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Marco institucional para una gestión minera ambiental y socialmente responsable en Colombia Hacia una minería económicamente rentable, ambientalmente sostenible y socialmente justa Gestión Ambiental Estratégica Pedro Quijano Samper María del Pilar Pardo Para Fundación AVINA Bogotá, Noviembre de 2010

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Marco institucional para una gestiónminera ambiental y socialmente

responsable en Colombia

Hacia una minería económicamente rentable, ambientalmentesostenible y socialmente justa

Gestión Ambiental Estratégica Pedro Quijano SamperMaría del Pilar Pardo

ParaFundación AVINA

Bogotá, Noviembre de 2010

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Contenido

Introducción 4Mapa de competencias y funciones de los principales actores institucionales 6

Tipología de actores institucionales y sociales que inciden o participan en la gestión de la política minera en Colombia 10

Actores releventes que desarrollan las políticas minera y ambiental en Colombia 12

1. Sector minero energético

Ministerio de Minas y Energía 12

Ingeominas 15

Unidad de Planeación Minero Energética- UPME- . 19

Distritos Mineros 21

2. Sector de ambiente, vivienda y desarrollo territorial

Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial 25

Corporaciones Autónomas Regionales y de Desarrollo Sostenible 33

Instituto de Investigación de Recursos Biológicos “Alexander von Humboldt”. 35Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales -IDEAM-. 38

Agenda Ambiental para el Sector de Minería 41

3. Entidades territoriales y tierras de comunidades negras

Departamentos 43

Municipios, Distritos y Áreas Metropolitanas 45

Territorios Indígenas 49

Tierras de comunidades negras 51

ANEXOS

Anexo 1: Marco Normativo 54

ANEXO 2: Distritos Mineros existentes en la actualidad 66

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Directorio de Contactos Distritos Mineros 102

Bibliografía y fuentes de información 104

FIGURAS Y MAPAS

Figura 1: Universo de actores en un escenario de alta complejidad 5

Figura 2: Escenario de diálogo de actores a partir de su incidencia e interés 7

Figura 3: Escalera de la participación 9

Figura 4: Actores institucionales y sociales que inciden o participan en el sector de la mineríaen Colombia 10

Mapa: Distritos Mineros en Colombia 66

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Introducción1

El marco institucional para una gestión minera ambiental y socialmente responsable eColombia, busca constituirse en una herramienta de trabajo para configurar escenarios d

diálogo y acción que permitan aproximar y armonizar las políticas ambientales con lpolíticas sectoriales que actualmente impulsan el desarrollo minero en el país. El presenanálisis descriptivo muestra los principales actores del ámbito institucional que cumplefunciones constitucionales y legales, directas o indirectas, en torno al desarrollo minero y aprotección del medio ambiente. La premisa de fondo detrás del presente análisis, es que lpolíticas que orientan tanto la gestión de los recursos naturales renovables como norenovables, deben hacer parte de una sola política de Estado encaminada a garantizar edesarrollo humano sostenible en Colombia. La realidad es que las políticas sectoriales tanambientales como mineras no sólo se presentan fracturadas y dispersas, sino que en muchocasos aparecen como contradictorias, en la medida en que por su naturaleza mismadefienden intereses opuestos: las primeras buscan garantizar la conservación de los recurs

naturales renovables, las segundas, a hacer un uso eficiente y económicamente rentable dlos recursos naturales no renovables.

Lo anterior hace necesario revisar el conjunto de actores teniendo en cuenta lasdependencias formalmente constituidas por los dos sectores, haciendo énfasis en lasinstancias que han encontrado para dirimir sus diferencias y para caminar juntos en procurde la resolución de los conflictos y las controversias que la práctica de la minería suponfrente a la conservación del medio ambiente. El diálogo entre actores en un escenario de alcomplejidad como el minero-ambiental supone necesariamente un trámite de interesediversos y unas relaciones de poder que no siempre se hacen explícitas. Partiendo de esrealidad, el objetivo de la búsqueda de escenarios de diálogo y acción debe permitir orientlas relaciones de poder desde la esfera de los conflictos de intereses y la confrontación, hacel ámbito de la cooperación, la complementación y la búsqueda de propósitos comunes. E1 El presente análisis de actores parte de la metodología propuesta y desarrollada por Pedro Quijano Samper e

2008 y 2009 para el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial y la Pontificia Universid Javeriana en el marco de la revisión y actualización de la Política Nacional de Biodiversdiad. Dicha metodoloha sido adaptada para el análisis del marco institucional para una gestión minera ambiental y socialmenresponsable. Ver: Quijano P. (2009) Mapa de actores y escenarios para la revisión y actualización de la Política Nacional deBiodiversidad . Pontificia Universidad Javeriana, Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial

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este sentido el diálogo busca lograr acuerdos sobre los temas a tratar; definir las reglas clary compartidas sobre el papel y la responsabilidad de los actores en la definición, ejecucióseguimiento y evaluación de las acciones que se definan como necesarias para enfrentar lproblemáticas ambientales y sociales que están detrás de la explotación minera. Así mismse busca establecer mecanismos que hagan viables dichas acciones en función de

cumplimiento de los objetivos y propósitos que se han trazado ambos sectores, mediantpolíticas públicas de Estado construidas conjuntamente. Estas políticas, como ya se ha dichdeben ser parte de un proyecto que trascienda los intereses particulares de los sectoreinvolucrados, para enmarcarse en un proyecto nacional de mayor envergadura orientado lograr los objetivos de desarrollo sostenible que el país se ha fijado desde el punto de vissocial, económico y ambiental.

El análisis parte de diferenciar y ubicar los dos sectores en un amplio universo de actores. Eel caso de la relación entre minería y medio ambiente, es fundamental situar a los actorinstitucionales públicos (autoridades mineras y ambientales) en un escenario de altcomplejidad que involucra necesariamente a las empresas mineras (mercado) y diferentorganizaciones de la sociedad civil que participan de manera directa o indirecta en la gestiminera o ambiental, y en algunos casos específicos en la gestión minero-ambiental. Lsiguiente figura ilustra el universo de actores que inciden o pueden incidir en los procesos construcción de políticas públicas encaminadas a lograr una minería social y ambientalmenresponsable.

Figura 1: Universo de actores en un escenario de alta complejidad.©PQS 2010

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Mapa de competencias y funciones de los principales actoresinstitucionales

El presente mapa ha sido elaborado a partir del análisis de las principales normas que definelos objetos, objetivos o misiones de las entidades públicas o privadas que cumplen funcionespecíficas o relacionadas con la actividad minera en Colombia y con la protección del medambiente. La identificación de actores se hace a partir de la caracterización de los sectores los que se organiza el Estado colombiano y del reconocimiento del papel que desempeñadiferentes actores económicos, sociales y comunitarios en la gestión minera y ambiental. Lfunciones de los primeros se describen tomando como base las normas orgánicas queregulan cada sector y algunos mandatos generales de la Constitución Política de Colombiade sentencias de la Corte Constitucional cuando esto es pertinente. Entre las normas máimportantes consultadas están: el Código Minero o Ley 685 de 2001, modificado por la Le

1382 de 2010; la Ley 99 de 1993, conocida como la Ley del Medio Ambiente; y la Ley 3881997 de Ordenamiento Territorial. Otras normas reglamentarias específicas para cada rama sector administrativo se señalan en cada caso.

Este análisis reconoce el carácter participativo y democrático que define el Estado Social Derecho en la Constitución Política de 1991 y de los desarrollos posteriores que definen lmecanismos de participación de la ciudadanía en los diferentes ámbitos de la gestión públidesde el diseño de las políticas públicas hasta el control social y la veeduría ciudadana dicha gestión. Por esa razón se han consultado y acogido reglas, propuestas y procedimientrelacionados con este tema.

La definición de los actores relevantes dentro del proceso de búsqueda de escenarios ddíalogo y de acción conjunta se ha hecho teniendo en cuenta dos criterios básicos: incidene interés. Las preguntas que están detrás del análisis descriptivo pueden resumirse de siguiente manera: ¿Qué actores institucionales, públicos y privados, inciden o pueden incien la construcción de una agenda pública que garantice el desarrollo de una minería nacioneconómicamente productiva, ambientalmente sostenible y socialmente justa? ¿Qué actorestán interesados en participar en este proceso de construcción colectiva?

Estos criterios pueden presentar varias situaciones que hacen pertinente o deseable lconvocatoria de estos actores a los procesos de diálogo. La siguiente figura ilustra las cuaopciones más comunes.

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Figura 2: Escenarios de diálogo entre actores a partir de su Incidencia e interés.Elaboración propia a partir de la metodología Zopp desarrollada por la GTZ

(Agencia de Cooperación Alemana)

El análisis de incidencia-interés permite situar los actores en cuatro categorías así: A) aincidencia-mucho interés; B) alta incidencia-poco interés, C) baja incidencia-mucho interD) baja incidencia-poco interés. Podría haber otros actores que los denominaremos como Epero estos no se ubican en el plano de incidencia/interés.

En el primer grupo se pueden situar los actores que tienen una alta incidencia en el negocide la minería y un interés manifiesto en hacer de ella un proceso social y ambientalmenresponsable. Inciden en el negocio tanto las empresas mineras legales como las autoridadde los dos sectores que orientan, regulan, vigilan y ejecutan las políticas mineras y dprotección del medio ambiente. La participación de estos actores en escenarios de diálogno sólo resulta deseable sino necesaria, pues son quienes tienen el mandato legal de cumpy hacer cumplir las políticas públicas en materia minero-ambiental, ya sea porque participdel negocio de la minería o porque son las entidades rectoras de dichas políticas.

En el segundo grupo se encuentran actores de las mismas características del primero, desdel punto de vista de la incidencia, pero que no han mostrado o no tienen interés en participade un proceso de diálogo que conduzca, por ejemplo, a la construcción de políticasconjuntas que definan los parámetros para una minería social y ambientalmente responsablEs importante que tanto las empresas que tienen una alta incidencia en el negocio minerocomo las autoridades públicas que no muestran mucho interés, sean convocadas a losprocesos de diálogo. Sin embargo, estos actores, pueden ser fuente de conflicto, razón por lcual se debe lograr que su participación sea fruto de un trabajo previo, en el que se despierel interés de participar y se definan reglas de juego claras, sobre el sentido y el alcance de procesos de diálogo.

En el tercer grupo se ubican actores altamente interesados en promover debates públicosproductivos, que conduzcan al logro de objetivos comunes que están más allá de losintereses particulares de los sectores directamente involucrados en el negocio de la minería

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en la regulación minero-ambiental. En este grupo están varios tipos de organizacionesociales entre las que se encuentran: organizaciones no gubernamentales, grupos de presiómovimientos sociales organizados, agencias multilaterales y de cooperación internacionmedios de comunicación y generadores de opinión, y en general, todos aquellos actores qupodrían estar interesados en promover un debate público a favor de una minería social y

ambientalmente responsable. Si bien estos actores no tienen una incidencia directa en enegocio de la minería, sí tienen la capacidad de movilizar dicho debate, de hacer veeduríade contribuir de manera significativa con el enfoque social y ambiental que podrían tener lpolíticas públicas mineras en el país.

En este grupo se encuentran también las comunidades indígenas y sus organizaciones y lacomunidades afro y sus organizaciones. Si bien son grupos que deberían tener una incidencdirecta sobre la problemática minero-ambiental en sus territorios, esto no siempre ocurre erealidad. Son las compañías mineras, o incluso los pequeños y medianos productoremineros, los que están llevando a cabo explotaciones mineras en territorios indígenas y dcomunidades negras, no siempre con su consentimiento. Sin duda hay territorios en dondson las comunidades indígenas y negras participan de la explotación minera, pero habría q ver en cada caso si se cumple la normatividad minera sobre el alcance de dicha participaciy si se cumple también la normatividad ambiental.

Por último, en el cuarto grupo están otros actores que tienen baja incidencia en el negocio dla minería y poco interés2

2 El bajo interés de la ciudadanía puede tener muchas razones, pero en este contexto se asocia a tres elementos importantespoco conocimiento de la problemática, la existencia en Colombia de una democracia representativa formal que no hpermitido que aflore la democracia participativa de la que haba la Constitución Política de 1991, y la violencia ejercicontra algunos movimientos sociales o grupos de presión cuando deciden hacer uso de los mecanismos legales departicipación. Por lo anterior, el “bajo interés” es relativo y sólo pretende situar al grueso de la ciudadanía dentro del análide actores como un referente importante en una movilización pública que favorezca una minería social y ambientalmentresponsable.

de participar en un diálogo sobre el particular, pero que se venafectados de manera directa o indirecta por la minería y por la destrucción del medioambiente. De estos actores no se habla en términos de participación directa, pero sí eimportante señalar que es en este grupo que está el grueso de la ciudadanía, lo que quierdecir que parte de la movilización que se haga a favor de una minería social yambientalmente responsable, estará enfocada a lograr mayor comprensión pública de lproblemática minero-ambiental y por consiguiente, mayor participación social de diferent

grupos de ciudadanos en las instancias donde se toman las decisiones sobre la actividaminera y su impacto social y ambiental.

Para efectos del presente análisis se entiendeIncidenciacomo la acción directa que ejerce unconjunto de actores sobre los recursos naturales no renovables y su impacto en los recursonaturales renovables. En este caso la minería. Dichos actores participan en el negocio de minería mediante la explotación de los minerales o mediante la orientación, regulació vigilancia y ejecución de políticas públicas mineras y ambientales. La incidencia defdiferentes espacios y niveles de participación de los actores en un proceso, que van desde acceso a información pertinente, hasta la toma de decisiones o la realización de accioneconjuntas (Ver escalera de la participación).

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Por interésse entiende la disposición de un actor a participar en un proceso social, es decir, deser parte de y de tomar parte en un proceso de construcción colectiva.

El análisis de incidencia/interés que se propone en la configuración del presente mapa dactores reconoce tres escenarios fundamentales en donde se adelantan acciones y se toma

decisiones que tiene una relación directa o indirecta con la gestión y la política minera Colombia. Estos ámbitos son: El Estado (sector público), el mercado (sector productivo empresarial) y las organizaciones de la sociedad civil (sector social, académico, solidaricomunitario). Los tres pueden aportar elementos para la construcción de un escenariopolítico, económico y social viable para la minería como locomotora del desarrollo.

Hay varias formas de valorar la participación de un actor en un proceso. Una de ellas eubicar el actor en alguno de los siguientes niveles de la participación:

Figura 3. Escalera de la participación. Adaptación propia a partir de F. Geilfus3

3 Geilfus, F. (1997). 80 herramientas para el desarrollo participativo. Laderas C. A, San Salvador, HCAHolanda. Consultado en: Alguacil-Gómez, J.Los desafíos del nuevo poder local: la participación como estrategia relacionalen el nuevo poder local.texto basado en el artículo: "La democracia participativa como estrategia para la gestiónrelacional", publicado en la revista Intervención Psicosocial, Volumen 13 nº. 3, año 2004, Colegio dPsicólogos de Madrid. Ver en: http://www.revistapolis.cl/12/algua.htm Última visita 30 noviembre de 2010.

Estos niveles suponen una complejidad creciente, siendo el nivel más básico el de linformación y el más complejo el de la gestión compartida. Como podrá observarse en esanálisis de incidencia/interés, la gestión minera ambiental y socialmente responsable, debtrabajar con actores en todos los niveles de la participación, lo que supone varios escenaride diálogo que pueden ir escalando en el tiempo hasta lograr escenarios de gestióncompartida con agendas público-privadas construidas de manera conjunta por quienes tienela tarea de hacer de la minería un negocio que salvaguarda los intereses de la sociedad en conjunto y en última instancia un bien público.

Información

Consulta

Co ncertación

Decisión compartida

Gestión com artida

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Tipología de actores institucionales y sociales que inciden o participanen la gestión de la política minera en Colombia

La siguiente tabla muestra algunos de los principales actores que participan o puedeparticipar en la gestión minero ambiental en Colombia. La descripción por tipos de actore

se realiza teniendo como eje su incidencia, directa o indirecta, en el diseño, la formulaciónla ejecución de las políticas mineras en Colombia.

Tabla 4: Actores institucionales y sociales que inciden o participan en el sector de la minería en Colombia

De acuerdo con la tabla anterior, se pueden identificar siete grandes grupos de actores

cuatro de los cuales inciden o pueden incidir de manera directa en el gestión de la políticminera y tres de manera indirecta. En el primer grupo, además de la autoridad minera, eeste caso el Ministerio de Minas y Energía, Ingeominas, la UPME y los departamentodelegados, se encuentran los Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territoria Transporte y Comercio, Industria y Turismo. Estos diseñan políticas sectoriales que tieneuna fuerte incidencia en la política minera, y además requieren materias primas provenientde la minería, o se ven afectados por la explotación minera.

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Lo mismo se puede decir de los territorios tradicionales de las comunidades indígenas negras, en la medida en que en varios resguardos indígenas como en territorios colectivos dcomunidades negras se practica la minería con o sin la participación y el permiso de dichcomunidades. En ocasiones de manera ilegal, pero también de manera legal.

Finalmente en este grupo de incidencia directa, está la industria minera a pequeña, medianagran escala. Sea cual sea el tamaño de la minería que se realice, son en efecto los minerquienes materializan la política minera.

En el segundo grupo, es decir los que llamamos de incidencia indirecta, están laorganizaciones de la sociedad civil nacionales e internacionales; la cooperación internacionlos gremios u organismos de representación empresarial, los medios de comunicación algunos de los sectores que se ven afectados por la explotación minera.

Por último están los organismos de control (Ministerio Público) y las superintendencias dsociedades que regulan y controlan algunas de las actividades mineras en el país.

Este universo de actores de una u otra forma debe hacer parte de diversos procesos dediálogo para encontrar salidas colectivas a la explotación minera, no sólo con el objeto dsalvaguardar el patrimonio ambiental colombiano, sino de asegurar la sostenibilidad ddesarrollo humano.

Tal como se ha dicho, para efectos del análisis descriptivo del presente mapeo de actores shará referencia únicamente a las entidades públicas y a los entes territoriales que tienen responsabilidad directa de conducir las políticas mineras y ambientales en Colombihaciendo énfasis en las competencias y funciones que estas entidades cumplen en procura dlograr su misión y sus objetivos estratégicos, así como en la agenda intersectorial firmada plos dos ministerios del ramo el día 5 de agosto de 2010 en la medida en que se configur

como un escenario ideal para coordinar, integrar y armonizar las políticas ambientales frena la explotación minera en el país.

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Actores releventes que desarrollan las políticas minera yambiental en Colombia

1. Sector Minero-EnergéticoMINISTERIO DE MINAS Y ENERGÍA 4

NATURALEZA JURÍDICA

El Ministerio de Minas y Energía es una entidad pública de carácter nacional del nivelsuperior ejecutivo central, creada mediante Decreto 968 de 1940, cuyaresponsabilidad es la de administrar los recursos naturales no renovables del país,asegurando su mejor y mayor utilización, así como la orientación en el uso yregulación de los mismos.

AUTORIDAD MINERADe acuerdo con el artículo 317 de la Ley 685 de 2001 cuando se habla de autoridadminera se entenderá que se hace referencia al “Ministerio de Minas y Energía o en su

defecto a la autoridad nacional, que de conformidad con la organización de laadministración pública y la distribución de funciones entre los entes que la integran,tenga a su cargo la administración de los recursos mineros, la promoción de losaspectos atinentes a la industria minera, la administración del recaudo y distribuciónde las contraprestaciones económicas señaladas en este Código, con el fin dedesarrollar las funciones de titulación, registro, asistencia técnica, fomento,fiscalización y vigilancia de las obligaciones emanadas de los títulos y solicitudes deáreas mineras”.5

NORMASORGÁNICAS

Ley 99 de 1993 (diciembre 22)Crea el Ministerio del Medio Ambiente, reordena el sector público encargado de lagestión y conservación del medio ambiente y suprime una función en el Ministerio deMinas y Energía.Decreto 10 de 1995Reestructura parcialmente el Ministerio de Minas y Energía, de conformidad con laley 143 de 1994.Decreto 27 de 1995. Reestructura parcialmente el Ministerio de Minas y Energía, deconformidad con la ley 142 de 1994.Decreto 1674 de 1997. Suprime y fusiona dependencias del Ministerio de Minas yEnergía, modifica parcialmente los decretos 2119 de 1992,10 y 27 de 1995 y determina su estructura interna.Decreto 1141 de 1999. Reestructura el Ministerio de Minas y Energía.Decreto 2152 de 1999. Modifica parcialmente el decreto 1141 de 1999 que establecela estructura del Ministerio de Minas y Energía.Decreto 567 de 2000. Modifica parcialmente la estructura del Ministerio de Minas yEnergía establecida por el decreto 1141 de 1999.Decreto 70 de 2001. Por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Minas yEnergía.LEY 685 DE AGOSTO 15 DE 2001 Por la cual se expide el Código de Minas yse dictan otras disposiciones. (Modificado por la Ley 1382 de 2010)Ley 790 de 2002. Artículo 7º Determina número, denominación y orden deprecedencia de los Ministerios.

4 Objetivos y Funciones del Ministerio de Minas y Energía, revisadas de acuerdo a la normatividad vigente que regula sector ydel “Manual de Estructura del Estado Colombiano” –MEC–.(Actualizado al 30 de junio de 2008, por Ramay Sectores Administrativos). 5 Ley 685 de 2001 o Código de Minas, reformada por la Ley 1382 de 2010

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Decreto 1760 de 2003.

MISIÓN YOBJETIVOS

MISIÓNFormular y adoptar políticas dirigidas al aprovechamiento sostenible de los recursosmineros y energéticos para contribuir al desarrollo económico y social del país.

En el cumplimiento de su misión institucional, el Ministerio debe garantizar laprotección de los recursos naturales y del medio ambiente, velando por suconservación y restauración, en concordancia con los principios del desarrollosostenible y de las políticas ambientales emanadas de la autoridad ambientalcompetente.

OBJETOEl Ministerio de Minas y Energía tiene como objetivos la formulación y adopción delas políticas, planes generales, programas y proyectos del Sector Administrativo deMinas y Energía.

FUNCIONES 1. Adoptar la política nacional en materia de exploración, explotación, transporte,refinación, procesamiento, beneficio, transformación y distribución de minerales ehidrocarburos así como la política sobre generación, transmisión, interconexión,

distribución y establecimiento de normas técnicas en materia de energía eléctrica,sobre el uso racional de energía y el desarrollo de fuentes alternas, y en general, sobretodas las actividades técnicas, económicas, jurídicas, industriales y comercialesrelacionadas con el aprovechamiento integral de los recursos naturales no renovablesy de la totalidad de las fuentes energéticas del país en concordancia con los planesgenerales de desarrollo.2. Propender que las actividades que desarrollen las empresas del sectorminero-energético garanticen el desarrollo sostenible de los recursosnaturales.3. Adoptar los planes generales de desarrollo del sector minero-energético del país enconcordancia con los planes generales de desarrollo y con la política macroeconómicadel Gobierno Nacional. En ejercicio de esta función se deberán identificar lasnecesidades del sector minero energético y los planes generales deberán estarorientados a satisfacer esta demanda. Para el efecto el Ministerio podrá adelantar,directamente o en coordinación con otros organismos públicos o privados,investigaciones que se relacionen con las actividades propias del sector.4. Adoptar los reglamentos y hacer cumplir las disposiciones constitucionales,legales y reglamentarias relacionadas con la exploración, explotación,transporte, refinación, distribución, procesamiento, beneficio,comercialización y exportación de recursos naturales no renovables y lasnormas técnicas relativas a los servicios públicos domiciliarios de energíaeléctrica y gas combustible, en los términos previstos en las normas legales vigentes.5. Divulgar las políticas, planes y programas del sector, para lo cual podrá,directamente o a través de sus entidades descentralizadas, realizar campañasinformáticas y publicitarias y en general emplear todos los medios de comunicaciónque sean necesarios para la consecución de este fin.

10. Señalar los requisitos técnicos que deben cumplir las obras, equipos yprocedimientos que utilicen las empresas de Servicios Públicos del sector mineroenergético, cuando la comisión respectiva haya resuelto por vía general que eseseñalamiento es realmente necesario para garantizar la calidad del servicio, y que noimplica restricción a la debida competencia.21. Velar por que se cumplan las disposiciones legales y los tratados, acuerdos yconvenios internacionales relacionados con el sector minero-energético y sobreseguridad nuclear, protección física, protección radiológica y salvaguardias.

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DELEGACIÓN DE FUNCIONESEl Ministerio de Minas y Energía delega sus funciones de Administración del recursominero en Ingeominas y en las siguientes gobernaciones: Gobernaciones de Antioquia y Bolívar: Tienen a cargo las funciones deadministración de todos los minerales que se encuentren en su territorio. Gobernaciones de Caldas, Cesar, Norte de Santander y Boyacá: Tienen a cargolas funciones de administración de todos los minerales que se encuentren en suterritorio, exceptuando el carbón y las esmeraldas. Ingeominas ejerce las funciones delegadas en el resto del territorio nacional yademás se encarga de la administración del carbón y las esmeraldas, excepto en Antioquia y Bolívar.

TRÁMITES EINFORMACIÓN

Información que proporciona en el campo de la exploración y la explotaciónminera:• Normatividad del Sector Minero Energético• Estadísticas mineras• Criterios para aval de proyectos mineros• Clasificación oficial de minerales• Guías Minero Ambientales6

• Consejo Asesor de Política Minera•

Avances en los principales indicadores del sector minero energético colombiano.En minería el Ministerio no atiende trámites. Estos son atendidos por Ingeominas ylas gobernaciones delegadas.Sin embargo, la Dirección de Minas atiende:• Solicitudes de amparo administrativo por perturbación de autoridad;• solicitudes de declaratoria de áreas de reserva especial;• solicitudes de expropiación de inmuebles a favor de la minería;• solicitudes de delimitación de zonas mineras indígenas, de comunidades negras y

mixtas.

COBERTURA Nacional

6 LasGuías Minero Ambientales para la Exploración, la Explotación y el Beneficio y la Transformación se constituyen endocumentos de obligatorio cumplimiento para adelantar trabajos y obras en los proyectos mineros, de conformidad con eartículo 278, Ley 685 de 2001. Según el artículo 199 de la misma Ley, le corresponde a las autoridades minera y ambientalforma concertada, la expedición de guías técnicas para adelantar la gestión ambiental en los proyectos mineros. Estobligación se materializa mediante la Resolución No. 18-0861 de agosto 20 de 2002 por la cual se adoptan las tres Guímencionadas. En el caso de la fase de exploración y por acuerdo establecido entre el Ministerio de Ambiente, Vivienda Desarrollo Territorial y el Ministerio de Minas y Energía, y en consonancia con el artículo 81 de la Ley 685 de 2001, acatamiento de las directrices técnicas que trae la Guía, suprime la necesidad de solicitar la licencia ambiental.

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INSTITUTO COLOMBIANO DE GEOLOGÍA Y MINERÍA – INGEOMINAS

NATURALEZA JURÍDICA

El Instituto Colombiano de Geología y Minería, Ingeominas, es un establecimientopúblico del Orden Nacional, con personería jurídica, autonomía administrativa y

patrimonio independiente, adscrito al Ministerio de Minas y Energía, que tiene suorigen en 1916 cuando se crea y organiza la Comisión Científica Nacional, a la que sele encomienda realizar la cartografía geológica, la exploración de los recursosminerales y el estudio del subsuelo.

Este organismo es reemplazado en 1940 por el Servicio Geológico Nacional, al cualse le anexa en 1953 la Planta Metalúrgica de Medellín y los Laboratorios de FomentoMinero de Pasto e Ibagué, con el nombre de Instituto Geológico Nacional. A partirde 1968, con la reforma administrativa del país, la entidad asume las funcionescorrespondientes al Inventario Minero Nacional y al Laboratorio Químico Nacional,creado en 1928 y se constituye en el Instituto Nacional de Investigaciones GeológicoMineras, Ingeominas.

Si bien el instituto sufre varias reestructuraciones posteriores, actualmente se rige porlos decretos 252 de enero de 2004 y 3577 de octubre del mismo año, en donde asumelas funciones como Instituto Colombiano de Geología y Minería “Ingeominas”.

NORMASORGÁNICAS

Decretos 252 de 2004de enero de2004 y 3577 de octubre del mismo año, en dondeel Instituto asume las funciones como Instituto Colombiano de Geología y Minería“Ingeominas”.

MISIÓN YOBJETIVOS

MISIÓNContribuir al desarrollo económico y social del país a través de la exploración y elconocimiento del suelo y subsuelo del territorio nacional, de la evaluación ymonitoreo de las amenazas geológicas, de la promoción y eficiente administración delos recursos minerales, y del control del uso de materiales radioactivos, atendiendooportunamente las necesidades y requerimientos de nuestros usuarios.

OBJETIVODe acuerdo con artículo 4 del Decreto 252 de 2004

“Parágrafo. Para el cumplimiento del objeto señalado en el presente artículo, elInstituto Colombiano de Geología y Minería – Ingeominas, deberá generar e integrarconocimientos y levantar, compilar, validar, almacenar y suministrar, en formaautomatizada y en estándares adecuados, información sobre geología y minería. Adicionalmente, el Instituto deberá compilar y mantener la información que exista enel país sobre los temas de su competencia, para lo cual las entidades públicas tendránla obligación de remitir al Instituto la correspondiente información , sin perjuicio delos objetivos estratégicos y comerciales de cada una.”

:

“El Instituto Colombiano de Geología y Minería, Ingeominas, tiene como objetorealizar la exploración básica para el conocimiento del potencial de recursos yrestricciones inherentes a las condiciones geológicas del subsuelo del territoriocolombiano; promover la exploración y explotación de los recursos mineros de laNación y participar, por delegación, en actividades relacionadas con la administraciónde dichos recursos”.

7

7 Decreto 252 de 2004, Artículo 4

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OBJETIVOS ESTRATÉGICOS (Plan Estratégico 2007-2010)• Ampliación del conocimiento geológico del territorio nacional.Desarrollar proyectos de investigación y cartografía geológica con el fin de actualizary mejorar el conocimiento geológico existente, garantizando un apropiado manejoambiental.• Identificación del potencial de recursos del subsuelo.• Identificación y monitoreo de riesgos geológicos.Fortalecimiento del trabajo multidisciplinario e interinstitucional a través de lasactividades que desarrollamos con el MAVDT para involucrar las amenazas de origengeológico en el Ordenamiento Territorial.• Contratación y titulación minera, y fiscalización de títulos mineros.• Promoción nacional e internacional del potencial minero del país.• Aumentar la productividad del sector minero.• Asesoría y control en seguridad nuclear y protección radiológica.• Fortalecer la capacidad institucional de INGEOMINAS para cumplir su misión.

FUNCIONES El mismo decreto (252 DE 2004) señala en su artículo 5°. Que son funciones delInstituto las siguientes:

1. Proponer a las instancias pertinentes las políticas generales que en materia de

Geología y Minería deba adoptar el Gobierno Nacional;2. Adelantar programas de reconocimiento, prospección, exploración y monitoreodel territorio con fines multipropósitos, mediante un enfoque multidisciplinario,integral y sistémico, para contribuir al desarrollo económico y social del país;

3. Desarrollar proyectos para investigar y modelar el subsuelo, e interpretarfenómenos o comportamientos físico-químicos en determinadas regiones o áreasespecíficas del territorio;

4. Generar y difundir conocimientos, información y modelos geológicos integralesde la corteza del territorio colombiano;

5. Realizar el inventario de las zonas del subsuelo más favorables para laacumulación de hidrocarburos, carbones, recursos minerales ehidrogeológicos, así como caracterizar y evaluar el potencial de dichos recursos;

6. Generar conocimientos e información sobre la identificación y el monitoreo dezonas sujetas a amenazas geológicas y realizar la evaluación de las restriccionesdel territorio asociadas a las condiciones geológicas;

7. Responder por el archivo nacional de datos e información básica del subsuelo,incluyendo aquella necesaria para la toma de decisiones en el sistema nacionalambiental y en el sistema de prevención y atención de desastres;

8. Participar en el desarrollo del Sistema Nacional de Información Geológico –Minera mediante sistemas automatizados y georreferenciados, buscando suintegración con otros sistemas de información del territorio;

9. Generar y difundir conocimientos e información para promover y apoyar laexploración y explotación de los recursos minerales y la toma de decisiones enrelación con proyectos de desarrollo minero en el marco del ordenamientoterritorial;

10. (Numeral modificado por el artículo 1 de del Decreto 3577 de 2004).Desarrollarlos estudios, expedir los conceptos y prestar los servicios técnicos y científicos a

que haya lugar, relacionados con el adecuado uso, manejo y gestión de losrecursos minerales y material radiactivo, así como la evaluación de los riesgosasociados.

11. Ejercer las funciones de autoridad minera que le sean delegadas12. Desarrollar actividades de ciencia y tecnología relacionadas con el objeto del

Instituto;

;

13. Prestar servicios de evaluación de proyectos, de asesoría y de asistencia científicay tecnológica al Gobierno Nacional, a los entes públicos y al sector privado, enlos temas de su competencia.

14. (Numeral adicionado en el artículo 2 de del Decreto 3577 de 2004) Promover y

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coordinar las actividades de salvamento minero de acuerdo con las disposicioneslegales vigentes, sin perjuicio de la responsabilidad que tienen los particulares enrelación con el mismo.

15. (Numeral adicionado en el artículo 2 de del Decreto 3577 de 2004) Las demásque le señalen las disposiciones legales vigentes.8

Además de las funciones de otras dependencias, el decreto 252 de 2004 en su artículo21 señala que serán funciones de laDirección del Servicio Minero . Las siguientes:1. Contribuir a la generación de políticas encaminadas a mejorar la gestión,

eficiencia y desarrollo técnico, dentro del marco de sustentabilidad económica,social y ambiental de la actividad minera

2. Generar información sobre la exploración y explotación de los recursos minerosde la Nación que sirva de soporte para la toma de decisiones en relación conproyectos de inversión.

.

3. Promover la incorporación de la minería dentro de los planes de ordenamientoterritorial.

4.

5. Desarrollar actividades de carácter técnico, legal, financiero y minero ambiental,inherentes a la gestión de los recursos mineros concedidos y potenciales.

Ejercer las funciones de autoridad minera que le hayan sido delegadas alInstituto.

6. Las demás funciones inherentes a la naturaleza de la dependencia y las que le

sean asignadas por las disposiciones legales vigentes.DIRECCIÓN DEL SERVICIO MINEROLa Dirección del Servicio Minero cumplirá las siguientes funciones: 1. Contribuir a la generación de políticas encaminadas a mejorar la gestión,

eficiencia y desarrollo técnico, dentro del marco de sustentabilidad económica,social y ambiental de la actividad minera.

2. Generar información sobre la exploración y explotación de los recursos minerosde la Nación que sirva de soporte para la toma de decisiones en relación conproyectos de inversión.

3. Promover la incorporación de la minería dentro de los planes de ordenamientoterritorial.

4. Ejercer las funciones de autoridad minera que le hayan sido delegadas alInstituto.

5. Desarrollar actividades de carácter técnico, legal, financiero y minero ambiental,inherentes a la gestión de los recursos mineros concedidos y potenciales.

6. Las demás funciones inherentes a la naturaleza de la dependencia y las que lesean asignadas por las disposiciones legales vigentes.

TRÁMITES EINFORMACIÓN

Ingeominas proporciona información minera sobre:• Cartografía geológica a nivel nacional• Evolución geológica de Colombia• Registros históricos de: Terremotos, deslizamientos, sismos y eventos volcánicos,

entre otros.• Inventario de amenazas geológicas y ambientales.• Inventario de recursos del subsuelo.• Modelo básico del subsuelo.•

Información relacionada con la administración del recurso minero.• Proyectos mineros.• Producción minera y proyecciones.• Registro y Catastro Minero Nacional.• Reporte de regalías.• Legalización de explotación minera.• Clasificación oficial de rocas y minerales.

8 Decretos 252 de 2004 y 3577 de 2004

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• Autorización temporal de explotación mineral.• Contratos de concesión.• Da el visto bueno para la exportación de esmeraldas.• Oportunidad de inversión de negocios mineros en Colombia.• Base de datos SERMIN de Ingeominas.

Además atiende los siguientes trámites mineros:• Propuesta de Contrato de Concesión.• Autorización Temporal.• Certificado de Registro Minero Nacional.• Certificado de Libertad de Área.• Certificado de Reporte Gráfico.• Cesión de Derechos.• Cesión de Áreas.• Autorización de Prórrogas.• Autorización de Suspensión o Disminución de la Explotación.• Autorización para subcontratar.

COBERTURA NACIONAL Y GRUPOS DE TRABAJO REGIONALIngeominas tiene una cobertura nacional.Para el cumplimiento de sus funciones, el Instituto cuenta con una oficina central ycon los siguientes grupos de trabajo regional en:Medellín,Cali,Ibagué,Bucaramanga, ValleduparCúcuta, yNobsa (Boyacá).

Los grupos adelantan funciones de administración del recurso minero en sujurisdicción. En el resto del país estas funciones son adelantadas por la oficinacentral con sede en Bogotá.

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UNIDAD DE PLANEACIÓN MINERO ENERGÉTICA – UPME

NATURALEZA JURÍDICA

La Unidad de Planeación Minero Energética UPME es una Unidad AdministrativaEspecial del orden Nacional, de carácter técnico, adscrita al Ministerio de Minas yEnergía, regida por la Ley 143 de 1994 y por el Decreto número 255 de enero 28 de2004.

NORMASORGÁNICAS

Ley 143 de 1994. Establece el régimen para la generación, interconexión, transmisión,distribución y comercialización de electricidad en el territorio nacional y organiza laUnidad de Planeación Minero Energética como Unidad Administrativa Especial conpatrimonio propio, autonomía presupuestal, personería jurídica y con regímenesespeciales en materia de contratación, de administración de personal, de salarios yprestaciones, adscrita al ministerio de energía. Determina requisitos para el director dela unidad.Decreto 28 de 1995. Reglamenta parcialmente la ley 143 de 1994 en lo concerniente ala organización y funcionamiento de la Unidad de Planeación Minero EnergéticaDecreto 1683 de 1997. Fusiona la Unidad Administrativa Especial de InformaciónMinero Energética del Ministerio de Minas y Energía a la Unidad AdministrativaEspecial de Planeación minero energética.Decreto 2740 de 1997. Asigna algunas funciones del Instituto de Ciencias Nucleares y

energías alternativas – INCA a la unidad de planeación minero energética.Decreto 2741 de 1997.Establece la estructura interna de la Unidad de Planeación Minero energética.Decreto 255 de 2004. Modifica la estructura de la Unidad de Planificación Minero-Energética – UPME.

MISIÓN YOBJETIVOS

Realizar la planeación del desarrollo sostenible de los sectores de Minas y Energía deColombia, para la formulación de las políticas de Estado y la toma de decisiones enbeneficio del País, mediante el procesamiento y el análisis de información.OBJETOLa Unidad de Planeación Minero-Energética, UPME, tendrá por objetivo planear enforma integral, indicativa, permanente y coordinada con las entidades del sectorminero energético, tanto entidades públicas como privadas, el desarrollo yaprovechamiento de los recursos energéticos y mineros, producir y divulgar lainformaciónminero energética requerida.FUNCIONES • Establecer los requerimientos minero-energéticos de la población y los agentes

económicos del país, con base en proyecciones de demanda que tomen en cuenta laevolución más probable de las variables demográficas y económicas y de precios delos recursos minero-energéticos destinados al desarrollo del mercado nacional, conproyección a la integración regional y mundial, dentro de una economíaglobalizada.

• Elaborar y actualizar el Plan Nacional Minero, el Plan Energético Nacional, el Plande Expansión del sector eléctrico, y los demás planes subsectoriales, enconcordancia con el Plan Nacional de Desarrollo.Desarrollar análisis económicos de las principales variables sectoriales y evaluar elcomportamiento e incidencia del sector minero energético en la economía del país.

Establecer la manera de satisfacer dichos requerimientos teniendo encuenta los recursos minero-energéticos existentes, convencionales y noconvencionales, según criterios económicos, sociales, tecnológicos yambientales.

• Evaluar la conveniencia económica y social del desarrollo de fuentes y usosenergéticos no convencionales.

• Evaluar la rentabilidad económica y social de las exportaciones de los recursosmineros y energéticos.

• Prestar servicios técnicos de planeación y asesoría y cobrar por ellos. Para estosefectos, la Unidad determinará, mediante reglamentación, las condiciones que

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deben reunirse para su prestación y las tarifas aplicables a los mismos. En todocaso, tales servicios se prestarán sin perjuicio del cumplimiento de las demásfunciones.

• Realizar diagnósticos que permitan la formulación de planes y programas del sectorminero-energético.

• Establecer y operar los mecanismos y procedimientos que permitan evaluar la

oferta y demanda de minerales energéticos, hidrocarburos, energía y determinar lasprioridades para satisfacer tales requerimientos, de conformidad con laconveniencia nacional.

• Asesorar en materia de planeación sectorial al Ministerio de Minas y Energíarealizando estudios económicos cuando se requiera y apoyar con información demercados de interés sectorial a los agentes.

• Fomentar, diseñar y establecer de manera prioritaria los planes, programas yproyectos relacionados con el ahorro, conservación y uso eficiente de la energía entodos los campos de la actividad económica y adelantar las labores de difusiónnecesarias.

• Elaborar los planes de expansión del Sistema Interconectado Nacional y consultaral cuerpo consultivo permanente.

• Organizar, operar y mantener la base única de información estadística oficial del

sector minero-energético, procurar la normalización de la información obtenida,elaborar y divulgar el balance minero-energético, la información estadística, losindicadores del sector, así como los informes y estudios de interés para el mismo.

• Establecer los indicadores de evaluación del sector minero-energético, con el fin deelaborar informes que cuantifiquen su gestión.

• Elaborar las memorias institucionales del sector minero-energético.• Conceptuar sobre la viabilidad técnica y financiera de los proyectos presentados

por el IPSE o quien haga sus veces, para ser financiados por el Fondo de ApoyoFinanciero para la Energización de las Zonas no Interconectadas, FAZNI, yfondos especiales para energización rural.

• Conceptuar sobre la viabilidad financiera de los proyectos presentados por losentes territoriales y las empresas de servicios públicos para ser financiados por elFondo de Apoyo Financiero para la Energización de las Zonas no Interconectadas,FAZNI.

• Conceptuar sobre la viabilidad técnica y financiera de los proyectos para serfinanciados a través del Fondo de Apoyo Financiero para la Energización de lasZonas Rurales Interconectadas.

• Conceptuar sobre la viabilidad técnica y financiera de los proyectos a serfinanciados a través del Fondo Especial Cuota de Fomento de Gas.

• Realizar las funciones administrativas que sean necesarias para el desarrollo de lagestión encomendada.

• Las demás que le señale la ley o le sean asignadas y que por su naturaleza lecorrespondan.

TRÁMITES EINFORMACIÓN

Información minero ambiental que proporciona la UPME• Balances energéticos.• Cadenas de los energéticos: petróleo, gas natural, gas licuado del petróleo y

carbón.• SIMEC – Sistema de Información Minero Energético Colombiano• SIMCO – Sistema de Información Minero Colombiano.• • Plan Nacional de Desarrollo Minero.

SIAME – Sistema de Información Ambiental Minero Energético.

• Balance económico del sector minero.• Demanda y oferta de minerales.• Proceso de liquidación de regalías.• Uso y aplicación de las Guías ambientales.

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COBEERTURA Nacional

DISTRITOS MINEROS9

A diferencia de las entidades públicas que tienen a su cargo el desarrollo de la política minen el país, los Distritos Mineros no son “entidades territoriales” ni tienen funcionesdesignadas por ley. Se configuran más bien como una estrategia para la planeación y gestión regional de la minería en Colombia.

NATURALEZA JURÍDICA

Los Distritos Mineros son “…zonas estratégicas, con continuidad geográfica ygeológica, en las cuales la minería es una actividad económica de interés e impactosocial, donde los productores y empresarios privados, comprometidos con el negociominero legal, competitivo y sostenible; las instituciones; las organizaciones sociales,gremiales y de apoyo; las entidades generadoras de conocimiento y tecnología y lasentidades territoriales, realizan la planeación y la gestión del mejoramiento de laproductividad y de la competitividad sostenible de los encadenamientos productivosmineros, con énfasis en lo territorial, lo minero-empresarial y la articulacióninstitucional, en el marco de la visión, las políticas y planes de desarrollo del País.”10

OBJETIVO Los Distritos Mineros se presentan en el ámbito de la política minera como una de lasestrategias para promover el país minero dentro del nuevo rol del Estado como enteregulador y promotor de la actividad minera, mediante las políticas sectoriales de:

• Promoción del País Minero,• Administración del Recurso Minero y• Mejoramiento de la Productividad y la Competitividad del sector minero

colombiano.

De acuerdo con el documento Modelos de Gestión para la productividad y lacompetitividad sostenible de los Distritos Mineros en Colombia, la promociónminera, busca posicionar la imagen de la minería colombiana dentro y fuera del País,mostrando los beneficios de la minería, tanto en la vida cotidiana como en términosde crecimiento y bienestar de la población. En el ámbito internacional, se buscaestimular la inversión extranjera y la cooperación, promoviendo el desarrollo deproyectos productivos estratégico para las regiones y el País. Todo esto cumpliendolos principios y las premisas del desarrollo humano sostenible.

Los Distritos Mineros buscan por otro lado un manejo eficiente y efectivo de losrecursos naturales no renovables, así como el mejoramiento de la productividad y lacompetitividad del sector, a partir del fortalecimiento de las economías de escala de lasregiones.

“Es así como la principal estrategia de esta política del Ministerio de Minas y Energía,se concentra en la consolidación del Modelo de Gestión de los Distritos Mineros, através de los cuales los agentes locales, mediante el acompañamiento del Estado,fortalecerán su capacidad de actuación en el territorio, a través de organizaciones quegestionen el desarrollo de la región y fortalezcan tanto su planeación estratégica, como

9 Los elementos que aparecen en este apartado han sido extractados del documento: Modelos de Gestión para laproductividad y la competitividad sostenible de los Distritos Mineros en Colombia. Marco Orientador. Ministerio de Minay Energía, Versión 5, Noviembre 6 de 200710 Ibíd.

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las herramientas tecnológicas que incrementen su nivel, a través de la formulación deplanes, programas y proyectos que mejoren las condiciones de vida de los habitantesdel territorio.”11

FUNCIONES Dentro de los beneficios que suponen los Distritos Mineros como“zonas de planeación y gestión territorial” el documento señala entre otras las siguientes:

• Facilitar la relación Estado-Sociedad-Territorio, mejorando los sistemas deintercambio de información y de gestión conjunta frente a las políticas públicas.

• Facilitar los procesos de articulación frente a la planeación de la productividad yde la competitividad sostenible minera de forma acorde con la visión de país,buscando que los planes de desarrollo y los planes de ordenamiento territorialsean afines con esta actividad.

Estimular la planeación participativa en un contexto de sostenibilidad ambiental yde equilibrio, a través de la Evaluaciones Ambientales Estratégicas.

• Facilitar el acceso a recursos de las convocatorias públicas del Estado asociados aCiencia y Tecnología, formación por competencias laborales, desarrolloproductivo y emprendimiento, entre otras.

• Incrementar la capacidad de gestión de obras de infraestructura y logística enbeneficio del territorio.

• Fortalecer la capacidad de promoción (marketing) del territorio para la atracciónde inversión.

• Estimular procesos de cooperación internacional y alianzas estratégicas para laobtención de recursos de fomento social, ambiental y tecnológico.

• Aplica herramientas de gestión en lo territorial, lo ambiental, lo minero-empresarial y lo institucional que fortalecen la capacidad de articulación y detoma de decisiones en el territorio.

• Estimula el fortalecimiento organizacional y asociativo.• Motiva la legalidad en el negocio minero.

Funciones frente a la gestión territorial, empresarial e institucional

Funciones específicas frente a la gestión territorial:

• Planificar el desarrollo minero del Distrito y el ordenamiento territorial minero.• Articular los encadenamientos productivos mineros con otros sectores.• Realizar la promoción integral del territorio (marketing)• Gestionar la oferta de servicios institucionales y políticas públicas para el

territorio.• Monitorear el desempeño de la competitividad territorial y de los

encadenamientos productivos.• Definir el enfoque minero local (misión y visión), en el marco de la visión de país.• Identificar las perspectivas a largo plazo del Distrito Minero.

Frente a la gestión minero empresarial:

• Coordinar la construcción de las herramientas de gestión para el desarrollo deuna agenda minera local.• Promocionar la cultura empresarial, para el fortalecimiento de los negocios.• Facilitar el acceso a mercados nacionales e internacionales• Gestionar los recursos económicos para desarrollar la planeación de la

competitividad sostenible del Distrito.• Generar espacios para la conciliación de intereses.

11 Op.cit. Pág. 7

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• Promover entre los productores las buenas prácticas para la competitividad• sostenible y la responsabilidad social empresarial.

Frente a la gestión institucional:

• Promover el conocimiento, innovación y desarrollo tecnológico del sector

minero.• Realizar la captura y divulgación de la información.• Facilitar la comunicación entre agentes del sector productivo con las

instituciones.Estimular acuerdos para la cofinanciación de planes programas y proyectos.

HERRAMIENTASDE GESTIÓN

Los Distritos Mineros no son entidades territoriales, pero requieren de la articulaciónde los diferentes agentes públicos y privados de los territorios que hacen parte de losmismos para que el Distrito cumpla sus objetivos de planificación y gestión. Comoestán conformados por diferentes entidades territoriales, estas mantienen suautonomía, pero trabajan de manera colaborativa para lograr propósitos comunes yencadenamientos productivos.

Herramientas de gestión de los Distritos Mineros Las herramientas de gestión de los Distritos Mineros son ayudas con un caráctertécnico y normalizado que facilitan la actuación particular de un Distrito y suinteracción con otros distritos del País.(Pág. 12)

Las principales herramientas de gestión de los Distritos Mineros son:• Las líneas de base de los encadenamientos productivos:Operan

permitiendo que el conocimiento de los mineros locales, se haga explícito, enencuentros subregionales, que permiten establecer las relaciones tecnológicasy de competitividad de dichos encadenamientos.

• Las líneas de base territoriales:Permiten reconocer el estado del DistritoMinero en función de su competitividad territorial, la visibilidad de la mineríaen los sistemas de planeación territorial, las condiciones de los serviciospúblicos existentes, la oferta ambiental, el desarrollo a nivel de serviciosturísticos y financieros, el grado de confianza y seguridad de los habitantes, laformación del talento humano, el costo de vida y la posición estratégica.

• Las Evaluaciones Ambientales Estratégicas (EAE):Son un instrumentoque facilita la identificación, para todo el territorio del Distrito Minero, de lasacciones que generan impactos frente a la sostenibilidad ambiental

• Los Programas de Competitividad Sostenible: A partir de las tresherramientas anteriores, los Distritos contarán con los elementos necesariospara formular su Programa de Competitividad Sostenible, el cual será elmedio para articular los sistemas de planeación existentes a nivel nacional,regional, sectorial y local sobre el territorio minero.

y de losfactores sociales que resultan impactados por dichas acciones.

• Los proyectos y los planes de negocios:Serán la herramientafundamental para el Desarrollo territorial, institucional y minero-empresarialde los Distritos Mineros. Estos instrumentos, facilitarán la obtención derecursos de fomento e inversión social, así como de recursos de inversiónfinanciera para el desarrollo de negocios con base tecnológica en el territorio.

• Las ferias y ruedas de negocios: Además de estrategias de comunicación yde negociación, las ferias son herramientas sectoriales y territoriales parapromover la inversión en el territorio por parte de agentes de los sectorespúblico y privado, del orden nacional e internacional.

• La plataforma tecnológica de los Distritos mineros:Esta es laherramienta de gestión de los Distritos Mineros, que articula todas las

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anteriores y facilita la forma de operación de los mismos reduciendo costosburocráticos y facilitando la interacción público-privada del orden local,nacional, regional e internacional. (Pág 13 y ss.)

COBERTURA REGIONAL-MUNICIPALDelimitación de los Distritos MinerosSe realiza a partir de la identificación de encadenamientos productivos mineros,estableciendo las características asociadas a cada uno de los procesos que allí sedesarrollan y los diferentes actores e instituciones que participan. Se busca establecerla influencia directa e indirecta de los aspectos sociales, económicos y ambientales, quedichos procesos y actores ejercen sobre el territorio. A partir de la anterior, el Ministerio de Minas y Energía, con las autoridadesnacionales, departamentales y municipales, los productores, los empresarios yproveedores de servicios de la región, determinan las características y parámetros delterritorio que conforma el Distrito Minero y sobre el cual se aplicarán de formaconcertada las herramientas de planeación y de gestión. (Pág. 7)

Estos parámetros deberán estar asociados a características geológicas compartidas,problemáticas y oportunidades comunes en los ámbitos social, cultural, político yeconómico, así como en aspectos biofísicos similares de cada región o territorio. (Pág

8)

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2 Sector Ambiental y de Desarrollo TerritorialMINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO

TERRITORIALNATURALEZA JURÍDICA

De acuerdo con el artículo 2 de la Ley 99 de 1993, el Ministerio del Medio Ambiente,hoy Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, es el organismo rectorde la gestión del medio ambiente y de los recursos naturales renovables. Es además elencargado de impulsar una relación de respeto y armonía del hombre con la naturalezay de definir las políticas y regulaciones a las que se sujetarán la recuperación,conservación, protección, ordenamiento, manejo, uso y aprovechamiento de losrecursos naturales renovables y el medio ambiente de la Nación, a fin de asegurar eldesarrollo sostenible.

Le corresponde coordinar el Sistema Nacional Ambiental, SINA, para asegurar laadopción y ejecución de las políticas y de los planes, programas y proyectosrespectivos, en orden a garantizar el cumplimiento de los deberes y derechos delEstado y de los particulares en relación con el medio ambiente y con el patrimonionatural de la Nación.12

NORMASORGÁNICAS

Ley 99 de 1993. Se crea el Ministerio del Medio Ambiente, se reordena el sectorpúblico encargado de la gestión y conservación del medio ambiente y los recursosnaturales renovables, se organiza el Sistema Nacional Ambiental, SINA, crea el FondoNacional Ambiental- FONAM y se dictan otras disposiciones. Diario Oficial 45146Decreto 1768 de 1994. Desarrolla parcialmente el literal (H) del articulo 116 en lorelacionado con el establecimiento, organización o reforma de las corporacionesautónomas regionales y de las corporaciones de régimen especial, creadas otransformadas por la ley 99 de 1993.Ley 388 de 1997Ley de Desarrollo Territorial.

Decreto 1124 de 1999 Se reestructura el Ministerio del Medio Ambiente y se dictan otras disposiciones. LaUnidad Administrativa Especial del Sistema de Parques Nacionales Naturales –UAESPNN- se reorganiza en los términos del literal j) del artículo 54 de la Ley 489 de1998.Decreto 527 de 2000. Por el cual se modifica el decreto 1124 de 1999.Ley 790 de 2002 Artículo 4º Parágrafo asigna funciones de uso del suelo,saneamiento básico y desarrollo territorial y cambia el nombre del Ministerio por el de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial. Artículo 7º determina el número,denominación, orden, y precedencia de los Ministerios.Decreto 216 de 2003 Determina los objetivos, la estructura orgánica del Ministerio de Ambiente, Vivienda yDesarrollo Territorial y se dictan otras disposiciones.Decreto 3266 de 2004. Por el cual se modifica la Estructura del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial. Se crea la Oficina de AsuntosInternacionales.Decreto 2820 del 5 de agosto de 2010. “Por el cual se reglamenta el Titulo VIII de laLey 99 de 1993 sobre licencias ambientales”.

12 Art. 2. Ley 99 de 1993

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MISIÓN YOBJETIVOS

OBJETIVO GENERAL DEL MAVDTContribuir y promover el desarrollo sostenible a través de la formulación y adopciónde las políticas, planes, programas, proyectos y regulación en materia ambiental,recursos naturales renovables, uso del suelo, ordenamiento territorial, agua potable ysaneamiento básico y ambiental, desarrollo territorial y urbano, así como en materiahabitacional integral.L99/93 Art. 2. Creación y objetivos del Ministerio del Medio Ambiente. Créaseel Ministerio del Medio Ambiente como organismo rector de la gestión del medioambiente y de los recursos naturales renovables, encargado de impulsar una relaciónde respeto y armonía del hombre con la naturaleza y de definir, en los términos de lapresente ley, las políticas y regulaciones a las que se sujetarán la recuperación,conservación, protección, ordenamiento, manejo, uso y aprovechamiento de losrecursos naturales renovables y el medio ambiente de la Nación, a fin de asegurar eldesarrollo sostenible.El Ministerio del Medio Ambiente formulará, junto con el Presidente de la Repúblicay garantizando la participación de la comunidad, la política nacional ambiental y derecursos naturales renovables, de manera que se garantice el derecho de todas laspersonas a gozar de un medio ambiente sano y se proteja el patrimonio natural y lasoberanía de la Nación.

Corresponde al Ministerio del Medio Ambiente coordinar el Sistema Nacional Ambiental, SINA, que en esta Ley se organiza, para asegurar la adopción y ejecuciónde las políticas y de los planes, programas y proyectos respectivos, en orden agarantizar el cumplimiento de los deberes y derechos del Estado y de los particularesen relación con el medio ambiente y con el patrimonio natural de la Nación. Artículo 6: Cláusula General de Competencia. Además de las otras funciones que le asignen la ley o los reglamentos, elMINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE ejercerá, en lo relacionado con el medioambiente y los recursos naturales renovables, las funciones que no hayan sidoexpresamente atribuidas por la ley a otra autoridad.

FUNCIONES YCOMPETENCIAS

Funciones del Ministerio13

5) Establecer los criterios ambientales que deben ser incorporados en laformulación de las políticas sectoriales y en los procesos de planificación de

.Corresponde al Ministerio del Medio Ambiente, entre otras, las siguientes funciones:

1) Formular la política nacional en relación con el medio ambiente y losrecursos naturales renovables, y establecer las reglas y criterios deordenamiento ambiental de uso del territorio y de los mares adyacentes, paraasegurar el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales renovablesy del medio ambiente;2) Regular las condiciones generales para el saneamiento del medio ambiente,y el uso, manejo, aprovechamiento, conservación, restauración yrecuperación de los recursos naturales, a fin de impedir, reprimir, eliminar omitigar el impacto de actividades contaminantes, deteriorantes o destructivasdel entorno o del patrimonio natural;3) Preparar, con la asesoría del Departamento Nacional de Planeación, losplanes, programas y proyectos que en materia ambiental, o en relación conlos recursos naturales renovables y el ordenamiento ambiental del territorio,

deban incorporarse a los proyectos del Plan Nacional de Desarrollo y delPlan Nacional de Investigaciones que el gobierno somete a consideración delCongreso;4) Dirigir y coordinar el proceso de planificación y la ejecución armónica delas actividades en materia ambiental, de las entidades integrantes del SistemaNacional Ambiental;

13 Art. 5. Ley 99 de 1993

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los demás Ministerios y entidades, previa su consulta con esos organismos;15) Evaluar los estudios ambientales y expedir, negar o suspender la licenciaambiental correspondiente, en los casos que se señalan en el título VIII de laley presente14;16) Ejercer discrecional y selectivamente, cuando las circunstancias loameriten, sobre los asuntos asignados a las Corporaciones AutónomasRegionales, la evaluación y control preventivo, actual o posterior, de losefectos de deterioro ambiental que puedan presentarse por la ejecución deactividades o proyectos de desarrollo, así como por la exploración,explotación, transporte, beneficio y utilización de los recursos naturalesrenovables y no renovables y ordenar la suspensión de los trabajos oactividades cuando a ello hubiese lugar;18) Reservar, alinderar y sustraer (el término sustraer es Inexequible cuandose refiere a las áreas del SPNN) para las áreas que integran el Sistema deParques Nacionales Naturales y las reservas forestales nacionales, yreglamentar su uso y funcionamiento;19) Administrar las áreas que integran el Sistema de Parques NacionalesNaturales, velar por la protección del patrimonio natural y la diversidadbiótica de la nación, así como por la conservación de las áreas de especialimportancia ecosistémica;

20) Coordinar, promover y orientar las acciones de investigación sobre elmedio ambiente y los recursos naturales renovables, establecer el Sistema deInformación Ambiental, y organizar el inventario de la biodiversidad y de losrecursos genéticos nacionales; promover la investigación de modelosalternativos de desarrollo sostenible; ejercer la secretaría Técnica y Administrativa del Consejo del Programa Nacional de Ciencias del Medio Ambiente y el Hábitat;24) Regular la conservación, preservación, uso y manejo del medio ambientey de los recursos naturales renovables en las zonas marinas y costeras, ycoordinar las actividades de las entidades encargadas de la investigaciónprotección y manejo del medio marino, de sus recursos vivos y de las costasy playas; así mismo, le corresponde regular las condiciones de conservación ymanejo de ciénagas, pantanos, lagos, lagunas y demás ecosistemas hídricoscontinentales.33) Promover, en coordinación con las entidades competentes y afines, larealización de programas de sustitución de los recursos naturales norenovables, para el desarrollo de tecnologías de generación de energía nocontaminantes ni degradantes.

FUNCIONES DEL DESPACHO DEL VICEMINISTRO DE AMBIENTE

De conformidad con el Decreto 216 de 2003 en su artículo 11, son funciones delDespacho del Viceministro de Ambiente, además de las que señala la Ley 489 de1998, las siguientes:

14 Este título ha sido reglamentado recientemente mediante el Decreto 2820 del 5 de agosto de 2010 "Por el cual sereglamenta el Titulo VIII de la Ley 99 de 1993 sobre licencias ambientales" expedido por el Ministerio de Ambiente Vivienda y Desarrollo Territorial. De acuerdo con este decreto, en su artículo 2°: “Son autoridades competentes paraotorgar o negar licencia ambiental, conforme a la ley y al presente decreto, las siguientes:

1. El Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial.2. Las Corporaciones Autónomas Regionales y las de Desarrollo Sostenible.3. Los municipios, distritos y área metropolitanas cuya población urbana sea superior a un millón de habitantes

dentro de su perímetro urbano.4. Las autoridades ambientales creadas mediante la Ley 768 de 2002.

Las Corporaciones Autónomas Regionales y las de Desarrollo Sostenible podrán delegar el ejercicio de esta competencia las entidades territoriales, para lo cual deberán tener en cuenta especialmente la capacidad técnica, económicaadministrativa y operativa de tales entidades para ejercer las funciones delegadas.”

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1. Orientar el proceso de formulación de las políticas, regulación y criteriospara el manejo de las aguas, biodiversidad, bosques, agua potable,saneamiento básico y ambiental y producción limpia.

2. Impulsar y coordinar estudios e instrumentos económicos para evaluar losalcances y efectos de los factores ambientales, frente al mercado de bienes yservicios, al impacto sobre la economía nacional y los procesos de deterioro,recuperación y conservación de los recursos naturales renovables.

3. Promover la formulación de planes de reconversión industrial relacionadoscon la implantación de tecnologías ambientalmente sanas y la realización deactividades de descontaminación, reciclaje y reutilización de residuos.

4. Coordinar y organizar la demanda y oferta de investigación entre elMinisterio, los Institutos de Investigación adscritos y vinculados y lasCorporaciones Autónomas Regionales.

5. Coordinar los asuntos de cooperación, compromisos y relacionesinternacionales del Ministerio y velar por el cumplimiento de loscompromisos adquiridos.

6. Velar por la aplicación del Plan de Desarrollo Administrativo del sector.7. Las demás previstas en la ley y que por su naturaleza le correspondan.

Funciones de la Dirección de Ecosistemas

De acuerdo con el Decreto 216 de 2003 en su artículo 12, la Dirección deEcosistemas cumplirá las siguientes funciones:1. Formular e implementar las políticas, planes, programas, proyectos y regulación

con respecto a la conservación, manejo, restauración y uso sostenible de losecosistemas forestales, terrestres, acuáticos continentales, costeros y marinos yde la biodiversidad.

2. Formular el Plan Nacional de Desarrollo Forestal y coordinar suimplementación.

3. Proponer, conjuntamente con la Unidad del Sistema de Parques NacionalesNaturales y las autoridades ambientales, las políticas y estrategias para lacreación, administración y manejo de las áreas de manejo especial, áreas dereserva forestal y demás áreas protegidas y la delimitación de las zonasamortiguadoras de las áreas del Sistema de Parques Nacionales Naturales.

4. Diseñar y proponer las reglas y criterios técnicos y metodológicos para lazonificación y ordenación ambiental de los ecosistemas de valor estratégicocomo apoyo a los procesos de ordenamiento territorial.

5. Proponer los criterios técnicos para el establecimiento de las tasas de uso yaprovechamiento de los recursos naturales renovables y la definición demetodologías de valoración de los costos ambientales por el deterioro y/oconservación de los ecosistemas y sus recursos asociados.

6. Coordinar con las entidades del Sistema Nacional Ambiental –SINA laimplementación de sistemas de inventarios, la definición de criterios técnicos ymetodologías para establecer las especies y cupos globales para elaprovechamiento de bosques naturales.

7. Proponer los criterios técnicos para el ordenamiento, manejo y restauración decuencas hidrográficas.

8. Regular las condiciones generales del uso sostenible, aprovechamiento, manejo,

conservación y restauración de la diversidad biológica tendientes a prevenir,mitigar y controlar su pérdida y/o deterioro.9. Vigilar que el estudio, exploración e investigación de nacionales o extranjeros en

relación a los recursos naturales, respete la soberanía nacional y los derechos dela Nación sobre los recursos genéticos.

10. Aportar los criterios técnicos que deberán considerarse dentro del proceso delicenciamiento ambiental y demás instrumentos relacionados.

11. Formular y conceptuar para el desarrollo de un marco normativo en materia derecursos genéticos.

12. Proponer y coordinar las prioridades de investigación que en el área de su

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competencia deben adelantar los institutos de investigación y realizar suseguimiento.

13. Fijar de común acuerdo con el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Ruralespecies y los volúmenes de pesca susceptibles de ser aprovechados en las aguascontinentales y en los mares adyacentes con base en los cuales la autoridadcompetente, expedirá los correspondientes permisos de aprovechamiento.

14. Aportar los criterios técnicos requeridos para la adopción de las medidasnecesarias para asegurar la protección de especies de flora y fauna silvestresamenazadas; e implementar la Convención sobre el Comercio Internacional deEspecies Amenazadas de Fauna y Flora – CITES.

15. Las demás que le sean asignadas y que por su naturaleza le correspondan.

Funciones de la Dirección de Desarrollo Sectorial SostenibleLa Dirección de Desarrollo Sectorial Sostenible de conformidad con el Decreto 216de 2003, artículo 13, cumplirá las siguientes funciones:

1. Diseñar propuestas técnicas para la reglamentación en materia de prevencióny control de la contaminación.

2. Definir criterios ambientales para la planeación estratégica de los sectoresproductivos.

3. Promover el diseño y participar en las actividades de implementación de lasagendas conjuntas de trabajo interinstitucionales y realizar el seguimiento y laevaluación de las mismas en lo atinente a cada uno de los sectoresproductivos.

4. Promover el diseño y participar en la elaboración e implementación de losconvenios de concertación para una producción más limpia y realizar laevaluación y seguimiento a los mismos.

5. Diseñar y promover al interior de los sectores productivos estrategias para laadopción de mejores prácticas ambientales orientadas a mejorar lacompetitividad, productividad, autogestión e internalización de costosambientales.

6. Diseñar y promover la aplicación de instrumentos técnicos para laimplementación de las políticas ambientales en cada uno de los sectoresproductivos.

7. Definir los criterios y metodologías de evaluación y seguimiento del impactoambiental de las actividades productivas.

8. Proponer y aplicar las metodologías y criterios técnicos para la evaluación delos estudios ambientales y para la expedición, seguimiento y monitoreo de laslicencias y demás autorizaciones ambientales, y expedir los conceptostécnicos que se requieran de acuerdo con la ley.

9. Evaluar y conceptuar sobre la viabilidad ambiental de los proyectos a partirde los estudios ambientales presentados.

10. Las demás que le sean asignadas y que por su naturaleza le correspondan.

Además de lo anterior y de acuerdo con el artículo 6 de la Ley 99 de 1993, lecorresponde al Ministerio ejercer, en lo relacionado con el medio ambiente y losrecursos naturales renovables, las funciones que no hayan sido expresamente

atribuidas por la ley a otra autoridad.

VICEMINISTERIO DE VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIAL

Funciones de la Dirección de Desarrollo Territorial (Decreto 216 de 2003, Artículo 16). La Dirección de Desarrollo Territorial cumplirá las siguientesfunciones:1. Formular, implementar y efectuar el seguimiento de la política de desarrolloterritorial en el marco del desarrollo sostenible.

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2. Orientar los procesos de ordenamiento territorial del orden nacional, regional,departamental y local.3. Elaborar propuestas en materia de ordenamiento y desarrollo territorial.4. Preparar estudios y diseñar metodologías que establezcan determinantes yorientaciones técnicas en materia de población para ser incorporadas en los procesosde planificación, ordenamiento y desarrollo territorial.5. Formular políticas y regulación nacionales sobre zonificación y uso adecuado delsuelo y desarrollar metodologías e instrumentos para su transferencia y aplicación.6. Establecer los criterios y directrices para articular las áreas protegidas y de manejoespecial de carácter nacional a procesos de planificación y ordenamiento territorialmunicipal, regional y nacional.7. Diseñar los instrumentos técnicos, económicos, financieros, normativos ymetodológicos para la implementación por parte de los municipios de losinstrumentos de planificación, gestión y financiación del desarrollo consignado en laLey.8. Participar en lo de su competencia en la ejecución del Plan Nacional para laPrevención y Atención de Desastres.11. Formular e implementar una estrategia de fortalecimiento institucional en materiade descentralización, ordenamiento y gestión territorial dirigida a las entidades queconforman el Sistema Nacional Ambiental – SINA.

UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DEL SISTEMA DE PARQUESNACIONALES NATURALES –UAESPNN-.De acuerdo con el Decreto 216 del 3 de febrero de 2003 en su artículo 19, la Unidad Administrativa Especial del Sistema de Parques Nacionales Naturales. – UAESPNN,es una dependencia del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, conautonomía administrativa y financiera, en los términos del literal j) del artículo 54 de laLey 489 de 1998, encargada del manejo y administración del Sistema de ParquesNacionales Naturales y de los asuntos que le sean asignados o delegados.

Misión Administrar las áreas del Sistema de Parques Nacionales Naturales y coordinar elSistema Nacional de Áreas Protegidas, en el marco del ordenamiento ambiental delterritorio, con el propósito de conservar in situ la diversidad biológica y ecosistémicarepresentativa del país, proveer y mantener bienes y servicios ambientales, proteger elpatrimonio cultural y el hábitat natural donde se desarrollan las culturas tradicionalescomo parte del Patrimonio Nacional y aportar al Desarrollo Humano Sostenible; bajolos principios de transparencia, solidaridad, equidad, participación y respeto a ladiversidad cultural.

FuncionesEl mismo artículo 19 del Decreto 216 señala como funciones de la Unidad son entreotras las siguientes:

1. Proponer e implementar las políticas, planes, programas, proyectos, normasy procedimientos relacionados con las áreas del sistema de parquesnacionales naturales y del sistema nacional de áreas protegidas SINAP.

2. Contribuir a la conformación y consolidación de un sistema nacional deáreas protegidas.3. Coordinar el proceso para reservar y alinderar las áreas del sistema de

parques nacionales naturales y elaborar los estudios técnicos y científicosnecesarios.

4. Otorgar permisos, concesiones y demás autorizaciones para el uso yaprovechamiento de los recursos naturales renovables asociados a las áreasdel Sistema de Parques Nacionales Naturales y emitir concepto para elMinisterio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial en materia deotorgamiento de Licencias Ambientales que afecten o puedan afectar las

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áreas del Sistema de Parques Nacionales Naturales.5. Liquidar, cobrar y recaudar conforme a la ley, los derechos, tasas, multas,

contribuciones y tarifas por el uso y aprovechamiento de los recursosnaturales asociados a las áreas del Sistema de Parques Nacionales Naturales ydemás bienes y servicios ambientales ofrecidos por dichas áreas.

6. Adquirir para las áreas del Sistema de Parques Nacionales Naturales, pornegociación directa o expropiación, los bienes de propiedad privada, lospatrimoniales de las entidades de derecho público y demás derechosconstituidos e imponer las servidumbres a que haya lugar.

7. Coordinar con las autoridades ambientales, las entidades territoriales, losgrupos sociales y étnicos y otras instituciones regionales y locales, públicas oprivadas, la puesta en marcha de sistemas regulatorios de uso yaprovechamiento de los recursos naturales renovables en las zonasamortiguadoras de las áreas del Sistema de Parques Nacionales Naturales, deacuerdo con los criterios de sustentabilidad y mitigación que se definan paracada caso.

8. Desarrollar y promover investigaciones básicas y aplicadas, estudios ymonitoreo ambiental en las áreas del Sistema de Parques NacionalesNaturales.

9. Otorgar incentivos de conservación en las áreas del Sistema de Parques

Nacionales Naturales, en los términos previstos por la normatividad vigente.10. Velar por la elaboración y mantenimiento del registro de las ReservasNaturales de la Sociedad Civil.

11. Desarrollar las funciones contenidas en el Decreto Ley 2811 de 1974, elDecreto 622 de 1977 y en la Ley 99 de 1993 en cuanto a las áreas del Sistemade Parques Nacionales Naturales, salvo las referentes a licencias ambientales,reservación, alinderación y declaratoria de las mismas.

12. Ejercer funciones policivas y sancionatorias en los niveles central, regional ylocal, las cuales se ejercerán de acuerdo con el reglamento que para tal efectose expida por parte del Gobierno Nacional.

13. Orientar y coordinar la elaboración de estudios y reglamentaciones para losprogramas Ecoturísticos que se puedan desarrollar en las áreas de Sistema deParques Nacionales Naturales.

14. Coordinar con las demás autoridades ambientales, las entidades territoriales,autoridades y representantes de grupos étnicos, las organizacionescomunitarias y demás organizaciones las estrategias para la conformación yconsolidación de un sistema nacional de áreas protegidas.

15. Diseñar e implementar la estrategia de sostenibilidad financiera para lageneración de recursos, que apoyen la gestión de las áreas del Sistema deParques Nacionales.

16. Las demás que por su naturaleza le correspondan o le sean asignadas odelegadas.

COMPETENCIAS DEL MINISTERIO EN MATERIA DELICENCIAMIENTO AMBIENTAL FRENTE A LA MINERÍA:

Decreto 2820 de 2010 Artículo 8°, Competencia del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial. El Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, otorgará o negará de manera privativa la licencia ambiental para lossiguientes proyectos, obras o actividades:

2.En el sector minero: La explotación minera de:a) Carbón: Cuando la explotación proyectada sea mayor o igual a 800.000 ton/año;b) Materiales de construcción y arcillas o minerales industriales no. Metálicos: Cuandola producción proyectada sea mayor o igual a 600.000 ton/año para las arcillas ómayor o igual a 250.000 m3/año para otros materiales de construcción o para

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minerales industriales no metálicos;c) Minerales metálicos y piedras preciosas y semipreciosas: Cuando la remoción totalde material útil y estéril proyectada sea mayor o igual a 2.000.000 de ton/año;d) Otros minerales y materiales: Cuando la explotación de mineral proyectada seamayor o igual a 1.000.000 ton/ario.

TRÁMITES EINFORMACIÓN

Dentro de los trámites que el Ministerio de Ambiente realiza relacionados conla minería están:

1. Solicitud de licencia ambiental. Serequiere la licencia ambiental paraprevenir y manejar los efectos que se presentan cuando se realizan proyectos,obras y/o actividades que afecten los recursos naturales renovables y delmedio ambiente en la explotación de hidrocarburos, explotación minera,construcción de carreteras, puertos marítimos, vías férreas, aeropuertosinternacionales, generación de energía nuclear u otros. Esta la expide laDirección de Licencias, Permisos y Trámites Ambientales del Ministerio de Ambiente , Vivienda y Desarrollo Territorial, las Corporaciones Autónomasy de Desarrollo Sostenible, los municipios, distritos y áreas metropolitanascuya población urbana sea mayor de un millón de habitantes,las autoridades

ambientales creadas mediante la Ley 768 de 2002.15

2. Solicitud de permiso de sustracción o redelimitación de áreas de reservaforestal nacionales o regionales. Se requiere para desarrollar obras oactividades mineras, de infraestructura y equipamiento, dentro de las áreas deReserva Nacional Forestal que impliquen un cambio en el uso del suelo,.Esta debe ser solicitar a la Dirección de Licencias, Permisos y Trámites Ambientales del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial,la autorización de sustracción o redelimitación del área que se encuentredentro de las reservas forestales respectivas, a excepción de zonas deresguardos indígenas, territorios colectivos de comunidades negrastradicionales, áreas del sistema de parques naturales, nacionales o regionalesy zonas de reserva forestal de orden protector debe dirigirse al Ministerio de Ambiente Vivienda y Desarrollo Territorial.

De acuerdo con el decreto 2820 de 2010, en su artículo 3°, la licencia Ambiental, es laautorización que otorga la autoridad ambiental competente para la ejecución de unproyecto, obra o actividad, que de acuerdo con la ley y los reglamentos pueda producirdeterioro grave a los recursos naturales renovables o al medio ambiente o introducirmodificaciones considerables o notorias al paisaje; la cual sujeta al beneficiario de ésta,al cumplimiento de los requisitos, términos, condiciones y obligaciones que la mismaestablezca en relación con la prevención, mitigación, corrección, compensación ymanejo de los efectos ambientales del proyecto, obra o actividad autorizada.La Licencia Ambiental llevará implícitos todos los permisos, autorizaciones y/oconcesiones para el uso, aprovechamiento y/o afectación de los recursos naturalesrenovables, que sean necesarios por el tiempo de vida útil del proyecto, obra oactividad.”

COBERTURA Nacional

15 Decreto 2820, artículo 2. Autoridades ambientales competentes para el otrorgamiento de la licencia ambiental.

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CORPORACIONES AUTÓNOMAS REGIONALES Y DEDESARROLLO SOSTENIBLE

NATURALEZA JURÍDICA

De acuerdo con el artículo 23 de la Ley 99 de 1993, “Las Corporaciones AutónomasRegionales son entes corporativos de carácter público, creados por la ley, integrado por lasentidades territoriales que por sus características constituyen geográficamente un mismoecosistema o conforman una unidad geopolítica, biogeográfica o hidrogeográfica, dotados de

autonomía administrativa y financiera, patrimonio propio y personería jurídica, encargados porla ley de administrar, dentro del área de su jurisdicción, el medio ambiente y los recursosnaturales renovables y propender por su desarrollo sostenible, de conformidad con lasdisposiciones legales y las políticas del Ministerio del Medio Ambiente.”

NORMASORGÁNICAS Decreto 127 de 1976. Adscribe algunas Corporaciones Autónomas Regionales al

Departamento Nacional de Planeación y dicta otra disposiciones.Ley 2ª de 1978. Aclara el Decreto 133 de 1976, sobre le manejo de los recursos naturalesrenovables en la jurisdicción de la Corporación.Decreto 393 de 1991. Dicta normas sobre asociaciones para actividades científicas ytecnológicas, proyectos de investigación y creación de tecnología.Ley 99 de 1993. Unifica el objeto, las funciones y los órganos de dirección y administración delas Corporaciones Autónomas Regionales.Decreto 632 de 1994.Dicta disposiciones sobre los órganos de dirección y administración delas Corporaciones Autónomas Regionales.

Decreto 1768 de 1994.Por el cual se desarrolla parcialmente el literal h) del artículo 116 en lorelacionado con el establecimiento, organización o reforma de las CARs y de las Corporacionesde Régimen Especial, creadas o transformadas por la Ley 99 de 1993.Ley 344 de 1996.Dictan normas tendientes a la racionalización del gasto público, se concedenunas facultades extraordinarias y se dictan otras facultades.Decreto 1728 de 2002 y 2820 de 2010.Reglamentan el Título VIII de la Ley 99 de 1993 sobrelicencias ambientales.

OBJETIVO La ejecución de las políticas, planes, programas y proyectos sobre medio ambiente y recursosnaturales renovables, así como dar cumplida y oportuna aplicación a las disposiciones legales vigentes sobre su disposición, administración, manejo y aprovechamiento, conforme a lasregulaciones, pautas y directrices expedidas por el Ministerio de Ambiente, Vivienda yDesarrollo Territorial

FUNCIONES YCOMPETENCIAS

1. Ejecutar las políticas, planes y programas nacionales en materia ambiental definidos por la leyaprobatoria del Plan Nacional de Desarrollo y del Plan Nacional de Inversiones o por el

Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, así como los del orden regional quele hayan sido confiados conforme a la ley, dentro del ámbito de su jurisdicción.2. Ejercer la función de máxima autoridad ambiental en el área de su jurisdicción, de acuerdocon las normas de carácter superior y conforme a los criterios y directrices trazadas por elMinisterio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial.3. Promover y desarrollar la participación comunitaria en actividades y programas de protecciónambiental, de desarrollo sostenible y de manejo adecuado de los recursos naturales renovables.4. Coordinar el proceso de preparación de los planes, programas y proyectos de desarrollomedioambiental que deban formular los diferentes organismos y entidades integrantes delSistema Nacional Ambiental (SINA) en el área de su jurisdicción y en especial, asesorar a losDepartamentos, Distritos y Municipios de su comprensión territorial en la definición de losplanes de desarrollo ambiental y en sus programas y proyectos en materia de protección delmedio ambiente y los recursos naturales renovables, de manera que se asegure la armonía ycoherencia de las políticas y acciones adoptadas por las distintas entidades territoriales.5. Participar con los demás organismos y entes competentes en el ámbito de su jurisdicción, en

los procesos de planificación y ordenamiento territorial a fin de que el factor ambiental seatenido en cuenta en las decisiones que se adopten.6. Celebrar contratos y convenios con las entidades territoriales, otras entidades públicas yprivadas y con las entidades sin ánimo de lucro cuyo objeto sea la defensa y protección delmedio ambiente y los recursos naturales renovables, con el fin de ejecutar de mejor maneraalguna o algunas de sus funciones, cuando no correspondan al ejercicio de funcionesadministrativas.7. Promover y realizar conjuntamente con los organismos nacionales adscritos y vinculados alMinisterio del Medio Ambiente, y con las entidades de apoyo técnico y científico del SistemaNacional Ambiental (SINA), estudios e investigaciones en materia de medio ambiente yrecursos naturales renovables.

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8. Asesorar a las entidades territoriales en la formulación de planes de educación ambientalformal y ejecutar programas de educación ambiental no formal, conforme a las directrices de lapolítica nacional.9. Otorgar concesiones, permisos, autorizaciones y licencias ambientales requeridas por la Leypara el uso, aprovechamiento o movilización de los recursos naturales renovables o para eldesarrollo de actividades que afecten o puedan afectar el medio ambiente.15. Administrar, bajo la tutela del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, las

áreas del Sistema de Parques Nacionales que ese Ministerio les delegue. Esta administraciónpodrá hacerse con la participación de las entidades territoriales y de la sociedad civil.16. Reservar, alinderar, administrar o sustraer, en los términos y condiciones que fijen la Ley ylos reglamentos, los distritos de manejo integrado, los distritos de conservación de suelos, lasreservas forestales y parques naturales de carácter regional, y reglamentar su uso yfuncionamiento. Administrar las Reservas Forestales Nacionales en el área de su jurisdicción.22. Adelantar en coordinación con las autoridades de las comunidades indígenas y con lasautoridades de las tierras habitadas tradicionalmente por comunidades negras, a que se refiere laLey 70 de 1993, programas y proyectos de desarrollo sostenible y de manejo, aprovechamiento,uso y conservación de los recursos naturales renovables y del medio ambiente. (…)29. Promover y ejecutar programas de abastecimiento de agua a las comunidades indígenas ynegras tradicionalmente asentadas en el área de su jurisdicción, en coordinación con lasautoridades competentes.30. Apoyar a los consejos municipales, a las asambleas departamentales y a los consejos de lasentidades territoriales indígenas en las funciones de planificación que les otorga la ConstituciónNacional.

COMPETENCIAS DE LAS CORPORACIONES AUTÓNOMASREGIONALES Y DE DESARROLLO SOSTENIBLE FRENTE A LAMINERÍA Artículo 9°. Competencia de las Corporaciones Autónomas Regionales. LasCorporaciones Autónomas Regionales, las de Desarrollo Sostenible, los GrandesCentros Urbanos y las autoridades ambientales creadas mediante la Ley 768 de 2002,otorgarán o negarán la licencia ambiental para los siguientes proyectos, obras oactividades, que se ejecuten en el área de su jurisdicción.1. En el sector minero La explotación minera de: a) Carbón: cuando la explotaciónproyectada sea menor a 800.000 ton/año; b) Materiales de construcción y arcillas ominerales industriales no metálicos: Cuando la producción proyectada de mineral seamenor a 600.000 ton/año para arcillas ó menor a 250.000 m3/año para otrosmateriales de construcción o para minerales industriales no metálicos; c) Mineralesmetálicos, piedras preciosas y semipreciosas: Cuando la remoción total de material útily estéril proyectada sea menor a 2.000.000 de ton/año; d) Otros minerales ymateriales: Cuando la explotación de mineral proyectada sea menor a 1.000.000ton/año.2. Siderúrgicas, cementeras y plantas concreteras fijas cuya producción de concreto seasuperior a 10.000 m /mes3. La construcción de presas, represas o embalses con capacidad igualo inferior a 200millones de metros cúbicos de agua.

TRÁMITES EINFORMACIÓN

Entre los trámites que realizan las Corporaciones Autónomas Regionales en asuntosrelacionados con la minería están:

• Las licencias ambientales de acuerdo con lo establecido en el Decreto 2820de 2010

• Permisos para realizar actividades mineras (cuando no requieran licenciaambiental, siempre que sigan los parámetros técnicos definidos en las Guías Ambientalers Mineras)

COBERTURA Regional

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INSTITUTO DE INVESTIGACIÓN DE RECURSOS BIOLÓGICOS“ALEXANDER VON HUMBOLDT”.

NATURALEZA JURÍDICA

El Instituto de Investigación de Recursos Biológicos “Alexander von Humboldt”, esuna Corporación Civil sin ánimo de lucro, de carácter público, sometida a las reglas dederecho privado, vinculada al Ministerio del Medio Ambiente, con autonomíaadministrativa, personería jurídica y patrimonio propio, organizada según lo dispuestoen la Ley 29 de 1990 y el Decreto 393 de 1991, encargada de realizar investigaciónbásica y aplicada sobre los recursos genéticos de la flora y la fauna nacionales y delevantar y formar el inventario científico de la biodiversidad en todo el territorionacional. 16 Creado mediante Artículo 19 de la Ley 99 de 1993, forma parte del SINA. Constituidoen enero 20 de 1995. Acta de constitución suscrita por 24 miembros. Organizadosegún los dispuesto en la ley 29 de 1990, el Decreto 393 de 1991, el Decreto 1603 de1994 y sus Estatutos.

NORMASORGÁNICAS

Ley 29 de 1990.Dicta disposiciones para el fomento de la Investigación Científica yel Desarrollo TecnológicoDecreto 585 de 1991.Crea el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología y dicta otras

disposicionesLey 99 de 1993.Crea el Instituto de Investigación de Recursos Biológicos “Alexander Von Humboldt” y lo vincula al Ministerio de Medio Ambiente.Decreto 632 de 1994.Dicta disposiciones necesarias para la transición institucionaloriginada por la nueva estructura legal bajo la cual funcionará el Sistema Nacional Ambiental – SINA-.Decreto 1603 de 1994. Se organizan y establecen los Institutos de Investigación deRecursos Biológicos “Alexander Von Humboldt” el Instituto Amazónico deInvestigaciones “Sinchi” y el Instituto de Investigaciones Ambientales del Pacífico“John Von Neumann”.Decreto 1124 de 1999.Reestructura el Ministerio del Medio Ambiente y se dictanotras disposiciones.

OBJETIVO MisiónEl Instituto de Investigación de Recursos Biológicos “Alexander von Humboldt”tendrá a su cargo la investigación científica y aplicada de los recursos bióticos y de loshidrobiológicos en el territorio continental de la Nación. El Instituto deberá crear, enlas regiones no cubiertas por otras entidades especializadas de investigación de quetrata la presente Ley, estaciones de investigación de los macroecosistemas nacionales yapoyar con asesoría técnica y transferencia de tecnología a las Corporaciones Autónomas Regionales, los Departamentos, los Distritos, los Municipios y demásentidades encargadas de la gestión del medio ambiente y los recursos naturalesrenovables (Art. 19).

ObjetoRealizar investigación básica y aplicada sobre los recursos genéticos de la flora y faunanacionales y levantar y formar el inventario científico de la biodiversidad en todo elterritorio nacional.

FUNCIONES YCOMPETENCIAS Funciones1. Obtener, almacenar, analizar, estudiar, procesar, suministrar y divulgar lainformación básica sobre la biodiversidad, los ecosistemas, sus recursos y sus procesospara el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales renovables de la Nación.2. Efectuar el seguimiento de los recursos genéticos de la Nación, especialmente en loreferente a su extinción, contaminación y degradación.3. Colaborar con el Ministerio del Medio Ambiente de acuerdo con sus pautas ydirectrices, y con el Consejo Intersectorial de biodiversidad, en la promoción, creación

16 De conformidad con el artículo 19 de la Ley 99 de 1993

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y coordinación de una red de centros de investigación sobre la Biodiversidad. En estared podrán participar los Institutos del Ministerio del Medio Ambiente y todas lasinstituciones de otros sectores que tengan interés en estudios sobre Biodiversidad.4. Coordinar el Sistema de Información Ambiental en los aspectos relacionados con labiodiversidad y los recursos genéticos de acuerdo con las prioridades, pautas ydirectrices que le fije el Ministerio del Medio Ambiente.5. Suministrar al Ministerio del Medio Ambiente, al IDEAM y a las Corporaciones lainformación que éstos consideren necesaria.6. Apoyar al Ministerio del Medio Ambiente en la coordinación del manejo dela información sobre las relaciones entre los sectores económicos, sociales y los procesos y recursos de la biodiversidad.7. Servir, en coordinación con el IDEAM, como organismo de apoyo al Ministeriopara el establecimiento de las Cuentas NacionalesAmbientales en aspectosrelacionados con la biodiversidad.8. Colaborar con el Ministerio del Medio Ambiente, las Corporaciones y los grandescentros urbanos en la definición de las variables que deban ser contempladas en losestudios de impacto ambiental de proyectos, obras o actividades que puedan afectar labiodiversidad y los recursos genéticos.9. Colaborar en los estudios sobre el cambio ambiental global y en particularen aquellos que permitan analizar la participación de los procesos de pérdida

de biodiversidad que ocurran en el país a ese cambio ambiental global, y entodas aquellas actividades que le fije el Ministerio del Medio Ambiente endesarrollo de la política ambiental internacional.10. Apoyar al Ministerio del Medio Ambiente para el cumplimiento de loscompromisos y el desarrollo de las actividades derivadas de la participación deColombia en los organismos internacionales en las materias de su competencia.11. Fomentar el desarrollo y difusión de los conocimientos, valores y tecnologíassobre el manejo de los recursos naturales de los grupos étnicos.Investigar y proponer modelos alternativos de desarrollo sostenible basados en elaprovechamiento de la biodiversidad. Estas actividades se realizarán en coordinacióncon las Corporaciones de Investigación del Sector Agropecuario en la búsqueda detecnologías y sistemas de producción y aprovechamiento alternativos que permitanavanzar en el desarrollo de una agricultura sostenible.13. Desarrollar actividades de coordinación con los demás institutos científicos vinculados al Ministerio del Medio Ambiente y apoyar a éste y al IDEAM en elmanejo de la información.14. Producir un balance anual sobre el estado de la naturaleza y el ambiente enlas áreas de su competencia.15. Proponer al Ministerio del Medio Ambiente la incorporación, ampliación osustracción de áreas del Sistema de Parques Nacionales Naturales, ReservasForestales y otras áreas de manejo especial.16. Acceder a la Información que sobre los recursos bióticos colombianos estádepositada en museos e institutos de investigación extranjeros.17. Mantener colecciones biológicas acopiadas en el desarrollo de permisos de cazacientífica, licencias científicas de flora y las obtenidas por las corporaciones e institutosde investigación vinculados al Ministerio del Medio Ambiente según se convenga; asícomo aquellas que realice el Instituto. Cada uno de los restantes institutos podrá

mantener, bajo estándares comunes, colecciones de referencia.18. Prestar un servicio de identificación taxonómica como apoyo a los demásinstitutos vinculados al Ministerio del Medio Ambiente y a otras entidades del SINA,incluyendo las privadas.19. Asumir las funciones que en investigación de recursos bióticos venía ejerciendo elInderena hasta la promulgación de la Ley 99 de 1993.20. Las demás que le otorgue la ley y le fijen sus estatutos para el cumplimiento de susobjetivos legales.

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TRÁMITES EINFORMACIÓN

De acuerdo con el artículo 4 de la Ley 1382 de 2010 que modifica el artículo 34 de laLey 685 de 2001, son zonas excluibles de la minería las zonas declaradas y delimitadasconforme a la normatividad vigente como de protección y desarrollo de los recursosnaturales renovables o del ambiente.

EL Instituto proporciona información sobre el estado de la biodiversidad y realizarecomendaciones al Ministario de Ambiente sobre las zonas que deben ser excluidasde la minería por ser zona de alto valor en diversidad biológica.

“Las zonas de exclusión mencionadas serán las que han sido constituidas y las que seconstituyan conforme a las disposiciones vigentes, como áreas que integran el sistemade parques nacionales naturales, parques naturales de carácter regional, zonas dereserva forestal protectora y demás zonas de reserva forestal, ecosistemas de páramo ylos humedales designados dentro de la lista de importancia internacional de laConvención Ramsar. Estas zonas para producir estos efectos, deberán ser delimitadasgeográficamente por la autoridad ambiental con base en estudios técnicos, sociales yambientales”17.

Este artículo señala de manera expresa que para delimitar los ecosistemas de páramo,estos se identificarán de conformidad con la información cartográfica proporcionada

por elInstituto Alexander von Humboldt.COBERTURA Nacional

17 Art. 4 Ley 1382 de 2010

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INSTITUTO DE HIDROLOGÍA, METEOROLOGÍA Y ESTUDIOS AMBIENTALES –IDEAM -.

NATURALEZA JURÍDICA

Según el artículo 17 de la Ley 99 de 1993, el Instituto de Hidrología, Río y Estudios Ambientales, IDEAM, es un establecimiento público de carácter nacional adscrito al

Ministerio del Medio Ambiente, con autonomía administrativa, personería jurídica ypatrimonio independiente, encargado del levantamiento y manejo de la informacióncientífica y técnica sobre los ecosistemas que forman parte del patrimonio ambientaldel país, así como de establecer las bases técnicas para clasificar y zonificar el uso delterritorio nacional para los fines de la planificación y el ordenamiento del territorio.

NORMASORGÁNICAS

Ley 99 de 1993.Crea el Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales – IDEAM-.Decreto 632 de 1994. Dicta disposiciones para la transición institucional, originadapor la nueva estructura legal bajo la cual funcionará el Sistema Nacional AmbientalSINA.Decreto 1277 de 1994. Se organiza y establece el Instituto de Hidrología,Meteorología y Estudios Ambientales – IDEAMDecreto 2241 de 1995 Por el cual se aprueba el acuerdo 005 de 1994, de la Junta Directiva del Instituto deHidrología, Meteorología y Estudios Ambientales IDEAM, que adopta los estatutosde la entidad.Decreto 291 de 2004.Modifica la estructura del Instituto de Hidrología, Meteorologíay Estudios Ambientales IDEAM y se dictan otras disposiciones

OBJETIVO El IDEAM deberá obtener, analizar, estudiar, procesar y divulgar la informaciónbásica sobre hidrología, hidrogeología, meteorología, geografía básica sobre aspectosbiofísicos, geomorfología, suelos y cobertura vegetal para el manejo yaprovechamiento de los recursos biofísicos de la Nación y tendrá a su cargo elestablecimiento y funcionamiento de infraestructuras meteorológicas e hidrológicasnacionales para proveer informaciones, predicciones, avisos y servicios deasesoramiento a la comunidad (Art. 17).

Objetivos1. Suministrar los conocimientos, los datos y la información ambiental que requieranel Ministerio del Medio Ambiente y las demás entidades del Sistema Nacional Ambiental –SINA-.9. Realizar los estudios e investigaciones ambientales que permitan conocerlos efectos del desarrollo socioeconómico sobre la naturaleza, sus procesos, elmedio ambiente y los recursos naturales renovables y proponer indicadoresambientales.10. Acopiar, almacenar, procesar, analizar y difundir datos y allegar o producir lainformación y los conocimientos necesarios para realizar el seguimiento de lainteracción de los procesos sociales, económicos y naturales y proponer alternativastecnológicas, sistemas y modelos de desarrollo sostenible.11. Dirigir y coordinar el Sistema de Información Ambiental y operarlo encolaboración con las entidades científicas vinculadas al Ministerio del Medio Ambiente, con las Corporaciones y demás entidades del SINA.

La Ley 99 de 1993 le traslada las funciones que en materia de aguas subterraneas tieneasignadas el Ingeominas, sin perjuicio de las actividades que este instituto continúeadelantando dentro de los programas de exploración y evaluación de los recursos desubsuelo.

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FUNCIONES YCOMPETENCIAS

Funciones

De acuerdo con el Manual de Funciones del Estado Colombiano:

• Definir los estudios, investigaciones, inventarios y actividades de seguimientoy manejo de información ambiental, que sirvan al Ministerio para:

• Fundamentar la toma de decisiones en materia de política ambiental;• Suministrar las bases para el establecimiento de las normas, disposiciones yregulaciones para el ordenamiento ambiental del territorio, el manejo, uso yaprovechamiento de los recursos naturales renovables.

• Articulación con las Corporaciones. El IDEAM al tenor de los artículos 23 y31 de la Ley 99 de 1993, dará apoyo a las Corporaciones para el desarrollo desus funciones relativas al ordenamiento, manejo y uso de los recursosnaturales renovables en la respectiva región, para lo cual deberá:

• Asesorar a las Corporaciones en la implementación y operación del Sistemade Información Ambiental, de acuerdo con el Decreto

• 1600 de 1994 y las directrices trazadas por el Ministerio del Medio Ambiente.• Cooperar con las Corporaciones en su función de promoción y realización

de la investigación científica en relación con los recursos naturales y el medio

ambiente.• Transferir a las Corporaciones las tecnologías resultantes de lasinvestigaciones que adelante, así como otras tecnologías disponibles para eldesarrollo sostenible.

• Mantener información, en colaboración con las Corporaciones, sobre el usode los recursos naturales no renovables.

• Mantener información sobre los usos de los recursos naturales renovables enespecial del agua, suelo y aire, y de los factores que los contaminen y afecteno deterioren en colaboración con las Corporaciones.

• Suministrar a las Corporaciones información para el establecimiento deestándares y normas de calidad ambiental.

• Asesorar a las Corporaciones en el desarrollo de programas de regulación ymejoramiento de la calidad de corrientes hídricas y otros cuerpos de agua de

acuerdo con sus usos y en el control de la erosión de cuencas hidrográficas, yde la protección y recuperación de la cobertura vegetal.• Celebrar convenios con las Corporaciones buscando un apoyo mutuo con el

fin de dar cumplimiento a lo establecido en la Ley 99 de 1993, y a laspolíticas trazadas por el Ministerio del Medio de Ambiente y al Plan deDesarrollo del Gobierno Nacional.

• Articulación con el Sistema Nacional Ambiental. Al IDEAM comointegrante del Sistema Nacional Ambiental, le corresponde ejercer lassiguientes funciones:

• Promover y realizar estudios e investigaciones en materia de medio ambientey recursos naturales renovables, conjuntamente con las Entidades Científicas vinculadas al Ministerio del Medio

• Ambiente, con los centros de investigación ambientales, con las

universidades públicas y privadas, así como con las demás entidades ysectores económicos y sociales que hacen parte del Sistema Nacional Ambiental (SINA).

• • Asesorar, en colaboración co n las Corporaciones, a las entidadesterritoriales y a los centros poblados en materia de investigación, toma dedatos y manejo de información.

• Suministrar información científica y técnica de carácter ambiental para laelaboración de los planes de ordenamiento territorial.

• Servir de organismo de enlace y coordinación entre el Sistema deInformación Ambinental y los sistemas de información sectoriales para dar

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cumplimiento a la Ley 99 de 1993.

TRÁMITES EINFORMACIÓN

El IDEAM tiene como función generar conocimiento y producir y suministrar datos einformación ambiental, además de realizar estudios, investigaciones, inventarios yactividades de seguimiento y manejo de la información que sirvan para fundamentar latoma de decisiones en materia de política ambiental y para suministrar las bases para elordenamiento ambiental del territorio, al manejo, el uso y el aprovechamiento de losrecursos naturales biofísicos del país.

COBERTURA Nacional

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AGENDA AMBIENTAL PARA EL SECTOR DE MINERÍA

Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo TerritoriaMinisterio de Minas y Energía

Bogotá, 5 de agosto de 2010-12-02

El 5 de agosto de 2010, los Ministerio de Ambiente, vivienda y desarrollo Territorial y Miy Energía, acordaron firmar una agenda común de trabajo con el fin de implementar dmanera conjunta y coordinada, acciones encaminadas a lograr los propósitos comunes dprotección ambiental, crecimiento económico y desarrollo sostenible. Esto a la luz de lnuevas realidades del entorno nacional e internacional en los ámbitos económico, ambientsocial y normativo, incluidos los procesos de responsabilidad social y ambiental empresarEs así como los dos ministerio se comprometieron, en el ámbito de sus competencias, desarrollar seis grandes temas comunes con sus objetivos y actividades claramente definidpara cada sector:

1. Recurso hídrico. a.

Formular el Plan Hídrico Nacionalb. Incrementar el conocimiento del potencial hídrico del país y lagestión de las aguas subterráneas

c. Desarrollar estrategias para la protección y el uso sostenible decuencias hidrográficas

2. Serviciosecosistémicos

a. Implementar el artículo 3 de la Ley 1382 de 2010 sobre zonasexcluibles de la minería.

b. Actualizar el inventario de actividad minera, títulos otorgados enzonas excluidas y excluibles de la minería. Revisión de dichostítulos.

c. Incorporar la prevención del deterioro de los ecosistemas en losproyectos mineros

3. Cambioclimático

a. Participar conjuntamente en la formulación e implementación dela estrategiaa Nacional de Desarrollo bajo en Carbono.

b. Articular la gestión del sector minero en la estrategia ForestalNacional en los componentes de mitigación y adaptación acambio climático.

4. Procesosproductivoscompetitivossostenibles

a. Fortalecer e implementar instrumentos de gestión minero-ambiental que contribuyan a una mayor eficiencia de los procesosde seguimiento y control ambiental y al mejoramiento deldesempeño ambiental de la industria.

b. Desarrollar el Plan Nacional de Ordenamiento Minero, siguiendolas normas ambientales y de ordenamiento territorial expedidaspor el MAVDT.

c. Promover buenas prácticas y tecnologías límpias para la mineríade oro, en especial frente el uso del cianuro y el mercurio.

d. Promover investigación tecnológica en el sector minero-ambiental.

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e. Incorporar la adecuada internalización de costos en laplaanificación de proyectos mineros

f. Reglamentar e implementar el Registro ünico Ambietal (RUA)g. Desarrollar y aplicar un marco estratégico de Responsabilidad

Social Empresarial para el sector de la minería y los distritos

mineros.5. Prevención y

control de ladegradaciónambiental

a. Minimizar las distintas formas de liberación de contaminantescausadas por el empleo de mercurio y otras sustancias químiacasen la actividad minera

b. Generar una Gestión integrada del Riesgo en Mineríac. Fortalecer la gestión minero-ambiental en el desarrollo y en el

cierre del proyecto.d. Desarrollar y poner en marcha un programa de manejo de los

pasivos ambientales mineros.e. Minimizar las distintas formas de contaminación causada por

desechos o residuos peligrosos en el marco de la Política Ambiental para la Gesión Integral de los Residuos o DesechosPeligrosos.

f. Avanzar en la erradicación de la minería ilegalg. Impulsar la implementación de programas de reducción en áreas

de contaminación atmosférica asociadas al desarrollo deproyectos mineros.

6. FortalecimientoInstitucional

a. Formular e implementar la Política Ambiental del MME.b. Facilitar la participación oportuna y asertiva de cada uno de los

ministerios en torno al mejoramiento del desempeño ambientaldel sector minero.

Finalmente, las entidades acuerdan poner en marcha los mecanismos técnicos, jurídicofinancieros, económicos y político necesarios para dar cumplimiento a la agenda.

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3. Entidades territoriales y tierras de comunidadesindígenas.

DEPARTAMENTOSNATURALEZA JURÍDICA

De acuerdo con la Constitución Política de Colombia, en el título XI: De laOrganización Territorial, Capítulo I Disposiciones Generales y II Del RégimenDepartamental, los departamentos, al igual que los distritos, los municipios y losterritorios indígenas, son entidades territoriales (Art. 286), que gozan de autonomíapara la gestión de sus intereses, dentro de los límites de la Constitución y la ley. En tal virtud tendrán los siguientes derechos: 1. Gobernarse por autoridades propias.2. Ejercer las competencias que les correspondan.3. Administrar los recursos y establecer los tributos necesarios para el cumplimiento

de sus funciones.4. Participar en las rentas nacionales. (Art. 287)De acuerdo con el artículo 288 de la CPC , la ley orgánica de ordenamiento territorialestablecerá la distribución de competencias entre la Nación y las entidadesterritoriales.Los departamentos tienen autonomía para la administración de los asuntos seccionalesy la planificación y promoción del desarrollo económico y social dentro de suterritorio en los términos establecidos por la Constitución.Los departamentos ejercen funciones administrativas, de coordinación, decomplementariedad de la acción municipal, de intermediación entre la Nación y losMunicipios y de prestación de los servicios que determinen la Constitución y las leyes.La ley reglamentará lo relacionado con el ejercicio de las atribuciones que laConstitución les otorga. (Art. 298)

NORMASORGÁNICAS

Decreto 1222 DE 1986 Código de Régimen Departamental) modificado por elDecreto 1736 de 1986 (art. 194, 200 y 201)

Nota: Estos decretos anteriores a la Constitución de 1991 siguen vigentes, aunque hansido modificados por la Constitución y por numerosas leyesConstitución Política de ColombiaLey 99 de 1993 (Medio Ambiente)Ley 388 de 1997 (Ley de Ordenamiento Territotial)Ley 715 de 2001 (Por la cual se dictan normas orgánicas en materia de recursos ycompetencias de conformidad con los artículos 151, 288, 356y 357(Acto Legislativo01de 2001) de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones para organizar laprestación de los servicios de educación y salud, entre otros.)Ley 962de 2005, ‘Por la cual se dictan disposiciones sobre racionalización de trámitesy procedimientos administrativos de los organismos y entidades del Estado y de losparticulares que ejercen funciones públicas o prestan servicios públicos’.

OBJETIVO La constitución Política en su artículo 300 señala que le corresponde a las Asambleas Departamentales por medio de ordenanzas:1. Reglamentar el ejercicio de las funciones y la prestación de los servicios a cargo deldepartamento.2.

De la misma manera (Art. 302) que la ley podrá establecer para uno o variosDepartamentos diversas capacidades y competencias de gestión administrativa y fiscaldistintas a las señaladas para ellos en la constitución, en atención a la necesidad de

Expedir las disposiciones relacionadas con la planeación, el desarrollo económico ysocial, el apoyo financiero y crediticio a los municipios, el turismo, el transporte, elambiente, las obras públicas, las vías de comunicación, y el desarrollo de sus zonas defrontera.

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mejorar la administración o la prestación de los servicios públicos de acuerdo con supoblación, recursos económicos y naturales, y circunstancias sociales, culturales yecológicas.En desarrollo de lo anterior, la ley podrá delegar, a uno o varios Departamentos,atribuciones propias de los organismos o entidades públicas nacionales.

FUNCIONES YCOMPETENCIAS

FUNCIONES DE LOS DEPARTAMENTOS EN MATERIA AMBIENTAL

Ley 99 de 1993 Art. 63.- PRINCIPIOS NORMATIVOS GENERALES. A fin de asegurar elinterés colectivo de un medio ambiente sano y adecuadamente protegido, y degarantizar el manejo armónico y la integridad del patrimonio natural de la Nación, elejercicio de las funciones en materia ambiental por parte de las entidades territoriales,se sujetará a los principios de armonía regional, gradación normativa y rigorsubsidiario definidos en el presente artículo.Principio de Armonía Regional . Los departamentos, los distritos, los municipios, losterritorios indígenas, así como las regiones y provincias a las que la ley diere el carácterde entidades territoriales, ejercerán sus funciones constitucionales y legalesrelacionadas con el medio ambiente y los recursos naturales renovables, de maneracoordinada y armónica, con sujeción a las normas de carácter superior y a las

directrices de la Política Nacional Ambiental, a fin de garantizar un manejo unificado,racional y coherente de los recursos naturales que hacen parte del medio ambientefísico y biótica del patrimonio natural de la Nación.Principio de Gradación Normativa . En materia normativa las reglas que dicten lasentidades territoriales en relación con el medio ambiente y los recursos naturalesrenovables respetarán el carácter superior y la preeminencia jerárquica de las normasdictadas por autoridades y entes de superior jerarquía o de mayor ámbito en lacomprensión territorial de sus competencias.Las funciones en materia ambiental y de recursos naturales renovables, atribuidas porla Constitución Política a los departamentos, municipios y distritos con régimenconstitucional especial, se ejercerán con sujeción a la ley, los reglamentos y laspolíticas del Gobierno Nacional, el Ministerio del Medio Ambiente y lasCorporaciones Autónomas Regionales.Principio de Rigor Subsidiario. Las normas y medidas de policía ambiental, es decir,aquéllas que las autoridades medioambientales expidan para la regulación del uso,manejo, aprovechamiento y movilización de los recursos naturales renovables, o parala preservación del medio ambiente natural, bien sea que limiten el ejercicio dederechos individuales y libertades públicas para la preservación o restauración delmedio ambiente, o que exijan licencia o permiso para el ejercicio de determinadaactividad por la misma causa, podrán hacerse sucesiva y respectivamente másrigurosas, pero no más flexibles, por las autoridades competentes del nivel regional,departamental, distrital o municipal, en la medida en que se desciende en la jerarquíanormativa y se reduce el ámbito territorial de las competencias, cuando lascircunstancias locales especiales así lo ameriten, en concordancia con el artículo 51 dela presente ley.Los actos administrativos así expedidos deberán ser motivados, serán por sunaturaleza apelables ante la autoridad superior, dentro del Sistema Nacional Ambiental

–SINA-, y tendrán una vigencia transitoria no superior a sesenta (60) días mientras elMinisterio del Medio Ambiente decide sobre la conveniencia de prorrogar su vigenciao de darle a la medida carácter permanente.Los actos administrativos expedidos por las Corporaciones Autónomas Regionalesque otorguen o nieguen licencias ambientales, serán apelables ante el Ministerio delMedio Ambiente, en los términos y condiciones establecidos por el CódigoContencioso Administrativo.

Art. 64 FUNCIONES DE LOS DEPARTAMENTOS. Corresponde a losDepartamentos en materia ambiental, además de las funciones que le sean delegadas

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por la ley o de las que se le deleguen a los Gobernadores por el Ministerio del Medio Ambiente o por las Corporaciones Autónomas Regionales, las siguientes atribucionesespeciales:1) Promover y ejecutar programas y políticas nacionales, regionales y sectoriales enrelación con el medio ambiente y los recursos naturales renovables;2) Expedir, con sujeción a las normas superiores, las disposiciones departamentalesespeciales relacionadas con el medio ambiente;3) Dar apoyo presupuestal, técnico, financiero y administrativo a las Corporaciones Autónomas Regionales, a los municipios y a las demás entidades territoriales que secreen en el ámbito departamental, en la ejecución de programas y proyectos en lastareas necesarias para la conservación del medio ambiente y los recursos naturalesrenovables;4) Ejercer en coordinación con las demás entidades del Sistema Nacional Ambiental(SINA) y con sujeción a la distribución legal de competencias, funciones de control y vigilancia del medio ambiente y los recursos naturales renovables, con el fin de velarpor el cumplimiento de los deberes del Estado y de los particulares en materiaambiental y de proteger el derecho a un ambiente sano;5) Desarrollar, con la asesoría o la participación de las Corporaciones AutónomasRegionales, programas de cooperación e integración con los entes territorialesequivalentes y limítrofes del país vecino, dirigidos a fomentar la preservación del

medio ambiente común y los recursos naturales renovables binacionales;6) Promover, cofinanciar o ejecutar, en coordinación con los entes directores yorganismos ejecutores del Sistema Nacional de Adecuación de Tierras y con lasCorporaciones Autónomas Regionales, obras y proyectos de irrigación, drenaje,recuperación de tierras, defensa contra las inundaciones y regulación de cauces ocorrientes de agua, para el adecuado manejo y aprovechamiento de cuencashidrográficas;7) Coordinar y dirigir con la asesoría de las Corporaciones Autónomas Regionales, lasactividades de control y vigilancia ambientales intermunicipales, que se realicen en elterritorio del departamento con el apoyo de la fuerza pública, en relación con lamovilización, procesamiento, uso, aprovechamiento y comercialización de losrecursos naturales renovables.

Ley 715 de 2001 Art. 74. COMPETENCIAS DE LOS DEPARTAMENTOS EN OTROSSECTORES.Los Departamentos son promotores del desarrollo económico y socialdentro de su territorio y ejercen funciones administrativas, de coordinación, decomplementariedad de la acción municipal, de intermediación entre la Nación y losMunicipios y de prestación de los servicios.

Sin perjuicio de las establecidas en otras normas, corresponde a los Departamentos elejercicio de las siguientes competencias:

74.1. Planificar y orientar las políticas de desarrollo y de prestación de serviciospúblicos en el departamento y coordinar su ejecución con los municipios.74.2. Promover, financiar o cofinanciar proyectos nacionales, departamentales omunicipales de interés departamental.

74.3. Administrar los recursos cedidos por la Nación, atendiendo su destinación legalcuando la tengan.74.4. Promover la armonización de las actividades de los Municipios entre sí, con elDepartamento y con la Nación.74.5. Asesorar y prestar asistencia técnica, administrativa y financiera a los Municipiosy a las instituciones de prestación de servicios para el ejercicio de las competenciasasignadas por la ley, cuando a ello haya lugar.74.6. Realizar el seguimiento y la evaluación de la acción de los municipios y de laprestación de los servicios a cargo de estos e informar los resultados de la evaluación yseguimiento a la Nación, autoridades locales y a la comunidad.

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74.7. Promover y fomentar la participación de las entidades privadas, comunitarias ysin ánimo de lucro en la prestación de los servicios que deben prestarse en eldepartamento.74.8. Adelantar la construcción y la conservación de todos los componentes de lainfraestructura de transporte que les corresponda.74.9 Desarrollar y ejecutar programas y políticas para el mantenimiento delmedio ambiente y los recursos naturales renovables.74.10. Coordinar y dirigir con la colaboración de las Corporaciones AutónomasRegionales, las actividades de control y vigilancia ambientalesintermunicipales, que se realicen en el territorio del departamento.74.11. Organizar sistemas de coordinación de las entidades prestadoras de serviciospúblicos y promover, cuando razones técnicas y económicas lo aconsejen, laorganización de asociaciones de municipios para la prestación de servicios públicos, ola celebración de convenios para el mismo efecto.74.12. Coordinar acciones entre los municipios orientadas a desarrollar programas yactividades que permitan fomentar la práctica del deporte, la recreación y elaprovechamiento del tiempo libre en el territorio departamental.74.13. Coordinar acciones entre los municipios orientadas a desarrollar programas yactividades que permitan fomentar las artes en todas sus expresiones y demásmanifestaciones simbólicas expresivas.

ÁREA DE JURISDICCIÓN

Regional departamental

MUNICIPIOS, DISTRITOS Y ÁREAS METROPOLITANAS

NATURALEZA JURÍDICA

Según el artículo 17 de la Ley 99 de 1993, el Instituto de Hidrología, Río y Estudios Ambientales, IDEAM, es un establecimiento público de carácter nacional adscrito alMinisterio del Medio Ambiente, con autonomía administrativa, personería jurídica ypatrimonio independiente, encargado del levantamiento y manejo de la informacióncientífica y técnica sobre los ecosistemas que forman parte del patrimonio ambientaldel país, así como de establecer las bases técnicas para clasificar y zonificar el uso delterritorio nacional para los fines de la planificación y el ordenamiento del territorio.

NORMASORGÁNICAS

Constitución Política de ColombiaLey 99 de 1993. (Medio Ambiente) Ley 388 de 1997 (Ley de Ordenamiento Territorial) Ley 768 de 2002 – Por la cual se adopta el Régimen Político, Administrativo y Fiscalde los Distritos Portuario e Industrial de Barranquilla, Turístico y Cultural deCartagena de Indias y Turístico, Cultural e Histórico de Santa MartaLey 685 de 2001 y 1382 de 2010 (Código de Minas)

OBJETIVO OBJETIVOSConstitución Política. Artículo 311. Al municipio como entidad fundamental de la divisiónpolítico-administrativa del Estado le corresponde prestar los servicios públicos que determine la

ley, construir las obras que demande el progreso local, ordenar el desarrollo de su territorio,promover la participación comunitaria, el mejoramiento social y cultural de sus habitantes ycumplir las demás funciones que le asignen la Constitución y las leyes. Artículo 313.Corresponde a los concejos:1. Reglamentar las funciones y la eficiente prestación de los servicios a cargo del municipio.2. Adoptar los correspondientes planes y programas de desarrollo económico y social y deobras públicas.3. Autorizar al alcalde para celebrar contratos y ejercer pro temporeprecisas funciones de las quecorresponden al Concejo.4. Votar de conformidad con la Constitución y la ley los tributos y los gastos locales.5. Dictar las normas orgánicas del presupuesto y expedir anualmente el presupuesto de rentas y

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gastos.6. Determinar la estructura de la administración municipal y las funciones de sus dependencias;las escalas de remuneración correspondientes a las distintas categorías de empleos; crear, ainiciativa del alcalde, establecimientos públicos y empresas industriales o comerciales y autorizarla constitución de sociedades de economía mixta.7. Reglamentar los usos del suelo y, dentro de los límites que fije la ley, vigilar y controlar lasactividades relacionadas con la construcción y enajenación de inmuebles destinados a vivienda.

8. Elegir Personero para el período que fije la ley y los demás funcionarios que ésta determine.9. Dictar las normas necesarias para el control, la preservación y defensa del patrimonioecológico y cultural del municipio.10. Las demás que la Constitución y la ley le asignen. Artículo 317.Sólo los municipios podrán gravar la propiedad inmueble. Lo anterior no obstapara que otras entidades impongan contribución de valorización.

La ley destinará un porcentaje de estos tributos, que no podrá exceder del promedio delas sobretasas existentes, a las entidades encargadas del manejo y conservación delambiente y de los recursos naturales renovables, de acuerdo con los planes de desarrollode los municipios del área de su jurisdicción

FUNCIONES YCOMPETENCIAS

De acuerdo con la Ley 99 de 1993 las siguientes son las funciones de los municipios,los distritos y los grandes centros urbanos:

Art. 65. FUNCIONES DE LOS MUNICIPIOS, DE LOS DISTRITOS Y DELDISTRITO CAPITAL DE SANTAFE DE BOGOTA . Corresponde en materiaambiental a los municipios, y a los distritos con régimen constitucional especial,además de las funciones que les sean delegadas por la ley o de las que deleguen otransfieran a los alcaldes por el Ministerio del Medio Ambiente o por lasCorporaciones Autónomas Regionales, las siguientes atribuciones especiales:1) Promover y ejecutar programas y políticas nacionales, regionales y sectoriales enrelación con el medio ambiente y los recursos naturales renovables; elaborar los planesprogramas y proyectos ambientales municipales articulados a los planes, programas yproyectos regionales, departamentales y nacionales.2) Dictar con sujeción a las disposiciones legales reglamentarias superiores, las normasnecesarias para el control, la preservación y la defensa del patrimonio ecológico delmunicipio;

3) Adoptar los planes, programas y proyectos de desarrollo ambiental y de losrecursos naturales renovables, que hayan sido discutidos y aprobadas a nivel regional,conforme a las normas de planificación ambiental de que trata la presente ley;4) Participar en la elaboración de planes, programas y proyectos de desarrolloambiental y de los recursos naturales renovables a nivel departamental.5) Colaborar con las Corporaciones Autónomas Regionales, en la elaboración de losplanes regionales y en la ejecución de programas, proyectos y tareas necesarias para laconservación del medio ambiente y los recursos naturales renovables;6) Ejercer, a través del alcalde como primera autoridad de policía con el apoyo de laPolicía Nacional y en Coordinación con las demás entidades del Sistema Nacional Ambiental (SINA), con sujeción a la distribución legal de competencias, funciones decontrol y vigilancia del medio ambiente y los recursos naturales renovables, con el finde velar por el cumplimiento de los deberes del Estado y de los particulares en materiaambiental y de proteger el derecho constitucional a un ambiente sano;7) Coordinar y dirigir, con la asesoría de las Corporaciones Autónomas Regionales, lasactividades permanentes de control y vigilancia ambientales que se realicen en elterritorio del municipio o distrito con el apoyo de la fuerza pública, en relación con lamovilización, procesamiento, uso, aprovechamiento y comercialización de losrecursos naturales renovables o con actividades contaminantes y degradantes de lasaguas, el aire o el suelo;8) Dictar, dentro de los límites establecidos por la ley, los reglamentos y lasdisposiciones superiores, las normas de ordenamiento territorial del municipio y lasregulaciones sobre usos del suelo;

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9) Ejecutar obras o proyectos de descontaminación de corrientes o depósitos de aguaafectados por vertimientos del municipio, así como programas de disposición,eliminación y reciclaje de residuos líquidos y sólidos y de control a las emisionescontaminantes del aire.10) Promover, cofinanciar o ejecutar, en coordinación con los entes directores yorganismos ejecutores del Sistema Nacional de Adecuación de Tierras y con lasCorporaciones Autónomas Regionales, obras y proyectos de irrigación, drenaje,recuperación de tierras, defensa contra las inundaciones y regulación de cauces ocorrientes de agua, para el adecuado manejo y aprovechamiento de cuencas y micro-cuencas hidrográficas.PARÁGRAFO. Las Unidades Municipales de Asistencia Técnica Agropecuaria aPequeños Productores, Umatas, prestarán el servicio de asistencia técnica y harántransferencia de tecnología en lo relacionado con la defensa del medio ambiente y laprotección de los recursos naturales renovables.

Art. 66. COMPETENCIAS DE GRANDES CENTROS URBANOS. Losmunicipios, distritos o áreas metropolitanas cuya población urbana fuere igual osuperior a un millón de habitantes (1.000.000) ejercerán dentro del perímetro urbanolas mismas funciones atribuidas a las Corporaciones Autónomas Regionales, en lo quefuere aplicable al medio ambiente urbano.

Art. 68. DE LA PLANIFICACIÓN AMBIENTAL DE LAS ENTIDADESTERRITORIALES. Para garantizar la planificación integral por parte del Estado,del manejo y el aprovechamiento de los recursos naturales a fin de garantizar sudesarrollo sostenible, conservación, restauración o sustitución, conforme a lodispuesto en el artículo

Además de las licencias ambientales,

concesiones, permisos y autorizaciones que les corresponda otorgar para elejercicio de actividades o la ejecución de obras dentro del territorio de sujurisdicción, las autoridades municipales, distritales o metropolitanas tendránla responsabilidad de efectuar el control de vertimientos y emisionescontaminantes, disposición de desechos sólidos y de residuos tóxicos y peligrosos, dictar las medidas de corrección o mitigación de dañosambientales y adelantar proyectos de saneamiento y descontaminación.Los municipios distritos o áreas metropolitanas de que trata el presente artículoasumirán ante las Corporaciones Autónomas Regionales la obligación de trasferir el50% del recaudo de las tasas retributivas o compensatorias causadas dentro delperímetro urbano y de servicios, por el vertimiento de afluentes contaminantesconducidos por la red de servicios públicos y arrojados fuera de dicho perímetro,según el grado de materias contaminantes no eliminadas con que se haga el vertimiento.

80de la Constitución Nacional, los planes ambientales de lasentidades territoriales estarán sujetos a las reglas de armonización de que trata elpresente artículo.

Los departamentos, municipios y distritos con régimen constitucional especial,elaborarán sus planes, programas y proyectos de desarrollo, en lo relacionado con elmedio ambiente, los recursos naturales renovables, con la asesoría y bajo lacoordinación de las Corporaciones Autónomas Regionales a cuya jurisdicción

pertenezcan, las cuales se encargarán de armonizarlos.

TRÁMITES EINFORMACIÓN

Competrencia de los municipios en materia minero-ambiental

De acuerdo con el artículo 2 del Decreto 2820 de 2010, son autoridades ambientalescompetentes para otorgar o negar licencia ambiental, las siguientes:

1. El Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial.2. Las Corporaciones Autónomas Regionales y las de Desarrollo Sostenible.3. Los municipios, distritos y áreas metropolitanas cuya población urbana

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sea superior a un millón de habitantes dentro de su perímetro urbano.4. Las autoridades ambientales creadas mediante la Ley 768 de 2002

Las Corporaciones Autónomas Regionales y las de Desarrollo Sostenible podrándelegar el ejercicio de esta competencia en las entidades territoriales, para lo cualdeberán tener en cuenta especialmente la capacidad técnica, económica, administrativay operativa de tales entidades para ejercer las funciones delegadas.

.

REA DE JURISDICCIÓN

Regional y local

TERRITORIOS INDÍGENAS

NATURALEZA JURÍDICA

Entidades Territoriales

NORMASORGÁNICAS

Constitución Política de ColombiaLey 99 de 1993 (Medio Ambiente)Ley 388 de 1997 (Ley de Ordenamiento Territorial)Ley 685 de 2001 y 1382 de 2010 (Código de Minas)

OBJETO OBJETOConstitución Política. Artículo 330.De conformidad con la Constitución y lasleyes, los territorios indígenas estarán gobernados por consejos conformados yreglamentados según los usos y costumbres de sus comunidades y ejercerán lassiguientes funciones.

FUNCIONES YCOMPETENCIAS

FUNCIONES.Constitución Política Artículo 3301. Velar por la aplicación de las normas legales sobre usos del suelo y poblamiento desus territorios.2. Diseñar las políticas y los planes y programas de desarrollo económico y socialdentro de su territorio, en armonía con el Plan Nacional de Desarrollo.3. Promover las inversiones públicas en sus territorios y velar por su debida ejecución.

4. Percibir y distribuir sus recursos.5. Velar por la preservación de los recursos naturales.6. Coordinar los programas y proyectos promovidos por las diferentes comunidadesen su territorio.7. Colaborar con el mantenimiento del orden público dentro de su territorio deacuerdo con las instrucciones y disposiciones del Gobierno Nacional.8. Representar a los territorios ante el Gobierno Nacional y las demás entidades a lascuales se integren, y9. Las que les señalen la Constitución y la ley.Parágrafo. La explotación de los recursos naturales en los territorios indígenasse hará sin desmedro de la integridad cultural, social y económica de lascomunidades indígenas. En las decisiones que se adopten respecto de dichaexplotación, el Gobierno propiciará la participación de los representantes delas respectivas comunidades.

Ley 99 de 1993 Artículo 22.- Fomento y Difusión de la Experiencia Ambiental de las CulturasTradicionales.El Ministerio y los institutos de carácter científico fomentarán eldesarrollo y difusión de los conocimientos, valores y tecnologías sobre el manejoambiental y de recursos naturales de las culturas indígenas y demás grupos étnicos. Artículo 67.- De las Funciones de los Territorios Indígenas.Los territoriosindígenas tendrán las mismas funciones y deberes definidos para losmunicipios en materia ambiental.

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La explotación minera en territorios indígenas de acuerdo con el Código deMinas, Ley 685 de 2001, modificada por la Ley 1382 de 2010:

Capítulo XIV .Grupos Étnicos

Art. 121. INTEGRIDAD CULTURAL. Todo explorador o explotador de minasestá en la obligación de realizar sus actividades de manera que no vayan en desmedrode los valores culturales, sociales y económicos de las comunidades y grupos étnicosocupantes real y tradicionalmente del área objeto de las concesiones o de títulos depropiedad privada del subsuelo. Art. 122. ZONAS MINERAS INDÍGENAS. <Inciso condicionalmente exequible>La autoridad minera señalará y delimitará, con base en estudios técnicos y sociales,dentro de los territorios indígenas, zonas mineras indígenas en las cuales laexploración y explotación del suelo y subsuelo mineros deberán ajustarse a lasdisposiciones especiales del presente Capítulo sobre protección y participación de lascomunidades y grupos indígenas asentados en dichos territorios.( Inciso 1º. Declarado condicionalmente exequibles por la Corte Constitucionalmediante Sentencia C-418-02 de 28 de mayo de 2002, Magistrado Ponente Dr. Álvaro Tafur Galvis; ‘bajo el entendido que en el procedimiento de señalamiento y

delimitación de las zonas mineras indígenas se deberá dar cumplimiento al parágrafodel Artículo 330 de la Constitución y al Artículo 15 del Convenio 169 de la OIT,aprobado por la Ley 21 de 1991’)

Toda propuesta de particulares para explorar y explotar minerales dentro de las zonasmineras indígenas será resuelta con la participación de los representantes de lasrespectivas comunidades indígenas y sin perjuicio del derecho de prelación que seconsagra en el artículo 124de este Código. Art. 123. TERRITORIO Y COMUNIDAD INDÍGENAS. Para los efectosprevistos en el artículo anterior, se entienden por territorios indígenas las áreasposeídas en forma regular y permanente por una comunidad, parcialidad o grupoindígena de conformidad con lo dispuesto en la Ley 21 de 1991 y demás leyes que lamodifiquen, amplíen o sustituya n. Art. 124. DERECHO DE PRELACIÓN DE GRUPOS INDÍGENAS. Lascomunidades y grupos indígenas tendrán prelación para que la autoridad minera lesotorgue concesión sobre los yacimientos y depósitos mineros ubicados en una zonaminera indígena. Este contrato podrá comprender uno o varios minerales. Art. 125. CONCESIÓN. La concesión se otorgará a solicitud de la comunidad ogrupo indígena y río de ésta y no de las personas que la integran. La forma como éstasparticipen en los trabajos mineros y en sus productos y rendimientos y las condicionescomo puedan ser sustituidas en dichos trabajos dentro de la misma comunidad, seestablecerán por la autoridad indígena que los gobierne. Esta concesión no serátransferible en ningún caso. Art. 126. ACUERDOS CON TERCEROS. Las comunidades o grupos indígenasque gocen de una concesión dentro de la zona minera indígena, podrán contratar latotalidad o parte de las obras y trabajos correspondientes, con personas ajenas a ellos. Art. 127. AREAS INDÍGENAS RESTRINGIDAS. La autoridad indígena señalará,

dentro de la zona minera indígena, los lugares que no pueden ser objeto deexploraciones o explotaciones mineras por tener especial significado cultural, social yeconómico para la comunidad o grupo aborigen, de acuerdo con sus creencias, usos ycostumbres. Art. 128. TÍTULOS DE TERCEROS. En caso de que personas ajenas a lacomunidad o grupo indígena obtengan título para explorar y explotar dentro de laszonas mineras indígenas delimitadas conforme al artículo122, deberán vincularpreferentemente a dicha comunidad o grupo, a sus trabajos y obras y capacitar a susmiembros para hacer efectiva esa preferencia. Art. 129.PARTICIPACIÓN ECONÓMICA. Los municipios que perciban regalías

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o participaciones provenientes de explotaciones mineras ubicadas en los territoriosindígenas de que trata el artículo 123, deberán destinar los correspondientes ingresos aobras y servicios que beneficien directamente a las comunidades y grupos aborígenesasentados en tales territorios.

ÀREAS DE JURISDICCIÓN

Regional de acuerdo con el ámbito de jurisdicción de sus territorios.

TIERRAS DE LAS COMUNIDADES NEGRAS

NATURALEZA JURÍDICA

Tierras de las comunidades negras (Propiedad colectiva)

NORMASORGÁNICAS

Constitución Política de ColombiaLey 70 de 1993 (Desarrollo del Artículo 55 de la CPC)Ley 99 de 1993 (Medio Ambiente)Ley 388 de 1997 (Ley de Ordenamiento Territorial)Ley 685 de 2001 y 1382 de 2010 (Código de Minas)

OBJETO Constitución Política. Artículo transitorio 55.Dentro de los dos años siguientes ala entrada en vigencia de la presente Constitución, el Congreso expedirá, previoestudio por parte de una comisiónespecial que el Gobierno creará para tal efecto, una ley que les reconozca a lascomunidades negras que han venido ocupando tierras baldías en las zonas ruralesribereñas de los ríos de la Cuenca del Pacífico, de acuerdo con sus prácticastradicionales de producción, el derecho a la propiedad colectiva sobre las áreas quehabrá de demarcar la misma ley.En la comisión especial de que trata el inciso anterior tendrán participación en cadacaso representantes elegidos por las comunidades involucradas.La propiedad así reconocida sólo será enajenable en los términos que señale la ley.La misma ley establecerá mecanismos para la protección de la identidad cultural y losderechos de estas comunidades, y para el fomento de su desarrollo económico ysocial.

Ley 99 de 1993 Artículo 76.- DE LAS COMUNIDADES INDÍGENAS Y NEGRAS.Laexplotación de los recursos naturales deberá hacerse sin desmedro de la integridadcultural, social y económica de las comunidades indígenas y de las negras tradicionalesde acuerdo con la Ley 70 de 1993 y el artículo 330 de la Constitución Nacional, y lasdecisiones sobre la materia se tomarán, previa consulta a los representantes de talescomunidades.

FUNCIONES YCOMPETENCIAS

Ley 70 de 1993 Art. 3º. LA PRESENTE LEY SE FUNDAMENTA EN LOS SIGUIENTESPRINCIPIOS:1. El reconocimiento y la protección de la diversidad étnica y cultural y el derecho a laigualdad de todas las culturas que conforman la nacionalidad colombiana.2. El respeto a la integralidad y la dignidad de la vida cultural de las comunidadesnegras.3. La participación de las comunidades negras y sus organizaciones sin detrimento desu autonomía, en las decisiones que las afectan y en las de toda la Nación en pie deigualdad, de conformidad con la ley.

Art. 5. Para recibir en propiedad colectiva las tierras adjudicables, cada comunidadformará un Consejo Comunitario como forma de administración interna, cuyos

4. La protección del medio ambiente atendiendo a las relaciones establecidas por las comunidades negras con la naturaleza.

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requisitos determinará el reglamento que expida el Gobierno Nacional. Además de las que prevea el reglamento, son funciones de los Consejos Comunitarios:delimitar y asignar áreas al interior de las tierras adjudicadas; velar por la conservacióny protección de los derechos de la propiedad colectiva, la preservación de la identidadcultural,el aprovechamiento y la conservación de los recursos naturales; escogeral representante legal de la respectiva comunidad en cuanto persona jurídica, y hacer

de amigables componedores en los conflictos internos factibles de conciliación. Art. 6. SALVO LOS SUELOS Y LOS BOSQUES, LAS ADJUDICACIONESCOLECTIVAS QUE SE HAGAN CONFORME A ESTA LEY, NOCOMPRENDEN:a. El dominio sobre los bienes de uso público.b. Las áreas urbanas de los municipios.c. Los recursos naturales renovables y no renovables.d. Las tierras de resguardos indígenas legalmente constituidos.e. El subsuelo y los predios rurales en los cuales se acredite propiedad particularconforme a la ley 200 de 1936.f. Las áreas reservadas para la seguridad y defensa nacional.g) Áreas del sistema de Parques Nacionales.Con respecto a los suelos y los bosques incluidos en la titulación colectiva, lapropiedad se ejercerá en función social y le es inherente una función ecológica. Enconsecuencia, para el uso de estos recursos se tendrá en cuenta lo siguiente:a) Tanto el uso de los bosques que se ejerza por ministerio de ley, como losaprovechamientos forestales con fines comerciales deberán garantizar la persistenciadel recurso. Para adelantar estos últimos se requiere autorización de la entidadcompetente para el manejo del recurso forestal.b) El uso de los suelos se hará teniendo en cuenta la fragilidad ecológica de la Cuencadel Pacífico. En consecuencia los adjudicatarios desarrollarán prácticas deconservación y manejo compatibles con las condiciones ecológicas. Para tal efecto sedesarrollarán modelos apropiados de producción como la agrosilvicultura, laagroforestería u otros similares, diseñando los mecanismos idóneos para estimularlosy para desestimular las prácticas ambientalmente insostenibles. Art. 19. Las prácticas tradicionales que se ejerzan sobre las aguas, las playas o riberas,los frutos secundarios del bosque o sobre la fauna y flora terrestre y acuática para finesalimenticios o la utilización de recursos naturales renovables para construcción oreparación de viviendas, cercados, canoas y otros elementos domésticos para uso delos integrantes de la respectiva comunidad negra se consideran usos por ministerio dela ley y en consecuencia no requieren permiso.Estos usos deberán ejercerse de tal manera que se garantice la persistencia de losrecursos, tanto en cantidad como en calidad.El ejercicio de la caza, pesca o recolección de productos, para la subsistencia, tendráprelación sobre cualquier aprovechamiento comercial, semiindustrial, industrial odeportivo. Art. 20. Conforme lo dispone el artículo 58 de la Constitución Política, la propiedadcolectiva sobre las áreas a que se refiere esta ley, debe ser ejercida de conformidad conla función social y ecológica que le es inherente. En consecuencia, los titulares deberáncumplir las obligaciones de protección del ambiente y de los recursos naturalesrenovables y contribuir con las autoridades en la defensa de ese patrimonio.

Art. 21. De conformidad con lo dispuesto en el artículo anterior, los integrantes de lascomunidades negras, titulares del derecho de propiedad colectiva, continuaránconservando, manteniendo o propiciando la regeneración de la vegetación protectorade aguas y garantizando mediante un uso adecuado la persistencia de ecosistemasespecialmente frágiles, como los manglares y humedales, y protegiendo y conservandolas especies de fauna y flora silvestre amenazadas o en peligro de extinción.

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LA EXPLOTACIÓN MINERA EN TERRITORIOS DE COMUNIDADESNEGRAS DE ACUERDO CON EL CÓDIGO DE MINAS, LEY 685 DE 2001,MODIFICADA POR LA LEY 1382 DE 2010:

Capítulo XIV .Grupos Étnicos

Art. 130. LAS COMUNIDADES NEGRAS. Las comunidades negras a que serefiere la Ley 70de 1993 o demás leyes que la modifiquen, amplíen o sustituyan, paralos efectos de este Código, son también grupos étnicos en relación con los cuales, lasobras y trabajos mineros se deberán ejecutar respetando y protegiendo los valores queconstituyen su identidad cultural y sus formas tradicionales de producción minera.Este principio se aplicará en cualquier zona del territorio nacional donde se realicenlos trabajos de los beneficiarios de un título minero, siempre y cuando estas áreashubieren sido poseídas en forma regular y permanente por una comunidad o gruponegro. Art. 131. ZONAS MINERAS DE COMUNIDADES NEGRAS. Dentro de losterrenos baldíos ribereños, adjudicados por el Instituto Colombiano de la Reforma Agraria como propiedad colectiva de una comunidad negra, a solicitud de ésta, la

autoridad minera podrá establecer zonas mineras especiales, y establecerá la extensióny linderos de dichas zonas. Dentro de estas zonas la autoridad concedente a solicitudde la autoridad comunitaria otorgará concesión como titular a la aludida comunidad yno a sus integrantes individualmente considerados. Art. 132. CONFORMACIÓN DE LAS COMUNIDADES NEGRAS. Lascomunidades negras de que trata el artículo anterior son el conjunto de familias deascendencia afrocolombiana que poseen una cultura propia, comparten una historia ytienen sus propias tradiciones y costumbres dentro de la relación como poblado, querevelan y conservan identidad que las distinguen de otros grupos étnicos. Art. 133. DERECHO DE PRELACIÓN DE LAS COMUNIDADES NEGRAS. Las comunidades negras tendrán prelación para que la autoridad minera les otorgueconcesión sobre los yacimientos y depósitos mineros ubicados en una zona minera decomunidad negra. Esta concesión podrá comprender uno o varios minerales y le seránaplicables las disposiciones del presente Capítulo. Art. 134. ZONAS MINERAS MIXTAS. La autoridad minera dentro de losterritorios ocupados indistintamente por pueblos indígenas y comunidades negras,establecerá zonas mineras mixtas en beneficio conjunto o compartido de estasminorías a solicitud de uno o los dos grupos étnicos. En estas zonas serán aplicableslas disposiciones del presente Capítulo. Art. 135. ACUERDO CON TERCEROS. La comunidad o grupos negros quegocen de una concesión dentro de la zona minera de comunidades negras, podráncontratar la totalidad o parte de las obras y trabajos correspondientes con personasajenas a ellos. Art. 136. PROMOCIÓN Y AUTORIDAD MINERA. La autoridad minera cuandose trate de formulación y desarrollo de proyectos mineros en zonas indígenas y decomunidades negras podrá prestar asistencia técnica en materia de exploración,elaboración de los planes mineros y desarrollo de éstos, siempre y cuando dichos

proyectos sean adelantados por dichas comunidades. De igual manera, podrá prestarel apoyo correspondiente en materia de promoción y legalización de las áreas.

ÁREAS DE JURISDICCIÓN

Regional de acuerdo con el ámbito de jurisdicción de sus territorios.

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ANEXO 1MARCO NORMATIVO

El siguiente apartado contiene un estracto de las prinicpales normas colombianas qudefinen el alcance constitucional del ordenamiento jurídico colombiano en aspectos talecomo: el Estado Social de Derecho, el desarrollo sostenible y del derecho a gozar de uambiente sano. Así mismo, se hace un extracto de las normas que regulan la actividad mineen Colombia desde una perspectiva ambiental. Se citan principalmente la ConstitucióPolítica de Colombia; la Ley 685 de 2001 ymodificada por la Ley 1382 de 2010 (CódiMinero); la Ley 99 de 1993 (Ley del Medio Ambiente) y la Ley 388 de 1997 (Ley Ordenamiento Territorial). Otras normas y decretos reglamentarios se citan en el contextodel documento principal.

Constitución Política de Colombia

Art. 2. Son fines esenciales del Estado: servir a la comunidad, promover la prosperidad general ygarantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constituciónfacilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica,política, administrativa y cultural de la Nación; defender la independencia nacional, mantener lintegridad territorial y asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo.

Art. 7. El Estado reconoce y protege la diversidad étnica y cultural de la Nación colombiana. Art. 8. Es obligación del Estado y de las personas proteger las riquezas culturales y naturales de la

Nación. Art. 58. Se garantizan la propiedad privada y los demás derechos adquiridos con arreglo a las leyes

civiles, los cuales no pueden ser desconocidos ni vulnerados por leyes posteriores. Cuando dela aplicación de una ley expedida por motivos de utilidad pública o interés social, resultaren enconflicto los derechos de los particulares con la necesidad por ella reconocida, el interésprivado deberá ceder al interés público o social.La propiedad es una función social que implica obligaciones. Como tal, le es inherente unafunción ecológica.El Estado protegerá y promoverá las formas asociativas y solidarias de propiedad.Por motivos de utilidad pública o de interés social definidos por el legislador, podrá haberexpropiación mediante sentencia judicial e indemnización previa. Esta se fijará consultando losintereses de la comunidad y del afectado. En los casos que determine el legislador, dichaexpropiación podrá adelantarse por vía administrativa, sujeta a posterior acción contenciosa-administrativa, incluso respecto del precio.(Modificado por Acto Legislativo Número 1 de 1999)

Art. 63. Los bienes de uso público, los parques naturales, las tierras comunales de grupos étnicos, lastierras de resguardo, el patrimonio arqueológico de la nación y los demás bienes que determinela ley, son inalienables, imprescriptibles e inembargables.

Art. 79. Todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano. La ley garantizará laparticipación de la comunidad en las decisiones que puedan afectarlo. Es deber del Estado

proteger la diversidad e integridad del ambiente, conservar las áreas de especial importanciaecológica y fomentar la educación para el logro de estos fines. Art. 80. El Estado planificará el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales, para garantizar su

desarrollo sostenible, su conservación, restauración o sustitución. Además, deberá prevenir ycontrolar los factores de deterioro ambiental, imponer las sanciones legales y exigir lareparación de los daños causados. Así mismo, cooperará con otras naciones en la protección delos ecosistemas situados en las zonas fronterizas.

Art. 95. La calidad de colombiano enaltece a todos los miembros de la comunidad nacional. Todosestán en el deber de engrandecerla y dignificarla. El ejercicio de los derechos y libertadesreconocidos en esta Constitución implica responsabilidades. Toda persona esta obligada a

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cumplir la Constitución y las leyes.Son deberes de la persona y del ciudadano: 8. Proteger los recursos culturales y naturales delpaís y velar por la conservación de un ambiente sano.

Art. 330. De conformidad con la Constitución y las leyes, los territorios indígenas estarán gobernadospor consejos conformados y reglamentados según los usos y costumbres de sus comunidades yejercerán las siguientes funciones:1. Velar por la aplicación de las normas legales sobre usos del suelo y poblamiento de sus

territorios.2. Diseñar las políticas y los planes y programas de desarrollo económico y social dentro

de su territorio, en armonía con el Plan Nacional de Desarrollo.3. Promover las inversiones públicas en sus territorios y velar por su debida ejecución.4. Percibir y distribuir sus recursos.5. Velar por la preservación de los recursos naturales.6. Coordinar los programas y proyectos promovidos por las diferentes comunidades en su

territorio.7. Colaborar con el mantenimiento del orden público dentro de su territorio de acuerdo

con las instrucciones y disposiciones del Gobierno Nacional.8. Representar a los territorios ante el Gobierno Nacional y las demás entidades a las

cuales se integren; y9. Las que les señalen la Constitución y la ley.

PARAGRAFO. La explotación de los recursos naturales en los territorios indígenas se hará sindesmedro de la integridad cultural, social y económica de las comunidades indígenas. En lasdecisiones que se adopten respecto de dicha explotación, el Gobierno propiciará laparticipación de los representantes de las respectivas comunidades.

Art. 332. El Estado es propietario del subsuelo y de los recursos naturales no renovables, sin perjuicio delos derechos adquiridos y perfeccionados con arreglo a las leyes preexistentes.

Art. 334. La dirección general de la economía estará a cargo del Estado. Este intervendrá, por mandatode la ley, en la explotación de los recursos naturales, en el uso del suelo, en la producción,distribución, utilización y consumo de los bienes, y en los servicios públicos y privados, pararacionalizar la economía con el fin de conseguir el mejoramiento de la calidad de vida de loshabitantes, la distribución equitativa de las oportunidades y los beneficios del desarrollo y lapreservación de un ambiente sano.El Estado, de manera especial, intervendrá para dar pleno empleo a los recursos humanos yasegurar que todas las personas, en particular las de menores ingresos, tengan acceso efectivo alos bienes y servicios básicos. También para promover la productividad y la competitividad y edesarrollo armónico de las regiones.

Art. 360. La ley determinará las condiciones para la explotación de los recursos naturales no renovablesasí como los derechos de las entidades territoriales sobre los mismos.La explotación de un recurso natural no renovable causará a favor del Estado, unacontraprestación económica a título de regalía, sin perjuicio de cualquier otro derecho ocompensación que se pacte.Los departamentos y municipios en cuyo territorio se adelanten explotaciones de recursosnaturales no renovables, así como los puertos marítimos y fluviales por donde se transportendichos recursos o productos derivados de los mismos, tendrán derecho a participar en lasregalías y compensaciones.

Art. 361. Los ingresos provenientes de las regalías que no sean asignados a los departamentos,municipios y distritos productores y portuarios, y a Cormagdalena, se destinarán a las entidades

territoriales, en los términos que señale la ley.Estos fondos se aplicarán así: el 56% a la ampliación de la cobertura con calidad en educaciónpreescolar, básica y media. El 36% para agua potable y saneamiento básico, el 7% para elFondo Nacional de Pensiones de las Entidades Territoriales, y el 1% para inversión en larecuperación del río Cauca.En la ejecución de estos recursos se dará prioridad a la participación de los destinados a laeducación.La ley, a iniciativa del Gobierno, reglamentará la materia.PARÁGRAFO TRANSITORIO.Serán respetados los recursos provenientes de regalías quese vincularon, por varias vigencias fiscales, para atender compromisos adquiridos por las

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entidades territoriales (Modificado por Ley 796 de 2003).

LEY 685 DE AGOSTO 15 DE 2001 Por la cual se expide el Código de Minas y se dictan otras disposiciones.

(Modificado por la Ley1382 de 2010 )

Art. 1º. OBJETIVOS. El presente Código tiene como objetivos de interés público fomentar laexploración técnica y la explotación de los recursos mineros de propiedad estatal y privada;estimular estas actividades en orden a satisfacer los requerimientos de la demanda interna yexterna de los mismos y a que su aprovechamiento se realice en forma armónica con losprincipios y normas de explotación racional de los recursos naturales no renovables y delambiente, dentro de un concepto integral de desarrollo sostenible y del fortalecimientoeconómico y social del país.

Art. 2º. AMBITO MATERIAL DEL CÓDIGO. El presente Código regula las relaciones jurídicasdel Estado con los particulares y las de estos entre sí, por causa de los trabajos y obras de laindustria minera en sus fases de prospección, exploración, construcción y montaje, explotaciónbeneficio, transformación, transporte y promoción de los minerales que se encuentren en elsuelo o el subsuelo, ya sean de propiedad nacional o de propiedad privada. Se excluyen laexploración y explotación de hidrocarburos líquidos y gaseosos que se regirán por lasdisposiciones especiales sobre la materia.

Art 3º. REGULACIÓN COMPLETA . Las reglas y principios consagrados en este Códigodesarrollan los mandatos del artículo 25, 80, del parágrafo del artículo 330 y los artículos 332334, 360 y 361 de la Constitución Nacional, en relación con los recursos mineros, en formacompleta, sistemática, armónica y con el sentido de especialidad y de aplicación preferente. Enconsecuencia, las disposiciones civiles y comerciales que contemplen situaciones y fenómenoregulados por este Código, sólo tendrán aplicación en asuntos mineros, por remisión directaque a ellos se haga en este Código o por aplicación supletoria a falta de normas expresas.Parágrafo. En todo caso, las autoridades administrativas a las que hace referencia este Códigono podrán dejar de resolver, por deficiencias en la ley, los asuntos que se les propongan en elámbito de su competencia. En este caso, acudirán a las normas de integración del derecho y, ensu defecto, a la Constitución Política.

Art. 5º. PROPIEDAD DE LOS RECURSOS MINEROS. Los minerales de cualquier clase yubicación, yacentes en el suelo o el subsuelo, en cualquier estado físico natural, son de laexclusiva propiedad del Estado, sin consideración a que la propiedad, posesión o tenencia delos correspondientes terrenos, sean de otras entidades públicas, de particulares o decomunidades o grupos.Quedan a salvo las situaciones jurídicas individuales, subjetivas y concretas provenientes detítulos de propiedad privada de minas perfeccionadas con arreglo a las leyes preexistentes.

Art. 13. UTILIDAD PÚBLICA . En desarrollo del artículo 58 de la Constitución Política, declárase deutilidad pública e interés social la industria minera en todas sus ramas y fases. Por tanto podrándecretarse a su favor, a solicitud de parte interesada y por los procedimientos establecidos eneste Código, las expropiaciones de la propiedad de los bienes inmuebles y demás derechosconstituidos sobre los mismos, que sean necesarios para su ejercicio y eficiente desarrollo.La expropiación consagrada en este artículo, en ningún caso procederá sobre los bienesadquiridos, construidos o destinados por los beneficiarios de un título minero, para su

exploración o explotación o para el ejercicio de sus correspondientes servidumbres. Art 14. T TULO MINERO. A partir de la vigencia de este Código, únicamente se podrá constituir,declarar y probar el derecho a explorar y explotar minas de propiedad estatal, mediante elcontrato de concesión minera, debidamente otorgado e inscrito en el Registro MineroNacional.Lo dispuesto en el presente artículo deja a salvo los derechos provenientes de las licencias deexploración, permisos o licencias de explotación, contratos de explotación y contratoscelebrados sobre áreas de aporte, vigentes al entrar a regir este Código. Igualmente quedan asalvo las situaciones jurídicas individuales, subjetivas y concretas provenientes de títulos depropiedad privada de minas perfeccionadas antes de la vigencia del presente estatuto.

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Art. 31. RESERVAS ESPECIALES. El Gobierno Nacional por motivos de orden social oeconómico determinados en cada caso, de oficio o por solicitud expresa de la comunidadminera, en aquellas áreas en donde existan explotaciones tradicionales de minería informal,delimitará zonas en las cuales temporalmente no se admitirán nuevas propuestas, sobre todos oalgunos minerales. Su objeto será adelantar estudios geológico-mineros y desarrollar proyectosmineros estratégicos para el país destinados a determinar las clases de proyectos minerosespeciales y su puesta en marcha. En todo caso, estos estudios geológico-mineros y la iniciaciónde los respectivos proyectos no podrán tardar más de dos (2) años. La concesión sólo seotorgará a las mismas comunidades que hayan ejercido las explotaciones mineras tradicionalesasí hubiere solicitud de terceros. Todo lo anterior sin perjuicio de los títulos mineros vigentes,otorgados o reconocidos.

Art. 31adicionado por el Art. 2de la Ley1382 de 2010

Ley 1382 de 2010 ARTÍCULO 2º. Adiciónase al artículo 31 de la Ley 685 de 2001,Código de Minas, con los siguientes incisos:La Autoridad Minera también podrá delimitar otras áreas especiales que se encuentren libres,sobre las cuales, de conformidad con la información geológica existente, se puede adelantar unproyecto minero de gran importancia para el país, con el objeto de otorgarlas en contrato deconcesión a través de un proceso de selección objetiva, a quien ofrezca mejores condicionestécnicas, económicas, sociales y ambientales para el aprovechamiento del recurso. Dentro deestos procesos la Autoridad Minera establecerá las contraprestaciones económicas, además delas regalías previstas por la ley, que los proponentes deban ofrecer. Las áreas que no hubieren

sido otorgadas dentro del término de tres (3) años contados a partir de la delimitación del área,quedarán libres para ser otorgadas bajo el régimen de concesión regulado por este Código. La Autoridad Minera señalará el procedimiento general, así como las condiciones y requisitos paraescoger al titular minero en cada caso.La Autoridad Minera a través de los medios de comunicación hablado y escrito informará a losinteresados sobre las concesiones a licitar de que habla el presente artículo.Ingeominas como Autoridad Geológica en minería podrá delimitar áreas especiales, que seencuentren libres sobre las cuales no se recibirán ni se otorgarán títulos mineros, pero serespetarán los existentes, con el fin de que se adelanten procesos para entregar el área hasta porcinco (5) años a quien ofrezca un mejor programa de evaluación técnica geológica de dicha áreabajo los términos y condiciones que establezca la Autoridad Minera. Quien obtenga uncontrato de Evaluación Técnica una vez terminado, tiene la primera opción para contratar conla Autoridad Minera el área bajo contrato de concesión en los términos que prevé este Código.Las empresas que hayan sido objeto de incumplimiento de obligaciones del contrato original,declarado el incumplimiento por la Autoridad Minera, no tendrán la capacidad para competiren los contratos mineros, de que trata este artículo.La delimitación de la que habla el presente artículo será reglamentada de manera previa por la Autoridad Minera.

Art. 32. LAS ÁREAS LIBRES. Las áreas objeto de las reservas especiales que no hubieren quedado vinculadas a los programas y proyectos mineros comunitarios, quedarán libres para serotorgadas a los terceros proponentes, bajo el régimen ordinario de concesión regulado por esteCódigo.

Art. 33. ZONAS DE SEGURIDAD NACIONAL.El Gobierno Nacional podrá establecer sólo porrazones de seguridad nacional, zonas dentro de las cuales no podrán presentarse propuestas nicelebrarse contratos de concesión sobre todos o determinados minerales. Esta reserva tendrá vigencia mientras, a juicio del Gobierno, subsistan las circunstancias que hubieren motivado suestablecimiento. En caso de ser abolida o modificada dicha reserva, en el mismo acto se

determinará la forma como los particulares, en igualdad de condiciones, pueden presentarpropuestas para contratar la exploración y explotación de las áreas, bajo el régimen ordinario deconcesión.

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Art. 34modificadopor el Art. 3de la Ley1382 de2010

Ley 1382 de 2010 ARTÍCULO 3º. El artículo 34 de la Ley 685 de 2001 quedará así:ZONAS EXCLUIBLES DE LA MINERÍA. No podrán ejecutarse trabajos y obras deexploración y explotación mineras en zonas declaradas y delimitadas conforme a lanormatividad vigente como de protección y desarrollo de los recursos naturales renovables odel ambiente. Las zonas de exclusión mencionadas serán las que han sido constituidas y las que se constituyanconforme a las disposiciones vigentes, como áreas que integran el sistema de parquesnacionales naturales, parques naturales de carácter regional, zonas de reserva forestal protectoray demás zonas de reserva forestal, ecosistemas de páramo y los humedales designados dentrode la lista de importancia internacional de la Convención Ramsar. Estas zonas para producirestos efectos, deberán ser delimitadas geográficamente por la autoridad ambiental con base enestudios técnicos, sociales y ambientales.

Los ecosistemas de páramo se identificarán de conformidad con la información cartográficaproporcionada por el Instituto de Investigación Alexánder Von Humboldt.No obstante lo anterior, las áreas de reserva forestal creadas por la Ley 2ª de 1959 y las áreas dereserva forestales regionales, podrán ser sustraídas por la autoridad ambiental competente. Laautoridad minera al otorgar el título minero deberá informar al concesionario que se encuentraen área de reserva forestal y por ende no podrá iniciar las actividades mineras hasta tanto la Autoridad Ambiental haya sustraído el área. Para este efecto, el concesionario minero deberá

presentar los estudios que demuestren la adecuada coexistencia de las actividades mineras conlos objetivos del área forestal.

Efectuada la sustracción, la autoridad minera en concordancia con las determinacionesambientales establecidas, fijará las condiciones para que las actividades de exploración yexplotación propuestas se desarrollen en forma restringida o sólo por determinados métodos ysistemas, de tal forma que no afecten los objetivos del área de reserva forestal no sustraída.El Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial establecerá los requisitos y elprocedimiento para la sustracción a que se refiere el inciso anterior. Igualmente establecerá lascondiciones en que operará la sustracción temporal en la etapa de exploración.

PARÁGRAFO 1º. En caso que a la entrada en vigencia de la presente ley se adelantenactividades de construcción, montaje o explotación minera con título minero y licenciaambiental o su equivalente en áreas que anteriormente no estaban excluidas, se respetará talesactividades hasta su vencimiento, pero estos títulos no tendrán opción de prórroga.

PARÁGRAFO 2º. El Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial una vezentrada en vigencia la presente ley, en un término de cinco años, redelimitará las zonas dereserva forestal de Ley 2ª de 1959; en cuanto a cuáles son protectoras y cuáles no procurando laparticipación de la autoridad minera y de los demás interesados en dicho proceso.

PARÁGRAFO 3º. Para la declaración de las zonas de exclusión de que trata el presenteartículo se requerirá un concepto previo no vinculante del Ministerio de Minas y Energía.

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Art. 35. ZONAS DE MINERÍA RESTRINGIDA . Podrán efectuarse trabajos y obras deexploración y de explotación de minas en las siguientes zonas y lugares, con las restriccionesque se expresan a continuación:a) Dentro del perímetro urbano de las ciudades o poblados, señalado por los acuerdosmunicipales adoptados de conformidad con las normas legales sobre régimen municipal, salvoen las áreas en las cuales estén prohibidas las actividades mineras de acuerdo con dichasnormas;b) En las áreas ocupadas por construcciones rurales, incluyendo sus huertas, jardines y solaresanexos, siempre y cuando se cuente con el consentimiento de su dueño o poseedor y no hayapeligro para la salud e integridad de sus moradores;c) En las zonas definidas como de especial interés arqueológico, histórico o cultural siempre ycuando se cuente con la autorización de la autoridad competente;d) En las playas, zonas de bajamar y en los trayectos fluviales servidos por empresas públicas dtransporte y cuya utilización continua haya sido establecida por la autoridad competente, si estaautoridad, bajo ciertas condiciones técnicas y operativas, que ella misma señale, permitepreviamente que tales actividades se realicen en dichos trayectos;e) En las áreas ocupadas por una obra pública o adscritas a un servicio público siempre ycuando:i. Cuente con el permiso previo de la persona a cuyo cargo estén el uso y gestión de la obra oservicio;

ii. que las normas aplicables a la obra o servicio no sean incompatibles con la actividad minerapor ejecutarse yiii. que el ejercicio de la minería en tales áreas no afecte la estabilidad de las construcciones einstalaciones en uso de la obra o servicio.f) En las zonas constituidas como zonas mineras indígenas siempre y cuando lascorrespondientes autoridades comunitarias, dentro del plazo que se les señale, no hubierenejercitado su derecho preferencial a obtener el título minero para explorar y explotar, conarreglo a lo dispuesto por el Capítulo XIV de este Código;g) En las zonas constituidas como zonas mineras de comunidades negras siempre y cuando lascorrespondientes autoridades comunitarias, dentro del plazo que se les señale, no hubierenejercitado su derecho preferencial a obtener el título minero para explorar y explotar, conarreglo a lo dispuesto por el Capítulo XIV de este Código;h) En las zonas constituidas como zonas mineras mixtas siempre y cuando las correspondientesautoridades comunitarias, dentro del plazo que se les señale, no hubieren ejercitado su derechopreferencial a obtener el título minero para explorar y explotar, con arreglo a lo dispuesto por elCapítulo XIV de este Código.Una vez consultadas las entidades a que se refiere este artículo, los funcionarios a quienes seformule la correspondiente solicitud deberán resolverla en el término improrrogable de treinta(30) días, so pena de incurrir en falta disciplinaria. Pasado este término la autoridad competenteresolverá lo pertinente.

Art. 36. EFECTOS DE LA EXCLUSIÓN O RESTRICCIÓN. En los contratos de concesión seentenderán excluidas o restringidas de pleno derecho, las zonas, terrenos y trayectos en loscuales, de conformidad con los artículos anteriores, está prohibida la actividad minera o seentenderá condicionada a la obtención de permisos o autorizaciones especiales. Esta exclusióno restricción no requerirá ser declarada por autoridad alguna, ni de mención expresa en losactos y contratos, ni de renuncia del proponente o concesionario a las mencionadas zonas yterrenos. Si de hecho dichas zonas y terrenos fueren ocupados por obras o labores del

concesionario, la autoridad minera ordenará su inmediato retiro y desalojo, sin pago,compensación o indemnización alguna por esta causa. Lo anterior, sin perjuicio de lasactuaciones que inicien las autoridades competentes en cada caso cuando a ello hubiere lugar.

Art 37. PROHIBICIÓN LEGAL. Con excepción de las facultades de las autoridades nacionales yregionales que se señalan en los artículos 34 y 35 anteriores, ninguna autoridad regional,seccional o local podrá establecer zonas del territorio que queden permanente otransitoriamente excluidas de la minería.Esta prohibición comprende los planes de ordenamiento territorial de que trata el siguienteartículo.

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Art. 38. Adicionado por la Ley1382 de 2010

ORDENAMIENTO TERRITORIAL. En la elaboración, modificación y ejecución de losplanes de ordenamiento territorial, la autoridad competente se sujetará a la informacióngeológico-minera disponible sobre las zonas respectivas, así como lo dispuesto en el presenteCódigo sobre zonas de reservas especiales y zonas excluibles de la minería. ARTÍCULO 4º. Adiciónase el artículo 38 de la Ley 685 de 2001, Código de Minas, conlos siguientes incisos:El Ministerio de Minas y Energía elaborará, dentro de los tres (3) años siguientes a la vigenciade la presente ley, el Plan Nacional de Ordenamiento Minero. En cuya elaboración y adopcióndeberá tener en cuenta las políticas, normas, determinantes y directrices establecidas en materiaambiental y de ordenamiento del territorio, expedidas por el Ministerio de Ambiente, Vivienday Desarrollo territorial.El Plan Nacional de Ordenamiento Minero se deberá coordinar con el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, dados los efectos sobre el ambiente, la localización de lapoblación y las posibilidades de uso ambiental del suelo. En todo caso el Plan Nacional deOrdenamiento Minero incluirá un análisis ambiental estratégico del territorio.

Art. 85. ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL. Simultáneamente con el Programa de Trabajos yObras deberá presentarse el estudio que demuestre la factibilidad ambiental de dicho programa.Sin la aprobación expresa de este estudio y la expedición de la Licencia Ambientalcorrespondiente no habrá lugar a la iniciación de los trabajos y obras de explotación minera.Las obras de recuperación geomorfológica, paisajística y forestal del ecosistema alterado serán

ejecutados por profesionales afines a cada una de estas labores. Dicha licencia con lasrestricciones y condicionamientos que imponga al concesionario, formarán parte de susobligaciones contractuales.

Art. 86. CORRECCIONES. Si la autoridad concedente encontrare deficiencias u omisiones de fondoen el Programa de Trabajo y Obras o la autoridad ambiental en el Estudio de Impacto Ambiental, que no pudiere corregirse o adicionarse de oficio, se ordenarán hacerlo alconcesionario. Las observaciones y correcciones deberán puntualizarse en forma completa ypor una sola vez.No habrá lugar a pedir correcciones o adiciones de simple forma o que no incidan en el llenode los requisitos y elementos sustanciales del Programa de Trabajo y Obras y del Estudio deImpacto Ambiental o que no impidan establecer y valorar sus componentes.

Art. 94. EXPLOTACI N ANTICIPADA Si el concesionario optare por iniciar una explotaciónanticipada utilizando obras, instalaciones y equipos provisionales, o las partes disponibles de laobras e instalaciones definitivas, deberá presentar un Programa de Trabajos y Obras anticipado,una descripción abreviada de los montajes que vaya a utilizar y dar aviso de la iniciación dedicha explotación. Todo, sin perjuicio de tener oportunamente establecidas las obras einstalaciones definitivas.

Art. 107. OBLIGACIONES AMBIENTALES En todos los programas de operaciones conjuntas deque tratan las disposiciones anteriores, los concesionarios y demás beneficiarios de los títulosincluidos en tales programas serán solidariamente responsables de las obligaciones ambientalescorrespondientes.

Art. 173. UTILIZACIÓN DE RECURSOS NATURALES RENOVABLES. El uso de recursosnaturales renovables, existentes en terrenos de cualquier clase requerirá autorización de laautoridad ambiental competente.

CAPITULO XX. ASPECTOS AMBIENTALES.

Art. 194. SOSTENIBILIDAD. El deber de manejar adecuadamente los recursos naturales renovables yla integridad y disfrute del ambiente, es compatible y concurrente con la necesidad de fomentary desarrollar racionalmente el aprovechamiento de los recursos mineros como componentesbásicos de la economía nacional y el bienestar social. Este principio deberá inspirar la adopcióny aplicación de las normas, medidas y decisiones que regulan la interacción de los dos camposde actividad, igualmente definidos por la ley como de utilidad pública e interés social.

Art 195. INCLUSIÓN DE LA GESTIÓN AMBIENTAL. Para todas las obras y trabajos de mineríaadelantados por contrato de concesión o por un título de propiedad privada del subsuelo, se

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incluirán en su estudio, diseño, preparación y ejecución, la gestión ambiental y sus costos, comoelementos imprescindibles para ser aprobados y autorizados.En ningún caso la autoridad ambiental podrá otorgar permisos, concesiones, autorizaciones olicencias de orden ambiental, para obras y trabajos no amparados por un título minero.

Art. 196. EJECUCIÓN INMEDIATA. Las disposiciones legales y reglamentarias de orden ambientalson de aplicación general e inmediata para todas las obras y labores mineras a las que les seanaplicables.

Art. 197. CONSTITUCIÓN Y EJERCICIO DEL DERECHO. La celebración y perfeccionamientodel contrato de concesión y su inscripción en el Registro Minero Nacional, se regulan por lasdisposiciones de este Código. Para el ejercicio emanado de dicho contrato, antes de la iniciacióny ejecución de obras y labores materiales de explotación, será necesario cumplir con losrequisitos y condiciones de orden ambiental previstos en el presente Capítulo y en lo noprevisto en el mismo, en las normas ambientales generales.

Art. 198. MEDIOS E INSTRUMENTOS AMBIENTALES. Los medios e instrumentos paraestablecer y vigilar las labores mineras por el aspecto ambiental, son los establecidos por lanormatividad ambiental vigente para cada etapa o fase de las mismas, a saber, entre otros:Planes de Manejo Ambiental, Estudio de Impacto Ambiental, Licencia Ambiental, permisos oconcesiones para la utilización de recursos naturales renovables, Guías Ambientales yautorizaciones en los casos en que tales instrumentos sean exigibles.

Art 199. ADOPCI N DE T RMINOS Y GU AS. Las autoridades ambiental y minera en formaconcertada, adoptarán, términos de referencia normalizados, aplicables en la elaboración,presentación y aprobación de los estudios de orden ambiental para el sector de la minería, asícomo la expedición de guías técnicas para adelantar la gestión ambiental en los proyectosmineros, y procedimientos de seguimiento y evaluación para el ejercicio de la fiscalización, través de los auditores ambientales determinados en el artículo 216. Tales términos, guías y procedimientos tendrán como objeto facilitar y agilizar las actuacionede las autoridades y de los particulares. La no sujeción a ellos, en cuestiones simplementeformales, no dará lugar al rechazo o dilación de la correspondiente solicitud, estudio o decisión.

Art. 200. PRINCIPIO DE LA SIMULTANEIDAD. Los estudios y trabajos de exploración técnica ylos de viabilidad ambiental de la explotación objeto del título minero, se ejecutarán en formasimultánea y coordinada procurando su mayor celeridad y eficacia.

Art. 201. REQUISITOS PARA LA PROSPECCIÓN. La prospección minera no requiere deautorización o permiso alguno de orden ambiental. Sin embargo, cuando haya de efectuarse enzonas o lugares señalados como reservas naturales en el artículo 34 de este Código, se someteráa las reglas y restricciones que en dichas zonas o lugares rijan para los trabajos e investigacionecientíficas. Lo aquí dispuesto también se aplicará a las investigaciones del subsuelo queadelanten los organismos y entidades estatales que tienen asignadas esas funciones.

Art. 202. GARANTÍA . Al celebrarse el contrato de concesión y constituirse la garantía decumplimiento, con esta quedarán aseguradas, además de las obligaciones mineras las de carácteambiental.

Art 203.Derogado Art 203. USO DE RECURSOS. (Artículo derogado por el artículo 31de la Ley 1382 de2010) Cuando en desarrollo de los trabajos de exploración se requiera usar en forma ocasionalo transitoria, recursos naturales renovables de la zona explorada, se autorizará dicho uso por lacorrespondiente autoridad ambiental.

Art. 204. ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL. Con el Programa de Obras y Trabajos Minerosque resultare de la exploración, el interesado presentará, el Estudio de Impacto Ambiental de suproyecto minero. Este estudio contendrá los elementos, informaciones, datos yrecomendaciones que se requieran para describir y caracterizar el medio físico, social yeconómico del lugar o región de las obras y trabajos de explotación; los impactos de dichasobras y trabajos con su correspondiente evaluación; los planes de prevención, mitigación,

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corrección y compensación de esos impactos; las medidas específicas que se aplicarán para eabandono y cierre de los frentes de trabajo y su plan de manejo; las inversiones necesarias y lossistemas de seguimiento de las mencionadas medidas. El Estudio se ajustará a los términos dereferencia y guías ambientales previamente adoptadas por la autoridad ambiental enconcordancia con el artículo 199 del presente Código.

Art. 205Modificado por la Ley1382 de 2010

Ley 1382 de 2010 Art. 13. Modifíquese el artículo 205 del Código de Minas, Ley 685 de2001, El artículo quedara así: Art. 205. LICENCIA AMBIENTAL. Con base en el Estudiode Impacto Ambiental, la autoridad competente otorgará o no la Licencia Ambiental para laconstrucción, el montaje, la exploración cuando requiera la construcción de vías que a su vezdeban tramitar licencia ambiental, la explotación objeto del contrato y el beneficio y para laslabores adicionales de exploración durante la etapa de explotación. Dicha autoridad podráfundamentar su decisión en el concepto que al Estudio de Impacto Ambiental hubiere dado unauditor externo en la forma prevista en el artículo 216 del presente Código.

Art. 206Modificado por la Ley1382 de 2010

Ley 1382 de 2010 Art. 14. Modifíquese el artículo 206 del Código de Minas, Ley 685 de2001, El artículo quedara así: Art 206. REQUISITO AMBIENTAL. Para las obras y trabajosde la explotación temprana, el interesado deberá obtener Licencia Ambiental, queposteriormente podrá, a juicio de la autoridad ambiental, ser modificada para amparar lostrabajos definitivos de explotación con el lleno de los requisitos legales.

Art. 207. CLASE DE LICENCIA . La Licencia Ambiental para las obras y trabajos del concesionario seotorgará de manera global para la construcción, montaje, explotación, beneficio y transporteinterno de los correspondientes minerales. La Licencia Ambiental comprenderá los permisos,autorizaciones y concesiones de carácter ambiental para hacer uso de los recursos necesarios enel proyecto minero. La vigencia de dichos permisos y concesiones será igual a la de la Licenci Ambiental.

Art. 208. VIGENCIA DE LA LICENCIA AMBIENTAL. La Licencia Ambiental tendrá vigenciadesde su expedición hasta el vencimiento definitivo de la concesión minera, incluyendo susprórrogas. En caso de terminar la concesión en forma anticipada por caducidad, renuncia,mutuo acuerdo o imposibilidad de ejecución, también terminará dicha licencia.

Art. 209. OBLIGACIONES EN EL CASO DE TERMINACIÓN. En todos los casos determinación del título, el beneficiario estará obligado a hacer las obras y poner en práctica todaslas medidas ambientales necesarias para el cierre o abandono de las operaciones y frentes detrabajo. Para el efecto se le exigirá la extensión de la garantía ambiental por tres (3) años más apartir de la fecha de terminación del contrato.

Art. 210. MODIFICACIONES. A solicitud del interesado la Licencia Ambiental, el Plan de Manejo Ambiental, la Guía Ambiental o el instrumento alternativo al licenciamiento ambientalseleccionado, podrán modificarse por expansión o modificación de las obras, trabajos yprocesos de producción o por la necesidad de sustituir o modificar en forma significativa lasmedidas de prevención, control, conservación, rehabilitación y sustitución ambientalestablecidas.

Art. 211.Derogado

REVOCACIÓN DE LA LICENCIA (Derogado por la Ley 1382 de 2010)

Art. 212Modificado por la Ley1382 de 2010

Ley 1382 de 2010 Art. 15. Modifíquese el Art. 212. ESTUDIOS Y LICENCIASCONJUNTAS. El nuevo texto es el siguiente: Los beneficiarios de áreas vecinas o aledañas,estén o no incluidas en un plan conjunto de exploración y explotación, podrán realizar, si así lorequieren, el Estudio de Impacto Ambiental ordenado en este Código, para las obras deinfraestructura, el montaje y la explotación de dichas áreas, en forma conjunta si esta fuereexigible. Si las condiciones y características de dichas áreas fueren homogéneas o similarespodrán pedir además el otorgamiento de una Licencia Ambiental Conjunta. La gestiónambiental incluida en la Licencia, podrá contener medidas específicas acordes con la ubicaciónsingular y concreta del área de cada concesión. En este caso, los beneficiarios deberán

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responder solidariamente por el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la licencia.

Art. 213.Derogado

DECISIÓN SOBRE LA LICENCIA . (Derogado por la Ley 1382 de 2010)

Art. 216. AUDITORÍAS AMBIENTALES EXTERNAS. Los Ministerios del Medio Ambiente y deMinas y Energía adoptarán en el término de dos (2) años, contados a partir de la vigencia delpresente Código, procedimientos que permitan autorizar a profesionales o firmas dereconocida idoneidad e inscritas y calificadas ante el Ministerio del Medio Ambiente para queseleccionados por los usuarios y a su costa, hagan la auditoría y el seguimiento de la maneracomo se cumplan las obligaciones ambientales en los correspondientes contratos de concesión.Dichos profesionales y firmas serán solo auxiliares de la autoridad ambiental que, para estosefectos, conservará su autonomía y facultad decisoria.

El Ministerio del Medio Ambiente, una vez definidos los procedimientos indicados, estableceráun registro único de auditores ambientales externos. Ninguna persona natural o jurídica podráser acogida para el ejercicio de las actuaciones indicadas, sin estar previamente inscrita en esteregistro.

LEY 99 DE 1993Creación del Ministerio de Medio Ambiente, se ordena el Sistema Nacional Ambiental y sdictan otras disposiciones.

Art. 1. PRINCIPIOS GENERALES AMBIENTALES. La Política ambiental colombiana seguirálos siguientes principios generales:

1. El proceso de desarrollo económico y social del país se orientará según los principiosuniversales y del desarrollo sostenible contenidos en la Declaración de Río de Janeirode junio de 1992 sobre Medio Ambiente y Desarrollo.

2. La biodiversidad del país, por ser patrimonio nacional y de interés de la humanidad,deberá ser protegida prioritariamente y aprovechada en forma sostenible.

3. Las políticas de población tendrán en cuenta el derecho de los seres humanos a una vida saludable y productiva en armonía con la naturaleza.4. Las zonas de páramos, subpáramos, los nacimientos de agua y las zonas de recarga deacuíferos serán objeto de protección especial.

5. En la utilización de los recursos hídricos, el consumo humano tendrá prioridad sobrecualquier otro uso.

6. La formulación de las políticas ambientales tendrá en cuenta el resultado del procesode investigación científica. No obstante, las autoridades ambientales y los particularesdarán aplicación al principio de precaución conforme al cual, cuando exista peligro dedaño grave e irreversible, la falta de certeza científica absoluta no deberá utilizarsecomo razón para postergar la adopción de medidas eficaces para impedir ladegradación del medio ambiente.

7. El Estado fomentará la incorporación de los costos ambientales y el uso deinstrumentos económicos para la prevención, corrección y restauración deldeterioro ambiental y para la conservación de los recursos naturalesrenovables.

8. El paisaje por ser patrimonio común deberá ser protegido.9. La prevención de desastres será materia de interés colectivo y las medidas tomadas

para evitar o mitigar los efectos de su ocurrencia serán de obligatorio cumplimiento.10. La acción para la protección y recuperación ambientales del país es una tarea conjunta

y coordinada entre el Estado, la comunidad, las organizaciones no gubernamentales yel sector privado. El Estado apoyará e incentivará la conformación de organismos nogubernamentales para la protección ambiental y podrá delegar en ellos algunas de susfunciones.

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11. Los estudios de impacto ambiental serán el instrumento básico para la tomade decisiones respecto a la construcción de obras y actividades que afectensignificativamente el medio ambiente natural o artificial.

12. El manejo ambiental del país, conforme a la Constitución Nacional, serádescentralizado, democrático, y participativo.

13. Para el manejo ambiental del país, se establece un Sistema Nacional Ambiental, SINA,cuyos componentes y su interrelación definen los mecanismos de actuación delEstado y la sociedad civil.

14. Las instituciones ambientales del Estado se estructurarán teniendo como basecriterios de manejo integral del medio ambiente y su interrelación con los procesos deplanificación económica, social y física.

Art. 2º. CREACIÓN Y OBJETIVOS DEL MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE. Créaseel Ministerio del Medio Ambiente como organismo rector de la gestión del medio ambiente yde los recursos naturales renovables, encargado de impulsar una relación de respeto y armoníadel hombre con la naturaleza y de definir, en los términos de la presente ley, las políticas yregulaciones a las que se sujetarán la recuperación, conservación, protección, ordenamiento,manejo, uso y aprovechamiento de los recursos naturales renovables y el medio ambiente de laNación, a fin de asegurar el desarrollo sostenible.El Ministerio del Medio Ambiente formulará, junto con el Presidente de la República ygarantizando la participación de la comunidad, la política nacional ambiental y de recursos

naturales renovables, de manera que se garantice el derecho de todas las personas a gozar de unmedio ambiente sano y se proteja el patrimonio natural y la soberanía de la Nación.Corresponde al Ministerio del Medio Ambiente coordinar el Sistema Nacional Ambiental,SINA, que en esta Ley se organiza, para asegurar la adopción y ejecución de las políticas y delos planes, programas y proyectos respectivos, en orden a garantizar el cumplimiento de losdeberes y derechos del Estado y de los particulares en relación con el medio ambiente y con elpatrimonio natural de la Nación.

Art. 3. DEL CONCEPTO DE DESARROLLO SOSTENIBLE. Se entiende por desarrollosostenible el que conduzca al crecimiento económico, a la elevación de la calidad de la vida y abienestar social, sin agotar la base de recursos naturales renovables en que se sustenta, nideteriorar el medio ambiente o el derecho de las generaciones futuras a utilizarlo para lasatisfacción de sus propias necesidades.

Art. 4. SISTEMA NACIONAL AMBIENTAL –SINA-.El Sistema Nacional Ambiental –SINA-es el conjunto de orientaciones, normas, actividades, recursos, programas e instituciones quepermiten la puesta en marcha de los principios generales ambientales contenidos en esta ley.Estará integrado por los siguientes componentes:

1. Los principios y orientaciones generales contenidos en la Constitución Nacional, enesta ley y en la normatividad ambiental que la desarrolle.

2. La normatividad específica actual que no se derogue por esta ley y la que se desarrolleen virtud de la ley.

3. Las entidades del Estado responsables de la política y de la acción ambiental,señaladas en la ley.

4. Las organizaciones comunitarias y no gubernamentales relacionadas con laproblemática ambiental.

5. Las fuentes y recursos económicos para el manejo y la recuperación del medioambiente.

6. Las entidades públicas, privadas o mixtas que realizan actividades de producción de

información, investigación científica y desarrollo tecnológico en el campo ambiental.7. El Gobierno Nacional reglamentará la organización y funcionamiento del SistemaNacional Ambiental –SINA-.

Parágrafo.- Para todos los efectos la jerarquía en el Sistema Nacional Ambiental –SINA-seguirá el siguiente orden descendente: Ministerio del Medio Ambiente, Corporaciones Autónomas Regionales, departamentos y distritos o municipios.

Art. 7. DEL ORDENAMIENTO AMBIENTAL DEL TERRITORIO. Se entiende porordenamiento ambiental del territorio para los efectos previstos en la presente ley, la funciónatribuida al Estado de regular y orientar el proceso de diseño y planificación de uso delterritorio y de los recursos naturales renovables de la nación, a fin de garantizar su adecuada

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explotación y su desarrollo sostenible. Art. 49. DE LA OBLIGATORIEDAD DE LA LICENCIA AMBIENTAL. La ejecución de

obras, el establecimiento de industrias o el desarrollo de cualquier actividad, que deacuerdo con la Ley y los reglamentos, pueda producir deterioro grave a los recursosnaturales renovables o al medio ambiente o introducir modificaciones considerables onotorias al paisaje requerirán de una Licencia Ambiental.

Ley 388 de 1997. Ley de Ordenamiento Territorial.

Art. 1º. OBJETIVOS.La presente ley tiene por objetivos: 1. Armonizar y actualizar las disposiciones contenidas en la Ley 9ª. De 1989 con las

nuevas normas establecidas en la Constitución Política, la Ley Orgánica del Plan deDesarrollo, la Ley Orgánica de Áreas Metropolitanas y la Ley por la que se crea elSistema Nacional Ambiental.

2. El establecimiento de los mecanismos que permitan al municipio, en ejercicio de suautonomía, promover el ordenamiento de su territorio, el uso equitativo y racional delsuelo, la preservación y defensa del patrimonio ecológico y cultural localizado en suámbito territorial y la prevención de desastres en asentamientos de alto riesgo, asícomo la ejecución de acciones urbanísticas eficientes.

Art. 2º. PRINCIPIOS.El ordenamiento del territorio se fundamenta en los siguientes principios:1. La función social y ecológica de la propiedad.2. La prevalencia del interés general sobre el particular3. La distribución equitativa de las cargas y los beneficios.

Art. 3º. FUNCI N P BLICA DEL URBANISMOS.El ordenamiento del territorio constituye ensu conjunto unafunción pública, para el cumplimiento de los siguientes fines:

1. Posibilitar a los habitantes el acceso a las vías públicas, infraestructuras de transporte ydemás espacios públicos, y su destinación al uso común, y hacer efectivos losderechos constitucionales de la vivienda y los servicios públicos domiciliarios.

2. Atender los procesos de cambio en el uso del suelo y adecuarlo en aras del interéscomún, procurando su utilización racional en armonía con la función social de la

propiedad a la cual le es inherente una función ecológica, buscando el desarrollosostenible.3. Propender por el mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes, la distribución

equitativa de las oportunidades y los beneficios del desarrollo y la preservación delpatrimonio cultural y natural.

4. Mejorar la seguridad de los asentamientos humanos ante los riesgos naturales. Art. 6º. OBJETO.El ordenamiento del territorio municipal y distrital tiene por objeto complementar

la planificación económica y social con la dimensión territorial, racionalizar las intervencionesobre el territorio y orientar su desarrollo y aprovechamiento sostenible, mediante:

1. La definición de las estrategias territoriales de uso, ocupación y manejo del suelo, enfunción de los objetivos económicos, sociales, urbanísticos y ambientales.

2. El diseño y adopción de los instrumentos y procedimientos de gestión y actuación quepermitan ejecutar actuaciones urbanas integrales y articular las actuaciones sectorialesque afectan la estructura del territorio municipal o distrital.

3. La definición de los programas y proyectos que concretan estos propósitos.El ordenamiento del territorio municipal y distrital se hará tomando en consideración lasrelaciones intermunicipales, metropolitanas y regionales; deberá atender las condiciones dediversidad étnica y cultural, reconociendo el pluralismo y el respeto a la diferencia; eincorporará instrumentos que permitan regular las dinámicas de transformación territorial demanera que se optimice la utilización de los recursos naturales y humanos para el logro decondiciones de vida dignas para la población actual y las generaciones futuras.

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ANEXO 2DISTRITOS MINEROS EXISTENTES EN LA ACTUALIDAD18

Mapa : Distritos mineros 2009. Fuente. UPME-SIMCO

18 En este anexo se trascriben o resumen algunos apartados importantes que sitúan los 38 Distritos Mineros que existen enla actualidad. La información ha sido tomada de lasEvaluac iones Ambienta les Es t ra tég icas que cada Distrito harealizado o se encuentra realizando. Para efectos del presente mapeo de actores, sólo se hace referencia a algunos aspectosgeoeconómicos y ambientales de los 38 documentos consultados. Estos se encuentran en el sitio Web del Ministerio deMinas y Energía en la siguiente Dirección Electrónica:http://www.distritosmineros.gov.co/apps/pt/index.php/eae/consultas/ Última consulta realizada el día 16 de noviembrede 2010.

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Distrito Minero de AmagáFecha de creación: 2009-01-15

Localización y caracterización ambiental Mineralesrepresentativos, usos y

principal destinoEl Distrito Minero de Amagá está conformado por los municipios de Amagá Angelópolis, Fredonia, Titiribí, y Venecia, territorio definido tradicionalmentecomo la Cuenca Carbonífera del Sinifaná que cuenta con una riqueza geológicay en biodiversidad que le brinda la fortaleza a su minería, la agroindustria y elturismo; de lo que se deriva su modelo económico basado en la actividad rural.Se encuentra ubicado en la parte media de la subregión natural Cañón del ríoCauca, la cual se extiende desde la zona limítrofe de los departamentos deRisaralda y Valle hasta el norte de Antioquia, y está conformada por las vertientes que drenan hacia su cauce. Está caracterizado por vertientesprolongadas de pendientes moderadas limitadas por escarpes estructuralesasociados con los contactos de la Formación Combia con las rocassedimentarias de la Formación Amagá, con presencia de cerros y farallonesemergentes, tales como los cerros Bravo y Tusa y los Farallones de La Pintada.Geomorfologicamente en la zona se distinguen vertientes erosionables conelevaciones que varían entre los 500 y 4080 m.s.n.m, dichas vertientesconforman las cordilleras occidental y central que se extienden siguiendo ladirección Sur – Norte. La región del Suroeste está conformada por la presenciade rocas que constituyen parte de la Cordillera Occidental como son: laFormación Barroso, el Miembro Urrao de la Formación Penderisco, el Gabrode Hispania y los Depósitos Cuaternarios. En la Cordillera Central afloran: laFormación Amagá, Formación Quebradagrande, el Grupo Ayura- Montebelloy la Formación Combia. En el distrito minero Cerro Bravo está declaradocomo área de reserva forestal por parte de CORANTIOQUIA y el Municipiode Fredonia. Cerro Bravo es significativo morfológicamente por su elevación ygran base, y ambientalmente por la existencia de manchas boscosas. El CerroCombia también ubicado en el municipio de Fredonia, se convierte en área demanejo especial debido a la cercanía con al área urbana, a la inestabilidad de lossuelos y a la intervención antrópica para ganadería y cultivos. Precisamente estaintervención en ganadería y cultivos ocupa el mayor uso de los suelos en todoslos municipios del distrito minero.

La actividad minera estarepresentada en laexplotación de carbónmineral y las fuentes deagregados pétreos y otrosmateriales utilizados en laconstrucción. El 75% delcarbón térmico (con unpoder calorífico de 10.910Btu/lb menor que el quepresenta la mayoría de loscarbones colombianos, perosu contenido de cenizas yazufre es de los más bajos,haciéndolo competitivo),producido en este distrito loconsumen plantascementeras y otras industriasde la región. El 25% restantese destina a la industria del Valle del Cauca yocasionalmente se exportanpequeños volúmenes porBuenaventura a los mercadoscentroamericanos. Por otrolado, la mayor parte de losmateriales de construcciónproducidos en este distrito seutilizan para atender lademanda de la ciudad deMedellín.

Distrito Minero de Ataco-PayandéFecha de creación: 2009-01-17

Localización y caracterización ambiental Mineralesrepresentativos, usos y

principal destinoEl Distrito Minero de Ataco Payandé se encuentra localizado en el centro sur

del territorio del Departamento del Tolima (Payandé es corregimiento deIbagué), sobre el valle interandino geográfico del Río Magdalena, intercaladoentre las Cordilleras Central y Oriental. Está conformado por los municipiosde Ibagué, Ataco, Carmen de Apicalá, Chaparral, Coello, Coyaima, Espinal,Flandes, Guamo, Melgar, Ortega, Rovira, Saldaña, San Luís y Valle de San Juan.El distrito minero Ataco-Payandé, cuenta con una extensión aproximada de7.446 Km2, con una población aproximada de 891.823 habitantes, de loscuales el 76.32%, se encuentran en la zona urbana y el 23.67% en la zona rural.El territorio del Distrito Minero comprende alturas que van desde las riberas

Los minerales más

representativos en elterritorio son:

• Feldespato • Arena • Arcilla • Caliza • Yeso • Oro Aluvión

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del río Magdalena hasta las nieves perpetuas de los nevados del Huila y del Tolima, presentando una diversa gama de zonas de vida, clima y suelos.Este distrito minero cuenta con tres (3) Parques Nacionales Naturales, de loscuales hacen parte algunos municipios que conforman este distrito (Ibagué, Ataco y Chaparral), todos localizados en la Cordillera Central, dichos parquesson:1. Parque Nacional Natural los Nevados, se comparte con los departamentosde Caldas, Risaralda y Quindío.2. Parque Nacional Natural Nevado del Huila, se comparte con eldepartamento del Huila.3. Parque Nacional Natural de Las Hermosas, se comparte con eldepartamento del Valle del Cauca. Además en los municipios que conforman este distrito, encontramos variaseco regiones:Eco región del Macizo Colombiano: comprende en el departamento del Tolima, a los municipios de Chaparral, Planadas, Rioblanco, Rovira,Roncesvalles y San Antonio; al Distrito Minero pertenecen Chaparral y Rovira.La Eco región de zonas áridas o semiáridas del Alto Magdalena: corresponde aun territorio conformado por municipios del Huila y del Tolima, losmunicipios del departamento del Tolima que conforman esta eco región y que

pertenecen al distrito son: Coyaima, Ortega, Coello, Espinal, Flandes, Guamo,Rovira, Saldaña, San Luís, Valle de San Juan.En este Distrito Minero, la minería está altamente desarrollada con laexplotación de varios productos, como la caliza triturada o molida; se explotancalizas micríticas de color negro y calizas ferruginosas.

La minería de oro y plata ysus concentrados estáasociada al laboreo dedepósitos aluviales y flujos delodo.La explotación de materialesde construcción (roca opiedra, arena, gravas y arcilla)se realiza en yacimientos deorigen volcánico ysedimentario, incluyendoaluviones recientes.Los yacimientos de yesoconsisten en lentes y bandasirregulares de espesor variable dentro de rocassedimentarias mesozoicas.Las minas de feldespatoestán relacionadas con diquespegmatíticos presentes en el

Batolito de Ibagué.

Distrito minero: BermellónFecha de creación: 2009-01-17

Localización y caracterización ambiental Mineralesrepresentativos, usos y

principal destinoEl Distrito Minero de Bermellón, constituido por los municipios de Ibagué,Cajamarca, Anzoátegui, Santa Isabel, Líbano y Murillo. Es uno de los Distritosde reciente creación, debido a la dinámica generada por la política deMejoramiento de la Productividad y Competitividad del Sector Minero delMinisterio de Minas y Energía.Cuenta con una extensión de 3.435 Km2 los cuales corresponden al 14.58%del territorio Departamental. Se localiza en la Región Norte – Occidente delterritorio del Departamento del Tolima, sobre la vertiente oriental de laCordillera Central.

La minería delDepartamento, se basa en laextracción de oro, caliza-mármol, rocas ornamentales,talco, feldespato, gravas yarenas, arcillas para ladrilleríay alfarería; la producción depetróleo y gas ha venido enaumento en los últimos años,debido al descubrimiento denuevos campos en Melgar,Ortega, Purificación, Piedra .

Distrito minero: Calamarí – AtlánticoFecha de creación: 2009-01-16

Localización y caracterización ambiental Mineralesrepresentativos, usos y principal destino

El Distrito Minero Calamarí Atlántico, está conformado por los municipiosde Luruaco, Repelón y Puerto Colombia; los dos primeros están situados enel suroeste del departamento del Atlántico, en la depresión húmeda delEmbalse del Guájaro y las ciénagas de Luruaco, Tocagua y El Rodeo, y elmunicipio de Puerto Colombia, está localizado en el norte del mismoDepartamento, sobre el litoral Caribe.Las Unidades Geológicas que afloran en esta zona están conformadas por

La explotación de los recursosminerales está concentrada enla explotación de materiales deconstrucción, en rocas deorigen químico y bioquímicopara la industria cementera.Los materiales extraíbles son

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rocas sedimentarias depositadas en ambientes continental, marino y litoral,durante un tiempo comprendido entre el Paleoceno (±65 Millones de años) yel Holoceno Reciente y rocas metamórficas del Pleistoceno.La localización geográfica de los municipios permite diferenciar dos regionescuyas condiciones biofísicas son bien definidas:La zona de Puerto Colombia, sobre el litoral marino está bordeada por elMar Caribe, Superficies planas o ligeramente inclinadas a favor de lacorriente, formadas a partir del depósito fluvial, asociado a cauces ydesembocaduras de las corrientes de agua; constituido por sedimentoslimoarcillosos, arenosos y ocasionalmente de gravas. Caracterizada por suforma aterrada incluyendo los abanicos aluviales. Su terreno es ligeramentequebrado y termina en suaves ondulaciones en la costa, sus tierras poseen unclima cálido.Se observa una vegetación arbustiva, propia de regiones muy secas, lasactividades agropecuarias están muy reducidas, debido a que los suelospresentan características bioquímicas, topográficas y de composición como:erosión ligera, suelos excesivamente drenados, poco evolucionados,saturaciones de bases muy alta, pH alcalinos, presencia de altos contenidosde carbonato de calcio y unas condiciones climáticas muy secas, las cualeslimitan fuertemente su uso para cualquiera actividad agro silvopastoril.

La zona de Luruaco y Repelón formada por llanuras que son depósitos deorigen aluvial, que han desarrollado formas planas, como terrazas,ligeramente inclinados hacia la dirección de la escorrentía; están localizados aloccidente del río Magdalena y en los alrededores del municipio de Repelón.Son depósitos de poco espesor, generalmente cubiertos por suelo y vegetación, constituidos por arenas, arcillas y en menor proporción gravas.La subregión sur del Atlántico y Canal del Dique es plana y cenagosa, posee variedad de lagunas. Este territorio es plano, pero con algunas elevaciones alnorte del municipio de Luruaco donde el terreno es ligeramente quebrado.Los principales cuerpos de agua son: La laguna de Luruaco, San Juan de Tocagua, El Rodeo y se destaca la Laguna del Guájaro, de gran atracción yconvertida en embalse para permitir el desarrollo de las actividadesagropecuarias y artesanales. La agricultura es la primera en generar mayormano de obra, las otras actividades representan un nivel de importancia en lasubregión como la ganadería, pesca, minería, comercio y las actividadesartesanales.

principalmente gravas, arenas,calizas y piedras. Lasintervenciones en los suelos ysubsuelo del Departamentocon las actividades mineras seefectúan principalmente en:Canteras en Puerto Colombia(han modificado el paisaje),Repelón y Luruaco (generandoemisiones de polvillo); Arcillaen Tubará;Piedra en Tubará ySabanalarga; Caliche en Tubará; Arena en Santo Tomás, Manatí, PuertoColombia, Sabanagrande ySabanalarga.Grava en Manatí.Materiales de construcción seextraen de Malambo, Juan de

Acosta, Puerto Colombia,Repelón, Luruaco, Tubará ySabanalarga.Greda en Candelaria.Otros minerales que se extraenen el departamento son:arcillas, yeso, arena,hidrocarburos y gravas entreotros. Existen 36 explotacioneslegales que son canterasexplotan materiales deconstrucción y calizas.Barranquilla es el centro deinfluencia de primer orden dela región, que orienta elsuministro de bienes yservicios, los precios demercados de todos losproductos regionales. Enmenor escala influye Cartagenasobre Luruaco y Repelóncomo centro de segundoorden. Atlántico se proyecta comouna región exportadora queaprovechará óptimamente suprivilegiada posición

geoestratégica como centro deenlace internacional de loscorredores comerciales deColombia y punto deabastecimiento de la GranCuenca del Caribe,constituyéndose en la mejorplataforma para el comerciointernacional de Colombia enel año 2010.

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Distrito minero: Calamarí – BolívarFecha de creación: 2009-01-16

Localización y caracterización ambiental Mineralesrepresentativos, usos y

principal destinoEl Distrito Minero de Calamarí Bolívar se ubica en la subregión del Delta delMagdalena en la región conocida como la Llanura Caribe al norte del país.Está integrado por los municipios de Cartagena, Arjona, Arroyohondo, Turbaná y Turbaco del departamento de Bolívar y Tubará del Atlántico, conuna extensión total de 2.696 km² y una población de 1.072.666 habitantes en2006.La región se caracteriza por una rica diversidad de relieves tales como: planosinundables, zonas onduladas y algunas lomas y colinas como las Lomas de“Las Mellas” con alturas que usualmente no superan los 200 metros sobre elnivel del mar. Esto hace que el clima sea cálido con temperaturas, la mayoríade las veces, superiores a 24ºC, y precipitaciones que oscilan entre los 500 y1.500 mm/año. Las temporadas de lluvias están definidas por un periodo delluvioso entre los meses de abril a noviembre en el que caen el 80% de lasprecipitaciones, seguido de una estación relativamente seca entre diciembre ymarzo.El Distrito Minero se encuentra en su totalidad dentro del Delta delMagdalena, es decir, en su desembocadura al mar Caribe. Por esta razón, unaporción significativa se encuentra sobre planos inundables con zonaspantanosas y lagunares de gran riqueza ictiológica, interconectadas, algunasde ellas, por el Canal del Dique que une al río Magdalena con la Bahía deCartagena. Las principales ciénagas son Juan Gómez, La Cruz, María La Bajay Capote. Se completa el recurso hídrico con las numerosas quebradas decortos recorridos al noroccidente del canal del Dique y que drenandirectamente hacia el litoral, haciendo parte, algunas de ellas, de losecosistemas de mangles.La geología de la zona está dominada por rocas sedimentarias entre las quesobresalen terrazas aluviales, arenitas líticas y feldespáticas y calizas. Está

geología se evidencia en los yacimientos y explotaciones comerciales decalizas y materiales de construcción como arcillas, arenas y gravas.En el Distrito Minero propiamente dicho no hay parques nacionalesnaturales, pues “El Corchal del Mono Hernández” y “Los Corales delRosario y San Bernardo” están por fuera de los municipios involucrados; sinembargo, los planos inundables y las numerosas ciénagas y pantanos, asícomo los manglares sobre la línea de costa, constituyen importantesecosistemas estratégicos de alta fragilidad que deben ser preservados paramantener el equilibrio ambiental en la región.Por las características del territorio con respecto a la línea del Ecuador, las variaciones latitudinales, el efecto de los vientos Alisios del norte y delnordeste, la proximidad al mar y la presencia de numerosos cuerpos de agua,las mayores amenazas naturales están representadas por huracanes y vendavales que dejan sus efectos sobre las construcciones, obras deinfraestructuras, cultivos y vegetación. A esta amenaza natural le sigue lasinundaciones en las temporadas de lluvias, anegando poblados y zonasagrícolas esencialmente.La mayor parte de los suelos de la región corresponden a clases agrológicasIII y IV, lo que se traduce en buenas características para usos agropecuariospero con algunas restricciones. Generalmente la cobertura vegetal existentetiene que ver con vegetación de pantano, bosques naturales intervenidos yrastrojo, seguido en menor proporción por zonas agrícolas y plantacionesforestales.

Aunque la minería no esrepresentativa como tal en lascuentas económicasdepartamentales, si es unaactividad importante queposiblemente queda registradaen la información de lossectores de la construcción yde la industria del cemento.Las principales explotacionesmineras tienen que ver conarenas y gravas utilizadas paramezcla de morteros yconcretos, chert y limolitassilíceas para correctores decalizas en la industria delcemento y triturado, areniscasy conglomerados para recebostriturados y rellenos, arcillaspara la fabricación de ladrillos,tejas y preparación de clinkeren la industria del cemento ycalizas arrecifales para laelaboración de cemento,recebo y enchapes triturados.

La mayoría de estos minerales,

según CARDIQUE, tienen unalto potencial de uso y serealizan en 82 canteras dondese explotan materiales para laconstrucción con destino almercado local de Cartagena.

Adicionalmente a los mineralesrelacionados, en Galerazamba,al norte de Bolívar, seencuentran las salinas quellevan su mismo nombre, queen las últimas dos décadaspresenta un paulatinodecrecimiento en laproducción de sal.

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El Distrito Minero se localiza en el área de influencia de Barranquilla que esla principal metrópoli de nivel regional al norte del país, y en el área deinfluencia de Cartagena como centro urbano subregional de primer orden.Es decir, que por la cercanía de los municipios del Distrito con Cartagena,estos se apoyan en la capital de Bolívar para satisfacer sus demandas ynecesidades de servicios.

Distrito Minero Calamarí – SucreFecha de creación: 2009-02-12

Localización y caracterización ambiental Mineralesrepresentativos, usos y

principal destinoEl Distrito Minero Calamarí- Sucre está conformado por los municipios de Tolú y Tolúviejo, localizados en el noroeste del departamento de Sucre,formando parte de la zona costera del Golfo de Morrosquillo en el mar Caribe.La región se encuentra sobrepuesta sobre rocas sedimentarias y metamórficasque forman areniscas y calcitas, resultando suelos de tipo calcáreo y de bajaretención de humedad. La geomorfología presenta zonas de lomerío en lasestribaciones la Serranía de Coraza y de los Montes de María (Serranía de San

Jacinto), lomas que se direccionan al norte para terminar sobre la costa Caribe,en el trayecto forman el piedemonte y las llanuras costeras, todo en alturassobre el nivel de mar que van desde 0 metros hasta los 500 metros. Aquí seencuentra río de manejo ambiental AMA – Reserva Forestal que corresponde ala reserva forestal protectora de la Serranía de Coraza y Montes de María.Declarada área de reserva forestal protectora, por el INDERENA, segúnacuerdo 028 de julio de 1983. Posee un área en jurisdicción de Toluviejo de1.038,64 hectáreas, que representan el 3.62 % del territorio.La posición geográfica de los municipios del Distrito Minero es privilegiadapor cuanto son territorio que forma parte el Golfo de Morrosquillo, lo que lespermite comunicación marítima con toda la Costa Caribe, en especial con elGolfo de Urabá y Panamá y con Cartagena. Por tierra, mediante la carreteracostera tiene conexión hacia el occidente con Coveñas y Montería y hacia eloriente por María La Baja con Cartegena. Por la carretera Centraldepartamental se conecta con la capital Sincelejo y de aquí por la Troncal deOccidente con Cartagena y Medellín, y mediante la Transversal Marginal delCaribe con Zambrano y Plato sobre el río Magdalena, luego con la carretera dela Paz, El Cesar, Santa Marta, y Bogotá. Por la Carretera departamental de LosPalmitos – San Pedro se conectan con Magangué sobre el río Magdalena.Las condiciones climáticas del territorio lo hacen apto para el establecimientode hatos para la producción bovina, así se ha formado un núcleo importante deganadería leche, de doble propósito y de carne.La agricultura se desarrolla mediante la producción de cultivos transitorioscomo maíz tradicional, maíz tecnificado, yuca, frijol, tabaco negro y tabacorubio. Cultivos permanentes como ñame, plátano, cocotero, caña panela, ycacao.

En el área se realiza laexplotación minera, cuyosproductos extraídos soncalizas, chert, arcillas, de losque procesados, se obtienenCarbonato de Calcio,Marmolina, Clinker,

Triturado, Polvillo, CementoPórtland, Cemento Blanco,arena lavada. El recursoarena como material deconstrucción se obtiene en elcauce del arroyo Macaján en Toluviejo y de otros arroyos.

Explotación de calizas yarcillas con tecnologíasapropiadas, cubren unasuperficie de 92,9 hectáreas,el 0.32 % del territorio de Tolúviejo.

El área de potencialidadminera del distrito ocupa untotal de 18.680 hectáreas,entre títulos y solicitudes,anotando que parte de laexplotación minera actual,presenta conflictos de uso,con la Reserva Forestal. Enel territorio de Toluviejoexisten 17 títulos minerosactuales: 10 de calizas, 4 dearcilla – caliza, 1 de caliza –mármol, 2 de chert.

Distrito Minero Cali – DovioFecha de creación: 2009-01-05

Localización y caracterización ambiental Mineralesrepresentativos, usos y

principal destinoEl Distrito Minero Cali Dovio está constituido por los municipios de Bolívar, La economía del

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Buenaventura, Buga, Bugalagrande, Caicedonia, Cali, Candelaria, El Dovio,Guacarí, Ginebra, Jamundí, Sevilla, Vijes, y Yumbo, pertenecientes alDepartamento del Valle del Cauca.La localización del Distrito Minero está dado por la ubicación de cadamunicipio en el Departamento que presenta características especiales: Elterritorio departamental está constituido por cuatro unidades fisiográficas,denominadas la llanura del Pacífico, en donde está Buenaventura; la cordilleraOccidental, en cuyo flanco oriental se sitúan los municipios de Bolívar, Cali, ElDovio, Jamundí, Vijes y Yumbo; el valle del río Cauca en donde se encuentranlos municipios de Candelaria, Buga, Bugalagrande, Guacarí y Ginebra y elflanco occidental de la Cordillera Central con los municipios de Sevilla yCaicedonia. Es de resaltar que por las condiciones del territorio las poblacionesurbanas de la mayoría de los municipios se encuentran en el valle geográficodel río Cauca, pero su área rural se extiende hacia por los costados de lascordilleras.En la llanura del Pacífico se distingue una faja costera o andén aluvial que varíaentre un kilómetro y 50 metros de ancho, cubierta de mangle y cruzada por unlaberinto de esteros, caños y bocanas que originan los ríos que desembocar enel océano Pacífico; algunos forman deltas como el San Juan con varias bocas eislas. Los accidentes costaneros son numerosos, entre ellos se encuentran el

golfo Tortugas, las ensenadas de El Tigre, Guineo, las puntas Soldado y Bazán,que encierran la ciénaga de Buenaventura, la más importante del litoral pacíficocolombiano. Después de esta faja litoral comienza la llanura selvática, que seextiende hasta las estribaciones de la Cordillera Occidental. Son terrenos bajosque en la costa están cubiertos de manglares y constituidos geológicamente porsedimentos del terciario y cuaternario: Se caracteriza por la alta pluviometríacon valores de media anual de 6.000 rnm. La vegetación dominante es la deselva, correspondiente al piso bioclimático cálido. Los suelos, pobres en bases,son aptos para conservar la vegetación natural.La Cordillera Occidental se extiende por el departamento en dirección sureste – norte desde los cerros Naya (2.500 m) hasta el cerro Tatamá (3.950 m sobreel nivel del mar). Los principales accidentes orográficos son Los Farallones deCali, con alturas hasta de 4.200 m; la serranía de Los Paraguas, las cuchillas Aguacatal, Buenos Aires, Calima, Garrapatas y Dapa. En ésta, se distingue la vertiente del Pacífico y la del Valle del Cauca; la primera conformada por rocasde origen metamórfico de suelos superficiales limitados por rocas, bosqueheterogéneo y relieve abrupto; la segunda sobre rocas volcánicas del cretáceo,de suelos profundos y bien drenados, con agricultura y ganadería establecidas.El valle del río Cauca es una planicie originada por una depresión tectónicainterandina, que en el departamento tiene aproximadamente 200 km de largopor 15 de ancho en promedio, alcanzan en su parte más ancha hasta 50 km; escruzado por el río Cauca de sur a norte; este valle está formado por depósitosde origen aluvial del cuaternario o con suelos profundos y superficies de altafertilidad. El área oriental del valle es más ancha que la occidental, donde seforman abanicos largos y de poca pendiente.

departamento del Valle delCauca está sustentada en laprestación de servicios, lesiguen la industria y lasactividades agropecuarias.Entre los servicios, los másimportantes son loscomerciales, el transporte, labanca y las comunicaciones.La agricultura está bastantetecnificada, el producto másrelevante para la economíadepartamental es la caña deazúcar, donde se encuentranlas plantaciones más grandese importantes del país; lesiguen la caña panelera, elsorgo, yuca, algodón, soya,maíz, café palma africana ycacao. En la industria se

destacan los alimentos,particularmente elprocesamiento de azúcar, laproducción de químicos,fármacos, plásticos y laindustria editorial. Laganadería esmayoritariamente vacuna.

La minería, especialmente deoro de aluvión, que fueimportante durante la coloniay que indujo a la traída deesclavos del África, haquedado reducida a esfuerzosartesanales, quefrecuentemente afectan elmedio ambiente con laexplotación.

Distrito minero: ChivorFecha de creación: 2009-01-15 Localización y caracterización ambiental Minerales

representativos, usos y principal destino

El Distrito Minero Chivor, se encuentra sobre la parte oriental de la CordilleraOriental de Colombia. El casco urbano de los municipios que conforman esteDistrito Minero, se encuentran a una altura promedio que esta entre los 1.800 a2.000 m.s.n.m., pero la topografía general de estos es muy abrupta y podemos

En este Distrito Minero, laminería está orientada,básicamente, a la explotaciónde esmeraldas.

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encontrar en los mismos desde climas templados hasta páramos.La temperatura promedio oscila entre 18 a 20 ° C en sus cabecerasmunicipales. Zona de gran pluviosidad superando en siempre los 2.000 mm. Suubicación estratégica le permite salida al interior del país en corto tiempo, asícomo una zona de gran importancia por servir de soporte a la economía delpaís por pasar por allí la carretera alterna al Llano, comunicando a Bogotá con

Villavicencio y Yopal.El Distrito Minero Chivor, esta conformado actualmente por los municipiosde Chivor, Guateque y Somondoco pertenecientes a la Provincia de Orientedel departamento de Boyacá y los municipios de Gachalá y Ubalá los cualesforman parte de la Provincia de Guavio del departamento de Cundinamarca.En el área de influencia también tienen importancia minera los municipios deSanta María, Guayatá y Macanal del Departamento de Boyacá; municipios queen su conjunto hacen parte del Cinturón Esmeraldífero de Oriente.En la zona del Distrito se encuentran imponentes montañas y farallones, quejunto con su exuberante vegetación y diversidad de climas, conjugan un paisajeexótico y paradisíaco y que fue inicialmente territorio de dos antiguas razasindígenas: chibchas o muíscas y caribes.Su economía alterna, faenas agrícolas, ganaderas y mineras (esmeraldas); pero,debido a la presencia de dos grandes embalses en las entrañas de estas

montañas, como lo son Chivor y Guavio, ha tomado importancia turística, yaque además de estas dos obras grandes obras se alternan diversidad de paisajescomo: miradores, cascadas, lagunas, montañas empinadas, cuevas y cavernas,quebradas de aguas cristalinas, aguas termales, la biodiversidad vegetal y nopueden faltar los túneles viales que hacen parte de las carreteras perimetralesde estos embalses.El límite entre los departamentos de Cundinamarca y Boyacá definido dentrodel territorio de este Distrito permite la gestión de proyectos regionales en esteespacio del Altiplano Cundí boyacense, donde además de la minería; laagricultura, el turismo y la ganadería soportan la economía local. Por lacercanía a Bogotá, a Tunja y el paso de la vía que lleva a los Llanos Orientales(Casanare) y los Santanderes, este Distrito cuenta con ventajas que demandansu aprovechamiento a favor del desarrollo regional.

Distrito minero: Costa Pacífica SurFecha de creación: 2009-02-02

Localización y caracterización ambiental Mineralesrepresentativos, usos y

principal destinoEl Distrito Minero Costa Pacifica Sur, está conformado por los municipios deBarbacoas, Magui Payán y Santa Bárbara Iscuandé. La comunidad desea lainclusión del municipio de Roberto Payán. Consta de un área de Litoral y otrade Llanura. La zona de litoral, está constituida por una zona halófila (Salobre ycon Mangle), en la que desembocan numerosos ríos en forma de esteros quefacilitan la navegación en pequeñas y medianas embarcaciones. La zona dellanura se inicia en los límites del litoral, formando un bosque tropical que seextiende hasta los 500 metros de altura. Se extiende sobre aluviones marinos yprincipalmente fluidos deltaicos de edad holocénica cuyo espesor es de unoscentenares de metros, aluviones aportados por los ríos Mira y Patía y por otrosprovenientes de la vertiente Oeste de la cordillera Occidental. Tiene una extensión de 6.545 kilómetros cuadrados con una población de65.594 habitantes. El 30% habita en la zona urbana y el 70% en la zona rural.El clima para la zona del distrito es calido húmedo con temperaturassuperiores a los 24ºC, alcanzando en algunas épocas del año, los 38ºC. Lasprecipitaciones de lluvias como en toda la costa pacifica tienen como mínimo

La actividad minera, sedesarrolla con granintensidad en los municipiosde Barbacoas, Santa Bárbarade Iscuandé, Magui Payán yRoberto Payán, y estárepresentada en laexplotación de Oro de Aluvión y últimamente en laexplotación de Jagua(Ilmenita). La minería delDistrito Minero se clasificacomo pequeña, mediana y desubsistencia, evidenciada enlos trabajos minerosdesarrollados con la ayuda de

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4000 mm y pueden llegar a los 7000 mm por año, según datos del IDEAMpara el año 2007.El Distrito Minero encierra una gran riqueza, pero a la vez alberga una parte delas comunidades más pobres del país. La situación social es muy compleja, lasoportunidades para lograr unas condiciones de vida digna se encuentranlimitadas para la casi totalidad de los habitantes.Los grupos humanos que durante siglos mantuvieron un equilibrio con lanaturaleza, con procesos productivos que les permitieron satisfacer susnecesidades sin someter a una destrucción su entorno, en pocos años hanasistido a una desaforada explotación de la pesca, la madera y el oro,conllevando a una pérdida de oportunidades para subsistir.El 78% de lapoblación se encuentra con las necesidades básicas insatisfechas. Con valoresen el área urbana del 28% y del 50% en la zona rural, demostrando la bajacalidad de vida para toda la comunidad en general. En promedio 27% de lapoblación esta en condiciones de miseria.En los aspectos geomorfológicos se presentan relieves montañosos en la zonaoeste de la cordillera occidental, escarpados con procesos erosivos activospropios de las zonas de transición a la llanura aluvial. En la zona de pie demonte, las superficies son inclinadas en contacto con la zona montañosa,comprendiendo abanicos fluvio volcánicos. En la zona aluvial meándrica son

superficies planas, producto de la depositación de sedimentos aluviales de losmás importantes ríos de la zona pacífica. La geología del territorio sefundamenta principalmente en rocas de origen ígneo donde predominandepósitos de basaltos, doleritas, picritas, tobas básico, brechas volcánicas,dunitas, limolitas, lodolitas, calcáreas y calizas, granodioritas que varían acuarzodioritas y cuarzomonzonitas, además la presencia de abanicos aluviales ydepósitos coluviales. Existen rocas metamórficas tales como lodolitas, arenitaslodosas y arenitas líticas, cherts, calizas, tobas y aglomerados en su mayoría conmetamorfismo dinámico. Esta geología ha permitido que en la región existanyacimientos de Oro explotados en aluviones en todos los Municipios delDistrito Minero Costa Pacífica Sur.

motobombas, monitores,dragas de succión yexplotaciones conretroexcavadoras, además delbarequeo, actividad desubsistencia, ejercida por lasComunidades Negrasasentadas en todo el DistritoMinero. Se observa una claraausencia de tecnificación yuna escasa asistencia técnica,lo que ha generado undeficiente aprovechamientominero y un progresivodeterioro de los recursosnaturales renovables

La minería de Oro Aluvialcomo principal actividad delDistrito Minero Costa

Pacífica Sur, se desarrolla conniveles tecnológicos bajos,poca eficiencia, y bajarentabilidad, exploraciónintuitiva y sin ningúnplaneamiento minero, lo cualhace que sea muy frecuenteel abandono de los frentes deexplotación y los entables seestén trasladando a otraszonas con mucha frecuencia,de allí el predominio de lapráctica de la minería ilegalen el distrito.

Distrito minero: CórdobaFecha de creación: 2010-06-17

Localización y caracterización ambiental Mineralesrepresentativos, usos y

principal destinoNo hay información detallada No hay información

detallada

Distrito minero: CúcutaFecha de creación:2009-02-05

Localización y caracterización ambiental Mineralesrepresentativos, usos y principal destino

El Distrito Minero Cúcuta está conformado por los municipios de Bucarasica,Cúcuta, El Zulia, Los Patios, Salazar, San Cayetano, Sardinata, Tibú y Villa delRosario, todos pertenecientes al departamento Norte de Santander. Localizadoen la zona Nororiental del país, limita por el norte y oriente con la RepúblicaBolivariana de Venezuela, por el sur con el Departamento de Boyacá, por elsur occidente con el departamento de Santander y por el noroccidente con eldepartamento del Cesar.

(No hay información)

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El territorio es montañoso por su localización en el extremo norte de laCordillera Oriental, donde se divide en dos ramales: La Serranía de losMotilones que se extiende hacia el norte y el que se prolonga hacia elnororiente conformando la Cordillera de Mérida. El Distrito Cúcuta ocupa lamayor parte de la zona plana, en los valles de los ríos Catatumbo y Zulia, queforman parte de la cuenca de Maracaibo y de pequeñas zonas de los ríosMagdalena y Arauca. Esta condición se refleja en la variedad de pisos térmicosque representa el territorio y que van desde el cálido hasta el Páramo.En las inmediaciones de los municipios de Convención, El Carmen, SanCalixto, Tibú y Teorama se encuentra el Parque Nacional Barí creado en 1989.Se extiende sobre un relieve ondulado montañoso con elevaciones entre los200 y 1800 M.S.N.M. Todas las aguas corrientes del parque pertenecen a la cuenca del RíoCatatumbo. La vegetación está representada por selvas húmedas. Su fauna esdiversa en aves, 616 subespecies, mamíferos, como el oso andino, dantas,zorros y cerdos salvajes.En el área habitan indígenas Yuko, Dodokubis y Barí cuya subsistencia estágravemente amenazada por los colonos.En influencia de los municipios de Convención, El Carmen, El Tarra, SanCalixto, Teorama y Tibú se encuentra la Reserva Forestal Serranía de los

Motilones, creada por la ley 2 de 1959, que hace parte de la cuenca binacionaldel Río Catatumbo y alberga importante diversidad biótica.El Distrito Minero forma parte de la Región Andina del País y parte de él estáen la subregión del Catatumbo. El clima es variado con temperaturas queoscilan entre 24ºC y 34ºC en los municipios del Distrito. El uso del suelo enlos municipios del distrito minero está destinado fundamentalmente a laagricultura, pastos y bosques. En la región existen altas amenazas sísmicas entodos los municipios del distrito.El distrito cuenta con una red vial primaria que lo conecta con el interior delpaís y con Venezuela, con redes secundarias que unen a Cúcuta con elCatatumbo, con el Valle del Magdalena y la Costa Atlántica. En la región eltransporte terrestre se complementa con el transporte aéreo para el cualdispone del aeropuerto nacional Camilo daza y el de Aguas Claras en Ocaña.El departamento posee una ubicación geográfica estratégica por estar cerca dela república de Venezuela permitiendo el intercambio comercial, con otroscontinentes vía marítima.

Distrito minero: FrontinoFecha de creación: 2009-01-05

Localización y caracterización ambiental Mineralesrepresentativos, usos y

principal destinoEl Distrito Minero de Frontino está conformado por los municipios de Abriaquí, Anzá, Buriticá, Dabeiba, Frontino, Murindó, Mutatá y Urrao delDepartamento de Antioquia y el municipio de El Carmen de Atrato delDepartamento del Chocó.El Territorio está localizado en una amplia región del noroeste deldepartamento de Antioquia y del centro oriente del departamento del Chocó,sobre la vertiente izquierda del río Cauca y el piedemonte oriental de laCordillera Occidental. El municipio de El Carmen de Atrato, está situado enlas estribaciones de la Cordillera Occidental, en el costado Oriental delDepartamento del Chocó y pertenece a la zona de Central o del Atrato. Sucabecera municipal se encuentra a una distancia de 111 Km. De la Ciudad deQuibdó y a 123 Km. De la Ciudad de Medellín (Antioquia).La estratégica ubicación geográfica que posee el municipio al ser puerta deentrada y salida al Pacífico, de ser frontera con el departamento de Antioquia,

En el recurso minero losmunicipios con mayorpotencial son Frontino yDabeiba, no solo por suextensión, sino también porlas numerosos explotaciones,manifestaciones yprospectos, tanto deminerales metálicos como nometálicos. Los demásmunicipios como son Abriaquí, Cañasgordas,Peque y Giraldo cuentan conun potencial en recursos

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lo convierte en paso obligado de las mercancías que circulan de Medellín y elcentro del país, con destino del comercio de Quibdó y el San Juan y de laproducción agropecuaria principalmente entre los municipios de Urrao yCiudad Bolívar, zona promisoria y de rápido desarrollo económico.La minería constituye para el departamento del Chocó y en particular para elmunicipio, una de las principales fuentes de ocupación y generación deingresos. En el Carmen de Atrato la explotación minera se encuentra localizadaen las estribaciones de la Cordillera Occidental que pertenecen a formacionesde origen orogénico del Plioceno o Mioceno, donde existen rocas del mismoperíodo. Se encuentra en el municipio una mina de cobre, explotación de oro yplatino en menor escala, ubicada hacia una de las márgenes de la carretera queune al municipio con Quibdó. Se consideran también otras ocurrenciasminerales como: materiales para construcción, cobalto, manganeso, zinc,zirconio y bario. El material de playa para construcción es abundante en todoslos efluentes del río Atrato y de cantera se utiliza para la construcción de obrasciviles y mantenimiento. Los municipios pertenecientes al departamento de Antioquia se clasifican por regiones naturales y corresponden a las siguientes:En la subregión Centro, caracterizada por un clima predominantementehúmedo, se encuentra la población de Mutatá, localizada entre el piedemontede la Serranía de Abibe y el valle aluvial del río León en la zona central de la

región. Predomina el bosque húmedo tropical y el bosque muy húmedotropical y premontano, relieve variado y una variada vegetación tropical. Enesta área se articula las diferentes zonas que conforman la estructura espacialde Urabá y las regiones adyacentes con las que configura un sistema inter-regional. El 99% del área destinada a la agricultura comercial, 18% delterritorio zonal y una importante área destinada a la ganadería en losalrededores de la zona bananera, en los márgenes de la troncal.En la Serranía de Abibe existe una reserva forestal en la parte alta, áreas deeconomía campesina en las laderas de la misma. El 89.1% de la poblaciónpresenta condiciones de pobreza y miseria La silvicultura y la explotaciónminera son dos de las actividades que han logrado consolidarse en el contextoregional y que para el caso de Mutatá se refleja en el análisis hecho a nivel dedinámicas de desarrollo. En este sentido se aprecia como la silvicultura en laregión se ve favorecida por la aptitud de los suelos convirtiéndose en unapotencialidad a aprovechar en aras de suplir un mercado nacional einternacional, e involucrar estrategias de recuperación y manejo de ecosistemasfrágiles, como el piedemonte, parte de la Serranía y la llanura de inundación.Con respecto a la explotación minera, existe expectativa en el municipio deMutatá por el posible potencial de minerales preciosos (oro y platino) en lasquebradas la Blanquita y el río Uraudó (fuente POT), sin embargo por razoneseconómicas y de accesibilidad no se ha avanzado en la materia. Con elpropósito de tener una visión sobre el comportamiento que presenta dichaactividad en la región, se muestra como Mutatá contaba en el año 1999 con unárea de 30.576 ha las cuales se encontraban comprometidas con actividades delicencia (15 en total, en proceso de otorgamiento, registro o trámite) paraexploración y explotación minera, según POT.El comportamiento en el municipio de Mutatá es significativo si se compara

con Carepa, donde para el mismo periodo de análisis se tenían comprometidas19.250 ha con 11 solicitudes de licencia para exploración o explotaciónmineral, 2.818 ha en Chigorodó con 10 solicitudes de licencia y Turbo y Apartadó con 3 y 1 solicitud de licencia, respectivamente (Secretaría de Minas,mayo de 1999). En la subregión Occidente se encuentran los municipios deDabeiba, Frontino, y Abriaquí, que abarcan la cuenca del Ríosucio, con unclima subandino variable. Su población es característicamente paisa, la cualdesarrolla actividades agrícolas y pecuarias a pequeña y mediana escala bajomodelos tecnológicos artesanales, produciendo impactos severos a los recursosnaturales, menguándose la productividad de sus tierras y ecosistemas. Esta

minerales más escaso.(PBOT-DocumentoSubregional) A pesar del potencial minero,solo se generan recursosconsiderables en Frontino,los cuales han determinadotoda una organizacióncomunitaria y un renglónsignificativo de la poblaciónque devenga su sustento de laminería del oro. Se generauna demanda de recursosnaturales en la explotación dela minería, para el caso de lasubregional de occidente, laminería viene afectando losrecursos suelo, forestal ehídrico, en este sentido,básicamente el mayor

impacto se da en Frontinocon la explotación del oro; lademanda de recursosnaturales en el resto delterritorio por efectos de laminería, no es muysignificativa En la subregiónURRAO se encuentra elmunicipio de Urrao, cuentacon una población de origenpaisa y otras nativas, entre lascuales sobresalen 11comunidades indígenas y 4comunidades negras, con unagran influencia en elterritorio de los distintosgrupos al margen de la ley, endonde la más afectada es lapoblación campesina,ocasionando eldesplazamiento de lasfamilias campesinas hacia elcasco urbano.

La subregión Atrato estácomprendida por laspoblaciones de Murindó y

Vigía del Fuerte. Dichasubregión se localizada en elextremo más sur-occidentalde la región, margen orientaldel valle aluvial del río Atrato. Predomina el bosquemuy húmedo tropical, siendomuy alta la pluviosidad, loque se traduce enimportantes y abundantes

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zona comprende la cuenca alta y media del río Sucio hasta la confluencia delrío Mutatá con algunas excepciones.El elemento estructurante de las dinámicas de desarrollo más sobresalientes yde mayor dinamismo en la subregión Occidente, es la vía al mar, esta ha sido yes el principal eje cultural y estructural que atraviesa la cuenca del Riosucio y ladinamizadora de los municipios y poblados.

recursos hídricos. Aproximadamente el 43%del territorio corresponde apantanos y zonas anegadizasy el 50% en bosque. Todaslas dinámicas existentessobre la subregión Atrato seencuentran limitadas yfavorecidas por el entornogeográfico y las condicionesambientales, en este orden deideas, la dinámica mássobresaliente es la extracciónforestal, la cual se da a partirdel aprovechamiento delpotencial maderero, donde el70% del área del AtratoMedio está cubierta debosques, se estima quedirecta o indirectamente el

80% de los recursos yactividades económicas de laregión dependen del bosque,(POTs). Se considera que losrecursos mineralesprincipalmente cobre, sonabundantes pero no seconocen estimacionesconfiables de los mismos.

Distrito minero: GuajiraFecha de creación: 2010-07-22

Localización y caracterización ambiental Mineralesrepresentativos, usos y principal destino

El Distrito Minero de la Guajira esta conformado por los municipios deRiohacha, Albania, Barrancas, Dibulla, Distracción, El Molino, Fonseca,Hatonuevo, La Jagua del Pilar, Maicao, Manaure, San Juan del Cesar, Uribía,Uramita, Villanueva, lo cual corresponde a todo el departamento.Esta localizado en la península de la Guajira, limita al oriente el departamentolimita con el golfo de Venezuela, al sur se encuentra Cesar y al occidenteMagdalena. El territorio guajiro esta aislado por la Sierra Nevada de SantaMarta y determina la sectorización natural y cultural de la península:La Baja Guajira, en el flanco y piedemonte oriental de la Sierra Nevada deSanta Marta y los valles alto y medio del río Ranchería, en donde se aloja lamayoría de la población del departamento.La media Guajira, de la Sierra Nevada de Santa Marta pertenece en el flanco ypiedemonte, entre los ríos Palomino al occidente, en la frontera con eldepartamento del Magdalena y el Jerez al oriente, los dos nacen en la sierra ydesembocan en el Caribe.La alta Guajira, afluente este del golfo de Maracaibo, es una región llana ydesértica, al norte del río Ranchería.En el departamento de la Guajira se presentan promedios de temperatura de27 y 45 grados centígrados. La temperatura mínima llega hasta los 3 gradoscentígrados en la parte montañosa de la región. Se presentan lluvias entre los

En la Guiajira se desarrollala minería de carbón a granescala y la extracción de salmarina principalmente.

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meses de Septiembre y Diciembre. La guajira es la zona más seca del país, yaque ha generado una vegetación muy típica con arbustos espinosos y cactus. Lalengua oficial del departamento es el idioma wayuunaiki, ya que la poblaciónindígena wayuu representa más del 40% de toda la población.

Distrito minero: La JaguaFecha de creación: 2009-01-14Localización y caracterización ambiental Minerales

representativos, usos y principal destino

El Distrito Minero de La Jagua, conformado por los municipios de Becerril,Codazzi, La Jagua de Ibirico y El Paso que incluye su corregimiento de LaLoma, está localizado en el centro del Departamento del Cesar, comprenderegiones geográficas desde la Serranía de los Motilones o del Perijá, en límitescon Venezuela, hasta los valles húmedos del río Cesar.La región es heterogénea, permite diferenciar tres subregiones principalesque presentan características distintas en cuanto a su formación y desarrolloproductivo:La zona de montaña, sobre la Serranía del Perijá, prolongación de lacordillera Oriental, con alturas sobre el nivel de mar desde 1000 metros hasta3000 metros, constituido geológicamente por rocas igneas, sedimentarias ymetamórficas. La producción básica agrícola son los productos desubsistencia, y en pequeña escala café y plátano.La segunda zona corresponde al piedemonte, en alturas entre 200 y 1000metros sobre el nivel del mar, en donde se sitúan las poblaciones de Codazzi,Becerril y La Jagua de Ibirico.La tercera zona se localiza por debajo de la cota de 200 msnm, tiene comocaracterística la formación de las llanuras centrales, sobre rocas sedimentariasaluviales, llanuras bañadas por el río Cesar y sus afluentes; corresponde alárea agrícola de alta producción del territorio; en ella se encuentran buenastierras de labor aprovechadas en agricultura y ganadería: Se produce palmaafricana, maíz tradicional, maíz tecnificado, arroz riego, arroz secanomecanizado, sorgo, café, caña, yuca, algodón, cacao, ajonjolí y plátano. Aquí

se localiza El Paso, con su corregimiento de La Loma.La gaadería vacuna es una actividad de gran importancia gracias a las extensasllanuras; la mayor proporción del hato ganadero está dedicado a laproducción lechera y de doble propósito. La pesca es una actividad relevantede la población, se caracteriza por ser de subsistencia y artesanal y seconcentra en los ríos Magdalena, Cesar, en sus afluentes y ciénagas. Elrenglón industrial tiene baja participación en la economía departamental ysobresale la agroindustria de alimentos y de aceites vegetales.

Valledupar se constituye en el epicentro comercial para el intercambio yabastecimiento de productos, la mayor parte de los cuales proviene del sectoragropecuario; Barranquilla es el centro de influencia de primer orden yBucaramanga es el de segundo orden.

En el suelo y subsuelo deldepartamento del Cesar yacenimportantes recursos mineralesy materiales de construcción:carbón, arcilla, materiales deconstrucción, barita-fluorita,caliza ornamental, oro, plata,Hierro, Rocas ornamentales,Uranio, Cobre.El Departamento se destacapor sus explotaciones decarbón ubicadas en losmunicipios de La Jagua deIbirico, Chiriguaná, Becerril yEl Paso.La población dedicada a lasactividades mineras en el Cesares de 24.727 personas, lamayoría (92.54%) se encuentralaborando en las explotacionescarboníferas (22.883), el resto1844 trabajan en otrasactividades mineras.

El carbón es el combustiblefósil más abundante en elmundo. En Colombia elpotencial de recursos yreservas es de 16.992,8millones de toneladas, de lascuales 7.063,6 millones sonmedidos, 4.571,9 millones sonindicadas, 4.237,4 son inferidasy 1.119,8 millones sonhipotéticas. Estos recursos yreservas se localizan en las trescordilleras y en sus planicies.Las zonas con mayorconocimiento geológico selocalizan en la Costa Atlántica,las cuales corresponden a LaGuajira y el Cesar, concarbones térmicos tipoexportación, que a los nivelesde producción actual (29,9Megatoneladas –Mt- en LaGuajira y 31,5 Mt en el Cesar

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Año 2006), garantizansuministro a los mercadosinternacionales por más de diezdécadas.Por el comportamiento de losprecios internacionales delcarbón se ha incrementado elinterés por seguir explorandoel recurso; es así como en elCesar existen 8 proyectos deexplotación, 32 en exploracióny 142 propuestas de contratode concesión en trámite.

Distrito minero: La LlanadaFecha de creación: 2009-01-16

Localización y caracterización ambiental Mineralesrepresentativos, usos y

principal destinoEl Distrito minero La Llanada se encuentra ubicado en la zona central deNariño en la vertiente occidental del volcán Galeras. La zona se caracteriza porsu limitada conectividad que dificulta su comunicación con la capitaldepartamental y los mercados nacionales e internacionales.Contexto territorial, cultural, políticoEl territorio, con una extensión de 3.368 km², está conformado por losmunicipios de Cumbitara, La Llanada, Los Andes – Sotomayor, Mallama,Samaniego y Santacruz. Su población es de 117.173 habitantes de preferenciaresidenciados en el sector rural (70,4%) Se ubica sobre la vertiente occidentalde la cordillera de los Andes en la región Andina (subregiones Nudo de losPastos y Fosa de Patía) formando parte, en su mayoría, de la cuenca del ríoPatía que desemboca en el océano Pacífico. Los climas predominantes son fríoy templado alturas entre 500 y 3400 msnm y temperaturas que van de los 12 alos 30 °C. El ecosistema estratégico de mayor relevancia en el Distrito es la

Reserva Natural El Azufral, localizada al Sur en los Municipios de Santacruz y Túquerres.Los usos principales del suelo son en horticultura, café, plátano y caña paneleraen las zonas templadas y papa en el clima frio. En el territorio hay unapresencia menor de ganadería, destacándose el sector de Vergel en elMunicipio de La Llanada y algunas veredas del municipio de Cumbitara, paralla producción de leche y carne respectivamente.El Distrito hace parte de la zona de influencia del Galeras y del cinturón delPacífico, por lo que existen amenazas volcánicas y sísmicas permanentes, quecon las fuertes pendientes y régimen de lluvias predominantes, conllevan aprocesos de remoción en masa. El Distrito Minero La Llanada se localiza en lazona de influencia de Cali como metrópoli regional del occidente colombianoy se relaciona con Pasto e Ipiales como centros subregionales de primero ysegundo orden respectivamente. Además, por estar al sur del país, se ubica enzona de influencia de frontera por su cercanía con el Ecuador.La infraestructura estratégica está representada por el oleoducto Transandinocon sus respectivas estaciones de bombeo y terminal de portuaria; además dealgunas hidroeléctricas regionales. La infraestructura de apoyo, es decir, aquellaque presta servicios y soporte a las actividades productivas con miras a mejorarla productividad y competitividad regional se localiza fundamentalmente enPasto y está conformada por una red regional centros de investigación y detransferencia de tecnología, universidades, terminales de carga y pasajeros. Estainfraestructura se ve dinamizada por la presencia institucional pública y privada

La actividad minera ha sidoun oficio realizado porgeneraciones con técnicasheredadas de extracción deloro y de procesamientoartesanal mediante la cual sehacen productos de joyería.

La geomorfología estárelacionadafundamentalmente conedificios volcánicos y con vertientes montañosas dependientes escarpadas y

moderadas.La geología del territorio sefundamenta principalmenteen rocas de origen ígneodonde predominan depósitospiroclásticos; rocas dacíticasa riodacíticas; rocas volcánicas oceánicas básica,basaltos – diabasas masivas ycuerpos batolíticos(granodioritas).

También ocurren algunasrocas sedimentariasrepresentadas por flujospiroclásticos con ceniza ypómez consolidados, y rocassilicicásticas de composiciónareno-arcillosas conestructura esquistosa pormetamorfismo dinámico eintruidas por la granodiorita

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que acompaña y apoya las actividades productivas, como Gobernación,alcaldías, Corponariño, Ingeominas y Cámara de Comercio de Pasto. Sinembargo, en el ámbito de los municipios que conforman el Distrito, lainfraestructura de apoyo es muy limitada. La población campesina en sumayoría, corresponde a núcleos humanos ancestrales, apegados a sustradiciones y costumbres, con gran influencia de culturas indígenas. Su sistemaproductivo está ligado al trabajo agropecuario en pequeños fundos de supropiedad, los cuales habitan y trabajan mediante el trabajo familiar y enocasiones mediante el sistema comunitario de mingas lo que demuestra unacapacidad de asociación innata.

de Piedrancha. Esta geologíaha permitido que en la regiónexistan yacimientos de oroexplotados principalmente enfilones y algunasmanifestaciones de aluvionesen el municipio de Cumbitaray Los Andes; al igual queyacimientos de manganesoen el Municipio deSamaniego y Mallama.

Distrito minero: La SabanaFecha de creación: 2009-01-16

Localización y caracterización ambiental Mineralesrepresentativos, usos y

principal destinoEl territorio se localiza sobre la Cordillera Oriental en la Región Andina,específicamente dentro de la subregión del Altiplano Cundiboyacense; en estasubregión natural, los paisajes geomorfológicos más representativos son: elpaisaje de montaña, que se localiza en los costados oriental y occidental de laSabana con elevaciones superiores a los 2.800 msnm y pendientes fuertes yescarpadas, y el paisaje de altiplanicie que corresponde a la extensiónseptentrional del altiplano de la Cordillera Oriental, con alturas entre 2.500 y2.600 msnm y relieve ligeramente ondulado a plano.De acuerdo a la información geológica, en el Distrito Minero predominan lasrocas de características sedimentarias intercaladas con algunas ígneas, lo que hafavorecido la existencia de yacimientos de calizas, arena, grava y arcillasprincipalmente.

En el territorio del Distrito Minero de la Sabana no se encuentran parquesnacionales naturales, aunque en el límite sur empieza el Parque Nacional

Natural de Sumapaz, que se extiende sobre el páramo de su mismo nombre, endonde nacen importantes ríos que tributan a las cuencas del Magdalena y de laOrinoquia.

En el territorio del DM de la Sabana existen ecosistemas estratégicos como lascuencas de los ríos Bogotá, Chicú, Frío, Neusa, Soacha y Teusacá, los embalsesdel Muña, del Sisga y Tominé, y como algunos humedales de importanciahídrica. Además se encuentran extensiones significativas de bosques andinos,altoandinos y ecosistemas de páramos de considerable riqueza y fragilidadambiental. Por su ubicación en el altiplano de la Cordillera Oriental, los climaspredominantes son frío, muy frío y subpáramo, con alturas que van de los2.400 a los 4.000 m.s.n.m. Las precipitaciones varían de 500 a 1.500 mm/añoen los climas mencionados y las temperaturas de 18 ºC en clima frío a rangosentre 3 y 6 ºC en las zonas de subpáramo.Una porción del territorio del Distrito Minero de la Sabana forma parte deBogotá, Distrito Capital, y otra porción se localiza en su periferia,encontrándose inmerso dentro de área de influencia de Bogotá, DC, comoprincipal metrópolis de nivel regional, contando con centros de apoyo localcomo Facatativa al occidente y Zipaquirá al norte.

La producción mineraregional está representadafundamentalmente porexplotaciones de caliza parala industria cementera y pormateriales para laconstrucción como roca,piedra, arena y arcilla, lamayoría de ellos con destinoal mercado de Bogotá.

Según los datos del censominero, en febrero 2008 elDepartamento deCundinamarca tiene 924

títulos mineros, que seencuentran clasificados comominería de hecho y mineríade hecho agrupada. En elDistrito Minero de la Sabanaexisten 158 títulos comominería de hecho agrupada.Para la ciudad de Bogotá queestá dentro del DistritoMinero La Sabana tiene 17solicitudes de legalización deminería de hecho de lossiguientes minerales: Arcilla ,arena recebo, materiales deconstrucción, arena grava,materiales pétreos, materialesde construcción areniscas,recebo arena, materialespétreos, caolín, arena ypiedra. En la minería detítulos agrupados pormunicipio hay 290 títulosmineros que pertenecen al

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Distrito minero la Sabana.

Los principales minerales enexplotación en el DistritoMinero son: Materiales deconstrucción, arcillas y otros.

Distrito minero: Litoral PacíficoFecha de creación: 2009-01-22

Localización y caracterización ambiental Mineralesrepresentativos, usos y

principal destinoEl distrito minero del Litoral Pacífico además de ser una zona estratégica concontinuidad geográfica y geológica en las cuales: La minería es una actividadeconómica de interés e impacto social; el sector productivo, los entesterritoriales, la academia y las organizaciones sociales están comprometidas conel negocio legal, seguro, competitivo y sostenible; la planeación y la gestión serealiza con énfasis en lo territorial y lo minero empresarial. Es en general unparaíso de biodiversidad, biogeográfico, eco turístico y multicultural con bienespatrimoniales naturales y culturales que le permiten al Cauca ser un territoriopara querer y compartir.

El Distrito Minero del Litoral Pacífico conformado por los municipios deGuapi, Timbiquí y López de Micay está en capacidad de competir en laeconomía global garantizando la sostenibilidad ambiental y mejoramiento de lacalidad de vida de los grupos étnicos (los cuales se rigen por la ley 70 de 1993).

Su patrimonio es el recurso natural y cultural, por lo tanto la intervención de laactividad minera solo es posible a través de la planeación auto sostenible yaplicación de la legislación minera para comunidades étnicas; constituyendozonas especiales delimitadas y apropiación de los derechos de prelación.

La ubicación geoestratégica del distrito minero en Colombia en el Pacífico

Biodiverso, permite una apertura económica y la apropiación de losantecedentes suscritos (la Agenda Pacífico XXI a partir de la Cumbre Ambiental sobre Medio Ambiente y Desarrollo celebrada en Río de Janeiro en1992), el ámbito de la Cuenca del Pacífico (compartida con otros 34 países) yacuerdos económicos internacionales (acercamientos con los países asiáticos,fortaleciendo sus relaciones con Estados Unidos y América Latina). Según loanterior por estar ubicado en la Cuenca del Pacífico es una región estratégicade interés ambiental para el mundo, con invaluables recursos no renovablesdonde solo es posible pensar en el desarrollo de la minería verde. A través del Distrito Minero, la minería, como actividad económica tendrá quedespertar de su sueño y deberá experimentar, vivenciar la competitividad, lasostenibilidad, el bienestar de manera integral apropiándose de las herramientasdel modelo de gestión de la Colombia minera. De esta forma se integra al restodel país y al mundo guardando su autonomía, sus manifestaciones culturales, larica tradición oral (dialectos, mitos, leyendas, costumbres, ritos, creencias); lasprácticas de medicina tradicional; el arte (como creación material e intelectual;simbolizado en instrumentos y herramientas), la gastronomía, las fiestas y elfolclor (representado en la variedad musical, de danzas y canciones).De las satisfacciones y oportunidades que ofrece este Distrito Minero, seincluye el ecoturismo donde es posible promocionar para uso adecuado larecreación, los deportes náuticos y de descanso: las playas, los manglares, lasmontañas, el conocimiento y valoración de las especies nativas, los ríos, elpaisaje; la pesca, la navegación, la cocina regional, y muy especialmente el ser

Principalmente se realiza laextracción de oro y otrosmetales como el Platino.

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humano inmerso en las actividades extractivas minero-ambientales. La minería vista de esta manera contribuirá a generar bienestar, sostenibilidad, desarrollo yfelicidad, al mejorar las condiciones de accesibilidad, inversión nacional yextranjera hacia los mercados de exportación (incremento de las exportacionesde manufacturas), habrá generación de empleo remunerado y/o lucrativo;igualmente se presentara mejoramiento tecnológico en los sistema decomunicación e infraestructura social, estrategias de oferta y equipamiento.

Distrito minero: Los SantosFecha de creación: 2009-01-16

Localización y caracterización ambiental Mineralesrepresentativos, usos y

principal destinoEl Distrito Minero de Los Santos está conformado por los municipios de LosSantos, Zapatota, Villanueva y Curiti, situado en el departamento de Santander,entre la cordillera oriental y el valle medio del magdalena, abarcando tresprovincias de las ocho que componen el departamento, Guanenta, Soto yMares. Tiene una extensión total de 948 kilómetros cuadrados, con alturas que vandesde los 500 metros, con temperaturas hasta de 30 ºC, en el valle del RíoSogamoso, con altísimas precipitaciones anuales (Puede llegar a 15000mm/año) y los 3000 metros con 12 ºC, en el municipio de Curiti.La población estimada, según el censo de 2007, es de 38383 habitantes; 14248en la zona urbana, equivalente al 37% y 24135 en la zona rural, con el 63%.Los municipios de Villanueva, Zapatota, Curití y Los Santos, entre otros, hansido afectados por procesos erosivos fuertes, especialmente el áreacomprendida por la zona árida, afectando las rocas y suelos en vertientes,laderas y taludes de las principales cuencas hidrográficas. La infraestructura vialtambién se ha visto afectada por la erosión, así mismo el suelo aprovechable enregiones agrícolas.La Provincia Guanenta, de gran riqueza hídrica, paisajística, histórica y cultural,donde el turismo de aventura, el ecoturismo y el agroturismo, son las

actividades económicas de mayor proyección, están los municipios mineros deCuriti y Villanueva, cuya principal explotación son las calizas y el yeso,respectivamente.En la Provincia de Soto, encontramos el municipio de Los Santos, cuyaprincipal explotación minera se desarrolla en torno al yeso. Este núcleo esdenominado como centro prestador de servicios especializados del nororientecolombiano en salud, educación y en la mayor parte de las actividadesindustriales y manufactureras del departamento. En la zona rural sus suelos sonaptos para los sistemas de producción silvo pastoril y forestal.El municipio de Zapatota esta ubicado en la Provincia de Mares, cuya principalexplotación minera es el yeso. Esta región es una despensa agroforestal yganadera. Punto estratégico articulador transversal y longitudinal del flujo debienes, servicios y pasajeros de Colombia, Venezuela y el Caribe. Ademáscuenta con la refinería más importante del país, en Barrancabermeja; con granpotencial en la producción de aceite de palma, caucho, pesca, ecoturismo en elParque Nacional del Petróleo, humedales del Magdalena Medio y el ParqueNacional Natural Serranía de los Yariguíes. La Serranía de los Yariguíes, como principal ecosistema del distrito, tiene unaextensión de 78.837 Ha. Con alturas que oscilan entre los 1.800 y 2.300 msnmcon un clima cálido Páramo y temperaturas entre 12 ºC y 18 ºC. Fue creado enel año 2005. Incluye territorio de 17 municipios: Simacota, Chima,Contratación, Guacamayo, Hato, Palmar, Galán, Zapatoca, Betulia, San Vicente de Chucurí, El Carmen de Chucurí, Santa Helena de Opón, Landázuri,

El departamento deSantander, el cual además desu pluralidad de paisajes yclimas, es centro dedesarrollo en actividadeseconómicas en el sectoragrícola y pecuario; en laexplotación avícola, caprina yganadera; adicionalmentecuenta con recursosminerales como el plomo,fósforo, yeso, mármol,carbón, oro, calizas yprincipalmente petróleo.La geología del distrito estaconformada por rocasmetamórficas, del paleozoico – Siluriano/ Ordovícico, conpresencia de filitas, esquistos,

cuarcitas, pizarras, metaconglomerados y mármoles,ubicados principalmente enel municipio de Curiti. También se destaca elimpulso de otros sectorescomo el minero - energético,en la explotación de yesos,calizas y las arcillas,productos que son de granimportancia en laconstrucción y la producciónavícola, no solo en eldepartamento sino en el país.El distrito minero de LosSantos crece y se fortalecetratando de ser líder en eldesarrollo de la industriaminera del yeso y la caliza,aportando para elmejoramiento económico deldepartamento.

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Vélez, Cimitarra, La Paz y Aguada.

Distrito minero: MarmatoFecha de creación: 2009-01-29

Localización y caracterización ambiental Minerales

representativos, usos y principal destinoEl Distrito Minero de Marmato esta conformado por los municipios deMarmato y Supía en el departamento de Caldas y el municipio de Quinchía enRisaralda. Es el único distrito que tiene áreas en dos departamentos. Tiene unaextensión de 308 Km², con una población de 66343 habitantes, según laestimación del 2007, distribuidos el 58% en la zona urbana y el 42% en elcampo. La zona de Marmato se encuentra localizada en las estribaciones de lacordillera Occidental, ubicada en el cañón del río Cauca, una depresiónestructural producto de dos sistemas de fallas: el de Romeral al este y el Cauca – Patía al oeste.El paisaje de la región es montañoso formado por el flanco oriental de lacordillera Occidental hasta el río Cauca. El clima medio transicional a climacálido, húmedo transicional a medio seco. El relieve predominante esfuertemente quebrado a escarpado con pendientes fuertes y largamentedisectadas por valles profundos de ríos y quebradas con presencia de procesoserosivos que se manifiestan en remociones en masa, surcos y cárcavas. Sepresentan mantos se ceniza volcánica sobre rocas de origen ígneo ymetamórfico. Corresponde a alturas menores a 1.200 msnm. Que formanparte de un sistema de colinas disectadas, modeladas sobre materialessedimentarios en un relieve ligeramente ondulado a escarpado. Estas colinastienen drenaje hacia el río Cauca.El clima es templado, con temperaturas que oscilan entre 12ºC y 24ºC, conprecipitaciones entre los 2000 y 2500 mm por año. En el distrito minero setienen alturas desde los 800 hasta los 1800 msnm.Es una zona con altísimos riesgos geológicos, volcánicos y sísmicos por laactividad permanente de las fallas que cruzan la región y el vulcanismo activo.

El índice de desarrollo humano para la región es de 0.730. El índice depersonas con necesidades básicas insatisfechas es en promedio para los tresmunicipios de 43%, más alto que el promedio de los dos departamentos,siendo mayor para el municipio de Quinchía.La cobertura en salud es del 83% para régimen subsidiado y contributivo. Eneducación primaria y básica secundaria es del 90%. Pero la formación técnica yprofesional solo alcanza el 10% en promedio para todo el distrito minero.La cobertura en servicios públicos es muy buena para la energía tanto en elárea urbana como rural, alcanzando niveles del 93%. En la zona urbana lastelecomunicaciones y el acueducto son buenos pero el campo no tiene esamisma calidad de servicio.Las vías de transporte en general son buenas pero la llegada a los centrosprincipales de producción (Marmato Y Quinchia) está en muy regular estado.

La geología del distrito estaconformada por rocas ígneas;compuestas por basaltos,cuarzodioritas, gabros,andesitas, porfidosandesíticos y dacíticos queson las rocas encajantes delas mineralizaciones auríferas.Rocas metamórficasbásicamente meta gabrosoriginados pormetamorfismo de contacto.Rocas sedimentariascompuestas por arenitas,carbones y arcillolitas.

El oro se encuentra enfilones que rellenan lasdiaclasas de un pórfidodacítico conocido comoStock de Marmato. El 75%de la producción es extraídapor una solaempresa,mientras que el porcentajerestante proviene de la labor

de pequeños mineros noorganizadosempresarialmente.

La principal apuestaproductiva para la región estaorientada a lograr unaexplotación tecnificada deloro, apoyándose en elturismo y volver a lasprácticas agrícolas.

Distrito minero: MercaderesFecha de creación: 2009-01-05

Localización y caracterización ambiental Mineralesrepresentativos, usos y

principal destinoEl Distrito Minero de Mercaderes está conformado por los municipios de Almaguer, Balboa, Bolívar, Mercaderes y El Tambo, situado en la regiónSurandina, dentro de la ecoregión que forma el enclave xerofítico del Patía del

La actividad minera estarepresentada en laexplotación de oro, piedras

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departamento del Cauca.La cuenca del Patía ocupa la región comprendida entre la margen occidentalde la Cordillera Central, que hace parte del Macizo Colombiano; la fosa delPatía o Valle Interandino del Patía y la margen oriental de la CordilleraOccidental.Las geoformas de la cuenca son muy diversas, con relieves ondulados,quebrados y escarpados con altitudes que fluctúan entre los 550 y 4.000m.s.n.m.; esta característica permite que se encuentren diferentes tipos de climaque van desde el cálido muy seco, hasta el páramo muy frío y muy húmedo.Esta cuenca es de un gran valor ecosistémico por cuanto se constituye en uncorredor biológico importante, que conecta dos ecosistemas estratégicos deinterés nacional: el Macizo Colombiano y el Chocó Biogeográfico; además, seencuentra un enclave xerofítico de gran interés para la protección yconservación.Las zonas semiáridas como el Valle del Patía y la meseta de Mercaderes y suárea de influencia directa, que contienen relictos de endemismo de flora yfauna y alguna oferta de recursos energéticos (petróleo y carbón ), presentanun paisaje dominado por el impacto de la ganadería y algunos sistemasextractivos de minería.Los ecosistemas de páramos, subpáramos y paramillos, ocupan un área

aproximada de 68.380 hectáreas en el departamento del Cauca y que de hechoson estratégicos por su función reguladora para la recarga de acuíferos en los Valles de Cauca , Patía y potencialmente en la meseta de Popayán, de las aguassuperficiales en microcuencas que abastecen acueductos municipales y veredales.En el Valle Geográfico del Río Patía tradicionalmente se vienen desarrollandoexplotaciones agrícolas como el maíz, café tradicional, café tecnificadointercalado con plátano, yuca; frutales como sandía, papaya, melón, guayaba,cítricos (limón y naranja) y coca, articulados a la economía campesina. Por suscondiciones ambientales el Valle del Patía es considerado una región con altapotencialidad para el desarrollo de la actividad ganadera.En aspectos demográficos el Cauca se reconoce como un departamentopluriétnico y multicultural, situación que exige de todos los actores sociales einstitucionales una aproximación intercultural a sus procesos de gestión comoaspecto esencial en el enfoque del desarrollo regional. Se resaltan los siguientesgrupos étnicos:Los pueblos indígenas del Cauca por sus dinámicas político organizativas, deubicación geográfica y de desarrollo social económico y cultural se hanorganizado por zonas, que les han permitido en la práctica la conjugación yagrupación de diferentes etnias, manejar visiones y relaciones de conjuntosobre el territorio y diseñar estrategias de desarrollo zonal, como la poblaciónindígena Yanacona que está asentada en las estribaciones de la CordilleraCentral, donde se encuentran los ecosistemas estratégicos de bosque altoandino, vegetación de páramos y humedales importantes para la regulaciónhídrica.En las zonas de ladera de montaña, se ubica la población campesina dedicada alas labores agropecuarias tradicionales o con aplicación de incipientes

tecnologías productivas.La población afrocolombiana se encuentra asentada en su mayoría, en la partebaja de las cuencas de los ríos Guachicono, Sambingo y San Jorge conocidacomo “la fosa patiana”, este grupo está dedicado a la producción agrícola ypecuaria, y aplican algunas tecnologías para el mejoramiento de la producción.En la región, se ha venido adelantando un proceso de Titulación de tierrasColectivas de Comunidades Negras, particularmente en la Costa Pacífica, quees necesario tener en cuenta, donde se inicia en los años ochenta laconformación de organizaciones campesinas afrodescendientes que reivindicansu derecho al territorio.

semipreciosas (En elmunicipio de Mercaderes) ymaterial de cantera. Laminería subterránearepresentada por la pequeñay mediana minería del oro ycarbón particularmente en lasestribaciones de la CordilleraOccidental. La mineríaaluvial que se aplica en laextracción de oro y gravas,tanto manual comomecanizada, en los ríos yquebradas de la región.

Los sistemas extractivos másrepresentativos actualmenteen el departamento son lossiguientes:Explotaciones Mineras: La

minería adelantada en eldepartamento se clasificacomo mediana, pequeña y desubsistencia. Los principalesminerales explotados soncarbón, oro de filón yaluvión, bauxita, agregadospétreos y azufre. Estasexplotaciones son realizadascon escaso nivel detecnificación y una deficienteasistencia técnica, lo que hagenerado un progresivodeterioro de los recursosnaturales renovables.Extracción de madera: Lamayor parte de los productosdel bosque natural provienende los ecosistemas naturalesde la Costa Pacífica yPiedemonte Amazónico.

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Distrito minero: MuzoFecha de creación: 2009-01-20

Localización y caracterización ambiental Mineralesrepresentativos, usos y

principal destinoEl Distrito Minero de Muzo está conformado por el municipio que lleva sumismo nombre y 10 municipios más (Briceño, Coper, La Victoria, Maripi,Otanche, Pauna, Quípama, San Pablo de Borbur y Yacopí) del occidente deldepartamento de Boyacá. Tiene una extensión de 3.007 km² y una poblaciónde 83.549 habitantes (2006), en su mayoría residente en el sector rural (73,7%).El territorio se ubica sobre la cordillera Oriental en la Región Andina,específicamente dentro de la subregión denominada “Vertiente Magdalenensede la Cordillera Oriental”. Por pertenecer a esta subregión natural, el paisajegeomorfológico más representativo es el de montaña, conformado por unrelieve quebrado ha escarpado, muy disecado por profundos cañones dondecorren los ríos de la región que tributan a la cuenca del río Magdalena.De acuerdo a la información geológica, en el Distrito predominan las rocas decaracterísticas sedimentarias intercaladas con algunas ígneas, lo que hafavorecido la existencia yacimientos de piedras preciosas como las esmeraldas.En la extensa geografía del territorio del Distrito de Muzo no hay parquesnacionales naturales; sin embargo, prácticamente en todos los municipios sepresentan algunas zonas de reserva forestal que tienen como función laconservación de los recursos naturales, especialmente las fuentes superficialesde agua.Por la complejidad del territorio, su gran diversidad climática y de coberturas vegetales, y por el alto grado de intervención antrópica (especialmente minera),la región es de alta fragilidad ambiental y requiere de manejo especial. Por suubicación cordillerana, los climas predominantes son cálido y templado conalturas que van de los 500 a los 2.000 m.s.n.m. Las precipitaciones son altas yoscilan entre los 2.000 y 4.000 mm/año con temperaturas entre los 18 y 24 °Cen el clima templado y mayor a los 24°C en el cálido hacia el valle delMagdalena.

Aunque no se dispone de información y cartografía sobre usos actuales ypotenciales de los suelos que permitan identificar posibles zonas de conflictos,en la región predomina una actividad agropecuaria típica de zonas de ladera enclimas cálidos y templados, donde hacen presencia cultivos de café, plátano,yuca, frutales, caña y pastos de pastoreo generalmente diseminados por elterritorio. Esta cobertura vegetal se complementa con algunas zonas debosques intervenidos. El sistema hídrico local, definido por sus geoformas,hace parte en su totalidad de la cuenca del Magdalena a través de la subcuencadel río Minero-Carare, de la que son tributarios los ríos Guazo, Villamizar,Guaquimay y Piedras, además de las quebradas La Caca, Tambrías y El Cobre.

Las condiciones de clima, geomorfología, geología, relieve y suelos hacen quela región esté sometida a una serie de amenazas naturales que generan riesgossignificativos para las obras de infraestructuras, construcciones, actividadesproductivas y población en general.

Este Distrito se dedicaprincipalmente a laextracción de esmeraldas.

Distrito minero: Nordeste AntioquiaFecha de creación: 2009-01-18

Localización y caracterización ambiental Mineralesrepresentativos, usos y

principal destinoEl Distrito Minero del Nordeste Antioqueño está constituído por losmunicipios de Amalfi, Anorí, Cáceres, Caucasia, El Bagre, Nechí, Maceo,

Las actividades productivasse concentran alrededor del

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Remedios, San Roque, Segovia, Tarazá y Zaragoza, situado en el nororiente delterritorio del Departamento de Antioquia. Dicho territorio presenta una grandiversidad de relieves, de cultura de sus habitantes y de característicasambientales. Está determinado por las cuencas de los ríos Cauca y Magdalena,entre las cuales se encuentra un imponente sistema montañoso, situación quedetermina una diversidad de ecosistemas que van desde las llanuras aluvialeshasta los páramos.Pertenece al área hidrográfica del Caribe, donde la mayor parte de su territorioestá en la cuenca Magdalena-Cauca. Dentro de éstas se encuentran clasificadas228 cuencas, con un tamaño mínimo de 4.000 ha. De las cuales se destacan lasde los ríos Cocorná Sur, Nare, San Bartolomé, Cimitarra, San Jorge, SamanáNorte, Nus, Volcán, Alicante, Ité, Tamar, Arma, San Juan, San Andrés,Ituango, Tarazá, Man y Nechí. El territorio se encuentra en la zona de vertientes de las Cordilleras Central y Occidental con flujo a los rios Cauca yMagdalena, se han establecido varias unidades ambientales para comprender ladiversidad de los ecosistemas de la amplia región para de esta forma analiarloscon mayor claridad.Unidad 11. Piedemonte colinado de Tarazá. Esta unidad corresponde a las vertientes colinadas e irregulares de los piedemontes de las dos cordillerashacia el valle del río Cauca, en gran parte de los municipios de Tarazá y

Valdivia y en menor proporción al nororiente de Ituango.Unidad 12. Complejo hidrológico del Bajo Cauca. Localizada sobre la llanurade inundación de los Ríos Cauca y Nechí, en donde la unidad típica de paisajeincluye canales, ciénagas, bajos y terrazas con un régimen de inundaciónnatural asociado con las temporadas húmedas, que por alteraciones antrópicasde la parte media y alta de las cuencas ha aumentado el nivel de vulnerabilidaddel sistema. Actualmente, sobre la llanura aluvial del río Nechí, continúaoperando una explotación minera a gran escala con prácticas ambiental ysocialmente sostenibles.Unidad 13. Sistema colinado del Bajo Cauca. Esta unidad corresponde a lascolinas bajas del altiplano de Caucasia, entre los ríos Cauca y Nechí cubriendogran parte de los municipios de Caucasia y Cáceres y una pequeña área de losmunicipios de Zaragoza y Tarazá. La unidad presenta un alto potencial deacuíferos, actividad forestal comercial y agroecológica, así como alta reserva dedepósitos de oro en las llanuras aluvialesUnidad 14. Bosques tropicales de la Cuenca media del río Nechí. Esta unidadlocalizada sobre las estribaciones de la cordillera central hacia las llanurasaluviales de los ríos Cauca y Nechí, se caracteriza por un paisaje de transiciónentre serranías con filos de topes amplios y prolongados, hacia un sistemacolinado de cerros bajos asociados con la superficie de erosión Amalfi –Anorí.Unidad 15. Serranía de San Lucas. Esta unidad integra las serranías, colinasbajas y valles estructurales que conforman la Serranía de San Lucas con susestribaciones, involucra gran parte de los municipios de El Bagre, Segovia yRemedios y parte de los municipios de Nechí, Yolombó, Vegachí y Yondó. Sepresenta una mayor intervención y uso del suelo hacia la zona sur y el Valle delRío Nechí con establecimiento de potreros, explotación maderera y minería deoro aluvial y subterránea; se tiene un potencial alto de minería de oro entre los

municipios de Remedios y Segovia.Unidad 16. Sabanas y humedales del Magdalena Medio. Esta unidad decaracteriza por un paisaje aluvial en donde se destaca la presencia de Bajos yCiénagas de la llanura de inundación del río Magdalena y las vertientesonduladas del frente erosivo de este mismo río, cubriendo gran parte de losmunicipios de Yondó, Puerto Berrío y Puerto Nare. El complejo aluvial delMagdalena y del Río Cimitarra son vulnerables a la inundación lenta en lasépocas de invierno, fenómeno que se agrava por la sedimentación del canal,generada por el uso del suelo en las cuencas. Además de la ganadería, en launidad se presentan actividades económicas relevantes como la explotación de

cultivo del café y caña deazúcar y de la cría de ganadode engorde. Buena parte delas áreas abiertas estádedicada a potreros.Caracterizada en términosgenerales por una condiciónmarginal frente a la dinámicae integración territorial. Sepresenta actividad minerapara la extracciónprincipalmente de oro aluvialy de veta, arenas silíceas yarcillas para la fabricación de vidrio y losa. La zonapresenta buena articulacióncon el nivel nacional, pues enésta se concentran loscorredores de conectividadterritorial como son la

Troncal de Occidente queune al Distrito minero conMedellín al sur y al norte conla costa Atlántica; la víaMedellín-Puerto Berrío queempalma con la Troncal de laPaz que a su vez conectaNeiva con Santa Marta y conBogotá, la conexión Yondó –Barrancabermeja y el ríoMagdalena.

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hidrocarburos, generación termoeléctrica, explotación de calizas y producciónde cemento entre otros.Unidad 17. Sistema cárstico de los ríos Nus y Alicante. Esta unidad seencuentra localizada dentro del sistema colinado de la margen izquierda del Valle del Río Magdalena, que contrasta drásticamente con el paisaje típico deambientes geológicos calcáreos, caracterizado por la presencia masiva de cerrosredondeados con contornos perimetrales bien definidos. La superficie colinadaen general presenta unas condiciones de muy baja a baja dinámica e integraciónterritorial, con una transformación drástica en el uso del suelo, en donde laexpansión de la frontera agropecuaria agotó los bosques nativos, dándole pasoa la ganadería tradicional y los cultivos de caña, acelerando los procesoserosivos alcanzando altos niveles de deterioro como en el caso de la parte altadel río Nus. Actualmente se encuentran explotaciones mineras de orosubterráneo (El Vapor y Cristales) y de calizas en el cañón del Nus, así mismoexiste un alto interés de operadores mineros de extender esta actividadeconómica hacia el cañón del Alicante.Unidad 18. Altiplano disectado del nordeste. Esta unidad corresponde a lascolinas medias y altas del altiplano conservado del nordeste Antioqueño; cubregran parte del municipio de Vegachí y Yalí, y parte de Amalfi, Remedios y

Yolombó. En esta zona persisten actividades que aunque no son muy

representativas a nivel departamental, tienen mucho arraigo en la comunidadcomo el oro. En general se caracteriza por presentar condiciones de escasadinámica e integración territorial.Unidad 19. Cañón de los Ríos Porce y Nechí. Esta unidad corresponde en sumayoría a las laderas, filos y vertientes de la Cordillera Central hacia loscañones de los ríos Porce y Nechí, con paisajes predominantes de cuchillas y vertientes largas con fuertes pendientes hacia las vertientes del Porce, unpaisaje con pendientes más suaves en la zona de embalses de Carolina yGuadalupe y un sistema de serranías con pendientes largas y pronunciadashacia el valle del río Nechí. Comprende la totalidad de los municipios deGómez Plata, Carolina, Guadalupe y Campamento, parte de los municipios de

Anorí, Amalfi, Angostura, Don Matías, Santa Rosa de Osos, Yarumal y Yolombó. Se encuentra allí el sistema de embalses de generación de energíacomo son Miraflores en Carolina, Troneras entre Carolina y Gómez Plata,Porce II entre Gómez Plata, Amalfi y Yolombó, Porce III entre Guadalupe,Gómez Plata, Anorí y Amalfi y el proyecto Porce IV entre Amalfi y Anorí.

Distrito minero: Norte BoyacáFecha de creación: 2009-01-07

Localización y caracterización ambiental Mineralesrepresentativos, usos y

principal destinoEl Distrito Minero de Norte de Boyacá Colombia, está conformado por 23municipios, pertenecientes a cuatro provincias: Gutiérrez, La Libertad, Nortey Valderrama estos municipios son: Betéitiva, Boavita, Chiscas, Chita,Covarachía, El Cocuy, El Espino, Güicán, Jericó, La Uvita, Panqueba, Paya,Paz de Río, Pisba, San Mateo, Sativa Norte, Sativa Sur, Soata, Socotá, Socha,Susacón, Tasco y Tipacoque.El Departamento se encuentra enclavado dentro de la región Andina en elsector oriental del país, en una zona geográfica, con características de zonamontañosa, colindando con la planicie llanera, lo cual hace que se tengandiferentes tipos de relaciones económicas, sociales, culturales y ambientales,que nos brinda ventajas comparativas desde la localización para impulsar eldesarrollo regional a partir de esta diversidad permeada de connotacionesancestrales y fundamentadas en la variedad de Recursos Naturales.Su gran potencial hidrográfico está representado por la Sierra Nevada del

En la actualidad en elDistrito Minero de Norte deBoyacá existen 210 tirulosmineros vigentes de carbón,esmeraldas, arenas ymateriales de construcción.

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Cocuy, de la cual nacen numerosos ríos. El 70% del área de Boyacá pertenecea la cuenca del Río Magdalena y el resto del territorio a la cuenca del RíoOrinoco. La principal subcuenca que se encuentra en el área del Distrito es ladel Río Chicamocha, la cual alimenta el sistema hidrográfico del RíoMagdalena.El Distrito Minero de Norte de Boyacá está integrado por paisajesgeomorfológicos de montaña y altiplanicie. La montaña perteneciente a laCordillera Oriental, caracterizado por cadenas montañosas alargadas conrelieves quebrados y escarpados donde predominan suelos de vertiente tipomontaña, las alturas oscilan entre 2600 y 5300 m.s.n.m. ubicado entre lossectores de Beteitiva, Paz de Río, Socha. Hay evidencia de antiguosfenómenos de glaciación que labran valles en U por donde se desplazan losglaciares en la dirección de la cuenca oriental del Río Chicamocha. La Altiplanicie central de Boyacá, más ampliamente conocida como AltiplanoCundiboyacense, está conformado por una serie de lomas y colinas, rodeadasde valles interandinos. Las alturas en el Altiplano están entre 2200 y 2700m.s.n.m., llegando localmente hasta 3150 m.s.n.m.En la zona se localiza el Parque Natural Nacional de la Sierra Nevada delCocuy, en los municipios de Cubara, Chiscas, Chita, Güicán, El Cocuy, ElEspino en alturas que oscilan entre 600 y 5330 m.s.n.m. También está el

Parque Natural de Pisba en los municipios de Socha, Socotá, Tasco y Mongua,con alturas que oscilan entre 2000 y 3800 m.s.n.m. Clima frío contemperaturas que fluctúan entre 5 y 16 grados centígrados. El páramo deGuina es un nacedero de agua que se encuentra por encima de los 3000m.s.n.m., donde nacen los ríos Guina y Colorado, en los municipios de SativaNorte y parte de Soata.Las rocas aflorantes en la región son de tipo sedimentario cubriendo edadesque van desde el Devónico Medio (Formación Floresta) al Eoceno Medio(Formación Concentración), algunas de ellas cubiertas por depósitos de tipoCuaternario. Esta característica dio lugar a la formación de variedad deyacimientos de tipo sedimentario en la región.En general la economía del departamento está basada en la producción agrícolay ganadera, la industria, el comercio, la explotación de minerales y el turismo.

Distrito minero: Oriente AntioquiaFecha de creación: 2009-01-15

Localización y caracterización ambiental Mineralesrepresentativos, usos y

principal destinoEl Distrito Minero del Oriente antiqueño está constituido por los municipiosde Abejorral, La Unión, Carmen de Viboral y Rionegro, está ubicado en elOriente del Departamento de Antioquia, extremo Noroccidental de Colombia,posee altos niveles de pluviosidad, con una media anual de 2.500 mm , gran variedad climática por el amplio rango altitudinal de la zona, con alturasmáximas de 3.340 m .s.n.m. en el Cerro de las Palomas en el páramo deSonsón, Argelia, Nariño y Abejorral. Lo que permite que se tengan zonas entrefrías y cálidas. El Territorio del Distrito Minero se localiza en dos de las cincosubregiones del Oriente así: El “Valles de San Nicolás” en donde seencuentran los municipios de El Carmen de Viboral, La Unión y Rionegro; yen el “Páramo” se localiza el municipio de Abejorral. La Región Valles de SanNicolás contiene varias unidades geológicas y geomorfológicas, una de ellas esla intrusión ígnea del Batolito antioqueño y sus rocas ígneas, metamórficas ysedimentarias recubiertas de cenizas volcánicas; los suelos actuales se handesarrollado a partir de esas cenizas y presentan características favorables paraconservación de la materia orgánica, la vegetación y el régimen hídrico.Los municipios del Distrito Minero pertenecen en forma parcial de las cuencas

La naturaleza geológica delDistrito determina la variedad de los suelos y de lariqueza minera de la región:hay presencia de depósitos demármoles y caliza, arcillasrefractarias, caolín, arenas ygravas, oro y otros minerales.

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de los principales ríos de la zona: Carmen de Viboral y Rionegro hacen partede las cuencas del río Nare y el Ríonegro; Carmen de Viboral sobre el ríoSamaná Norte; y los municipios de La Unión y Abejorral están parcialmentesobre la cuenca del río Arma. Los usos del suelo están en función de lascaracterísticas biofísicas, altas pendientes y altas precipitaciones, suelos ácidosen su mayoría y buenas condiciones en los suelos planos y colinados de losaltiplanos de los Valles de San Nicolás y Páramos. La diversidad decondiciones biofísicas dada por la amplia gama de alturas y la distribución deprecipitación definen una gran variabilidad de ecosistemas forestales que vandesde el bosque del piso basal hasta el Montano Bajo, comprendiendounidades de zona de vida desde bosque muy húmedo (bmh) o tierra fría muyhúmeda hasta el bosque muy húmedo premontano (bmh-PM). Además de lasReservas Forestales determinadas por la Ley 2 de 1995, existen varias áreasprotegidas determinadas por la Corporación Regional, Cornare, que tienencomo objeto la protección de zonas boscosas y nacimientos de quebradas oríos importantes en cada zona. El Oriente Antioqueño es considerado comouna región estratégica de desarrollo económico debido a su ubicacióngeográfica, diversidad cultural, potencial humano y a la riqueza natural con quecuenta.El sector minero tiene una importante reactivación en los últimos años,

reflejado el hecho por el aumento de las solicitudes de licencias mineras yambientales, especialmente en la exploración y explotación de arenas y gravasen la subregiones de Valles de San Nicolás, Bosques y Nus. En el contextodepartamental la región del Oriente es la segunda más poblada después del Valle de Aburrá, población incrementada en gran parte por losdesplazamientos originados por el conflicto armado en los municipios querodean la región, esto es, disminución de habitantes rurales (emigración) yredistribución poblacional en las cabeceras municipales. Esto ocasionó que lapoblación regional que antes era predominante rural hoy sea mayoritariaurbana. Se destacan fenómenos asociados a la dinámica del crecimientopoblacional: los flujos de población flotante intra y extraregional desde y haciael Área Metropolitana del Valle de Aburrá, con un carácter estacionario yflotante; las migraciones y el desplazamiento por el conflicto armado. Seencuentra población trabajadora que circula y permanece en la subregión Valles de San Nicolás durante los días laborales.Por ser Rionegro el punto concentrador de mayor número de industrias yservicios se convierte en el principal polo concentrador de la poblaciónflotante. Así los flujos según el orden de influencia son: Medellín y el ÁreaMetropolitana del Valle de Aburrá se convierten en influencia de primer orden;Rionegro de segundo orden y La Unión, Carmen de Viboral y Abejorral son deinfluencia de tercer orden sobre las poblaciones vecinas y zonas rurales. El Territorio del Distrito Minero está conectado por vías terrestres de primeramagnitud entre sí, con Medellín y el Valle de Aburrá, allí se enlazan con la vía Troncal de Occidente hacia el Eje Cafetero, Cali y el sur del país, también alnorte con la Costa Atlántica. La ruta Medellín Puerto Berrío hace conexióncon la Troncal de la Paz, por esta con Bogotá y el centro del pais; al norte conla Costa Atlántica y al oriente con Bucaramenga, Cúcuta y la frontera con

Venezuela. El transporte aéreo se hace mediante el aeropuerto internacional“José María Córdoba” en Rionegro y el “Olaya Herrera” de Medellín.

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Distrito minero: Provincia de RionegroFecha de creación: 2010-07-20

Localización y caracterización ambiental Mineralesrepresentativos, usos y

principal destinoCundinamarca(No hay información detallada)

Distrito minero: Puerto Nare Fecha de creación: 2009-01-05

Localización y caracterización ambiental Mineralesrepresentativos, usos y

principal destinoEl Distrito Minero de Puerto Nare está conformado por los municipios dePuerto Berrío, Puerto Triunfo, Puerto Nare, San Luis y Sonsón situados en elsureste del departamento de Antioquia, sobre el costado oriental de laCordillera Central y la margen izquierda del río Magdalena.Los municipios están localizados en una región de alta pluviosidad con 2500mm en promedio con gran variedad climática por el amplio rango altitudinalque va desde los 200 msnm en las planicies del río Magdalena hasta los 3340 enel cerro de Las Palomas en el Páramo de Sonsón; existen dos zonas biendefinidas: una de montaña sobre el flanco oriental de la Cordillera Central en lacual están Sonsón y San Luis; la otra zona se encuentra en la margen izquierdadel río Magdalena en donde están Puerto Triunfo, Puerto Nare y PuertoBerrío.En la zona de montaña se presenta la gran influencia del sistema de fallasCauca – Romeral, con relieve colinado en el antiguo altiplano menor de 2200msnm y en el relieve montañoso con levantamiento de la cordillera Central,que forma cañones profundos y lineales y desarrolla cuencas montañosas muydisectadas. En su mayoría corresponde a las laderas, filos y vertientes de laCordillera Central, con paisajes predominantes de cuchillas y vertientes largascon fuertes pendientes hacia las vertientes del río Nare, un paisaje conpendientes más suaves y un sistema de serranías con pendientes largas ypronunciadas hacia el valle del río Samaná.Predominan los rastrojos altos y bosques intervenidos intercalados conpotreros y cultivos permanentes de café y caña de azúcar hacia algunossectores. Hacia el norte en los municipios de Sonsón y San Luis se conservanlas principales extensiones de bosques del piso cafetero, caracterizados por sualta diversidad de flora y fauna y por una alta concentración de especiesendémicas.Las actividades productivas se concentran alrededor del cultivo del café y cañade azúcar y de la cría de ganado de engorde. Buena parte de las áreas abiertasestá dedicada a potreros. En los municipios de San Luis y Sonsón es común la

práctica de tumba y quema de rastrojos para la siembra de plátano, maíz yyuca, a lo cual sigue el establecimiento de pastos. Caracterizada en términosgenerales por una condición marginal frente a la dinámica e integraciónterritorial. También, se presenta actividad minera para la extracciónprincipalmente de oro aluvial y de veta, arenas silíceas y arcillas para lafabricación de vidrio y losa.La parte occidental del área presenta un potencial alto de acuíferos dondenacen los ríos que se dirigen en dirección oriente hacia el Magdalena, y la parteoriental del área tiene un potencial medio de acuíferos. Presenta una cobertura vegetal mixta en donde se destaca la presencia de pastos para la ganadería

Los principales ríos delDistrito Minero sonMagdalena, Samaná Sur, Nus,Samaná Norte, Nare, Porce,Claro-Cocorná Sur, Buey – Arma y Ríonegro.

La actividad mineraresponde, en gran medida, ala coyuntura económicaexterna y, en particular, a losprecios internacionales de losbienes. En el caso de laproducción de carbón, suconsumo depende mucho defactores climáticos y se veafectado por el uso de otrasformas de energía – a partirde gas, por ejemplo – y por lapercepción negativa frente asu combustión.

El oro, por su parte, registróuna producción total de35.783,36 kilogramos en2005 (al cuarto trimestre),siendo Antioquia y Bolívarlos principales productorescon el 62,5% y el 11,7% de laproducción, respectivamente.

El Plan Estratégico de Antioquia, según el cual lallamada zona de la medialuna de la riquezaagropecuaria y minera –localizada entre lasestribaciones de lascordilleras Occidental yCentral y la serranía de San

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extensiva, cultivos permanentes de caña y café, y a menor escala rastrojos altosy bosques intervenidos. Parte de esta área presenta potencial para la plantaciónforestal con fines comerciales. En esta zona persisten actividades que aunqueno son muy representativas a nivel departamental, tienen mucho arraigo en lacomunidad como el oro.Dentro del sistema colinado de la margen izquierda del Valle del RíoMagdalena, con presencia del paisaje típico de ambientes geológicos calcáreos,caracterizado por la presencia masiva de cerros redondeados con contornosperimetrales bien definidos. La baja capacidad de generación de suelosresiduales de las rocas calcáreas, propicia condiciones especiales para elestablecimiento de la vegetación; además, su alta susceptibilidad a la disoluciónfavorece la formación de cavernas y corredores subterráneos, que en conjuntogeneran ecosistemas únicos, en donde la fauna asociada a las cavernas dependede la vegetación circundante para su supervivencia. Actualmente se encuentran explotaciones mineras de oro subterráneo (El Vapor y Cristales) y de calizas en el cañón del Nus, así mismo existe un altointerés de operadores mineros de extender esta actividad económica hacia elcañón del Alicante.La región del Magdalena Medio está formada por la zona de planicie aluvialque forma el río Magdalena entre los ríos Cimitarra y Claro – Cocorná Sur,

donde se ubican los municipios de Puerto Triunfo, Puerto Berrío y PuertoNare, de clima húmedo tropical al cual se asocian sistemas de colinas dependientes moderadas y suaves, grandes complejos de ciénagas.Esta unidad de caracteriza por un paisaje aluvial en donde se destaca lapresencia de Bajos y Ciénagas de la llanura de inundación del río Magdalena ylas vertientes onduladas del frente erosivo de este mismo río, cubriendo granparte de los municipios de Puerto Triunfo, Puerto Berrío y Puerto Nare. Elcomplejo aluvial del Magdalena y del Río Nare es vulnerable a la inundaciónlenta en las épocas de invierno, fenómeno que se agrava por la sedimentacióndel canal, generada por el uso del suelo en las cuencas. En general, la unidadpresenta una cobertura predominante en pastos para ganadería extensiva quese extiende hacia la llanura de inundación, en donde mediante prácticasinadecuadas se han intervenido los bajos anegados y ciénagas. Actualmente enla región se viene expandiendo la cría de búfalos con doble propósito yasociada a los bajos y humedales. También se presentan fragmentos debosques naturales los cuales se caracterizan por su alta diversidad biótica, lapresencia de especies de fauna y flora en peligro de extinción y especiesmaderables valiosas, no obstante en la región no se encuentran áreas demanejo especial.Dentro del ambiente aluvial, se encuentran varios complejos de humedales deimportancia para la fauna asociada, la regulación hídrica, sostenibilidad de laproductividad ictiológica, y el sustento de las comunidades de pescadores. Además de la ganadería, se presentan actividades económicas relevantes comola explotación de hidrocarburos, generación termoeléctrica, explotación decalizas y producción de cemento entre otros.En general la región posee un potencial alto agroecológico, por lascaracterísticas topográficas, climáticas y de sus suelos; también posee un alto

potencial de acuíferos y en especial a lo largo de la llanura de inundación en lafranja comprendida desde la cabecera de Puerto Berrío hasta el municipio dePuerto Triunfo. A partir del centro urbano de Puerto Berrío que presenta unaalta dinámica de integración territorial, la cual tiende a disminuir hacia el nortey el sur, aunque se mantiene en un buen nivel hacia el municipio de PuertoNare.

Lucas – tiene un potencialaurífero comprobado y unpotencial carbonífero ycalcáreo que está aún pordeterminar para aprovecharla tradición orfebre dealgunos municipios de laregión, para articular laextracción de oro con lafabricación de joyas paraexportación.

Distrito minero: PutumayoFecha de creación: 2009-02-06

Localización y caracterización ambiental Minerales

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representativos, usos y principal destino

Departamento del Putumayo.(No hay información detallada)

Distrito minero: RisaraldaFecha de creación: 2010-06-01 Localización y caracterización ambiental Minerales

representativos, usos y principal destino

Departamento de Risaralda.(No hay información detallada)

Distrito minero: San Juan-ItsminaFecha de creación: 2009-02-12

Localización y caracterización ambiental Mineralesrepresentativos, usos y

principal destinoEl Distrito Minero de Itsmina está conformado por los municipios de Bagadó,Condoto, Itsmina, Sipí y Tadó pertenecientes al Departamento del Chocó,localizados en el centro del mismo, en los valles aluviales interandinos de losríos San Juan y Atrato, entre la Cordillera Occidental y la Serranía del Baudó.El territorio del Distrito Minero está comprendido en la Región Natural delPacífico y la Subregión denominada Chocó Biopacífico que hace parte de laEcoregión Terrestre Prioritaria, ETP, de la provincia florística de ChocóDarién Ecuador occidental; presenta dos características geográficas queresaltan en la composición natural y define zonas de reserva: la Serranía delBaudó, paralela a la costa, con alturas que alcanzan los 1.810 m sobre el niveldel mar, en el alto del Buey y el flanco oeste de la cordillera Occidental, dondesobresalen algunos accidentes orográficos como la serranía de Los Paraguas,

los farallones de Citará y los cerros Iró, Tamaná, Tatamá y Torrá.Presenta dos unidades fisiográficas, una es la zona de colinas y serraníasplegadas en piedemonte aluvio torrencial y la otra es la zona de valles aluvialesactivos; el territorio se forma sobre rocas intrusivas de origen ígneo volcánico ysedimentarias provenientes de depósitos fluviales, y sedimentitos de ambientefluvial y vulcanitas.Los suelos son de paisaje de lomerío de clima cálido y pluvial y del paisaje de valle desarrollados en áreas depresionables e inundables.El territorio del Distrito Itsmina se halla dentro de la zona de calmasecuatoriales, caracterizada por la alta pluviosidad, con registros superiores a los9.000 mm de precipitación anual. La temperatura de sus valles y tierras bajascostaneras es superior a los 27°C, por lo general acompañada de alta humedadrelativa (90%); estos factores que han sido desfavorables para la incorporacióntotal de este territorio a la economía nacional. La vegetación, comoconsecuencia de su ubicación y clima, es muy variada y rica. Se encuentra elparque Nacional Natural de Tatamá que lo comparte con los departamentosRisaralda y Valle del Cauca.El sistema hidrográfico es uno de los más abundantes e interesantes del país,debido principalmente a que es uno de los sectores con mayor promedio delluvias en el mundo. Los principales ríos son Atrato, San Juan, que corren ensentido opuesto, formando grandes deltas en sus desembocaduras, el primeroen el mar Caribe, y el segundo en el océano Pacífico. Siguen en importancia losríos Andágueda y Baudó.

La minería es la principalfuente de ingresos, seconcentra principalmente enla extracción de oro, le siguenen menor proporción la platay el platino, existen ademásyacimientos de caliza,molibdeno y cobre.

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El sistema vial nacional consta de las carreteras Quibdó – Medellín y Quibdó –Pereira (Carretera Panamericana) que son las principales vías que unen a lacapital departamental con el interior del país y otras vías departamentalesconectan varias poblaciones como Bahía Solano, Condoto, Nuquí y Riosucio;debido a la escasa red vial terrestre, las principales formas de desplazamientode víveres y personas se hacen a través de la red fluvial y marítima, pues, lamayor parte de los ríos son navegables por medianas y pequeñasembarcaciones. Posee dos inspecciones fluviales, la de Riosucio sobre el río Atrato y la de Istmina sobre el río San Juan. El transporte aéreo esfundamental y se realiza mediante 7 pistas de aterrizaje, el principal aeropuertoes “El Caraño” en Quibdó.El departamento presenta difíciles condiciones geográficas y climáticas, unterritorio cubierto de bosques húmedos, con una alta intensidad pluvial, es unaregión de escasa infraestructura de acceso y de servicios públicos.Los principales centros poblados y económicos son Quibdó, la capital, Istminay Nóvita. Medellín aparece como el centro de influencia de primer orden yQuibdó como de segundo orden.La participación departamental en el Producto Interno Bruto, PIB, del país esdel 0,53% del total nacional. Según el DANE el 79,7% de la población deldepartamento tiene las necesidades básicas insatisfechas.

La economía del Distrito Minero es frágil, depende de la minería, laexplotación forestal, la pesca, la agricultura y la ganadería.La alta pluviosidad del departamento (una de las más alta del mundo), hacedifícil la agricultura y, sin embargo, esta se realiza con cultivos de plátano,maíz, arroz, cacao, frutales nativos y coco. La explotación forestal ha sidointensa y por su excesiva permisidad representa una amenaza para losecosistemas del departamento. Posee un altísimo potencial de pesca fluvial ymarítima.

Distrito minero: San Martín de LobaFecha de creación: 2009-01-23

Localización y caracterización ambiental Mineralesrepresentativos, usos y

principal destinoEl Distrito Minero de Sur de Bolivar, se ubica en la subregión de la DepresiónMomposina, en la región conocida como la Llanura Caribe, entre los ríosMagdalena al oriente y Cauca al occidente al norte del país. Está integrado porlos municipios de Barranco de Loba, San Martín de Loba, Hatillo de Loba yPinillos con una extensión total de 1.180 km² y una población de 65.068habitantes en 2006, la mayoría de ellos pobladores rurales (74,4%). Elmunicipio de Pinillos, ubicado cerca al río Cauca al occidente del DistritoMinero, es el que mayor población tiene con 23.250 habitantes.

La región se caracteriza por tener una pequeña extensión de montañas depequeña altura sobresaliendo la Cuchilla “La Mojona”, seguida de planicies yplanos de inundación (ciénagas y cuerpos de agua), con alturas que van desde40 ó 50 metros a 200 metros sobre el nivel del mar. Esto hace que el clima seacálido con temperaturas, la mayoría de las veces, superiores a 24ºC, yprecipitaciones que oscilan entre los 500 y 1.000 mm/año. Las temporadas delluvias están definidas por un periodo lluvioso entre los meses de abril anoviembre en el que cae el 80% de las precipitaciones, seguido de una estaciónrelativamente seca entre diciembre y marzo.

El Distrito Minero se encuentra en su totalidad dentro de la DepresiónMomposina, es decir, entre los ríos Magdalena y Cauca cerca al sitio de suconfluencia. Por esta razón, gran parte de su territorio se encuentra sobre

Aunque la minería no esrepresentativa como tal en lascuentas económicasdepartamentales, laextracción del oro si es unaactividad importante en elDistrito, siendo numerosaslas minas en explotaciónprincipalmente en San Martínde Loba

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planos inundables con zonas pantanosas y lagunares de gran riquezaictiológica, interconectadas por caños y brazos. Las principales ciénagas son LaCaimanera, El Floral, La Sardina, Morrocoyal y Matahambre. Complementa elrecurso hídrico algunas quebradas de cortos recorridos que drenan de laCuchilla La Mojana hacia los sistemas lagunares descritos.

La geología de la zona está dominada fundamentalmente por rocassedimentarias, entre las que sobresalen los depósitos aluviales y llanurasaluviales del cuaternario. También se presentan rocas de origen ígneo, comogranodioritas y cuarzomonzonitas, en la Cuchilla La Mojana y de mas zonasmontañosas.En el Distrito Minero propiamente dicho no hay parques nacionales naturales,y carece de información sobre otros ecosistemas estratégicos como parquesnaturales regionales y zonas de reserva forestal, sin embargo, los planosinundables y las numerosas ciénagas y pantanos constituyen importantesecosistemas de gran biodiversidad y de alta fragilidad, que deben serpreservados para mantener el equilibrio ambiental en la región.Por las características del territorio con respecto a la línea del Ecuador, las variaciones latitudinales, el efecto de los vientos Alisios del norte y delnordeste, y la presencia de numerosos cuerpos de agua, las mayores amenazas

naturales están representadas por vendavales e inundaciones. Las primerasdejan sus efectos sobre las construcciones, obras de infraestructuras, cultivos y vegetación; y las segundas, anegan poblados y zonas agrícolas esencialmente.El Distrito Minero se localiza en el área de influencia de Barranquilla que es laprincipal metrópoli de nivel regional al norte del país, y en el área de influenciade Cartagena como centro urbano subregional de primer orden, y de Monteríacomo centro urbano subregional de segundo orden.La zona presenta dos ejes del desarrollo económico claramente definidos, unodeterminado por el potencial agropecuario y minero, y el otro por el potencialpesquero y de recursos hídricos.La infraestructura estratégica está conformada por poliductos y oleoductos quetransportan el crudo a la Refinería de Cartagena, que es el eje de la másimportante industria petroquímica del país. En forma complementaria, elterritorio cuenta con gasoductos, campos de producción petrolera y centralesde generación de energía.La infraestructura de apoyo, es decir, aquella que presta servicios y soporte alas actividades productivas con miras a mejorar la productividad ycompetitividad regional se localiza fundamentalmente en Cartagena y estáconformada por una red regional de incubadoras de empresas, centros deinvestigación y de transferencia de tecnología, parques industriales,universidades, centros de convenciones, zonas francas y terminales de carga yde turismo. Esta infraestructura se ve dinamizada por la presencia institucionalpública y privada que acompaña y apoya las actividades productivas. Sinembargo, a nivel local, la infraestructura de apoyo es muy limitada.

Distrito minero: Soacha – SibatéFecha de creación: 2010-06-29 Localización y caracterización ambiental Minerales

representativos, usos y principal destino

(No hay información detallada)

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Distrito minero: SugamuxiFecha de creación: 2009-02-09

Localización y caracterización ambiental Mineralesrepresentativos, usos y

principal destinoEl Distrito de Sugamuxi está conformado por 17 municipios (Belén, Corrales,Duitama, Firavitoba, Gámeza, Izá, Monga, Monguí, Nobsa, Paipa, Paz del Río,Pesca, Santa Rosa de Viterbo, Sogamoso, Tibasosa, Topaga y Tota) y selocaliza en el centro-occidente del departamento de Boyacá. Tiene unaextensión de 9.511 km² y una población de 356.111 habitantes (2006) en sumayoría residente en las cabeceras municipales (72,6%).

El territorio se ubica sobre la cordillera Oriental en la Región Andina,específicamente dentro de las subregiones denominadas “AltiplanoCundiboyacense” y “Vertiente Llanera de la Cordillera Oriental”. Porpertenecer a estas subregiones naturales, los paisajes gemorfológicos másrepresentativos son el de montaña, que generalmente se ubica por encima delos 2.600 msnm, y el de altiplanicie conocido como el altiplanocundiboyacense, el cual está comprendido ente los 2.300 y 2.900 msnm. Deacuerdo a la información geológica, en el Distrito predominan las rocas decaracterísticas sedimentarias intercaladas con algunas ígneas, lo que hafavorecido la existencia de explotaciones minerales de carbón, hierro, rocafosfórica, calizas, arena, grava y arcillas.

En la extensa geografía de Sugamuxi, Socotá, Socha y Tasco hacen parte de lajurisdicción del Parque Nacional Natural de Pisba; sin embargo, por poseeruna gran diversidad territorial, además de una significativa extensión enbosques andinos y altoandinos y ecosistemas de páramos, la región esconsiderada de gran riqueza y fragilidad ambiental que debe ser conservada,principalmente para proteger los suelos y nacimientos de fuentes de agua

Por su ubicación cordillerana, los climas predominantes son frío, muy frío ysubpáramo, con alturas que van de los 2.000 a los 4.000 m.s.n.m. Las

precipitaciones varían de 500 a 1.500 mm/año en los climas mencionados y latemperatura va de 18 ºC en clima frío a promedios de 5 ó 6 ºC en las zonas desubpáramo.

El relieve predominante es ligeramente plano a ondulado en el paisajes dealtiplanicie a pendiente y escarpado en el paisaje de montaña. En el primeropredominan cultivos de papas y hortalizas, además de pastos de pastoreo paraganaderías de leche y doble propósito. En el segundo, la actividad agrícola estárepresentada por algunos cultivos hortícolas y frutales de clima frío, combinadacon ganaderías de leche y doble propósito, complementa estos usos algunaszonas con cultivos forestales, bosques alto andinos y vegetación de páramo.Desafortunadamente no se dispone de información y cartografía sobre usosactuales y potenciales de los suelos que permitan identificar posibles zonas deconflictos; no obstante, es evidente la presencia de procesos erosivos en formageneralizada en el territorio.

El sistema hídrico local, definido por sus geoformas, hace que casi todas lasfuentes de agua superficiales drenen en dirección norte hacia el ríoChicamocha, el cual tiene como sus principales afluentes a los ríos Total,Pesca, Chorrera, La Caña, Arzobispo, Sasa, Vargas, Suavita, Tuta, Surba,Salguera y Guaza.

Las condiciones de clima, geomorfología, geología y suelos hacen que la región

La producción mineraregional está representada engran diversidad de productos,pero se fundamentaesencialmente en carbón yminerales de hierro quealimenta la industriasiderúrgica, roca fosfórica,calizas para la industriacementera y materiales parala construcción como roca,piedra, arena y arcilla, lamayoría de ellos con destinoal mercado de Bogotá.

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esté sometida a una serie de amenazas naturales que generan riesgossignificativos a las obras de infraestructuras, las construcciones y a la poblaciónen general. Las principales amenazas tienen que ver con la sísmica –la cual serelacionan con la tectónica y fallas geológicas nacionales y regionales-,inundaciones en las zonas más planas de la altiplanicie, movimientos en masaque causan problemas de erosión y deterioro ambiental, desertificación,heladas e incendios forestales, principalmente en zonas de menorprecipitación.

El Distrito Sugamuxi, a igual que todo el departamento de Boyacá, seencuentra dentro del área de influencia de Bogotá como principal metrópolisde nivel regional, y dentro del área de influencia de Tunja como centro urbanosubregional de primer orden, ciudades desde las cuales se ofrecen los bienes yservicios demandados por los municipios que conforman el Distrito. Además,existen otros centros urbanos de importancia al interior del Distrito comoSogamoso y Duitama.

La conectividad de la zona, es decir su comunicación con los principalescentros de consumo y puertos de exportación, está determinada por la troncaldel norte que corresponde al corredor que con dirección norte-sur une a

Bogotá con Bucaramanga y Cúcuta pasado por Tunja. A esta troncal se unenuna intrincada y densa red de carreteras de segundo y tercer orden quecomunican a los municipios del Distrito entre si, y a estos con la capital deldepartamento, sobresaliendo la carretera que con dirección oriente sale de Tunja hacia Duitiama, Sogamoso y el departamento del Casanare. Continúa enorden de importancia, para el transporte de carga, la conexión férrea entreBelencito y Bogotá, conexión que une la capital del país con el ferrocarril delnorte que comunica el centro con el puerto de Santa Marta bordeando el ríoMagdalena. Complementa el sistema de transporte terrestre los aeropuertos de Tunja y Paipa, los cuales son de bajas especificaciones y prestan serviciosregionales.

La infraestructura estratégica de la región, por estar Boyacá ubicado en elcentro de país y en cercanía a Bogotá, está representada en un sistema deoleoductos, poliductos y gasoductos que traen el petróleo y los combustiblesdesde los Llanos Orientales hacia Barrancabermeja para la refinación o hacia elpuerto de Coveñas para exportación, el gas natural de los Llanos Orientales yde la Guajira hacia el mercado de Boyacá y Bogotá, y los combustibles desde larefinería de Barrancabermeja hacia Boyacá y Bogotá. La infraestructura secomplementa con la generación hidráulica de energía eléctrica y numerosaslíneas de transmisión e interconexión eléctrica.

Como punto esencial de soporte a las actividades productivas, lainfraestructura de apoyo, representada en incubadoras de empresas, centros deinvestigación y tecnología, parques industriales, centros de convenciones,terminales de transporte y numerosas universidades y entidades de formacióntécnica es numerosa, sobresaliendo: Incubar Boyacá, Laboratorio de Calidad

Ambiental y el Parque Industrial de Sogamoso, las universidades de Tunja yPedagógica y Tecnológica de Colombia, Centros de Convenciones de Paipa,terminales de transporte y Sena Regional Boyacá. Esta infraestructuraestratégica se complementa con una sólida institucionalidad pública y privadaque apoya integralmente a los sectores productivos regionales.

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Distrito Minero Sur AndinoFecha de creación: 2010-06-23

Localización y caracterización ambiental Mineralesrepresentativos, usos y

principal destinoEl Distrito Minero Sur Andino localizado al sur este del departamento deNariño, está conformado por los municipios de Funes, Puerres, Pasto, Tanguay Yacuanquer, tiene una extensión de 2474 Km² ocupando el 7.44% delterritorio departamental.Se ubica en la región andina, definida por la cordilleraandina que comprende los ramales Occidental y Centro – Oriental, formandoel Nudo de los Pastos y la Zona del Macizo Colombiano.La actividad minera está representada principalmente en la explotación demateriales de construcción 80% (grava de cantera, grava – material de arrastre,recebo y arena) y por la explotación de cobre en un 20%. La mineríaadelantada ha sido a nivel de pequeña escala, por lo general se ha desarrolladouna minería antitécnica, que por la misma forma en que se desarrolla causaimpactos negativos en el medio ambiente.Esta actividad geológica y geomorfológica, ha provocado la configuración deun enriquecido paisaje en el territorio que se caracteriza por ser montañoso,con profundos valles fluvio – volcánicos generalmente de sección transversalen “V” y aluvio – glaciales en “U”, con gran influencia tectónica y volcánica. Elterritorio del distrito se enmarca entre las cuencas Altas de los ríos Guamués,Bobo, Pasto y la Cuenca del Río Guáitara.El Distrito Minero Sur Andino posee una tectónica compleja que se manifiestaen su relieve topográfico y su actual actividad sísmica y volcánica que juntocon los efectos climáticos y la ocupación del territorio, hacen que se encuentreexpuesto a diferentes amenazas como los deslizamientos, inundaciones,tecnológicas entre otros.El territorio del Distrito Minero de Sur Andino, han ocurrido hechos deimportancia que han marcado de forma significativa el desarrollo económico,social y ambiental de la región. Estos hechos fueron identificados por lacomunidad en el marco del taller de construcción de la Visión del Distrito y setuvieron en cuenta como elementos esenciales para formular los instrumentos

que se aplicaron para analizar las acciones impactantes antes de la política ytener así la curva histórica ambiental y su afectación a cada uno de los factoresbiofísicos y de bienestar social, componentes del sistema ambiental.

Distrito minero: Tambo – Buenos AiresFecha de creación: 2009-01-17

Localización y caracterización ambiental Mineralesrepresentativos, usos y

principal destinoEl Distrito Minero El Tambo – Buenos Aires está constituído por losmuncipìos de Buenos Aires, Cajibío, El Tambo, Morales, Patía, Puerto Tejada,Santander de Quilichao, Suarez localizados en la Región Surandina en el nortey centro territorial del Departamento del Cauca.

El territorio departamental hace parte de las varias provincias fisiográficas: lascordilleras Occidental, Central y Oriental, como zona de plegamiento, ademásde las siguientes cuencas de sedimentación: el andén aluvial del Pacífico, la fosaCauca-Patía (Altiplano de Popayán; Valles del Patía y del Cauca), y elpiedemonte Amazónico. El territorio está fracturado e influenciado por variasfallas tectónicas, en especial el sistema de fallas Cauca Romeral, paralelo a laCordillera Central.El patrimonio ambiental del departamento del Cauca se soporta en la granmasa boscosa localizada en las cuencas del Pacífico y Alto Caquetá. La primerahace parte del Chocó Biogeográfico y la segunda del Piedemonte Amazónico, a

La explotación de oro ycarbón es una actividadrelevante especialmente enlos municipios de Suárez y

Buenos Aires. Zona Mediade la Cuenca Cauca: Su áreade influencia corresponde ala Meseta de Popayán, cuentacon plantaciones comercialesde pino, eucalipto, cafétecnificado en monocultivo eintercalado con plátano ymacadamia, caña panelera,flores de tipo exportación,

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su vez constituyen biomas de los centros de mayor endemismo y diversidad enel mundo determinados para Colombia: Chocó/Darién/Ecuador Occidental, yla Amazonía.La diversidad geomorfológica del departamento del Cauca por la influencia delas cordilleras Occidental y Central, los valles de sedimentación de las cuencasde los ríos Cauca, Patía y Magdalena, además de la precipitación y cobertura vegetal natural generan una variabilidad considerable en las condicionesclimáticas de las regiones que integran el departamento, que se manifiestandesde el clima cálido superhúmedo que se encuentra en la costa pacíficacaucana hasta la nieves perpetuas del Nevado del Huila.De igual manera hacen parte del área los tres parques nacionales naturales(Munchique, Puracé y Nevado del Huila), el Macizo Colombiano, doscorredores biológicos munchique –Pinche), un área de manejo integrado dezonas costeras (Bocanas de Guapi-Iscuandé), los páramos y subpáramos de laCordillera Central (N del Huila, Sotará, Paletará, Puracé, Coconuco).Presenta tres regiones estratégicas con sus respectivas ecoregiones:Región Sur Andina con las ecoregiones de Valle Medio del Cauca, el MacizoColombiano, el núcleo piloto Yanacona, y el enclave xerofítico del Patía.Región Piedemonte Amazónico con sus ecoregiones de Piedemonte Caquetá(zona sur)y la Baja Bota Caucana Sur. Región Pacífico con sus ecoregiones

Cuenca hidrográfica del Río Naya, Corredor de conservación sectorMunchique Pinche y Área de manejo integral de zonas costeras de las Bocanasde Guapi Iscuandé.La Región Surandina posee el 51% del territorio departamental en donde selocalizan los municipios del Distrito Minero El Tambo –Buenos Aires y en ellase encuentran tres cuencas importantes Cuenca Cauca, Cuenca Magdalena yCuenca Patía.La Cuenca hidrográfica del Río Cauca se encuentra localizada entre la margenoccidental de la cordillera Central y la margen oriental de la cordilleraOccidental y al norte con el Departamento del Valle del CaucaLa cuenca alta del río Cauca hace parte del sistema montañoso andino. Estáconformado por grandes conjuntos morfoestructurales y topográficos deorigen ígneo metamórficos, su posición de barlovento condiciona lluviasabundantes y bien distribuidas durante el año, presentando además huellas deuna constante afluencia de cenizas volcánicas, las zonas bajas están constituidaspor una serie de abanicos coalescentes en diferentes niveles, fallados ysotolevantados, actualmente denudados, disecados y recubiertos también porcapas espesas de cenizas volcánicas.En los sectores altos y fríos de montaña de la cuenca, las bajas temperaturas yel exceso de lluvias favorecen, por un lado, la acumulación de materia orgánica,baja mineralización de nutrientes, lavado de los suelos y su acidificación. Porotro lado, en el clima medio húmedo las fuertes pendientes y el exceso dehumedad son atenuados por la presencia de cenizas volcánicas las cualesondulan en los domos y laderas, aunque eventualmente bajo condiciones demal manejo pueden ser susceptibles a la erosión especialmente por remociónen masa.Las condiciones de precipitación y distribución de lluvias en la cuenca alta del

río Cauca en el departamento, le imprimen características favorables para laproductividad, especialmente en el sector forestal ya que originan procesos enlos suelos que los hacen potenciales para su productividad intensiva,especialmente en las zonas bajas.

En esta cuenca se encuentran ubicados Popayán, la capital del Departamento, ylos municipios de Cajibío (100% de su área), Morales (100%), Suaréz (100%),Buenos Aires (100%), Santander de Quilichao (100%), Puerto Tejada (100%),y El Tambo (aprox. 15.5% del área) del Distrito, además de otros centros conmayor concentración de población urbana, y contar con las áreas de mayor

espárragos, yuca, fríjol, fiquey con ganadería de doblepropósito. Los sistemasproductivos como lamacadamia, los espárragos ylas flores han dado lugar aencadenamientosproductivos y al montaje deplantas procesadoras para sucomercio internacional.En esta zona la economíacampesina e indígena essignificativa en términossociales y económicos,puesto que es fuente deseguridad alimentaria, generaexcedentes tanto en el sectoragrícola como en el pecuarioy adicionalmente cuenta conexplotaciones comerciales a

pequeña escala de café, frijol,maíz, yuca, frutales,hortalizas, medicinales,ganadería mayor y especiesmenores, que abastecen engran parte la demanda de loscentros urbanos.En el contexto de la actividadminera, en la Meseta dePopayán, tiene importancia laexplotación de bauxita,especialmente en elmunicipio de Morales. Valle Geográfico del RíoPatía: Tradicionalmente enesta región se vienendesarrollando explotacionesagrícolas como el maíz, cafétradicional, café tecnificadointercalado con plátano, yuca;frutales como sandía, papaya,melón, guayaba, cítricos(limón y naranja) y coca,articulados a la economíacampesina. Por suscondiciones ambientales, el Valle del Patía es

considerado una región conalta potencialidad para eldesarrollo de la actividadganadera.La actividad minera estárepresentada en laexplotación de oro, piedrassemipreciosas (En elmunicipio de Mercaderes) ymaterial de cantera.

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desarrollo institucional, industrial, comercial y de servicios. La actividad minera en eldepartamento hainfluenciado de maneraimportante en la zona tienediferentes formas deexplotación: el sistema a cieloabierto con el azufre y labauxita en Morales. Laminería subterránearepresentada por la pequeñay mediana minería del oro ycarbón particularmente en lasestribaciones de la cordilleraOccidental en El Tambo,Suárez y Buenos Aires. Laminería aluvial que se aplicaen la extracción de oro ygravas, tanto manual comomecanizada.

Distrito minero: Teruel – AipeFecha de creación: 2009-02-13 Localización y caracterización ambiental Minerales

representativos, usos y principal destino

El Distrito Minero Teruel Aipe, conformado por los municipios de Neiva, Aipe, Nátaga, Paicol, Palermo, Santamaría, Tesalia, Teruel, está localizado en elnorte y centro del Departamento del Huila, comprende regiones geográficasdel occidente de la Cordillera Oriental hasta el costado oriental de la CordilleraCentral incluyendo el Valle del río Magdalena (Alto Magdalena).La región es muy variada en su conformación, permite diferenciar tres zonasprincipales que presentan características distintas en cuanto a su formación ydesarrollo productivo: La zona de montaña oriental, sobre el costado

occidental de la cordillera Oriental, con alturas sobre el nivel de mar desde 500metros hasta 3000 metros.La producción básica agrícola son los cultivos de café y los productos desubsistencia. La segunda zona corresponde al Valle del río Magdalena, enalturas entre 200 y 500 metros sobre el nivel del mar, en donde se sitúan laspoblaciones urbanas de todo el Distrito Minero (Neiva, Aipe, Nátaga, Paicol,Palermo, Santamaría, Tesalia, Teruel).Es un territorio cálido, seco, en parte árido y desértico, con vegetación tropical;existen vallecitos de buena capacidad agrológica, donde se cultiva arroz y maíz.La tercera zona se localiza en el piedemonte oriental de la Cordillera Centralpor encima de la cota de los 500 msnm, en ella se encuentran buenas tierras delabor aprovechadas en agricultura y ganadería En toda la región se producemaíz tradicional, maíz tecnificado, arroz riego, arroz secano mecanizado,sorgo, café, caña, yuca, algodón, cacao, ajonjolí, soya, plátano y tabaco rubio ynegro.Neiva se constituye en el epicentro comercial para el intercambio yabastecimiento de productos, la mayor parte, proviene del sector agropecuario,y el centro de influencia de primer orden es Bogotá. El departamento del Huilaes gran productor de petróleo. La producción del Huila para el año de 2007está alrededor de los 45.000 barriles promedio día.Las regalías directas han venido ganando importancia dentro de los ingresoscorrientes del Departamento, mientras los recursos propios representados porlos ingresos tributarios y rentas cedidas, han tenido un comportamiento que

En el Huila se origina unared oleoducto y gasoductospara el transporte de petróleocrudo, de gas licuado y gasnatural. El potencial delDistrito Minero está en laroca fosfórica, utilizada en lafabricación de fertilizantes, la

arcilla y los mármoles (rocascalcáreas). Del primero deestos recursos mineros hayyacimientos en losmunicipios de Tesalia y Aipe.La producción de rocafosfórica del Departamentocorresponde al 47% de lanacional y por su contenidode fosfatos (P2O5) y su altareactividad agronómica es lade mejor calidad en el país.Las arcillas de losyacimientos deldepartamento tienen altogrado de plasticidad por lapresencia de alúmina. Laproducción de mármol ycalcáreos es importante en laregión noroccidente deldepartamento quecorresponde a los municipiosde Neiva, Palermo, Santa

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tiende a la inmovilidad en términos nominales. Significa esto que, mientras losrecursos por regalías directas se han venido fortaleciendo, la capacidad degenerar recursos propios se ha estancado, acrecentando la dependencia que delas regalías tiene el presupuesto de ingresos del Departamento y haciendo másdifícil el autofinanciamiento del gasto. Las regalías directas representan en laactualidad cerca del 30% de los ingresos totales del Departamento y explicanen una alta proporción los niveles de inversión en educación, salud, aguapotable y alcantarillado y casi el 100% de la inversión en otros sectoresconsiderados prioritarios para el desarrollo.

María y Teruel.El Departamento tiene lamayor producción nacional ygrandes reservas sinexploración. En un área de1.321 hectáreas, las reservasascienden a 897 millones demetros cúbicos, de los cuales27% son de mármol, 36% decaliza y 37% de dolomita.

Distrito minero: Vetas – CaliforniaFecha de creación: 2009-01-16

Localización y caracterización ambiental Mineralesrepresentativos, usos y

principal destinoEl Distrito Minero esta conformado por los municipios de Vetas y California,se localiza al oriente del departamento de Santander en límites con Norte deSantander. Tiene una extensión de 139 km² y una población estimada de 4.153,según el censo de 2007 y distribuida en forma homogénea entre las cabecerasmunicipales y las zonas rurales. Estos dos municipios, para efectos deplaneación regional y administración del territorio de acuerdo a lo establecidoen el Decreto 0304 del 6 de diciembre de 2005 de la Gobernación deSantander, corresponden al Núcleo Provincial Soto Norte que tiene comocapital a Matanza.El territorio corresponde a la subregión de la montaña santandereana de laRegión Andina sobre la Cordillera Oriental, con alturas que van desde los 2000msnm con predominio de clima frío para temperaturas que oscilan entre 12 ºCy los 18 ºC, precipitaciones anuales inferiores 1500 mm. Entre los 3000 msnmy los 4000 msnm la temperatura puede bajar hasta 6 ºC. Por encima de los40000 msnm es zona de páramo con presencia de bosque alto andina y latemperatura puede llegar a 3 ºC y las precipitaciones disminuir a 500 mm año.El paisaje geomorfológico del distrito está caracterizado por relieve montañoso

glacifluvial de altas pendientes desprovistas de vegetación arbustiva conprocesos erosivos laminar que producen grandes surcos y cárcavas. En laspartes más altas el relieve es de formas heredadas de las eras glaciares con vegetación herbácea adaptada al medio. La geología de la zona esta constituidabásicamente por rocas ígneas del mesozoico jurasico conformadas por granodioritas, cuarzomonzonitas y cuarzomonzodioritas, que son las encajantes delos yacimientos auríferos. Existen también presencia de rocas metamórficasproducto de los efectos intrusivos de la región y rocas sedimentarias en la partebaja del distrito. Hay en el distrito una zona de fallas geológicas, como la deSuratá y Bucaramanga, con otras de menor importancia, La de río Frío, Charta, Tona y Cicutilla. La minería del distrito ha jugado un papel importante en laeconomía de la región máxime cuando fue justamente esta actividad la queconllevó a la fundación de estos municipios (Vetas y California). Otro aspectoimportante es que la morfología y la calidad de sus suelos no contribuyen aldesarrollo de otras actividades. Existen manifestaciones de otros minerales queno han sido explorados.

La extracción de oro datadesde la colonia y es la únicazona de la cordillera orientaldonde se explotan depósitosde oro filoniano. Se trata defilones de cuarzomineralizados con oro, platay sulfuros, que desarrollanzonas de alteraciónhidrotermal e hipogénicapara la zona de California, enlas rocas encajantes. Laproducción de oro y plata secomercializa principalmenteen Bucaramanga, siendousada en su mayoría para lafabricación de joyas. Este

distrito ha sido unimportante productor de oroha través de la historia en eldepartamento de Santander,pero no ha tenido grandesarrollo, reflejándose en lamanera rudimentaria como ladesarrollan los empresariosmineros de la región.

Distrito minero: Zipa – SamacáFecha de creación: 2009-01-23

Localización y caracterización ambiental Mineralesrepresentativos, usos y

principal destinoEl Distrito Minero de Zipa – Samacá está conformado por 10 municipios de La producción minera

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Cundinamarca (Cogua, Cucunubá, Guachetá, Lenguazaque, Nemocón, Suesca,Sutatuausa, Tausa, Ubaté y Zipaquirá) y 2 de Boyacá (Ráquira y Samacá),ubicados todos ellos en la llamada Sabana de Bogotá. Tiene una extensión de1.856 km² y una población de 254.924 habitantes (2006) en su mayoríaresidente en las cabeceras municipales (58.4%)El territorio se localiza sobre la cordillera Oriental en la Región Andina,específicamente dentro de la subregión denominada “AltiplanoCundiboyacense”. Por pertenecer a esta subregión natural, los paisajesgeomorfológicos más representativos son el de montaña, que se localiza en loscostados oriental y occidental del Distrito con elevaciones superiores a los2.800 msnm y con pendientes fuertes y escarpadas, y el de altiplanicie quecorresponde a la extensión septentrional del altiplano con alturas entre 2.500 y2.600 msnm y con relieve ligeramente ondulado a plano. De acuerdo a lainformación geológica, en el Distrito Minero predominan las rocas decaracterísticas sedimentarias intercaladas con algunas ígneas, lo que hafavorecido la existencia de yacimientos de sal gema, carbón mineral, calizas,arena, grava y arcillas.En la geografía del Distrito Zipa – Samacá no se encuentran parquesnacionales naturales, pero si algunos ecosistemas estratégicos como ciertoshumedales, zonas con bosques andinos, altoandinos y, especialmente, páramos

como los de Rabanal, Napa y Guerrero.Por su bicación en el altiplano de la cordillera oriental, los climaspredominantes son frío, muy frío y subpáramo, con alturas que van de los2.400 a los 3.500 m.s.n.m. Las precipitaciones varían de 500 a 1.500 mm/añoen los climas mencionados y las temperaturas son inferiores a los 18 ºC.El relieve predominante es ligeramente plano a ondulado en el paisaje dealtiplanicie, y pendiente y escarpado en el paisaje de montaña. En el primeropredominan cultivos de papas y hortalizas, cereales y flores, además de pastospara ganaderías de leche y doble propósito. En el segundo, la actividad agrícolaestá representada por algunos cultivos hortícolas y frutales de clima frío,combinada con ganaderías de leche y doble propósito, se complementan estosusos con algunas zonas de cultivos forestales, bosques alto andinos y vegetación de páramo. En el territorio predominan clases agrológicas II y IIIen las zonas planas con excelentes suelos para actividades agropecuarias, yclases IV, VI, VII y VIII en los paisajes de montaña.El sistema hídrico local, definido por sus geoformas, tiene dos drenajesdiferentes: uno hacia el norte que corresponde a la cuenca del Río Suarez alque tributan los ríos Suta, Lenguazaque, Susa, Simijaca, Chiquinquirá yRáquira, además de las lagunas de Suesca, Fúquene y Lenguazaque; y otrohacia el sur en la cuenca del río Bogotá, al que tributan los ríos Neusa, Checuay el embalse del Neusa.Las condiciones de clima, geomorfología, geología y suelos hacen que la regiónesté sometida a una serie de amenazas naturales que generan riesgossignificativos a las obras de infraestructuras, construcciones y población engeneral. Las principales amenazas tienen que ver con la sísmica –la cual serelacionan con la tectónica y fallas geológicas nacionales y regionales-,inundaciones en las zonas planas de la altiplanicie cercanas a las llanuras de

inundación y rondas de los ríos, movimientos en masa que causan problemasde erosión en las zonas de montaña, desertificación localizada, heladas eincendios forestales, principalmente en zonas de menor precipitación.El territorio del Distrito se encuentra dentro de área de influencia de Bogotácomo principal metrópolis de nivel regional, contando con Zipaquirá comocentro de apoyo local para todas las funciones urbanas.

regional está representadafundamentalmente porexplotaciones de caliza parala industria cementera pormateriales para laconstrucción como roca,piedra, arena y arcilla condestino al mercado deBogotá, carbón mineral y salgema.

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Distrito minero: Zona Norte CesarFecha de creación: 2010-06-17

Localización y caracterización ambiental Mineralesrepresentativos, usos y

principal destinoNo hay información

Directorio de contactos Distritos MinerosNombre Cargo Correo Electrónico Adriana María Ospina Moyano Coordinadora Promotora del

Distrito Minero [email protected]

Aida María Embus Palomino Enlace Regional [email protected] Alberto Alvarado Bello Coordinador Promotor del

Distrito Minero Calamarí-Bolívar

[email protected]

Carlos Humberto Salcedo

Hernández

Coordinador Promotor del

Distrito Minero Sugamuxi

ermelló@distritosmineros.gov.co

Carmen Elena Patiño Burbano Enlace Regional [email protected] Hoyos Gómez Coordinadora Promotora del

Distrito Minero Los Santosermelló[email protected]

Cielo Acosta Jaimes Coordinadora Promotora delDistrito Minero VetasCalifornia

[email protected]

Ciro Arias García Coordinador Promotor delDistrito Minero Cúcuta

[email protected]

Diana Carolina HernándezSerna

Coordinadora Promotora delDistrito Minero Puerto Nare

[email protected]

Diogenes Segundo BurgosDávila

Coordinador Promotor delDistrito Minero La Llanada

[email protected]

Ervin Emilio Rentería Asprilla Coordinador Promotor delDistrito Minero San Juan [email protected]án de Jesús GuevaraContreras

Coordinador Promotor delDistrito Minero Guajira

[email protected]

Francisco Alfredo Arango Vergara

Coordinador Promotor delDistrito Minero Muzo

[email protected]

Francisco Alfredo Arango Vergara

Coordinador Promotor delDistrito Minero Zipa Samacá

[email protected]

Gloria Contreras Verdugo Coordinadora Promotora delDistrito Minero Norte deBoyacá

[email protected]

Hermil Huertas Cárdenas Coordinador Promotor delDistrito Minero Ataco

[email protected]

Johnny Humberto EguizabalErazo Coordinador Promotor delDistrito Minero Mercaderes [email protected] Jorge David Díaz López Coordinador Promotor del

Distrito Minero Calamarí- Atlántico

[email protected]

José Teófilo López Torres Coordinador Promotor delDistrito Minero Chivor

[email protected]

Juan David Zuluaga Rivillas Coordinador Promotor delDistrito Minero Frontino

[email protected]

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Luis Fernando OrdoñezCastillo

Coordinador Promotor delDistrito Minero Cali Dovio

[email protected]

Luis Fernando OrdóñezCastillo

Coordinador Promotor delDistrito Tambo-Buenos Aires

[email protected]

Manuel Acevedo López Coordinador Promotor delDistrito Minero La Sabana

[email protected]

Manuel Hoyden González Ossa Coordinador Promotor delDistrito Minero Putumayo [email protected] Lucía Pachón Rincón Coordinadora Promotora del

Distrito Minero Risaraldaermelló[email protected]

Natalia Castillo Mosquera Coordinadora Promotora delDistrito Minero Marmato

[email protected]

Nohora Ordoñez Vargas Coordinadora Promotora delDistrito Minero Teruel – Aipe

[email protected]

Olga Janneth Orjuela Cortés Coordinadora Promotora delDistrito Minero Provincia deRionegro

[email protected]

Olga Janneth Orjuela Cortés Coordinadora Promotora del

Distrito Minero Soacha –Sibaté

[email protected]

Rafael Antonio lvarez López Coordinador Promotor delDistrito Minero Amagá

[email protected]

Rafael Enrique BustamanteLara

Coordinador Promotor delDistrito Minero Calamarí-Sucre

[email protected]

Rafael Oquendo Moreno Coordinador Promotor delDistrito Minero Nordeste

[email protected]

Roviro José Menco Menco Coordinador Promotor delDistrito Minero Sur deBolívar

[email protected]

Rómulo Díaz Salazar Coordinador Promotor delDistrito Minero Bermellón

ermelló[email protected]

Tito Ever Ramírez Gómez Coordinador Promotor delDistrito Minero LitoralPacífico

[email protected]

Viviana Andrea GiraldoCuadros

Coordinadora Promotora delDistrito Minero La Jagua

[email protected]

Viviana Andrea GiraldoCuadros

Coordinadora Promotora delDistrito Minero Zona NorteCesar

[email protected]

William Fernando ArteagaRevelo

Coordinador Promotor delDistrito Minero CostaPacífica Sur

[email protected]

Fuente: www.distritosmineros.gov.co

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BIBLIOGRAFÍA DE REFERENCIA Y FUENTES DEINFORMACIÓN

Las principales fuentes de información utilizadas para la elaboración del presente marcinstitucional son las normas que regulan cada uno de los sectores estudiados, así como lainstituciones más representativas que tienen competencias y cumplen funciones específicrelacionadas con la protección ambiental y con la explotación minera en Colombia. Estanormas están señaladas a lo largo del texto en cada una de las secciones, razón por la cuál omiten en este apartado de fuentes y bibliografía.

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Principales sitios Web visitados

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