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Manual de Produco - Seguro de Accidentes Personales

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DESCRIPCIÓN DEL PRODUCTO¿Cuál es el objeto de este seguro?¿Qué se entiende por accidente?¿Cuáles son las coberturas que ofrece el Seguro de Accidentes Personales?¿Qué coberturas adicionales pueden contratarse?¿Cuáles son las modalidades de contratación?¿Cuál es el alcance de la cobertura?Categorías

PLANES CERRADOSAP BASEAP PLUSAP CAMPOAP 24

PLANES ABIERTOSPersonas asegurablesCobertura básicaCoberturas opcionalesÁmbito de coberturaCapital asegurado

POLÍTICA DE SUSCRIPCIÓN¿Cuáles son las edades límite de ingreso y permanencia?¿Cuáles son las actividades/profesiones excluidas de esta cobertura o que requieren de un tratamiento específico?

PAUTAS ADMINISTRATIVASLa propuestaConstancia de RecepciónPlan de pagosComienzo y fin de coberturaRenovacionesDocumentación de emisión / renovación de pólizaMedios de pagoGestiones administrativas y operaciones vía Internet¿Qué tipo de consultas puedo realizar a través del portal de productores de San Cristóbal?

DENUNCIA DE SINIESTRO¿Cómo debe proceder un asegurado y/o beneficiario ante un siniestro amparado por la póliza de accidentes personales?

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MANUAL DE PRODUCTO: ACCIDENTES PERSONALES ÍNDICE

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DESCRIPCIÓN DEL PRODUCTO

¿Cuál es el objeto de este seguro?

Cubrir los perjuicios económicos que pueda sufrir el asegurado o sus beneficiarios como consecuencia de un accidente que fuera la causa originaria de su muerte o invalidez permanente, ya sea total o parcial, y siempre que las consecuencias del mismo se manifiesten a más tardar de un año de ocurrido éste.

¿Qué se entiende por accidente?

Toda lesión corporal que sufra el asegurado, independientemente de su voluntad, por la acción repentina y violenta de o con un agente externo. Dicha lesión debe ser determinada de manera cierta por un médico.

¿Cuáles son las coberturas que ofrece el Seguro de Accidentes Personales?

Muerte accidentalSi el accidente cubierto causara la muerte del asegurado, San Cristóbal abonará la suma asegurada para el caso. Esta cobertura es de contratación obligatoria, ya que se considera la cobertura básica del plan. Invalidez permanenteSi el accidente causara una invalidez (parcial o total) permanente, San Cristóbal abonará al asegurado una suma igual al porcentaje, sobre la indemnización estipulada en las condiciones particulares, que corresponda a la naturaleza y gravedad de la lesión sufrida y según se lo indica a continuación:

Invalidez Porcentaje de indemnización

Estado absoluto e incurable de alienación mental que no permita al asegurado ningún trabajo u ocupación por el resto de su vida

100%

Fractura incurable de la columna vertebral que determine la Invalidez total y permanente

100%

Sordera total o incurable de los dos oídos 50%

Pérdida total de un ojo o reducción de la mitad de la visión binocular normal

40%

Sordera total e incurable de un oído 15%

Ablación de la mandíbula inferior 50%

Perdida total del brazo derecho 65%

Perdida total del brazo izquierdo 52%

Pérdida total de la mano derecha 60%

Pérdida total de la mano izquierda 48%

MANUAL DE PRODUCTO: ACCIDENTES PERSONALES

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Invalidez Porcentaje de indemnización

Fractura no consolidada del brazo derecho (seudoartrosis total)

45%

Fractura no consolidada del brazo izquierdo (seudoartrosis total)

36%

Anquilosis del hombro derecho en posición funcional 30%

Anquilosis del hombro izquierdo en posición funcional 24%

Anquilosis del hombro derecho en posición no funcional 25%

Anquilosis del hombro izquierdo en posición no funcional 20%

Anquilosis del codo derecho en posición no funcional 25%

Anquilosis del codo izquierdo en posición no funcional 20%

Anquilosis del codo derecho en posición funcional 20%

Anquilosis del codo izquierdo en posición funcional 16%

Anquilosis de la muñeca derecha en posición no funcional 20%

Anquilosis de la muñeca izquierda en posición no funcional

16%

Anquilosis de la muñeca derecha en posición funcional 15%

Anquilosis de la muñeca izquierda en posición funcional 12%

Pérdida total del pulgar derecho 18%

Pérdida total del pulgar izquierdo 14%

Pérdida total del índice derecho 14%

Pérdida total del índice izquierdo 11%

Pérdida total del dedo medio derecho 9%

Pérdida total del dedo medio izquierdo 7%

Pérdida total del anular o el meñique derecho 8%

Pérdida total del anular o el meñique izquierdo 6%

Pérdida total de una pierna 55%

Pérdida total de un pie 40%

Fractura no consolidada de un muslo (seudoartrosis total) 35%

MANUAL DE PRODUCTO: ACCIDENTES PERSONALESDESCRIPCIÓN DEL PRODUCTO

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Invalidez Porcentaje de indemnización

Fractura no consolidada de una pierna (seudoartrosis total)

30%

Fractura no consolidada de una rótula 30%

Fractura no consolidada de un pie (seudoartrosis total) 20%

Anquilosis de la cadera en posición no funcional 40%

Anquilosis de la cadera en posición funcional 20%

Anquilosis de la rodilla en posición no funcional 30%

Anquilosis de la rodilla en posición funcional 15%

Anquilosis del empeine (garganta del pie) en posición no funcional

15%

Anquilosis del empeine (garganta del pie) en posición funcional

8%

Acortamiento, de un miembro inferior, de por lo menos cinco cm

15%

Acortamiento, de un miembro inferior, de por lo menos tres cm

8%

Pérdida total del dedo gordo de un pie 8%

Pérdida total de otro dedo del pie 4%

Importante:Se entiende por pérdida total aquella que tiene lugar por la amputación o por la inhabilitación •funcional total y definitiva del órgano lesionado.La pérdida parcial de los miembros u órganos será indemnizable en proporción a la reducción •definitiva de la respectiva capacidad funcional, pero si la invalidez deriva en seudoartrosis, la indemnización no podrá exceder del 70% de la que corresponde por la pérdida total del miembro u órgano afectado.La pérdida de la falange de los dedos será indemnizada solo si se ha producido por amputación •total o anquilosis y la indemnización será igual a la mitad de la que corresponda por la pérdida del dedo entero si se trata del pulgar, y a la tercera parte por cada falange si se trata de otros dedos.Por la pérdida de varios miembros u órganos se sumarán los porcentajes correspondientes a •cada miembro u órgano perdido sin que la indemnización total pueda exceder del 100% de la suma asegurada para invalidez total permanente.Cuando la invalidez así establecida llegue a 80%, se considerará invalidez total y se abonará, •por consiguiente íntegramente la suma asegurada.En caso de constar en la solicitud o propuesta que el asegurado ha declarado ser zurdo, •se invertirán los porcentajes de indemnización fijados por la pérdida de los miembros superiores.

MANUAL DE PRODUCTO: ACCIDENTES PERSONALESDESCRIPCIÓN DEL PRODUCTO

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La indemnización por lesiones que, sin estar comprendidas en la enumeración que precede, •constituyan una invalidez permanente, será fijada en proporción a la disminución de la capacidad funcional total, teniendo en cuenta, de ser posible, su comparación con la de los casos previstos y siempre independientemente de la profesión u ocupación del Asegurado.Las invalideces derivadas de accidentes sucesivos ocurridos durante un mismo período anual •de la vigencia de la póliza y cubiertos por la misma, serán tomadas en conjunto a fin de fijar el grado de invalidez a indemnizar por el último accidente.La pérdida de miembros u órganos incapacitados antes de cada accidente, solamente será •indemnizada en la medida en que constituya una agravación de la invalidez anterior.

¿Qué coberturas adicionales pueden contratarse?

Asistencia médico farmacéutica Se cubren los gastos de asistencia médico-farmacéutica que el asegurado asumió a su cargo, razonablemente, como consecuencia de un accidente cubierto por la póliza. La indemnización será, en cada caso, hasta el límite establecido en las condiciones particulares y por reintegro. Dentro de esta cobertura también se incluyen los traslados en ambulancia hacia centros de atención cuando la gravedad del caso lo haga necesario y en el momento inmediatamente siguiente al accidente.

Importante: podrá aplicarse un deducible o franquicia por acontecimiento.

ExclusionesGastos de traslados a centros asistenciales para tratamientos posteriores al accidente.•Rehabilitaciones.•Suministro de lentes, aparatos ortopédicos y prótesis dentales.•

¿Cuáles son las modalidades de contratación?

Este seguro podrá ser contratado bajo las siguientes modalidades:

IndividualDestinado a cubrir profesionales, cuentrapropistas y otros trabajadores independientes. También se podrá ofrecer, de manera individual, a personal en relación de dependencia; en estos casos no se podrá otorgar la cobertura médico - farmacéutica y el alcance de la cobertura deberá ser mundial y 24 horas.ColectivoPuede asegurarse, en forma colectiva, todo grupo de personas unidas por un interés común, preexistente, distinto y más importante que el de obtener un seguro. El alcance de la cobertura se podrá adaptar a las necesidades del grupo particular dentro de las alternativas ofrecidas por San Cristóbal.

Importante: en estos casos, y de acuerdo a la cantidad de asegurados incluidos en cada póliza, se aplicarán distintas escalas de descuento.

¿Cuál es el alcance de la cobertura?

Jornada laboral.•Jornada laboral + trayecto In-Itínere.•24 horas.•

MANUAL DE PRODUCTO: ACCIDENTES PERSONALESDESCRIPCIÓN DEL PRODUCTO

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Importante: se entiende por trayecto In-Itínere el trayecto entre el domicilio del trabajador y su lugar de trabajo, o viceversa, siempre que el mismo no hubiese sido interrumpido en interés particular del trabajador o por cualquier razón ajena al trabajo.

Categorías

Cada labor o actividad profesional tiene características propias, pero también sus riesgos típicos; por esto, San Cristóbal ha agrupado en cinco categorías aquellas actividades/profesiones que cuenten con riesgos de similares características. Categoría 1: En esta categoría incluiremos ocupaciones sedentarias realizadas normalmente en oficinas, escuelas, colegios, universidades, bibliotecas y las ocupaciones manuales de tipo liviano.

Ejemplos:Abogado.•Profesor.•Personal de oficina.•Dentista.•Peluquero.•

Importante: consulte el listado completo de actividades y profesiones incluidas en esta categoría en el cotizador suministrado por San Cristóbal.

Categoría 2:Se considerarán dentro de esta categoría las ocupaciones que se realicen fuera de locales (en la calle) y en interiores con agravantes.

Ejemplos:Arquitecto.•Médico, veterinario, personal de hospitales (no psiquiátricos).•Vendedores cuya tarea físico/manual pueda ser acompañada de circunstancias agravantes •como ser grandes almacenes, mueblerías o artículos del hogar.

Importante: consulte el listado completo de actividades y profesiones incluidas en esta categoría en el cotizador suministrado por San Cristóbal.

Categoría 3: Ocupaciones realizadas usando corrientemente herramientas y maquinarias.

Ejemplos:Personal manual en fábricas.•Plomero.•Agricultor.•

No se incluye en esta categoría el uso de máquinas a fuerza motriz o alta tensión.

Importante: consulte el listado completo de actividades y profesiones incluidas en esta categoría en el cotizador suministrado por San Cristóbal.

MANUAL DE PRODUCTO: ACCIDENTES PERSONALESDESCRIPCIÓN DEL PRODUCTO

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Categoría 4: Dentro de ésta incluiremos ocupaciones cuyo riesgo está agravado por los materiales y maquinarias con los que tienen contacto o de los que hacen uso, o por la hostilidad de su ambiente laboral.

Ejemplos:Chofer de camiones de sustancias no peligrosas.•Médicos y enfermeras de manicomios y cárceles.•Trabajos de construcción que no superen los 6 metros de altura.•

Importante: consulte el listado completo de actividades y profesiones incluidas en esta categoría en el cotizador suministrado por San Cristóbal.

Categoría 5:Sólo se incluirán en esta categoría las siguientes profesiones:

Albañil (que realice su trabajo a más de 6 metros de altura).•Armador de torres de electricidad, televisión, radio y teléfono (que realice su trabajo a más de •6 metros de altura).Artista plástico muralista con trabajos en altura •Chofer de carga y descarga de mercaderías peligrosas •Decorador de vidrieras, tanto interior como en exterior que realice su trabajo a más de 6 •metros de altura).Instalador líneas de TV, audio, alarmas, teléfono y computación (que trabajen a más de 6 •metros de altura).Jardinero con poda de árboles.•Letrista de exteriores (que realice su trabajo a más de 6 metros de altura).•Personal de colocación de vidrios (que realice su trabajo a más de 6 metros de altura)•Personal de mantenimiento de edificios (electricidad, plomería, gas, con trabajos de altura).•Personal de mantenimiento de Industrias (electricidad, plomería, gas, con trabajos de altura).•Pintor con trabajo manual en interiores y exteriores (que realice su trabajo a más de 6 metros •de altura).

Importante: consulte el listado completo de actividades y profesiones incluidas en esta categoría en el cotizador suministrado por San Cristóbal.

MANUAL DE PRODUCTO: ACCIDENTES PERSONALESDESCRIPCIÓN DEL PRODUCTO

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PLANES CERRADOS

A partir de la combinación de coberturas, alcance y modalidad de contratación, San Cristóbal ha diseñado planes que agrupan los riesgos más solicitados:

AP BASE

Cobertura:Muerte.•Invalidez permanente total y/o parcial.•Asistencia médico - farmacéutica.•

Ámbito de cobertura:Jornada laboral.•Jornada laboral + trayecto In-Itínere.•

Capital asegurado

Cobertura Muerte accidentalInvalidez total y/o parcial permanente

por accidente

Asistencia médico - farmacéutica

(franquicia de $200 por evento)

Plan 8 $150.000,00 $150.000,00 $2.500,00

Plan 3 $180.000,00 $110.000,00 $3.000,00

Plan 4 $230.000,00 $230.000,00 $4.000,00

Plan 5 $280.000,00 $280.000,00 $5.000,00

Plan 7 $330.000,00 $330.000,00 $6.000,00

Importante: los planes 3, 4 y 8 del producto AP BASE son los únicos que permiten, con la aplicación de recargo correspondiente, la utilización de motocicletas y similares en la cobertura de Trayecto In-Itínere.

Categoría Recargo

Categoría 1 60%

Categoría 2 46%

Categoría 3 35%

Categoría 4 25%

Categoría 5 20%

En los demás productos los accidentes derivados del uso de motocicletas o similares no estarán cubiertos.

MANUAL DE PRODUCTO: ACCIDENTES PERSONALES

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Costos anuales por categoríasJornada laboral

Categoría Plan 8 Plan 3 Plan 4 Plan 5 Plan 7

1 $164 $197 $253 $309 $364

2 $213 $255 $328 $400 $472

3 $334 $401 $514 $628 $741

4 $452 $543 $697 $850 $1.004

5 $570 $684 $878Riesgo

FacultativoRiesgo

Facultativo

Los precios son por persona e incluyen IVA y tasa de SSN.

Jornada laboral + Trayecto In-Itínere

Categoría Plan 8 Plan 3 Plan 4 Plan 5 Plan 7

1 $197 $236 $303 $370 $436

2 $256 $307 $394 $481 $568

3 $390 $468 $600 $733 $865

4 $527 $633 $812 $991 $1.170

5 $665 $798 $1.024Riesgo

FacultativoRiesgo

Facultativo

Los precios son por persona e incluyen IVA y tasa de SSN.

De acuerdo a la jurisdicción correspondiente, se deberá adicionar el sellado provincial y, conforme a la prima total facturada, el fondo de previsión.

Descuento por cantidadCuando se trate de pólizas colectivas, sobre las tarifas antes detalladas se aplicará la siguiente escala de descuentos:

Cantidad de asegurados Descuento

De 11 a 25 asegurados 5,00%

De 26 a 50 asegurados 10,00%

De 51 a 100 asegurados 15,00%

Más de 100 asegurados 20,00%

MANUAL DE PRODUCTO: ACCIDENTES PERSONALESPLANES CERRADOS

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AP PLUS

Cobertura básicaMuerte accidental.•Invalidez permanente total y/o parcial por accidente.•Asistencia médico - farmacéutica.•

Beneficio adicionalAyuda de gastos de sepelio.•

Ámbito de coberturaJornada laboral + trayecto In-Itínere.•

Capital asegurado

CoberturaMuerte

accidental

Invalidez total y/o parcial

permanente por accidente

Asistencia médico

-farmacéutica.(Franquicia de

$200 por evento)

Ayuda de gastos de

sepelio

Plan 8 $150.000,00 $150.000,00 $15.000,00 $3.000,00

Plan 3 $180.000,00 $180.000,00 $18.000,00 $3.000,00

Plan 4 $230.000,00 $230.000,00 $23.000,00 $3.000,00

Plan 5 $280.000,00 $280.000,00 $ 28.000,00 $3.000,00

Para el otorgamiento de este plan se deberá consultar previamente al departamento técnico de la sucursal a la cual usted está vinculado

Importante: los planes 3, 4 y 8 del producto AP PLUS son los únicos que permiten, con la aplicación de recargo correspondiente, la utilización de motocicletas y similares en la cobertura de Trayecto In-Itínere.

Categoría Recargo

Categoría 1 60%

Categoría 2 46%

Categoría 3 35%

Categoría 4 25%

Categoría 5 20%

En los demás productos los accidentes derivados del uso de motocicletas o similares no estarán cubiertos.

MANUAL DE PRODUCTO: ACCIDENTES PERSONALESPLANES CERRADOS

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Costos anuales por categoríaJornada laboral + trayecto In-Itínere

Categoría Plan 8 Plan 3 Plan 4 Plan 5 Plan 6

1 $329 $395 $504 $613 $722

2 $428 $513 $654 $796 $938

3 $653 $782 $999 $1.215 $1.431

4 $922 $1.105 $1.410 $1.715 $2.021

5 $1.152 $1.381 $1.763Riesgo

facultativoRiesgo

facultativo

Los precios son por persona e incluyen IVA y tasa de SSN. De acuerdo a la jurisdicción correspondiente, se deberá adicionar el sellado provincial y, conforme a la prima total facturada, el fondo de previsión.

Recargo por no aplicación de franquiciaSe podrá otorgar cobertura de asistencia médico - farmacéutica sin aplicación de deducible. En ése caso, el costo de esta cobertura e incrementará en un 60%, siendo los precios para ese caso:

Categoría Plan 8 Plan 3 Plan 4 Plan 5 Plan 7

1 $405 $485 $620 $754 $888

2 $526 $630 $805 $979 $1.153

3 $802 $962 $1.228 $1.494 $1.760

4 $1.133 $1.358 $1.734 $2.110 $2.486

5 $1.416 $1.698 $2.168Riesgo

facultativoRiesgo

facultativo

Los precios son por persona e incluyen IVA y Tasa de SSN.

De acuerdo a la jurisdicción correspondiente, se deberá adicionar el sellado provincial y, conforme a la prima total facturada, el fondo de previsión. Descuentos por cantidad: Cuando se trate de pólizas colectivas, sobre las tarifas antes detalladas se aplicará la siguiente escala de descuentos:

Cantidad de asegurados Descuento

De 6 a 10 5,00%

De 11 a 30 10,00%

MANUAL DE PRODUCTO: ACCIDENTES PERSONALES PLANES CERRADOS

Page 13: Manual de Produco - Seguro de Accidentes Personales

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Cantidad de asegurados Descuento

De 31 a 50 15,00%

De 51 a 100 20,00%

De 101 a 250 25,00%

Más de 250 30,00%

AP CAMPO

Este producto se ha desarrollado para cubrir necesidades de los trabajadores del sector agropecuario.

Cobertura básica: Muerte. •Invalidez total y/o parcial permanente.•

Cobertura optativa: Asistencia médico - farmacéutica. Beneficio adicional: Ayuda de gastos de sepelio. Ámbito de cobertura: Jornada laboral + trayecto In-Itínere.

Capital asegurado

CoberturasMuerte

accidental

Invalidez total y/o parcial permanente

por Accidente

Asistencia médico -farmacéutica

(franquicia $150)

Ayuda de gastos de

sepelio

Plan 8 $150.000,00 $150.000,00 $10.000,00 $2.000,00

Plan 3 $180.000,00 $180.000,00 $15.000,00 $2.000,00

Plan 4 $230.000,00 $230.000,00 $15.000,00 $2.000,00

Plan 5* $280.000,00 $280.000,00 $20.000,00 $2.000,00

* Este plan sólo se ofrecerá a profesionales del agro.

Importante: los planes 3, 4 y 8 del producto AP CAMPO son los únicos que permiten, con la aplicación de un recargo del 35%, la utilización de motocicletas y similares en la cobertura de Trayecto In-Itínere. En los demás producto los accidentes derivados del uso de motocicletas o similares no estarán cubiertos.

MANUAL DE PRODUCTO: ACCIDENTES PERSONALESPLANES CERRADOS

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Costos mensuales: Jornada laboral + trayecto In-Itínere

Categoría Plan 8 Plan 3 Plan 4 Plan 5

Única $38 $48 $57 $71

Los precios son por persona e incluyen IVA y Tasa de SSN.

De acuerdo a la jurisdicción correspondiente, se deberá adicionar el sellado provincial y, conforme a la prima total facturada, el fondo de previsión.

Descuentos por cantidad: Cuando se trate de pólizas colectivas, sobre las tarifas antes detalladas se aplicará la siguiente es cala de descuentos:

Cantidad de asegurados Descuento

De 11 a 25 5,00%

De 26 a 50 10,00%

De 51 a 100 15,00%

Más a 100 20,00%

Recargo por no aplicación de Franquicia: Se podrá otorgar cobertura de asistencia médico - farmacéutica sin aplicación de deducible. En ese caso, el costo de esta cobertura se incrementará en un 50%, resultando los mismos:

Categoría Plan 8 Plan 3 Plan 4 Plan 5

Única $42 $54 $64 $80

Los precios son por persona e incluyen IVA y tasa de SSN.

De acuerdo a la jurisdicción correspondiente, se deberá adicionar el sellado provincial y, conforme a la prima total facturada, el fondo de previsión.

AP 24

Este producto está destinado a individuos y grupos de afinidad que necesiten contar con una protección las 24 horas del día, en cualquiera de las dos modalidades que ofrecemos:

BASECobertura básica

Muerte accidental.•Invalidez permanente total y/o parcial por accidente.•

Ámbito de cobertura24 horas, con alcance mundial•

MANUAL DE PRODUCTO: ACCIDENTES PERSONALESPLANES CERRADOS

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Capital asegurado

Coberturas Muerte accidentalInvalidez total y/o parcial permanente

por accidente

Plan 3 $100.000,00 $100.000,00

Plan 4 $200.000,00 $200.000,00

Costo anual por categoría

Categoría Plan 3 Plan 4

1 $223 $446

2 $290 $580

3 $379 $758

4 $536 $1.071

5 $669 $1.339

Los precios son por persona e incluyen IVA y tasa de SSN.

De acuerdo a la jurisdicción correspondiente, se deberá adicionar el sellado provincial y, conforme a la prima total facturada, el fondo de previsión.

PLUSCobertura básica

Muerte accidental.•Invalidez permanente total y/o parcial por accidente.•Asistencia médico - farmacéutica.•

Beneficio adicionalAyuda de gastos de sepelio.•

Ámbito de cobertura24 horas, con alcance mundial.•

Capital asegurado

CoberturasMuerte

accidental

Invalidez total y/o parcial

permanente por accidente

Asistencia médico –

farmacéutica (franquicia $200

por evento)

Ayuda de gastos de

sepelio

Plan 3 $100.000,00 $100.000,00 $10.000,00 $3.000,00

Plan 4 $200.000,00 $200.000,00 $20.000,00 $3.000,00

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Costo anual por categoría:

Categoría Plan 3 Plan 4

1 $366 $728

2 $476 $947

3 $622 $1.238

4 $878 $1.748

5 $1.098 $2.185

Los precios son por persona e incluyen IVA y tasa de SSN. De acuerdo a la jurisdicción correspondiente, se deberá adicionar el sellado provincial y, conforme a la prima total facturada, el fondo de previsión.

Descuentos por Cantidad (aplicables AP 24 BASE y PLUS): Cuando se trate de pólizas colectivas, sobre las tarifas antes detalladas se aplicará la siguiente escala de descuentos:

Cantidad de asegurados Descuento

Hasta 5 0,00%

De 6 a 10 5,00%

De 11 a 30 10,00%

De 31 a 50 15,00%

De 51 a 100 20,00%

MANUAL DE PRODUCTO: ACCIDENTES PERSONALES PLANES CERRADOS

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PLANES ABIERTOS

Para todos aquellos que requieran un seguro a su medida, se podrán armar opciones que, respetando las pautas de suscripción y tarifas vigentes, nos permitan cubrir lo que el solicitante necesita.

Importante: para el otorgamiento de estos planes se deberá consultar al responsable de suscripción de la sucursal a la cual se encuentra vinculado.

Personas asegurables

Trabajadores y profesionales independientes.•Alumnos de escuelas y otras entidades educativas.•Deportistas no profesionales.•Directivos, socios y gerentes de empresas.•Trabajadores que no estén amparados por la Ley de Riesgos del Trabajo.•

Cobertura básica

Muerte•

Coberturas opcionales

Invalidez permanente total y/o parcial.•Asistencia Médico - Farmacéutica (con o sin franquicia).•

Ámbito de cobertura

24 horas.•Jornada laboral.•Jornada laboral + trayecto In-Itínere.•Jornada escolar.•Prácticas deportivas (no profesionales).•

Importante: para la cobertura de “jornada escolar”, sólo se podrá ofrecer seguros colectivos de más de cien personas.

Capital asegurado

Para la cobertura de muerte e invalidez permanente (total o parcial)Mínimo: $20.000.•Máximo: $500.000.•

Para la cobertura de asistencia médico - farmacéuticaMínimo: $500.•Máximo: $50.000.•

Importante: La suma asegurada para la cobertura de asistencia médico - farmacéutica no podrá superar •el 10% del capital asegurado por fallecimiento. En el caso que algún negocio particular lo requiera, se deberá consultar con el responsable de seguro de personas de la sucursal a la cual usted está vinculado.Las sumas aseguradas entre $300.000 y $500.000 no podrán otorgarse a “riesgos categoría •5” ni a tipos de seguros 24 horas.

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POLÍTICA DE SUSCRIPCIÓN

¿Cuáles son las edades límite de ingreso y permanencia?

De ingreso:Mínima: 14 años.•Máxima: 69 años.•

De permanencia:70 años.•

Importante: a partir de los 65 años, la suma máxima a otorgar será de $180.000 (tanto para planes abiertos como para cerrados). Si el negocio requiere una excepción, ésta deberá ser evaluada por personal de San Cristóbal de la sucursal a la cual usted se halla vinculado.

¿Cuáles son las actividades/profesiones excluidas de esta cobertura o que requieren de un tratamiento específico?

Las siguientes, son alguna de las actividades que pueden ser consideradas como riesgos no asegurables o riesgos facultativos:

Manipulación de explosivos y sustancias químicas. •Demoliciones. •Electricista con tendido de redes. •Cadete en moto, bicicleta o similar. •Silleteros. •Fuerzas Armadas y de Seguridad. •Fumigaciones Aéreas.•Personal con portación de armas. •Trabajos de estibaje, carga y descarga de mercaderías peligrosas. •Explotación de minas y canteras de cualquier tipo. •Tripulación de embarcaciones pesqueras y otros medios marítimos o fluviales.•

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PAUTAS ADMINISTRATIVAS

La propuesta

¿Qué es una propuesta? Representa la elección del solicitante sobre el riesgo y la cobertura que desea contratar. Él debe conocer que, hasta que el asegurador la acepte, la recepción de una propuesta no implica celebración del contrato de seguro. También debe saber que cualquier omisión o falsa declaración sobre circunstancias declaradas en esta propuesta, aun hechas de buena fe, implican reticencia, teniendo como efecto la nulidad del contrato del seguro que eventualmente se celebre. Por ello, es muy importante que sea completada correctamente. Dado que es una manifestación de voluntad, es indispensable que la misma esté firmada por el cliente. Las propuestas podrán obtenerse en la sucursal o bien imprimirse desde el portal (zona de descargas / formularios).

¿Qué datos debe contener?Datos del solicitante (personales, situación frente a impuestos, ocupación, etc.).•Datos específicos establecidos por la aseguradora (modalidad de pago, comisión de •Productores, etc.).Número de propuesta asignado.•Firmada del solicitante y de usted, en tanto productor asesor de seguros.•Descripción de coberturas.•

¿Qué documentación anexa se debe presentar junto con ella?Formulario de inscripción en IVA si la condición del solicitante es responsable inscripto.•Formulario de adhesión si la modalidad elegida es tarjeta de crédito o débito directo.•Aviso de vencimiento firmado por el asegurado, si se trata de una renovación.•Si realizó de manera anticipada el cobro de la primer cuota, deberá informar el número de •recibo e importe.Nómina de personas a asegurar, cuando se trate de seguros colectivos.•Designación de beneficiario y/o solicitud de incorporación al seguro, según el objeto del •contrato, en los seguros colectivos.

¿Qué garantías ofrece al productor asesor?La propuesta es fundamental para determinar su responsabilidad civil, ya que expresa la voluntad del solicitante. Es por ello que es de suma importancia que esté firmada, no sólo por usted, sino también por el solicitante.

Constancia de Recepción

La Resolución N° 24697 de la Superintendencia de Seguros de la Nación exige a las aseguradoras entregar las pólizas a los asegurados a través de un medio que permita comprobar su recepción, dentro de los 15 (quince) días corridos de celebrado el contrato. De esta forma, es posible tener seguridad de la fecha de recepción y evitar futuros reclamos. A tales efectos, San Cristóbal utiliza una constancia de recepción, que se adjunta en el exterior del sobre de póliza y que debe firmar el asegurado o la persona que reciba la póliza. Las mismas deben ser reintegradas por usted a la sucursal, donde se archivarán para tener certeza de la recepción por parte del asegurado.

Plan de pagos

Es posible optar por el pago en una cuota única (contado) o por la cantidad de meses de vigencia de la póliza. Vale aclarar que:

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Si la cantidad de cuotas es igual a la cantidad de meses de vigencia, sólo podrán mediar 15 •(quince) días entre el inicio de vigencia y el vencimiento de la primera cuota.Si la cantidad de cuotas es inferior a la cantidad de meses de vigencia, podrá tener como máximo •un plazo de 30 (treinta) días entre el inicio de vigencia y el vencimiento de la primera cuota.Determinada la fecha de vencimiento de la primera cuota, las subsiguientes vencerán el mismo •día de los sucesivos meses.Si el vencimiento coincidiese con un fin de semana, feriado o día no laborable del asegurador, •el vencimiento se posterga al primer día hábil posterior.

Comienzo y fin de cobertura

La responsabilidad del asegurador comienza a las 12 (doce) horas del día en el que se inicia la cobertura y termina a las 12 (doce) horas del último día del plazo establecido, salvo pacto en contrario.

Renovaciones

San Cristóbal entrega a los productores asesores formularios de “avisos de vencimiento de póliza”, los cuales contendrán los datos del socio, de la póliza vigente y condiciones de la nueva póliza. Los formularios prevén espacio para actualizar información que se haya modificado, de modo que la nueva póliza se emita correctamente. Estos formularios se emiten con antelación a los vencimientos y deben presentarse en la sucursal para que la póliza sea renovada.Los mismos deben estar firmados por el asegurado, ya que poseen una figura similar a la de la propuesta.

Documentación de emisión / renovación de póliza

Frente de póliza.•Condiciones particulares.•Cuadernillo de condiciones generales.•Factura, sólo para socios con la condición de responsable inscripto.•Tarjeta de cobranza (Plan de pago).•Constancia de recepción. •Cupones de cobranza, siempre que no se encuentre exceptuado por catálogo (en pólizas •individuales). En caso de pólizas colectivas se deberá confeccionar los recibos manuales.Folleto explicativo.•

Medios de pago

El asegurado podrá realizar el pago de su póliza a su productor asesor o directamente en la ventanilla de la sucursal de San Cristóbal más cercana. Pero además, puede optar por cualquiera de las siguientes modalidades de pago electrónico o entidades de cobro habilitadas:

Entidades especializadas en cobranzas, registro y procesamiento pagos por medios electrónicos:

Oficinas Rapipago.•Oficinas Pago Fácil. •A través de Internet: www.pagomiscuentas.com.ar y www.linkpagos.com.ar •

A través de cajeros:Red Banelco.•Red Link.•

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Entidades financieras:Banco Credicoop. •Banco de la Nación Argentina. •Banco del Chubut.•Banco Francés. •Banco Macro. •Banco Municipal de Rosario. •Banco Provincia de Córdoba.•Banco Supervielle. •Nuevo Banco del Chaco.•

Débito directo en su cuenta corriente o caja de ahorros: bancos adheridos al Sistema Nacional de PagosTarjetas de débito (sólo en sucursales).

Visa Electrón (Red Banelco).•Maestro (Red Link).•

Tarjetas de Crédito (débito automático)American Express. •Argencard / Mastercard.•BBPS.•Cabal.•Coopeplus.•Credencial. •Diners.•Italcred. •Kadicard. •Naranja. •Nativa.•Nevada.•Patagonia. •Visa. •

Gestiones administrativas y operaciones vía Internet

A través del sitio institucional de San Cristóbal (www.sancristobal.com.ar), usted podrá acceder a una plataforma diseñada exclusivamente para la gestión del productor asesor. Las funciones y aplicaciones del portal de productores asesores de San Cristóbal son herramientas estratégicas a la hora de la administración y control de su cartera de clientes.

¿Qué tipo de consultas puedo realizar a través del portal de productores de San Cristóbal?

Búsqueda de coberturas y estado de cuenta de cualquiera de sus clientes con sólo ingresar •cualquiera de los siguientes parámetros: nombre y apellido, número de socio, número de documento, patente (en el caso pólizas de seguro automotor) o número de póliza.Pólizas emitidas y a renovar.•Deudas vencidas o a vencer.•Comisiones devengadas y a devengar.•Detalle de comisiones de seguros generales y ART, con la posibilidad de descargar los •correspondientes recibos y comprobantes de retención.

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¿Qué tipo de operaciones puedo realizar?Ingreso de producción de las ramas automotor, combinado familiar y granizo.•Declaración de cobranzas: aplicación que le permite notificar a San Cristóbal sus nuevas •cobranzas, evitando inconvenientes administrativos que puedan surgir en el caso que algún cliente suyo sufriese un siniestro antes de que usted rinda dicha cobranza en San Cristóbal. Descargar libros exigidos por la Superintendencia de Seguros de la Nación.•

¿Cómo obtengo mi clave para comenzar a operar con el sitio de productores de San Cristóbal?Una vez que usted haya ingresado al sitio de productores de San Cristóbal (al cual se accede desde el link productores del sitio institucional), usted deberá hacer clic en la sección nuevo usuario, completar el formulario y, por último, hacer clic en aceptar. Al poco tiempo de haber realizado esto, personal de San Cristóbal se pondrá en contacto con usted para suministrarle su nombre de usuario y contraseña para comenzar a operar.

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DENUNCIA DE SINIESTRO

Los productores asesores tienen la obligación legal de orientar al asegurado en caso de siniestro. Tanto éste como el productor podrán realizar la denuncia en la sucursal de San Cristóbal, quien debe tomar conocimiento del siniestro lo antes posible.

¿Cómo debe proceder un asegurado y/o beneficiario ante un siniestro amparado por la póliza de accidentes personales?

Ante accidenteSometerse, a partir del momento de hacerse aparentes las lesiones, a un tratamiento médico, •a su cargo, y seguir las indicaciones del médico tratante.Dirigirse a la sucursal de San Cristóbal más cercana o contactarse con usted, su productor •asesor, dentro de las 72 horas de ocurrido el hecho, para realizar la correspondiente denuncia administrativa. De no cumplir con esto, se perderá el derecho a ser indemnizados, salvo que acredite caso fortuito, fuerza mayor o imposibilidad de hechos sin culpa o negligencia. Enviar a San Cristóbal un certificado del médico tratante, expresando la causa y la naturaleza •de las lesiones sufridas, sus consecuencias y las constancias que indiquen que se encuentra sometido a un tratamiento médico.Remitir a San Cristóbal, cada 15 días, certificaciones médicas que informen sobre la evolución •de las lesiones y actualicen el pronóstico de curación.Si la póliza contemplara gastos médicos, deberá presentar los comprobantes (receta, troquel, •factura, etc.) a efecto que sean reintegrados en caso de corresponder.

Importante:El asegurado deberá someterse a todos los exámenes médicos que el asegurador le requiera.•En caso de accidente, el asegurado deberá presentar, para la determinación del grado de •incapacidad, el alta definitiva.

Ante fallecimiento Dirigirse a la sucursal de San Cristóbal más cercana o contactarse con usted, su productor •asesor, dentro de las 72 horas de ocurrido el hecho, para realizar la correspondiente denuncia administrativa. De no cumplir con esto, se perderá el derecho a ser indemnizado, salvo que se acredite caso fortuito, fuerza mayor o imposibilidad de hechos sin culpa o negligencia. Presentar copia del certificado de defunción debidamente legalizada.•Suministrar el informe del último médico tratante y la historia clínica.•Presentar declaratoria de herederos, en caso de no existir designación de beneficiarios.•