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Memoria de Actividades 2010 Consejo Económico y Social de La Rioja

Memorias de Actividades 2011

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Consejo Económico y Social de La Rioja

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Memoria de Actividades 2010

Consejo Económicoy Social de La Rioja

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CES de La RiojaMemoria de Actividades 2010

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Índice

Pág. 4 PresentaciónPág. 6 Información sobre el Consejo Pág. 21 Dictámenes del Consejo Económico y Social de La Rioja Pág. 24 Sesiones celebradas por los órganos del Consejo Pág. 31 Encuentros y jornadas del Consejo Pág. 38 Gestión de recursos personales y materiales

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Presentación

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La actividad del Consejo Económico y Social de La Rioja se ha visto afectada por la manifiesta crisis económica internacional, y su reflejo en la actividad nacional y regional. Emitimos once dictáme-nes, procedentes fundamentalmente de las Consejerías de Educación y Empleo.

Nuestra Memoria Socioeconómica referida a 2009 reflejaba la incidencia en nuestra Comuni-dad de esa crisis, originariamente económica, pero con efectos también sociales.

También nuestro Presupuesto reflejó la contención en gastos, reduciendo considerablemente algunos capítulos. Una de las consecuencias fue la ausencia de promoción de actividades propias.En cuanto a nuestro funcionamiento interno, se produjo con absoluta normalidad y no hay nada que reseñar especialmente.

Luís Fernando Ruiz RivasPresidente

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Información sobre el Consejo

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Regulación del Consejo

El Consejo Económico y Social de La Rioja se crea por Ley 3/1989, de 23 de junio, que se modifica posteriormente por la Ley 3/1994, de 24 de mayo, siendo su última regulación la establecida en la Ley 6/1997, de 18 de julio. Esta última consigue el inicio de la actividad de esta Institución, dotándole de la estabilidad institucional necesaria a través de dos elementos fundamentales: su origen consensuado y la mayor representatividad de los diferentes sectores sociales en el Consejo, no sólo por el aumento del número de sus miembros sino, también, por la inclusión de la Universidad de La Rioja.

Además, se refuerza el principio de autonomía al disminuir el número de miembros que actuarán en representación del Gobierno Regional, que, únicamente, designará a dos de los veintidós miembros del Consejo.

En el año 2005, se aprueba la Ley 10/2005, de 30 de septiembre, por la que se modifica parcialmente la Ley 6/1997, de 18 de julio, reguladora del Consejo Económico y Social de La Rioja, en aras a adaptar la figura del Secretario al funcionamiento de la Institución.

Naturaleza

El Consejo Económico y Social de La Rioja es un Organismo de carácter consultivo de la Comunidad Autónoma de La Rioja en materias socio-económicas y laborales, que se configura como un Ente de Derecho Público con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines. El Consejo Económico y Social de La Rioja lleva a cabo sus actuaciones con total autonomía orgánica y funcional de los restantes órganos e instituciones de la Comunidad Autónoma de La Rioja. El Consejo Económico y Social de La Rioja está adscrito a la Consejería correspondiente por razón de la materia según determine el Gobierno de la Comunidad Autónoma de La Rioja. El Consejo Económico y Social de La Rioja se rige por lo establecido en la Ley 6/1997, de 18 de julio, reguladora del mismo, por su Reglamento de Organización y Funcionamiento y demás disposiciones de inferior rango que para su desarrollo y régimen interno dicte el propio Consejo.

Funciones

De acuerdo con su Ley reguladora, son funciones del Consejo Económico y Social de La Rioja las siguientes:

1.- Emitir dictamen preceptivo no vinculante y previo a su aprobación sobre: a) Anteproyectos de Ley, así como Proyectos de Decreto y Planes Generales del Gobierno de La Rioja en materias socio-económicas y laborales, a excepción de la Ley

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de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja. En el caso de Decretos Legislativos, sólo procederá el dictamen del Consejo Económico y Social, cuando así lo establezca la Ley Delegante y con los límites que la misma determine. b) Anteproyectos de Ley o Proyectos de disposiciones administrativas, que afecten a la organización, competencias y funcionamiento del Consejo Económico y Social. c) Separación del Presidente del Consejo Económico y Social. d) Cualquier otro asunto que, por precepto expreso de una Ley, haya que consultar al Consejo.

2.- Emitir dictamen con carácter facultativo, en los asuntos que se sometan a consulta del mismo por el Gobierno de La Rioja. 3.- Elaborar, a solicitud del Gobierno o de sus miembros o por propia iniciativa, estudios, informes o propuestas, en el marco de los intereses económicos y sociales que le son propios a los sindicatos de trabajadores y a las asociaciones empresariales. 4.- Regular el régimen de organización y funcionamiento interno del Consejo, de acuerdo con lo pre-visto en la Ley 6/1997, de 18 de julio. 5.- Elaborar y elevar anualmente al Gobierno, dentro de los tres primeros meses del año, una memoria en la que se expongan sus consideraciones sobre la situación socio-económica y laboral de la Comuni-dad Autónoma de La Rioja. 6.- Servir de cauce de participación y de diálogo de los interlocutores sociales, en el debate de asuntos económicos, sociales y laborales. 7.- Designar y constituir comisiones que analicen coyunturas sectoriales del tejido económico regional.

Composición

1.- El Consejo Económico y Social de La Rioja está integrado por veintidós miembros, con la siguiente distribución:

a) El Presidente, que será designado por el Gobierno de La Rioja, previa consulta a los componentes del Consejo Económico y Social. En todo caso, deberá contar con el apoyo de, al menos, los dos tercios de los miembros del Consejo. b) Grupo primero. Siete Consejeros designados por las organizaciones sindicales más representativas, en proporción a su representatividad, de acuerdo con lo dispueto en los artículos 6.2 y 7.1 de la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto (RCL 1985\1980 y ApNDL 13091).

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c) Grupo segundo. Siete Consejeros designados por las organizaciones empresariales, en proporción a su representatividad, con arreglo a lo dispuesto en la Disposición Adicional Sexta del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (RCL 1995\997).

d) Grupo tercero. Siete Consejeros designados de la siguiente forma: Dos por el Gobierno de La Rioja en su representación. Tres, uno por cada una de las Organizaciones Agrarias más representativas, que ostenten representación institucional ante las Administracioes Públicas e integradas en otras de ámbito estatal. Uno por la Universidad de La Rioja en su representación. Y uno por la Cámara Oficial de Comercio e Industria de La Rioja.

2.- Cada representante tendrá un voto y en el ejercicio de las funciones que le correspondan actuará con plena autonomía e independencia.

3.- El Secretario del Consejo, que tendrá la consideración de personal directivo al servicio del mismo, asistirá, con voz pero sin voto, a los órganos unipersonales y colegiados del Consejo.

Los miembros del Consejo, designados de acuerdo con lo previsto en la presente Ley, serán nombrados por Decreto del Consejo de Gobierno.

El mandato de los miembros del Consejo será de cuatro años, sin perjuicio de posteriores renovaciones. Tal plazo comenzará a computarse desde el día siguiente al de la publicación en el “Boletín Oficial de La Rioja” del nombramiento de los mismos. Transcurrido dicho plazo se procederá a la renovación total del Consejo.

Órganos

Son órganos colegiados del Consejo Económico y Social:1. El Pleno.2. La Comisión Permanente.3. Las Comisiones.

Son órganos unipersonales del Consejo Económico y Social:1. El Presidente.2. El Secretario.

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Órganos colegiados

1. -El Pleno

El Pleno es el órgano supremo de decisión y formación de la voluntad del Consejo y está integrado por todos los miembros del mismo bajo la dirección de su Presidente y asistido por el Secretario.El Pleno se reunirá en sesión ordinaria cada dos meses y en sesión extraordinaria podrá reunirse a iniciativa del Presidente; por acuerdo de la Comisión Permanente y cuando así lo soliciten la mayoría absoluta de sus miembros, por medio de escrito dirigido al Presidente en el que, además de las firmas de los solicitantes, se expondrán los motivos que justifiquen la convocatoria extraordinaria y la expresión de los asuntos a tratar.

Las competencias del Pleno son las siguientes:

a) Establecer las líneas generales de actuación del Consejo.

b) Ratificar el nombramiento del Presidente del Consejo propuesto por el Gobierno de La Rioja con el voto favorable de, al menos, los dos tercios de los miembros del Consejo.

c) Separar al Presidente del Consejo Económico y Social con el voto favorable de los dos tercios de los miembros del Consejo.

d) Elegir, nombrar y separar al Secretario del Consejo Económico y Social, con el voto favorable de los dos tercios de los miembros del Consejo.

e) Elaborar y aprobar su Reglamento y demás normas de funcionamiento interno.

f ) Establecer las Comisiones de carácter fijo o para cuestiones concretas que estime convenientes, decidiendo sobre el número composición y modo de actuación de las mismas. El Presidente, asesorado por la Comisión Permanente, velará para que en las Comisiones estén representadas todas las Organizaciones del Consejo.

g) Elaborar, debatir y aprobar dictámenes, informes, propuestas o resoluciones.

h) Elaborar y aprobar el Anteproyecto de Presupuestos del Consejo, así como sus posibles modificaciones que serán en todo caso remitidas al Consejo de Gobierno para su integración en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma.

i) Aprobar la memoria anual de actividades.

j) Elegir y cesar a los Vicepresidentes.

k) Aprobar el régimen económico interior del Consejo.

l) Aprobar la plantilla del Consejo Económico y Social, que se incluirá en el Anteproyec-

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to del Presupuesto. m) Declarar el incumplimiento de los deberes y obligaciones de cualquiera de los miembros del Consejo.

n) Cualesquiera otras que no estén legal o reglamentariamente conferidas a los demás Órganos del mismo.

Composición del Pleno

PRESIDENTELuís Fernando Ruiz Rivas

VICEPRESIDENTESLuís María González JaúreguiEmilio Abel de la Cruz Ugarte

SECRETARIODavid Ruiz Bacaicoa

GRUPO PRIMEROEnrique Raposo Gil (UGT)Luís María González Jaúregui (CCOO) Nieves Torres Escudero (UGT) Ana María Terrazas Peso (CCOO)Ana Cruz Llach Sáenz (UGT)Jesús Rodríguez Rubio (CCOO)Jesús del Rincón Ruiz (UGT)

GRUPO SEGUNDOEmilio Abel de la Cruz (FER)Eduardo Fernández Santolaya (FER) Rocío Bazán Iñiguez (FER)David Ruiz Bacaicoa (FER)Víctor Pascual Artacho (FER)Miguel Ángel Alvero Ruiz (FER)Jaime García Calzada (FER)

GRUPO TERCEROJosé Ángel Alegría Hernáez (ARAG-ASAJA)Tomás Latasa Asso (UPA-UGT)(*) Juan José López Sorrosal (CÁMARA DE COMERCIO)Isabel Martínez Navas (UR)Neftalí Paracuellos Llanos (CAR)

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Miguel Soria Sáinz (CAR)Ángel Palacios Múzquiz (UAGR)

(*) Por Decreto 33/2010, de 28 de mayo, cesa como representante de la Cámara Oficial de Comercio e Industria de La Rioja Dña. Alicia Rojas Gil, siendo nombrado por Decreto 34/2010, de 28 de mayo, D. Juan José López Sorrosal en sustitución de la misma.

2. La Comisión Permanente

La Comisión Permanente está compuesta por el Presidente y seis vocales, que pertenecerán dos a cada uno de los dos primeros grupos de miembros del Consejo a que se refiere el artículo 6 del Reglamento y otros dos que pertenecerán al grupo tercero, uno de los cuales corresponderá a los designados por el Gobierno.

Actuará de Secretario el que lo sea del Consejo con voz pero sin voto.

La Comisión Permanente será convocada por el Presidente a iniciativa propia o a petición de, al menos, dos miembros de la Comisión Permanente o de siete Consejeros, con una antelación mínima de tres días, salvo casos en que se aplique el procedimiento de urgencia, con indicación del orden del día.Corresponden a la Comisión Permanente las siguientes funciones:

a) Velar por el cumplimiento de los acuerdos del Pleno del Consejo.

b) Colaborar con el Presidente en la dirección y la actuación del Consejo.

c) Proponer, en su caso, la fecha y el orden del día de las sesiones del Pleno.

d) Distribuir los trabajos entre las Comisiones.

e) Elaborar y aprobar las directrices del Anteproyecto del Presupuesto Anual del Consejo y someterlo al Pleno para su aprobación.

f ) Establecer las bases de adscripción o contratación del personal del Consejo Económico y Social.

g) Supervisar las actividades del Consejo, fijar su calendario y coordinar los trabajos de los distintos Órganos y Comisiones del mismo.

h) Decidir la contratación de consultas o dictámenes externos a iniciativa propia, a propuesta del Presidente, de las Comisiones de Trabajo o al menos de siete Consejeros.

i) Autorizar los gastos por importe superior a doce mil veinte con veinticuatro euros.

j) Solicitar la convocatoria extraordinaria de sesiones del Pleno.

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k) Regular el ejercicio del derecho de los miembros del Consejo para ser asistidos por personas peritas en la materia de que se trate.

l) Cuantas otras funciones le sean otorgadas por Ley, por su Reglamento y aquéllas que siendo propias del Pleno, le sean delegadas por acuerdo del mismo.

Composición de la Comisión Permanente

PresidenteLuís Fernando Ruiz Rivas

SecretarioDavid Ruiz Bacaicoa

Grupo PrimeroEnrique Raposo GilLuís María González Jaúregui

Grupo SegundoRocío Bazán Iñiguez Emilio Abel de la Cruz Ugarte

Grupo TerceroMiguel Soria SáinzJosé Ángel Alegría Hernáez

3. -Las Comisiones

Para el desarrollo de las funciones del Consejo se crearán las Comisiones precisas, que podrán tener carácter fijo o temporal.

Tendrán la consideración de fijas, las siguientes Comisiones: a) Empleo y Relaciones Laborales.

b) Promoción, Economía, Desarrollo Regional, Agricultura, Infraestructuras, Transporte y Medio Ambiente. c) Salud, Educación, Cultura e Integración Social. d) Las que con este carácter acuerde el Pleno.

Podrán constituirse por acuerdo del Pleno Comisiones temporales o específicas para cualquier materia u objetivo concreto. Estas Comisiones quedarán extinguidas una vez concluido su trabajo.

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Composición de las Comisiones de Trabajo

Comisión de Trabajo de Empleo y Relaciones Laborales

Grupo PrimeroLuís María González JaúreguiNieves Torres Escudero

Grupo SegundoMiguel Ángel Alvero RuizJaime García Calzada

Grupo TerceroÁngel Palacios MúzquizJosé Ángel Alegría Hernáez

Comisión de Trabajo de Promoción, Economía, Desarrollo Regional, Agricultura, Infraes-tructuras, Transporte y Medio Ambiente

Grupo PrimeroEnrique Raposo GilJesús Rodríguez Rubio

Grupo SegundoDavid Ruiz BacaicoaVíctor Pascual Artacho

Grupo TerceroNeftalí Paracuellos LlanosJuan José López Sorrosal

Comisión de Trabajo de Salud, Educación, Cultura e Integración Social

Grupo PrimeroAna Cruz Llach SáenzAna María Terrazas Peso

Grupo SegundoRocío Bazán IñiguezEmilio Abel de la Cruz Ugarte

Grupo TerceroIsabel Martínez NavasTomás Latasa Asso

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Órganos unipersonales

1. -El Presidente

El Presidente del Consejo es el órgano unipersonal de dirección y representación del Consejo. Su designa-ción y cese se producirán en la forma señalada en los artículos 7 y 10.g) del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo.

Son facultades del Presidente:

a) Ostentar la representación del Consejo Económico y Social.

b) Dirigir y planificar sus actuaciones.

c) Formular el orden del día, convocar y presidir las sesiones del Pleno y de la Comisión Permanente.

d) Abrir, suspender y levantar las sesiones del Pleno y de la Comisión Permanente, diri- gir sus debates, concediendo o retirando la palabra, sometiendo a votación los asuntos objeto del debate y velando por el formal mantenimiento del orden y la observancia del Reglamento.

e) Visar las Actas del Pleno, ordenar la publicación de los acuerdos y disponer lo necesa- rio para su cumplimiento.

f ) Dictar las directrices generales para el funcionamiento interno y velar en todo tiempo por el buen desarrollo del Consejo.

g) Remitir los dictámenes, informes, estudios y propuestas al Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma y a sus Consejeros.

h) Dirimir los empates que se produzcan con su voto de calidad.

i) Solicitar en nombre del Consejo a cualquier Organismo, Institución, Autoridad, Enti- dad o particular, la colaboración que juzgue oportuna para el cumplimiento de los fines del Consejo.

j) Solicitar del órgano demandante, previa consulta a la Comisión Permanente, la am- pliación del plazo establecido en la petición de Dictamen o Informe.

k) Ejercer las facultades que le correspondan como órgano de gestión, debiendo contar con la aprobación de la Comisión Permanente en aquellos gastos que excedan de doce mil veinte con veinticuatro euros.

l) Informar al Pleno, al término de cada ejercicio, de la gestión presupuestaria.

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m) Cumplir y hacer cumplir el Reglamento proponiendo al Pleno su interpretación en los casos de duda o de omisión legislativa.

n) Hacer ejecutar los acuerdos del Pleno y de la Comisión Permanente.

ñ) Cualesquiera otras que le otorgue la Ley constitutiva o el Reglamento, le sean propias por su condición de Presidente o asuma por delegación.

Ausencia del Presidente

El Consejo Económico y Social tendrá dos Vicepresidentes, que serán miembros respectivamente de los dos primeros grupos de los señalados en el artículo 6 del Reglamento de Organización y Funcionamiento.

El Presidente será sustituido por uno de los Vicepresidentes en caso de ausencia, enfermedad o cualquier otra causa justificada.

La sustitución se producirá de forma rotativa, correspondiendo el primer semestre del año al Vicepresidente designado por el grupo primero y el segundo semestre al designado por el grupo segundo.

2. -El Secretario

El Secretario es el órgano de asistencia técnica y administrativa del Presidente y de los órganos colegiados del Consejo Económico y Social y el depositario de la fe pública de los acuerdos del mismo.

La elección del Secretario, así como su separación, se llevará a cabo por los miembros del Consejo Econo-mico y Social a propuesta del Presidente. En todo caso, deberá contar con el voto favorable de, al menos, los dos tercios de los mismos. Elegido el Secretario, su nombramiento se efectuará por el Pleno del Conse-jo. De la elección y nombramiento así como de la separación del Secretario se dará cuenta al Gobierno de La Rioja mediante comunicación del Presidente del Consejo Económico y Social.

Son funciones del Secretario:

a) Dirigir y coordinar, bajo las directrices del Presidente, los servicios administrativos y técnicos contables y económicos del Consejo.

b) Asistir al Presidente y al Pleno.

c) Asistir con voz pero sin voto a las sesiones de la Comisión Permanente.

d) Redactar las actas de las sesiones del Pleno y de la Comisión Permanente y autori- zarlas con su firma y el visto bueno del Presidente.

e) Expedir certificaciones del contenido de las actas.

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f ) Ejercer la jefatura del personal al servicio del Consejo.

g) Ser depositario de los fondos del Consejo, formular las propuestas de gasto y librar los pagos autorizados.

h) Custodiar y ordenar la documentación del Consejo.

i) Preparar el Anteproyecto de presupuesto y la memoria anual de actividades.

j) Cuantas otras le otorgue la Ley Constitutiva, el Reglamento de Organización y Funcionamiento o sean inherentes a su condición de Secretario.

Funcionamiento del Consejo

Corresponde al Consejo Económico y Social, emitir dictámenes e informes, elaborar estudios y efectuar propuestas sobre materias que conciernen a la competencia del mismo, a iniciativa propia, a requeri-miento de los Órganos e Instituciones de la Comunidad Autónoma de La Rioja legítimas para ello y por imperativo legal.

Tendrán la consideración de Informes del Consejo Económico y Social los acuerdos que se refieran a hechos; Dictámenes del Consejo Económico y Social, los que contengan valoraciones o recomendacio-nes jurídicas, económicas o sociales sobre las materias recogidas en el artículo 3.1.1 y 3.1.2 de la Ley 6/1997, de 18 de julio; y Estudios, aquellos análisis generales que, sin vincularse a la tramitación de una normativa específica, realice el Consejo Económico y Social en el marco de los intereses económicos y sociales que resulten propios a las organizaciones integradas en su seno.

Se considerarán Propuestas aquellas sugerencias concretas que el Consejo Económico y Social pueda realizar al Gobierno de La Rioja y al resto de las Administraciones Públicas, susceptibles de producir una iniciativa legislativa, una determinada política pública o una actuación de hecho de carácter espe-cífico.

Procedimiento para la emisión de dictámenes

Toda solicitud de dictamen deberá indicar el plazo en que debe ser emitido que en ningún caso podrá ser inferior a 30 días, salvo supuestos de urgencia en que el plazo no podrá ser superior a 10 días.

Una vez recibida la correspondiente solicitud, será remitida por el Presidente a la Comisión Permanente, quien ordenará su distribución a la Comisión que corresponda, para la elaboración del proyecto de dicta-men.

Si la Comisión Permanente estimara que la solicitud no reúne la documentación exigida, o que su con-tenido no alcanza el nivel preciso para posibilitar un pronunciamiento del Consejo, podrá devolverlo al Gobierno indicando un plazo para la subsanación.

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La Comisión deberá elaborar el proyecto de dictamen en el plazo de 10 días, salvo que por causa justificada sea preciso un plazo superior.

El proyecto será remitido a todos los miembros del Pleno con una antelación mínima de ocho días a la celebración de la sesión, para proceder, si lo estimaran oportuno, a formular individual o colectivamente, las enmiendas que consideren convenientes que deberán presentarse por escrito y firmadas, al menos con tres días de antelación al Pleno en cuyo orden del día deban tratarse. En la reunión plenaria serán debatidas las enmiendas formuladas, comenzando por las de totalidad, some-tiéndose a votación cada una de ellas.

En su caso, podrá acordarse el reenvío del asunto a la Comisión para que proceda a su reelaboración en el plazo que se le marque.

Aprobado el dictamen por el Pleno, los miembros discrepantes y que hayan manifestado en el Pleno ex-presamente su intención de hacerlo, tendrán un plazo máximo de 48 horas para formular por escrito votos particulares.

El dictamen se documentará con incorporación de los votos particulares formulados en forma reglamen-taria.Emitido el dictamen, se dará traslado del mismo al solicitante. El Consejo, a través de su Presidente, podrá solicitar información complementaria sobre los asuntos que le sean sometidos a consulta, siempre que dicha información sea necesaria para la emisión de su dictamen.

Transcurrido el plazo señalado para la emisión del dictamen sin que se haya producido, se entenderá eva-cuado sin perjuicio de la facultad del Pleno para emitirlo con posterioridad.

Procedimiento de urgencia

En los casos en que, por el Órgano correspondiente, se solicite la emisión de dictamen en un plazo inferior a 10 días, o cuando así sea estimado por la Comisión Permanente, el asunto se tramitará por el procedimiento de urgencia.

En estos supuestos, el Presidente lo remitirá a la Comisión Permanente y ésta lo trasladará a la que corresponda en forma inmediata señalando al propio tiempo fecha para el Pleno que será convocado inmediatamente, previniendo para su fecha el tiempo preciso para los trámites que se señalan a conti-nuación.

La Comisión tendrá un plazo para proponer al Pleno su proyecto de dictamen hasta tres días antes de la fecha señalada para éste, siendo inmediatamente distribuido a todos lo miembros, bien directamente o a través de las correspondientes organizaciones a que pertenezcan.

Los miembros del Consejo podrán efectuar enmiendas por escrito individual o colectivamente, hasta 24 horas antes de la señalada para la celebración del Pleno, poniéndose desde ese momento una copia a

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disposición de los miembros del Consejo para su discusión en el Pleno. Tras la aprobación del dictamen, los miembros del Consejo podrán formular por escrito sus votos par-ticulares durante las dos horas posteriores al final de la sesión. El dictamen, con incorporación de los votos particulares, será remitido en forma inmediata al órgano solicitante.

Procedimiento para la emisión de informes, estudios y propuestas

El procedimiento para la emisión de informes, estudios y propuestas, se realizará de acuerdo con las siguientes fases:

a) Proposición.

La iniciativa para la elaboración de informes, estudios y propuestas corresponde: 1) A los miembros del Consejo de Gobierno de La Rioja. 2) Al Presidente del Consejo Económico y Social. 3) A dos miembros de la Comisión Permanente. 4) A siete, al menos, de los miembros del Consejo por medio de escrito dirigido al Presi dente que, además de las firmas de los solicitantes, contendrá el objetivo, su justificación y la extensión del mismo.

La Comisión Permanente en la primera sesión ordinaria que se celebre, tomará razón de la iniciativa del informe, estudio o propuesta y señalará el objeto, la extensión así como el periodo de redacción del proyecto y si existe posibilidad de contratación de asesores externos.

b) Redacción del Proyecto.

La Comisión redactora del proyecto, desarrollará en el plazo de diez días el programa de trabajo, es-pecificando cuáles serán los rasgos básicos del mismo, la documentación de la que se va a disponer y los informes, estudios y comparecencias externas, si las hay, en las que se va a fundar. A continuación, se abrirá un plazo de diez días para que los Consejeros que no formen parte de la Comisión, puedan solicitar la comparecencia que consideren necesaria de autoridad o experto ante la Comisión, en sesión que será abierta a todos los miembros del Consejo. Estos Consejeros podrán, asimismo, solicitar la in-corporación de fecha de la última comparecencia.

La tramitación de la comparecencia de autoridades y expertos se realizará de acuerdo con lo establecido en este Reglamento.

Finalizado el periodo de comparecencia de autoridades y expertos, y de aportación de documentos, se procederá a la redacción del Proyecto por la Comisión.

Los plazos señalados en esta letra b) podrán ser ampliados por medio de solicitud motivada antes de la finalización del plazo ordinario al Presidente del Consejo, el cual acordará sin que en ningún caso la

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ampliación pueda superar la mitad del plazo en principio señalado.

c) Votación

Redactado el proyecto, éste será entregado en Secretaría para su tramitación y señalamiento de fecha de discusión y votación por el Pleno.El texto del proyecto será entregado a cada Consejero para su estudio, con un plazo de 10 días como mínimo a la fecha de votación; durante este periodo, tendrán a su disposición el expediente íntegro en las oficinas de la Secretaría.

La votación que adopte el Pleno tendrá una de las tres formas siguientes: 1) Aprobación. 2) Devolución a la Comisión para nueva redacción en los términos que determine el Pleno. 3) Archivo o desistimiento.

En el supuesto del número 2), se señalará fecha para nueva votación.

Carácter y publicidad de los trabajos del Consejo

Los dictámenes del Consejo Económico y Social no serán vinculantes.

Los dictámenes, informes, estudios y propuestas del Consejo Económico y Social serán públicos. Cual-quier persona podrá consultarlos en la sede del Consejo a través de su Secretario.

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Dictámenes del Consejo Económicoy Social de La Rioja

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Consejo Económico y Social de La Rioja

Las actividades del Consejo Económico y Social de La Rioja las marca el Pleno del Consejo, la Comi-sión Permanente y su Presidente y, muy fundamentalmente, la actividad legislativa que desarrolle el Gobierno de La Rioja con la elaboración de Anteproyectos de Ley y de Proyectos de Decreto, realizan-do Dictámenes preceptivos sobre los mismos.

DICTAMEN 1/2010, SOBRE EL PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REGULA EL RÉGIMEN ECONÓMICO DE LOS DERECHOS DE ALTA Y OTROS SERVICIOS RELACIO-NADOS CON EL SUMINISTRO DE GAS POR CANALIZACIÓN EN LA RIOJA.

DICTAMEN 2/2010, SOBRE EL ANTEPROYECTO DE MODIFICACIÓN DE DIVERSOS DE-CRETOS PARA SU ADAPTACIÓN A LA DIRECTIVA 2006/123/CE DEL PARLAMENTO EU-ROPEO Y DEL CONSEJO, DE 12 DE DICIEMBRE DE 2006, RELATIVA A LOS SERVICIOS DE MERCADO INTERIOR.

DICTAMEN 3/2010, SOBRE EL PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECE LA ORDENACIÓN DE LAS ENSEÑANZAS DE LOS CICLOS FORMATIVOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL DEL SISTEMA EDUCATIVO Y SU APLICACIÓN EN LA COMUNIDAD AU-TÓNOMA DE LA RIOJA.

DICTAMEN 4/2010, SOBRE EL PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE DESARROLLO DE LA LEY 2/2001, DE 31 DE MAYO, DE TURISMO DE LA RIOJA.

DICTAMEN 5/2010, SOBRE EL PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REGULA LA IMPLANTACIÓN DE LOS CENTROS INTEGRADOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA.

DICTAMEN 6/2010, SOBRE EL PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE DETERMINA UNA NUEVA CATEGORÍA SUSCEPTIBLE DE SER RETRIBUIDA MEDIANTE PRECIOS PÚBLICOS.

DICTAMEN 7/2010, SOBRE EL PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE CREAN LAS COMISIONES SECTORIALES DE CUALIFICACIONES Y FORMACIÓN PROFESIONAL Y ESTABLECE SU REGLAMENTO DE DESARROLLO.

DICTAMEN 8/2010, SOBRE EL ANTEPROYECTO DE LEY DE MEDIDAS FISCALES Y AD-MINISTRATIVAS PARA EL AÑO 2011.

DICTAMEN 9/2010, SOBRE EL PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL

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DICTAMEN 10/2010, SOBRE PROYECTO DE DECRETO DE MODIFICACIÓN DEL DE-CRETO 51/2008, DE 5 DE SEPTIEMBRE, PARA EL ACCESO AL EMPLEO PÚBLICO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD.

DICTAMEN 11/2010, SOBRE EL PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO PARA EL RECONOCIMIENTO DE LAS COMPETENCIAS PRO-FESIONALES ADQUIRIDAS POR EXPERIENCIA LABORAL ASÍ COMO POR VÍAS NO FORMALES DE FORMACIÓN EN EL ÁMBITO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA.

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Sesiones celebradas por los Órganos del Consejo

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Sesiones celebradas por los órganos del Consejo

Para realizar sus actividades, los órganos colegiados del Consejo Económico y Social de La Rioja se reúnen en sesiones.

Las sesiones celebradas durante el año 2010 fueron las siguientes:

Sesiones del Pleno

04/02/10 (Ordinaria)• Lectura y aprobación, si procede, de las actas de la sesión ordinaria de fecha 06/11/09 y de la sesión extraordinaria de fecha 17/12/09.

• Lectura y aprobación, si procede, del borrador de dictamen sobre el “Proyecto de Decreto por el que se regula el régimen económico de los derechos de alta y otros servicios relacionados con el suministro de gas por canalización en La Rioja”, elaborado por la Comisión de Trabajo de Promoción, Economía, Desarrollo Regional, Agricultura, Infraestructuras, Transporte y Medio Ambiente.

26/02/10 (Extraordinaria) • Lectura y aprobación, si procede, del borrador de dictamen sobre el “Proyecto de Decreto de modificación de diversos decretos para su adaptación a la Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios de mercado interior”, elaborado por la Comisión de Trabajo de Promoción, Economía, Desarrollo Regional, Agricultura, Infraes-tructuras, Transporte y Medio Ambiente.

26/03/10 (Extraordinaria) • Lectura y aprobación, si procede, de las actas de la sesión ordinaria de fecha 4/02/10 y de la sesión extraordinaria de fecha 26/02/10.

Órganos colegiados Número de sesiones

• Pleno 11

• Comisión Permanente 11

• Comisión de Trabajo de Empleo y Relaciones Laborales -

• Comisión de Trabajo de Promoción, Economía, Desarrollo Regional, Agricultura, Infraestructuras, Transporte y Medio Ambiente

6

• Comisión de Trabajo de Salud, Educación, Cultura e Integración Social 4

• Comisión Memoria Socioeconómica 1

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• Lectura y aprobación, si procede, del cierre del ejercicio económico 2009.

• Informe Memoria Socioeconómica 2008.

• Informe sobre enmiendas a dictámenes.

• Prevención de riesgos laborales.

31/05/10 (Ordinaria) • Lectura y aprobación, si procede, del acta de la sesión ordinaria de fecha 26/03/10.

• Lectura y aprobación, si procede, del cierre de la Memoria de Actividades 2009.

• Informe Memoria Socioeconómica 2008

• Propuesta de resolución sobre enmiendas a la totalidad en los dictámenes.

09/07/10 (Ordinaria)• Lectura y aprobación, si procede, del acta de la sesión ordinaria de fecha 31/05/10.

• Lectura y aprobación, si procede, del borrador de dictamen sobre el “Proyecto de Decreto por el que se establece la ordenación de las enseñanzas de los ciclos formativos de Formación Profesional del sistema educativo y su aplicación en la Comunidad Autónoma de La Rioja”, elaborado por la Comisión de Trabajo de Salud, Educación, Cultura e Integración Social.

28/07/10 (Extraordinaria)• Lectura y aprobación, si procede, del borrador de dictamen sobre el “Proyecto de Decre-to por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 2/2001, de 31 de mayo, de Turismo de La Rioja”; elaborado por la Comisión de Trabajo de Promoción, Economía, Desarrollo Regional, Agricultura, Infraestructuras, Transporte y Medio Ambiente.

• Aplicación a nuestro Presupuesto para 2010 del Acuerdo del Consejo de Gobierno, de 28 de mayo de 2010.

• Presupuestos 2011.

30/09/10 (Ordinaria)• Sustitución accidental del Secretario.

• Lectura y aprobación, si procede, del acta de la sesión ordinaria de fecha 09/07/10 y de la extraordinaria de fecha 28/07/10.

• Lectura y aprobación, si procede, del borrador de dictamen sobre el “Proyecto de Decreto por el que se regula la implantación de los Centros Integrados de Formación Profesional en la

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Comunidad autónoma de La Rioja”, elaborado por la Comisión de Trabajo de Salud, Educa-ción, Cultura e Integración Social.

• Estudio y aprobación, si procede, del borrador de dictamen sobre el “Proyecto de Decreto por el que se determina una nueva categoría susceptible de ser retribuida mediante precios públicos “, elaborado por la Comisión de Trabajo de Promoción, Economía, Desarrollo Re-gional, Agricultura, Infraestructuras, Transporte y Medio Ambiente.

• Aplicación a nuestro Presupuesto para 2010 del Acuerdo del Consejo de Gobierno, de 28 de mayo de 2010.

• Debate y aprobación, si procede, de nuestro Presupuesto para el año 2011.

14/10/10 (Extraordinaria) • Debate y aprobación, si procede, de nuestro Presupuesto para el año 2011.

• Lectura y aprobación, si procede, del borrador de dictamen sobre el “Anteproyecto de Ley de Medidas Fiscales y Administrativas para el año 2011”, elaborado por la Comisión de Trabajo de Promoción, Economía, Desarrollo Regional, Agricultura, Infraestructuras, Transporte y Medio Ambiente.

• Lectura y aprobación, si procede, del borrador de dictamen sobre el “Proyecto de Decreto por el que crean las Comisiones Sectoriales de Cualificaciones y Formación Profesional y se establece su reglamento de funcionamiento”, elaborado por la Comisión de Trabajo de Salud, Educación, Cultura e Integración Social.

19/10/10 (Extraordinaria) • Comparecencia del Excmo. Sr. Consejero de Hacienda para informar al Pleno del CES, sobre los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de La Rioja para el año 2011.

29/10/10 (Extraordinaria) • Lectura y aprobación, si procede, del borrador de dictamen sobre el “Proyecto de Decreto por

el que se modifica el Decreto 22/2009, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Plan de Vivien-da de La Rioja 2009-2012”, elaborado por la Comisión de Trabajo de Promoción, Economía, Desarrollo Regional, Agricultura, Infraestructuras, Transporte y Medio Ambiente.

• Propuesta de Jornada de Estudio y Debate Social a organizar por este Consejo para el mes de diciembre.

30/11/10 (Ordinaria) • Lectura y aprobación, si procede, de las actas de la sesión ordinaria de fecha 30/09/10 y de

las sesiones extraordinarias de fechas 14/10/10, 19/10/10 y 29/10/10.

• Lectura y aprobación, si procede, del borrador de dictamen sobre el “Proyecto de Decreto de modificación del Decreto 51/2008, de 5 de septiembre, para el acceso al empleo

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público de las personas con discapacidad” y el “Proyecto de Decreto por el que se establece el procedimiento para el reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral así como por vías no formales de formación en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja”, elaborados por la Comisión de Trabajo de Salud, Educación, Cultura e Integración Social.

Sesiones de la Comisión Permanente

18/01/10 (Ordinaria) • Lectura y aprobación, si procede, del acta de la sesión ordinaria de fecha 04/12/09.

• Estudio de la documentación recibida el 12/01/10, enviada por la Consejería de Industria, Innovación y Empleo, sobre el “Proyecto de Decreto por el que se regula el régimen económico de los derechos de alta y otros servicios relacionados con el suministro de gas por canalización en La Rioja”, para su remisión, si procede, a la Comisión de Trabajo correspon diente para la elaboración del Dictamen solicitado.

• Estado de Ejecución del Presupuesto 2009.

• Aplicación del Presupuesto 2010.

12/02/10 (Ordinaria) • Lectura y aprobación, si procede, del acta de la sesión ordinaria de fecha 18/01/10.

• Estudio de la documentación recibida el 05/02/10, enviada por la Consejería de Presidencia sobre el “Proyecto de Decreto de modificación de diversos decretos para su adaptación a la Directiva 2006/123/CE del Parlamento y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios de mercado interior”, para su remisión, si procede, a la Comisión de Trabajo correspondiente para la elaboración del Dictamen solicitado.

• Encuesta de la Universidad de La Rioja sobre Responsabilidad Social.

26/03/10 (Ordinaria) • Lectura y aprobación, si procede, del acta de la sesión ordinaria de fecha 12/02/10.

• Lectura y aprobación, si procede, del cierre del ejercicio económico 2009.

• Informe Memoria Socioeconómica 2008.

• Informe sobre enmiendas a dictámenes.

29/04/10 (Ordinaria)

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• Lectura y aprobación, si procede, del acta de la sesión ordinaria de fecha 26/03/10. • Asuntos varios.

31/05/10 (Ordinaria) • Lectura y aprobación, si procede, del acta de la sesión ordinaria de fecha 29/04/10.

• Lectura y aprobación, si procede, de la Memoria de Actividades 2009.

• Informe Memoria Socioeconómica 2008.

• Propuesta de resolución sobre enmiendas a la totalidad en los dictámenes.

24/06/10 (Ordinaria) • Lectura y aprobación, si procede, del acta de la sesión ordinaria de fecha 31/05/10.

• Estudio de la documentación recibida el día 17/06/10, enviada la Consejería de Educación, Cultura y Deporte sobre el “Proyecto de Decreto por el que se establece la ordenación de las enseñanzas de los ciclos formativos de Formación Profesional del sistema educativo y su aplicación en la Comunidad Autónoma de La Rioja”, para su remisión, si procede, a la Comisión de Trabajo correspondiente para la elaboración del Dictamen solicitado.

02/07/10 (Ordinaria) • Lectura y aprobación, si procede, del acta de la sesión ordinaria de fecha 24/06/10.

• Aplicación al CES del Acuerdo de Consejo de Gobierno, de 28 de mayo de 2010.

• Estudio de la documentación recibida el día 29/06/10, enviada por la Consejería de Turismo, Medio Ambiente y Política Territorial, sobre el “Proyecto de Decreto por el que se aprueba el Reglamento de Desarrollo de la Ley 2/2001, de 31 de mayo, de Turismo de La Rioja”, para su remisión, si procede, a la Comisión de Trabajo correspondiente para la elaboración del dictamen solicitado.

08/09/10 (Ordinaria) • Lectura y aprobación, si procede, del acta de la sesión ordinaria de fecha 02/07/10.

• Estudio de la documentación recibida el 03/09/10, enviada por la Consejería de Educación, Cultura y Deporte sobre el “Proyecto de Decreto por el que se regula la implantación de los Centros Integrados de Formación Profesional en la Comunidad Autónoma de La Rioja”, para su remisión, si procede, a la Comisión de Trabajo correspondiente para la elaboración del dictamen solicitado con carácter de urgencia.

• Estudio de la documentación recibida el 06/09/10, enviada por la Consejería de Hacienda, sobre el “Proyecto de Decreto por el que determina una nueva categoría susceptible de ser retribuida mediante precios públicos”, para su remisión, si procede, a la Comisión de Trabajo

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correspondiente y la elaboración del dictamen solicitado.

• Aplicación al CES del Acuerdo de Consejo de Gobierno, de 28 de mayo de 2010, por resolución de la Consejería de Administraciones Públicas.

• Previsión del presupuesto para el año 2011.

08/10/10 (Extraordinaria) • Estudio de la documentación recibida el día 17/09/10, enviada por la Consejería de Industria, Innovación y Empleo, sobre el “Proyecto de Decreto por el que se crean las Comisiones Sectoriales de Cualificaciones y Formación Profesional y se establece su reglamento de funcionamiento”, para su remisión, si procede, a la Comisión de Trabajo correspondiente para la elaboración del dictamen solicitado.

• Estudio de la documentación recibida el día 28/09/10, enviada por la Consejería de Hacienda, sobre el “Anteproyecto de Ley de Medidas Fiscales y Administrativas para el año 2011”, para su remisión, si procede, a la Comisión de Trabajo correspondiente para la elaboración del dictamen solicitado.

• Estudio y propuesta de nuestro presupuesto para el año 2011.

22/10/10 (Extraordinaria) • Estudio de la documentación recibida el día 18/10/10, enviada por la Consejería de Vivienda y Obras Públicas, sobre el “Proyecto de Decreto por el que se modifica el Decreto 22/2009, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Plan de Vivienda de La Rioja 2009-2012”, para su remisión, si procede, a la Comisión de Trabajo correspondiente para la elaboración del Dictamen solicitado con carácter de urgencia.

19/11/10 (Ordinaria) • Lectura y aprobación, si procede, del acta de la sesión ordinaria de fecha 08/09/10 y de las sesiones extraordinarias de fechas 08/10/10 y 22/10/10.

• Estudio de la documentación recibida el día 03/11/10, enviada por la Consejería de Administraciones Públicas y Política Local, sobre el “Proyecto de Decreto de modificación del Decreto 51/2008, de 5 de septiembre, para el acceso al empleo público de las personas con discapacidad”, para su remisión, si procede, a la Comisión de Trabajo correspondiente para la elaboración del dictamen solicitado.

• Estudio de la documentación recibida el día 15/11/10, enviada por la Consejería de Industria, Innovación y Empleo, sobre el “Proyecto de Decreto por el que se establece el procedimiento para el reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral así como por vías no formales de formación en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja”, para su remisión, si procede, a la Comisión de Trabajo correspondiente para la elaboración del dictamen solicitado.

• Jornadas CES 2010.

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Encuentros y Jornadas del Consejo

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Encuentros

5, 6 Y 7 DE MAYOI ENCUENTRO ANUAL DE CONSEJOS ECONÓMICOS Y SOCIALES DE ESPAÑA CELEBRADO EN IBIZA

El Secretario del CES de La Rioja, D. David Ruiz Bacaicoa, acude a este Primer Encuentro, en el que tuvieron lugar dos coloquios: el primero, denominado “El turismo social en la Unión Europea” y el segundo sobre “La política turística de las Comunidades Autónomas”.

27, 28 Y 29 OCTUBREII ENCUENTRO ANUAL DE CONSEJOS ECONÓMICOS Y SOCIALES DE ESPAÑA CELEBRADO EN MENORCA

El Secretario del CES de La Rioja, D. David Ruiz Bacaicoa, asiste a este Segundo Encuentro, en el que se trataron temas tan diversos como el programa de cooperación entre técnicos documentalistas de los CCEESS, y las ponencias sobre jóvenes y mercado de trabajo y sobre experiencias emprendedoras y de innovación.

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Otros Encuentros

El Presidente D. Luís Fernando Ruiz Rivas, el Consejero Miguel Soria Sainz y las dos técnicos del Consejo Económico y Social de La Rioja acudieron al Encuentro organizado por la Universidad Internacional Menéndez Pelayo sobre la Situación Socioeconómica y Laboral en España. Aprendiendo de la crisis: Hacia un futuro sostenible, en el que se presentó la Memoria Socioeconómica y Laboral de España, analizando sus capítulos diferentes consejeros del CES Nacional.

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Relaciones Institucionales

29 y 30 junio Asistencia del Presidente del Consejo Económico y Social de La Rioja a la CONFERENCIA INTERAUTONÓMICA “PREPARANDO EL FUTURO: Hacia un nuevo modelo de soste-nibilidad económica del tercer sector de la discapacidad en España”, organizado por el Comité Autonómico de Entidades de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI-La Rioja) y la Consejería de Servicios Sociales del Gobierno de La Rioja.

7 septiembreEl Presidente del Consejo Económico y Social acude a la APERTURA DEL CURSO ACADÉMICO 2010/2011 de la Universidad de La Rioja, invitado por el Rector de la misma.

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22 septiembreAsistencia del Presidente del Consejo Económico y Social de La Rioja a la APERTURA DEL AÑO JUDICIAL 2010/2011, invitado por el Presidente del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja.

Comunicación

Comunicación externaDurante el año 2010, el Consejo Económico y Social de La Rioja se ha dado a conocer a través de su página Web, en la que se recoge su normativa reguladora, sus órganos de composición, los distintos Dictámenes, Informes y Memorias. Así como las ponencias de las Jornadas realizadas.

Comunicación internaEl personal del CES de La Rioja realiza un análisis de la prensa diaria y de todas las noticias que apare-cen en los distintos medios de comunicación regionales y nacionales.Por medio de este análisis, se seleccionan las informaciones más importantes aparecidas en la prensa so-bre el CES de La Rioja, otros CCEESS autonómicos y el CES nacional así como cualquier otra noticia que pueda ser de utilidad para este CES.

Proyectos con otros CCEESSLos diferentes Consejos Económicos y Sociales existentes en España comparten características muy similares en sus actividades y funcionamiento ordinario. Ello supone que se puedan dar situaciones susceptibles de ser afrontadas de manera coordinada a través de soluciones y proyectos consensuados y compartidos. Además, es práctica habitual el intercambio de información y documentación entre los distintos CCEESS. Para poder llevar a cabo este trabajo en común, se crearon dos iniciativas conjuntas que sirven de instrumento a esta finalidad: una Base de Datos común de publicaciones y un proyecto denominado DIRISEC.

Base de datos común de publicacionesEsta Base de Datos recoge de manera conjunta toda la producción documental del Consejo Econó-mico y Social de España así como de los distintos Consejos Económicos y Sociales autonómicos. Está actualmente ubicada en el Portal Web de los CCEESS españoles, alojada en el servidor web del CES de España y consultable a través de su Sitio Web (http://www.ces.es/cesespa/index.htm). Además, ofrece información sobre cada uno de los CCEESS y referencia a los dictámenes, informes, memorias socioeconómicas y cualquier otro documento aprobado por los CCEESS junto con un acceso directo a la versión digital de cada documento, con texto completo, en el Sitio Web de su respectivo Consejo.

Proyecto DIRISECEl Proyecto DIRISEC es un Directorio Web de Recursos de Información sobre Economía, Empleo y Sociedad que tiene como objetivo desarrollar una base de datos, consultable a través de Internet por medio de un Sitio Web (http://www.dirisec.net).

En esta Base de Datos, se recogen todos aquellos recursos de información especializados en economía, empleo y asuntos sociales que los CCEESS demandan y manejan a la hora de realizar sus informes y, especialmente, sus memorias socioeconómicas anuales y que han de ser de calidad, independientemen-te de su naturaleza, soporte, ámbito geográfico u otras características.

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Este Directorio de enlaces de información socioeconómica, fruto de búsquedas especializadas y con un considerable valor añadido, es una herramienta de trabajo que permite a cada CES colaborar con su trabajo de selección y valoración de fuentes, generando una base de conocimientos común de gran utilidad para los Consejos Económicos y Sociales.

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Gestión de recursos personales y materiales

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Año 2010

Partida asignada en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja: 346.191, 00 Euros

Presupuesto aprobado por Pleno del CES el 18/09/2009

Resumen por capítulos y artículos

Capítulo 1 Gastos de personal 137.772,00

Artículo 1 0 Altos Cargos 26.291,00

Artículo 1 3 Laborales 75.278,00

Artículo 1 5 Incentivos al rendimiento 6.061,00

Artículo 1 6 Cuotas, prestaciones y gastos sociales a cargo del empleador 30.142,00

Capítulo 2 Gastos en bienes corrientes y servicios 52.828,00

Artículo 2 1 Reparaciones, mantenimiento y conservación 600,00

Artículo 2 2 Material, suministros y otros 52.228,00

Capítulo 4 Transferencias corrientes 154.591,00

Artículo 4 8 A familias e instituciones sin fines de lucro 154.591,00

Capítulo 6 Inversiones reales 1.000,00

Artículo 6 2 Inversión nueva asociada al funcionamiento operativo de los servicios 1.000,00

Total general gastos 346.191,00

Gestión de Recursos

PresupuestoSegún establece el artículo 15.1 de la Ley 6/1997, de 18 de julio, de Creación del CES de La Rioja, “El Consejo Económico y Social contará para el cumplimiento de sus fines con los recursos económicos que al efecto se consignen en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

El Consejo elaborará su propio Anteproyecto de Presupuestos, el cual, una vez, ratificado por el Pleno será remitido al Gobierno para su aprobación”.

Por tanto, se le asigna a este Consejo Económico y Social para el año 2010 un Presupuesto de Gastos por un importe de 346.191,00 euros.

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Recursos PersonalesEn el año 2010, el personal del Consejo Económico y Social de La Rioja estaba integrado por un Administrativo y dos Técnicos.

El artículo 15.5 de la Ley 6/1997, de 18 de julio, de Creación del CES, modificado por la Ley 10/2005, de 30 de septiembre, establece que “El personal del Consejo Económico y Social quedará vinculado a éste por una relación sujeta al derecho laboral. Su selección, a excepción del personal directivo, se hará mediante convocatoria pública y de acuerdo con los sistemas basados en los principios de igualdad, mérito y capacidad y, en ningún caso, tendrán la consideración de personal al servicio de las Administraciones Públicas”.

Recursos MaterialesEl Consejo Económico y Social de La Rioja, durante el año 2010, adquiere el material y equipamiento necesarios para su funcionamiento.