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Artículos regulados: semillas, plantas,
plántulas, esquejes de:
• Jitomate (Solanum lycopersicum)
• Chile (Capsicum sp.)
• Berenjena (Solanum melongena)
Establecimientos regulados:
• Invernaderos
• Campos
• Establecimientos para la producción de
material propagativo
Procedimientos regulatorios
1. Modificación de requisitos para la importación de semillas, plantas, plántulas y esquejes de
jitomate (Solanum lycopersicum), chile (Capsicum sp.) y berenjena (Solanum melongena).
2. Regulación de establecimientos de producción de material propagativo con microinjerto o
injerto de jitomate, chile y berenjena.
3. Aplicación de medidas voluntarias de bioseguridad en campo a cielo abierto e invernaderos.
4. Seguimiento y supervisión de la aplicación de las medidas previstas.
Acciones regulatorias
• Se modificaron 233 claves de combinación,
como se indica a continuación:
a) 34 claves de combinación de semillas de
berenjena;
b) 94 claves de combinación de tomate (1 de
plantas, 1 de plántulas y 92 de semillas);
c) 105 claves de combinación de chile (1 de
esquejes sin raíz, 1 de plantas, 2 de plántulas
y 101 de semillas).
Las cuales entraron en vigor el 31 de enero de
2019.
Importación de semillas con fines
experimentales y/o investigación: Se permitirá
el ingreso bajo un Acuerdo de Cumplimiento a
solicitud de parte.
1. Modificación de requisitos para la importación de semillas, plantas, plántulas y
esquejes de jitomate (Solanum lycopersicum), chile (Capsicum sp.) y berenjena
(Solanum melongena).
Se adicionaron los siguientes puntos:
• El certificado fitosanitario deberá especificar que el producto se encuentra libre de: Tomato brown
rugose fruit virus (ToBRFV);
• Toma de muestra y envío al Centro Nacional de Referencia Fitosanitaria (CNRF) o laboratorios
aprobados con protocolo transferido por el CNRF para diagnóstico de Tomato brown rugose fruit virus
(ToBRFV); diagnóstico con cargo al interesado para: Virología;
• El producto ingresará bajo el procedimiento de Guarda Custodia y Responsabilidad;
• La Guarda Custodia y Responsabilidad se liberará hasta la obtención de los diagnósticos negativos a
plagas cuarentenarias; mientras tanto la semilla no podrá ser comercializada o sembrada.
1. Modificación de requisitos para la importación de semillas, plantas, plántulas y
esquejes de jitomate (Solanum lycopersicum), chile (Capsicum sp.) y berenjena
(Solanum melongena).
Requisitos de los establecimientos de producción de material propagativo:
• Aviso de inicio de funcionamiento;
• Protocolos, manuales de procedimientos apropiados para la replicación y
producción de material vegetativo, propios de la empresa;
• Uso de semillas importadas que cumplan lo establecido en las claves de
combinación;
• Los establecimientos deberán contar con bitácoras, registros de muestreo y
diagnóstico; con resultados negativos al ToBRFV por nave de invernadero;
• Los lotes de producción deben estar etiquetados e identificados, las plantas no
deberán tocar el piso;
• Instalaciones e infraestructura con mecanismos de bioseguridad y
biocontención;
• Trazabilidad del origen y destino del material propagativo producido y
autorizado.
2. Regulación de establecimientos de producción de material propagativo con
microinjerto o injerto de jitomate, chile y berenjena.
Los productores que adquieran materiales de propagación para su
producción en invernaderos o campo a cielo abierto, tienen las siguientes
obligaciones:
• Informar al correo [email protected]; con copia al
Comité Estatal de Sanidad Vegetal el nombre del establecimiento
donde adquieren el material;
• Adquirir plantas/plántulas libres del ToBRFV, de empresas autorizadas
por SENASICA, las cuales se podrán consultar en el siguiente link:
https://www.gob.mx/senasica/documentos/directorio-fitosanitario-63375
• Envío de muestras a diagnóstico fitosanitario por nave de invernadero,
en caso de que estas resulten positivas deberá proceder a la
destrucción de las plantas;
• Permitir el acceso a personal técnico de la SADER, SENASICA o
Comité Estatal de Sanidad Vegetal para que realicen acciones de
vigilancia fitosanitaria, incluyendo el muestreo de plantas y sus frutos.
2. Regulación de establecimientos de producción de material propagativo
con microinjerto o injerto de jitomate, chile y berenjena.
1. Invernaderos:
• Se deberá realizar la limpieza estricta de las instalaciones;
• Restringir el acceso al personal ajeno a las actividades;
• Realizar el lavado y desinfección de manos, ropa, herramientas, equipos, materiales y/o
implementos agrícolas utilizados en las labores agrícolas; así como las cajas y/o bins utilizados
durante las actividades de cosecha;
• La herramienta de trabajo debe ser exclusiva para cada nave de invernadero;
• Realizar la solarización del terreno del invernadero.
3. Aplicación de medidas voluntarias de bioseguridad en campo a cielo
abierto e invernaderos.
3. Aplicación de medidas voluntarias de bioseguridad en campo a cielo abierto e
invernaderos.
2. Campo a cielo abierto:
• Realizar la limpieza y desinfección del sistema de tutoreo del cultivo;
• Realizar el lavado y desinfección de manos, ropa, herramientas, equipos, materiales y/o
implementos agrícolas utilizados en las labores agrícolas; así como las cajas y/o bins
utilizados durante las actividades de cosecha;
• La herramienta de trabajo debe ser exclusiva para cada campo de producción;
• Realizar la solarización del terreno del campo.
Personal técnico del Programa de Vigilancia Epidemiológica Fitosanitaria del Comité
Estatal de Sanidad Vegetal coadyuvará con el SENASICA en las visitas de seguimiento
y/o supervisión, para lo cual en cada visita a los sitios de producción se emitirá un
informe de visita de campo.
4. Seguimiento y supervisión de la aplicación de las medidas previstas
5. Requisitos
Diagnóstico negativo
Importación:
• Requisitos establecidos en las claves de combinación
Diagnóstico positivo
Rechazo, retorno o destrucción del embarque
Liberación del embarque
Producción de autoconsumo/maquila de plantas y/o plántulas
Uso de material libre del ToBRFV
Medidas profilácticas
Diagnósticos negativos
Autorización de empresas y movilización de material vegetativo
Producción en campo y/o invernadero
Uso de material libre del ToBRFV
Medidas profilácticas
Presenta informe a la DGSV y al CESV sobre la presencia/ausencia del ToBRFV
1
2
3
6. Toma de muestras
Importación de
semillas y/o
material
propagativo
Producción de
material
propagativo Producción en
campo y/o
invernadero0
5
10
15
20
25
Mayor intensidad de
muestreo y toma de
muestras
Menor intensidad de
muestreo y toma de
muestras
Toma de muestras, solo
en caso de síntomas
sospechosos
7. Movilización de plantas-plántulas de tomate, chile y berenjena
Usuario:
1. Aviso de inicio de funcionamiento2. Lotes de plantas3. Diagnósticos negativos4. Inicio de movilización5. Volumen estimado de plantas6. Cierre de movilización7. Especies y variedades8. Origen-destino del material
Envía email a DGSV a [email protected]
con copia al Comité Estatal de Sanidad Vegetal y al Representante
Estatal del SENASICA
DGSV:1. Recibe y acusa de recibido2. Analizar información3. Empresa-lote-diagnóstico4. Autoriza movilización
Cumple:La DGSV autoriza la
movilización
DGSV sube información a la página web SENASICA de consulta pública de Lista de instalaciones y procesos autorizados por
el SENASICA en el siguiente link:https://www.gob.mx/senasica/documentos/
directorio-fitosanitario-63375
Las empresas solicitan la autorización de la movilización a
la DGSV mediante correo, incluyendo:
1. Escrito (origen del material, destino del material, cantidad de plantes y número de lote)2. Dictámenes negativos
No cumple:
La DGSV notifica al
usuario
DGSV notifica por email al
usuario de la procedencia de
su solicitud; así como:
1. Saldos por lote
2. Origen-destino del
material
8. Movilización de plantas-plántulas de tomate, chile y berenjena
A diferentes estados
Empresa autorizada por DGSV
Diagnósticos negativos a
ToBRFV
Autorización de la DGSV
Dentro de municipios del mismo estado
Empresa autorizada por DGSV
Autorización de la DGSV
Dentro del
mismo
municipio
Empresa
autorizada
por DGSV
Datos de contacto del seguimiento del tema del virus rugoso del tomate
Tema Servidor público Extensión Correo electrónico
Diagnósticos fitosanitarios delCNRF y laboratorios aprobadoscon protocolo transferido
M.C. Gustavo Torres Martínez
51410 [email protected]
Resultados de diagnósticonegativos al ToBRFV y liberaciónde GCyR de embarquesimportadosImportación semillas bajo lamedida fitosanitaria “Acuerdo decumplimiento”
Ing. Yanell Domínguez Velázquez
51362 [email protected]
Resultados de diagnosticopositivos al ToBRFV de embarquesimportados
Ing. Israel Cueto Espinoza 51400 [email protected]
Seguimiento ToBRFV nacionalIng. Mayra Guadalupe Acal Miss
51436 [email protected]