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CAPÍTULO 43 MATERIALES INESTABLES (REACTIVOS) SECCIÓN 4301 GENERALIDADES 4301.1 Alcance. El almacenamiento y el uso de materiales inestables (reactivos) deben estar de acuerdo con este capítulo. Los gases comprimidos también deben cumplir con el Capítulo 30. Excepciones: 1. La exhibición y el almacenamiento en los destinos del Grupo M y el almacenamiento en los destinos del Grupo S que cumplan con la Sección 2703.11. 2. Los materiales detonables inestables (reactivos) deben almacenarse de acuerdo con el Capítulo 33. 4301.2 Permisos. Los permisos deben exigirse tal como lo establece la Sección 105.6. SECCIÓN 4302 DEFINICIONES 4302.1 Definición. A los efectos de este capítulo y siempre que aparezcan en este código, la palabra y el término que se mencionan a continuación deben tener el siguiente significado. MATERIAL INESTABLE (REACTIVO) (UNSTABLE (REACTIVE) MATERIAL). Material a excepción de los explosivos que en su estado puro o tal como se lo produce comercialmente se polimeriza, descompone, condensa o se torna auto-reactivo de manera vigorosa y sufre otros cambios químico violentos, entre ellos la explosión, cuando se lo expone al calor, a la fricción o al impacto, o en la ausencia de un inhibidor, o en presencia de contaminantes o en contacto con materiales incompatibles. Los materiales inestables (reactivos) pueden dividirse de la siguiente manera: Clase 4. Materiales que, por sí mismos, son capaces de generar detonaciones, descomposiciones explosivas o reacciones explosivas a temperaturas y presiones normales. Aquí se incluyen los materiales sensibles al impacto mecánico o termal localizado a temperaturas y presiones normales. Clase 3. Materiales que, por sí mismos, son capaces de generar detonaciones, descomposiciones explosivas o reacciones explosivas pero que necesitan una fuente de iniciación poderosa o que deben calentarse bajo reclusión antes de la iniciación. Aquí se incluyen los materiales sensibles al impacto mecánico o termal localizado a tempe- raturas y presiones elevadas. Clase 2. Materiales que, por sí mismos, son normalmente inestables y pueden sufrir un cambio químico violento sin detonar. Aquí se incluyen los materiales que pueden sufrir cambios químicos con una liberación rápida de energía a temperaturas y presiones normales y que pueden sufrir cambios químicos violentos a temperaturas y presiones elevadas. Clase 1. Materiales que por sí mismos son normalmente estables pero que pueden tornarse inestables a temperaturas y presiones elevadas. SECCIÓN 4303 REQUISITOS GENERALES 4303.1 Cantidades que no superan la cantidad máxima permisible por área de control. Las cantidades de materiales inestables (reactivos) que no superen la cantidad máxima permisible por área de control deben estar de acuerdo con las Secciones 4303.1.1 hasta la 4303.1.2.5. 4303.1.1 Generalidades. El almacenamiento y el uso de materiales inestables (reactivos) en cantidades que no superen la cantidad máxima permisible por área de control que se indica en la Sección 2703.1 deben estar de acuerdo con las Secciones 2701, 2703, 4301 y 4303. 4303.1.2 Limitaciones especiales para el almacenamien- to y el uso interno según el destino. El almacenamiento y el uso interno de materiales inestables (reactivos) deben estar de acuerdo con las Secciones 4303.1.2.1 hasta la 4303.1.2.5. 4303.1.2.1 Destinos del Grupo A, E, I o U. En los destinos del Grupo A, E, I o U cualquier cantidad de materiales inestables (reactivos) de Clase 3 y 4 debe almacenarse de la siguiente manera: 1. Los materiales inestables (reactivos) de Clase 3 y 4 deben almacenarse en gabinetes de almacena- miento de materiales peligrosos que cumplan con la Sección 2703.8.7. 2. Los gabinetes de almacenamiento de materiales peligrosos no deben contener otro almacena- miento. 4303.1.2.2 Destinos del Grupo R. Los materiales inestables (reactivos) de Clase 3 y 4 no deben almacenar- se ni utilizarse en los destinos del Grupo R. 4303.1.2.3 Destinos del Grupo M. Los materiales ines- tables (reactivos) de Clase 4 no deben almacenarse ni utilizarse en las partes de venta minorista de los destinos del Grupo M. 4303.1.2.4 Oficinas. Los materiales inestables (reac- tivos) de Clase 3 y 4 no deben almacenarse ni utilizarse en las oficinas de los destinos del Grupo B, F, M o S. 4303.1.2.5 Cuartos de clase. En los cuartos de clase de los destinos del Grupo B, F o M cualquier cantidad de CÓDIGO INTERNACIONAL DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS 2006™ 413

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CAPÍTULO 43

MATERIALES INESTABLES (REACTIVOS)

SECCIÓN 4301GENERALIDADES

4301.1 Alcance. El almacenamiento y el uso de materialesinestables (reactivos) deben estar de acuerdo con este capítulo.Los gases comprimidos también deben cumplir con el Capítulo30.

Excepciones:

1. La exhibición y el almacenamiento en los destinos delGrupo M y el almacenamiento en los destinos delGrupo S que cumplan con la Sección 2703.11.

2. Los materiales detonables inestables (reactivos)deben almacenarse de acuerdo con el Capítulo 33.

4301.2 Permisos. Los permisos deben exigirse tal como loestablece la Sección 105.6.

SECCIÓN 4302DEFINICIONES

4302.1 Definición. Alos efectos de este capítulo y siempre queaparezcan en este código, la palabra y el término que semencionan a continuación deben tener el siguiente significado.

MATERIAL INESTABLE (REACTIVO) (UNSTABLE(REACTIVE) MATERIAL). Material a excepción de losexplosivos que en su estado puro o tal como se lo producecomercialmente se polimeriza, descompone, condensa o setorna auto-reactivo de manera vigorosa y sufre otros cambiosquímico violentos, entre ellos la explosión, cuando se loexpone al calor, a la fricción o al impacto, o en la ausencia de uninhibidor, o en presencia de contaminantes o en contacto conmateriales incompatibles. Los materiales inestables (reactivos)pueden dividirse de la siguiente manera:

Clase 4. Materiales que, por sí mismos, son capaces degenerar detonaciones, descomposiciones explosivas oreacciones explosivas a temperaturas y presiones normales.Aquí se incluyen los materiales sensibles al impactomecánico o termal localizado a temperaturas y presionesnormales.

Clase 3. Materiales que, por sí mismos, son capaces degenerar detonaciones, descomposiciones explosivas oreacciones explosivas pero que necesitan una fuente deiniciación poderosa o que deben calentarse bajo reclusiónantes de la iniciación. Aquí se incluyen los materialessensibles al impacto mecánico o termal localizado a tempe-raturas y presiones elevadas.

Clase 2. Materiales que, por sí mismos, son normalmenteinestables y pueden sufrir un cambio químico violento sindetonar. Aquí se incluyen los materiales que pueden sufrircambios químicos con una liberación rápida de energía atemperaturas y presiones normales y que pueden sufrir

cambios químicos violentos a temperaturas y presioneselevadas.

Clase 1. Materiales que por sí mismos son normalmenteestables pero que pueden tornarse inestables a temperaturasy presiones elevadas.

SECCIÓN 4303REQUISITOS GENERALES

4303.1 Cantidades que no superan la cantidad máxima

permisible por área de control. Las cantidades de materialesinestables (reactivos) que no superen la cantidad máximapermisible por área de control deben estar de acuerdo con lasSecciones 4303.1.1 hasta la 4303.1.2.5.

4303.1.1 Generalidades. El almacenamiento y el uso demateriales inestables (reactivos) en cantidades que nosuperen la cantidad máxima permisible por área de controlque se indica en la Sección 2703.1 deben estar de acuerdocon las Secciones 2701, 2703, 4301 y 4303.

4303.1.2 Limitaciones especiales para el almacenamien-

to y el uso interno según el destino. El almacenamiento yel uso interno de materiales inestables (reactivos) debenestar de acuerdo con las Secciones 4303.1.2.1 hasta la4303.1.2.5.

4303.1.2.1 Destinos del Grupo A, E, I o U. En losdestinos del Grupo A, E, I o U cualquier cantidad demateriales inestables (reactivos) de Clase 3 y 4 debealmacenarse de la siguiente manera:

1. Los materiales inestables (reactivos) de Clase 3 y 4deben almacenarse en gabinetes de almacena-miento de materiales peligrosos que cumplan conla Sección 2703.8.7.

2. Los gabinetes de almacenamiento de materialespeligrosos no deben contener otro almacena-miento.

4303.1.2.2 Destinos del Grupo R. Los materialesinestables (reactivos) de Clase 3 y 4 no deben almacenar-se ni utilizarse en los destinos del Grupo R.

4303.1.2.3 Destinos del Grupo M. Los materiales ines-tables (reactivos) de Clase 4 no deben almacenarse niutilizarse en las partes de venta minorista de los destinosdel Grupo M.

4303.1.2.4 Oficinas. Los materiales inestables (reac-tivos) de Clase 3 y 4 no deben almacenarse ni utilizarseen las oficinas de los destinos del Grupo B, F, M o S.

4303.1.2.5 Cuartos de clase. En los cuartos de clase delos destinos del Grupo B, F o M cualquier cantidad de

CÓDIGO INTERNACIONAL DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS 2006™ 413

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materiales inestables (reactivos) debe almacenarse de lasiguiente manera:

1. Los materiales inestables (reactivos) de Clase 3 y 4deben almacenarse en gabinetes de almacena-miento de materiales peligrosos que cumplan conla Sección 2703.8.7.

2. Los gabinetes de almacenamiento de materialespeligrosos no deben contener otro almacena-miento.

4303.2 Cantidades que superan la cantidad máxima permi-

sible por área de control. El almacenamiento y el uso demateriales inestables (reactivos) en cantidades que superen lacantidad máxima permisible por área de control que se indicaen la Sección 2703.1 deben estar de acuerdo con el Capítulo 27y este capítulo.

SECCIÓN 4304ALMACENAMIENTO

4304.1 Almacenamiento interno. El almacenamiento internode materiales inestables (reactivos) en cantidades que superenla cantidad máxima permisible por área de control que se indicaen la Tabla 2703.1.1(1) debe estar de acuerdo con las Secciones2701, 2703, 2704 y este capítulo.

Además, los materiales detonables inestables (reactivos) deClase 3 y 4 deben almacenarse de acuerdo con los requisitospara explosivos del Código Internacional de la Edificación(IBC).

4304.1.1 Almacenamiento separado. El almacenamientode materiales inestables (reactivos) debe realizarse enedificaciones separadas si la Sección 2703.8.2 lo exige.

4304.1.2 Control de explosiones. Los cuartos, las áreas ylas edificaciones de almacenamiento interno que contenganmateriales inestables (reactivos) de Clase 3 ó 4 deben tenerun control de explosiones de acuerdo con la Sección 911.

4304.1.3 Pisos herméticos al líquido. Además de laSección 2704.12, los pisos de las áreas de almacenamientode líquidos y sólidos deben ser de construcción hermética allíquido.

4304.1.4 Configuración del almacenamiento. Los mate-riales inestables (reactivos) que se almacenen en cantidadesque superen los 500 pies cúbicos (14 m3) deben separarse enpilas de no más de 500 pies cúbicos (14 m3) cada una. Elancho de los pasillos no debe ser inferior a la altura de pilas oa 4 pies (1219 mm) el que sea mayor.

Excepción: Materiales almacenados en tanques.

4304.1.5 Ubicación en la edificación. Los materiales ines-tables (reactivos) no deben ubicarse en los sótanos.

4304.2 Almacenamiento externo. El almacenamiento exter-no de materiales inestables (reactivos) en cantidades que supe-ren la cantidad máxima permisible por área de control que seindica en la Tabla 2703.1.1(3) debe estar de acuerdo con lasSecciones 2701, 2703, 2704 y este capítulo.

4304.2.1 Distancia desde el almacenamiento hasta las

exposiciones de materiales Clase 4 y 3 (detonables). Elalmacenamiento exterior de material de Clase 4 ó 3 (deto-

nable) inestable (reactivo) debe ser de acuerdo con la Tabla3304.5.2(2). El número de libras de material listado en latabla debe ser el peso neto del material presente. De maneraalternativa, el número de libras de material debe estarbasado en un peso equivalente de trinitrotolueno (TNT).

4304.2.2 Distancia desde el almacenamiento hasta las

exposiciones de materiales Clase 3 (deflagrable). Elalmacenamiento exterior de materiales deflagrables Clase 3inestables (reactivos) debe ser de acuerdo con la Tabla3304.5.2(3). El número de libras de material listado debe serel peso neto del material presente.

4304.2.3 Distancia desde el almacenamiento hasta las

exposiciones de materiales Clase 2 y 1. El almacenamien-to exterior de materiales Clase 2 ó 1 inestables (reactivos) nodebe estar ubicado dentro de los 20 pies (6096 mm) deedificios no asociados con la fabricación o distribución dedichos materiales, líneas de lote, calles públicas, callejonespúblicos, caminos públicos o medios de salida. La distanciamínima requerida no debe aplicarse cuando barreras anti-fuego sin aberturas ni penetraciones que tengan una clasifi-cación de resistencia al fuego mínima de 2 horas interrum-pen la línea de visión entre el almacenamiento y la exposi-ción. La barrera antifuego debe ser una estructura indepen-diente o el muro exterior de un edificio adyacente al área dealmacenamiento.

4304.2.4 Configuración del almacenamiento. Las pilas demateriales inestables (reactivos) no deben superar los 1,000pies cúbicos (28 m3).

4304.2.5 Ancho de los pasillos. El ancho de los pasillos en-tre las pilas no debe ser inferior a la mitad de la altura de lapila o a 10 pies (3048 mm), la que sea mayor.

SECCIÓN 4305USO

4305.1 Generalidades. El uso de de materiales inestables(reactivos) en cantidades que superen la cantidad máximapermisible por área de control que se indica en la Tabla2703.1.1(1) ó 2703.1.1(3) debe estar de acuerdo con lasSecciones 2701, 2703, 2705 y este capítulo.

MATERIALES INESTABLES (REACTIVOS)

414 CÓDIGO INTERNACIONAL DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS 2006™