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Red de Aliados para la Gestión Ambiental Compartida "Proteger la Naturaleza es Conservar la Vida" Correo-E: [email protected] / [email protected] Web: http://usuarios.lycos.es/musguito/ - Apartado Postal 549 - Barquisimeto 3001-A - Edo. Lara, Venezuela Misión Ambiental “Chuquisaca”: Marco filosófico, conceptual, legal, principios y valores que rigen a la Red de Aliados para la Gestión Ambiental Compartida, determinan los lineamientos del Plan Unificado de Educación y Acción Ambiental del Estado Lara y orientan el Programa de Formación de Promotores Ambientales Papel de Trabajo 06/02/08 Por: Francisco Lau Marco Filosófico Los Recursos Ambientales son elementos esenciales para la existencia de la vida y por ello la Variable Ambiental debe insertarse como el eje transversal para el desarrollo socio-económico- cultural de las poblaciones humanas. La mayor parte de los recursos naturales, pueden ser renovables, al poder mantener su carácter circulante, dependiendo del manejo que se haga de los mismos. La estabilidad de los ciclos naturales que permiten la renovación o recirculación de muchos de los recursos naturales aún a nuestra disposición, está condicionada por el manejo adecuado de los factores que impactan el ambiente, permitiendo su estabilidad y la permanente disposición de dichos recursos a las poblaciones del presente y del futuro. Esto determina la necesidad de la adecuada aplicación de Políticas de Manejo y Conservación Ambiental para garantizar el futuro de las poblaciones que dependen del suministro permanente de los recursos naturales necesarios para su existencia. En este contexto, la Educación Ambiental es una herramienta fundamental para crear conciencia sobre la problemática ambiental del Estado Lara, en general, y de cada Municipio, Parroquia y Comunidad en particular. En su implementación se trata de comprometer la participación de cada ciudadano y ciudadana en las acciones requeridas para el mejoramiento de la realidad ambiental, y capacitarlos para participar eficazmente en la implantación de cada una de las acciones ambientales requeridas. Mediante el proceso educativo se busca incrementar el conocimiento en materia ambiental de la población objetivo y sobre todo que se comprendan las interacciones fundamentales entre los seres humanos y la naturaleza, y lograr la acción necesaria para el Mejoramiento de la Realidad Ambiental. El proceso educativo debe darse en el marco de un enfoque sistémico del estudio de la realidad ambiental. Dado que nada se encuentra en forma estática y aislada, ni en la naturaleza ni en la sociedad; todo elemento que se tome como objeto de estudio, observación o análisis, estará inmerso en una red de interrelaciones, por lo cual es necesario verlo y estudiarlo como parte de un sistema, considerando prioritariamente las relaciones presentes en un momento y lugar determinados. La Educación Ambiental se debe plantear como una actividad integral y sistémica, con énfasis en el análisis, conocimiento y comprensión de los elementos y de las interacciones entre ellos que determinan el curso de la realidad ambiental y promover la acción social participativa hacia el mejoramiento de la misma. Para su implementación es vital lograr la organización interinstitucional a nivel estadal y municipal, buscando la incorporación de todos los organismos, instituciones y empresas tanto públicos como privados, así como de las Organizaciones No Gubernamentales, que puedan trabajar coordinadamente en la planificación y desarrollo de un Plan Unificado de Educación y Acción Ambiental para el Estado Lara y cada uno de sus Municipios, en apoyo al óptimo desenvolvimiento de la Gestión Ambiental Compartida. Marco Conceptual 1 “La Educación Ambiental es un proceso formativo mediante el cual se busca que el individuo y la colectividad conozcan y comprendan las formas de interacción entre la sociedad y la naturaleza, sus causas y consecuencias, a fin de que actúen de manera integrada y racional con su medio.” 2 1 TRÉLLEZ, Eloísa: “Manual Guía para Comunidades. Educación Ambiental y conservación de la Biodiversidad en el desarrollo comunitario”. Centro de Estudios para el Desarrollo. Convenio de Cooperación Técnica. Programa de Educación Ambiental.

Marco Filosofico Conceptual Legal Principios Valores

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Red de Aliados para la Gestión Ambiental Compartida"Proteger la Naturaleza es Conservar la Vida"

Correo-E: [email protected] / [email protected]: http://usuarios.lycos.es/musguito/ -

Apartado Postal 549 - Barquisimeto 3001-A - Edo. Lara, Venezuela

Misión Ambiental “Chuquisaca”: Marco filosófico, conceptual, legal, principios y valores que rigen a la

Red de Aliados para la Gestión Ambiental Compartida, determinan los lineamientos del Plan Unificado de Educación y Acción Ambiental del Estado Lara y orientan el

Programa de Formación de Promotores Ambientales

Papel de Trabajo 06/02/08Por: Francisco Lau

Marco Filosófico

Los Recursos Ambientales son elementos esenciales para la existencia de la vida y por ello la Variable Ambiental debe insertarse como el eje transversal para el desarrollo socio-económico-cultural de las poblaciones humanas. La mayor parte de los recursos naturales, pueden ser renovables, al poder mantener su carácter circulante, dependiendo del manejo que se haga de los mismos. La estabilidad de los ciclos naturales que permiten la renovación o recirculación de muchos de los recursos naturales aún a nuestra disposición, está condicionada por el manejo adecuado de los factores que impactan el ambiente, permitiendo su estabilidad y la permanente disposición de dichos recursos a las poblaciones del presente y del futuro. Esto determina la necesidad de la adecuada aplicación de Políticas de Manejo y Conservación Ambiental para garantizar el futuro de las poblaciones que dependen del suministro permanente de los recursos naturales necesarios para su existencia. En este contexto, la Educación Ambiental es una herramienta fundamental para crear conciencia sobre la problemática ambiental del Estado Lara, en general, y de cada Municipio, Parroquia y Comunidad en particular. En su implementación se trata de comprometer la participación de cada ciudadano y ciudadana en las acciones requeridas para el mejoramiento de la realidad ambiental, y capacitarlos para participar eficazmente en la implantación de cada una de las acciones ambientales requeridas. Mediante el proceso educativo se busca incrementar el conocimiento en materia ambiental de la población objetivo y sobre todo que se comprendan las interacciones fundamentales entre los seres humanos y la naturaleza, y lograr la acción necesaria para el Mejoramiento de la Realidad Ambiental.El proceso educativo debe darse en el marco de un enfoque sistémico del estudio de la realidad ambiental. Dado que nada se encuentra en forma estática y aislada, ni en la naturaleza ni en la sociedad; todo elemento que se tome como objeto de estudio, observación o análisis, estará inmerso en una red de interrelaciones, por lo cual es necesario verlo y estudiarlo como parte de un sistema, considerando prioritariamente las relaciones presentes en un momento y lugar determinados.La Educación Ambiental se debe plantear como una actividad integral y sistémica, con énfasis en el análisis, conocimiento y comprensión de los elementos y de las interacciones entre ellos que determinan el curso de la realidad ambiental y promover la acción social participativa hacia el mejoramiento de la misma.

Para su implementación es vital lograr la organización interinstitucional a nivel estadal y municipal, buscando la incorporación de todos los organismos, instituciones y empresas tanto públicos como privados, así como de las Organizaciones No Gubernamentales, que puedan trabajar coordinadamente en la planificación y desarrollo de un Plan Unificado de Educación y Acción Ambiental para el Estado Lara y cada uno de sus Municipios, en apoyo al óptimo desenvolvimiento de la Gestión Ambiental Compartida.

Marco Conceptual1

“La Educación Ambiental es un proceso formativo mediante el cual se busca que el individuo y la colectividad conozcan y comprendan las formas de interacción entre la sociedad y la naturaleza, sus causas y consecuencias, a fin de que actúen de manera integrada y racional con su medio.”2

La Educación Ambiental se orienta fundamentalmente hacia la comunidad, tratando de involucrar al individuo en un proceso activo que tienda a resolver los problemas ambientales manifiestos en el contexto de las realidades específicas, fomentando la iniciativa, la responsabilidad y el sentido de pertenencia y de búsqueda de un mañana mejor.La Estrategia de la Educación Ambiental se enmarca en cuatro frentes fundamentales: Institucional, Informal, Comunitario y Formal.1. La Educación Ambiental Institucional hasta ahora

no se ha aplicado de manera convencional, pero dadas las dificultades de lograr la comprensión y participación de las autoridades y las instituciones que dirigen, la incorporamos como la actividad educativa prioritaria que nos permitirá impulsar de manera más eficaz los planes, programas y proyectos ambientales que se desarrollan en el Estado Lara.En el ámbito de la gestión ambiental estadal y municipal, partiendo del gobernador y los alcaldes y los gerentes de todas los organismos que operan en las instancias estadal y municipal y de sus funcionarios (incluyendo al personal técnico, administrativo y obrero), existe una clara necesidad de formación ambiental hacia el Desarrollo Endógeno Humanitaria y Ambientalmente Sustentado que debe ser impartida en el plazo más breve posible. Este criterio igualmente se debe aplicar en el ámbito institucional o empresarial.

1 TRÉLLEZ, Eloísa: “Manual Guía para Comunidades. Educación Ambiental y conservación de la Biodiversidad en el desarrollo comunitario”. Centro de Estudios para el Desarrollo. Convenio de Cooperación Técnica. Programa de Educación Ambiental.

2 “Manual de referencia sobre conceptos ambientales” Quiroz, César; Tréllez Solís, Eloísa. SECAB, Fundación Konrad Adenauer, Bogotá, 1992.

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Esto no quiere decir que todos deben convertirse en especialistas en asuntos ambientales, sino que todos deben estar sensibilizados y saber cómo incorporar a sus actividades, de manera integral, los conceptos básicos de las relaciones entre la sociedad y la naturaleza, y sus nexos con la sostenibilidad.

2. La Educación Ambiental informal, que debe ser ejercida a través de diversos medios e instrumentos de comunicación, se orienta de manera amplia y abierta al público en general, proponiendo pautas de comportamiento individual y colectivo sobre las alternativas para una gestión ambiental apropiada, o planteando opiniones críticas sobre la situación ambiental existente. Se puede realizar a través de producciones y micros para radio, televisión o cine (todos divulgables por medios electrónicos a través de CD, DVD, diferentes recursos y aplicaciones multimedia e Internet), artículos o separatas para la prensa escrita y electrónica, distribución masiva y gratuita de libros, folletos, revistas, periódicos, hojas informativas y divulgativas, trípticos y volantes, la presentación de obras teatrales, el montaje de espectáculos musicales, etc. Es necesario emplear al máximo y de manera constructiva el “Poder de los Medios”.

3. La Educación Ambiental Comunitaria va dirigida a todos los sectores de la población en sus respectivas comunidades, a fin de proporcionar mayores conocimientos y comprensión sobre las realidades ambientales globales, nacionales, regionales y locales, a fin de sensibilizar a la población y promover su participación en los procesos de mejoramiento de la realidad ambiental. Busca la incorporación de los diversos sectores de la sociedad, hombres y mujeres, grupos etáreos (ancianos, adultos, jóvenes, adolescentes, niños e infantes), grupos étnicos, comunidades organizadas (especialmente a través de los Consejos Comunales), sectores productivos, instituciones y grupos organizados, en una acción constructiva que contribuya al mejoramiento de la realidad ambiental.Se implementa a través de talleres, seminarios, cursos, foros, conferencias, cineforos o videoforos, y otras actividades formativas o recreativas, insertas en los Programas de Desarrollo Social Comunitario, en el ámbito estadal y municipal.

4. La Educación Ambiental Formal se realiza en el marco de procesos educativos formales, a través de los diferentes niveles de escolaridad, desde preescolar, pasando por la básica, media y diversificada, hasta la los diferentes niveles de educación superior. Se busca la incorporación de la dimensión ambiental de manera transversal en el diseño curricular y en el desarrollo de los proyectos educativos de aula, e incluso la inserción de nuevas asignaturas, especialidades y carreras, directamente relacionadas con la problemática del ambiente y la calidad de la vida. Se trata de desarrollar y aplicar contenidos y recursos didácticos sobre la problemática y soluciones ambientales.

La implantación de cualquier forma de gestión ambiental se apoya necesariamente en la educación ambiental, que debe ser dirigida a todos los sectores, a todas las personas y a todas las edades. Pero no puede llegar a todos al mismo tiempo ni por la misma vía. Debe tomarse en cuenta que cada grupo o población objetivo necesita ser tratado de manera didácticamente diferente.

Cada grupo y las personas involucrados en los distintos procesos sociales, económicos, culturales y naturales en los cuales está inmerso el Estado Lara y cada uno de sus Municipios, requieren de una formación en asuntos ambientales. El nivel y énfasis de esta acción educativa serán diferentes en función de sus conocimientos previos y de sus experiencias personales, profesionales y laborales, de su edad o de su posibilidad de aportar en mayor o menor medida a las diversas acciones de gestión ambiental, a través de un proceso de intercambio de saberes.Es prioritario lograr la formación de personas como promotores ambientales, capacitados de manera específica para el ejercicio de sus funciones al igual que sucede con los promotores de la salud o los promotores culturales.Un promotor o promotora ambiental es una persona que se encarga de impulsar acciones referidas al mejoramiento de la situación ambiental que viven los grupos humanos en el ámbito estadal, municipal, parroquial o comunal. El objetivo de su labor es lograr que tanto individuos como grupos sociales conozcan y comprendan los problemas ambientales y las potencialidades de los recursos naturales y culturales que poseen (tanto en su Comunidad, Macrosector, Parroquia, Municipio o el Estado Lara), para que se propicie la realización de acciones constructivas destinadas al aporte de soluciones a la problemática ambiental vigente y a establecer los mecanismos más idóneos de control social preventivo de los impactos ambientales, y revalorización y mejoramiento de los recursos ambientales aún disponibles. Desde este punto de vista, es una persona que se encarga de realizar de manera práctica la labor de conservación del ambiente.Se consideran tres fases dentro de las labores referidas a la formación de los Promotores Ambientales: (1) La inducción. (2) La capacitación. (3) El seguimiento.Fase 1. La Inducción, o fase de contactos iniciales con la

población objetivo, incluye tres elementos centrales:a. El estímulo (sensibilización).b. La motivación (compromiso).c. La información básica (conocimiento).

Fase 2. La Capacitación, o fase central del proceso, comprende:a. La identificación de los problemas ambientales del

Estado, Municipio, Parroquia, Macrosector o Comunidad.

b. La jerarquización de los problemas ambientales.c. El análisis de la dinámica de los problemas, sus causas

y consecuencias.d. La búsqueda de alternativas de solución y prevención.e. En la determinación de las estrategias de acción, el

promotor ambiental desempeña un papel de facilitador, orientador, dinamizador y de apoyo para los grupos con los cuales trabaja. Es un elemento de ayuda a la reflexión y acción organizadas, en apoyo de la gestión ambiental que debe ejercer cada Consejo Comunal o instancia de gestión y participación para llevar a cabo las alternativas de solución seleccionadas.

f. La canalización de la convergencia intersectorial e interinstitucional que permita ejecutar las actividades previstas en las estrategias trazadas en todos los niveles: Estadal, Municipal, Parroquial y Comunal.

Fase 3. El Seguimiento, o continuidad del proceso de promoción, incluye:

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a. El apoyo logístico y financiero adicional necesario para la adecuada ejecución de las actividades previstas en las estrategias.

b. La planificación de tareas y la distribución de responsabilidades entre los entes y personas involucrados.

c. El seguimiento a la ejecución de las mismasd. La evaluación de logros y dificultades a escala

individual, grupal e institucional.e. Las modificaciones requeridas en la estrategia.f. El reforzamiento de la motivación y de la información

requerida.

Marco Legal

La Legislación Venezolana aporta el marco legal para el desarrollo de la Educación Ambiental:

CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PREÁMBULO

El pueblo de Venezuela, en ejercicio de sus poderes creadores e invocando la protección de Dios, el ejemplo histórico de nuestro Libertador Simón Bolívar y el heroísmo y sacrificio de nuestros antepasados aborígenes y de los precursores y forjadores de una patria libre y soberana; con el fin supremo de refundar la República para establecer una sociedad democrática, participativa y protagónica, multiétnica y pluricultural en un Estado de justicia, federal y descentralizado, que consolide los valores de la libertad, la independencia, la paz, la solidaridad, el bien común, la integridad territorial, la convivencia y el imperio de la ley para esta y las futuras generaciones; asegure el derecho a la vida, al trabajo, a la cultura, a la educación, a la justicia social y a la igualdad sin discriminación ni subordinación alguna; promueva la cooperación pacífica entre las naciones e impulse y consolide la integración latinoamericana de acuerdo con el principio de no intervención y autodeterminación de los pueblos, la garantía universal e indivisible de los derechos humanos, la democratización de la sociedad internacional, el desarme nuclear, el equilibrio ecológico y los bienes jurídicos ambientales como patrimonio común e irrenunciable de la humanidad

TÍTULO III: De los Deberes, Derechos Humanos y Garantías

CAPÍTULO VI: De los Derechos Culturales y Educativos

Artículo 107La educación ambiental es obligatoria en los niveles y modalidades del sistema educativo, así como también en la educación ciudadana no formal…

CAPÍTULO IX: De los Derechos Ambientales

Artículo 127Es un derecho y un deber de cada generación proteger y mantener el ambiente en beneficio de sí misma y del mundo futuro. Toda persona tiene derecho individual y colectivamente a disfrutar de una vida y de un ambiente seguro, sano y ecológicamente equilibrado. El Estado protegerá el ambiente, la diversidad biológica, genética, los procesos ecológicos, los parques nacionales y monumentos naturales y demás áreas de especial importancia ecológica. El genoma de los seres vivos no

podrá ser patentado, y la ley que se refiera a los principios bioéticos regulará la materia.

Es una obligación fundamental del Estado, con la activa participación de la sociedad, garantizar que la población se desenvuelva en un ambiente libre de contaminación, donde el aire, el agua, los suelos, las costas, el clima, la capa de ozono, las especies vivas, sean especialmente protegidos, de conformidad con la ley.

Artículo 128El Estado desarrollará una política de ordenación del territorio atendiendo a las realidades ecológicas, geográficas, poblacionales, sociales, culturales, económicas, políticas, de acuerdo con las premisas del desarrollo sustentable, que incluya la información, consulta y participación ciudadana. Una ley orgánica desarrollará los principios y criterios para este ordenamiento.

Artículo 129Todas las actividades susceptibles de generar daños a los ecosistemas deben ser previamente acompañadas de estudios de impacto ambiental y socio cultural. El Estado impedirá la entrada al país de desechos tóxicos y peligrosos, así como la fabricación y uso de armas nucleares, químicas y biológicas. Una ley especial regulará el uso, manejo, transporte y almacenamiento de las sustancias tóxicas y peligrosas.

En los contratos que la República celebre con personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, o en los permisos que se otorguen, que involucren los recursos naturales, se considerará incluida aun cuando no estuviera expresa, la obligación de conservar el equilibrio ecológico, de permitir el acceso a la tecnología y la transferencia de la misma en condiciones mutuamente convenidas y de restablecer el ambiente a su estado natural si éste resultara alterado, en los términos que fije la ley.

TÍTULO IV: Del Poder Público

CAPÍTULO IV: Del Poder Público Municipal

Artículo 182Se crea el Consejo Local de Planificación Pública,

presidido por el Alcalde o Alcaldesa e integrado por los concejales y concejalas, los Presidentes o Presidentas de la Juntas Parroquiales y representantes de organizaciones vecinales y otras de la sociedad organizada, de conformidad con las disposiciones que establezca la ley.

Artículo 184La ley creará mecanismos abiertos y flexibles para que

los Estados y los Municipios descentralicen y transfieran a las comunidades y grupos vecinales organizados los servicios que éstos gestionen previa demostración de su capacidad para prestarlos, promoviendo:

1. La transferencia de servicios en materia de salud, educación, vivienda, deporte, cultura, programas sociales, ambiente, mantenimiento de áreas industriales, mantenimiento y conservación de áreas urbanas, prevención y protección vecinal, construcción de obras y prestación de servicios públicos. A tal efecto, podrán establecer convenios cuyos contenidos estarán orientados por los principios de interdependencia, coordinación, cooperación y corresponsabilidad.

2. La participación de las comunidades y ciudadanos y ciudadanas, a través de las asociaciones vecinales y organizaciones no gubernamentales, en la formulación de

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propuestas de inversión ante las autoridades estadales y municipales encargadas de la elaboración de los respectivos planes de inversión, así como en la ejecución, evaluación y control de obras, programas sociales y servicios públicos en su jurisdicción.

3. La participación en los procesos económicos estimulando las expresiones de la economía social, tales como cooperativas, cajas de ahorro, mutuales y otras formas asociativas.

4. La participación de los trabajadores y trabajadoras y comunidades en la gestión de las empresas públicas mediante mecanismos autogestionarios y cogestionarios.

5. La creación de organizaciones, cooperativas y empresas comunales de servicios, como fuentes generadoras de empleo y de bienestar social, propendiendo a su permanencia mediante el diseño de políticas donde aquellas tengan participación.

6. La creación de nuevos sujetos de descentralización a nivel de las parroquias, las comunidades, los barrios y las vecindades a los fines de garantizar el principio de la corresponsabilidad en la gestión pública de los gobiernos locales y estadales y desarrollar procesos autogestionarios y cogestionarios en la administración y control de los servicios públicos estadales y municipales.

TÍTULO V: De la Organización del Poder Público Nacional

CAPÍTULO I: Del Poder Legislativo Nacional

SECCIÓN CUARTA: De la Formación de las Leyes

Artículo 204La iniciativa de las leyes corresponde:

7. A los electores y electoras en un número no menor del cero coma uno por ciento de los inscritos e inscritas en el registro electoral permanente.

Artículo 211La Asamblea Nacional o las Comisiones Permanentes,

durante el procedimiento de discusión y aprobación de los proyectos de leyes, consultarán a los otros órganos del Estado, a los ciudadanos y ciudadanas y a la sociedad organizada para oír su opinión sobre los mismos. Tendrán derecho de palabra en la discusión de las leyes los Ministros o Ministras en representación del Poder Ejecutivo; el magistrado o magistrada del Tribunal Supremo de Justicia a quien éste designe, en representación del Poder Judicial; el o la representante del Poder Ciudadano designado o designada por el Consejo Moral Republicano; los y las integrantes del Poder Electoral; los Estados a través de un o una representante designado o designada por el Consejo Legislativo y los y las representantes de la sociedad organizada, en los términos que establezca el reglamento de la Asamblea Nacional.

TÍTULO VII, De la Seguridad de la Nación

CAPÍTULO II, Principios de Seguridad de la Nación

Artículo 326La seguridad de la Nación se fundamenta en la corresponsabilidad entre el Estado y la sociedad civil para dar cumplimiento a los principios de independencia, democracia, igualdad, paz, libertad, justicia, solidaridad, promoción y conservación

ambiental y afirmación de los derechos humanos, así como en la satisfacción progresiva de las necesidades individuales y colectivas de los venezolanos y venezolanas, sobre las bases de un desarrollo sustentable y productivo de plena cobertura para la comunidad nacional. El principio de la corresponsabilidad se ejerce sobre los ámbitos económico, social, político, cultural, geográfico, ambiental y militar.

La Ley Orgánica de Educación vigente establece:

Artículo 3ºLa educación tiene como finalidad fundamental el pleno desarrollo de la personalidad y el logro de un hombre sano, culto, critico y apto para convivir en una sociedad democrática, justa y libre basada en la familia como célula fundamental y en la valorización del trabajo; capaz de participar activa, consciente y solidariamente en los procesos de transformación social, consustanciado con los valores de la identidad nacional y con la comprensión, la tolerancia, la convivencia y las actitudes que favorezcan el fortalecimiento de la paz entre las naciones y los vínculos de integración y solidaridad latinoamericana.

La educación fomentará el desarrollo de una conciencia ciudadana para la conservación, defensa y mejoramiento del ambiente, calidad de vida y el uso racional de los recursos naturales y contribuirá a la formación y capacitación de los equipos humanos necesarios para el desarrollo del país y la promoción de los esfuerzos creadores del pueblo venezolano hacia el logro de su desarrollo integral, autónomo e independiente.

El proyecto de la nueva Ley Orgánica de Educación propone:

Artículo 5. La educación tiene como fines: Formar ciudadanos, en una sociedad democrática, participativa, protagónica, multiétnica y pluricultural en un Estado de justicia, federal y descentralizado donde se consolidan los valores de la libertad, la independencia, la paz, la solidaridad, el bien común, la integridad territorial, la convivencia y el imperio de la Ley para estas y las futuras generaciones.

Desarrollar conciencia sobre la necesidad de un aprovechamiento racional de los recursos naturales y de la protección del ambiente.

La Ley Orgánica del Ambiente vigente fija pautas para la Educación y la Acción Ambiental:

TÍTULO IDISPOSICIONES GENERALES

Capítulo IDisposiciones Generales

Definiciones - Artículo 3A los efectos de la presente Ley, se entenderá por:Educación ambiental: Proceso continuo, interactivo e integrador, mediante el cual el ser humano adquiere conocimientos y experiencias, los comprende y analiza, los internaliza y los traduce en comportamientos, valores y actitudes que lo preparen para participar protagónicamente en la gestión del ambiente y el desarrollo sustentable.Principios para la gestión del ambiente - Artículo 4La gestión del ambiente comprende:6. Educación ambiental: La conservación de un ambiente sano, seguro y ecológicamente equilibrado debe

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ser un valor ciudadano, incorporado en la educación formal y no formal.ObjetivosArtículo 10Son objetivos de la gestión del ambiente, bajo la rectoría y coordinación de la Autoridad Nacional Ambiental:5. Fomentar y estimular la educación ambiental y la participación protagónica de la sociedad.

Capítulo IIIDe los Mecanismos de Elaboración, Ejecución y Revisión

de los PlanesDel Plan Nacional - Artículo 30El Plan Nacional del Ambiente es un instrumento a largo plazo que pauta la política ambiental nacional a escala regional, estadal, municipal y local, y contendrá las siguientes directrices:7. La educación ambiental y participación ciudadana.

TÍTULO IVDE LA EDUCACIÓN AMBIENTALY LA PARTICIPACIÓN

CIUDADANACapítulo I

De la Educación AmbientalObjeto - Artículo 34La educación ambiental tiene por objeto promover, generar, desarrollar y consolidar en los ciudadanos y ciudadanas conocimientos, aptitudes y actitudes para contribuir con la transformación de la sociedad, que se reflejará en alternativas de solución a los problemas socioambientales, contribuyendo así al logro del bienestar social, integrándose en la gestión del ambiente a través de la participación activa y protagónica, bajo la premisa del desarrollo sustentable.Lineamientos para la educación ambiental - Artículo 35Los lineamientos para la educación ambiental son:1. Incorporar una signatura en materia ambiental, con carácter obligatorio, como constitutivo del pénsum en todos los niveles y modalidades del sistema educativo bolivariano, dentro del continuo proceso de desarrollo humano, con el propósito de formar ciudadanos y ciudadanas ambientalmente responsables, garantes del patrimonio natural y sociocultural en el marco del desarrollo sustentable.2. Vincular el ambiente con temas asociados a ética, paz, derechos humanos, participación protagónica, la salud, el género, la pobreza, la sustentabilidad, la conservación de la diversidad biológica, el patrimonio cultural, la economía y desarrollo, el consumo responsable, democracia y bienestar social, integración de los pueblos, así como la problemática ambiental mundial.3. Desarrollar procesos educativos ambientales en el ámbito de lo no formal que promuevan y fortalezcan el derecho a la participación de ciudadanos, ciudadanas y comunidad en general, en el marco de una gestión del ambiente en forma compartida.4. Incorporar la educación ambiental para el desarrollo endógeno sustentable, desde una perspectiva participativa, crítica, influyente, transformadora de los sistemas productivos que reconozca la diversidad cultural y ecológica en el ámbito de la organización social.5. Promover el diálogo de saberes, como base del intercambio, producción y difusión de información en los procesos educativos ambientales para generar acciones colectivas en el abordaje y solución de problemas socio ambientales.

Generación de procesos de educación ambiental - Artículo 36Las personas naturales o jurídicas, públicas y privadas, responsables en la formulación y ejecución de proyectos que impliquen la utilización de los recursos naturales y de la diversidad biológica, deben generar procesos permanentes de educación ambiental que permitan la conservación de los ecosistemas y el desarrollo sustentable.Promoción de la educación ambiental - Artículo 37Las instituciones públicas y privadas deberán incorporar principios de educación ambiental en los programas de capacitación de su personal.Consideración de aportes - Artículo 38En el proceso de educación ambiental, se tomarán en consideración los aportes y conocimientos tradicionales de los pueblos y comunidades indígenas y de otras comunidades organizadas, así como las técnicas e innovaciones, asociados al uso de los recursos naturales y de formas de vida ecológicamente armónicas.

Capítulo IIDe la Participación Ciudadana

Derecho y deber a participar - Artículo 39Todas las personas tienen el derecho y el deber de participar en los asuntos relativos a la gestión del ambiente.Mecanismos de Participación - Artículo 40El Ejecutivo Nacional, a través del ministerio con competencia en materia ambiental, reglamentará los mecanismos para hacer efectivo el ejercicio legítimo del derecho a la participación ciudadana en la formulación, adopción, ejecución y control de las políticas, planes, proyectos y otras medidas dirigidas a la conservación del ambiente.Participación de los pueblos indígenas y comunidades locales - Artículo 41Los pueblos indígenas y comunidades locales tienen el derecho y el deber de participar en la formulación, aplicación, evaluación y control de los planes y programas de desarrollo nacional, regional y local, susceptibles de afectarles directamente en sus vidas, creencias, valores, instituciones y bienestar espiritual y en el uso de las tierras y hábitats que ancestralmente ocupan y utilizan colectivamente.Formas asociativas en la gestión del ambiente - Artículo 42Las organizaciones ambientalistas, los pueblos y comunidades indígenas, los consejos comunales, las comunidades organizadas y otras formas asociativas, podrán desarrollar proyectos enmarcados en una gestión del ambiente compartida y comprometida con la conservación de los ecosistemas, los recursos naturales y el desarrollo sustentable bajo las modalidades de la autogestión y cogestión.

Derecho y deber de denunciar agresiones al ambiente - Artículo 43Toda persona tiene el derecho y el deber de denunciar por ante las instancias competentes, cualquier hecho que atente contra un ambiente sano, seguro y ecológicamente equilibrado.Descentralización hacia las comunidades - Artículo 44

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La Autoridad Ambiental Nacional deberá implementar los mecanismos para la descentralización y transferencia de los servicios concernientes a la gestión del ambiente a las comunidades y grupos vecinales organizados, previa demostración de su capacidad para asumirlos, conforme al principio de la corresponsabilidad y para desarrollar procesos autogestionarios y cogestionarios para un ambiente sano, seguro y ecológicamente equilibrado.

TÍTULO VIDE LA INVESTIGACIÓN E INFORMACIÓN AMBIENTAL

Capítulo IDisposiciones Generales

Derecho a la Información - Artículo 64El derecho a la información sobre el ambiente debe ser reconocido a cada persona. El Estado es el garante de su ejercicio, de la confiabilidad de la información y de su difusión. Este derecho será ejercido según las modalidades definidas en esta Ley yen los demás instrumentos normativos que al efecto se dicten.Promoción de intercambio de información - Artículo 65A fin de cumplir con lo previsto en el artículo anterior, el Estado promoverá el intercambio de información sobre los conocimientos vinculados con el ambiente y el desarrollo sustentable.Registro de información ambiental - Artículo 66La Autoridad Nacional Ambiental establecerá y mantendrá un Registro de Información Ambiental, el cual deberá contener los datos biofísicos, económicos y sociales, así como la información legal, relacionados con el ambiente. Los datos del registro son de libre consulta y se deberán difundir periódicamente por medios eficaces cuando fueren de interés general.Alcance del Registro de Información Ambiental - Artículo 67El registro al que se refiere el artículo anterior deberá contener al menos los siguientes aspectos:1. Los inventarios de sistemas ambientales.2. Los inventarios de recursos hídricos.3. Los inventarios del recurso suelo.4. Los inventarios de diversidad biológica y sus componentes.5. Los inventarios forestales.6. Los inventarios de cuencas hidrográficas.7. El inventario de fuentes de emisión y contaminación de suelos, aire y agua.8. La información sobre áreas bajo régimen de administración especial.9. La información hidrometeorológica e hidrogeológica.10. La información jurídica de leyes, decretos y resoluciones vigentes en materia ambiental.11. Información cartográfica.12. La información sobre el hábitat y tierras de los pueblos y comunidades indígenas debidamente demarcadas.13. Cualesquiera otras, de interés para la gestión del ambiente y el desarrollo sustentable.Suministro de información - Artículo 68A los fines de lograr el intercambio de información previsto en la presente Ley, las instituciones públicas y privadas que tengan información sobre los aspectos mencionados en el artículo anterior, deben suministrarla a la Autoridad Nacional Ambiental.

Recopilación de información - Artículo 69

Toda persona natural o jurídica que aproveche o utilice los ecosistemas, deberá recopilar la información relacionada con los recursos que utiliza, su posible deterioro y las acciones para su recuperación y restauración. Esta información deberá ser suministrada al Registro de Información Ambiental dentro de los periodos, modalidades y costos establecidos por las normas que regulen la materia.Actualización del Registro de información ambiental - Artículo 70A los fines de mantener actualizado el Registro de información Ambiental y garantizar la adecuada recuperación, restauración o mejoramiento del ambiente, toda solicitud para la ejecución de actividades que impliquen la afectación de los ecosistemas y sus componentes, deberá ser acompañada de la información básica actualizada que pueda servir como parámetro comparativo de las consecuencias de la afectación que se pretenda realizar. Dicho parámetro comparativo deberá ser conformado por la Autoridad Nacional Ambiental.Acceso a la información ambiental - Artículo 71El Estado garantizará a toda persona el acceso a la información ambiental, salvo que ésta haya sido clasificada como confidencial, de conformidad con la ley.Mecanismos de intercambio - Artículo 72Las personas deberán establecer mecanismos de intercambio de información ambiental, de conformidad con los lineamientos de sistematización que establezca la Autoridad Nacional Ambiental, mediante resolución debidamente publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.Promoción y divulgación - Artículo 73La Autoridad Nacional Ambiental coordinará con los organismos y entes públicos la promoción y divulgación de la información técnica, documental y educativa de carácter ambiental, facilitando el acceso a la misma y definiendo estrategias permanentes para su suministro.Incorporación de temas ambientales - Artículo 74Los medios de comunicación y difusión deberán incorporar en la programación, los temas ambientales que propicien la información y el conocimiento de las complejas interrelaciones y vínculos entre los procesos de desarrollo social y económico en la búsqueda de un ambiente seguro, sano y ecológicamente equilibrado, fomentando la educación ambiental.Orientación, fomento y estímulo de estudios e investigaciones con fines de información - Artículo 75La Autoridad Nacional Ambiental orientará, fomentará y estimulará los estudios y la investigación básica y aplicada sobre el ambiente, según las leyes que regulan la materia. Asimismo promoverá, apoyará y consolidará proyectos con las instituciones, universidades nacionales e internacionales, pueblos y comunidades indígenas, consejos comunales y comunidades organizadas de vocación ambientalista.Orientación de los estudios e investigaciones - Artículo 76Los estudios e investigaciones a que se refiere el Artículo anterior estarán dirigidas prioritariamente al conocimiento de los ecosistemas y la diversidad biológica, con la finalidad de conocer sus potencialidades, beneficios ambientales y limitaciones, con el objeto de orientar el uso sustentable de las poblaciones con potencial económico y preservar las especies que pudieran estar amenazadas,

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Marco filosófico, conceptual, legal, principios y valores que rigen a la Red de Aliados para la Gestión Ambiental Compartida

restaurar los hábitats degradados, prevenir y mitigar los impactos adversos sobre ellos.

Principios

El principio fundamental que debe regir la puesta en práctica de nuestra visión, misión y objetivos es el Desarrollo Endógeno Humanitaria y Ambientalmente Sustentado. El Desarrollo Endógeno se apoya en la creación de redes (cadenas interdependientes) de producción y consumo, que basados en las necesidades y capacidades de la población de una comunidad, centro poblado o región, valorando las potencialidades del territorio y manejando su propia capacidad tecnológica, enfrenta el reto de satisfacer sus propias necesidades, generando un crecimiento integral del individuo y del colectivo social. En este proceso, la contraloría social determina la posibilidad de mantener el rumbo adecuado que deben llevar los procesos abordados, e implica la existencia de mecanismos de vigilancia ambiental, técnica, política e institucional, para que el proceso de crecimiento por dentro no se convierta en un pequeño monstruo con capacidades desiguales en los ámbitos social, económico, institucional y cultural.Se fundamenta en la aplicación de los principios humanitarios y el desarrollo de los valores humanos, así como en la aplicación de los principios ambientalistas y el desarrollo de los valores ambientales, garantizando el respeto tanto de los derechos humanos como de los derechos ambientales.Se trata de lograr un equilibrio entre la visión humanitaria y la visión ambientalista de la vida, buscando establecer en las interrelaciones individuales, grupales y societarias, un sentido de equidad y solidaridad, donde van a la par la gestión social y la gestión ambiental, buscando la afirmación tanto de la justicia social como de la justicia ambiental.Involucra mejorar las condiciones de vida de todos mediante el aprovechamiento responsable y equilibrado de los espacios y los recursos naturales disponibles, garantizando la distribución colectiva y equitativa de sus beneficios, sin menoscabar la búsqueda universal de proteger, conservar y mejorar el ambiente. Compromete al individuo, comunidad y Estado (gobierno), en el desarrollo del nivel de sensibilidad, conocimiento, tecnología, organización y voluntad política, que en la implantación de este modelo de desarrollo, nos debe conducir a niveles de comunicación e información óptimos, en la aplicación de los procesos legales, políticos, organizativos, administrativos, operativos y educativos, en la planificación, ejecución, seguimiento, evaluación, retroalimentación y redireccionamiento participativos de los planes, proyectos y actividades que permitan reafirmar y defender los criterios de autodeterminación, independencia y autonomía que deben regir el progreso integral de cada asentamiento humano, para cubrir las necesidades del presente sin poner en peligro la capacidad de futuras generaciones para satisfacer sus propias necesidades, y así garantizar el bienestar integral de cada individuo, su comunidad y de la sociedad en general, y su sustentabilidad en el tiempo.Esta búsqueda nos lleva al establecimiento de una Alianza Estratégica de las personas, Entes Gubernamentales y Organizaciones No Gubernamentales Ambientalistas

comprometidos con el proceso de desarrollo de Venezuela, en la formulación e implantación de un Plan Rector del Desarrollo Endógeno Humanitaria y Ambientalmente Sustentado, aplicable a niveles nacional, estadal, municipal, parroquial, comunal, familiar y personal, que nos conduzca al logro del “País Ideal”, el “Estado Ideal”, el “Municipio Ideal”, la “Parroquia Ideal”, la “Comunidad Ideal”, la “Familia Ideal” y la “Persona Ideal”, el modelo de mundo que deseamos. Todo proceso de desarrollo necesariamente tiene que tener un límite condicionado por la disponibilidad de los recursos naturales y la capacidad tecnológica disponible para el manejo de los procesos y lograr minimizar el impacto en la calidad del ambiente, que a su vez determina la calidad de la vida. Si el proceso del desarrollo es manejado bajo parámetros meramente económicos, donde la productividad va por encima de la preservación de los recursos naturales, a la larga conduce a la desaparición de estos y al deterioro del entorno por los procesos de contaminación ambiental y la degradación de los recursos naturales en todos los ámbitos, con la consecuencia inmediata de generar las luchas sostenidas por el control de los recursos naturales y la búsqueda de la hegemonía (imperialismo) sobre los demás pueblos y naciones, causando guerra y destrucción, enfermedad y muerte. No puede haber Desarrollo Endógeno si no se garantiza la sustentabilidad y perdurabilidad de los recursos naturales tanto en el espacio como en el tiempo. El proceso de desarrollo endógeno, para ser viable, debe ser manejado bajo criterios humanitarios y ambientales y sustentado en los principios humanitarios y ambientales, es decir, considerando la necesidad de hacer uso racional de los recursos naturales, que conduce a la preservación de los recursos naturalmente renovables a través de la conservación (manejo racional) y protección de los ecosistemas tanto naturales como modificados, el uso y reposición de los recursos que permitan mantener la renovabilidad y calidad del suelo, agua, aire, flora y fauna. Igualmente conduce al manejo racional de los recursos naturalmente no renovables, extraídos de fuentes concentradas en minas y pozos petroleros, mediante el establecimiento de programas de manejo integral de los residuos, donde el reciclaje de los desechos cumple el rol preponderante, a fin de evitar su conversión en basura, y poder mantener por esta vía la renovabilidad de los recursos que tienen un carácter estratégico para la preservación de la soberanía de nuestros pueblos. Sólo así es posible garantizar su disponibilidad para las generaciones futuras. Desde esta perspectiva, los recursos minerales y el petróleo transformado en plástico, por medio del reciclaje pueden ser recursos renovables. Por otra parte, el elemento más vital del proceso de desarrollo endógeno, para poder ser sostenible, es el uso racional, o sea, la conservación de los recursos naturales no renovables, que son los combustibles de origen fósil, como los derivados del petróleo, el gas natural y la hulla, que al ser consumidos en un proceso de combustión, desaparecen dejando paralelamente algunos efectos de contaminación ambiental que determinan el cambio climático. Aquí es preciso romper con nuestra economía dependiente del petróleo, pues al incrementar la producción y venta del hidrocarburo, estamos contribuyendo de manera directa al incremento del fenómeno del calentamiento global. Es obligatorio desarrollar alternativas energéticas de mínimo o nulo impacto ambiental, basado en el uso de los recursos

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energéticos renovables, fundamentalmente la energía solar, permanentemente disponible, también haciendo uso de la energía eólica. La energía hidráulica estaría disponible en forma sostenida, si las cuencas hidrográficas fueran resguardadas y manejadas de manera racional, pero no es la realidad que vivimos. En las cuencas altas de muchos ríos y quebradas se está dando lugar a un proceso de deforestación para la ampliación de las fronteras agrícolas, cuyas consecuencias en el futuro será el agotamiento irreversible e irremediable de muchos de nuestros recursos hídricos y la reducción del área de bosque tan vital para la regulación del cambio climático. Aquí cabría preguntarnos cuántos años nos quedan de vida sostenible... En todo caso, sólo un desarrollo endógeno humanitaria y ambientalmente sustentado puede garantizarnos, dentro de los límites que establece la naturaleza, la posibilidad de sostener la vida y habitabilidad de nuestro país y del planeta a nivel global. Mas nada ganamos con mantener una discusión teórica sobre el tema, si en la práctica no asumimos un compromiso real de cambio y comenzamos a transformar radicalmente nuestros estilos de vida, erradicamos las prácticas consumistas y destructivas de los recursos naturales y del ambiente, y verdaderamente participamos en la reconstrucción y preservación de nuestro entorno natural, empleando tecnologías humanitaria y ambientalmente sustentadas y prácticas de vida en armonía con el ambiente. Al final, el problema no es discutir sobre conceptos etéreos cuando estos no se traducen en acciones planificadas, ejecutadas, evaluadas, retroalimentadas y redireccionadas que permitan incidir de una manera medible y sensible en el mejoramiento integral de la realidad social y ambiental.Necesitamos funcionar con la más profunda comprensión del Principio de la Globalidad (que no tiene que ver con la tendencia a la globalización socio-política que impulsan los países que pretenden dominar y controlar los destinos planetarios) que rige a todo el Universo y específicamente a nuestro Planeta Tierra, entendiendo que la realidad socio-ambiental de una comunidad local está estrechamente interconectada con la realidad socio-ambiental a niveles parroquial, estadal, regional, nacional y mundial, y repercute a nivel de todo el planeta y es afectada al mismo tiempo por la realidad global planetaria.Debemos tener clara conciencia que nuestro trabajo debe ser encaminado permanentemente al restablecimiento del Equilibrio Ecológico en todos los sistemas naturales, tanto a nivel de la comunidad local, como en el ámbito parroquial y estadal (nuestra esfera de acción). En todo caso, nuestra tarea fundamental es sembrar Conciencia Ambientalista (entendiéndose por conciencia ambiental, al conjunto de pensamientos y acciones responsables dirigidas a desarrollar actitudes deseables hacia la preservación del ambiente) en cada ciudadano que habita o transita por el territorio de nuestro Estado Lara, a fin de motivar y conducir la participación organizada, creativa y responsable de todo el colectivo social para el mejoramiento de nuestra realidad ambiental.Como criterio de trabajo asumimos el Dinamismo de los Procesos Naturales, rompiendo todo esquema cerrado en el manejo de la Gestión Ambiental y manteniendo la comprensión vital de que toda intervención (positiva o negativa) en el ambiente genera una sucesión de cambios que debemos analizar y monitorear continuamente, con el propósito de establecer un marco legal dinámico que

oriente las formas de planificación, organización, administración y ejecución de planes, programas y actividades ambientales, con la progresiva evaluación de sus resultados, en función de recibir retroalimentación por toda vía posible para poder redireccionar las acciones, a fin de optimar de manera progresiva la realidad ambiental hasta alcanzar una condición ideal.Comprendemos la necesidad de integrar a todos los sectores representativos dentro de la Dinámica e intercambio Institucional, asumiendo los Principios de la Diversidad y de la Evolución, según los cuales, los organismos y los sistemas naturales nacen como estructuras simples, y en la medida que crecen y evolucionan, sus estructuras se diversifican y sus funciones se hacen cada vez más complejas, buscando siempre mejores condiciones de equilibrio y homeóstasis. Al mismo tiempo, la Estructura y Organización social del Sistema de Gestión Ambiental debe crecer y evolucionar hacia un proceso de diversificación, complejificación y profundización de las estructuras y funciones, en la medida que se incorporan más participantes, trabajando sobre la base de un Plan Rector diseñado en equipo y que responda a las necesidades, condiciones y recursos del entorno, con el fin de conocer, entender y atender de forma de forma progresiva y eficaz cada área de acción ambiental.Comprendemos que la Educación Ambiental (institucional, informal, comunitaria y formal) dirigida a todo sector de la sociedad, constituye el eje motor de cualquier proceso de cambio, sembrando principios y valores, que motivan la participación activa y eficaz de la ciudadanía en general y principalmente de las personas vinculadas con las fuerzas vivas que mueven los destinos de nuestro Estado Lara, en razón de la transformación y mejoramiento de la realidad socio-ambiental para lograr el bienestar humano integral individual y colectivo.

Nuestro compromiso es trabajar más profundamente por la preservación de la vida, por la implantación de la justicia social cónsona con la justicia ambiental y por el logro de la paz planetaria.

Valores

Los valores que contribuyen a la puesta en práctica de nuestra visión, misión y objetivos son: AMOR: Vínculo fundamental para la búsqueda del

bienestar común. AMISTAD: Nexo de profunda relación que permite

la verdadera integración entre todos los participantes en la causa ambiental.

CONFIANZA: nivel de credibilidad construido y generado frente a los demás, manteniéndose dentro de los límites de la ética y la moral.

CONOCIMIENTO: tener conciencia clara de nuestra realidad y nuestras capacidades, y estudiar e investigar lo necesario para aplicar calidad de criterio para el desarrollo de nuestro trabajo.

COMPROMISO SOCIAL: Significa cumplir cabalmente con las acciones y los acuerdos contraídos en el proceso de transformación de la realidad y manteniendo plena identidad con las necesidades del colectivo social.

CONSENSO: búsqueda de acuerdos colectivos para la toma de decisiones.

CONVIVENCIA: Estimular todas las conductas organizativas que aseguren las mejores condiciones en

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las relaciones interpersonales y lograr una acción productiva de la más reconocida calidad.

COOPERACIÓN: Implantar la conciencia colectiva y solidaria y arraigar el principio de la ayuda mutua como base fundamental para lograr el compartir pleno de saberes, conocimientos, experiencias, capacidades y potencialidades individuales, dirigidos al cumplimento cabal de las metas trazadas. Consolida el trabajo y la acción colectiva, libre de principios competitivos.

CREATIVIDAD: Capacidad de dar respuestas innovadoras y eficaces a los problemas enfrentados.

DEMOCRACIA: Participación igualitaria de todos en la toma de decisiones.

DIVERSIDAD: Necesidad de motivar las ideas diversas y aún contrarias como vehículo para crear una síntesis, basándonos en el criterio de lograr la unidad en la diversidad, con lo cual producir nuevas formas de trabajo.

ENTREAYUDA: Preocupación de los unos por los otros siendo capaces de apoyar a los demás en su propio bienestar y crecimiento personal.

EQUIDAD: Ser moderados y apegados a la justicia natural, razonable e imparcial.

FRATERNIDAD: Promover la unión y hermandad entre todos.

HONESTIDAD E INTEGRIDAD: ser coherentes con el pensar, decir y actuar, enmarcados dentro de los principios y valores organizacionales, lo que nos conduce a asumir actitudes correctas, claras, transparentes y éticas.

IGUALDAD (RELACIÓN DE IGUAL A IGUAL): Entender la diferente capacidad y potencialidad de cada ser humano nos lleva a valorar la personalidad de cada individuo, a fin de poder establecer una relación de igual a igual entre todos. Implica un proceso de comunicación horizontal y de diálogo permanente entre los diferentes actores e involucrados en el proceso de mejoramiento de la realidad.

INCLUSIÓN: Todos tenemos igual deber y derecho a participar en la programación y ejecución de las actividades y de permanecer informados de todo lo programado y ejecutado. Es indispensable involucrar a todos los sectores y actores, sin ningún tipo de discriminación.

INTEGRACIÓN: Intención sostenida para lograr la máxima participación de todos los miembros que conforman el colectivo de acción ambiental, a fin de satisfacer las expectativas de todos los participantes, superando todo tipo de protagonismo.

JUSTICIA: Tomar decisiones con equidad y objetividad, y acordes con la realidad que se nos presenta.

LIBERTAD: Posibilidad de elegir libremente y apoyar desprejuiciada e indiscriminadamente todas las iniciativas cuyo propósito sea ampliar y enriquecer nuestras actividades.

PARTICIPACIÓN PROTAGÖNICA: Identificarse plenamente con las metas del proyecto global e integrarse en el trabajo de manera permanente con plena convicción de la importancia de los proyectos que estamos encaminando. La participación debe estar presente en todos los niveles, ámbitos, estrategias y escenarios de la toma de decisiones, considerando las relaciones, vinculaciones y articulaciones existentes entre ellos. Los ciudadanos asumen un rol de autores de los procesos sociales que les conciernen y de actores

principales en la planificación, ejecución y evaluación, incluyendo la toma de decisiones en la gestión pública.

PERTINENCIA: Cada acción encaminada deberá ser apropiada, oportuna y mantener correspondencia con los fines, hechos y la realidad socioambiental.

RESPETO: Consideración y atención a los deberes y derechos de todas las personas, grupos e instituciones con los cuales nos relacionamos.

RESPONSABILIDAD: Cumplir cabal y puntualmente las obligaciones y compromisos contraídos. Los involucrados deben responder a los actos que ejecutan y ser garantes de los principios, objetivos y fines de la participación en los procesos de gestión.

SABIDURÍA: Optar, con conocimiento de causas y efectos, por el camino más idóneo y optimizar las prioridades más indicadas para el logro de nuestras metas en el más corto plazo posible.

SOLIDARIDAD. Desarrollar la ayuda mutua hacia la construcción colectiva de la felicidad y calidad de vida, sin llegar a estados de dependencia.

TOLERANCIA: Ser es respetuosos de la pluralidad de las maneras de pensar y actuar de los involucrados, y reconocer la diversidad cultural y política

TRABAJO EN EQUIPO: Somos un grupo de personas que se necesitan entre sí; actuamos comprometidos con un propósito común y somos mutuamente responsables por los resultados. Realizamos el máximo esfuerzo posible en el desarrollo de los planes, proyectos y actividades propuestos.

TRANSPARENCIA: Es necesario contar con información necesaria, confiable y oportuna, así como crear confianza entre los actores, sin intereses ocultos, sin engaño, ni manipulaciones.

--------------------------------------------------------------------------------------Material de trabajo elaborado por: Francisco Lau.Red de Aliados para la Gestión Ambiental CompartidaBarquisimeto, 06/02/2008

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