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7/25/2019 ManualdeInduccion BIENVENIDA.pdf
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- 1 -Manual de Induccin para ingresantes a la Administracin Pblica
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- 2 -Manual de Induccin para ingresantes a la Administracin Pblica
NDICE
PRESENTACIN ..................................................................................................................................... 3BIENVENIDA ........................................................................................................................................... 4ORGANIGRAMA ..................................................................................................................................... 5
MINISTERIO DE GOBIERNO Y JUSTICIA ......................................................................................... 6
MINISTERIO DE ECONOMA .............................................................................................................. 7MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO .............................................................................. 8MINISTERIO DE SALUD PBLICA .................................................................................................... 9MINISTERIO DE SEGURIDAD CIUDADANA ................................................................................... 9MINISTERIO DE EDUCACIN .......................................................................................................... 10MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL ........................................................................................ 10MINISTERIO DEL INTERIOR ............................................................................................................ 11FISCALA DE ESTADO ....................................................................................................................... 11SECRETARA GENERAL DE LA GOBERNACIN ......................................................................... 12SECRETARA DE ESTADO DE GESTIN PBLICA Y PLANEAMIENTO .................................. 12SECRETARA DE ESTADO DE PREVENCIN Y ASISTENCIA DE LAS ADICCIONES ............ 13SECRETARA DE ESTADO DE INNOVACIN Y DESARROLLO TECNOLGICO ................... 13
SECRETARA DE ESTADO DE DEPORTES ..................................................................................... 13SECRETARA DE ESTADO DE RELACIONES INTERNACIONALES .......................................... 13SECRETARA DE PRENSA Y DIFUSIN ......................................................................................... 13SECRETARA DE ESTADO DE DERECHOS HUMANOS ............................................................... 13SECRETARA DE ESTADO DE RELACIONES INSTITUCIONALES EMPRESARIALES........... 13REPRESENTACIN OFICIAL DE LA PROVINCIA EN LA CAPITAL FEDERAL ....................... 13
MARCO LEGAL .................................................................................................................................... 14SITUACIN DE REVISTA EN LA QUE PUEDE INGRESAR .......................................................... 15JORNADA LABORAL ......................................................................................................................... 15ASISTENCIA Y PERMANENCIA (DCTO. N 1020/3-91) ................................................................. 16
Descuentos ........................................................................................................................................... 16Presentismo .......................................................................................................................................... 16
Ordenes de salida (ver seccin trmites) ............................................................................................. 16ANTIGEDAD ..................................................................................................................................... 17ESTABILIDAD ..................................................................................................................................... 17ADICIONALES, COMPENSACIONES Y ASIGNACIONES ESPECIALES (ART. 22 LEY 5473): 18VACACIONES (ART. 34 DCTO. 646/1) .............................................................................................. 19LICENCIAS ........................................................................................................................................... 20QU ES EL SESOP? ............................................................................................................................ 20DEBERES .............................................................................................................................................. 21PROHIBICIONES ................................................................................................................................. 22RGIMEN DISCIPLINARIO ................................................................................................................ 23
TRMITES Y REQUISITOS................................................................................................................ 24DECRETO DESIGNACIN ................................................................................................................. 25
ACCIDENTE DE TRABAJO ................................................................................................................ 26LICENCIAS ........................................................................................................................................... 27Otras licencias ...................................................................................................................................... 28Asignaciones familiares ....................................................................................................................... 30Otras disposiciones .............................................................................................................................. 32
ASIGNACIONES DE PAGO MENSUAL ............................................................................................ 33DOCUMENTACIN ............................................................................................................................. 34
LEGAJO PERSONAL ........................................................................................................................... 35Documentacin a presentar .................................................................................................................. 35
INSTITUTO DE PREVISIN Y SEGURIDAD SOCIAL (IPSST)...................................................... 36Declaracin jurada: sobreasignacin especial por Entierro y Luto.................................................. 37Declaracin jurada sobre ttulo: Ley 5.473 art. 22Dcto. 646 art. 12 ................................................ 38Declaracin jurada de domicilio .......................................................................................................... 40
HABERES ............................................................................................................................................... 41PASOS PARA LA BANCARIZACION DEL AGENTE QUE INGRESA A LA APP ........................ 42DESCRIPCIN DE LA BOLETA DE SUELDO ................................................................................. 43
ANEXOS .................................................................................................................................................. 44
http://c/Users/POTENCIAL/Desktop/Manual%20de%20Inducci%C3%B3n.doc%23_Toc400702317http://c/Users/POTENCIAL/Desktop/Manual%20de%20Inducci%C3%B3n.doc%23_Toc400702318http://c/Users/POTENCIAL/Desktop/Manual%20de%20Inducci%C3%B3n.doc%23_Toc400702319http://c/Users/POTENCIAL/Desktop/Manual%20de%20Inducci%C3%B3n.doc%23_Toc400702320http://c/Users/POTENCIAL/Desktop/Manual%20de%20Inducci%C3%B3n.doc%23_Toc400702321http://c/Users/POTENCIAL/Desktop/Manual%20de%20Inducci%C3%B3n.doc%23_Toc400702322http://c/Users/POTENCIAL/Desktop/Manual%20de%20Inducci%C3%B3n.doc%23_Toc400702323http://c/Users/POTENCIAL/Desktop/Manual%20de%20Inducci%C3%B3n.doc%23_Toc400702323http://c/Users/POTENCIAL/Desktop/Manual%20de%20Inducci%C3%B3n.doc%23_Toc400702322http://c/Users/POTENCIAL/Desktop/Manual%20de%20Inducci%C3%B3n.doc%23_Toc400702321http://c/Users/POTENCIAL/Desktop/Manual%20de%20Inducci%C3%B3n.doc%23_Toc400702320http://c/Users/POTENCIAL/Desktop/Manual%20de%20Inducci%C3%B3n.doc%23_Toc400702319http://c/Users/POTENCIAL/Desktop/Manual%20de%20Inducci%C3%B3n.doc%23_Toc400702318http://c/Users/POTENCIAL/Desktop/Manual%20de%20Inducci%C3%B3n.doc%23_Toc4007023177/25/2019 ManualdeInduccion BIENVENIDA.pdf
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- 3 -Manual de Induccin para ingresantes a la Administracin Pblica
PRESENTACIN
Este Manual es el producto de un trabajo conjunto realizado por ms de 60 Responsables de
Administracin de Personal de distintas Reparticiones de la Administracin Pblica
Provincial.
Durante el ao 2.012, la Secretara de Gestin Pblica y Planeamiento impuls el desarrollode la Comunidad de Prctica de Responsables de Personal, con el objetivo de generar un
espacio comn para quienes ejercen una de las tareas ms importantes para el
funcionamiento y xito de cualquier organizacin pblica o privada: administrar los
recursos humanos.
Es as como, con la planificacin y coordinacin de la Direccin General de Recursos
Humanos, la Comunidad de Prctica se convirti en una experiencia enriquecedora en laque se generaron capacitaciones, charlas y ponencias de referentes internos y externos
sobre temas propios de la funcin, debates para estandarizar criterios de trabajo y
finalmente la elaboracin del Manual de Induccin para el Ingresante.
La perspectiva con la que se redact este Manual fue la de facilitar la insercin y
socializacin del empleado que ingresa a la Administracin Pblica, as como tambin la de
homogeneizar la informacin, documentacin y prcticas que permitan una mayor
eficiencia en la tarea de acogida que realizan los Jefes de Personal.
Es por ello que el Secretario de Estado de Gestin Pblica y Planeamiento, en
representacin de todo el equipo de trabajo, agradece y felicita a los Responsables de
Administracin de Personal (y a sus colaboradores que los acompaaron) por el
compromiso demostrado con la Comunidad de Prctica a lo largo del ao, por el esfuerzo
que signific la elaboracin de este Manual y, fundamentalmente, porque con esta
herramienta, han hecho un aporte para mejorar y simplificar el difcil proceso que todoingreso laboral representa para un nuevo empleado.
Dr. Julio SaguirSecretario de Estado de Gestin
Pblica y PlaneamientoGobierno de Tucumn
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- 4 -Manual de Induccin para ingresantes a la Administracin Pblica
BIENVENIDA
Bienvenido a la Administracin Pbli ca Provincial.Desde hoy sumamos tu presencia, tu energa y tus capacidades a esta Organizacin que
persigue el Bien Comn, el de nuestra poblacin, a travs de sus instituciones que la
representan, la sirven y la contienen. .
Es imprescindible para nosotros que tu trabajo est comprometido, y que nos ayudes a
cumplir nuestra misin, sintindote parte importante de esta Estructura, para que la
sociedad toda confe y crea en sus instituciones.
Tu presencia integrada a nuestro conocimiento y a nuestras tareas, constituye nuestra propia
herramienta de trabajo, a la cual debemos prestarle toda nuestra atencin para desarrollar y
consolidar un quehacer diario que permita poner todo nuestro accionar al servicio de la
comunidad.
Recibe por este medio un cordial saludo de Bienvenida, desendote xitos en las funciones
asignadas.
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- 5 -Manual de Induccin para ingresantes a la Administracin Pblica
ORGANIGRAMA
En virtud de la Ley de Ministerios N 8450 y del Decreto Acuerdo N 11/1 del 03 de
noviembre de 2003 y sus modificatorias, segn informacin brindada al da de la fecha por
la Direccin General de Organizacin y Mtodos delMinisterio de Economa, el Poder
Ejecutivodel Gobierno de laprovincia de Tucumn, tiene la estructura que se encuentra
reflejada en el organigrama que se presenta a continuacin.
Es importante destacar que uno de los objetivos de la presentacin del organigrama del
Poder Ejecutivo Provincial, es posibilitar el conocimiento de la estructura del mismo,
teniendo un detalle preciso de los ministerios, secretaras de estado, subsecretaras de
estado, organismos centralizados y descentralizados y entes autrquicos de la
Admini stracin Pblica Provincial.
El acceso a esta informacin facilitar el proceso de adaptacin y de aprendizaje en lareparticin en que comienza a prestar servicios.
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- 6 -Manual de Induccin para ingresantes a la Administracin Pblica
MINISTERIO DE GOBIERNO Y JUSTICIA
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- 7 -Manual de Induccin para ingresantes a la Administracin Pblica
MINISTERIO DE ECONOMA
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- 8 -Manual de Induccin para ingresantes a la Administracin Pblica
MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO
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- 9 -Manual de Induccin para ingresantes a la Administracin Pblica
MINISTERIO DE SALUD PBLICA
MINISTERIO DE SEGURIDAD CIUDADANA
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- 10 -Manual de Induccin para ingresantes a la Administracin Pblica
MINISTERIO DE EDUCACIN
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
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- 11 -Manual de Induccin para ingresantes a la Administracin Pblica
MINISTERIO DEL INTERIOR
FISCALA DE ESTADO
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- 12 -Manual de Induccin para ingresantes a la Administracin Pblica
SECRETARA GENERAL DE LA GOBERNACIN
SECRETARA DE ESTADO DE GESTIN PBLICA YPLANEAMIENTO
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- 13 -Manual de Induccin para ingresantes a la Administracin Pblica
SECRETARA DE ESTADO DE PREVENCIN Y ASISTENCIA DE LAS ADICCIONES
SECRETARA DE ESTADO DE INNOVACIN Y DESARROLLO TECNOLGICOSECRETARA DE ESTADO DE DEPORTESSECRETARA DE ESTADO DE RELACIONES INTERNACIONALESSECRETARA DE PRENSA Y DIFUSINSECRETARA DE ESTADO DE DERECHOS HUMANOS
SECRETARA DE ESTADO DE RELACIONES INSTITUCIONALES EMPRESARIALESREPRESENTACIN OFICIAL DE LA PROVINCIA EN LA CAPITAL FEDERAL
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- 15 -Manual de Induccin para ingresantes a la Administracin Pblica
La presente seccin tiene por objeto presentar los aspectos ms relevantes del marco legal
por el que se regir su relacin de empleo. Al final de la Seccin se adjunta como anexo la
normativa a la que se har referencia. Adems usted puede visualizar e imprimir cualquier
normativa vigente ingresando a la pgina oficial del gobierno:www.tucuman.gov.ar (Leyes
y Decretos/Consulta de Normas).
SITUACIN DE REVISTA EN LA QUE PUEDE INGRESAR
El personal que ingresa a prestar servicios remunerados en dependencias del Poder
Ejecutivo Provincial se rige por el Estatuto del Empleado Pblico, Ley N 5473 y su
Decreto Reglamentario N 646/1-83.
Tal ingreso puede producirse en alguna de las siguientes situaciones de revista:
Como Personal Planta Permanente: quienes gozarn de todos los derechos
contemplados en el Estatuto del Empleado Pblico, incluido el de estabilidad.
Como Personal No Permanente,el cual comprende al:
a) Personal de Gabinete: este personal cesar automticamente en sus
funciones al trmino de la gestin de la autoridad en cuyo mbito se
desempea (es decir cuando finalice la gestin (o renuncie) del Ministro,
Secretario de Estado o Fiscal de Estado, en cuya rbita fue designado el
empleado) (art. 41 Ley 5473)
b) Personal Transitorio o Temporario(art. 43)
c) Personal Reemplazante(art. 44)
El personal de gabinete, transitorio/temporario y reemplazante gozar de los mismos
derechos del personal de planta permanente, a excepcin de:
- Estabilidad
- Carrera Administrativa
- Licencia por obligaciones militares
- Licencia por razones particulares (por examen, por atencin de familiar enfermo,
por duelo, por nacimiento de hijo, etc)
- Licencia por capacitacin
d) Personal Contratado: el contrato respectivo es el que establecer losderechos del contratado. Sin embargo, no podr reconocer: Vacaciones,
estabilidad, carrera administrativa, licencias por razones particulares, por
capacitacin u obligaciones militares (Ver. art. 42, 46 Ley 5473)
JORNADA LABORAL
La jornada laboral de la Administracin Pblica Centralizada y Descentralizada se
encuentra establecida en 25 horas semanales a razn de 5 horas diarias de lunes a viernes.Asimismo, el horario establecido es:
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- 16 -Manual de Induccin para ingresantes a la Administracin Pblica
- De 08 a 13 hs, para el turno matutino
- De 15 a 20 hs, para el turno vespertino.
ASISTENCIA Y PERMANENCIA (DCTO. N 1020/3-91)
Los empleados de la planta permanente y no permanente registrarn su asistencia mediante
la marcacin en relojes tarjeteros.
Las tarjetas, bajo ningn concepto, pueden ser remarcadas, borradas o adulteradas en los
registros de entradas y/o salidas.
Estn exceptuados de este sistema de registro aquellos que revistan entre categoras 22 y
24, y quienes determinen, mediante Resolucin, los Ministros o Fiscal de Estado, los que
debern firmar planillas asistencia.
Descuentos
No se efectan descuentos por impuntualidad hasta los 10 minutosdel horario de ingreso
(tolerancia), ni tampoco generar este retraso la prdida del Adicional por Presentismo. Sin
embargo, el empleado debe completar las 5 horas, retrasando su salida.
Por retrasos superiores a los 10 minutos y hasta los 30 minutos, se descuenta 1 da por cada
dos llegadas tarde en el transcurso del mes.
Por retrasos superiores a los 30 minutos se descuenta un da de sueldo, perdiendo adems el
derecho a percibir el beneficio del presentismo.
El empleado que no concurre al trabajo, debe Dar Aviso a la Oficina de Personal
correspondiente, y a su reintegro justificar la inasistencia con la documentacin necesaria.
En estos casos, el empleado podr justificar la inasistencia, por razones particulares,
descontndola de los das que le corresponden por vacaciones . De este beneficio
(justificar con cargo a la vacacin anual ordinaria) slo puede hacerse uso 1 DA POR
MES.
Presentismo
Este adicional corresponde al personal que mediante la marcacin de tarjeta acredita su
asistencia y puntualidad.
Las impuntualidades generan la prdida del presentismo conforme a la siguiente escala:
- Una impuntualidad descuento del 25 % del adicional
- Dos impuntualidades descuento del 50 % del adicional
- Tres impuntualidades descuento del 75 % del adicional
- Cuatro impuntualidades descuento del 100 % del adicional
Ordenes de salida (ver seccin trmi tes)
En todos los casos, las rdenes de salidas oficiales o particulares debern ser entregadas a
los Responsables de Administracin de Personal del rea.
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- 17 -Manual de Induccin para ingresantes a la Administracin Pblica
ANTIGEDAD
El Estatuto del Empleado Pblico, reconoce para la antigedad de los empleados (tambin
llamados agentes): los aos de servicios prestados en la Administracin Pblica de la
Provincia en situacin de actividad y adems, los desempeados anteriormente en el Estado
Nacional, Provincial y/o Municipal, ya sea en sus entes centralizados o descentralizados y
los reconocidos por leyes especiales.
Esto quiere decir que el personal que ingresa podr solicitar, a travs del trmite pertinente,
el reconocimiento y cmputo de esos aos de servicios (anteriores) para el pago del
concepto de Escalafn (Antigedad)(art. 12 Ley 5473).
ESTABILIDAD
El personal que haya ingresado revistiendo en Planta Permanente o bien, que por alguna
disposicin particular, modifique su situacin de revista y sea incorporado a la misma,
gozar del derecho de Estabilidad, es decir el derecho a conservar el empleo y nivel
escalafonario (categora) alcanzado. Dicha estabilidad se obtiene luego de haber
cumplido los seis meses en actividad.
El empleado debe cumplir sus servicios en el cargo en el fue designado. Sin embargo, una
vez alcanzada la estabilidad (transcurridos seis meses), podr prestar servicios en
diferentes condiciones de excepcin, entre las cuales pueden citarse (Ver art. 11 Ley 5473):
- En Ejercicio de Cargos de Nivel Superior (entre categoras 20 y 24): Esto
sucede en caso de que el titular del cargo se encuentre con licencia, suspendido en
sus funciones o adscripto; o bien cuando el cargo se encuentre vacante. (Art. 3 Dcto.
646/1)
- En Comisin de Servicios: esto ocurre cuando el empleado es afectado a otradependencia con el fin de cumplir una funcin especfica, concreta y temporaria,
que responda a las necesidades del organismo de origen, es decir del organismo del
cual depende.El plazo mximo es de tres meses y es prorrogable.
- En Adscripcin: esto ocurre cuando el empleado pasa a desempear,
transitoriamente, y a requerimiento de otro organismo (nacional, provincial o
municipal), funciones que responden a las necesidades propias del organismo
solicitante. El plazo mximo es de 1 ao calendario.
La Carrera Administrativase encuentra normada en el Captulo II de la Ley 5473 (arts.
16 a 19), comienza cuando el empleado adquiri estabilidad e implica el derecho a ser
promovido a otro cargo de mayor jerarqua y remuneracin, atendiendo a razones de
idoneidad y de necesidad de servicio. Para ello, deben presentarse ciertas condiciones tales
como: que el cargo se encuentre vacante, no haber sancionado disciplinariamente en los
ltimos 12 meses y reunir los requisitos exigidos por el cargo a cubrir.
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- 18 -Manual de Induccin para ingresantes a la Administracin Pblica
ADICIONALES, COMPENSACIONES Y ASIGNACIONESESPECIALES (ART. 22 LEY 5473):
A. ANTIGEDAD (2% sobre el bsico de la categora que reviste, por cada de
servicio reconocido)
B. TTULO: se percibe un adicional calculado porcentualmente sobre el salario bsico
de la categora de revista.
C. HORAS EXTRAS: son aquellas que exceden el horario habitual de trabajo y slo
podrn trabajarse cuando exista autorizacin previa del Secretario de Estado del
rea.
En caso de desvinculacin del empleado, las horas extras se retribuyen mediante el
pago de las mismas, en cualquier otro caso se retribuyen mediante Descanso
Compensatorio, a razn de 1 da de descanso por cada 3 horas trabajadas. As, el
empleado podr gozar del descanso compensatorio en cualquier momento del ao,
con la previa autorizacin del Jefe de la Reparticin.
Existen situaciones en las que las modalidades del servicio exigen que el empleado
deba cumplir habitualmenteuna jornada de trabajo que excede las 5 horas diarias.
Para estos casos, se encuentran previstos Adicionales como el de Bonificacin por
Extensin Horaria, establecido por Decreto N 60/1-88 y modificatorios o
Bonificacin por Dedicacin Funcional (Decreto N 151/3-92), los cuales
implican una carga horaria extra determinada y establecen un porcentaje adicional
en la percepcin de los haberes. Estos beneficios se otorgan mediante Decreto
Acuerdo para el personal propuesto por la reparticin.
D. DAS FESTIVOS
E. VITICOS
F. MOVILIDAD
G. ASIGNACIN FAMILIAR
Nota: en la Seccin Trmites de este Manual , puede ver los requisitos y documentacin
necesaria para la percepcin de las asignaciones fami l iar es enumeradas a continuacin.
a) Por matrimonio (ver art. 18 Dcto. 646/1). Se requiere una antigedad
mnima de 6 meses.
b) Por nacimiento de hijo (ver art. 18 Dcto. 646/1). Se requiere una
antigedad mnima de 6 meses.
c) Por cnyuge(ver art. 19 Dcto. 646/1). No se requiere antigedad en el
empleo.
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- 19 -Manual de Induccin para ingresantes a la Administracin Pblica
d) Prenatal (ver art. 20 Dcto. 646/1). Se requiere una antigedad mnima
de 3 meses.
e) Por hijos(ver art. 21 Dcto. 646/1). No requiere antigedad en el empleo.
f) Por adopcin (ver art. 23 Dcto. 646/1). Se requiere una antigedad
mnima de 6 meses.g) Por familia numerosa(ver art. 22 Dcto. 646/1). No requiere antigedad
en el empleo.
h) Por escolaridad primaria, media y superior (ver art.24 Dcto. 646/1).
No se requiere antigedad en el empleo.
i) Anual complementaria por vacaciones(ver art. 25 Dcto. 646/1). No se
requiere antigedad en el empleo.
j) Por ayuda escolar primaria adicional(ver art. 26 Dcto. 646/1). No se
requiere antigedad en el empleo.
k) Asignacin por preescolaridad (ver art. 24 Dcto. 646/1). No se
requiere antigedad en el empleo.
Con excepcin de la asignacin por matrimonio, las dems no pueden percibirse
simultneamente en ms de un empleo.
H. SOBREASIGNACIONES ESPECIALES- Entierro y Luto (ver art. 28 Dcto. 646/1). La perciben los beneficiarios que
el empleado designe mediante la Declaracin Jurada correspondiente, y consiste en
el importe equivalente a un mes de sueldo.
VACACIONES (ART. 34 DCTO. 646/1)
Las vacaciones se calculan proporcionalmente a la antigedad del agente conforme a la
siguiente escala:
- Hasta 5 aos cumplidos 20 das hbiles
- De 5 aos y 1 da a 10 aos 25 das hbiles
- De 10 aos y 1 da a 15 aos 30 das hbiles
- De 15 aos y 1 da en adelante 35 das hbiles
Cada ao el Poder Ejecutivo establece los turnos para su goce, as como para el perodo
invernalen el cual el agente puede usar hasta 5 das corridos de vacaciones, que luego se
deducen de la vacacin anual ordinaria.
Para gozar de la vacacin anual ordinaria se requiere una antigedad mnima de 6 meses.
Cuando el empleado haya prestado servicios por un perodo menor a la mitad de los das
hbiles comprendidos en el ao calendario, sus vacaciones se calcularn en proporcin a 1
da de descanso por cada 20 de trabajo efectivo.
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- 20 -Manual de Induccin para ingresantes a la Administracin Pblica
Las vacaciones pueden ser suspendidas o interrumpidas por razones de servicios
justificadas. En este caso, se podr usar el beneficio en cualquier poca del ao o
acumularlo al ao siguiente. Sin embargo, no pueden acumularse durante ms de dos
perodos consecutivos o alternados.
Por otra parte, si no tuviera saldos adeudados de vacaciones, el empleado que haya
trabajado la mitad de los das hbiles administrativos del ao calendario, puede solicitar el
uso de vacaciones en carcter de Anticipo.
LICENCIAS
Nota: en la Seccin Trmites de este Manual, puede ver resumidamente los alcances,
plazos y condiciones para el uso de las li cencias enumeradas a conti nuacin.
a. Por enfermedad o accidente inculpable (art. 35 Dcto. 646/1 y modif.)
b. Por accidente de trabajo o enfermedad profesional (art. 35 Dcto. 646/1 y modif.)
c. Por matrimonio (art. 37 Dcto. 646/1)
d. Por maternidad (art. 38 Dcto. 646/1)
e. Por adopcin (art. 39 Dcto. 646/1)
f. Por obligaciones militares (art. 40 Dcto. 646/1)
g. Por capacitacin (art. 41 Dcto. 646/1)
h. Por razones particulares (art. 42 Dcto. 646/1)
- Por examen (inc. a)
- Por atencin de familiar enfermo (inc. b)
- Por duelo familiar (inc. c)
- Por nacimiento de hijo (inc. d)
- Por actividad deportiva (inc. e)
- Por desempeo de cargo pblico no amparado por regmenesestatutarios (inc. f)
- Por cualquier otra causal que a criterio del Poder Ejecutivo
corresponda otorgarla (inc. g)
QU ES EL SESOP?
Mediante Decreto Acuerdo 7/2004 se crea el Servicio de Salud Ocupacional Provincial,
que es el organismo que aplica las normas legales sobre Medicina del Trabajo dentro del
mbito de la Administracin Pblica Provincial.
Licencias que requieren la intervencin del SeSOP:
Enfermedad
Accidente de Trabajo/Enfermedad Profesional
Maternidad
Por Atencin de Familiar EnfermoPor Cnyuge o Hijo Discapacitado (Ley N 5.806)
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- 21 -Manual de Induccin para ingresantes a la Administracin Pblica
En todos los casos el empleado deber gestionar la correspondiente constancia informe de
Junta Mdica mediante alguna de las siguientes alternativas, segn corresponda:
Concurrir al organismo cito en calle Crisstomo lvarez 981 Solicitar turno o visita mdica a los telfonos: (0381) 42160094526081
Gestionar el pedido mdico y cdigo de inasistencia en la pgina web:
www.sesop.gov.ar
DEBERES
Todos lo empleados tienen los deberes enunciados en el art. 29 de la Ley 5473, los cuales
se transcriben a continuacin:
a) Prestar personal y eficientemente el servicio en las condiciones de tiempo, forma,
lugar y modalidad que determinen las normas emanadas de autoridad competente.
b) Obedecer toda orden emanada de un superior jerrquico competente para darla y
que tenga por objeto la realizacin de actos de servicio que correspondan a la
funcin del agente.
c) Guardar la discrecin correspondiente, con respecto a todos los hechos e
informaciones de los cuales tengan conocimiento en el ejercicio de su cargo o con
motivo de ste.
d) Guardar secreto de todo asunto del servicio que deba permanecer en reserva, en
razn de su naturaleza o de instrucciones especiales conforme se establezca por
reglamentacin.
e) Observar en el servicio y fuera de l una conducta decorosay digna.
f) Conducirse con diligencia, tacto y cortesa en sus relaciones con el pblico, as
como tambin con respecto a sus superiores, subordinadosy dems agentes.g) Promover las acciones judiciales que corresponda, cuando pblicamente fuera
objeto de imputaciones delictuosas. Podr ser eximido de esta obligacin por la
autoridad que establezca la reglamentacin.
h) Declararbajo juramento los cargos oficiales y privados, y toda actividad lucrativa
que desempee.
i) Cuidar los bienes del Estado, velando por la economa del material y por la
conservacin de los elementos que fueren confiados a su custodia, utilizacin o
examen.
j) Someterse a cursos de exmenes de evaluacin de idoneidad que con carcter
general o parcial se dispongan con la finalidad de mejorar el servicio.
k) Dar cuenta, por la va jerrquica correspondiente, de las irregularidades
administrativas que llegaren a su conocimiento, sin perjuicio de lo dispuesto por el
artculo 164 de la Ley de Contabilidad.
l) Declarar su domicilio ante la reparticin donde presta servicio y mantenerlo
permanentemente actualizado. Declarar con absoluta fidelidad todos los datos que
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se le requiera para el registro de su ficha personal y para cualquier otro fin que la
autoridad crea necesario.
m)Responder por la ejecucin de las tareasque le sean confiadas, sin que en ningn
caso queden exentos de esta responsabilidad invocando haberla delegado a un
subordinado.n) Concurrir a la citacin por la instruccin de una investigacin administrativa.
o) Prestar fianzas o seguro de fidelidad cuando por la naturaleza de su cargo lo exija la
norma.
p) Respetar la va jerrquicaen todas sus actuaciones, no pudiendo alterar la misma
y llegar a las escalas superiores sin dirigirse previamente al jefe inmediato. Slo
ante la negativa expresa o tcita de ste, podr recurrir directamente ante la
autoridad competente que determine la reglamentacin.
q) Notificarsebajo constancia de firma, en la oficina donde preste servicios, de todo
trmite administrativo en el que intervenga como parte interesada.
r) Encuadrarse en las disposiciones legales y reglamentarias sobre incompatibilidades
y acumulacin de cargos.
s) Ejercer las tareas especiales que le encomiende la autoridad competente,
conservando la propiedad de su cargo y que correspondan a su preparacin especial
o a sus aptitudes.
t) En general, todo lo conducente al buen orden y decoro del servicio.
PROHIBICIONES
a) Efectuar o patrocinar para terceros, trmites o gestiones administrativas, se
encuentren o no directamente a su cargo, hasta seis meses despus de su egreso.
b) Dirigir, administrar, asesorar, patrocinar, representar o prestar servicios
remunerados o no, a personas de existencia visible o jurdica, que gestionen o
exploten concesiones de la administracin en el orden nacional, provincial omunicipal, o que fueren proveedores o contratistas de las mismas.
c) Recibir directa o indirectamente beneficios originados en contratos, concesiones o
franquicias que celebre u otorgue la administracin en el orden nacional, provincial
o municipal.
d) Mantener vinculaciones que le signifiquen beneficios u obligaciones con entidades
directamente fiscalizadas por el Ministerio, dependencia o entidad en la que se
encuentre prestando servicios.
e) Referirse en forma despectiva, por cualquier medio a las autoridades o a los actos de
ellas emanados, pudiendo, sin embargo, en trabajos firmados, criticarlos desde un
punto de vista doctrinario o de la organizacin del servicio.
f) Realizar con motivo o en ocasin del ejercicio de sus funciones, propaganda,
proselitismo, coaccin ideolgica o de otra naturaleza cualquiera fuese el mbito
donde se realicen las mismas.
g) Recibir ddivas, obsequios u otras ventajas con motivo u ocasin del desempeo de
sus funciones.h) Retirar o usar indebidamente elementos o documentos de las reparticiones pblicas.
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RGIMEN DISCIPLINARIO
El rgimen disciplinario que describe el Ttulo V de la Ley 5473, menciona las causales de
sancin conforme a la gravedad de la misma. Entre ellas:
- Incumplimiento reiterado del horario establecido.
- Inasistencias injustificadas a lo largo del ao calendario.
- Falta de respeto a los superiores, subordinados o al pblico.
- Incumplimiento de los deberes o quebrantamiento de las prohibiciones enunciadas.
- Abandono de Servicio (cuando el empleado registre ms de cinco inasistencias
continuas e injustificadas).
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TRMITES Y REQUISITOS
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Firma Planilla Marca Tarjeta Lugar
Se indica
Extiende primero una constancia de inicio detrmite, debe ser entregada a Of. De Personal
DNI Formulario de CPA completado por el empleado y Firmado
por el Responsable de Personal 1er. Recibo de Sueldo
Troquel del Formulario o fotocopia del mismo recepcionadop/CPA para su archivo en legajo personal
DNI Acta de Nacimiento N Prontuario Cdula Identidad
Nmero Fecha
Firma Gobernador
TRMITES
Reparticin
Notificacin
Datos Personales
DDJJ
Firma, Fecha, HoraFicha Personal
Entrevista Laboral
Acta de Nacimiento
DNI 1 2 ho a
CUIL (www.anses.gov.ar)
Foto 4x4
Domicilio-Telfono- email
I.P.S.S.T.Las Piedras y 9 de Julio
Situaciones
Debe Presentar
Domicilio
Familiar Enfermo
Inhabilidad p/ C. Carg.
Incompatibilidad Horaria
Sobreasignacin Ent. y Luto
Patrimonio (p/Funcionarios) D. J. de Ttulo
Certificado de Habilitacin (previoa la incorporacin del agente)
Afiliado nuevo
Afiliado a los fines Previsionales
Afiliado c/Rein reso C/N I.P.S.S.T.
LE EXTIENDE NAFILIADO
Si es Titular deotra Obra Social,
tiene 60 das p/renunciar alSubs. de Salud
DNI
Decreto Designacin
Nota de Reparticin, indicando fecha Alta y a partir de qumes se proceder al descuento respectivo
Constancia para descuento de Plan Complementario
Solicitar DDJJ p/ Obra Social y subsidio de sepelio, una vezcompletada, debe ser firmada por el Responsable dePersonal y el titular, y presentar en el citado Organismo(Debe remitir copia de ambas a la oficina de Personal)
JEFATURA POLICIAItalia 2650 Certificado de Buena Conducta
Solicitar turno or Internet-Sitio Oficial: www. oliciadetucuman. ov.ar
A ersonarse el da del turno en Italia 2650
SESOPCrisstomo lvarez 981
Certificado deAptitud Psicofsico
OFICINAPER
SONAL
Caja Popular de Ahorros
San Martn 4691er.PisoSeguro Obligatorio Por otras coberturas pedir
informe en la C.P.A.
Presentar CPA
Presentar en Personal
Cdi o Postal
Nota Reparticin, donde se solicita constancia de Aptitud Psicofsica y en elmismo se debe especificar tareas a realizar por el empleado Fotocopia Decreto de Designacin Fotoco ia DNI
Efectiva prestacin de Servicios
PopulARTCatamarca 444
DECRETO DESIGNACIN
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Dar AVISO a Of. De Personal
Hacer Denuncia Policial detallando el hecho
Concurrir c/ DNI y Recibo de Sueldo a Sanatorio de la
Cartilla de Prestadores
IN ITINERE
(al ir o volver
del Trabajo)
En el lugar de
Trabajo
Dar AVISO a Oficina de Personal
C/Formulario solicitud de atencin concurrir al
Sanatorio asignado
ACCIDENTE DETRABAJO
PopulARTCatamarca 444
Credencial de
Afiliado
INSTRUCCIN EN CASO DE ACCIDENTE LABORAL
Lleve siempre su credencial de afiliado.
Inmediatamente despus del accidente solicite a su empleador el
formulario correspondiente para recibir asistencia mdica y dirjase al
centro de atencin ms prximo.
Si sufriera un accidente IN ITINERE (o sea, en la trayectoria entre su
casa y el trabajo y viceversa), haga saber donde y como sucedi, as como
el tipo de herida sufrido.
Si el accidente ocurriera fuera de las horas de consulta del Centro de
Atencin ms cercano o si desconociera su ubicacin, NO DUDE EN
LLAMAR A LA ART.
Tenga en cuenta que el centro de atencin donde lo asista, NO DEBE
COBRARLE LA ATENCIN MDICA NI LOS MEDICAMENTOS.
De ser posible, tenga siempre a mano un listado de centros de atencin
ms cercanos a su domicilio o zona laboral.
Telfono gratuito de Coordinacin de Emergencia Mdica
Caja Popular ART: 0800 777 6785
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Antig. hasta cinco aos cumplidos => 20 das hbiles 5 aos y 1 da hasta 10 aos => 25 das hbiles 10 aos y 1 da hasta 15 aos => 30 das hbiles 15 aos y 1 da en adelante => 35 das hbiles
Reglamentacin: No se puede acumular ms de 2 perodosde vacaciones
12 das corridos
VACACIONESANUALES
ORDINARIAS
PORADOPCIN
LICENCIAS
MATRIMONIO
Requisitos
Nota con 5 das corridos de anticipacin solicitando lalicencia que debe incluir el da del matrimonio
A su regreso debe presentar el Acta de Matrimonio
A la mujer que adoptare un menor de 15 aos (sin lmite si es incapaz)Si fuese menor de 5 aos uede extenderse a 45 das
Guarda le al
Documentacin personal del adoptado
30 das corridos
90 das corridos
MATERNIDAD
RequisitosConstancia expedida por el SESOP, adonde debe concurrir con el
certificado expedido por su mdico personal, donde conste la fechaprobable de parto
Emitida la constancia, se presenta ante el Responsable de Personal
Podr hacer uso como mximo de 45 das
corridos antes de la fecha probable de parto
EnfermedadCorto
Tratamiento
Requisitos
Dar aviso dentro de las 2 primeras horas a Of. De PersonalA travs del SESOP debe gestionar atencin mdica: personalmente en las
oficinas del organismo, telefnicamente o en la pgina:www.sesop.gov.arUna vez obtenida la constancia, debe ser presentada ante el Responsable de
Personal de su reparticin.
30 das corridos por ao calendario, continuos o discontinuos.Agotado este plazo podrn justificarse licencias discontinuas nomayores de 3 das hasta finalizar el ao, sin percepcin de haberes.
Requisitos
Pedido de concesin de VAO en el rea dePersonal, con anticipacin a la fecha solicitada
Autorizacin de su Superior Jerrquico
Idem Anterior
El agente debe prestar servicios la mitad delos das hbiles administrativos del aocalendario para tener derecho a gozar hasta lamitad del perodo devengado.
Sujeto al normal desenvolvimiento del servicio.
VAO
Anticipo VAO
EnfermedadLargo
Tratamiento
Con goce de haberes 730 das con 100% de haberes por cada enfermedad oaccidente inculpable. Vencido el plazo y no pudiendo producirse el reintegro, stepodr gozar de un ao (365 das) ms, con el 50% de haberes. Slo puedereintegrarse con el ALTA MDICA del Sesop
Requisitos: IDEM anterior.
Hora diariap/ Atencindel Lactante
Durante 6 meses posteriores al reintegrode Lic. p/Maternidad gozarde 1 hora diaria al ingreso salida del horario de trabajo.
Mediante solicitud por Expte. y Resolucin de su Superior Jerrquico
http://www.sesop.gov.ar/http://www.sesop.gov.ar/http://www.sesop.gov.ar/http://www.sesop.gov.ar/7/25/2019 ManualdeInduccion BIENVENIDA.pdf
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NACIMIENTOHIJO
Otras licencias
2 das hbiles
EstabilidadCon nota justificando el hecho generador c/el respectivo certificado
de nacimiento y DNI del hijo.
10 das corridos continuos o discontinuosPor FAMILIARENFERMO
EstabilidadDDJJ de Fliar. enfermoComunicar dentro de las 2 primeras horas a la Oficina de PersonalDebe Gestionar ante el SESOP la Constancia, presentando
certificado mdico del familiar enfermoEntregar constancia del SESOP en Oficina de Personal
Licencia porDUELO Fliar.
2 das corridos
En caso de fallecimiento: padres, cnyuge, hijos, hermanos,
abuelos, suegros, yerno/ nuera; familiar hasta 4 grado deconsanguinidad, si tiene igual domicilio del agente y elmismo se utilizara como casa de duelo
RequisitosEstabilidadNota solicitando beneficioActa de DefuncinAviso fnebre (si no tuviese otros documentos)
3 meses con goce de haberes continuos o discontinuos; puedeprolongarla por 1 ao para Becas de estudio, investigacin, etc.
PorCAPACITACION
EstabilidadIniciar Expediente con la documentacin respectivaA su reintegro debe presentar la certificacin de asistencia y
estudios, trabajos realizados
20 das hbiles en el ao calendario, hasta 5 das cada vez.Por EXAMEN
EstabilidadSolicitud por Expediente con tres das hbiles de anticipacin a
la fecha de la licenciaA su reintegro debe acreditar haber rendido con un certif icado
expedido por autoridad educativa.
Requisitos
30 das corridos por ao calendarioACTIVIDADDEPORTIVA
EstabilidadNota por Expte. c/ Datos personales y Laborales con 10 das de
antelacin.Certificado mdico psicofsico para intervenir en la pruebaCertificado que acredite su carcter de aficionado expedido por
autoridad competenteLugar, da y hora en que se hacen las reuniones de preparacin.Carcter, fecha y lugar de los torneos, congresos y/o reunionesTrmino de la LicenciaA
Requisitos
Requisitos
Requisitos
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Por CARGOSDE ELECCIN
POPULAR
Por CARGOSJERARQUICOS
NOAMPARADOS
POR LOSRESPECTIVOSESTATUTOS
Por el trmino que permanezca en su funciones
Nota por Expediente solicitando el beneficio, adjuntando Decreto,Resolucin o Acordada de designacin en el cargo
A
Ley 5806
Por Hijo oCnyuge
Discapacitado
Licencias
AsignacinEspecial
Independiente deluso de Licencia
En laProvincia
Fuera dela
Provincia
90 das al ao continuos odiscontinuos con el 100% sueldo
60 das al ao continuos odiscontinuos sin goce de haberes
180 das al ao continuos odiscontinuos con el 100% sueldo
120 das al ao sin goce dehaberes
En la
Provincia
Fuera dela
Provincia
el 50% adicional de sueldo por 90das
el 100% adicional de sueldo por180 das
Requisitos
Certificado de Discapacidad expedido por Junta de DiscapacidadDebe apersonarse con documentacin respaldatoria ante el SESOPSe inicia Expediente con Constancia del SESOP donde se justifican los
das de inasistencia o bien se indican los das para el pago de laasignacin especial
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Septuagenario
Discapacitado
Nivel Preescolar (3 y 4 aos) Jardn de Infantes (5 a 6 aos) Primaria Secundaria Terciario Universitario Ayuda escolar primaria (excepcionalmente secundario)
*
Hasta 15 aos si no estudia
Hasta 21 aos si estudia
Discapacitado: sin lmite de edad (c/ Certificado de Discapacidad)
Flia. Numerosa: A partir del 3 hijo (se puede contar dentro de los
primeros 2 hijos a los menores de 21 aos aunque no se percibapor ellos
la asignacin por hijo)
Asignaciones familiares
Cnyuge
Requisitos
Acta de Matrimonio
DNI Cn u e Datos Personales Fecha de Nac.
Ne ativa de ANSES
HIJO
GuardaLegal
Requisitos
Acta de Nacimiento
DNI hijos
Negativa ANSES Esposa/Concubina
Certificado (si trabaja) que no percibe Asig.
Fliares.
Asignacin Anualcomplementaria
Escolaridad
A
ESPOSO
Certificado de Discapacidad extendido
por la Junta de Discapacidad
Empleado
Varn Casado
EmpleadoVarn enConcubinato
Empleado/aSoltero/a
Empleado
Varn /MujerDivorciado/a
(*)Los requisitos anteriores ms Certificado extendido por Direccin Flia. y
Minoridad que demuestre relacin deconvivencia
Acta de Nacimiento
DNI hijos
Negativa ANSES madre de hijos/padre
(*)Todos los requisitos detallados ms, Sentencia Judicial donde conste que tienea cargo sus hijos.
E. Mujer: Requisitos antes detallados msDDJJ ANSES p/ percepcin AsignacionesFliares.
Requisitos
Em leado Varn
Em leada Mu er
Constancia o Certificado de alumno regular del perodo lectivovigente: de inicio y finalizacin de Establecimientos Oficiales
Una vez al ao (ENERO)
Cnyuge
Hijo
Requisitos Si percibe por estos ITEMS, es automtica. Son los mismos que
para percepcin del hijo y Cnyuge
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- 31 -Manual de Induccin para ingresantes a la Administracin Pblica
A
Cuando se produce el nacimiento. Se paga a uno slo de los cnyugesSe abona un monto vigente a la fecha del hecho generador, previaacreditacin con el correspondiente certificadoy caduca al ao deacontecido.En caso de nacimiento mltiple, se abona por cada hijo nacido con vida.A partir del 3 hijo, duplica su monto.
Igual importe que por hijo A partir del 3 mes de embarazo. El derecho a esta asignacin caduca cuando se produzca el parto.PRENATAL
RequisitosLos mismos ue ara ercibir or hi o
Constancia del mdico tratante con fecha probable del parto, intervenidapor el SESOP
NACIMIENTO
Percibe un importe determinado, slo uno de los cnyuges cuandoambos trabajan en la Administracin Provincial.Caduca al ao de realizado el mismo. El monto es el vigente a lafecha de celebrado el mismo.
MATRIMONIO
Requisitos
Acta de Matrimonio (Legalizada)
DNI del Cnyuge y datos personales
Constancia que no percibe tal asignacin (si trabaja)
RequisitosActa de Nacimiento
DNI del nio
PORADOPCIN
Por hi o menor de 15 aos o sin lmite de edad si es disca acitado
Documentacin: Guarda le al
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- 32 -Manual de Induccin para ingresantes a la Administracin Pblica
Otras disposiciones
Horas Extras
Acreditar
Previa autorizacin del Secretario de Estado respecto de laprestacin de Servicios en Horario extraordinario
Trabajar 3 horas como mnimoRegistrar la prestacin de servicios en planilla o tarjeta segn
corresponda.
ORDENESDE
SALIDADcto. 1020/3-91
OFICIALES
Por razones de serviciosDebe indicar fecha, horario de salida y de regresoMotivo de Salida OficialLugar de DestinoFirma del Superior Jerrquico que imparti la
ordenDebe ser entregada el Responsable de Personal
para su control y registro.
1 HORA SEMANAL NO ACUMULATIVADebe constar Fecha, horario de salida y de
regreso
No podr ser utilizada para retirarse antes dehorario o ingresar mas tarde al servicio
Debe ser entregada el Responsable dePersonal para su control y registro.
Retribucinmediante
DESCANSOCOMPENSATORIO
Nota solicitando el descanso compensatorio con anticipacina la fecha solicitada
El pedido debe estar autorizado por su Superior Jerrquico
PARTICULARES
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- 33 -Manual de Induccin para ingresantes a la Administracin Pblica
Se cobra uno por empleo y el de mayor aos de estudio
Constancia por el trmino de 1 ao, hasta presentacin del ttulo
oficial, extendido por Organismo Oficial
Ttulo Legalizado (Analtico Diploma) por autoridad competente.
DDJJ de Ttulo
Nota solicitando pago del beneficio
OTRAS ASIGNACIONES
TITULO
ESCALAFN
Requisitos
SUELDOANUAL
COMPLEMENT
Reconocimiento de Servicio En el supuesto de serviciossimultaneos, se computar slo unode ellos
Cada seis meses
Clculo= [(mejor Sueldo/2) / 6] x cantidad de meses trabajados
ASIGNACIONES DE PAGOMENSUAL
Requisitos
Se da el Alta, a partir del 1er ao de trabajo en la Reparticin
Municipales
Provinciales
Nacionales
Leyes Especiales
Serviciosque se
reconocen
Nota solicitando el beneficio Ex te.
Certificado de Servicio y Remuneraciones (extendido por el Organismodonde prest servicios). Debe ser intervenido por el ANSES
SUELDO
Integrado porAsignacin por Categora
Ttulo
Escalafn
Asignaciones Familiares
Escalafn Gral. Pcia.
GOBERNADOR MINISTROS SECRETARIOS DE ESTADO SUBSECRETARIOS DE ESTADO
Cat. 24Nivel Func. deConduccin - Directores
Cat. 23Subdirectores Cat. 22Jefe de Departamento Cat. 21 Cat. 20 Cat. 19 Cat. 18 -Algunos c/ comp.
Cats. 17 - 15 percibencomplento c/Cat. 18
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DOCUMENTACIN
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LEGAJO PERSONAL
El agente que ingresa a la Administracin Pblica Provincial, deber presentar la
documentacin establecida por Decreto Reglamentario 646/1-83 en su artculo 45, para la
confeccin de su legajo personal.
Dicha documentacin es requerida inicialmente a fin de contar con la informacin
necesaria para una correcta liquidacin de sus haberes y para que en lo sucesivo el legajo
personal refleje la historia laboral del agente.
A travs del Sistema Informtico de Administracin de legajos, SIAL, cada agente
cuenta con un legajo informtico, con la misma documentacin obrante en el legajo fsico,
y desde donde se emiten las fojas de servicio y las solicitudes de licencias.
Cada legajo fsico, como asi tambin la carga en el SIAL, se encuentra en la oficina de
personal de la reparticin donde es nombrado el agente.
Documentacin a presentar
1 Fotocopia D.N.I: 1ra. Y 2da. Hoja.
2 Acta de Nacimiento, autenticada
3 Certificado de Buena Conducta.
4 Constancia de C.U.I.L.
5 Certificado Aptitud Psicofsico (SESOP)Crisstomo lvarez N981.
6 1 Foto 4 x 4.
7 Titulos Obtenidos: Fotocopia autentificado por autoridad competente.
8 Seguros de Vida obligatorio.
9 Por Hijo Presentar Fotocopia Certificada Nacimiento, DNI y CUIL.
10 Por Cnyuge Presentar Fotocopia Acta de Matrimonio, DNI y CUIL.
11 N Afiliacin al Instituto de Previsin y Seguridad Social de Tucumn
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- 36 -Manual de Induccin para ingresantes a la Administracin Pblica
INSTITUTO DE PREVISIN Y SEGURIDAD SOCIAL (IPSST)
El instituto de Previsin y Seguridad Social de Tucumn brinda una amplia cobertura de
salud y beneficios sociales.
El Men de prestaciones que el mismo ofrece a sus afiliados comprende: Prcticas
Ambulatorias, Internacin, Medicamentos, Mdulos Quirrgicos, Odontologa, Materiales
Descartables, Prcticas de Salud Mental, Capacidades Especiales, prcticas incluidas en el
Plan Complementario.
A travs del Centro de Calidad de Vida, los afiliados pueden acceder tambin a los Planes y
Programas Especiales del Subsidio. Adems, se contempla la cobertura nacional por el
sistema de Reciprocidad de Servicios con las obras sociales provinciales del pas (a travs
de COSSPRA).
Los Servicios Sociales que brinda el IPSST se encuadran dentro del Departamento de
Accin Social que ofrece Servicios de Seguro Escolar, Turismo, y tres clases de Servicios
Sociales: Seguro Obligatorio por Maternidad, cuyo objetivo es ayudar al beneficiario
con los gastos del parto; Subsidio de Sepelio, que apunta a que el afiliado titular y laspersonas que pueda incorporar en calidad de Grupo Familiar y Adherentes puedan acceder
a la cobertura del Servicio de Sepelio; y finalmente el Subsidio Familiar por
Fallecimiento.
La afiliacin es obligatoria (forzosa). No obstante, el agente podr, dentro de los 60
(sesenta) das corridos, a contar desde la fecha en que se hace cargo efectivo de sus
funciones, renunciar a los beneficios del Subsidio de Salud. Para ello deber acreditar que,a la fecha de obligatoriedad de su afiliacin, goza de servicios similares prestados por otras
Obras Sociales. La renuncia debe ser aceptada mediante acto resolutivo y no comprende a
los beneficios de Accin Social.
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Declaracin jurada: sobreasignacin especial porEntierro y Luto
(Ley Provincial 5.473 Art. 22Decreto 646/1-83 Art. 28)
Por la presente declaro bajo juramento la designacin de los beneficiarios
para la percepcin de la sobreasignacin especial por Entierro y Luto:
Empleado:
Nombre y apellido
DNI:
Reparticin:
Beneficiarios:
1-Nombre y apellido:
DNI:
2-Nombre y apellido:.................
DNI:
Firma del Jefe de Personal Firma y Aclaracin delEmpleado
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- 38 -Manual de Induccin para ingresantes a la Administracin Pblica
Declaracin jurada sobre ttulo: Ley 5.473 art. 22Dcto. 646 art. 12
1 - DATOS DEL EMPLEADOApellido y Nombres:.............. ........
D.N.I.:
2DESEMPEO ACTUAL EN LA ADMINISTRACION PBLICAPROVINCIAL
Lugar de desempeo:..............
Situacin de revista..
Reparticin:..
3-TITULO
OBTENIDONIVEL
FECHA DEEGRESO
LUGAR
OBSERVACIONES:
Adjunto fotocopias autenticadas de los Ttulos o Certificadosdeclarados en el punto 3
DECLARO BAJO JURAMENTO QUE LOS DATOS CONSIGNADOS EN ESTE FORMULARIO SONEXACTOS, CORRECTOS Y COMPLETOS Y QUE NO HE OMITIDO NI FALSEADO DATO ALGUNOQUE DEBA CONTENER, SIENDO FIEL EXPRESION DE LA VERDAD COMO ASI TAMBIENDECLARO NO ESTAR INCURSO EN NINGUNA CAUSA LEGAL, DE INHABILIDADES PARA ELDESEMPEO EN ESTA FUNCION PUBLICA, CUMPLIENDO CON ESTA DECLARACION JURADACON EL ART. 12 DEL DECRETO 646/1-83
. ...
FIRMA DEL AGENTE FIRMA AUTORIDAD
COMPETENTE
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DECLARACIN JURADA PARA LI CENCIA POR FAM ILI AR ENFERMO
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Declaracin jurada de domicilio
Apellido y Nombres: ..
..
D.N.I N: .
Organismo/Reparticin: .......
Calle:
N.. Piso: Dpto: .
Localidad:..
Telfono:..
Celular:.
Mail:
Particular:Laboral:..
Referencias
(Se agregaran referencias cuando las mismas contribuyan a la mejor ubicacin del domicilio)
DECLARO BAJO JURAMENTO ACORDE A LOS TRMINOS DE LEY, QUE LA INFORMACIN ARRIBACONSIGNADA CORRESPONDE A MI DOMICILIO PARTICULAR ACTUAL, ASUMIENDO LAOBLIGATORIEDAD DE MANTENERLA DEBIDAMENTE ACTUALIZADA PARA EL CASO EN QUE SEPRODUZCAN CAMBIOS EN DICHO DOMINIO.
.
Lugar y fecha Firma
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HABERES
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PASOS PARA LA BANCARIZACIN DEL AGENTE QUE INGRESAA LA APP
La reparticion envia el formulario del alta previsional (con las novedades salariales) a laDi reccin General de Sistemas, para ser procesado por el departamento previsionalde laSecretari a de Estado de Hacienda.
La Direccin General de Sistemas enva la informacin del agente al Banco del Tucumn(Grupo Macro), quien le asigna un N de cuenta bancaria.
El banco enva, por vas separadas, al domicilio del agente, la tarjeta y el nmero deidentificacin personal (PIN).
El agente debe ir a un cajero automtico y activar la cuenta asignada.
Hasta que el agente complete este proceso de bancarizacin, percibir sus haberesmensuales con cheque, que deber ser retirado en su reparticin.
Si la tarjeta y el PIN no llega al domicilio del agente dentro de los 60 das, deber concurriral banco (Maip 70) para averiguar el estado del trmite.
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ANEXOS
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