenes necesarios. Si: Continua el procedimiento.

Médico Tratante

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP25

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

25.- Procedimiento para el manejo e integración del Expediente Clínico.

Rev. 1

Hoja: 6 de 8

7.0 Registro de actividades de Enfermería.

7.1 Inicia el Registro en los formatos correspondientes al servicio de Enfermería.

Formatos de Registros de Enfermería

Personal de Enfermería.

Secuencia de Etapas Actividad Responsable8.0 Registro de evolución del estado de salud del paciente.

8.1 Evalúa el estado de salud del paciente, realiza las indicaciones médicas, implementa las acciones para obtener un diagnóstico, establece éste, o el tratamiento necesario para restaurar la salud del paciente y registra en el expediente clínico.

a) Nota de evolución del estado de salud del paciente

b) Nota de urgencia c) Nota de transfusión d) Nota preoperatoria e) Nota postoperatoria f) Nota preanestésica g) Nota postanestésica h) Hoja de indicaciones médicas

Documentos de registro

Médico Tratante

9.0 Verificación de que la evaluación del paciente es suficiente con un solo servicio.

9.1 Verifica si la evaluación del paciente es suficiente con un solo servicio. PROCEDE: No: Se realiza la actividad de acuerdo al “Procedimiento para la Solicitud y Realización de Interconsultas Médicas” del Manual de Procedimientos de la Dirección General Adjunta Médica Si: Continúa con el procedimiento

Procedimiento

Médico Tratante

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP25

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

25.- Procedimiento para el manejo e integración del Expediente Clínico.

Rev. 1

Hoja: 7 de 8

10.0 Registro de egreso del paciente.

10.1 De acuerdo a la adecuada evolución del estado de salud dictamina la prealta del paciente, de conformidad con el ”Procedimiento para el Egreso del Paciente, Control del Expediente Clínico y Liberación de Camas Censables” de la Dirección General Adjunta Médica.

Procedimiento.

Médico Tratante

TERMINA PROCEDIMIENTO 5.0 Diagrama de Flujo

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP25

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

25.- Procedimiento para el manejo e integración del Expediente Clínico.

Rev. 1

Hoja: 8 de 8

JEFE DE SERVICIO O JEFA DEENFERMERAS O PERSONAL

AUTORIZADO

INICIO

PERSONAL DE ENFERMERÍA

1

DOCUMENTOS

RECEPCIÓN DELPACIENTE Y DEL

EXPEDIENTE CLÍNICOEN EL SERVICIO MÉDICO

ASIGNADO

MÉDICO TRATANTE O PERSONAL DEENFERMERÍA MÉDICO TRATANTE

PROCEDENO

SI

3

EXPEDIENTECLÍNICO

RECEPCIÓN EINTEGRACIÓN DEL

EXPEDIENTE CLÍNICOPOR EL MÉDICO

TRATANTE

2

DOCUMENTOS

ENTREGA ELEXPEDIENTE CLÍNICO

4

EXPEDIENTECLÍNICO

RESGUARDO DELEXPEDIENTE CLÍNICO

EN CARPETA METÁLICA

5

NOTA DEINGRESO

ELABORACIÓN DE NOTADE INGRESO MÉDICO

6

VERIFICACIÓN DE QUEEL PACIENTE CUENTE

CON ESTUDIOS

7

FORMATOS

REGISTRO DEACTIVIDADES DE

ENFERMERÍA

8

DOCUMENTOS DEREGISTRO

REGISTRO DEEVOLUCIÓN DEL

ESTADO DE SALUD DELPACIENTE

9

PROCEDIMIENTO

VERIFICACIÓN DE QUELA EVALUACIÓN DEL

PACIENTE ESSUFICIENTE CON UN

SOLO SERVICIO

10

PROCEDIMIENTO

REGISTRO DE EGRESODEL PACIENTE

TERMINO

7

TERMINO

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP25

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

25.- Procedimiento para el manejo e integración del Expediente Clínico.

Rev. 1

Hoja: 9 de 8

6.0 Documentos de referencia

Documentos Código (cuando aplique) Manual de Procedimientos de la Dirección General Adjunta Médica No Aplica Manual de Organización de la Dirección General Adjunta Médica No Aplica NOM-004-SSA3-2012 del Expediente Clínico. No Aplica 7.0 Registros

Registros Tiempo de conservación Responsable de conservarlo Código de registro o

identificación única Expediente Clínico 5 años Archivo Clínico No aplica

8.0 Glosario 8.1 ECU: Expediente Clínico Único, número irrepetible, con que se identifica el expediente del paciente. 8.2 Evento adverso: Incidente desfavorable, percance terapéutico, lesión iatrogénica u otro suceso infortunado que ocurre en asociación directa con la prestación de atención. 8.3 Expediente Clínico: Conjunto de documentos escritos, gráficos e imagenológicos o de cualquier otra índole, en los cuales el personal de salud, deberá hacer los registros, anotaciones y certificaciones correspondientes a su intervención, con arreglo a las disposiciones sanitarias. 8.4 Médico interno de pregrado: Estudiante de medicina que cubre el ciclo académico teórico-práctico, el cual forma parte de la Licenciatura de Medicina. 8.5 Médico residente: Profesional de la medicina con título legalmente expedido que realiza estudios y prácticas de posgrado respecto de la disciplina de la salud a que pretenda dedicarse. 8.6 Médico tratante: Profesional que practica la medicina y que intenta mantener y recuperar la salud del paciente asignado a su cargo. 8.7 Servicios de Atención Médica: El conjunto de recursos que interviene sistemáticamente para la prevención y curación de las enfermedades que afectan a los individuos, así como de la rehabilitación de los mismos. 9.0 Cambios de esta versión

Número de Revisión Fecha de la actualización Descripción del cambio

1 Noviembre 2013 Modificación de la Política 3.9 y del punto 6.0 Documentos de referencia.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP25

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

25.- Procedimiento para el manejo e integración del Expediente Clínico.

Rev. 1

Hoja: 10 de 8

10.0 Anexos 10.1 Formatos autorizados que integran el expediente clínico.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP26

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

26.- Procedimiento para la atención de pacientes en estado de coma.

Rev. 1

Hoja: 1 de 6

26.- PROCEDIMIENTO PARA LA ATENCIÓN DE PACIENTES EN ESTADO DE COMA

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP26

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

26.- Procedimiento para la atención de pacientes en estado de coma.

Rev. 1

Hoja: 2 de 6

1.0 Propósito 1.1 Contar con los lineamientos administrativos que sirvan de guía al personal médico y paramédico en los casos que se requiera para la atención de pacientes que se encuentran en estado de coma de origen estructural con la finalidad de estandarizar tratamiento médico-quirúrgico brindando una atención médica de calidad que garanticen la seguridad del paciente que acude a solicitar los servicios al Hospital General de México “Dr. Eduardo Liceaga”, O.D. 2.0 Alcance 2.1 A nivel interno este procedimiento es aplicable al personal médico y paramédico de la Unidad de Terapia Intensiva del Servicio de Neurología y Neurocirugía, Radiología y Urgencias. 3.0 Políticas de operación, normas y lineamientos 3.1 La Jefatura de Unidad de Terapia Intensiva del Servicio de Neurología será responsable de supervisar que se realice y cumpla adecuadamente el presente procedimiento, además de difundirlo entre el personal médico a su cargo. 3.2 La Jefatura de Servicio de Neurología será responsable de coordinar las sesiones de revisión clínica todos los viernes de las 11:00 a las 12:00 hrs. en el Servicio, con la participación de neurólogos, neuroCirujanos e intensivistas pertenecientes al mismo, en donde se revisarán los casos clínicos de los pacientes hospitalizados, enfatizando la estandarización de tratamiento médico quirúrgico en los caso de pacientes en estado de coma, con apego a la normatividad institucional y a las Guías de Práctica Clínica publicadas por la Secretaría de Salud. Después de la sesión será responsable de difundir el dictamen consensado, acerca de la evolución y tratamiento, consignado en el expediente clínico y a través de la minuta correspondiente. 3.3 Los pacientes con diagnóstico de estado de coma referidos por otros Servicios del Hospital y/o Instituciones Federales serán atendidos de acuerdo a condiciones clínicas, que cumplan con criterios diagnósticos y a la disponibilidad de infraestructura. (Recursos materiales, humanos y física). 3.4 El Médico de Base de la Unidad de Terapia Intensiva del Servicio de Neurología y Neurocirugía será responsable de realizar supervisión académica a los Médicos residentes de las especialidades de neurología, neurocirugía y médicos residentes rotantes de los diferentes Servicios del Hospital.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP26

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

26.- Procedimiento para la atención de pacientes en estado de coma.

Rev. 1

Hoja: 3 de 6

4.0 Descripción del procedimiento

Secuencia de Etapas Actividad Responsable1.0 Recepción de paciente y determinación de diagnóstico de coma.

1.1 Recibe al paciente con probable diagnóstico de coma y lo valora clínicamente. 1.2 Determina ausencia de hipoglicemia, o daño estructural visible. PROCEDE: NO: Corrige con solución glucosada hipertónica y termina el procedimiento. SI: Solicita exámenes de laboratorio. Expediente clínico

Médico de Base de Urgencias

2.0 Determinación de ausencia de coma.

2.1 Determina ausencia de coma no estructural. PROCEDE: NO: Solicita exámenes de laboratorio para determinar la causa y regresa a la actividad 1. SI: Solicita interconsulta a Rayos X para realizar tomografía computarizada y/o resonancia magnética. 2.2 Envía al paciente a estudio radiológico Interconsulta

Médico de Base de Urgencias

3.0 Realización de estudio radiográfico.

3.1 Recibe al paciente y realiza estudio radiográfico (Tomografía Computarizada o Resonancia magnética) de cráneo. 3.2 Envía estudio por red local al Servicio. 3.3 Regresa al paciente al Servicio interconsultante. Estudios.

Médico de Base de Radiología

4.0 Recepción del paciente y revisión de estudio radiográfico y diagnóstico.

4.1 Recibe al paciente, revisa estudio radiográfico en sistema local de red. 4.2 Confirma diagnóstico de coma e interconsulta al Servicio de Neurología y/o Neurocirugía Interconsulta

Médico de Base de Neurología y/o Neurocirugía

5.0 Recepción de solicitud y verificación de disponibilidad de espacio físico.

5.1 Recibe solicitud de interconsulta y la realiza dentro de las 2 horas posteriores a su recepción de acuerdo al procedimiento correspondiente 5.2 Verifica disponibilidad de espacio físico en la Unidad de Terapia Intensiva de Neurología. PROCEDE: NO: Inicia tratamiento específico en Urgencias, solicita apoyo al mismo y/u otros Servicios con apego al procedimiento correspondiente (Servicios periféricos) y termina el procedimiento. SI: Coordina con el médico de la Unidad la logística para el traslado del paciente. Interconsulta.

Médico de Base de Neurología y/o Neurocirugía.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP26

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

26.- Procedimiento para la atención de pacientes en estado de coma.

Rev. 1

Hoja: 4 de 6

Secuencia de Etapas Actividad Responsable

6.0 Traslado del paciente y tratamiento neurológico.

6.1 Acepta el caso, solicita traslado del paciente a la Unidad e inicia tratamiento específico multidisciplinario. 6.2 Continúa el tratamiento con cuidados neurológicos específicos. 6.3 Se detectan secuelas neurológicas y solicita interconsulta al servicio de Rehabilitación. Interconsulta.

Médico de Base de Terapia Intensiva Neurológica

7.0 Valoración del paciente y sesiones de rehabilitación.

7.1 Realiza interconsulta con apego al procedimiento correspondiente, valora al paciente e inicia y continua sesiones de rehabilitación de acuerdo a secuelas neurológicas detectadas 7.2 Solicita al médico de la Unidad que se continúe con el tratamiento específico. Interconsulta.

Médico de Base de Rehabilitación

8.0 Revaloración del paciente y tratamiento.

8.1 Revalora al paciente y continúa tratamiento multidisciplinario hasta que esté en condiciones de ser dado de alta de la Unidad. Formato de alta.

Médico de Base de Terapia Intensiva Neurológica

TERMINA EL PROCEDIMIENTO

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP26

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

26.- Procedimiento para la atención de pacientes en estado de coma.

Rev. 1

Hoja: 5 de 6

5.0 Diagrama de flujo MÉDICO DE BASE DE URGENCIAS

INICIO

MÉDICO DE BASE DEREHABILITACIÓN

EXPEDIENTECLÍNICO

RECEPCIÓN DEPACIENTE Y

DETERMINACIÓN DEDIAGNÓSTICO DE

COMA.

MÉDICO DE BASE DE RADIOLOGÍA MÉDICO DE BASE DE NEUROLOGÍAY/O NEUROCIRUGÍA

MÉDICO DE BASE DE TERAPIAINTENSIVA NEUROLÓGICA

PROCEDE NO

SI

1

TERMINO

INTERCONSULTA

DETERMINACIÓN DEAUSENCIA DE COMA.

PROCEDE

NO

SI

2

1

ESTUDIOS

REALIZACIÓN DEESTUDIO

RADIOGRÁFICO.

3

INTERCONSULTA

RECEPCIÓN DELPACIENTE Y REVISIÓN

DE ESTUDIORADIOGRÁFICO Y

DIAGNÓSTICO.

4

INTERCONSULTA

RECEPCIÓN DESOLICITUD Y

VERIFICACIÓN DEDISPONIBILIDAD DE

ESPACIO FÍSICO.

PROCEDE

NO

SI

5

TERMINO

INTERCONSULTA

TRASLADO DELPACIENTE Y

TRATAMIENTONEUROLÓGICO.

6

INTERCONSULTA

VALORACIÓN DELPACIENTE Y SESIONESDE REHABILITACIÓN.

7

FORMATODE ALTA

REVALORACIÓN DELPACIENTE Y

TRATAMIENTO.

8

TERMINO

SOLICITUD DEINTERCONSULTA

COORDINACIÓN DETRASLADO DEL

PACIENTE

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP26

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

26.- Procedimiento para la atención de pacientes en estado de coma.

Rev. 1

Hoja: 6 de 6

6.0 Documentos de referencia Documentos Código (cuando aplique)

Guía de Práctica Clínica para el Diagnóstico y Tratamiento de Coma. Secretaría de Salud.

No Aplica

Manual de Organización de la Dirección General Adjunta Médica. No Aplica Manual de Organización del Servicio de Neurología y Neurocirugía. No Aplica 7.0 Registros

Registros Tiempo de conservación Responsable de conservarlo Código de registro o

identificación única Expediente Clínico 5 años Archivo de Servicio No Aplica 8.0 Glosario 8.1 Coma: Es la ausencia de respuesta a todo estimulo nociceptivo. 8.2 Confusión: Alteraciones en la orientación en tiempo, lugar, y persona. 8.3 Estupor: Estado de conciencia en el cual se requieren estímulos nociceptivos más intensos y sólo se produce respuesta refleja o de defensa sin recuperación del estado de despierto. 8.4 Inquietud: Estado de ansiedad, asociado a estado confusional. 8.5 Somnolencia: Estado de conciencia en el cual el paciente despierta ante estímulos dolorosos y verbales, entabla conversación y se vuelve a dormir. 9.0 Cambios de esta versión

Número de Revisión Fecha de la actualización Descripción del cambio No aplica No aplica No aplica

10.0 Anexos 10.1 Carnet.* 10.2 Recibo de pago (RUI).* 10.3 Pase de Interconsulta.* 10.4 Estudios de Laboratorio.* 10.5 Formato de alta. (Ver formato del procedimiento 5). *Ver formatos del procedimiento 1.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP27

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

27.- Procedimiento para evaluar la identificación del paciente. Rev. 1

Hoja: 1 de 10

27.- PROCEDIMIENTO PARA EVALUAR LA IDENTIFICACIÓN DEL PACIENTE.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP27

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

27.- Procedimiento para evaluar la identificación del paciente. Rev. 1

Hoja: 2 de 10

1.0 Propósito 1.1 Describir la secuencia de etapas para evaluar la identificación del paciente a fin de cumplir con la Meta Internacional de Seguridad del Paciente 1. “Identificar correctamente a los pacientes”. 2.0 Alcance 2.1 A nivel interno este procedimiento aplica en áreas de atención médica: Hospitalización, Consulta Externa y Servicios de Apoyo al Diagnóstico y Tratamiento. 3.0 Políticas de operación, normas y lineamientos 3.1 El indicador institucional “Identificación del paciente” será la base metodológica para la aplicación de este procedimiento. 3.2 Se considera personal sujeto a evaluación, todo prestador de atención médica en atención directa (clínico) al paciente: enfermera, médico, laboratorista, nutriólogo, radiólogo, inhaloterapia, entre otros. Y en atención indirecta (no clínico): camillero, intendencia, afanador, administrativos, servicios de alimentación, entre otros, adscrito a todos los servicios en que aplica este procedimiento. 3.3 Se considerarán medios de identificación gráfica en el paciente hospitalizado: brazalete, tarjeta de identificación, expediente clínico, kardex, entre otros. 3.4 Se considerarán medios de identificación gráfica en el paciente ambulatorio: identificación oficial, carnet, expediente clínico, entre otros. 3.5 Es responsabilidad del Jefe de Servicio, Jefe de Enfermería y Delegado Administrativo:

Conocer, difundir y supervisar la “Técnica para identificar correctamente a los pacientes” entre el personal a su cargo.

Programar de forma semestral capacitación para todo el personal adscrito al servicio y documentar la misma.

Gestionar el abasto de medios gráficos para la identificación del paciente hospitalizado (brazaletes, tarjetas de identificación, entre otros).

Utilizar conforme a la normativa institucional los identificadores gráficos. Informar al personal a su cargo los periodos de evaluación del indicador y promover la

colaboración de los mismos. Conocer los intervalos de semaforización que aplican en esta evaluación y ejecutar

acciones de mejora en cada medición. Implementar y dar seguimiento a las acciones de mejora.

3.6 Es responsabilidad del prestador de atención médica:

Conocer y aplicar la “Técnica para identificar correctamente a los pacientes” (ver anexo 1). Generar y promover acciones que garanticen la correcta identificación del paciente.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP27

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

27.- Procedimiento para evaluar la identificación del paciente. Rev. 1

Hoja: 3 de 10

3.7 El Subcomité de Calidad y Seguridad del Paciente en los Servicios de Enfermería (SCOCASEPSE) es responsable de:

Seleccionar la muestra, el periodo a evaluar e integrar las carpetas para evaluación con: calendario de levantamiento de datos, instructivo y formato de recolección de datos del indicador “Identificación del paciente”

Emitir el informe de resultados generales y por servicio, el cual incluye el análisis de las oportunidades de mejora detectadas y, las recomendaciones y/o líneas de acción a implementar.

3.8 Es responsabilidad del personal evaluador:

Conocer la “Técnica para identificar correctamente a los pacientes”. Conocer la metodología del indicador “Identificación del paciente”. Seguir las instrucciones de llenado del instrumento de medición. Garantizar la confidencialidad de la información de acuerdo con el artículo 39 de la Ley

Federal de Información Estadística y Geográfica.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP27

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

27.- Procedimiento para evaluar la identificación del paciente. Rev. 1

Hoja: 4 de 10

4.0 Descripción del procedimiento Secuencia de etapas Actividad Responsable

1.0 Notificación de inicio de evaluación.

1.1 Notifica, por oficio, al Jefe Médico del servicio el inicio de la evaluación del indicador “Identificación del paciente”.

Oficio

Dirección General Adjunta Médica

2.0 Recepción de oficio e información.

2.1 Recibe oficio e informa al personal del servicio. Oficio.

Jefe de servicio

3.0 Requisición de plantilla activa del personal

3.1 Requiere al Jefe de Servicio la plantilla activa del personal adscrito al servicio a evaluar.

SCOCASEPSE

4.0 Verificación y entrega de plantilla activa.

4.1 Verifica la plantilla de personal activo (por turno, categoría y asignación del personal adscrito al servicio a evaluar). PROCEDE: No: regresa a la actividad 3 Si: Entrega la plantilla al SCOCASEPSE.

Plantilla activa.

Jefe de Servicio

5.0 Integración de carpetas y entrega al DGCE.

5.1 Integra las carpetas para evaluación y entrega al Departamento de Gestión del Cuidado en Enfermería (DGCE).

Carpeta para evaluación.

SCOCASEPSE

6.0 Recepción de carpetas.

6.1 Recibe carpeta e inicia monitorización de la “Técnica para identificar correctamente a los pacientes” por parte del prestador de atención médica.

Departamento de Gestión del Cuidado en Enfermería.

7.0 Identificación del paciente

7.1 Identifica el tipo de paciente (hospitalizado o ambulatorio).

Prestador de Atención Médica

8.0 Verificación del servicio o tratamiento a realizar

8.1 Verifica el servicio de atención médica, tratamiento o procedimiento que se va a otorgar al paciente.

Prestador de Atención Médica

9.0 Identificación verbal del paciente

9.1 Identifica verbalmente al paciente con el nombre completo, dando prioridad a los procesos utilizados para identificar a un paciente antes de: la administración de medicamentos, sangre o hemoderivados; la extracción de sangre y otras muestras para análisis clínicos; la realizacion de cualquier otro tratamiento o procedimiento (invasivos o no Invasivos) y la dotación de dietas, cotejando la información proporcionada por el paciente (familiar o tutor) con un medio de identificación gráfica (verificación cruzada). PROCEDE: No: regresa a la actividad 8 Si: Continua el procedimiento.

Prestador de Atención Médica

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP27

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

27.- Procedimiento para evaluar la identificación del paciente. Rev. 1

Hoja: 5 de 10

Secuencia de etapas Actividad Responsable10.0 Identificación gráfica del paciente

10.1 Verifica que el número de Expediente Clínico Único (ECU) del paciente corresponda al plasmado en brazalete de identificación, carnet, tarjeta de identificación, expediente clínico u otro medio gráfico, según corresponda. PROCEDE: No: regresa a la actividad 9. Si: Continua el procedimiento.

Prestador de Atención Médica

11.0 Proporciona atención médica

11.1 Inicia la atención médica o tratamiento. Prestador de Atención Médica

12.0 Evaluación de la identificación del paciente

12.1 Evalúa y requisita el formato de recolección de datos para la monitorización de la identificación del paciente e integra a la carpeta de evaluación. Técnica / Carpeta.

Departamento de Gestión del Cuidado en Enfermería.

13.0 Recepción de carpetas y elaboración de informe de resultados.

13.1 Recibe carpetas, elabora informe de resultados de acuerdo con la recolección de datos y envía a Subdirección de Enfermería. Informe/ carpetas para evaluación.

SCOCASEPSE

14.0 Emisión de resultados

14.1 Emite informe de resultados generales y por servicio y entrega a la Dirección General Adjunta Médica Informe

Subdirección de Enfermería

15.0 Recepción de informe de resultados.

15.1. Recibe informe de resultados generales y por servicio y entrega al Médico Jefe de Servicio. Informe

Dirección General Adjunta Médica

16.0 Recepción de resultados e implementación.

16.1 Recibe informe, difunde resultados e implementa acciones de mejora con el personal médico. Informe.

Jefe de Servicio

17.0 Recepción de resultados e implementación.

17.1 Recibe informe, difunde resultados e implementa acciones de mejora con el personal de enfermería. Informe.

Jefe de Enfermeras

18.0 Recepción de resultados e implementación.

18.1 Recibe informe, difunde resultados e implementa acciones de mejora con el personal a su cargo. Informe.

Delegado Administrativo

TERMINA PROCEDIMIENTO.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP27

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

27.- Procedimiento para evaluar la identificación del paciente. Rev. 1

Hoja: 6 de 10

5.0 Diagrama de flujo

Oficio

DIRECCIÓNGENERAL

ADJUNTA MÉDICASCOCASEPSE

DEPARTAMENTODE GESTIÓN DEL

CUIDADO ENENFERMERÍA

JEFE DESERVICIO

PRESTADOR DEATENCIÓN MÉDICA

SUBDIRECCIÓN DEENFERMERÍA

DELEGADOADMINISTRATIVO

INICIO

Oficio

Notificación deinicio de

evaluación.

1

Recepción deoficio e

información.

2

Requisición deplantilla activa del

personal.

3

PROCEDE

NO

3

Verificación yentrega de

plantilla activa.

4

Plantilla Activa

Entrega la plantilla al SCOCASEPSE.

Carpeta paraevaluación

Integración decarpetas y

entrega al DGCE.

5

A

Recepción decarpetas

6

JEFE DEENFERMERAS

si

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP27

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

27.- Procedimiento para evaluar la identificación del paciente. Rev. 1

Hoja: 7 de 10

A

Identificación delpaciente

7

DIRECCIÓNGENERAL

ADJUNTA MÉDICASCOCASEPSE

DEPARTAMENTODE GESTIÓN DEL

CUIDADO ENENFERMERÍA

JEFE DESERVICIO

PRESTADOR DEATENCIÓN MÉDICA

SUBDIRECCIÓN DEENFERMERÍA

DELEGADOADMINISTRATIVO

Verificación delservicio o

tratamiento arealizar

8

Pasa a la Actividad 10.0

Proporcionaatención médica

11

Identificaciónverbal delpaciente

9

Pasa a la Actividad 11.0

Identificacióngráfica delpaciente

10

AB

JEFE DEENFERMERAS

PROCEDE

NO

8

si

PROCEDE

NO

9

si

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP27

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

27.- Procedimiento para evaluar la identificación del paciente. Rev. 1

Hoja: 8 de 10

DIRECCIÓNGENERAL

ADJUNTA MÉDICASCOCASEPSE

DEPARTAMENTODE GESTIÓN DEL

CUIDADO ENENFERMERÍA

JEFE DESERVICIO

PRESTADOR DEATENCIÓN MÉDICA

SUBDIRECCIÓN DEENFERMERÍA

DELEGADOADMINISTRATIVO

Informe

Emisión deresultados

14

AB

Técnica/carpeta

Evaluación de laidentificación del

paciente

12

Informe/carpetas

Recepciónde carpetas y

elaboración deinforme deresultados

13

Informe

Recepción deinforme deresultados.

15

Informe

Recepción deresultados e

implementación.

16

Informe

Recepción deresultados e

implementación

18

JEFE DEENFERMERAS

17

Informe

Recepción deresultados e

implementación

FIN

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP27

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

27.- Procedimiento para evaluar la identificación del paciente. Rev. 1

Hoja: 9 de 10

6.0 Documentos de referencia Documentos Código (cuando aplique)

Manual de Organización de la Dirección General Adjunta Médica. No aplica Manual de Técnicas de Enfermería No aplica Estándares para la certificación de hospitales. Consejo de Salubridad General. Comisión para la Certificación de Establecimientos de Atención Médica. Pág. 227- 228.

No aplica

Manual del Proceso de Certificación de Hospitales. Comisión para la Certificación de Establecimientos de Atención Médica. Sistema Nacional de Certificación de Establecimientos de Atención Médica.

No aplica

Norma Oficial Mexicana NOM-004-SSA3-2012 Del expediente clínico. No aplica 7.0 Registros

Registros Tiempo de conservación Responsable de conservarlo Código de registro o

identificación única Formato de recolección de datos para la monitorización de la identificación del paciente.

5 años SCOCASEPSE (IP/SCOCASEPSE/10).

Instructivo del formato de recolección de datos para la monitorización de la identificación del paciente.

5 años SCOCASEPSE (IP/SCOCASEPSE/10).

Informes y gráficas de los resultados generales y por servicio

5 años SCOCASEPSE No aplica

Expediente Clínico Único. 5 años Archivo clínico No aplica 8. 0 Glosario 8.1 Brazalete de identificación. Pulsera de tela u otro material que rodea la muñeca y en casos especiales el tobillo y que sirve como distintivo fijo reconocible por el personal de salud. El brazalete contiene los siguientes datos: nombre (s) y apellidos completos, Expediente clínico único, edad, sexo, fecha de nacimiento, diagnóstico médico, número de cama y fecha de ingreso. 8.2 Carnet. Tarjeta que emite la institución y contiene en la parte frontal nombre completo del paciente, número de Expediente clínico único, edad, fecha de nacimiento y especialidad que solicita el carnet. 8.3 Expediente clínico. Conjunto de documentos escritos, gráficos e imagenologia o de cualquier otra índole, en los cuales el personal de salud, deberá hacer los registros, anotaciones y certificaciones a su intervención, con arreglo a las disposiciones sanitarias. 8.4 Hemoderivados. Componentes o sustancias derivadas de la sangre, fracciones separadas de una unidad de sangre como son el plasma, albumina, concentrado de eritrocitos y plaquetas. 8.5 Identificación del paciente. Es un proceso que permite tener la certeza de la identidad de la persona durante el proceso de atención 8.6 Identificador institucional. Dato informativo (nombre completo y expediente clínico único) que permite confirmar la identidad de una persona.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP27

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

27.- Procedimiento para evaluar la identificación del paciente. Rev. 1

Hoja: 10 de 10

8.7 Identificación oficial. Documento oficial emitido por un organismo oficial que contiene datos únicos de la persona. 8.8 Identificación verbal: Es la emisión verbal y en tono alto del nombre del paciente y número de expediente clínico único entre otros datos. Esta identificación se realiza teniendo un emisor de la comunicación que es la persona que realiza el procedimiento y un receptor de la comunicación que puede ser el paciente o el familiar.8.9 Identificación gráfica: Es toda aquella tipificación que se encuentra por escrito en diferentes documentos y dispositivos de identificación que pueden ser: identificación oficial, brazalete de identificación, tarjeta de identificación del paciente, Expediente clínico único, carnet, kardex, entre otros. 8.10 Personal administrativo. Personal que labora en la institución y desempeña funciones secretariales. 8.11 Prestador de atención médica: Personal de salud (clínico y no clínico) que proporciona atención directa o indirecta al paciente: Es personal clínico: enfermera, médico, laboratorista, nutriólogo, radiólogo, inhaloterapía, entre otros. Es personal no clínico: camillero, intendencia, afanador, administrativos, servicios de alimentación, entre otros. 8.12 Servicios de atención médica: Conjunto de servicios que se proporcionan al individuo, con el fin de promover, proteger y restaurar su salud. 8.13 Subcomité de Calidad y Seguridad del Paciente en los Servicios de Enfermería (SCOCASEPSE).Es un Comité que de manera colegiada analiza los problemas y avances en relación con la calidad percibida, la calidad técnica y la seguridad del paciente en los Servicios de Enfermería, y esta integra por personal de la Subdirección de Enfermería. 8.14 Tarjeta de identificación del paciente. Medio gráfico que consiste en una tarjeta colocada en la cabecera del paciente y contiene datos como nombre (s) y apellidos completo, Expediente clínico único, edad, sexo y diagnóstico médico. 8.15 Verificación cruzada. Procedimiento mediante el cual el prestador de atención identifica a una persona determinada (paciente) a través de dos mecanismos como ejemplo: verbal y brazalete de identificación o verbal e identificación oficial. 9.0 Cambios de esta versión

Número de Revisión Fecha de actualización Descripción del cambio

1 Marzo 2012

Cambia párrafo “Técnica para identificar correctamente a los pacientes” en la política 3.5, 3.6, 3.8, 6.1 y en la actividad 9.1. Se actualiza el glosario de términos 8.14

2 Noviembre 2013 Actualización de la Norma del Expediente clínico del punto 6.0 Documentos de referencia.

10.0 Anexos 10.1 Técnica para Identificar correctamente a los pacientes 10.2 Formato e instructivo para la recolección de datos para la monitorización de la identificación del paciente. (IP/SCOCASEPSE/10).

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP28

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

28.- Procedimiento para evaluar la higiene de manos con agua y jabón en el prestador de atención médica.

Rev. 1

Hoja: 1 de 9

28.- PROCEDIMIENTO PARA EVALUAR LA HIGIENE DE MANOS CON AGUA Y JABÓN EN EL PRESTADOR DE ATENCIÓN MÉDICA

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP28

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

28.- Procedimiento para evaluar la higiene de manos con agua y jabón en el prestador de atención médica.

Rev. 1

Hoja: 2 de 9

1.0 Propósito 1.1 Evaluar al prestador de la atención médica que realiza la higiene de manos con agua y jabón, con base en las recomendaciones emitidas por la Organización Mundial de la Salud (OMS) y el Centro para el Control y la Prevención de Enfermedades (CDC de Atlanta) a fin de cumplir con la Meta Internacional de Seguridad del Paciente 5: “Reducir el riesgo de infecciones asociadas al cuidado de la salud asociadas con la atención médica” y el Capítulo Prevención y Control de Infecciones (PCI) con sus elementos medibles específicos. 2.0 Alcance 2.1 A nivel interno este procedimiento aplica en áreas de atención médica: Hospitalización, Consulta Externa y Servicios de Apoyo al Diagnóstico y Tratamiento. 3.0 Políticas de operación, normas y lineamientos 3.1 El indicador institucional “Higiene de manos con agua y jabón en el prestador de atención médica” será la base metodológica para la aplicación de este procedimiento. 3.2 El personal de la Institución deberá apegarse a las estrategias que derivan de la Campaña Sectorial “Una atención limpia es una atención más segura”. 3.3 Se considerará personal sujeto a evaluación, todo prestador de atención médica en atención directa (clínico) al paciente: enfermera, médico, laboratorista, nutriólogo, radiólogo, inhaloterapia, entre otros. Y en atención indirecta (no clínico): camillero, intendencia, afanador, administrativos, servicios de alimentación, entre otros, adscrito a todos los servicios en que aplica este procedimiento. 3.4 Es responsabilidad de todos los prestadores de atención médica, cumplir con el Estándar PCI 9, en sus elementos medibles:

El establecimiento identifica las áreas en las que es preciso lavarse y desinfectarse las manos, o aplicar procedimientos de desinfección de superficies.

Los procedimientos de lavado y desinfección de manos se emplean correctamente en dichas áreas y se evalúa su cumplimiento.

El establecimiento adopta lineamientos para la higiene de las manos de una fuente de autoridad. 3.5 Es responsabilidad del Jefe de Servicio, Jefe de Enfermería y Delegado Administrativo:

Conocer, difundir y supervisar la técnica de higiene de manos con agua y jabón entre el personal a su cargo.

Programar de forma semestral capacitación para todo el personal adscrito al servicio y documentar la misma.

Supervisar el abastecimiento de insumos para la realización de la técnica de higiene de manos con agua y jabón.

Informar al personal a su cargo los periodos de evaluación y promover la colaboración de los mismos.

Conocer los intervalos de semaforización que aplican en esta evaluación y ejecutar acciones de mejora en cada medición.

Realizar el seguimiento de acciones de mejora.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP28

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

28.- Procedimiento para evaluar la higiene de manos con agua y jabón en el prestador de atención médica.

Rev. 1

Hoja: 3 de 9

Difundir los logros y avances en la adhesión a la técnica para la higiene de manos con agua y jabón.

3.6 Es responsabilidad del prestador de atención médica:

Conocer y aplicar la técnica de higiene de manos con agua y jabón (ver anexo 1). Generar y promover acciones preventivas y correctivas a favor de la ejecución de la higiene de

manos con agua y jabón. 3.7 El Subcomité de Calidad y Seguridad del Paciente en los Servicios de Enfermería (SCOCASEPSE) es responsable de:

Realizar diagnóstico situacional por medio de visita a los servicios para conocer y registrar la dotación de insumos para la higiene de manos con agua y jabón y evaluar las condiciones estructurales (lavabos, localización y funcionalidad).

Seleccionar la muestra, el periodo a evaluar e integrar las carpetas para evaluación anexando: calendario de levantamiento de datos, instructivo y formato de recolección de datos del indicador “Higiene de manos con agua y jabón en el prestador de atención médica”.

Emitir el informe de resultados generales y por servicio, el cual incluye el análisis de las oportunidades de mejora detectadas y, las recomendaciones y/o líneas de acción a implementar.

3.8 Es responsabilidad del personal evaluador:

Conocer la técnica de higiene de manos con agua y jabón Conocer la metodología del indicador Higiene de manos con agua y jabón en el prestador de

atención médica. Seguir las instrucciones de llenado del instrumento de medición. Garantizar la confidencialidad de la información de acuerdo con el artículo 39 de la Ley Federal de

Información Estadística y Geográfica.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP28

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

28.- Procedimiento para evaluar la higiene de manos con agua y jabón en el prestador de atención médica.

Rev. 1

Hoja: 4 de 9

4.0 Descripción del procedimiento Secuencia de etapas Actividad Responsable

1.0 Notificación de inicio de evaluación

1.1 Notifica, por oficio, al Jefe Médico del servicio el inicio de la evaluación del indicador “Higiene de manos con agua y jabón en el prestador de atención médica”. Oficio

Dirección General Adjunta Médica

2.0 Recepción de oficio e información.

2.1 Recibe oficio e informa al personal del servicio. Oficio

Jefe de Servicio

3.0 Requisición de plantilla activa del personal

3.1 Requiere al Jefe de Servicio la plantilla activa del personal adscrito al servicio a evaluar.

SCOCASEPSE

4.0 Verificación y entrega de plantilla activa

4.1 Verifica de la plantilla de personal activo (por turno, categoría y asignación del personal adscrito al servicio a evaluar). PROCEDE: No: Regresa a la actividad 3 Si: Entrega la plantilla del personal activo al SCOCASEPSE. Plantilla activa

Jefe de Servicio

5.0 Integración de carpetas y entrega al DGCE

5.1 Integra las carpetas para evaluación y entrega al Departamento de Gestión del Cuidado en Enfermería (DGCE). Carpeta para evaluación

SCOCASEPSE

6.0 Recepción de carpetas 6.1 Recibe carpeta e inicia monitorización de la técnica de higiene de manos con agua y jabón por parte del prestador de atención médica.

Departamento de Gestión del Cuidado en Enfermería

7.0 Realización de la higiene de manos con agua y jabón

7.1 Realiza higiene de manos con agua y jabón: a) Prepara con anticipación la toalla de papel para el secado. b) Abre el grifo y mojar las manos. c) Deposita en la palma de la mano una cantidad de jabón suficiente para cubrir todas las superficies de las manos. d) Frota: Las palmas de las manos entre sí. La palma de la mano derecha contra el

dorso de la mano izquierda entrelazando los dedos, y viceversa. Las palmas de las manos entre sí, con los

dedos entrelazados. El dorso de los dedos de una mano con la

palma de la mano opuesta, agarrándose los dedos, con un movimiento de rotación el pulgar izquierdo atrapándolo con la palma de la mano derecha, y viceversa.

Prestador de Atención Médica

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP28

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

28.- Procedimiento para evaluar la higiene de manos con agua y jabón en el prestador de atención médica.

Rev. 1

Hoja: 5 de 9

Secuencia de etapas Actividad Responsable La punta de los dedos de la mano derecha

contra la palma de la mano izquierda, haciendo un movimiento de rotación, y viceversa. e) Enjuaga las manos con agua. f) Seca con papel para secado de manos. g) Cierra el grifo con la toalla de papel.

8.0 Recepción de carpetas y elaboración de informe de resultados

8.1 Recibe carpetas, elabora informe de resultados de acuerdo con la recolección de datos y envía a Subdirección de Enfermería. Informe/ carpetas para evaluación.

SCOCASEPSE

9.0 Emisión de resultados 9.1 Emite informe de resultados generales y por servicio y entrega a la Dirección General Adjunta Médica Informe.

Subdirección de Enfermería

10.0 Recepción de informe de resultados

10.1. Recibe informe de resultados generales y por servicio y entrega al Médico Jefe de Servicio. Informe.

Dirección General Adjunta Médica

11.0 Recepción de resultados e implementación

11.1 Recibe informe, difunde resultados e implementa acciones de mejora con el personal médico. Informe.

Jefe de Servicio

12.0 Recepción de resultados e implementación

12.1 Recibe informe, difunde resultados e implementa acciones de mejora con el personal de enfermería. Informe.

Jefe de Enfermeras

13.0 Recepción de resultados e implementación

13.1 Recibe informe, difunde resultados e implementa acciones de mejora con el personal a su cargo. Informe.

Delegado Administrativo

TERMINA PROCEDIMIENTO.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP28

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

28.- Procedimiento para evaluar la higiene de manos con agua y jabón en el prestador de atención médica.

Rev. 1

Hoja: 6 de 9

5.0 Diagrama de Flujo

Oficio

DIRECCIÓNGENERAL

ADJUNTA MÉDICASCOCASEPSE

DEPARTAMENTODE GESTIÓN DEL

CUIDADO ENENFERMERÍA

JEFE DESERVICIO

PRESTADOR DEATENCIÓN MÉDICA

SUBDIRECCIÓN DEENFERMERÍA

DELEGADOADMINISTRATIVO

INICIO

Oficio

Notificación de inicio deevaluación.

1

Recepción de oficio einformación.

2

Requisición deplantilla activa del

personal.

3

Verificación y entrega deplantilla activa.

4

Plantilla Activa

Entrega la plantilla al SCOCASEPSE.

Carpeta paraevaluación

Integración decarpetas y entrega al

DGCE.

5

A

Recepción decarpetas

6

JEFE DEENFERMERAS

PROCEDE

SI

NO3

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP28

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

28.- Procedimiento para evaluar la higiene de manos con agua y jabón en el prestador de atención médica.

Rev. 1

Hoja: 7 de 9

Informe

Informe

A

Realización de lahigiene de manos con

agua y jabón

7

DIRECCIÓNGENERAL

ADJUNTA MÉDICASCOCASEPSE

DEPARTAMENTODE GESTIÓN DEL

CUIDADO ENENFERMERÍA

JEFE DESERVICIO

PRESTADOR DEATENCIÓN MÉDICA

SUBDIRECCIÓN DEENFERMERÍA

DELEGADOADMINISTRATIVO

Recepción de carpetas yelaboración de informe

de resultados

8

Emisión de resultados

9

JEFE DEENFERMERAS

Informe

Recepción de informe deresultados

10

Informe

Recepción de resultadose implementación

11

Informe

Recepción deresultados e

implementación

12

Informe

Recepción deresultados e

implementación

13

FIN

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP28

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

28.- Procedimiento para evaluar la higiene de manos con agua y jabón en el prestador de atención médica.

Rev. 1

Hoja: 8 de 9

6.0 Documentos de referencia Documentos Código (cuando aplique)

Manual de Organización de la Direccion General Adjunta Médica No aplica Manual de Técnicas de Enfermería No aplica Norma Oficial Mexicana NOM-045-SSA2-2005. Para la vigilancia epidemiológica, prevención, y control de las infecciones nosocomiales. No aplica

Manual del Proceso de Certificación de Hospitales. Comisión para la Certificación de Establecimientos de Atención Médica. Sistema Nacional de Certificación de Establecimientos de Atención Médica.

No aplica

Estándares para la Certificación de Hospitales. Consejo de Salubridad General. Comisión para la Certificación de Establecimientos de Atención Médica No aplica

7.0 Registros

Registros Tiempo de conservación

Responsable de conservarlo

Código de registro o identificación única

Formato de recolección de datos para la monitorización de higiene de manos con agua y jabón en el prestador de atención médica.

5 años SCOCASEPSE (HMPAM / SCOCASEPSE / 10).

Instructivo del formato de recolección de datos para la monitorización de higiene de manos con agua y jabón en el prestador de atención médica.

5 años SCOCASEPSE (HMPAM / SCOCASEPSE / 10).

Informes y gráficas de los resultados generales y por servicio. 5 años SCOCASEPSE No aplica

8. 0 Glosario 8.1 Estándar: una declaración que define las expectativas de desempeño, estructuras o procesos que deben estar implementados para que una organización brinde atención, tratamiento y servicios seguros y de alta calidad. 8.2 Infección nosocomial: el proceso infecciosos que se presenta después de 48 hrs del ingreso del paciente al hospital o después de transcurridas 48 a 72 hrs. del egreso hospitalario y que no se encontraba presente o en período de incubación al momento del ingreso y requiere de comprobación de laboratorio. 8.3 Mejora Continua: Resultado de un conjunto de acciones sistematizadas encaminadas a resolver problemas identificados, que impiden el cumplimiento de requisitos de calidad para la satisfacción de los clientes y usuarios. 8.4 Prestador de atención médica: Personal de salud (clínico y no clínico) que proporciona atención directa o indirecta al paciente. Es personal clínico: enfermera, médico, laboratorista, nutriólogo, radiólogo, inhaloterapia, entre otros. Es personal no clínico: camillero, intendencia, afanador, administrativos, servicios de alimentación, entre otros.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP28

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

28.- Procedimiento para evaluar la higiene de manos con agua y jabón en el prestador de atención médica.

Rev. 1

Hoja: 9 de 9

8.5 Seguridad del paciente: conjunto de estructuras o procesos organizacionales que reducen la probabilidad de eventos adversos resultados de la exposición al sistema de atención médica a lo largo de enfermedades y procedimientos. 8.6 Servicios de atención médica: Conjunto de servicios que se proporcionan al individuo, con el fin de promover, proteger y restaurar su salud. 8.7 Subcomité de Calidad y Seguridad del Paciente en los Servicios de Enfermería (SCOCASEPSE). Es un Comité que de manera colegiada analiza los problemas y avances en relación con la calidad percibida, la calidad técnica y la seguridad del paciente en los Servicios de Enfermería y está integrado por personal de la Subdirección de Enfermería. 9.0 Cambios de esta versión

Número de Revisión Fecha de actualización Descripción del cambio No aplica No aplica No aplica

10.0 Anexos 10.1 Técnica de higiene de manos con agua y jabón. 10.2 Formato e instructivo para la recolección de datos para la monitorización de higiene de manos con agua y jabón en el prestador de atención médica (HMPAM / SCOCASEPSE / 10).

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP29

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

29.- Procedimiento para evaluar la higiene de manos con solución alcoholada en el prestador de atención médica.

Rev. 1

Hoja: 1 de 9

29.- PROCEDIMIENTO PARA EVALUAR LA HIGIENE DE MANOS CON SOLUCIÓN ALCOHOLADA

EN EL PRESTADOR DE ATENCIÓN MÉDICA

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP29

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

29.- Procedimiento para evaluar la higiene de manos con solución alcoholada en el prestador de atención médica.

Rev. 1

Hoja: 2 de 9

1.0 Propósito 1.1 Evaluar al prestador de la atención médica que realiza la higiene de manos con solución alcoholada, con base en las recomendaciones emitidas por la Organización Mundial de la Salud (OMS) y el Centro para el Control y la Prevención de Enfermedades (CDC de Atlanta) a fin de cumplir con la Meta Internacional de Seguridad del Paciente 5: “Reducir el riesgo de infecciones asociadas al cuidado de la salud asociadas con la atención médica” y el Capítulo Prevención y Control de Infecciones (PCI) con sus elementos medibles específicos. 2.0 Alcance 2.1 A nivel interno este procedimiento aplica en áreas de atención médica: Hospitalización, Consulta Externa y Servicios de Apoyo al Diagnóstico y Tratamiento. 3.0 Políticas de operación, normas y lineamientos 3.1 El indicador institucional “Higiene de manos con solución alcoholada en el prestador de atención médica” será la base metodológica para la aplicación de este procedimiento. 3.2 El personal de la Institución deberá apegarse a las estrategias que derivan de la Campaña Sectorial “Una atención limpia es una atención más segura”. 3.3 Se considerará personal sujeto a evaluación, todo prestador de atención médica en atención directa (clínico) al paciente: enfermera, médico, laboratorista, nutriólogo, radiólogo, inhaloterapía, entre otros. Y en atención indirecta (no clínico): camillero, intendencia, afanador, administrativos, servicios de alimentación, entre otros, adscrito a todos los servicios en que aplica este procedimiento. 3.4 Es responsabilidad de todos los prestadores de atención médica, cumplir con el Estándar PCI 9, en sus elementos medibles:

El establecimiento identifica las áreas en las que es preciso lavarse y desinfectarse las manos, o aplicar procedimientos de desinfección de superficies.

Los procedimientos de lavado y desinfección de manos se emplean correctamente en dichas áreas y se evalúa su cumplimiento.

El establecimiento adopta lineamientos para la higiene de las manos de una fuente de autoridad.

3.5 Es responsabilidad del Jefe de Servicio, Jefe de Enfermería y Delegado Administrativo:

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP29

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

29.- Procedimiento para evaluar la higiene de manos con solución alcoholada en el prestador de atención médica.

Rev. 1

Hoja: 3 de 9

Conocer, difundir y supervisar la técnica de higiene de manos con solución alcoholada, entre el personal a su cargo.

Programar de forma semestral capacitación para el todo el personal adscrito al servicio y documentar la misma.

Supervisar el abastecimiento de insumos para la realización de la técnica de higiene de manos con solución alcoholada.

Informar al personal a su cargo los periodos de evaluación y promover la colaboración de los mismos.

Conocer los intervalos de semaforización que aplican en esta evaluación y ejecutar acciones de mejora en cada medición.

Realizar el seguimiento de acciones de mejora. Difundir los logros y avances en la adhesión a la técnica para la higiene de manos con solución

alcoholada. 3.6 Es responsabilidad del prestador de atención médica:

Conocer y aplicar la técnica de higiene de manos con solución alcoholada (ver anexo 1). Generar y promover acciones preventivas y correctivas a favor de la ejecución de la higiene de

manos con solución alcoholada. 3.7 El Subcomité de Calidad y Seguridad del Paciente en los Servicios de Enfermería (SCOCASEPSE) es responsable de:

Realizar diagnóstico situacional por medio de visita a los servicios para conocer y registrar la dotación de insumos para la higiene de manos con solución alcoholada y evaluar las condiciones estructurales.

Seleccionar la muestra, el periodo a evaluar e integrar las carpetas para evaluación anexando: calendario de levantamiento de datos, instructivo y formato de recolección de datos del indicador “Higiene de manos con solución alcoholada en el prestador de atención médica”.

Emitir el informe de resultados generales y por servicio, el cual incluye el análisis de las oportunidades de mejora detectadas y, las recomendaciones y/o líneas de acción a implementar.

3.8 Es responsabilidad del personal evaluador:

Conocer la técnica de higiene de manos con solución alcoholada. Conocer la metodología del indicador “Higiene de manos con solución alcoholada en el prestador

de atención médica”. Seguir las instrucciones de llenado del instrumento de medición. Garantizar la confidencialidad de la información de acuerdo con el artículo 39 de la Ley Federal

de Información Estadística y Geográfica.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP29

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

29.- Procedimiento para evaluar la higiene de manos con solución alcoholada en el prestador de atención médica.

Rev. 1

Hoja: 4 de 9

4.0 Descripción del procedimiento

Secuencia de etapas Actividad Responsable1.0 Notificación de inicio de evaluación

1.1 Notifica, por oficio, al Jefe Médico del servicio el inicio de la evaluación del indicador “Higiene de manos con solución alcoholada en el prestador de atención médica”. Oficio

Dirección General Adjunta Médica

2.0 Recepción de oficio e información.

2.1 Recibe oficio e informa al personal del servicio. Oficio

Jefe de Servicio

3.0 Requisición de plantilla activa del personal

3.1 Requiere al Jefe de Servicio la plantilla activa del personal adscrito al servicio a evaluar.

SCOCASEPSE

4.0 Verificación y entrega de plantilla activa

4.1 Verifica de la plantilla de personal activo (por turno, categoría y asignación del personal adscrito al servicio a evaluar). PROCEDE: No: Regresa a la actividad 3. Si: Entrega la plantilla del personal activo al SCOCASEPSE. Plantilla activa

Jefe de Servicio

5.0 Integración de carpetas y entrega al DGCE

5.1 Integra las carpetas para evaluación y entrega al Departamento de Gestión del Cuidado en Enfermería (DGCE). Carpeta para evaluación

SCOCASEPSE

6.0 Recepción de carpetas 6.1 Recibe carpeta e inicia monitorización de la técnica de higiene de manos con solución alcoholada por parte del prestador de atención médica.

Departamento de Gestión del Cuidado en Enfermería

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP29

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

29.- Procedimiento para evaluar la higiene de manos con solución alcoholada en el prestador de atención médica.

Rev. 1

Hoja: 5 de 9

Secuencia de etapas Actividad Responsable7.0 Realización de la higiene de manos con solución alcoholada.

7.1 Realiza higiene de manos con solución alcoholada: a).- Deposita en la palma de la mano seca la

cantidad de suficiente de solución alcoholada para cubrir toda la superficie a tratar.

b).- Frota: Las palmas de las manos entre sí. La palma de la mano derecha contra el dorso de la mano izquierda entrelazando los dedos, y viceversa. Las palmas de las manos entre sí, con los dedos entrelazados. El dorso de los dedos de una mano con la palma opuesta, agarrándose los dedos, con un movimiento de rotación el pulgar izquierdo atrapándolo con la palma de la mano derecha y viceversa. La punta de los dedos de la mano derecha contra la palma de la mano izquierda, haciendo un movimiento de rotación, y viceversa. Continúe frotando hasta que se evapore el producto y sus manos se encuentren secas.

Prestador de Atención Médica

8.0 Recepción de carpetas y elaboración de informe de resultados

8.1 Recibe carpetas, elabora informe de resultados de acuerdo con la recolección de datos y envía a Subdirección de Enfermería. Informe/ carpetas para evaluación.

SCOCASEPSE

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP29

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

29.- Procedimiento para evaluar la higiene de manos con solución alcoholada en el prestador de atención médica.

Rev. 1

Hoja: 6 de 9

9.0 Emisión de resultados 9.1 Emite informe de resultados generales y por servicio y entrega a la Dirección General Adjunta Médica Informe.

Subdirección de Enfermería

10.0 Recepción de informe de resultados

10.1. Recibe informe de resultados generales y por servicio y entrega al Médico Jefe de Servicio. Informe.

Dirección General Adjunta Médica

11.0 Recepción de resultados e implementación

11.1 Recibe informe, difunde resultados e implementa acciones de mejora con el personal médico. Informe.

Jefe de Servicio

12.0 Recepción de resultados e implementación

12.1 Recibe informe, difunde resultados e implementa acciones de mejora con el personal de enfermería. Informe.

Jefe de Enfermeras

13.0 Recepción de resultados e implementación

13.1 Recibe informe, difunde resultados e implementa acciones de mejora con el personal a su cargo. Informe.

Delegado Administrativo

TERMINA PROCEDIMIENTO. 5.0 Diagrama de Flujo

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP29

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

29.- Procedimiento para evaluar la higiene de manos con solución alcoholada en el prestador de atención médica.

Rev. 1

Hoja: 7 de 9

Oficio

DIRECCIÓNGENERAL

ADJUNTA MÉDICASCOCASEPSE

DEPARTAMENTODE GESTIÓN DEL

CUIDADO ENENFERMERÍA

JEFE DESERVICIO

PRESTADOR DEATENCIÓN MÉDICA

SUBDIRECCIÓN DEENFERMERÍA

DELEGADOADMINISTRATIVO

INICIO

Oficio

Notificación deinicio de

evaluación.

1

Recepción deoficio e

información.

2

Requisición deplantilla activa del

personal.

3

Verificación yentrega de

plantilla activa.

4

Plantilla Activa

Entrega la plantilla al SCOCASEPSE.

Carpeta paraevaluación

Integración decarpetas y

entrega al DGCE.

5

A

Recepción decarpetas

6

JEFE DEENFERMERAS

PROCEDE

SI

NO3

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP29

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

29.- Procedimiento para evaluar la higiene de manos con solución alcoholada en el prestador de atención médica.

Rev. 1

Hoja: 8 de 9

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP29

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

29.- Procedimiento para evaluar la higiene de manos con solución alcoholada en el prestador de atención médica.

Rev. 1

Hoja: 9 de 9

Informe

Informe

A

Realización de lahigiene de manos

con soluciónalcoholada

7

DIRECCIÓNGENERAL

ADJUNTA MÉDICASCOCASEPSE

DEPARTAMENTODE GESTIÓN DEL

CUIDADO ENENFERMERÍA

JEFE DESERVICIO

PRESTADOR DEATENCIÓN MÉDICA

SUBDIRECCIÓN DEENFERMERÍA

DELEGADOADMINISTRATIVO

Recepción decarpetas y

elaboración deinforme deresultados

8

Emisión deresultados

9

JEFE DEENFERMERAS

Informe

Recepción deinforme deresultados

10

Informe

Recepción deresultados e

implementación

11

Informe

Recepción deresultados e

implementación

12

Informe

Recepción deresultados e

implementación

13

TERMINA

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP29

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29.- Procedimiento para evaluar la higiene de manos con solución alcoholada en el prestador de atención médica.

Rev. 1

Hoja: 10 de 9

6.0 Documentos de referencia

Documentos Código (cuando aplique) Manual de Organización de la Dirección General Adjunta Médica No aplica Manual de Técnicas de Enfermería No aplica Norma Oficial Mexicana NOM-045-SSA2-2005. Para la vigilancia epidemiológica, prevención, y control de las infecciones nosocomiales. No aplica

Manual del Proceso de Certificación de Hospitales. Comisión para la Certificación de Establecimientos de Atención Médica. Sistema Nacional de Certificación de Establecimientos de Atención Médica.

No aplica

Estándares para la Certificación de Hospitales. Consejo de Salubridad General. Comisión para la Certificación de Establecimientos de Atención Médica No aplica

7.0 Registros

Registros Tiempo de conservación

Responsable de conservarlo

Código de registro o identificación única

Formato de recolección de datos para la monitorización de higiene de manos con solución alcoholada en el prestador de atención médica.

5 años SCOCASEPSE (HMPAM / SCOCASEPSE / 10).

Instructivo del formato de recolección de datos para la monitorización de higiene de manos con solución alcoholada en el prestador de atención médica.

5 años SCOCASEPSE (HMPAM / SCOCASEPSE / 10).

Informes y gráficas de los resultados generales y por servicio. 5 años SCOCASEPSE No aplica

8. 0 Glosario 8.1 Estándar: una declaración que define las expectativas de desempeño, estructuras o procesos que deben estar implementados para que una organización brinde atención, tratamiento y servicios seguros y de alta calidad. 8.2 Infección nosocomial: el proceso infecciosos que se presenta después de 48 hrs del ingreso del paciente al hospital o después de transcurridas 48 a 72 hrs. del egreso hospitalario y que no se encontraba presente o en período de incubación al momento del ingreso y requiere de comprobación de laboratorio. 8.3 Mejora Continua: Resultado de un conjunto de acciones sistematizadas encaminadas a resolver problemas identificados, que impiden el cumplimiento de requisitos de calidad para la satisfacción de los clientes y usuarios. 8.4 Prestador de atención médica: Personal de salud (clínico y no clínico) que proporciona atención directa o indirecta al paciente. Es personal clínico: enfermera, médico, laboratorista, nutriólogo, radiólogo,

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP29

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

29.- Procedimiento para evaluar la higiene de manos con solución alcoholada en el prestador de atención médica.

Rev. 1

Hoja: 11 de 9

inhaloterapia, entre otros. Es personal no clínico: camillero, intendencia, afanador, administrativos, servicios de alimentación, entre otros. 8.5 Seguridad del paciente: conjunto de estructuras o procesos organizacionales que reducen la probabilidad de eventos adversos resultados de la exposición al sistema de atención médica a lo largo de enfermedades y procedimientos. 8.6 Servicios de atención médica: Conjunto de servicios que se proporcionan al individuo, con el fin de promover, proteger y restaurar su salud. 8.7 Subcomité de Calidad y Seguridad del Paciente en los Servicios de Enfermería (SCOCASEPSE). Es un Comité que de manera colegiada analiza los problemas y avances en relación con la calidad percibida, la calidad técnica y la seguridad del paciente en los Servicios de Enfermería y está integrado por personal de la Subdirección de Enfermería. 9.0 Cambios de esta versión

Número de Revisión Fecha de actualización Descripción del cambio No aplica No aplica No aplica

10.0 Anexos 10.1 Técnica de higiene de manos con solución alcoholada. 10.2 Formato e instructivo para la recolección de datos para la monitorización de higiene de manos con solución alcoholada en el prestador de atención médica (HMPAM/SCOCASEPSE/10)

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP30

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

30.- Procedimiento para la preparación y ministración de medicamentos de alto riesgo.

Rev. 1

Hoja: 1 de 13

30.- PROCEDIMIENTO PARA LA PREPARACIÓN Y MINISTRACIÓN DE MEDICAMENTOS DE ALTO RIESGO

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP30

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30.- Procedimiento para la preparación y ministración de medicamentos de alto riesgo.

Rev. 1

Hoja: 2 de 13

1.0 Propósito 1.1 Describir la secuencia de etapas para la preparación y ministración de medicamentos a fin de cumplir con el Estándar para la Certificación de Establecimientos de Atención Médica“Manejo y Uso de Medicamentos (MMU)” y con la Meta 3 “Mejorar la seguridad de los medicamentos de alto riesgo”. 2.0 Alcance 2.1 A nivel interno este procedimiento aplica a las áreas de atención médica en donde se preparan y ministran medicamentos. 3.0 Políticas de operación, normas y lineamientos 3.1 Es responsabilidad del personal de Enfermería cumplir con las siguientes políticas y normas para el almacenamiento de medicamentos:

Mantener en refrigeración los medicamentos a la temperatura que indique el fabricante.Si se cuenta con refrigerador este deberá de ser para uso exclusivo de almacenamiento de medicamentos y se llevará una gráfica para monitorizar la temperatura del refrigerador (anexo formato e instructivo de manejo).

Verificar que las ámpulas, frascos u otros recipientes que contengan medicamentos se encuentren libres de polvo y de no ser así, realizar las medidas necesarias para lograrlo.

Conservarlos medicamentos en su empaque primario, en la gaveta o en el espacio destinado para cada paciente, conservando únicamente la dosis para 24 hrs.

Registrar en la “bitácora para control interno de medicamentos narcóticos” conforme al “Procedimiento para la solicitud y control de narcóticos”.

Verificar que los electrólitos concentrados (Cloruro de Potasio, Cloruro de Sodio, Fosfato de Potasio, Sulfato de Magnesio y Gluconato de Calcio) se encuentren en el lugar y recipientes específicos, para evitar su administración errónea. NO DEJARLOS EN LA UNIDAD DEL PACIENTE. Ver recomendaciones para el manejo de electrolitos concentrados.

Preservar la estabilidad de los medicamentos y productos nutricionales (enterales y parenterales), identificar la temperatura ambiente que requieren y resguardar los que necesiten refrigeración.

Verificar que los medicamentos que se utilizan en caso de urgencia se almacenen en las áreas estipuladas. 3.1.1 Los medicamentos “que el paciente trae consigo al establecimiento” se identificaran con el nombre del paciente y se colocaran en el lugar que designe el Jefe de Servicio y/o Jefe de Enfermeras. 3.2 Es responsabilidad del personal de Enfermería cumplir con las siguientes políticas y normas para la transcripción de indicaciones de medicamentos:

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30.- Procedimiento para la preparación y ministración de medicamentos de alto riesgo.

Rev. 1

Hoja: 3 de 13

Revisar, por turno, las prescripciones de medicamentos (registradas en la hoja de indicaciones médicas) y anotar el nombre completo, firma de la enfermera (o) fecha y hora en que realizó esta actividad.En caso de que la prescripción no sea legible solicitará al médico responsable aclare su registro.

Transcribir los medicamentos, en la tarjeta de prescripción médica (kárdex) del paciente, conforme al instructivo. 3.3 Es responsabilidad del personal de Enfermería cumplir con las siguientes políticas y normas para la preparación de medicamentos:

Utilizar charola (previamente desinfectada) para uso exclusivo de la preparación de medicamentos. En caso de utilizar la superficie de la tarja se deberá dividir (imaginariamente) en “limpio” y “sucio”.

Desinfectar la tarja y mesa de trabajo, así como las charolas con hipoclorito de sodio (en presentación al 6%) a la siguiente dilución:83ml x cada litro

Delimitar la superficie de preparación de medicamentos por medio de un campo estéril (cuando no se cuenta con charola de acero inoxidable desinfectada) y retirar al término del procedimiento.

Evitar cubrir las áreas de preparación y tarjas con compresas y/o campos quirúrgicos.

Preparar los medicamentos en un sitio: limpio, privado, donde el tránsito de personal sea mínimo, existan el mínimo de interrupciones, adecuada iluminación, bajo riesgo de contaminación, o corrientes de aire y lejano al séptico de la unidad. No se permite comer, ingerir bebidas o usar cosméticos en el área de preparación.

Retirar anillos (incluso la argolla matrimonial) pulsera, reloj y cualquier joyería en manos y brazos (Categoría II) y mantener el cabello recogido.

Mantener las uñas cortas (puntas de menos de 0.5 cm. de largo) y sin esmalte (Categoría II).Nunca usar uñas artificiales, ni extensiones, cuando se tenga contacto directo con pacientes (Categoría IA).

Realizar higiene de manos con agua y jabón antes de iniciar la preparación de medicamentos.

Evitar preparar medicamentos en mesas Pasteur, en la unidad del paciente o en las mesas puente.

Trasladar los medicamentos en las mesas de trabajo o charolas, delimitando imaginariamente el lado limpio y sucio.

Verificar la aplicación de los seis correctos en la preparación de medicamentos: Paciente correcto, medicamento correcto, dosis correcta, horario correcto, vía de ministración correcta y caducidad.

Membretar los medicamentos ya preparados, con nombre del paciente, número de expediente clínico único (ECU), nombre del medicamento, vía y dosis, para evitar equívocos en su ministración. 3.3.1 Para preparar medicamentos vía parenteral se deberá:

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30.- Procedimiento para la preparación y ministración de medicamentos de alto riesgo.

Rev. 1

Hoja: 4 de 13

Usar una jeringa para cada medicamento y paciente.

Verificar la dilución y/o combinación del medicamento así como su velocidad de ministración.

Garantizar que la solución sea de uso exclusivo para dilución, membretarla con fecha y finalidad del uso y desecharla al final del turno.

Tomar la dosis requerida de su recipiente primario (frasco, ampolleta, etc.) y no reintroducir el sobrante.

Para la reutilización de medicamentos en presentación frasco multidosis, realizar la asepsia del tapón de goma cada que se vaya a utilizar y rotular con fecha de apertura para identificar su vigencia después de abierto. No cubrir el tapón de goma con gasa o torunda.

Observar a contraluz los frascos, las ampolletas o frascos multidosis para identificar rastros, sedimentos o cambio de color, en caso de presentarlos, NO UTILIZARLOS e informar a la Jefe de Enfermeras.

En dosis sobrantes (de medicamentos parenterales que se puedan conservar) se deberán cargar en una jeringa y rotular con fecha de apertura, hora, dosis y en caso de haber sido diluido indicar, para hacer seguro su próximo uso.

Desechar las ampolletas de vidrio ámbar o transparente, en los recipientes específicos según el color. 3.4 Es responsabilidad del personal de Enfermería cumplir con las siguientes políticas y normas para la ministración de medicamentos:

Ministrar los medicamentos conforme a las Técnicas de Enfermería. Verificar, preguntando al paciente y revisar por medio de expediente clínico si es alérgico a algún

medicamento.

Verificar los “seis correctos” para la ministración de medicamentos: Paciente correcto, medicamento correcto, dosis correcta, horario correcto, vía de ministración correcta y caducidad.

Corroborar cuando sean medicamentos intravenosos: Dilución y/o combinación así como velocidad de ministración.

Dar aviso de inmediato al médico, si hay presencia de signos y síntomas de alergia secundarios a la ministración de medicamentos. Ante la sospecha de una reacción adversa por medicamentos notificar al Centro Institucional de Farmacovigilancia.

Evitar ministrar medicamentos que se dictaminen verbalmente, salvo en situaciones de urgencias, posteriormente el médico deberá registrar la indicación en el expediente clínico.

Registrar en el “Plan terapéutico” de los Registros Clínicos de Enfermería el medicamento después de ministrarlo (conforme al instructivo). Si no se ministró el medicamento anotar el motivo. En caso de presentar algún problema o reacción adversa, avisar al médico y, anotar las medidas y acciones que se realicen.

Informar al médico si el paciente trae medicamentos de uso personal para que se anoten en la hoja de indicaciones médicas y los pueda ministrar.

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30.- Procedimiento para la preparación y ministración de medicamentos de alto riesgo.

Rev. 1

Hoja: 5 de 13

3.5 El personal de enfermería que labora en el servicio es el único autorizado para preparar y ministrar medicamentos, por lo que deberá supervisar a los estudiantes durante la preparación y ministración de medicamentos al paciente, siempre y cuando la práctica clínica incluya esta actividad. 3.6 Es responsabilidad de la Jefe de Enfermeras para el almacenamiento de medicamentos:

Conservar cada uno de los electrólitos concentrados en un recipiente membretado con etiqueta del color correspondiente (ver recomendaciones para el manejo de electrólitos concentrados). Etiqueta roja: Cloruro de potasio Etiqueta lila: Fosfato de potasio Etiqueta gris: Sulfato de magnesio Etiqueta azul cielo: Bicarbonato de sodio frasco ámpula 7.5 % Etiqueta blanca: Bicarbonato de sodio ámpula 750mg/10ml Etiqueta amarilla: Cloruro de sodio ámpula 17.7% Etiqueta rosa: Gluconato de calcio ámpula

Supervisar que el almacenamiento de medicamentos se realice en el área establecida y se encuentren dentro de su envase primario.

Inspeccionar periódicamente las áreas de almacenamiento de medicamentos para asegurar que estén bajo condiciones adecuadas (humedad, temperatura, luz y evitar fuentes de contaminación) para la estabilidad del producto e identificar los medicamentos caducos.

Identificar y clasificar los medicamentos cuya presentación o nombre es similar o muy parecido.

Supervisar la estabilidad de los medicamentos y productos nutricionales (enterales y parenterales), identificando la temperatura ambiente que requieren y resguardar los que necesiten refrigeración (verificando la gráfica para monitorizar la temperatura del refrigerador).

Almacenar los medicamentos, que se utilizan en caso de urgencia, en las áreas estipuladas y supervisar periódicamente para asegurar que estén bajo condiciones adecuada.

Resguardar los medicamentos de urgencia en lugares específicos (carro de reanimación cardiopulmonar “carro rojo”). Ver procedimiento para el funcionamiento y resguardo de carro de reanimación cardio-pulmonar.

Contar con una bitácora del reporte de utilización de insumos del carro de R.C.P.

Reemplazar oportunamente los medicamentos de urgencia que se hayan usado, caducado o dañado.

Apegarse al procedimiento para la devolución de bienes de los servicios a los Subalmacenes Centrales. 3.7 Es responsabilidad de la Jefe de Enfermeras (o a quien ella delegue) observar las siguientes políticas para la transcripción, preparación y ministración de medicamentos:

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP30

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30.- Procedimiento para la preparación y ministración de medicamentos de alto riesgo.

Rev. 1

Hoja: 6 de 13

Revisar diariamente la hoja de indicaciones médicas para transcribir en el kardex las prescripciones de medicamentos, en caso de que la prescripción no sea legible solicitará al médico responsable aclare su registro.

Verificar la correcta transcripción en la tarjeta de prescripción médica (kardex) del paciente.

Gestionar los insumos necesarios (en tiempo y forma) para la prescripción y ministración de medicamentos.

Supervisar que el personal de enfermería prepare los medicamentos conforme a lo que se señala en la política 3.3.

Verificar que sólo el personal que labora en el servicio sea el que prepare y ministre los medicamentos o en su caso supervisar que los alumnos lo realicen bajo la asesoría del personal de enfermería responsable del paciente.

Asegurar que los medicamentos estén disponibles, en las cantidades prescritas.

Supervisar la correcta realización de las técnicas para ministración de medicamentos.

Verificar en los Registros Clínicos de Enfermeríael correcto llenado del “Plan terapéutico” conforme al instructivo. 3.8 Es responsabilidad del Jefe del Servicio y médico cumplir con los elementos de una prescripción completa, y los tipos de órdenes cuyo uso es aceptable, entre ellos:

a) Los datos necesarios para identificar al paciente con exactitud. b) Los elementos de la prescripción (vía, dosis, velocidad de infusión y horario) con letra legible. c) Cuándo son aceptables o necesarios medicamentos genéricos o de marca. d) Si se necesitan indicaciones de uso a PRN (por razón necesaria) u otro tipo de indicaciones de medicamento. e) En el caso de que el paciente traiga sus medicamentos se deberá realizar la conciliación y anotarlos en la hoja de indicaciones médicas, para que el personal de enfermería los ministre. f) Precauciones o procedimientos especiales para prescribir fármacos con aspecto o nombre parecidos. g) Las medidas a tomar ante órdenes de medicamentos incompletas, ilegibles o confusas. h) Los tipos de órdenes adicionales permitidas tales como órdenes de urgencia, permanentes, de detención automática y todo elemento requerido en tales órdenes. i) La aceptación de órdenes verbales y/o telefónicas, y el proceso para verificar dichas órdenes. j) Los tipos de órdenes basadas en el peso, por ejemplo en pacientes pediátricos.

3.9 Los medicamentos que se dictaminen verbalmente (sólo en situaciones de urgencias) el médico deberá registrar la indicación en el expediente clínico posteriormente. 3.10 Es responsabilidad del Jefe del Servicio supervisar que los médicos realicen correctamente la prescripción de medicamentos con letra legible. 3.11 Es responsabilidad de los prestadores de atención médica dar cumplimiento a las recomendaciones para el manejo de electrólitos concentrados.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP30

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30.- Procedimiento para la preparación y ministración de medicamentos de alto riesgo.

Rev. 1

Hoja: 7 de 13

ACTIVIDAD RECOMENDACIÓN Almacenamiento Retirar los electrólitos concentrados de las unidades de atención al paciente (a

excepción de las áreas donde los electrolitos concentrados son necesarios desde el punto de vista clínico) y designar un área restringida para almacenar la cantidad que cubra el requerimiento de 24 horas.

Clasificación y etiquetado de electrolitos concentrados

Membretar con etiqueta del color correspondiente, el recipiente que contiene los electrólitos concentrados de acuerdo a la normativa institucional: Etiqueta roja: Cloruro de potasio Etiqueta lila: Fosfato de potasio Etiqueta gris: Sulfato de magnesio Etiqueta azul cielo: Bicarbonato de sodio frasco ámpula 7.5 % Etiqueta blanca: Bicarbonato de sodio ámpula 750mg/10ml Etiqueta amarilla: Cloruro de sodio ámpula 17.7% Etiqueta rosa: Gluconato de calcio ámpula

Prescripción médica

Corroborar nombre y ECU del paciente y anotar en la hoja de indicación médica: nombre del electrolito concentrado, vía, dosis, cantidad de solución a diluir, velocidad de infusión y horario de ministración.

Trascripción de indicaciones médicas

Corroborar nombre y ECU del paciente y registrar en el Kárdex y/o Formato de registros clínicos de Enfermería: nombre del electrolito concentrado, vía, dosis, cantidad de solución a diluir, velocidad de infusión y horario de ministración.

Preparación Corroborar los seis correctos para la preparación de medicamentos. Preparar la solución a infundir con el electrólito concentrado en el área exclusiva para la preparación de medicamentos. Membretar la solución a infundir con el electrólito concentrado con los siguientes datos: nombre del paciente, fecha, ECU, servicio, solución a infundir, electrólito concentrado, hora de inicio, para cuantas horas, gotas por minuto y nombre completo de la enfermera (o) que instaló. Utilizar doble verificación en la preparación de soluciones con electrólitos concentrados.

Ministración Corroborar los seis correctos para la ministración de medicamentos. Utilizar doble verificación en la ministración de soluciones con electrolitos concentrados Registra en el formato de registros clínicos de enfermería: nombre del electrolito concentrado, vía, dosis, cantidad de solución a diluir, velocidad de infusión y horario de ministración.

Bitácora de control de electrolitos concentrados

Registra en bitácora de control de electrolitos concentrados

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30.- Procedimiento para la preparación y ministración de medicamentos de alto riesgo.

Rev. 1

Hoja: 8 de 13

4.0 Descripción del procedimiento Secuencia de Etapas Actividad Responsable

1.0 Prescripción de medicamentos.

1.1 Prescribe los medicamentos por escrito en la hoja de indicaciones médicas del expediente clínico de cada paciente hospitalizado y entrega a la Jefe de Enfermeras y/o personal de enfermería. Hoja de indicaciones médicas.

Médico de Base.

2.0 Revisión de indicaciones médicas.

2.1 Revisa la hoja de indicaciones médicas actualizadas y anota al final de la indicación: fecha, hora y nombre de la Jefe de Enfermeras que realiza la revisión. 2.2 Entrega las hojas de indicaciones médicas de los pacientes al personal administrativo para elaborar recetario. Enlaza con procedimiento No. 10, de la Subdirección de Enfermería, para solicitar medicamentos al Almacén. Hoja de indicaciones médicas.

Jefa de Enfermeras.

3.0 Elaboración de kardex.

3.1 Elabora tarjeta de prescripción médica (kardex) del paciente conforme a lo establecido. Kardex.

Personal de Enfermería.

4.0 Recepción y verificación de especificaciones de medicamentos.

4.1 Recibe los medicamentos y verifica que cumplan con las especificaciones establecidas, la cantidad solicitada y determina PROCEDE: No: Informa al médico Jefe de Servicio o médico autorizado, de los medicamentos que no hubo en existencia en almacén y procede a efectuar el procedimiento para solicitar la compra del medicamento. termina procedimiento. Si: Distribuye los medicamentos para 24 horas, indicado nombre y fecha de caducidad de cada uno de los medicamentos. Coloca los medicamentos en el refrigerador en caso necesario y verifica gráfica para monitorizar la temperatura del refrigerador.

Gráfica.

Jefe de Enfermeras.

5.0 Revisión de kardex. 5.1 Revisa tarjeta de prescripción médica (kardex). kardex

Jefe de Enfermeras.

6.0 Desinfección del área.

6.1 Realiza desinfección del área para preparación de medicamentos.

Personal de Enfermería.

7.0 Realización de higiene de manos.

7.1 Efectúa higiene de manos con agua y jabón de acuerdo a la técnica establecida. Técnica

Personal de Enfermería.

8.0 Preparación de medicamentos.

8.1 Prepara medicamentos con base en los 6 correctos: Paciente correcto, medicamento correcto, dosis correcta, horario correcto, vía de ministración correcta y caducidad. Conforme a las políticas y técnicas de Enfermería para la ministración de medicamentos. Técnicas para ministración de medicamentos.

Personal de Enfermería.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP30

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

30.- Procedimiento para la preparación y ministración de medicamentos de alto riesgo.

Rev. 1

Hoja: 9 de 13

Secuencia de Etapas Actividad Responsable

9.0 Colocación de membretes.

9.1 Membreta los medicamentos con nombre del paciente, No. de Expediente Clínico Único (ECU) nombre del medicamento, vía y dosis.

Personal de Enfermería.

10.0 Traslado de medicamentos.

10.1 Traslada medicamentos a la unidad del paciente, en la mesa de trabajo o charola.

Personal de Enfermería.

11.0 Verificación de los 6 correctos

11.1 Verifica los 6 correctos Paciente correcto, medicamento correcto, dosis correcta, horario correcto, vía de ministración correcta y caducidad. PROCEDE: No: Regresa a la actividad 8. Si: Continúa el procedimiento.

Personal de Enfermería.

12.0 Ministración de medicamentos.

12.1 Ministra medicamentos al paciente conforme a las políticas y técnicas de Enfermería para la ministración de medicamentos. Técnicas para ministración de medicamentos.

Personal de Enfermería

13.0 Supervisión de preparación y ministración de medicamentos.

13.1 Supervisa las técnicas de Enfermería para la ministración de medicamentos.

Jefe de Enfermeras.

14.0 Anotación en Registros Clínicos de Enfermería y kardex.

14.1 Anota en el “Plan terapéutico” del formato de Registros Clínicos de Enfermería los medicamentos ministrados. 14.2 Registra al reverso del kardex los medicamentos ministrados y número de empleado Registros Clínicos / kardex.

Personal de Enfermería.

15.0 Supervisión de Registros Clínicos de Enfermería.

15.1 Supervisa el correcto llenado del “Plan terapéutico” en los Registros Clínicos de Enfermería y firma.

Registros Clínicos.

Jefe de Enfermeras.

TERMINA PROCEDIMIENTO.

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30.- Procedimiento para la preparación y ministración de medicamentos de alto riesgo.

Rev. 1

Hoja: 10 de 13

5.0 Diagrama de flujo

Gráfica

Kárdex

Hoja de indicacionesmédicas

Kárdex

Hoja de indicacionesmédicas

PRESCRIPCIÓN DEMEDICAMENTOS

1

REVISIÓN DE INDICACIONESMÉDICAS

2

RECEPCIÓN Y VERIFICACIONDE ESPECIFICACIONES DE

MEDICAMENTOS

ELABORACIÓN DE KÁRDEX

3

DISTRIBUYE MEDICAMENTOSPARA 24 HRS. Y COLOCA

MEDICAMENTOS ENREFRIGERADOR EN CASO

NECESARIO

4

REVISIÓN DE KÁRDEX

5

INICIO

PROCEDENO

SI

6

DESINFECCIÓN DEL ÁREA

Técnica

REALIZACIÓN DE HIGIENEDE MANOS

7

TERMINO

A

MÉDICO JEFA DE ENFERMERAS PERSONAL DE ENFERMERÍA

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30.- Procedimiento para la preparación y ministración de medicamentos de alto riesgo.

Rev. 1

Hoja: 11 de 13

Técnicas para ministraciónde medicamentos

Técnica para ministración demedicamentos

Registros Clínicos/Kárdex

PREPARACIÓN DEMEDICAMENTOS

8

COLOCACIÓN DEMEMBRETES

TRASLADO DEMEDICAMENTOS

9

VERIFICACIÓN DE LOS 6CORRECTOS

10

MINISTRACIÓN DEMEDICAMENTOS

13

TERMINO

PROCEDE

NO

SI

8.0

SUPERVISIÓN DEPREPARACIÓN Y

MINISTRACIÓN DEMEDICAMENTOS.

11

12

ANOTACIÓN EN REGISTROSCLÍNICOS DE ENFERMERÍA Y

KÁRDEX

14

SUPERVISIÓN DEREGISTROS CLÍNICOS DE

ENFERMERÍA

15

A

MÉDICO JEFA DE ENFERMERAS PERSONAL DE ENFERMERÍA

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP30

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

30.- Procedimiento para la preparación y ministración de medicamentos de alto riesgo.

Rev. 1

Hoja: 12 de 13

6.0 Documentos de referencia Documentos Código (cuando aplique)

Manual de Organización de la Subdirección de Enfermería. No aplica Manual de Procedimientos de la Subdirección de Enfermería. No aplica Manual de Técnicas de Enfermería. No aplica Estándares para la Certificación de Hospitales. Consejo de Salubridad General. Comisión para la Certificación de Establecimientos de Atención Médica.

No aplica

Norma Oficial Mexicana NOM-004-SSA3-2012 Del expediente clínico. No aplica 7.0 Registros

Registros Tiempo de conservación

Responsable de conservarlo

Código de registro o identificación única

Hoja de Indicaciones Médicas (Expediente Clínico Único.)

5 años Archivo clínico No aplica

Registros Clínicos de Enfermería. 5 años Archivo clínico No aplica Gráfica para monitorizar la temperatura del refrigerador.

6 meses Jefe de Enfermeras del Servicio

No aplica

8.0 Glosario 8.1 Almacén: Establecimiento asignado para el mantenimiento, conservación y distribución de los insumos para la salud en condiciones adecuadas, cumpliendo con las disposiciones aplicables. 8.2 Concentración: Calidad del principio activo en el total del producto. 8.3 Conciliación de medicamentos. Proceso formal y estandarizado que consiste en obtener un listado completo y exacto de la medicación previa del paciente y compararla con la que se le ha prescrito al ingreso al hospital, traslados, cambios de responsable y al egreso. Las discrepancias encontradas se deben de comentar con el médico que prescribe y si se requiere se deben de corregir. Los cambios realizados se deben de documentar y comunicarse adecuadamente al siguiente responsable del paciente y al mismo paciente. 8.4 Desinfección: Es la destrucción de los microorganismos patógenos en todos los ambientes, materias, o partes en que pueden ser nocivos, por los distintos medios mecánicos, físicos o químicos. 8.5 Envase primario: Elementos del sistema de envase que están en contacto directo con el insumo. 8.6 Expediente clínico. Informe escrito de la variedad de información de salud del paciente, como por ejemplo hallazgos de las evaluaciones del tratamiento, notas sobre la evolución y resumen del alta. Este registro es creado por médicos y otros profesionales de la salud 8.7 Fecha de caducidad: Día, mes y año en que pierde su actividad terapéutica un medicamento.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP30

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

30.- Procedimiento para la preparación y ministración de medicamentos de alto riesgo.

Rev. 1

Hoja: 13 de 13

8.8 Hoja de indicaciones médicas: Formato donde realiza la prescripción del medicamento el médico autorizado. 8.9 Identificación del paciente. Es un proceso que permite tener la certeza de la identidad de la persona durante el proceso de atención por medio del nombre completo del paciente y Expediente Clínico Único (ECU). 8.10 Kardex: Documento en el cual se transcriben las indicaciones médicas (régimen dietético, terapia medicamentosa y medidas generales) 8.11 Medicamentos de mezclas: Son los antibióticos, la quimioterapia y la nutrición parenteral. 8.12 Ministración de medicamentos: Aplicar o hacer tomar un medicamento. 8.13 Paciente: persona que recibe atención, tratamiento y servicios. Para los estándares de la JCI, el paciente y su familia son considerados una sola unidad de atención 8.14 Preparación de medicamentos: Proceso que realiza el personal de enfermería para obtener y proporcionar la dosis exacta de fármaco a través de técnica específica, para garantizar la esterilidad de las soluciones o medicamentos a ministrar. 8.15 Prescribir: Recetar un medicamento. 8.16 Prescripción: Receta de un medicamento prescrito por el médico autorizado. 9.0 Cambios de esta versión

Número de Revisión Fecha de actualización Descripción del cambio

1 Marzo 2012

Se agrega la política: 3.11 Es responsabilidad de los prestadores de atención médica dar cumplimiento a las recomendaciones para el manejo de electrólitos concentrados. Se excluye el Anexo 10.6 Recomendaciones para el manejo de electrólitos concentrados.

2 Noviembre 2013 Se actualizó la Norma del expediente clínico del punto 6.0 Documentos de referencia.

10. Anexos 10.1 Hoja de indicaciones médicas. Ver procedimiento 20. 10.2 Kardex 10.3 Grafica para monitorizar la temperatura del refrigerador. 10.4 Formato de Registros Clínicos de Enfermería. 10.5 Técnicas de ministración de medicamentos: Vía oral, intravenosa, intramuscular, subcutánea y ocular. 10.6 Bitácora para control interno de medicamentos narcóticos.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP31

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

31.- Procedimiento para prevenir errores por órdenes verbales o telefónicas.

Rev. 1

Hoja: 1 de 7

31.- PROCEDIMIENTO PARA PREVENIR ERRORES POR ÓRDENES VERBALES O TELEFÓNICAS.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP31

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

31.- Procedimiento para prevenir errores por órdenes verbales o telefónicas.

Rev. 1

Hoja: 2 de 7

1.0 Propósito 1.1 Describir las actividades que se realizan para prevenir errores por órdenes verbales y telefónicas, en situaciones de urgencias médicas así como cumplir con la Meta Internacional de Seguridad del Paciente Número 2: “Mejorar la comunicación efectiva”. 2.0 Alcance 2.1 A nivel interno este procedimiento aplica en las áreas de atención médica: Hospitalización, Consulta Externa y Servicios de Apoyo al Diagnóstico y Tratamiento. 3.0 Políticas de operación, normas y lineamientos 3.1 Para fines de este procedimiento “comunicación efectiva” es la información oportuna, precisa, completa, inequívoca y comprendida por quien la recibe (receptor) y el prestador de atención médica que la emite (emisor). 3.2 El médico responsable de la atención del paciente queda facultado para dar indicaciones médicas verbales o por vía telefónica, únicamente en situaciones de urgencia (todo problema médico-quirúrgico agudo, que ponga en peligro la vida, un órgano o una función y requiera atención inmediata). 3.3 Es responsabilidad del médico ratificar en la hoja de indicaciones médicas, la orden emitida de manera verbal o vía telefónica, anotando nombre completo y firma, antes del término de turno o máximo en el siguiente. 3.4 Únicamente en situaciones de urgencia, el personal de laboratorios o radiología y diagnóstico por imagen, queda facultado para dar resultados de manera verbal sobre procedimientos que efectúe (principalmente en el servicio de Urgencias, Unidad de Cuidados Intensivos o Quirófano). 3.5 Es responsabilidad del personal de laboratorios o radiología y diagnóstico por imagen, emitir por escrito antes del término de turno o máximo en el siguiente, en los formatos establecidos por la Institución, los resultados que haya emitido verbalmente. 3.6 En caso de evento adverso, el prestador de atención médica será el responsable de realizar el reporte y enviarlo a la Unidad de Calidad y Seguridad en la Atención Médica, conforme al procedimiento establecido para este fin. 3.7 Es responsabilidad del prestador de atención médica clínico, así como del personal en formación:

Cumplir con el procedimiento para mejorar la comunicación efectiva, con la finalidad de garantizar la precisión de las indicaciones verbales y telefónicas.

Confirmar los datos identificatorios del paciente: nombre completo y Número de Expediente Clínico Único (ECU).

Realizar el proceso Escuchar -Escribir–Leer-Confirmar para indicaciones y resultados de laboratorio y gabinete dados de manera verbal y / o telefónica.

Confirmar al receptor que la información es exacta con las palabras: “SÍ, ES CORRECTO”.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP31

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

31.- Procedimiento para prevenir errores por órdenes verbales o telefónicas.

Rev. 1

Hoja: 3 de 7

3.10 Apegarse a los estándares y sus Elementos Medibles (EM) del capítulo Servicios Auxiliares y de Diagnóstico (SAD):

SAD.1.3.1: Los resultados de los análisis de los Servicios de Laboratorio se informan por escrito o de manera verbal correctamente. SAD 1.3.1 EM 2: Cuando los resultados de laboratorio se informan de manera verbal o telefónica, se realiza el proceso de escribir, leer y confirmar.

SAD.2.4.1 Los resultados de radiología y diagnóstico por imagen se informan por escrito o de manera verbal correctamente. SAD.2.4.1 EM 2. Cuando los resultados se informan de manera verbal o telefónica, se realiza el proceso de escribir, leer y confirmar.

3.11 Apegarse a los estándares y elementos medibles (EM) del capítulo Manejo y Uso de Medicamentos (MMU):

MMU 4 Hay políticas y procedimientos, basadas en buenas prácticas y en la normatividad correspondiente, que guían la prescripción y transcripción de medicamentos. MMU 4 EM 1: Las políticas y procedimientos guían la prescripción de medicamentos en el establecimiento.

MMU 4.4 Los medicamentos prescritos y administrados se documentan en el expediente clínico del paciente. MMU 4.4 EM 1: Se registran los medicamentos prescritos a cada paciente.

3.12 Apegarse a los estándares y elementos medibles (EM) del capítulo Atención de Pacientes (COP):

COP.2.2 Los profesionales que participan en la atención del paciente registran las órdenes, indicaciones, sugerencias y recomendaciones en los formatos correspondientes que se integran al expediente clínico, en un lugar uniforme. COP.2.2 EM 1: Las órdenes o indicaciones cumplen la política del establecimiento. COP.2.2 EM 3: Sólo emiten órdenes o indicaciones quienes están autorizados para hacerlo.

COP.2.3 EM 1: Los procedimientos realizados se anotan en el expediente clínico del paciente. COP.2.3 EM 2: Los resultados de los procedimientos realizados se anotan en el expediente clínico del paciente.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP31

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

31.- Procedimiento para prevenir errores por órdenes verbales o telefónicas.

Rev. 1

Hoja: 4 de 7

4.0 Descripción del procedimiento Secuencia de Etapas Actividad Responsable

1.0 Emisión, verbal o vía telefónica, de indicación médica o resultado.

1.1 Emite al receptor, con voz clara y audible, la indicación médica o resultado del análisis clínico precisando los datos identificatorios del paciente: nombre completo y Número de Expediente Clínico Único.

EMISOR Prestador de atención médica clínico

2.0 Recepción de la indicación médica o resultado.

2.1 Escucha indicación médica o información de resultados del paciente y escribe en hoja de indicaciones médicas, precisando: fecha, hora y nombre del emisor. Hoja de indicaciones médicas

RECEPTOR Prestador de atención médica clínico

3.0 Verificación de la indicación médica o resultado.

3.1 Lee al emisor, con voz clara y audible, la indicación médica o información de resultado. Hoja de indicaciones médicas

RECEPTOR Prestador de atención médica clínico

4.0 Confirmación de la indicación médica o resultado.

4.1 Confirma con el receptor que la información es correcta. PROCEDE: No: Regresa a la actividad 3.1 Si: Confirma con las palabras “Sí, es correcto”.

EMISOR Prestador de atención médica clínico

5.0 Ejecución de indicación médica.

5.1 Ejecuta indicación médica recibida (de manera verbal o vía telefónica).

RECEPTOR Prestador de atención médica clínico

6.0 Ratificación de indicación médica.

6.1 Ratifica la orden emitida de manera verbal o vía telefónica, anotando en la hoja de indicaciones médicas: su nombre completo y firma, antes del término de turno o máximo en el siguiente. Hoja de indicaciones médicas.

EMISOR Prestador de atención médica clínico

TERMINA PROCEDIMIENTO

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP31

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

31.- Procedimiento para prevenir errores por órdenes verbales o telefónicas.

Rev. 1

Hoja: 5 de 7

5.0 Diagrama de flujo EMISOR

(Prestador de atención médica clínico)

PROCEDE

EMISIÓN, VERBAL O VÍATELÉFONICA, DE INDICACIÓN

MÉDICA O RESULTADO

1

SI

NO

Hoja de indicacionesmédicas

Confirma con laspalabras

"Sí, es correcto"

2

3

INICIO

FIN

RECEPTORPrestador de atención médica clinico)

RECEPCIÓN DE LA INDICACIÓNMÉDICA O RESULTADO

Hoja de indicacionesmédicas

VERIFICACIÓN DE LA INDICACIÓNMÉDICA O RESULTADO

CONFIRMACIÓN DE LA INDICACIÓNMÉDICA O RESULTADO

4

5

EJECUCIÓN DE INDICACIÓNMÉDICA

3.1

6

RATIFICACIÓN DE INDICACIÓNMÉDICA

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP31

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

31.- Procedimiento para prevenir errores por órdenes verbales o telefónicas.

Rev. 1

Hoja: 6 de 7

6.0 Documentos de referencia Documentos Código (cuando aplique)

Manual de Organización del Hospital General de México. No aplica Estándares para la Certificación de Hospitales. Consejo de Salubridad General. Comisión para la Certificación de Establecimientos de Atención Médica, versión 2011.

No aplica

Manual del Proceso de Certificación de Hospitales. Comisión para la Certificación de Establecimientos de Atención Médica. Sistema Nacional de Certificación de Establecimientos de Atención Médica.

No aplica

Norma Oficial Mexicana NOM-004-SSA3-2012 Del expediente clínico. No aplica 7.0 Registros

Registros Tiempo de conservación

Responsable de conservarlo

Código de registro o identificación única

Hoja de indicaciones médicas 5 años Archivo clínico No aplica Expediente Clínico Único. 5 años Archivo clínico No aplica

8.0 Glosario 8.1 Atención médica: Conjunto de servicios que se proporcionan al individuo, con el fin de promover, proteger y restaurar su salud. 8.2 Comunicación efectiva: es la información oportuna, precisa, completa, inequívoca y comprendida por quien la recibe (receptor) y el prestador de atención médica que la emite (emisor). 8.3 Emisor: Persona que emite un mensaje en un acto de comunicación. 8.4 Evento adverso: Incidente desfavorable, percance terapéutico, lesión iatrogénica u otros sucesos desfavorables que ocurren directamente asociados con la prestación de atención. 8.5 Expediente clínico: Conjunto único de información y datos personales de un paciente, que se integra dentro de todo tipo de establecimiento de atención médica, ya sea público, social o privado, el cual, consta de documentos escritos, gráficos, imagenológicos, electrónicos, magnéticos, electromagnéticos, ópticos, magneto-ópticos y de cualquier otra índole, en los cuales, el personal de salud (médicos y otros profesionales de la salud) deberá hacer los registros, anotaciones, como por ejemplo hallazgos de las evaluaciones, detalles del tratamiento, notas sobre la evolución y resumen del alta, en su caso, constancias y certificaciones correspondientes a su intervención en la atención médica del paciente, con apego a las disposiciones jurídicas aplicables. 8.6 Identificación del paciente. Es un proceso que permite tener la certeza de la identidad de la persona durante el proceso de atención. 8.7 Identificador institucional. Dato informativo (nombre completo y Expediente Clínico Único) que permite confirmar la identidad de una persona.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP31

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

31.- Procedimiento para prevenir errores por órdenes verbales o telefónicas.

Rev. 1

Hoja: 7 de 7

8.8 Paciente: persona que recibe atención, tratamiento y servicios. Para los estándares, el paciente y la familia son considerados una sola unidad de atención. 8.9 Personal de Servicios Auxiliares de Diagnóstico y Tratamiento: Son los profesionales, técnicos y auxiliares que trabajan en los servicios de apoyo a la atención médica, como: Laboratorios de análisis clínicos, radiología, anatomía patológica, electrografía, endoscopía, radioterapia e isótopos radiactivos, medicina física, fisioterapia y rehabilitación. 8.10 Prestador de atención médica clínico: Personal de salud que proporciona atención directa al paciente: Es personal clínico: enfermera, médico, laboratorista, radiólogo. 8.11 Receptor: En el proceso de comunicación, se refiere a quién va dirigido el mensaje, el que recibe o quien lo interpreta. 8.12 Seguridad del paciente: Reducción del riesgo de daño innecesario asociado a la atención sanitaria hasta un mínimo aceptable. 8.13 Urgencia: Todo problema médico-quirúrgico agudo, que ponga en peligro la vida, un órgano o una función y requiera atención inmediata. 9.0 Cambios de esta versión

Número de Revisión Fecha de actualización Descripción del cambio

1 Marzo 2012

Política 3.7: se modifica a… Realizar el proceso Escuchar -Escribir–Leer-Confirmar para indicaciones y resultados de laboratorio y gabinete dados de manera verbal y / o telefónica.

2 Noviembre 2013 Actualización de la Norma del Expediente clínico del punto 6.0 Documentos de Referencia.

10.0 Anexos 10.1 Hoja de indicaciones médicas. Ver procedimiento 20.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP32

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

32.- Procedimiento para la solicitud y entrega de Hemocomponentes para transfusión en Servicios Médicos.

Rev. 1

Hoja: 1 de 7

32.- PROCEDIMIENTO PARA LA SOLICITUD Y ENTREGA DE HEMOCOMPONENTES PARA TRANSFUSIÓN EN SERVICIOS MÉDICOS

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP32

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

32.- Procedimiento para la solicitud y entrega de Hemocomponentes para transfusión en Servicios Médicos.

Rev. 1

Hoja: 2 de 7

1.0 Propósito 1.1 Establecer los lineamientos administrativos que sirvan de guía al personal médico y paramédico en los casos que se requiera solicitar algún hemocomponente para transfundir a los pacientes del Hospital General de México, “Dr. Eduardo Liceaga” que lo necesiten, con la finalidad de mejorar las condiciones clínicas de los mismos, agilizar los trámites y lograr la satisfacción del usuario. 2.0 Alcance 2.1 A nivel interno este procedimiento es aplicable al Servicio de Banco de Sangre, la Subdirección de Enfermería y los Servicios médicos que soliciten hemocomponentes para realizar transfusiones del Hospital General de México “Dr. Eduardo Liceaga”. 2.2 A nivel externo este procedimiento no tiene alcance. 3.0 Políticas de operación, normas y lineamientos 3.1 Es responsabilidad de la jefatura de Banco de Sangre, difundir el presente procedimiento a los Jefes de servicios médicos así como de la Subdirección de Enfermería, así como verificar que se lleve a cabo adecuadamente. 3.2 La Subdirección de Enfermería es responsable de proporcionar la información acerca del procedimiento a las áreas operativas responsables de la transfusión de hemocomponentes. 3.3 El Jefe de Servicio de Banco de Sangre es responsable de difundir los lineamientos para determinar y llevar a cabo las transfusiones de todos los pacientes que requieren se les transfunda, así como la supervisión para que este procedimiento se cumpla por parte del personal implicado en el mismo. 3.4 En los casos que se requiera transportar componentes sanguíneos, los contenedores deben ser preferente de material plástico que sean herméticos, termoaislantes y lavables, que aseguren que la temperatura interior se mantenga en los rangos adecuados de acuerdo al componente que se pretende transportar (concentrado eritrocitario, plasma y críos entre +2ºC a +10ºC y concentrados plaquetarios +20ºC a +24ºC) y es responsabilidad del Jefe de Servicio Médico, en conjunto con la Jefa de Enfermeras de su servicio verificar que se cumplan las especificaciones en los contenedores utilizados. 3.5 La decisión de transfusión es responsabilidad específica del médico tratante quien deberá verificar el llenado adecuado del formato y deberá firmar la solicitud correspondiente. 3.6 Es responsabilidad del jefe de servicio designar y supervisar al personal que deberá llenar el libro de registro de transfusión, de verificar su correcto llenado mostrándolo a las instancias institucionales que lo soliciten.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP32

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

32.- Procedimiento para la solicitud y entrega de Hemocomponentes para transfusión en Servicios Médicos.

Rev. 1

Hoja: 3 de 7

4.0 Descripción del procedimiento

Secuencia de Etapas Actividad Responsable1.0 Recepción de solicitud de transfusión.

1.1 Se presenta al Banco de Sangre, con el expediente clínico, solicitud de componentes sanguíneos en original y copia debidamente llenadas (formato FBS-3) y hoja de consentimiento informado por cada evento transfusional. Solicitud FBS-3 / Expediente clínico /

Consentimiento informado.

Servicios Médicos. (Personal Médico o Paramédico).

2.0 Revisión de documentación para autorización

2.1 Revisa expediente clínico con nota e indicación médica de la transfusión, solicitud de componentes sanguíneos (FBS-3.) y carta de consentimiento informado y verifica documentación. PROCEDE: NO: Solicita documentación y regresa a actividad 1. SI: Continúa el procedimiento. Solicitud FBS-3 / Expediente clínico.

Servicio de Banco de Sangre. (Personal Médico o Paramédico).

3.0 Autorización de solicitud y envío.

3.1 Autoriza solicitud sin correcciones en caso de urgencia y/o solicita corrección a la brevedad de las observaciones para regularizar el trámite. 3.2 Envía al personal de servicio solicitante a la ventanilla para continuar trámite Solicitud FBS-3 / Expediente clínico.

Servicio de Banco de Sangre. (Personal Médico o Paramédico)

4.0 Registro y atención de la solicitud

4.1 Acude a ventanilla de Banco de Sangre y entrega solicitud de hemocomponentes en original y copia (Formato FBS-3) y tubo con muestra piloto rotulado de forma legible, con el nombre registrado en la solicitud, que corresponda al tubo piloto. Solicitud FBS-3.

Servicios Médicos. (Personal Médico o Paramédico).

5.0 Recepción y verificación de datos en el tubo piloto

5.1 Recibe al personal médico o paramédico de los Servicios médicos con la documentación, tubo con muestra piloto rotulado y determina confirmación de los datos del paciente en tubo piloto y solicitud. PROCEDE: NO: Retiene la muestra y solicita una nueva, desecha la equivocada y regresa a la actividad 4. SI: Ingresa datos del paciente al sistema informático del Banco de Sangre. Documentación.

Servicio de Banco de Sangre. (Personal Administrativo).

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SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

32.- Procedimiento para la solicitud y entrega de Hemocomponentes para transfusión en Servicios Médicos.

Rev. 1

Hoja: 4 de 7

Secuencia de Etapas Actividad Responsable6.0 Expedición de etiquetas, recepción y entrega de muestra piloto.

6.1 Expide etiquetas, coloca una etiqueta en el tubo piloto y la otra a la solicitud. 6.2 Entrega solicitud original y muestra a técnico y/o químico de Banco de Sangre, para procesar. 6.3 Entrega la copia de la solicitud a personal del servicio solicitante para anexar al expediente clínico.

Solicitud

Servicio de Banco de Sangre. (Personal Administrativo).

7.0 Recepción de muestra, realiza prueba cruzada y determinación.

7.1 Recibe muestra, realiza la prueba cruzada y/o determinación de grupo sanguíneo y verifica, la solicitud de concentrados eritrocitarios. PROCEDE: NO: Entrega en el caso de concentrado eritrocitario urgente, “salina rápida” en 15 minutos concluye trámite administrativo y termina el procedimiento. SI: Continúa el procedimiento en forma normal.

Servicio de Banco de Sangre. (Personal Técnico o Químico).

8.0 Determinación de solicitud de plaquetas.

8.1 Determina si la solicitud no es de plaquetas y plasma. PROCEDE: NO: Entrega el producto en 30 minutos y termina el procedimiento. SI: Continua el procedimiento en forma normal.

Servicio de Banco de Sangre. (Personal Técnico o Químico).

9.0 Determina solicitud de crioprecipitados.

9.1 Determina si la solicitud no es de crioprecipitados. PROCEDE: NO: Entrega el producto inmediatamente y termina el procedimiento. SI: Informa al personal médico o paramédico de los servicios solicitantes del tiempo aproximado de entrega de hemocomponentes y solicita acudir a la hora especificada.

Servicio de Banco de Sangre. (Personal Técnico o Químico).

10.0 Presentación para entrega de hemocomponentes.

10.1 Acude a la ventanilla del servicio de Banco de Sangre en el período de tiempo especificado para recibir hemocomponentes solicitados con el formato FBS-3 correspondiente, además de llevar los contenedores o cajas de transporte que cumplan con las especificaciones de la OMS.

Solicitud FBS-3.

Servicios Médicos. (Personal Médico o Paramédico).

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SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

32.- Procedimiento para la solicitud y entrega de Hemocomponentes para transfusión en Servicios Médicos.

Rev. 1

Hoja: 5 de 7

Secuencia de Etapas Actividad Responsable

11.0 Verificación y entrega de los hemocomponentes para la transfusión.

11.1 Recibe al personal de los servicios médicos y solicita el formato FBS-3 para entregar hemocomponentes. 11.2 Verifica en conjunto con el personal del servicio solicitante que las unidades a entregar correspondan al paciente y que sean del grupo sanguíneo marcado en la solicitud de transfusión. 11.3 Entrega los hemocomponentes una vez verificados. Formato FBS-3

Servicio de Banco de Sangre. (Personal Administrativo).

12.0 Recepción, transporte y entrega de hemocomponentes para la transfusión.

12.1 Recibe de conformidad, una vez verificados, los hemocomponentes solicitados y los transporta a su servicio. 12.2 Verifica con el personal de enfermería responsable de la transfusión la concordancia de los datos especificados en el formato FBS-3 y entrega hemocomponentes para su utilización. Formato FBS-3

Servicios Médicos. (Personal Médico o Paramédico).

13.0 Llenado del registro de hemocomponentes.

13.1 Recibe hemocomponentes de conformidad y una vez veriifcados los datos 13.2 Realiza el llenado de los formatos PRO 36-B y PRO 36-C. 13.3 Solicita al personal asignado el llenado del libro de registro de transfusiones adecuadamente. Formato PRO-36-B/PRO36-C.

Servicios Médicos. (Personal de Enfermería).

14.0 Llenado del libro de registro de transfusiones.

14.1 Realiza el llenado del libro del registro de transfusiones. Libro de registro.

Servicios Médicos. (Personal Asignado).

TERMINA EL PROCEDIMIENTO

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32.- Procedimiento para la solicitud y entrega de Hemocomponentes para transfusión en Servicios Médicos.

Rev. 1

Hoja: 6 de 7

5.0 Diagrama de Flujo

FORMATOFBS-3

C O N S E N T I M I E N T OINFORMADO

EXPEDIENTECLÍNICO

SOLICITUD FBS-3

SERVICIOS MÉDICOS(PERSONAL MÉDICO O

PARAMÉDICO)

RECEPCIÓN DESOLICITUD DETRANSFUSIÓN

INICIO

SERVICIO DE BANCO DESANGRE (PERSONAL

MÉDICO O PARAMÉDICO)

SERVICIO DE BANCO DESANGRE (PERSONAL

ADMINISTRATIVO)

SERVICIO DE BANCO DESANGRE (PERSONAL TÉCNICO

O QUÍMICO)

SERVICIOS MÉDICOS(PERSONAL DEENFERMERÍA)

SERVICIOS MÉDICOS(PERSONAL ASIGNADO)

2

1

TERMINO

EXPEDIENTECLÍNICO

SOLICITUD FBS-3

REVISIÓN DEDOCUMENTACIÓN

PARA AUTORIZACIÓN

PROCEDE

NO

SI

1

3

EXPEDIENTECLÍNICO

SOLICITUD FBS-3

AUTORIZACIÓN DESOLICITUD Y ENVÍO

SI 4

SOLICITUD FBS-3

REGISTRO Y ATENCIÓNDE LA SOLICITUD

5

4

DOCUMENTACIÓN

RECEPCIÓN YVERIFICACIÓN DE

DATOS EN EL TUBOPILOTO

PROCEDE

NO

SI

6

INGRESA DATOS DELPACIENTE AL SISTEMA

INFORMÁTICO DELBANCO DE SANGRE

SOLICITUD

EXPEDICIÓN DEETIQUETAS YRECEPCIÓN YENTREGA DE

MUESTRAS PILOTO

7

RECEPCIÓN DEMUESTRA; REALIZAPRUEBA CRUZADA Y

DETERMINACIÓN

PROCEDE

NO

SI

CONTINÚAPROCEDIMIENTO EN

FORMA NORMAL

8

DETERMINACIÓN DESOLICITUD DEPLAQUETAS

PROCEDE

NO

SI

CONTINÚAPROCEDIMIENTO EN

FORMA NORMAL

TERMINO

TERMINO

DETERMINA SOLICITUDDE CRIOPRECIPITADOS

PROCEDE

NO

SI

INFORMA AL TIEMPODE ENTREGA DE LOSHEMOCOMPONENTES

9

10

SOLICITUD FBS-3

PRESENTACIÓN PARAENTREGA DE

HEMOCOMPONENTES

11

VERIFICACIÓN YENTREGA DE LOS

HEMOCOMPONENTESPARA LA TRANSFUSIÓN

13

FORMATO PRO36-C

FORMATO PRO36-B

LLENADO DELREGISTRO DE

HEMOCOMPONENTES

14

LIBRO DE REGISTRO

LLENADO DEL LIBRODE REGISTRO DETRANSFUSIONES

TERMINO

12

SOLICITUD FBS-3

RECEPCIÓN,TRANSPORTE Y

ENTREGA DEHEMOCOMPONENTES

PARA LA TRANSFUSIÓN

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Código: DQ-SNN-MP32

SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

32.- Procedimiento para la solicitud y entrega de Hemocomponentes para transfusión en Servicios Médicos.

Rev. 1

Hoja: 7 de 7

6.0 Documentos de referencia Documentos Código (cuando aplique)

Manual de Organización de la Dirección General Adjunta Médica. No Aplica Manual de Procedimientos de la Dirección General Adjunta Médica. No Aplica Manual de Organización del Servicio de Banco de Sangre. No Aplica NOM 253 –SSA1-2012 “Para la Disposición de Sangre Humana y sus Componentes con Fines Terapéuticos”.

No Aplica

NORMA ISO 9001:2008 Sistema de gestión de calidad- requisitos No Aplica 7.0 Registros

Registros Tiempo de conservación Responsable de conservarlo Código de registro o

identificación única Libro de registro de transfusiones 3 años Servicios Médicos del

Hospital No Aplica

Control de aplicación de transfusión 3 años Personal de Enfermería del

Servicio No Aplica

8.0 Glosario 8.1 Evento Transfusional. La transfusión que se lleva a cabo en el término de 24hrs. 8.2 Hemocomponente. Fracción celular o acelular, separada de una unidad de sangre total por centrifugación u obtenida por aféresis. 8.3 Prueba de compatibilidad: Pruebas que se realizan entre donantes y receptores de sangre previos a la transfusión para establecer que la sangre a transfundir es compatible. 8.4 Transfusión. Procedimiento a través del cual se suministra sangre o cualquiera de sus componentes a un ser humano, solamente con fines terapéuticos. 9.0 Cambios de esta versión

Número de Revisión Fecha de la actualización Descripción del cambio

1 Noviembre de 2011 Se modificó el propósito. Se agregó la política 3.2. Adecuación del procedimiento, se incrementaron de 9 a 10 actividades.

2 Octubre de 2013

Se modificó título del procedimiento, decía: para la transfusión de pacientes y se readecuó el procedimiento. Procedimiento del Servicio de Banco de Sangre.

10.0 Anexos

10.1 Solicitud de componente sanguíneo BS 3 10.2 Control de la aplicación de transfusión PRO-36B 10.3 Libro de registro de transfusiones

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IDENTIFICACIÓN DE FIRMAS DE VALIDACIÓN DEL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL SERVICIO DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA

NOMBRE Y CARGO FIRMA

DR. CÉSAR ATHIÉ GUTIÉRREZ

Director General Adjunto Médico

DR. JULIO CÉSAR ZAVALA CASTILLO

Director Quirúrgico

DR. FELIPE F. SANDOVAL MAGALLANES

Subdirector Quirúrgico “B”

DR. NOE VARGAS TENTORI

Jefe del Servicio de Neurología y Neurocirugía

Elaborado con base en la estructura orgánica del Servicio de Neurología y Neurocirugía,

autorizada en el Manual de Organización del 29 de Marzo de 2012.