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UGT CAIXABANK M ATERNIDAD P ATERNIDAD

MaTernidad P aTernidad - ugtcaixabank.es€¦ · 2015 versión 05 1 de 64 ... MODELO 145 COMuNICACIóN DE DATOS AL PAGADOR ... SOLICITuD REDuCCIóN JORNADA CuIDADO DE hIJOS Y TARDE

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maternidad y paternidadÍndice

EMBARAZO ________________________________________________________________________ 2

MATERNIDAD ______________________________________________________________________3

PATERNIDAD _______________________________________________________________________7

BENEFICIOS FISCALES, FINANCIEROS O SOCIALES _______________________________________ 11DEDuCCIóN POR MATERNIDAD ........................................................................................................................................................11ANTICIPO POR NACIMIENTO .............................................................................................................................................................11OTROS BENEFICIOS ............................................................................................................................................................................11

MATERNIDAD A TIEMPO PARCIAL _____________________________________________________ 13

ADOPCIóN Y ACOGIMIENTO ________________________________________________________ 14

PERMISO DE LACTANCIA ____________________________________________________________ 15

REDuCCIóN DE JORNADA Y EXCENDENCIAS ___________________________________________ 16FLEXIBILIDAD hORARIO DE ENTRADA ...............................................................................................................................................16REDuCCIóN DE JORNADA POR CuIDADO DE hIJOS ..........................................................................................................................16REDuCCIóN DE JORNADO POR CuIDADOS DE hIJOS AFECTADOS POR CáNCER O ENFERMEDADES GRAvES .....................................18REDuCCIóN DE JORNADA POR CuIDADO DE FAMILIAR.....................................................................................................................19EXCEDENCIA POR CuIDADO DE hIJOS ............................................................................................................................................. 20EXCEDENCIA POR CuIDADO DE FAMILAR ......................................................................................................................................... 22EXCEDENCIA POR CuIDADO DE PERSONA DEPENDIENTE ................................................................................................................. 22

ANEXOS __________________________________________________________________________ 24ANEXO I: MODELO 145 COMuNICACIóN DE DATOS AL PAGADOR .................................................................................... 24ANEXO II: vARIACIóN DE DATOS PERSONALES DEL EMPLEADO ............................................................................................ 25ANEXO III: SOLICITuD DE PRESTACIONES MATERNIDAD/PATERNIDAD .................................................................................... 26ANEXO Iv: SOLICITuD DE ADhESIóN ADESLAS ..................................................................................................................... 35ANEXO v: SOLICITuD PERMISO DE PATERNIDAD ................................................................................................................. 36ANEXO vI: SOLICITuD MEJORA PERMISO DE PATERNIDAD/ PERMISO LACTANCIA PARA PADRES ............................................ 37ANEXO vII: MODELO 140 DEDuCCIóN POR MATERNIDAD .................................................................................................... 38ANEXO vIII: SOLICITuD DE ANTICIPO ..................................................................................................................................... 40ANEXO IX ACuERDO MATERNIDAD A TIEMPO PARCIAL .........................................................................................................41ANEXO X SOLICITuD DE REDuCCIóN DE JORNADA POR LACTANCIA ................................................................................ 42ANEXO XI SOLICITuD ACuMuLACIóN DE LACTANCIA ......................................................................................................... 43ANEXO XII SOLICITuD FLEXIBILIDAD ENTRADA Y SALIDA ...................................................................................................... 44ANEXO XIII: SOLICITuD REDuCCIóN JORNADA CuIDADO DE hIJOS Y TARDE JuEvES .............................................................. 45ANEXO XIv: SOLICITuD REDuCCIóN DE JORNADA POR hOSPITALIZACIóN Y PARTO PREMATuRO .......................................... 46ANEXO Xv: SOLICITuDES DE EXCEDENCIAS............................................................................................................................ 47ANEXO XvI: SOLICITuD REINCORPORACIóN EXCEDENCIA ..................................................................................................... 49ANEXO XvII: SOLICITuD PARALIZAR PRéSTAMOS DuRANTE EXCEDENCIA ................................................................................ 50ANEXO XvIII: PRESTACIóN POR CuIDADO DE MENORES CON CáNCER .....................................................................................51ANEXO XIX: CERTIFICADO DE EMPRESA (PARA LA PRESTACIóN ECONóMICA

POR CuIDADO DE MENORES CON CáNCER O ENFERMEDAD GRAvE) .................................................................. 52ANEXO XX: CERTIFICADO DE EMPRESA (PARA REDuCCIóN DE JORNADA POR CuIDADO DE

MENORES CON CáNCER O ENFERMEDAD GRAvE) ............................................................................................... 53ANEXO XXI: RD 1148/2011 PRESTACIóN POR CuIDADO hIJOS CON CáNCER ...................................................................... 54

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EMBARAZO

Estoy embarazada. ¿Cuándo lo debo comu-nicar a la empresa?

La Ley no establece ninguna obligación de comu-nicar el embarazo en una fecha concreta. Pero, si en tu lugar de trabajo hay riesgo para tu salud o la del feto durante el embarazo, la empresa debe sa-berlo cuanto antes para poder adoptar las medidas oportunas en materia de prevención de riesgos. Del mismo modo, se deberá comunicar si solicitamos el permiso para los exámenes prenatales y prepara-ción al parto.

¿Tengo derecho a permisos para revisiones médicas?

Sí. En caso de embarazo puedes acudir a los exá-menes prenatales por el tiempo indispensable y es retribuido, por lo que no te pueden descontar nada del salario por estas ausencias. Debes pedir los jus-tificantes.

Tengo que hacerme la prueba de la amnio-centesis y el médico me ha dicho que tengo que seguir dos días de reposo. ¿Tengo algún derecho? ¿Puedo solicitar algún tipo de baja?

Debes comunicarlo a la empresa y si te ponen algún tipo de problema puedes solicitar la baja al médico de la Seguridad Social.

Tengo problemas de salud con el embarazo y amenaza de aborto debido a mi lugar de tra-bajo (ej. desplazamientos largos, etc.). ¿Qué debo hacer?

La Ley de prevención de riesgos laborales establece que en caso de riesgo durante el embarazo al em-presario:

•Ha de adaptar las condiciones o el tiempo de trabajo para que el riesgo desaparezca, y si no es posible, o lo es, pero el riesgo no desaparece:

•Debe asignarse a la trabajadora un lugar dife-rente compatible con su estado, dentro de su grupo profesional o categoría equivalente mien-

tras el riesgo persista.

• Si esta solución tampoco es factible, la tra-bajadora podrá ser destinada a un puesto no correspondiente a su grupo o categoría equi-valente, pero debe conservar el conjunto de re-tribuciones de origen.

• Si este cambio tampoco resulta técnica ni obje-tivamente posible, o no es razonable de exigirlo pormotivosjustificados,latrabajadoraafectadapuede pasar a la situación de baja por riesgo du-rante el embarazo mientras exista este riesgo.

Estoy de baja por riesgo durante el embara-zo. ¿Cuál es la prestación económica que me corresponde?

Durante este periodo de baja, la trabajadora tiene derecho a percibir una prestación económica de la Seguridad Social equivalente al 100% de la base de cotización por contingencias profesionales. Adicio-nalmente CAIXABANk completa, en su caso, hasta el 100% de su salario.

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MATERNIDAD

¿Cuánto tiempo de permiso de maternidad dispongo?

El permiso de Maternidad tiene una duración de 16 semanas ininterrumpidas (de las que las 6 semanas posteriores al parto son obligatorias para la madre y puede cederle total o en parte el resto al otro pro-genitor que podrá disfrutarse de forma simultánea o sucesiva). En caso de parto múltiple se ampliará en 2 semanas más por cada hijo a partir del segundo y en los supuestos de discapacidad/dependencia del menor (se considera dependencia cuando el peso del recién nacido sea igual o inferior a 1.500 gra-mos). Y podrá incrementarse cuando precise hospi-talización a continuación del parto por un periodo superior a siete días y como máximo trece semanas.

A este periodo habría que añadir 10 días naturales (14 días en caso de parto múltiple o hijo/a con mi-nusvalía) a continuación del que le corresponda, tal y como se recoge en el Acuerdo de Igualdad y Con-ciliación como mejora del permiso de Maternidad.

A continuación disfrutaríamos del permiso de Lac-tancia (ver apartado Lactancia) si optamos por con-centrar este permiso en días. Y serían 10 días natu-rales más 5 días hábiles a disfrutar hasta que cumpla un año.

Ejemplo

– 1 solo hijo = 16 semanas ininterrumpidas + 10 días naturales (a continuación) + 10 días na-turales (a continuación, si lactancia acumulada) + 5 días hábiles (si lactancia acumulada, sin posibilidad de unirlos a los anteriores).

– 2 hijos = 18 semanas ininterrumpidas + 14 días naturales (a continuación) + 20 días na-turales (a continuación, si lactancia acumulada)

+ 10 días hábiles (si lactancia acumulada, sin posibilidad de unirlos a los anteriores).

– 3 hijos = 20 semanas ininterrumpidas + 14 días naturales (a continuación) + 30 días na-turales (a continuación, si lactancia acumulada) + 15 días hábiles (si lactancia acumulada, sin posibilidad de unirlos a los anteriores).

¿Qué trámites debo hacer?

•Trámites en CaixaBankPresentamos a través del Portal del Emplea-do, adjuntando escaneado el Libro de Fami-lia, el modelo 145 Comunicación de datos al pagador (anexo I) y el impreso de Variación de Datos Familiares (anexo II) debidamente cumplimentados.

Portal del Empleado

Solicitudes

Gestión de mis Solicitudes

Actualización de Datos Familiares

Si el otro progenitor es empleado/a deben marcar en el impreso de Variación de Datos quién cobrará la Ayuda por Hijos (ver quién tiene más nivel, pues es el 5% de salario base) ylaGratificacióndeNatalidad.

Este trámite puede hacerse también enviando la misma documentación al centro 9160-Ad-ministración Operativa de RRHH.

Una vez enviada la documentación, la empre-sa tramitará y enviará de forma telemática el CertificadodeEmpresaalINSS.

•Trámites en la Seguridad Social

– Llevaremos el Libro de Familia o Certificado de inscripción en el Registro Civil.

– Solicitaremos la prestación tramitando el im-preso de Solicitud de la Prestación de Mater-nidad/Paternidad, por nacimiento, adopción o acogimiento que se deberá cumplimentar (ane-xo III). Es importante tener en cuenta que hay que presentarla en un plazo máxi-mo de tres meses desde que se inicia el permiso de maternidad para no perder parcial o totalmente el importe de esta prestación.

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– Si el descanso se hiciera en régimen de jornada a tiempo parcial, debemos presentar el docu-mento que acredite el acuerdo con la empresa (anexo IX).

– Si la madre le cediera parte de este permiso al padre, éste deberá acreditar su cotización me-diante el correspondiente Certificado de Em-presa, en el momento de solicitar la prestación de Maternidad.

En un plazo máximo de 30 días nos debe llegarde laDirecciónProvincial del INSS laresolución donde se reconoce la prestación solicitada. Debemos enviar una copia de di-cha resolución al centro 9160-Administración Operativa de RRHH.

•Otros trámites en CaixaBank

– Plan de pensionesSisedeseavariarladesignacióndebeneficia-rios debe cumplimentarse el formulario co-rrespondiente

– AdeslasLa póliza sanitaria de ADESLAS cubre la asis-tencia del recién nacido durante los primeros 15 días, siempre que la madre está dada de alta en la póliza. A partir del nacimiento se dispone de tres meses para poder tramitar, si se desea, su incorporación a la póliza, sin necesidad de rellenar cuestionario de salud. Bien cumplimentando el impreso en el anexo IV y enviándolo

– al correo [email protected] – o via fax al teléfono

91 736 94 96.

¿Se marcará la ausencia en el terminal?

No.Actualmenteelmarcajesehacedemaneraau-tomática desde Recursos Humanos porque ellos ya reciben tu comunicación del nacimiento y toda la documentación necesaria.

¿Qué pasa si tengo un parto prematuro, o hay hospitalización del recién nacido?

En los casos de partos prematuros con falta de peso u hospitalización del recién nacido, el permiso de

maternidad a partir de los 7 días hasta un máximo de 13 semanas no se computa a efectos de duración del permiso de maternidad.

En estos casos se presentará al tramitar la presta-cióndeMaternidadenelINSSunDocumentoex-pedido por el centro hospitalario acreditando dicha hospitalización,enelqueseespecifiquenlascircuns-tancias que, afectando al menor, determinan dicho internamiento, así como las fechas de su inicio y su finalización.

¿En el caso de nacimiento de hijos con disca-pacidad me corresponden más días de per-miso?

Cuando la Seguridad Social reconozca un grado igual o superior al 65% se tendrá derecho a un permiso retribuido de hasta 30 días, dentro de los 24 meses a contar desde el nacimiento. Podrá solicitarlo tanto la madre como el padre.

Tiene derecho el padre a disfrutar del permi-so por maternidad?

Sí. Sin perjuicio de las seis semanas inmediatas poste-riores al parto (de descanso obligatorio para la ma-dre en los casos de maternidad biológica), en caso de que el padre y la madre trabajen, en el momento de iniciar el periodo de descanso por maternidad, la madre podrá optar por que el padre disfrute de una parte determinada e ininterrumpida del perio-do de descanso posterior al parto, bien de forma simultánea o sucesiva con la madre, salvo que en el momento que se tenga que incorporar al trabajo suponga un riesgo para su salud.

La cesión del permiso de maternidad al padre se tra-mita en el mismo impreso SOLICITuD DE LA PRESTACIóN POR MATERNIDAD/PATERNIDAD (anexo III).

En los casos de adopción y acogimiento, si traba-jan ambos, el permiso de maternidad se distribuirá a opción de los interesados, que podrán disfrutarlo de forma simultánea o sucesiva.

En los casos de disfrute simultáneo del permiso de maternidad por ambos progenitores, la suma total no podrá exceder de las 16 semanas previstas o las que correspondan en caso de parto, adopción o acogimiento múltiple.

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¿Qué ocurre con mis vacaciones?

Las vacaciones nunca se pierden, tanto si se produ-ce una baja durante el embarazo, si coinciden con permiso de Maternidad o si se produce un cambio de año.

Tienes el derecho a disfrutarlas a continuación de los permisos de Maternidad, Paternidad o Lactancia acumulada y puedes fraccionarlas hasta en 3 perio-dos por razones de conciliación, tal y como se es-tablece en el Protocolo de Igualdad y Conciliación, apartado 2.3 Vacaciones

¿Qué pasa si soy GC? ¿Cobraré lo mismo?

Sí. Tanto en el permiso por maternidad como duran-te el permiso de lactancia, en caso de que se com-pacte, se continúa con el progreso normal dentro del programa: se cambia de año y etapa como si se estuviera de alta.

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PATERNIDAD

¿Cuántos días de permiso tiene el padre por nacimiento?

Tres días hábiles seguidos, desde la fecha de naci-miento, incluido el día de nacimiento.

En caso de que el trabajador necesite hacer un des-plazamiento al efecto, se añadirán dos días naturales.

Ejemplos: – Si nace en viernes: los días de permiso corres-pondientes son el viernes, lunes y martes..

– Si nace en sábado; los días de permiso corres-pondientes son el lunes, martes y miércoles.

– Si nace en martes, y necesita desplazamiento: los días de permiso son desde el martes hasta el viernes,.

Por el ACuERDO DE CONCILIACIóN en este permiso se pueden acumular tres días laborables más de permi-so retribuido al año.

¿Cómo se hace el marcaje del permiso de na-cimiento y ampliación de permisos?

Se hace por el PORTAL DEL EMPLEADO:Personas

Mi Portal

Solicitudes

Solicitud de ausencias

Perm. Nace.

Adopciones. Hijo

o si hay desplazamiento:Perm. Nace.

Adopciones. Hijo (gastos).

También encontraremos aquí la opción de AMPLIA-CIóN DE PERMISOs para marcar los tres días más por el acuerdo de conciliación.

¿En qué consiste el permiso de paternidad?

Es un permiso independiente del de Maternidad y no acumulable. También es independiente del permi-so por nacimiento de hijos.

La duración del permiso de Paternidad que concede la Seguridad Social es:

• 13 días naturales ininterrumpidos

• 20 días naturales ininterrumpidos cuando el nuevo nacimiento, adopción o acogimiento se produzca en una familia numerosa, o que por tal motivo adquiera esa condición. O cuando en la familia existiera una persona con discapaci-dad en grado igual o superior al 33%. También cuando el hijo/a tenga una discapacidad en gra-do igual o superior al 33%.

Pueden ser ampliables en 2 días más por cada hijo a partir del segundo, en caso de parto, adopción o acogimiento múltiple, en ambos casos, tanto cuando le correspondan 13 días ó 20.

Cuando se habla de que el incremento de la dura-ción es único quiere decir, por ejemplo:

Una madre discapacitada que da a luz a trillizos, uno de ellos discapacitado/dependiente, el otro progenitor al solicitar la prestación por paternidad tendría derecho a 20 días por familia numerosa ó 20 días por discapacidad de la madre ó 20 días por discapacidad/dependencia del hijo + 2 días por cada hijo del parto múltiple (2x2) = 24 días de prestación por paternidad (Instrucciones de la Subdirección General de Gestión de IT y de otras Prestaciones del 30 de marzo de 2009).

Además de éstos, la empresa permite ampliar en 4 días más a continuación de los anteriores por el Pacto de Igualdad y Conciliación.

Hay una novedad en este permiso y es que ahora hay dos impresos para solicitarlo:

– Uno corresponde a los días que concede la Se-guridad Social (anexo V), que pueden ser 13, 15, 20 ó 22… dependiendo de cada caso;

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– y otro para los 4 días de ampliación como Me-jora de Permiso (anexo VI).

¿Cómo tramito el permiso en CaixaBank?

En primer lugar debes imprimir el nuevo Formula-rio del Permiso de Paternidad (anexo V) y el de Mejora de Permiso (anexoVI); una vez cumplimen-tados y visados por el responsable inmediato se en-viarán al centro 9160 (RRHH) junto con la siguiente documentación:

– Libro de familia – Impreso de Variación de Datos Familiares cum-plimentado (anexo II). Si el otro progenitor es empleado/a deben marcar en el impreso de Variación de Datos quién cobrará la Ayuda por Hijos (ver quién tiene más nivel, pues es el 5% desalariobase)ylaGratificacióndeNatalidad.

– Comunicación de datos al Pagador (modelo 145) cumplimentado (anexo I).

También se puede hacer a través del Portal del Em-pleado adjuntando escaneada la documentación.

Portal del Empleado

Solicitudes

Gestión de mis Solicitudes

Actualización de Datos Familiares

Como novedad, la empresa tramitará el Cer-tificadodeEmpresayloenviarátelemática-mente al INSS.

¿Cómo tramito la prestación de paternidad en el INSS?

DebemosacudiralaoficinadelINSSconlasiguien-te documentación:

– Solicitud de la prestación de paternidad (anexo III), también en www.seg-social.es

– DNI. – LibrodeFamiliaoCertificadode inscripciónen el Registro Civil.

– En caso de familias numerosas, título de Familia Numerosaojustificantedehaberlosolicitado.

– En caso de discapacidad de cualquier miembro de la unidad familiar en grado igual o superior al33%,certificadodediscapacidademitidoporel Imserso u órgano competente.

– En caso de discapacidad o dependencia del me-nor, certificadode discapacidad igual o supe-rior al 33%. En caso de recién nacidos, Informe médico del hospital público o un informe del servicio público de salud en que conste la dis-capacidad o su posible existencia.

Es importante tener en cuenta que hay que pre-sentar la solicitud de la prestación en un pla-zo máximo de tres meses desde que se inicia el permiso de paternidad para no perder parcial o totalmente el importe de esta prestación.

En un plazo máximo de 30 días nos debe llegar de la DirecciónProvincialdelINSSlaresolucióndondesereconoce la prestación solicitada. Debemos enviar una copia de dicha resolución al centro:

9160-Administración Operativa de RRHH.

¿Cuándo puedo disfrutar de este permiso?

Puedes escoger tres momentos diferentes para dis-frutar de este permiso:

– A continuación del permiso por nacimiento (2 días naturales si hubiera desplazamiento y de hasta los 3 días por ampliación de permisos)

– En cualquier momento durante el permiso de maternidad

– Inmediatamentedespuésdefinalizarelpermi-so de maternidad

También se puede disfrutar de este permiso a jor-nada parcial, con un mínimo de 50% siempre que se acuerde por escrito con el responsable inmediato (anexo X)

¿Se marcarán en el terminal los días del per-miso de paternidad?

No.Actualmenteelmarcajesehacedemaneraau-tomática desde Recursos Humanos al recibir la do-cumentación pertinente.

¿La madre puede disfrutar del permiso de paternidad?

No.Estepermisonopuededisfrutarlolamadreysepierde si el padre no lo disfruta.

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¿Qué ocurre si mi hijo nace prematuro?

Si tu hijo nace prematuro y continúa hospitalizado, tienes la posibilidad de ausentarte durante 1 hora al día (permiso por nacimiento de hijo prematuro) sin reducción de salario. Pero además existe la posi-bilidad de aumentar el tiempo de ausencia hasta un máximo de 2 horas al día con una reducción de jor-nada mientras esté hospitalizado. Esta reducción de 2 horas si supondrá una disminución proporcional del salario.

Para solicitarla, debes solicitarlo por escrito (anexo XIV), con el VºBº del responsable superior, a la DT o Dirección de Área indicando:

– Nombre,apellidosynºdematrícula – Centro de trabajo – Motivo de la solicitud – Fecha de inicio y duración del permiso, indican-do la concreción horaria

– Firma del empleadoCuando tengamos la conformidad lo remitiremos al centro 9160-Administración Operativa de RRHH.

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BENEFICIOS FISCALES, FINAN-CIEROS O SOCIALES

DEDuCCIóN POR MATERNIDAD

Se puede solicitar a la Agencia Tributaria la DEDuC-CIóN POR MATERNIDAD de hasta 1.200 euros anuales por cada hijo menor de 3 años.

Esta deducción se puede hacer a cuenta de la decla-ración del IRPF anual o bien solicitar el pago men-sual prorrateado. (paga de los 100€)

Para solicitarlo, debes cumplimentar el modelo 140 (anexo VII).

Más información en el teléfono de atención de la Agencia Tributaria (901 200 345), o en el siguiente enlance:

deducción por maternidad

ANTICIPO POR NACIMIENTO

En el apartado 11.3 y 11.4 del Protocolo de Igualdad y Conciliación se establece la posibilidad de solicitar un anticipo por nacimiento, adopción o acogimiento de hasta una anualidad del total de Salario Base más PagasdelNivelXII.

Podrá solicitarse hasta tres meses después del he-chocausanteynoseránecesariaacreditarlafinali-dad del gasto (anexo VIII).

OTROS BENEFICIOS

¿CaixaBank me da alguna paga por nacimien-to de hijo/a?

Sí. Se abonan 1,15 pagas por el nacimiento (salario total mensual dividido por 2 y multiplicado por 1,15). Adicionalmente se percibirá la ayuda por hijos, la ayuda por guardería y la ayuda por formación, en su caso.

¿En qué consiste la ayuda por hijos?

• Normageneral:5%mensualdelsalariobaseto-tal hasta que el hijo cumpla los 18 años.

• NormaespecíficaparalosempleadosdeCaixa,anteriores al 1 de mayo de 2012: esta ayuda se mantiene hasta los 21 años para todos los hijos nacidos antes del 2017.

• Para el caso de minusvalía se mantiene siempre sin límite de edad.

•Quedan excluidos de esta ayuda aquellos hijos que obtengan rentas anuales superiores al Sala-rio Mínimo Interprofesional en cómputo anual.. Paraelaño2015,elSMIestáfijadoen9.080,40€.

¿Qué es la ayuda para guardería?

• Se percibe por cada hijo menor de 3 años con un pago anual que se abona en la nómina de septiembre durante los 3 primeros años del niño. Si el nacimiento es posterior, se abonará antesdefindeaño.

• Esteaño2015asciendea925€,alaesperademodificarseenelConvenioColectivo.

• Para el caso de minusvalía, hay una ayuda duran-telos3primerosañosqueconsisteen6.000€anuales, para las minusvalías iguales o superiores al 65%. Si es inferior, pero supera el 33%, la ayu-daasciendea5.000€

¿Qué es la ayuda para formación?

•Una vez cumpla los 3 años el hijo pasará a per-cibir la Ayuda de Formación. Se recibe con un pago anual que se abona en la nómina de sep-tiembre hasta que cumpla 25 años y siempre que no tenga unas rentas superiores al salario mínimo interprofesional.

• En2015asciendea510€,alaesperademodifi-carse en el Convenio Colectivo.

• Para el caso de minusvalía igual o superior al 65%sereciben6.000€anuales,ysisetratadeuna minusvalía inferior, pero supera el 33% se recibirían3.400€anuales.

¿También tendrá regalo de reyes?

El nacimiento deberá comunicarse a la empresa an-tes del 31 de enero de cada año para garantizar la disponibilidad de los obsequios.

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Para los años siguientes sólo habrá que escoger, cuando lo publique la empresa, qué regalo se desea entre los propuestos, por grupos de edad.

¿Mi bebé tiene la cobertura de Adeslas?

La cobertura de la póliza de ADESLAS se mantiene durante los primeros 15 días del bebé. A partir de aquí, se dispone de tres meses para poder tramitar, si se quiere, su incorporación a la póliza de asisten-cia sanitaria sin necesidad de rellenar el cuestionario de salud.

La solicitud de adhesión a la póliza de Adeslas (ane-xo IV) ha de remitirse a la compañía por cualquiera de los siguientes medios:

• por correo electrónico: [email protected]»

• por fax: 91 736 94 96

• por correo ordinarioSolicitud de alta colectivo CaixaBank

Compañía de Seguros Adeslas, S.A.Unidad de Postventa

Arturo Soria, 336, 6 ª planta 28033 MADRID.

Tienes toda la información en la web de ADESLAS:Apartado Alta-Baja de seguro

O bien en el portal del empleados:Personas: Trabajar aquí compensa

Salud y riesgos laborales

Salud y previsión

ADESLAS

Póliza Sanitaria

Beneficiarios

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MATERNIDAD A TIEMPO PARCIAL

¿En qué consiste la maternidad a tiempo par-cial?

Se trata de hacer compatible el permiso de mater-nidad con el trabajo, es decir, trabajar unas horas y disfrutar el resto de la jornada del permiso de maternidad. Se puede decir que funciona como una reducción de jornada. El período trabajado alarga el disfrute del permiso de maternidad en la misma proporción.

¿Puedo disfrutar de una parte del permiso de maternidad a tiempo total y otra parte a tiempo parcial?

Sí. Se puede cambiar de modalidad de permiso de maternidad siempre que exista acuerdo con la em-presa.

¿Si solicito el permiso por maternidad a tiempo parcial, el empresario tiene la obliga-ción de concedérmela?

No. Es imprescindible el acuerdo previo entre elempresario y la trabajadora, o el trabajador si tam-bién disfruta de este permiso.

¿Cuándo puedo disfrutar de la maternidad a tiempo parcial?

Al inicio del descanso correspondiente o en un mo-mento posterior. Podrá extenderse a todo el perío-do del descanso o a una parte.

El disfrute del permiso será ininterrumpido y sólo puedemodificarsemedianteunacuerdonuevoen-tre empresario y trabajadora, como consecuencia de causas relacionadas con su salud o la del menor.

En el caso de parto, la madre no podrá hacer uso de esta modalidad durante las 6 primeras semanas inmediatas.

¿El padre puede acogerse a esta modalidad de permiso?

Sí. Este derecho lo pueden ejercer ambos progeni-tores, de forma simultánea o sucesiva.

¿Este derecho es compatible con la reduc-ción por lactancia, para el cuidado de hijos o excedencia?

No.Estáexpresamenteprohibidoporlaley.

¿Cómo se tramita el permiso de maternidad parcial?

Al igual que el permiso de maternidad total, pero en estecasohayqueaportaralINSSelacuerdoentreempresario y trabajador (anexo IX).

Siladistribuciónacordadainicialmentesemodifica,seinformaráalINSS.

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ADOPCIóN Y ACOGIMIENTO

¿Qué duración tiene el permiso por adopción o acogimiento?

En los supuestos de adopción y acogimiento, tanto pre-adoptivo como permanente, se distinguen dos supuestos:

A. Menores de 6 años, la duración del permiso es de 16 semanas ininterrumpidas, ampliables en dos semanas más por cada hijo en caso de adopción o acogimiento múltiple. El periodo se contabiliza a partir de la fecha de la resolu-ción judicial por la que se constituye la adop-ción.

B. Mayores de 6 años, la duración del permiso es de 16 semanas ininterrumpidas sólo para los casos siguientes:

– Discapacitados o minusválidos. – Dificultades de inserción social y familiar-debi-damente acreditadas por los servicios sociales competentes, por sus circunstancias o expe-riencias personales, o porque vienen de fuera.

En todo caso, se disfruta del permiso durante las 6 semanas siguientes a la adopción de ma-nera obligatoria.

¿Qué ocurre en el caso de adopción interna-cional?

En los casos de adopción internacional, cuando sea necesario el desplazamiento previo de los padres al país de origen del adoptado, el permiso podrá co-

menzar hasta cuatro semanas antes de la resolución de la adopción.

En CAIXABANk contamos con un permiso no retri-buido de hasta 15 días, ampliables en caso de adop-ciones internacionales.

Qué trámites debo seguir para la prestación por adopción?

Los mismos que para el caso de maternidad, tra-mitando la SOLICITuD DE LA PRESTACIóN DE MATERNIDAD/PATERNIDAD, POR NACIMIENTO, ADOPCIóN O ACOGIMIENTO (anexo III).

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PERMISO DE LACTANCIA

¿En qué consiste el permiso de lactancia?

El permiso consiste en una hora de ausencia del trabajo, que podrá dividirse en dos fracciones (dos medias horas); o bien la trabajadora puede optar por disfrutar este permiso como reducción de su jornadaenmediahora(alprincipiooalfinaldelajornada).

Disponibles modelos de solicitud en los anexos X y XI.

¿Qué duración tiene el permiso de lactancia?

El permiso se puede disfrutar hasta que el menor cumpla 9 meses.

¿Puedo disfrutar del permiso de lactancia si mi hijo es adoptado?

Sí, en las mismas condiciones.

¿En el caso de parto múltiple, el permiso por lactancia se amplía?

La legislación laboral ha reconocido que se multi-plica el permiso por lactancia en el caso de parto múltiple. Así pues, se multiplicará por el número de hijos.

¿Puedo conmutar el permiso de lactancia por días de permiso?

Sí. Este permiso se podrá sustituir por 10 días natu-rales que se disfrutarán a continuación del permiso por maternidad/paternidad y se deben solicitar por escrito antes de que termine el permiso de materni-dad, con el conocimiento de la Delegación General o Delegación Territorial correspondiente.

Con este PERMISO DE ACuMuLACIóN DE LA LACTANCIA, (anexo XI) también se pueden solicitar hasta un total de 5 días laborables, no acumulables a los anteriores, durante los primeros 12 meses de vida del hijo. Es-tos 5 días pueden ser acumulables entre sí, pero no con los 10 días anteriores.

¿El padre puede solicitar el permiso de lac-

tancia?

Sí. Hay una novedad en este permiso y es que lo pueden disfrutar tanto la madre como el pa-dre, pero sólo uno de ellos, incluso cuando la madre no trabajara (anexo XI).

La persona que lo solicite debe haber disfrutado al menos una parte del permiso de maternidad/pater-nidad.

¿La empresa puede obligarme a disfrutar el permiso de lactancia en el horario que más le convenga?

No. Corresponde al trabajador decidir la concre-ción horaria y la determinación del periodo de dis-frute del permiso de lactancia.

¿Se puede disfrutar de forma simultánea el permiso de lactancia y la reducción de jorna-da por cuidado de hijos?

Sí. La legislación laboral no limita el disfrute simultá-neo de ambos permisos. Además, existen sentencias de los tribunales de justicia que reconocen expre-samente que ambos permisos son diferentes y acu-mulables.

¿Cómo se tramita el permiso de lactancia?

Podemos elegir dos opciones:

– En caso de optar por la ausencia de una hora o reduccióndemediahora(alcomienzooalfi-nal de la jornada) lo comunicaremos por escri-to (anexo X) al responsable inmediato y no hay que hacer ninguna marcación por el terminal.

– En caso de optar por acumular el permiso en 10 días naturales, también se comunicarán por escrito (anexo XI) al responsable inmediato antesdefinalizarelpermisodeMaternidadya la Dirección Territorial correspondiente. Ha-bitualmente CaixaBank ya envía el documento para devolver con la opción elegida.

Los otros 5 días extras de esta opción se comunica-ránalresponsabledelcentroconlaantelaciónsufi-ciente en los casos en que sea posible, y se marcarán por en terminal como Acumulación de Lactancia en Solicitud de Ausencias.

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REDuCCIóN DE JORNADA Y EX-CENDENCIAS

FLEXIBILIDAD hORARIO DE ENTRADA

¿Enquéconsistelaflexibilidaddeentradaysalida?

Disponemos demedia hora de flexibilidad en loshorarios de entrada y salida sin repercusión con el sueldo., regulado por el acuerdo de conciliación:

– 1.1. Flexibilidad en el horario de entrada:Flexibilidad voluntaria en el horario: Si así lo desean, por razón de conciliaciones, los Empleados / as de la Entidad podrán disponen de flexibilidad en el ho-rario de entrada y salida.

Esta flexibilidad será de un intervalo de media hora en el horario establecido (por Ejemplo, entrar entre 7,30 y 8,30, o salir los jueves entre 19.30 y 20.30). Tendrá cómputo diario.

Lagestióndeestaflexibilidadhorariacorresponde-ráacadaoficinaocentro,enfuncióndesusnecesi-dades. Basta con la comunicación verbal al director o responsable, pero se puede solicitar también por escrito. (anexo XII).

REDuCCIóN DE JORNADA POR CuIDADO DE hIJOS

¿En qué consiste el permiso de reducción de jornada por cuidado de hijos?

Por razones de guarda legal o cuidado directo de un menor de 12 años, o ilimitadamente en el caso de minusvalía, se puede reducir la jornada en un mí-nimo de una hora y un máximo de la mitad de la jornada, con disminución proporcional del salario.

En el caso de un menor de 6 años, esta reducción se puede limitar a los jueves por la tarde. Si se trata de un hijo con minusvalía, la reducción de los jueves por la tarde será retribuida hasta que cumpla los 3 años. Si el grado de discapacidad es igual o superior al 65% se podrá disfrutar del permiso retribuido los jueves por la tarde sin ningún límite de edad.

Tal y como se recoge en el Convenio también existe la posibilidad de un permiso retribuido en el caso de nacimiento de hijos con discapacidad, con un grado reconocido por la Seguridad social igual o mayor al 65%. Este permiso será de hasta 30 días y se podrá disfrutar dentro de los primeros 24 meses desde el nacimiento,conmotivosjustificadosacordesconladiscapacidad. Este permiso podrá ser disfrutado por el padre o la madre, en casos de que ambos trabajen por cuenta ajena.

Como mejora de empresa tenemos que la re-ducción horaria de jornada podrá tener cómputo semanal y no diario. Es decir, se deberá reducir ho-rario todos los días de la semana, pero no será ne-cesario que se reduzca el mismo número de horas todos los días.

Así, quienes tengan hijos entre los 6 y los 12 años podrán solicitar la reducción de la tarde del jueves si además reducen hasta una hora y cuarto más a distribuir en el resto de días de la semana (serían unos 15 ó 20 minutos diarios).

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En horario de invierno, es decir, de octubre a abril, el mínimo serían 4,75 horas, incluyendo la tarde del jueves, y el máximo 19 horas.

En horario de verano, es decir, de mayo a septiem-bre, el mínimo sería de 4,5 horas y el máximo de 17,5 horas.

Para solicitar la reducción de jornada, acogiéndose a esta modalidad, se debe comunicar al solicitarla que es como mejora de empresa y diferenciada de la actual regulación de reducción de jornada por guarda legal del art 37.5 del ET. (anexo XIII).

¿Qué duración tiene este permiso?

La duración máxima del permiso es hasta que el me-nor haga 12 años (sin límite para el caso de minus-valía).

¿Qué cantidad de salario se reduce?

Proporcional a la reducción de jornada. Si se disfruta de una reducción de jornada de un tercio, el salario se reducirá proporcionalmente en un tercio.

La reducción salarial afecta tanto al salario base comoloscomplementossalarialesquefiguranenlanómina y por lo que se cotice a la Seguridad Social.

En el caso de reducción por hijo minusválido menor de 3 años se podrá reducir los jueves por la tarde sin perder salario.

¿La empresa puede obligarme a disfrutar del permiso de reducción de jornada en el hora-rio que más le convenga?

Aunque la normativa de CAIXABANk y el Convenio Colectivo indican que será de común acuerdo en-tre empresa y trabajador, en la práctica judicial y en algunos casos de reducción por el Estatuto de los Trabajadores (lactancia, hospitalización de neonatos, reducción de jornada por menores de 12 años o con minusvalía sin límite de edad), es el trabajador quien tiene la facultad de decidir la concreción ho-raria y la determinación del periodo de disfrute de la reducción de jornada.

¿Qué se puede hacer si hay discrepancias en-tre la empresa y el trabajador/a sobre la con-creción horaria o la determinación del perío-do de disfrute?

Si no hay acuerdo entre la empresa y la trabajadora sobre la concreción horaria o la determinación del período de disfrute del permiso, se puede presentar una demanda ante los juzgados sociales para que re-conozcan el ejercicio de este permiso, a través de un procedimientoespecíficoparaestetipodereclama-ciones previsto en la Ley de procedimiento laboral. Hay muchas sentencias que avalan el derecho del trabajador a concretar su horario.

¿Hay algún plazo de tiempo para solicitar la reducción de jornada por cuidado de hijos?

Se debe comunicar la solicitud de reducción con 15 días de antelación. Pero se puede hacer en cualquier momento durante el periodo de disfrute reconoci-do por la ley, o sea, hasta que el menor haga 12 años.

¿La solicitud de reducción de jornada se hará por escrito o tiene validez si se hace verbal-mente?

Por escrito (anexo XIII).

¿Cuándo hay que comunicar la reincorpora-ción a la jornada ordinaria?

La ley obliga al trabajador a preavisar al empresario con 15 días de antelación la fecha en que se reincor-porará a su jornada ordinaria.

También puede pedir modelos para hacer el recor-datorio.

¿El padre puede solicitar la reducción de jor-nada por cuidado de hijos? ¿Y en el caso de que la madre no trabaje?

Sí, en ambos casos. La ley reconoce que la reducción de jornada es un derecho individual de los traba-jadores, hombres y mujeres. Esto quiere decir que cualquiera de los progenitores puede solicitar la re-ducción de jornada independientemente de la situa-ción laboral del otro progenitor.

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¿Qué pasa si ambos progenitores son em-pleados de CAIXABANk?

Si ambos generasen este derecho por el mismo su-jeto causante (es decir, el mismo hijo) el empresario podrá limitar su ejercicio simultáneo por razones justificadasdefuncionamientodelaempresa.

¿Se puede disfrutar de forma simultánea el permiso de lactancia y la reducción de jorna-da por cuidado de hijos?

Sí. La legislación laboral no limita el disfrute simultá-neo de ambos permisos. Además, existen sentencias de los tribunales de justicia que reconocen expre-samente que ambos permisos son diferentes y acu-mulables.

¿Tengo derecho de reducción de jornada si mi hijo nace prematuro o es necesario hos-pitalizarlo?

Sí. En estos casos, a continuación del parto, el padre o la madre tienen derecho a una hora de ausencia del trabajo remunerado (anexo XIV).

Tienen también derecho a reducir su jornada hasta un máximo de dos horas, pero con reducción de salario.

REDuCCIóN DE JORNADO POR CuIDADOS DE hIJOS AFECTADOS POR CáNCER O ENFERMEDADES GRAvES

A partir del RD 1148/2011 sobre prestación eco-nómica por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave, tenemos la posibilidad de reducir la jornada de trabajo en, al menos un 50% de su duración.

Es un subsidio que compensa la pérdida de ingresos que sufren los trabajadores progenitores, adoptan-tes o acogedores, que reducen su jornada de trabajo y su salario para cuidar de manera directa, continua y permanente del menor a su cargo, afectado por cáncer u otra enfermedad grave de las determinadas legalmente.

El porcentaje de reducción de jornada se entenderá referido a una jornada de trabajo de una persona trabajadora a tiempo completo comparable de la misma empresa y centro de trabajo que realice un

trabajo idéntico o similar, y se computará sin tener en cuenta otras reducciones de jornada que, en su caso, disfruten las personas trabajadoras por razo-nes de guarda legal de menores o de cuidados de familiares, o por cualquier otra causa”.

La prestación económica consistirá en un subsidio equivalente al 100% de la base reguladora estableci-da para la prestación por incapacidad temporal, de-rivada de contingencias profesionales, o en su caso, de contingencias comunes.

El pago se efectuará por la entidad gestora o mutua de accidentes de trabajo y enfermedades profesio-nales, por periodos mensuales vencidos, y comienza en el mismo día que se inicia la reducción de jornada.

Con la solicitud (anexo XVIII) deberá aportarse ade-más:

• Certificado de la empresa donde conste lacuantía de la base de cotización de la persona trabajadora (anexo XIX).

• Certificadodelaempresaconlafechadeiniciode la reducción de jornada donde se indica el porcentajeenquehaquedadofijadadichare-ducción de jornada (anexo XX).

• Informe médico (público o privado), que indique la necesidad del cuidado del menor por encon-trarse afectado por cáncer u otra enfermedad grave.

• DNI.

• Libro de familia o inscripción en el Registro Ci-vil, resolución de adopción o de acogimiento.

• Resolución judicial o administrativa por la que se haya concedido el acogimiento familiar prea-doptivo o permanente o. en su caso la tutela del menor.

En un plazo de 30 días desde la presentación, se no-tificaráelreconocimientoodenegacióndelderechoalaprestación(encasodenorecibirnotificación,seentenderá desestimada).

Tienes más información en el Real Decreto 1148/2011 (anexo XXI), o en el siguiente enlace de la Seguridad Social:

cuidado de menores afectados por cán-cer u otra enfermeda grave

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REDuCCIóN DE JORNADA POR CuIDADO DE FAMILIAR

Tal como se recoge en el ET, también existe la posi-bilidad de reducir la jornada entre 1/8 y un 50% por cuidado de un familiar, hasta 2º grado de consangui-nidadoafinidad,queporrazonesdeedad,acciden-te o enfermedad no pueda valerse por sí mismo, y que no desempeñe actividad retribuida.

Estos familiares pueden ser:

• Por consanguinidad: padres, abuelos, hijos, nie-tos y hermanos

• Porafinidad:yerno,nuera,suegro/aycuñado/a

•Cónyuge o Pareja de hecho

Esta reducción lleva implícita la variación del salario de forma proporcional a la reducción elegida. Tam-bién se reducirán proporcionalmente las aportacio-nes al Plan de Pensiones.

Esta reducción debe ser diaria, es decir, todos los días de la semana

Se solicitará por el Portal del Empleado:Portal del Empleado

Solicitudes

Gestión de mis solicitudes

Solicitud de reducción de jornada

Indicando el parentesco, la fecha de inicio y fecha posibledefinalización.Debehacersecon15díasdeantelaciónycualquiermodificaciónnecesitaserco-municada también con una antelación igualmente de 15 días.

Se debe adjuntar la siguiente documentación:

– Certificado médico en el que se declare que el familiar por razones de edad, accidente, enfer-medad o discapacidad no pueda valerse por sí mismo.

– Declaración del empleado conforme que el fa-miliar a atender no desempeñe actividad retri-buida.

EXCEDENCIA POR CuIDADO DE hIJOS

¿En qué consiste la excedencia por cuidado de hijos?

Los trabajadores tendrán derecho a un período de excedencia de hasta tres años para cuidar de cada hijo, ya sea natural o adoptado, e incluso en los casos de acogimiento.

Cuando un nuevo hijo dé derecho a un nuevo perío-do de excedencia, el inicio de esta nueva excedencia finalizalaqueseestédisfrutando.

¿Qué duración tiene el periodo de exceden-cia?

En el supuesto de excedencia por cuidado de hijos, la duración máxima son tres años a contar desde la fecha de nacimiento o, en su caso, de la resolución judicial o administrativa, para los casos de adopción o acogimiento pre-adoptivo o permanente.

¿Se puede solicitar la excedencia por cuidado de hijos por sólo un año o por períodos infe-riores al año?

Sí. La ley sólo establece un límite máximo de du-ración de la excedencia (tres años), por tanto, no hay inconveniente en que se solicite para periodos inferiores, por ejemplo, para dos meses.

¿Si se ha disfrutado la excedencia por cuida-do de hijos durante un año, se puede solici-tar una prórroga para disfrutar la excedencia otro año más o hasta que el menor haga tres?

Sí. La duración de esta excedencia es como máximo de tres años, pero no existe la obligación de fijardesde el inicio el período que se querrá disfrutar.

¿La excedencia se solicitará a partir del na-cimiento del hijo/a o se puede hacer en cual-quier momento?

La excedencia por cuidado de hijo podrá hacerse efectiva hasta que el menor haga tres años, y por tanto, no se iniciará necesariamente a partir del na-cimiento del hijo.

Se puede solicitar en cualquier momento dentro del periodo de los tres años del menor. Obviamente, si se solicita después del nacimiento del hijo, la dura-ción de la excedencia es menor.

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¿Puedo parar los pagos de los préstamos du-rante la excedencia?

Durante el primer año de excedencia por cuidado de hijos se puede suspender temporalmente el pago de cuotas de los préstamos para adquisición o cam-bio de vivienda habitual, así como de los préstamos de atenciones diversas. Esto puede hacerse incluso una vez que se ha comenzado a disfrutar de la ex-cedencia.

Pero en el caso de los anticipos de nómina, hay que comunicarlos en el momento de solicitar la excedencia, puesto que si el empleado/a no pide la suspensión temporal del pago de las cuotas de amortización de los anticipos, se procederá a amortizar todo el importe pen-diente de los anticipos en el recibo de liqui-dación con motivo del inicio de la excedencia (anexo XVII).

¿Cómo afectan los 5 días acumulados de lac-tancia cuando se pide la excedencia?

Cuando se haya disfrutado de los 5 días hábiles acu-mulados por lactancia durante los doce primeros meses de vida del hijo y se solicite una excedencia, de duración igual o superior a 1 año, les serán inclui-dos los 5 días dentro del tiempo de duración de la excedencia.

Si el periodo de excedencia es inferior a 1 año se hará según la siguiente escala:

– Hasta 7 meses incluirán 4 días – Hasta 6 meses se incluirán 3 días – Hasta 4 meses incluirán 2 días – Y hasta 3 meses se incluirá 1 día

¿El padre puede solicitar la excedencia por cuidado de hijos?¿ Y en el caso de que la ma-dre no trabaje?

Sí, en ambos casos. La ley reconoce que la exceden-cia por cuidado de hijos es un derecho individual de los trabajadores, hombres y mujeres.

Esto quiere decir que cualquiera de los dos proge-nitores puede solicitar este tipo de excedencia in-dependientemente de la situación laboral del otro progenitor.

¿Qué pasa si ambos progenitores son em-pleados de CAIXABANk?

Si ambos generasen este derecho por el mismo su-jeto causante (es decir, el mismo hijo) el empresario podrá limitar el ejercicio simultáneo por razones justificadasdefuncionamientodelaempresa.

¿Conservaréelpuestodetrabajoenmiofi-cina?

Durante el primer año se tiene derecho a la reserva del puesto de trabajo.

Transcurrido este plazo, la reserva quedará referida a un puesto de trabajo del mismo grupo profesional o categoría equivalente.

No obstante, cuando el trabajador forme partede una familia que tenga reconocida oficialmentela condición de familia numerosa, la reserva de su puesto de trabajo se extenderá hasta un máximo de 15 meses (familia numerosa de categoría general) o hasta un máximo de 18 meses (familia numerosa de categoría especial).

¿El derecho de reserva de puesto de traba-jo durante el primer año se cuenta desde el nacimiento del menor o desde la fecha que comienza la excedencia?

El primer año de reserva de puesto de trabajo se cuenta a partir del inicio del período de excedencia y no desde la fecha de nacimiento del hijo/a.

¿La empresa podrá denegar el reingreso des-pués de disfrutar la excedencia?

No.Cuandoterminaelprimerañodeexcedencia,eltrabajador puede reincorporarse a su mismo puesto de trabajo, ya que la ley establece que durante este periodo se reservará su puesto de trabajo en la mis-maoficina.

Transcurrido este plazo, el trabajador excedente conserva también el derecho a la reserva del tra-bajo y, por tanto, el derecho al reingreso, pero en este caso sólo se tiene derecho al reingreso en un puesto de trabajo del mismo grupo profesional o categoría equivalente.

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¿La solicitud de excedencia por cuidado de fa-miliares debe hacerse por escrito o es válida si se hace de forma verbal?

La comunicación de excedencia o permiso especial se hará llegar por escrito al centro 9160 ADMINISTRACIóN OPERATIvA DE RECuRSOS huMANOS - y debe estar enterada previamente la Delegación General correspondiente.

La ley no exige que se haga por escrito, pero por ra-zones de seguridad jurídica para el trabajador, es con-veniente que la petición de la excedencia se haga por esta vía.

Modelos de solicitud disponibles en el anexo XV.

¿Hay plazo para comunicar la reincorporación alpuestodetrabajoconmotivodelafinaliza-ción del periodo de excedencia?

La ley no lo exige, pero es aconsejable comunicar la reincorporación a RRHH con un mes de antelación.

Modelo de solicitud disponible en el anexo XVI.

También se puede solicitar el reingreso en cualquier momentoantesdelfinaldelaexcedenciasisedecideacortar la fecha de regreso prevista inicialmente.

¿Qué derechos laborales tengo mientras dis-frute de una excedencia por cuidado de fami-liares?

A. Antigüedad: se conserva la antigüedad a todos los efectos.

B. Derecho a la asistencia a cursos de formación profesional: el empresario deberá convocar el trabajador a participar, especialmente si se trata de su reincorporación.

C. Seguridad Social: comunicada la solicitud de la excedencia, la empresa debe cursar la baja del trabajador en la Seguridad Social en el plazo de 15 días y no hay obligación de cotizar. Todo el período de excedencia por cuidado de hijos (tres años) tiene la consideración de situación asimilada al alta a efectos de las prestaciones de la Seguridad Social, excepto para la incapacidad temporal y la maternidad.

El primer año de excedencia por cuidado de

hijos y familiares se considera como cotización efectiva para causar derecho a las prestaciones de jubilación, incapacidad permanente, muer-te o supervivencia, y maternidad. Este periodo tiene una duración de 15 meses si la unidad familiar de la que forma parte el menor tiene la consideración de familia numerosa de categoría general y 18 meses en los casos de familia nu-merosa de categoría especial.

D. Aportación a planes de pensiones: de la misma manera que si estuviera de alta.

E. Mantenimiento de condiciones crediticias y bo-nificacióndelosdepósitos.

F. Adeslas: la póliza de ADESLAS continúa vigente a todos los efectos.

¿Qué pasa si soy GC y pido una excedencia?

Si es una excedencia por cuidado de hijos, cuando acabe podrás reincorporarte al programa en la etapa que lo dejaste.

Para el resto de permisos y excedencias, si la ausencia es de más de una tercera parte de la jornada laboral anual, podría suponer no pasar de etapa o quedar fue-ra del programa.

EXCEDENCIA POR CuIDADO DE FAMILAR

También se recoge en el Convenio (art 57.3) la po-sibilidad de solicitar una excedencia para el cuidado de un familiar, hasta 2º grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente o en-fermedad no pueda valerse por sí mismo, y que no desempeñe actividad retribuida.

Estos familiares pueden ser:

• Por consanguinidad: Padres, abuelos, hijos, nietos y hermanos

• Porafinidad:Yerno,nuera,suegro/aycuñado/a

•Cónyuge o Pareja de hecho

Nopodrá ser superior a 2 años, deberá solicitarsecon una antelación mínima de 15 días a la feche de inicio y como en toda excedencia la suspensión del contrato lleva implícita la amortización total de los

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anticipos vigentes, por lo que habrá que comunicar al mismo tiempo la voluntad de suspender la cuota del anticipo (anexo XVII)

Se solicitará por el Portal del Empleado:Portal del Empleado

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Solicitud de excedencia

Indicando el parentesco, la fecha de inicio y fecha posibledefinalizaciónycualquiermodificaciónne-cesita ser comunicada también con una antelación igualmente de 15 días.

Se debe adjuntar la siguiente documentación:

– Certificado médico en el que se declare que el familiar por razones de edad, accidente, enfer-medad o discapacidad no pueda valerse por sí mismo.

– Declaración del empleado conforme que el fa-miliar a atender no desempeñe actividad retri-buida.

Si un nuevo familiar da derecho a un nuevo periodo deexcedencia,eliniciodelamismapondráfinalquese viniera disfrutando.

Es posible disfrutar de esta excedencia de forma fraccionada.

EXCEDENCIA POR CuIDADO DE PERSONA DEPENDIENTE

Este tipo de excedencia se incluye en el Protocolo de Igualdad y Conciliación (art 2.5) y se puede solicitar para atender a los siguientes familiares que dependan o convivan con la persona que la solicite:

• hijo/a;

• padre/madre;

• y cónyuge o pareja de hecho.

Tendrá una duración máxima de 3 años y mínima de 4 meses.

Se solicitará por el Portal de Empleado:Portal del Empleado

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Gestión de mis solicitudes

Solicitud de excedencia

Seleccionando el familiar, indicando fecha de inicio y posiblefinalizaciónyadjuntando lasiguientedocu-mentación:

– Certificado de dependencia del familiar emitido por servicios sociales.

– Acreditación de la convivencia (certificado de empadronamiento).

Deberá comunicarse en tiempo y forma como el resto de las excedencias

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dANEXOS

ANEXO I: MODELO 145 COMuNICACIóN DE DATOS AL PAGADOR

Caixabank, S.A. Av. Diagonal, 621 08028 Barcelona NIF A08663619 Inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona, tomo 42657, folio 33, sección B, hoja B-41.232, inscripción 109

ENVIAR A: 9160 - ADMINISTRACIÓN OPERATIVA DE RR.HH. (Tel : 902.240.340 Opción 10)

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1)

OP

Si prefiere no comunicar a la empresa o entidad pagadora alguno de los datos siguientes, la retención que se le practique podría resultar superior. En tal caso recuperará la diferencia, si procede, cuando se tramite su solicitud de devolución por parte de la Agencia Tributaria, en el supuesto de no tener obligación de presentar declaración del I.R.P.F., o bien como consecuencia de la presentación de ésta. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, el perceptor tendrá derecho a ser informado previamente de la existencia de un fichero o tratamiento de datos de carácter personal, de la finalidad de la recogida de éstos y de los destinatarios de la información, de la identidad y dirección del responsable de tratamiento o, en su caso, de su representante, así como la posibilidad de ejercitar sus derechos de acceso, rectificación o cancelación de los mismos.

Número empleado - 1.- Datos del perceptor que efectúa la comunicación

.

Espacio reservado para la etiqueta identificativa Si no dispone de etiquetas, cumplimente los datos identificativos que figuran a la derecha de este

recuadro: N.I.F., primer apellido, segundo apellido y nombre.

Importante: los perceptores que accedan a su primer puesto de trabajo

deberán adherir obligatoriamente la etiqueta identificativa.

En tal caso, si no dispone de etiquetas, póngase en contacto con su Delegación o Administración de la Agencia Tributaria, donde le serán facilitadas.

N.I.F. ........................

Primer apellido.............

2º apellido...........

Nombre ..........................

Año de nacimiento (consígnese en todo caso) .................

Situación familiar Soltero/a, viudo/a, divorciado/a o separado/a legalmente con hijos solteros menores de 18 años o incapacitados judicialmente que conviven exclusivamente con Vd. sin convivir también con el

otro progenitor, siempre que proceda consignar al menos un hijo o descendiente en el apartado 2 de esta comunicación ....................................................

1

Casado/a y no separado/a legalmente cuyo cónyuge no obtiene rentas superiores a 1.500 euros anuales, excluidas las exentas .. ............................................... 2

N.I.F. del cónyuge (si ha marcado la casilla 2, consigne en esta casilla el N.I.F. de su cónyuge)

Situación familiar distinta de las dos anteriores (solteros sin hijos, casados cuyo cónyuge obtiene rentas superiores a 1.500 euros anuales, etc.)......................... (Marque también esta casilla si no desea manifestar su situación familiar).

3

Además, tengo acreditada necesidad de ayuda de terceras personas o movilidad reducida .........

Discapacidad (grado de minusvalía reconocido) Igual o superior al 33% e inferior al 65% Igual o superior al 65%

Movilidad geográfica Si anteriormente estaba Vd. en situación de desempleo y la aceptación del puesto de trabajo actual ha exigido el traslado de su residencia habitual a un nuevo municipio, indique la fecha de dicho traslado ................................. ......

Prolongación de la actividad laboral Si, una vez cumplidos los 65 años de edad, continúa o prolonga Vd. la actividad laboral, marque con una "X" esta casilla .... ...........................

2.- Hijos y otros descendientes solteros menores de 25 años, o mayores si son discapacitados, que conviven con el perceptor

(Hijos o descendientes solteros menores de 25 años, o mayores de dicha edad si son discapacitados, que conviven con Vd. y que no tienen rentas anuales superiores a 8.000 euros). Discapacidad (grado de minusvalía reconocido) Cómputo por entero Si alguno de los hijos o descendientes tiene reconocido un grado de minusvalía superior al 33 por

100,marque con una "X" la/s casilla/s que corresponda/n a su situación. En caso de hijos que convivan únicamente con Vd., sin

convivir también con el otro progenitor (padre o madre), o de nietos que convivan únicamente con Vd., sin convivir

también con ningún otro de sus abuelos, indíquelo marcando con una "X" esta casilla Año de

nacimiento Año adopción o

acogimiento (1) Grado de minusvalía igual o

superior al 33% e inferior al 65% Grado de minusvalía igual o

superior al 65% Además, tiene acreditada la necesidad de ayuda de

terceras personas o movilidad reducida

Si tiene más de cuatro hijos o descendientes, adjunte otro ejemplar con los datos del quinto y sucesivos

(1) Solamente en el caso de hijos adoptados o de menores acogidos. Tratándose de hijos adoptados que previamente hubieran estado acogidos, indique únicamente el año del acogimiento.

3.- Ascendientes mayores de 65 años, o menores si son discapacitados, que conviven con el perceptor

(Ascendientes mayores de 65 años, o menores de dicha edad si son discapacitados, que conviven con Vd. durante, al menos, la mitad del año y que no tienen rentas anuales superiores a 8.000 euros). Discapacidad (grado de minusvalía reconocido) Convivencia con otros descendientes Si alguno de los ascendientes tiene reconocido un grado de minusvalía igual o superior al 33 por

100,marque con una "X" la/s casilla/s que corresponda/n a su situación Si algún ascendiente convive también, al menos

durante la mitad del año, con otros descendientes del mismo grado, indique en esta casilla el número total de descendientes con los que convive, incluido Vd. (Si los ascendientes sólo conviven con Vd. no

rellene esta casilla)

Año de

nacimiento

Grado de minusvalía igual o

superior al 33% e inferior al 65%

Grado de minusvalía igual o

superior al 65%

Además, tiene acreditada la necesidad de ayuda de

terceras personas o movilidad reducida

4.- Pensiones compensatorias en favor del cónyuge y anualidades por alimentos en favor de los hijos, fijadas ambas por decisión judicial

Importante: para que los importes consignados en este apartado puedan ser tenidos en cuenta a efectos de determinar el tipo de retención aplicable, deberá acompañar a esta comunicación testimonio de la resolución judicial determinante de las pensiones compensatorias y/o anualidades por alimentos de que se trate.

Pensión compensatoria en favor del cónyuge. Importe anual que el perceptor está obligado a satisfacer por resolución judicial ............................................... Anualidades por alimentos en favor de los hijos. Importe anual que el perceptor está obligado a satisfacer por resolución judicial ...........................................

5.- Pagos por la adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual utilizando financiación ajena

Si está Vd. efectuando pagos por préstamos destinados a la adquisición o rehabilitación de su vivienda habitual por los que vaya a tener derecho a deducción por inversión en vivienda habitual en el IRPF y la cuantía total de sus retribuciones íntegras en concepto de rendimientos del trabajo procedentes de todos sus pagadores es inferior a 33.007,20 euros anuales, marque con una "X" esta casilla .................................................................................

6.- Fecha y firma de la comunicación

7. Acuse de recibo

El abajo firmante declara ser ciertos los datos arriba indicados, presentando ante la empresa o entidad pagadora la presente comunicación de su situación personal y familiar, o de su variación, a los efectos previstos en el artículo 82 del Reglamento del I.R.P.F.

Caixabank, S.A. acusa recibo de la presente comunicación y documentación.

Lugar y fecha Lugar y fecha Firma del receptor: Firma autorizada y sello de la

empresa o entidad pagadora:

Fdo: D / Dª Fdo: D / Dª

Atención: la inclusión de datos falsos en esta comunicación, así como la falta de comunicación de variaciones en los mismos que, de haber sido conocidas por el pagador, hubieran determinado una retención superior, constituye infracción tributaria grave, sancionable con multa del 50 al 150 por cien de las cantidades que se hubieran dejado de retener por esta causa

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Retenciones sobre rendimientos del trabajo. Comunicación de datos al pagador (I.R.P.F.)

(Modelo 145)

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ANEXO II: vARIACIóN DE DATOS PERSONALES DEL EMPLEADO

Enviar a Administración Operativa de RR.HH - 9160

Variaciones datos personales del empleado

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D. (

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16 (0

8)

El empleado cuyos datos se indican, adscrito al centro que igualmente se expresa, declara las variaciones familiares producidas a efectos de la concesión de las asignaciones, prestaciones y subsidios que puedan corresponder de conformidad con la normativa vigente y que se detallan en la Intranet de “la Caixa”. Los datos que aquí se recogen se incorporarán a ficheros de “la Caixa” para ser tratados únicamente con las finalidades más arriba expresadas.Asimismo se compromete formalmente a comunicar a "la Caixa" cualquier variación sobre dichos datos que se produjese en lo sucesivo. Podráejercitar los derechos de acceso, rectificación y cancelación en su caso, mediante comunicación dirigida al centro 9160- Administración Operativa de Recursos Humanos.

Datos del empleado

Nombre y apellidos Matrícula nº.

Nombre y número del centro al cual está adscrito

Variaciones familiares1 - Matrimonio / Pareja de hecho (Datos del cónyuge / pareja)

1.1. Alta Matrimonio / Formalización pareja de hechoFecha del enlace matrimonial / Formalización

Nombre y apellidos

Fecha del nacimiento NIF o NIE El cónyuge / Pareja de hecho es empleado Si No Nº. empleado:

1.2. Baja matrimonio / pareja de hechoMotivo Baja: Separación Divorcio o Nulidad Extinción Defunción Si el cónyuge / pareja de hecho también es empleado de “la Caixa”, cumplimente la siguiente información: Nº. empleado:

2 - Hijos2.1 Nacimiento de hijos / acogida /adopción: Nacimiento de hijos Acogida Adopción

Fecha de nacimiento Nombre y apellidos del hijo/a NIF Número de hijos En caso de matrimonio / pareja de hecho de empleados indicar el empleado que quiere cobrar la ayuda: Padre Madre

2.2 Hijos con discapacidad% incapacidad: Fecha de finalización: Indefinida: Si No 2.3 Alta/baja actividad laboral o de la Unidad FamiliarActividad Laboral : Si No Baja Actividad Laboral : Si Supera Salario Mínimo Interprofesional anual: Si No Baja de la unidad familiar Fecha:

3 - Defunción de familiaresParentesco respecto al declarante Importe gastos (*)

Padre Madre Cónyuge Pareja de hecho Hijo/a (*) Para el abono de los gastos, es imprescindible enviar fotocopia/s de la/s factura/s correspondiente/s al importe indicado en este impreso. Dicha fotocopia debe ser fiel al original. En el caso que sea requerido, se presentarán los documentos originales.

4 – Variación de Datos Alfabéticos Empleado/a Cónyuge Pareja de hecho Hijo/a Fecha del nacimiento: D.N.I.:

Nombre 1er Apellido 2n Apellido

5 - Cambio de domicilio

Los empleados en activo deben efectuar las modificaciones del domicilio a través del Portal del empleado > Información personal > Direcciones.El acceso al Portal está en: Oficina > Empleados > Portal del empleado/Mánager

Los empleados en excedencia o cualquier otra situación en que no puedan acceder a la Intranet, tendrán que cumplimentar los datos siguientes:

Nueva dirección

Población Provincia Teléfono

Localidad y fecha

El empleado/a El cónyuge / Pareja de hecho (en su caso) Hijo/a (en su caso)

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ANEXO III: SOLICITuD DE PRESTACIONES MATERNIDAD/PATERNIDAD

M-P 1

SOLICITUD

PRESTACIONES

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SECRETARÍA DE ESTADODE LA SEGURIDAD SOCIAL

MINISTERIODE EMPLEOY SEGURIDAD SOCIAL

GOBIERNODE ESPAÑA

INSTITUTO SOCIALDE LA MARINA

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PRESTACIÓNMATERNIDAD - PATERNIDAD. Por nacimiento, adopción o acogimiento

INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR LA SOLICITUD(Utilizando este formulario pueden solicitar, ambos progenitores, todas las prestaciones

derivadas de un mismo nacimiento, adopción, acogimiento o tutela)1. DATOS PERSONALES DE UN PROGENITOR.- Este apartado se cumplimentará con los datos de identificación personal y de

residencia permanente de uno de los progenitores solicitantes.2. DATOS PERSONALES DEL OTRO PROGENITOR.- En este apartado se consignarán los datos de identificación personal y de

residencia permanente del otro progenitor solicitante.3. MOTIVO DE LA SOLICITUD.- Debe señalar la prestación o prestaciones que solicita. Para ello, cruce con un aspa la casilla

correspondiente y consigne las fechas y datos de que disponga.4. DATOS COMUNES PARA EL TRÁMITE DE AMBAS PRESTACIONES.- (De los datos consignados en este apartado depende

la duración de las prestaciones solicitadas, por lo que es importante facilitar la mayor información posible).4.1 SI SOLAMENTE SOLICITA LA PATERNIDAD y ha compartido el descanso de maternidad con el otro progenitor, indique

los periodos que han correspondido a cada uno. Estos datos son importantes para determinar el período durante el quepuede ejercer su derecho a disfrutar del descanso por paternidad.

4.2 SI ES TRABAJADOR POR CUENTA PROPIA, indique si va a disfrutar del descanso a tiempo parcial.4.3 SI ES EMPLEADO PUBLICO, indique si le es de aplicación el Estatuto Básico del Empleado Público.4.4 Cumplimente asimismo los DATOS REFERENTES A LA UNIDAD FAMILIAR porque de esa información va a depender la

duración de los periodos de descanso por maternidad y/o paternidad.5 y 6. OTROS DATOS de ambos progenitores.5.1 y 6.1 DATOS FISCALES. Su declaración es totalmente voluntaria y en base a la misma se practicarán las retenciones sobre

rendimiento del trabajo. Para ello ha de cumplimentar el modelo 145 de la Agencia Tributaria: Comunicación de datos al pagador,que debe presentar con esta solicitud. Además, puede solicitar tipo de retención voluntario por IRPF.

5.2 y 6.2 La elección de LENGUA COOFICIAL sólo surtirá efectos en las comunidades autónomas que la tengan reconocida.5.3 y 6.3 El DOMICILIO DE COMUNICACIONES a efectos legales sólo debe indicarse cuando desee recibirlas en otro distinto

del suyo habitual, incluidas las comunicaciones oficiales en las que se le pidan actuaciones en plazos determinados.5.4 y 6.4 La INFORMACIÓN TELEMÁTICA sólo debe cumplimentarla si desea recibir información por estos medios.7. ALEGACIONES.- Si quiere añadir algo que considere importante para tramitar su prestación y no vea recogido en esta solicitud,

póngalo en este apartado de la forma más breve y concisa posible.8. y 9. MODALIDAD DE COBRO DE LA PRESTACIÓN.- Cruce con un aspa la fórmula por la que desea que le hagamos llegar

el importe reconocido.Si lo conoce, debe indicar el IBAN que es el equivalente a su número internacional de cuenta bancaria. Puede encontrarlo enlos recibos y comunicaciones que le envía su banco o caja de ahorros.Ponga especial cuidado al rellenar las casillas del “código cuenta cliente ”, para que no haya problemas cuando hagamos el ingreso.

Hoja nº 4 “OPCION DEL DESCANSO COMPARTIDO POR MATERNIDAD”, cumplimentar :– En caso de nacimiento, sólo, si la madre opta por ceder parte del descanso al otro progenitor.– En caso de adopción o acogimiento, cuando ambos progenitores reúnan los requisitos para disfrutar del descanso, deben

cumplimentarlo porque es un derecho de ambos.

DOCUMENTOS NECESARIOS PARA EL TRÁMITE DE AMBAS PRESTACIONES(Original acompañado de copia para su compulsa o fotocopia ya compulsada, excepto para los

documentos de identidad en los que será suficiente la exhibición del original)EN TODOS LOS CASOS1.- Acreditación de identidad de los interesados mediante la siguiente documentación en vigor:

– Españoles: Documento nacional de identidad (DNI).– Extranjeros: Pasaporte o, en su caso, documento de identidad vigente en su país y NIE (Número de Identificación de

Extranjero) exigido por la AEAT a efectos de pago.2.- Certificado de empresa informando de la situación del trabajador y de otros datos relacionados con la fecha del inicio del

descanso por maternidad o paternidad.3.- Documentación relativa a la cotización:

– Si es usted el obligado al ingreso de cuotas, justificante de pago de los 3 últimos meses.– Si es usted trabajador por cuenta ajena, certificación de la/s última/s empresa/s en la /s que ha trabajado

EN CASO DE MATERNIDAD por nacimiento4.- “Certificado del descanso por maternidad” o “Informe de maternidad” expedido por el correspondiente Servicio Público de

Salud.5.- Libro de familia o certificación de la inscripción del hijo o hijos en el Registro Civil. Cuando el descanso se haya iniciado con

anterioridad al parto, tales documentos deberán presentarse una vez practicada la inscripción registral del hijo.

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d6.- Si la madre ejercita el derecho de opción a favor del otro progenitor, cumplimentar la hoja nº 4 de la solicitud.

Si se dan los siguientes supuestos debe aportar :– Si la madre no pertenece al sistema de la Seguridad Social: Certificado expedido por la unidad de personal de su centro

de trabajo, indicando si le es de aplicación la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, así comola situación administrativa en la que se encuentra y el período de licencia por maternidad.

– Cuando la madre biológica ejerza una actividad profesional que no dé lugar al alta en el sistema de la Seguridad Social:Justificante o certificado que acredite la inexistencia de derecho a prestaciones en su sistema de previsión privado o, en sucaso, justificación de que no procede la inclusión de la interesada en una mutualidad de previsión alternativa.

7.- En caso de fallecimiento de la madre: Certificado de defunción de ésta.

EN CASO DE MATERNIDAD por adopción, acogimiento o tutela:8.- La resolución judicial por la que se constituye la adopción o tutela, o bien la resolución administrativa o judicial por la que se

concede el acogimiento familiar, tanto preadoptivo como permanente o simple, siempre que, en este último caso, su duraciónno sea inferior a un año, y aunque dichos acogimientos sean provisionales. En el caso del acogimiento simple se estimará válidala comunicación del órgano de las Comunidades Autónomas que lo regulen.

9.- Cuando se trate de adopción, acogimiento o tutela de menores, mayores de seis años, discapacitados: Certificación del Institutode Mayores y Servicios Sociales u órgano competente de la Comunidad Autónoma respectiva, de que el adoptado o acogidopresenta un grado de minusvalía igual o superior al 33 %, o de la Entidad pública competente en materia de protección demenores, de que aquél, por sus circunstancias personales o por provenir del extranjero, tiene especiales dificultades deinserción social o familiar.

10.- En su caso, libro de familia o certificación de la inscripción del hijo en el Registro Civil.11.- En el caso de que ambos progenitores tengan derecho al descanso, deberán cumplimentar la hoja nº 4 de esta solicitud

indicando la fecha del disfrute del descanso o la renuncia al mismo en favor del otro progenitor.En caso de adopción internacional12.- Cuando sea necesario el desplazamiento previo de los progenitores al país de origen del adoptado, se aportará la

documentación emitida por el órgano competente de la Comunidad Autónoma, en la que se justifique el inicio de los trámitespara la adopción o el acogimiento.

13.- Adopción constituida en un estado extranjero e inscrita en la oficina consular española: Justificante de la inscripción registralo el documento en que se acredite la constitución de la adopción y su registro.

14.- Adopción, y tutela con la finalidad de adopción, constituida en un estado extranjero no inscrita en España:– Resolución administrativa o judicial que acredite la constitución de la adopción o la tutela.– Visado a favor del menor expedido por la oficina consular española.– Certificado, resolución o declaración de idoneidad del adoptante, expedido por la autoridad competente española.– Documento en el que por el solicitante se acredite haber iniciado los trámites conducentes a la constitución en España

de la adopción o, en su caso, a la inscripción de la adopción en el Registro Civil.

EN CASO DE PATERNIDAD por nacimiento:15.- Libro de familia o certificado de inscripción del hijo o hijos en el Registro Civil.

EN CASO DE PATERNIDAD por adopción o acogimiento:16.- Libro de familia o certificación de la inscripción del hijo en el Registro Civil, la resolución judicial por la que se constituye la

adopción, o bien la resolución administrativa o judicial por la que se concede el acogimiento familiar.

OTRA DOCUMENTACIÓN:En caso de discapacidad/dependencia:17.- De los solicitantes: Certificado de discapacidad, con reconocimiento del grado igual o superior al 33% (excepto para la

ampliación de la maternidad no contributiva que será en un grado igual o superior al 65%) emitido por el Instituto de Mayoresy Servicios Sociales o, en su caso, por los órganos correspondientes de las Comunidades Autónomas.

18.- Del hijo o menor acogido:– Informe de valoración específica emitido por los órganos competentes de la Comunidad Autónoma, o justificante de

haberlo solicitado.– Cuando se trate de recién nacidos puede sustituirse por un informe médico del hospital público o informe médico del

Servicio Público de Salud en el que se haga constar la discapacidad o su posible existencia.19.- En caso de familias numerosas: Título de familia numerosa o justificante de haberlo solicitado.20.- En caso de familias monoparentales: Libro de familia en el que conste un solo progenitor o, en el caso de que consten dos

progenitores, partida de defunción de uno de ellos, o resolución judicial en la que se declare el abandono de la familia porparte del otro progenitor.

21.- En caso de hospitalización del recién nacido: Informe del hospital público en el que conste la fecha de ingreso del reciénnacido, así como la fecha del alta hospitalaria cuando se produzca. Si el nacimiento se ha producido en un centro privadodeberá aportarse un informe del facultativo del Servicio Público de Salud.

22.- En caso de disfrute del descanso en régimen de jornada a tiempo parcial:– Para trabajadores por cuenta ajena, documento que acredite el acuerdo empresario-trabajador sobre disfrute del descanso

por maternidad/paternidad, por nacimiento, adopción o acogimiento, en régimen de jornada parcial.– Para trabajadores por cuenta propia, declaración de la situación.

23.- Trabajadores fijos discontinuos: Documento por el que se acredite esta condición para los nacimientos, adopciones oacogimientos producidos en el período entre campañas para cuando se reanuda la actividad.

24.- Trabajadores en incapacidad temporal que se abona en pago directo por las mutuas: Certificado de la Mutua de estacircunstancia.

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PRESTACIÓNMATERNIDAD - PATERNIDAD. Por nacimiento, adopción o acogimiento

EL INSTITUTO SOCIAL DE LA MARINA LE INFORMA:

De acuerdo con el artículo único del Real Decreto 286/2003, de 7 de marzo (BOE del 8 de abril), el plazo máximo pararesolver y notificar el procedimiento iniciado es de 30 días contados desde la fecha en la que su solicitud ha sido registradaen esta Dirección Provincial.

Transcurrido dicho plazo sin haber recibido notificación con la resolución de su expediente, podrá entender que su peticiónha sido desestimada por aplicación de silencio negativo y solicitar que se dicte resolución, teniendo esa solicitud valor dereclamación previa de acuerdo con lo establecido en el art. 71.3 del Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril por elque se aprueba el texto refundido de la Ley de Procedimiento Laboral (BOE del día 11).

Si esta solicitud no va acompañada de los documentos necesarios para su tramitación, deberá presentarlos en cualquierdependencia de esta Dirección Provincial, personalmente o por correo, en el plazo de diez días contados desde el siguientea aquel en el que se le haya notificado su requerimiento.

Para el descanso por maternidad:

– Documentos 1 (acreditación de identidad de los interesados), 4 y 5, si se ha producido el parto, y 8 en los de adopcióno acogimiento

Para el descanso por paternidad:

– Documentos 1 (acreditación de identidad de los interesados), 2 y 15, en caso de nacimiento, o 16, en caso de adopcióno acogimiento,

Si no presenta estos documentos, entenderemos que desiste de la petición, de acuerdo con lo previsto en los arts. 70 y71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE del 27-11-92 y 14-1-99).

Si, por el contrario, los presenta en el tiempo requerido, el plazo máximo para resolver y notificar su prestación se iniciaráa partir de la fecha de recepción de esos documentos.

– Documentos restantes: su expediente se tramitará sin tener en cuenta las circunstancias a las que se refieren por nohaber sido probadas, de acuerdo con el art. 80 de la citada Ley 30/1992.

RECUERDE:

Cualquier variación en los datos de esta solicitud, tanto en lo referente a su situación laboral (cese en el trabajo, inicio deactividad laboral a tiempo parcial, etc.), como de su domicilio, mientras esté vigente la prestación, deberá ser comunicadaa la Dirección Provincial o Local de este Instituto más próxima a su domicilio.

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GOBIERNODE ESPAÑA

MINISTERIODE EMPLEOY SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARÍA DE ESTADODE LA SEGURIDAD SOCIAL

INSTITUTO SOCIALDE LA MARINA

MATERNIDAD - PATERNIDADPor nacimiento, adopción o acogimiento

ATENCIÓN:

Comience por esta misma página, pero antes lea detenidamente todos los apartados y las instrucciones sobre cada uno de ellos.Rellene el impreso de la forma más completa y exacta posible, ya que así facilitará el trámite de su prestación.

GRACIAS POR SU COLABORACIÓN

DATOS A CUMPLIMENTAR PARA AMBAS PRESTACIONES

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1)

1. DATOS PERSONALES DE UN PROGENITORPrimer apellido Segundo apellido Nombre

Fecha de nacimiento

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Sexo:Hombre

Mujer

Número de la Seguridad Social

/

DNI - NIE - pasaporte Teléfono fijo

Teléfono móvil

Domicilio habitual: (calle o plaza) Número Bloque Escalera Piso Puerta

Código postal Localidad Provincia Nacionalidad

2. DATOS PERSONALES DEL OTRO PROGENITORPrimer apellido Segundo apellido Nombre

Fecha de nacimiento Sexo:Hombre

Mujer

Número de la Seguridad Social DNI - NIE - pasaporte Teléfono fijo

Teléfono móv

Domicilio habitual: (calle o plaza) Número Bloque Escalera Piso Puerta

Código postal Localidad Provincia Nacionalidad

3. MOTIVO DE LA SOLICITUD

MATERNIDAD POR NACIMIENTO Fecha de inicio del descanso Fecha probable del par Fecha del parto

Número de hijos nacidos Discapacidad del hijo SÍ NO Número de hijos discapacitados

¿Va a compartir el descanso por maternidad? SÍ NO

MATERNIDAD POR ADOPCIÓN ACOGIMIENTO TUTELA Compartida SÍ NO Número de menores adoptados/acogidos/tutelados

Discapacidad del menor SÍ NO Número de menores discapacitad Fechas de nacimiento de los menores

NACIONAL

INTERNACIONAL

Fecha de la resolución judicial Fecha de la resolución administrativa o judicial

Con desplazamiento previo: Fecha del desplazamiento Fecha probable de la adopción/acogimiento

Sin desplazamiento previo: Fecha de la resolución judicia Fecha de la resolución administrativa o ju

PATERNIDAD POR NACIMIENTO Fecha de inicio del descanso( Fecha del parto

Número de hijos nacidos Discapacidad del hijo SÍ NO

PATERNIDAD POR ADOPCIÓN ACOGIMIENTO TUTELA Fecha de inicio del descanso(1)

(1) La fecha de inicio del descanso siempre será posterior a los días de permiso retribuidos a los que tenga derecho el/la trabajador/a por nacimiento de hijo, adopción o acogimiento,excepto para los empleados públicos a los que le sea de aplicación el Estatuto Básico del Empleado Público, que será a partir de la fecha del parto, adopción o acogimiento.

Fecha de la resolución judicia Fecha de la resolución administrativa o judicial Número de menores adoptados/acogidos/tutelados

Discapacidad del menor SÍ NO Fechas de nacimiento de los menores

Deben imprimirse dos copias, una para la administración y otra para el interesado

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d2Apellidos y nombre de un progenitor: DNI - NIE - pasaporte

Apellidos y nombre del otro progenit DNI - NIE - pasaporte

4. DATOS COMUNES PARA EL TRÁMITE DE AMBAS PRESTACIONES

4.1 SI SOLICITA LA PATERNIDAD va a compartir el descanso de maternidad con el otro progenitor, indique el periodo que le corresponde a usted.

Fecha de inicio del descanso Fecha de finalización del descanso

DATOS IDENTIFICATIVOS DEL OTRO PROGENITOR

Primer apellido Segundo apellido Nombre

or:

DNI - NIE - pasaporte

Fecha de inicio del descanso Fecha de finalización del descanso

¿Va a disfrutar el otro progenitor todo el periodo de descanso por maternidad? SÍ NO

4.2 SI ES TRABAJADOR/POR CUENTA PROPIA¿Va a disfrutar del descanso a tiempo parcial? UN PROGENITOR SÍ NO EL OTRO PROGENITOR SÍ NO

4.3 SI ES EMPLEADO PÚBLICO

¿Le es de aplicación el Estatuto Básico del Empleado Público? UN PROGENITOR SÍ NO EL OTRO PROGENITOR SÍ NO

4.4 DATOS DE LA UNIDAD FAMILIAR

Familia monoparental (3)

(3) Se consideran familias monoparentales aquellas en las que exista un sólo progenitor.

SÍ NO

Familia numerosa SÍ NO Fecha de expedición del título Fecha del vencimiento

¿Lo ha solicitado? SÍ NO Fecha de la solicitud

¿Hay hijos discapacitados en la unidad familiar? SÍ NO ¿Tiene título de minusvalía? SÍ NO Grado reconocido

Si no tiene título, indique la fecha en que lo ha solicitado Discapacidad de la madre SÍ NO

Discapacidad del otro progenitor SÍ NO ¿Tiene título de minusvalía? SÍ NO Grados reconocidos

5. OTROS DATOS DE UN PROGENITOR

5.1 DATOS FISCALES

Tipo voluntario de retención por IRPF %

Si su residencia fiscal está en TERRITORIO FORAL, a efectos de retención por IRPF desea que se le aplique:

Tabla general. Número de hijos Tabla de pensionistas Tipo voluntario %

5.2 LENGUA COOFICIAL en la que desea recibir su correspondencia

5.3 DOMICILIO DE COMUNICACIONES A EFECTOS LEGALES (sólo si es distinto del indicado en el apartado 1)Domicilio: (calle o plaza) Número Bloque Escalera Piso Puerta Teléfono de contacto

Código postal Localidad Provincia País

5.4 INFORMACIÓN TELEMÁTICA

¿ DESEA recibir información por SMS? SÍ NO SI DESEA recibir información por correo electrónico, indíquenos su dirección

6. OTROS DATOS DEL OTRO PROGENITOR

6.1 DATOS FISCALES

Tipo voluntario de retención por IRPF %

Si su residencia fiscal está en TERRITORIO FORAL, a efectos de retención por IRPF desea que se le aplique:

Tabla general. Número de hijos abla de pensionistas Tipo voluntario %

6.2 LENGUA COOFICIAL en la que desea recibir su correspondencia

6.3 DOMICILIO DE COMUNICACIONES A EFECTOS LEGALES (sólo si es distinto del indicado en el apartado 2 )Domicilio: (calle o plaza) Número Bloque Escalera Piso Puerta Teléfono de contacto

Código postal Localidad Provincia País

6.4 INFORMACIÓN TELEMÁTICA

¿ DESEA recibir información por SMS? SÍ NO SI DESEA recibir información por correo electrónico, indíquenos su dirección

UGT CaixaBankaneXOS

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www.ugtcaixabank.org32 de 642015 versión 05

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d3Apellidos y nombre de un progenitor: DNI - NIE - pasaporte

Apellidos y nombre del otro progenitor: DNI - NIE - pasaporte

7. ALEGACIONES

8. MODALIDAD DE COBRO DE LA PRESTACIÓN DE UN PROGENITOR

EN VENTANILLA

EN CUENTA/LIBRETA

código IBAN

CÓDIGOPAÍS ENTIDAD OFICINA/SUCURSAL

NÚMERO DE CUENTAD. CONTROL CCC

9. MODALIDAD DE COBRO DE LA PRESTACIÓN DEL OTRO PROGENITOR

EN VENTANILLA

EN CUENTA/LIBRETA

código IBAN

CÓDIGOPAÍS ENTIDAD OFICINA/SUCURSAL

NÚMERO DE CUENTAD. CONTROL CCC

DECLARO, bajo mi responsabilidad, que son ciertos los datos que consigno en la presente solicitud, que suscribo para que se me reconozca la prestación dematernidad-paternidad manifestando que quedo enterado de la obligación de comunicar al Instituto Social de la Marina cualquier variación de losmismos que pudiera producirse mientras perciba la prestación.

MANIFIESTO, mi consentimiento para la aportación, consulta u obtención de copia de los datos de mi historial clínico, custodiado por los servicios públicos desalud, así como para que mis datos de identificación personal, de residencia, los que figuren en el Registro Civil y en la Agencia Estatal deAdministración Tributaria o Haciendas Forales, puedan ser consultados, con garantía de confidencialidad, en el caso de acceso informatizado adichos datos.

, a de de 20Firma de los progenitores

Firmado: Firmado:

DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL INSTITUTO SOCIAL DE LA MARINA DE

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www.ugtcaixabank.org33 de 642015 versión 05

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GOBIERNODE ESPAÑA

MINISTERIODE EMPLEOY SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARÍA DE ESTADODE LA SEGURIDAD SOCIAL

INSTITUTO SOCIALDE LA MARINA

Apellidos y nombre de un progenitor: DNI - NIE - pasaporte

Apellidos y nombre del otro progenitor: DNI - NIE - pasaporte

OPCIÓN DEL DESCANSO DE MATERNIDAD, POR NACIMIENTO,A FAVOR DEL OTRO PROGENITOR(*)

(*) El descanso por maternidad, en el supuesto de opción entre los progenitores, debe ser simultáneo o sucesivo teniendo presente que la interrupciónen dicho descanso, ocasiona la extinción de la prestación.

La opción se debe efectuar bien antes del inicio del descanso de la madre o bien en el momento de solicitar la prestación.

Fecha de la opción Fecha de inicio del descanso del otro progenitor

Fecha de finalización del descanso del otro progenitor

DATOS IDENTIFICATIVOS DEL OTRO PROGENITOR

Primer apellido Segundo apellido Nombre DNI - NIE - pasaporte

ACEPTO la opción ejercitada a mi favor,

Firmado

Fecha de inicio del descanso para la madre

Fecha de finalización del descanso para la madre

Firmado,

OPCIÓN DEL DESCANSO DE MATERNIDAD, POR ADOPCIÓN OACOGIMIENTO, A FAVOR DEL OTRO PROGENITOR

DATOS IDENTIFICATIVOS DE UN PROGENITOR

Primer apellido Segundo apellido Nombre DNI - NIE - pasaporte

Fecha de inicio del descanso

Fecha de finalización del descanso

OPTO por compartir el descanso RENUNCIO a compartir el descanso

Firmado,

DATOS IDENTIFICATIVOS DEL OTRO PROGENITOR

Primer apellido Segundo apellido Nombre DNI - NIE - pasaporte

Fecha de inicio del descanso

Fecha de finalización del descanso

OPTO por compartir el descanso RENUNCIO a compartir el descanso

Firmado,

UGT CaixaBankaneXOS

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www.ugtcaixabank.org34 de 642015 versión 05

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GOBIERNODE ESPAÑA

MINISTERIODE EMPLEOY SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARÍA DE ESTADODE LA SEGURIDAD SOCIAL

IDNSTITUTO SOCIALE LA MARINA

A CUMPLIMENTAR POR LA ADMINISTRACIÓN

Apellidos y nombre de un progenitor: DNI - NIE - pasaporte

Apellidos y nombre del otro progenitor: DNI - NIE - pasaporte

Clave de identificación de su expediente: Registro del ISM

Funcionario de contacto:

MATERNIDADSOLICITUD DE PRESTACIÓN DE PATERNIDAD

Por nacimiento, adopción o acogimiento

DOCUMENTOS, ORIGINALES Y EN VIGOR,QUE SE LES REQUIEREN(1) EN LA FECHA DE RECEPCIÓN

DE LA SOLICITUD POR EL ISM:

1 DNI, pasaporte o equivalente, NIE 2 Documentos de cotización de los últimos meses,

facilitados por : Empresa Trabajador Oficina de empleo

3 Título de familia numerosa 4 “Certificado del descanso por maternidad” o “Informe de

maternidad”. 5 Libro de familia o certificación de la inscripción del hijo o

hijos en el Registro Civil. Cuando el descanso se inicieantes del parto, deberá aportarse después del mismo.

6 Título de minusvalía del progenitor. 7 Informe médico de la discapacidad del menor. 8 Opción de la prestación por maternidad, adopción o

acogimiento en favor del otro progenitor/adoptante. 9 En caso de desplazamiento previo: certificado que justifique

el inicio de los trámites para la adopción.10 “Resolución judicial” en caso de adopción o “Resolución

administrativa o judicial”, para el acogimiento.11 No inscrita en la Oficina Consular Española: visado de

entrada a favor del menor expedido en la Oficina ConsularEspañola y documento acreditativo de haber iniciado lostrámites de la adopción o inscripción en el Registro CivilCentral.

12 Acuerdo empresario-trabajador/a sobre el disfrute deldescanso a tiempo parcial de uno o ambos progenitores.

13 Otros documentos

Recibí Firma

Recibí los documentos requeridos a excepción de los

númerosFirma

Cargo y nombre del funcionario

Fecha Lugar

DILIGENCIA DE COMPULSA:

A la vista de los siguientes documentos originales y en vigor:

Se expide la presente diligencia de verificación para hacerconstar que los datos reflejados en esta solicitud y los queaparecen en dichos documentos coinciden fielmente en sucontenido.

Firma

Cargo y nombre del funcionario

Fecha Lugar

Esta solicitud va a ser tramitada por medios informáticos. Los datos personales que figuran en ella serán incorporados a un ficherocreado por la Orden TAS/4231/2006, de 26 de diciembre (BOE 17-1-2007) y permanecerán bajo custodia de la Dirección Generaldel Instituto Social de la Marina. En cualquier momento puede ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposiciónsobre los datos incorporados al mismo ante la Dirección Provincial del IMS. (art. 5 de la Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protecciónde Datos de carácter personal. BOE del día 14).

(1) Deberá presentarlos en el plazo de diez días contados desde la fecha en la que le hayan sido requeridos.

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www.ugtcaixabank.org35 de 642015 versión 05

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ANEXO Iv: SOLICITuD DE ADhESIóN ADESLAS

Clave Mediador 1___________________________________________________________ Clave Mediador 2___________________________________________________________

Número de solicitud Nº PólizaModificaciónBaja

EfectoDelegación

Fecha _________________________ Firma ____________________________________

Datos Asegurados

Número de Asegurados

Datos del Titular

Envío de documentación Empresa KAM Cliente

Nº Certificado

OBSERVACIONES

Resolución Solicitud: EXCLUSIONESRECHAZADAACEPTADA

Alta

Producto ________________________________________ Complementos adicionales________________________________________________________________________________

SegurCaixa Adeslas, S.A. de Seguros y Reaseguros - Juan Gris, 20-26, 08014 Barcelona (España) · Inscrita en el R. M. de Barcelona, tomo 20481, folio 130, hoja B-6492. NIF: A28011864

S.O

S.F.

60/0

7 C

S

Solicitud de adhesión

Los datos personales del tomador del seguro, de los asegurados y, en su caso, de los beneficiarios designados que figuran en la presente póliza, o cualquier dato adicional, incluidos los de salud, que se generen durante la vigencia de la misma, requieren ser tratados en los ficheros de la entidad aseguradora con el fin de contratar y gestionar el contrato de seguro, así como para prestar los servicios relacionados con el mismo.El tomador/asegurado autoriza que estos datos puedan ser conservados en los ficheros de la entidad aseguradora con fines estadísticos y de prevención del fraude, aún en el caso de que la póliza no llegue a perfeccionarse o se extinga por cualquier otra causa.También autoriza a que la entidad aseguradora pueda comunicar a entidades aseguradoras o de reaseguro los datos del tomador del seguro y de los asegurados, indicados en el primer párrafo de esta cláusula, con fines de coaseguro, reaseguro, cesión o administración de cartera y de los riesgos asegurados en la presente póliza, así como que estos datos puedan ser comunicados entre la compañía aseguradora y los profesionales sanitarios, centros médicos y hospitales autorizando para ello a dicha entidad a solicitar de los prestadores sanitarios la información relativa a los datos de salud del asegurado y la prestación sanitaria recibida por éste.Cuando el tomador y el asegurado sean personas distintas, el tomador se obliga a informar al asegurado o asegurados de las finalidades del tratamiento de datos antes indicada, a realizar por el asegurador, y que pueden ejercitar ante éste los derechos de acceso, rectificación, cancelación u oposición reconocidos en la legislación sobre protección de datos.El tomador del seguro y el asegurado podrán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, oposición y cancelación regulados por la Ley Orgánica 15/1999 en el domicilio del asegurador, responsable del tratamiento, o en su caso en el domicilio de las entidades cesionarias.

INFORMACIÓN DE INTERÉS PARA EL CLIENTE En cumplimiento de lo dispuesto en la vigente Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados y su Reglamento de desarrollo, se informa al solicitante que la entidad aseguradora es SegurCaixa Adeslas, S.A. de Seguros y Reaseguros con NIF.: A-28011864 y domicilio social en Barcelona (08014), calle Juan Gris, 20-26, inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona, tomo 20481, folio 130, hoja B-6492 y que la legislación aplicable al contrato de seguro cuya contratación se solicita es la española. Asimismo se le informa que, sin perjuicio de la posibilidad de acudir a la vía judicial, el tomador del seguro, el asegurado, el beneficiario, los terceros perjudicados o los derechohabientes de cualquiera de ellos podrán presentar quejas y/o reclamaciones contra aquellas prácticas del asegurador que consideren abusivas o que lesionen sus derechos o intereses legalmente reconocidos derivados del contrato de seguro, ante las siguientes instancias: 1. El Servicio de Atención al Cliente, conforme al procedimiento establecido en el Reglamento del mismo. 2. El Defensor del Cliente, conforme al procedimiento establecido en el Reglamento del mismo. 3. El Comisionado para la Defensa del Asegurado y del Partícipe en Planes de Pensiones (funciones asumidas por el Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones). Para la admisión y tramitación de reclamaciones ante el mismo se debe acreditar la formulación de reclamación previa ante el Servicio de Atención al Cliente o el Defensor del Cliente y que la misma ha sido desestimada, no admitida o que ha transcurrido el plazo de dos meses desde su presentación sin que haya sido resuelta.

Nombre del Colectivo ___________________________________________________________________________________________________________________________________Familiares de Empleados de “la Caixa y CaixaBank” 6 6 6 0 0 5 0 0 1 0 1

Teléfono__________________________________ Teléfono móvil ____________________________ Correo electrónico ___________________________________________________

¿Desea que el Titular sea Asegurado de la Póliza? NoSi ¿Solicita Exención de Carencias? NoSi

Domicilio: Tipo de Vía ________________ Nombre de Vía ___________________________________________________________________ Número _________ Piso ________

¿Dispone de alguna otra póliza con SegurCaixa Adeslas? Nº de Póliza_____________________________________

Fecha de nacimiento _________________________________ Estado Civil ________________ Sexo Hombre Mujer Nº de empleado _________________________

Código Postal _________________ Población________________________________________________________________________________________________________________

Cuenta corriente

Mensual

Bimestral

Trimestral

SemestralAnualForma de pago

NIF/NIE ______________________________________Apellidos y Nombre _________________________________________________________________________________________

1)

¿Dispone de alguna otra póliza con SegurCaixa Adeslas? Nº de Póliza______________________________________

Teléfono__________________________________

Teléfono móvil ____________________________ Correo electrónico ______________________________________

Apellidos y Nombre _____________________________________________________________________________________ NIF/NIE ______________________________________

Domicilio ________________________________________________________________ Código Postal _____________ Población____________________________________

¿Solicita Exención de Carencias? NoSi

Fecha de nacimiento ___________________________________________ Sexo Hombre Mujer Parentesco___________________________________

Producto _____________________________________ Complementos adicionales________________________________________________________________________________

2)

¿Dispone de alguna otra póliza con SegurCaixa Adeslas? Nº de Póliza______________________________________

Teléfono__________________________________

Teléfono móvil ____________________________ Correo electrónico ______________________________________

Apellidos y Nombre _____________________________________________________________________________________ NIF/NIE ______________________________________

Domicilio ________________________________________________________________ Código Postal _____________ Población____________________________________

¿Solicita Exención de Carencias? NoSi

Fecha de nacimiento ___________________________________________ Sexo Hombre Mujer Parentesco___________________________________

Producto _____________________________________ Complementos adicionales________________________________________________________________________________

3)

¿Dispone de alguna otra póliza con SegurCaixa Adeslas? Nº de Póliza______________________________________

Teléfono__________________________________

Teléfono móvil ____________________________ Correo electrónico ______________________________________

Apellidos y Nombre _____________________________________________________________________________________ NIF/NIE ______________________________________

Domicilio ________________________________________________________________ Código Postal _____________ Población____________________________________

¿Solicita Exención de Carencias? NoSi

Fecha de nacimiento ___________________________________________ Sexo Hombre Mujer Parentesco___________________________________

Producto _____________________________________ Complementos adicionales________________________________________________________________________________

Adeslas Completa Plus Dental

Adeslas Completa Plus Dental

Adeslas Completa Plus Dental

Adeslas Completa Plus Dental

Clave Mediador 1___________________________________________________________ Clave Mediador 2___________________________________________________________

Número de solicitud Nº PólizaModificaciónBaja

EfectoDelegación

Fecha _________________________ Firma ____________________________________

Datos Asegurados

Número de Asegurados

Datos del Titular

Envío de documentación Empresa KAM Cliente

Nº Certificado

OBSERVACIONES

Resolución Solicitud: EXCLUSIONESRECHAZADAACEPTADA

Alta

Producto ________________________________________ Complementos adicionales________________________________________________________________________________

SegurCaixa Adeslas, S.A. de Seguros y Reaseguros - Juan Gris, 20-26, 08014 Barcelona (España) · Inscrita en el R. M. de Barcelona, tomo 20481, folio 130, hoja B-6492. NIF: A28011864

S.O

S.F.

60/0

7 C

S

Solicitud de adhesión

Los datos personales del tomador del seguro, de los asegurados y, en su caso, de los beneficiarios designados que figuran en la presente póliza, o cualquier dato adicional, incluidos los de salud, que se generen durante la vigencia de la misma, requieren ser tratados en los ficheros de la entidad aseguradora con el fin de contratar y gestionar el contrato de seguro, así como para prestar los servicios relacionados con el mismo.El tomador/asegurado autoriza que estos datos puedan ser conservados en los ficheros de la entidad aseguradora con fines estadísticos y de prevención del fraude, aún en el caso de que la póliza no llegue a perfeccionarse o se extinga por cualquier otra causa.También autoriza a que la entidad aseguradora pueda comunicar a entidades aseguradoras o de reaseguro los datos del tomador del seguro y de los asegurados, indicados en el primer párrafo de esta cláusula, con fines de coaseguro, reaseguro, cesión o administración de cartera y de los riesgos asegurados en la presente póliza, así como que estos datos puedan ser comunicados entre la compañía aseguradora y los profesionales sanitarios, centros médicos y hospitales autorizando para ello a dicha entidad a solicitar de los prestadores sanitarios la información relativa a los datos de salud del asegurado y la prestación sanitaria recibida por éste.Cuando el tomador y el asegurado sean personas distintas, el tomador se obliga a informar al asegurado o asegurados de las finalidades del tratamiento de datos antes indicada, a realizar por el asegurador, y que pueden ejercitar ante éste los derechos de acceso, rectificación, cancelación u oposición reconocidos en la legislación sobre protección de datos.El tomador del seguro y el asegurado podrán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, oposición y cancelación regulados por la Ley Orgánica 15/1999 en el domicilio del asegurador, responsable del tratamiento, o en su caso en el domicilio de las entidades cesionarias.

INFORMACIÓN DE INTERÉS PARA EL CLIENTE En cumplimiento de lo dispuesto en la vigente Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados y su Reglamento de desarrollo, se informa al solicitante que la entidad aseguradora es SegurCaixa Adeslas, S.A. de Seguros y Reaseguros con NIF.: A-28011864 y domicilio social en Barcelona (08014), calle Juan Gris, 20-26, inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona, tomo 20481, folio 130, hoja B-6492 y que la legislación aplicable al contrato de seguro cuya contratación se solicita es la española. Asimismo se le informa que, sin perjuicio de la posibilidad de acudir a la vía judicial, el tomador del seguro, el asegurado, el beneficiario, los terceros perjudicados o los derechohabientes de cualquiera de ellos podrán presentar quejas y/o reclamaciones contra aquellas prácticas del asegurador que consideren abusivas o que lesionen sus derechos o intereses legalmente reconocidos derivados del contrato de seguro, ante las siguientes instancias: 1. El Servicio de Atención al Cliente, conforme al procedimiento establecido en el Reglamento del mismo. 2. El Defensor del Cliente, conforme al procedimiento establecido en el Reglamento del mismo. 3. El Comisionado para la Defensa del Asegurado y del Partícipe en Planes de Pensiones (funciones asumidas por el Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones). Para la admisión y tramitación de reclamaciones ante el mismo se debe acreditar la formulación de reclamación previa ante el Servicio de Atención al Cliente o el Defensor del Cliente y que la misma ha sido desestimada, no admitida o que ha transcurrido el plazo de dos meses desde su presentación sin que haya sido resuelta.

Nombre del Colectivo ___________________________________________________________________________________________________________________________________Familiares de Empleados de “la Caixa y CaixaBank” 6 6 6 0 0 5 0 0 1 0 1

Teléfono__________________________________ Teléfono móvil ____________________________ Correo electrónico ___________________________________________________

¿Desea que el Titular sea Asegurado de la Póliza? NoSi ¿Solicita Exención de Carencias? NoSi

Domicilio: Tipo de Vía ________________ Nombre de Vía ___________________________________________________________________ Número _________ Piso ________

¿Dispone de alguna otra póliza con SegurCaixa Adeslas? Nº de Póliza_____________________________________

Fecha de nacimiento _________________________________ Estado Civil ________________ Sexo Hombre Mujer Nº de empleado _________________________

Código Postal _________________ Población________________________________________________________________________________________________________________

Cuenta corriente

Mensual

Bimestral

Trimestral

SemestralAnualForma de pago

NIF/NIE ______________________________________Apellidos y Nombre _________________________________________________________________________________________

1)

¿Dispone de alguna otra póliza con SegurCaixa Adeslas? Nº de Póliza______________________________________

Teléfono__________________________________

Teléfono móvil ____________________________ Correo electrónico ______________________________________

Apellidos y Nombre _____________________________________________________________________________________ NIF/NIE ______________________________________

Domicilio ________________________________________________________________ Código Postal _____________ Población____________________________________

¿Solicita Exención de Carencias? NoSi

Fecha de nacimiento ___________________________________________ Sexo Hombre Mujer Parentesco___________________________________

Producto _____________________________________ Complementos adicionales________________________________________________________________________________

2)

¿Dispone de alguna otra póliza con SegurCaixa Adeslas? Nº de Póliza______________________________________

Teléfono__________________________________

Teléfono móvil ____________________________ Correo electrónico ______________________________________

Apellidos y Nombre _____________________________________________________________________________________ NIF/NIE ______________________________________

Domicilio ________________________________________________________________ Código Postal _____________ Población____________________________________

¿Solicita Exención de Carencias? NoSi

Fecha de nacimiento ___________________________________________ Sexo Hombre Mujer Parentesco___________________________________

Producto _____________________________________ Complementos adicionales________________________________________________________________________________

3)

¿Dispone de alguna otra póliza con SegurCaixa Adeslas? Nº de Póliza______________________________________

Teléfono__________________________________

Teléfono móvil ____________________________ Correo electrónico ______________________________________

Apellidos y Nombre _____________________________________________________________________________________ NIF/NIE ______________________________________

Domicilio ________________________________________________________________ Código Postal _____________ Población____________________________________

¿Solicita Exención de Carencias? NoSi

Fecha de nacimiento ___________________________________________ Sexo Hombre Mujer Parentesco___________________________________

Producto _____________________________________ Complementos adicionales________________________________________________________________________________

Adeslas Completa Plus Dental

Adeslas Completa Plus Dental

Adeslas Completa Plus Dental

Adeslas Completa Plus Dental

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www.ugtcaixabank.org36 de 642015 versión 05

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ANEXO v: SOLICITuD PERMISO DE PATERNIDAD

SOLICITUD DEL PERMISO DE PATERNIDAD

De acuerdo a las mejoras introducidas por la Ley Orgánica 3/2007, para la Igualdad efectiva de

mujeres y hombres, por la cual se establece el derecho a disfrutar de un permiso de paternidad,

con motivo del nacimiento/adopción/acogimiento de mi hijo/a, comunico mi intención de disfrutar

del citado permiso.

Datos del empleado

Nº Matrícula:

Nombre y apellidos:

Centro de trabajo:

Fecha de nacimiento/adopción/acogimiento: (tachar lo que no proceda)

Nº de hijos (en caso de parto múltiple):

Fecha de inicio:

Observaciones:

Este permiso tiene una duración de 13 días naturales ininterrumpidos.

En casos de parto múltiple el permiso se amplía en 2 días adicionales por cada hijo/hija a

partir del segundo.

La fecha de inicio del permiso debe ser posterior a la finalización del permiso de nacimiento

(tres días hábiles).

Este permiso da derecho a percibir una prestación económica de pago directo a cargo de la

Seguridad Social (INSS). Si la retribución bruta del empleado fuese superior al importe bruto

de esta prestación concedida por el INSS, CaixaBank complementará la diferencia.

El certificado de cotizaciones será enviado por la empresa de forma telemática a la Seguridad

Social una vez reciba esta comunicación firmada, de manera que no será necesario que lo

aporte ante el INSS cuando tramite la solicitud de la prestación de paternidad.

Firma___________________________________ Nº Matrícula___________

Nota: Una vez cumplimentado y firmado este documento enviar al centro 9160 –Administración Operativa de RR.HH.

UGT CaixaBankaneXOS

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www.ugtcaixabank.org37 de 642015 versión 05

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ANEXO vI: SOLICITuD MEJORA PERMISO DE PATERNIDAD/ PERMISO LACTANCIA PARA PADRES

SOLICITUD DE MEJORAS DEL PERMISO DE PATERNIDAD

Ampliación del permiso de paternidad

Ampliación de 4 días naturales de la baja por paternidad.

Es preciso que marque el recuadro si desea acogerse a esta mejora.

Esta mejora se disfruta a continuación del permiso de paternidad (13 días naturales):

Permiso de paternidad (13 días naturales) Ampliación (4 días naturales)

Permiso de lactancia (en caso de parto múltiple se multiplicará por el nº de hijos)

Debido a que hay dos opciones para disfrutarlo, le roguemos nos indique con una cruz cuál es

la opción que usted elige:

Reducción de 30 min. de la jornada laboral o una hora de ausencia del trabajo durante

los primeros nueve meses.

Acumulación del permiso con 10 días naturales a continuación de la baja por

maternidad/paternidad y 5 días hábiles no acumulables a los anteriores, a disfrutar

durante los primeros 12 meses de vida del hijo en contar desde la fecha de su nacimiento.

Esta acumulación de 10 días naturales se disfruta a continuación de la ampliación del

permiso de maternidad (10 días naturales)

Paternidad (13 días naturales) Ampl. Pater (4 días nat) Acum. Lactancia (10 días nat)

El disfrute de los 5 días hábiles no acumulables a las anteriores mejoras se debe solicitar a

través del Portal del Empleado (Solicitud de ausencias).

El disfrute del permiso de lactancia requiere que el otro progenitor no ejercite este mismo derecho.CaixaBank se reserva el derecho a solicitar la justificación de su cumplimiento.

Firma___________________________________ Nº Matrícula___________

Nota: Una vez cumplimentado y firmado este documento enviar al centro 9160 –Administración Operativa de RR.HH.

UGT CaixaBankaneXOS

UGT CaiX

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www.ugtcaixabank.org38 de 642015 versión 05

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ANEXO vII: MODELO 140 DEDuCCIóN POR MATERNIDAD

Modelo

140Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

Deducción por Maternidad Solicitud del abono anticipado y comunicación de variaciones

Teléfono: 901 200 345www.agenciatributaria.es

Agencia Tributaria

Ejemplar para la Administración

5. Variaciones a efectos del abono mensual anticipado de la deducción por maternidadPérdida del derecho de la/del benefi ciaria/o al abono mensual anticipado de la deducción por maternidad (por fallecimiento, por haber causado baja en la Seguridad Social o mutualidad, por cambio de residencia o por otra causa) o renuncia de la/del benefi ciaria/o al abono mensual anticipado .................................................................................................................................

Cambio de régimen de la Seguridad Social o mutualidad de la/del benefi ciaria/o (en este caso, indique en el apartado 2 los datos del nuevo régimen o mutualidad) ........................................

Baja de alguno de los hijos a efectos de la deducción por maternidad (por fallecimiento, por cesar la convivencia con pérdida de la guarda y custodia o por obtener rentas superiores a 8.000 euros) .....

Fecha de efectos: Indique la fecha en la que se ha producido la variación que se comunica (día, mes y año) ..................................................................................................... 83

80

81

82

Notas: Si este documento se presenta para comunicar alguna de las circunstancias a que se refi eren las casillas 80 y 81, no se cumplimentará dato alguno en el apartado 3. Si hubiera de comunicarse al mismo tiempo el alta de nuevos hijos y la baja de alguno de los anteriores (casilla 82), cada una de dichas variaciones se comunicará en un ejemplar distinto de este modelo.

01

Primer apellido

02

Segundo apellido

03 04

N.º de identifi cación fi scal (NIF) Nombre

10

11

Si el pago mensual en concepto de abono anticipado de la deducción por maternidad hubiera sido percibido anteriormente por otra persona, consigne el NIF de la/del anterior benefi ciaria/o ............................................................................................................................................................. 12

Fecha (día, mes y año) de fallecimiento de la madre o desde la que tiene Vd. atribuida de forma exclusiva la guarda y custodia de los menores:

Solicitud por persona distinta de la madre (padre, tutor/a, ...): 1413NIF de la madre:

Teléfonos de contacto. A fi n de agilizar la resolución de las incidencias que pudieran surgir en la tramitación de esta solicitud, sírvase consignar los números de teléfono en los que pueda ser localizada/o en días y horas laborables

Teléfono 2.º

Teléfono 1.ºEspacio reservado para la etiqueta identifi cativa: Si no dispone de etiquetas, consigne los da-tos identifi cativos que se solicitan a continuación.

1. Solicitante

6. Representante

N.º de identifi cación fi scal (NIF)94

Apellidos y nombre o razón social95

7. Fecha y fi rma

Lugar y fecha

Firma de la/del solicitante o de su representante:

DECLARO que son ciertos los datos consignados en el presente documento y me comprometo a comunicar cualquier variación en los mismos que pueda afectar al abono anticipado de la deducción por maternidad.

Consigne los datos completos de la cuenta bancaria de la que sea Vd. titular y en la que desee recibir por transferencia el abono mensual anti-cipado de la deducción.

4. Cuenta bancaria para el abonoSi desea cambiar de cuenta bancaria, consigne los datos de la nueva cuenta y marque con una "X" esta casilla ........... 15

Código cuenta cliente (CCC)Entidad Sucursal DC Número de cuenta

1. Si este documento se presenta para solicitar por primera vez el abono mensual anticipado de la deducción por maternidad consigne en este apartado los datos de los hijos menores de tres años por los que tenga Vd. derecho. Los hijos adoptados y los acogidos se relacionarán en este apartado siempre que fuesen menores de edad en la fecha de su adopción o acogimiento y hubieran transcurrido menos de tres años desde dicha fecha, la cual se hará constar en la casilla correspondiente. Tratándose de hijos adoptados que previamente hubieran estado acogidos, únicamente se hará constar la fecha del acogimiento.2. Si este documento se presenta para comunicar el alta o la baja de algún hijo a efectos del abono mensual anticipado de la deducción por maternidad, consigne en este apartado únicamente los datos de los hijos a los que afecte esta circunstancia.3. esenta únicamente para comunicar la pérdida del derecho o el cambio de régimen de seguridad social o mutualidad (casillas 80 y 81 del apartado 5), no se cumplimentará ningún dato relativo a los hijos en este apartado 3.4. es (casilla 82 del apartado 5), cada una de dichas variaciones se comunicará en un ejemplar distinto de este modelo.

Fecha de nacimientoApellidos eFecha de adopción o de acogimiento (*)NIF (de tenerlo asignado)

1.º

2.º

3.º

4.º

5.º

6.º

20

30

35

25

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21

31

36

26

41

46

23

33

38

28

43

48

24

34

39

29

44

49

22

32

37

27

42

47

(*) Si el hijo es adoptado indique la fecha de inscripción de la adopción en el Registro Civil. En caso de acogimiento, tanto preadoptivo como permanente, indique la fecha de la resolución administrativa o judicial.

3. Hijos que dan derecho a la deducción por maternidad

Seguridad Social o Régimen especial de funcionarios públicos: consigne su número de afi liación y marque con una "X" la casilla correspondiente al régimen en el que está en situación de alta.

50

Número de afi liación:Régimen general S.S. 51 52Régimen

especial S.S.

2. Régimen de la Seguridad Social o mutualidad en que la/el solicitante fi gura de alta

55

Número de mutualista:

56Denominación de la mutualidad alternativa

Mutualidad alternativa a la Seguridad Social: consigne su número de mutualista y la denominación de la mutualidad alternativa (por ejemplo, Mutualidad General de la Abogacía, etc..)

53

54Si ha marcado la casilla 53 indique la denominación de la mutualidad administrativa (MUFACE, MUGEJU, ISFAS)

Régimen especial de los funcionarios públicos.

_______________________________________________________________________

Si este documento se pr

Si hubiera de comunicarse al mismo tiempo el alta de nuevos hijos y la baja de alguno de los anterior

Nombr

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Modelo

140Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

Deducción por Maternidad Solicitud del abono anticipado y comunicación de variaciones

Teléfono: 901 200 345www.agenciatributaria.es

Agencia Tributaria

Ejemplar para el interesado

5. Variaciones a efectos del abono mensual anticipado de la deducción por maternidadPérdida del derecho de la/del benefi ciaria/o al abono mensual anticipado de la deducción por maternidad (por fallecimiento, por haber causado baja en la Seguridad Social o mutualidad, por cambio de residencia o por otra causa) o renuncia de la/del benefi ciaria/o al abono mensual anticipado .................................................................................................................................

Cambio de régimen de la Seguridad Social o mutualidad de la/del benefi ciaria/o (en este caso, indique en el apartado 2 los datos del nuevo régimen o mutualidad) ........................................

Baja de alguno de los hijos a efectos de la deducción por maternidad (por fallecimiento, por cesar la convivencia con pérdida de la guarda y custodia o por obtener rentas superiores a 8.000 euros) .....

Fecha de efectos: Indique la fecha en la que se ha producido la variación que se comunica (día, mes y año) ..................................................................................................... 83

80

81

82

Notas: Si este documento se presenta para comunicar alguna de las circunstancias a que se refi eren las casillas 80 y 81, no se cumplimentará dato alguno en el apartado 3. Si hubiera de comunicarse al mismo tiempo el alta de nuevos hijos y la baja de alguno de los anteriores (casilla 82), cada una de dichas variaciones se comunicará en un ejemplar distinto de este modelo.

01

Primer apellido

02

Segundo apellido

03 04

N.º de identifi cación fi scal (NIF) Nombre

10

11

Si el pago mensual en concepto de abono anticipado de la deducción por maternidad hubiera sido percibido anteriormente por otra persona, consigne el NIF de la/del anterior benefi ciaria/o ............................................................................................................................................................. 12

Fecha (día, mes y año) de fallecimiento de la madre o desde la que tiene Vd. atribuida de forma exclusiva la guarda y custodia de los menores:

Solicitud por persona distinta de la madre (padre, tutor/a, ...): 1413NIF de la madre:

Teléfonos de contacto. A fi n de agilizar la resolución de las incidencias que pudieran surgir en la tramitación de esta solicitud, sírvase consignar los números de teléfono en los que pueda ser localizada/o en días y horas laborables

Teléfono 2.º

Teléfono 1.ºEspacio reservado para la etiqueta identifi cativa: Si no dispone de etiquetas, consigne los da-tos identifi cativos que se solicitan a continuación.

1. Solicitante

6. Representante

N.º de identifi cación fi scal (NIF)94

Apellidos y nombre o razón social95

7. Fecha y fi rma

Lugar y fecha

Firma de la/del solicitante o de su representante:

DECLARO que son ciertos los datos consignados en el presente documento y me comprometo a comunicar cualquier variación en los mismos que pueda afectar al abono anticipado de la deducción por maternidad.

Consigne los datos completos de la cuenta bancaria de la que sea Vd. titular y en la que desee recibir por transferencia el abono mensual anti-cipado de la deducción.

4. Cuenta bancaria para el abonoSi desea cambiar de cuenta bancaria, consigne los datos de la nueva cuenta y marque con una "X" esta casilla ........... 15

Código cuenta cliente (CCC)Entidad Sucursal DC Número de cuenta

1. Si este documento se presenta para solicitar por primera vez el abono mensual anticipado de la deducción por maternidad consigne en este apartado los datos de los hijos menores de tres años por los que tenga Vd. derecho. Los hijos adoptados y los acogidos se relacionarán en este apartado siempre que fuesen menores de edad en la fecha de su adopción o acogimiento y hubieran transcurrido menos de tres años desde dicha fecha, la cual se hará constar en la casilla correspondiente. Tratándose de hijos adoptados que previamente hubieran estado acogidos, únicamente se hará constar la fecha del acogimiento.2. Si este documento se presenta para comunicar el alta o la baja de algún hijo a efectos del abono mensual anticipado de la deducción por maternidad, consigne en este apartado únicamente los datos de los hijos a los que afecte esta circunstancia.3. esenta únicamente para comunicar la pérdida del derecho o el cambio de régimen de seguridad social o mutualidad (casillas 80 y 81 del apartado 5), no se cumplimentará ningún dato relativo a los hijos en este apartado 3.4. es (casilla 82 del apartado 5), cada una de dichas variaciones se comunicará en un ejemplar distinto de este modelo.

Fecha de nacimientoApellidos eFecha de adopción o de acogimiento (*)NIF (de tenerlo asignado)

1.º

2.º

3.º

4.º

5.º

6.º

20

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21

31

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47

(*) Si el hijo es adoptado indique la fecha de inscripción de la adopción en el Registro Civil. En caso de acogimiento, tanto preadoptivo como permanente, indique la fecha de la resolución administrativa o judicial.

3. Hijos que dan derecho a la deducción por maternidad

Seguridad Social o Régimen especial de funcionarios públicos: consigne su número de afi liación y marque con una "X" la casilla correspondiente al régimen en el que está en situación de alta.

50

Número de afi liación:Régimen general S.S. 51 52Régimen

especial S.S.

2. Régimen de la Seguridad Social o mutualidad en que la/el solicitante fi gura de alta

55

Número de mutualista:

56Denominación de la mutualidad alternativa

Mutualidad alternativa a la Seguridad Social: consigne su número de mutualista y la denominación de la mutualidad alternativa (por ejemplo, Mutualidad General de la Abogacía, etc..)

53

54Si ha marcado la casilla 53 indique la denominación de la mutualidad administrativa (MUFACE, MUGEJU, ISFAS)

Régimen especial de los funcionarios públicos.

_______________________________________________________________________

Si este documento se pr

Si hubiera de comunicarse al mismo tiempo el alta de nuevos hijos y la baja de alguno de los anterior

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ANEXO vIII: SOLICITuD DE ANTICIPO

MO

D. (

W) 0

01-7

20.0

494-

65 (1

0)

Caixabank, S.A. Av. Diagonal, 621 08028 Barcelona NIF A08663619 Inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona, tomo 42657, folio 33, sección B, hoja B-41.232, inscripción 109

1.A suscribir por el jefe del centro de trabajo donde está adscrito el solicitante

Solicitud de anticipo para empleado

Solicito la concesión de un anticipo por la cantidad que se indica. También se especifican su finalidad y la documentación que se adjunta. Respecto a su amortización, me comprometo a efectuarla de acuerdo con las normas vigentes. Datos personales

Nombre y apellidos NIF

Matrícula número

No fijo (Sólo en compra de ordenador)

Fecha de ingreso CAPB

Centro de trabajo y nº Teléfono

Nombre y apellidos del cónyuge NIF

Cuenta receptora de haberes. CCC Oficina Número de cuenta

Importe (en letras) Importe

Finalidad

Intervenciones quirúrgicas y gastos médicos Traslado forzoso de vivienda

Boda del empleado. Fecha Nacimiento de hijo

Siniestros (incendio, robo, etc.) Adopción y tratamiento fertilidad

Circunstancias críticas familiares Acogida

Compra de ordenador Hospitalización

Ayuda alquiler vivienda habitual Estudios postgrado, master y doctorado Localidad y fecha

El empleado No se conocen motivos que

desaconsejen atender esta solicitud (1) Conforme con la presente solicitud

Antefirma y firma del responsable D.A.N. En la finalidad de compra de ordenador sólo se requiere la firma del empleado y responsable superior, debiendo remitir la solicitud con la justificación documental al centro 9160-Administración Operativa de RR.HH. Resolución de Delegación General / Dirección de Área (SS.CC) Vistos los informes precedentes y los motivos expuestos por el solicitante, en relación con el anticipo solicitado y verificada la documentación que se adjunta, se APRUEBA la presente solicitud.

Importe (en letras) Importe

Localidad y fecha

Firma

Delegado General / Director de Área (SS.CC) Área de Recursos Humanos Fecha de abono del anticipo en el depósito indicado en el anverso

Mes en que se iniciará la amortización del anticipo

Firma del responsable

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ANEXO IX ACuERDO MATERNIDAD A TIEMPO PARCIAL

con código de cuenta

trabajador/a de esta

(1) En caso de parto, la madre no podrá hacer uso de esta modalidad de permiso durante las seis semanas inmediatas posteriores al mismo, que serán de descanso obligatorio.

(2) El cálculo se efectuará dividiendo las horas semanales acordadas en jornada parcial por las horas semanales realizadas con anterioridad en jornada completa. El resultado se multiplicará por 100.

MINISTERIODE EMPLEOY SEGURIDAD SOCIAL

C-04

5 cas

2013

0118

SECRETARÍA DE ESTADODE LA SEGURIDAD SOCIAL.

INSTITUTO NACIONAL DE LA

SEGURIDAD SOCIAL.

,

ACUERDO EMPRESARIO-TRABAJADOR/ASOBRE DISFRUTE DEL DESCANSO PORMATERNIDAD, ADOPCIÓN O ACOGIMIENTOEN RÉGIMEN DE JORNADA PARCIAL

D/Dªcon DNI-NIE-Pasaporte en calidad dedel organismo o empresade cotización y domicilionúm. Localidad C. postal Provincia

Y

D/Dªempresa con número de la Seguridad Social y DNI-NIE-Pasaporte

ACUERDAN

Que el período del descanso por maternidad(1), adopción o acogimiento, lo va a disfrutar en régimen de jornada parcial, de acuerdo con los datos siguientes:

Porcentaje de la jornada de trabajo(2) %

La prestación de trabajo en jornada parcial se inicia el de de 20

a de de 20

POR LA EMPRESA,

Fdo.:

EL/LA TRABAJADOR/A,

Fdo.:

www.seg-social.es https://sede.seg-social.gob.es/

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Este acuerdo debe estar cumplimentado, firmado y sellado por la empresa.

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ANEXO X SOLICITuD DE REDuCCIóN DE JORNADA POR LACTANCIA

SOLICITUD DE MEJORAS DEL PERMISO DE PATERNIDAD

Ampliación del permiso de paternidad

Ampliación de 4 días naturales de la baja por paternidad.

Es preciso que marque el recuadro si desea acogerse a esta mejora.

Esta mejora se disfruta a continuación del permiso de paternidad (13 días naturales):

Permiso de paternidad (13 días naturales) Ampliación (4 días naturales)

Permiso de lactancia (en caso de parto múltiple se multiplicará por el nº de hijos)

Debido a que hay dos opciones para disfrutarlo, le roguemos nos indique con una cruz cuál es

la opción que usted elige:

Reducción de 30 min. de la jornada laboral o una hora de ausencia del trabajo durante

los primeros nueve meses.

Acumulación del permiso con 10 días naturales a continuación de la baja por

maternidad/paternidad y 5 días hábiles no acumulables a los anteriores, a disfrutar

durante los primeros 12 meses de vida del hijo en contar desde la fecha de su nacimiento.

Esta acumulación de 10 días naturales se disfruta a continuación de la ampliación del

permiso de maternidad (10 días naturales)

Paternidad (13 días naturales) Ampl. Pater (4 días nat) Acum. Lactancia (10 días nat)

El disfrute de los 5 días hábiles no acumulables a las anteriores mejoras se debe solicitar a

través del Portal del Empleado (Solicitud de ausencias).

El disfrute del permiso de lactancia requiere que el otro progenitor no ejercite este mismo derecho.CaixaBank se reserva el derecho a solicitar la justificación de su cumplimiento.

Firma___________________________________ Nº Matrícula___________

Nota: Una vez cumplimentado y firmado este documento enviar al centro 9160 –Administración Operativa de RR.HH.

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ANEXO XI SOLICITuD ACuMuLACIóN DE LACTANCIA

SOLICITUD DE MEJORAS DEL PERMISO DE PATERNIDAD

Ampliación del permiso de paternidad

Ampliación de 4 días naturales de la baja por paternidad.

Es preciso que marque el recuadro si desea acogerse a esta mejora.

Esta mejora se disfruta a continuación del permiso de paternidad (13 días naturales):

Permiso de paternidad (13 días naturales) Ampliación (4 días naturales)

Permiso de lactancia (en caso de parto múltiple se multiplicará por el nº de hijos)

Debido a que hay dos opciones para disfrutarlo, le roguemos nos indique con una cruz cuál es

la opción que usted elige:

Reducción de 30 min. de la jornada laboral o una hora de ausencia del trabajo durante

los primeros nueve meses.

Acumulación del permiso con 10 días naturales a continuación de la baja por

maternidad/paternidad y 5 días hábiles no acumulables a los anteriores, a disfrutar

durante los primeros 12 meses de vida del hijo en contar desde la fecha de su nacimiento.

Esta acumulación de 10 días naturales se disfruta a continuación de la ampliación del

permiso de maternidad (10 días naturales)

Paternidad (13 días naturales) Ampl. Pater (4 días nat) Acum. Lactancia (10 días nat)

El disfrute de los 5 días hábiles no acumulables a las anteriores mejoras se debe solicitar a

través del Portal del Empleado (Solicitud de ausencias).

El disfrute del permiso de lactancia requiere que el otro progenitor no ejercite este mismo derecho.CaixaBank se reserva el derecho a solicitar la justificación de su cumplimiento.

Firma___________________________________ Nº Matrícula___________

Nota: Una vez cumplimentado y firmado este documento enviar al centro 9160 –Administración Operativa de RR.HH.

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ANEXO XII SOLICITuD FLEXIBILIDAD ENTRADA Y SALIDA

SR. Responsable del Centro_________________________________ En a de Estimado señor: De acuerdo con la redacción del artículo 1.1 2 del Protocolo de Igualdad y Conciliación firmado en nuestra entidad con fecha 17 de diciembre de 2007, les comunico mediante este escrito: Que manifiesto mi voluntad expresa de acogerme al derecho de flexibilidad de jornada en media hora de entrada y de salida, entrando a _______horas y saliendo de la oficina a ______ horas. Atentamente, Nombre empleado/empleada: Nº personal: Nº Centro de Trabajo:

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ANEXO XIII: SOLICITuD REDuCCIóN JORNADA CuIDADO DE hIJOS Y TARDE JuEvES

CaixaBank Comunicación de Reducción de Jornada

Caixabank, S.A. Av. Diagonal, 621 08028 Barcelona. NIF A08663619

Enviar a 9160 - Administración Operativa de RR.HH

El empleado/a cuyos datos se indican declara los datos familiares a efectos de la concesión de las asignaciones, prestaciones y subsidios que puedancorresponder de conformidad con la normativa vigente y que se detallan en la Intranet de CaixaBank. Los datos que aquí se recogen se incorporarán aficheros de CaixaBank para ser tratados únicamente con las finalidades más arriba expresadas. Podrá ejercitar los derechos de acceso, rectificación ycancelación en su caso, mediante comunicación dirigida al centro 9160- Administración Operativa de Recursos Humanos.

1En el caso de menores con Discapacidad, no se aplica el límite de edad. Si la discapacidad es menor al 65%, podrá limitarse a disfrutar de un permiso

retribuido los jueves por la tarde hasta el tercer aniversario del hijo/a. Con un grado de discapacidad igual o superior al 65%, se podrá disfrutar de unpermiso retribuido los jueves por la tarde sin reducción de salario. Este permiso se podrá mantener mientras se cumplan los requisitos exigidos.

Si opta por realizar la reducción de jornada diaria entre un mínimo de 1/8 y un máximo de 1/2 en cómputo semanal (sincumplir el requisito de que la reducción esté comprendida entre un mínimo de 1/8 y un máximo de 1/2 cada día), debetenerse en cuenta que no podrán operar los beneficios que la normativa contempla para los supuestos de guarda legal (art-37.5 ET).

Si decide modificar el número de horas de la reducción de jornada o la fecha de finalización de la misma, deberá enviaruna nueva comunicación, que recoja dichos cambios, y enviarlo con una antelación de 15 días previos a la fecha efectosde la nueva situación.

Datos del empleado/empleada

Nombre y apellidos (según conste en el NIF/NIE) Núm. Empl.

Hijo/Hija

Nombre y apellidos (según conste en el NIF/NIE) NIF/NIE Fecha de nacimiento Nº de hijo/a

Discapacidad (si es el caso)

% discapacidad Fecha de finalización Indefinida

Sí No

Si el otro progenitor es empleado de CaixaBank, indicar Núm. Empl.:

Inicio Reducción de Jornada: Fin Reducción de Jornada:

Hijo/Hija menor de 6 años1

Indicar Nº de horas o minutos de reducción de jornada para cada día:

OPCIÓN 1HORARIO INVIERNO HORARIO VERANO

LUNES MARTES MIÉRCOLES JUEVES VIERNES LUNES MARTES MIÉRCOLES JUEVES VIERNES

HORA/MINUTOS

OPCIÓN 2 Sólo Reducción Jueves Tardes:

Hijo/Hija menor de 12 años (y mayor de 6 años):Indicar Nº de horas o minutos de reducción de jornada para cada día:

OPCIÓN 1HORARIO INVIERNO HORARIO VERANO

LUNES MARTES MIÉRCOLES JUEVES VIERNES LUNES MARTES MIÉRCOLES JUEVES VIERNES

HORA/MINUTOS

Localidad y fecha: Localidad y fecha:

Empleado/Empleada VoB

oResponsable superior. Matricula Resp. Superior

Localidad y fecha:

Conformidad DT/DG

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ANEXO XIv: SOLICITuD REDuCCIóN DE JORNADA POR hOSPITALIZACIóN Y PARTO PREMATuRO

Anexo 12 DELEGACIÓN GENERAL / DIRECCIÓN TERRITORIAL DE _________________ Estimado señor / estimada señora, De acuerdo con la redacción del estatuto de los trabajadores (art.37.4), del Convenio y el Acuerdo de conciliación, os comunico con este escrito: Que, como consecuencia de la hospitalización de mi hijo/a después del nacimiento con un parto prematuro el día __________, manifiesto mi voluntad expresa de acogerme al derecho de reducción de jornada por este efecto. La jornada de trabajo la reduciré en ____ horas, y solicito el horario laboral de ____ a ____ horas. Esta reducción se mantendrá mientras mi hijo/a siga hospitalizado/a. Esta solicitud, una vez enterada esta DT / DG, se hará llegar al Centro Operativo de Recursos Humanos. Atentamente, Nombre empleado/a: N. personal: N. centro de trabajo: Visto bueno del responsable superior:

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ANEXO Xv: SOLICITuDES DE EXCEDENCIAS Anexo 14 DELEGACIÓN GENERAL / DIRECCIÓN TERRITORIAL DE _________________ Estimado señor / estimada señora, De acuerdo con la redacción del estatuto de los trabajadores (art.37.4), del Convenio y el Acuerdo de conciliación, os comunico con este escrito: Que, como consecuencia del nacimiento de mi hijo/a nacido/a o adoptado/a el _________, manifiesto mi voluntad expresa de acogerme al derecho de excedencia para su cuidado. La excedencia tiene como fecha de inicio el día __ de _____ de _____ y como fecha de finalización el día ___ de ___ de ____. La duración total del periodo de excedencia será de ___ meses. Esta solicitud, una vez enterada esta DT / DG, se hará llegar al Centro Operativo de Recursos Humanos. Atentamente, Nombre empleado/a: N. personal: N. centro de trabajo: Visto bueno del responsable superior:

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DELEGACIÓN GENERAL/DIRECCIÓN TERRITORIAL DE En a de Estimado señor o señora: De acuerdo con la redacción del artículo 57.3 párrafo 2 del vigente Convenio Colectivo de Cajas de Ahorros, les comunico mediante este escrito: Que a consecuencia de la grave dolencia diagnosticada a mi padre/madre Don/Doña __________________________, manifiesto mi voluntad expresa de acogerme al derecho de excedencia por cuidado de familiares, comenzando dicha excedencia en fecha __ de __ de___ y finalizando en fecha ___de___de___. La duración total del período de excedencia será de ___ meses. Esta solicitud será trasladada al Centro Operativo de Recursos Humanos tras su conocimiento por esta DT/DG. Atentamente, Nombre empleado/empleada: Nº personal: Nº Centro de Trabajo:

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ANEXO XvI: SOLICITuD REINCORPORACIóN EXCEDENCIA

DELEGACIÓN GENERAL/DIRECCIÓN TERRITORIAL DE En a de Estimado señor o señora: De acuerdo con la redacción del artículo 57 del vigente Convenio Colectivo de Cajas de Ahorros, les comunico mediante este escrito: Que en fecha x solicité por escrito excedencia por cuidado de hijos, que comenzó en fecha x y finalizaba el día x. Mediante la presente carta manifiesto mi voluntad expresa de reincorporarme a mi puesto de trabajo, situado en la oficina x a partir del día x, tal y como apuntaba en la carta de solicitud de excedencia cuya copia les adjunto. Esta solicitud será trasladada al Centro Operativo de Recursos Humanos tras su conocimiento por esta DT/DG. Atentamente, Nombre empleado/empleada: Nº personal: Nº Centro de Trabajo:

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ANEXO XvII: SOLICITuD PARALIZAR PRéSTAMOS DuRANTE EXCEDENCIA

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MINISTERIODE EMPLEOY SEGURIDAD SOCIAL

INSTITUTO NACIONAL DE LA

SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARÍA DE ESTADODE LA SEGURIDAD SOCIAL

8-01

520

1203

02

(1) Se entenderá por familia monoparental la constituida por un solo progenitor con el que convive el menor y que constituye el sustentador único de la familia.(2) Señalar sólo si se trata de funcionarios incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP).

PRESTACIÓN ECONÓMICA POR CUIDADO DE MENORES AFECTADOS POR CÁNCER U OTRA ENFERMEDAD GRAVE

1.- DATOS PERSONALES DEL SOLICITANTEPrimer apellido Segundo apellido Nombre

Fecha de nacimiento Número de la Seguridad Social DNI-NIE-Pasaporte Teléfono fijoTeléfono móvil

Domicilio habitual: (calle o plaza) Número Bloque Escalera Piso Puerta

Código postal Localidad Provincia Nacionalidad

Relación con el menorProgenitor Acogedor preadoptivo/permanente Tutor

1.1 DATOS DE LA UNIDAD FAMILIAREs familia monoparental(1) SÍ NO

2.- DATOS IDENTIFICATIVOS DEL OTRO PROGENITOR/ADOPTANTE/ACOGEDOR/TUTORPrimer apellido Segundo apellido Nombre

DNI-NIE-Pasaporte Número de la Seguridad Social ¿Trabaja por cuenta ajena o propia? SÍ NO

Pertenece en razón de su actividad al:Régimen General de la Seguridad Social Funcionario/a(2)

Régimen Especial de Otros (Colegio profesional, etc.)

3.- DATOS DEL MENOR/ESApellidos y nombre DNI-NIE-Pasaporte Fecha de nacimiento

Apellidos y nombre DNI-NIE-Pasaporte Fecha de nacimiento

4.- MOTIVO DE LA SOLICITUD

INGRESO HOSPITALARIO DEL MENOR

Fecha del ingreso hospitalario del menor

¿Ha reducido la jornada laboral? SÍ NO Fecha de inicio de la jornada reducida

Porcentaje de reducción (al menos de un 50%)

5.- OTROS DATOS

5.1 DATOS FISCALES

Tipo voluntario de retención por IRPF %

Si su residencia fiscal está en TERRITORIO FORAL, a efectos de retención por IRPF desea que se le aplique:

Tabla general. Número de hijos Tabla de pensionistas Tipo voluntario %

5.2 LENGUA COOFICIAL en la que desea recibir su correspondencia

Borrar

Deben imprimirse dos copias, una para la administración y otra para el interesado

ANEXO XvIII: PRESTACIóN POR CuIDADO DE MENORES CON CáNCER

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ANEXO XIX: CERTIFICADO DE EMPRESA (PARA LA PRESTACIóN ECONóMICA POR CuIDADO DE ME-NORES CON CáNCER O ENFERMEDAD GRAvE)

MINISTERIODE EMPLEOY SEGURIDAD SOCIAL .

www.

seg-

socia

l.es

C-07

0 cas

201

2022

4

c

trabajador/a

1) Reducción efectuada por aplicación, en su caso, del artículo 37.5, párrafo tercero, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

INSTITUTO NACIONAL DE LA

SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARÍA DE ESTADODE LA SEGURIDAD SOCIAL

CERTIFICADO DE EMPRESA PARALA PRESTACIÓN ECONÓMICA POR CUIDADO DE MENORES AFECTADOS POR CÁNCER U OTRA ENFERMEDAD GRAVED/Dª on DNI - NIE - pasaporteque desempeña en la empresa el cargo de

CERTIFICA, que son ciertos los datos relativos a la empresa, así como los personales, profesionales y de cotización, que a conti-nuación se consignan:1.- DATOS DE LA EMPRESANombre o razón social Código de Cuenta de Cotización

Domicilio Número Bloque Escalera Piso Puerta

Código postal Localidad Provincia Teléfono

2.- DATOS DEL/DE LA TRABAJADOR/AApellidos y nombre DNI-NIE-pasaporte

Domicilio habitual: (calle o plaza) Número Bloque Escalera Piso Puerta

Código postal Localidad Provincia

Número de la Seguridad Social Fecha de inicio de la jornada reducida Porcentaje de reducción (al menos de un 50%)(1)

¿Es funcionario público? SÍ NO

¿Es personal estatutario/laboral? SÍ NO ¿Percibe sus retribuciones completas por este concepto? SÍ NO

3.- DATOS DE COTIZACIÓN DEL MES ANTERIOR AL DE REDUCCIÓN DE JORNADA

a) Bases de cotización del mes anterior, excluyendo los conceptos del apartado b)

Base de contingencias profesionales Número de días Observaciones

b) Cotizaciones de los doce meses inmediatamente anteriores.

Por horas extraordinaria Por otros conceptos Observaciones

EN CASO DE CONTRATO A TIEMPO PARCIAL se certificarán las bases de cotización delos tres meses inmediatamente anteriores al de reducción de jornada.

Año Mes Días Base de contingenciasprofesionales Observaciones

TOTALES

SISTEMA ESPECIAL AGRARIO

Trabajador/a:

Fijo/a

Eventual

Salario real del/de la€/día

a de de 20Firma y sello

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Deben imprimirse dos copias, una para la administración y otra para el interesado.

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ANEXO XX: CERTIFICADO DE EMPRESA (PARA REDuCCIóN DE JORNADA POR CuIDADO DE MENORES CON CáNCER O ENFERMEDAD GRAvE)

C-07

3

Q adue el citado trabaj or, par

2011

0808

,

reducido su jornada de trabajo en un(1)

er a la prestación econ

(1) La reducción de la jornada de trabajo ha de ser, al menos, de un 50%.

GOBIERNODE ESPAÑA

MINISTERIODE EMPLEOY SEGURIDAD SOCIAL INSTITUTO NACIONAL DE LA

SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARÍA DE ESTADODE LA SEGURIDAD SOCIAL

CERTIFICADO DE LA EMPRESASOBRE LA REDUCCIÓN DE JORNADA DEL TRABAJADOR PARA EL CUIDADO DE MENORES AFECTADOS POR CÁNCER U OTRA ENFERMEDAD GRAVE

1.- DATOS DE LA EMPRESAD/Dª DNI-NIE-pasaporte Cargo en la empresa

Nombre o razón social Código de Cuenta de Cotización (CCC)

Domicilio habitual: (calle o plaza) Número Bloque Escalera Piso Puerta Código postal

Localidad Provincia Teléfono

2.- DATOS DEL TRABAJADORApellidos y nombre DNI-NIE-pasaporte

Trabajador Socio trabajador Número de la Seguridad Social

DECLARA:

a acced ómica para el cuidado del menor enfermo y a su cargo, ha %

a de de 20

Firma y sello

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Deben de imprimirse dos copias, una para la Administración y otra para el interesado.

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ANEXO XXI: RD 1148/2011 PRESTACIóN POR CuIDADO hIJOS CON CáNCER

Real Decreto 1148/2011, de 29 de julio, para la aplicación y desarrollo, en el sistema de la Segu-ridad Social, de la prestación económica por cui-dado de menores afectados por cáncer u otra en-fermedad grave.LadisposiciónfinalvigésimaprimeradelaLey39/2010,de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales del Esta-doparaelaño2011,hamodificadovariospreceptosdeltexto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto legislativo 1/1994, de 20 de junio y, al mismo tiempo, ha añadido también un nuevo artículo 135 quáter en la referida Ley, todo ello con la finalidaddeampliarlaacciónprotectoradelaSeguridadSocial, incorporando en el ordenamiento jurídico de la protección social una prestación económica destinada a los progenitores, adoptantes o acogedores que reducen su jornada de trabajo para el cuidado de menores afecta-dos por cáncer u otra enfermedad grave.

Dicha prestación, con naturaleza de subsidio, tiene por objeto compensar la pérdida de ingresos que sufren las personas interesadas al tener que reducir su jornada, con la consiguiente disminución de salarios, ocasionada por la necesidad de cuidar de manera directa, continua y per-manente de los hijos o menores a su cargo, durante el tiempo de hospitalización y tratamiento continuado de la enfermedad. El subsidio, por tanto, viene predeterminado por la reducción efectiva de la jornada laboral y por las circunstancias en que ésta se lleva a cabo por las perso-nas trabajadoras.

El real decreto establece, por un lado, en anexo, el listado de las enfermedades consideradas graves a efectos del reconocimiento de la prestación y, por otro, desarrolla las cuestiones referidas al régimen jurídico de la prestación que afectan, entre otras, a la situación específicamenteprotegida,alaspersonasbeneficiarias,alaconcrecióndela reducción de jornada, a las condiciones de acceso al derecho, a la cuantía y duración del subsidio, a la dinámica delderechoy,finalmente,alagestiónyelprocedimiento,de modo que la prestación pueda ser gestionada por la entidad gestora o por una mutua de accidentes de traba-jo y enfermedades profesionales, con las máximas garan-tíasdeeficaciayseguridadjurídicas.Asimismo,seregulanlos términos y condiciones en que la prestación debe aplicarse a las personas trabajadoras por cuenta propia de los Regímenes Especiales, conforme a lo establecido en el apartado 4 de la disposición adicional octava de la Ley General de la Seguridad Social.

En la tramitación de este real decreto se han recabado los informes oportunos a los interlocutores sociales y a

los órganos afectados de la Administración General del Estado.

El real decreto se dicta de conformidad con la disposición finalséptimadelaLeyGeneraldelaSeguridadSocial.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Trabajo e In-migración, con la aprobación previa del entonces Vice-presidente Tercero del Gobierno y Ministro de Política Territorial y Administración Pública, de acuerdo con el Consejo de Estado, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 29 de julio de 2011,

DISPONGO:

Artículo 1. Ámbito de aplicación.1. Las disposiciones establecidas en este real decreto se-rán de aplicación a todos los regímenes del sistema de la Seguridad Social, sin más particularidades que las que expresamente se indican.

2. Este real decreto no será de aplicación al personal fun-cionario incluido en el ámbito de aplicación de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, que se regirá por lo previsto en el artículo 49.e) de dicha Ley, así como por el resto de normas de Función Pública que se dicten en desarrollo de la misma.

Artículo 2. Situación protegida.1. A efectos de la prestación por cuidado de menores

afectados por cáncer u otra enfermedad grave, se con-siderará situación protegida la reducción de la jornada de trabajo que, de acuerdo con lo previsto en el párra-fo tercero del artículo 37.5 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, lleven a cabo las personas progenitoras, adoptantes y acoge-doras de carácter familiar preadoptivo o permanente, cuando ambas trabajen, para el cuidado del menor a su cargo afectado por cáncer u otra enfermedad grave incluidaenellistadoquefiguraenelanexodeesterealdecreto.

El cáncer o enfermedad grave que padezca el menor deberá implicar un ingreso hospitalario de larga du-ración que requiera su cuidado directo, continuo y permanente, durante la hospitalización y tratamiento continuado de la enfermedad. Se considerará asimismo como ingreso hospitalario de larga duración la conti-nuación del tratamiento médico o el cuidado del me-nor en domicilio tras el diagnóstico y hospitalización por la enfermedad grave.

2. La acreditación de que el menor padece un cáncer u

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dotra enfermedad grave de las incluidas en el listado ci-tado en el apartado anterior, así como la necesidad de cuidado directo, continuo y permanente del menor du-rante el tiempo de hospitalización y tratamiento conti-nuado de la enfermedad se efectuará, incluso en aque-llos casos en que la atención y diagnóstico del cáncer o enfermedad grave se haya llevado a cabo por servicios médicos privados, mediante declaración cumplimenta-da por el facultativo del Servicio Público de Salud u órgano administrativo sanitario de la Comunidad Autó-noma correspondiente, responsable de la atención del menor. Cuando el diagnóstico y tratamiento del cáncer o enfermedad grave del menor se haya realizado a tra-vés de los servicios médicos privados se exigirá que la declaración sea cumplimentada además por el médico del centro responsable de la atención del menor.

3. Se considerarán jurídicamente equiparables a la adop-ción y al acogimiento familiar preadoptivo y permanen-te, aquellas instituciones jurídicas declaradas por reso-luciones judiciales o administrativas extranjeras, cuya finalidadyefectos jurídicossean losprevistospara laadopción y el acogimiento familiar preadoptivo y per-manente, cualquiera que sea su denominación.

Noseconsideraránequiparablesalacogimientofami-liar preadoptivo y permanente, otras posibles modali-dades de acogimiento familiar distintas a las menciona-das anteriormente.

Asimismo, se considerará situación protegida, en los mismos términos establecidos para los supuestos de adopción y acogimiento familiar, la constitución de tu-tela sobre el menor por designación de persona física, cuando el tutor sea un familiar que, de acuerdo con la legislación civil, no pueda adoptar al menor.

4. Cuando exista recaída del menor por el cáncer o la misma enfermedad grave no será necesario que exista un nuevo ingreso hospitalario, si bien en la recaída de la enfermedad deberá acreditarse, mediante una nue-va declaración médica, la necesidad, tras el diagnóstico y hospitalización, de la continuación del tratamiento médico así como del cuidado directo, continuado y permanente del menor por el progenitor, adoptante o acogedor.

5. En el supuesto de personas trabajadoras por cuenta propia y asimiladas incluidas en los distintos regímenes especiales del sistema de la Seguridad Social y en el de las personas trabajadoras de carácter discontinuo incluidas en el Régimen Especial de los Empleados de Hogar, se considera situación protegida los periodos de cese parcial en la actividad, para el cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave, en los términos indicados en los apartados anteriores de este

artículo. Los periodos de cese parcial en la actividad se determinarán de conformidad con lo dispuesto en el último párrafo del apartado 1 del artículo 4.

Artículo 3. Enfermedades graves.A efectos del reconocimiento de la prestación económi-ca por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave, tendrán la consideración de enferme-dadesgraves las incluidasenel listadoquefiguraenelanexo de este real decreto.

Artículo4.Beneficiarios.1.Seránpersonasbeneficiariasdelsubsidioporcuidado

de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave las personas trabajadoras, por cuenta ajena y por cuenta propia y asimiladas cualquiera que sea su sexo, que reduzcan su jornada de trabajo en, al menos, un 50 por 100 de su duración, siempre que reúnan la condi-cióngeneraldeestarafiliadasyenaltaenalgúnrégi-men del sistema de la Seguridad Social y acrediten los periodos mínimos de cotización exigibles en cada caso.

El subsidio se reconocerá en proporción al porcentaje de reducción que experimente la jornada de trabajo que disfruten las personas trabajadoras.

Para la percepción del subsidio, el porcentaje de reduc-ción de jornada se entenderá referido a una jornada de trabajo de una persona trabajadora a tiempo completo comparable de la misma empresa y centro de trabajo que realice un trabajo idéntico o similar, y se compu-tará sin tener en cuenta otras reducciones de jornada que, en su caso, disfruten las personas trabajadoras por razones de guarda legal de menores o de cuidado de familiares, o por cualquier otra causa.

En el caso de las personas trabajadoras por cuenta pro-pia y asimiladas y de las personas empleadas de hogar de carácter discontinuo los porcentajes indicados se entenderán referidos a una jornada de cuarenta horas semanales.

2. Dentro de cada unidad familiar, ambas personas proge-nitoras, adoptantes o acogedoras deben acreditar que seencuentranafiliadasyensituacióndealtaenalgúnrégimen público de Seguridad Social o sólo una de ellas, si la otra, en razón del ejercicio de su actividad profe-sional, está incorporada obligatoriamente a la mutuali-dad de previsión social establecida por el correspon-diente colegio profesional.

El requisito de estar afiliado y en alta se entenderácumplido en aquellos supuestos en que la persona pro-genitora, adoptante o acogedora del menor, que no es beneficiariadelaprestación,tengasuscritounConve-nio Especial en el Sistema de la Seguridad Social por

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drealizar su actividad laboral en un país con el que no exista instrumento internacional de Seguridad Social.

3. Cuando ambas personas progenitoras, adoptantes o acogedoras tuvieran derecho al subsidio solamente podrá reconocerse a una de ellas, con independencia del número de menores que estén afectados por cán-cer u otra enfermedad grave y que requieran un cuida-do directo, continuo y permanente.

4. En los casos de separación judicial, nulidad o divorcio, si ambas personas progenitoras, adoptantes o acogedo-ras tuvieran derecho al subsidio podrá ser reconocido a favor de la determinada de común acuerdo. A falta de acuerdo y de previsión judicial expresa, se atribuirá la condicióndepersonabeneficiariadelsubsidioaaque-lla a quien se conceda la custodia del menor y si ésta fuese compartida a la que lo solicite en primer lugar.

Lo dispuesto en este apartado será igualmente de apli-cación en los supuestos de ruptura de una unidad fa-miliar basada en una análoga relación de afectividad a la conyugal.

5. Mediante acuerdo entre ambas personas progenitoras, adoptantes o acogedoras y la empresa o empresas res-pectivas, podrán alternarse entre ellas el percibo del subsidio por periodos no inferiores a un mes, en cuyo caso el percibo del subsidio quedará en suspenso cuan-do se reconozca un nuevo subsidio a la otra persona progenitora, adoptante o acogedora.

6. En las situaciones de pluriactividad, podrá percibirse el subsidio en cada uno de los regímenes de la Seguridad Social en el que se reúnan los requisitos exigidos. En tales situaciones, si la persona trabajadora acredita las condiciones para acceder a la prestación solamente en uno de los regímenes, se reconocerá un único subsidio computando exclusivamente las cotizaciones satisfe-chas a dicho régimen. Si en ninguno de los regímenes se reúnen los requisitos para acceder al derecho, se totalizarán las cotizaciones efectuadas en todos ellos siempre que no se superpongan, y se reconocerá el subsidio por el régimen en el que se acrediten más días de cotización.

En situaciones de pluriempleo, el reconocimiento del subsidio se efectuará en proporción al porcentaje de reducción que experimente el total de la jornada de trabajo de los distintos empleos. En esta situación, a efectos de la base reguladora, se tendrán en cuenta las bases de cotización correspondientes a cada una de las empresas o actividades, siendo de aplicación el tope máximo establecido a efectos de cotización.

7. Las personas trabajadoras contratadas a tiempo parcial tendrán derecho al subsidio por cuidado de menores

afectados por cáncer u otra enfermedad grave, siempre que reduzcan su jornada en, al menos, un 50 por 100, reconociéndose el subsidio en proporción al porcenta-je de reducción que experimente la jornada de trabajo que disfruten las personas trabajadoras.

El porcentaje de reducción de jornada se entenderá referido a una jornada de trabajo de una persona tra-bajadora a tiempo completo comparable de la misma empresa y centro de trabajo que realice un trabajo idéntico o similar, y se computará sin tener en cuenta otras reducciones de jornada que, en su caso, disfrute la persona trabajadora contratada a tiempo parcial por razones de guarda legal de menores o de cuidado de familiares, o por cualquier otra causa.

En todo caso, cuando la duración efectiva de la jornada a tiempo parcial sea igual o inferior al 25 por 100 de una jornada de trabajo de una persona trabajadora a tiempo completo comparable, no se tendrá derecho al subsidio.Noobstante,silapersonatrabajadoratuvierados o más contratos a tiempo parcial, se sumarán las jornadas efectivas de trabajo a efectos de determinar el citado límite.

8. En el caso de personas trabajadoras que sean respon-sables del ingreso de las cotizaciones, según lo esta-blecido en la disposición adicional trigésima novena del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto legislativo 1/1994, de 20 de junio, será requisito imprescindible para el reconocimiento y abono de la prestación que aquéllas se hallen al corriente en el pago de las cuotas a la Segu-ridad Social, aunque el subsidio sea reconocido, como consecuencia del cómputo recíproco de cotizaciones, en un régimen de trabajadores por cuenta ajena.

Atalfin,serádeaplicaciónelmecanismodelainvita-ción al pago previsto en el artículo 28.2 del Decreto 2530/1970, de 20 de agosto, por el que se regula el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabaja-dores por cuenta propia o Autónomos, cualquiera que sea el régimen de la Seguridad Social en que la persona interesada estuviese incorporada en el momento de acceder al subsidio o en el que se cause éste.

Artículo 5. Períodos mínimos de cotización.1.Noseexigiránperiodosmínimosdecotizaciónpara

el reconocimiento del derecho al subsidio por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave a las personas trabajadoras que tengan menos de 21 años de edad en la fecha en que inicien la reducción de jornada, conforme a lo establecido en el artículo 133 ter.1.a) del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

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d2. Sin perjuicio de lo establecido en el apartado anterior,

para el acceso al mencionado subsidio es necesario acreditar los siguientes periodos mínimos de cotiza-ción:

a) Si la persona trabajadora tiene cumplidos 21 años de edad y es menor de 26 en la fecha en que inicie la reducción de jornada, el periodo mínimo de cotiza-ción exigido será de 90 días cotizados dentro de los siete años inmediatamente anteriores a dicha fecha. Se considerará cumplido el mencionado requisito si, alternativamente, la persona trabajadora acredita 180 días cotizados a lo largo de su vida laboral, con anterioridad a la fecha indicada.

b) Si la persona trabajadora tiene cumplidos 26 años de edad en la fecha en que inicie la reducción de jorna-da, el periodo mínimo de cotización exigido será de 180 días dentro de los siete años inmediatamente anteriores a dicha fecha. Se considerará cumplido el mencionado requisito si, alternativamente, la persona trabajadora acredita 360 días cotizados a lo largo de su vida laboral, con anterioridad a la fecha indicada.

3. Cuando se trate de personas trabajadoras a tiempo parcial, el lapso de tiempo inmediatamente anterior al inicio de la reducción de jornada, en el que debe estar comprendido el período mínimo de cotización exigido, se incrementará en proporción inversa a la existente entre la jornada efectuada por la persona trabajadora y la jornada habitual en la actividad correspondiente y exclusivamente en relación con los períodos en que, durante dicho lapso, se hubiera realizado una jornada inferior a la habitual.

Artículo 6. Prestación económica.1. La prestación económica por cuidado de menores

afectados por cáncer u otra enfermedad grave consis-tirá en un subsidio, de devengo diario, equivalente al 100 por 100 de la base reguladora establecida para la prestación por incapacidad temporal, derivada de con-tingencias profesionales o, en su caso, la derivada de contingencias comunes, cuando no se haya optado por la cobertura de las contingencias profesionales, apli-cando el porcentaje de reducción que experimente la jornada de trabajo.

En aquellos supuestos en que la persona trabajadora no tenga cubierta la contingencia de incapacidad tem-poral en el régimen de Seguridad Social que deba re-conocer la prestación, la base reguladora de la misma estará constituida por la base de cotización de contin-gencias comunes.

Labasereguladoradelsubsidiosemodificaráoactua-lizará al mismo tiempo que las bases de cotización co-

rrespondientes.

2. En el caso de personas trabajadoras contratadas a tiempo parcial, la base reguladora diaria del subsidio será el resultado de dividir la suma de las bases de cotización acreditadas en la empresa durante los tres meses inmediatamente anteriores a la fecha de inicio de la reducción de jornada, entre el número de días naturales de dicho periodo. A dicha base reguladora se aplicará el porcentaje de reducción de jornada que corresponda.

De ser menor la antigüedad de la persona trabajadora en la empresa, la base reguladora de la prestación será el resultado de dividir la suma de las bases de coti-zación acreditadas entre el número de días naturales comprendidos en dicho periodo.

Artículo 7. Nacimiento, duración, suspensión y extinción del derecho.1. Se tendrá derecho al subsidio por cuidado de meno-

res afectados por cáncer u otra enfermedad grave a partir del mismo día en que dé comienzo la reducción de jornada correspondiente, siempre que la solicitud se formule en el plazo de tres meses desde la fecha en que se produjo dicha reducción. Transcurrido dicho plazo, los efectos económicos del subsidio tendrán una retroactividad máxima de tres meses.

El subsidio se reconocerá por un periodo inicial de un mes, prorrogable por periodos de dos meses cuando subsista la necesidad del cuidado directo, continuo y permanente del menor, que se acreditará mediante declaración del facultativo del Servicio Público de Sa-lud u órgano administrativo sanitario de la Comunidad Autónoma correspondiente, responsable de la asisten-cia médica del menor, y, como máximo, hasta que éste cumpla los 18 años.

Cuando la necesidad de cuidado directo, continuo y permanente del menor, según se acredite en la declara-ción médica emitida al efecto, sea inferior a dos meses, el subsidio se reconocerá por el periodo concreto que conste en el informe.

2. La percepción del subsidio quedará en suspenso:

a) En las situaciones de incapacidad temporal, durante los periodos de descanso por maternidad y pater-nidad y en los supuestos de riesgo durante el em-barazo y de riesgo durante la lactancia natural y, en general, cuando la reducción de la jornada de trabajo por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave concurra con cualquier causa de suspensión de la relación laboral.

Noobstantecuando,pormotivosdesalud,laperso-

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dna que se hacía cargo del menor no pueda atenderle y se encuentre en situación de incapacidad temporal o en periodo de descanso obligatorio de maternidad por nacimiento de un nuevo hijo podrá reconocerse un nuevo subsidio por cuidado de menores a la otra persona progenitora, adoptante o acogedora, siem-pre que la misma reúna los requisitos para tener de-recho al subsidio.

b) En el supuesto de alternancia en el percibo del sub-sidio entre las personas progenitoras, adoptantes o acogedoras,aqueserefiereelartículo4.5.Enestecaso el percibo del subsidio quedará en suspenso para la persona progenitora, adoptante o acogedora que lo tuviera reconocido cuando se efectúe el re-conocimiento de un nuevo subsidio a la otra persona progenitora, adoptante o acogedora.

3. El subsidio se extinguirá:a) Por la reincorporación plena al trabajo o reanuda-

ción total de la actividad laboral de la persona bene-ficiaria,cesandolareduccióndejornadaporcuidadode menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave, cualquiera que sea la causa que determine di-cho cese.

b) Por no existir la necesidad del cuidado directo, con-tinuo y permanente del menor, debido a la mejoría de su estado o a alta médica por curación, según el informe del facultativo del Servicio Público de Salud u órgano administrativo sanitario de la Comunidad Autónoma correspondiente, responsable de la asis-tencia sanitaria del menor.

c) Cuando una de las personas progenitoras, adoptantes o acogedoras del menor cese en su actividad laboral, sin perjuicio de que cuando ésta se reanude se pueda reconocer un nuevo subsidio si se acredita por la personabeneficiariaelcumplimientodelosrequisi-tos exigidos y siempre que el menor continúe requi-riendo el cuidado directo, continuo y permanente.

d) Por cumplir el menor 18 años.

e) Por fallecimiento del menor

f) Por fallecimiento de la persona beneficiaria de laprestación.

4.Laspersonasbeneficiariasestaránobligadasacomu-nicar a la correspondiente entidad gestora o a la mutua cualquier circunstancia que implique la suspensión o ex-tinción del derecho al subsidio.

5. En cualquier momento, la correspondiente entidad gestora o la mutua podrá llevar a cabo las actuaciones necesarias para comprobar que las personas perceptoras

del subsidio mantienen el cumplimiento de los requisitos exigidos para su reconocimiento.

Artículo 8. Gestión y pago de la prestación eco-nómica1. La gestión de la prestación económica por cuidado

de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave se llevará a cabo por la correspondiente entidad gestora o mutua de accidentes de trabajo y enferme-dades profesionales, con la que el trabajador tenga cu-biertas las contingencias profesionales.

Noobstante,cuandolapersonatrabajadoranotengala cobertura de los riesgos profesionales, será compe-tente para la gestión de la prestación la entidad gestora o la mutua que asuma la cobertura de la incapacidad temporal por contingencias comunes.

En el supuesto de que en el régimen de la Seguridad Social por el que se reconozca la prestación económi-ca, la persona trabajadora no haya optado por la cober-tura de la incapacidad temporal, la gestión de aquélla se atribuirá a la correspondiente entidad gestora de la Seguridad Social.

2. El pago del subsidio corresponderá a la entidad ges-tora o a la mutua que resulte competente en la fecha de inicio de los efectos económicos de la prestación. La responsabilidad del pago se mantendrá hasta la fe-cha del vencimiento del documento de asociación y de cobertura formalizado en su día. Si en la fecha de dicho vencimiento se hubiera producido un cambio de la entidad que cubra las contingencias profesionales o comunes, en su caso, será la nueva entidad la que asu-ma el pago del subsidio durante el periodo de doce meses y los sucesivos, en su caso, en tanto mantenga dicha cobertura.

3. La Tesorería General de la Seguridad Social facilitará que las entidades gestoras y las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales puedan obte-ner, a través de sistemas informáticos, electrónicos y/o telemáticos, los datos necesarios relativos a las perso-nassolicitantesybeneficiariasdelasprestacionesporcuidado de menores afectados por cáncer u otra en-fermedad grave, para garantizar un procedimiento de comunicación ágil en el reconocimiento y control de las prestaciones. El tratamiento de estos datos se rea-lizará de conformidad con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

4. El pago del subsidio se realizará por la correspondien-te entidad gestora o por la mutua, por periodos men-suales vencidos.

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d En el caso de las personas trabajadoras contratadas a

tiempo parcial el devengo del subsidio será por días naturales, aunque el pago se realice mensualmente.

Artículo 9. Procedimiento para el reconocimien-to del derecho.1. El procedimiento para el reconocimiento del derecho

al subsidio por cuidado de menores afectados por cán-cer u otra enfermedad grave se iniciará mediante soli-citud de la persona trabajadora dirigida a la dirección provincial competente de la correspondiente entidad gestora de la provincia en que aquélla tenga su domi-cilio, o ante la mutua de accidentes de trabajo y enfer-medades profesionales que le corresponda.

Las solicitudes se formularán en los modelos aproba-dos a tal efecto por la correspondiente entidad gestora o mutua de accidentes de trabajo y enfermedades pro-fesionales y deberán contener los datos que establece el artículo 70 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Los re-feridos modelos de solicitud estarán a disposición de las personas interesadas en las entidades gestoras y las mutuas, así como en la página web de la Seguridad So-cial.

2. Con la solicitud deberán quedar acreditados los si-guientes datos o, en su caso, aportarse los documentos correspondientes:

a)Certificadodelaempresasobrelafechadeiniciodela reducción de jornada del trabajador prevista en el párrafo tercero del artículo 37.5 del Estatuto de los Trabajadores, con indicación del porcentaje en que haquedadofijadadichareduccióndejornada.

La personas trabajadoras por cuenta propia o autó-nomos y asimilados, o personas empleadas de ho-gar de carácter discontinuo, deberán presentar una declaración indicando expresamente el porcentaje de reducción de su actividad profesional, en relación con una jornada semanal de cuarenta horas.

Cuando se trate de personas integradas en el Régi-men Especial de la Seguridad Social de los Empleados deHogar,decarácterfijo,seaportarádeclaracióndelresponsable del hogar familiar sobre la reducción de jornada efectiva de la persona trabajadora.

b) Declaración del facultativo del Servicio Público de Salud u órgano administrativo sanitario de la Comu-nidad Autónoma correspondiente responsable de la asistencia médica del menor y, en su caso, del facul-tativo de los servicios médicos privados donde el menor hubiera sido atendido, que exprese la necesi-

dad del cuidado del mismo por encontrarse afectado por cáncer u otra enfermedad grave, que requiera ingreso hospitalario de larga duración y tratamiento médico continuado de la enfermedad.

c)Librodefamiliaocertificacióndelainscripcióndelhijo o hijos en el Registro Civil o, en su caso, re-solución judicial por la que se haya constituido la adopción, o la resolución judicial o administrativa por la que se haya concedido el acogimiento familiar preadoptivo o permanente o, en su caso, la tutela del menor.

d)Certificadodelaempresaenlaqueconstelacuantíade la base de cotización de la persona trabajadora por contingencias profesionales o, en su caso, por contingencias comunes, correspondiente al mes pre-vio a la fecha de inicio de la reducción de jornada y, en su caso, las cantidades de percepción no periódica abonadas durante el año anterior a dicha fecha.

En los casos de personas trabajadoras a tiempo par-cial,deberáreflejarselacuantíadelabasedecotiza-ción correspondiente a los tres meses anteriores a la reducción de jornada.

Asimismo, deberá constar expresamente en la decla-ración la cotización por realización de horas extraor-dinarias en el año anterior al inicio de la reducción de jornada.

e) Acreditación de la cotización con los recibos del abo-no de cuotas, si la persona solicitante del subsidio es la obligada a su ingreso, cuando sean necesarias para acreditar el periodo mínimo de cotización, a efectos de determinar la cuantía de la prestación o el requi-sito de estar al corriente en el pago de las cuotas.

f) En el caso de las personas trabajadoras encuadradas en el Régimen Especial de Trabajadores por cuenta propia o Autónomos, declaración de la situación de la actividad referida a la parte de jornada profesional que reduce el trabajador autónomo.

3. A la vista de los datos y de la documentación presen-tada y una vez comprobados todos los requisitos for-males, hechos y condiciones exigidos para acceder al subsidio, la correspondiente entidad gestora o la mutua dictaráresoluciónexpresaynotificaráenelplazodetreinta días, contados desde la recepción de la solicitud, el reconocimiento o denegación del derecho a la pres-tación económica.

4.Transcurridoelplazodetreintadíasaqueserefiereelapartadoanterior,sinquesehayadictadoynotificadoresolución expresa, la solicitud se entenderá desesti-mada, de conformidad con el apartado 2 de la disposi-ción adicional vigésima quinta del texto refundido de la

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dLey General de la Seguridad Social.

5. Las resoluciones, expresas o presuntas, dictadas por la entidad gestora o la mutua serán recurribles en la forma prevista en el artículo 71 del texto refundido de la Ley de Procedimiento Laboral, aprobado por Real Decreto legislativo 2/1995, de 7 de abril.

Disposición adicional única. Acreditación de la si-tuación protegida en las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla.Las referencias que en el presente real decreto se reali-zan al Servicio Público de Salud u órgano administrativo sanitario de la Comunidad Autónoma correspondiente, se entienden referidas, en las ciudades autónomas de CeutayMelilla,alInstitutoNacionaldeGestiónSanitaria.

Disposición transitoria única. Ingresos hospitala-rios producidos con anterioridad al año 2011.A efectos de resolver las solicitudes de la prestación por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave presentadas durante el año 2011, po-drá aceptarse la acreditación del ingreso hospitalario del menor, en los términos establecidos en el artículo 2.1 de este real decreto, que se hubiera producido con ante-rioridad a dicho año, siempre que en la fecha de la soli-citud no se hubiera dado de alta médica al menor desde el diagnóstico del cáncer o enfermedad grave. Todo ello con independencia de la fecha en que se hubiera diag-nosticado el cáncer u otra enfermedad grave. En ningún caso los efectos económicos podrán ser anteriores a 1 de enero de 2011.

Disposiciónfinalprimera.ModificacióndelRegla-mento general sobre cotización y liquidación de otros derechos de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 2064/1995, de 22 de diciem-bre.El artículo 66 del Reglamento general sobre cotización y liquidación de otros derechos de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 2064/1995, de 22 de di-ciembre, queda redactado de la siguiente manera:

«Artículo 66. Cotización en supuestos de reducción de jor-nada de trabajo con disminución proporcional de la retribu-ción.

Lo dispuesto en el artículo anterior, a excepción de sus apartados 3 y 6, será de aplicación a la cotización relativa a los trabajadores por cuenta ajena y asimilados que reduz-can su jornada de trabajo, con disminución proporcional de sus retribuciones, en virtud de lo dispuesto en el artículo 37 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajado-res.»

Disposiciónfinal segunda.ModificacióndelRealDecreto 1851/2009, de 4 de diciembre, por el que se desarrolla el artículo 161 bis de la Ley General de la Seguridad Social en cuanto a la anticipación de la jubilación de los trabajadores con discapa-cidad en grado igual o superior al 45 por ciento.Semodifica la letra f) del artículo 2 del RealDecreto1851/2009, de 4 de diciembre, por el que se desarro-lla el artículo 161 bis de la Ley General de la Seguridad Social en cuanto a la anticipación de la jubilación de los trabajadores con discapacidad en grado igual o superior al 45 por ciento, que queda redactado en los siguientes términos:

«f) Secuelas de polio o síndrome postpolio.»

Disposiciónfinal tercera.Actualizacióndel lista-do de enfermedades graves.El Ministro de Trabajo e Inmigración podrá acordar, mediante orden ministerial, la incorporación de nuevas enfermedades al listado de enfermedades consideradas gravesquefiguraenelanexodeesterealdecreto,cuan-do, previos los estudios e informes correspondientes, se trate de enfermedades graves que requieran el cuidado directo, continuo y permanente del menor por los pro-genitores, adoptantes o acogedores, durante su ingreso hospitalario, de larga duración, y tratamiento continuado de la enfermedad.

Disposiciónfinalcuarta.Títulocompetencial.Este real decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.17.ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de régimen económico de la Seguridad Social.

Disposiciónfinalquinta.Facultadesdeaplicacióny desarrollo.Se faculta al Ministro de Trabajo e Inmigración para dictar las disposiciones de carácter general necesarias para la aplicación y desarrollo de este real decreto.

Disposiciónfinalsexta.Entradaenvigoryefectos.El presente real decreto entrará en vigor el día prime-ro del mes siguiente al de su publicación en el «Boletín OficialdelEstado»,ytendráefectosapartirdeldía1deenero de 2011.

Dado en Madrid, el 29 de julio de 2011.JUANCARLOSR.

El Ministro de Trabajo e Inmigración,

VALERIANOGÓMEZSÁNCHEZ

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dANEXO

Listado de enfermedades graves

I. Oncología:1. Leucemia linfoblástica aguda.2. Leucemia aguda no linfoblástica.3. Linfoma no Hodgkin.4. Enfermedad de Hodgkin.5. TumoresdelSistemaNerviosoCentral.6. Retinoblastomas.7. Tumores renales.8. Tumores hepáticos.9. Tumores óseos.10. Sarcomas de tejidos blandos.11. Tumores de células germinales.12. Otras neoplasias graves.

II. Hematología:13. Aplasia medular grave (constitucional o adquirida).14.Neutropeniasconstitucionalesgraves.15. Hemoglobinopatías constitucionales graves.

III. Errores innatos del metabolismo:16. Desórdenes de aminoácidos (fenilcetonuria, tirosi-

nemia, enfermedad de la orina con olor a jarabe de arce, homocistinuria y otros desórdenes graves).

17. Desórdenes del ciclo de la urea (OTC).18. Desórdenes de los ácidos orgánicos.19. Desórdenes de carbohidratos (glucogenosis, ga-

lactosemia, intolerancia hereditaria a la fructosa y otros desórdenes graves).

20. Alteraciones glicosilación proteica.21. Enfermedades lisosomiales (mucopolisacaridosis,

oligosacaridosis, esfingolipidosis y otras enferme-dades graves).

22. Enfermedades de los peroxisomas (Síndrome de Zellweger, condrodisplasia punctata, adenoleuco-distrofialigadaaX,enfermedaddeRefsumyotrosdesórdenes graves).

23. Enfermedades mitocondriales: por defecto de oxi-dación de los ácidos grasos y de transporte de car-nitina, por alteración delDNAmitocondrial, pormutacióndelDNAnuclear.

IV. Alergia e inmunología:24. Alergias alimentarias graves sometidas a inducción

de tolerancia oral.25. Asma bronquial grave.26.Inmunodeficienciasprimariaspordefectodepro-

ducción de anticuerpos.27.Inmunodeficienciasprimariaspordefectodelinfo-

citos T.28.Inmunodeficienciaspordefectodefagocitos.29.Otrasinmunodeficiencias:

a. Síndrome de Wisccott-Aldrich.b.DefectosdereparacióndelADN(Ataxia-telan-

giectasia).c. Síndrome de Di George.d. Síndrome de HiperIgE.e. Síndrome de IPEX.f.Otrasinmunodeficienciasbiendefinidas.

30. Síndromes de disregulación inmune y linfoprolife-ración.

V. Psiquiatría:31. Trastornos de la conducta alimentaria.32. Trastorno de conducta grave.33. Trastorno depresivo mayor.34. Trastorno psicótico.35. Trastorno esquizoafectivo.

VI. Neurología:36.Malformaciones congénitas del SistemaNervioso

Central.37. Traumatismo craneoencefálico severo.38. Lesión medular severa.39. Epilepsias:

a. Síndrome de West.b. Síndrome de Dravet.c. Síndrome de Lennox-Gastaut.d. Epilepsia secundaria a malformación o lesión ce-

rebral.e. Síndrome de Rassmussen.f. Encefalopatías epilépticas.g. Epilepsia secundaria a enfermedades metabólicas.h.Otrasepilepsiasbiendefinidas.

40. Enfermedades autoinmunes:a. Esclerosis múltiple.b. Encefalomielitis aguda diseminada.c. Guillain-Barré.d. Polineuropatía crónica desmielinizante.e. Encefalitis límbica.f.Otrasenfermedadesautoinmunesbiendefinidas.41. Enfermedades neuromusculares:

a.Atrofiamuscularespinalinfantil.b. Enfermedad de Duchenne.c. Otras enfermedades neurosmusculares bien de-

finidas.42.InfeccionesyparasitosisdelSistemaNerviosoCen-

tral (meningitis, encefalitis, parásitos y otras infec-ciones).

43. Accidente cerebrovascular.44. Parálisis cerebral infantil.45.Narcolepsia-cataplejia.

VII. Cardiología:46. Cardiopatías congénitas con disfunción ventricular.47. Cardiopatías congénitas con hipertensión pulmo-

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48. Otras cardiopatías congénitas graves.49. Miocardiopatías con disfunción ventricular o arrit-

mias graves.50. Cardiopatías con disfunción cardiaca y clase funcio-

nal III-IV.51. Trasplante cardiaco.

VIII. Aparato respiratorio:52. Fibrosis quística.53.Neumopatíasintersticiales.54. Displasia broncopulmonar.55. Hipertensión pulmonar.56. Bronquiectasias.57. Enfermedades respiratorias de origen inmunológi-

co:a. Proteinosis alveolar.b. Hemosiderosis pulmonar.c. Sarcoidosis.d. Colagenopatías.

58. Trasplante de pulmón.59. Otras enfermedades respiratorias graves.

IX. Aparato digestivo:60. Resección intestinal amplia.61. Síndrome de dismotilidad intestinal grave (Pseudo-

obstrucción intestinal).62. Diarreas congénitas graves.63. Trasplante intestinal.64. Hepatopatía grave.65. Trasplante hepático.66. Otras enfermedades graves del aparato digestivo.

X. Nefrologia:67. Enfermedad renal crónica terminal en tratamiento

sustitutivo.68. Trasplante renal.69. Enfermedad renal crónica en el primer año de vida.70. Síndrome nefrótico del primer año de vida.71. Síndrome nefrótico corticorresistente y corticode-

pendiente.72. Tubulopatías de evolución grave.73. Síndrome de Bartter.74. Cistinosis.75. Acidosis tubular renal.76. Enfermedad de Dent.77. Síndrome de Lowe.78. Hipomagnesemia con hipercalciuria y nefrocalcino-

sis.79. Malformaciones nefrourológicas complejas.80. Síndromes polimalformativos con afectación renal.81. Vejiga neurógena.82. Defectos congénitos del tubo neural.83. Otras enfermedades nefrourológicas graves.

XI. Reumatología:84. Artritis idiopática juvenil (AIJ).85. Lupus eritematoso sistémico.86. Dermatomiositis juvenil.87. Enfermedad mixta del tejido conectivo.88. Esclerodermia sistémica.89. Enfermedades autoinflamatorias (Fiebre Medite-

rránea Familiar, Amiloidosis y otras enfermedades autoinflamatorasgraves).

90. Otras enfermedades reumatológicas graves.

XII. Cirugía:91. Cirugía de cabeza y cuello: hidrocefalia/válvulas de

derivación, mielomeningocele, craneoestenosis, la-bio y paladar hendido, reconstrucción de deformi-dades craneofaciales complejas, etc.

92. Cirugía del tórax: deformidades torácicas, hernia diafragmática congénita, malformaciones pulmona-res, etc.

93. Cirugía del aparato digestivo: atresia esofágica, ci-rugía antirreflujo, defectos de pared abdominal,malformaciones intestinales (atresia, vólvulo, du-plicaciones), obstrucción intestinal, enterocolitis necrotizante,cirugíadelaenfermedadinflamatoriaintestinal, fallo intestinal, Hirschprung, malforma-ciones anorrectales, atresia vías biliares, hiperten-sión portal, etc.

94. Cirugía nefro-urológica: malformaciones renales y de vías urinarias.

95. Cirugía del politraumatizado.96. Cirugía de las quemaduras graves.97. Cirugía de los gemelos siameses.98. Cirugía ortopédica: cirugía de las displasias esque-

léticas, escoliosis, displasia del desarrollo de la ca-dera, cirugía de la parálisis cerebral, enfermedades neuromuscularesyespinabífida,infeccionesesque-léticas y otras cirugías ortopédicas complejas.

99. Cirugía de otros trasplantes: válvulas cardíacas, tras-plantes óseos, trasplantes múltiples de diferentes aparatos, etc.

XIII. Cuidados paliativos:100. Cuidados paliativos en cualquier paciente en fase

finaldesuenfermedad.

XIV. Neonatología:101. Grandes prematuros, nacidos antes de las 32 se-

manas de gestación o con un peso inferior a 1.500 gramos y prematuros que requieran ingresos pro-longados por complicaciones secundarias a la pre-maturidad.

XV. Enfermedades infecciosas:

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d102. Infección por VIH.103. Tuberculosis.104.Neumoníascomplicadas.105. Osteomielitis y artritis sépticas.106. Endocarditis.107. Pielonefritis complicadas.108. Sepsis.

XVI. Endocrinología:109. Diabetes Mellitus tipo I.

Maternidad Paternidad