14
“Un hombre sin estudios es un ser incompleto. La instrucción es la felicidad de la vida; y el ignorante que siempre está próximo a revolcarse en el lodo de la corrupción, se precipita luego infaliblemente en las tinieblas de la incertidumbre”. Simón Bolívar (Carta a su hermana María Antonia en relación con la educación de su sobrino, Fernando - 1825) Pedro Alberto Jedlicka Z. Los Medios de Prueba Concepto y Características Diferencia con fuente de la prueba Sistemas para la fijación de los medios de prueba Prueba libre Legalidad de los medios Sistema Mixto Pedro Alberto Jedlicka Material de Repaso Exclusivo para Alumnos Universidad Católica Andrés Bello Derechos Reservados Medios de Prueba Introducción Pedro Alberto Jedlicka Material de Repaso Exclusivo para Alumnos Universidad Católica Andrés Bello Derechos Reservados

Medios de Prueba - imeryurdaneta.com · Tipos de Medios de prueba Pedro Alberto Jedlicka Material de Repaso Exclusivo para Alumnos Universidad Católica Andrés Bello ... luego de

Embed Size (px)

Citation preview

“Un hombre sin estudios es un ser incompleto.

La instrucción es la felicidad de la vida; y el ignorante que siempre está próximo a revolcarse en el lodo de la corrupción, se precipita luego infaliblemente en las tinieblas de la incertidumbre”.

Simón Bolívar(Carta a su hermana María Antonia en relación con la educación de su

sobrino, Fernando - 1825)

Pedro Alberto Jedlicka Z.

Los Medios de PruebaConcepto y Características

Diferencia con fuente de la prueba

Sistemas para la fijación de los medios de prueba

Prueba libre Legalidad de los medios Sistema Mixto

Pedro Alberto JedlickaMaterial de RepasoExclusivo para Alumnos Universidad Católica Andrés Bello

Derechos Reservados

Medios de PruebaIntroducción

Pedro Alberto Jedlicka

Material de RepasoExclusivo para Alumnos Universidad Católica Andrés Bello

Derechos Reservados

Medios de PruebaIntroducción

✦ Fuente de la prueba:

✦ “Hechos percibidos por el Juez y que le sirven para la deducción del hecho que se va a probar”

✦ “Operaciones mentales de donde se obtiene la convicción judicial”

✦ Devis Echandía:

Fuente = De donde se obtiene la prueba

Pedro Alberto Jedlicka

Material de RepasoExclusivo para Alumnos Universidad Católica Andrés Bello

Derechos Reservados

Medios de PruebaIntroducción

✦ Fuente de la prueba:

✦ “Hechos percibidos por el Juez y que le sirven para la deducción del hecho que se va a probar”

✦ “Operaciones mentales de donde se obtiene la convicción judicial”

✦ Devis Echandía:

Fuente = De donde se obtiene la prueba

Personas

Cosas

Relaciones

Pedro Alberto Jedlicka

Material de RepasoExclusivo para Alumnos Universidad Católica Andrés Bello

Derechos Reservados

Medios de PruebaIntroducción

✦ “los hechos que sirven para la deducción del hecho que se ha de probar y que están constituidos por la representación de éste”.

✦ Fuente de la prueba (en sentido estricto):

Pedro Alberto Jedlicka

✦ Fuentes de presunción (Carnelutti): “Aquellos hechos que, si bien sirven para deducir el hecho que debe probarse, no están constituidos por la representación de éste”

Hernando Devis Echandía

Material de RepasoExclusivo para Alumnos Universidad Católica Andrés Bello

Derechos Reservados

Medios de PruebaIntroducción

Objeto: Es el hecho que se prueba

Fuente: Es el hecho que sirve para probar el objeto

Pedro Alberto Jedlicka

Material de RepasoExclusivo para Alumnos Universidad Católica Andrés Bello

Derechos Reservados

Medios de PruebaIntroducción

✦ En algunos casos se puede confundir con la prueba propiamente dicha o la fuente de la prueba ...

Pedro Alberto Jedlicka

Material de RepasoExclusivo para Alumnos Universidad Católica Andrés Bello

Derechos Reservados

Medios de PruebaIntroducción

✦ Unos medios de prueba son mecanismos para representar hechos que logren la convicción del Juez

✦ Otros medios se confunden con la prueba en sí misma.

Pedro Alberto Jedlicka

Material de RepasoExclusivo para Alumnos Universidad Católica Andrés Bello

Derechos Reservados

Hecho Principal

Medios de PruebaIntroducción

= Hecho Probatorio

Se emplea para demos-trar la afirmativa o negativa del hecho

principal

Su existencia oinexistencia se trata de probar

Hecho Principal Hecho ProbatorioFuente de Prueba Medio de prueba

Pedro Alberto Jedlicka

Material de RepasoExclusivo para Alumnos Universidad Católica Andrés Bello

Derechos Reservados

Medios de PruebaConcepto

Pedro Alberto Jedlicka

Material de RepasoExclusivo para Alumnos Universidad Católica Andrés Bello

Derechos Reservados

Medios de PruebaConcepto

Sentis Melendo:Instrumentos concedidos

por ley a los sujetos procesales para trasladar hechos al expediente y demostrar afirmaciones

de los litigantes

Carnelutti:Actividad del Juez

mediante la cual busca el hecho a probar. (¿inquisitivo?)

Fuente de prueba: hecho del cual se sirve para

deducir la propia verdad.

Representativas Deductivas

Actividades del Juez

Pedro Alberto Jedlicka

Material de RepasoExclusivo para Alumnos Universidad Católica Andrés Bello

Derechos Reservados

Pedro Alberto Jedlicka

Medios de PruebaConcepto

Sentis Melendo:Instrumentos concedidos

por ley a los sujetos procesales para trasladar hechos al expediente y demostrar afirmaciones

de los litigantes

Carnelutti:Actividad del Juez

mediante la cual busca el hecho a probar. (¿inquisitivo?)

Fuente de prueba: hecho del cual se sirve para

deducir la propia verdad.

Devis Echandía:Dos puntos de vista:

• Actividad del Juez o de las partes, que suministra al primero el conocimiento de los hechos y, por tanto, las fuentes de dónde se extraen motivos para lograr su convicción.

•Instrumentos u órganos que suministran al Juez ese conocimiento y esas fuentes de prueba. Material de Repaso

Exclusivo para Alumnos Universidad Católica Andrés BelloDerechos Reservados

Sistemas para la fijación de los Medios de prueba

Pedro Alberto Jedlicka

Material de RepasoExclusivo para Alumnos Universidad Católica Andrés Bello

Derechos Reservados

Medios de PruebaSistemas de Fijación de Medios de Prueba

Prueba Libre

Legalidad de los Medios

Sistema Mixto

Pedro Alberto Jedlicka

Material de RepasoExclusivo para Alumnos Universidad Católica Andrés Bello

Derechos Reservados

Medios de PruebaSistemas de Fijación de Medios de Prueba

Límites de la libertad de prueba

(Art. 398 CPC)

✤ Formalidades Procesales✤ Razones de Moralidad✤ Impertinencia del medio de

prueba✤ Ilegalidad del Medio de

Prueba✤ Utilidad del Medio de Prueba✤ ¿Inconducencia del Medio de

Prueba Libre?Pedro Alberto Jedlicka

Material de RepasoExclusivo para Alumnos Universidad Católica Andrés Bello

Derechos Reservados

Tipos de Medios de prueba

Pedro Alberto Jedlicka

Material de RepasoExclusivo para Alumnos Universidad Católica Andrés Bello

Derechos Reservados

Representativos

Medios de PruebaTipos

Pedro Alberto Jedlicka

Deductivos

Legales o Regulados

Libres

Personales

Documentales o instrumentales

Materiales

Material de RepasoExclusivo para Alumnos Universidad Católica Andrés Bello

Derechos Reservados

Medios de PruebaTipos

Tradicionales: Los Contemplados en el

Código Civil

Los Contemplados en el CPC

Aquellos diseminados por las leyes de la República,

distintas al CCV y al CPC

Los Medios Libres. (Aquellos capaces de trasladar hechos al

proceso y que no están contemplados en leyes)

Pedro Alberto Jedlicka

Material de RepasoExclusivo para Alumnos Universidad Católica Andrés Bello

Derechos Reservados

Pruebas Simples

Pedro Alberto Jedlicka

Material de RepasoExclusivo para Alumnos Universidad Católica Andrés Bello

Derechos Reservados

Las Pruebas Simples o Judiciales

Son las deben producirse y que de hecho se producen en el proceso, dentro de la fase de promoción y evacuación de pruebas.

No entran al proceso probando. Necesitan de un proceso de constitución para convertirse en pruebas.

Con ello se busca garantizar el derecho de control de la prueba (derecho de defensa)

PEDRO ALBERTO JEDLICKA

Material de RepasoExclusivo para Alumnos Universidad Católica Andrés Bello

Derechos Reservados

LAS PRUEBAS A FUTURO

PEDRO ALBERTO JEDLICKAUCAB

PRUEBAS A FUTURO:

๏ Diferencia con las pruebas simples.๏ Pruebas preconstituidas y pruebas anticipadas.๏ El Retardo Perjudicial: Noción, características, procedimiento.๏ Los Justificativos Para Perpetua Memoria: Noción. Características. Procedimiento.

Material de RepasoExclusivo para Alumnos Universidad Católica Andrés Bello

Derechos Reservados

Pruebas a futuro

Son evacuadas fuera del proceso.

Son incorporadas como pruebas al proceso y no como medios de prueba.

Por lo tanto, entran probando al proceso.

En principio, su valoración depende de la existencia de un temor fundado de que desapareciera la prueba. Ello justifica que se haya adelantado su evacuación.

PEDRO ALBERTO JEDLICKA

Material de RepasoExclusivo para Alumnos Universidad Católica Andrés Bello

Derechos Reservados

EL RETARDO PERJUDICIAL

NOCIÓN. CARACTERÍSTICAS. PROCEDIMIENTO.

PEDRO ALBERTO JEDLICKAUCAB

Material de RepasoExclusivo para Alumnos Universidad Católica Andrés Bello

Derechos Reservados

EL RETARDO PERJUDICIAL

• Art. 813 CPC.

• Es un juicio cuya única finalidad es obtener una prueba.

• No termina con una sentencia judicial que resuelva el conflicto de intereses provocado por la demanda y su contestación.

• Asegura la intervención de ambas partes. Ello garantiza el control y contradicción de la prueba.

¿Es un procedimiento gracioso, o hay contención?

PEDRO ALBERTO JEDLICKAUCAB

Material de RepasoExclusivo para Alumnos Universidad Católica Andrés Bello

Derechos Reservados

EL RETARDO PERJUDICIAL

• FORMALIDADES:

• Es una solicitud que debe cumplir con los extremos de una demanda (art. 340 CPC). (Art. 813 habla de la demanda por retardo perjudicial). Ver también Art. 815

• Debe alegarse un temor fundado de que el hecho desaparezca. Este temor fundado debe estar acreditado con un justificativo (otra prueba anticipada). (Art. 814 CPC).

• Se admite mediante un típico auto de admisión de una demanda.

• Se ordena la citación de la contraparte (personal, correo y carteles)

• El Juez competente es el de Primera Instancia del domicilio del demandado o el Juez que será competente para el juicio donde se propondrá la prueba. Art 818 CPC.

PEDRO ALBERTO JEDLICKAUCAB

Material de RepasoExclusivo para Alumnos Universidad Católica Andrés Bello

Derechos Reservados

EL RETARDO PERJUDICIAL

• FORMALIDADES:

• Es una solicitud que debe cumplir con los extremos de una demanda (art. 340 CPC). (Art. 813 habla de la demanda por retardo perjudicial). Ver también Art. 815

• Debe alegarse un temor fundado de que el hecho desaparezca. Este temor fundado debe estar acreditado con un justificativo (otra prueba anticipada). (Art. 814 CPC).

• Se admite mediante un típico auto de admisión de una demanda.

• Se ordena la citación de la contraparte (personal, correo y carteles)

• El Juez competente es el de Primera Instancia del domicilio del demandado o el Juez que será competente para el juicio donde se propondrá la prueba. Art 818 CPC.

¿Es posible ejercer recurso de apelación?

Art. 817 CPC

PEDRO ALBERTO JEDLICKAUCAB

Material de RepasoExclusivo para Alumnos Universidad Católica Andrés Bello

Derechos Reservados

EL RETARDO PERJUDICIAL

PRUEBAS QUE PUEDEN EVACUARSE EN EL RETARDO:

Todos los medios de prueba, salvo las posiciones juradas (confesión).

PEDRO ALBERTO JEDLICKAUCAB

Material de RepasoExclusivo para Alumnos Universidad Católica Andrés Bello

Derechos Reservados

¿Qué sucede si después de iniciado el proceso de retardo, cesa el temor fundado?

EL RETARDO PERJUDICIAL

PEDRO ALBERTO JEDLICKAUCAB

Material de RepasoExclusivo para Alumnos Universidad Católica Andrés Bello

Derechos Reservados

¿Y si se produce la prueba en el retardo y los hechos o circunstancias nunca desaparecen?

¿Tiene valor o hay que evacuar nuevamente la prueba en el proceso?

EL RETARDO PERJUDICIAL

PEDRO ALBERTO JEDLICKAUCAB

Material de RepasoExclusivo para Alumnos Universidad Católica Andrés Bello

Derechos Reservados

PROCESOPROMOCIÓN DE PRUEBAS

ACTOR

DEMANDADO

Retardo

Retardo

PEDRO ALBERTO JEDLICKAUCAB

Material de RepasoExclusivo para Alumnos Universidad Católica Andrés Bello

Derechos Reservados

JUSTIFICATIVOS PARA PERPETUA MEMORIA

NOCIÓN. CARACTERÍSTICAS.

PEDRO ALBERTO JEDLICKAUCAB

Material de RepasoExclusivo para Alumnos Universidad Católica Andrés Bello

Derechos Reservados

JUSTIFICATIVOS PARA PERPETUA MEMORIA

HECHOS

DERECHOS

Justificativos detestigos

Inspección judicialextra-litem

Títulos Supletorios

PEDRO ALBERTO JEDLICKAUCAB

Material de RepasoExclusivo para Alumnos Universidad Católica Andrés Bello

Derechos Reservados

JUSTIFICATIVOS PARA PERPETUA MEMORIA

•Son diligencias probatorias instruidas judicialmente fuera del juicio en el cual van a entrar a probar.

•No tienen el mismo valor probatorio que el retardo, aunque también entran probando al proceso y, en algunos casos, hay que ratificarlos en el juicio que se quieran hacer valer.

•Tienen un valor indiciario, ya que no existe control de la otra parte.

•Justificativos de testigos (Art. 936 CPC / 505 CCV)•Inspecciones Judiciales Extralitem (938 CPC / 1428 y ss. CCV)

PEDRO ALBERTO JEDLICKAUCAB

Material de RepasoExclusivo para Alumnos Universidad Católica Andrés Bello

Derechos Reservados

JUSTIFICATIVOS PARA PERPETUA MEMORIA

•Permiten establecer hechos y, en el caso de los títulos supletorios, es posible establecer derechos.

•Se trata de procedimientos de jurisdicción voluntaria o graciosa y no existe control de parte. No se produce citación ni se produce intervención de ninguna otra parte.

•Autoridad competente: Cualquier Juez Civil / Notario Público

•Justificativos de testigos (Art. 936 CPC / 505 CCV)•Inspecciones Judiciales Extralitem (938 CPC / 1428 y ss. CCV)

PEDRO ALBERTO JEDLICKAUCAB

Material de RepasoExclusivo para Alumnos Universidad Católica Andrés Bello

Derechos Reservados

JUSTIFICATIVOS PARA PERPETUA MEMORIA

•Títulos Supletorios (Art. 937 CPC)

•Son diligencias donde se instruyen pruebas.

•A diferencia de los anteriores, en estos justificativos el Tribunal dicta un pronunciamiento en el cual, luego de evaluar las pruebas evacuadas, determina la existencia de un derecho en favor del solicitante (la jurisprudencia se refiere exclusivamente al derecho de posesión. Las pruebas constituyen título suficiente que acreditan la existencia del derecho de posesión).

PEDRO ALBERTO JEDLICKAUCAB

Material de RepasoExclusivo para Alumnos Universidad Católica Andrés Bello

Derechos Reservados

JUSTIFICATIVOS PARA PERPETUA MEMORIA

•Títulos Supletorios (Art. 937 CPC)

•Cabrera sostiene que los títulos supletorios no tienen que ser ratificados en juicio. Sin embargo, la jurisprudencia ha sostenido que sí deben ser ratificados.

•Es un procedimiento voluntario o gracioso. No hay contención.

•Tribunal competente: Tribunal de Primera Instancia del lugar donde se encuentren los bienes de que se trate.

PEDRO ALBERTO JEDLICKAUCAB

Material de RepasoExclusivo para Alumnos Universidad Católica Andrés Bello

Derechos Reservados

LAS PRUEBAS A FUTURO

PEDRO ALBERTO JEDLICKAUCAB

PRUEBAS A FUTURO:

๏ Diferencia con las pruebas simples.๏ Pruebas preconstituidas y pruebas anticipadas.๏ El Retardo Perjudicial: Noción, características, procedimiento.๏ Los Justificativos Para Perpetua Memoria: Noción. Características. Procedimiento.

Material de RepasoExclusivo para Alumnos Universidad Católica Andrés Bello

Derechos Reservados

Pruebas a Futuro

Pedro Alberto Jedlicka

PRUEBAS PRECONSTITUIDAS Y PRUEBAS ANTICIPADAS.

Material de RepasoExclusivo para Alumnos Universidad Católica Andrés Bello

Derechos Reservados

Las pruebas a futuro

• PRUEBAS PRECONSTITUIDAS:

• No está sometida al control de la contraparte.

• El proceso de constitución generalmente viene dado por ley.

• Se presumen erga omnes y su valor probatorio es intrínseco y viene dado por ley.

• Ejemplo: Documento Público.

• Casos interesantes: Traslado de pruebas - Pruebas evacuadas en procesos perimidos

• PRUEBAS ANTICIPADAS:

• Se obtienen por procedimientos especiales regulados en la ley.

• Tienen por fin obtener una prueba fuera del proceso.

• Buscan evitar que las pruebas desaparezcan.

• Es el caso del Retardo Perjudicial y los Justificativos para Perpetua Memoria.

PEDRO ALBERTO JEDLICKA

Material de RepasoExclusivo para Alumnos Universidad Católica Andrés Bello

Derechos Reservados

Los Medios de PruebaConcepto y Características

Diferencia con fuente de la prueba

Sistemas para la fijación de los medios de prueba

Prueba libre Legalidad de los medios Sistema Mixto

Pedro Alberto Jedlicka

Material de Repaso para

Alumnos de la

Universidad Católica

Andrés Bello

Material de RepasoExclusivo para Alumnos Universidad Católica Andrés Bello

Derechos Reservados