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ÍNDICE
Información general:
Página Bienvenida del superintendente
Calendario del distrito 5
6
Filosofías del distrito 7
Información de referencia 8
Directorio de departamentos y programas
del distrito 9
Directorio de escuelas 10
Información útil y números telefónicos 11
Información académica y de
calificaciones:
Escuelas A+ 12
Programa de Honores Pylons 12
Cursos de nivel universitario,
certificados y títulos 13
Personas que aprenden el idioma inglés 14
Clasificaciones finales de clases y
promedio de notas 14
Entrega de calificaciones 15
Escala de calificaciones 15
Lista de honor y lista de honor del
director 15
Sociedad Nacional de Honor y Sociedad
Juvenil de Honor 15
Evaluaciones nacionales 15
Información acerca de la graduación 17
Requisitos de graduación 17
Créditos necesarios para la graduación 17
Requisitos de servicio comunitario 17
Exámenes de final de curso 18
Clasificación de alumnos por créditos 18
Promoción o retención para los grados 7º
a 8º 19
Constancias de estudios 19
Requisitos de graduación de la Academia
Lincoln College Preparatory 120
Escuelas secundarias y programas
especiales de Kansas City 22
Escuelas y programas alternativos 24
Información sobre actividades y
deportes:
Programas de actividades/deportes 25
Programas de actividades 25
Programas de deportes 25
Política provisional “El que aprueba
participa” 26
Política contra rituales de iniciación e
intimidación 27
Asistencia e impuntualidad:
Asistencia 28
Informe de falta de asistencia 28
Política de recuperación por falta de
asistencia
29
Requisitos de asistencia obligatoria 30
Política de control de puntualidad 31
Cierre de la escuela 31
Visitantes de la escuela 31
Retiro 31
Expectativas de civismo y conducta:
Integridad académica
Compra, venta, intercambio de
productos
33
33
Falta de respeto, negativas e
insubordinación hacia el personal 33
Código y expectativas de vestimenta 34
Dispositivos electrónicos de
comunicación 34
Excursiones escolares
Acceso a la red
Grabación de clases
35
35
35
Uso de redes sociales 36
Tarjeta de identidad del estudiante 35
Gobierno estudiantil 35
Servicios escolares:
Servicios de educación excepcional 37
Servicios de orientación y asesoría 37
Servicios de salud 37
Inmunización reglamentaria de los
alumnos 38
Plan de estudios de sexualidad humana 38
Centro de comunicaciones de la
biblioteca 38
Libros de texto, equipo y materiales 39
Servicios de transporte escolar:
Transporte que provee el distrito:
elegibilidad 40
Transporte para educación excepcional 40
Contactos clave 40
Seguridad en el estacionamiento 40
Información disciplinaria:
Legislación sobre el ocultamiento y la
posesión de armas
42
4
Drogas y alcohol 42
Alarmas y extintores de incendios 42
Alumnos habitualmente revoltosos 42
Acoso 42
Sombreros, tocados y gafas de sol 43
Dispositivos incendiarios o
combustibles (fuegos artificiales) 43
Pertenencias personales 43
Altercaciones físicas o verbales 43
Actos sexuales
Reglamento de suspensiones 43
43
Autoridad del director 44
Suspensión o expulsión 44
Suspensión en la escuela 44
Suspensión fuera de la escuela 44
Vandalismo (cuidado de los edificios)
Armas
Código de conducta estudiantil:
44
45
Introducción al código de conducta
estudiantil
47
Ámbito de autoridad 47
Supervisión de los alumnos
Responsabilidad del alumno
Responsabilidad del alumno por objetos
en su posesión
48
48
48
Ofensas y consecuencias de clase I 49
Ofensas y consecuencias de clase II 50
Ofensas y consecuencias de clase III 52
Ofensas y consecuencias de clase IV 55
Disciplina en el autobús escolar 59
Infracciones en el autobús escolar y
sus consecuencias 59
Explicación de las consecuencias 60
Procedimientos de suspensiones y
expulsiones 62
Suspensión fuera de la escuela 62
Suspensión a largo plazo 62
Expulsiones 62
Suspensión y expulsión de alumnos con
necesidades especiales 64
Disciplina de los alumnos con plan de
adaptación de la Sección 504 68
Ley de Escuelas Seguras de Missouri:
Castigo corporal 73
Disciplina obligatoria para ciertas
infracciones relacionadas con armas 73
Infracciones graves de la política de
disciplina del distrito 73
Actos de violencia 73
Restricciones de asistencia a escuelas
dentro del distrito 74
Restricciones de suspensiones por faltas
graves y actos de violencia 75
Reuniones de readmisión 75
Notificaciones:
Discriminación y acoso: Procedimientos
de quejas de padres y alumnos
76
Aviso sobre la disposición de la Ley de
Derechos Educativos y Privacidad de la
Familia (FERPA, por sus siglas en
inglés)
78
Expedientes de los alumnos (cuando
procedan con agentes de
reclutamiento del ejército)
Ley "Que Ningún Niño se Quede Atrás"
de 2001
79
80
Aviso anual de derechos según la
modificación de la protección de los
derechos de los alumnos
81
Formularios:
Autorización para tomar medicamentos
durante el horario escolar
84
Formulario de solicitud para designar la
información de un alumno de
secundaria como confidencial
86
Formulario para presentar quejas de
discriminación o acoso
88
Política de uso aceptable de tecnología
para los alumnos 92
Acuses de recibo 94
5
Oficina del superintendente
Estimado padre de familia o tutor legal,
En nombre de todo el personal de las Kansas City Public Schools (escuelas públicas de Kansas City), nos complace darles la bienvenida a usted y a su alumno(a) en este año escolar que inicia. Esperamos brindar apoyo a su hijo(a) en su trayectoria hacia grandes logros académicos y desarrollo social. Creemos que el manual y Code of Student Conduct (código de conducta estudiantil) le ayudarán a entender mejor las políticas y los procedimientos establecidos para garantizar una trayectoria estudiantil exitosa. Un ambiente escolar seguro y en el que reina el respeto es fundamental para las Kansas City Public Schools (escuelas públicas de Kansas City o KCPS). Cada alumno y empleado tiene derecho a disfrutar de un ambiente seguro que brinde apoyo a una enseñanza y un aprendizaje de calidad. Las Kansas City Public Schools (escuelas públicas de Kansas City o KCPS) brindan apoyo proactivo en cuestión de comportamiento positivo y disciplina adecuada para los alumnos que presentan comportamientos violentos, conflictivos o abusivos, tal y como se describe en el código de conducta del distrito. El buen comportamiento se extiende más allá del salón de clase y se espera en la parada del autobús, el autobús escolar y mientras asisten a excursiones escolares y eventos en la comunidad. Además, las Kansas City Public Schools (escuelas públicas de Kansas City o KCPS) están completamente comprometidas en trabajar en conformidad con la Missouri Safe Schools Act (Ley de escuelas seguras de Missouri) de 1996. El desarrollo de un ambiente de aprendizaje eficaz es la responsabilidad de todos. Le exhortamos a que lea este manual con su hijo(a) y a que solicite la ayuda del director de la escuela en caso de que tenga preguntas. Como siempre, puede encontrar información importante sobre nuestras escuelas en nuestro sitio web, en www.kcpublicschools.org. Cuando las familias y las escuelas se brindan colaboración, podemos ofrecer a cada niño(a) y joven la mejor educación posible. Esto significa que necesitamos que nuestros alumnos se comprometan a aprender, los padres apoyen activamente a sus hijos y a su escuela y los administradores y maestros brinden instrucción para hacer de todo esto una realidad. Su dedicación para actuar de acuerdo a las pautas de este manual es un paso importante en dicho proceso. Nuestros mejores deseos para un año escolar exitoso.
Atentamente,
R. Stephen Green Superintendente de escuelas
7
ESCUELAS PÚBLICAS DE KANSAS CITY
FILOSOFÍAS
Declaración de la visión
Las Kansas City Public Schools (escuelas públicas de Kansas City o KCPS) visualizan sus escuelas
como lugares en los que cada alumno desarrolla un entendimiento profundo de las destrezas y los
conocimientos necesarios para aspirar a una educación superior, obtener un empleo que sostenga a la
familia, contribuir al bienestar cívico de la comunidad y tener la oportunidad de disfrutar de una vida
gratificante y satisfactoria.
Misión del distrito
La misión de las Kansas City Public Schools (escuelas públicas de Kansas City o KCPS)) es alcanzar,
sin excusa alguna, nuestra visión educativa, garantizando que todos los niños y jóvenes se beneficien
de la enseñanza y el aprendizaje. El distrito escolar hace esto a través de:
Enseñanza basada en cuestionamientos que involucran un aprendizaje activo y se orienta hacia
proyectos, es colaborativa, se centra en el alumno y está facilitada por un desarrollo profesional
significativo.
Instalaciones educativas idóneas en las que los maestros preparan continuamente a cada alumno
para desarrollar una comprensión profunda y habilidades de aprendizaje, mientras logran todos
los objetivos de progreso anual adecuado.
Planificación colaborativa con directores y maestros para garantizar el logro de las metas del
distrito.
Autonomía considerable para cada comunidad educativa.
Responsabilidad para implementar y lograr la visión, las metas y los objetivos del distrito, tal y
como se presentan en el plan de responsabilidades.
8
INFORMACIÓN DE REFERENCIA
EL BOARD OF EDUCATION (CONSEJO DE EDUCACIÓN)
Las reuniones del consejo están abiertas al público y se celebran a las 6:30 p. m. del segundo y cuarto
miércoles de cada mes, en el edificio del Board of Education (consejo de educación), 1211 McGee
Street, Kansas City, Missouri.
MIEMBROS DEL CONSEJO
Sr. Airick Leonard West, Miembro del bloque
mayoritario, Presidente
Sr. Crispin Rea, Miembro del bloque mayoritario,
Vicepresidente
Sra. Kyleen Carrol, Miembro del bloque
mayoritario
Sr. Jonathan Hile, 1er subdistrito
Sr. Gunnar Hand, 2º subdistrito
Sra. Marisol Montero, 3er
subdistrito
Sr. Joseph Jackson, 4º subdistrito, Tesorero
Sr. Curtis Rogers, 5º subdistrito
Sr. Carl Evans, 6º subdistrito
ADMINISTRACIÓN DEL DISTRITO
Superintendente de escuelas
R. Stephen Green, Ed.D.
816-418-7616
Gerente general de comunicaciones y enlace con
la comunidad
Eileen Houston-Stewart
816-418-7420
Auxiliar del superintendente de educación
primaria y secundaria
Dr. Elizabeth Ann Sanders
816-418-7022
Director financiero
Allan Tunis, Ed.S.
816-418-7295
Oficina principal de gestión de capital humano
816-418-7700
Asesor jurídico principal
Ray Sousley, J.D.
816-418-7610
Director general de operaciones Darrel Meyer
816-418-7775
Auxiliar del superintendente de responsabilidad,
evaluación y precisión académica
Vickie Murillo
816-418-7516
Director ejecutivo de los servicios de apoyo
estudiantil y comunitarios
Tonia Gilbert, J.D.
816-418-7505
Auxiliar del superintendente del plan de
estudios, instrucción y desarrollo profesional
Lewis Gowin
816-418-2665
Director ejecutivo de los programas de
intervención de los estudiantes Luis Cordoba, Ed.D.
816-418-7333
Director ejecutivo de tecnología
Thomas Brenneman
816-418-7100
OFICINA DEL DISTRITO 816-418-7000 www.kcpublicschools.org
9
DIRECTORIO DE DEPARTAMENTOS Y PROGRAMAS DEL DISTRITO
Departamento N.º de teléfono Jefe del departamento
Programa de educación y alfabetización para adultos 418-5243 Sonya Thomas
Instrucción en evaluación 418-7428 Pete Muenks
Deportes 418-5263 Michael Watson
Servicios del consejo 418-7620 Sandra Nunnaley
Educación vocacional y técnica 418-5200 Jack Bitzenburg
Servicios de nutrición infantil 418-7840/7423 Ellen Cram
Educación preescolar 418-5213 Jerry Kitzi
Educación primaria 418-7022 Anthony Lewis, Ph.D.
Educación excepcional 418-8941 Michael Sherman, Ph.D.
Programas federales 418-7516 Vicky Murillo
Pylons Honors Program (Programa de Honores
Pylons)
(Educación para niños superdotados y talentosos)
418-7402 Anna Blancarte
Servicios de orientación y asesoría 418-7402 Lili Englebrick
Head Start (programa de enseñanza preescolar para
niños de bajos ingresos) 418-5213 Jerry Kitzi
Servicios de salud 418-7683 Tonia Gilbert, J.D.
Gestión de capital humano y servicios de apoyo 418-7700 Allan Tunis
Servicios de idiomas 418-5288 Allyson Hile
Servicios jurídicos 418-7610 Ray Sousley, J.D.
Oficina de programas de intervención estudiantil 418-7333 Luis Cordoba, Ed.D.
Oficina de servicios de apoyo estudiantil y
comunitarios 418-7505 Tonia Gilbert, J.D.
Oficina de alumnos en transición
(Programa McKinney-Vento para desamparados) 418-8640 Melissa Douglas
Universidad para padres de familia 418-7528 Pam Harris
Información pública y mercadotecnia 418-7420 Andre Riley
Desarrollo profesional 418-2665 Lewis Gowin
Protección y seguridad 418-8813 Marcus Harris
Educación secundaria 418-7022 Kenny Rodrequez
Oficina de disciplina estudiantil 418-7500 Darran Washington
Expedientes de los alumnos (y constancias de
estudios) 418-7765 o 7735 Shyla Lewis
Departamento de transporte 418-8825 Patrick Kneib
10
DIRECTORIO DE ESCUELAS
ESCUELA DIRECCIÓN CÓDIGO
POSTAL N.º DE
TELÉFONO DIRECTOR(A) HORARIO GRADOS
ESCUELAS SECUNDARIAS
Preparatoria African Centered
College 3500 E. Meyer Blvd. 64132 418-1078 A determinar 7:25 a 2:40 7º a 12º
Success Academy/Anderson 1601 Forest Ave. 64108 418-5300 Derek Jordan, Ed.S. 7:20 a 2:35 7º a 12º
Central 3221 Indiana Ave. 64128 418-2000 A determinar 7:20 a 2:35 7º a 12º
Este 1924 Van Brunt 64127 418-3125 Thomas Herrera 7:20 a 2:35 7º a 12º
Preparatoria Lincoln
College 2111 Woodland 64108 418-3000 Joseph Hesman 7:25 a 2:40 6º a 12º
Noreste 415 Van Brunt 64124 418-3300 Douglas Bolden 7:20 a 2:35 7º a 12º
Paseo 4747 Flora Ave. 64110 418-2275 Dennis Walker, Ph.D. 7:25 a 2:40 7º a 12º
Suroeste 6512 Wornall Rd. 64111 418-1800 Edwin Richardson, Ed.D. 7:25 a 2:40 7º a 12º
ESCUELAS PRIMARIAS
Preparatoria African Centered College
3500 E. Meyer Blvd. 64132 418-7704 A determinar 8:35 a 3:50 Preescolar a 6º
Success Academy/Knotts 7301 Jackson Ave. 64132 418-1900 A determinar 9:00 a 4:15 Kínder a 6º
Attucks 2400 Prospect Ave. 64127 418-3900 Jessica Bassett 8:10 a 3:25 Preescolar a 6º
Banneker 7050 Askew Ave. 64132 418-1850 Alvaretta Baxter, Ed.D. 9:00 a 4:15 Preescolar a 6º
Border Star Mont. 6321 Wornall Rd. 64113 418-5150 Jennifer Collier 8:35 a 3:50 Preescolar a 6º
Carver Dual Language 4600 Elmwood Ave. 64130 418-4925 Eric Nelis 8:35 a 3:50 Kínder a 5º
Faxon 1320 E. 32nd Terr. 64109 418-6525 Kathleen Snipes 9:00 a 4:15 Preescolar a 6º
Foreign Language Academy 3450 Warwick Ave. 64111 418-6000 Joell Ramsdell 8:35 a 3:50 Kínder a 8º
Garcia 1000 W. 17th St. 64108 418-8725 Joe Marlow, D.Min. 8:10 a 3:25 Preescolar a 6º
Garfield 436 Prospect Ave. 64124 418-3600 Doug White 8:10 a 3:25 Kínder a 6º
Gladstone 335 N. Elmwood 64123 418-3950 Dana Carter 8:10 a 3:25 Preescolar a 6º
Hartman 8111 Oak St. 64114 418-1750 Jessie Kirksey, Ed.D. 8:10 a 3:25 Preescolar a 6º
Holliday Montessori 7227 Jackson Ave. 64132 418-1950 Karen May 8:35 a 3:50 Preescolar a 6º
James 5810 Scarritt Ave. 64123 418-3700 Jo Nemeth, Ed.D. 9:00 a 4:15 Preescolar a 6º
King 4201A-Indiana 64130 418-2475 Jermaine Wilson 8:10 a 3:25 Preescolar a 6º
Longfellow 2830 Holmes Ave. 64109 418-5325 Michael Dickerson 8:10 a 3:25 Preescolar a 6º
Melcher 3958 Chelsea Ave. 64130 418-6725 A determinar 9:00 a 4:15 Preescolar a 6º
Paige 3301 E. 75th St. 64132 418-5050 April Flowers 9:00 a 4:15 Preescolar a 6º
Phillips 1619 E. 24th St. 64108 418-3750 Deloris Brown 9:00 a 4:15 Preescolar a 6º
Pitcher 9915 E. 38th Ter. 64133 418-4550 Karol Howard, Ph. D. 8:10 a 3:25 Preescolar a 6º
Rogers 6400 E 23rd St. 64129 418-4770 Wendy McNitt, Ed. D. 9:00 a 4:15 Kínder a 6º
Trailwoods 6201 E. 17th St. 64126 418-3250 Christy Harrison 8:10 a 3:25 Preescolar a 6º
Troost 1215 E. 59th St. 64110 418-1700 Andrea Dixon 8:10 a 3:25 Preescolar a 6º
Wheatley 2415 Agnes Ave. 64127 418-4825 Jose Verduzco 9:00 a 4:15 Preescolar a 6º
Whittier 1012 Bales Ave. 64127 418-3850 Luis Hinojosa 8:10 a 3:25 Preescolar a 6º
11
PAUTAS SOBRE LAS EDADES E INFORMACIÓN ÚTIL
PAUTAS SOBRE LAS EDADES DE LAS KANSAS CITY
PUBLIC SCHOOLS (ESCUELAS PÚBLICAS DE KANSAS
CITY O KCPS) (Año académico 2013-2014)
Pautas para las fechas de corte para los alumnos de P3, P4 y jardín infantil*
Los alumnos que ingresan a los programas P3 tienen que tener tres (3) años de edad antes
del 1º de agosto de 2013: el alumno debe haber nacido entre el 1º de agosto de 2009 y el
30 de julio de 2010
Los alumnos que ingresan a los programas P4 tienen que tener cuatro (4) años de edad antes
del 1º de agosto de 2013: el alumno debe haber nacido entre el 1º de agosto de 2008 y el
30 de julio de 2009
Los alumnos que ingresan al jardín infantil tienen que tener cinco (5) años de edad antes del
1º de agosto de 2013: el alumno debe haber nacido entre el 1º de agosto de 2007 y el 30
de julio de 2008
*Se dará preferencia a los alumnos que están actualmente en P3 y P4.
Información y números telefónicos útiles
AYUDA A DESAMPARADOS Y DE OTRO TIPO
Programa para alumnos y jóvenes desamparados del
(oficina de las escuelas públicas de Kansas City
[KCPS])
816-418-8640
Coalición de ayuda Mid-America 816-561-2727
Línea directa para desamparados 816-474-4599
Línea directa de prevención de suicidios 800-273-8255
United Way 816-472-4289
Línea directa nacional para jóvenes que huyen de casa 800-786-2929
Línea directa para jóvenes en crisis y que huyen de casa 800-786-2929
Línea directa de violencia doméstica 816-468-5463
MOCSA (Organización Metropolitana de Lucha
Contra el Asalto Sexual)
816-531-0233
CAPA (Asociación de Prevención del Abuso Infantil) 816-252-8388
Clases sobre la crianza de los hijos 816-252-8388
Centro de salud gratuito de Kansas City 816-753-5144
LÍNEAS DE AYUDA PARA ESCUELAS LIBRES DE DROGAS
Alcohólicos Anónimos (A.A.) 471-7229
Línea directa de consejos 474-8477
Línea directa nacional de lucha contra la cocaína 1-800-Cocaine
Línea directa de lucha contra el alcohol 1-800-Alcohol
12
INFORMACIÓN ACADÉMICA Y DE CALIFICACIONES
A+ SCHOOLS PROGRAM (PROGRAMA DE ESCUELAS A+)
El A+ Schools Program (programa de escuelas A+) ofrece incentivos financieros a alumnos egresados
cualificados que tienen un promedio de A+ para que continúen su educación después de terminar la
escuela secundaria. Los alumnos egresados con un promedio de notas de A+ pueden reunir los requisitos
para recibir reembolso del costo de la matrícula mientras asisten a tiempo completo a un instituto público
de enseñanza superior o a una escuela vocacional o técnica en Missouri. Se recomienda que todos los
alumnos se inscriban en los programas de escuelas A+ y se fijen como objetivo graduarse con un nivel de
A+.
Para graduarse con un nivel de A+, el alumno debe cumplir con TODOS los requisitos siguientes:
o asistir a una escuela designada como A+ durante tres años consecutivos (grados 10º a 12º)
antes de graduarse de la escuela secundaria;
o graduarse con un promedio acumulado no ponderado de 2,5 o más, en una escala de 4,0;
o graduarse con un promedio de asistencia diaria (ADA, por sus siglas en inglés) de por lo
menos 95% en los grados 9º a 12º;
o realizar y documentar 50 horas no remuneradas de instrucción particular u orientación en el
distrito;
o mantener antecedentes urbanidad y civismo y evitar el consumo ilícito de drogas y alcohol;
o solicitar becas sin reembolso llenando la FAFSA (Solicitud gratuita de ayuda federal para
estudiantes);
o inscribirse en el servicio militar selectivo (según corresponda); y
o a partir de la promoción de 2015, los alumnos deben obtener una calificación notable o
superior en el examen de Algebra I de final de curso. (Se puede prescindir de este requisito
después de completar un semestre de estudios superiores con un promedio de notas (GPA) de
2.5 o superior).
Los alumnos egresados que tienen un promedio de notas de A+ no tienen que aprovechar los incentivos
financieros inmediatamente, sino que tienen hasta cuatro años después de su graduación para hacerlo.
Graduarse con un nivel de A+ no significa que el alumno esté limitado a asistir a un instituto público de
enseñanza superior o a una escuela vocacional o técnica, dado que varios institutos de enseñanza superior
y universidades ofrecen becas a egresados con un nivel de A+.
El incentivo financiero para el nivel de A+ depende de la aprobación y adjudicación estatal de fondos por
parte de la Missouri General Assembly (Asamblea General de Missouri). Este incentivo financiero se
destinará al saldo pendiente después de que los fondos de apoyo financiero post-secundaria (que no hay
que reembolsar) se hayan adjudicado para los gastos universitarios.
PYLONS HONORS PROGRAM (PROGRAMA DE HONORES PYLONS) DE LAS KCPS
(ESCUELAS PÚBLICAS DE KANSAS CITY)
El Pylons Honors Program (Programa de Honores Pylons) brinda oportunidades de aprendizaje
estimulantes que están diseñadas para ampliar, enriquecer y superar el plan de estudios del distrito. Por
medio de una serie continua de oportunidades y servicios, los alumnos toman materias complejas que los
preparan para clases más desafiantes y rigurosas a medida que progresan en el nivel escolar. Liderazgo,
carácter, logros académicos y servicio, los cuatro pilares de la National Honor Society (Sociedad Nacional
de Honor), constituyen los cuatro principios del Pylons Honors Program (Programa de Honores Pylons) de
las Kansas City Public Schools (escuelas públicas de Kansas City o KCPS).
Los estudiantes seleccionados para recibir los servicios del Pylons Honors Program (Programa de Honores
Pylons) demuestran una capacidad excepcional de rendimiento en proyectos académicos, intelectuales o
creativos. Para poder responder a sus necesidades y desarrollar todo su potencial, estos alumnos necesitan un plan de estudios diferenciado.
Los componentes del Pylons Honors Program (Programa de Honores Pylons) incluyen:
13
Académicos de kínder a 12º grado: el Pylons Honors Department (Departamento de Honores
Pylons) existe para descubrir y promover el potencial académico avanzado en los alumnos
provenientes de grupos de residentes con poca representación histórica. Se proporcionan
intervenciones y apoyo curriculares por medio de la colaboración del maestro asignado al salón de
clase y del especialista en enseñanza del Pylons Honors Program (Programa de Honores Pylons).
El Pylons Honors Department (Departamento de Honores Pylons) utiliza la segunda edición de la
prueba de habilidad no verbal Naglieri (NNAT2, por sus siglas en inglés) para identificar la
posibilidad de cualidades de superdotado.
Académicos jóvenes de kínder a 2º grado: se brindan lecciones diferenciadas a los alumnos en
áreas de intensidad académica específica. Una vez más, el especialista en enseñanza del Pylons
Honors Program (Programa de Honores Pylons) colabora con el maestro asignado al salón de
clase para garantizar que las lecciones sean diferenciadas. El Pylons Honors Department
(Departamento de Honores Pylons) permite a todos los estudiantes potencialmente dotados utilizar
recursos, tales como Reading A-Z (Lectura de A a Z) y VMath Live, los cuales les brindan retos
adicionales que amplían y enriquecen el plan de estudios de las Kansas City Public Schools
(escuelas públicas de Kansas City o KCPS).
Académicos jóvenes de 3º a 6º grado: los alumnos seleccionados participan en un programa de
retiro de clase que brinda un especialista en enseñanza del Pylons Honors Program (Programa de
Honores Pylons). Se estimula a los alumnos por medio de modelos y estrategias diseñados para
enriquecer y ampliar las cuatro áreas académicas fundamentales del plan de estudios de las
Kansas City Public Schools (escuelas públicas de Kansas City o KCPS). También se integra un
enfoque en ciencias, tecnología, ingeniería y matemáticas (STEM, por sus siglas en inglés) por
medio del plan de estudios de honores.
Academia Bridge de verano para sexto grado: este es un programa de honores de tres semanas
para alumnos de sexto grado, desarrollado para brindarles experiencias incomparables, indirectas
y académicas mientras se preparan para su transición al programa juvenil Pylons como alumnos
de séptimo y octavo grado. Se les impartirá enseñanza en las áreas de contenido académico
fundamental, lectura y escritura, matemáticas, ciencias y estudios sociales, con énfasis en robótica
y debate.
Alumnos de tercer año de escuela intermedia del programa Pylons: los alumnos tendrán la
oportunidad de inscribirse en una clase de estudios sociales avanzados. Esta clase se ha
desarrollado para ampliar y enriquecer el plan de estudios sociales actual, pero también se enfoca
en gran medida en Artes lingüísticas inglesa (investigación, lectura y escritura).
Alumnos de último año de secundaria del Programa Pylons:
o Programa didáctico con crédito doble (Campus del Southwest Early College)
o Diploma de secundaria internacional (Preparatoria Lincoln College)
o Clases con crédito universitario: todas las escuelas secundarias
o Clases de honores: todas las escuelas secundarias
o Instituto Penn Valley de Enseñanza Superior: al graduarse, los alumnos pueden obtener
un título asociado y el diploma de secundaria
o Oportunidades para asistir a academias de verano residenciales en universidades
o Oportunidades de participar en prácticas en toda la ciudad de Kansas.
Nota especial: los cursos que se tomen en el Pylons Honors Program (Programa de Honores
Pylons) bajo las designaciones de bachillerato internacional (BI), con crédito universitario (AP,
por sus siglas en inglés) y doble crédito universitario reciben un valor ponderado de 5.0 en una
escala de 4.0. Los alumnos inscritos en cursos de bachillerato internacional y crédito universitario
deberán tomar los exámenes de bachillerato internacional y crédito universitario para recibir el
valor ponderado del curso. Los alumnos inscritos en los cursos bajo la designación de honor reciben un valor ponderado de 4.66 en una escala de 4.0.
CURSOS DE NIVEL UNIVERSITARIO, CERTIFICADOS Y TÍTULOS
14
El distrito ofrece a los alumnos de secundaria la oportunidad de participar en cursos de nivel universitario.
Las ventajas para los alumnos del programa de cursos universitarios previos incluyen:
preparar a los alumnos para el trabajo de nivel universitario;
reducir el costo de la educación post-secundaria al hacer posible que los alumnos obtengan
créditos universitarios gratuitos;
reducir el tiempo para la obtención del título; y
ofrecer a los alumnos información relativa a la aptitud académica requerida para tener éxito en la
universidad.
Mediante asociaciones con institutos educación superior, los alumnos de las Kansas City Public Schools
(escuelas públicas de Kansas City o KCPS) pueden tomar cursos para obtener la acreditación como
auxiliares de enfermería certificados (CNA, por sus siglas en inglés). Otras asociaciones con el instituto de
enseñanza superior Metropolitan – Penn Valley (MCC), y la Universidad Estatal Northwest Missouri
permiten a los alumnos que satisfacen los requisitos académicos graduarse de la escuela secundaria con un
título asociado o su equivalente.
Gracias a acuerdos de reciprocidad que el instituto de enseñanza superior Metropolitan – Penn Valley
(MCC) tiene con institutos de educación vocacional y técnica, los alumnos cuentan con la oportunidad de
obtener créditos por nivel avanzado en el instituto de enseñanza superior Metropolitan (Blue River,
Business & Technology (tecnología y comercio), Longview, Maple Woods y Penn Valley) mientras que
siguen asistiendo a la escuela secundaria.
La elegibilidad de los alumnos se basa en lo siguiente:
El alumno debe llenar la “Hoja de información del alumno” de intención de convalidación.
Para obtener créditos universitarios con el fin de obtener un certificado ocupacional o un título
asociado en el instituto de enseñanza superior Metropolitan (MCC), el alumno debe completar el
programa de reciprocidad de educación vocacional y técnica con un promedio de notas de 80% o
superior.
Los alumnos también tienen que completar por lo menos 15 créditos adicionales en el instituto de
enseñanza superior Metropolitan (MCC). Estos 15 créditos deben incluir un mínimo de un curso
técnico en el área del programa relacionado. Tenga en cuenta que algunos programas podrían
tener estipulaciones adicionales.
Programas vinculados por articulación en varios establecimientos 1. Diseño de modas (Paseo)
2. Operaciones y gestión de invernadero (Este)
3. Paisajismo (Este)
4. Mercadotecnia, iniciativa empresarial (Noreste)
5. Aplicaciones informáticas (Central, Lincoln Academy, Noreste)
APRENDIZAJE DEL IDIOMA INGLÉS
El plan de estudios de Artes lingüísticas de la escuela secundaria brinda clases de Inglés 1, Inglés 2 e
Inglés 3 a los inmigrantes recientes que hablan otros idiomas. Para desarrollar aún más destrezas
completas en inglés, se brindan cursos de lectura en inglés a quienes estudian el idioma inglés (ELL, por
sus siglas en inglés) que podrían no saber leer al nivel escolar requerido. El maestro de inglés como
segundo idioma (ESL, por sus siglas en inglés) brinda instrucción en inglés para satisfacer las necesidades
de los alumnos en los niveles de competencia de principiante, intermedio y avanzado.
CLASIFICACIONES DE CLASES Y PROMEDIO DE NOTAS (GPA)
La clasificación de fin de curso y el promedio de notas se basan en los ocho (8) semestres de estudio. A partir de la promoción de 2012, los honores de graduación se otorgan de la siguiente manera: con honores,
con distinción y honores y excelencia Pylons:
Con honores significa que los alumnos se gradúan con un promedio de notas de 3.50 a 3.74.
15
Con distinción y honores significa que los alumnos se gradúan con un promedio de notas de 3.75
a 3.9.
Excelencia Pylon significa que los alumnos se gradúan con un promedio de notas de 4.0 o
superior.
ENTREGA DE CALIFICACIONES
Se informará periódicamente a los padres o tutores legales, en los períodos de calificación de mitad y de
fin de trimestre, acerca del progreso de sus hijos en la escuela. Además, se notificará a los padres o tutores
legales de los alumnos de secundaria del progreso de sus hijos con miras a su graduación. Las siguientes
categorías se asignan al trabajo de los alumnos: (1) exámenes de unidades de estudio; (2) pruebas tipo
quiz; (3) trabajo en clase; (4) proyectos; y (5) exámenes de final de curso. A cada categoría se le asigna
una ponderación y la distribución de la ponderación es diferente según el contenido académico.
Escala de calificaciones
Usamos la siguiente escala estandarizada de calificaciones:
A = 90 a 100 B = 80 a 89 C = 70 a 79 D = 60 a 69 F = 59 e
inferior
LISTA DE HONOR Y LISTA DE HONOR DEL DIRECTOR
Las menciones de honor se definen al final de cada trimestre. La lista de honor incluye a todos los
alumnos que han obtenido por lo menos un promedio de notas de 3.0.
Lista de honor del director: los alumnos que han obtenido un promedio general de notas (GPA) de
4.0 o más alto sin haber obtenido una sola calificación inferior a “A”.
Lista de honor “A/B”: los alumnos que han obtenido un promedio general de notas (GPA) de 3.75
a 3.9 sin haber obtenido una sola calificación inferior a “B”.
Lista de honor “B”: los alumnos que han obtenido un promedio general de notas (GPA) en el cual
ninguna de ellas es inferior a “C”.
Los alumnos deben acudir a su consejero de orientación o al encargado de registros de la oficina de
orientación para obtener un promedio de notas actualizado.
NATIONAL HONOR SOCIETY (SOCIEDAD NACIONAL DE HONOR) Y JUNIOR HONOR
SOCIETY (SOCIEDAD JUVENIL DE HONOR)
Cada división de la National Honor Society (Sociedad Nacional de Honor) de las escuelas públicas de
Kansas City está debidamente constituida y es una división afiliada a esta prestigiosa organización
nacional. La afiliación está abierta a los alumnos que cumplen con los estándares de selección necesarios
y establecidos por la filial nacional de la National Honor Society (Sociedad Nacional de Honor) en cuatro
áreas de evaluación: logro académico, liderazgo, servicio y carácter.
Los alumnos solo reúnen los requisitos de la afiliación después del primer y segundo trimestres del tercer
año escolar.
Tanto los padres como los alumnos que tengan dudas con respecto al proceso de selección o las
obligaciones de la afiliación deben comunicarse con el consejero de la escuela.
EVALUACIONES NACIONALES
El programa EXPLORE® (EXPLORAR) se ha desarrollado para ayudar a los alumnos del 7º y 8º grado a
explorar una amplia variedad de opciones para su futuro. EXPLORE no solo prepara a los alumnos para
sus estudios de secundaria, sino que también los prepara para las opciones que escojan después de terminar
la secundaria.
16
El programa PLAN® ayuda a los alumnos del 9º y 10º grado a establecer una base sólida para el éxito
académico y profesional en el futuro y les brinda la información necesaria para abordar los asuntos de alta
prioridad de las escuelas del distrito. Es una fuente de orientación completa que ayuda a los alumnos a
medir su desarrollo académico actual, explorar sus opciones profesionales y de capacitación y hacer planes
para los años restantes de secundaria y después de graduarse.
ACT: el examen ACT® evalúa el desarrollo educativo general de los alumnos de secundaria y su
habilidad para terminar los cursos de nivel universitario. Los exámenes de elección múltiple cubren cuatro
áreas de destrezas: inglés, matemáticas, lectura y ciencias. El examen de escritura, que es opcional, mide
la habilidad de planificar y escribir un ensayo corto. Este examen es necesario para la graduación y se
debe tomar durante o antes del tercer año.
PSAT: el examen preliminar de aptitud escolar/examen calificador del programa nacional de becas de
mérito (PSAT/NMSQT, por sus siglas en inglés) es un programa copatrocinado por el College Board
(consejo de administración de la universidad) y la National Merit Scholarship Corporation (corporación
nacional de becas de mérito o NMSC). Es un examen estandarizado que brinda práctica directa para el
SAT®. También brinda a los alumnos la oportunidad de participar en los programas de becas de la
corporación nacional de becas de mérito y obtener acceso a herramientas para planificar el acceso a la
universidad y la vida profesional. El examen preliminar de aptitud escolar/examen calificador del
programa nacional de becas de mérito mide: destrezas fundamentales de lectura, destrezas de resolución de
problemas matemáticos y técnicas de escritura.
SAT: el SAT® es un examen de admisión a la universidad reconocido a nivel nacional que mide los
conocimientos de los alumnos y qué tan bien pueden poner en práctica dichos conocimientos. Pone a
prueba los conocimientos de los alumnos en lectura, escritura y matemáticas. La mayoría de los alumnos
toman el SAT durante su tercer o cuarto año de escuela secundaria y casi todos los institutos de enseñanza
superior y universidades usan el SAT para tomar las decisiones de admisión. (www.collegeboard.com)
Logro de competencias técnicas: el Technical Skill Attainment (logro de competencias técnicas o TSA)
mide el porcentaje de alumnos que se concentran en la Career and Technical Education (educación
vocacional y técnica o CTE) y pasan una evaluación de competencias de conformidad con normas
reconocidas por la industria, si están disponibles y son apropiadas.
17
INFORMACIÓN ACERCA DE LA GRADUACIÓN
REQUISITOS DE GRADUACIÓN
Los requisitos mínimos de graduación para el año 2013-2014 incluyen 4 créditos en inglés, 3 créditos
en matemáticas, 3 créditos en ciencias, 3.5 créditos en estudios sociales, 1 crédito e educación física,
0.5 créditos en salud, 1 crédito en artes prácticas, 1 crédito en bellas artes y 7.0 créditos en electivas.
Adicionalmente al programa de estudios para la graduación, los alumnos deberán aprobar exámenes
de competencias, completar cuarenta (40) horas de servicio comunitario aprobado, tomar los
exámenes ACT, SAT ASVAB o Compass, así como cumplir con todas las obligaciones disciplinarias
y financieras del distrito para llenar los requisitos de graduación del distrito. Se establecen otros
requisitos de graduación para cumplir con los programas de estudio específicos que se indican en la
siguiente tabla.
Los requisitos de graduación para los alumnos discapacitados que reciben servicios educativos
especiales, en conformidad con la Individuals with Disabilities Education Act (Ley de Educación para
Personas con Discapacidad o IDEA), se pueden definir de acuerdo con el Individualized Education
Program (programa de educación individualizada o IEP) del alumno.
Promoción de 2014 24 créditos: (revisados el 23 de abril de 2012)
Artes de la comunicación: 4.0 (Inglés 9, 10, 11, 12) Matemáticas: 3.0 (Algebra 1, Geometría, Algebra 2) Ciencias: 3.0 (Física I, Biología 1, 1 electiva en ciencias) Estudios sociales: 3.5 (Historia universal, Historia de Estados Unidos, Economía/Finanzas personales, Cívica y Estudios multiculturales)
Bellas artes: 1.0 Artes prácticas: 1.0 Educación física: 1.0 (PE 09113) Salud: 0.50 Electivas: 7.0
Exámenes de final de curso Álgebra 1 Inglés 10 Biología Cívica
Proyecto Capstone (final) de los alumnos de último año Proyecto de investigación 20 horas de servicio comunitario Presentación de 10 minutos
Servicio comunitario
40 horas en total (se pueden completar 20 por medio del proyecto Capstone (final) de los alumnos de último año)
Exámenes ACT, SAT, ASVAB o Compass Deben tomar el examen ACT, SAT, ASVAB o Compass de acuerdo a sus planes de estudios después de terminar la
escuela secundaria.
*El diploma de preparación universitaria y profesional supera los requisitos para obtener el diploma de preparación universitaria de Missouri. **Los cursos requeridos sustituyen media (0.5) unidad de Historia afroamericana con media (0.5) unidad de Historia
multicultural y media (0.5) unidad de Finanzas personales que exige el estado. Los alumnos deben pasar el examen sobre la
Constitución de EE. UU. y el examen sobre la Constitución de Missouri antes de poder graduarse.
18
EXÁMENES DE FINAL DE CURSO
El Missouri Assessment Program (programa de evaluación de Missouri) evalúa el progreso de los alumnos
hacia el logro del dominio completo de las normas “Show-Me” (Enséñame), las cuales son las normas
educativas del estado de Missouri. El Missouri Assessment Program (programa de evaluación de Missouri)
incluye las evaluaciones de final de curso requeridas en las siguientes materias:
Álgebra 1 Inglés 10
Biología Cívica
También se administran exámenes adicionales de final de curso en las siguientes materias:
Inglés 9 Álgebra 2
Geometría Historia de Estados Unidos
PROYECTO CAPSTONE (FINAL) DE LOS ALUMNOS DE ÚLTIMO AÑO*
Los alumnos de último año que están por graduarse son personas altamente competentes, activamente
comprometidas y con iniciativa propia dentro del sistema escolar. Todos los alumnos de último año deben
completar un proyecto Capstone (final). El proyecto Capstone (final) de los alumnos de último año
requiere que los alumnos dominen las destrezas necesarias en las áreas de investigación, comunicación,
resolución de problemas, servicio comunitario y presentación oral. Cada alumno de último año tiene que
presentar un proyecto que abarque las destrezas antes mencionadas delante de un panel de cuatro jueces.
La presentación debe ser de por lo menos 10 minutos de duración. Hay más detalles disponibles acerca del
proyecto Capstone (final) de los alumnos de último año en cada escuela secundaria. (*Nota: los alumnos que toman el examen de Inglés 12, lenguaje y composición, con crédito universitario y el examen de Artes
lingüísticas II de bachillerato internacional (12º grado), o los alumnos que están inscritos en una clase universitaria de inglés, se eximen del proyecto Capstone (final) de los alumnos de último año).
REQUISITOS DE SERVICIO COMUNITARIO
El requisito de aprendizaje por medio de servicio se basa en el objetivo del distrito de preparar a los
jóvenes para que se conviertan en ciudadanos activos y productivos. El aprendizaje por medio de servicio
es un método educativo por medio del cual los alumnos aprenden, se desarrollan y participan activamente
en servicios que se llevan a cabo dentro de la comunidad y que responden a las necesidades de la misma.
El servicio comunitario es un trabajo voluntario por el que no se reciben otros créditos ni
remuneraciones monetarias.
El requisito para la graduación que establecen las escuelas públicas de Kansas City es de cuarenta
(40) horas de servicio comunitario pre-aprobado y documentado, así como una observación por
escrito. El alumno que no cubra las cuarenta (40) horas de servicio comunitario no puede
participar en las ceremonias de graduación ni recibir su diploma.
EXÁMENES ACT, SAT, ASVAB O COMPASS
TODOS los alumnos de último año deben tomar el examen ACT, SAT, ASVAB o Compass de acuerdo a
sus planes de estudios después de terminar la secundaria.
CLASIFICACIÓN DE LOS ALUMNOS DE SECUNDARIA SEGÚN SUS CRÉDITOS
El alumno debe haber finalizado y aprobado el curso para poder recibir el crédito. Los alumnos inscritos
en cursos de todo el año, recibirán ½ crédito por cada semestre en el que aprueben todas las clases. La
clasificación se hará de acuerdo a las unidades totales de crédito al inicio de cada año escolar y no se
pueden cambiar a mitad del año, aun si ya se obtuvieron los créditos requeridos.
Cantidad mínima de créditos obtenidos:
Alumnos de segundo año de
secundaria: 6 créditos
Alumnos de tercer año de
secundaria: 11 créditos
Alumnos de último año de
secundaria: 17 créditos
20
PROMOCIONES Y RETENCIONES PARA LOS GRADOS 7º Y 8º (más los alumnos de 6º
grado que se encuentran en las instalaciones de la escuela secundaria)
Se pasará a los alumnos al siguiente grado escolar si obtienen un total de 5 créditos durante el año. 3
créditos deben provenir de clases fundamentales (Artes lingüísticas, Matemáticas, Ciencias y Estudios
sociales). Dos (2) créditos pueden provenir de las clases fundamentales restantes y de una clase electiva
(Artes lingüísticas 7/8 B, Matemáticas 7/8 B, Educación física/Salud, clases de rotación exploratoria,
Idioma extranjero, Música, etc.).
Limitación de la retención: se retendrá en la escuela intermedia a todo alumno que no satisfaga los criterios
antes mencionados hasta que los satisfaga. Se podrá promover a todo alumno que cumpla 16 años de edad
el primer día de escuela, o antes de este, si cumple con todos los requisitos a continuación:
terminar la escuela de verano
reuniones con el administrador, el consejero, los padres de familia y el alumno para desarrollar un
plan de promoción individualizado que incluya:
o intervenciones que se implementarán y documentarán durante el año para nivelar al
alumno o ayudarle a alcanzar un nivel mínimo de desempeño con adaptaciones normales,
o clases remediales o particulares después de la escuela,
o derivación al equipo del sistema de apoyo en múltiples niveles (MTSS, por sus siglas en
inglés) para supervisar el progreso del alumno y revisar el plan cada 4 a 6 semanas con el
administrador, los padres de familia, el alumno y el consejero,
o el requisito de asistir a clases (90% del tiempo).
Se otorga autoridad discrecional al director de la escuela para que determine la ubicación adecuada de los
alumnos que no cumplen con estos requisitos. El director cuenta con la autoridad de retener o promover a
estos alumnos, en base a sus circunstancias individuales, siempre y cuando se haya creado el plan de
promoción individualizado al que se hizo referencia anteriormente.
CONSTANCIAS DE ESTUDIOS
Las constancias de estudios oficiales llevan la firma, una estampilla y el sello del distrito como prueba de
su autenticidad. Para obtener las constancias de estudios, los alumnos matriculados deben dirigirse a la
oficina de registros de la escuela. Los alumnos egresados de las Kansas City Public Schools (escuelas
públicas de Kansas City) deben comunicarse con el Student Records Department (departamento de
registros estudiantiles) en el 816-418-7765. Se debe llenar y firmar un formulario de solicitud de
constancia de estudios para pedir una copia de la constancia oficial. Cada constancia de estudios cuesta
$5.00 dólares.
21
Requisitos de graduación de la Academia Lincoln College Preparatory
La Academia Lincoln College Preparatory (LCPA) es una escuela pública de Kansas City dedicada a la
preparación de alumnos en los grados 6º a 12º para que tengan éxito en su educación universitaria. Como
recipiente de los premios Missouri Gold Star (Estrella de Oro de Missouri) y National Blue Ribbon (Cinta
Azul Nacional), así como después de haber sido nombrado por Newsweek como una de las 100 escuelas
más destacadas de la nación, la Academia Lincoln College Preparatory (LCPA) brinda una educación
exhaustiva a un cuerpo estudiantil selecto y diverso.
Los alumnos aceptados por la Academia Lincoln College Preparatory deben haber alcanzado el percentil
60 o superior, tanto en la parte de lectura como de matemáticas, en un examen nacional estandarizado. Los
alumnos también deben tener un historial de urbanidad y civismo, así como un promedio de notas
acumulado (GPA) de 2.5. Los alumnos actualmente en escuela secundaria deben estar en el buen camino
para obtener los cuatro créditos completos necesarios de un idioma extranjero para poder ser admitidos.
Una vez aceptados, los alumnos deben mantener un promedio de notas de 2.5 (C+) en una escala de notas
ponderadas. El uso de estos requisitos mínimos garantiza que nuestros alumnos logren tener éxito en una
variedad de clases desafiantes.
Para graduarse, los alumnos de la Academia Lincoln College Preparatory deben tomar cuatro años de
inglés, matemáticas, ciencias, idioma extranjero y estudios sociales avanzados. La mayoría de las clases
fundamentales de inglés, matemáticas, ciencias e idioma extranjero (español, francés, chino y latín) del
tercer y cuarto año de secundaria se ofrece a nivel de bachillerato internacional (BI) o de crédito
universitario (AP, por sus siglas en inglés). Los alumnos que terminan el programa de bachillerato
internacional (BI) reciben estímulos académicos y financieros en muchos institutos de enseñanza superior
y universidades.
El programa de diploma de secundaria internacional es un plan de estudio preuniversitario riguroso que
satisface las necesidades de los estudiantes de secundaria altamente motivados. Los alumnos que
completan los dos años preparatorios para el bachillerato internacional y dos años de clases del
bachillerato internacional en sí cuentan con una perspectiva más amplia y un mejor entendimiento de su
actividad académica que lo que podrían recibir de estudios avanzados por separado. El alumno que recibe
un diploma de secundaria internacional debe demostrar aptitudes en seis áreas principales: idioma A
(inglés), idioma extranjero, estudios sociales, ciencias, matemáticas y una materia electiva. Dos requisitos
adicionales incluyen la investigación y la redacción de un ensay extenso, así como la participación en
proyectos de servicio social creativos o activos.
Requisitos de graduación de la academia Lincoln College Preparatory
Materia Créditos necesarios
Artes de la comunicación 4.0
Matemáticas 4.0
Ciencias 4.0
Estudios sociales* 4.0
Idioma extranjero** 4.0
Bellas artes 1.0
Artes prácticas 1.0
Educación física 1.0
Salud 0.50
Lenguaje/Teoría del conocimiento 1*** 0.50
Preparación para el ingreso a la universidad/Teoría del conocimiento 2*** 0.50
Electivas 2.5
Total 27.0 *Debe incluir los requisitos estatales de 1 unidad de Historia de Estados Unidos, 1 unidad de Historia universal, 0.5
unidades de
Civismo de Estados Unidos, 0.5 unidades de Economía y Finanzas personales, 0.5 unidades de Historia multicultural o de
Historia afroamericana.
** Se recomiendan 4 años del mismo idioma extranjero para poder dominarlo.
*** Los candidatos al diploma de secundaria internacional pueden tomar Teoría del conocimiento al nivel del tercer y cuarto
año para satisfacer este requisito.
23
EXÁMENES DE FINAL DE CURSO
El Missouri Assessment Program (programa de evaluación de Missouri) evalúa el progreso de los alumnos
hacia el logro del dominio completo de las normas “Show-Me” (Enséñame), las cuales son las normas
educativas del estado de Missouri. El Missouri Assessment Program (programa de evaluación de Missouri)
incluye las evaluaciones de final de curso requeridas en las siguientes materias:
o Álgebra 1
o Biología
o Inglés 10
Cívica
También se administran exámenes adicionales de final de curso en las siguientes materias:
Inglés 9
Geometría
Álgebra 2
Historia de Estados Unidos
SERVICIO COMUNITARIO
Se requieren cien (100) horas de servicio comunitario documentado. Loa candidatos al diploma de
secundaria internacional completo necesitan 150 horas de CAS (creatividad, acción y servicio) en lugar del
requisito normal de servicio.
EXÁMENES ACT, SAT, ASVAB O COMPASS
TODOS los alumnos de último año deben tomar el examen ACT, ASVAB, SAT o Compass, de acuerdo a
sus planes de estudios después de terminar la secundaria.
RIGUROSIDAD DE LAS ASIGNATURAS
El nivel de la mayoría de las clases fundamentales de la academia Lincoln College Preparatory es
avanzado. Las clases del tercer y último año se ofrecen por medio de los programas de bachillerato
internacional o de crédito universitario.
24
ESCUELAS SECUNDARIAS “SIGNATURE” Y PROGRAMAS
ESPECIALES DE KANSAS CITY
Las “escuelas especiales Signature” de las Kansas City Public Schools (escuelas públicas de Kansas City o
KCPS) brindan otra opción educativa que permite a los alumnos tomar un plan de estudios especializado
de cuatro años con diferentes opciones de plan de estudios basadas en los intereses de los alumnos en las
áreas de bellas artes y artes escénicas o de preparación intensa para la universidad.
Escuela Enfoque
African Centered
College
Preparatory
Academy
(ACCPA)
• La ACCPA es un campus con grados escolares de Kínder a 12º.
• La ACCPA brinda a los alumnos un plan de estudios académicos riguroso de
preparación para la universidad.
• El programa usa la historia africana y afroamericana para brindar a los alumnos
información cultural y académica.
• La filosofía centrada en África se enfoca en la enseñanza de principios, tales como
autoestima y autosuficiencia, civismo responsable y otros valores tomados de un punto
de vista clásico de la sociedad africana tradicional.
Academia Lincoln
College
Preparatory
(LCPA)
• La Academia Lincoln College Preparatory es un campus para los grados escolares de 6º
a 12º.
• Los alumnos obtienen créditos universitarios en el programa de bachillerato
internacional, el cual se ha desarrollado para los alumnos avanzados que desean
ingresar a la universidad. Los alumnos que terminan el programa de bachillerato
internacional (BI) reciben estímulos académicos y financieros en muchos institutos de
enseñanza superior y universidades.
• Los alumnos aceptados por la Academia Lincoln College Preparatory deben haber
alcanzado el percentil 60 o superior, tanto en la parte de lectura como de matemáticas,
en un examen nacional estandarizado.
• Una vez aceptados, los alumnos deben mantener un promedio de notas de 2.5 (C+) en
una escala de notas ponderadas.
Academia Paseo de
Bellas Artes y
Artes Escénicas
• La academia Paseo es un campus para los grados escolares de 7º a 12º.
• El énfasis se centra en la capacitación pre-universitaria en las artes (artes visuales,
danza, actuación teatral, teatro técnico, narrativa, canto, banda y orquesta).
• Para asistir a la academia Paseo, los alumnos deben: obtener un paquete de audición
2013-2014 en la oficina principal o por correo electrónico;
(a) prepararse para las audiciones, como se indica en el paquete de audición; (b) llamar
a la escuela para programar una audición; y (c) completar con éxito el proceso de
audición.
• Los criterios de admisión a la academia Paseo se basan en la preparación y
presentación exitosa de la audición, un promedio de notas de 2.0, un registro de
asistencia del 85% (o mejor) y un registro de disciplina sin incidentes repetidos de
disciplina.
• No se aceptan los formularios de inscripción de esta escuela especial de las Kansas
City Public Schools (escuelas públicas de Kansas City o KCPS) hasta que el alumno no
haya pasado exitosamente la audición.
Campus del
Southwest Early
College
(SWECC)
• El SWECC es un campus para los grados escolares de 7º a 12º.
• El énfasis se centra en matemáticas, ciencias e ingeniería.
• Los alumnos tienen la oportunidad de tomar cursos de nivel universitario desde el
noveno grado y preparase para la rigurosidad de la universidad por medio de la
formación y relaciones con profesores y catedráticos de la Universidad de
Missouri – Kansas City, Donnelly College, y del departamento de salud Allied de
MCC – Penn Valley.
• Los criterios de admisión al SWECC se basan en llenar satisfactoriamente una solicitud
y mantener a continuación un promedio de notas de 2.0, asistir a la escuela el 90% del
tiempo y tener un registro de disciplina sin incidentes repetidos de disciplina.
25
Programa Enfoque
Academia Early
College
KCPS/MCC-Penn
Valley
• El énfasis se centra en obtener simultáneamente un Associate of Arts Degree
(diploma asociado en artes) y un diploma de secundaria.
• Los alumnos ingresan a la academia en el noveno grado y se inscriben en clases de
preparación para la universidad y clases de doble inscripción hasta que terminan el
décimo grado escolar.
• Los alumnos pasan su tercero y cuarto año en el campus de Penn Valley, donde
toman de 12 a 14 horas de clases universitarias por semestre.
• Los alumnos que terminan satisfactoriamente la academia obtienen el diploma de
secundaria y un Associate of Arts Degree (diploma asociado en artes)
(aproximadamente 62 créditos de estudios superiores) al graduarse.
Health Sciences
Accelerated
Academy (HSAA)
• El énfasis se centra en una orientación profesional en las ciencias de la salud.
• Los alumnos ingresan a la academia en el décimo grado y se inscriben en clases de
preparación para la universidad y clases de doble inscripción hasta que terminan el
doceavo grado escolar.
• Los alumnos pasan su segundo, tercero y cuarto año en el campus de Penn Valley,
donde toman clases de nivel universitario y finalizan horas de contacto dentro de
su grupo.
• Los alumnos que terminan con éxito la academia obtienen el diploma de
secundaria, capacitación y acreditación como asistente de enfermería certificado,
acreditación en RCP, aproximadamente 12 créditos de estudios superiores, 120
horas de contacto y un puesto de internado pagado en el verano.
Programas
vocacionales y
técnicos
• El énfasis se centra en orientaciones profesionales en artes culinarias, tecnología
de construcción, reparación después de colisiones de autos y servicios de salud.
• Los alumnos ingresan al programa en el onceavo o doceavo grado, cuando reúnen
los requisitos para recibir clases articuladas o de doble inscripción.
• Los alumnos pasan su tercero y cuarto años tomando clases de medio día en el
centro vocacional manual y técnico.
• Los alumnos que terminan con éxito el programa obtienen el diploma de
secundaria y, dependiendo de la carrera o del programa técnico, obtienen varios
certificados, hasta 12 horas de crédito universitario y acceso a servicios de
colocación laboral.
Planificación de
transición para
educación
excepcional
• El énfasis se centra en brindar a los alumnos la oportunidad de desarrollar las
destrezas necesarias para hacer la transición entre la escuela y el mundo laboral o
la educación post-secundaria.
• Este programa se brinda a todos los alumnos de secundaria que reciben servicios
de educación especial y cumplen 16 años durante el presente año del
Individualized Education Plan (plan de educación individualizada o IEP). La
planificación de la transición es la base para desarrollar el plan de educación
individualizada y es un proceso continuo.
• Planear la transición ayuda a otorgar a los alumnos facultades para establecer
metas realistas sobre la vida y el empleo y a desarrollar y poner en práctica un plan
para lograr sus metas. • Esta planificación también puede incluir programas fuera del campus y basados en
la comunidad, de manera a desarrollar independencia por medio de vivencias de
voluntariado. Los alumnos también pueden participar en varias experiencias
laborales que les brindan la oportunidad de trabajar mientras reciben créditos
académicos y electivos.
26
ESCUELAS Y PROGRAMAS ALTERNATIVOS
PROGRAMAS ALTERNATIVOS DEL DISTRITO
Programa de GED/
Missouri Options
(diploma de
desarrollo de
educación
general/opciones de
Missouri)
816-418-5243
• El programa Missouri Option está diseñado y dirigido a los alumnos que están en
capacidad de completar los requisitos de graduación de la escuela secundaria de
Missouri, pero que por diferentes razones no cuentan con los créditos necesarios
para graduarse con su promoción y corren el riesgo de retirarse de la escuela sin
el diploma de secundaria.
• El programa está dirigido específicamente a los alumnos de 17 años de edad o
mayores que están atrasados por lo menos un año en comparación con su grupo
de edad o que tienen otros motivos significativos como para no tener éxito en
una escuela secundaria tradicional.
Escuela alternativa
Success Academy
(primaria y
secundaria)
• Este programa es para alumnos con problemas crónicos de comportamiento que
requieren apoyos adicionales de rehabilitación y educativos alternativos. Los
alumnos se ubican en un plan de comportamiento y un contrato de conducta
estudiantil.
• Se les brinda apoyo académico y del comportamiento. Todos los estudiantes
reciben un plan inicial, el cual incluye una estrategia para ayudarles a regresar al
ámbito normal de una escuela.
Recuperación de
créditos
(diurno)
• Este programa es para alumnos que tienen que recuperar créditos perdidos
debido a que reprobaron o no completaron el curso.
• Un programa de aprendizaje seleccionado por el distrito sirve como sistema de
recuperación de los créditos. Los alumnos deben terminar todo el contenido
requerido y demostrar dominio de la materia para recibir crédito. Este
programa puede estar disponible de manera limitada.
EDUCACIÓN EXCEPCIONAL
Confinado en casa
según Sección 504
816-418-8941
• Esta adaptación es para alumnos que cuentan con el plan de adaptación,
conforme a la Sección 504, y tienen una enfermedad que requiere que los
servicios educativos se proporcionen en el hogar.
Confinado en casa
según IEP
816-418-8941
• Este programa es para alumnos que se reconocen como estudiantes
excepcionales y el equipo de su Individualized Education Plan (plan de
educación individualizada o IEP) ha establecido que el entorno más apropiado
para educar al alumno es su hogar.
OTRAS OPCIONES FUERA DEL DISTRITO
Programa de
educación y
alfabetización para
adultos
816-418-5243
• Para alumnos de 16 años o mayores, el programa brinda clases de equivalencia a
los estudios secundarios (GED, por sus siglas en inglés) y de preparación para la
fuerza laboral.
Job Corps
800-733-JOBS
• Para alumnos de 16 a 24 años de edad que desean seguir una capacitación en una
carrera técnica, pero tienen que terminar sus estudios de secundaria o la
equivalencia a los estudios secundarios (GED, por sus siglas en inglés). Este
programa no está asociado con las Kansas City Public Schools (escuelas públicas
de Kansas City o KCPS).
Programa de
instrucción virtual
de Missouri
(MOVIP)
Escuela actual
• MoVIP es un programa de kínder a 12º grado que ofrece cursos virtuales en
línea. Los alumnos pueden tomar cursos completos en cualquier computadora
conectada a Internet, las 24 horas del día, siete días a la semana. Ponerse en
contacto con el consejero de la escuela secundaria antes de explorar esta opción.
Para más información, visitar: http://www.movip.org/.
28
INFORMACIÓN SOBRE ACTIVIDADES Y DEPORTES
PROGRAMAS DISPONIBLES DE ACTIVIDADES/DEPORTES
Programas de actividades
Las escuelas públicas de Kansas City respaldan y patrocinan las siguientes actividades aprobadas por la
asociación de actividades de la escuela secundaria del estado de Missouri (MSHSAA, por sus siglas en
inglés):
Equipo de animadoras fuera de cancha
Coros
Grupo de danza
Debate
Sociedad internacional de actuación
Banda marcial
Orquesta
Banda sinfónica
A menos que se requiera la participación en un grupo o actividad para un curso en el que está inscrito el
alumno, la participación es un privilegio, no un derecho. Los alumnos pueden quedar excluidos de
estos grupos a raíz de una medida disciplinaria o como consecuencia de un bajo rendimiento académico,
según lo determine la administración del distrito. Un alumno, o sus padres o tutor legal, no tienen derecho
a audiencia por el simple hecho de que el alumno haya sido excluido de una actividad extracurricular que
no se requiera para un curso en el que está inscrito el alumno.
Programas de deportes
Los programas de deportes de las Kansas City Public Schools (escuelas públicas de Kansas City o KCPS)
ofrecen posibilidades para diversos intereses y talentos. El departamento de deportes de las Kansas City
Public Schools (escuelas públicas de Kansas City o KCPS) también sirve de oficina central de la liga
interescolar. Ponerse en contacto con el departamento de deportes en el 816-418-5263 para obtener más
información y preguntar por los requisitos que deben cumplirse para ser admitido.
Los siguientes deportes conforman el programa de deportes de las escuelas públicas de Kansas City:
*Tener en cuenta que no todos los deportes se ofrecen en todas las escuelas secundarias.
Eventos deportivos interescolares
Las escuelas públicas de Kansas City forman parte de la asociación de actividades de la escuela secundaria
del estado de Missouri (MSHSAA, por sus siglas en inglés), cumplen con las normas y reglamentos que
establece esta asociación y promueven activamente la filosofía de los deportes interescolares. La
elegibilidad de los alumnos que participan en el programa de deportes se determina de acuerdo a las
políticas del departamento de deportes de las Kansas City Public Schools (escuelas públicas de Kansas
City o KCPS) y al reglamento de la asociación de actividades de la escuela secundaria. Más información
sobre los requisitos de elegibilidad está disponible en www.kcpublicschools.org/athletics.
Masculino
Béisbol Fútbol
Baloncesto Natación
Campo traviesa Tenis
Fútbol americano
Atletismo
Femenino
Baloncesto Voleibol
Campo traviesa Natación
Atletismo Fútbol
Tenis
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Participación
Todos los alumnos, independientemente de su raza, color, sexo, ascendencia, religión o discapacidad, están
bienvenidos y se les alienta a participar en cualquiera de los programas deportivos que auspician las
escuelas públicas de Kansas City. La participación es voluntaria y un privilegio, no un derecho.
Todos los alumnos que deseen practicar algún deporte deben tener en su expediente una prueba de un
examen físico completo, el cual se archiva en la oficina del director de deportes. Para ser válidos como
comprobantes actuales, los exámenes físicos deben estar fechados el o después del 1º de febrero del año
escolar anterior. Además, se requiere que los padres de familia proporcionen una prueba de seguro médico
o contra accidentes que cubra las lesiones o los accidentes relacionados con los deportes.
IMPORTANTE: si se presentan lesiones, las Kansas City Public Schools (escuelas públicas de
Kansas City o KCPS) no se harán responsables del costo de la atención médica suministrada a los
alumnos deportistas que no tengan la cobertura del seguro proporcionado por los padres de familia.
Se podrá restringir la participación de los alumnos si no presentan un informe adecuado de chequeo
médico para practicar deportes, si tienen bajo rendimiento académico, consecuencias de orden
disciplinario, poseen o consumen alcohol, tabaco o drogas o en caso de que lo determine de otra manera la
administración de las Kansas City Public Schools (escuelas públicas de Kansas City o KCPS).
Para más información, consulte el manual para padres y alumnos en www.kcpublicschools.org/athletics.
Política provisional “El que aprueba participa” de las Kansas City Public Schools (escuelas
públicas de Kansas City o KCPS)
Las escuelas públicas de Kansas City se han fijado el compromiso de desarrollar a los alumnos que estén
preparados para competir en la fuerza laboral a nivel global. Como parte de su plan de transformación, el
distrito establece está en las etapas de desarrollo de la política “El que aprueba participa”, la cual otorga
una mayor importancia al rendimiento del alumno en el salón de clase, en lugar de a una actividad
extracurricular.
Esta política se está desarrollando actualmente en colaboración con órganos de representación internos y
externos. Los padres de familia y los atletas recibirán una notificación cuando todos los componentes de
la política “El que aprueba participa” se implementen.
Mientras tanto, los requisitos de participación para el otoño 2013 son:
requisitos mínimos de la asociación de actividades de la escuela secundaria del estado de Missouri
(MSHSAA)
y un 90% de asistencia a clases cada semana.
NOTA: si el atleta no asiste a clases debido a una suspensión fuera o en la escuela, esto resulta en la
inhabilidad automática de participar en las prácticas o competencias programadas para dicho
atleta. El reintegro subsiguiente queda a discreción del entrenador.
Los alumnos que no satisfacen los requisitos académicos de la asociación de actividades de la escuela
secundaria del estado de Missouri (MSHSAA) durante la temporada todavía pueden formar parte del
equipo, club o actividad, pero tendrán que asistir a sesiones de tutoría, en lugar de entrenar, practicar o
participar, hasta que satisfagan los requisitos académicos y de asistencia.
Con esta política mejorada se anima a los alumnos a mantener un promedio de notas adecuado antes,
durante y después de sus actividades respectivas y garantiza el progreso satisfactorio hacia la graduación.
Esta política nueva ayuda a preparar a los alumnos que desean ingresar a la universidad a cumplir con los
requisitos de ingreso a la universidad y a enfrentar los desafíos de equilibrar las clases con la participación
en actividades en el ámbito universitario.
Notas importantes:
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1. El requisito para alumnos del programa de educación individualizada que participen
continuará con los estándares vigentes de dichos programas (es decir, IDEA, requisitos del
estado de Missouri, etc.) para dichos programas.
2. La adopción de la política “El que aprueba participa”, no elimina ninguno de los requisitos
del estado para participar en actividades extracurriculares o co-curriculares. “Participar” se
define en esta política como la “participación en cualquier deporte, actividad o club
extracurricular o co-curricular de la escuela secundaria auspiciados o autorizados por las
Kansas City Public Schools (escuelas públicas de Kansas City o KCPS)”.
3. El director de deportes de la escuela o su(s) delegado(s) harán un seguimiento diario del
requisito de asistencia exigido por la política “El que aprueba participa”.
FORMULARIO DE COMPROMISO
Antes de participar en cualquier entrenamiento o prueba para un deporte o evento interescolar, cada
deportista o participante y uno de sus padres deben firmar y entregar el “Formulario de compromiso de
deportes/actividades de las Kansas City Public Schools (escuelas públicas de Kansas City o KCPS)”. Se
debe llenar el formulario de compromiso en cada ciclo escolar.
POLÍTICA CONTRA RITUALES DE INICIACIÓN E INTIMIDACIÓN
A fin de fomentar un ámbito de aprendizaje seguro para todos los alumnos, las escuelas públicas
de Kansas City prohíben toda forma de rituales de iniciación, acoso e intimidación. Los rituales
de iniciación se definen como cualquier actividad, dentro o fuera del recinto escolar, que una
persona razonable piense que pudiera afectar de manera negativa la salud mental o física o la
seguridad de un alumno, o que pudiera poner al alumno en una posición absurda, humillante,
estresante o desconcertante con fines de iniciación, afiliación, admisión, membresía o
conservación de la membresía en cualquier grupo, clase, organización, club o equipo atlético,
incluyendo, entre otros, los grados escolares, las organizaciones estudiantiles o las actividades
patrocinadas por la escuela.
La intimidación se define como el abuso o el acoso de uno o varios alumnos, por parte de
individuos o grupos. La intimidación incluye, entre otros, actos físicos, que abarcan violencia,
gestos, robo o daño a la propiedad; provocaciones verbales o escritas, que abarcan insultos,
humillaciones, extorsión o amenazas; o bien, amenazas de represalias por informar dichos actos.
La intimidación también puede incluir acosos o amenazas por Internet. La intimidación
cibernética consiste en enviar o publicar imágenes o textos nocivos o crueles a través de Internet u
otros dispositivos de comunicación digital. Las amenazas cibernéticas son materiales a través de
Internet que amenazan o generan preocupaciones relacionadas con violencia contra otras
personas, suicidio o autolesiones.
Los alumnos que participan en o fomentan la conducta inapropiada reciben medidas disciplinarias
de acuerdo con el Code of Student Conduct (código de conducta estudiantil). Tales medidas
disciplinarias pueden incluir, entre otras, la suspensión o expulsión de la escuela o la exclusión de
su participación en actividades.
Toda persona o todo grupo que sea culpable de rituales de iniciación o intimidación sufrirá
consecuencias disciplinarias. Según los estatutos del estado de Missouri, el “consentimiento” para
los rituales de iniciación no constituye una defensa.
Consultar el código JFCF de la política administrativa.
ASISTENCIA E IMPUNTUALIDAD
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Las escuelas públicas de Kansas City esperan que los alumnos asistan a la escuela y a clases con
regularidad (por lo menos un 95% del tiempo o más) para lograr el éxito académico. Asistir a la escuela
y a clases con regularidad es esencial para el éxito educativo y la promoción a los grados siguientes de
los alumnos de las Kansas City Public Schools (escuelas públicas de Kansas City o KCPS). La
asistencia regular también sienta las bases sobre las cuales los alumnos pueden desarrollar vidas
productivas al lograr el éxito académico. Las Kansas City Public Schools (escuelas públicas de Kansas
City o KCPS) supervisan y hacen cumplir sus políticas y los estatutos de Missouri que exigen la
asistencia regular a la escuela.
Comités de asistencia de la escuela y del distrito
Guiadas por los objetivos académicos de esta política, cada escuela deberá establecer un comité de
asistencia. El School Attendance Committee (comité de asistencia de la escuela) estará autorizado a
revisar la documentación que se le entregue, en la que se explican las faltas de asistencia de los alumnos, y
a determinar si la ausencia es justificada o injustificada. El School Attendance Committee (comité de
asistencia de la escuela) revisará los casos de los alumnos que tienen ausencias injustificadas excesivas y
hará recomendaciones al director o al District Attendance Committee (comité de asistencia del distrito)
para saber si el alumno tiene que repetir un grado escolar o si no debe recibir crédito por las clases debido
a sus ausencias injustificadas excesivas de conformidad con la sección “requisitos de asistencia” más
abajo. El director tendrá a autoridad de tomar las decisiones finales a nivel de la escuela con respecto a si
el alumno debe repetir el mismo grado escolar. El District Attendance Committee (comité de asistencia
del distrito) revisará todas las recomendaciones que haga el School Attendance Committee (comité de
asistencia de la escuela) correspondientes a si se considera que un alumno debe obtener o no crédito por
las clases debido a ausencias injustificadas excesivas y procederá a una audiencia de debido proceso de
conformidad con lo requerido por el consejo y las leyes estatales. El District Attendance Committee
(comité de asistencia del distrito) tendrá la autoridad de tomar la decisión final en tales casos a nivel del
distrito. El District Attendance Committee (comité de asistencia del distrito) también examinará las
peticiones de los alumnos, padres de familia o tutor legal de revisar la decisión del director de hacer que el
alumno repita el grado escolar debido a ausencias injustificadas excesivas, o con respecto al trabajo de
recuperación de tareas no hechas durante las ausencias, y tendrá la autoridad de tomar la decisión final en
tales casos a nivel del distrito.
A. Estructura del School Attendance Committee (comité de asistencia de la escuela)
1. Administrador
2. Uno o más asesores
3. Dos maestros
4. Uno o más miembros del personal de apoyo (es decir, personal de educación
excepcional, personas que aprenden el idioma inglés, personal de apoyo de
asistencia, etc.).
B. Estructura del District Attendance Committee (comité de asistencia del distrito)
1. Una oficina con personal de intervención para los alumnos
2. Un miembro del personal para el plan de estudios y la instrucción
3. Una oficina con personal de servicios de apoyo estudiantil y comunitarios
C. Audiencias ante el District Attendance Committee (comité de asistencia del distrito)
Si se determina que la recomendación del distrito es que se considere que el alumno no ha obtenido crédito
por las clases debido a ausencias injustificadas excesivas, el alumno tendrá derecho a una audiencia de
debido proceso ante dicho District Attendance Committee (comité de asistencia del distrito). Si se
determina que el distrito tiene la intención de hacer que un alumno repita el mismo grado escolar debido a
ausencias injustificadas excesivas, los padres de familia o el tutor legal y el alumno pueden solicitar una
revisión de la decisión por parte del District Attendance Committee (comité de asistencia del distrito). El
distrito notificará al alumno y a los padres de familia o al tutor legal, por escrito, la fecha y la hora de la
audiencia ante el District Attendance Committee (comité de asistencia del distrito). El alumno y los padres
de familia o el tutor legal deben acatar y respetar todas las fechas límite establecidas por el distrito.
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Después de la audiencia, el District Attendance Committee (comité de asistencia del distrito) examinará las
presentaciones del alumno o los padres de familia o tutor legal y del director o de la persona designada por
el director. El District Attendance Committee (comité de asistencia del distrito) cumplirá con los
procedimientos de debido proceso desarrollados por el distrito.
FALTA DE ASISTENCIA
Cuando un alumno se ausenta, uno de sus padres debe notificar a la escuela cada día que el alumno estará
ausente. Si el padre o la madre no lo hacen, se establecerá contacto con uno de los padres a través
llamadas telefónicas automáticas.
Faltas de asistencia justificadas: se debe presentar documentación del motivo de la ausencia al
School Attendance Committee (comité de asistencia de la escuela) para que este la examine. El
School Attendance Committee (comité de asistencia de la escuela) tendrá en cuenta lo siguiente
para determinar si una falta de asistencia es justificada o no:
1. enfermedad o lesión del alumno, con excusa médica por escrito de uno de los padres o el
tutor legal,
2. cuarentena, con confirmación por escrito por parte del proveedor médico,
3. enfermedad o muerte en la familia o de un amigo, con excusa por escrito de uno de los
padres o el tutor legal,
4. Citas médicas u odontológicas, con confirmación por escrito por parte del proveedor
médico,
5. procedimientos judiciales o administrativos, con excusa por escrito de uno de los padres o
el tutor legal,
6. obligaciones religiosas, con excusa por escrito de uno de los padres o el tutor legal,
7. oportunidad educativa (requiere la aprobación previa del director), con excusa por escrito
de uno de los padres o el tutor legal,
8. Suspensión fuera de la escuela
9. Otras faltas de asistencia cubiertas por políticas y procedimientos no discriminatorios,
10. Visitas a los padres o el tutor legal si son miembros activos de las fuerzas armadas y
deben presentarse a cumplir con su deber, están de licencia, acaban de regresar de un
despliegue a una zona de combate o a un puesto de apoyo de combate, con permiso por
escrito del superintendente o su delegado.
Faltas de asistencia injustificadas: todo alumno que no tenga excusa de uno de los padres para
faltar a la escuela se puede considerar como ausente sin justificación. Los alumnos deben tener el
consentimiento de los padres para ausentarse de la escuela durante el horario escolar y registrar
debidamente su salida en la oficina de asistencia. Las ausencias de los alumnos que no respeten
este procedimiento se considerarán como injustificadas.
Requisito de asistencia
Debido a la fuerte correlación entre la asistencia regular y puntual y el aprendizaje, el resultado de
las faltas de asistencia excesivas es que el alumno tendrá que repetir el grado escolar el año
siguiente y no puede obtener crédito por las clases, tal y como se establece a continuación.
Retención y falta de obtención de crédito
POLÍTICA DE RECUPERACIÓN POR FALTA DE ASISTENCIA
Grados K a 6: Todo alumno que tenga más de 15 faltas de asistencia
injustificadas durante el año escolar podría repetir el mismo grado
el año siguiente.
Grados 7 a 12: Los alumnos no reciben crédito por clases en las cuales tienen más
de 8 faltas de asistencia injustificadas en un semestre escolar, a
menos que se hayan justificado de otra manera después de una
audiencia.
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Se brinda la oportunidad de hacer trabajo de recuperación en caso de ausencia de la escuela,
incluyendo suspensión, como se describe más abajo. Las calificaciones del trabajo de
recuperación no se reducen, a menos que dicho trabajo de recuperación se entregue tarde.
Cada maestro de primaria organiza y asigna los trabajos de recuperación de sus alumnos. Una vez
que el trabajo escolar se ha asignado, el alumno tiene 48 horas para terminar y devolver el trabajo
de recuperación.
En secundaria, es responsabilidad del alumno, los padres o el tutor legal solicitar, en un plazo de
24 horas después del regreso a la escuela, a los maestros apropiados todo el trabajo de
recuperación relacionado con tareas no hechas debido a ausencias y suspensiones, así como
obtener la aprobación del director del edificio del trabajo de recuperación asignado.
Una vez que el trabajo de recuperación ha sido asignado, el alumno tiene 24 horas por cada día de ausencia
para terminar dicho trabajo de recuperación.
El director del edificio estará autorizado a aprobar las asignaciones del trabajo de recuperación de los
alumnos de secundaria por tareas no hechas debido a ausencias y suspensiones y puede indicar a los
maestros que asignan el trabajo cambiar el contenido o la cantidad de tareas, tal y como lo considere
necesario. Los padres o el tutor legal pueden solicitar al District Attendance Committee (comité de
asistencia del distrito) revisar a decisión del director, en conformidad con esta sección. La decisión del
District Attendance Committee (comité de asistencia del distrito) es definitiva.
CAMPUS CERRADO
Una vez que los alumnos llegan a la escuela, por cualquier medio de transporte, no están autorizados a
abandonar el recinto sin la autorización de un administrador académico. Todo alumno que posea una
autorización programada para abandonar la escuela antes de finalizar el horario escolar debe registrar su
salida en la oficina de asistencia. Los alumnos que infrinjan esta política estarán sujetos a medidas
disciplinarias y se les podrán revocar sus privilegios de estacionamiento si abandonan el campus en su
auto.
REQUISITOS DE ASISTENCIA OBLIGATORIA
En conformidad con las leyes de Missouri y la política del distrito, se espera la asistencia regular y
puntual de cada alumno inscrito en el distrito. La meta final es que todos los alumnos se gradúen de la
escuela secundaria. Por ley, los alumnos no pueden abandonar los estudios antes de cumplir 17 años de
edad o de haber terminado 16 créditos de educación secundaria.
Consecuencias
Los alumnos que tienen una cantidad excesiva de ausencias, según se define en la política de asistencia del
distrito, no recibirán crédito por las clases y tendrán que repetir el mismo grado, a menos que las faltas de
asistencia se exoneren en conformidad con esta política.
Además de las políticas y los procedimientos establecidos informe en el presente, el distrito informará los
incidentes sospechosos de negligencia educativa a la división de niños y jóvenes (CD, por sus siglas en
inglés) del Departamento de Servicios Sociales e informará el ausentismo injustificado, en conformidad
con la política de orientación en caso de ausentismo injustificado, como se establece más abajo.
Exclusiones
Las políticas y los procedimientos que rigen a los alumnos en el departamento de personas que aprenden el
idioma inglés y los alumnos con discapacidades, según la Ley Educativa para Personas con Discapacidad
(IDEA), y/o la sección 504, prevalecerá sobre esta política de asistencia, siempre que su aplicación entre
en conflicto con los derechos legales dispuestos para dichos alumnos.
POLÍTICA DE CONTROL DE PUNTUALIDAD
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Se considera que todo alumno que llegue a la escuela o la clase con cinco minutos de retraso ha llegado
tarde. Se espera que los alumnos estén en sus salones de clase y preparados para comenzar a trabajar
cuando suene la campana de tardanza. Se considera como impuntualidad de los alumnos el llegar al lugar
que tienen asignado (incluyendo las clases y el almuerzo) después de que suena la campana de tardanza.
1. Los alumnos que lleguen después de que suene la campana de tardanza deberán presentarse a la
oficina de asistencia.
2. Si los alumnos se retienen en la oficina o si un maestro los retiene, deben obtener un pase de la
persona que los retuvo. Toda impuntualidad se considerará como injustificada, a menos que la
oficina o el maestro proporcionen una excusa por escrito.
3. Los alumnos con impuntualidades injustificadas estarán sujetos a medidas disciplinarias.
4. El incumplimiento de una detención por impuntualidades excesivas podrá resultar en otras
detenciones, suspensión en la escuela o suspensión fuera de la escuela.
5. Los alumnos que llegan tarde o salen temprano de la escuela se marcarán como ausentes debido a
la llegada tarde o la salida temprano.
CIERRE DE LA ESCUELA
A consecuencia de inclemencias del tiempo, la escuela podría no funcionar o podría iniciar sus labores más
tarde que lo acostumbrado. Tenga la amabilidad de estar pendiente de los avisos que emitan las estaciones
de radio y televisión. (No llame a la escuela ni al personal académico). En caso de un atraso en la hora de
entrada, los autobuses ajustarán su recorrido a dicha hora y el horario de salida no sufrirá ninguna
modificación, salvo que se decida lo contrario.
VISITANTES DE LAS ESCUELA
Cualquier persona que no sea un alumno inscrito debe presentarse a la oficina al momento de entrar al
edificio. Los visitantes deben registrar su entrada y recibir un gafete de “visitante”, el cual deben llevar en
todo momento durante su permanencia en el edificio. Los padres pueden visitar los salones de clase en
circunstancias específicas, con previa notificación a la administración del edificio y según lo decida la
misma. Todas las demás visitas (salvo los padres) están prohibidas, a menos que lo autorice la
administración de la escuela.
RETIRO DE LOS ALUMNOS
Antes de poder retirar a un alumno de la escuela por falta de asistencia, el administrador de la escuela
derivará el alumno al equipo de intervención de alumnos (SIT, por sus siglas en inglés). El equipo de
intervención de alumnos se pondrá en contacto con los padres o tutores legales del alumno por medio de
llamadas telefónicas, envío de cartas y visitas al hogar. El equipo de intervención de alumnos se pondrá en
contacto con agencias de la comunidad y las fuerzas del orden de la localidad para obtener información y
apoyo en su investigación o intervención.
Los empleados del distrito informarán todo incidente de abuso y negligencia a la división de servicios
juveniles, conforme a las exigencias de la ley. No se retira a ningún alumno del distrito hasta que este no
tenga la documentación sobre las llamadas que se intentaron hacer, las visitas al hogar que se intentaron
hacer, copias de cartas y la documentación de otras intervenciones, si corresponde, que se encuentre en el
expediente del alumno.
Condiciones para el retiro
Si los esfuerzos antes mencionados no resultan en el regreso del alumno a la escuela, el alumno se
puede retirar bajo las siguientes condiciones:
1. 17 años de edad y menores: solo los padres de familia o los tutores legales pueden retirar a
los alumnos de 17 años de edad o menores, a menos que el alumno y los padres de familia o
tutor legal no respondan a los esfuerzos que se hacen y que se documentaron más arriba. En
este caso, el director de la escuela puede retirar al alumno después de consultar con el equipo
de intervención de la escuela.
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2. 18 años de edad y mayores: los alumnos adultos (18 años de edad y mayores) o legalmente
emancipados pueden tramitar su propio retiro de la escuela de la localidad.
3. Reubicación: los alumnos que el distrito reubica en una escuela de otro distrito deben
finalizar el proceso de retiro de la escuela anterior antes de poder llevar a cabo la reubicación.
Esfuerzos de recuperación de los alumnos
El personal del distrito iniciará un proceso de recuperación de los estudiantes, el cual implica llamadas
telefónicas, envío de cartas o visitas al hogar. Los alumnos reciben orientación individual antes de su
reingreso a la institución educativa. En estas sesiones se busca informar y animar a los alumnos a
inscribirse en el programa de educación que aumente al máximo sus oportunidades de éxito.
POLÍTICA DE ORIENTACIÓN EN CASO DE AUSENCIAS INJUSTIFICADAS El distrito informará las ausencias injustificadas en conformidad con el Capítulo 50 del Código de
Ordenanzas de Kansas City, Missouri.
PARA MÁS INFORMACIÓN, CONSULTAR LA POLÍTICA DE ASISTENCIA JED
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EXPECTATIVAS DE CIVISMO Y CONDUCTA
INTEGRIDAD ACADÉMICA
Los alumnos se deben fijar el compromiso de actuar con honradez, responsabilidad y, por encima de todo,
con honor e integridad en todos los aspectos de su vida académica. Los alumnos serán responsables de
todo lo que manifiesten y escriban. Los alumnos son responsables de la integridad de su trabajo. Los
alumnos no deben tergiversar su trabajo valiéndose del trabajo de otros para presentarlo como propio. Los
actos de deshonestidad académica tendrán como resultado una calificación de cero en la tarea, una
comunicación entre el maestro y los padres del alumno y las consecuencias disciplinarias debidas que
establece el Code of Student Conduct (código de conducta estudiantil) (consultar las páginas 49 y 51).
La deshonestidad académica incluye, entre otras:
Plagio: no presentar ideas, razonamientos, trabajos o imágenes originales y únicos, aunque
respaldados. El uso de productos sin la debida documentación, con o sin intención. Se espera el
uso responsable de hardware y software por parte de los alumnos, así como la integridad
académica del trabajo escolar efectuado con dichos recursos, en la misma medida que se hace en
las tareas convencionales.
Hacer trampa: el intento premeditado de usar indebidamente recursos para beneficio propio, tales
como, entre otros, llevar respuestas a un área de exámenes, copiar tareas o evaluaciones de otro
alumno, proporcionar respuestas a otro alumno o usar notas o tecnologías no autorizadas.
Reproducción o falsificación de documentos: falsificar documentos para beneficiarse
injustificadamente en términos de calificaciones, pruebas estandarizadas, desempeño académico,
reconocimiento, colocación post-secundaria, cumplimiento de requisitos y privilegios.
COMPRA, VENTA, INTERCAMBIO DE PRODUCTOS
Con la salvedad de las recaudaciones de dinero autorizadas por la escuela, se prohíbe estrictamente la
compra, venta e intercambio de mercancía en las instalaciones de la escuela, y estarán sujetas a medidas
disciplinarias.
También se prohíbe la venta de artículos personales a otros alumnos en el recinto escolar. Los alumnos
que participen en la venta o recepción de dichas pertenencias afrontarán medidas disciplinarias que van
desde la detención hasta la suspensión.
La escuela en particular y las escuelas públicas de Kansas City no se hacen responsables de reembolsar al
alumno por la pérdida de objetos personales.
PROCEDIMIENTOS PARA ÁREAS COMUNES Y LA CAFETERÍA
Los alumnos no pueden abandonar el campus durante las pausas para el almuerzo.
Los alumnos no pueden salir de la cafetería sin permiso de un administrador.
Se requiere que todos los alumnos vayan directamente a la cafetería en sus turnos para almorzar.
La llegada tarde a la cafetería se considerará igual que cualquier otra impuntualidad.
Las ausencias injustificadas a la hora del almuerzo tendrán como resultado medidas disciplinarias.
Los alumnos deben permanecer en la cafetería hasta que reciban la indicación de salir.
Al salir de la cafetería, los alumnos deben dirigirse a la siguiente clase que tienen asignada.
No se harán entregas de comida para llevar a los alumnos. Deben contar con autorización previa
de la administración para recibir cualquier alimento proveniente de fuera de la escuela.
FALTA DE RESPETO, NEGATIVAS E INSUBORDINACIÓN HACIA EL PERSONAL
A fin de mantener la seguridad del ámbito escolar, el lenguaje, los gestos o el comportamiento verbal o
físico indebidos hacia cualquier miembro del personal tendrán como resultado medidas disciplinarias. Algunos ejemplos de faltas de respeto incluyen, entre otros, desafío de la autoridad, mentir al personal y
negarse a seguir instrucciones. Negarse a cumplir una petición del personal puede tener como resultado
consecuencias disciplinarias (consultar la página 48).
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CÓDIGO Y EXPECTATIVAS DE VESTIMENTA Y UNIFORMES
Los alumnos de la escuela primaria tienen que usar uniforme cuando asisten a la escuela o a algún evento
patrocinado por la escuela. Los alumnos de la escuela secundaria deben seguir las expectativas de
vestimenta que se enumeran a continuación:
Se prohíben prendas de vestir y accesorios que muestren declaraciones, símbolos o imágenes
relacionados con alcohol, tabaco, otras drogas, armas, temas violentos, alusiones sexuales,
lenguaje inapropiado, frases inapropiadas o referencias a afiliaciones con pandillas.
Algunos ejemplos de prendas escolares INACEPTABLES incluyen: vestimenta con escote en la
espalda que dejan los hombros al descubierto, dejan la cintura al descubierto o que tienen tirantes
muy finos; blusas que dejen el abdomen al descubierto; ropa desgarrada o deshilachada que
promueva la exposición inapropiada (incluyendo las camisetas sin mangas con aberturas laterales
amplias); gafas oscuras; blusas de malla; blusas elásticas; prendas íntimas y elásticas que se usan
como vestimenta exterior o de tal manera que promuevan la exposición inapropiada; y ropa para
dormir.
Los pantalones, pantaloncillos cortos y faldas deben usarse a nivel de la cintura. (Se prohíbe usar
pantalones caídos).
Se prohíbe todo objeto que presente un problema de seguridad (cadenas, picos, joyería peligrosa,
pasadores de seguridad, etc.).
Se deben usar zapatos en todo momento.
Por ser una práctica aceptada y una muestra de cortesía, no se usarán sombreros en los pasillos ni
en los salones de clase. Esto incluye gorras elásticas tipo media, bufandas, bandanas, diademas,
bandas sudaderas y otros accesorios para la cabeza. Los accesorios para la cabeza deben
guardarse en un casillero o en la mochila durante el día escolar.
Los sombreros y abrigos largos y grandes deben guardarse en los casilleros antes de que suene la
campana de la primera hora.
La escuela puede impedir que un alumno entre a clase o participe en actividades si su vestimenta,
apariencia general o conducta genera problemas de seguridad, salud o disciplina.
Los alumnos que infrinjan el código aprobado de vestimenta estarán sujetos a medidas
disciplinarias (consultar la página 46).
DISPOSITIVOS ELECTRÓNICOS DE COMUNICACIÓN
Las escuelas públicas de Kansas City tienen la responsabilidad de ayudar a los alumnos a aprender el uso
apropiado y el debido protocolo de los teléfonos celulares y otros dispositivos electrónicos. El distrito
debe preservar y enfatizar la inviolabilidad del tiempo educativo. El uso indebido e inapropiado de los
teléfonos celulares y de otros dispositivos electrónicos interrumpe la enseñanza y el aprendizaje. La
finalidad de esta política es posibilitar una medida de privilegio y responsabilidad a los alumnos, pero al
mismo tiempo, mostrar una respuesta firme ante el abuso de ese privilegio y responsabilidad.
A manera de privilegio para los alumnos, solo se permite el uso de teléfonos celulares antes y después del
horario escolar. Se otorgan excepciones a los alumnos que usen dichos dispositivos para fines educativos
bajo la dirección de su maestro. El uso indebido de los teléfonos celulares se considerará como una
infracción al reglamento de disciplina y estará sujeto a las siguientes consecuencias:
1ª infracción: se confiscará el teléfono celular y se enviará a la oficina principal. El alumno
podrá recogerlo al finalizar el día escolar y firmará un acuse de recibo del teléfono celular y de las
consecuencias de infracciones adicionales a la política de uso de teléfonos celulares.
2ª infracción: se confiscará el teléfono celular y se enviará a la oficina principal. Uno de los
padres o el tutor podrán recogerlo al finalizar el día escolar y firmarán un acuse de recibo del
teléfono. Además, el padre o tutor legal firmarán un reconocimiento de que toda infracción
adicional por parte del alumno resultará en la confiscación del teléfono celular y su entrega al
personal del a oficina principal de la escuela en particular, donde permanecerá hasta el final del
ciclo escolar, momento en el cual uno de los padres o el tutor legal lo deben recoger y firmar un
acuse de recibo del teléfono.
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3ª infracción: se confiscará el teléfono celular, se enviará a la oficina principal y solo se
devolverá al final del ciclo escolar.
El uso de otros dispositivos electrónicos, incluyendo, entre otros, localizadores, radios, reproductores de
CD, reproductores mp3, iPod, dispositivos portátiles de video, música y juegos solo se permite solamente
antes y después del horario escolar.
EXCURSIONES ESCOLARES
Los alumnos que participan en excursiones escolares deben respetar las siguientes políticas y
procedimientos:
Todo alumno que salga con un grupo al paseo o excursión debe regresar con ese grupo, a menos
que se hagan arreglos previos para que uno de los padres pase a recoger al alumno.
Todo participante de alguna excursión escolar auspiciada por el distrito debe firmar una
declaración en la que acepta respetar todas las políticas, procedimientos administrativos y
reglamentos escolares correspondientes del distrito, así como los reglamentos de toda
organización patrocinadora.
GRABACIÓN DE CLASES
Se prohíbe hacer grabaciones de video o audio en las instalaciones escolares, a menos que se sean para
fines curriculares específicos, según lo decidan los funcionarios de la escuela.
TARJETA DE IDENTIDAD DEL ESTUDIANTE
Las escuelas públicas de Kansas City expiden una tarjeta de identidad con fotografía a cada alumno para
fines de seguridad, identificación, préstamo de material de la biblioteca y participación en actividades. Es
necesario que el alumno tenga en su poder la identificación con fotografía en todo momento, durante el día
escolar normal y en todas las actividades auspiciadas por la escuela. Se espera que los alumnos la
muestren a todo empleado cuando les sea solicitada. Si extravía su tarjeta, el alumno deberá comprar una
nueva.
GOBIERNO ESTUDIANTIL
El papel del gobierno estudiantil es manifestar los principios de un gobierno democrático y las
responsabilidades de las personas, desarrollando de esta manera el aprecio de formar parte de una
democracia; impulsar el civismo al darles a los alumnos la oportunidad de ejercer autonomía; ayudar con
la coordinación de las actividades extracurriculares; promover una relación más estrecha entre los
alumnos, los maestros y el personal administrativo; fomentar el desarrollo del espíritu escolar por medio
de la participación; y solicitar el mejor ambiente académico posible.
ACCESO A LA RED
Todos los alumnos tienen identificación de usuario y contraseña que les permiten tener acceso a la red
informática y al directorio principal en la unidad “U”. Los alumnos son responsables de respetar la
política de uso de tecnología de las escuelas públicas de Kansas City (consultar la política administrativa
EHB). Todos los usuarios deben comprometerse a respetar las políticas y procedimientos del distrito. Se
incluye una copia del formulario de uso de tecnología en el apéndice de este manual (consultar
“Formularios").
GRABACIÓN DE CLASES
Se prohíbe hacer grabaciones de video o audio en las instalaciones escolares, a menos que se sean para
fines curriculares específicos, según lo decidan los funcionarios de la escuela.
USO DE REDES SOCIALES
39
Se exhorta a los alumnos a ejercer siempre la mayor cautela posible cuando participen en cualquier forma
de red social o comunicación en línea, tanto dentro de la comunidad de las Kansas City Public Schools
(escuelas públicas de Kansas City o KCPS) y en otros lugares. Los alumnos que participan en
interacciones en línea deben recordar que todo lo que publiquen está sujeto a las mismas normas de
comportamiento establecidas en el Code of Student Conduct (código de conducta estudiantil).
Ya que las redes sociales se extienden más allá de la comunidad y pueden dejar impresiones perdurables,
los alumnos deben usar los sitios de interacción social de manera responsable y ser responsables de sus
acciones. Los alumnos deben considerar no publicar ni vincular nada a los sitios de redes sociales a lo que
no quisieran que sus compañeros, maestros funcionarios de admisión de las universidades o empleadores
futuros pudieran tener acceso. Los alumnos deben asegurarse de usar parámetros de seguridad para
controlar el acceso, no dar nunca su información personal a personas que no conozcan en sitios que no
usan protocolos de seguridad y de proteger las contraseñas que usan para ingresar a los sitios de Internet.
También deben evitar suplantar la identidad de cualquier otra persona.
Los alumnos no deben olvidar nunca respetar a los demás. Cuando respondan a alguien durante algún
desacuerdo, deben asegurarse de usar críticas constructivas y no hiriente. Deben tener cuidado de no usar
lenguaje soez, obsceno ni intimidatorio. La intimidación cibernética se considera como un acto de acoso.
La intimidación cibernética consiste en enviar o publicar imágenes o textos nocivos o crueles a través de
Internet u otros dispositivos de comunicación digital. Las amenazas cibernéticas son materiales a través de
Internet que amenazan o generan preocupaciones relacionadas con violencia contra otras personas, suicidio
o automutilación. Los alumnos que están implicados en intimidación o amenazas cibernéticas se pueden
ver sujetos a medidas disciplinarias, tal y como se describe en el Code of Student Conduct (código de
conducta estudiantil) (consultar las páginas 49 y 51).
40
SERVICIOS ESCOLARES
SERVICIOS DE EDUCACIÓN EXCEPCIONAL
Las escuelas públicas de Kansas City garantizan que ofrecerán una educación pública apropiada, dentro de
su jurisdicción, a todos los menores discapacitados que reúnan los requisitos, con edades entre 3 y 21 años.
ORIENTACIÓN Y ASESORÍA
El programa de orientación y asesoría es una parte integral del programa de educación. En base a las
necesidades del alumno, la familia, la escuela y la comunidad, el programa de orientación se imparte por
medio del plan de estudios de orientación, el sistema de planificación individual, los servicios de respuesta
y el sistema de apoyo.
El programa de orientación y asesoría es responsable de ayudar a los alumnos a desarrollar:
los conocimientos, la comprensión y la aceptación de sí mismo y de los demás,
las destrezas necesarias para explorar y planear eficazmente la orientación vocacional y
las competencias necesarias para el desarrollo educativo y vocacional.
El programa de orientación y asesoría brinda servicios de respuesta diseñados para ayudar a las personas a
resolver problemas que impiden su desarrollo saludable o que requieren medidas correctivas. Presenta un
plan sistemático para ayudar a cada alumno a monitorear y controlar su desarrollo de aprendizaje,
profesional y personal. Para finalizar, el programa de orientación y asesoría incluye actividades de apoyo
diseñadas para establecer, mantener y mejorar todo el programa.
La participación de los padres es esencial para el éxito continuo de los alumnos. Estudios de
investigación indican que cuando los padres participan, los alumnos tienen más éxito. Se exhorta a los
padres a participar en las actividades y mantener una estrecha comunicación con el personal de la escuela.
Se anima a los padres a llamar al consejero para programar una entrevista individual con el fin de hablar de
la selección de cursos.
SERVICIOS DE SALUD
El Departamento de Servicios de Salud supervisa el programa de servicios médicos coordinados para los
alumnos.
Si un alumno se enferma en la escuela, debe pasar a ver a la enfermera con un pase. Los alumnos no
deben abandonar el plantel a causa de una enfermedad sin previa autorización de la enfermera (o su delegada). Si la enfermera no está disponible, los alumnos se deben presentar en la oficina de asistencia.
Se administrarán primeros auxilios a los alumnos enfermos y lesionados. En los casos de enfermedades o
accidentes graves, se notificará de inmediato a los padres.
Las Kansas City Public Schools (escuelas públicas de Kansas City o KCPS) prohíben a los alumnos poseer
medicamentos y automedicarse mientras se encuentren en el recinto escolar, en medios de transporte del
distrito o durante actividades del distrito, a menos que estén expresamente autorizados a hacerlo, en
conformidad con la política del distrito o como parte del programa de educación individualizada (IEP) o al
plan de adaptación conforme a la Sección 504. Los alumnos no tienen autorizado ir a sus vehículos a
buscar medicamentos o ir a su casa a buscar medicamentos sin permiso de un administrador.
La administración de medicamentos es una actividad de enfermería que se debe llevar a cabo por o bajo la
supervisión de una enfermera profesional. Una enfermera profesional del distrito puede delegar la
administración de medicamentos recetados a enfermeras prácticas autorizadas y a personal sin acreditación
que considere competentes. Los medicamentos recetados que los alumnos toman mientras están en la
escuela deben haber sido recetados por una persona autorizada por la comisión reguladora del estado a
41
recetar medicamentos y tratamientos, según se define en el Estatuto Modificado de Missouri, RSMo.
195.070.
Uno de los padres de familia o el tutor legal deben presentar al distrito la autorización escrita para
administrar medicamentos de venta libre y recetados antes de que el distrito pueda administrar dichos
medicamentos.
Inmunización reglamentaria de los alumnos
Los alumnos no se pueden inscribir ni asistir a la escuela a menos que reciban inmunizaciones conforme a
la ley de Missouri.
Son necesarias las siguientes inmunizaciones: DT (difteria-tétano), MMR (sarampión, paperas y
rubéola), polio y hepatitis B.
Es necesaria una segunda dosis de la vacuna contra la varicela para todos los alumnos
que ingresan a kínder, a menos que al niño(a) le haya dado varicela; un médico
general (MD) o un médico osteópata (DO) puede firmar y guardar en los archivos de la
escuela una declaración escrita que registre el mes y el año de la enfermedad anterior
de varicela como prueba satisfactoria de haber tenido la enfermedad. No se aceptan
declaraciones sobre la enfermedad por parte de padres o tutores;
se requiere la inmunización TDap para todos los alumnos que ingresan a octavo grado,
han finalizado el conjunto de vacunas infantiles DTaP/DTP recomendadas y no han
recibido la dosis de refuerzo Td durante los últimos dos años.
Será deber de los padres o tutor legal de cada alumno que se mude a este distrito escolar proveer a
la escuela evidencia satisfactoria de inmunización o de exención de inmunización contra una
enfermedad como lo exige la ley de Missouri.
Es ilícito que cualquier menor asista a la escuela, a menos que esté inmunizado conforme a la ley
estatal o a menos que unos de los padres o el tutor haya firmado y registrado una declaratoria de
exención médica o religiosa con la enfermera de la escuela.
Exenciones médicas: un menor estará exento del requisito de inmunización mediante la
certificación de un médico autorizado o un médico osteópata, referente a que la inmunización
pondría en riesgo grave la salud o la vida del menor, o si el menor tiene documentación de
laboratorio que demuestra la inmunidad contra la enfermedad.
Exención religiosa: un menor estará exento del requisito de inmunización si uno de los padres o el
tutor objeta por escrito al administrador de la escuela que la inmunización de ese menor se
contrapone a sus creencias religiosas.
Inmunización en curso: un menor puede seguir asistiendo a la escuela siempre que la serie de
inmunizaciones se haya iniciado y se haya logrado un desarrollo satisfactorio conforme a los
lineamientos de la División de Salud de Missouri.
AVISO SOBRE EL PLAN DE ESTUDIOS DE SEXUALIDAD HUMANA
El plan de estudios de sexualidad humana se impartirá a través de diversos cursos de secundaria.
Si los padres prefieren que su hijo(a) no reciba la enseñanza del plan de estudios de
sexualidad humana, deberán entregar un aviso escrito al maestro del salón de clases.
CENTRO DE COMUNICACIONES DE LA BIBLIOTECA
Dado que el estilo de aprendizaje de cada alumno es único, una gran colección de materiales
impresos, audiovisuales y electrónicos están disponibles en el centro de comunicaciones para
ayudarles a mejorar sus capacidades de lectura, comprensión y visualización. Los materiales y
Los alumnos desamparados que no pueden ofrecer pruebas de inmunización se inscribirán de inmediato y el
coordinador de niños desamparados del distrito trabajará con el alumno a fin de obtener las inmunizaciones
necesarias tan pronto como sea posible.
42
servicios abarcan todas las asignaturas, niveles de capacidad, así como los variados intereses
recreativos de los profesores y alumnos.
Tanto libros y revistas, como otros medios electrónicos, conforman el núcleo para la investigación
y lectura recreativa; sin embargo, las fuentes de información electrónica, incluyendo las bases de
datos periódicas electrónicas, Internet y las aplicaciones multimedia están disponibles para los
patrocinadores del centro de comunicaciones.
Acceso al centro de comunicaciones y préstamo de materiales
Los alumnos necesitan un pase para entrar al centro de comunicaciones durante el día. Deben
mostrar su credencial escolar para pedir materiales prestados. Centro de comunicaciones (equipo)
Cualquier alumno puede usar equipos audiovisuales en el centro de comunicaciones para hacer
trabajos de recuperación o investigación. Las máquinas que requieren de conocimiento
especializado, como el equipo de edición de video, exigen que el alumno reciba instrucciones de
uso por parte del personal del centro de comunicaciones antes de que proceder a usarlas.
El centro de comunicaciones contiene computadoras con software para evaluar la productividad
personal e instrucción asistida por computadora. Los alumnos pueden tener acceso a las
computadoras antes, durante o después del horario escolar.
CASILLEROS
Los casilleros de la escuela y los casilleros de almacenamiento son propiedad del distrito escolar y
se ofrecen para comodidad de los alumnos, y como tales, están sujetos a inspecciones periódicas
sin previo aviso.
Guardando coherencia con las expectativas de la comunidad en cuanto a que los funcionarios de la
escuela mantengan un ámbito escolar seguro, el distrito escolar cooperará con las agencias
policiales locales para efectuar inspecciones periódicas, sin previo aviso, a los casilleros, e incluso
inspecciones con perros.
No se deben guardar en los casilleros ni traer a la escuela objetos de valor extraordinario.
LIBROS DE TEXTO, EQUIPOS Y MATERIALES
La escuela entrega, en calidad de préstamo, todos los libros de texto escolares, cuadernos de
ejercicios y materiales educativos, y estos deberán devolverse en buen estado al final del ciclo
escolar.
Los alumnos deben pagar todo libro, equipo o material prestado, al costo de restitución, si no lo
devuelve o si lo devuelve en malas condiciones. Además, se puede retener la constancia de
estudios o el diploma hasta el momento en que se reciba el pago del costo de restitución de
cualquier libro destruido, perdido, robado o dañado.
Los alumnos que necesitan apoyo financiero para pagar las cuotas o costos deberán consultar a un
administrador.
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SERVICIOS DE TRANSPORTE ESCOLAR
SEGURIDAD DE LOS ALUMNOS –una responsabilidad compartida
Los alumnos, padres de familia o tutores legales, conductores de autobús y funcionarios de la escuela
comparten la responsabilidad de garantizar la seguridad de los alumnos durante los recorridos hacia y
desde la escuela o una actividad. Los alumnos son responsables de respetar todas las reglas de conducta
mientras esperan o viajan en el autobús de la escuela.
Los alumnos que no cumplan con las reglas estarán sujetos a medidas disciplinarias porque su
incumplimiento puede afectar la seguridad de los demás. Por consiguiente, el distrito se reserva el derecho
de modificar o cancelar los servicios de transporte en cualquier momento dentro de los parámetros que
establecen las leyes vigentes, los reglamentos y las políticas del consejo.
PRIVILEGIO DEL AUTOBÚS ESCOLAR Tanto el estado de Missouri como las escuelas públicas de Kansas City consideran que el autobús escolar
es una extensión de la escuela, por lo que los alumnos deben comportarse adecuadamente. Es un
privilegio viajar en el autobús, y como tal, dicho privilegio se puede retirar a causa de ciertos actos de mala
conducta (consultar la página 56).
TRANSPORTE QUE PROVEE EL DISTRITO: elegibilidad
Los alumnos que viven a una distancia de 1.5 millas o más de la escuela a la que asisten pueden
acceder al servicio de transporte.
El transporte del distrito no se ofrece a alumnos que optan por asistir a una escuela comunitaria
integral que no sea la escuela de su vecindario.
Los alumnos que acceden al servicio de transporte no deben caminar más de seis (6) cuadras para
llegar a la parada del autobús.
Transporte para educación excepcional
El nivel del servicio de transporte para los alumnos de educación excepcional se determina para cada
alumno en base al programa de educación individualizada (IEP), el plan de adaptación, conforme a la
Sección 504 o la enfermedad documentada de cada alumno.
Los alumnos de educación excepcional incluyen, entre otros, a alumnos con discapacidad para el
aprendizaje, trastorno de comportamiento, retraso mental, ceguera o discapacidad visual, sordera o
discapacidad auditiva, discapacidad física o médica o discapacidad del habla o el lenguaje. El programa
de educación individualizada o la enfermedad documentada del alumno es el fundamento exclusivo para
determinar la necesidad de transporte especial.
SEGURIDAD EN EL ESTACIONAMIENTO
No se permite que los alumnos vayan a autos estacionados en los lotes de estacionamiento sin
autorización de un administrador. Los alumnos no pueden dirigirse hacia autos estacionados o los
lotes de estacionamiento antes de subir a los autobuses para salir del recinto ni antes de asistir a
actividades o cumplir con una detención, fuera del horario escolar.
Guardando coherencia con las expectativas de la comunidad en cuanto a que los funcionarios de la
escuela mantengan un ámbito escolar seguro, el distrito escolar cooperará con las agencias policiales
adecuadas para vigilar los lotes de estacionamiento del distrito. El lote de estacionamiento y todos los
autos estacionados están sujetos a inspecciones. El lote de estacionamiento SE inspeccionará
periódicamente. Esto puede implicar el uso de perros para la inspección.
Se requiere el cumplimiento estricto de estas políticas sobre el transporte en autobús y la conducción
de autos. El exceso de velocidad o la conducción irresponsable o imprudente en el lote de estacionamiento podrá tener como resultado la intervención de la policía, junto con sanciones
disciplinarias de la escuela. La policía podrá emitir boletas de multa por conducción irresponsable o
imprudente o por poner en peligro a un menor o haber cometido otras infracciones. Las sanciones de
la escuela incluyen, entre otras, detención, suspensión o pérdida de privilegios de conducción.
44
El uso de patinetas o cualquier otro tipo de patines, está prohibido en el recinto escolar, incluyendo el
lote de estacionamiento. Se aplicarán medidas disciplinarias a los infractores.
CONTACTOS CLAVE
Servicio de transporte de las Kansas
City Public Schools (escuelas públicas
de Kansas City o KCPS)
1211 McGee Street
Kansas City, MO 64106
(816) 418-8825
(816) 418-7574 - Fax
Patrick Kneib, Gerente de transporte
Primer estudiante
8611 East 21st Street
Kansas City, MO 64126
(816) 254-5262
(816) 254-0342 - Fax
Debbie Jones, Gerente
Loretta Dohle, Excursiones escolares
816-833-5473 (833-5732 Fax)
Taxis de Kansas City
1300 Lydia
Kansas City, MO 64106
(816) 512-8037
(816) 512-8096 - Fax
Terry O’Toole, Gerente general
Pat Mullen, Director de oficina
David Lakaar, Gerente de seguridad
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INFORMACIÓN DISCIPLINARIA
LEGISLACIÓN SOBRE EL OCULTAMIENTO Y LA POSESIÓN DE ARMAS
No se permitirá el acceso a ninguna de las secciones del recinto escolar a ninguna persona que porte armas,
incluyendo los individuos con permiso para ocultarlas y portarlas, sin el consentimiento de un funcionario
de la escuela o del Board of Education (consejo de educación). Esto incluye la posesión de armas en un
vehículo en las instalaciones de la escuela.
DROGAS Y ALCOHOL
Se prohíbe el uso, la venta, transferencia, distribución, posesión o estar bajo la influencia de medicamentos
recetados no autorizados, alcohol, sustancias narcóticas, inhalantes no autorizados, sustancias controladas,
drogas ilícitas, sustancias adulteradas e imitación de sustancias controladas en cualquier propiedad del
distrito, cualquier vehículo que sea propiedad del distrito o en cualquier otro vehículo autorizado por el
distrito para transportar alumnos hacia y desde la escuela o actividades del distrito.
Se suspenderá a todo alumno que se sorprenda en posesión, comprando, bajo la influencia o
consumiendo sustancias controladas, drogas ilícitas, parafernalia para consumir drogas, alcohol,
químicos para alterar el ánimo o medicamentos sin receta, o a todo alumno que consuma una
sustancia como las antes citadas, por un período de 10 días y se enviará a la oficina de disciplina
estudiantil, lo que podría resultar en una suspensión de hasta 180 días.
Se impondrán sanciones escolares independientemente del proceso judicial. Se establecerá
comunicación con las agencias policiales locales en conformidad con los lineamientos de la Ley
de Escuelas Seguras. Guardando coherencia con las expectativas de la comunidad en cuanto que
los funcionarios de la escuela mantengan un ámbito escolar seguro, las escuelas públicas de
Kansas City cooperarán con las agencias policiales locales para efectuar inspecciones periódicas
sin previo aviso que requieran la utilización de perros.
Consultar el código JFCH de la política administrativa.
ALARMAS Y EXTINTORES DE INCENDIOS
Las alarmas contra incendios están diseñadas para aumentar la seguridad y el bienestar de los maestros y
los alumnos. En caso de no existir una emergencia, las personas que activen o de alguna manera alteren el
sistema de alarma contra incendios se atendrán a la máxima consecuencia disciplinaria. Esto incluye la
suspensión de 10 días fuera de la escuela, una recomendación disciplinaria para una suspensión a largo
plazo y una derivación al jefe de bomberos de Kansas City.
ALUMNOS HABITUALMENTE REVOLTOSOS (o que presentan MALA CONDUCTA
CRÓNICA)
Un alumno habitualmente revoltoso:
afecta negativamente el ámbito de aprendizaje, tanto para sí mismo como para los demás;
le resta seguridad al ámbito escolar;
tiene derivaciones repetidas con la administración a causa de comportamientos crónicos;
no reacciona ante las medidas disciplinarias progresivas tradicionales;
no modifica comportamientos, aún después de intervenciones alternativas sistemáticas;
los alumnos cuyo comportamiento ejemplifique una “mala conducta crónica” estarán sujetos a
medidas disciplinarias (consultar la página 51).
ACOSO
Se prohíbe el acoso de cualquier tipo, ya sea verbal o físico, contra otra persona a causa de su edad,
preferencia sexual, color, credo, discapacidad, sexo, estado civil, nacionalidad, raza o religión, y el alumno
que lo practique estará sujeto a medidas disciplinarias. Se prohíbe todo acto o acoso racial. El acoso
46
racial se define como el lenguaje o comportamiento inapropiado o inaceptable, incluyendo, entre otros, la
degradación de la persona (humillación, hostigamiento, insulto) o la generación de un ambiente
intimidante, hostil u ofensivo.
Se prohíbe todo acto o acoso sexual. El acoso sexual se define como el lenguaje o comportamiento
inapropiado o inaceptable de lenguaje verbal, escrito o simbólico que genera un ambiente hostil,
incluyendo amenazas sexuales, insinuaciones sexuales, lenguaje sexualmente sugerente o gestos y contacto
físico no deseado, basado en el sexo o de naturaleza sexual. Los alumnos no deben participar en: bromas o
gestos sexuales (verbales o escritos), insultos sexuales o raciales, amenazas sexuales o raciales, imágenes o
dibujos sexuales o raciales, peticiones de favores sexuales u otras insinuaciones sexuales no deseadas. Cualquier acto de acoso debe informarse inmediatamente a un administrador u otro miembro del personal.
Los alumnos que participen estarán sujetos a medidas disciplinarias consecuentes con la política del
consejo (consultar el código JFCF de la política administrativa, ACA, y las páginas 26, 51 y 55).
SOMBREROS, TOCADOS Y GAFAS OSCURAS
A su ingreso en el edificio de la escuela, los alumnos se deben quitar sus sombreros, tocados y gafas
oscuras. Los alumnos deben guardar estos objetos en sus casilleros. La primera vez, se les dará un
recordatorio amable para que se despojen de dichos objetos. Después de esto, los objetos se confiscarán
hasta el final del día.
DISPOSITIVOS INCENDIARIOS O COMBUSTIBLES (FUEGOS ARTIFICIALES)
La posesión o el uso de fuegos artificiales de cualquier tipo, o de materiales similares, tendrán como
consecuencia una suspensión de hasta 10 días con una recomendación de suspensión a largo plazo
(consultar las páginas 53 y 55). La posesión o el uso de encendedores, fósforos u otros productos
inflamables tendrán como consecuencia una suspensión hasta de 10 días, con la posible recomendación de
suspensión a largo plazo (consultar las páginas 47 y 48).
PERTENENCIAS PERSONALES
Las pertenencias personales del alumno son su responsabilidad exclusiva. La escuela en particular y las
escuelas públicas de Kansas City no se hacen responsables de reembolsar al alumno por la pérdida de
objetos personales. El uso responsable de todos los casilleros y las pertenencias personales, de
acuerdo al ámbito escolar, minimiza el riesgo de pérdidas. Los alumnos no deben llevar a la escuela grandes sumas de dinero ni objetos costosos, tales como
dispositivos electrónicos.
ALTERCACIONES O CONFRONTACIONES FÍSICAS O VERBALES
No se tolerarán amenazas, loa insultos, loa actos de intimidación, loa hostigamientos ni las agresiones
físicas. Los alumnos que participen en dichos actos estarán sujetos a una suspensión de corto plazo, con
una posible recomendación disciplinaria para la suspensión a largo plazo o la expulsión (consultar las
páginas 52 y 55). Se establecerá comunicación con las agencias policiales locales en conformidad con los
lineamientos de la Ley de Escuelas Seguras, cuando esté justificado.
ACTOS SEXUALES
Se prohíben los actos sexuales o actos sexuales simulados en las propiedades del distrito escolar o en los
eventos del distrito escolar. El incumplimiento de esta norma tendrá como resultado una suspensión de
hasta 10 días, con una recomendación disciplinaria para una suspensión de largo plazo (consultar la página
55).
REGLAMENTO DE SUSPENSIONES
El siguiente es un resumen del código JGD de la política administrativa, en relación con las suspensiones
de los alumnos (consultar también las páginas 59 a 71):
47
Autoridad del director
Los directores tienen a su cargo la responsabilidad básica de desarrollar reglamentos relativos a la
conducta, vestimenta y apariencia de los alumnos, según sean necesarios para mantener el debido decoro
en las escuelas bajo su supervisión.
Los directores tendrán la autoridad de suspender a los alumnos de la escuela en conformidad con el
reglamento y los lineamientos que establece el Board of Education (consejo de educación) o su
representante.
Suspensión o expulsión
La autoridad del director, el superintendente y el Board of Education (consejo de educación) para
suspender o expulsar alumnos, de acuerdo a lo dispuesto en los párrafos §167.161 y §167.171 del Estatuto
Modificado de Missouri, RSMo., se ejercerá únicamente en conformidad con las disposiciones de dichos
estatutos y del reglamento del consejo que rige el método y el procedimiento, la especificación de
acusaciones, el derecho de apelación, el derecho a defensa y a audiencia.
El comportamiento del alumno no debe perjudicar el proceso de aprendizaje, el buen orden y la disciplina
de la escuela ni tender a menoscabar la moral ni la buena conducta de la escuela. Los alumnos que se
suspendan o expulsen por cualquier motivo tienen prohibido asistir o tomar parte en cualquier actividad
auspiciada por el distrito, independientemente del lugar, o en cualquier actividad que se lleve a cabo en las
propiedades del distrito. A los alumnos que no cumplan con esta disposición se les pedirá que abandonen
la actividad y podrán enfrentar más sanciones, incluyendo un período adicional de suspensión e incluso la
expulsión. Para cualquier suspensión de 10 días o menos, la evaluación y decisión del superintendente o
su representante será definitiva.
Suspensión en la escuela (ISS, por sus siglas en inglés) (según corresponda)
La finalidad de la suspensión en la escuela es mantener la participación de los alumnos en la escuela en
situaciones que de otra manera resultarían en una suspensión fuera de la escuela. El programa de
suspensión en la escuela es una situación de clases altamente estructurada que pone énfasis en el trabajo
intensivo del alumno. Los alumnos que se rehúsen a cumplir la suspensión en
Suspensión fuera de la escuela (OSS, por sus siglas en inglés)
La finalidad principal de una suspensión debe ser separar temporalmente al alumno infractor de la
comunidad estudiantil, ayudar en la rehabilitación del alumno y disuadir futuros problemas disciplinarios.
Conscientes de que trabajamos con individuos, se deben considerar todos los casos de manera individual y
ponderar todos los factores minuciosamente.
Los alumnos suspendidos no pueden asistir a funciones escolares ni estar en la propiedad del distrito
mientras están suspendidos. El incumplimiento podrá resultar en el arresto por parte de un agente de
policía asignado a la escuela o de la policía de Kansas City, Missouri.
Procedimiento de trabajos de recuperación para alumnos en suspensión fuera de la escuela: bajo solicitud,
el estudiante podrá realizar trabajos para recuperar los que no realizó por falta de asistencia, incluyendo las
suspensiones. Cada maestro de primaria organiza y asigna los trabajos de recuperación de sus alumnos.
En secundaria, es responsabilidad del alumno, de uno de los padres o del tutor legal hacer las gestiones
necesarias para recuperar el trabajo perdido a causa de ausencias o suspensiones. Después de recibir el
trabajo de recuperación, los alumnos tendrán un (1) día, por cada día de ausencia, para recuperar su trabajo
escolar.
VANDALISMO (CUIDADO DE LOS EDIFICIOS)
Los alumnos son responsables de mantener los edificios en estado para el aprendizaje de los alumnos en
todo momento. Toda destrucción de propiedad o vandalismo, incluyendo escribir en las paredes o
muebles, infringe las leyes del estado y se considera como delito menor (párrafo §574.085 del Estatuto
48
Modificado de Missouri, RSMo.). El incumplimiento de este estatuto podrá tener como consecuencia la
suspensión de la escuela (consultar la página 51). Los alumnos se harán responsables del costo de las
reparaciones.
ARMAS
Se prohíben las armas en el recinto escolar, incluyendo pistolas, cuchillos, mazos o cualquier objeto
diseñado para infligir lesiones a los demás. En conformidad con la “Ley Contra Armas en las Escuelas”
(federal) y con el párrafo §160.261 del Estatuto Modificado de Missouri, RSMo. (enmendado en 1995): si
se determina que algún alumno introdujo un arma (según se define en este inciso) a la escuela,
infringiendo esta política, el alumno se suspenderá por un período no inferior a un año o se expulsará y se
remitirá a las autoridades legales correspondientes.
Definición: a efectos de este inciso, el término “arma” significará un arma de fuego, según se define en el
Código 18 U.S.C. 921. Toda arma que podrá o esté diseñada para, o pueda adaptarse para expulsar un
proyectil mediante la acción de un explosivo u otro propulsor. El incumplimiento de esta política tendrá
como resultado la suspensión y el envío a la oficina de disciplina estudiantil. Se prohíben las armas de
imitación y se impondrán sanciones de acuerdo al Code of Student Conduct (código de conducta
estudiantil). Se prohíben las pistolas de agua o los dispositivos eyectores de agua, los cuales se tratarán
conforme al Code of Student Conduct (código de conducta estudiantil) (ofensa de armas simuladas).
50
INTRODUCCIÓN AL CÓDIGO DE CONDUCTA ESTUDIANTIL
El Code of Student Conduct (código de conducta estudiantil) está diseñado para motivar a los alumnos a
aceptar la responsabilidad de sus acciones, enseñar a los alumnos a respetar los derechos de los demás,
facilitar el aprendizaje y fomentar la operatividad ordenada de todas las escuelas públicas de Kansas City.
Se compone de varias “clases” de mala conducta, que tendrán como resultado medidas disciplinarias. El
alumno que cometa un acto de mala conducta no contemplado en el Code of Student Conduct (código de
conducta estudiantil), pero que no obstante es perjudicial para el buen orden y la disciplina en las escuelas,
o que tiende a menoscabar la moral o la buena conducta de los alumnos, estará sujeto a la autoridad del
maestro del salón de clase o del director.
Imposición de consecuencias disciplinarias A efectos de este Code of Student Conduct (código de conducta estudiantil), las consecuencias primarias
corresponden a los alumnos de los grados kínder a 6º y las consecuencias secundarias corresponden a los
grados 7º a 12º. El personal del distrito se valdrá de su juicio profesional para decidir qué consecuencias
disciplinarias, correspondientes a las ofensas contempladas, serán más eficaces para sancionar la mala
conducta del alumno, teniendo en cuenta los siguientes factores:
la edad y grado de madurez del alumno;
la naturaleza y gravedad de la infracción;
el antecedente disciplinario previo del alumno;
la actitud del alumno; y
otros factores relevantes.
Las consecuencias disciplinarias se aplican a todos los alumnos, aunque se deben seguir procedimientos
especiales en relación con las sanciones a los alumnos con discapacidades.
Las sanciones enumeradas en la sección “Consecuencias” para cada clase de ofensa son opciones
disciplinarias y no tienen que imponerse en ningún orden determinado. Por otra parte, no es un requisito
agotar todas las opciones disciplinarias enumeradas antes de poder sancionar a un alumno por una segunda
ofensa u ofensas subsiguientes.
ÁMBITO DE AUTORIDAD
Las disposiciones de este Code of Student Conduct (código de conducta estudiantil) proceden en todas las
situaciones en las que participan los alumnos, incluyendo:
actividades en el recinto escolar;
viajar en autobuses escolares o en cualquier vehículo del distrito que se utilice para transportar
alumnos;
actividades patrocinadas por la escuela en otros lugares;
caminar hacia o desde la escuela, esperar el transporte que ofrece la escuela o esperar o viajar en
transporte público hacia o desde la escuela, si la conducta del alumno es consecuencia o causa de
mal comportamiento en el recinto escolar; y
actos de comportamiento que ocurren fuera del recinto escolar y representan una amenaza para la
seguridad de los alumnos y los profesores o alteran el ámbito de aprendizaje.
La conducta fuera del campus que no se relacione con la escuela, pero que afecte adversamente el
ambiente educativo también estará sujeta a consecuencias disciplinarias relacionadas con la escuela (a
saber, suspensión a largo plazo o expulsión). Además, el distrito buscará obtener restitución en todos los
casos en los que se dañe, destruya o sustraiga propiedad del mismo.
Las infracciones de disciplina que se produzcan al finalizar el ciclo escolar pueden resultar en medidas o
consecuencias disciplinarias al iniciar el próximo ciclo escolar.
51
SUPERVISIÓN DE LOS ALUMNOS
Todo el personal del distrito encargado de cuidar y supervisar a los alumnos tiene autorización para
responsabilizar a cada alumno por cualquier conducta revoltosa en la escuela, en cualquier propiedad de la
escuela, en cualquier autobús escolar que se dirija a o regrese de la escuela o en cualquier vehículo, si
dicho vehículo se utiliza para transportar alumnos del distrito durante actividades auspiciadas por el mismo
o durante períodos de intermisión o receso.
Los empleados de la escuela podrán emplear fuerza física prudente y razonable para someter a un alumno
cuyos actos se consideren razonablemente que tienen como resultado una lesión física hacia cualquier
persona, incluido el alumno.
RESPONSABILIDAD DEL ALUMNO
Todos los alumnos del distrito son responsables de sus actos en el recinto escolar. El hecho de que ni el
alumno ni los padres o tutores legales lean el Code of Student Conduct (código de conducta estudiantil) ni
firmen el acuse de recibo, no evitará que se responsabilice a los alumnos por su comportamiento ni que
reciban consecuencias disciplinarias conforme al Code of Student Conduct (código de conducta
estudiantil).
RESPONSABILIDAD DEL ALUMNO POR OBJETOS EN SU POSESIÓN
Los alumnos son responsables de todo tipo contrabando que se descubra en su posesión. El contrabando
se define como drogas, armas, alcohol u otros materiales considerados ilícitos o no autorizados conforme a
la ley de Missouri y federal, la política del Board of Education (consejo de educación) o el Code of
Student Conduct (código de conducta estudiantil). A efectos del Code of Student Conduct (código de
conducta estudiantil), se considera que los objetos están en posesión del alumno si se descubren dichos
objetos en cualquiera de los siguientes lugares:
ropa del alumno (es decir, bolsillos, chaquetas, zapatos, calcetines, gorras, etc.),
mochila o bolso de libros del alumno,
escritorio del alumno,
casillero del alumno, o
automóvil del alumno dentro del recinto escolar.
Es responsabilidad de cada alumno revisar sus pertenencias personales en busca de posible contrabando
antes de ingresar al recinto escolar, en cualquier autobús escolar que entre o salga de la escuela o en
cualquier vehículo, si dicho vehículo se usa para transportar alumnos del distrito y en actividades
auspiciadas por el distrito.
Se puede exigir al alumno entregar los objetos que están prohibidos en la escuela. Los objetos a confiscar
incluyen iPods, localizadores, teléfonos móviles, punteros láser, etc.
52
OFENSAS DE CLASE I
Impuntualidad excesiva (“TARD”) No presentarse constantemente, sin excusa aceptable, a los salones de clase asignados o a otras áreas
después de que suena la “campana de tardanza”.
No respetar el código aprobado de vestimenta (“DRES”) Vestimenta o apariencia con posibilidad de alterar el proceso educativo o de generar preocupaciones de
salud o seguridad (consultar la página 31).
CONSECUENCIAS DE CLASE I
Preescolar Grados K a 6º Grados 7º a
12º
Además de las consecuencias anteriores, el administrador o el maestro del salón de clase también tendrán
que intervenir, si así lo consideran, dentro del salón de clase o en la escuela, para abordar el comportamiento
del alumno.
Primera ofensa
Comunicación con los
padres o el tutor legal
Segunda ofensa
Reunión con los padres o
el tutor legal
Ofensas subsiguientes
Derivación a consejeros
(si lo amerita)
Posible expulsión del
programa (sujeto a
evaluación del director de
aprendizaje temprano o
Head Start).
Primera ofensa
Reunión en la escuela
Detención –opción del
maestro
Suspensión en la escuela*
(1 a 3 días)
Segunda ofensa
Reunión con los padres o el
tutor legal
Suspensión en la escuela*
(4 a 5 días)
Ofensas subsiguientes
Suspensión en la escuela*
(5 días) y reunión con los
padres o el tutor legal
Suspensión a corto plazo
(1 día) y requiere una
reunión con los padres
Primera ofensa
Reunión en la escuela
Detención –opción del
maestro
Suspensión en la escuela*
(1 a 3 días)
Segunda ofensa
Reunión con los padres o
el tutor legal
Escuela sabatina*
Suspensión en la escuela*
Suspensión en la escuela
(4 a 5 días) que requiere
una reunión con los padres
Ofensas subsiguientes
Suspensión a corto plazo
(1 día) y requiere una
reunión con los padres
*Según corresponda
53
OFENSAS DE CLASE II
Posesión o uso de tabaco o productos de tabaco (“TOBC”) Uso o posesión de tabaco o productos de tabaco por parte de los alumnos en los edificios de la escuela.
Posesión, exhibición o distribución de material obsceno (“OBSC”) Poseer, exhibir o distribuir material que ofende a la decencia común y la moralidad.
Apuestas (“GAMB”) Apostar por un resultado desconocido, independientemente de lo que esté en juego; participar en cualquier
juego de azar o actividad en la que algo con valor real o simbólico se pueda ganar o perder.
Mala conducta en el salón de clase, en la escuela o durante una actividad escolar (“DISS”)
Actos o conductas intencionales en el salón de clase, en el edificio de la escuela o en el recinto escolar que
alteran el proceso educativo (es decir, hablar, hacer ruido, moverse del asiento sin permiso, etc.).
Mala conducta en el autobús escolar o en la parada del autobús (“DISB”)
Actos o conductas intencionales en el autobús escolar o en la parada del autobús que alteran el proceso
educativo. La máxima consecuencia posible es la pérdida de los privilegios de transporte durante un (1)
año. (Nota: si un alumno del programa de educación individualizada muestra este comportamiento, se evaluará el
programa de educación individualizada del alumno y el equipo del programa considerarán un transporte alternativo).
Desafío de la autoridad (“DEFI”) Negativa a seguir instrucciones del personal de la escuela o a cumplir con el reglamento del salón de clase
o escolar. Esta ofensa incluye violaciones a la prohibición de estar en los pasillos sin pase alguno después
de que suena la campana de tardanza.
Uso de lenguaje abusivo, obsceno, ofensivo o soez (“LANG”) Uso de cualquier lenguaje, actos, comentarios o expresiones no deseados, apodos o insultos raciales o
cualquier otro comportamiento que incluya gestos obscenos que ofenden la modestia o la decencia.
Cualquier insulto racial, de doble sentido u otra conducta verbal o física que refleje el sexo, la raza, la
religión, el color, la nacionalidad, la ascendencia, la edad, la discapacidad o la preferencia sexual de la
persona con el fin o efecto de generar un ámbito educativo intimidante, hostil u ofensivo.
Incitar a la violencia o propiciar situaciones de mala conducta (“INCI”)
Promoción intencional o defensa de la mala conducta de un alumno por parte de otro alumno, con el fin de
alterar sustancialmente el funcionamiento de la escuela o del salón de clase.
Comportamiento peligroso (“DANG”) Comportamiento tal que pueda, razonablemente, ocasionar lesiones a un alumno, maestro u otro miembro
del personal (es decir, correr en los pasillos, juegos rudos, luchas, uso inadecuado de equipos o materiales,
etc.). Cualquier lesión física grave, a consecuencia del comportamiento peligroso de un alumno, se considerará como agresión y puede resultar en consecuencias de clase IV.
Posesión de sustancias no controladas (“NCOP”)
Distribución, intención de distribución o posesión con intención de distribuir (posesión de una sustancia, la
cual, en virtud de la cantidad, el empaque u otra circunstancia, demuestra la intención o esfuerzo de
venderla o distribuirla) una sustancia no controlada.
Conspiración para cometer una ofensa de clase II (“CON2”)
(Nota: se debe informar el departamento de seguridad y de policía del distrito para hacer analizar la sustancia.
Si la sustancia arroja resultados antidroga negativos, se impondrán consecuencias de clase II.
54
Acuerdo, plan o esfuerzo concertado entre dos o más personas para cometer una ofensa de clase II.
Posesión de encendedores de cigarrillos o fósforos (“LIGH”) Posesión de encendedores de cigarrillos o fósforos.
CONSECUENCIAS DE CLASE II
Preescolar Grados K a 3º Grados 4º a 6º Grados 7º a
12º Primera ofensa
Comunicación con
los padres o el
tutor legal
Suspensión en la
escuela* (2 a 4
días)
Suspensión a corto
plazo (1 a 3 días)
El alumno se
asigna
temporalmente a
otra clase en el
edificio (si
procede)
Segunda ofensa
Suspensión en la
escuela*
(1 a 4 días)
Reunión con los
padres o el tutor
legal y suspensión
a corto plazo (3 a
7 días)
Ofensas subsiguientes
Suspensión a corto
plazo (5 a 10 días)
con posibilidad de
otra medida
Las medidas posteriores pueden incluir cualquiera de las siguientes:
derivación a la escuela sabatina*
hacer servicio comunitario (en la escuela)
derivación a un programa de evaluación o tratamiento de drogas o alcohol
derivación a un programa para dejar de fumar o un programa de educación sobre el tabaco
derivación a agencias de asesoría externas derivación a programas de control de la ira o resolución de conflictos
Además de las consecuencias anteriores, el administrador o el maestro del salón de clase también tendrán que
intervenir, si así lo consideran, dentro del salón de clase o en la escuela, para abordar el comportamiento del
alumno.
Primera ofensa
Comunicación con
los padres o el
tutor legal
Segunda ofensa
Reunión con los
padres o el tutor
legal
Ofensas subsiguientes
Derivación a
consejeros (si lo
amerita)
Suspensión a corto
plazo
(1 día)
Posible exclusión
del programa
(sujeto a
evaluación del
director de
aprendizaje
temprano o Head
Start).
Primera ofensa
Comunicación con
los padres o el
tutor legal
Intervención
educativa (es
decir, el alumno se
disculpa oralmente
o por escrito ante
los miembros de la
comunidad
afectada)
El alumno se
asigna
temporalmente a
otra clase en el
edificio (si
procede)
Segunda ofensa
Suspensión en la
escuela* (1 a 2
días)
Reunión con los
padres o el tutor
legal o
Suspensión a corto
plazo (1 a 3 días)
Ofensas subsiguientes
Suspensión a corto
plazo (3 a 10 días)
con posibilidad de
otra medida
Primera ofensa
Comunicación
con los padres o el
tutor legal
Suspensión en la
escuela* (2 a 4
días)
Suspensión a
corto plazo (1- 4
días)
Servicio
comunitario en las
instalaciones de la
escuela
Segunda ofensa
Reunión con los
padres o el tutor
legal y suspensión
a corto plazo (4 a
7 días)
Ofensas
subsiguientes
Suspensión a
corto plazo (7 a
10 días) con
posibilidad de otra
medida
*Según corresponda
55
OFENSAS DE CLASE III
Si se comete cualquiera de estas faltas, se deberá informar a las autoridades policiales locales y al departamento
de seguridad del distrito, dependiendo de la gravedad de la falta.
Deshonestidad académica (“ACAD”) Hacer trampa en exámenes, copiar tareas o ensayos, etc. La deshonestidad académica incluye, entre otros,
plagio, adjudicarse crédito por el trabajo de otra persona; hacer trampa en los exámenes, las tareas, los
proyectos u actividades similares; inventar hechos, fuentes u otros materiales de apoyo; colaboración no
autorizada; facilitar la deshonestidad académica; y otros tipos de mala conducta relacionada con los
estudios académicos (consultar la página 31).
Uso incorrecto de computadoras o violación de prácticas en la red (“TECH”)
Cualquier uso incorrecto o prácticas indebidas en la red, que incluyen, entre otras, prácticas que no
cumplen con la política de uso de internet del distrito (consultar las páginas 33 y 87).
Falsificación (“FORG”)
Elaborar, completar, alterar o autenticar cualquier documento escrito pretendiendo que otra persona lo hizo
(consultar la página 31). (Nota: la ofensa incluye, entre otras, falsificar la firma de los padres o el tutor legal,
del maestro o de funcionarios de la escuela en documentos).
Peleas (“FIGH”) Combate mutuo en el que ambas partes propician el conflicto, ya sea verbalmente o mediante acción física.
Mala conducta crónica (“CRNC”) Violación persistente del Code of Student Conduct (código de conducta estudiantil) una vez que se ha
presentado la documentación adecuada de intervenciones por parte del personal de la escuela (consultar la
página 39).
Intimidación (“BULY”)
A efectos de esta política, la intimidación se define como el abuso o el acoso de uno o varios alumnos, por
parte de individuos o grupos. El comportamiento es continuo o tiene la posibilidad de ser continuo. La
intimidación incluye, entre otros, actos físicos, que abarcan violencia, gestos, robo o daño a la propiedad;
provocaciones verbales o escritas, que abarcan insultos, humillaciones, extorsión o amenazas; o bien,
amenazas de represalias por informar dichos actos. La intimidación también puede incluir acosos o
amenazas por Internet. La intimidación cibernética consiste en enviar o publicar imágenes o textos
nocivos o crueles a través de Internet u otros dispositivos de comunicación digital. Las amenazas
cibernéticas son materiales a través de Internet que amenazan o generan preocupaciones relacionadas con
violencia contra otras personas, suicidio o autolesión (consultar las páginas 26, 40 y 71).
Actividades o comportamientos atribuibles a pandillas (“GANG”)
Cómo se define en el presente documento, la frase “actividad atribuible a una pandilla” significará
cualquier conducta que manifieste un alumno 1) en nombre de alguna pandilla; 2) para perpetuar la
existencia de cualquier pandilla; 3) para cumplir con la finalidad y el objetivo de cualquier pandilla; o 4)
para representar de cualquier manera la afiliación, lealtad o pertenencia a una pandilla en el recinto escolar
o al asistir a una función escolar. Estas actividades incluyen el reclutamiento de alumnos para pertenecer a
cualquier pandilla y amenazar o intimidar a otros alumnos o empleados para cometer actos u omisiones
contra su voluntad para promover la finalidad y el objetivo de cualquier pandilla. A efectos de la política
del distrito, el término “pandilla” se definirá como una organización, asociación o grupo activo de tres (3)
o más personas, ya sea formal o informal, una de cuyas actividades principales se basa en cometer actos
criminales, que tiene un nombre común o un signo o símbolo de identificación común y cuyos miembros
participan, o han participado, individual o colectivamente en un patrón de actividad como pandilla.
56
Acoso sexual (“HARR”) Insinuaciones sexuales no solicitadas, peticiones de favores sexuales u otro tipo de conducta verbal o física
de naturaleza sexual, cuando dicha conducta tiene como fin o efecto interferir, irrazonablemente, en el
rendimiento educativo de un alumno o generar un ambiente educativo intimidante, hostil u ofensivo. Los
ejemplos de acoso sexual incluyen, entre otros, bromas o comentarios de tipo sexual, peticiones de favores
sexuales y otras conductas verbales de naturaleza sexual no solicitadas (consultar las páginas 40 y 71).
Robo (“STEA”) Sustracción o disposición ilícita de las pertenencias de otra persona con el fin de privarla de ellas.
Extorsión (“EXTR”)
Obtener dinero, información o cualquier objeto de valor mediante amenazas verbales o escritas o
tomar cualquier medida a fin de intimidar.
Vandalismo (“VAND”) Destrucción intencional o maliciosa o daños a los bienes de la escuela o a los bienes de otra persona (es
decir, dañar libros de texto, casilleros, equipos, paredes, muebles, pintar grafiti de bandas, etc.).
Conspiración para cometer una ofensa de clase III (“CON3”) Acuerdo, plan o esfuerzo concertado entre dos o más personas para cometer una falta de clase III.
Recibir bienes robados (“PROP”) Recibir o poseer bienes que se robaron a otro alumno o al personal de la escuela. (Nota: esta ofensa
procede únicamente con alumnos que no robaron los bienes).
No respetar las condiciones de suspensión, expulsión u otras consecuencias disciplinarias
(“FAIL”)
La contravención de las condiciones de suspensión, expulsión u otras consecuencias disciplinarias incluye,
entre otras, participar en o asistir a cualquier actividad patrocinada por el distrito o que se desarrolle en o
cerca de propiedad del distrito o de todo lugar en el que se lleve a cabo una actividad del distrito.
57
CONSECUENCIAS DE CLASE III
Preescolar Grados K a 3º Grados 4º a 6º
Grados 7º a 12º
Las medidas posteriores pueden incluir cualquiera de las siguientes:
derivación a la escuela sabatina*
hacer servicio comunitario (en la escuela)
derivación a un programa de evaluación o tratamiento de drogas o alcohol
derivación a un programa para dejar de fumar o un programa de educación sobre el tabaco
derivación a agencias de asesoría externas
derivación a programas de control de la ira o resolución de conflictos Restitución si corresponde.
Además de las consecuencias anteriores, el administrador o el maestro del salón de clase también tendrán que
intervenir, si así lo consideran, dentro del salón de clase o en la escuela, para abordar el comportamiento del
alumno.
Las medidas posteriores pueden incluir cualquiera de las siguientes:
Restricción de los privilegios, evaluación de la condición en la escuela especializada (“Magnet”), escuela sabatina, si corresponde, etc.
Servicio comunitario (en la escuela). Derivación a un programa de tratamiento de drogas o alcohol. Derivación a un programa para dejar de fumar o un programa de educación sobre el tabaco. Derivación a agencias de asesoría externas Derivación a programas de control de la ira o resolución de conflictos Derivación a un equipo de resolución. Restitución si corresponde. Referencia a la oficina de disciplina estudiantil para transferencias involuntarias, suspensiones a largo
plazo (de 11 a 180 días o recomendación de expulsión.
Primera ofensa
Comunicación
con los padres o
el tutor legal
Segunda ofensa
Reunión con los
padres o el tutor
legal
Ofensas
subsiguientes
Derivación a
consejeros (si lo
amerita)
Suspensión a
corto plazo
(1 día)
Posible exclusión
del programa
(sujeto a
evaluación del
director de
aprendizaje
temprano o Head
Start).
Primera ofensa
Reunión con los
padres o el tutor
legal o suspensión
a corto plazo (1 a 3
días)
Suspensión en la
escuela* (1 a 2
días)
Suspensión de los
privilegios de uso
de computadoras
Restitución (si
corresponde)
Segunda ofensa
Reunión con los
padres o el tutor
legal o suspensión
a corto plazo (3 a 5
días)
Restitución (si
corresponde)
Ofensas subsiguientes
Suspensión a corto
plazo (5 a 10 días)
con posibilidad de
otra medida
Primera ofensa
Reunión con los
padres o el tutor
legal o suspensión a
corto plazo (1 a 3
días)
Suspensión en la
escuela* (1 a 4 días)
Suspensión de los
privilegios de uso
de computadoras
Restitución (si
corresponde)
Segunda ofensa
Reunión con los
padres o el tutor
legal y suspensión a
corto plazo (3 a 7
días)
Restitución (si
corresponde)
Ofensas subsiguientes
Suspensión a corto
plazo (7 a 10 días)
con posibilidad de
otra medida
Primera ofensa
Reunión con los
padres o el tutor
legal y
suspensión a
corto plazo (1 a 5
días)
Restitución (si
corresponde)
Segunda ofensa
Reunión con los
padres o el tutor
legal y
suspensión a
corto plazo (3 a 7
días) con
posibilidad de
otra medida
Ofensas
subsiguientes
Suspensión a
corto plazo (7 a
10 días) con
posibilidad de
otra medida
*Según corresponda
Nota: toda ofensa por causa de pelea puede ocasionar una suspensión a corto plazo (1 a 10 días) con
posibilidad de otra medida.
58
OFENSAS DE CLASE IV
Los alumnos se deben enviar a la oficina de disciplina estudiantil la primera vez que cometan una ofensa de clase IV
marcada con un asterisco (*). Si se comete cualquiera de estas ofensas, se deberá informar a las autoridades policiales
locales, dependiendo la gravedad de la ofensa. No obstante, la ofensa debe informarse al departamento de seguridad del
distrito.
Posesión de parafernalia identificable para consumir drogas (“PARA”)
Posesión de objetos para empacar, pesar, almacenar, contener, ocultar, inyectar, ingerir, inhalar o de otra
manera introducir en el organismo una sustancia controlada.
Amenazas hacia otro alumno (“THRS”) Amenaza intencional verbal o física para infligir lesiones a un alumno, por parte de otro alumno que posee
la capacidad aparente para hacerlo y que genera de esta manera un temor razonable de que el acto violento
puede ocurrir.
Distribución o compra de sustancias no controladas (“NCOD”) Compra o intento de compra de sustancias no controladas que presentan ser, o se sospecha que son
sustancias controladas peligrosas.
Acceso sin autorización (“UNAR”)
Alumnos que ingresan a la escuela o a ciertas áreas del edificio sin permiso; permitir o ayudar a que
cualquier individuo entre a las instalaciones del distrito a través de accesos que no son los designados o
permitir a personas no autorizadas ingresar a instalaciones del distrito a través de cualquier entrada; y
regresar a las instalaciones escolares durante el cumplimiento de una suspensión. Una instalación del
distrito puede incluir el vehículo de transporte proporcionado por la escuela.
*Posesión o consumo de drogas (“DRGP”) Posesión o consumo de sustancias controladas en la escuela, en bienes de la escuela o durante una
actividad escolar. (Nota: no se permite asistir a clase a ningún alumno que llegue a la escuela bajo la
influencia de drogas).
Posesión o consumo de sustancias tóxicas (“TOXC”) Uso de estupefacientes, lo cual ocasiona pérdida de control o estado de ebriedad (es decir, pegamento,
solvente y sustancias similares).
*Posesión de drogas con la intención de venta o distribución (“DRGD”) Posesión de drogas ilícitas, cuya cantidad pudiera considerarse mayor que la del consumo personal en
virtud de la cantidad, el envasado u otras circunstancias que demuestran la intención o esfuerzo de vender
o distribuir.
*Agresión de otro alumno (“ASTS”) Tener contacto real e intencional o golpear a otro alumno contra su voluntad con el fin de ocasionar
daño físico grave, o el intento de hacerlo, o imponer a una persona el temor de una lesión física
inmediata.
Amenazas contra el personal de la escuela (“THRP”)
Amenaza intencional, verbal o física, para infligir violencia a un miembro del personal, por parte de otro
alumno que posee la capacidad aparente para hacerlo y que genera el temor razonable de que el acto
violento puede ocurrir.
Nota: esta ofensa incluye, entre otras, morder, escupir, patear, empujar o arrojar a un alumno contra un
casillero, la pared o el piso, cortar el cabello de un alumno o rociar a un alumno con fluidos corporales.
59
*Agresión del personal de la escuela (“ASTP”)
Tener contacto real e intencional o golpear a cualquier miembro del personal de la escuela contra su
voluntad, con el fin de ocasionar daño físico grave, o el intento de hacerlo, o imponer a la persona el
temor de una lesión física inmediata.
*Infligir lesiones físicas graves a otros alumnos o al personal (“SERI”)
Lesión física intencional, o no intencional, que genera un riesgo sustancial de muerte u ocasiona
desfiguramiento grave o pérdida o impedimento crónicos de la función de alguna parte del cuerpo.
*Posesión, uso o venta de explosivos (“EXPL”) Portar, ocultar, usar o vender una bomba, dinamita u otros explosivos mortales. (Nota: un “explosivo” se
define como cualquier explosivo, objeto incendiario, bomba o dispositivo similar diseñado o adaptado para
ocasionar la muerte, lesiones física o daño sustancial a la propiedad; cualquier dispositivo diseñado o
adaptado para producir o disparar un arma (es decir, fuegos artificiales, bombas de gas, bombas de humo,
bombas de olores, bombas incendiarias, municiones, etc.).
*Incendio premeditado (“ARSO”)
Iniciar un incendio u causar una explosión con el fin de dañar pertenencias personales o edificios (es decir,
incendiar documentos o libros, arrojar fósforos o papeles encendidos en cestos o recipientes de basura,
hacer explotar fuegos artificiales o bombas, incendiar bienes o edificios, etc.).
*Posesión o uso de armas de fuego (“WHGN”) Posesión o uso de un arma de fuego o pistola de cualquier tipo que puede emplearse para lesionar a alguien
o infundir en alguien temor o ansiedad de daño físico. Según lo define la Ley Contra Armas en las
Escuelas, un "arma de fuego" significará:
cualquier arma diseñada o adaptada para expulsar un proyectil mediante la acción de un explosivo
u otro propulsor;
el marco o receptor de cualquiera de las armas antes citadas;
cualquier amortiguador o silenciador de un arma de fuego;
cualquier explosivo, objeto incendiario o gas venenoso; o
cualquier combinación de piezas diseñadas con el fin de utilizarse para convertir cualquier
dispositivo en un dispositivo destructivo, como los descritos anteriormente, y mediante el cual se
pueda ensamblar rápidamente un dispositivo destructivo.
*Posesión o uso de un arma distinta a un arma de fuego (“WOTH”) Posesión o uso de un instrumento, dispositivo o proyectil que se pueda emplear razonablemente para
atacar o defenderse contra otra persona; cualquier instrumento o dispositivo que se pueda usar
razonablemente para amenazar, intimidar o infligir lesiones físicas o daños a otra persona. Un arma puede
incluir cualquiera de los siguientes:
cualquiera de las armas descritas en la Sección II del Aviso de Disposición de la Ley de Escuelas
Seguras de Missouri (consultar la página 69);
cuchillos (ver la definición legal en la Sección II del Aviso de Disposición de la Ley de Escuelas
Seguras de Missouri, [consultar la página 69]);
navajas de bolsillo comunes o un instrumento con filo que mida cuatro pulgadas (10 centímetros)
o menos de largo;
navajas abatibles;
armas para lanzar proyectiles (a saber, escopeta de balines, escopeta de perdigones, honda, arco y
flecha, ballesta, etc.);
cachiporras;
Nota: esta ofensa incluye, entre otras, morder, escupir, patear o empujar o arrojar al personal de la escuela contra
un casillero, la pared o el piso o rociar al miembro del personal la escuela con fluidos corporales.
60
nudillos;
aerosol picante;
mazo;
“paralizadores”; u
objetos escolares comunes, objetos domésticos u otros materiales (los ejemplos incluyen, entre
otros, tijeras, limas de uñas, cadenas, apuntadores láser, navajas de rasurar, cuchillas, candados de
combinación o pasador, etc.), que se utilicen para atacar, amenazar, intimidar o infligir lesiones
físicas o daños a otra persona, si dichos objetos se emplean como arma.
Conspiración para cometer una ofensa de clase IV (“CON4”)
Acuerdo, plan o esfuerzo concertado entre dos o más personas para cometer una falta de clase IV.
*Accionamiento en falso de alarmas contra incendio (“ALRM”)
Activar una alarma contra incendios cuando no hay fuego ni humo o hacer un informe falso de amenaza de
bomba; alertar al personal de emergencia cuando no existe dicha emergencia.
Posesión o consumo de alcohol (“ALCO”) Posesión o consumo de alcohol en la escuela, en bienes de la escuela o durante una actividad escolar.
(Nota: no se permite asistir a clase a ningún alumno que llegue a la escuela bajo la influencia del alcohol).
Posesión o uso de armas simuladas (“WPNS”) Posesión, ocultamiento o exhibición de un arma simulada, incluyendo, entre otras, pistolas de juguete o
pistolas de fulminantes, que puedan razonablemente infundir temor o angustia de sufrir daños a una
persona.
Conducta sexual inapropiada (“SXLM”) Contacto físico o manoseo intencional, que constituiría un contacto sexual, independientemente de que
ocurra o no a través o debajo de la ropa (es decir, poner las manos debajo de la ropa de alguien, etc.). Esta
falta incluye tocar o manosear miembros del mismo sexo así como miembros del sexo opuesto.
Nota: el consentimiento o participación voluntaria de un alumno en cualquier forma de conducta sexual
inapropiada es irrelevante y cualquier alumno al que se sorprenda comportándose inadecuadamente
recibirá las mismas consecuencias).
61
CONSECUENCIAS DE CLASE IV
Preescolar Grados K a 3º Grados 4º a 6º Grados 7º a
12º
Nota: para ofensas que implican armas de fuego o las armas enumeradas específicamente en la página 69, los
alumnos recibirán una suspensión automática de diez (10) días, con recomendación de suspensión de largo
plazo, es decir, un año calendario o recomendación de expulsión.
Las medidas posteriores pueden incluir cualquiera de las siguientes: hacer servicio comunitario (en la escuela)
derivación a un programa de evaluación o tratamiento de drogas o alcohol
derivación a un programa para dejar de fumar o un programa de educación sobre el tabaco
derivación a agencias de asesoría externas
Derivación a programas de control de la ira o resolución de conflictos
Restitución si corresponde.
Recomendación de suspensión a largo plazo (11 a 180 días) o recomendación de expulsión
Primera ofensa
Comunicación con
los padres o el
tutor legal
Segunda ofensa
Reunión con los
padres o el tutor
legal
Ofensas subsiguientes
Derivación a
consejeros (si lo
amerita)
Suspensión a corto
plazo
(1 día)
Posible exclusión
del programa
(sujeto a
evaluación del
director de
aprendizaje
temprano o Head
Start).
Primera ofensa
Reunión con los
padres o el tutor
legal y suspensión
a corto plazo (5 a 7
días) con
posibilidad de otra
medida
Ofensas subsiguientes
Suspensión a corto
plazo (10 días) con
derivación a la
oficina de
disciplina
estudiantil.
(Para las suspensiones
a largo plazo, la
duración máxima es de 90 días, salvo que la ley
exija consecuencias más
graves).
Primera ofensa
Suspensión a corto
plazo (5 a 10 días)
con posibilidad de
otra medida
Ofensas subsiguientes
Suspensión
obligatoria a corto
plazo (10 días) con
derivación a la
oficina de
disciplina
estudiantil.
(Para las suspensiones a
largo plazo, la duración
máxima es de 90 días, salvo que la ley exija
consecuencias más
graves).
Primera ofensa
Suspensión
obligatoria a corto
plazo (10 días) con
posibilidad de otra
medida.
Ofensas
subsiguientes
Suspensión
obligatoria a corto
plazo (10 días) con
derivación a la
oficina de
disciplina
estudiantil.
(Para las suspensiones a largo plazo, la
duración máxima es de
90 días, salvo que la ley exija consecuencias
más graves).
Recomendación de
expulsión
62
DISCIPLINA EN EL AUTOBÚS ESCOLAR
Los autobuses escolares, las paradas de autobús y todas las demás formas de transporte que ofrece el
distrito o que se suministran incidentalmente para una actividad escolar se consideran como bienes de la
escuela. Los alumnos están sujetos a la autoridad y la disciplina escolar del distrito mientras esperan, se
suben y viajan en medios de transporte del distrito. Los alumnos que no cumplan el reglamento del distrito
o no contribuyan a un ambiente de transporte seguro estarán sujetos a medidas disciplinarias que incluyen,
entre otras, la suspensión del privilegio de viajar en el autobús. El conductor del autobús u otro miembro
del personal autorizado informarán cualquier desorden o situación peligrosa al director, tan pronto como
sea posible.
Todos los alumnos del distrito tienen que respetar el reglamento del autobús escolar, el cual se ha
establecido para garantizar el transporte seguro hacia y desde la escuela o durante actividades auspiciadas
por la escuela. Si las advertencias verbales y escritas, suspensiones y otros recursos constantes por parte
del conductor y los funcionarios de la escuela no tienen efecto en el comportamiento del alumno, los
conductores de autobús tendrán que solicitar la intervención del departamento de transporte del distrito.
Los lineamientos descritos en esta sección definirán las medidas disciplinarias para las infracciones en el
autobús escolar.
Avisos de mala conducta:
1. Se enviará un aviso de mala conducta a los padres de familia o tutores legales cada vez que el
comportamiento de su hijo sea desordenado. El aviso de mala conducta se podrá enviar por
correo postal o solicitando al alumno que lo entregue a sus padres o tutores legales.
2. Si la medida disciplinaria de la escuela no mejora la conducta en el autobús, el expediente de
transporte del alumno se enviará al departamento de transporte del distrito para que se resuelva el
caso.
3. Los alumnos que cometan actos de mala conducta en el autobús estarán sujetos a consecuencias
disciplinarias conformes al Code of Student Conduct (código de conducta estudiantil) y a perder
sus privilegios de transporte.
4. Durante todo período en el que se pierda el privilegio de transporte a causa de mala conducta del
alumno, el transporte hacia y desde la escuela será responsabilidad exclusiva de los padres de
familia o tutores legales (sujetos a los requisitos del programa de educación individualizada del
alumno, si corresponde).
Infracciones en el autobús escolar y sus consecuencias
Ofensa Consecuencia Agredir físicamente de alguna manera al conductor del autobús o
a otro persona Pérdida de privilegios durante un (1) ciclo escolar
Posesión de armas de fuego o armas de cualquier tipo Pérdida de privilegios durante un (1) ciclo escolar
Posesión de drogas, fumar o encender fuegos Pérdida de privilegios durante un (1) semestre
Adulterar la salidas de emergencia Pérdida de privilegios durante treinta (30) días
escolares
Sacar partes del cuerpo u objetos por las ventanas Pérdida de privilegios durante diez (10) días escolares
Peleas o forcejeos de cualquier tipo Pérdida de privilegios durante diez (10) días escolares
No cumplir los procedimientos del autobús (es decir, sentarse en
asientos designados, subir/bajar) Pérdida de privilegios durante tres (3) días escolares
Uso constante de lenguaje abusivo u obsceno Pérdida de privilegios durante tres (3) días escolares
Destruir o deteriorar los autobuses escolares Pérdida de privilegios durante cinco (5) días escolares
Arrojar objetos dentro o fuera del autobús Pérdida de privilegios durante cinco (5) días escolares
Usar iPods, teléfonos celulares, MP3s u otros dispositivos
electrónicos Pérdida de privilegios durante dos (2) días escolares
Comer, beber o dejar basura Pérdida de privilegios durante dos (2) días escolares
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Gritos, bullicios o sonidos que distraigan Pérdida de privilegios durante tres (3) días escolares
No bajarse del autobús en la parada designada Pérdida de privilegios durante dos (2) días escolares
Comportamiento desordenado o perturbador de cualquier tipo Pérdida de privilegios durante tres (3) días escolares
EXPLICACIÓN DE LAS CONSECUENCIAS
Ubicación en una escuela alternativa
La reubicación de un alumno en un programa alternativo específico que puede ser más adecuado para
satisfacer sus necesidades educativas, ya sean de carácter académico, de asistencia o de disciplina. Los
programas escolares alternativos pueden ofrecer un plan de estudios especializado, relaciones más
estrechas entre maestro y alumno, así como servicios de apoyo.
Servicio comunitario
Asignación de trabajo o responsabilidades que se imponen y practican a consecuencia del incumplimiento
de las normas de comportamiento. Las responsabilidades pueden incluir, entre otras, borrar el grafiti de las
paredes, recoger papeles de los pisos y del recinto escolar, quitar bandejas de las mesas de la cafetería,
barrer pisos, limpiar los borradores, lavar pizarrones, mantenimiento de las instalaciones, etc. El servicio
comunitario del alumno debe llevarse a cabo bajo la supervisión de un miembro del personal de la escuela.
El transporte será responsabilidad exclusiva de los padres o tutores legales.
Detención
Acto seguido del aviso a los padres o tutores legales y la autorización del administrador del edificio, un
alumno puede estar en detención temporal posterior al día escolar normal o durante los descansos o pausas
periódicas programadas. El incumplimiento de la detención tendrá como resultado una medida
disciplinaria adicional, la cual puede incluir una suspensión dentro o fuera de la escuela.
Expulsión
Exclusión de la escuela durante un período de más de ciento ochenta (180) días escolares. Únicamente el
Board of Education (consejo de educación) autoriza dicha medida y aprueba el reingreso del alumno en el
Distrito.
Reunión en la escuela
Reunión entre el alumno infractor y el personal escolar correspondiente.
Suspensión en la escuela
El programa de suspensión en la escuela se estableció para dar a los alumnos la oportunidad de explorar
alternativas al comportamiento inaceptable en un entorno supervisado y restringido, con un instructor de
tiempo completo durante un período de tiempo de no más de cinco (5) días consecutivos. Los alumnos se
separan del ámbito escolar normal y permanecen en un salón de clase vigilado. Se requiere que los
maestros asignen tareas apropiadas a los alumnos.
Suspensión fuera de la escuela
Retiro del alumno infractor del recinto escolar durante diez (10) días o menos. El director del edificio, el
superintendente o su representante administrativo pueden imponer la duración. No se permitirá a los
alumnos participar en actividades extracurriculares, asistir a una función escolar ni estar en ninguna de las
propiedades de las escuelas públicas de Kansas City durante el período de la suspensión.
Suspensión a largo plazo
Retiro del alumno infractor del recinto escolar durante un período entre once (11) y ciento ochenta (180)
días escolares. El director del edificio, el superintendente o su representante administrativo imponen la
duración. No se permitirá a los alumnos participar en actividades extracurriculares, asistir a una función
escolar ni estar en ninguna de las propiedades de las escuelas públicas de Kansas City durante el período
de la suspensión.
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Período de prueba
Acto seguido al aviso o la reunión con el alumno y los padres o tutores legales, el alumno se someterá a un
período de prueba en el que deberá cumplir con ciertas normas en áreas específicas (es decir, de carácter
académico, de asistencia a la escuela o de comportamiento) en el que deberá mostrar y mantener su
adaptación para la reasignación continua. El período de prueba puede durar hasta el final del período de
calificaciones o el final del ciclo escolar.
Referencia a las autoridades legales
Las escuelas pueden comunicarse con autoridades policiales u otras autoridades legales y se pueden
presentar cargos según corresponda.
Reparación
Acto seguido del aviso o de una reunión con el alumno y los padres o tutores legales, se podría exigir al
alumno que repare, restaure, reemplace o pague por cualquier bien de la escuela que haya dañado,
destruido, perdido o robado.
Reunión del administrador con el alumno y los padres
Se hará una reunión entre el administrador y el alumno y los padres para informarles de las consecuencias
del período de prueba que exigen la suspensión por faltas disciplinarias posteriores.
Suspensión de privilegios de uso de computadora o revocación del acceso a la computadora
A cualquier alumno que se encuentre responsable del uso o práctica incorrectos de la red se le podrán
suspender sus privilegios de acceso durante un período específico de tiempo. Esto impedirá el acceso de
los alumnos al sistema principal del distrito, a Internet o a cualquier otro servicio de red.
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PROCEDIMIENTOS PARA SUSPENSIONES Y EXPULSIONES
DE ALUMNOS
Nota: los alumnos con necesidades especiales (es decir, discapacidades, planes de educación
individualizada o planes de la Sección 504) deberán recibir sanciones en conformidad con la ley federal y
estatal, así como con la política del distrito. Consulte los procedimientos aprobados para sancionar a alumnos
con necesidades especiales en la Sección IV.
Sección I. SUSPENSIÓN FUERA DE LA ESCUELA (10 días escolares o menos)
Los directores o sus representantes, sujetos a procedimientos con el debido proceso correspondiente y a las
leyes estatales, pueden suspender sumariamente a cualquier alumno hasta por diez (10) días escolares por
infringir el Code of Student Conduct (código de conducta estudiantil). Toda suspensión se informará de
inmediato al superintendente, quien podrá revocar la suspensión en cualquier momento. Nota: por ley, ni los padres o tutores legales ni los alumnos tienen derecho a apelar las suspensiones a corto plazo.
Antes de imponer la suspensión, el director o su representante deben seguir los siguientes procedimientos:
1. Definir si el alumno es un alumno con necesidades especiales.
El alumno es un alumno con necesidades especiales si se presenta cualquiera de los siguientes
casos:
el alumno tiene un Individualized Education Plan (plan de educación individualizada o
IEP);
el alumno tiene o solicitó un plan conforme a la Sección 504;
el alumno se encuentra en proceso de que se le tome en cuenta o evalúe una discapacidad;
o
se sospecha que el alumno tiene una discapacidad.
Si el alumno no es un alumno con necesidades especiales, el director o su representante podrán
proceder según se indica a continuación. Consultar los procedimientos de suspensión y expulsión
de alumnos con necesidades especiales en la Sección IV.
2. Informar al alumno, ya sea verbalmente o por escrito, sobre las acusaciones en su contra y darle la
oportunidad de admitirlas o negarlas
3. Si el alumno niega las acusaciones, se le debe dar una explicación de los hechos que argumenta el
personal de la escuela y la oportunidad de presentar su versión del incidente antes de imponerle
cualquier consecuencia.
4. Si lo considera necesario, el director o su representante pueden llevar a cabo una investigación
más extensa del asunto antes de imponer una suspensión disciplinaria.
SUSPENSIÓN DE EMERGENCIA
Se podrá expulsar de la escuela inmediatamente a cualquier alumno que represente un peligro constante
para personas o la los bienes o una amenaza constante de alteración del orden. El aviso de los cargos, la
explicación de los hechos y la oportunidad del alumno para presentar su versión de los hechos se admitirán
A efectos de esta política, el director puede designar al subdirector para actuar en su
nombre, sujeto a la supervisión del director.
En algunos casos, el director o subdirector pueden optar por reducir la duración de la
suspensión después de hablar con el padre de familia o si se llega a un acuerdo para
solucionar el problema. En dichos casos, se consultará al maestro involucrado en la falta
que ocasionó la suspensión.
Al solicitar una reunión obligatoria con el padre de familia, el director o su representante no
podrán valerse de la falta de reunión con el padre como forma alternativa de suspensión.
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posteriormente tan pronto como sea posible. El director o su representante que autoricen la suspensión de
emergencia harán esfuerzos razonables para informar posteriormente al padre o tutor legal del alumno tan
pronto como sea posible. No se expulsará de la escuela al alumno sujeto a la suspensión de emergencia
hasta que se hayan tomado las provisiones pertinentes para su transporte y seguridad.
Sección II. SUSPENSIÓN A LARGO (11 a 180 días escolares)
El superintendente puede suspender a alumnos de la escuela por un período de once (11) a ciento ochenta
(180) días después de tener una reunión de disciplina con el alumno y su padre o tutor legal. A efectos de
esta política, el superintendente puede designar al oficial de disciplina estudiantil para actuar en su
nombre, sujeto a la supervisión del superintendente.
Durante la reunión, el alumno está sujeto a las siguientes salvaguardas de debido proceso.
1. Se le dará aviso al alumno, ya sea verbal o escrito, sobre las acusaciones en su contra.
2. Si el alumno niega los cargos, se le tendrá que dar una explicación oral o escrita de los hechos que
conforman el fundamento de la suspensión que se propone.
3. El alumno tendrá la oportunidad de presentar su versión del incidente antes de que se imponga
cualquier consecuencia. El alumno tiene derecho de presentar testigos a su favor.
4. Se notificará inmediatamente a los padres o tutores legales del alumno con respecto a las medidas
del superintendente o su representante, los motivos de tales medidas y el derecho a audiencia ante
el Board of Education (consejo de educación). Este aviso se proporcionará al concluir la
audiencia o se enviará por correo certificado, con atención a los padres o tutores legales del
alumno a la dirección más reciente que aparece en los expedientes de la escuela.
Derecho de apelación
Los padres o tutores podrán apelar la decisión del superintendente o su representante. La apelación debe
presentarse por escrito y registrarse en el departamento de servicios legales del distrito, dentro de los siete
(7) días calendarios a partir del aviso de suspensión. No presentar la apelación por escrito dentro del
período especificado constituye la renuncia al derecho de apelación.
Si alumno informa al Board of Education (consejo de educación) que desea apelar la suspensión a largo
plazo, la suspensión seguirá en pie hasta que el Board of Education (consejo de educación) tome su
decisión, a menos que el superintendente decida que la presencia del alumno representa un peligro
constante para las personas o la propiedad o una amenaza constante de alteración del proceso académico,
en cuyo caso el alumno se retirará automáticamente de la escuela y el aviso y la audiencia ocurrirán tan
pronto como sea posible, (Estatuto Modificado de Missouri, RSMo. 167.171(4)).
En la eventualidad de una apelación, el superintendente entregará al Board of Education (consejo de
educación), un informe completo por escrito de los hechos relacionados con la suspensión a largo plazo, la
medida tomada por el superintendente y los motivos de la misma.
Consultar el código JGD de la política administrativa.
Sección III. EXPULSIONES
El Board of Education (consejo de educación) es el único órgano rector en el distrito que puede expulsar a
un alumno por una conducta que perjudica el orden y la disciplina en la escuela o que tiene como fin
menoscabar la moral y la buena conducta de los alumnos. Antes de expulsar al alumno, los padres o el
tutor legal recibirán una notificación y tendrán derecho a una audiencia ante el Board of Education
(consejo de educación). Los padres o el tutor legal, o el alumno si el mayor de dieciocho años, pueden
renunciar a la audiencia de expulsión. Si no renuncian a ella, tendrá lugar en la fecha que establezca el
consejo. El consejo hará un esfuerzo de buena fe para informar a los padres o tutores legales de la hora, la
fecha y el lugar de la audiencia.
En todas las audiencias de expulsión o apelación de suspensiones a largo plazo que efectúa el consejo, se
seguirán los siguientes procedimientos:
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1. Se notificará por escrito a los padres o tutores legales de:
a. las acusaciones en contra del alumno;
b. su derecho a una audiencia ante el Board of Education (consejo de educación);
c. la fecha, la hora y el lugar de la audiencia;
d. el derecho a representación legal, y
e. sus derechos procesales a llamar testigos, mostrar pruebas y contrainterrogar a testigos.
Todas estas notificaciones se dirigirán a los padres o el tutor legal del alumno y se enviarán por
correo certificado y correo normal a los padres o tutores legales del alumno a la dirección más
reciente que aparece en el expediente del alumno.
2. Antes de la audiencia ante el Board of Education (consejo de educación), se informará al alumno
y a sus padres o tutores legales la identidad de los testigos que llamará la administración y la
naturaleza de sus testimonios. Así mismo, el alumno y sus padres o tutores legales, recibirán
copias de los documentos que presentará la administración de la escuela en la audiencia.
3. Las audiencias serán a puerta cerrada, a menos que el Board of Education (consejo de educación)
especifique lo contrario. La audiencia será a puerta abierta solo con el consentimiento de los
padres. Durante la audiencia, la administración o el abogado de la administración presentará los
cargos, testimonios y evidencias para sustentar los cargos. El alumno, sus padres o tutores legales
o su abogado, tendrán derecho a presentar testigos, mostrar pruebas y contrainterrogar a los
testigos que acudan para sustentar los cargos.
4. Al concluir la audiencia, el Board of Education (consejo de educación) deliberará en sesión
exclusiva y tomará una decisión para anular los cargos, suspender al alumno durante un período
de tiempo específico o expulsar al alumno de las escuelas del distrito. La administración o su
abogado, mediante la dirección del Board of Education (consejo de educación), prepararán y
trasmitirán oportunamente el aviso de su decisión a los padres o tutores legales. El aviso escrito
de la decisión se entregará también al director y al superintendente.
Consultar el código JGD de la política administrativa.
Sección IV. SUSPENSIÓN Y EXPULSIÓN DE ALUMNOS CON NECESIDADES
ESPECIALES
Los alumnos con necesidades especiales, según lo definen las leyes federales y estatales, estarán sujetos a
las disposiciones de este Code of Student Conduct (código de conducta estudiantil), salvo que se indique lo contrario en esta sección. El término “educación excepcional” significará e incluirá a la unidad o
unidades administrativas encargadas de la administración del departamento de educación excepcional.
Los padres o tutores legales del alumno y el equipo de educación excepcional participarán en todas las
decisiones administrativas que contempla este Code of Student Conduct (código de conducta estudiantil)
en relación con los alumnos con necesidades especiales.
Debido proceso Se darán procedimientos de debido proceso pertinentes al retiro, la suspensión o la expulsión de alumnos
de las escuelas públicas de acuerdo con la ley estatal a los alumnos que reúnan los requisitos en
conformidad con la política de suspensión y expulsión de alumnos del Board of Education (consejo de
educación).
Autoridad del personal de la escuela El personal de la escuela puede considerar cualquier circunstancia especial, caso por caso, al decidir si un
cambio de ubicación, coherente con otros requisitos de esta sección, es adecuado para un menor con
discapacidad que infringe el Code of Student Conduct (código de conducta estudiantil).
Durante todo período de suspensión (es decir, corto y largo plazo) o expulsión, se prohíbe la presencia de
los alumnos en el recinto escolar en todo momento. Así mismo, se prohíbe a los alumnos asistir o
participar en actividades auspiciadas por el distrito, dentro o fuera del recinto escolar.
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Diez (10) días escolares o menos Una escuela puede retirar de su ubicación actual a un menor con discapacidad que infringe el Code of
Student Conduct (código de conducta estudiantil) para asignarlo a una instalación educativa provisional
alternativa, a otro tipo de instalaciones o decidir la suspensión, durante no más de diez (10) días escolares
en el mismo ciclo escolar (en la medida en que dichas alternativas se apliquen a menores sin discapacidad)
sin proveer los servicios. Una vez que el menor se ha retirado de su lugar durante un total de más de diez
(10) días escolares en el mismo ciclo escolar, esta agencia debe, durante cualquier día sucesivo al retiro en
ese ciclo escolar, determinar los servicios de educación especial que se proporcionarán al alumno.
Suspensión a largo plazo
Si una escuela pretende suspender fuera de la escuela a un alumno con discapacidad por más de diez (10)
días escolares en el mismo ciclo escolar y se decide que el comportamiento que dio pie al incumplimiento
del código escolar no fue una manifestación de la discapacidad del menor, se tendrá que imponer al menor
el procedimiento disciplinario relevante para menores sin discapacidad, de la misma manera y por la
misma duración en que se aplicarían los procedimientos a menores sin discapacidad, salvo que se deben
ofrecer servicios a fin de garantizar que el menor recibe una educación pública apropiada, aunque deba
proveerse en una instalación educativa alternativa provisional.
Cambio de ubicación
El retiro de un menor con discapacidad de su ubicación educativa actual constituye un cambio importante
de ubicación si:
El retiro que se propone para el alumno es definitivo (expulsión), por un período indefinido, o por más
de 10 días escolares consecutivos, o es una serie de suspensiones que acumulan más de diez (10) días
escolares y generan un patrón de exclusiones, conforme a la Ley Educativa para Personas con
Discapacidad.
a. La decisión en cuanto a que la serie de suspensiones genera un patrón se toma de acuerdo a las
características de cada caso. Entre los factores que se toman en cuenta para decidir si una serie
de suspensiones tiene como consecuencia un “cambio de ubicación importante” están la duración
de cada suspensión, la proximidad entre las suspensiones, la cantidad total de tiempo que el
alumno se retira de la escuela y la similitud de la mala conducta. Sin embargo, en ningún caso se
debe usar la serie de exclusiones a corto plazo para evitar los requisitos de reevaluación antes de
que se acumulen suspensiones de más de 10 días. La decisión del distrito de que un patrón de
mala conducta se ha presentado está sujeta a revisión a través de un debido proceso y un proceso
legal. No se considera que las suspensiones que, en conjunto, suman 10 días o menos
constituyan un cambio de ubicación importante.
Servicios
Los servicios de educación especial que se deben proporcionar a un menor con discapacidad que se ha
retirado de su ubicación actual pueden proporcionarse en unas instalaciones escolares alternativas
provisionales.
Solamente se exige que una escuela proporcione servicios a un menor con discapacidad que se ha retirado
de su ubicación actual durante diez (10) días escolares o menos en ese ciclo escolar, si ofrece servicios a
un menor sin discapacidad que se ha retirado de manera similar.
Si se retira a un menor con discapacidad de su ubicación actual durante más de diez (10) días escolares en
un ciclo escolar, el equipo del programa de educación individualizada del menor establecerá si se
ofrecerán servicios de educación especial durante el retiro del alumno y dónde se ofrecerán dichos servicios.
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Manifestación
Dentro de los diez (10) días escolares de cualquier decisión de cambiar la ubicación de un menor con
discapacidad a consecuencia del incumplimiento del Code of Student Conduct (código de conducta
estudiantil), la escuela, los padres y los miembros relevantes del equipo del programa de educación
individualizada (según lo determinen los padres y la escuela) evaluarán toda la información relevante en
el expediente del alumno, incluido el programa de educación individualizada del menor, cualquier
comentario del maestro y cualquier información relevante que proporcionen los padres a fin de decidir si
la conducta en cuestión se originó o tuvo una relación directa y sustancial con la discapacidad del menor,
o bien, si la conducta en cuestión fue consecuencia directa de la omisión de esta agencia de implementar
el programa de educación individualizada.
Si la escuela, los padres y los miembros relevantes del equipo del programa de educación individualizada
deciden que la conducta en cuestión se originó o tuvo relación directa y sustancial con la discapacidad del
menor, o bien, que la conducta en cuestión fue consecuencia directa de la omisión de la escuela de
implementar el programa de educación individualizada correspondiente para el menor, se decidirá que la
conducta fue una manifestación de la discapacidad del menor.
Decisión de que el comportamiento fue una manifestación
Si la conducta fue manifestación de la discapacidad del menor, el equipo del programa de educación
individualizada hará una evaluación funcional del comportamiento e implementará un plan de intervención
del comportamiento para dicho menor. Si el menor ya tiene un plan de intervención del comportamiento,
el equipo del programa de educación individualizada debe evaluarlo y modificarlo, según sea necesario,
para tratar el comportamiento.
Si el comportamiento fue una manifestación de la discapacidad del menor, a menos que la exclusión se
deba al porte de armas, drogas o lesión corporal grave, se debe regresar al menor a la ubicación de la que
se retiró. Los padres y la escuela, no obstante, pueden acordar un cambio de ubicación como parte de la
modificación del plan de intervención del comportamiento.
Circunstancias especiales
Ya sea que el comportamiento haya sido o no una manifestación de la discapacidad del menor, el personal
de la escuela puede retirarlo para asignarlo a una instalación educativa alternativa provisional (definida por
el equipo del programa de educación individualizada del menor), hasta un máximo de cuarenta y cinco
(45) días escolares, si el menor:
a. lleva un arma (ver la definición a continuación) a la escuela o tiene un arma en la escuela,
en las instalaciones de la escuela, o en una función escolar bajo la jurisdicción de la
agencia estatal de educación o de un distrito escolar;
b. posee o consume intencionalmente drogas ilícita (ver la definición a continuación) o
vende o promueve la venta de una sustancia controlada (ver la definición a continuación)
mientras está en la escuela, en instalaciones de la escuela o en una función escolar bajo la
jurisdicción de la agencia estatal de educación o de un distrito escolar; o
c. ha infligido lesiones corporales graves (ver la definición a continuación) a otra persona
mientras está en la escuela, en las instalaciones de la escuela o en una función escolar
bajo la jurisdicción de la agencia estatal de educación o de un distrito escolar.
En la fecha en que tome esa medida, se deberá informar a los padres de familia de la decisión y
proporcionar el aviso de garantías procesales.
Definición del contexto
El equipo del programa de educación individualizada debe definir el contexto educativo alternativo
provisional para los retiros que son cambios de ubicación del programa de educación individualizada o
suspensiones de cuarenta y cinco (45) días escolares que se describen bajo circunstancias especiales.
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Apelación de los padres
Si el padre de un menor con discapacidad no está de acuerdo con cualquier decisión relacionada con la
asignación del programa de educación individualizada, o con la manifestación de determinación de este
inciso, o si la escuela considera que mantener el contexto actual del menor presenta una alta posibilidad de
ocasionar una lesión al menor o a otros, podrá solicitar una audiencia de debido proceso.
Autoridad del funcionario audiencias
Un funcionario de audiencias cualificado debe conducir la audiencia de debido proceso y tomar la
decisión. El funcionario de audiencias puede:
a. reincorporar al menor con discapacidad a la asignación del programa de educación
individualizada de la que se retiró al menor si el funcionario de audiencias decide que el
retiro fue una violación de los requisitos que se describen bajo el título Autoridad del
personal de la escuela o que el comportamiento fue una manifestación de la
discapacidad del menor, o
b. solicitar un cambio de ubicación del programa de educación individualizada del menor
con discapacidad a un contexto educativo alternativo provisional durante un período
inferior a cuarenta y cinco (45) días escolares si el funcionario de audiencias decide que
mantener el contexto actual del menor tiene la posibilidad de ocasionar una lesión al
menor o a otros.
Estos procesos de audiencia podrán repetirse, si el distrito escolar considera que reincorporar al menor al
contexto original reviste la posibilidad de ocasionar una lesión al menor o a otros.
Siempre que un padre de familia o el distrito escolar entablen una demanda de debido proceso para
solicitar una audiencia, la audiencia habrá de celebrarse, a excepción de lo siguiente: la agencia estatal de
educación debe hacer arreglos para celebrar una audiencia de debido proceso acelerada, la cual debe
ocurrir dentro de los veinte (20) días escolares posteriores a la fecha de solicitud de la audiencia y resultar
en una decisión dentro de los diez (10) días escolares posteriores a la audiencia. Salvo que los padres y el
distrito escolar acuerden, por escrito, renunciar a la reunión o acuerdan emplear mediación, una reunión
resolutoria debe ocurrir dentro de los siete (7) días naturales a partir de recibir el aviso de demanda de
debido proceso. La audiencia puede proceder, salvo que se haya resuelto el asunto a satisfacción de ambas
partes dentro de los quince (15) días naturales de recibir la demanda de debido proceso.
Una de las partes puede apelar la decisión de una audiencia acelerada de debido proceso, de la misma
manera que lo haría para las decisiones en otras audiencias de debido proceso.
Asignación durante las apelaciones
Si los padres o la escuela han entablado una demanda de debido proceso relacionada con cuestiones
disciplinarias, el menor debe (salvo que los padres y la agencia estatal de educación o el distrito escolar
acuerden lo contrario) permanecer en el contexto educativo alternativo provisional en espera de la decisión
del funcionario de audiencias o hasta que se agote el período de tiempo del retiro, según se establece y
describe bajo el título Autoridad del personal de la escuela, lo que ocurra primero.
Protección para menores que aún no cumplen con los requisitos para acceder a la educación
especial y los servicios relacionados
Los alumnos que aún no se han identificado como discapacitados pueden estar sujetos a las mismas
medidas disciplinarias procedentes para menores sin discapacidades, si la escuela no tuvo conocimiento
previo de la discapacidad. Si se considera que la escuela tiene conocimiento de que el niño tenía una
discapacidad antes del comportamiento que originó la medida disciplinaria, el menor puede hacer valer
cualquiera de las protecciones para alumnos con discapacidades en el área disciplinaria.
Una escuela tiene conocimiento de la discapacidad cuando: a) uno de los padres ha manifestado la
inquietud de que el menor necesita servicios de educación especial ante el personal de vigilancia o
administrativo de la agencia educativa correspondiente o ante el maestro del menor; o, b) uno de los padres
ha solicitado una evaluación; o, c) el maestro del alumno u otro personal de la escuela han manifestado una
preocupación específica acerca del patrón de comportamiento del alumno directamente al director de
71
educación especial o a otro personal de vigilancia, en conformidad con el resultado del menor establecido
con la agencia o sistema de referencia a educación especial.
No se considera que una escuela tuvo conocimiento de que el niño tiene discapacidad si esta agencia llevó
a cabo una evaluación y decidió que el menor no tenía discapacidad; o decidió que no era necesaria la
evaluación y entregó el aviso de negativa de acción correspondiente antes del incidente; o si el padre del
menor no ha autorizado la evaluación del menor en conformidad con la Individuals with Disabilities
Education Act (Ley de Educación para Personas con Discapacidad o IDEA) o se ha negado a recibir los
servicios.
Si se presenta una solicitud de evaluación durante el período en el que el alumno está sujeto a medidas
disciplinarias, se agilizará le evaluación. Hasta que finalice la evaluación (asumiendo que se consideró
que la agencia no tuvo conocimiento de que el menor tenía discapacidad antes del comportamiento que
originó la medida disciplinaria), el menor permanecerá en el establecimiento educativo que decida el
distrito escolar, que puede incluir la suspensión o expulsión sin servicios educativos. Si se decide que el
menor tiene una discapacidad, esta agencia ofrecerá educación especial y los servicios relacionados y
seguirá todos los procedimientos necesarios para disciplinar a alumnos con discapacidades.
Informes de delitos cometidos por alumnos con discapacidades
Nada de esta parte se interpretará como prohibición para que esta agencia informe delitos a las autoridades
policiales y legales correspondientes, o para impedir que las autoridades policiales y legales del estado
ejerzan sus responsabilidades en relación con la imposición de la ley federal y estatal contra delitos
cometidos por alumnos con discapacidades. La agencia que informa un delito deberá conservar copias de
los expedientes de educación especial y de disciplina del menor para enviarlos a las autoridades
correspondientes ante las que denuncia el delito. La transmisión de expedientes debe hacerse en
conformidad con la Ley de Derechos Educativos y Privacidad de la Familia (FERPA, por sus siglas en
inglés).
Definiciones
Sustancia controlada se refiere a una droga u otra sustancia identificada en los programas I, II, III, IV o V
de la Sección 202(c) de la Ley de Sustancias Controladas (21 USC 812 (c)). Droga ilícita se refiere a una
sustancia controlada pero no incluye la posesión ni el consumo de dicha sustancia bajo la supervisión de
un profesional de la salud autorizado, ni que se posea o consuma legalmente bajo cualquier autoridad
conforme a dicha ley o a cualquier otra disposición de la ley federal. Pruebas sustanciales se refieren a un
grado mayor a la preponderancia de las pruebas. Arma se refiere a un arma peligrosa según se define en el
párrafo (2) del primer inciso (g) de la Sección 930 del título 18 del Código de Estados Unidos. El término
“arma peligrosa” se refiere a un arma, dispositivo, instrumento, material o sustancia, animada o inanimada,
que se usa para o puede ocasionar inmediatamente la muerte o lesiones corporales graves, salvo que dicho
término no incluye las navajas de bolsillo con una cuchilla de menos de 2½ pulgadas (6,5 cm) de largo.
La lesión física grave es una lesión física que genera un riesgo importante de muerte, dolor físico extremo,
desfiguramiento externo y obvio, pérdida crónica o impedimento de la función de alguna parte, órgano del
cuerpo o facultad mental (18 USC 1365 (h)(3)).
Sección V. DISCIPLINA DE LOS ALUMNOS CON DISCAPACIDADES SEGÚN
LA SECCIÓN 504
La Sección 504 requiere que el distrito evalúe a cada alumno con discapacidad, según la Sección 504,
antes de efectuar la asignación inicial o cualquier otro cambio subsiguiente e importante de asignación. El
retiro que se propone para el alumno con discapacidades y es definitivo (expulsión), por un período
indefinido, o por más de 10 días escolares consecutivos, o que es una serie de suspensiones cuyo total, de
manera acumulada, es de más de diez (10) días escolares y que genera un patrón de exclusiones, constituye
un “cambio importante de asignación”, conforme a la Sección 504.
La decisión en cuanto a que la serie de suspensiones genera un patrón se toma de acuerdo a las
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características de cada caso. Entre los factores que se toman en cuenta para decidir si una serie de
suspensiones tiene como consecuencia un “cambio de ubicación importante” están la duración de cada
suspensión, la proximidad entre las suspensiones y la cantidad total de tiempo que el alumno se retira de la
escuela. Sin embargo, en ningún caso se debe usar la serie de exclusiones a corto plazo para evitar los
requisitos de reevaluación antes de que se acumulen suspensiones de más de 10 días.
No se considera que las suspensiones que, en conjunto, suman 10 días o menos constituyan un cambio de
ubicación importante.
Antes de imponer una suspensión o expulsión que constituya un cambio importante en la ubicación del
alumno, el comité de la Sección 504 debe llevar a cabo una evaluación para determinar si el
comportamiento se originó debido a la discapacidad y si ubicó correctamente al alumno para que reciba los
servicios apropiados en el momento en que presenta su conducta disruptiva. Se deberá llevar a cabo una
reevaluación si el distrito procede con la suspensión o expulsión que constituye un “cambio importante” de
ubicación.
Servicios
No se exige al distrito proporcionar servicios o adaptaciones durante el período de suspensión o expulsión.
Determinación de la manifestación
La determinación de la manifestación es una evaluación de la relación entre la discapacidad del alumno y
el comportamiento sujeto a medidas disciplinarias. Si la escuela decide disciplinar al alumno retirándolo
de la ubicación actual durante más de diez (10) días consecutivos o diez (10) días acumulados en un ciclo
escolar, esto constituye un cambio de ubicación y se deberá hacer lo siguiente: el día en que se tome la
decisión, informar a los padres o tutor legal y entregar una copia de las garantías procesales; y evaluar
inmediatamente, de ser posible, pero a más tardar antes de 10 días escolares luego del día de la decisión, la
relación entre la discapacidad del alumno y la conducta sujeta a medidas disciplinarias.
El comité de la Sección 504 deberá tomar la decisión correspondiente a la determinación de la
manifestación. El comité de la Sección 504 solo puede decidir que la conducta del alumno no fue una
manifestación de una discapacidad si hace lo siguiente:
Dentro de los diez (10) días escolares posteriores a la suspensión, o tan pronto como sea factible si se
genera un patrón de suspensiones, el comité de la Sección 504 evaluará toda la información relevante en el
expediente del alumno, incluyendo cualquier comentario del maestro y cualquier información relevante
que aporten los padres o tutores legales, para decidir si la conducta en cuestión fue una consecuencia
directa o tuvo una relación importante con la discapacidad del alumno y si se ubicó correctamente al
alumno y este recibía los servicios apropiados en el momento en que presentó la conducta disruptiva.
Si el comité de la Sección 504 decide que la mala conducta no se relaciona con la discapacidad del
alumno, que tampoco resultó de su ubicación incorrecta y que el alumno estaba recibiendo los servicios
apropiados cuando presentó su conducta disruptiva, se podrá retirar al alumno de la escuela de la misma
manera que se haría con sus compañeros sin discapacidades, según lo previsto por el siguiente Code of
Student Conduct (código de conducta estudiantil). Si el comité de la Sección 504 decide que la mala
conducta se relaciona con la discapacidad del alumno, o que la ubicación incorrecta del alumno causó
dicha conducta disruptiva porque no recibió los servicios apropiados, no se puede suspender al alumno. El
comité de la Sección 504 deberá entonces decidir si la ubicación educativa actual del alumno es apropiada.
Apelación de los padres
Los padres o el tutor legal pueden solicitar una audiencia de debido proceso para apelar el resultado de la
manifestación del equipo de la Sección 504. Si los padres o el tutor legal solicitan una audiencia de debido
proceso, el alumno permanecerá en la ubicación actual. El funcionario de la audiencia debe averiguar si la
escuela determinó correctamente que la conducta del alumno no fue una manifestación de su discapacidad.
73
Protección para menores que aún no cumplen con los requisitos para acceder a la Sección 504 y
los servicios relacionados
Los alumnos que aún no se han identificado como discapacitados de acuerdo a la sección 504 pueden estar
sujetos a las mismas medidas disciplinarias procedentes para menores sin discapacidades, si la escuela no
tuvo conocimiento previo de la discapacidad. Si se considera que la escuela tiene conocimiento de que el
niño o joven tenía una discapacidad de acuerdo a la sección 504 antes del comportamiento que originó la
medida disciplinaria, el menor puede hacer valer cualquiera de las protecciones para alumnos con
discapacidades en el área disciplinaria.
Una escuela tiene conocimiento de la discapacidad cuando: a) uno de los padres ha manifestado la
inquietud de que el menor necesita servicios de educación especial ante el personal de vigilancia o
administrativo de la agencia educativa correspondiente o ante el maestro del menor; o, b) uno de los padres
ha solicitado una evaluación; o, c) el maestro del alumno u otro personal de la escuela han manifestado una
preocupación específica acerca del patrón de comportamiento del alumno directamente al director de
educación especial o a otro personal de vigilancia, en conformidad con el resultado del menor establecido
con la agencia o sistema de referencia a educación especial.
No se considera que una escuela tuvo conocimiento de que el niño tiene discapacidad si esta agencia llevó
a cabo una evaluación y decidió que el menor no tenía discapacidad; o decidió que no era necesaria la
evaluación y entregó el aviso de negativa de acción correspondiente antes del incidente; o si el padre del
menor no ha autorizado la evaluación del menor en conformidad con la Sección 504 o se ha negado a
recibir los servicios.
Si se presenta una solicitud de evaluación durante el período en el que el alumno está sujeto a medidas
disciplinarias, se agilizará le evaluación. Hasta que finalice la evaluación (asumiendo que se consideró
que la agencia no tuvo conocimiento de que el menor tenía discapacidad antes del comportamiento que
originó la medida disciplinaria), el menor permanecerá en el establecimiento educativo que decida el
distrito escolar, que puede incluir la suspensión o expulsión sin servicios educativos. Si se decide que el
menor tiene una discapacidad, esta agencia ofrecerá educación especial y los servicios relacionados y
seguirá todos los procedimientos necesarios para disciplinar a alumnos con discapacidades.
Expulsión
Antes de la expulsión u otro tipo de retiro que constituya un cambio significativo de ubicación, el comité
de la Sección 504 debe “determinar la manifestación”. Solo se puede expulsar a un alumno si el comité de
la Sección 504 decide, cuando lleve a cabo la manifestación, con fundamento en datos adecuados y
actualizados de evaluación, que el mal comportamiento del alumno no se relacionó con su discapacidad y
que no fue a consecuencia de una ubicación incorrecta o porque el alumno no estaba recibiendo los
servicios correctos en el momento en que se presentó su mala conducta.
Si el comité de la Sección 504 decide que la mala conducta no se relaciona con la discapacidad del
alumno, que tampoco resultó de su ubicación incorrecta y que el alumno estaba recibiendo los servicios
apropiados cuando presentó su conducta disruptiva, se podrá retirar al alumno de la escuela de la misma
manera que se haría con sus compañeros sin discapacidades. Si el comité de la Sección 504 decide que la
mala conducta se relaciona con la discapacidad del alumno, o que la ubicación incorrecta del alumno causó
dicha conducta disruptiva porque no recibió los servicios apropiados, no se puede expulsar al alumno. El
comité de la Sección 504 deberá entonces decidir si la ubicación educativa actual del alumno es apropiada.
Armas
El distrito puede ubicar a un alumno con discapacidad en un programa alternativo por un máximo de 45
días calendarios sin determinar previamente si el comportamiento se relaciona con su discapacidad de
portar un arma. Durante esta fase, se debe convocar al comité de la Sección 504 para determinar si la mala
conducta es una manifestación de la discapacidad del alumno y no el resultado de una ubicación incorrecta
y que además el alumno estaba recibiendo los servicios apropiados en el momento en que presentó la
conducta disruptiva. Los padres o el tutor legal pueden apelar la ubicación de 45 días. Durante el
procedimiento de apelación (debido proceso), el alumno debe permanecer en el contexto educativo
alternativo hasta que termine la audiencia, a menos que los padres o el tutor legal y el distrito lleguen a un
74
acuerdo con respecto a otra ubicación.
Abuso de sustancias
Las escuelas pueden tomar medidas disciplinarias en situaciones en las que los alumnos “participan [en] el
consumo ilícito de drogas o en el consumo de alcohol” en la misma medida en que dichas medidas
disciplinarias se tomarían contra alumnos sin discapacidades. De ser ese el caso, los padres o tutores
legales no podrán recurrir al procedimiento de debido proceso conforme a la ley para impugnar la medida
disciplinaria.
75
AVISO DE DISPOSICIONES, REQUISITOS Y DEFINICIONES
BAJO LA LEY DE ESCUELAS SEGURAS DE MISSOURI
Según la ley del estado, se exige que los administradores de las escuelas informen actos de violencia en la
escuela hacia los maestros y demás personal del distrito que deban tener conocimiento de los mismos. El
personal del distrito que “deba tener conocimiento” se refiere al personal escolar que es directamente
responsable de la educación del alumno o que de otra manera interactúa con el alumno a nivel profesional
en el ámbito de sus actividades asignadas.
Los administradores escolares informarán a la agencia correspondiente a cargo del cumplimiento de la ley,
tan pronto como sea posible, cualquiera de los siguientes delitos mayores o cualquier acto que, si lo
comete un adulto, sería uno de los siguientes delitos mayores si se cometen en el recinto escolar,
incluyendo, entre otros, actos en cualquier autobús escolar en servicio en nombre del distrito o durante su
participación en actividades escolares: 1. Homicidio en primer grado conforme al Estatuto Modificado
de Missouri, RSMo. 565.020; 2. Homicidio en segundo grado conforme al Estatuto
Modificado de Missouri, RSMo. 565.021; 3. Secuestro conforme al Estatuto Modificado de Missouri,
RSMo. 569.040; 4. Agresión en primer grado conforme al Estatuto Modificado
de Missouri, RSMo. 565.050;
5. Violación con violencia conforme al Estatuto Modificado de
Missouri, RSMo. 566.030; 6. Sodomía con violencia conforme al Estatuto Modificado de
Missouri, RSMo. 566.060;
7. Robo con allanamiento en 1er
grado conforme al Estatuto
Modificado de Missouri, RSMo. 569.160; 8. Robo con allanamiento en 2º grado conforme al Estatuto
Modificado de Missouri, RSMo. 569.170; 9. Robo con allanamiento en 1
er grado conforme al Estatuto
Modificado de Missouri, RSMo. 569.020; 10. Distribución de drogas conforme al Estatuto
Modificado de Missouri, RSMo. 195.211;
11. Distribución de drogas a un menor conforme al Estatuto
Modificado de Missouri, RSMo. 195.212; 12. Incendio provocado en 1
er grado conforme al Estatuto
Modificado de Missouri, RSMo. 569.040; 13. Homicidio voluntario sin premeditación conforme al
Estatuto Modificado de Missouri, RSMo. 565.023;
14. Homicidio involuntario sin premeditación conforme al Estatuto
Modificado de Missouri, RSMo. 565.024;
15. Agresión en segundo grado conforme al Estatuto Modificado de
Missouri, RSMo. 565.060;
16. Agresión sexual conforme al Estatuto Modificado de Missouri, RSMo.
566.040; 17. Restricción criminal conforme al Estatuto Modificado de Missouri,
RSMo. 565.120; 18. Daño a propiedad en 1
er grado conforme al Estatuto Modificado de
Missouri, RSMo. 569.100;
19. Posesión de armas conforme al Estatuto Modificado de Missouri,
RSMo. 571; 20. Abuso sexual de menores en 1
er grado conforme al Estatuto
Modificado de Missouri, RSMo. 566.067;
21. Agresión sexual pervertida conforme al Estatuto Modificado de
Missouri, RSMo. 566.070;
22. Mala conducta sexual implicando a un menor conforme al
Estatuto Modificado de Missouri, RSMo. 566.083;
23. Abuso sexual conforme al Estatuto Modificado de Missouri, RSMo.
566.100;
24. Acoso conforme al Estatuto Modificado de Missouri, RSMo. 565.090; o
25. Acecho conforme al Estatuto Modificado de Missouri, RSMo. 565.225.
Se informará a la agencia policial correspondiente en toda situación en la que la conducta de un
alumno infrinja la ley del estado o las ordenanzas municipales. El distrito colaborará plenamente en
cualquier investigación y exhorta al personal a procesar a los alumnos que participan en
comportamientos que les ocasionan daños físicos.
Así mismo, si el distrito recibe notificación de un oficial de casos juveniles en cuanto a que se ha
entablado una petición aduciendo que un alumno ha cometido una falta grave contra personas o
bienes, los maestros y otros miembros del personal del distrito que deban tener conocimiento de esta
recibirán dicha información. Cualquier información relativa a faltas graves se mantendrá confidencial
y se usará únicamente con el fin limitado de garantizar que se mantengan el orden y la disciplina
correctos en la escuela. Esta información no se puede usar como fundamento exclusivo para no
proporcionar servicios educativos a un alumno.
Si el plan de educación individualizada (IEP) de un alumno incluye una indicación de que el estado de
salud del alumno implica un comportamiento violento, dicha información se proporcionará, tanto a los
maestros como al resto del personal del distrito que deba tener conocimiento de la misma.
76
Sección I. CASTIGO CORPORAL
El castigo corporal se define como cualquier acto de fuerza física hacia un alumno con fines
disciplinarios. Ninguna persona bajo contrato o en trabajo voluntario en nombre del distrito impondrá
o intentará imponer castigo corporal a un alumno que asiste a las escuelas del distrito. Un miembro
del personal podrá, no obstante, usar fuerza física razonable contra un alumno, sin previo aviso al
director, si es esencial para la defensa propia, la preservación del orden o la protección de otras
personas o a las instalaciones del distrito.
Sección II. DISCIPLINA OBLIGATORIA PARA CIERTAS INFRACCIONES
RELACIONADAS CON ARMAS
Si se determina que un alumno trae consigo una de las siguientes armas a la escuela o a instalaciones
de la escuela, infringiendo así esta y otras políticas del distrito, el alumno se suspenderá durante un
período no menor de un (1) año calendario, o se recomendará su expulsión, a menos que el
superintendente modifique dicha suspensión o recomendación de expulsión según sea el caso: arma de
fuego, cachiporra, arma de fuego oculta, arma explosiva, silenciador de arma de fuego, pistola de gas,
cuchillo, nudillos, metralleta, arma de proyectiles, rifle, escopeta, pistola a resorte, pistola
inmovilizadora (o pistola eléctrica) o navaja de muelle.
A efectos de esta sección, un “cuchillo” significa daga, puñal, estilete o instrumento manual de hoja
con el que se pueden infligir lesiones físicas graves o la muerte al cortar o acuchillar a una persona.
Para determinar si un alumno estará sujeto a un (1) año de suspensión obligatoria, un “cuchillo” no
incluirá las navajas comunes de bolsillo con cuchilla de cuatro pulgadas (diez centímetros) de lago o
más corta. Sin embargo, una navaja común de bolsillo con cuchilla de cualquier largo es un “arma”
conforme al término que se utiliza en esta y en otras políticas del distrito, y la posesión, venta, uso o
transferencia de una navaja de bolsillo en el recinto escolar sujetará al alumno a medidas disciplinarias
que incluyen, entre otras, la suspensión o la expulsión.
Sección III. INFRACCIONES GRAVES DE LA POLÍTICA DISCIPLINARIA DEL
DISTRITO
Cualquier falta de clase III y IV al Code of Student Conduct (código de conducta estudiantil)
constituye el incumplimiento grave de la política disciplinaria del Distrito.
Sección IV. ACTOS DE VIOLENCIA
De conformidad con la Ley de Escuelas Seguras, la frase “acto de violencia en la escuela” significa el
uso de fuerza física por parte de un alumno con el fin de causar una lesión física grave a otra persona
en el recinto escolar, incluyendo los autobuses escolares en servicio en nombre del distrito o al
participar en actividades escolares. La “lesión física grave” es una lesión física que genera un riesgo
sustancial de muerte u ocasiona desfiguramiento grave, pérdida crónica o impedimento de la función
de alguna parte del cuerpo. Por ejemplo, agredir a un alumno, maestro o a cualquier otro empleado
del distrito. Las agresiones en tercer grado se consideran como actos violentos.
77
Sección V. RESTRICCIONES DE ASISTENCIA A ESCUELAS DENTRO DEL
DISTRITO
No se volverá a admitir ni matricular a ningún alumno en un programa periódico de enseñanza si a) el
alumno recibe una sentencia, b) se entabla una acusación formal o un proceso de investigación contra
un alumno pero no se llega a juicio, c) se entabla una petición conforme a la Sección 211.091 del
Estatuto Modificado de Missouri, RSMo. en la que se alega que el alumno cometió un acto y no se
llegó a juicio o d) se atribuyó a una persona un acto que, si lo cometiera un adulto, sería uno de los
siguientes:
Homicidio en primer grado conforme al Estatuto
Modificado de Missouri, RSMo. 565.020;
Homicidio en segundo grado conforme al
Estatuto Modificado de Missouri, RSMo. 565.021;
Agresión en primer grado conforme al Estatuto
Modificado de Missouri, RSMo. 565.050;
Violación con violencia conforme al Estatuto
Modificado de Missouri, RSMo. 566.030;
Sodomía con violencia conforme al Estatuto
Modificado de Missouri, RSMo. 566.060;
Agresión en primer grado conforme al Estatuto
Modificado de Missouri, RSMo. 569.020;
Distribución de drogas a un menor conforme al
195.212;
Agresión en primer grado conforme al Estatuto
Modificado de Missouri, RSMo. 569.040;
Secuestro como delito mayor Clase A conforme al
Estatuto Modificado de Missouri, RSMo. 569.040;
Violación con violencia conforme al Estatuto
Modificado de Missouri, RSMo. 566.030; y
Sodomía con violencia conforme al Estatuto Modificado de Missouri, RSMo. 566.060.Esta sección no prohibirá el
reingreso o la inscripción de ningún alumno si se ha rechazado una petición o si se exoneró al alumno o se
resolvió que no cometió ninguno de los actos antes citados. Así mismo, esta sección no será procedente para
un alumno con discapacidad, según lo identifiquen los criterios de elegibilidad del estado, al que se condene o
encuentre culpable a consecuencia de un acto relacionado con la discapacidad del alumno. Por último,
ninguna parte de esta sección se interpretará para prohibir a un distrito que ofrece un programa de educación
alternativa inscribir a un alumno en un programa de educación alternativa si el distrito decide que dicha
inscripción es pertinente.
78
Sección VI. RESTRICCIONES DE SUSPENSIONES POR FALTAS GRAVES Y ACTOS DE
VIOLENCIA
Los alumnos que se suspenden por cualquiera de las ofensas descritas en la sección Avisos de disposiciones,
requisitos y definiciones de la Ley de Escuelas Seguras o por cualquier acto de violencia o actividad
relacionada con drogas, definida por la política del distrito como falta grave de disciplina de la escuela,
conforme a la Sección III., Infracciones graves de la política disciplinaria del distrito, y a la Sección IV.,
Actos violentos, tendrán como condición de suspensión el requisito de que no se le permite, durante la
suspensión, estar a una distancia de menos de mil (1000) pies (305 metros) de ninguna escuela del distrito al
que el alumno asistía, salvo que el alumno:
esté bajo supervisión directa de su padre o tutor legal;
esté bajo supervisión directa de otro adulto designado anticipadamente por los padres o el tutor
legal del alumno, por escrito, al director de la escuela que suspendió al alumno;
esté en una escuela alternativa que se ubique dentro de los mil (1000) pies (305 metros) de
distancia de una escuela del distrito al que el alumno asistía, o
resida dentro de los mil (1000) pies (305 metros) de distancia de cualquier escuela del distrito al
que asistía, en cuyo caso el alumno estaría en la propiedad de su residencia sin supervisión
directa de un adulto.
Todo alumno que incumpla la condición de suspensión necesaria en conformidad con esta sección podría
estar sujeto a expulsión u otra suspensión conforme a las disposiciones que se indican en la sección
Ofensas y consecuencias. Para tomar dicha decisión, el distrito considerará si el alumno representa una
amenaza para la seguridad de cualquier alumno o empleado de la escuela y si la presencia sin supervisión
del alumno dentro de mil (1000) pies (305 metros) de distancia de la escuela perturba la política
disciplinaria de la misma. El retiro de cualquier alumno con discapacidad está sujeto a los derechos
procesales estatales y federales.
Sección VII. REUNIONES DE READMISIÓN
Antes de readmitir o inscribir a cualquier alumno que se ha suspendido durante más de diez (10) días
consecutivos por un acto de violencia en la escuela; o que se ha suspendido fuera de la escuela o expulsado
en conformidad con esta política, se debe hacer una reunión para evaluar la conducta del alumno que
originó la suspensión o expulsión, independientemente de si el acto se cometió o no en una escuela pública
o una escuela privada del estado y para analizar cualquier medida correctiva necesaria para evitar
incidencias posteriores de dicha conducta o de una conducta relacionada.
El distrito podrá transferir una suspensión o expulsión impuesta por otro distrito escolar dentro o fuera del
estado, escuela privada, escuela “charter” o escuela parroquial, si hubo una conducta similar en ese distrito
cuya consecuencia fue una suspensión o expulsión. Los padres o el tutor legal, padres adoptivos o el
alumno pueden solicitar una reunión. Las reuniones contarán con la participación de los funcionarios de la
escuela y maestros correspondientes, así como de cualquier maestro directamente involucrado con la
conducta cuya consecuencia fue la suspensión o expulsión, el alumno y los padres o tutores legales o
cualquier agencia con jurisdicción legal, cuidado, custodia o control sobre el alumno. El Board of
Education (consejo de educación) notificará por escrito a los padres de familia o tutores legales, así como a
otras partes interesadas, la hora, el lugar y la agenda de dicha reunión. Si cualquiera de las partes no asiste
a esta conferencia, esto no será un impedimento para llevar a cabo la reunión.
79
DISCRIMINACIÓN Y ACOSO: PROCEDIMIENTOS DE QUEJAS
DE PADRES Y ALUMNOS
Procedimientos para garantizar el cumplimiento de los reglamentos federales y estatales y políticas de no discriminación y
acoso del Board of Education (consejo de educación) en actividades y programas educativos
AVISO DE NO DISCRIMINACIÓN
Las escuelas públicas de Kansas City no discriminan en base sexo, raza, religión, color, nacionalidad,
ascendencia, edad, discapacidad, preferencia sexual, identidad de género o cualquier otro factor prohibido
por la ley en sus programas y actividades. La siguiente persona ha sido designada para tratar las peticiones
de alumnos, padres y miembros del público en relación con las políticas de no discriminación:
Coordinador de antidiscriminación y acoso
Gerente general de gestión de capital humano y servicios de apoyo
1211 McGee, Suite 803
Kansas City, Missouri 64106
Teléfono: (816)-418-7610 Fax: (816)-418-7411
Finalidad
Las escuelas públicas de Kansas City han establecido procedimientos para garantizar la no discriminación
en actividades y programas educativos, así como la eliminación del acoso, incluyendo el acoso sexual. Es
política del consejo que todos los alumnos reciban un trato respetuoso por parte de todos los empleados,
terceros y compañeros de la escuela. No se tolerará el trato hostil o violento contra un alumno en base a
sexo, raza, religión, color, nacionalidad, ascendencia, edad, discapacidad, preferencia sexual, identidad de
género o cualquier otro factor prohibido por la ley.
La finalidad de esta política es garantizar que las quejas de discriminación o acoso se resuelvan de manera
expeditiva, metódica y equitativa que ayuda a cumplir a la letra con la finalidad de la ley. Se requiere que
todos los directores hagan un esfuerzo diligente para considerar y comprender en toda su magnitud la
naturaleza y el fundamento de cualquier queja de discriminación y acoso por parte de un padre de familia o
alumno y resolverla expeditivamente o derivarla a la oficina correspondiente para su resolución. El inicio
de una queja de discriminación o acoso por parte de un alumno o padre de familia no se empleará como
fundamento para tomar medidas que afecten negativamente el desempeño del alumno(a) en la escuela. Así
mismo, la participación o colaboración en la investigación de una queja no se utilizará como base para
tomar medidas adversas contra un alumno.
Las quejas de discriminación o acoso presentadas conforme a las disposiciones de esta regla se tratarán
mediante normas de las agencias federales encargadas del cumplimiento de la ley para procesar e
investigar las denuncias de discriminación y acoso y sin impedimentos administrativos externos. No se
aceptarán ni procesarán las quejas anónimas. Las quejas deben incluir, en la medida de las capacidades del
denunciante, información específica relativa a las acciones o inacciones discriminatorias o de acoso, el
fundamento (a saber, edad, raza, discapacidad, etc.) de las acciones o inacciones, los supuestos infractores
y los testigos, de haber alguno. Cualquier denunciante que intencionalmente presente información falsa
será sujeto a medidas disciplinarias. Una muestra de queja por acoso está disponible en la página 81. Se
mantendrá un expediente por cada investigación de queja de discriminación o acoso y se incluirá la
resolución final de cada uno.
80
Procedimiento para presentar quejas
Un alumno o padre de familia que considere que ha sido objeto de discriminación o acoso debido a su
sexo, raza, color, religión, nacionalidad, ascendencia, preferencias políticas, estado civil, edad, preferencia
sexual, identidad de género, antecedentes sociales y familiares, preferencia de idioma, embarazo, etc.,
deberá comunicar su queja o problema a un maestro o administrador de la escuela o del distrito. El
alumno que acosa o discrimina a otro alumno estará sujeto a medidas disciplinarias conforme al Code of
Student Conduct (código de conducta estudiantil).
Cualquier miembro del personal del distrito que reciba una queja de discriminación y acoso deberá
informar al director de la escuela y al coordinador de asuntos de discriminación y acoso. El director se
hará cargo de concertar una reunión con el denunciante en el transcurso de cinco (5) días laborales para
hablar de la queja. El director deberá finalizar la investigación dentro de los treinta (30) días posteriores a
la fecha en que se recibió la queja y deberá informar oportunamente el resultado al denunciante. Si la
queja de discriminación o acoso tiene que ver con el director de la escuela, el alumno o los padres de
familia deben ponerse directamente en contacto con el coordinador de asuntos de discriminación y acoso.
Si la queja no se resuelve a satisfacción del denunciante después de la investigación del director, el alumno
o padre de familia puede apelar ante el coordinador de asuntos de discriminación y acoso. El coordinador
de asuntos de discriminación y acoso deberá llevar a cabo otra investigación según lo considere necesario,
tomar en cuenta cualquier otra evidencia que pueda aportar el denunciante y tomar una decisión dentro de
los veinte (20) días posteriores a la fecha en la que se presentó la apelación o queja.
Apelaciones
Si el alumno o padre de familia no están conformes con la decisión final del coordinador de asuntos de
discriminación y acoso, podrán apelar la decisión ante el superintendente del distrito, enviando una carta
de apelación al coordinador de asuntos de discriminación y acoso dentro de los cinco (5) días hábiles
posteriores a la fecha de la decisión final. El superintendente dará a conocer su decisión dentro de los
veinte (20) días posteriores al recibo de la apelación y no se aceptarán más apelaciones.
Disposiciones especiales
A. Si el alumno o padre de familia no inician ni dan seguimiento a una queja de manera
oportuna, se considerará que han renunciado a ella. La queja se debe presentar dentro de los
300 días posteriores al supuesto acto discriminatorio.
B. Si el director no aborda y trata la queja dentro de los diez (10) días, permitirá
automáticamente que el denunciante se dirija al siguiente nivel administrativo.
C. En general, los alumnos deberán seguir asistiendo a clases y continuar sus estudios, según se
les instruya, mientras se espera la resolución de la queja está. Se proveerán medidas
provisionales a fin de proteger al denunciante durante la investigación y el proceso de
apelación.
D. El expediente de la investigación en curso se mantendrá confidencial y no se podrá divulgar
hasta que se resuelva finalmente el caso.
Limitaciones
Ninguna parte de esta política se interpretará para generar una causa de acción. Ni las proscripciones, ni las
medidas que se tomen conforme a esta política impedirán con tal fundamento que el consejo argumente a
favor o en contra de la existencia de cualquier acontecimiento en el ámbito del significado de cualquier ley
en cualquier foro.
Consultar el código ACA de la política administrativa.
81
AVISO ANUAL SOBRE LA LEY DE DERECHOS EDUCATIVOS
Y PRIVACIDAD DE LA FAMILIA (FERPA)
La Ley de Derechos Educativos y Privacidad de la Familia (FERPA, por sus siglas en inglés) es una ley
federal cuyo objetivo es proteger la confidencialidad de los expedientes educativos de los alumnos. La ley
FERPA da a los padres y a los alumnos de 18 años de edad o más (alumnos que reúnen los requisitos)
ciertos derechos con respecto al expediente educativo del alumno, incluyendo:
1. El derecho de examinar y revisar el expediente educativo del alumno dentro de los 45 días de
haber presentado la solicitud. Los padres o los alumnos que reúnen los requisitos deben presentar
una solicitud escrita al director de la escuela, quien tomará las disposiciones para acceder a este.
2. El derecho de solicitar la modificación del expediente educativo del alumno que el padre o el
alumno que reúne los requisitos piensen que sea incorrecto o engañoso. Se debe presentar una
solicitud escrita al director de la escuela. La solicitud escrita debe indicar el aspecto cuestionado
del expediente y especificar por qué se cree que es incorrecto o engañoso. El director de la
escuela y personal apropiado determinarán si se va a modificar el expediente o no. Si el director
de la escuela no está de acuerdo con que se tiene que modificar el expediente, se notificará a los
padres del alumno de su derecho a una audiencia, la cual se debe llevar a cabo en un plazo de 10
días después de recibir la carta. Si se solicita una audiencia, se llevará a cabo ante un miembro del
personal de la oficina de apoyo al alumno del distrito, quien escuchará las pruebas y dará su
veredicto. Dicho veredicto será definitivo. Si se rechaza la modificación del expediente, los
padres del alumno tienen el derecho de colocar una declaración escrita en el expediente en la cual
explican su desacuerdo. Hay que tener en cuenta que a pesar de que este procedimiento se puede
usar para objetar hechos que se registran de manera incorrecta, no se puede usar para objetar
notas, opiniones ni ninguna decisión concreta que el personal de la escuela haya tomado con
respecto al alumno.
3. En general, las escuelas deben recibir autorización escrita de parte de los padres o de todo alumno
que reúna los requisitos antes de entregar cualquier información que identifique a la persona y que
se encuentre en el expediente del alumno. Sin embargo, la ley FERPA permite a las escuelas
divulgar los expedientes, sin consentimiento, a las siguientes partes:
empleados y funcionarios de la escuela que tengan el derecho de saber;
otras escuelas a la que se esté transfiriendo o en la que se esté matriculando el alumno;
ciertos funcionarios gubernamentales, para poder llevar a cabo funciones legales;
partes apropiadas en conexión con la ayuda financiera del alumno;
organizaciones que llevan a cabo ciertos estudios o evaluaciones para el distrito;
organismos de acreditación;
para cumplir con una orden o citación judicial emitida legalmente;
a personas que necesita saber en caso de una emergencia de salud o seguridad; a
autoridades estatales y locales dentro del sistema judicial juvenil; e
información que el distrito haya designado como “información del directorio”, tal y como
se describa a continuación.
Los padres de familia o los alumnos que reúnen los requisitos que piensen que se han violado sus derechos
en conformidad con la ley FERPA pueden presentar una queja en la oficina de cumplimiento de las
políticas familiares: Family Policy Compliance Office, 400 Maryland Avenue, SW, Washington, D.C.
20202-4605; teléfono: 202-260-3887.
82
DESIGNACIÓN DE INFORMACIÓN DEL DIRECTORIO
La ley FERPA exige al distrito informar a cada padre, tutor o alumno que cumple con los requisitos que
los funcionarios de la escuela pueden divulgar la “información del directorio”, a través de publicaciones
del distrito en medios impresos y/o electrónicos. La información del directorio es información que designa
el Distrito que, de divulgarse, no se considera generalmente nociva o una invasión de privacidad. Dicha
información se considera de registro público, que debe publicarse a petición de cualquier persona que la
solicite conforme a la Ley Sunshine de Missouri.
El Distrito designa los siguientes elementos como Información del Directorio:
1. Alumnos de Kindergarten hasta el Octavo Grado Nombre del alumno; nombres de los padres; fecha de nacimiento; nivel de estudios; autobús
asignado; estatus de inscripción (es decir, tiempo completo o parcial); participación en actividades
y deportes escolares; peso y estatura de los miembros de equipos deportivos; fechas de asistencia;
honores y reconocimientos recibidos; composiciones artísticas o trabajos de clase exhibidos por el
distrito; escuelas anteriores en que se cursaron estudios; y fotografías, grabaciones de video,
imágenes digitales y sonido grabado, salvo que dichas fotografías, grabaciones de video y sonidos
grabados se consideren nocivos o una invasión de la vida privada.
2. Alumnos de secundaria y escuelas vocacionales
Nombre del alumno; nombres de los padres; fecha de nacimiento; nivel de estudios; autobús
asignado; estatus de inscripción (es decir, tiempo completo o parcial); participación en actividades
y deportes escolares; peso y estatura de los miembros de equipos deportivos; fechas de asistencia;
títulos, honores y reconocimientos recibidos; composiciones artísticas o trabajos de clase
exhibidos por el distrito; escuelas anteriores en que se cursaron estudios; y fotografías,
grabaciones de video, imágenes digitales y sonido grabado, salvo que dichas fotografías,
grabaciones de video y sonidos grabados se consideren nocivos o una invasión de la vida privada.
El formulario de solicitud para designar la información del alumno como confidencial se encuentra en la
sección “Formularios” del Code of Student Conduct (código de conducta estudiantil) o en la escuela de su
hijo(a). Los padres, tutores legales o los estudiantes que reúnen los requisitos y no desean que se revele
información del directorio deben llenar el formulario y entregarlo al director de la escuela antes del 17 de
septiembre de 2013 o en el transcurso de 10 días a partir de la inscripción en una escuela del distrito, de
otra manera el personal del distrito supondrá que el consentimiento se ha otorgado.
EXPEDIENTES DE LOS ALUMNOS
Cuando procedan con agentes de reclutamiento del ejército o instituciones de educación superior
La ley federal exige al distrito divulgar, a solicitud, los nombres, las direcciones y los números de
teléfono de todos los alumnos de las escuelas secundarias a reclutadores del ejército y a instituciones
de educación superior, a menos que el alumno o el padre o tutor legal del alumno hayan indicado que
no se debe divulgar la información. El formulario de solicitud para designar la información del alumno
como confidencial se encuentra en la sección “Formularios” del Code of Student Conduct (código de
conducta estudiantil) o en la escuela de su hijo(a). Los padres, tutores legales o los estudiantes que reúnen
los requisitos que no desean que se revele el nombre, la dirección y el número de teléfono del alumno a
reclutadores del ejército o a instituciones de educación superior deben llenar el formulario y entregarlo al
director de la escuela antes del 17 de septiembre de 2013 o el distrito supondrá que el consentimiento se ha
otorgado.
Nota: se sugiere al usuario leer en su totalidad la política de expedientes de los alumnos (JO-R).
83
LEY “QUE NINGÚN NIÑO SE QUEDE ATRÁS” DE 2001
Para todos los niños y jóvenes que asisten a una escuela que recibe fondos de título I, el distrito, a solicitud
de los padres o tutores legales, brindará información relacionada con la idoneidad profesional de los
maestros del alumno en conformidad con los requisitos legales vigentes. Si lo solicita, el distrito tiene la
obligación de proporcionarle de manera oportuna la siguiente información:
cuándo cumplió el maestro con los criterios estatales de cualificación y acreditación para las
materias y los grados en los que brinda instrucción;
si el maestro enseña en calidad de emergencia u otro estado provisional por medio del cual se ha
prescindido de los criterios de cualificación o acreditación del estado;
si auxiliares de maestros brindan servicios a su hijo(a) y, si es el caso, cuáles son sus
cualificaciones; y
qué opción de licenciatura tiene el maestro, así como cualquier otro título o acreditación, y el
campo de disciplina de la acreditación.
Además de la información que los padres o tutores legales solicitan, el distrito debe proporcionar a cada
padre de familia o tutor legal los siguientes datos:
información sobre los logros del hijo de los padres o tutores legales en cada una de las
evaluaciones académicas del estado, como se requiere en esta sección; y
un aviso oportuno en caso de que al hijo de los padres o tutores legales se le haya asignado recibir
enseñanza durante cuatro (4) semanas consecutivas o más por parte de un maestro que no está
altamente cualificado.
Quejas o inquietudes del público
El consejo reconoce que se pueden presentar situaciones de inquietud de los padres, tutores legales o el
público relacionadas con el funcionamiento del distrito. Dichas inquietudes se resuelven de la mejor
manera abordándolas al nivel en el que se originaron, por medio del diálogo con los miembros apropiados
del personal. La administración ha desarrollado procedimientos para abordar estos asuntos, copias de los
cuales están disponibles en cada uno de los edificios Toda inquietud relacionada con los programas
federales administrados por el Departamento de Educación Primaria y Secundaria (DESE, por sus siglas en
inglés) se puede apelar ante el Departamento de Educación Primaria y Secundaria o el Ministerio de
Educación de Estados Unidos, conforme a lo permitido o exigido por la ley. Las alegaciones de
discriminación o acoso por parte del público se investigarán conforme a la política administrativa ACA.
Si se ha presentado y apelado una queja en conformidad con los procedimientos administrativos, el padre
de familia, tutor legal o persona individual pueden apelar el asunto ante el consejo enviando una solicitud
por escrito al superintendente o al (la) secretario(a) del consejo. El consejo abordará la queja de manera
apropiada y oportuna.
84
La modificación de la protección de los derechos de los alumnos (PPRA, por sus siglas en inglés), 20
U.S.C. §1232h, exige a las escuelas públicas de Kansas City informarle y obtener su consentimiento o
permitirle excluir a su hijo de participar en ciertas actividades escolares. Estas actividades incluyen
encuestas a estudiantes, análisis o evaluaciones que tengan que ver con una o más de las siguientes
ocho áreas (“encuestas sobre información protegida):
1. afiliaciones o creencias políticas del alumno o de sus padres;
2. problemas mentales o psicológicos del alumno o de su familia;
3. comportamiento o actitudes sexuales;
4. comportamiento ilegal, antisocial, autoincriminante o degradante;
5. opiniones críticas sobre otros con quienes los que toman la encuesta tiene relaciones
familiares estrechas;
6. relaciones privilegiadas reconocidas legalmente, tales como con abogados, médicos o
ministros;
7. prácticas, afiliaciones o creencias religiosas del alumno o de sus padres; o
8. ingresos, aparte de los que exige la ley para determinar la elegibilidad en el programa.
Este requisito también corresponde a la recopilación, la divulgación y el uso de la información del
alumno con fines de mercadotecnia, así como ciertos exámenes y evaluaciones físicos.
Las escuelas públicas de Kansas City brindarán a los padres notificación razonable de las encuestas y
actividades, así como la oportunidad de consentir o excluir a su hijo y de examinar las encuestas.
Tener en cuenta que esta notificación y este derecho de consentir o excluir se transfieren de los padres
a los alumnos mayores de 18 años o a todo menor emancipado bajo la ley de Missouri.
Los padres de familia o los alumnos que reúnen los requisitos que piensen que se han violado sus
derechos en conformidad con la modificación de la protección de los derechos de los alumnos (PPRA,
por sus siglas en inglés) pueden presentar una queja en la oficina de cumplimiento de las políticas
familiares: Family Policy Compliance Office, 400 Maryland Avenue, SW, Washington, D.C. 20202-
4605; teléfono: 202-260-3887.
AVISO ANUAL DE DERECHOS SEGÚN LA MODIFICACIÓN
DE LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS DE LOS ALUMNOS
87
Autorización para tomar medicamentos durante el horario
escolar El PADRE debe llenar la siguiente sección:
Escuela________________________________________________________________________________
Nombre del menor___________________________________________ _______ _____________
Apellido Nombre Sexo Fecha de nacimiento
______________________________________________________________________________________
Nombre del médico Dirección № de teléfono
Doy mi autorización para el intercambio de información verbal y escrita entre el médico y la enfermera
de la escuela relativa al régimen de medicamentos de mi hijo(a).
Solicito que mi hijo(a) reciba ayuda para tomar en la escuela el (los) medicamento(s) descritos a
continuación por parte de personas autorizadas o que se le permita automedicarse, con mi autorización y la de
su médico (ver abajo)
_____________ _______________________________________ ___________ ________________
Fecha Firma del padre/tutor Fecha Testigo
El MÉDICO debe llenar las siguientes secciones:
Diagnóstico por el que se administra el medicamento: _________________________________________
Nombre del medicamento: _______________________________________________________________
Forma: __________________________________________ Dosis: ______________________________
Hora DIARIA del medicamento: __________________________________________________________
Si el medicamento se debe administrar CUANDO SE NECESITE, describir las indicaciones:
_______________________________
¿Con qué frecuencia se debe repetir? _______________________________________________________
¿El menor tiene autorización para automedicarse? ____________________________________________
Indicar efectos secundarios significativos:
______________________________________________________________
Duración recomendada para este tratamiento: _______________________________________________
Más información __________________________________________________________
Fecha ______________________________ Firma del médico _________________________________
89
FORMULARIO DE SOLICITUD PARA
DESIGNAR LA INFORMACIÓN DEL ALUMNO DE
SECUNDARIA COMO PRIVADA
Escuelas públicas de Kansas City
Año académico 2013 - 2014
INFORMACIÓN DEL ALUMNO
Nombre:
Fecha de nacimiento:
Dirección:
Número de teléfono:
INFORMACIÓN DEL PADRE/MADRE
Nombre con letra de imprenta:
Dirección, si es distinta a la del alumno:
Teléfono, si es distinto al del alumno:
Solicito que no se divulguen el nombre de mi hijo(a), dirección y número de teléfono sin mi
consentimiento.
Firma del padre
Fecha
Escuela a la que asiste el alumno
Si decide que no desea permitir la divulgación de la información de su hijo(a) que se encuentra en el directorio
(nombre del alumno, fecha de nacimiento, grado escolar, estatus de inscripción (es decir, tiempo completo o
parcial), participación en actividades y deportes escolares, peso y estatura de los miembros de equipos deportivos,
fechas de asistencia, honores y reconocimientos recibidos, composiciones artísticas o trabajos de clase exhibidos
por el distrito, escuelas anteriores en que se cursaron estudios, y fotografías, grabaciones de video, imágenes
digitales y sonido grabado, salvo que dichas fotografías, grabaciones de video y sonidos grabados se consideren
perjudiciales o una invasión de la vida privada), debe llenar la porción sobre la información de su hijo(a) en el
directorio de este formulario y devolverlo a la escuela de su hijo(a). Al firmar esta exención también evita la
divulgación del nombre, dirección y número de teléfono de su hijo(a) a los reclutadores del ejército o
instituciones de educación superior, tales como institutos y universidades.
91
Quejas de discriminación o acoso
Este formulario lo deben llenar el (la) denunciante o el administrador ante el que se presentó la queja de
discriminación o acoso.
Para las quejas de los alumnos, enviar inmediatamente el formulario completo al director de la escuela del
alumno y al coordinador de asuntos de discriminación y acoso, nº. de teléfono: (816) 418-7715 - Fax
(816)-418-7411
Nombre: _______________________________________________________________________________
Apellido Nombre
Dirección: _____________________________________________________________________________
Calle o apartado postal Ciudad Estado Código postal
Teléfono: Día ( ) _________________________ Noche ( ) _______________________
Soy: : ___________________________________________
Deseo presentar una queja en contra de: ____________________________________________________________
Fecha del incidente de la supuesta discriminación:
Lugar donde ocurrió la supuesta discriminación:
________________________________________________
Naturaleza de la supuesta discriminación:
Sexo Raza Religión Color
Nacionalidad Ascendencia Edad Discapacidad
Preferencia sexual Identidad de
género
Otro factor prohibido por la ley : _________
Describa detalladamente el incidente específico que fundamenta la supuesta discriminación: Una
declaración clara y concisa de los hechos que constituyen el (los) supuesto(s) acto(s) discriminatorio(s),
incluyendo las fechas pertinentes y suficiente información para identificar a cualquier otro individuo que pueda
aportar información durante el curso de la investigación que se realice conforme a estos procedimientos:
CONFIDENCIAL
Tiempo para presentar una queja. Para ser oportuno, el denunciante debe presentar la queja al distrito en un
máximo de 300 después del acontecimiento más reciente del supuesto acto discriminatorio.
92
¿La persona contra la que presenta la queja expresó el motivo del acto por el que se queja? Si es
así, favor de describir:
Describa por qué considera que el acontecimiento que describe se relaciona con su raza, sexo u
otro fundamento que indicó anteriormente o por qué considera que se tomaron represalias en
su contra:
Indique y describa todos los documentos, correos electrónicos, grabaciones, materiales u otra
evidencia relacionada con su queja:
Indique e identifique a todos los testigos que presenciaron el (los) incidente(s) o a las personas
que tienen conocimiento de la información relativa a su queja:
Proporcione cualquier otra información relacionada con la supuesta discriminación:
Describa la lesión o el daño que sufrió a consecuencia de la supuesta discriminación:
¿Qué medida desea que tome el distrito como consecuencia de su queja? ¿Qué solución espera?:
CONFIDENCIAL
93
Acuse de recibo de la queja:
Certifico que según mi leal saber y entender la información que he proporcionado es fidedigna y que los
acontecimientos y circunstancias son tal como los he descrito. Entiendo y reconozco que si doy
información falsa a sabiendas, estaré sujeto(a) a medidas disciplinarias.
Entiendo y reconozco que se entregará al supuesto infractor (“demandado”) una copia de esta queja, junto
con los anexos. He adjuntado a esta queja toda prueba o documentación de apoyo, como correos
electrónicos, grabaciones y materiales, que considero que sustentan mi denuncia. También entiendo y
autorizo la divulgación de información que contiene esta queja a los administradores y testigos
correspondientes que se entrevisten a fin de investigar esta queja. Entiendo que tendré que proporcionar la
información de contacto de los testigos identificados en esta queja. Estoy dispuesto(a) a cooperar
ampliamente en la investigación y ofreceré cualquier prueba que el distrito considere pertinente.
Entiendo que la naturaleza de esta queja, correspondencia, así como todas las discusiones que se lleven a
cabo durante el curso de la investigación de la información que contiene esta queja, son confidenciales en
la medida en que lo permita la ley y que la divulgación no autorizada de la información relativa a la
investigación puede tener como resultado medidas disciplinarias. Acepto apegarme a estos lineamientos.
Firma: Fecha:
CONFIDENCIAL
Administrador:______________________________ Edificio: ___________________________
He asesorado al denunciante en cuanto a que una denuncia de discriminación o acoso es un asunto serio que
se investigará conforme a la política del Board of Education (consejo de educación) con un grado óptimo de confidencialidad.
He proporcionado al denunciante copias de la política del Board of Education (consejo de educación) AC, ACA o
ACAA, que explica el
procedimiento de investigación y los derechos de apelación.
He proporcionado al denunciante una copia de este formulario y he enviado el formulario formalizado
al coordinador de asuntos de discriminación y acoso o al coordinador de relaciones con los empleados o
laborales. He entregado el formulario de quejas y la política del Board of Education (consejo de educación) AC, ACA o ACAA
al denunciante;
sin embargo, él/ella no desea presentar una queja formal.
Firma: ___________________________________ Fecha:
_________________________________
(Firma del administrador) (Fecha de envío de la queja)
95
Política de uso aceptable de tecnología para los alumnos
MISIÓN
La finalidad del acceso y uso de tecnología para los alumnos es facilitar la educación y la investigación,
fomentar el acceso a recursos electrónicos que contribuyen a proveer información a los alumnos y ayudar
al personal a llevar a cabo sus responsabilidades como educadores.
Los alumnos tienen permiso de utilizar los recursos de tecnología del distrito, a menos que lo prohíban sus
padres o a menos que se hayan revocado sus privilegios a consecuencia de una medida disciplinaria.
USO ACEPTABLE
Todo uso de la red por parte de los alumnos estará regido por las políticas y procedimientos de las
Kansas City Public Schools (escuelas públicas de Kansas City o KCPS), incluido el Code of
Student Conduct (código de conducta estudiantil), así como la ley local, estatal e internacional.
Los alumnos pueden utilizar Internet u otros formatos electrónicos interactivos para tener acceso a
información con el fin exclusivo de ampliar sus oportunidades educativas, entre las que se
incluyen, localizar, utilizar e intercambiar información apropiada relacionada con objetivos
educativos y tareas académicas.
El distrito tendrá derecho a determinar a qué fuentes de información de Internet se tendrá acceso y
autorizará el acceso únicamente a los sitios web que considere aceptables.
Los alumnos se comportarán apropiadamente, como representantes de las Kansas City Public
Schools (escuelas públicas de Kansas City o KCPS) cuando se comuniquen con otras personas a
través de las computadoras y la red.
Mientras utilicen la tecnología del distrito, los alumnos deben cumplir con todas las leyes de
derecho de autor que rigen el uso, distribución o duplicación de todos los materiales, sujetos a las
disposiciones de las leyes, normas y reglamentos del derecho de autoría, incluyendo, entre otros,
material impreso, material de video, películas, software de computadora y material de audio que
obtengan de fuentes de Internet.
USO INACEPTABLE
El distrito tiene el derecho de tomar medidas disciplinarias, retirar los privilegios de uso de la computadora
y de la red o interponer una acción legal por cualquier actividad que se establezca como uso inaceptable de
la tecnología del distrito. El término “inaceptable” incluye, entre otros, lo siguiente:
1. interfiere con o perturba a otros usuarios de la red, servicios o equipos. Las perturbaciones
incluyen, entre otras, distribuir publicidad no solicitada, propagar virus de computadora, distribuir
cantidades de información que saturen el sistema o usar la red del distrito para obtener acceso no
autorizado a cualquiera de los otros recursos disponibles por medio de la red;
2. intentar obtener acceso u obtener acceso sin autorización a fuentes de información;
3. tener acceso a sitios web o a información de uso restringido;
4. destruir, alterar, desmantelar o interferir de otra forma con la integridad de la información basada
en computadora;
5. invadir la privacidad de individuos o entidades;
6. utilizar la red para actividades comerciales o políticas;
7. instalar software no autorizado para usarlo en las computadoras del distrito;
8. utilizar la red para obtener acceso a materiales inapropiados;
9. publicar o mostrar cualquier material o mensaje difamatorio, racista, abusivo, profano, con
contenido sexual o amenazante, ya sea de manera pública o privada;
10. utilizar la red del distrito para actividades ilícitas, de acoso, de vandalismo, inapropiadas u
obscenas; o
11. uso ilícito o copiado de software.
96
Los recursos tecnológicos del distrito no son un foro público de expresión de ningún tipo.
DERECHO A VIGILAR EL USO POR PARTE DEL ALUMNO
El distrito se reserva el derecho de: (1) vigilar todas las actividades informáticas del alumno en todo
momento; (2) decidir qué es un uso inapropiado; (3) registrar el uso de la red y vigilar el espacio de
almacenamiento que utilizan los usuarios; y (4) retirar a un usuario el acceso a la red en cualquier
momento en que se determine que el usuario participó en una actividad no autorizada o de uso inaceptable.
DAÑOS A EQUIPOS DE TECNOLOGÍA
Todos los daños en los que incurra el distrito, derivados del uso indebido intencional o negligente de un
alumno de los recursos tecnológicos del distrito, incluyendo la pérdida de propiedad o del tiempo del
personal, se cobrarán al alumno. Los administradores del distrito tienen la autoridad para tramitar
cualquier demanda legal relacionada con daños a la tecnología del distrito.
_______________________________ ____________________________________
Escuela/lugar Ciclo escolar
_______________________________ ____________________________________
Nombre del alumno en letra de imprenta Firma del alumno y fecha
Como padre o tutor legal del alumno menor de edad, firmo y otorgo permiso para mi hijo(a) tenga acceso a
los servicios de computadoras en red, tales como correo electrónico e Internet.
________________________________ ______________________________________
Nombre del padre/tutor legal en letra de imprenta Firma del padre/tutor legal y fecha
97
ACUSES DE RECIBO ACUSE DE RECIBO DEL CÓDIGO DE CONDUCTA
Las escuelas públicas de Kansas City (KCPS, por sus siglas en inglés) esperan que todos los alumnos lean y
entiendan el Code of Student Conduct (código de conducta estudiantil) y que sigan las reglas y regulaciones
establecidas en dicho Code of Student Conduct (código de conducta estudiantil). Por consiguiente, se exige a
los padres de familia y tutores legales leer cada página del Code of Student Conduct (código de conducta
estudiantil) con su hijo(a). Discusiones, lecciones o revisiones del Code of Student Conduct (código de
conducta estudiantil) por parte del personal de la escuela son adicionales a la revisión que se requiere por parte
de los padres de familia y tutores legales de las Kansas City Public Schools (escuelas públicas de Kansas City o
KCPS), es decir que no reemplazan.
Tanto los alumnos como los padres de familia o tutores legales deben acusar recibo del código, llenando este
formulario, en el cual declaran haber recibido y leído el Code of Student Conduct (código de conducta
estudiantil). No leer el Code of Student Conduct (código de conducta estudiantil) ni firmar este acuse de recibo
no evita que se responsabilice a los alumnos por su comportamiento ni que enfrenten las consecuencias
disciplinarias indicadas en el Code of Student Conduct (código de conducta estudiantil).
LIBROS DE TEXTO Y ACUSE DE RECIBO
El Board of Education (consejo de educación) provee un libro de texto a cada alumno inscrito en jardín infantil
hasta el doceavo grado de las escuelas públicas de Kansas City. El alumno y los padres son responsables del
libro de texto una vez que el mismo se ha entregado al alumno. Esta responsabilidad incluye devolver el libro
de texto al distrito escolar al final del ciclo o año escolar o si el alumno se retira del distrito.
El alumno es responsable de mantener el libro de texto en buen estado. Se prohíbe escribir o poner marcas en
los libros de texto. De conformidad con el Estatuto Modificado de Missouri, RSMo. 170.051, el alumno o sus
padres podrían ser responsables en caso de abuso o destrucción intencional de los libros de texto. A efectos de
este acuse de recibo, las Kansas City Public Schools (escuelas públicas de Kansas City o KCPS) considerarán
que el hecho de no devolver el libro de texto constituye un abuso o destrucción intencional. Las Kansas City
Public Schools (escuelas públicas de Kansas City o KCPS) se reservan el derecho de hacer un reclamo por
libros de texto dañados o perdidos y pueden retener las calificaciones, las constancias de estudios o los diplomas
hasta que reciban pago por los gastos de reemplazo de los libros.
Acuse de recibo de los padres o tutor(es) legal(es):
Certifico que yo, , recibí una copia del Código de
conducta estudiantil y que revisé dicho Código de conducta estudiantil con mi hijo(a),
.
También entiendo que soy responsable del cuidado adecuado y de la devolución del (los) libro(s) de
texto que se entregue(n) a mi hijo(a) o estaré sujeto a pagar los costos de reemplazo.
________ ___
Firma de los padres o tutor(es) legal(es) Fecha
Acuse de recibo del alumno:
Certifico que yo, , recibí una copia del Code of
Student Conduct (código de conducta estudiantil) y que revisé cada página de dicho Code of Student
Conduct (código de conducta estudiantil). También entiendo que soy responsable del cuidado
adecuado y de la devolución de todos los libros de texto que se me entreguen.
___________________________________
Firma del alumno Fecha
Este acuse de recibo firmado se mantendrá en la escuela, en el expediente del alumno.
99
ESCUELAS PÚBLICAS DE KANSAS CITY
(Año académico 2013-2014)
“Esta edición del Code of Student Conduct (código de conducta estudiantil), aprobada por la
junta directiva de las escuelas públicas de Kansas City, se considera como política autorizada
por el Board of Education (consejo de educación). Cualquier modificación se deberá
entregar al consejo y deberá contar con la autorización del Board of Education (consejo de
educación) antes de entrar en vigor”.
Superintendente de escuelas
R. Stephen Green, Ed. D.
Junta Directiva
Sr. Airick L. West, Presidente
Sr. Crispin Rea, Vicepresidente
Sra. Kyleen Carrol
Sr. Jonathan Hile
Mr. Gunnar Hand
Sra. Marisol Montero
Sr. Joseph Jackson
Sr. Curtis Rogers
Sr. Carl Evans
Revisado y aprobado en junio de 2013
A fin de que las escuelas públicas de Kansas City y el Code of Student Conduct (código de
conducta estudiantil) cumplan con las leyes federales, estatales y locales.